\"Texto e imagen en las Decretales de Gregorio IX : la génesis de los modelos iconográficos en los manuscritos jurídicos\" in Coexistence and cooperation in the middle ages, Palermo 2014, pp. 1103-1118

July 25, 2017 | Autor: Marta Pavón Ramírez | Categoría: Medieval illuminated manuscripts, Manuscripts of Roman and Canon Law
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Descripción

Tutte le collane editoriali dell’Officina di Studi Medievali sono sottoposte a valutazione da parte di revisori anonimi. Il contenuto di ogni volume è approvato da componenti del Comitato Scientifico ed editoriale dell’Officina o da altri specialisti che vengono scelti e periodicamente resi noti. All the editorial series of the Officina di Studi Medievali are peer-reviewed series. The content of the each volume is assessed by members of Advisory Board of the Officina or by other specialists who are chosen and whose names are periodically made know.

BIBLIOTECA DELL’OFFICINA DI STUDI MEDIEVALI 18

In copertina: Burchard del Monte Sion, Gerusalemme e i luoghi santi. Bibliothèque Nationale, Parigi, Ms fr 90-87

Coexistence and cooperation in the middle ages IV European Congress of Medieval Studies F.I.D.E.M. (Fédération Internationale des Istituts d’Études Médiévales) 23-27 june 2009, Palermo (Italy)

a cura di Alessandro Musco e Giuliana Musotto Indici a cura di Federica Bertini - Giuliana Musotto - Adriele Scalia

2014

La curatela redazionale del volume ed il coordinamento scientifico-editoriale sono di Alessandro Musco. La supervisione dell’editing e la cura degli Indici è di Giuliana Musotto

Coexistence and cooperation in the middle ages : 4. European Congress of Medieval Studies F.I.D.E.M. (Féderation Internationale des Instituts d’Études Médiévales) : Palermo, 23-27 june 2009 / a cura di Alessandro Musco e Giuliana Musotto. - Palermo : Officina di Studi Medievali, 2014. (Biblioteca dell’Officina di Studi Medievali ; 18) I. Musco, Alessandro II. Musotto, Giuliana 1. Filosofia – Medioevo – Atti – Palermo 180 CDD-21 ISBN 978-88-6485-061-0 Cip: Biblioteca dell’Officina di Studi Medievali

I saggi qui pubblicati sono stati sottoposti a “Peer Review” / The essays published here have been “Peer Reviewed”

Collana diretta da: Armando Bisanti, Olivier Boulnois, José Martínez Gásquez, Luca Parisoli, Salva-dor Rus Rufino, Christian Trottmann, Pere Villalba i Varneda. Copyright © 2014 by Officina di Studi Medievali Via del Parlamento, 32 – 90133 Palermo e-mail: [email protected] www.officinastudimedievali.it www.medioevo-shop.net Ogni autore è direttamente responsabile dei diritti relativi alle immagini pubblicate in relazione al suo contributo. Ogni diritto di copyright di questa edizione e di adattamento, totale o parziale, con qualsiasi mezzo è riservato per tutti i Paesi del mondo. È vietata la riproduzione, anche parziale, compresa la fotocopia, anche ad uso interno o didattico, non autorizzata dall’editore. Prima edizione, Palermo, novembre 2014 Grafica editoriale: Alberto Musco Editing redazionale: Giuliana Musotto

Indice

Sessioni Plenarie Pedro Bádenas de la Peña, Lenguas de traducción y lenguas vivas. El judeogriego (romaniota) y el judeoespañol (ladino), el camino hacia su confluencia en el Pentateuco de Constantinopla (1547)............................................3 Olivia Remie Constable, Islamic Practice and Christian Power: Sustaining Muslim Faith under Christian Rule in Medieval Spain, Sicily, and the Crusader States.................................................................................25 Nadja Germann, Description – Quantification – Explanation. Some Reflections on Natural Science in the Earlier Middle Age.......................................37 Cecilia Martini Bonadeo, L’ottica nel dibattito medievale tra filosofi, medici e astronomi. Il contributo di Abū Naṣr al-Fārābī.........................................59 Boghos Levon Zekiyan, Dynamiques et tensions dans la rencontre des religions et des cultures au moyen age. Pour une nouvelle approche des rapports entre religions et cultures avec un regard particulier sur la spécificité arménienne...............................................................................................81

Sessioni ordinarie Giuseppe Allegro, I latini di fronte ai greci nella prima metà del XII secolo. A proposito del filioque...............................................................................135 Susanna Allés Torrent, Le Vite di Omero tradotte da Pellegrino degli Agli........149 Maria Amélia Álvaro de Campos, Aspetti della convivenza fra mondo rurale ed urbano nella città di Coimbra nel medioevo...........................................163 Francesco Paolo Ammirata, «Ego sum Tartarus, et vado investigans viam veritatis». Aspetti teorici della suppositio nel Liber Tartari et Christiani di Raimondo Lullo..................................................................................179

VIII

Index

Paolo Barresi-Daniela Patti, L’abitato medievale presso la Villa romana del Casale..................................................................................................197 Maria Alessandra Bilotta, Coesistenza e cooperazione nel Sud della Francia fra XIII e XIV secolo: il caso di alcuni manoscritti giuridici miniati ad Avignone................................................................................................213 Antoni Biosca i Bas, Algunas características de las traducciones medievales del árabe al latín..................................................................................249 Armando Bisanti, L’Arabs, “poemetto” mediolatino del XIII secolo....................257 Maria Leonor Botelho, Portuguese Romanesque Architecture, the formation of nationhood and artistic convergence.................................................267 Monica Brinzei, Définition de théologie en tant que science selon Jacques d’Eltville....................................................................................................278 Jenny Brun, Le clan d’Ysengrin contre celui de Renart: illustration de la guerre entre les Ibelin, régents de Chypre, et Frédéric II, dans les Mémoires de Philippe de Novare (1230)................................................................291 Valeria A. Buffon, L’assimilation au divin à la Faculté des arts de Paris au milieu du xiiie siècle............................................................................................303 Julie Casteigt, Coexistence et médiation dans le Prologue de l’Evangile selon saint Jean commenté par Albert le Grand.....................................................321 Francesca E. Chimento, Un esempio di collaborazione: la doppia mano del manoscritto di Modena BE, it. 455...................................................................341 Rui Coimbra Gonçalves, São Domingos de Santarém e os primórdios de S. Tomás de Aquino em Portugal: leitura de um legado e história de uma recepção da leitura.........................................................................................357 Fabrizio Conti, Bernardino Busti. Some Themes of Quattrocento Society in a “third generation” Franciscan Observant......................................................369 Benedetta Contin, Alcune considerazioni lessicali sui Prolegomena philosophiae di Davide l’Invincibile, commentatore armeno della scuola neoplatonica alessandrina (VI-VII secolo).................................................385

Index

IX

Vincenzo M. Corseri, Alcune osservazioni sui concetti di harmonia e concordantia nell’ecclesiologia filosofica di Nicola Cusano..................................397 Helena Costa, A Questão dos Universais no Comentário de Luís de Molina à Isagoge de Porfírio no contexto da Segunda Escolástica Peninsular.....407 James Sebastiano Costa, Coexistence by Subterfuge: The Persecution of the Calabro-Valdesi 1559-1561..........................................................................417 Salvatore Costanza, Mercanti siciliani nel Levante nel XIV-XV secolo.................433 Maria Cristina Cunha-Maria João Silva, Cooperazione e coesistenza tra professionisti della scrittura: tabellioni pubblici e notai vescovili (Braga e Porto – sec. XIII-XIV)..............................................................................445 Fabio Cusimano, Coesistenze culturali nell’opera monastica di Benedetto di Aniane................................................................................................453 Salvatore D’Agostino, L’Allocutio christini de hiis que conveniunt homini secundum propriam dignitatem creaturae rationalis ad inclitum dominum tertium Fredericum, Trinacriae regem illustrem d’Arnau de Vilanova...............................................................................................459 Maria Helena da Cruz Coelho, Les rapports de voisinage entre chrétiens et juifs dans le Portugal médiéval...........................................................469 Cristian-Nicolae Daniel, The «Transitional Region» – Building a Typology for Cohabitating Rites.............................................................................478 Anísio Miguel de Sousa Saraiva, Ebrei e Cristiani. Coesistenza e cooperazione tra la comunità giudaica di Viseu e il capitolo della cattedrale nel tardo medioevo.................................................................................485 Isabel Rosa Dias, Trois représentations iconographiques de la reine Isabel de Portugal (1271-1336)..............................................................................511 Laura Fenelli, Da Cipro alla Spagna, dall’arabo al latino: la Tentatio sancti Antonii di Alfonso Buenhombre....................................................................521 Rodolfo Fernández, Pensamiento medieval en Nueva España: de Ramón Lull a Jerónimo de Alcala..........................................................................539

