Un ensayo de respuesta al problema doctrinal y pastoral de los divorciados vueltos a casar. En base a algunos escritos de S. Agustín de Hipona

July 9, 2017 | Autor: Rudolf Haid | Categoría: Patristics, Teología, San Agustín de Hipona, Patrística, Teología Pastoral
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Descripción

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA FACULTAD DE TEOLOGÍA

UN ENSAYO DE RESPUESTA AL PROBLEMA DOCTRINAL Y PASTORAL DE LOS DIVORCIADOS VUELTOS A CASAR. EN BASE A ALGUNOS ESCRITOS DE SAN AGUSTÍN DE HIPONA

Alumno:

Rudolf Helmut Haid

Profesor:

Hernán Giudice

Buenos Aires, junio 2015

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Introducción Antes de abordar el tema directamente, debemos tener en cuenta que “cualquier exposición de la doctrina de Agustín debe ser sensibles a los contextos específicos y a las fases de su desarrollo”.1 Lo haremos de modo breve en las siguientes líneas. Nuestro autor en los primeros escritos (hasta las Confesiones, incluyéndolas) no abordó de manera sistemática la cuestión del matrimonio o del divorcio. Podemos decir que en esta etapa Agustín considera al matrimonio de manera negativa. Es decir, lo ve o como una “distracción” que hace que la mente del varón “descienda”2 de las alturas. Esta visión cambia en la etapa de sus escritos antimaniqueos. En estos presenta al matrimonio como instituido por Dios3. En la etapa de la controversia jovinianista, Agustín escribe De Bono Coniugali y De sancta virginitate. En el De Bono Coniugali describe el tercer bien específico del matrimonio, que es el sacramentum, que no se refiere a una “institución formal de la Iglesia, sino más bien a una significación trascendente que se encuentra en las relaciones humanas”.4 En la obra De adulterinis conjugiis, “acentúa la fundamentación bíblica de la prohibición del divorcio y del volver a casarse”.5 En el De nuptiis et concupiscentia afirma que “aquello que es un «gran sacramento» de Cristo y de la Iglesia es un sacramento muy pequeño en los matrimonios humanos particulares, pero aun entonces es el sacramento de una unión inseparable”.6 El “sacramento de los matrimonios monógamos significa la unidad de todos nosotros, que estaremos sometidos algún día a Dios en la ciudad celestial”.7 En este trabajo pretendemos dar una respuesta que habría dado San Agustín al actual problema doctrinal y pastoral acerca de la licitud o no de los separados vueltos a casar. A

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D. HUNTER, “matrimonio”, en A.D. FITZGERALD (DIR.), «Diccionario de San Agustín. San Agustín a través del tiempo», 870-873. 2 S. AURELII AUGUSTINI, Soliloquiorum libri duo, 1.10.17. 3 Cf. De moribus ecclesiae catholicae et de moribus Manichaeorum, 1.35.79; Contra Adimantum Manichaei discipulum, 3.1-3. 4 D. HUNTER, “matrimonio”, en A.D. FITZGERALD (DIR.), «Diccionario de San Agustín. San Agustín a través del tiempo», A.D. FITZGERALD (DIR.), «Diccionario de San Agustín. San Agustín a través del tiempo», 870873. 5 D. HUNTER, “matrimonio”, en A.D. FITZGERALD (DIR.), «Diccionario de San Agustín. San Agustín a través del tiempo», 870-873. 6 S. AURELII AUGUSTINI, De nuptiis et concupiscentia, 1.23. 7 S. AURELII AUGUSTINI, De Bono Coniugali liber unus, 18.21.

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este problema proponemos un punto de unidad entre la doctrina y la pastoral, al agregar un “Tercer elemento” al vínculo nupcial. Lo hemos realizado estudiando, sobre todo, algunas obras de S. Agustín en las que él comenta pasajes de las Sagradas Escrituras referidas al tema.

Sobre la indisolubilidad En todas sus obras defiende la indisolubilidad del matrimonio hasta la muerte del cónyuge: “en la unión conyugal del hombre y la mujer (coniugium masculi et feminae) se asienta y radica un bien, y que esta alianza conyugal (confoederationem) de tal manera y con tanta insistencia la encomienda y preceptúa la divina Escritura, que a la mujer separada de su marido no le consiente ni le hace lícito contraer nuevas nupcias mientras aquél viva; ni al marido, del mismo modo, abandonado por su mujer le permite vincularse a otra mujer mientras la suya legítima viviere”.8

Es más, San Agustín tiene certeza que Jesús estaba en contra de la separación: “Esa su intención está señalada en la pregunta presente en Marcos. Idéntica era la intención de los otros, para ampararse en la autoridad de Moisés, que ordenó dar el acta de repudio, como si de esa manera le cerrasen el camino a él que sin duda iba a prohibir la separación”. 9

