Territorio, fiscalidad y producción. Intervención de los Flavios en la política territorial africana

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Javier Andreu Pintado

Territorio, fiscalidad y producción. Intervención de los Flavios en la política territorial africana

Como manifestación de buena gestión en el caso de Vespasiano o Tito y de una desmedida cupiditas aedificandi 1 en el caso de Domiciano, los historiadores clásicos – y, de modo especial, Suetonio y Casio Dión 2 – subrayan la preocupación casi programática de la dinastía Flavia por las cuestiones de recaudación tributaria, interés fiscal éste justificado para los dos primeros emperadores por la herencia neroniana y para el último de aquéllos por sus notables gas3 . tos en opera publica ´ Al igual que vimos como sucedía con el asunto de la edilicia

* Javier Andreu Pintado, Departamento de Historia Antigua, Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). 1. LACT.., mort. pers., 8, 30. 2. SVET., Vesp., 16, 1-3 y 6 y DIO CASS., 65, 1 y 8, 3-4 – sobre Vespasiano, noticias que después recuperan AUR. VICT., Caes. 9, 6 o EUTR., 22, 2 – así como DIO CASS., 66, 19, 3 – para el caso de Tito, que centra menos la atención de las fuentes – y DIO CASS., 67, 4, 6 y, en menor medida, SVET., Dom., 9, 2 – para Domiciano –. 3. Ambos pretextos han sido intensamente discutidos por la investigación, véase, al respecto, la tradicional polémica sobre el estado de las finanzas al final del reinado de Domiciano (con toda la bibliografía en P. M. ROGERS, Domitian and the Finances of State, «Historia», 33, 1984, pp. 60-78, que resume la polémica vertida entre R. SYME, The Imperial Finances under Domitian, Nerva, Trajan, «JRS», 20, 1930, pp. 55-70 y C. V. SUTHERLAND, The State of Imperial Treasure at the Death of Domitian, «JRS», 25, 1935, pp. 150-62) y la valoración que, tradicionalmente, se ha venido haciendo respecto de la bancarrota neroniana (una revisión se muestra en E. M. MOORMANN, Some Observations on Nero and the City of Rome, en The Representation and Perception of Roman Imperial Power, Amsterdam 2003, pp. 376-88). Sobre la dedicación domiciánea a la construcción pública puede verse – desde la perspectiva de las fuentes literarias y arqueológicas – el trabajo de R. H. DARWALL-SMITH, Emperors and Architecture. A Study of Flavian Rome, Brussels 1996 y – desde las epigráficas – nuestro estudio en J. ANDREU, Un capítulo de los gastos en construcción pública en época de Domiciano en las provinciae. La iniciativa imperial, «DHA», 34, 2, 2008, pp. 1-29. L’Africa romana

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Olbia 2008, Roma 2010, pp. 701-710.

