Sobre el libre albedrio y la gracia en San Agustín

October 5, 2017 | Autor: Katerine De Jong | Categoría: Filosofía, San Agustín de Hipona
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Descripción

Sobre el libre albedrio y la gracia en San Agustín. Una breve revisión a algunos de los planteamientos más sobresalientes en función de la polémica con los pelagianos. Katerine De Jong Guerrero Maestría en Filosofía, 09 de junio de 2013

“Da quod iubes et iube quod vis”1 es una frase famosa que aparece repetidas veces en el libro X de las Confesiones de San Agustín que encendió la interesante polémica contra los pelagianos hacia el año 405 ya que para el fundador de esta última doctrina, Pelagio, San Agustín deja en manos de Dios lo que es responsabilidad del hombre. Ciertamente San Agustín ya había abordado con anterioridad en los asuntos de la Gracia divina pero a raíz de esto, se vio obligado a fundamentar de manera más convincente a través de la razón este asunto de fe: debía exponer el porqué la gracia no representa una limitante o bien no resulta contradictoria con el libre albedrío. En el siglo IV la mayoría de los teólogos cristianos se encontraban avocados en la discusión de dogmas relativos la hipóstasis de la trinidad y la reencarnación, teniendo claro algunos aspectos fundamentales como lo son que el hombre era libre y responsable de sus actos, que su naturaleza fue corrompida por el pecado de Adán y que a fin de regenerarla, era absolutamente necesario el auxilio de Dios a través de Cristo2. No obstante, la polémica suscitada por el escrito de San Agustín dio lugar a que no se dejara en segundo plano los conflictos que se presentan de la coexistencia de los principios aparentemente contrarios del libre albedrío y la gracia en el hombre, o si se quiere decir, entre la libertad y el determinismo teológico. Antes de continuar, vale la pena aclarar sucintamente los términos de libre albedrío y gracia. Respectivamente el libre albedrío puede ser entendido luego de las lecturas pertinentes, como la potestad de una persona de obrar según su propia voluntad sin ser condicionado por un agente distinto a él, mientras que la gracia, se asumirá en el presente escrito como un don concebido por Dios para ayudar al hombre a cumplir con los mandamientos, salvarse o ser santo, considerando también como el acto de amor incondicional e inmerecido por el que Dios llama continuamente las almas hacia sí. Para aquel entonces, el Obispo de Hipona, nación en Tagaste en el año 354. En su trance de evolución espiritual y su amor a la sabiduría, se había paseado por las corrientes del maniqueísmo, el escepticismo, el neoplatonismo para finalmente llegar, casi a sus 40 años al cristianismo siendo, en cada instante de su pertenencia a estos círculos, un eficiente pensador y defensor de sus tratados y sus creencias. Esta situación lo llevó más adelante a hacer uso del optimismo monista y neoplatónico para combatir el maniqueísmo y más tarde se valdrá de la tesis

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San Agustín.(2010). Confesiones. Madrid: Editorial Gredos. Cappelletti, A. (1993) Textos de estudio de filosofía medieval. Mérida. Consejo de Publicaciones ULA.

