Universidad de San Carlos de Guatemala PROPIEDADES DE INVERSIÓN Seminario de Integración Profesional

July 17, 2017 | Autor: Guadalupe Gómez | Categoría: Articulos Academicos
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Descripción

Universidad de San Carlos de Guatemala
Facultad de Ciencias Económicas
Escuela de Auditoría
Seminario de integración profesional







PROPIEDADES DE INVERSIÓN




















ÍNDICE

INTRODUCCIÓN i
CAPITULO I 1
CONTABILIDAD 1
1. Generalidades 1
1.1. Definición 1
1.2. Clasificación de la Contabilidad 1
1.3. Tipos de Contabilidad 2
1.4. Historia 3
1.5. La ecuación patrimonial 4
1.6. El sistema de partida doble 5
CAPITULO II 6
NORMATIVA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA 6
2.1. Norma Internacional de Contabilidad –NIC 40 6
2.1.1. Historia 6
2.1.2. Objetivo 7
2.1.3. Alcance 7
2.1.4. Definiciones 8
2.1.5. Reconocimiento 10
2.1.6. Medición en el momento del reconocimiento 10
2.1.7. Medición posterior al reconocimiento 13
2.1.8. Transferencias 15
2.1.9. Disposiciones 17
2.1.10. Información a revelar 17
2.2. Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF 13 Medición
del Valor Razonable 19
2.2.1. Antecedentes 19
2.2.2. Objetivo 19
2.2.3. Alcance 19
2.2.4. Medición 20
2.2.5. Aplicación a pasivos e instrumentos de patrimonio propios de una
entidad 21
2.2.6. Técnicas de valoración 22
2.2.7. Jerarquía del valor razonable 23
2.2.8. Información a revelar 24
2.3. Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y
Medianas Empresas –NIIF para las Pymes, Sección No. 16 24
2.3.1 Alcance 24
2.3.2. Definición 25
2.3.3. Reconocimiento 25
2.3.4. Medición en el reconocimiento inicial 25
2.3.5. Medición Posterior al Reconocimiento 26
2.3.6. Transferencias 26
2.3.7. Información a revelar 26
CAPITULO III 28
CASOS PRÁCTICOS 28
ENUNCIADO 28
RESOLUCIÓN 28
CUESTIONARIO 33
CONCLUSIONES 36
RECOMENDACIONES 37
BIBLIOGRAFÍA 38



INTRODUCCIÓN
En la actualidad el uso y aplicación de las Normas Internacionales de
Información Financiera, es indispensable para la preparación de información
así como también para la toma de decisiones en los diferentes tipos de
negocios ya sea gubernamental, financiero, industrial, comercial,
agropecuario, hotelero, minero, por tal motivo nos hemos enfocado en
realizar este trabajo en el que se analiza y establece la relación de la
NIC 40, propiedades de inversión con otras normas internacionales de
información financiera.

El análisis de la NIC 40, tiene como propósito explicar el reconocimiento,
medición y revelación de la información obtenida de las propiedades de
inversión, como la medición en los estados financieros de un arrendatario
sobre los derechos de una propiedad mantenida en régimen de arrendamiento
financiero y la medición en los estados financieros de un arrendador de las
propiedades de inversión arrendadas en régimen de arrendamiento operativo.

En los capítulos II se describe generalidades, Definición, Clasificación y
Tipos de Contabilidad su historia, el capítulo II se describe la normativa
de la información financiera que abordan el tema investigado propiedades de
inversión, entre las cuales se mencionan los objetivos, alcance,
antecedentes, medición, transferencias e información a revelar según las
Normas Internacionales de contabilidad –NIC 40, Normas Internacionales de
Información Financiera NIIF-13 Medición del valor razonable y Normas
Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas
Empresas –NIIF para las Pymes Sección No. 16

En el capítulo IV se ejecutan casos prácticos los cuales muestran la forma
de contabilizar la adquisición y revaluación según valor razonable de las
propiedades de inversión, dichos casos fueron basados las Normas
Internacionales de contabilidad –NIC 40

Por último se muestra un cuestionario con el fin de proporcionar
información breve sobre las distintas definiciones y conceptos abordados en
la investigación.
CAPITULO I


CONTABILIDAD


1. Generalidades

1 Definición

La contabilidad es una ciencia y técnica que aporta información de utilidad
para el proceso de toma de decisiones económicas. Esta disciplina estudia
el patrimonio y presenta los resultados a través de estados contables o
financieros.

La contabilidad general implica el análisis desde distintos sectores de
todas las variables que inciden en este campo; por lo tanto, implica el
control de todas sus operaciones diarias: compra, venta, gastos,
inversiones, etc. El contador debe registrar, analizar, clasificar y
resumir estas operaciones para plasmarlas en un estado o balance con
información veraz. Para esto es necesario llevar a cabo un registro
sistemático y cronológico de las operaciones financieras.


2 Clasificación de la Contabilidad


1 Contabilidad Pública

Principios, y procedimientos asociados con la contabilidad de las
Administraciones Públicas, esto quiere decir la contabilidad llevada dentro
de las diferentes unidades que constituyen el sector público, tales como
Ministerios, Secretarías Generales, y cualquier organismo calificado de
titularidad pública. Se caracteriza por su marcado carácter presupuestario
y su cumplimiento dentro de los objetivos fijados políticamente.

Se debe diferenciar la Contabilidad Pública de la Contabilidad
Gubernamental. La segunda corresponde al concepto del párrafo anterior en
tanto que la Contabilidad Pública es una disciplina derivada de la
Contabilidad General, que tiene por objeto el estudio de la organización,
gestión y control de la hacienda pública.

2 Contabilidad Privada

En contraste con el contador público, quien presta su servicio a muchos
clientes, en la industria privada el contador es un empleado de una sola
empresa. El jefe del departamento de contabilidad de una empresa pequeña o
mediana generalmente se llama contralor, en reconocimiento al hecho de que
uno de los usos principales de la información contable es el de ayudar a
controlar las operaciones del negocio.

El contralor dirige el trabajo de los empleados del departamento de
contabilidad, hace parte del equipo de la alta gerencia encargado de
manejar el negocio, establecer sus objetivos y asegurar su cumplimiento.
Los contadores en las empresas privadas sean grandes o pequeñas, deben
registrar las transacciones y preparar estados financieros periódicos a
partir de los registros contables.



3 Tipos de Contabilidad

Existen distintas fases especializadas que forman parte de la contabilidad
general.

