Viabilidad y Exoneración

May 24, 2017 | Autor: Felipe Bernal | Categoría: Audiovisual
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Descripción

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Bernal/006213-003





Se dice "implícita o explícitamente" porque de todas maneras las acciones cotidianas y los objetivos éticos deben velar por la dignidad humana, bien sea protegiéndola (es decir, velando por el respeto de la misma de manera explícita) o evitando ir en contra de ella (es decir, respetándola de forma implícita).
Alcance ético (de un objetivo): ejecución ética de un acto; el alcance de un objetivo por medio de un acto ético.
En realidad no se busca un sistema que promueva cualquier tipo de metas, pues sería un sistema irresponsable. Por esto, más adelante se va a especificar cómo se deben discriminar los objetivos de los individuos.
Con "pueden perderse las particulares" se hace referencia a la dificultad de satisfacer las necesidades morales de todos los individuos en un sistema ético que se basa en máximas generales. Esta tendencia a la generalización, puede llegar a representar un impedimento para la moral del individuo, y su toma de decisiones, pues puede llegar a limitar su campo de acción ética en un contexto determinado.
Voluntad ética: es la intención de cumplir un propósito que responde a los principios éticos de respeto a la dignidad humana a través de un acto. Este acto puede ser ético o bien, no serlo. Por ejemplo, un individuo que mata en defensa propia, comete un acto impune pero tiene voluntad ética en cuanto actúa en legítima defensa de su dignidad.

Esta definición de funcionalidad ha sido construida para este ensayo, con el propósito de servir como base para la discusión central del texto, por esta razón es pertinente su consideración.
Realmente es responsabilidad directa de quienes crearon el modelo ético, sin embargo en vista de que la intención de dichos filósofos era generar un beneficio a la sociedad por medio del establecimiento de una guía moral, la responsabilidad por la no funcionalidad se le atribuye al modelo ético mismo.

Con esto se introducen los primeros planteamientos del imperativo categórico de Kant. En capítulos posteriores se profundizará aún más en éste.
Tengamos en cuenta que en este caso el objetivo de Sofía es defender la dignidad y proteger la vida de, al menos uno de sus hijos en tanto se lo permitan. Por esta razón, sus pretensiones "la acción que le otorga un grado de satisfacción mayor" son importantes y deben ser acogidas por la ética, pues van en respeto de la dignidad humana de forma explícita.
Estímulo ético: es aquello que motiva el acto ético, en el caso de Kant, lo que motiva el acto ético es la norma (entendida a través del Imperativo categórico que es a priori), mientras que en Mill, lo que motiva el acto ético es la utilidad contextual (que solo se entiende a través de la experiencia por lo cual es a posteriori).
Aunque este es vocabulario Kantiano, el termino se puede aplicar en este contexto para expresar la idea que se propone.

La razón por la cual se hace énfasis en estos espacios de discusión, es porque realmente se considera que la problemática tratada debe seguirse evaluando. Sin embargo, debe aclararse que en ningún momento se pretende decir que se conoce la solución a todos los problemas de la ética, pues se sabe que es cuestión de toda la raza humana irlos puliendo con el paso del tiempo.

Es decir, que no se caiga en una ética que permita cualquier tipo de acción solo por el hecho de hallar una justificación. Esta justificación debe ceñirse a los parámetros de funcionalidad ya explicados, y debe establecer una clara critica a un punto específico que exponga cuál es la carencia del sistema ético y legal utilizado, para poder ser considerada en alguna medida.




