Un Decreto nunca tendrá consenso

Share Embed


Descripción

Un Decreto nunca tendrá consenso

Versión ampliada del artículo publicado
en diario Tiempo Argentino, 21 diciembre 2015
http://tiempo.infonews.com/nota/199810/un-decreto-nunca-tendra-consenso


Diego Rossi @diegodrossi *
Gonzalo Carbajal @zalet **

En políticas de comunicaciones, el gobierno de Macri ya ha mostrado sus
intenciones. Comenzó con el DNU de modificación de la Ley de Ministerios,
que superpuso ex profeso competencias a las Leyes debatidas, aprobadas y
plenamente vigentes de Servicios de Comunicación Audiovisual (26.522) y
Argentina Digital (27.078). En paralelo, una serie de declaraciones,
ratificadas mediante operación de prensa publicada en la Tribuna de
Doctrina (La Nación del 20 de diciembre), adelantan otro Decreto de
Necesidad ¿y Urgencia? que descabezaría AFSCA y AFTIC, organismos
colegiados aprobados por Ley.

El antecedente fue el COMFER, diseñado por el Decreto-Ley 22.285 de 1980,
La ley de Radiodifusión de la Dictadura Cívico-Militar. Allí, regulador y
regulados se daban la mano en un organismo –colegiado y autárquico, eso sí-
con un directorio que incluía además de tres militares, y dos funcionarios
del Ejecutivo, a un representante por cada patronal de radio y TV. El
retorno de la democracia llevó a Alfonsín a intervenir el organismo, y es
sabido cuánto costó a los poderes republicanos modificar esta parte de la
norma de la dictadura.

Nos preguntamos ¿qué opinarían hoy los organismos de la sociedad civil y
las minorías parlamentarias si fueran invitadas u obligadas por este
anunciado DNU de Macri? (¡recordemos que el Pro es también una minoría
parlamentaria!). ¿Estarán los sindicatos, las universidades, los
representantes de las Provincias, de los pueblos originarios, de los
distintos tipos de medios, etc.? ¿O darán lugar a asociaciones civiles como
las ONG creadas para litigar contra las tarifas fijadas al cable o contra
la constitucionalidad de la Ley de Medios?

No debería haber complicidades, ni en borradores dialogados con las
corporaciones, ni en la puesta en práctica de un Decreto que nacería de
culo, emanado por un Ejecutivo que tiene plenas facultades para convocar a
sesiones extraordinarias.

Ninguna teoría de la eficiencia ni de las "múltiples partes interesadas"
avalaría tanta falta de legitimidad de origen de un decreto que se llevaría
puestos a dos organismos creados por Leyes del Congreso con apoyo popular.
Recordemos que el Estado Nacional utilizó el procedimiento participativo de
elaboración de normas para reglamentar la Ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual y para el servicio de Televisión Digital (Decreto 2456/2014 y
resoluciones AFSCA). Instituciones como CABASE pidieron por un
procedimiento similar para la reglamentación de Argentina Digital.
Por tanto, no hay razones para aceptar de buena fe la vulneración de
procedimientos democráticos, ni presuponer dudosas capacidades de la
tecnocracia revestida de "multistakeholders" por decreto.

Esperamos el repudio de dirigentes empresariales, sociales, políticos y
académicos vinculados a las comunidades de la gobernanza de Internet y
defensores de los valores y los principios del Sistema Interamericano de
Derechos Humanos. Y de aquellos "republicanos" que habían criticado por su
trámite a la Ley Argentina Digital.

Este potencial decreto, anunciado con alevosía, tiene la trampa de
cualquier DNU: puede ser aprobado o rechazado pero no modificado, altera de
facto al ordenamiento político-jurídico y nos retrotrae a épocas anteriores
a las de Alfonsín, a las que nunca debemos volver.
Podrían cambiar, pero nunca atropellando.

* Docente e investigador. Facultad Ciencias Sociales. UBA
** Area Comunicación Iniciativa Sur.
Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.