Sobre la excepción mateana, que para Agustín es difícil de entender (es obscura), él mismo responde que “lo que en Mateo es oscuro (minus intellegitur) se puede entender por los otros evangelistas”. 10 Para Agustín no habría contradicción entre los evangelistas. Él lee Mt 19 en la analogía de la fe junto a Mc 10,11 y Lc 16,18 y concluye que los evangelistas: “al hablar de un mismo punto empleen diversas palabras; por ende, solo nos queda admitir que Mateo quiso dar a entender el todo por la parte, pero siendo de la misma sentencia que los otros dos; no diferenció uno que comete adulterio al abandonar a su mujer inocente y otro que no lo comete al abandonar a su mujer adúltera, sino que todo el que abandona a su mujer y toma a otra comete adulterio sin duda alguna”. 11 8

“aliquid boni esse coniugium masculi et feminae: cuius confoederationem ita divina Scriptura commendat, ut nec dimissae a viro nubere liceat alteri, quamdiu vir eius vivit, nec dimisso ab uxore liceat alteram ducere, nisi mortua fuerit, quae recessit”, S. AURELII AUGUSTINI, De bono coniugali liber unus, 3,3. 9 “Quae voluntas eius ea quam Marcus posuit interrogatione significata est, et illorum voluntas ipsa erat, ut de auctoritate Moysi, quoniam mandavit dari libellum repudii, tamquam concluderent eum separationem sine dubio vetaturum; hoc enim dicturi etiam tentantes accesserant”, S. AURELII AUGUSTINI, De consensu evangelistarum libri quatuor, 62.121. 10 “quod minus intellegitur apud Matthaeum, apud alios Evangelistas intellegi potest”,S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis, I,11.12. 11 “quamvis diversis verbis de una re loquentes ab uno sensu eademque sententia dissentire dicamus, restat, ut Matthaeum intellegamus a parte totum significare voluisse, eamdem tamen tenuisse sententiam, ut dimittens uxorem et alteram ducens non quidam moechetur, id est qui praeter fornicationem dimiserit, quidam vero non

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San Agustín afirma la indisolubilidad debido al tipo de unión que es sagrada. Los vínculos son “indisolubles de la fidelidad exigida por la unión sagrada”.12 El matrimonio sacramental es indisoluble aún en caso de adulterio: “Tan cierto es que el vínculo conyugal, la fe jurada, es cosa tan santa y tan sacramental que no puede quebrantarse ni con la separación ni el rompimiento siquiera, supuesto que la mujer repudiada por su marido no puede, sin incurrir en el crimen de adulterio, vincularse en matrimonio con otro mientras viva el marido, aun cuando éste sea la causa de ese crimen por su abandono”.13

Tomando las palabras Agustín, dado que “la misma naturaleza es de condición sociable”,14 nos preguntamos ¿qué hacer cuando las dos partes se separan? ¿Pueden unirse a otro después de la separación en favor de esta naturaleza? El Santo responde que a pesar de la fragilidad humana, hay “algo” que sostiene inquebrantablemente el vínculo matrimonial. Ese algo permite que exista el “signo misterioso de una realidad más grande aún, es decir, de un sacramento cuya huella imborrable no puede ser desfigurada”. 15 Por esta “realidad” las dos partes separadas siguen siendo cónyuges hasta la muerte. A pesar del adulterio de una de las partes, Agustín afirma la licitud de la separación, pero no el divorcio y, por lo tanto, menos el que se vuelvan a casar. La víctima del adulterio de su cónyuge no puede volverse a casar. Esto lo notamos en el comentario al pasaje de la 1Cor 7,10-1116: “Por lo tanto, no manda el Apóstol a la mujer que permanezca soltera (manere innuptam) si se separa, sino cuando tiene esa causa de adulterio: solo entonces le es lícito separarse (discedere) del marido. Cuando el

moechetur, id est qui propter fornicationem dimiserit, sed omnis qui dimittit uxorem suam et ducit alteram, moechari minime dubitetur”,S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis, I,11.12. 12 “de nuptiis autem indissolubilem fidei societatem”, S. AURELII AUGUSTINI, De bono coniugali liber unus, 5,5. 13 “Usque adeo foedus illud initum nuptiale cuiusdam sacramenti res est, ut nec ipsa separatione irritum fiat, quandoquidem vivente viro et a quo relicta est moechatur, si alteri nupserit, et ille huius mali causa est qui reliquit”, S. AURELII AUGUSTINI, De bono coniugali liber unus, 6,7. 14 “Sociale quiddam est humana natura”, S. AURELII AUGUSTINI, De bono coniugali liber unus, 1,1. 15 “alicuius rei maioris ex hac infirma mortalitate hominum quoddam sacramentum adhiberetur, quod deserentibus hominibus atque id dissolvere cupientibus inconcussum iis maneret ad poenam, siquidem interveniente divortio non aboletur illa confoederatio nuptialis, ita ut sibi coniuges sint etiam separati, cum illis autem adulterium committant, quibus fuerint etiam postsuum repudium copulati, vel illa viro vel ille mulieri”, S. AURELII AUGUSTINI, De Bono Coniugali liber unus, 7.7. 16 “En cambio, a los casados, les mando, no yo sino el Señor: que la mujer no se separe del marido, y en caso de que se separe, que permanezca sin casarse o que se reconcilie con su marido; y que el marido no despida a su mujer”, 1Cor 7,10-11.