VIABILIDAD Y EXONERACIÓN: ANÁLISIS DE LA FUNCIONALIDAD DE LA ÉTICA ACTUAL DESDE SUS BASES UTILITARISTAS Y DEONTOLÓGICAS


PROGRAMA DEL DIPLOMA DEL BACHILLERATO INTERNALCIONAL

MONOGRAFÍA


FELIPE BERNAL CASTILLA (006213-003)


NUMERO DE PALABRAS: 4000


GIMNASIO VERMONT


DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA


BOGOTÁ 2013


RESUMEN: (274)

En este trabajo se va a hablar inicialmente de lo que se entiende por funcionalidad y viabilidad de exoneración, con el propósito de entender la pertinencia de la cuestión: hasta qué punto es necesaria la inclusión de una viabilidad de exoneración en un modelo ético, si se evalúa su funcionalidad dentro de su comunidad. Además, se comparan y contrastan los aspectos relevantes para la tesis en las posturas de Kant y de Mill por medio de un ejemplo base, en aras de llegar a los argumentos para la resolución del problema. Dichos aspectos son primordialmente: el imperativo categórico de Kant con sus componentes, el concepto de utilidad de Mill, y el concepto de dignidad humana abarcado por ambos filósofos. Esto nos permitirá entender que nuestra estructura ética actual posee inconsistencias desde sus bases, en parte deontológicas y utilitaristas, que pueden ser solucionadas si son entendidas desde su raíz.
Además se muestra, cómo a través de la consideración de la funcionalidad, el hombre puede acercarse cada vez más a la creación de un modelo ético capaz de proporcionarle a todos los individuos las suficientes guías éticas de acción, sin perder de vista sus intereses, su individualidad y sus limitantes contextuales.
Posteriormente se procede a concluir que, en efecto, el análisis de la funcionalidad de los modelos éticos expuestos, nos lleva a considerar que la inclusión de la viabilidad de exoneración es necesaria para la estructura ética de la sociedad contemporánea, en tanto esta permite retroalimentar sus bases éticas, por medio de la crítica constructiva que se ejecuta con su aplicación, materializando esas mejoras a través de sectores como la ley, la educación y el Estado.






TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN……..…………………………………………………………………………4
CAPÍTULO I: FUNCIONALIDAD Y VIABILIDAD DE EXONERACIÓN …………………..6
CAPÍTULO II: MECANISMOS ÉTICOS DE ACCIÓN…………………………………..……..8
CAPÍTULO III: ACCIÓN Y ABSTENCIÓN, DIGNIDAD Y UTILIDAD…………………….12
CAPÍTULO IV: MEDIOS, FINES Y DIGNIDAD ……………………………………………...15
CONCLUSIÓN………………………………………………….………………………………17
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS…………………………………………………………..19








INTRODUCCIÓN

Durante años los hombres en su búsqueda de la felicidad y de la realización personal han justificado la consecución de sus objetivos con la apropiación de los parámetros éticos y legales de una comunidad acomodándolos a su parecer y utilizándolos en beneficio propio. Estos objetivos cotidianos deben responder a una concepción de respeto de la dignidad humana, bien sea implícita o explícitamente, por lo cual deben ser siempre aprobados por la ética, pues hay una voluntad, una acción y una consecuencia que representan felicidad individual o colectiva. Desafortunadamente, existen muchos casos donde el alcance ético de estos objetivos no es posible, pues la ética misma se queda corta al momento de darles a los individuos las suficientes herramientas de acción para permitirles actuar siempre de manera ética. Por esta razón, los individuos, al no disponer de mecanismos éticos suficientes, deben manipular los parámetros éticos que conocen, o bien suponerlos y acomodarlos para alcanzar dichas metas que representan felicidad y al mismo tiempo sentir que actúan de manera ética.
La solución a este problema, más allá de la educación y la implantación de ciertos valores en la sociedad, está en el establecimiento de un sistema ético enmarcado desde la diferencia que reconozca al sujeto como un ser único e irrepetible, y le permita utilizar su libertad para llegar a la felicidad a través de la realización de sus metas. Sin embargo, la realización de dicho sistema, ha sido imposible, pues al privilegiar las necesidades generales, pueden perderse las particulares.
Con esto surge el problema de juzgar al individuo de voluntad ética por el incumplimiento de los parámetros éticos de una comunidad, sin responsabilizar también a la ética misma por no poder ofrecerle las suficientes herramientas éticas de acción para suplir dicha voluntad ética. En este sentido, mientras se consolida una ética que las proporcione, beneficiando el alcance de la felicidad, y la consecución de las metas individuales, es indispensable que se valore: hasta qué punto es necesaria la inclusión de una viabilidad de exoneración en un modelo ético, si se evalúa su funcionalidad dentro de una comunidad.