X

Index

Cándida Ferrero Hernández, La traducción latina de Hermann de Carintia del Masā’il ‘Abdillāh ibn-Salām..............................................................557 Silvana Filippi, Coexistencia de tradiciones metafísicas en el pensamiento medieval cristiano: ¿antagonismo o complementación?..................569 Francesco Fiorentino, Coesistenza di fede e scienza tra i secoli XIII e XIV..........581 Paola Galetti, Cultura agronomica e organizzazione dello spazio rurale nel medioevo tra Occidente e Oriente.........................................................601 Joaquín García Nistal, La interferencia de la tradición andalusí en las prácticas constructivas de los reinos cristianos: Las transformaciones de la carpintería hispana durante la Edad Media..................................................615 Anna Gaspari, Cooperazione e coesistenza in un manoscritto italogreco: il culto della Madonna della neve tra Oriente e Occidente....................................627 Judite A. Gonçalves de Freitas, Le pouvoir royal au Portugal au XVe siècle: coexistence et coopération entre les secteurs de l’administration royale.......................................................................................639 Tomás González Rolán, Del árabe al latín pasando por el castellano: el ejemplo del Liber philosophorum moralium antiquorum...................................651 Susan Gottlöber, The Principle of Relationality: Nikolaus of Cusa’s Ontological Model of Cognition as an Epistemological Foundation for Interreligious Dialogue...........................................................................................661 Thomas Gruber, A tribus barattatoribus deceptus. The Formula of the Three Impostors Travelling the Medieval Mediterranean......................................671 Jesús Hernández Lobato, Sidonio Apolinar y Alano de Lille: el revival tardoantiguo de la Escuela de Chartres en el contexto intelectual del siglo XII...685 Yong-Jin Hong, Gouvernement du roi mal assuré: coopération politique de Philippe V le Long avec les pouvoirs religieux (1316-22).................................697 Ana Irimescu, La connaissance intuitive de soi chez Matthieu d’Aquasparta.......717 Elena Koytcheva, Coexistence and Cooperation in the Byzantine Balkans during the early Crusades.........................................................................733

Index

XI

Jakub Kujawiński, «Non se troue que cestui capitule die plus, toutes uoiez la rubrica plus demostre». Alcuni problemi della ricerca sui rapporti fra volgarizzamento e tradizione del testo latino (esempio della collezione storiografica del codice Paris, BnF, fr. 688).................................745 Mariana Leite, Cassandre et Cumane, deux sibylles entre l’Espagne et l’Italie....763 Francisco León Florido, Roberto Holkot y los antecedentes medievales del deus deceptor.....................................................................................................773 Giovanni Licata, Abraham de Balmes. Grammatico ebreo, filosofo, traduttore di Averroè...............................................................................................785 Luca Lombardo, Dante poeta d’armi: Maometto e l’orrore ineffabile della guerra.............................................................................................................803 Mary Beth Long, «Agaynes alle righte of kynde and nature»: Beguine Bodies as Community Scapegoats..........................................................................825 Rubén Luzón Díaz, El funcionamiento del entendimiento y la voluntad en el Llibre d’amic e amat, de Ramon Llull............................................................839 Pedro Mantas España, Cooperación intelectual y transmisión del saber: Adelardo de Bath como caso paradigmático...............................................853 Ivan Mariano, Le pouvoir du langage: L’exemple des négociations entre la chrétienté grecque et le concile de Bâle (1431-1437)...............................861 José Martínez Gázquez, Las traducciones latinas del Corán, una percepción limitada del Islam.................................................................................875 Francesca Paola Massara, Sincretismo e immagine alle porte del Medioevo. Le gemme gnostico-magiche del Museo Archeologico di Palermo......891 Edmund J. Mazza, The Medieval Origins of Tolerance and Reconciliation: Sacramental Theology and Christian Approaches to Jews, Muslims, and Pagans....................................................................................907 Ana María C. Minecan, Problemas historiográficos en torno a la cuestión del averroísmo latino................................................................................915 Flávio Miranda, The Rule of Trade: Law and Commerce in Medieval Europe.....927

XII

Index

Viviana Mulè, Interazione e cooperazione economica tra mercanti e prestatori ebrei e cristiani nella Sicilia del XV secolo............................................941 Giuseppe Muscolino, L’astensione dal sacrificio cruento in Porfirio e la sua trasmissione nel cristianesimo.....................................................................953 Giuliana Musotto, La pluralità delle forme sostanziali: la Quaestio Okham contra determinationem Suttonis circa quaestionem de unitate formae.....969 Susanna Niiranen, Healing words. Cultural and linguistic co-existence through word magic in Occitan medical recipes of the thirteenth century.............979 Lauri Ockenström, Ficino’s human Demiurge and its sources: the case of Hermetica............................................................................................................993 Antonio Ortega-Villoslada, Mallorca y el sultanato meriní: coexistencia y cooperación mercantil en la primera mitad del siglo XIV............1003 Marcello Pacifico, Relazioni politiche tra Cristiani e Musulmani al tempo della crociata di Federico II......................................................................1019 Félix Palomero Aragón, El mundo y las formas silenses: un mestizaje cultural..................................................................................................................1031 Anne-Solange Panzavecchia, L’idea di (del) sapere in Michele Scoto................1055 Ivana Panzeca, La stesura del Dāniš-nāma di Avicenna alla corte di Iṣfahān e la tradizione filosofica persiana............................................................1067 Domenica Parisi, Pietro Abelardo fra traditio e novitas. Il metodo teologico-filosofico e il commento a Genesi I, 26-27............................................1075 Luca Parisoli, Ebrei-cristiani nella Summa fratris Alexandri: un approccio lacaniano all’emblema del nomoteta...................................................1087 Marta Pavón Ramírez, Texto e imagen en las Decretales de Gregorio IX: la génesis de los modelos iconográficos en los manuscritos jurídicos...........1103 Rubén Peretó Rivas, La liturgia medieval como espacio de cooperación en la formación del pensamiento político.............................................................1119 Ines Peta, In dialogo con i Vangeli: l’esegesi biblica nel Radd al-ǧamīl li-ilāhiyyat ‘Īsa......................................................................................................1133

Index

XIII

Luciana Petracca, La zecca e il principe: l’officina monetaria di Lecce al tempo di Giovanni Antonio Orsini del Balzo....................................................1143 Emilio Platti, Discussions interconfessionnelles à Bagdad au Xème siècle...........1161 Óscar Prieto Domínguez, La cohesión religiosa de la Commonwealth bizantina en el siglo IX.........................................................................................1169 Tomás Puñal Fernández, Los notarios, testigos públicos de la coexistencia social en el Madrid del siglo XV (cristianos, judíos y musulmanes).........................................................................................................1185 Lídia Queiroz, The treaty «On the Continuum» of Thomas Bradwardine and the concept of «superposition»......................................................................1209 Rafael Ramón Guerrero, El neoplatonismo de Ibn al-Sîd de Badajoz................1221 Ieva Reklaityte, Contact and conflict in Medieval Spain: corporal purity through the eyes of Muslims, Christians and Jews.....................................1233 Francisco Reyes Téllez, El Camino de Santiago como espacio de cooperación y coexistencia sociocultural.............................................................1245 Vittorio G. Rizzone-Annamaria Sammito, Ebrei e non Ebrei in Sicilia e a Malta nella tarda antichità: il punto di vista delle necropoli............................1259 Brigitte Roux, Le surnaturel attesté: les cas d’Hildegarde de Bingen et de sainte Hedwige de Silésie.................................................................................1279 Guglielmo Russino, Tre anelli, tre impostori: pluralismo e indifferentismo religioso nell’età della scolastica................................................1293 Seyed G. Safavi, Perfect Man in Rumi’s Perspective...........................................1303 Irene Salamone, Fonti medievali della figura del cavaliere.................................1315 José Ignacio Sánchez Rivera-Juan Luis Sáiz Virumbrales-Salvatore Barba-Paola La Rocca-Fausta Fiorillo-Daouia Mezghache, La torre de Lomoviejo: uno de los mejores ejemplares de románico de ladrillo en España..............................................................................................................1331

XIV

Index

Pilar Saquero Suárez-Somonte, Los Bursarii super Ovidios y su presencia en las traducciones cuatrocentistas españolas de las Heroidas de Ovidio...............................................................................................................1349 Paola Scarpini, Les influences «normandes» dans l’Ipomédon de Hue de Rotelande..........................................................................................................1363 Saverio Scerra, Approdi, incontri, conflitti e scambi sulle coste iblee. Storia e archeologia tra medioevo e post-medioevo.............................................1379 Juliette Sibon, La coopération entre corailleurs juifs et chrétiens à Marseille au XIVe siècle à travers les documents de la pratique latins et hébreux..................................................................................................................1407 Daniela Silveira, God’s Attributes in Boethius’ De Consolatione Philosophiae and Opuscula Sacra.........................................................................1421 Stephen Hyun Sok Chung, Le Commentaire du Liber de causis: la voie thomasienne vers une scientia des substances séparées.......................................1429 Pavel Sokolov, Jus metaphorae: la reception de l’exégèse halachique de  Moïse Maïmonide dans un traité latin anonyme Livre de la parabole (1224)...................................................................................1441 Claire Soussen, Rencontre ou rejet, exégèse et polémique judéochrétienne dans l’espace aragonais au XIIIe siècle..............................................1455 Patrizia Spallino, Il medico Burzoe e la confluenza del sapere nel prologo del Libro di Kalīla e Dimna.....................................................................1465 Andréa Teixeira dos Reis, Un conflit d’interprétation: désaccords sur la loi et le droit vis-à-vis de la justice chez Thomas d’Aquin...............................1477 Francesco Paolo Tocco, Gli Acciaiuoli e la Grecia. Spunti di riflessione su un complesso esempio di coesistenza nel Mediterraneo Orientale tardomedievale......................................................................................................1487 Teresa Torregrossa, I cantieri normanni nella Sicilia del medioevo..................1497 Iole Turco, «De anima quae ad Dei imaginem facta est». Aelred of Rievaulx and the philosophical dialogue De anima in twelfth-century England....................................................................................1507

