Terminación del contrato de arrendamiento antes del plazo pautado

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Descripción

Terminación del contrato de arrendamiento antes del plazo pautado
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El incumplimiento de cualquier cláusula del contrato de arrendamiento puede ser causa de la finalización del mismo. Tanto el arrendatario como el arrendador pueden solicitar unilateralmente la finalización del contrato si se incurre en cualquiera de las siguientes causales:
Arrendador:
Causales de falta de pago:
El arrendador puede solicitar la terminación del contrato si no se le pagan las rentas y sus ajustes en tiempo y forma acordados. O si el arrendatario no paga los servicios y con ello causa la desconexión del mismo. O si no abona las expensas comunes si ellas estuvieran a su cargo.
Causales de incumplimiento del destino del inmueble:
Que el arrendatario alquile en forma total o parcial el inmueble, cambie el destino del mismo o ceda su uso o goce sin autorización expresa.
Causales morales:
Cuando el proceder del inquilino altere la tranquilidad de su entorno, o en el inmueble se cometan actos ilegales y que fueran verificados por autoridad policiva; o cuando el arrendatario no cumpla con el régimen de propiedad horizontal, si existiere.
Causales de conservación del inmueble:
Está prohibida la alteración edilicia del inmueble, ya sea que se efectúe alguna construcción adicional o destrucción o innovación de la estructura existente, y no se haya obtenido la autorización correspondiente por parte del dueño del bien.
Causales de necesidad inminente:
Cuando el propietario necesite el inmueble para vivienda propia, o tenga que demolerlo para llevar a cabo una nueva construcción o haya que desalojarlo a fin de efectuar reparaciones o forme parte del pago de una operación de compraventa.
Arrendatario:
Causales de falta de pago:
Cuando el arrendador con su comportamiento provoque la suspensión de los servicios del inmueble. Si fuera por constituirse en deudor moroso de los mismos, el arrendatario podrá cancelar la deuda y descontar del canon los importes pagados.
Causales de uso y goce:
Cuando el arrendador impida de alguna forma el legal uso o goce del inmueble, y este proceder fuera comprobado por autoridad policiva.
Causales de desconocimiento:
Cuando los derechos del arrendatario, reconocidos por ley o por el contrato, no son respetados por el arrendador.
Para que la finalización del contrato de arrendamiento accionada por el arrendatario pueda ser correctamente implementada antes del plazo de vencimiento estipulado en el contrato de origen o durante las prórrogas subsiguientes, es necesario que la voluntad de finalizar el contrato sea comunicada al arrendador por escrito, utilizando para ello el servicio postal autorizado.
Es requisito a tener en cuenta que dicha comunicación sea cursada con una anticipación de por lo menos tres meses antes de que el arrendatario proceda a la entrega del inmueble.
Si el arrendatario cumple con estas condiciones y con la causa de rescisión debidamente comprobada, el arrendador está en la obligación de recibir el inmueble. Si éste se negara a dicha devolución, el arrendatario deberá solicitar la intervención de la autoridad que le compete. Esto no impide que se inicie el accionar judicial que corresponda.



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