CAPÍTULO I: FUNCIONALIDAD Y VIABILIDAD DE EXONERACIÓN

Para resolver esta cuestión, definiremos funcionalidad y viabilidad de exoneración. Por un lado, la funcionalidad de un modelo ético está determinada por el grado de felicidad que su instrucción representa para los individuos de su comunidad. Para esto, el modelo debe permitirles tomar una decisión autónoma, que los lleve a un acto ético, y les conceda un estado de satisfacción personal en relación con ese acto; en estos tres componentes está la primera condición de la funcionalidad. Ahora, la segunda condición reside en la obligación del modelo de asegurarse que dicho acto, de ser posible, vele por la dignidad humana, individual o colectiva, o no interfiera negativamente con ella. Estas son las dos primeras condiciones para la funcionalidad de un modelo ético.
Adicionalmente, como todo sujeto en la actualidad está suscrito a un Estado, respondiendo a unos criterios legales perfectamente definidos en una constitución, acta o documento, debe establecerse una conexión entre la eticidad concedida por el modelo y la legalidad concedida por el Estado. Esto implica, que un modelo ético puede ser funcional en la actualidad, si además de cumplir con la primera y la segunda condición, su instrucción está de acuerdo con los estatutos legales correspondientes. Así, bajo esta definición se considerará el grado de funcionalidad de un modelo ético.
Ahora bien, como se mencionaba en la introducción, el modelo ético no siempre resulta funcional para un individuo, porque su instrucción puede no le permitirle siempre las acciones necesarias para la consecución del objetivo ético, obligándolo a recurrir al sentido común, actuando como considera más sensato. Estas situaciones, comúnmente, se conocen como dilemas éticos, pues presentan un bien representativo, en el incumplimiento de un postulado ético. Sin embargo, en este texto, el único objetivo capaz de ameritar dicho incumplimiento, es la protección de la misma dignidad humana, pues ello enmarca el objetivo de la ética.
Así es que se propone como necesaria una viabilidad de exoneración, es decir, un criterio de exención de responsabilidades éticas que actúe en respuesta a la falta de funcionalidad del mismo, pues es responsabilidad de dicho modelo ser funcional siempre, proporcionándoles a los individuos las herramientas éticas necesarias para actuar en pro de la dignidad individual o colectiva de manera permanente.








CAPÍTULO II: MECANISMOS ÉTICOS DE ACCIÓN.