Index

XV

Lorenza Vantaggiato, De Gand à Saint Nicolas de Bari: une contribution sur le pèlerinage judiciaire..............................................................1517 Giusy Ventura-Giovanni Di Stefano, Ebrei, Latini e Greci a Ragusa. Note di topografia storica urbana........................................................................1535 Gonzalo Viñuales Ferreiro, Espacios de coexistencia entre moros y judíos en Castilla en la Edad Media: las fiestas...................................................1543 Oleg Voskoboynikov, Dignité et misère de l’homme selon Michel Scot, avec un excursus sur la vie intellectuelle de la cour de Frédéric II.....................1553

Indice dei nomi......................................................................................................1571

Marta Pavón Ramírez

Texto e imagen en las Decretales de Gregorio IX: la génesis de los modelos iconográficos en los manuscritos jurídicos Las Decretales de Gregorio IX (o Liber Extra) constituyen, junto al Decreto de Graciano, el núcleo esencial del Corpus Iuris Canonici medieval1. El papa Gregorio IX, decide, poco después de su elección, preparar una nueva colección de decretales que recoja toda la producción anterior y, encarga dicha tarea al dominico San Raimundo de Peñafort2. Las Decretales, publicadas en 1234 con la bula Rex Pacificus, están dirigidas, en forma de littera papal, a todos los doctores y estudiantes de la universidad de París y a otros destinatarios en general3. La vinculación de

Este artículo desarrolla la comunicación presentada en el IVº Congrès européen d’études médiévales, Coexistence et coopération au Moyen Âge, Palermo, 23-27 junio 2009. Agradezco a Ana Gómez Rabal sus observaciones, a Martin Bertram su paciencia a la hora de resolver mis dudas y tanto a él, como a Susan L’Engle y Robert Gibbs, su inspiración para realizar este trabajo. El periodo de tres años transcurridos entre la entrega del artículo y su publicación (2009-2012) implica que muchas reflexiones hayan sido superadas y la bibliografía en algunos casos haya quedado obsoleta. Para cualquier reflexión sobre estos temas es fundamental tener presente el Workshop celebrado en Roma en 2010: Decretales Pictae. Le miniature nei manoscritti delle Decretali di Gregorio IX (Liber Extra). Atti di un colloquio internazionale tenuto all’Istituto Storico Germanico, Roma 3-4 marzo 2010, a cura di Martin Bertram e Silvia Di Paolo, Indici compilati da Marta Pavón Ramirez, Università degli Studi di Roma Tre, ArcA diA, Roma 2012. Pubblicazione elettronica in formato pdf, sul sito http://hdl.handle. net/2307/711 (último acceso: 07.05.2012). 1 Edición clásica: E. Friedberg, Corpus Iuris Canonici II: Decretalium Collectiones, Akademische druck- u. Verlagsanstalt, Leipzig 1879 [reimp. Graz 1959]. Para información sobre la historia y contenido de las Decretales, véase el excelente trabajo de próxima publicación M. Bertram, «Las Decretales de Gregorio IX», en Diccionario General de Derecho Canónico, Pamplona (en prensa). 2 Sobre San Raimundo de Peñafort, entre otros véase:, R. Baucells Serra, «La personalidad y la obra jurídica de S. Raimundo de Peñafort», Revista Española de Derecho Canónico, 1 (1946) 7-47; S. Kuttner, «Raymund of Peñafort as editor: the “decretales” and “constitutiones” of Gregory IX», Bulletin of Medieval Canon Law, 12 (Berkeley 1982) 65-80. Más bibliografía en M. Bertram, «Las Decretales», op. cit., (véase n. 1). 3 No ha aparecido otro documento similar para Bolonia, pero toda la canonística tradicional y la investigación actual suponen que existió. Bolonia aparece citada con la misma frecuencia que París,

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la nueva colección al mundo universitario queda así establecida desde las primeras líneas del prólogo. Asimismo, el documento determina que todos los tribunales y escuelas deberán utilizar exclusivamente la nueva colección. La aparición de las Decretales se produce en un momento crucial para su posterior difusión y transmisión. Son los años del nacimiento y desarrollo de las primeras universidades que, acuciadas por la demanda de estudiantes y profesores, propician la creación de una red de stazionarii (estacionarios) y personal dedicados exclusivamente a la producción del libro universitario4. Desde el punto de vista de los estudios de derecho, la universidad de Bolonia es sin duda el caso más emblemático; existen noticias de un Studium ya a finales del siglo XI y, a mediados del siglo XII, su facultad de leyes atraerá a estudiantes de toda Europa5. Los contratos de copia y compraventa de manuscritos, registrados en la oficina de los Memoriale de la ciudad de Bolonia (donde se recogen únicamente aquellos contratos por un importe superior a las 20 liras boloñesas) reflejan un mercado floreciente y, en el caso concreto de las Decretales, una fuerte demanda de ejemplares de este texto a pocos años de su publicación6. En este sentido, y de acuerdo con las últimas estimaciones

y en ocasiones también se cita Padua, véase M. Bertram, «Dekorierte Handschriften der Dekretalen Gregors IX. (Liber Extra) aus der Sicht der Text-und Handschriftenforschung», Marburger Jahrbuch für Kunstwissenschaft, 35 (2008) 31-65, p. 34. 4 El sistema desarrollado por las universidades de Italia, Francia, Inglaterra y España para controlar y agilizar la producción libraria en los siglos XIII y XIV se basa en la utilización del sistema de la “pecia”. Cito la bibliografía esencial: J. Destrez, La pecia dans les manuscrits universitaires du XIIIe et du XIVe siècle, Paris 1935; L. J. Bataillon-B. G. Guyout-R. H. Rouse (eds.), La production du livre universitaire au moyen âge, Exemplar et pecia. Actes du symposium tenu au Collegio San Bonaventura de Grottaferrata en mai 1983, Paris 1998; L. J. Bataillon-B. G. Guyout-R. H. Rouse (eds.), Paris 1998. Para París, véase: R. H. Rouse-M. A. Rouse, Manuscripts and their Makers: Commercial Book Producers in the Medieval Paris 1200-1500, Turnhout 2000. Para Bolonia, F. Soetermeer, Utrumque ius in pecis. Aspetti della produzione libraria a Bologna fra Due e Trecento, Milano 1997; Id. «A propos d’une famille de copistes. Quelques remarques sur la librairie a Bologne aux XIIIe et XIVe siècles», Studi Medievali, ser. III (1989) 425-478; G. Murano, Opere diffuse per «exemplar» e pecia, Brepols, Turnhout, 2005. Para España, sobre la producción del libro: A. Castillo Gómez, «En el viñedo del texto. Libro y lectura en la universidad medieval», Cuadernos del Instituto Antonio de Nebrija de Estudios sobre la Universidad, 5 (2002) 223-252; para la pecia, véase: E. Ruiz García, Introducción a la codicología, Madrid 2002 [1ª ed. 1988], p. 258. 5 Sobre las facultades de leyes en general, véase: A. García y García, «Las facultades de leyes», en H. de Ridder-Symoens (ed.), Historia de la Universidad en Europa I. Las universidades en la Edad Media, Bilbao 1994. Sobre las universidades también véase: H. Rashdall, The universities of Europe in the Middle Ages. I., London 1969. Sobre el Studio de Bolonia la bibliografía es muy extensa, una breve noticia con bibliografía reciente, véase: R. Bossi, «Lo Studium a Bologna», en M. Medica (ed.), Duecento: forme e colori del Medioevo a Bologna, Bolonia, 15 abril-16 julio 2000, Bologna 2000. 6 El registro de los Memoriale de Bolonia, oficina que desde su fundación en 1265 hasta 1436 registraba todos los contratos suscritos en Bolonia y sus alrededores, refleja una rica actividad comercial en este ámbito. Hoy por hoy, ha sido publicada únicamente la documentación relativa al Studium de

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de Martin Bertram, actualmente se conservan unos 700 manuscritos del Liber Extra, reflejo de una producción significativamente alta si la comparamos con los datos proporcionados por otras fuentes en relación al Decreto de Graciano (ca. 510 mss.) o al Codex (ca. 260-270); en cuanto a los ejemplares iluminados del Liber Extra, de los 700 conservados, sólo unos 200 (30%) presenta algún tipo de decoración7. Los artistas, como parte integrante del proceso de producción del libro, serán llamados a elaborar un nuevo ciclo de imágenes para el texto recién publicado. Todo ello, respetando las reglas impuestas por la universidad y, sobre todo, los gustos personales de los comitentes, que a menudo eran personas expertas en utroque iure. Antes de analizar en detalle este nuevo ciclo pictórico es importante apuntar algunos de los supuestos en los que se basa el desarrollo posterior de la iconografía de las Decretales de Gregorio IX.