1 La contabilidad de costos

Se dedica a clasificar y recopilar información de los costos corrientes y
en perspectiva.

2 La contabilidad fiscal

Por su parte, está fundamentada en la legislación impositiva de cada país.
El contador debe encargarse de elaborar los informes pertinentes para la
presentación de declaraciones ante la Administración Pública y para el pago
de los impuestos.

3 La contabilidad financiera

Es otra fase de la contabilidad financiera, centrada en la información
cuantitativa de las transacciones y de otros eventos económicos que son
susceptibles de cuantificación.

4 La contabilidad administrativa

Está vinculada a la elaboración de informes internos. La información es
analizada por los propios responsables de la organización, quienes tomarán
decisiones de gestión en base a los datos aportados. Las políticas de una
empresa suelen basarse en estos informes de la contabilidad administrativa.


4 Historia

La Contabilidad se remonta desde tiempos muy antiguos, cuando el hombre se
ve obligado a llevar registros y controles de sus propiedades porque su
memoria no bastaba para guardar la información requerida. Se ha demostrado
a través de diversos historiadores que en épocas como la egipcia o romana,
se empleaban técnicas contables que se derivaban del intercambio comercial.

Tal es el caso de los fenicios en Asia quienes fueron los primeros en
utilizar el trueque como una forma de comercio en la época antigua. Estos
fueron pueblos comerciantes que desarrollaron, por necesidad, formas
primitivas de contabilización de sus operaciones basadas en los
instrumentos y formas de escritura de la época en que vivieron. De hecho se
encuentran vestigios de este tipo de registros de épocas tan antiguas como
3,000 años antes de Jesucristo.
Pero fue alrededor del siglo XV que el registro de operaciones comerciales
vivió uno de sus períodos más trascendentales, quizás tan solo comparables
a los vividos intensamente hasta el siglo XX en dos momentos marcadamente
importantes, la crisis financiera generalizada de los años 30 y la marcada
tendencia de globalización de los noventa.

A través del siglo XV ocurrieron acontecimientos que impactaron fuertemente
a la técnica contable lo cual se considera que en ese período se
construyeron las bases de lo que hoy se conoce como contabilidad. Se
atribuyó la "paternidad" de la contabilidad a un monje llamado Luca
Paccioli, quien formalizó un esquema muy rudimentario para registrar las
escasas operaciones mercantiles que realizaba la congregación de la que
formaba parte. A ese primitivo y sencillo sistema de registro o
contabilización de mercaderías se le consideró con el paso del tiempo, como
la base de la contabilidad.

Con el descubrimiento de América se abrieron nuevas rutas comerciales y los
navegantes iniciaban empresas con las cuales se aventuraban a la búsqueda
de nuevas tierras las cuales ofrecían varios productos; las cuales eran
patrocinados por personajes de la época de los cuales exigían cuentas
claras del resultado de esas travesías.

5 La ecuación patrimonial

La condición o posición financiera de un negocio está representada por la
relación que existe entre los activos y los pasivos, más el capital.

1 Activo

Los activos de una empresa son, en general, las propiedades o recursos
económicos que posee, por ejemplo: dinero en efectivo, terrenos,
instalaciones, cantidades adeudadas al negocio por sus clientes, mercancías
que se tienen para la venta, Etc.


1. Pasivo
Un pasivo es una deuda que tiene la empresa y en él se incluyen las
cantidades que se deben a los proveedores y acreedores por la compra de
mercancías y servicios adquiridos al crédito, salarios y sueldos por pagar
a los empleados, impuestos, hipotecas, documentos por pagar, Etc.

2 Capital

Cuando se habla de capital, se refiere a la participación que tiene el
propietario del negocio en sus activos.

El Balance General recibe ese nombre ya que la suma de ambos lados debe
coincidir; la suma de los activos debe ser igual a la suma del pasivo, más
el capital. Si se representa esa igualdad en una ecuación ésta sería:


ACTIVOS = PASIVOS + CAPITAL


A esta ecuación se le denomina ecuación contable, la cual representa el
equilibrio entre el activo, por una parte, y los derechos de los acreedores
y propietarios por otra.

6 El sistema de partida doble

El sistema de partida doble consiste en que toda transacción que se
registra afecta dos o más cuentas, de tal modo que coincida el total de los
cargos de dicha cuenta con el total de los abonos de las mismas. Los
creadores de la contabilidad por partida doble basaron ese sistema en la
ecuación contable: A = P + C. Y acordaron registrar los aumentos de los
activos en el lado del debe de las cuentas de activo; y para igualar
débitos y créditos se deberían registrar los aumentos de los pasivos y
capital en el lado opuesto o lado del haber de las cuentas de pasivo y
capital.

En las cuentas de activo, los aumentos se cargan, representan débitos para
ellas. Las disminuciones, por su parte, deberán representar créditos o sea
se deben abonar. En las cuentas de pasivo y capital, los aumentos se
abonan y las disminuciones se cargan.

En esencia, el sistema de partida doble consiste en una serie de tablas que
son las cuentas del Mayor, una para cada clase de activo y pasivo. Los
valores de cada tabla forman un registro continuo del valor inicial y los
subsiguientes cambios de ese valor.

Ideas Fundamentales
Las ideas fundamentales del sistema de partida doble son:
a) Hay una cuenta del mayor para cada tipo de activo o pasivo.
b) Cada cuenta del mayor tiene dos lados o columnas:
La de la izquierda que se llama Debe.
La de la derecha que se llama Haber.


CAPITULO II


NORMATIVA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA


2.1. Norma Internacional de Contabilidad –NIC 40

La NIC 40 define el concepto de propiedades de inversión y su propósito
es reconocer, valorar y revelar la información de la inversión
inmobiliaria, determina el tratamiento contable de las propiedades que una
entidad desea mantener para obtener renta o plusvalía, deben tratarse como
activos de inversión cuando los beneficios económicos futuros asociados
fluyan hacia la entidad y a su vez los costos puedan ser medidos con
fiabilidad.

Las propiedades de inversión no deben ser usadas por los dueños para sus
procesos operativos, pero se pueden transferir a propiedad, planta y
equipo, cuando la entidad lo requiera.


