TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

August 25, 2017 | Autor: Luis Turcios | Categoría: Supremo Tribunal Federal
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Descripción

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
DIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CÍVICA






INSTRUCTIVO PARA MIEMBROS Y MIEMBRAS DE
JUNTA RECEPTORA DE VOTOS
(JRV)



ELECCIÓN PRESIDENCIAL 2014




2 DE FEBRERO DE 2014


INDICE
"1. ASPECTOS GENERALES " "3 "
"¿Qué es una JRV? " "3 "
"Conformación de la JRV " "3 "
"¿Cómo se integra una JRV en caso de una segunda Elección " "4 "
"Presidencial? " " "
"Capacitación para miembros y miembras de JRV " "4 "
" " " "
"2. INDICACION ESPECIAL PARA LAS JRV " "4 "
"PRINCIPIOS DE LA ETICA PÚBLICA " "4 "
"CONSIDERACION ESPECIAL SOBRE LOS OBSERVADORES " "5 "
" " " "
"3. PRINCIPALES ACTIVIDADES DURANTE EL DIA DE LAS " "5 "
"ELECCIONES " " "
"Antes de las 7:00 a.m. " "5 "
"Sucesión de cargos " "6 "
"Ubicación de los miembros y miembras de la JRV " "8 "
"Consideraciones especiales antes de iniciar la votación " "8 "
"Actividades durante la votación " "9 "
"Funciones específicas de los miembros y miembras de la JRV "10 "
"durante la votación " "
"Situaciones especiales de la votación " "12 "
"Denegación del voto " "12 "
"Procedimientos especiales en el proceso de votación " "13 "
"Cierre de la votación " "15 "
" " " "
"4. PRINCIPALES ACTIVIDADES DESPUES DEL CIERRE DE LA " "15 "
"VOTACION " " "
"Después de las 5:00 p.m. " "15 "
"Llenado del acta de cierre y escrutinio " "16 "
"Procedimiento de entrega de actas " "19 "
"Devolución de caja de material electoral y documentación " "20 "
"retornable de JRV a JEM " " "
" " " "
"ANEXOS " " "



I. ASPECTOS GENERALES
¿Qué es una JRV?

Es el Organismo Electoral Temporal, que depende de la Junta Electoral
Municipal (JEM) y que de manera colegiada representa al TSE. Como autoridad
electoral, es la encargada de facilitar el ejercicio del derecho al
sufragio a través del voto de los ciudadanos y ciudadanas que lo soliciten
y de realizar el conteo de votos al final de la jornada. Sus facultades
están delimitadas por el Código Electoral y el presente Instructivo.

Conformación de la JRV

Estará integrada por un máximo de cinco miembros o miembras propietarios y
sus respectivos suplentes, para su funcionamiento y toma de decisiones
podrá constituirse con un mínimo de tres miembros o miembras, siendo éstos
el Presidente o Presidenta, Secretario o Secretaria y Primer Vocal.
Para la elección presidencial de 2014 el TSE distribuirá equitativamente
los cargos de Presidente o Presidenta, Secretario o Secretaria y Primer,
Vocal de las propuestas de:

a) Los dos Partidos Políticos contendientes que hayan obtenido el mayor
número de votos en la última elección (2 miembros o miembras);

b) La Coalición, al estar integrada por Partidos Políticos a quienes
les asiste el derecho de presentar propuestas para integrar los
organismos electorales temporales, pero en este caso la designación
del miembro o miembra le corresponde a la coalición y no a los
Partidos Políticos individualmente


Los miembros o miembras de JRV deberán tener DUI vigente que indique que
residen en el municipio donde ejercerán sus funciones.


¿Cómo se integra una JRV en caso de una segunda Elección Presidencial?

Estará integrada por los miembros o miembras Propietarios y Suplentes de
los Partidos Políticos o Coaliciones que lo fueron en la primera elección y
que sean contendientes en la segunda elección y por un tercer miembro o
miembra propietario y su respectivo Suplente, nombrado por el Tribunal.

CAPACITACIÓN PARA MIEMBROS Y MIEMBRAS DE JRV

Todos los miembros y miembras de JRV están obligados a capacitarse.

II. INDICACION ESPECIAL PARA LAS JRV

LOS MIEMBROS Y MIEMBRAS DE LA JRV DEBERÁN TENER EN CUENTA LO ESTABLECIDO EN
LA LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL:

Funcionario o funcionaria Público: Es una persona natural que presta
temporal o permanentemente servicios dentro de la administración pública,
con facultad para tomar decisiones dentro de las atribuciones de su cargo.

PRINCIPIOS DE LA ÉTICA PÚBLICA
Supremacía del Interés Público, anteponer siempre el interés público
sobre el interés privado.
Probidad, actuar con integridad, rectitud y honradez.
Igualdad, tratar a todas las personas por igual en condiciones
similares.
Imparcialidad, proceder con objetividad en el ejercicio de la función
pública.
Transparencia, actuar de manera accesible para que toda persona
natural o jurídica, que tenga interés legítimo, pueda conocer si las
actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la
eficiencia, a la eficacia y a la responsabilidad.