Modelos iconográficos en los manuscritos jurídicos Cualquier estudio sobre la iconografía de los manuscritos jurídicos anteriores al siglo XII resulta una operación difícil y de resultado incierto, en gran parte debido a la escasez de ejemplares conservados8. En la mayoría de los textos la decoración es casi exclusivamente ornamental y se reduce a rúbricas, calderones e iniciales simples en tinta roja o azul (o negra, como en el ejemplar de la Collectio Canonum Hispana conservado en la Biblioteca Capitular de La Seu d’Urgell, MS 2005) o bien a motivos caligráficos o “jeux de plume” como decoración marginal9. los años 1265-1270, y 1286. Véase Chartularium Studii Bononiensis. Documenti per la storia dell’Università di Bologna dalle origini fino al sec. XV, Bologna 1909-1939. En los contratos recogidos por Giovanna Murano en su estudio sobre los copistas en Bolonia entre 1265-1270, las referencias a las Decretales de Gregorio IX son constantes, véase: G. Murano, Copisti a Bolonia (1265-1270), Turnhout 2006, pp. 97-173. Con relación al importe mínimo de los contratos registrados, véase: Ibid., p. 45, n. 210. Para los contratos de 1300-1330 véase: G. Orlandelli, Il libro a Bologna dal 1300 al 1330: documenti, Bologna 1959. Sobre iluminadores y artistas es fundamental la obra de F. Filippini-G. Zucchini, Miniatori e pittori a Bologna: documenti dei secoli XIII-XIV, Firenze 1947. 7 Martin Bertram ha publicado la lista de los ejemplares de las Decretales conservados, véase: M. Bertram, Signaturenliste der Handschriften der Dekretalen Gregors IX, (Liber Extra), Roma 2005, URL:http://www.dhi-roma.it/bertram_extrahss.html. En cuanto al número de ejemplares conservados de las Decretales y de otros textos jurídicos, véase: M. Bertram, «Dekorierte», op. cit., (véase n. 3) p. 1, n. 3, 4, 5, 6. 8 R. Jacob, Images de la justice, Paris 1994, pp. 17-18. Sobre iconografía legal véase la bibliografía bastante exhaustiva que proporciona Susan L’Engle en «Trends in Bolognese Legal Illustration: The Early Trecento», en V. Colli (ed.), Juristische Buchproduktion im Mittelalter, Studien zur Europäischen Rechtsgeschichte, Frankfurt am Main 2002, pp. 200-221, n.1. 9 En la Biblioteca de La Seu d’Urgell se conservan algunos manuscritos con este tipo de decoración, indicamos junto a cada manuscrito las páginas e ilustraciones de referencia en el catálogo de la

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Desde el punto de vista de la figuración, los primeros intentos por fijar de forma visual los conceptos de la justicia y de la legitimidad de la ley aparecen ya en ejemplares de época altomedieval. Hubert Mordek, en su contribución a la XLII Semana de Spoleto dedicada al tema de la justicia altomedieval, recoge una serie de imágenes significativas de estos primeros siglos10. Entre éstas encontramos representaciones de la autoridad imperial, cómo en un ejemplar de la Capitularum Collection de San Ansegiso, siglos X-XI, actualmente en Paris, Bibliothèque Nationale, Lat. 9654, f. Av y también imágenes de fuerte carga religiosa como una Maiestas Domini en un códice de la Lex Romana Visigothorum, Biblioteca Apostólica Vaticana, Reg. Lat. 1050, f. 61r. Además de otras imágenes que tendrán un fuerte desarrollo posterior como la Traditio legis que aparece ya en el s. IV o juicios, como el de Salomón o el de Susana y los viejos, que serán asociados a los conceptos de moral y la práctica judicial11. Hacia mediados del siglo XII, la aparición de nuevos textos legales propicia la búsqueda de otras tipologías iconográficas. El “redescubrimiento” del derecho Biblioteca Capitular de La Seu de Urgell: Collectio Canonum Hispana, siglos XI-XII, MS 2005, pp. 3-6, fig. 14, Collectio Canonum Dionysio-Hadriana, siglo IXex, MS 2006, pp. 6-8, fig. 15. Una delicada ornamentación caligráfica, en tinta roja y azul, decora el ms. Authenticae, siglo XII-XIII, MS 2034.2, pp. 63-66, fig, 21; véase: Catálogo de los manuscritos jurídicos de la Biblioteca Capitular de La Seu d’Urgell, bajo la dirección de A. García y García, revisado, completado y aumentado por M. Bertram y P. Maffei, La Seu d’Urgell 2009. Otro ejemplo de este tipo de ornamentación caligráfica aparece en un Decreto conservado en Cambridge, Sidney Sussex MS 101, f. 3, véase: Illuminating the law. Legal manuscripts in Cambridge Collections, London-Toronto 2001, pp. 71-72, fig. 31. 10 H. Mordek, «Frühmittelalterliche Gesetzgeber und Iustitia in Miniaturen weltlicher rechtshandschriften», en La giustizia nell’Alto Medioevo (secoli V-VIII), XLII Settimane di Studio del Centro Italiano di Studi sull’Alto Medioevo, 7-13 abril 1994, t. II, pp. 997-1052, p. 998, n. 5, tav. I, XXII. 11 El tema de la Traditio legis, cuyos primeros ejemplos son del s. IV, tendrá una amplia difusión en la decoración de las Decretales. Sobre la Traditio legis citamos sólo algunas obras de referencia, véase: F. Testini, «Osservazione sull’iconografia di Cristo in trono fra gli apostoli», Rivista dell’Istituto Nazionale di Archeologia e Storia dell’Arte, 11-12 (1963) 230 ss; F. Bisconti (ed.), Temi di iconografia paleocristiana, Città del Vaticano 2000, p. 288; M. Ross, Medieval Art. A Topical Dictionary, London 1996, pp. 247-248; É. Mâle, Les Saints compagnons du Christ, Paris 1958, pp. 87 ss. Uno de los primeros ejemplares de las Decretales miniados con una imagen de la Traditio legis, es la inicial figurada F de “Firmiter”, del ms. conservado en Florencia, Laurenziana S. Croce V sin. 2, datado en 1258, e identificado por Martin Bertram como una “Traditio legis”, véase M. Bertram, «Dekorierte», op. cit., (véase n. 3) p. 61, con ficha del manuscrito. Para Conti sería una representación de los tres apóstoles, véase: A. Conti, La miniatura bolognese, scuole e botteghe 1270-1340, Bologna 1981. En el grupo de Decretales conservados en la Biblioteca Apostólica Vaticana hay varios ejemplares que siguen el modelo creado por Jacopino da Reggio para el BAV, Pal. lat. 629, f. 2r., cfr. BAV, Pal. lat. 632, f. 1v; BAV, Vat. lat. 1387, f. 1r. En el ms. BAV, Vat. lat. 1386, f. 2r., la imagen es siempre una Traditio legis pero la tipología es distinta pues Cristo está de pie y no aparece acompañado por ángeles. El Juicio de Salomón ilustra el libro II de un ejemplar de las Decretales conservado en Admont (ms. 27, f. 76v). Es una tipología iconográfica poco habitual para el libro II pero cuya relación con el contenido de este libro, “De iudiciis”, es evidente. Estudio de la escena y reproducción en M. Bertram, «Dekorierte », op. cit., (véase n. 3), pp. 48-49, fig. 3b.

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romano, favorecido por el descubrimiento en Pisa (ca. 1070) de un ejemplar del Digesto del siglo VI, e impulsado por Irnerio y una nueva escuela de juristas boloñeses, partirá de las Compilaciones de Justiniano I (siglo VI) para elaborar todo un corpus de textos de derecho civil que conformarán el Codex Iuris Civilis. También en esos años (ca. 1140), Graciano, un monje camaldulense profesor en Bolonia, redacta una compilación de textos canónicos con comentarios Concordantia discordantium canonum (más conocida como Decreto de Graciano), que jugará un papel fundamental en la historia del derecho canónico12. La iluminación de los primeros ejemplares del Decreto de Graciano o de textos del derecho romano como el Digesto o el Código de Justiniano presenta ya algunas novedades con respecto a los códices altomedievales. La más importante es, sin duda, la nueva organización de la página o mise-en-page. De la lectura “en alta voz” de los monasterios se ha pasado a la lectura personal de los complejos textos universitarios, con multitud de comentarios y notas al margen, cuya lectura es necesario agilizar. Con este objetivo, la mise-en-page de la página se organiza en torno a un texto principal (en una o dos columnas), a cuyo alrededor se dispone la glosa o comentarios, mientras que los elementos decorativos se disponen obedeciendo a una jerarquización visual que presupone letras capitales decoradas al inicio de los libros e iniciales simples en tinta roja o azul para los capítulos13. Mientras que en los códices de derecho civil predomina la representación de la autoridad en la persona del emperador Justiniano o, conocidos juristas como Ulpiano, cuya imagen decora un Digestum Novum conservado en la Biblioteca Capitular de la Seu d’Urgell, ms. 2058, las ilustraciones del Decreto de Graciano de este periodo intentan ahondar en las relaciones de poder entre la autoridad eclesiástica (en la Codex Florentinus o Pandette fiorentine. S. Kuttner, «The Revival of Jurisprudence», en R. Benson-G. Constable (eds.), Renaissance and Renewal in the Twelfth Century, Cambridge/MA 1982, pp. 299-323; reeditado en: Id., Studies in the History of Medieval Canon Law, Aldershot 1990, n. 3, p. 301, n. 7, con “Retractationes III”, Ibid. 5-7. W. P. Müller, «The recovery of Justinian’s Digest in the middle ages», Bulletin of Medieval Canon Law 20 (1990) 3-30. A. Corbino-B. Santalucia (eds.), Justiniano Augusti pandectarum: codex florentinus, Firenze 1988 (ed. Facsímil); P. Clarke, «The Growth of Canon and Civil Law Studies», en Illuminating, (véase n. 9) op. cit., pp. 22-38 Sobre el Decreto de Graciano la bibliografía es amplísima, citamos sólo algunas obras generales de referencia: J. Brundage, Medieval Canon Law, New York 1997; A. García y García, Historia del derecho canónico I, Salamanca 1967; G. Mollat, Introduction à l’étude du droit canonique et du droit civil, Paris 1930. 13 Un estudio pormenorizado de la composición de la página en H. Toubert, «Formes et fonctions de l’enluminure», en H. J. Martin-R. Chartier (eds.), Histoire de l’édition française. Tome I. Le livre conquérant: Du moyen âge au milieu du XVIIe siècle, Paris 1982, pp. 87-129, véase pp. 97-99. Para la mise-en-page específica de los manuscritos jurídicos, véase S. L’Engle, «Layout and decoration», en Illuminating, op. cit., (véase n. 9) pp. 54-74; R. H. Rouse-M. A. Rouse, «Statim invenire. Schools, Preachers, and New Attitudes to the Page», en R. L. Benson (ed.), Renaissance and Renewal in the Twelfth Century, Cambridge M. A., 1982, pp. 201-225; 206-207. 12

