Uma (Agua) y Pacha (Tierra) ¿En disputa?: Apropiación de deidades andinas en las nociones de desarrollo del territorio Aymara

September 30, 2017 | Autor: Dante Choque | Categoría: Indigenous Studies, Development Studies
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Descripción

 

Ponencia Políticas de la Naturaleza: saberes en disputa y espacios vividos Panel: Bienestar, desarrollo y políticas de la vida 11 de Diciembre, 2014 ICIIS Centro Interdisciplinario de Estudios Interculturales e Indígenas Interdisciplinary Center for Intercultural and Indigenous Studies ***************************************************************

Uma (Agua) y Pacha (Tierra) ¿En disputa?: Apropiación de deidades andinas en las nociones de desarrollo del territorio Aymara Dante Choque Caseres1

Abstract “Maendeleo” en Kenya, “Kamap” en Tanzania y “Simpul” en Filipinas, al igual que “Suma Qamaña” en los Andes, son conceptos que pueden ser entendidos como nociones particulares de desarrollo. Estos han (re)surgido desde los pueblos originarios como una oposición a la idea que existe una sola noción de desarrollo y antagonizando con las estructuras dominantes de poder. Al mismo tiempo, estrechan la relación del ser humano con su entorno, y en algunos casos, establece como requisito la construcción colectiva de un desarrollo en armonía con la Madre Tierra. Desde la perspectiva occidental, en su comprensión, estos paradigmas ancestrales y sus valores han sido minimizados o marginados en las políticas del Estado. Asimismo, la consistencia de dichos conceptos se enfrenta a la fragmentación identitaria de los pueblos indígenas. En Chile, el pueblo Aymara ha sufrido una transformación socio-cultural enmarcada en un proceso de asimilación, forzada o voluntaria, de varios años. Este hecho, sumado a la migración desde zonas rurales a urbanas, terminó modificando no tan solo la identidad sino también la concepción espiritual del vínculo con la “Pachamama” (Madre Tierra) y sus divinidades. Esta presentación busca develar el conflicto de la población Aymara con el Estado en su relación con la “Pacha” (tierra) y el “Uma” (agua) frente a la implementación de políticas que buscan resguarda la naturaleza o promover el desarrollo.

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Doctor of Philosophy ©. Department of Spanish and Latin American Studies, School of Language and Culture, The University of Sydney.

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Introducción La identificación de nociones de desarrollo en los pueblos indígenas revela un sistema de valores basado en un corpus específico de conocimiento y sabiduría (Martínez, 2010). Para los pueblos indígenas que interpretan el entorno a partir de sus vínculos, la dimensión instrumental y simbólica confluyen dando paso a la subjetivación y/o sobrenaturalización de los objetos. Así el entorno, no es tan sólo naturaleza, sino que también cuerpo. Sin embargo, en la actualidad, estas percepciones son difusas dado los cambios en la población indígena y la acción de los Estados en sus territorios. Esta presentación busca develar el conflicto de la población Aymara con el Estado en su relación con la “Pacha” (tierra) y el “Uma” (agua) frente a la implementación de políticas para resguar la naturaleza o promover el desarrollo.