Los miembros y miembras de JRV se convierten en funcionarios públicos el
día de la elección.
CONSIDERACION ESPECIAL SOBRE LOS OBSERVADORES (Reglamento para la
Observación Electoral emitido por el TSE el:____________).
Podrá ingresar a los centros de votación la Observación Electoral
debidamente acreditada por el TSE, cuya presencia es para la recopilación
intencionada de información relativa al proceso electoral, con el propósito
de presentar posteriormente a las autoridades electorales un informe sobre
el desarrollo de la jornada electoral. Los observadores electorales son
personas que no están autorizadas a intervenir en ninguna etapa del
proceso, ni hacer proselitismo de cualquier tipo en favor de Partidos
Políticos, Coaliciones contendientes o candidato alguno; no inducir el voto
de los electores, ni ofender, difamar o calumniar a las instituciones,
autoridades electorales, partidos políticos y/o candidato.


III. PRINCIPALES ACTIVIDADES DURANTE EL DIA DE LAS ELECCIONES

ANTES DE LAS 7:00 A.M.

Los Centros de Votación serán abiertos a las 5:00 a.m. para facilitar el
ingreso de los miembros o miembras propietarios y suplentes de la JRV,
quienes deberán presentarse con su DUI y credencial del TSE.

A partir del ingreso podrán ubicarse en las respectivas mesas de trabajo
designadas previamente por el TSE y se identificarán con el resto de
miembros o miembras, mostrando su credencial y el DUI del municipio
respectivo.

Los Jefes de Centro, Supervisores y Vigilantes acreditados por los Partidos
Políticos o Coaliciones contendientes, tanto propietarios como suplentes,
ingresarán al centro de votación junto con los miembros o miembras de las
JRV, para lo cual se identificarán con la acreditación emitida por los
respectivos Partidos Políticos o Coaliciones contendientes.

Cuando no estuvieren presentes los 3 miembros o miembras propietarios para
integrar la JRV se procederá de la siguiente manera:

SUCESIÓN DE CARGOS
Si faltare el propietario asumirá el cargo el respectivo suplente. La
integración de una JRV responderá a una sucesión ordenada de cargos así:

1. Si falta el Presidente o Presidenta y su Suplente, será sustituido
por el Secretario o Secretaria;
2. Si falta el Secretario o Secretaria y su Suplente, será sustituido
por el Primer Vocal;
Si por cualquier causa o razón al momento de la instalación de una JRV no
se logra instalar con al menos 3 miembros o miembras la JEM o sus Delegados
o Delegadas, nombrará a cualquier ciudadano o ciudadana, quien acreditará
mediante el DUI su residencia del municipio donde ejercerá sus funciones.
Cualquier inconveniente en el proceso de integración de la JRV, esta lo
hará del conocimiento de la JEM o sus Delegados o Delegadas, quienes
deberán tomar las medidas pertinentes para su legal integración.

Integrada la JRV recibirán de la JEM o sus Delegados o Delegadas, con la
colaboración de los Auxiliares Logísticos del TSE, el paquete electoral,
para lo cual firmarán el comprobante de recibido.

Con la presencia de la mayoría de sus miembros o miembras, el Presidente o
Presidenta abrirá el Paquete Electoral y verificará en el Instructivo la
hoja que detalla su contenido (Ver anexo___ en pág.___), verificará que los
materiales estén completos y en buen estado, con especial atención a los
siguientes:
Papeletas de Votación:
Revisar que correspondan al número de JRV.
Contar una a una las 500 papeletas.
Comprobar que la numeración correlativa esté correcta.
Verificar que las papeletas reúnan los requisitos de ley.


Revisar los tres padrones electorales: Padrón Electoral de Búsqueda,
Padrón Electoral de Firma y Padrón Electoral de Exhibición, para
asegurarse que pertenezcan a esa JRV y que coincidan entre sí.

Respetar la adecuación y señalización que previamente hayan
realizado los Auxiliares Logísticos del TSE.

Colocar el Padrón Electoral de Exhibición en el correspondiente
exhibidor de cartón, el cual deberá estar ubicado cerca y al frente de
la JRV que le corresponde.

Colocar en un lugar visible el cartel de identificación con el
número de JRV, apellido inicial y final de los votantes de dicha
junta. Si la JRV esta ubicada dentro de un aula colocar el cartel
preferiblemente en la parte superior de la entrada.


Verificar que el anaquel doble o de mesa esté ubicado al lado
izquierdo de la mesa tomando como referencia al miembro o miembra de
JRV viendo de frente a los ciudadanos y ciudadanas votantes y que el
espacio designado para votar se encuentre en condiciones adecuadas que
aseguren el voto secreto y el libre ejercicio de ese derecho.
Verificar que el anaquel doble tenga las cortinas correspondientes.


Antes de iniciar la votación, armar el depósito de votos y comprobar
que éste se encuentre ubicado a la par y del lado izquierdo de la mesa
tomando como referencia al miembro o miembra de JRV viendo de frente a
los ciudadanos y ciudadanas votantes.

Llenar el "Acta de Instalación de JRV y Apertura de Votación", la
cual deberá ser firmada por los miembros o miembras presentes, luego
colocarla en el sobre correspondiente y resguardarla en la Caja de
Materiales de Devolución.