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pública en la época Flavia 4, el repertorio epigráfico africano del momento ofrece un nada desdeñable catálogo de inscripciones alusivas a la intervención de los Flavios – o de su administración delegada – en cuestiones vinculadas al mejor ordenamiento, la más oportuna administración o la más adecuada puesta en explotación del territorio cívico, catálogo sobre el que, de hecho, nos proponemos reflexionar someramente en estas páginas. Por orden cronológico – y sin que los citados testimonios hayan sido, hasta la fecha, objeto de una atención global 5 – los documentos en cuestión y la información con que nos obsequian podrían catalogarse del siguiente modo: [1] Intervenciones de Vespasiano – primero – y de Domiciano – más tarde – sobre el ager publicus ubicado en la Cyrenaica en los años 71 (AE, 1919, 91-93), 72 (AE, 1934, 261), 74 (SEG, 26, 1976-77, 1841) y 88-89 (AE, 1954, 188), igualmente documentadas – para las labores vespasiáneas – por Higinio 6. En los tres primeros momentos la sanción ejecutiva del acto la llevó a cabo Q. Paconius Agrippinus y en el mojón paralelepipédico de época de Domiciano el responsable de la misma fue P. Messius Campanus, ambos gobernadores provinciales. [2] Devolución de ager publicus romanus del área de Berenice – también en Cyrenaica – en el último cuarto del 71 (AE, 2000, 1590), en relación con la presunta usurpación del mismo por indeterminados grupos tribales y presuntamente relacionado con los documentos atestiguados en el área de Cyrene 7 y Ptolemaeis arriba aludidos ([1]). 4. J. ANDREU, Notas a la política edilicia de los emperadores flavios en las provincias africanas, en L’Africa romana XVII, pp. 253-60. 5. Pueden, en cualquier caso, verse algunos trabajos monográficos sobre la intervención flavia en el ager de Berenice ([2]) J. M. REYNOLDS, A Boundary-Stone Found Near Benghasi, en G. PACI, Epigraphai. Miscelanea Epigrafica in onore di Lidio Gasperini, Roma 2000, pp. 833-9; en la fossa regia ([3]) CH. SAUMAGNE, La f´ossa regia, «CT», 10, 1962, pp. 407-16 y, el citadísimo trabajo de G. DI VITA-E´ VRARD, La fossa regia et les diocéses d’Afrique Proconsulaire, en L’Africa romana III, pp. 31-58; en el territorio Cirtensis de los Nicibes y los Suburbures ([5]) S. LANCEL, Suburbures et Nicibes: una inscription de Tigisis, «Libyca», 3, 1955, pp. 298-9; en los límites del territorio de Zama ([6]) P. ROMANELLI, Tre iscrizioni tripolitana di interesse storico, «Epigraphica», 1, 1939, pp. 99-118; y en la limpieza del canal del río Nilo en las proximidades de Alexandreia ([7]) G. BOTTI, Studio sul III Nomo dell’Egitto Inferiore e più specialmente sulla Regione Mareotica, «BSAA», 4, 1902, pp. 41-84. 6. HYG., grom., 1. 7. Al respecto de esa relación puede verse REYNOLDS, A Boundary-Stone Found Near Benghasi, cit., p. 837.

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[3] Nueva terminatio de la fossa regia africana (ILTun, 623; CIL VIII, 23084; AE, 1902, 44; AE, 1912, 148, 150 y 151; AE, 1936, 28; CIL VIII, 14882 = 25860; y AE, 1912, 149) entre el 73 y el 74, bajo los mandatos de Rutilius Gallicus y de Sentius Caecilianus, acción también aludida por Plinio 8. [4] Intervención del gobernador G. Arinius Modestus en la choria Apolloniatarum, el territorio productivo de la ciudad de Apollonia, también en Cyrenaica (AE, 1967, 531) con restitución de parte del mismo al ager publicus (AE, 1974, 683) entre los años 71 y 74. [5] Restauración del ager publicus de Cirta, en Numidia, y, en consecuencia, del territorio de los Nicibes y de los Suburbures Regiani por el gobernador Tullius Pomponianus Capito hacia el 74 (AE, 1957, 175 – pieza fragmentada en su parte superior – y AE, 1969-70, 696 – completa -). [6] Delimitación entre el 86 y el 87 de los termini entre las comunidades de los Muduciuvi y Zamuci – en el territorio de Zama Regia – por parte del gobernador Suellus Flaccus con la sanción de Domiciano y a partir de una conventio previa entre los pueblos afectados (AE, 1940, 70). [7] Limpieza del canal de conducción de agua paralelo al Nilo en Alejandría – el flumen Philagrianum –, seguramente obturado (AE, 1902, 161) una vez que habían transcurrido ya cinco años desde su construcción (AE, 1902, 160). Dicha intervención tuvo lugar entre el 86 y el 87 con la mediación del praefectus Aegypti del momento, G. Septimius Vegetus. Las inscripciones que componen este catálogo apenas resisten algunos evidentes comentarios. El primero debe necesariamente nacer de la evidente constatación del mayor protagonismo de Vespasiano – frente a sus hijos – en este tipo de intervención en política territorial. Al margen de las posibles razones personales – su matrimonio con una africana 9 o su cargo previo de quaestor provinciae Cretae et Cyrenaicae 10, que podría, este último, dar razón a su in8. PLIN., nat., 5, 3, 3. 9. SVET., Vesp., 3. 10. SVET., Vesp., 2.