Cosmovisión Aymara Es difícil establecer que existe un conocimiento preciso y completo de la cosmovisión Aymara de carácter ancestral. Las dinámicas culturales conservan, protegen o resignifican las creencias, rituales y costumbres. Aquellas que son coherentes con el equilibrio y armonía entre la comunidad humana, las divinidades y la naturaleza se ha reinstalado como conocimiento tradicional. Este se puede hallar entre los Yatirinaka (las personas que saben). En la comunidad moderna, que sustituye al Ayllu (unidad organizativa), ellos aún cumplen la función de mediadores entre las personas con la Pachamama (Madre Tierra), los Achachilanaka (ancestros masculinos) y Awichanaka (ancestros femeninos) para pedir buenas cosechas, salud, suerte y prosperidad (Burman, 2011). Una aproximación a la relación entre la Pachamama y lo que llamamos ‘elementos’ se encuentra en los versos del poema “Vivimos en el Cuerpo de la Pachamama” del Yatiri Carlos Yujra, quien menciona: “La tierra es la carne de la Pachamama, donde podemos sembrar... Los cerros son la cabeza de la Pachamama... Las aguas corrientes son la sangre de la Pachamama... Los vientos son la respiración de la Pachamama… Los seres humanos son los hijos queridos de la Pachamama” Esta noción se respalda con valores y principios manifestados en los rituales ancestrales a la Pachamama. El Yatiri oficia la Phawa (pago, rogativa) y Wilancha (sacrificio de sangre, rogativa) de agradecimiento y permiso por el uso de la tierra y el agua. En estos rituales son usados, la hoja de coca, el vino, el alcohol, incienso y otros elementos sobre un awayu o lliclla (tejido para cargar). Así, en phujunaka (ojos de aguas) o collonaka (cerros), el Yatiri solicita Uma al Mallku (deidad sagrada), si es concedido, Pachamama la contendrá y Amaru (espíritu tutelar de la agricultura) la distribuirá (Gonzalez, 2004). Amaru sería entonces responsable de llevar el agua desde el subsuelo a los lagos, ríos y humedales, contribuyendo a la fertilidad de las terrazas y productividad de los cultivos. De esta forma, Jaq’i (persona) y sus comunidad son criados. En términos del Ayni (principio de reciprocidad), se materializa con la wachuraña (abrir surcos) para llevar al Uma donde no llegaría. El ciclo se renueva con el agradecimiento.

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En la práctica, la noción que Uma es una entidad sagrada converge con su valoración como recurso gestionable. Así, lo sagrado se tradujo en institucionalidad, personas ocupan cargos para responder a las necesidades espirituales y funcionales de la comunidad. De esta forma se cumple con la obligación del jaq’i de ejercer cargos de autoridad en la colectividad (Guzman, 2010; Plata, 2003). De acuerdo a Valencia (1999), el Aymara posee un adecuado conocimiento de su responsabilidad con el entorno que le rodea. Pero tanto costumbres como las estructuras de cargos pueden variar en la extensión del territorio Aymara.

El Pueblo Aymara en Chile Hoy, el pueblo Aymara2 y su territorio se encuentra dividido geográficamente por las fronteras de Bolivia, Chile y Perú, de esta forma su población depende de tres marcos legislativos muy disímiles. A pesar de ello, una tendencia que sucede en estos países es la concentración de los Aymaras en las área urbanas, donde se ha diluido su identidad originaria (Albo, 2002). En la ciudad, los valores y prácticas Aymaras dejan de ser preponderantes. Entonces, la idea que lo humano, natural y espiritual es inseparable representa una visión desactualizada de la realidad. En el caso de Chile, la población indígena además experimentó un proceso de asimilación e integración forzada cuando sus territorios fueron anexados a la soberanía chilena, conocida como Chilenización o Desindianización3 desde 1883 a 19294. Solamente a partir de los 80’s, los indígenas de este territorio comienza a identificarse como Aymaras. El reconocimiento legal sucede con la promulgación de la Ley Indígena Nº 19.253 en octubre de 1993. Junto con ello, se crea la figura de Área de Desarrollo Indígena (ADI) como un espacio territorial donde el Estado concentra su acción en beneficio del desarrollo armónico de los indígenas y sus comunidades5 . La creación de las ADIs representa un esfuerzo por responder a la demanda de reconectar al indígena con su territorio. En el 2004, se constituye el ADI “Alto Andino”6, que considera una parte de la región de Arica y Parinacota. Su funcionamiento comienza el 2008 con la constitución del Consejo Directivo7 , que coincide con el año de ratificación del Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT8 . Sin embargo, aunque la legislación internacional promueve el reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a la tierra, territorio y sus recursos (Feiring, 2013) y la protección de la diversidad 2