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persona del papa) y civil (el emperador o un monarca) generalmente representados al mismo nivel o, como sucede en un grupo de decretos iluminados en el último cuarto del siglo XII en Francia, situando al papa en el plano superior de la imagen y al emperador en el inferior14. Bien es cierto, que tanto en los textos de derecho canónico como civil, las primeras escenas con un desarrollo narrativo más elaborado no aparecerán hasta bien entrado el siglo XIII, es decir, contemporáneamente a la aparición de las Decretales de Gregorio IX.

Génesis y desarrollo de los modelos iconográficos (1250-1350) Uno de los temas más debatidos por la historiografía actual es el estudio de los procesos de creación artística en la Edad Media. El debate comprende diversos aspectos: la relación artista-cliente, la organización del trabajo en los talleres, la transmisión de los modelos de la antigüedad, etc. En realidad, es un tema que no afecta exclusivamente a los miniaturistas o a los procesos de producción de textos sino a la figura del “artista” en general. El coloquio internacional “Artistes, artisans et production artistique au Moyen Âge” organizado por Xavier Barral, en 1983, profundiza en estos aspectos en un amplio espectro que va desde la pintura o la arquitectura hasta la producción de manuscritos15. Para el caso boloñés, los documentos publicados por Filippini-Zucchini, Orlandelli o Malaguzzi-Valeri, en relación con los contratos de miniaturistas y pintores de los siglos XIII-XIV, no recogen ningún contrato donde se especifique una tipolo-

Sobre la iluminación del Decreto de Graciano véase: A. Melnikas, The Corpus of the Miniatures in the Manuscripts of Decretum Gratiani, Studia Gratiana, Roma 1975 y la revisión posterior de C. Nordenfalk, «Review of Melnikas’s Corpus of the Miniatures in the Manuscripts of the Decretum Gratiani», en Zeitschrift für Kunstgeschichte 43 (1980) 318-37. M. A. Bilotta ha reconstruido la composición original de un Decreto tolosano con bibliografía reciente en M. A. Bilotta, «Un manuscrit de droit canonique toulousain reconstitué: le Décret de Gratien», Art de l’enluminure 24 (2008) 2-66; Para la iluminación de textos de derecho civil destacamos la tesis doctoral de Susan L’Engle, véase: S. L’Engle, The Illumination of Legal Manuscripts in Bologna 1250-1350. Production and Iconography, (Ph.D. Dissertation, Institute of Fine Arts), New York University 2000. En cuanto a las imágenes, un buen repertorio aparece en F. Ebel-A. Fijal-G. Kocher, Römischen Rechtsleben im Mittelalter. Miniaturen aus den Handschriften des Corpus iuris civilis, Heidelberg 1998. 15 Artistes, artisans et production artistique au Moyen Âge, Colloque international, Centre national de la Recherche scientifique, Université de Rennes II-Haute Bretagne, 2-6 mai 1983, organisé et éd. par X. Barral i Altet, Paris 1990. Especialmente vol. III. 5. Le manuscrit: fabrication et illustration. J. Yarza, en un artículo sobre la iconografía medieval hispana hace una reflexión sobre la relación cliente-artista, J. Yarza Luaces, «Reflexiones sobre la iconografía medieval hispana», Cuadernos de arte e iconografía, II. 3 (1989) 27-46. 14

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gía determinada de representación para la iluminación de los textos legales, sino más bien indicaciones relativas al tiempo y coste del encargo, al contrario que para otros campos artísticos donde si existe una documentación específica, bien sean pinturas murales o representaciones escultóricas16. No sabemos hasta que punto el comitente intervenía en la elección del programa iconográfico o esta era una decisión exclusiva del copista y/o miniaturista o jefe del taller, lo que queda claro, como comenta Susan L’Engle, es que los artistas carecían de repertorio de imágenes de referencia para las ilustraciones legales17. Aún así, esto no significa que los iluminadores careciesen de instrumentos válidos para llevar a cabo su tarea. Los artistas contaban con libros de modelos, como el mencionado en un contrato recogido en los Memoriale ya señalado por Malaguzzi-Valeri y Murano18; o podían utilizar motivos iconográficos procedentes de la tradición clásica o cristiana19. En último caso, era posible crear nuevas tipologías iconográficas partiendo del propio contenido del texto o traduciendo en imágenes el programa iconográfico

En el contrato firmado por Nicolò di Bucintoro da Reggio, pintor, el 10 de diciembre de 1280, con los frailes de la orden de predicadores, se especifica que el pintor se compromete a «dipingere istorias et miraculla beati Dominici», Bologna, Archivio di Stato, Memoriali, 42, not. Gerardino di Bonagiunta, f, CXIII-112/a, cfr. F. Filippini-G. Zucchini, Miniatori e pittori, (véase n. 6) op. cit., pp. 174-175; en otro contrato, del 18 de junio de 1347, en este caso para una tumba en San Domingo en Bolonia, del importe de 110 liras a pagar en un año, también se especifican todos los detalles de la obra, cfr. Ibid., pp. 31-32, A. N. Rogito del not. Giacomo di Cursio Vincenzi, vol. unico. 1347-1348. Los contratos de iluminación de los textos legales suelen ser más escuetos, cfr. Zanibone di Aspettando que promete, el 17 de noviembre de 1288, a Gualfredo Buticulario, iluminar un Decreto por 20 liras y unas Decretales por 22 liras, A. d. S, Memoriali, 73, not. Bombologno di Enrichetto, c. XLXXXX-352/b, Ibid., p. 238. F. Malaguzzi Valeri, «La miniatura in Bologna dal XIII al XVIII secolo», Archivio Storico Italiano 204 (1896) 242-315; G. Orlandelli, Il libro a Bologna dal 1300 al 1330: documenti, Bologna 1959. 17 S. L’Engle, «Law Iconography», en Illuminating (véase n. 9), op. cit., p. 75. 18 F. Malaguzzi Valeri, «La miniatura», op. cit., (véase n. 16) p. 254; G. Murano, Copisti, (véase n. 6) op. cit., p. 65, n. 319; Filippini-Zucchini, Miniatori, (véase n. 6), op. cit., p. 67. Entre los objetos encontrados en la habitación de Pacino di Bandino, en 1286, hay un cuaderno de ejemplos de miniaturas que fue entregado a Federico da Reggio, ASB, Libri giudiziari. Inquisitio contra Ansaldinum Bencivenis, f.. 8v-9r. Una sección de la reciente exposición celebrada en el Metropolitan Museum of Art, New York, estaba dedicada precisamente a los libros de modelos, Pen and Parchment: Drawing in the Middle Ages, por M. Holcomb, New Haven-London 2009, cat. 34, 38, 41; véase: J. J. G. Alexander, «Drawing in the Middle Ages», The Burlington Magazine, 151 (2009) 641-643; F. D’Arcais, «L’organizzazione del lavoro negli scriptoria laici del primo trecento a Bologna», en La miniatura italiana in età romanica e gotica: atti del I Congresso di Storia Della Miniatura Italiana, Cortona 26-28 mayo 1978, G. Vailati Schoenburg Waldenburg (ed.), Firenze 1979, pp. 357-369. 19 Los modelos de la cultura helenística-bizantina del periodo paleólogo tendrán una gran influencia en el desarrollo del “secondo stile” de la miniatura boloñesa. Véase: M. Medica, «Modelli bizantini nella miniatura bolognese del “secondo stile”: iconografia e cronologia», en Tra le due sponde dell’Adriatico: la pittura nella Serbia del XIII secolo e l’Italia. Algunos motivos, como la Deesis, serán utilizados en la iluminación de las Decretales, ej. BAV, Vat. lat. 1390, f. 2v. 16

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transmitido oralmente por el comitente. La complejidad de algunas tipologías iconográficas de los textos jurídicos sólo se explican con la colaboración de algún experto, ya fuera el cliente o algún miembro del taller –quizás un copista/notario- con los suficientes conocimientos de la ciencia jurídica como para elaborar representaciones relativamente complejas20. Las Decretales de Gregorio IX, un texto nuevo y con una amplia demanda se convierte en el banco de prueba ideal para analizar el desarrollo de todo este proceso.