UBICACIÓN DE LOS MIEMBROS Y MIEMBRAS DE LA JRV

ES DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO QUE SE UBIQUEN, TOMANDO COMO REFERENCIA AL
MIEMBRO O MIEMBRA DE JRV VIENDO DE FRENTE A LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS
VOTANTES SEGÚN EL CASO, GUARDANDO EL SIGUIENTE ORDEN:
Caso 3: JRV con 3 integrantes: El orden será de derecha a izquierda, así:
Secretario o Secretaria, Presidente o Presidenta y Primer Vocal.

EL PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA JRV SERÁ RESPONSABLE DE ORGANIZAR LA
UBICACIÓN, PARA QUE SE CUMPLA LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE INSTRUCTIVO.




CONSIDERACIONES ESPECIALES ANTES DE INICIAR LA VOTACIÓN:

Cada Partido Político o Coalición contendiente tiene el derecho de
acreditar ante la JRV un Vigilante propietario y un suplente, en ausencia
del propietario actuará en cualquier momento el respectivo Suplente, quien
deberá permanecer en el Centro de Votación.

A las 6:30 de la mañana votarán los miembros y miembras de la JRV y los
Vigilantes, propietarios y suplentes, de acuerdo al procedimiento de ley.
Sin excepción alguna y en presencia de todos los miembros y miembras de la
JRV, el Presidente o Presidenta verificará que todos introduzcan el dedo
pulgar de la mano derecha en el frasco de tinta indeleble y lo muestren
marcado al resto de integrantes de la JRV, les retendrá el DUI después de
votar, introduciéndolos en la bolsa plástica provista para ello y les será
devuelto después de cerrada la votación.

De la misma manera votarán también, pero únicamente en la primera JRV del
Centro de Votación el Delegado o Delegada del Fiscal Electoral, los Jefes
de Centro de Votación y los Supervisores de Vigilantes propietarios y
suplentes de los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes acreditados
ante la JEM.

Sin excepción alguna y en presencia de todos los miembros y miembras de la
JRV el Presidente o Presidenta les retendrá el DUI después de votar,
introduciéndolos en la bolsa plástica provista para ello, y les será
devuelto después de cerrada la votación.
Las últimas hojas del Padrón Electoral de Firma, tendrán impreso los
nombres de los cargos antes mencionados y el espacio correspondiente para
la firma de cada uno de ellos o ellas.

En caso de que el Delegado o Delegada del Fiscal Electoral, los Jefes de
Centro de Votación y los Supervisores de Vigilantes propietarios y
suplentes de los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes se
presenten a votar después de las 7 de la mañana, deberán hacerlo en la JRV
que les corresponde según el Padrón Electoral.

Los miembros de JED, JEM y sus Delgados o Delegadas votarán única y
exclusivamente en la JRV que les corresponde según Padrón Electoral
IMPORTANTE: LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS QUE POSEAN UN NUMERO DE DUI MAYOR
AL 05, 219, 934 NO PODRÁN VOTAR.

ACTIVIDADES DURANTE LA VOTACION

Posterior a la votación de los miembros y miembras de la JRV, a las 07:00
a.m., el Presidente o Presidenta anunciará en voz alta que dará comienzo la
votación para la ciudadanía.
La votación será continua desde las 7:00 a.m. a las 5:00 p.m., y si a las
5:00 p.m.se encuentran ciudadanos o ciudadanas presentes en la fila deberá
permitírseles votar, colocándose un miembro o miembra de la JRV al final de
la misma.

Los miembros de la JRV explicarán a los ciudadanos y ciudadanas la
prohibición del uso de celulares o cámaras, desde el momento que llegue la
persona a la JRV hasta después de haber depositado su voto en la urna
correspondiente.

RESPETO Y TOLERANCIA A LA DIVERSIDAD SEXUAL DE LOS CIUDADANOS O CIUDADANAS
QUE ASISTAN A EJERCER SU DERECHO AL SUFRAGIO

Los miembros de las JRV deben garantizar el trato igual y sin
discriminación a todas las personas para el goce de sus derechos políticos,
sin poner restricciones que se basen en las diferencias de raza, sexo o
religión.
Las JRV deberán permitir el ejercicio del sufragio a los ciudadanos o
ciudadanas Transexuales y Travesti, que por su expresión de género femenina
o masculino, es decir apariencia de mujer u hombre, podría generar algún
tipo de duda al no corresponder la foto del DUI y la del Padrón Electoral
de Búsqueda con quien porta el documento.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS Y MIEMBRAS DE LA JRV DURANTE LA
VOTACIÓN

PRESIDENTE O PRESIDENTA:
Le solicitará el DUI al ciudadano o ciudadana, verificará que sea el
documento original, que esté vigente, que la fotografía corresponde a su
rostro y que no sea falso.
En los casos de los ciudadanos transexuales o travesti, que por su
apariencia de mujer, genere alguna duda sobre su identidad, deberá
cerciorarse que quien porta el documento es quien dice ser, para dar paso
a ejercer su derecho al sufragio.
Verificará que el ciudadano o ciudadana, en sus manos u otra parte
visible del cuerpo, no tenga marca de tinta indeleble que evidencie que
haya votado.
Buscará al ciudadano o ciudadana en el Padrón Electoral de Búsqueda
confrontando sus datos: nombre, fotografía y número de DUI. Sellará en
dicho Padrón el nombre del votante, con el sello de "SE PRESENTÓ A
VOTAR".
Anotará a los Ciudadanos y Ciudadanas que no Pudieron votar en Padrón
Electoral de Firma, el espacio para su anotación se dispondrá al final de
dicho padrón.