A través del Censo 2002, se conoce que los Aymaras se concentra en lo que hoy son las regiones de Arica y Parinacota; y Tarapacá. 3 Aunque el informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato indica que hay un proceso de desaymarización, es necesario reconocer que la identidad Aymara surge años después. Por lo anterior, es más adecuado entender que el proceso de nacionalización de la población indígena, puede ser entendida como un proceso desindianización. 4 Este proceso se inicia al término de la Guerra del Pacífico, con el Tratado de Ancón en octubre de 1883 y finaliza parcialmente con el Tratado de Lima en junio de 1929. 5 Artículo Nº 26, Ley Indígena. 6 Creado por el Decreto Nº 224, 8 de Noviembre de 2004, Ministerio de Planificación y Cooperación, Declara Área de Desarrollo Indígena la zona alto andino Arica-Parinacota. 7 La activación de la ADI “Alto Andino” coincide con la creación de la región de Arica y Parinacota en el año 2007 a través de la Ley 20.175 del Ministerio del Interior. 8 Ratificado por el Decreto Nº 236, 2 de Octubre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Promulga el Convenio Nº 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes de la Organización Internacional del Trabajo.

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cultural, no existe una coordinación con la necesidad de resguardar la biodiversidad en el marco regulatorio local.

Resguardo de la biodiversidad Años antes a la definición del derecho indígena en Chile, la conservación y protección de la biodiversidad se constituye en el territorio a través del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado9 compuestos por el Parque Nacional Lauca creado en 197010 , la Reserva Nacional Las Vicuñas y el Monumento Natural Salar de Surire ambos declarados en 198311 . El Lauca inicialmente declarado Reserva Forestal en 1965 tuvo como objetivo proteger, conservar e incrementar la flora y fauna autóctona, posteriormente se transforma en Parque Nacional en virtud de la suscripción del Convenio de Washington para la protección de la flora, fauna y bellezas escénicas 12 en 196713 . La existencia de este parque vulnera los vínculos ancestrales de los Aymaras con el territorio, dado que no considera la presencia de personas, y tampoco que el 65% de las áreas pertenecen legalmente a indígenas (Universidad de la Frontera, 2003). Específicamente, el Convenio establece la prohibición la caza, la matanza y la captura de especies de fauna, y la destrucción y recolección de ejemplares de flora14 . En la práctica se penaliza el uso de la queñoa y la llareta como combustible; la caza de la vicuña, vizcacha y otros animales para alimentación o rituales; y la quema de la paja brava para renovar el alimento del ganado. La restricción del uso de recursos en el territorio limita la interacción de los Aymaras con la Pachamama, debilita la costumbre y desequilibra el ambiente.

Fragmentación de la tierra y agua La cosmovisión Aymara divide el entorno en tres espacios: Alax Pacha o mundo de arriba; Aka Pacha o este mundo; y Manqha Pacha o mundo de abajo (Llanque, 1990). En esta interpretación, probablemente sincrética producto de la evangelización (Arce, 2007), Aka Pacha es el lugar donde se expresa la Pachamama, Achachilanaka, Awichanaka y otros espíritus tutelares. Sin embargo, la declaración legal de la tierra y el agua como bienes, y la existencia de derecho de propiedad y uso sobre ellos, fragmenta el entorno desde una perspectiva diferente. Primero, la Constitución Política divide a la tierra en suelo y subsuelo15 , donde este último es propiedad del Estado. Así, los pueblos indígenas en Chile están inhabilitados para ejercer control sobre el subsuelo, aún teniendo la propiedad ancestral (Fernandez y Salinas, 2012). En Chile, se dan casos donde la concesión del subsuelo a los proyectos mineros ha afectado el territorio indígena. Segundo, el Código de Aguas de 1981, clasifica a las aguas superficiales y subterráneas 9

Creado por la Ley 18.362, 8 de Noviembre de 1984, del Ministerio de Agricultura, Crea el Sistema Nacional de Área Silvestre Protegidas. 10 Declarado por el Decreto Supremo Nº 270, 11 de Agosto de 1970, del Ministerio de Agricultura, Crea el Parque Nacional Lauca. 11 Declarado por el Decreto Supremo Nº 29, 8 de Marzo de 1983, del Ministerio de Agricultura, Declara monumento natural Salar de Surire y crea Reserva Nacional Las Vicuñas, 12 Convenio de Washington, 12 de Octubre de 1940. 13 Ratificado por el Decreto Supremo Nº 531, 26 de agosto de 1967, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Convención para la protección de la flora, fauna y bellezas escénicas de América. 14 Artículo III, Decreto Supremo Nº 531. 15 Artículo Nº 24, Párrafo 6º, Constitución Política de la República de Chile.

