VICTIMIZACIÓN TERCIARIA. REFLEXIONES A PARTIR DE UN CASO

May 30, 2017 | Autor: G. Cancela Hernández | Categoría: Imprisonment, Privación De Libertad, VICTIMIZACION
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Descripción

VICTIMIZACIÓN TERCIARIA. REFLEXIONES A PARTIR DE UN CASO.

Autorx/s: Lic. Ps. Marcel Bregante; Lic. Ps. Gabriela Cancela Hernández. Institución de referencia: Sistema de Atención Integral de las Personas Privadas de Libertad; Administración de los Servicios de Salud del Estado; Uruguay Email: [email protected]; [email protected]

Resumen. Se problematiza sobre el impacto de la prisionización, y se aborda el problema de la victimización, concretamente la generada en el campo de la institucionalización en el sistema penitenciario, es decir la victimización terciaria. Para ello se presenta un caso particular acerca del tránsito de un sujeto por el sistema penitenciario presentado en forma de viñeta clínica que será el insumo para el análisis y la reflexión. La problematización del caso permitirá identificar la experimentación de daño psicológico a nivel afectivo, actitudinal y comportamental, en una personalidad que ya se presentaba con vulnerabilidad y fragilidad psíquica. Se visualiza la forma en que la institución penitenciaria responde estigmatizando a la reclusa como peligrosa, y asignándole demandas de rol que retroalimenta la violencia y agresividad, aumentando el daño. Palabras clave: victimización terciaria, daño psicológico, prisionalización, privación de libertad.

Abstract. We question the impact of prisionalization, and the problem of victimization, specifically generated in the field of institutionalization in the prison system: tertiary victimization. To do this, we present a particular case about the passage of a subject by the prison system presented as a clinical vignette that will be the input for analysis and reflection. Problematization case will identify the experimentation of psychological harm to emotional, attitudinal and behavioral level, in

someone

that

already

presented

with

vulnerability

and

psychological

fragility.

How the institution responds stigmatizing prison inmate as dangerous, and assigning role demands that feeds violence and aggression, increasing damage is also displayed. Keywords: tertiary victimization, psychological harm, imprisonment.

TRABAJO COMPLETO Victimización terciaria. Reflexiones a partir de un caso. Algunos conceptos iniciales. En la Declaración sobre los principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y de Abuso de Poder (1985), la víctima fue conceptuada, por vez primera en un documento internacional: “Se entenderá por “víctimas” las personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder.” (ONU, 1985) Si hablamos de victimización Echeburúa, de Corral & Amor (2002) establecen dos categorías: primaria, para referirse a la que deriva directamente del hecho delictivo; y secundaria, aquella que surge posteriormente por la relación entre la víctima y el sistema jurídico penal. No obstante actualmente se habla de un tercer nivel de victimización (Herrera Moreno, 2011), que ha sido relacionada con tres temáticas distintas: la victimización del penado (objeto de excesos del sistema punitivo y la erosión de la prisionización); la indirecta, padecida mediante imágenes televisivas o cuando se es testigo de una victimización violenta; la que experimenta la víctima al construir obsesivamente su identidad en torno a la victimización. Viñeta clínica. Eva es una joven de 25 años, alfabetizada, con buen rendimiento escolar y muy resiliente. Luego de una infancia de maltrato por parte de su padrastro a los 13 años se va de su casa y en un episodio de consumo de sustancias es abusada sexualmente a los 14 años. Ingresa por primera vez al sistema penitenciario hace pocos años por un delito de rapiña. Su único referente familiar es su madre, pero no mantienen un buen vínculo por lo que no actúa como un apoyo para ella. Durante su reclusión participa de un episodio de conflicto en su celda que es resuelto de forma muy violenta, quedando una compañera gravemente lesionada. Como consecuencia de este episodio es sancionada, por lo que se agrega otra causa a su proceso judicial, aumentando su tiempo de reclusión y es trasladada al sector de máxima seguridad del establecimiento.