SECRETARIO O SECRETARIA:
En presencia del ciudadano o ciudadana, firmará y sellará la papeleta
de votación (Utilizando el sello "JRV") mostrándola al ciudadano o
ciudadana, al resto de miembros y miembras de JRV y Vigilantes para que
estos comprueben que está debidamente firmada y sellada.
Retirará la esquina desprendible de la papeleta de votación y la
depositará en la bolsa destinada para ello.
Entregará al ciudadano o ciudadana la papeleta y el marcador.

PRIMER VOCAL:


Las JRV se instalaran en aulas o pasillos por lo tanto algunas de sus
funciones deberán adecuarse a esas circunstancias.
Velará porque el flujo de ciudadanos y ciudadanas sea continuo,
garantizando que en los casos donde se utilice el anaquel doble este
siendo utilizado simultáneamente por los ciudadanos y ciudadanas.
Facilitará el trato preferencial para los ciudadanos y ciudadanas con
discapacidad, mujeres en estado de embarazo, señora con niño o niña en
brazos y personas adultas mayores, ubicándolos al inicio de la fila de
votantes.
Velará porque se mantengan las condiciones apropiadas para que el
ciudadano o la ciudadana emita el voto de manera secreta en el espacio
correspondiente.
Indicará al ciudadano o ciudadana, después de haber votado y doblado
la papeleta, la introduzca en el depósito respectivo y que devuelva el
marcador.
Cuando la persona con discapacidad, así lo requiera lo guiará hacia el
anaquel y posteriormente al depósito de votos.
Mientras el ciudadano o ciudadana vota, lo ubica en el Padrón
Electoral de Firma por medio del DUI.
Verifica que el ciudadano o ciudadana devuelva el marcador, después de
haber votado.
Seguidamente pedirá que el ciudadano o ciudadana firme o ponga su
huella dactilar en el Padrón Electoral de Firma, en el espacio
correspondiente, dentro de la abertura de la regla para firma.
Una vez que el ciudadano o ciudadana ha firmado o colocado la huella
dactilar en el Padrón de Firma, le pedirá que introduzca el dedo pulgar
de la mano derecha en el frasco de Tinta Indeleble. Las personas a las
que les faltare ambas manos, les preguntará en qué parte visible del
cuerpo se les hará dicha marca.
Devolverá el DUI al ciudadano o ciudadana.
Llevará el registro de los votantes en la Hoja de Control de Asistencia
y marcará la casilla correspondiente.


SITUACIONES ESPECIALES DE LA VOTACIÓN

Si en el transcurso de la votación se inutilizare o se rompiere un depósito
para recibir las papeletas, se repondrá inmediatamente, colocándose los
votos ya emitidos en el nuevo, en presencia de los representantes de los
Partidos Políticos o Coaliciones contendientes, haciéndolo constar en el
Acta de Cierre y Escrutinio.
Aquellos representantes y vigilantes de los Partidos Políticos o
Coaliciones contendientes, que interrumpan gravemente de palabra o de obra
las funciones de la JRV, serán suspendidos de éstas, sin más trámite y
sustituidos por su suplente, lo cual se hará constar en el Acta.



DENEGACIÓN DEL VOTO:

Situaciones en las que la JRV podrá denegarle al ciudadano o ciudadana el
derecho de emitir el voto:
Cuando el número de DUI sea superior al último emitido (05, 219,934)
al cierre del Registro Electoral.
Cuando el ciudadano o ciudadana se presente con DUI vencido.
Cuando el votante presente fotocopias o copias escaneadas del DUI.
Cuando el documento no sea original o no coincida con los datos del
Padrón Electoral; en estos casos se tomará debida nota y se informará
a la JEM. El Presidente o Presidenta lo anotará en el espacio de
"Ciudadanos y Ciudadanas que no Pudieron Votar" del Padrón Electoral
de Búsqueda.
Cuando el documento presentado sea falso o esté alterado, la JRV
deberá decomisarlo e Informar a la JEM y a la Fiscalía General de la
República;
Cuando el ciudadano o ciudadana tenga alguno de sus dedos u otra
parte de sus manos o del cuerpo manchado con la tinta indeleble
utilizada en el proceso electoral. Si esto ocurre, la JRV deberá
informar a la JEM y a la Fiscalía General de la República;
Cuando no se encuentre el nombre del ciudadano o ciudadana en el
Padrón Electoral; en este caso la JRV informará a la JEM. El
Presidente o Presidenta lo anotará en el espacio correspondiente a
"Ciudadanos y Ciudadanas que no Pudieron Votar" del Padrón Electoral
de Búsqueda.
Cuando las personas se presenten en evidente estado de ebriedad o
drogadicción.