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terés por el ager publicus de ciudades de esta provincia, como documentan algunos epígrafes del catálogo ([1] y [2]) así como la noticia de Casio Dión sobre la habitual usurpación de propiedades del territorio de Cnossus por colonos de Capua aun en época Flavia 11 – esa atención que constata nuestro catálogo encuentra refrendo en la actitud particular de Vespasiano en este tipo de tareas por todo el Imperio, algunas, como vimos, celebradas por las fuentes 12 y confirmadas por la documentación epigráfica 13. El siguiente parámetro de ambientación de nuestro repertorio es el de la cronología. Las intervenciones documentadas se fechan mayoritariamente en un arco cronológico comprendido entre el 71 y el 74, con gran protagonismo del año 73, año de la censura conjunta de Vespasiano y de Tito, que tanta importancia jugó en los comienzos de la política de la nueva dinastía 14. Como documentan algunas evidencias hispanas o galas – algunas en contextos semejantes a los de ciertas piezas del catálogo africano 15 – la censura se 11. DIO CASS., 49, 14, 5, refrendada por una inscripción de época de Domiciano que, en cualquier caso, remite a una sentencia de Tito de entre el 79-81 y en la que se constata la disputa territorial entre los órganos rectores de la col(onia) Flau(ia) Aug(usta) Felix Cap(ua) y el supuesto miembro de la elite local de Cnossus Plotius Plebeius (AE, 1969-70, 635), estudiada monográficamente por P. DUCREY, Trois nouvelles inscriptions crétoises, «BCH», 93, 1969, pp. 846-53. Nosotros hemos vuelto sobre ella en J. ANDREU, Censura, derecho latino y gestión territorial en el principado de Vespasiano: una perspectiva epigráfica, «Latomus», 68, 4, 2009 (en prensa). 12. Cass. Dio, 67, 4, 6 así como las referencias citadas en nota 2, en este mismo texto. 13. El catálogo sería amplísimo pero podrían citarse las intervenciones de Vespasiano en la chora de Delphoi (P. JOUGUET, Institut de Correspondance Hellénique, «BCH», 20, 1896, p. 715, n. 1), en el territorio de Sparta y de Mesenia (AE, 1905, 188), en los límites entre los Viennenses y los Ceutronas (CIL XII, 113), en la usurpación de tierra a los Vanacini (CIL X, 8038), en cuestiones territoriales en el área de Lader, en Dalmatia (AE, 1967, 655), en el amojonamiento del área de influencia del municipio de Canusium (AE, 1959, 267) o de la colonia de Augusta Emerita (CIL II2/7, 870), en la solicitud de reorganización territorial presentada por los Saborenses béticos (CIL II2/5, 871), en el conflicto entre los Olossitani y los Indiceti en la Citerior (IRC, III, 172-175), en la restitutio limitum de Pompeya (AE, 2001, 796 y 797 y CIL X, 1018), entre otras. 14. SVET., Vesp., 8, 1, con valoración sobre ésta en el contexto de la política Flavia a partir de B. W. JONES, A Note on the Flavian Attitude to Censorship, «Historia», 21, 1971, p. 128 y A. Torrent, Para una interpretación de la potestas censoria de los emperadores Flavios, «Emerita», 35, 1968, pp. 212-9. 15. Hemos estudiado todas ellas en Andreu, Censura, derecho latino, cit., s. pp. Sí resultará útil hacer constar aquí de nuevo el paralelo que ofrecen dos de las ins-