Progresivamente los guardias comienzan a generar un discurso de peligrosidad en torno a ella, que es actuado por el personal y retroalimenta a su vez la aparición de conductas agresivas en la joven, quién comienza a actuar manteniéndose en ese rol de peligrosa. En reiteradas ocasiones solicita ser trasladada fuera del sector de máxima seguridad, en el que se encuentra aislada, ya sea a otro sector dentro del establecimiento, como a otro centro de reclusión del país. Todas las solicitudes fueron rechazadas. Se argumenta que es por su seguridad, ya que si está en contacto con otras presas, éstas podrían lastimarla. Es frecuente que, en la lógica institucional, en nombre de la seguridad, se argumente cualquier acción, muchas de las cuales generan más situaciones de victimización e inseguridad. Participa de un abordaje terapéutico con el equipo de Salud Mental. Al concurrir a la primera entrevista, es trasladada con esposas y grilletes. En este momento se le da la palabra a Eva, consultándola acerca de si puede comprometerse a actuar de forma no violenta, a lo cual responde que sí. Ante la solicitud de parte de los técnicos de retirar las medidas de seguridad, ya que no se atiende en esas condiciones, los guardias se alarman. A partir de allí comienza a gestarse un vínculo de confianza que habilita el trabajo, en que al establecer una escucha desde otro lugar, demuestra que ella puede poner en palabras y contactar con sus emociones, y desmarcarse de ese lugar de peligrosidad. Las entrevistas se realizan sin presencia policial y sin ninguna medida de seguridad. Posteriormente Eva cursa durante su reclusión un embarazo, con el nacimiento de su hija. La niña presenta problemas de salud por lo que requiere atención especializada y es internada en un hospital pediátrico. Mientras su hija estaba internada, si bien tenía derecho a ser trasladada para verla diariamente, no la llevaban a visitarla con frecuencia. Al inicio iba una vez por semana, ante lo cual ella respondía con mucho enojo, que no era expresado de forma adecuada, entonces la sancionaban y la llevaban cada 15 días, retroalimentando así la idea de que era peligrosa por cómo reaccionaba. Luego el sistema judicial considera que Eva no puede hacerse cargo de su hija, quién podría vivir con ella en la cárcel hasta sus 5 años, y sin su autorización es entregada en adopción. Esto genera un gran impacto negativo en ella, ya que ante el trato institucional enmarcado por la peligrosidad, había encontrado en su hija la posibilidad de proyectarse como madre y mujer desde otro lugar y esto es abruptamente perdido. A consecuencia de esto Eva se niega a mantener el tratamiento con el equipo de Salud Mental, dado la desconfianza que se establece en relación a cualquier profesional vinculado a la institución.

Discusión Los acuerdos establecidos al interior de una comunidad, delimitan un campo en el que nada queda excluido, todo tiene un lugar y mediante el lenguaje se le brinda un nombre, valores y estatutos. Lo que no cumple con estas condiciones, también pasa a tener un lugar desde la negatividad, como lo anormal, lo desviado, y cumplen un rol central ya que aumentan la necesidad de buscar mantenerse en el lugar de seguridad que ocupa lo normal, lo adecuado, lo esperable. Becker (1963) sentó las bases para un estudio integral de la desviación, la que no sería una cualidad inherente a una persona sino el resultado de una persona o grupo que definen ese accionar como mala, por lo que prueba la arbitrariedad del etiquetamiento, dejando en crisis la racionalidad que le otorga valor al poder punitivo. “Que un acto sea desviado o no depende entonces de la forma en que los otros reaccionan ante el.” (Becker, 2010, p. 31) Propone la categoría de outsider o desviante para referirse al individuo que al quebrantar una norma pasa a ser considerado como no confiable para vivir de acuerdo a las normas sociales. Eva al cometer un delito pasa a integrar el grupo de los desviados, los criminales, por lo que se espera que cumpla con su rol de delincuente. Eva es una mujer que se enfrenta a la institucionalización con vulnerabilidad psicológica, ésta refiere a la precariedad del equilibrio emocional, lo que puede amplificar el daño psicológico de un hecho en la víctima, en este caso el encarcelamiento. Es decir que la preexistencia de desequilibrio emocional agrava el impacto psicológico del delito y actúa como modulador entre el hecho criminal y el daño psíquico (Echeburúa et al., 2002). Eva transitó experiencias de maltrato y abuso en su adolescencia, acentuando su fragilidad, y conformándose como agravantes para el impacto psicológico del proceso de prisionalización. Siguiendo los planteos de García-Borés (2006) entendemos la prisionalización como un proceso psicológico que implica la progresiva adaptación al medio penitenciario, incluyendo la adopción de la cultura propia del sistema penitenciario que difieren ampliamente de los utilizados en la vida en libertad. Autores clásicos como Clemmer (1958), Wheeler (1961, 1971) y Kaufmann (1979) han planteado que esto implica un incremento de la desadaptación social, y que se agrava progresivamente en función del aumento de tiempo de reclusión y por tanto alejamiento con la familia, puesto que son dos elementos que aseguran el contacto con la realidad exterior. García-Borés 2003, establece que si bien es necesaria la existencia de la adaptación al medio penitenciario, las drásticas condiciones de vida que supone el encarcelamiento generan múltiples efectos psicológicos. El episodio violento por el que Eva es sancionada responde al proceso que ella viene realizando de adaptación al medio penitenciario, por la que adopta la cultura propia del establecimiento. En este caso la resolución violenta de los