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Apóstol dice: mando que no se separe; y, si se separa, que permanezca soltera, sin duda, la que se marcha y permanece soltera no va contra ese precepto”.17

En otra ocasión dice: “yo digo a la mujer que no le es lícito volverse a casar (alteri nubere non licere) cuando ha abandonado a su marido adúltero”. 18 Incluso afirma sobre la inconveniencia lícita de la separación entre cónyuge cristiano y el

otro no cristiano nos dice que “es lícito (licet) separarse del cónyuge no cristiano, pero no conviene (non expedit)”.19 Cabe recalcar que no afirma que después de la separación se puedan volver a casar. En conclusión, para el Santo de Hipona, la separación es una “impiedad” (impietatem separationis) que atenta contra el “bien en sí que es el matrimonio”.20

Sobre el Tercero El matrimonio tiene pues un fundamento no relativo a distintas circunstancias particulares. Es por este fundamento que “el matrimonio es digno de todo honor y que el lecho nupcial es inmaculado (Hb 13,4)”. 21 Esta verdad es tal, que incluso el vínculo matrimonial se lo compara a la huella que realiza el bautismo en el cristiano: “Si el reo de algún crimen es excomulgado, permaneciendo en él el sacramento de la regeneración, no es privado de ese sacramento aunque nunca se reconcilie con Dios. Pues de igual modo puede ser abandonada la mujer por causa de adulterio mientras permanece (manente) en ella el vínculo de la alianza conyugal (vinculo foederis coniugalis); pero no cesará ese vínculo aunque nunca se reconcilie con su marido; solo cesará si el marido muriere”.22

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“Ac per hoc non praecipit Apostolus mulierem, si discesserit, manere innuptam, nisi quae illa causa discedit a viro, qua sola ei licitum est discedere a viro. Ubi enim dicitur: Praecipio non discedere; quodsi discesserit, manere innuptam; absit, ut contra hoc praeceptum faciat, quae sic discedit, ut innupta permaneat”,S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis, I,3.3. 18 “Cum igitur nos dicimus etiam illi mulieri, quae virum fornicantem dimiserit, alteri nubere non licere”,S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis, I,6.6. 19 “Porro discedere ab infideli coniuge licet, sed non expedit”,S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis, I,15.16. 20 “Omnino enim in genere suo nuptiae bonum sunt”, S. AURELII AUGUSTINI, Contra Iulianum haeresis Pelagianae defensorem libri sex, III,16.30. 21 “Honorabiles ergo nuptiae in omnibus et torus immaculatus”, S. AURELII AUGUSTINI, De Bono Coniugali liber unus, 8.8. 22 “Sicut enim manente in se sacramento regenerationis excommunicatur cuiusquam reus criminis, nec illo sacramento caret, etiamsi numquam reconcilietur Deo; ita manente in se vinculo foederis coniugalis uxor

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Cabe preguntarnos ¿qué es lo sostiene la “unión afectiva y amistosa (societas amicalis)”, e incluso que se mantenga siendo un “bien grande (magnum bonum)” 23 a pesar de sufrirse la infidelidad de una de las partes? ¿Quién es hace que el matrimonio sea analogado con la regeneración en Cristo? Proponemos, en base a los textos de Agustín, agregar un “Tercero a la pareja”. Este Tercero es Cristo. Es Él quien mantiene siempre el vínculo, es Él quien hace que la unión sea sagrada e indisoluble. Él también está incluido en la unión, por esto podemos decir que no son solo dos los que se casaron, sino tres: esposo, esposa y Cristo. Por lo tanto, se le debe también a Él la fidelidad por más que el “segundo”, el cónyuge haya decepcionado a su pareja y causado la separación. Más aun, la pareja “abandonada” nunca queda realmente abandonada. Su naturaleza social, en su dimensión de relación conyugal, permanece a salvo. Esto es así debido a que en la estructura matrimonial permanece la relación con Cristo. Así tendríamos una respuesta a la pastoral de los separados. Para sustentar esta tesis, proponemos el siguiente texto: “Debiéndole a Cristo la castidad, tributándole el honor debido, ya esté el marido presente o ausente, ella no peca, pues nunca está ausente Aquel a quien se debe para no pecar (quia numquam est absens cui debet ut non peccet)”. 24 Esta fidelidad, pues, basada en el vínculo sagrado25 hasta la muerte “se lo debe a Cristo”, y las partes deben ser fieles “porque Dios lo manda (et ideo reddat quia iubet ille), aunque el marido incurra en adulterio, esa mujer ofrece su castidad a Dios (castitatem illa Deo exhibet)”.26 Ni siquiera por el “bien de la prole” una de las partes repudiada o repudiante se podría volver a unir con otro: “el matrimonio tiene aún un tercer bien, sobre todo para los que