La iconografía de las Decretales de Gregorio IX El estudio de la iconografía de las Decretales de Gregorio IX ha experimentado un notable impulso en los últimos diez años y está dando ya sus primeros frutos. Entre éstos podemos destacar las publicaciones de Susan L’Engle, algunas dedicadas especialmente a este tema, en concreto, el capítulo “Legal Iconography”, en el catálogo de la exposición “Illuminating the law” celebrada en Cambridge, junto a Robert Gibbs, o el artículo (aún en fase de publicación) “Picturing Gregory: Decretals Illumination in Medieval Bologna” dedicado a las características de la iluminación del Prólogo y el libro I del Liber Extra. Robert Gibbs también ha trabajado intensamente todos los aspectos relacionados con la miniatura boloñesa desde el punto de vista estilístico e iconográfico, entre sus numerosas publicaciones destaca su contribución al coloquio internacional Juristische Buchproduktion im Mittelalter, en 2002. Este tema también ocupa un apartado importante en mi tesis doctoral, defendida en la Universidad de Barcelona en 2007. Quiero señalar además el trabajo sistemático realizado por Kathleen A. Nieuwenhuisen sobre el libro IV de las decretales y, finalmente, la reciente contribución de Martin Bertram dedicada a la iluminación del Liber Extra donde además de actualizar el estado de la cuestión, propone una serie de nuevos interrogantes aún sin resolver21. A. Conti, «Problemi di miniatura bolognese», Bollettino d’arte, 2 (1979) 1-28, p. 17. En este sentido, es importante señalar cuanto menciona Giovanna Murano con relación a los copistas-notarios; para ser notario era necesario haber pasado un examen, para lo que se exigía un cierto conocimiento de las materias legales, ello explicaría la capacidad de algunos copistas – en su función de jefes de taller – para comprender el contenido legal de algunas obras, véase: G. Murano, Copisti, (véase n. 6) op. cit., pp. 19-21, n. 33; Sobre el funcionamiento en los talleres, véase: F. D’Arcais, «L’organizzazione», op. cit., (véase n. 18), pp. 357-369. 21 Véase nota p. 1. Illuminating, op. cit.; S. L’Engle, «Picturing Gregory: Decretals Illumination in Medieval Bologna», comunicación presentada en el 10. Congreso Internacional de Derecho Canónico celebrado en Catania (2000), sin publicar, que la autora ha puesto gentilmente a mi disposición; Ead., «Trends in Bolognese Legal Illustration: The Early Trecento», en Juristische, (véase n. 8) op. cit., pp. 219-244; R. Gibbs, «The Development of the Illustration of Legal Manuscripts by Bolognese Illuminators between 1241 and 1298», Ibid., pp. 173-218; M. Pavón Ramírez, Manuscritos de derecho 20

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Desde el punto de vista de la organización del texto, las Decretales de Gregorio IX siguen la división tradicional en cinco libros a los que se añade un generalmente un prólogo con el texto de la bula Rex Pacificus. El programa decorativo prevé habitualmente cinco o seis miniaturas o iniciales decoradas – si se ilumina el prólogo y/o el libro I –, acompañadas por una serie de iniciales que destacan los diferentes capítulos, tanto en el texto como en la glosa22. El texto aparece generalmente dividido en dos columnas rodeado por los comentarios23. En opinión de Robert Gibbs, uno de los ejemplares más antiguos de las Decretales, el manuscrito conservado en Oxford, Bodleian, ms. Lat. theol. b. 4, – datado

canónico iluminados: Las Decretales de Gregorio IX de la Biblioteca Apostólica Vaticana, tesis doctoral discutida en la Universidad de Barcelona, Departamento de Historia del Arte, junio 2007 (inédita); K. A Nieuwenhuisen, Het jawoord in beeld: huwelijksafbeeldingen in middeleeuwse handschriften (1250-1400) van het Liber Extra, tesis doctoral defendidad en la Universidad de Amsterdam, Facultad de Letras, 2000. M. Bertram, «Dekorierte», op. cit., (véase n. 3). 22 Los códices que comprenden las Novella (Inocencio IV) y Novissima (Gregorio X) decretales pueden contar con alguna iluminación adicional ej. BAV, Pal. lat. 629, ff. 262r, 274r, 286r esta última corresponde a las Constituciones de Nicolás III. El hecho de contar con estas constituciones al final del texto de las Decretales es un factor que se debe tener en cuenta a la hora de datar el manuscrito puesto que, una vez promulgado el Liber Sextus (1298), no tenía sentido publicarlas como textos independientes. Aunque es difícil generalizar, puede plantearse la hipótesis de que se trata, por tanto, de códices anteriores al 1298. Las Constituciones de Inocencio IV aparecen, junto al Liber Extra, en los códices de la BAV: Pal. lat. 635, Pal. lat. 629, Ottob. lat. 3089, Ottob. lat. 1601, Chigi. E. VIII.237, Vat. lat. 1391. Los códices Pal. lat. 629 y Ottob. lat. 3089 también recogen las Constituciones de Gregorio X; el Pal. lat. 629, además la Constitución “Cupientes” del papa Nicolás III. Véase: M. Bertram, «Dekorierter», op. cit., (véase n. 3) p. 33. La decoración también se completa, en ocasiones, con la aparición de ilustraciones a página llena que corresponden a los árboles de afinidad y consanguinidad, una decoración común a otros textos jurídicos. Ejemplos en los mss. BAV, Pal. lat. 634, f. 157r; BAV, Pal. lat. 629, ff. 260v-261r; BAV, Urb. lat. 159, ff. 226v-227r. Un repertorio exhaustivo en H. Schädt, Die Darstellungen der Arbores Consanguinitatis und der Arbores Affinitatis, Tübingen 1982. 23 No conocemos exactamente cuándo Bernardo de Parma compiló la glosa para las Decretales. Gregorio IX las promulgó en 1234. Bernardo de Parma, que aparece con el título de magister en un documento del 1232, murió el 24 de marzo de 1266, lo que proporciona un margen de unos treinta años. Johannes Andreae († 1349) señala, en un comentario, que Bernardo revisó e hizo añadidos a una primera versión de la glosa y que un pasaje de la Ordinaria, donde menciona la consagración de Octaviano como obispo de Bolonia, fue su último añadido al texto original. De hecho, no todos los ejemplares de las Decretales contienen este pasaje, lo que puede probar la existencia de varias versiones de la Ordinaria. Octaviano fue consagrado obispo de Bolonia en mayo de 1263, la versión final de la Glossa Ordinaria podría haber sido publicada entre esta fecha y la muerte de Bernardo. Analizando los manuscritos conservados de las Decretales de Gregorio IX que presentan la glosa de Bernardo de Parma es posible identificar, al momento, cuatro versiones de la Glossa Ordinaria. S. Kuttner, «The Glossa ordinaria to the Gregorian Decretals in collaboration with Beryl Smalley», en English historical review, 60 (London 1945) 97-105, p. 97. M. Bertram, «Dekorierte», op. cit., (véase n. 3) p. 33 y R. Gibbs, «The Developpment», op. cit., (véase n. 21) p. 94, n. 52, destacan este dato como un factor más a la hora de datar un manuscrito.