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES EN EL PROCESO DE VOTACIÓN


Existen dos instrucciones específicas con relación a la atención
preferencial con el ciudadano o ciudadana con discapacidad. En primer
lugar, se trata de la votación asistida a la PD (Persona con
Discapacidad).

1. Votación asistida para personas con discapacidad en general

A cualquier ciudadano o ciudadana con discapacidad se le dará un trato
preferencial y se dispondrá de una atención según el tipo de discapacidad;
la deferencia puede resumirse de la siguiente manera:

Se le dará prioridad en la fila de votantes a la persona ciega, sorda,
con discapacidad física, con movilidad reducida (silla de ruedas,
bastón, muletas, persona adulta mayor) persona con paraplejia, con
amputación, y otras.
La persona con discapacidad podrá ser conducida asistidamente por el
Primer Vocal de la JRV hacia el anaquel o depósito de votos cuando así
sea solicitado o en caso que la situación lo requiera.
Debe tomarse en cuenta que en los Centros de Votación de mayor
afluencia en los departamentos del país, habrá un despliegue de 3000
jóvenes de la Asociación Scouts de El Salvador para brindar asistencia
a personas con discapacidad; esta disponibilidad deberá ser integrada
y aprovechada de la mejor forma posible en el contexto general del
Centro de Votación.




2. Votación asistida a la persona ciega

Si el votante es una persona ciega: el Presidente o Presidenta de la JRV,
después de realizar todos los pasos previos a la marcación de la papeleta,
le ofrecerá las siguientes opciones:

a) Votación asistida por el Método Braille


Se le preguntará si desea votar con el sistema Braille, de ser
afirmativo, le indicará al Secretario o Secretaria que le entregue
la papeleta de votación con su respectivo sobre tiflológico.
El Secretario o Secretaria una vez sellada y firmada la papeleta y
desprendida la esquina, la introducirá en el sobre Tiflológico
correspondiente.
Mostrará a la JRV y Vigilantes que la papeleta ha sido introducida
correctamente dentro del sobre Tiflológico y que las aberturas
coinciden debidamente.
Entrega el Sobre con la Papeleta a la persona ciega.


El ciudadano entonces podrá hacer su marcación en el anaquel designado, o
bien usando el anaquel de mesa según las condiciones del Centro de
Votación. La designación de este método para la votación (por el sistema
Braille) es para la persona ciega alfabetizada, o sea, quien ha recibido
los aprendizajes para el dominio y comprensión del lenguaje Braille.

b) Votación Asistida por un acompañante


Esta segunda opción, es dirigida a la persona ciega no alfabetizada o
alfabetizada.

La persona ciega se hará acompañar de un familiar, quien deberá
identificarse con su DUI, para efectos de delegar la marcación de la
papeleta.


Si la persona ciega asiste sola, el Presidente o Presidenta le
ofrecerá la opción de manifestar ante los miembros o miembras de la
JRV su preferencia de voto para el Partido Político o Coalición
contendiente; tal preferencia expresada podrá hacerla efectiva el
vigilante del Partido Político o Coalición que represente dicha
preferencia. En caso de no estar presente el vigilante propietario ni
su suplente, será el Presidente o Presidenta de la JRV quien hará
efectiva la consignación del voto frente al resto de los miembros o
miembras de la JRV.


El depósito de la papeleta en la urna podrá realizarlo el votante en
forma guiada o asistida, en caso que sea solicitado o cuando la
discapacidad lo requiera (para casos de personas con ambos miembros
superiores amputados o paraplejia) será necesario que el Primer Vocal
lo haga a voluntad del votante.

CIERRE DE LA VOTACIÓN

El Presidente o Presidenta de la JRV anunciará el Cierre de la Votación a
las 5:00 de la tarde y solicitará a una persona que tenga función electoral
y que esté debidamente acreditada ante la JRV, colocarse al final de la
fila para asegurar que voten únicamente los ciudadanos y ciudadanas que se
encuentren en la fila al momento del anuncio del cierre.

IV. PRINCIPALES ACTIVIDADES DESPUES DEL CIERRE DE LA VOTACION


DESPUÉS DE LAS 5:00 P.M.

PASOS PREVIOS AL INICIO DEL ESCRUTINIO
Concluida la votación, la JRV debe guardar los materiales que ya no
utilizará, siendo estos: los marcadores, el sello "SEPRESENTÓAVOTAR",
Hoja con el Procedimiento de votación de la persona ciega y cualquier
otro artículo personal; creando las condiciones para realizar el conteo
y escrutinio.
Personal logístico del TSE, debidamente identificado pasará por cada
una de las JRV recogiendo en una bolsa negra el frasco de tinta
indeleble.
Las únicas personas autorizadas para realizar el conteo de votos y
escrutinio son los miembros y miembras de la JRV, con la presencia de
los Vigilantes de los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes.
Podrán presenciar el escrutinio los observadores electorales
nacionales e internacionales y miembros y miembras de la prensa, todos
debidamente acreditados por el TSE.