2.1.1. Historia

Octubre 1984
Borrador para discusión pública E26 Contabilidad para las inversiones
Marzo 1986
NIC 25 Contabilidad para las inversiones
1 Enero 1987
Fecha efectiva de la NIC 25
Diciembre 1999
Borrador para discusión pública E64 Propiedad para inversión
Abril 2000
La NIC 40 Propiedad para inversión reemplazó esas partes de la NIC 25 que
se referían a la propiedad para inversión y fue retirada la NIC 25
1 Enero 2001
Fecha efectiva de la NIC 40 (2000)
18 Diciembre 2003
Versión revisada de la NIC 40 es emitida por IASB
El resumen que se presenta abajo refleja las revisiones.
1 Enero 2005
Fecha efectiva de la NIC 40 (Revisada 2003)


2.1.2. Objetivo

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las
propiedades de inversión y las exigencias de revelación de información
correspondiente.


2.1.3. Alcance

Esta Norma será aplicable en la medición en los estados financieros de un
arrendatario, de los derechos sobre una propiedad mantenida en régimen de
arrendamiento financiero y que se contabilice como un arrendamiento
operativo, también se aplicará para la medición en los estados financieros
de un arrendador, de las propiedades de inversión arrendadas en régimen de
arrendamiento operativo.
Esta Norma no trata los problemas cubiertos en la NIC 17 Arrendamientos,
entre los que se incluyen los siguientes:

a) clasificación de los arrendamientos como arrendamientos financieros u
operativos;
b) reconocimiento de las rentas por arrendamiento de inversiones
inmobiliarias (ver también NIC 18 Ingresos ordinarios);
c) valoración, en los estados financieros del arrendatario, de los
derechos sobre inmuebles mantenidos en régimen arrendamiento
operativo;
d) valoración, en los estados financieros del arrendador, de su inversión
neta en un arrendamiento financiero;
e) contabilización de las transacciones de venta con arrendamiento
posterior; e
f) información a revelar sobre arrendamientos financieros y operativos



Esta Norma no será de aplicación a:
a) los activos biológicos adheridos a terrenos y relacionados con la
actividad agrícola (véase la NIC 41, Agricultura);
b) las inversiones en derechos mineros, exploración y extracción de
minerales, petróleo, gas natural y otros recursos no renovables
similares.



2.1.4. Definiciones

Las principales definiciones que se utilizan en el análisis de la NIC 40 se
detallan a continuación:

Coste
Es el importe de efectivo o medios líquidos equivalentes al efectivo
pagados, o el valor razonable de la contraprestación entregada, para
comprar un activo en el momento de su adquisición o construcción o, cuando
sea aplicable, el importe atribuido a ese activo cuando sea inicialmente
reconocido de acuerdo con los requerimientos específicos de otras NIIF, por
ejemplo, de la NIIF 2 Pagos basados en acciones.

Importe en libros
Es el importe por el que se reconoce un activo en el balance.

Inversiones inmobiliarias
Son inmuebles (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en
parte, o ambos) que se tienen (por parte del dueño o por parte del
arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para
obtener rentas, plusvalías o ambas, en lugar de para:

a) su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien
para fines administrativos; o
b) su venta en el curso ordinario de las operaciones.

Inmuebles ocupados por el dueño
Son inmuebles que se tienen (por parte del dueño o por parte del
arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para su uso en
la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines
administrativos.

Ciertos inmuebles se componen de una parte que se tiene para ganar rentas o
plusvalías, y otra parte que se utiliza en la producción o suministro de
bienes o servicios o bien para fines administrativos. Si estas partes
pueden ser vendidas separadamente (o colocadas por separado en régimen de
arrendamiento financiero), la entidad las contabilizará también por
separado. Si no fuera así, el inmueble únicamente se calificará como
inversión inmobiliaria cuando se utilice una porción insignificante del
mismo para la producción o suministro de bienes o servicios o para fines
administrativos.

Valor razonable
Es el importe por el cual un activo puede ser intercambiado entre partes
interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en
condiciones de independencia mutua.

2.1.5. Reconocimiento

a) Las inversiones inmobiliarias se reconocerán como activos cuando, y
sólo cuando: sea probable que los beneficios económicos futuros que
estén asociados con tales inversiones inmobiliarias fluyan
hacia la entidad; y
b) el coste de las inversiones inmobiliarias pueda ser valorado de forma
fiable.


De acuerdo al criterio de reconocimiento cada entidad debe evaluar los
costos de todas sus propiedades de inversión incurridos inicialmente para
adquirir o construir una partida de propiedades, así mismo los costos
incurridos posteriormente de las propiedades de inversión.

La entidad no reconocerá, en el importe en libros de un elemento de las
inversiones inmobiliarias, los costes derivados del mantenimiento diario
del elemento. Tales costes se reconocerán en el resultado del ejercicio
cuando se incurra en ellos. Los costes del mantenimiento diario son
principalmente los costes de mano de obra y los consumibles, que pueden
incluir el coste de pequeños componentes. El objetivo de estos desembolsos
se describe a menudo como 'reparaciones y conservación' del inmueble.

Algunos componentes de las inversiones inmobiliarias podrían haber sido
adquiridos en sustitución de otros anteriores. Por ejemplo, las paredes
interiores pueden sustituirse por otras distintas de las originales.


2.1.6. Medición en el momento del reconocimiento

Las propiedades de inversión se medirán inicialmente al costo, incluyendo
los costos de transacciones.

El coste de adquisición de una inversión inmobiliaria comprenderá su precio
de compra y cualquier desembolso directamente atribuible. Los desembolsos
directamente atribuibles incluyen, por ejemplo, honorarios profesionales
por servicios legales, impuestos por traspaso de las propiedades y otros
costes asociados a la transacción

2.1.6.1. Permutas

Algunas propiedades de inversión pueden haber sido adquiridas a cambio de
uno o varios activos no monetarios, o de una combinación de activos
monetarios y no monetarios.

Costos Asociados A La Transacción


























2.1.6.2. Permuta comercial

Para determinar si una transacción de intercambio tiene carácter comercial
se toma en cuenta los siguientes aspectos:
a) Cuando la configuración (riesgo, calendario e importe) de los flujos
de efectivo del activo recibido difiere de la configuración (riesgo,
calendario e importe) de los flujos de efectivo del activo entregado,
es decir, sean distintos. Por ejemplo: en una permuta de terrenos, los
bienes que se intercambian son semejantes, pero cada uno tiene
distinta valoración a futuro según su ubicación.
b) El valor actual de flujos de efectivo para la entidad se ve
modificado como consecuencia de la permuta, es decir, al intercambiar
los bienes, el valor actual del activo recibido no será igual al valor
actual del activo que fue entregado.
c) La diferencia existente de los flujos mencionados en los
párrafos anteriores deberá ser significativa al compararla con
el valor razonable de los activos intercambiados.