conflictos es parte de los códigos comportamentales que reflejan las maneras de funcionamiento entre presas, y que con el tiempo se magnifican, especialmente en este caso ya que Eva no mantiene mucho contacto con su madre, quien oficiaría como contacto con la realidad exterior. Es claro en el caso de Eva, que en la medida que ella percibe el modo en que los otros reaccionan hacia ella, es que comienza a reaccionar de la misma forma en que espera que los otros lo hagan, instaurando un ciclo de relacionamiento a través de la violencia y las imposiciones. A partir de allí se la estigmatiza como “peligrosa”, es mediante este estigma que se simplifica y agiliza la percepción de la realidad sobre ella basados en un solo hecho, que se traslada como categorizador de su persona: hecho violento se iguala a persona peligrosa. (Goffman, 1963) El estigma por otra parte homogeniza, ya que a la interna de un colectivo que comparte una misma condición, los individuos son igualados en relación a las categorías que los definen como tales, dejándose de lado las diferencias singulares de cada uno. Etiquetas como “delincuente” les confieren a los sujetos una unidad psicosocial, donde la singularidad se pierde y cobra un lugar central el estereotipo simplificador de la realidad. Se trata de individuos que podrían haber sido aceptados socialmente, pero ello se vio truncado por poseer un rasgo que se impone en el intercambio social y ocasiona un alejamiento hacia ese sujeto. Surge entonces lo “normal” como categoría que incluye a todos aquellos que no se aparten de las expectativas sociales. Eva actúa respondiendo a las demandas del rol que institucionalmente le son asignadas, retroalimentando así sus conductas agresivas, con el costo de ir incorporando las demandas rol, las asume y así pasa a convertirse en el estereotipo. Esto la ubica en un lugar en el que sufre ataques al yo al quedar a merced del personal, para las acciones cotidianas, incluso para las funciones de maternaje cuando su hija es hospitalizada. El episodio con su hija marca un antes y después en su tránsito institucional. Al inicio su hija es lo único que la rescata, por lo que busca construir otra identidad e imagen de sí, desde lo positivo, sin embargo que el sistema responde disruptivamente, primero no la trasladan al hospital a estar con su hija y luego, agresivamente le “quitan” a su hija al darla en adopción sin su consentimiento, discontinuando el vínculo con ella, sin permitirle ni siquiera despedirla. De ese modo la “fuerzan” a persistir con conductas agresivas, en un ambiente hostil, ya que se genera desconfianza también hacia el equipo de Salud Mental que venía trabajando con ella sobre la posibilidad de salir de ese rol. El daño psicológico surge como consecuencia de experimentar: la amenaza a la propia vida o a la integridad psicológica; una lesión física grave; la percepción del daño como intencionado; la pérdida violenta de un ser querido; o la exposición al sufrimiento de los demás. Echeburúa et al. (2002) agregan que el daño ocasionado puede aumentar si el hecho delictivo tiene múltiples consecuencias. Se identifica en Eva un daño psicológico, dado que ella experimenta una amenaza