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estableciendo el derecho de aprovechamiento17 . Además, busca fortalecer gestión de los derechos con la conformación de comunidades de aguas18 . De esta forma, como menciona Bauer (2004), se reafirma la función instrumental del agua como un recurso para el desarrollo productivo, sin considerar la cosmovisión indígena. En este escenario, la Ley Indígena manda a reconocer los derechos de aguas de propiedad ancestral de las comunidades Aymaras19 . Para este objetivo, los mecanismos son limitados pese al convenio suscrito entre la Dirección General de Aguas y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Aylwin y Cuadra, 2011; CONADI, 2014). Los derechos colectivos que pudieran poseer las comunidades indígenas se enfrenta a los derechos individuales sobre la tierra y el agua, que en este último caso podrían constituirse en una comunidad. La idea que el entorno es divisible y aprovechable habilita la implementación de políticas dirigidas a fomentar el desarrollo desde una visión económica y productiva.

Instrumentos de planificación del agua Considerando que la Pachamama se mantiene en un equilibrio dinámico (Tejeiro, 2007; Van den Berg, 1989), la escasez de agua pareciera ser una noción contemporánea. El aymara era capaz de predecir las condiciones climáticas utilizando diversos indicadores, y a partir de ello, ajustar sus prácticas agrícolas y ganaderas. De acuerdo a Apaza (2014), en algunas comunidades Aymaras de Puno en Perú utilizan más de 100 indicadores ambientales con este propósito. Desde otra perspectiva de evaluación, el diagnóstico de la región, indican que “existe un déficit en la gestión y aplicación del recursos hídrico” (Gobierno de Chile, 2014). Dado este hecho, el Estado propone la gestión del agua a través de un Plan Hídrico, que entre otros objetivos, busca incrementar la disponibilidad de agua con nueva infraestructura. Entre estas, la construcción de tres embalses: Chironta, Livilcar y Umirpa; y el entubamiento del canal del Valle de Azapa. Actualmente, los embalses están incorporados en el Plan Especial de Desarrollo Estratégico de la región (Gobierno de Chile, 2014)20. La necesidad de implementar proyectos relacionado con el agua en el territorio no es nueva. Durante los 90’s y principios de los 2000s, existieron anhelos de usar las aguas de 6 pozos ubicados en el Parque Nacional Lauca con el fin de facilitar la instalación de empresas mineras. En 2010, se propuso desafectar 40.000 hectáreas del mismo parque para la exploración minera por parte de dos empresas privadas y el Estado. En 2013, se aprobó la instalación de una mina de manganeso en la cercanías del parque, que luego fue revocada por la Corte Suprema21 . En este tipo iniciativas, como menciona Noriega (2014), la normativa ambiental chilena no considera la participación efectiva de las y los Aymara. Entonces, considerando la limitada 16

Artículo Nº 2, Código de Aguas. Artículo Nº 5, Código de Aguas. 18 Artículo Nº 128, Código de Aguas. 19 Artículo Transitorio Nº 3, Ley Indígena. 20 El Plan Especial de Desarrollo Estratégico de Arica y Parinacota, es una medida del Programa de Gobierno de Michelle Bachelet (2014-2018) correspondiente a la descentralización del país y tiene como fin impulsar el desarrollo y crecimiento de la zonas extremas como Arica y Parinacota; Aysén y Magallanes. 21 El 12 de agosto de 2014, la Corte Suprema rechaza los recursos de protección. Anteriormente, el 25 de noviembre de 2013, la Corte de Apelaciones de Arica anuló la aprobación del proyecto Los Pumas. 17

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capacidad para proteger su territorio y la necesidad de generar beneficios económicos inmediatos, algunos Aymaras apoyaron estos proyectos. Finalmente, los problemas ambientales se traducen en sociales dividiendo las comunidades indígenas.