Para poder poner en práctica esta tesis, consideraremos como ejemplo el dilema de William Styron conocido como la elección de Sofía, utilizado por Marc Hauser en su libro Moral Minds (pp.6-7). Con esto se tendrá una noción del grado de funcionalidad que podría presentar la deontología kantiana y el utilitarismo de John Stuart Mill, y en esta medida se podrá considerar la inclusión de la viabilidad de exoneración en estos modelos, en aras de suplir las necesidades del sujeto contemporáneo.
Aunque la "elección de Sofía" es un caso ficcional, casos similares sucedieron durante el periodo de opresión nazi, lo cual, lo hace pertinente porque su mención supone un matiz ético distinto al cotidiano, y muestra cómo el hombre cuestiona las implicaciones éticas de sus acciones.
En el ejemplo, Sofía está con sus dos hijos en un campo de concentración. Mientras tanto, un guardián se acerca y le dice, que si ella mata a uno de sus hijos, él respetará la vida del otro; si en su lugar, decide no matar a ninguno, entonces él asesinará a ambos. Al final, Sofía decide asesinar arbitrariamente a uno de sus hijos. (Hauser, 2006)
En relación, tanto Kant como Mill proponen métodos teóricamente bien articulados que podrían haberle dado instrucción a Sofía para ayudarla a actuar de forma ética; sin embargo, ninguno de ellos le habría resultado satisfactorio, porque le habría implicado un choque entre lo teórico y lo práctico, entre las exigencias de acción de la ética guía y las del contexto mismo.
En el caso de Kant, la instrucción de Sofía estaría dada por el imperativo categórico, el mecanismo formal, libre de contenido, por el cual el sujeto puede determinar la naturaleza ética de sus actos, y sus obligaciones en términos de acción. En este sentido, Sofía debería darle contenido a este mecanismo considerando la acción de asesinar, universalizar esto como norma, y comprender, que un mundo donde la pauta mínima de comportamiento es asesinar no puede funcionar; por ende, en cualquier caso, Sofía entiende que asesinar no es ético, y su obligación se consolida bajo la máxima de no matar.
En síntesis, el modelo kantiano le sugiere a Sofía actuar solo si considera que su máxima puede convertirse en ley universal, dejándole la abstención como opción ética única, sabiendo que eso conlleva la muerte de ambos hijos. Ahora, ésta es la última opción que Sofía estaría dispuesta a considerar, pues quiere evitar a toda costa el perder sus dos hijos; sin embargo, para Kant, "una acción realizada por deber tiene que excluir completamente, por tanto, el influjo de la inclinación" (Kant, 2006, pp. 63-64). Sugiriendo, que Sofía debe tener el respeto suficiente por el deber para separar sus intereses de sus acciones y, de ser necesario, ponerlo por encima de la vida de sus dos hijos, tomando la decisión de abstenerse, siendo más cruel la exigencia de acción hecha por la ética kantiana, que la exigencia misma hecha previamente por el guardián.
Ahora, esto evidencia el incumplimiento kantiano de la primera condición de la funcionalidad, al no permitirle al sujeto la satisfacción, y la felicidad individual/colectiva. Dicho de otro modo, el sujeto quedará insatisfecho tanto con el resultado de la acción ética, como con la naturaleza no ética de la acción deseada. Lo que supone que la ética de Kant no le resulta funcional a Sofía en cuanto condena la acción que le otorga un grado de satisfacción mayor en relación con las otras opciones.
En el caso de Mill, Sofía debería cuantificar cuanto placer y dolor se produce con su acción, considerando que es posible medir de manera sistemática estos elementos en un mundo lleno de resultados aleatorios. Por fortuna se sabe que, si bien esto es imposible para el hombre (a diferencia de lo que Mill creía), sí le es posible tener una noción de la naturaleza ética del acto que está a punto de cometer, pues "el principio o regla únicos para decidir entre los diversos principios cuando entran en conflicto debe ser auto evidente" (Mill, 2007, p.44)
En este, y solo en este punto, el planteamiento de Mill se acerca extraordinariamente al planteamiento de Kant, pues considera la capacidad inherente del hombre de tomar decisiones, y atribuir juicios valorativos a sus acciones. No obstante, su postura difiere en el estímulo ético. En Kant, este es a priori, es decir, no empírico, producto del entendimiento, pues de la experiencia individual no se puede tomar una máxima universal de acción; mientras que en Mill, aunque el sujeto posee innatamente una razón instrumental para sopesar las consecuencias, el estímulo ético es a posteriori pues el individuo necesita conocer el contexto circunstancial para ver utilidad en una acción determinada. Sin embargo, poseer esta capacidad desde los dos puntos de vista, no va a ser insumo suficiente para permitirle al sujeto encontrar siempre una funcionalidad en estos modelos. Volvamos pues al caso de Sofía.