a su integridad psicológica, percibe las acciones de la guardia para con ella como intencionadas, y se adiciona la pérdida de un su hija. Todo esto genera un trastorno adaptativo con ansiedad acompañado por la percepción de imposibilidad de controlar su vida y desvalorización. Si bien en este caso pueden verse los efectos como: dolor, indignación, rabia, impotencia y culpa, no es tan clara la secuencia de las fases propuestas por Echeburúa et al. (2002), ya que en la victimización terciaria los efectos son el resultado de un proceso, y no de un hecho traumático. De los efectos psicológicos planteados por García-Borés (2006) es posible identificar en Eva: - Disminución de la autoestima, incremento del egocentrismo, y devaluación de la autoimagen, que genera una lucha interna muy fuerte por salirse del estigma de peligrosidad. - Alteraciones en la autonomía personal, ya que pierde la capacidad de decidir hasta en las cosas mínimas como cuando poder fumar, generando un estado de dependencia e incapacidad para organizar autónomamente su vida. - Claramente presentó alteraciones psíquicas, fundamentalmente del estado de ánimo: ansiedad, irritabilidad y aspectos depresivos. Esto generó una mayor demanda de atención hacia el equipo de Salud Mental, tanto explicita por parte de Eva, como identificada como pertinente por los técnicos dada su vulnerabilidad. - En relación a la afectividad se identifican una sensación de desamparo con una sobredemanda afectiva. - A nivel actitudinal, como efecto defensivo ante la sensación de desamparo Eva manifestó rigidez en las posiciones, un aumento del autoritarismo, e incremento de la hostilidad notablemente. - En cuanto a los hábitos de comportamiento era observable el empobrecimiento de los mismos, específicamente desinterés por el aspecto personal, inactividad en el tiempo de ocio, despreocupación por el mantenimiento de las instalaciones y búsqueda de un beneficio inmediato. Dados los alcances de este trabajo, no es posible hablar de secuelas emocionales, ya que refieren a una discapacidad permanente, ocasionada por la estabilización del daño psíquico, que no remite ni con el paso del tiempo, ni con un tratamiento; y en el caso de Eva sería muy precoz hablar de daños permanentes. También es posible considerar que Eva se encuentra en condición de precariedad ya que está expuesta a insultos, violencia y exclusión, recordemos que por su estigma de peligrosa es trasladada al sector de máxima seguridad donde el contacto con otras personas es casi inexistente. Butler (2009) considera la precariedad como una condición inducida en la que una serie de personas quedan expuestas al insulto, la violencia y la exclusión, con riesgo a ser desprovistas de su condición de sujetos reconocidos. Plantea la existencia de una doble

precariedad: por el origen, se nace en un contexto desfavorable; política, a partir de las posibilidades que brinda la vida. Para ella quienes son identificados como precarios quedan por fuera de lo socialmente valorado, se ubican en un no lugar y plantea el cuestionamiento sobre cómo es posible la reivindicación de un derecho cuando no se tiene el derecho a la reivindicación o cómo se deben seguir ciertas normas precisamente para poder alterarlas. Se reafirma en Eva su condición de carecer de lo socialmente valorado (ni siquiera se le permite ejercer su rol de madre, tan valorado por ella). Así se ubica en un lugar al que responde contradictoriamente, por un lado se intenta adaptar al medio carcelario, adoptando sus normas, mientras que por otro se enfrenta a exigencias de rol que la incentivan a alterar las normas y retroalimentar la exclusión y precariedad.

Palabras finales A partir del caso presentado se visualiza la existencia de victimización terciaria, pudiendo identificarse daño psicológico a nivel afectivo, actitudinal y comportamental, en una personalidad que ya se presentaba con vulnerabilidad y fragilidad psíquica. La institución penitenciaria respondió estigmatizando a la reclusa como peligrosa, y asignándole demandas de rol que retroalimentan la violencia y agresividad, aumentando el daño. Como plantea Viñar (2008) el acto antisocial no constituye la esencia del sujeto, es un síntoma que da cuenta del dolor que no pudo ser procesado de una forma adecuada. , La institución carcelaria, que castiga, no se ofrece como “madre suficientemente buena” (Winnicott) para generar una nueva matriz de experiencias saludables. Nuestro compromiso ético profesional al trabajar en estas instituciones es poder generar otras condiciones de posibilidad para que los sujetos puedan pensarse y de ese modo apostar a que el impacto de la prisionización y victimización terciaria no sea tan profundo.

Referencias bibliográficas Becker, H. (2010). Outsiders; hacia una sociología de la desviación. Buenos Aires: Siglo Veintiuno. Bulter, J. (2009). Performatividad, precariedad y políticas sexuales. En AIBR, 3. Echeburúa, E., de Corral, P., & Amor, P. (2002). Evaluación del daño psicológico en las víctimas de delitos violentos. En Psicothema, 14. García-Borés. P. (2006). La cárcel en el entorno familiar. Estudio de las repercusiones del encarcelamiento sobre las familias: problemáticas y necesidades. Barcelona: Observatori del sistema penal i els Drets Humans.

Herrera Moreno, M. (2011). La víctima y los procesos de victimización. Voces contra la trata de mujeres N 11. Disponible en: http://voces.proyectoesperanza.org/lavictima-y-los-procesos-devictimizacion/. Lozano Mainero, B. (2008). El concepto Goffmaniano de Estigma. En Psicosociología del estigma. Ensayos sobre la diferencia, el prejuicio y la discriminación. (pp. 61 - 77). Madrid: Ediciones Universitas. ONU, O. d. (29 de noviembre de 1985). Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder. Viñar, M. (1998). Desamparo, minoridad abandonada e infractora y psicoanálisis. XXII Congreso Psicoanalítico Latinoamericano. Cartagena.

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