Cuando una permuta tenga carácter comercial, el valor específico para la
entidad tomará en cuenta los flujos de efectivo después de impuestos. El
resultado de este análisis deberá ser claro sin tener que realizar cálculos
detallados.

En caso de no existir transacciones similares en el mercado para determinar
el valor razonable de un activo, este se puede medir con fiabilidad según
las siguientes condiciones:
a) La variación en el rango de estimaciones del valor razonable del
activo no sea significativa.
b) Las supuestas estimaciones dentro de ese rango, se puedan
evaluar razonablemente y ser utilizadas en la estimación del valor
razonable.
c) Si la entidad tiene la capacidad de determinar fiablemente los valores
razonables de los activos recibidos o entregados, se utilizará
el valor razonable del activo entregado para medición del costo
del activo recibido, a menos que se conozca de forma clara el valor
razonable del activo recibido.


2.1.7. Medición posterior al reconocimiento


2.1.7.1. Política contable

La entidad elegirá como política contable el modelo del valor razonable o
el modelo del costo y aplicará esa política a todas sus propiedades de
inversión.

2.1.7.1.1. Valor razonable

El valor razonable de una inversión inmobiliaria es el precio al que podría
ser intercambiado, entre partes interesadas y debidamente informadas, en
una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. El valor
razonable excluye específicamente un precio estimado incrementado o
rebajado por plazos o circunstancias especiales tales como financiación
atípica, acuerdos de venta con arrendamiento financiero posterior,
contrapartidas especiales o rebajas concedidas por alguien relacionado de
alguna manera con la venta.

La entidad determinará el valor razonable sin practicar ninguna deducción
por los costes de transacción en que pudiera incurrir por causa de la
enajenación o disposición por otra vía.
El valor razonable de una inversión inmobiliaria reflejará las
condiciones de mercado en la fecha del balance.

Incapacidad para determinar el valor razonable de forma fiable
Existe una presunción refutable de que las entidades serán capaces de
determinar, de forma fiable y continua, el valor razonable de cada
inversión inmobiliaria. Sin embargo, en casos excepcionales, cuando la
entidad adquiera por primera vez una inversión inmobiliaria (o cuando un
inmueble existente se convierte por primera vez en inversión inmobiliaria
después de terminarse la construcción o desarrollo, o después de un
cambio en su uso) puede existir clara evidencia de que la entidad no va a
poder determinar, de forma fiable y continua, el valor razonable de la
inversión inmobiliaria. Esto surge cuando, y sólo cuando, no sean
frecuentes las transacciones similares en el mercado, y no se pueda
disponer de otras formas de estimar el valor razonable (por ejemplo, a
partir de las proyecciones de flujos de caja descontados). En dichos casos,
la entidad valorará la inversión inmobiliaria aplicando el modelo del
coste previsto en la NIC 16 Inmovilizado material. Se asumirá que el valor
residual de la inversión inmobiliaria es cero. La entidad continuará
aplicando la NIC 16 hasta la venta o disposición por otra vía de la
inversión inmobiliaria.

Contabilización del Valor Razonable
1. Por la compra de la propiedad de inversión
----------------------------- x ----------------------------
-
Propiedad de Inversión xxxxx
Bancos
xxxxx
R//Para contabilizar la compra de la inversión a su costo de
adquisición

2. Contabilización de la propiedad de inversión a su valor razonable.
Aquí se pueden dar dos casos:


1. Incremento de la propiedad de inversión
----------------------------- x ----------------------------
-
Propiedad de Inversión xxxxx
Ingresos
xxxxx
R//Para contabilizar el incremento de la inversión al ser llevada a su
valor razonable.

2. Disminución de la propiedad de inversión
----------------------------- x ----------------------------
-
Gastos xxxxx
Propiedad de inversión xxxxx
R//Para contabilizar la disminución de la inversión al ser llevada a
su valor razonable.

2.1.7.1.2. Modelo del costo


La entidad que elija el modelo del costo luego del reconocimiento inicial,
medirá sus propiedades de inversión aplicando lo establecido en la NIC 16
propiedad planta y equipo, la contabilización se realizará a su
costo de adquisición menos la depreciación acumulada y el importe
acumulado por cualquier pérdida por deterioro acumulada.














2.1.8. Transferencias

Las transferencias de un bien de propiedad de inversión o, a propiedad de
inversión se realizan si, existe un cambio en su uso, para lo cual se
transfiere a inventarios o propiedades ocupadas por el dueño cuando:

El dueño inicia la ocupación del bien.
El dueño finaliza la ocupación del bien. Inicia un desarrollo con
intención de venta.
Inicia una operación de arrendamiento a terceros.
Finaliza la construcción o desarrollo del bien.

2.1.8.1. Transferencias según el modelo del costo

Si la entidad utiliza el modelo del costo en transferencias que se realiza
entre propiedades de inversión, instalaciones ocupadas por el dueño e
inventarios, no causa variaciones en el importe en libros ni en el costo de
las propiedades, con respecto a medición e información a revelar.


2.1.8.2. Transferencias según el modelo del valor razonable

Para transferir propiedades de inversión a propiedades utilizadas por el
dueño, la contabilización se realizará de acuerdo a lo dispuesto en la NIC
16 propiedad, planta y equipo.

Para transferir propiedades de inversión a inventarios, la
contabilización se realizará de acuerdo a la NIC 2 inventarios.

La contabilización posterior para propiedades utilizadas por el dueño e
inventarios, será el valor razonable del bien a la fecha del cambio de uso.

Para la transferencia de una propiedad utilizada por el dueño a propiedad
de inversión, se aplicará la NIC 16 propiedad, planta y equipo, hasta la
fecha del cambio de uso. Al existir diferencias entre el importe en libros
y el valor razonable se contabilizara la revaluación según NIC 16
Propiedad, planta y equipo.

Para la transferencia de un bien de inventarios a propiedades de inversión,
se contabilizará la diferencia entre el valor razonable hasta la fecha y su
importe en libros que será reconocida en el resultado del periodo, esta
contabilización debe tener relación con el tratamiento de las ventas de
inventarios.

Cuando se termine la construcción o desarrollo de una propiedad de
inversión construida por la entidad, la diferencia que exista entre el
valor razonable a la fecha y su importe en libros anterior, será reconocida
en el resultado del periodo.

2.1.9. Disposiciones


2.9.1. Baja de propiedades de inversión

Se eliminaran del estado de situación financiera, en el momento de la
disposición o cuando queden retiradas permanentemente de uso y no
se espera económicos futuros.