dimittitur ob causam fornicationis, nec carebit illo vinculo, etiamsi numquam reconcilietur viro; carebit autem, si mortuus fuerit vir eius”,S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis, II,5.5. 23 “in quo societas amicalis magnum bonum est”, S. AURELII AUGUSTINI, De coniugiis adulterinis. 24 “Huic debens castitatem suam huic deferens honorem suum, absens sit vir, praesens sit vir, non peccat illa; quia numquam est absens cui debet ut non peccet”, S. AURELII AUGUSTINI, Sermo 9. De decem chordis, 11. 25 También podemos relacionar la sacralidad con que el matrimonio fue “hecho por la gracia imagen de la unión entre Cristo y la Iglesia”, en M. MIRA, «Matrimonio y familia en los Padres de la Iglesia», Scripta Theologica 47 (2015), 89-110. 26 “Si autem Deo illud debeat, si Christo illud debeat quod tu exigis, et ideo reddat quia iubet ille, et si fornicatur vir, castitatem illa Deo exhibet”, S. AURELII AUGUSTINI, Sermo 9. De decem chordis, 11.

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pertenecen al pueblo de Dios. Bien que, según mi parecer, es un sacramento, pues consagra esta unión e impide al marido separarse de su mujer estéril”.27

Conclusión Concluimos este pequeño ensayo de respuesta al problema doctrinal y pastoral respecto a los divorciados y la licitud de que se vuelvan a casar. Nuestra respuesta plantea un punto de unidad entre la doctrina y pastoral. Este punto lo hemos encontrado en Jesucristo basándonos en textos de San Agustín. Y, lo hemos realizado al replantear la estructura matrimonial. Es decir, en esta estructura no está solo la pareja, varón y mujer, si no que existe un Tercero. Así, los dos se mantienen siempre unidos por el Tercero, que es Jesucristo. Él es quien nos ha enseña con sus palabras y gestos en el Evangelio que el matrimonio es sagrado e indisoluble. En Él tenemos la respuesta doctrinal al problema. Finalmente, el problema pastoral de la persona que fue abandonada o abandonó (incluso por mutuo acuerdo) tiene como respuesta también a Cristo. Al ser el Tercero que está siempre inserto en la estructura matrimonial, es quien acompaña siempre a cada una de las partes y nunca se ausenta. Él es siempre fiel y es quien sustenta la fidelidad de cada cónyuge. También a Él, pues, se le debe fidelidad y Él mantiene absolutamente el vínculo matrimonial al ser Él parte de la estructura conyugal. Él no es relativo a ninguna situación particular o pastoral. Aún en aquellas situaciones dolorosas, Él estará permanentemente acompañando en relación conyugal a cada persona de la pareja. En Cristo tenemos nuestro punto de unidad absoluto y no relativo al problema doctrinal y pastoral respecto a los divorciados.

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“adverti etiam tertium bonum quod esse in coniugibus debet, maxime pertinentibus ad populum Dei, quod mihi visum est esse aliquod sacramentum, ne divortium fiat vel ab ea coniuge quae non potest parere”, S. AURELII AUGUSTINI, Contra Iulianum opus imperfectum libri sex, 12.46.

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Bibliografía S. AURELII AUGUSTINI, Contra Iulianum haeresis Pelagianae defensorem libri sex. ––––, Contra Iulianum opus imperfectum libri sex. ––––, De Bono Coniugali liber unus. ––––, De coniugiis adulterinis. ––––, De consensu evangelistarum libri quatuor. ––––, De nuptiis et concupiscentia. ––––, Sermo 9. De decem chordis. ––––, Soliloquiorum libri duo.

A.D. FITZGERALD (DIR.), «Diccionario de San Agustín. San Agustín a través del tiempo», Burgos 2001, Monte Carmelo. M. MIRA, «Matrimonio y familia en los Padres de la Iglesia», Scripta Theologica 47 (2015), 89-110.

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