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presentó al primero de los Flavios como una oportunidad para, decididamente, evaluar el territorio y sondear carencias organizativas y, sobre todo, posibilidades fiscales. La sagaz intución de G. Di 16 ´ sobre el paralelo formular entre la expresión fines Vita-Evrard provinciae novae et veteris derecti qua fossa regia fuit que aparece en las inscripciones relacionadas con la aludida fossa regia ([3]) y el modo cómo Plinio se refiere a dichos trabajos 17 – y que, según también apuntó E. Ghislanzoni 18, también estaría constatada entre una de las piezas citadas en el repertorio ([(1)] = AE, 1919, 91 y 92) y la aludida noticia de Higinio sobre la cuestión 19 – permite, efectivamente, observar de qué modo este tipo de acciones estuvieron perfectamente planificadas y fueron, además, fruto de lo que podríamos denominar un “programa flavio africano” que, en realidad, ha sido siempre subrayado por la investigación 20 y en el que, de hecho, pueden circunscribirse las intervenciones de esta dinastía en obras públicas o infraestructuras precisamente, además, en los primeros años del nuevo régimen 21. cripciones de nuestro catálogo ([5] y [6] pero también, tal vez [2] según la propuesta de REYNOLDS, A Boundary-Stone Found Near Benghasi, cit., p. 838, n. 12) en las que Vespasiano y Domiciano respectivamente intervienen en cuestiones de usurpación de ager publicus por grupos tribales – los Nicibes y los Suburbures Regiani del área de Cirta en el primer caso y los Muduciuvi y Zamuci del área de Zama en el segundo – y CIL XI, 8038, en la que Vespasiano interviene en el conflicto entre las tribus corsas de los Vanacini y los Mariani; CIL XII, 113, en la que Vespasiano debe amojonar el territorio de límite entre los Viennenses y los Ceutronas; o AE, 2002, 706 y 707 en la que éste – o, al menos, la delimitación se lleva a cabo en su reinado – contempla una probable d(epalatio) f(inium) entre dos ignotas comunidades de la hispana Lusitania. 16. DI VITA-E´ VRARD, La fossa regia et les diocéses, cit., p. 35, n. 16. 17. PLIN., nat., 5, 25: duas provincias, veterem ac novam, discretas fossa inter Africanum sequentes et reges Thenas usque perducta. 18. E. GHISLANZONI, Cippo terminale dei beni demaniali di Roma a Cirene, «Notiziario Archeologico», 2, 1916, pp. 165-77, esp. p. 172. 19. HYG., grom., 1. 20. Puede verse, además de los conocidos trabajos de M. LE GLAY, Les Flaviens et l’Afrique, «MEFRA», 80, 1968, pp. 201-46, esp. pp. 225-8 y de J. C. REYNOLDS, Cyrenaica, en A. K. BOWMAN, P. GARNSEY, D. RATHBONE (eds.), The Cambridge Ancient History (Second Edition), XI: The High Empire AD: 70-192, Cambridge 2000, pp. 350 y 551, las reflexiones de A. JULIEN, Histoire de l’Afrique du Nord. Tunisie, Algérie, Maroc, Paris 1931, p. 116; P. ROMANELLI, Storia delle province romane dell’Africa, Roma 1959, pp. 293-99; F. DECRET, M. FANTAR, L’Afrique du Nord dans l’Antiquité. Des origines au Ve siècle, Paris 1981, pp. 160-71. 21. Los ejemplos, en este sentido, son variados, constatándose, además, una no-

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Un tercer elemento a comentar lo ofrece, a nuestro juicio, la naturaleza de varias de las intervenciones y, de modo especial, la vinculación de varias de ellas a procesos de restitución del ager publicus, cuestión que, sabemos, siguió abierta todavía en época imperial 22 y con la que, además, Vespasiano y Tito se mostraron especialmente preocupados 23. Según se desprende del análisis de estos textos – y al margen de aquéllos casos en los que no está claro el responsable de la aludida usurpación pues la inscripción no lo precisa – un papel activo bastante destacado en este tipo de apropiaciones indebidas de estas subcesiva debió corresponder a grupos tribales, como se ha visto explícitamente citados en los dos documentos alusivos al asunto procedentes de Cirta ([5]). La fecha, en cualquier caso, no debe ser pasada por alto. Es bastante posible que, efectivamente, en el proceso de despliegue de funcionarios especializados para la inspección territorial que debió acompañar a la censura conjunta de Vespasiano y Tito – y que, para el caso africano, parece aludido explícitamente en un pasaje de Estacio 24 – la cuestión catastral y de restitutio agrorum debió revelarse especialmente crítica para la administración flavia 25, de ahí que sea tan