2.1.9.2. Pérdidas o ganancias

Si existiera pérdidas o ganancias que resulten del retiro de la
propiedad, se determinará como diferencia entre el ingreso neto y el
importe en libros del bien reconocerá en el resultado del periodo.
2.9.3. Compensaciones de terceros
Si estas son causadas por propiedades de inversión que hayan deteriorado
su valor, perdido o abandonado, se reconocerán en el resultado del periodo
cuando estas compensaciones sean exigibles.

2.1.10. Información a revelar

La información a revelar que se detalla a continuación será adicional a la
contenida en la NIC 17 arrendamientos, en las que el arrendador incluirá
las revelaciones correspondientes al arrendador de acuerdo a los
arrendamientos en que haya participado. En el caso de tener
arrendamiento financiero u operativo se incluirá las revelaciones del
arrendatario para arrendamientos financieros y revelaciones arrendador para
los arrendamientos operativos en los que haya participado.

Los aspectos que debe revelar una entidad son:
a) Modelo de medición valor razonable o valor del costo
b) Cuando se aplica el modelo del valor razonable, se revela la
contabilización como propiedades de inversión los derechos sobre
propiedades mantenidas en régimen de arrendamiento operativo.
c) Cuando la clasificación resulte complicada, los criterios
desarrollados por la entidad para distinguir las propiedades de
inversión de las propiedades ocupadas por el dueño y de las
propiedades que se tienen para vender en el curso normal de las
actividades del negocio.
d) Métodos e hipótesis significativas aplicados en la determinación del
valor razonable de las propiedades de inversión.
e) La medida en que el valor razonable de las propiedades de inversión se
basa en una valuación realizada por un perito con capacidad
profesional y experiencia en el tratamiento de propiedades de
inversión.
f) Las cifras incluidas en el resultado del ejercicio por:
ingresos derivados de rentas provenientes de las inversiones
inmobiliarias;
gastos directos de explotación (incluyendo reparaciones y
mantenimiento) relacionados con las inversiones inmobiliarias que
generaron ingresos por rentas durante el ejercicio;
gastos directos de explotación (incluyendo reparaciones y
mantenimiento) relacionados con las inversiones inmobiliarias que
no generaron ingresos en concepto de rentas durante el
ejercicio; y
El cambio acumulado en el valor razonable que se haya reconocido en
el resultado por la venta de una inversión inmobiliaria,
perteneciente al conjunto de activos en los que se aplica el modelo
del coste, al otro conjunto de activos en los que se aplica el
modelo del valor razonable (párrafo 32C NIC 40).
g) La existencia e importe de las restricciones a la realización de las
inversiones inmobiliarias, al cobro de los ingresos derivados de los
mismos o de los recursos obtenidos por su enajenación o disposición
por otra vía.
h) Las obligaciones contractuales para adquisición, construcción o
desarrollo de inversiones inmobiliarias, o por concepto de
reparaciones, mantenimiento o mejoras.



2.2. Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF 13 Medición del
Valor Razonable


2.2.1. Antecedentes





2.2.2. Objetivo

a) define valor razonable;
b) establece en una sola NIIF un marco para la medición del valor
razonable; y
c) requiere información a revelar sobre las mediciones del valor
razonable.


2.2.3. Alcance

Esta NIIF se aplicará cuando otra NIIF requiera o permita mediciones a
valor razonable o información a revelar sobre mediciones a valor
razonable (y mediciones, tales como valor razonable menos costos de venta,
basados en el valor razonable o información a revelar sobre esas
mediciones), excepto en circunstancias específicas.
Los requerimientos sobre medición e información a revelar de esta NIIF no
se aplicarán a los elementos siguientes:

a) transacciones con pagos basados en acciones que queden dentro del
alcance de la NIIF 2 Pagos basados en Acciones;
b) transacciones de arrendamiento que queden dentro del alcance de la NIC
17 Arrendamientos; y
c) mediciones que tengan alguna similitud con el valor razonable pero que
no sean valor razonable, tales como el valor neto realizable de la NIC
2 Inventarios o valor en uso de la NIC 36 Deterioro del valor de los
Activos.

La información a revelar requerida por esta NIIF no se requiere para los
siguientes elementos:

a) activos del plan medidos a valor razonable de acuerdo con la NIC 19
Beneficios a los Empleados;
b) inversiones en un plan de beneficios por retiro medidos a valor
razonable de acuerdo con la NIC 26 Contabilización e Información
Financiera sobre Planes de beneficio por Retiro; y
c) activos para los que el importe recuperable es el valor razonable
menos los costos de disposición de acuerdo con la NIC 36.



2.2.4. Medición

La NIIF 13 define valor razonable como el precio que sería recibido por
vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción
ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición (es
decir, un precio de salida). Esa definición de valor razonable enfatiza que
el valor razonable es una medición basada en el mercado, no una medición
específica de una entidad. Al medir el valor razonable, una entidad utiliza
los supuestos que los participantes del mercado utilizarían al fijar el
precio del activo o pasivo en condiciones de mercado presentes, incluyendo
supuestos sobre el riesgo. En consecuencia, la intención de una entidad de
mantener un activo o liquidar o satisfacer de otra forma un pasivo no es
relevante al medir el valor razonable.

La NIIF explica que una medición del valor razonable requiere que una
entidad determine lo siguiente:
a) el activo o pasivo concreto a medir;
b) para un activo no financiero, el máximo y mejor uso del activo y si el
activo se utiliza en combinación con otros activos o de forma
independiente;
c) el mercado en el que una transacción ordenada tendría lugar para el
activo o pasivo; y
d) la(s) técnica(s) de valoración apropiadas a utilizar al medir el valor
razonable. La(s) técnica(s) de valoración utilizadas deberían
maximizar el uso de datos de entrada observables relevantes y
minimizar los datos de entrada no observables. Los datos de entrada
deben ser congruentes con los datos de entrada que un participante de
mercado utilizaría al fijar el precio del activo o pasivo.