de tipo maniqueísta para defenderse del optimismo naturalista y pelagiano3. Fue pues, su pasado religiosamente promiscuo lo que le dio pie a sus contrarios a generar las críticas posteriores por su falta de originalidad en sus argumentos influenciados por las creencias pasadas. Aún así, San Agustín supo tomar ventaja del momento histórico y las argumentaciones de sus archi-enemigos pelagianos y cristianos para profundizar detalladamente en el tema, elaborando más de trece obras de carácter polémico anti-pelagiano y aumentar su prolífica producción escrita que hoy en día es un legado invaluable para la iglesia católica. Según nos cuenta la historia, Pelagio era un monje británico de comportamiento prudente y ascético que llegó a Roma cerca del año 380 quien sostenía que todo mal, sólo debía imputársele a la libertad humana ya que de lo contrario, la culpa en el caso de que el hombre desobedeciera a lo que Dios manda, recaería sobre el mismo Dios y entendiblemente Dios no puede ser la fuente del mal. Esta postura da razón a que Pelagio, de carácter intrínsecamente voluntarista, se escandalizara al leer la sentencia agustiniana “Da quod iubes et iube quod vis” ya que, además de vincularlo con la circunstancia histórica de depravación y decadencia en que se encontraba Roma para ese momento, le hace cuestionarse si el hecho de que el hombre que mantiene una vida prudente, honesta y justa no sea producto de su voluntad y esfuerzo, sino más bien de la gracia, dando razón pues a que no se le puedan imputar los pecados ya que estarían justificados bajo los designios de este don de Dios. Para Pelagio, es el hombre quien bajo el ejemplo de la vida santa y las enseñanzas del enviado de Dios, Jesucristo, más el agregado de la gracia como una luz del entendimiento, es capaz de tener la libertad de decidir por sí mismo el obrar bien o mal, ya que por esto se nos concedió el libre albedrío sin otro auxilio por parte de Dios, o la necesidad de ayuda divina alguna. Sin embargo, tanto estos argumentos como su creador al cual se le une, entre otros un discípulo belicoso llamado Celestio, serán firmemente refutados por San Agustín y hasta ser considerados herejía, ya que en consecuencia se estaba cuestionando el originale peccatum y su transmisión hereditaria atacando algo que, muchos siglos más adelante Schopenhauer manifiesta, quizás de una forma un poco exagerada “es el punto céntrico y corazón del cristianismo”4. Además, esto no daría razón a la necesidad dogmática del bautismo y la redención quedaría devaluada. Para los pelagianos, el pecado de Adán no se consideraba como pecado original congénito, más bien como un pecado particular y personal de Adán excluyendo el concepto inmanente de un pecado al hombre que se hereda de generación en generación , esto a fin de que el hombre no lo usara como excusa para el vicio y la relajación moral, destacando siempre lo determinante de la voluntad humana para el progreso del cristianismo bajo el principio de libertad; es menester que los hombres obren bien, sigan el ejemplo de Cristo y alcancen la salvación recibiendo la gracia de Dios por mérito y no por el sacramentos causantes de la gracia divina.

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Idem SCHOPENHAUER, Arthur: Parerga und Paralipomena. Kleine philosophische Schriften. Berlín, A.W. Hayn, noviembre de 1851. 2ª edic. (póstuma), 1862. 4

Esta postura, como ya se mencionó, dio pie a San Agustín para lucubrar más hondamente en estos asuntos de la gracia, el libre albedrío, el pecado original, el bautismo, la redención, la salvación, el mérito y el castigo, sin dejar de perder el interés de reflexión que lo ha distinguido sobre otros temas determinantes para la él como la verdad, el alma y la felicidad. En un primer contrapunteo, elaboró el inaugural de sus escritos anti-pelagianos llamado De peccatorum meritis et remissione 5donde San Agustín exalta no sólo la necesidad de la oración, va más allá de esto y hace uso de la oración que dejó Cristo como evidencia de que necesitamos de la gracia y por medio de la oración se la solicitamos. Con el ejemplo de “no nos dejes caer en tentación” justifica que no todo es tarea del hombre y agrega que no tendría sentido que nos la enseñara el mismo hijo de Dios para solicitarle su ayuda si todo dependiera de nosotros, esta es pues una invocación de apoyo para cumplir con lo El que manda. Es decir, que mientras los pelagianos hacían énfasis en el esfuerzo intrínseco y voluntario, los agustinianos hacían énfasis en el refuerzo proveniente de la gracia. De esta manera San Agustín deja claro de que la gracia del Señor antecede a la voluntad del hombre para inclinarse hacia el bien y destaca, a diferencia de los pelagianos, el carácter dogmático e irrenunciable del bautismo a fin de librarnos de la culpa del pecado original. Para San Agustín el pecado original era transmitido de generación en generación de todos los descendientes de Adán y Eva por la reproducción a través de la concupiscencia y por ende, los niños que mueren sin recibir el bautismo no se les atribuye ninguna forma de salvación siendo castigados con la condenación eterna6. Sin embargo hace la acotación que cuando la pareja se une en matrimonio bajo el permiso de Dios, las relaciones carnales dejan de ser consideradas concupiscentes aunque esto no exonera al hombre de inclinarse hacia esta forma del mal. En síntesis, podemos decir que la doctrina agustiniana con respecto al pecado original y la gracia refiere a que el hombre, luego del pecado original posee una naturaleza corrupta e inexorablemente tiende a pecar y, en un intento por restituir al hombre esa libertad sesgada por el mal, Dios concede la gracia como forma de compensar el equilibrio de la voluntad hacia el bien. Dicho en pocas palabras, nuestra naturaleza tiende de manera latente al mal y sólo la gracia divina puede salvarnos. A esto se le puede agregar que necesariamente la vida del cristiano debe estar animada por parte del espíritu de Dios quien debe llevarse todos los créditos lo bueno que el hombre haga. San Agustín continuó realizando sus escritos anti-pelagianos y entre esos se encuentra uno que realizó aproximadamente dieciséis años después del primero llamado De gratia et Libero Arbitrio7 en el cual deja algunas percepciones ya concebidas bastante claras y aún más refinadas. En esta obra continúa con la afirmación de que el hombre cuenta con una voluntad autónoma gracias al libre albedrío siendo él el responsable de actuar mal y no Dios porque no han buscado previamente el auxilio y la gracia divina, ya que para él los hombres no pueden actuar libremente para hacer el bien, esto se lo debemos a la gracia. Es así que la disposición de luchar contra el mal corresponde a la libertad individual y de allí en adelante la gracia funge como refuerzo en el 5