table participación de la Legio III Augusta especialmente en los trabajos viarios (DECRET, FANTAR, L’Afrique du Nord dans l’Antiquité, cit., p. 171). Entre ellos cabría destacar la restauración de la via per Alpes Numidicas que enlazaba Hippo y Cirta (AE, 1955, 145) en torno al año 73, o la intervención de Vespasiano, algo más tarde, hacia el 76, en la vía entre Carthago e Hippo (CIL VIII, 10116 y 11019) y apoyada, además, por una notable participación de la iniciativa privada en la monumentalización de determinados conjuntos urbanos en la época (AE, 1949, 76 de Hippo; CIL VIII, 8, 9, 22671c e IRT, 516 de Leptis Magna o AE, 1959, 69b de Cirta, en parte comentadas también por J. L. Ramírez Sádaba, Gastos suntuarios y recursos económicos de los gru´ pos sociales del Africa Romana, Oviedo 1981, pp. 180-256). Para la actividad edilicia en las provincias africanas en época Flavia puede – en cualquier caso – verse también nuestra valoración – con toda la bibliografía anterior – en ANDREU, Notas a la política edilicia de los emperadores flavios, cit., pp. 256-8. 22. Véase al respecto la síntesis – aun válida – de G. HUMBERT, Ager publicus, en DA, 1877, pp. 133-40, esp. p. 137, con todas las fuentes sobre el periodo y atención especial a la actividad de Vespasiano y Tito en relación con la cuestión así como F. BOZZA, La possesio dell’ager publicus, Milano 1939, pp. 125-38 o L. ZANCAN, Ager publicus. Ricerche di storia e di diritto romano, Padova 1935, pp. 45-67. 23. Especialmente, a partir de HYG., gen. cont., 133, comentada por J. M. REYNOLDS, R. G. GOODCHILD, The City Lands of Apollonia in Cyrenaica, «LibAnt», 2, 1965, pp. 103-7, esp. p. 106, precisamente para el caso africano. 24. STAT., silv., 1, 4, vv. 83-85. ´ 25. Sobre el tema en Africa puede verse T. R. S. BROUGHTON, The Romaniza-

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notable, como se vio, el catálogo de intervenciones de estos emperadores en este tipo de conflictos, intervenciones que, por otra parte, no debieron solucionar de forma perenne el problema, dada la ulterior intervención de Domiciano – y aun de Adriano (AE, 1942, 35) – en conflictos territoriales de naturaleza semejante en el futuro ([6]). Igual que lo evidencian las intervenciones flavias sobre el ager publicus, la segunda – en importancia – actuación flavia sobre la cuestión territorial africana – el amojonamiento de la fossa regia ([1]) – va, desde luego, más allá de una simple política legalista de tradición republicana 26 o, incluso, del bien contrastado – también en la documentación africana – hábito flavio de dar adecuada publicidad a las cuestiones legales importantes 27 propósitos constitutivos que, desde luego, presiden los comienzos del reinado de Vespasiano casi desde la programática lex de Imperio Vespasiani 28. Es plausible, pues, pensar, que de igual modo que, por ejemplo, está documentado para el caso hispano el envío de censitores y de funcionarios especializados en la tutela de los procesos derivados de la extensión del derecho latino a las Hispanias 29 por parte de Vespa-

tion of Africa Proconsularis, Baltimore 1929, pp. 115-8; LANCEL, Suburbures et Nicibes, cit., p. 293; y A. BERTHIER, La Numidie. Rome et le Maghreb, Paris 1981, p. 295. Sobre la cuestión puede verse, más arriba, la nota 15. 26. D. FUSHÖLLER, Tunesien und Ostalgerien in der Römerzeit. Zur historischen geographie des östlichen Atlasafrika vom fall Karthagos bis auf Hadrians limesbau, Bonn 1979, p. 337 y, antes, en JULIEN, Histoire de l’Afrique du Nord, cit., p. 116 que ´ enfocaron la cuestión desde la óptica del interés flavio por reeditar en Africa la política de época de Escipión. Aunque, efectivamente, dicha interpretación puede ser válida, no cabe duda, como ha señalado Ch. PICARD, L’administration territoriale de Carthage, en Mélanges d’Archéologie et d’Histoire offerts à André Piganiol, Paris 1966, pp. 1259-60, que detrás de dicha actitud no sólo había un interés flavio por reforzar la organización territorial en la zona sino, sobre todo, un deseo de esta dinastía por sentar las bases administrativas de las posibilidades fiscales de un determinado territorio. 27. C. ANDO, Imperial Ideology and Provincial Loyalty in the Roman Empire, Berkeley-Los Angeles 2001, p. 115. 28. F. HURLET, La Lex de Imperio Vespasiani et la légitimité augustéene, «Latomus», 52, 1993, pp. 261-80. 29. A. U. STYLOW, Entre edictum y lex: a propósito de una nueva ley flavia mu´ nicipal del término de Ecija, en J. GONZÁLEZ (ed.), Ciudades privilegiadas en el Occidente Romano, Sevilla 1999, pp. 230-37, después analizado también – con más evidencias – en J. ANDREU, Edictum, municipium y lex: Hispania en época Flavia (69-96 d.C.), Oxford 2004, pp. 14-8.