2.2.5. Aplicación a pasivos e instrumentos de patrimonio propios de una
entidad

Una medición a valor razonable supone que un pasivo financiero o no
financiero o un instrumento de patrimonio propio de una entidad (por
ejemplo participaciones en el patrimonio emitidas como contraprestación en
una combinación de negocios) se transfiere a un participante de mercado en
la fecha de la medición. La transfe- rencia de un pasivo o un instrumento
de patrimonio propio de una entidad supone que:

a) Un pasivo permanecería en circulación y se requeriría al participante
de mercado receptor de la transferencia satisfacer la obligación. El
pasivo no se liquidaría con la contraparte o extinguiría de otra forma
en la fecha de la medición.
b) Un instrumento de patrimonio propio de una entidad permanecería en
circulación y el participante de mercado receptor de la transferencia
cargaría con los derechos y responsabilidades asociados con el
instrumento. El instrumento no se cancelaría o extinguiría de otra
forma en la fecha de la medición.


2.2.6. Técnicas de valoración

Las técnicas de valoración utilizadas para medir el valor razonable
maximizarán el uso de datos de entrada observables relevantes y minimizará
el uso de datos de entrada no observables.
Las técnicas de valoración se aplicaran de forma congruente, sin embargo un
cambio en técnica de valoración o su aplicación sería aceptable si
cualquiera de los sucesos siguientes tiene lugar:
a) Desarrollo de nuevos mercados
b) Pasa a estar disponible nueva información
c) Deja de estar disponible información anteriormente utilizada;
d) Mejora de técnicas de valoración; o
e) Cambio en las condiciones de mercado




2.2.7. Jerarquía del valor razonable

Para incrementar la coherencia y comparabilidad de las mediciones del valor
razonable e información a revelar relacionada, esta NIIF establece una
jerarquía del valor razonable que clasifica en tres niveles los datos de
entrada de técnicas de valoración utilizadas para medir el valor razonable.
La jerarquía del valor razonable concede la prioridad más alta a los
precios cotizados (sin ajustar) en mercados activos para activos y pasivos
idénticos (datos de entrada de Nivel 1) y la prioridad más baja a los datos
de entrada no observables (datos de entrada de Nivel de 3).

Los datos de entrada de Nivel 1: Datos de entrada plenamente observables
(precios no- ajustados cotizados en el mercado activo para activos y
pasivos idénticos que la entidad pueda valorar a la fecha de medición.
Los datos de entrada de Nivel 2: son distintos de los precios cotizados
incluidos en el Nivel 1 que son observables para los activos o pasivos,
directa o indirectamente observables (flujo de caja descontado utilizando
la tasa oficial)

Los datos de entrada de Nivel 3 son datos de entrada no observables para el
activo o pasivo (flujo de caja descontado utilizando la tasa definida por
el área de tesorería sobre la base de un modelo interno).


2.2.8. Información a revelar

Una entidad revelará información que ayude a los usuarios de sus estados
financieros a evaluar los dos elementos siguientes:

a) Para activos y pasivos que se miden a valor razonable sobre una base
recurrente o no recurrente en el estado de situación financiera
después del reconocimiento inicial, las técnicas de valoración y los
datos de entrada utilizados para desarrollar esas mediciones.
b) Para mediciones del valor razonable recurrentes utilizando datos de
entrada no observables significativas (Nivel 3), el efecto de las
mediciones sobre el resultado del periodo u otro resultado integral
para el período.



2.3. Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y
Medianas Empresas –NIIF para las Pymes, Sección No. 16


2.3.1 Alcance

Esta sección se aplicará a la contabilidad de inversiones en terrenos o
edificios que cumplen la definición de propiedades de inversión, así como a
ciertas participaciones en propiedades mantenidas por un arrendatario,
dentro de un acuerdo de arrendamiento operativo que se tratan como si
fueran propiedades de inversión.

Solo las propiedades de inversión cuyo valor razonable se puede medir con
fiabilidad sin costo o esfuerzo desproporcionado, y en un contexto de
negocio en marcha, se contabilizarán de acuerdo con esta sección por su
valor razonable con cambios en resultados. Todas las demás propiedades de
inversión se contabilizarán como propiedades, planta y equipo, utilizando
el modelo de costo-depreciación deterioro del valor

2.3.2. Definición

Las propiedades de inversión son propiedades (terrenos o edificios, o
partes de un edificio, o ambos) que se mantienen por el dueño o el
arrendatario bajo un arrendamiento financiero para obtener rentas,
plusvalías o ambas, y no para:

a) su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o para
fines administrativos, o
b) su venta en el curso ordinario de las operaciones.

2.3.3. Reconocimiento

1. Una propiedad de inversión se podrá clasificar como tal, solamente si,
la propiedad cumpliese la definición de propiedades de inversión, y el
arrendatario pudiera medir al valor razonable, sin costo o esfuerzo
desproporcionado, dentro de un contexto de negocio en marcha.
2. En las propiedades de uso mixto se separará entre propiedades de
inversión y propiedades, planta y equipo. Sin embargo, si el valor
razonable del componente de propiedades de inversión no se puede medir
con fiabilidad sin costo o esfuerzo desproporcionado, se contabilizará
la propiedad en su totalidad como propiedades, planta y equipo.



2.3.4. Medición en el reconocimiento inicial

1. Una entidad medirá las propiedades de inversión por su costo en el
reconocimiento inicial
2. El costo de una propiedad de inversión comprada comprende el precio de
compra, más todos los gastos atribuibles hasta que esté listo para
usarse.
3. Si el pago se aplaza más allá de los términos normales del crédito, el
costo es el valor presente de todos los pagos futuros.
4. El activo se reconoce por el importe menor entre el valor razonable de
la propiedad y el valor presente de los pagos mínimos por
arrendamiento. Un importe equivalente se reconoce como pasivo.


2.3.5. Medición Posterior al Reconocimiento

Las propiedades de inversión cuyo valor razonable se puede medir de manera
fiable sin costo o esfuerzo desproporcionado, se medirán al valor razonable
en cada fecha sobre la que se informa, reconociendo en resultados los
cambios en el valor razonable.


2.3.6. Transferencias

1. Cuando ya no esté disponible una medición fiable del valor razonable
para una propiedad de inversión, la entidad contabilizará a partir de
ese momento la partida como propiedades, planta y equipo, hasta que
vuelva a estar disponible una medición fiable de valor razonable.
2. Según la Sección 17, el importe en libros de la propiedad de inversión
en dicha fecha se convierte en su costo.
3. Se trata de un cambio de circunstancias y no de un cambio de política
contable.
4. Una entidad transferirá una propiedad a propiedades de inversión, o a
la inversa, solo cuando la propiedad cumpla en el primer caso, o deje
de cumplir en el segundo, la definición de propiedades de inversión.