CAPÍTULO III: ACCIÓN Y ABSTENCIÓN, DIGNIDAD Y UTILIDAD

En principio, para ampliar la respuesta utilitarista frente al caso de Sofía, y contrastarla con la deontológica se tomarán las siguientes preguntas: ¿es ético que Sofía se abstenga? y, si no, ¿es ético que actúe?
Primero, desde el punto de vista de Mill, para que Sofía actúe debe tener primero un criterio de elección y jerarquía sobre las vidas de sus hijos, absolutamente evidente en sí, intrínseco, y libre de toda influencia de su subjetividad, capaz de mostrarle en cual de las dos vidas se contribuirá en mayor medida a la felicidad colectiva. Por lo tanto, si Sofía no sabe cuánta utilidad hay presente en la conservación de la vida de cada uno de sus dos hijos, tendrá que abstenerse, pues no puede considerar la naturaleza ética de su decisión sin una noción de utilidad. Aquí se incumple la primera condición de la funcionalidad, porque de entrada, se impide el alcance del objetivo deseado, imponiendo la ineticidad de escoger arbitrariamente entre la vida de ambos.
Ahora, para profundizar aún más en ambas posturas éticas, y responder a las dos preguntas, recordaremos las palabras de Mill (refiriéndose al hombre) cuando dice: "si deteriora sus facultades corporales o mentales no solo causa un mal a todos aquellos cuya felicidad dependía, en parte, de él, sino que se incapacita para prestar los servicios que, en general, debe a sus semejantes" (Mill, 2003, pp. 159-160). Así, según Mill, el valor de un sujeto reside en la utilidad que representa para su comunidad, en cuanto le sirve a ella como un medio para llegar a la felicidad.
Ahora bien, con esto salta a la luz la primera contradicción de Mill, dada entre la abstención y la acción. Esta surge cuando su modelo recomienda a Sofía, no actuar, evitando el riesgo de perder la vida que representa mayor utilidad, y luego evidencia que, sin embargo, el abstenerse es aún peor porque conlleva la perdida de las dos vidas, que de todas maneras son útiles para la comunidad en alguna medida. Así las cosas, hasta el momento, tanto actuar sin un criterio de elección, como abstenerse de hacerlo, es un atentado a la comunidad.
En este orden, para evidenciar cuál es el siguiente paso en el modelo de Mill, vamos a suponer que existe dicho criterio de elección respecto a la utilidad que permite evaluar de cuál de las dos vidas se va a obtener un bien mayor. Así, es absolutamente evidente y claro para Sofía, que con la vida del hijo A se va a contribuir más a la felicidad colectiva que con la del hijo B. En esta medida, el modelo de Mill debe autorizar a Sofía a utilizar la vida B, de la cual se va a sacar menos provecho como medio para salvar la vida A, en tanto ésta es más útil. No obstante, aunque este marco es totalmente coherente con el concepto de utilidad propuesto por Mill, es totalmente contradictorio con su concepto de dignidad humana, lo que abre la segunda contradicción presente en el modelo de Mill, la pugna entre dignidad y utilidad.
En principio, para Mill la individualidad y la libertad son elementos fundamentales de la dignidad del sujeto (Molera, s.f.). Por lo cual, si Sofía respeta la dignidad de sus hijos, debe respetar estos dos componentes. Esto implica, no quitarle arbitrariamente a su hijo B la opción de elegir seguir viviendo.
Ahora, si su hijo B en ejercicio de su libertad e individualidad elije conservar su vida, Sofía tiene dos opciones: ir en contra de la dignidad de su hijo B asesinándolo, y a favor de la utilidad al salvar la vida A (mostrando como el modelo cumple y quebranta parcialmente la segunda condición de la funcionalidad, pues claramente vela por la dignidad del hijo A, pero interfiere negativamente con la dignidad del hijo B ); o ir a favor de la dignidad de su hijo B respetando su libertad y su condición de individuo, y en contra de la utilidad, al no asesinar a ninguno de sus dos hijos (faltando a la primera condición de la funcionalidad, al no catalogar esta opción como ética, así Sofía la deseara para privilegiar la dignidad de sus hijos).
Así, en cualquier caso, el juicio contradictorio de Mill es, además, reprobable desde la funcionalidad, mostrando la incapacidad que tiene este modelo de dar un veredicto final en casos que le exigen una coherencia total en su estructura, y que hacen evidentes sus inconsistencias.
Ahora, si proseguimos, aún existe la "injusticia de elegir a un individuo para ser sacrificado sin su consentimiento"(Mill, 2007, p.126) por lo cual la única opción restante, hipotética, que le permitiría a Sofía actuar de manera ética bajo la concepción de Mill sería el que su hijo B, en conciencia de su poco valor, ofreciera su vida para salvar la de su hermano, permitiéndole a Sofía materializar la absoluta ironía de asesinar éticamente, respetando la dignidad y siendo fiel a la utilidad de ambos.
De todas formas, esta opción, aunque vigente, no es funcional, porque incumple el componente de autonomía de la primera condición de la funcionalidad, en tanto la única acción ética posible para Sofía, no depende de su acción autónoma, sino de la decisión de B.