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siano 30, en las provincias africanas – aun pendientes de una definitiva integración pese a la labor de municipalización y colonización iniciada por Augusto – la labor flavia en la censura debió estar presidida, en este territorio, por parámetros de reorganización territorial – con atención especial a la reubicación de las tribus nómadas ([2] y [5] 31) – y catastral ([1] y [4], por ejemplo 32), valoración y garantía de la riqueza ([1] 33), revisión de la red viaria y de las comunicaciones – bien refrendada, especialmente, por los miliarios de la legio III Augusta fechados en la época y a los que antes aludimos 34 – y, por supuesto, de preparación – e incluso de inicio 35 – del expediente de colonización y municipalización que, como normalmente se ha indicado, debió ser subsiguiente al interés flavio por el territorio africano y constituir el mejor corolario a esta organizada política de integración 36. La última actuación de las recogidas en el catálogo ([7]) tampoco debe pasar por alto en el contexto de un territorio propiedad imperial como Aegyptus dadas las evidentes conexiones económicas de la actuación en cuestión y el alineamiento de ésta con los propósitos de la reunión científica que se recoge en este volumen. En consonancia, además, con una notable presencia de Domiciano en algunas comunidades de la zona – relacionada, además, con diversos programas edilicios incoados en la época por sus predecesores 37 y que constatan, de nuevo, la activa política constructiva flavia en la zona – la intervención de Domiciano en la limpieza de un canal ligado al Nilo y, por tanto, al regadío agrícola y a la producción económica 38 no hace sino certificar cómo, de igual modo 30. PLIN., nat., 3, 30. 31. E. W. B. FENTRESS, Numidia and the Roman Army, Oxford 1979, pp. 8, 77. 32. S. GSELL, Histoire Ancienne de l’Afrique du Nord, VII: La République Romaine et les rois indigénes, Paris 1928, pp. 11-8. 33. REYNOLDS, Cyrenaica, cit., p. 550. 34. Véase, anteriormente, nota 21. 35. BERTHIER, La Numidie. Rome et le Maghreb, cit., p. 131. 36. ROMANELLI, Storia delle province romane dell’Africa, cit., p. 294; J. M. LASSÈRE, Ubique Populus. Peuplement et mouvements de population dans l’Afrique Romaine de la chute de Carthage à la fin de la dynastie des Sévères (146 a.C.-235 p.C.), Paris 1977, p. 248. 37. CIL III, 13580 de Coptus – con construcción de un puente; AE, 1975, 862 de El Qasr – con restauración de santuario; AE, 2001, 2044 de Mons Claudianus o AE, 1897, 12 – con consagración de santuario a Afrodita. 38. STRAB., 17, 800.

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que Vespasiano o Tito se habían ocupado especialmente de las cuestiones territoriales y – por ende – fiscales de las diversas provincias africanas, Domiciano siguió interviniendo – en este caso a través del praefectus Aegypti C. Tettius Africanus Cassianus Priscus – no sólo – como hemos visto ([1]) – en algunos de los expedientes iniciados por su padre y su hermano – sino también en un elemento estratégico – el de la producción – que, en los momentos ´ iniciales de la política urbanizadora flavia en Africa, descansó sobre la apropiada gestión territorial de la que, con tanto interés y meticulosidad, aquéllos se habían ocupado. Todas estas actuaciones revelan, en cualquier caso, cómo las posibilidades productivas del territorio africano fueron debidamente mesuradas y gestionadas por los emperadores de esta singular dinastía del Principado romano. Lástima que, en muchas ocasiones, las fuentes no terminen de desvelar las verdaderas potencialidades – en este sentido – del territorio africano y que, muchas veces, la valoración del verdadero motor de ésta – y otras – prácticas imperiales oficiales, apenas pueda pasar los umbrales de la hipótesis verosímil.

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