PROCEDIMIENTO DE ESCRUTINIO DE JRV - ELECCIÓN DE PRESIDENTE O PRESIDENTA Y
VICEPRESIDENTE O VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA 2014
ESTE MISMO PROCEDIMIENTO SE SEGUIRÁ EN EL CASO DE UNA SEGUNDA ELECCIÓN EN
LO QUE CORRESPONDA

Paso 1:
El Secretario o Secretaria de la JRV será el responsable de levantar el
Acta de Cierre y Escrutinio para la Elección de Presidente o Presidenta y
Vicepresidente o Vicepresidenta de la República 2014, complementando los
espacios en blanco según la "Guía para el llenado del Acta de Cierre y
Escrutinio para Elección de Presidente o Presidenta y Vicepresidente o
Vicepresidenta de la República 2014". Ver Anexo No._____ en pág.______.

Paso 2:
El Presidente o Presidenta de la JRV contará las papeletas sobrantes y las
inutilizadas si las hubiere, estas cantidades serán anotadas por separado
en el Acta. Luego designará a un Vocal de la JRV para que proceda a
inutilizar las papeletas sobrantes, estampándoles en el frente el sello
"PAPELETA NO UTILIZADA", depositándolas en la bolsa plástica impresa con la
leyenda "Papeletas No Utilizadas". En esta misma bolsa se introducirán las
papeletas inutilizadas, para luego depositarlas dentro de la Caja de
Devolución de Material Electoral.

Paso 3:
El Primer Vocal contará el número de firmas y/o huellas que hayan sido
estampadas por los ciudadanos y ciudadanas en el Padrón Electoral de Firma,
dato que será anotado en el Acta de Cierre y Escrutinio de JRV en el
espacio "Papeletas entregadas a Votantes".

Paso 4:
El Presidente o Presidenta de la JRV es responsable de:
a) Extraer de una en una las papeletas del depósito de votos (color
celeste), las desdoblará y mostrará a los miembros o miembras y
vigilantes de la JRV, verificando en su reverso que coincida con el
número de JRV de que se trate.

b) Clasificar junto con los demás miembros y miembras de la JRV, si se
trata de un voto válido a favor de un Partido Político o Coalición
contendiente. Así mismo, se clasificarán las papeletas cuando se trate
de un voto nulo, una abstención o un voto impugnado (se reclama su
validez o invalidez y no ha sido declarado nulo o abstención y no se
pudiere determinar con claridad cuál fue la intención del votante).
Paso 5:
Concluido lo anterior, el Presidente o Presidenta de la JRV tomará el grupo
de papeletas que corresponde a "Votos Impugnados", si hubiere y sin ninguna
discusión, las contará a viva voz. La cantidad de éstas será anotada por el
Secretario o Secretaria de la JRV en el Acta, a la vista de los miembros o
miembras y Vigilantes de la JRV.

Anotado el dato en el Acta, el Presidente o Presidenta entregará a un Vocal
de la JRV las papeletas contadas como "Votos Impugnados" para que éste las
deposite dentro de la bolsa correspondiente y las introduzca dentro de la
Caja de Devolución de Material Electoral.

Repetir este paso con las papeletas clasificadas como "Votos Nulos" y
"Abstenciones", utilizando las bolsas rotuladas que correspondan.

Paso 6:
Concluido lo anterior, el Presidente o la Presidenta de la JRV, tomará el
grupo de las papeletas correspondiente a los Votos Válidos del primer
contendiente (según el Acta), seguidamente, contará las papeletas a viva
voz.

El Secretario o Secretaria de la JRV anotará la cantidad de papeletas en el
Acta, en el espacio correspondiente al Partido Político o Coalición y de
acuerdo a la "Guía para el llenado del Acta de Cierre y Escrutinio Elección
de Presidente o Presidenta y Vicepresidente o Vicepresidenta de la
República 2014".
Repetirá este paso con todos los grupos de papeletas con Votos Válidos por
cada Partido Político o Coalición según el orden del Acta, hasta completar
la totalidad de contendientes que hubieren.
Las papeletas correspondientes a "Votos Válidos" serán introducidas en la
bolsa rotulada "Votos Válidos", introduciéndola dentro de la Caja para la
Devolución de Material Electoral.
Para el efecto anterior cada Paquete Electoral contendrá 4 bolsas plásticas
para introducir los votos de la elección.
Paso 7:
El Secretario o Secretaria de la JRV sumará las siguientes cantidades
anotadas en el Acta:
Papeletas sobrantes
Papeletas inutilizadas (rotas o manchadas durante la votación)
Votos Válidos a favor de cada Partido Político o Coalición
contendiente
Votos Impugnados
Votos Nulos
Abstenciones
Anotará el resultado en el espacio "Total de Papeletas Escrutadas".

Realizará la siguiente resta:
Total de Papeletas recibidas
MENOS
Total de Papeletas escrutadas

La diferencia la anotará en el espacio "Papeletas Faltantes".

Paso 8:
El Secretario o Secretaria de la JRV completará el llenado del Acta de
Cierre y Escrutinio, anotando en los espacios correspondientes, los
nombres, apellidos y números de DUI de los miembros y miembras que
conforman la JRV y de los Vigilantes de Partidos Políticos o Coaliciones
acreditados ante la misma.
Si hay observaciones que hacer, las anotará en el espacio respectivo.