San Agustín. Obras completas de San Agustín. 41 volúmenes. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos. Idem 7 Idem 6

combate. Al contrario que los pelagianos los cuales consideran que la gracia únicamente les da el impulso para dar el salto hacia la salvación, para Agustín y los seguidores de su doctrina, la gracia acompaña a los creyentes durante todo el camino hacia la redención. Otro punto de divergencia en la postura agustiniana manifestada en esta obra recae sobre la gracia y el mérito. Para San Agustín si la gracia se concediera por merito, inexorablemente perdería su condición de gracia, “la gracia, en cambio no se da según los méritos, puesto que en caso contrario la gracia ya no sería gracia. Llámase de hecho gracia porque gratis se da”8. Esto quiere decir que la gracia hasta se le concede a hombres que no han obrado bien necesariamente y que es preferible que cuando el hombre posee buenos méritos no debe adjudicárselos así mismo, sino a Dios. Dicho de otro modo, uno puede creer tener todos los méritos según nuestras buenas obras y, aún así no poseer la gracia divina ya que esto se encuentra regido por la predeterminación de Dios. Se podría hablarse en este punto sobre el mérito en sentido positivo y el mérito en sentido negativo. Lo primero tiene que ver con el carácter volitivo de hacer el bien, considerándose estos como los dones divinos; el segundo, con las conductas evitativas hacia el mal, situación que se encuentra en manos del hombre9. He aquí una forma del libre albedrío que no es limitante para obrar mal, si bien la gracia cumple con impulsarnos a la cercanía del corazón de Dios. Retrocediendo un poco en el tiempo, tenemos un texto agustiniano escrito en el año 388 exclusivamente dedicado a la reflexión Del libero arbitrio10 donde, en forma de diálogo Agustín y un tal Evodio discurren sobre el sentido de la libertad, ésta como proyecto divino, por qué se usa mal la voluntad, etc. En el libro II sobre la libertad humana encontramos una disertación sobre el castigo que se nos hace pertinente e interesante ya que de primera mano se considera la antítesis del mérito, pero Dios puede salvar sin mérito pero nunca castiga sin culpa. En este capítulo queda claro que sin libertad no hay obra que se pueda juzgar como buena (según las escrituras, además de la gracia, Dios dará a cada uno según sus obras). Es cómo el caso en la vida cotidiana en que la esposa quiere que el marido la ayude con la limpieza. Le pide cuatro veces de que por favor la ayude y él se niega entretenido viendo un juego, a la quinta responde que sí un poco de mala gana pero la esposa ya no quiere que la ayude pues porque a él “no le nace” de su voluntad, careciendo de validez su acto. El esposo tiene el libre albedrio de decidir de ayudarla o no, pero preferiría ella que él decidiera voluntariamente a colaborarle con las labores de limpieza. Sin embargo, si estuviéramos tratando de la gracia, la esposa no tendría la oportunidad de ver en su marido su buena disposición. Así, en lo que refiere al pecado, no es aceptado que el mal sea la obra de un Dios malo, sino del hombre libre. De esta manera se puede ilustrar más fácilmente la función del libre albedrío en este texto que deja muy claro que no es para pecar, sino por el contrario, el libre albedrío fue dado para vivir rectamente y de no ser así, Dios puede castigar con justicia al pecador, pues no existiría la distinción entre el bien obrar y el mal obrar de no existir previamente la libertad en el hombre. 8