CAPÍTULO IV: MEDIOS, FINES Y DIGNIDAD

Esta discusión de funcionalidad, nos muestra cómo Kant y Mill difieren en su concepción de dignidad, pues a diferencia del segundo, el primero nunca, bajo ninguna circunstancia, permitiría que, por insignificante que fuese la contribución de un individuo a su sociedad, se le utilizara como medio para llegar a un fin. De este modo surge el segundo postulado del imperativo categórico de Kant.
Éste, indica en sus palabras "obra de tal modo que te relaciones con la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin, y nunca solo como un medio". (Kant, 2006, p.104) esto implica que Sofía no puede servirse de la vida de su hijo B, para salvar la vida A, porque ambos, en cualquier caso tienen el estatus de fines en sí mismos y como tales, no pueden ser tratados como medios independientemente de la utilidad que sus vidas representen. Por esto, nuevamente la abstención es la acción establecida por Kant para Sofía, porque solo así, dando el mismo trato a ambos hijos, se sostiene la igualdad de la dignidad de los hombres, respetándose la libertad, la facultad moral, y la condición irremplazable de cada uno.
Ahora, ¿la deontología Kantiana atribuiría responsabilidad ética a Sofía por la muerte de sus dos hijos como producto de su abstención? En principio, dado que dicha abstención es correcta para Kant, sin importar la consecuencia que esto conlleve, pues actuó de manera ética; por esto Sofía no puede ser responsable de la muerte de sus hijos, en su lugar, dicha responsabilidad recae enteramente sobre la moral del guardián, pues es él quién ejecuta la acción.
Así, aunque durante años modelos como el de Kant y de Mill hayan enriquecido el desarrollo del ámbito ético, moral y judicial en beneficio del establecimiento de sociedades y, en síntesis, hayan sido funcionales para muchos ejemplos de la vida cotidiana con todo lo que esto conlleva; ambos, tienen inconvenientes al momento de serle funcionales a Sofía, porque solo casos como el de ella, dejan entrever las fisuras de estos modelos que son base de nuestra ética actual y que se expresan implícitamente en nuestras decisiones cotidianas. Bien, la pertinencia, está en conocer las inconsistencias de nuestras bases para solucionar los problemas actuales desde su raíz.
Con toda la crítica anterior, se ha buscado edificar la base para argumentar formalmente por qué razón es necesaria la consideración de una viabilidad de exoneración. Para esto, observemos que la ética "tiene únicamente sentido cuando se orienta hacia la comunidad humana [pues] su origen asimismo es la propia convivencia en sociedad" (Guisán E. , 2006, pp. 315-316). Esto evidencia que la ética tiene como núcleo, la convivencia misma, y, a su vez un nivel de autoridad sobre la legalidad, consolidando sus máximas a través del ámbito jurídico por medio de la emisión de leyes.
Ahora bien, si la ley parte de la ética, las inconsistencias de esta última (como las de la deontología, y el utilitarismo) se expresaran también en los parámetros legales. Es por esto, que individuos como Sofía, actúan en su contexto sin disponer de funcionalidad ética o legal y sin embargo, son juzgados como si la hubiesen tenido, viéndose perjudicados en el desempeño de su libertad, su honor y su dignidad, y haciendo pertinente la inclusión de la viabilidad de exoneración.