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por su colofón en 1241 y miniado, en opinión de Gibbs, en 1245, en Módena o Bolonia – presenta ya los temas iconográficos esenciales de la iconografía de las Decretales. En tres de las cinco o seis representaciones habituales de las Decretales esto es probablemente cierto, pero me gustaría ampliar la propuesta de Robert Gibbs. Es cierto que las ilustraciones del Prólogo, y los libros III y IV corresponden al repertorio iconográfico “clásico” de las Decretales, pero podemos decir que básicamente en su vertiente “boloñesa”24. Es decir, si analizamos un códice de factura francesa de finales del siglo XIII o principios del siglo XIV es muy probable que los motivos iconográficos utilizados para esas escenas sean muy similares a los del manuscrito de Oxford pero con algunas diferencias. En ocasiones, es sólo un matiz que implica, como en el libro III –ilustrado con una celebración eucarística inspirada en las primeras líneas del texto del título primero- que los fieles, en vez de asistir a la misa de rodillas y en actitud de oración, sean empujados fuera del presbiterio, por las buenas o incluso con bastones o palos25. De la primera variante, hay varios ejemplos en manuscritos de la Biblioteca Apostólica Vaticana como el Vat. lat. 1390, f. 142v, y el Urb. lat. 159, f. 144r, o el manuscrito de la Biblioteca Capitular de Toledo, ms. 4-9; de la segunda, los ejemplos son también numerosos, sobre todo en ejemplares de factura francesa como las Decretales de Angers, Bibliothèque Municipale, ms. 359, f. 183v o el ejemplar conservado en la Biblioteca Municipal de Bourges, ms. 189, f. 30r26. 24 La contraposición Bolonia/Francia es una manera más de confrontar dos producciones artísticas de alto nivel, que en el caso italiano, se definen en Bolonia por ser el centro de la producción jurídica de manuscritos (sin olvidar las realidades de Padua, Florencia o Siena); en el caso francés, he preferido no utilizar París, porque en el caso específico de la iluminación de manuscritos jurídicos existen algunos centros relevantes, tanto en el sur como en el norte del país, que no siempre es posible asimilar a la producción parisina. 25 «Ut laici secus altare, quando sacra mysteria celebrantur, tam ad vigilias quam ad missas penitus stare vel sedere inter clerico non praesumant; sed pars illa, quae cancellis ab altari dividitur, tantum psallentibus pateat clericis. Ad orandum vero et communicandum laicis et feminis, sicut mos est, pateanta sancta sanctorum» (X. 3. 1). Referencias a este tipo de ilustración aparecen ya en el Decreto de Graciano al ilustrar las rivalidades entre los monjes y clero por los beneficios de la parroquia. En escenas similares se expulsa a los monjes del presbiterio de la iglesia. BAV, Vat. lat. 2491, f. 322v; Vat. lat. 1370, f. 164v; Ross. lat. 307, f. 208r, todos reproducidos en A. Melnikas, Corpus, op. cit., fig. 18, Pl. III, fig. 34, respectivamente. Ejemplos de las variantes regionales de la celebración eucarística e información adicional sobre el momento de la misa que se escoge para la representación, bien la “elevación de la hostia consagrada”, el “Sanctus” etc., véase: M. Pavón Ramírez, Manuscritos, (véase n. 21) op. cit., pp. 85-92. La utilización de las primeras líneas del texto como fuente de inspiración para la ilustración no es nueva y según B. Brenk, es el método utilizado por el iluminador del famoso ejemplar del “Vergilius Romanus”, realizado en Rávena a finales del siglo V-principios del s. VI, para crear nuevas imágenes sin necesidad de partir de modelos antiguos, véase: B. Brenk, «Due nuove creazioni del quinto secolo: Notitia dignitatum e Vergilius Romanus», en Architettura e immagini del sacro nella tarda antichità, Centro Italiano di Studi sull’Alto Medioevo, Spoleto 2005, pp. 239-248, fig. 1-16. 26 El motivo iconográfico de la celebración eucarística será el que tenga mayor fortuna en las Decretales, no obstante, y sobre todo en códices de finales del siglo XIII, conviven otras tipologías

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Algo similar ocurre con la escena que ilustra el libro IV, generalmente una representación de unos esponsales o matrimonio. Esta tipología, conocida desde la antigüedad clásica, es incorporada por la iconografía cristiana y es habitual en la escenificación de matrimonios bíblicos como, por ejemplo, el de Tobías y Sara27. La ilustración hace referencia al concepto general del matrimonio y se mantendrá más o menos constante en la iluminación de las decretales28. En el códice de Oxford, los futuros esposos están representados es el momento del intercambio de los anillos, la parte del rito más representada en los manuscritos de factura boloñesa, en una celebración que preside habitualmente un laico, un notario o el padre de la novia; mientras que la ilustración del rito de la Dextrarum iunctio, en presencia de un sacerdote, es la tipología usual en los códices de filiación francesa29. K. A Nieuwenhuisen, en su disertación dedicada al libro IV de las Decretales, analiza con detalle todas las iconográficas, síntoma de la búsqueda constante de nuevas soluciones por los artistas. Una de ellas es la representación de una escena de enseñanza, resultado de la adaptación de la iconografía conciliar de origen constantinopolitano. Un personaje, generalmente un obispo, el papa o el emperador se sitúa a la izquierda de la imagen y se dirige con un gesto de alocución a un grupo de clérigos. En las Decretales vaticanas hay varios ejemplos: BAV, Vat. lat. 1384, f. 139r ; BAV, Ottob. lat. 3089, f. 56r. En el códice vaticano, Vat. lat. 6054, f. 159r, la escena escogida es la de un hombre dictando sus últimas voluntades. El artista puede haberse inspirado en el texto, pues las decretales dedican un amplio espacio a este tema (X. 3. 26-28) 27 Existen numerosos ejemplos, como esta reinterpretación de la Dextrarum iunctio romana en clave cristiana, con Cristo que une las manos de los esposos, por ej. Anillo matrimonial en oro (s. VI-VII), Virginia Museum of Fine Arts, Richmond (EE. UU.), reprod. en Dizionario Patristico e di Antichità Cristiane, A. Di Berardino (ed.), Roma 1988, Vol. III, p. 147, fig. 24. 28 No es habitual que los artistas elijan representar el conflicto entre el noble franco y la mujer sajona como ilustración del libro IV; además de que, salvo por particularidades en la representación, es difícil saber si se trata de esta imagen específica o una representación general de esponsales. Avril identifica una de ellas en las Decretales en francés conservadas en la Bibliothèque Nationale, fr. 491, f. 212. Reprod. L’Art au temps des rois maudits. Philippe le Bel et ses fils 1285-1325, Paris, Galeries nationales du Grand Palais, 17 mars-29 juin 1998, Réunion des Musées Nationaux, Paris 1998, p. 291. Una curiosa ilustración para el libro IV, con Cristo nimbado y un hombre desnudo, que representa precisamente el caso de la mujer sajona, aparece en un Liber Extra conservado en Siena. Cfr. Siena, B.C.I., ms. H. III. 14, f. 238r, (reproducido en Lo Studio e i testi: il libro universitario a Siena (secoli XII-XVII), Siena, Biblioteca Comunale, 14 septiembre-31 octubre 1996, catálogo de la exposición, M. Ascheri (ed.), Siena 1996. 29 Véase: K. A. Nieuwenhuisen, Het jawoord, op. cit., (véase n. 21) con un buen repertorio de imágenes. Una de las representaciones más interesantes, por la relación espacio-tiempo, es la escogida por el artista para el códice vaticano, Vat. lat. 1389, f. 241r. En esta ocasión, el artista no sólo presenta tres momentos de la ceremonia nupcial sino que además la escena central recoge un momento del rito, la velatio nuptialis, que responde a una tradición romana que se ha mantenido aún en nuestros días. En la Edad Media, el velo cubría a los esposos durante el Sanctus, cfr. Fitzwilliam McClean 136, reprod. Illuminating, (véase n. 9) op. cit., cat. 14, fig. 36; también en un retablo dedicado a San Fray Bonifacio Ferrer (ca. 1400), conservado en el Museo de Bellas Artes de Valencia, reprod. en Ausiàs March y su tiempo (1397-1997), catálogo de la exposición, Generalitat Valenciana, Valencia 1997, p. 70.

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variantes regionales y socioculturales relacionadas con este tema30. La escena de dedicación que ilustra el prólogo, y donde el papa Gregorio IX recibe las decretales que le presenta Raimundo de Peñafort, no es un motivo iconográfico nuevo, y aparece en otros muchos textos de temática variada, tanto anteriores como posteriores a las decretales31. Es una ilustración que conseguirá afianzarse en la decoración de las decretales y llegará, con diversas modificaciones y variantes, hasta mediados del siglo XIV. La ilustración del libro I es mucho más compleja pues incorpora conceptos teológicos como la Trinidad, haciendo referencia al título “De summa trinitate et fede católica”, junto a otras tipologías iconográficas como la Traditio Legis o la División de Poderes que encontramos en otras obras como el decreto. En este sentido, destacan los últimos trabajos de Susan L’Engle, donde profundiza en las diferentes tipologías ilustrativas del prólogo y el libro I 32. El libro II y el V dedicados, respectivamente, al derecho procesal y penal son los que presentan tipologías iconográficas de más difícil interpretación33. Es probable que una de las razones sea la propia ambigüedad del texto, sobre todo en el libro II, come me ha sugerido Martin Bertram, aunque otra razón podría ser que su contenido, de tanta relevancia para los profesionales del derecho, sea la causa de la diversidad de las soluciones iconográficas y de la tardía estandarización de éstas. El título del libro II “De iudiciis” será el motivo de inspiración para los códices de factura francesa que representan la litis contestatione o debate judicial. Una figura central, ya sea un juez, un obispo o el emperador, ocupa el centro de la escena mientras asiste al debate entre dos letrados o dos clérigos. No es, de nuevo, una imagen exclusiva de las decretales sino que al ser un concepto “general” es común a muchas otras obras jurídicas34. En los códices de factura boloñesa. El artista, inspirándose a las primeras líneas del texto, ilustra el momento en el que un obispo abandona la sala donde está reunido el capítulo para juzgarle, pues no reconoce su autoridad. El

K. A. Nieuwenhuisen, Het jawoord, op. cit., (véase n. 21). De la multitud de ejemplos existentes he seleccionado dos cronológicamente muy distantes, ambos conservados en la Bibliothèque Nationale. Uno es la entrega, por parte de Iohannes Bernardi, del Chartularium et chronicon monasterii Casauriensis, a San Clemente (ca. 1182), cfr. París, BnF, latin. 5411, f. 272v (repr. en F. Avril-Y. Załuska, Manuscrits enluminés d’origine italienne VIe-XIIe siècles, París 1980, cat. 42, tav. XIII; Otro ejemplar, muy posterior, presenta una escena de dedicación con la misma tipología iconográfica de las anteriores, en este caso es San Agustín que presenta su obra De Civitate Dei al rey Carlos V, cfr. París, BnP, Français 20, f. A. 32 S. L’Engle, «Picturing», op. cit., (véase n. 9). 33 M. Bertram, «Las Decretales», op. cit., (véase n. 1). 34 Una escena de “debate judicial”, que podría ilustrar el libro II de cualquier ejemplar de las Decretales, aparece en este caso ilustrando el oficio de procurador en el ms. Philippe de Beaumanoir, Coutumes de Clermont-en-Beauvaisis, Staatsbibliothek zu Berlin, ms. Hamilton 193, f. 17, finales siglo XIII-principios siglo XIV; reprod. en R. Jacob, Images (véase n. 8), op. cit., p. 123, fig. 50. 30 31