Conclusión Las prácticas tradicionales vinculadas a la cosmovisión del pueblo Aymara se ha debilitado dada la migración de las personas desde el altiplano a las ciudades. En el territorio ancestral con una menor población, las políticas públicas e instrumentos de planificación que tratan de resguardar la naturaleza y sus recursos desconocen los vínculos entre Aymaras y sus deidades sagradas. Hoy, lo indígena y lo ambiental responde al derecho internacional, siendo la suscripción de convenios internacionales un incentivo para perfeccionar la legislación local. Sin embargo, existe la noción que ambos ámbitos se encuentran separados. Por una parte, se reafirma la idea de conservación y protección de la biodiversidad, y por otra, la promoción y desarrollo de los pueblos indígenas, sin considerar que estos objetivos se ejecutan en el mismo territorio. El resultado de la acción del Estado está propiciando el divorcio entre el Aymara y su cosmovisión, y con ello, el indígena se transformó en un individuo exógeno a la naturaleza. Revertir la situación significa avanzar hacia un derecho que considere la conservación de la biodiversidad y los pueblos indígenas como un todo inseparable.

Referencias Albo, X. (2002). Aymara entre Bolivia, Perú y Chile. Lo Transnacional: Instrumento y desafío para los pueblos indígenas. Quito, Ecuador: Editorial Abya Yala. Apaza, J. (2014). Sabiduría campesina para la crianza del cultivo de la papa en las comunidades Aymaras del Altiplano-Puno. Cosmovisión Andina y Desarrollo: pachavivencia y crianza de la vida. Arce, O. (2007). Tiempo y espacio en el Tawantinsuyo: Introducción a las concepciones espacio-temporales de los Incas. Nómadas, Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas. Aylwin, J. y Cuadra, X. (2011). Los desafíos de conservación en los territorios indígenas de Chile. Temuco, Chile: Observatorio de Derechos de Pueblos Indígenas. Bauer, C. (2004). El derecho de agua chileno como modelo para reformas internacionales. Bilbao: Fundación Nueva Cultura del Agua. Burman, A. (2011). Yatiris en el siglo XXI. El conocimiento, la política y la nueva generación. En Gil García, Francisco Miguel (Coord.) Salud y enfermedad en América Latina desde la perspectiva intercultural Nuevo Mundo Mundos Nuevos.

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CONADI (2014). Protección de las aguas de comunidades Aymaras: La gestión del programa de Aguas de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena en la Región de Arica y Parinacota. Gobierno de Chile (2014). Plan de infraestructura y gestión del recurso hídrico al 2021 de la región Arica y Parinacota. Gobierno de Chile (2014). Proyectos del Plan Especial de Desarrollo Estratégico de Arica y Parinacota. Guzman, O. (2011). Apuntes acerca del sistema de cargos en los Ayllus Bolivianos. Temas Sociales Nº 31, pp. 201-241. Feiring, B. (2013). Indigenous people’s rights to lands, territories, and resources. Rome: International Land Coalition. Fernandez, M. y Salinas, J. (2012). Defensa de los Derechos Territoriales de Latino América. Santiago, Chile: RIL Editores. Llanque, D. (1990). La Cultura Aymara: desestructuración o afirmación de la identidad. Lima, Perú: IDEA-Tarea. Martinez, C. (2010). De manera sagrada y celebración. Identidad, cosmovisión y espiritualidad de los pueblos indígenas. Buenos Aires, Argentina: Biblios. Noriega, L. (2014). Pueblo Aymara y Convenio 169 de la OIT: Revisión de Casos. En ¿Chile In-di-ge-na? Desafíos y oportunidades para un nuevo trato. Santiago, Chile: Ediciones y Publicaciones El Buen Aire S.A. y Fundación Chile 21. Tejerio, J. (2007). La rebelión permanente: crisis de identidad y persistencia étnico-cultural. Bolivia: Programa de investigación estratégica en Bolivia, Plural Editores.   Universidad de la Frontera (2003). Los derechos de los pueblos indígenas en Chile: informe del Programa de Derechos Indígenas. Santiago, Chile: Lom, Universidad de la Frontera, Instituto de Estudios Indígenas. Valencia, N. (1999). La Pachamama, Revelación del Dios Creador. Quito, Ecuador: Editorial Abya Yala. Van den Berg, H. (1989). Cosmovisión y Flaqueza Humana. En La tierra no da más los ritos agrícolas en la región de los aymara-cristianos (pp. 118-145). Amsterdam: Latin American Studies, CEDLA.

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