CONCLUSIÓN

Concluyendo, es claro que la falta de funcionalidad no es responsabilidad del individuo, es de la ética y la legalidad, pues dichos ámbitos deben servir como guía, incluso en un contexto inusual. Así, mientras la ética no proporcione suficientes herramientas morales en su estructura, para permitir que los individuos actúen en pro de la dignidad humana en todos los casos, no puede responsabilizarlos totalmente por incumplir sus parámetros. En definitiva, ya no se puede seguir condenando al sujeto por la negligencia de la ética, pues no se puede condenar a Sofía sin quedar con un sinsabor, o cortarle la mano a quien robó para dar de comer a su familia sin remordimiento. Porque aún hay algo dentro de nosotros que nos dice que se está cometiendo una injusticia, y que la falla no solamente viene de parte del individuo, sino también del sistema ético, social y económico que lo rige.
Por esto se declara que cualquier decisión que Sofía hubiese tomado habría sido entendible, pues las exigencias de su condición de madre y su necesidad moral de actuar éticamente distorsionaban su juicio para discriminar cuál opción era la mejor, pues todas presentaban matices en cuanto ofrecían beneficios y perjuicios.
Así, el objetivo de este texto es abrir espacios de discusión que comprendan el significado mismo del título "Viabilidad y Exoneración", es decir, que la problemática ética generada se centra en las carencias de viabilidad y de exoneración. Falta de viabilidad, pues no existen suficientes vías de acción éticas en todos los contextos, lo cual supone que tampoco existe una viabilidad de acción; y falta de exoneración, porque no hay una ejecución consciente de la misma, pues esta nunca se ha planteado como la respuesta a la falta de funcionalidad de la ética, por el contrario, solo se ha pensado como un hecho aislado cuyo valor reside en la función de eximir las responsabilidades, sin entender que el valor real de su aplicación reside en el hecho de ver que aún hay inconsistencias en nuestros modelos que no permiten siempre llegar a una acción ética.
Para finalizar, los términos unificados como "viabilidad de exoneración" resumen la petición del texto, la solución a estas deficiencias, pues la viabilidad de exoneración significa hacer viable la aplicación de una exoneración consciente, que no caiga en una excusabilidad promotora de la acción irresponsable, sino que utilice la funcionalidad como criterio de exención y reconozca la causa real de su aplicación en el error del sistema ético mismo. Con esto, no solo se multiplicarán las vías de acción, al hacer evidente la crítica constructiva y permitir la retroalimentación de la ética y la legalidad en conjunto, sino que se posibilitará la solución periódica de las inconsistencias de cada modelo ético, y esto se expresará en sectores como la educación, la ley y el Estado, fundamentales en nuestra cotidianidad.



REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS


Guisán, E. (2006). Introducción a la ética. Madrid: Ediciones Cátedra.
Hauser, M.(2006). Moral Minds: The Nature of wright and wrong.United States of America: Harper Collins Publishers.
Kant, I. (2006). Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres. Madrid: Espasa Calpe, S.A.
Mill, J. S. (2003). Sobre la libertad. Madrid: Alianza Editorial.
Mill, J. S. (2007). El Utilitarismo. Madrid: Alianza Editorial.
Molera, E. (s.f.). John Stuart Mill: Utilitarismo y Liberalismo. Recuperado de http://iesolorda.org/departaments/fi/J_S_Mill_utilitarismo_y_liberalismo.pdf




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