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gesto airado del obispo, con el brazo en alto, y rompiendo el marco de la viñeta – a la izquierda de la escena – es un motivo creado “ad hoc” para las Decretales lo que presupone un conocimiento del texto por parte del copista y/o artista que imaginó la escena. Bien es cierto que, una vez que la imagen quedó fijada, no era necesario un conocimiento textual para copiarla aunque en códices posteriores, como el espléndido Vat. lat. 1388, el artista propone una versión con algunas diferencias que implican que ha habido una nueva interpretación del contenido35. El libro V es quizás el que presenta una decoración menos estándar y en él podemos distinguir, con algunas reservas, dos tipologías frecuentes: una representación del papa, o en su defecto un obispo, flanqueado por dos grupos de religiosos – generalmente dominicos o franciscanos – lo que podría hacer referencia a sus atribuciones en el procedimiento inquisitorial, más común en los códices de factura francesa; y en segundo lugar, la celebración de un juicio donde el acusador suele ser un civil: un soldado, un campesino etc., que podría hacer referencia a las penas y penitencias, o a las figuras delictivas, tanto de clérigos como de laicos, y que es más frecuente en los códices boloñeses36. La relación de contenido entre los dos libros es evidente y aún más las dificultades de los artistas, sobre todo en el libro V, para encontrar una imagen definitiva que simbolizase el contenido del texto. El repertorio iconográfico de las Decretales no está aún totalmente definido pero ya es posible avanzar algunas hipótesis. La existencia de diferencias en las representaciones en razón de variantes locales, regionales o estilísticas es un hecho constatado en todos los campos de la historia del arte. En nuestro caso, las diferencias entre los ciclos iconográficos que se inspiran en un modelo francés o boloñés no son determinantes pero pueden resultar útiles a la hora de atribuir la autoría o procedencia de un códice en uno u otro sentido. En base a mi experiencia, que no contempla en absoluto el conjunto de los manuscritos de las decretales iluminadas, podríamos distinguir dos ciclos iconográficos básicos según se inspiren a un modelo francés o boloñés37. El repertorio iconográfico

Uno de las primeras representaciones de esta escena aparece en un códice, de tradición umbra-romana, del último cuarto del siglo XIII, conservado en Siena, B.C.I., ms. G. III. 19, f. 78r. Posteriormente la imagen se repetirá casi en serie, ej., BAV, Pal. lat. 629, f. 72r; Angers, BM, ms. 378, f. 89r; BAV, Vat. lat. 1387, f. 72r. Un análisis de la iluminación del Libro II en el BAV, Vat. lat. 1388, con la transcripción del texto que aparece en la escena, en: M. Bertram, «Dekorierte», op. cit., (véase n. 3) p. 62; R. Gibbs estudia con detalle este manuscrito en un artículo de próxima publicación que me ha permitido gentilmente leer previamente R. Gibbs, Vat.lat. 1338: a Novel Copy of Gregory IX’s Decretals (en prensa). 36 El tipo de representación en la que, aparentemente, un laico o seglar presenta una acusación ilustra el libro V de algunas Decretales vaticanas: ej. BAV, Vat. lat. 1390 (f. 297r); Vat. lat. 1389 (f. 265v2) o el ya mencionado Vat. lat. 1388 (f. 265r). En cuanto a la otra tipología, más común en los manuscritos de factura francesa, tenemos un claro ejemplo en el BAV, Pal. lat. 635, f. 208r. 37 Los ejemplares iluminados de las Decretales que he estudiado son los siguientes: a) los ejem35

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básico de los códices de inspiración francesa sería: Prólogo (escena de dedicación), Libro I (Trinidad, Dios Padre y Dios hijo bajo forma humana con la paloma del Espíritu Santo), Libro II (Debate judicial/Enseñanza), Libro III (celebración eucarística, expulsión de los fieles), Libro IV (matrimonio, Dextrarum iunctio, Libro V (Papa/ obispo debate judicial con dominicos y/o franciscanos). En el caso boloñés: Prólogo (escena de dedicación); Libro I (Traditio Legis/Trinidad Trono de Gracia), Libro II (Obispo que abandona el aula), Libro III (celebración eucarística, fieles asisten a la ceremonia, en pie o arrodillados), Libro IV (matrimonio, intercambio de anillos), Libro V (acusación de un laico; conflicto entre un religioso y un laico)38. Conclusión En un artículo aparecido en “Il Sole 24 ore” de hace varios años, Guglielmo Cavallo hacía una interesante reflexión acerca de la relación entre el texto y la imagen en los códices iluminados medievales39. La imagen es, comentaba Cavallo,

plares conservados en la Biblioteca Apostólica Vaticana: Chigi E. VIII. 237, Ottob. lat. 3089, Ottob. lat. 1601, Pal. lat. 634, Pal. lat. 635, Pal. lat. 629, Pal. lat. 632, Pal. lat. 631, Ross. 592, Santa Maria Maggiore123, Urb. lat. 159, Vat. lat. 1379, Vat. lat. 1384, Vat. lat. 1390, Vat. lat. 1391, Vat. lat. 1386, Vat. lat. 1387, Vat. lat. 1385, Vat. lat. 1389, Vat. lat. 6054 (He estudiado estos códices detalladamente en mi tesis doctoral, véase. M. Pavón Ramírez, «Manuscritos», (véase n. 21) op. cit., b los ejemplares disponibles en la página web www.enluminures.culture.fr, que son los siguientes: Amiens, BM, ms. 359; Angers, BM, ms. 376; Angers, BM, ms. 378; Angers, BM, ms. 379; Avranches, BM, ms. 150; Bourges, BM, ms. 186; Bourges, BM, ms. 189; Reims, BM, ms. 697; Troyes, BM, ms. 1244; Troyes, BM, ms. 1902; Vendôme, BM, ms. 81; c) además de los siguientes ejemplares: Admont 27; Florencia, Laur. S. Croce III sin.; Köln, Dombibl. 130; Köln, Stadtarchiv W 275; Kues 231; Milán, Ambr. B 43 inf.; Milán, Ambr. Z 50 sup; Lucca, Capitolare 137; Lucca, Capitolare 138; Lucca, Capitolare 287; Siena, Maffei; Monte Cassino 63; München 14011; München 14032; München 17737; München 23560; Nürnberg II 42; Nürnberg II 43; Nürnberg II 79; Nürnberg II 99; Oxford, Bodl. Lat. theol. b. 4; Rom, BNC S. Onofrio; Salzburg, UB II 97; Paris, Ste. Genviève: 331; Vic 144. 38 En base a esta clasificación podemos distinguir dos grupos de códices, según sigan uno u otro modelo. Evidentemente, las variantes son muchas. Y existen códices, de clara factura boloñesa, que siguen al pie de la letra casi todo el repertorio iconográfico francés y viceversa, pero son casos excepcionales. En esta selección sólo aparecen aquellos códices que cumplen con el ciclo iconográfico completo, otros muchos, que presentan alguna variante (generalmente para el libro I y el V) no han sido incluidos. Ejemplares que siguen el repertorio de inspiración francesa: Angers, BM, ms. 376; Angers, BM, ms. 379; Bourges, BM, 186; Reims, BM, ms. 697; Troyes, BM, ms. 1902; Bourges, BM, ms. 189 (¿catalán?); Ottob. lat. 3089; Pal. lat. 635; Núrember, Cent. II 79; Cent. II 43; Siguen el modelo boloñés: Angers, BM, ms. 378; Vat. lat. 1379; Vat. lat. 1385; Vat. lat. 1387; Vat. lat. 1388; Vat. lat. 1390; Vat. Lat. 1391; Pal. lat. 629; Pal. lat. 632; Ross. 592; Urb. Lat. 159; Kues, cod. 231; Lucca, Capitolare, ms. 137; Lucca, Capitolare, ms. 287. 39 G. Cavallo, La “sapientia” dei capilettera, il legame tra testo e raffigurazioni nei codici giuridici medievali, en Il Il Sole 24ore, 26 de septiembre de 1993, p. 35

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a la vez pedagógica y autónoma, puede reproducir fielmente el texto pero también acentuar un aspecto en detrimento de otros dando así un valor añadido al códice iluminado. Éste es el poder de la imagen, no sólo un instrumento que ayuda a la lectura del texto o que lo embellece, sino que también transmite un mensaje, “otra lectura” mediante las figuras que pueblan los márgenes o las imponentes escenas del Consistorio papal en códices como el Vat. lat. 1389. Los iluminadores de las Decretales se vieron obligados, en un margen de tiempo relativamente breve, a crear un repertorio de imágenes representativo de un texto fundamental en la historia del derecho canónico. El análisis de estas tipologías iconográficas es un modo más por acercarnos a esa “otra lectura” del texto, y como un lector erudito de los siglos XIII-XIV, leer el códice como un todo, con imagen y texto a la par.

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