2.3.7. Información a revelar

a) Los métodos e hipótesis significativos empleados en la determinación
del valor razonable de las propiedades de inversión.
b) La medida en que el valor razonable de las propiedades de inversión
(como han sido medidas o reveladas en los estados financieros) está
basado en una tasación hecha por un tasador independiente, de
reconocida cualificación profesional y con suficiente experiencia
reciente en la zona y categoría de la propiedad de inversión objeto de
valoración. Si no hubiera tenido lugar dicha forma de valoración, se
revelará este hecho.
c) La existencia e importe de las restricciones a la realización de las
propiedades de inversión, al cobro de los ingresos derivados de las
mismas o de los recursos obtenidos por su disposición.
d) Las obligaciones contractuales para adquisición, construcción o
desarrollo de propiedades de inversión, o por concepto de
reparaciones, mantenimiento o mejoras de las mismas.
e) Una conciliación entre el importe en libros de las propiedades de
inversión al inicio y al final del periodo, que muestre por separado
lo siguiente:
Adiciones, revelando por separado las procedentes de
adquisiciones a través de combinaciones de negocios.
Ganancias o pérdidas netas procedentes de los ajustes al valor
razonable.
Transferencias a propiedades, planta y equipo cuando ya no esté
disponible una medición fiable del valor razonable sin un costo
o esfuerzo desproporcionado (párrafo 16.8 NIIF para las Pymes).
Las transferencias de propiedades a inventarios, o de
inventarios a propiedades, y hacia o desde propiedades ocupadas
por el dueño.
Otros cambios.





CAPITULO III


CASOS PRÁCTICOS


ENUNCIADO

CASO PRÁCTICO No. 1

La empresa Las Tres Torres, S.A., ha adquirido, 26 de julio 2014, un
edificio de oficinas en la ciudad capital de Guatemala para destinarlo al
alquiler mediante uno o más arrendamientos operativos. Los datos de la
operación son los siguientes:
Importe compra: Q 1,000.000.00
Honorarios registros y tasas: Q 110,000.00
Los costes de mantenimiento diario: Q 1,200.00
Al cierre del ejercicio se ha podido determinar el valor razonable del
edificio de forma fiable mediante la determinación de los precios actuales
en un mercado activo para inmuebles en la Ciudad capital de Guatemala y en
condiciones similares. El valor es de 1,600,000.00
A continuación debe contabilizarse la inversión en el momento inicial y en
el cierre del ejercicio 2014, teniendo en cuenta que a partir de este año
la entidad decide aplicar el criterio de revaloración para todas sus
inversiones inmobiliarias.


RESOLUCIÓN


1. Reconocimiento inicial:
El valor inicial de la inversión inmobiliaria debe reconocerse el precio de
coste. Este debe incluir el precio de adquisición del proveedor más todos
los gastos hasta la puesta en marcha.



Los costes de mantenimiento diario se han de imputar directamente en la
cuenta de pérdidas y ganancias.

2. Valoración posterior (cierre 2014):
Cálculo incremento valor ejercicio 2014
Valor razonable a 31/12/14 1,600,000
Valor inicial (1,111,200)
Incremento valor 488,800


Nótese que al valorar las propiedades de inversión en valor razonable no se
han practicado amortizaciones respecto a este tipo de activos.

Justificación:
El activo cumple las condiciones para ser reconocido como inversión
inmobiliaria establecidas en la NIC 40. Estas son, según el párrafo 16:
a) Que sea probable que los beneficios económicos futuros que estén
asociados con tales inversiones inmobiliarias fluyan hacia la entidad.


b) Que el coste de las inversiones inmobiliarias pueda ser valorado de
forma fiable, de la operación más los costes asociados a la
transacción (párrafo 20).
Los costes derivados del mantenimiento diario del elemento se
reconocerán en el resultado del ejercicio cuando se incurra en ellos
(párrafo 18).

Para la valoración posterior la entidad ha escogido el modelo del valor
razonable establecido en el párrafo 33 de la NIC 40:
El párrafo 38 indica que el valor razonable de una inversión
inmobiliaria reflejará las condiciones de mercado en la fecha del
balance.
El párrafo 45 establece que la mejor prueba de un valor razonable se
obtiene, normalmente, de los precios actuales en un mercado activo
para inmuebles similares en la misma localidad y condiciones, en los
que puedan realizarse los mismos o parecidos contratos, ya sean de
arrendamiento u otros relacionados con esas propiedades.
De acuerdo con el párrafo 35, las pérdidas o ganancias derivadas de un
cambio en el valor razonable de una inversión inmobiliaria se
incluirán en el resultado del ejercicio en que surjan.

CASO PRÁCTICO NO. 2

La empresa Si Se puede Invertir, S.A., ha iniciado su actividad en el año
2014, en este ejercicio ha adquirido dos terrenos destinados a la obtención
de plusvalía a largo plazo:

Un terreno A, por un precio de adquisición de 600,000 .
Un terreno B, por un precio de adquisición de 1,000,000 .

En el terreno A ha sido necesario contar con unos costos de
acondicionamiento
(vallado y limpieza) requeridos por el Municipio, y que han ascendido a
41,000. La empresa sigue la política de revalorización para las inversiones
inmobiliarias.
A final del ejercicio 2014 se conoce respecto al valor de los citados
activos que:

El valor de mercado del terreno B, según un informe técnico, se sitúa
en 1,240,000
El terreno A, de uso industrial, está sujeto a una planificación
urbanística del Municipio que, en principio, valora el precio de
expropiación en 350,000. La empresa ha presentado un recurso para
recalificar este terreno como edificable; si se acepta el valor de
mercado, podría situarse entre 600,000 y 700,000.


RESOLUCIÓN
1. Valoración inicial
La valorización inicial se realizará en relación con el precio de
adquisición:
Terreno A: 600,000 + 41,000 = 641,000
Terrero B: 1.000.000


2. Valoración posterior
La sociedad ha escogido el modelo de revalorización para sus inversiones
inmobiliarias. Sin embargo, no será posible la valoración a valor razonable
del terreno A, puesto que no puede determinarse de forma fiable.
En esta situación, la empresa deberá valorar el terreno A de acuerdo con la
NIC 16 Propiedad planta y equipo y podrá valorar el terreno B según su
valor razonable.

Terreno A:
Cálculo diferencia valor ejercicio 2014:
Valor a 31/12/14 según Municipio 350,000 - Valoración inicial 600,000 =
Incremento valor -125,200; Existe una depreciación en el valor del activo
debido al posible plan urbanístico del Municipio.