Paso 9:
Los miembros y miembras de la JRV firmarán el Acta de Cierre y Escrutinio
en los espacios correspondientes, según el cargo que ostenten.

Los Vigilantes en funciones de los Partidos Políticos o Coaliciones podrán
firmar el Acta si así lo quisieren.
A continuación el Secretario o Secretaria estampará el sello de la JRV, al
original y a cada una de las copias adheridas al Acta de Cierre y
Escrutinio.

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE ACTAS

Paso 1:
El original color blanco del Juego del Acta de Cierre y Escrutinio será
entregada de inmediato y sin objeción alguna por el Presidente o Presidenta
de la JRV al Encargado Recolector del TSE.

Paso 2:
Las copias adheridas al Juego del Acta de Cierre y Escrutinio serán
distribuidas así:
a) Primera copia (color rosado): Para la Junta Electoral Departamental,
la cual se introducirá en el sobre correspondiente.
b) Segunda copia (color verde): Para la Fiscalía General de la República,
la cual se introducirá en el sobre respectivo.
a) Una copia color celeste para cada Partido Político o Coalición
contendiente, la cual será entregada al vigilante respectivo,
distribuidas en el siguiente orden:
o Primero:
o Segundo:
o Tercero:
o Cuarto:
o Quinto:
Ver anexo ______, pág._________, "Constancia del Orden en que se
ubicaron los Partidos Políticos en base al número de Votos obtenidos
en la última elección".
c) Una copia (color amarillo): Para la JEM, la cual se introducirá en el
sobre respectivo.
d) Una copia para la Junta de Vigilancia Electoral, la cual se
introducirá dentro del sobre correspondiente.

Paso 3:
El Encargado Recolector del TSE, regresará a la JRV y entregará al
Presidente o Presidenta de ésta, un juego de copias impresas del Acta. El
Presidente o Presidenta de la JRV junto con el Secretario o Secretaria
verificarán, a la vista de los demás integrantes que las copias impresas
correspondan a su JRV.

Paso 4:
El Secretario o Secretaria estampará a cada una de las copias impresas
recibidas del Acta el sello de la JRV con la leyenda "Elección Presidencial
2014, en el espacio ubicado en la parte inferior de ésta y entregará una
copia a cada uno de los vigilantes de los Partidos Políticos o Coaliciones
contendientes con el propósito de comparar los datos del acta original
color blanco transmitida con los datos de las actas color celeste.

DEVOLUCION DE CAJA DE MATERIAL ELECTORAL Y DOCUMENTACION RETORNABLE DE JRV
A JEM

La caja de Material Electoral Retornable será la misma en que le fue
entregado a la JRV el Paquete Electoral. Ésta deberá sellarse con la cinta
de seguridad adhesiva provista en el Paquete Electoral.
Todo el material electoral que les fue entregado por la JEM antes del
inicio de la votación, será devuelto en la Caja de Material Electoral
Retornable.

La JEM o sus Delegados o Delegadas comunicará a sus respectivas Juntas
Receptoras de Votos el lugar y el procedimiento de recibo de la
documentación y material electoral retornable.

Los miembros o miembras de la JRV, en compañía de los Vigilantes de
los Partidos Políticos o Coaliciones contendientes, se dirigirán al
lugar establecido por la JEM, para hacer la devolución utilizando el
"Comprobante de Devolución de caja de Material Electoral y
documentación retornable de JVR a JEM.


Firmarán el Comprobante de Devolución los miembros y miembras de la
JRV, así como el miembro o miembra de la JEM o el Delegado o
Delegadasque recibe.

A la JEM o sus Delegados o Delegadasse le entregará, además de la Caja de
devolución de material y documentación electoral, lo siguiente:


"DOCUMENTACION ELECTORAL A ENTREGAR A LA JEM "
"NO INTRODUCIR EN LA CAJA DE DEVOLUCION "
"1 "Copia del Acta de Cierre y Escrutinio dirigido a la JEM. "
"1 "Copia del Acta de Cierre y Escrutinio dirigido a la JED. "
"1 "Copia del Acta de Cierre y Escrutinio dirigido a la "
" "Fiscalía General de la República. "
"1 "Copia del Acta de Cierre y Escrutinio dirigido a la Junta "
" "de Vigilancia Electoral. "


CON LA DEVOLUCION DEL MATERIAL Y DOCUMENTOS FINALIZA EL TRABAJO DE LAS JRV.



