San Agustín (1971) “De la gracia y el libre albedrío”. XXI,43 p.271. Trad. Vega, G. E., Madrid: BAC. Camacho, J. (2008) Gracia y libre albedrío en la polémica entre San Agustín y los Pelagianos. Doc. PDF. 10 San Agustín (1982) Del libre albedrío. Trad. De P. Evaristo Seijas. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos. 9

Más adelante en el mismo texto, teniendo la existencia de Dios como una verdad inconcusa, se defiende que así como se cree y se tiene fe en este hecho, también se debe tener bajo estas mismas condiciones que el libre albedrío ha sido otorgado al ser humano exclusivamente para obrar bien, sin cuestionar la posibilidad que Dios lo haya concedido con el fin de que también se use para el mal la libre voluntad humana o sin haber considerado el daño colateral consecuente de ésta dádiva. Ciertamente aunque los planteamiento de San Agustín con respecto a la libertad y la gracia no tienden a ser inconsistentes, sino por el contrario, logra engranar ambos conceptos deliciosamente y salir incólume ante las disputas con los pelagianos y otros contrarios a sus supuestos, desde que expone sus ideas comienza a recibir críticas. La más repetida hace hincapié en que Agustín le queda remanentes de su pasado maniqueísta y que al instalar la novedosa doctrina del originale peccatum , ésta se encontraba teñida de la teoría maniquea de la maldad innata de la naturaleza humana. Cappelletti no se resiste a decir que San Agustín no es capaz de dejar su materialismo burdo para no romper con la consecuencia lógica de sus principios teológicos, osándose a postular la eternidad de tormentos para los infantes sin bautismo11. Aún así, la importancia de San Agustín en el mundo católico no ha podido ser mermada y ciertamente en los siglos posteriores sus posturas serán repensadas y revaluadas por filósofos como Lutero, Calvino y Jansenio a los cuales también sus formulaciones sufren de ser consideradas como una nueva expresión del maniqueísmo.

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Cappelletti, A. (1993) Textos de estudio de filosofía medieval. Mérida. Consejo de Publicaciones ULA.

Bibliografía: Cappelletti, A. (1993) Textos de estudio de filosofía medieval. Mérida. Consejo de Publicaciones ULA. Parerga und Paralipomena.(1851)Kleine philosophische Schriften. 2ª edic. (póstuma), 1862.Berlín, A.W. Hayn. San Agustín (1971) “De la gracia y el libre albedrío”. XXI,43 p.271. Trad. Vega, G. E., Madrid: BAC. San Agustín (1982) Del libre albedrío. Trad. De P. Evaristo Seijas. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos. San Agustín. Obras completas de San Agustín. 41 volúmenes. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos. San Agustín.(2010). Confesiones. Madrid: Editorial Gredos. Documentos digitales: Camacho, J. (2008) Gracia y libre albedrío en la polémica entre San Agustín y los Pelagianos. Doc. PDF. Revisado el 05 de mayo de 2013 en : http://www.fundacionforo.com/pdfs/graciaylibrealbedrio.pdf

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