Terreno B:
Valor a 31/12/14 1,230,150 - Valoración inicial 1.000.000 = Incremento
valor 230,150


















CUESTIONARIO
1. ¿Que define la Norma Internacional de Contabilidad –NIC 40?
El concepto de propiedades de inversión y su propósito es reconocer,
valorar y revelar la información de la inversión inmobiliaria.

2. ¿Qué se puede determinar con la Norma Internacional de Contabilidad
–NIC 40?
El tratamiento contable de las propiedades que una entidad desea mantener
para obtener renta o plusvalía.

3. ¿Cuál es el alcance de la Norma Internacional de Contabilidad –NIC 40?
Esta Norma será aplicable en la medición en los estados financieros de un
arrendatario, de los derechos sobre una propiedad mantenida en régimen de
arrendamiento financiero y que se contabilice como un arrendamiento
operativo, también se aplicará para la medición en los estados financieros
de un arrendador, de las propiedades de inversión arrendadas en régimen de
arrendamiento operativo.

4. ¿Qué son inversiones mobiliarias?
Son inmuebles (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en
parte, o ambos) que se tienen (por parte del dueño o por parte del
arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener
rentas, plusvalías o ambas.

5. ¿Qué es valor razonable?
Es el importe por el cual un activo puede ser intercambiado entre partes
interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en
condiciones de independencia mutua.

6. ¿Cómo pueden reconocerse las inversiones inmobiliarias?
a) Las inversiones inmobiliarias se reconocerán como activos
cuando, y sólo cuando: sea probable que los beneficios
económicos futuros que estén asociados con tales inversiones
inmobiliarias fluyan hacia la entidad; y
b) el coste de las inversiones inmobiliarias pueda ser valorado de
forma fiable.


7. ¿Cuál es objetivo de la Norma Internacional de Información Financiera
–NIIF 13 Medición del Valor Razonable?
a) define valor razonable;
b) establece en una sola NIIF un marco para la medición del valor
razonable; y
c) requiere información a revelar sobre las mediciones del valor
razonable.


8. ¿Cuál es alcance de la Norma Internacional de Información Financiera
–NIIF 13 Medición del Valor Razonable?
Esta NIIF se aplicará cuando otra NIIF requiera o permita mediciones a
valor razonable o información a revelar sobre mediciones a valor
razonable excepto en circunstancias específicas.

9. ¿Cómo es medido el valor razonable según la Norma Internacional de
Información Financiera –NIIF 13?
Define valor razonable como el precio que sería recibido por vender un
activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre
participantes del mercado en la fecha de la medición.

10. ¿Cuál es el alcance de la Normas Internacionales de Información
Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas –NIIF para las Pymes,
Sección No. 16?
Esta sección se aplicará a la contabilidad de inversiones en terrenos o
edificios que cumplen la definición de propiedades de inversión, así como a
ciertas participaciones en propiedades mantenidas por un arrendatario,
dentro de un acuerdo de arrendamiento operativo que se tratan como si
fueran propiedades de inversión.

11. ¿Cómo son reconocidos las propiedades de inversión según de la Normas
Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas
Empresas –NIIF para las Pymes, Sección No. 16?
1. Se puede medir al valor razonable, sin costo o esfuerzo
desproporcionado, dentro de un contexto de negocio en marcha.
2. En las propiedades de uso mixto se separará entre propiedades de
inversión y propiedades, planta y equipo, si el valor razonable del
componente de propiedades de inversión no se puede medir con fiabilidad sin
costo o esfuerzo desproporcionado, se contabilizará la propiedad en su
totalidad como propiedades, planta y equipo.
































CONCLUSIONES


1. La NIC 40 provee el tratamiento contable a las propiedades de
inversión, es decir, a todos aquellos activos adquiridos con la
finalidad de arrendarlo u obtener plusvalía, o si aún no se ha
decidido su uso, caso contrario se las contabilizará según la NIC 16,
propiedad, planta y equipo.


2. La medición inicial de las propiedades de inversión se las realizará
al costo incluyendo todos los costos asociados a la transacción como:
comisiones, honorarios, impuestos por traspaso de la propiedad, y
otros costos asociados, sin embargo, la valoración posterior a la
inicial, la entidad podrá elegir entre el modelo del costo y modelo
del valor razonable. Si elige el modelo del costo la entidad deberá
regirse por la NIC 16, propiedad, planta y equipo y si opta por el
modelo del valor razonable se regirá por los criterios de la NIC 40,
propiedades de inversión

3. Una propiedad de inversión se podrá clasificar como tal según NIIF
para las Pymes sección No. 16, solamente si, la propiedad cumpliese la
definición de propiedades de inversión, y el arrendatario pudiera
medir al valor razonable, sin costo o esfuerzo desproporcionado,
dentro de un contexto de negocio en marcha.














RECOMENDACIONES



1. Desarrollar criterios para distinguir en forma separada los activos de
la empresa como: las propiedades ocupadas por el dueño, las
propiedades de inversión y las propiedades mantenidas para su venta.


2. Se recomienda a las entidades determinar el valor razonable a través
de una tasación realizada por un experto profesional con experiencia
en el tipo de propiedad de inversión a medir y que desarrolle su
profesión en la localidad.



































BIBLIOGRAFÍA



1. PERDOMO SALGUERO, Mario Leonel, "Contabilidad III, Avanzada I",
Ediciones Contables Administrativas, Financieras y Auditoría (ECAFIA),
Quinta Edición, Guatemala 2011.

2. http://www.pkfperu.com/web/documentos/Interpretando_28.pdf

3. http://es.slideshare.net

4. Norma Internacional de Contabilidad –NIC 40.

5. Norma Internacional de Información Financiera –NIIF 13 Medición del
Valor Razonable.

6. Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y
Medianas Empresas –NIIF para las Pymes, Sección No. 16.
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Valor razonable

A menos que:

a. La transacción no tenga carácter comercial
b. No pueda medirse fiablemente el valor razonable del activo
recibido ni del activo entregado.

El activo adquirido se medirá a su valor razonable incluso cuando la
entidad no pueda dar de baja inmediatamente el activo entregado.

Si el activo adquirido no se mide por su valor razonable, su costo se
medirá por el importe en libros del activo entregado

Fuente: Prof. Luis Alfredo Gómez Rodríguez 2010

Elaborado por: Diana Celi y Silvana Ramón

Fuente: NIC 40 Propiedades de Inversión
Elaborado por: Diana Celi y Silvana Ramón

Costo

Depreciación acumulada

Pérdida por deterioro

Modelo del costo
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