ANEXOS
CONCEPTOS BÁSICOS PARA FACILITAR EL ESCRUTINIO DE VOTOS


a) Abstenciones: Papeletas depositadas que no tengan marca alguna.



b) Votos Válidos: Son aquellos que reúnen los requisitos de Ley y que
la voluntad del votante está claramente determinada por cualquier
marca sobre la bandera de un Partido Político o Coalición
contendiente.



c) Votos Impugnados: Se entenderá como voto impugnado aquel sobre el
cual se reclama su validez o invalidez, y que no ha sido declarado
como nulo o abstención, y no se pudiere determinar con claridad cuál
fue la intención del votante.



d) Votos Nulos: Aquellos que corresponden a alguno de los casos
siguientes:



1. Cuando la papeleta apareciere con marcas en dos o más banderas
destinadas a Partidos Políticos o Coaliciones contendientes;
2. Si la numeración de orden que aparezca en las papeletas no corresponde a
la numeración de las papeletas recibidas por la JRVEX;
3. Cuando la papeleta de votación no haya sido entregada al votante por la
JRVEX.
4. Si la papeleta está mutilada en lo esencial de su contenido;
5. Si la papeleta contiene palabras o figuras obscenas;


El error tipográfico en la elaboración de la papeleta de votación no será
causa de anulación del voto.









































GUÍA PARA EL LLENADO DE ACTA DE CIERRE Y ESCRUTINIO PARA ELECCIÓN
PRESIDENCIAL 2014

Importante:

a) Para el llenado del acta deberá utilizarse exclusivamente los
bolígrafos suministrados en el Paquete Electoral.
b) Al hacer las anotaciones sobre el Acta original, deberá hacerse
presión sobre el bolígrafo a fin de que las copias sean legibles.
c) UTILICE LETRA DE MOLDE.



PARTE I - ENCABEZADO:

1. Anotar legiblemente el nombre completo (Según DUI) y el número de
DUI de cada uno de los Miembros o Miembras de la Junta Receptora de
Votos


2. Anotar la cantidad de papeletas recibidas así como el número
correlativo de la primera y de la última papeleta del bloque.
(Número que aparece en la esquina superior derecho del reverso de la
papeleta).



PARTE II - RESULTADO DE LA VOTACION

Para esta parte, deberán hacerse números y letras grandes y con
suficiente presión para garantizar que la última copia sea legible.

De acuerdo a los cálculos obtenidos en el escrutinio, proceder de la manera
siguiente:

1. Anotar en las casillas correspondientes las cifras, en números y
letras, relativas a las cantidades de Papeletas Sobrantes e
Inutilizadas en el proceso de votación.
2. Anotar las cifras en números y en letras, de Votos Válidos a favor de
cada Partido Político o Coalición contendiente.
3. Anotar las cifras, en números y letras, de Otros Votos (impugnados,
nulos y abstenciones).
4. Sumar las cantidades de Papeletas Sobrantes, Inutilizadas, Votos
Validos a favor de cada Partido Político o Coalición contendiente,
Votos Impugnados, Votos Nulos y Abstenciones y anotar el resultado de
la suma en la casilla de Papeletas Escrutadas, con el cuidado de
escribir las cifras en números y letras.
5. Anotar las Papeletas Faltantes después de la votación si las hubiere.
Este dato se obtendrá restando de la cantidad de papeletas recibidas
al inicio de la votación, consignado en el encabezado de esta acta, la
cantidad que resulte en la casilla de Papeletas Escrutadas. Si la
resta es cero, se harán guiones en las casillas de faltantes. Si la
resta es un número distinto de cero, éste será el faltante y se
anotarán sus cifras en números y letras en la casilla correspondiente.
6. Contar la cantidad de firmas y huellas que hubieren en el Padrón
Electoral de Firma y anotar las cifras en números y letras en la
casilla Papeletas Entregadas a Votantes.


El siguiente ejemplo ilustra la forma de cómo anotar las cifras
correspondientes al resultado del escrutinio en números y letras:

RECOMENDACIONES IMPORTANTES:

Asegurarse de rellenar con un guión (-) las casillas que queden en
blanco.



Asegurarse de que las cifras escritas en números correspondan a las
cifras escritas en letras.



Hacer números y letras grandes con suficiente presión en el
bolígrafo sobre el juego de Actas. El Secretario o Secretaria deberá
verificar constantemente que lo anotado sea legible en la última
copia.



Evitar enmendaduras, tachaduras, borrones y manchones.



En el espacio para observaciones y reclamos se anotará cualquier
circunstancia o hecho irregular ocurrido durante el proceso de
votación, en el escrutinio o en el llenado del Acta.

PARTE III – FIRMA DEL ACTA

Se estampará el sello de la JRV en el espacio indicado en el Original y
en cada una de las copias del Acta respectiva, luego cada uno de los
Miembros o Miembras de la junta firmará el Original en el espacio
correspondiente, según el cargo que ocupe.

Las papeletas contabilizadas deberán depositarse sin ser dobladas ni
enrolladas dentro de la bolsa plástica de color celeste provista en el
paquete electoral y rotuladas de acuerdo a la distribución siguiente:

Una bolsa para las abstenciones.
Una bolsa para los votos impugnados.
Una bolsa para los votos nulos.
Una bolsa para cada Partido Político o Coalición contendiente en la
que se depositarán las papeletas con los Votos Válidos a favor de
cada uno de estos.



















Hoja de contenido del Paquete Electoral
Acta de Instalación de JRV y Apertura de Votación
Control de Asistencia de votantes a la JRV
Registro de Ciudadanos que no pudieron votar
Acta de Cierre y Escrutinio para Elección Presidencial 2014
Guías para el llenado de las Actas de Cierre y Escrutinio
Comprobante de Devolución de Caja de Material Electoral y
Documentación Retornable de la JRV a JEM.
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