SOBERANÍA DEL CONSUMIDOR: VALIDEZ, ALCANCE Y SIGNIFICACIÓN DEL CONCEPTO por Alejandro SALA

August 28, 2017 | Autor: Luis García Chico | Categoría: Economia, De, Revista de estudios sobre Justicia Derecho y Economia, Alejandro Sala
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Revista de estudios sobre Justicia, Derecho y Economía (RJDE). No.1 (Julio-Diciembre del 2014). Visítanos en Facebook o aquí: https//revistarjde.blogspot.com.es

SOBERANÍA DEL CONSUMIDOR: VALIDEZ, ALCANCE Y SIGNIFICACIÓN DEL CONCEPTO

Alejandro N. SALA Escritor. Autor del ensayo “EL ESPÍRITU DEL MERCADO: La economía al servicio del consumidor”

La operatoria en el marco del mercado involucra un constante proceso de toma de decisiones por parte de los operadores. Dada la información que cada individuo extrae de los precios vigentes en un momento dado, ese sujeto determina cursos de acción a seguir en función de sus posibilidades y sus inclinaciones.

Sucede que el mercado es, por naturaleza, un ámbito en el que confluyen intereses antagónicos: todos aspiramos a vender caro y comprar barato. Las relaciones comerciales son intrínsecamente conflictivas. La cuestión que se plantea, por lo tanto, es la de determinar de qué modo esas tensiones se dirimen.

La producción masiva, sistemática e industrializada de bienes y servicios no es un fin en sí mismo. Es, por el contrario, un medio destinado a satisfacer las expectativas, deseos y necesidades materiales de los seres humanos.

A los efectos de llevar adelante el proceso productivo, es necesario destinar recursos de diversa índole: materias primas, maquinarias e instalaciones, trabajo, capital líquido, etc. Sucede que los factores de producción no son infinitos sino limitados. Por lo tanto, la producción está condicionada por los medios disponibles.

Ocurre, además, que los recursos no necesariamente deben ser utilizados de un modo predeterminado. Un campo, por ejemplo, puede ser empleado para agricultura o ganadería y, dentro de cada rama de la actividad rural, hay variantes: el ganado puede ser bovino, lanar, equino, etc. Y, aún dentro de cada una de estas alternativas, hay más ramificaciones. El ganado bovino puede ser dedicado a la producción de leche, carne, cueros, etc. Y, en el caso de la agricultura sucede otro tanto. Pero lo que interesa recalcar es que ese terreno sólo puede ser empleado para una única actividad durante un determinado lapso. No se puede, al mismo tiempo, criar vacas lecheras, novillos, sembrar trigo y soja. Es necesario, inexorablemente, elegir qué uso se le dará a ese campo.

El ejemplo presentado para el campo es válido para cualquier otro caso referido a la producción. Una persona no puede estar haciendo más de un trabajo al mismo tiempo, un capital no puede estar invertido en más de un negocio en forma simultánea y así sucesivamente acontece con todos los factores de producción.

El hecho de que se produzca esta restricción plantea el problema de determinar a qué uso se destinarán los limitados factores de producción disponibles. Y esto, a su vez, plantea el interrogante acerca de qué método se empleará para tomar la decisión y, más aún, quién será el que adopte esa decisión.

Con el fin de encuadrar este conjunto de problemas, Mises consagró en el Capítulo XV de La Acción Humana el concepto de “soberanía del consumidor”, que había sido presentado en 1934 por William Hutt. Dice Mises1 que

1

Mises, Ludwig Von. La Acción Humana. Unión Editorial (Madrid, 2007, 8° edición): 329

“Puede el consumidor dejarse llevar por caprichos y fantasías. En cambio, los empresarios, los capitalistas y los explotadores del campo están como maniatados; en todas sus actividades se ven constreñidos a acatar los mandatos del público comprador”

Como se ve, en la concepción misiana, el empleo de los factores de producción está sujeto a las influencias que los consumidores ejercen sobre los productores. Pero Rothbard2, en el Capítulo 10 de “Hombre, Economía y Estado” expresó su desacuerdo con ese concepto y consignó que

“sería más preciso afirmar que en el mercado libre hay soberanía del individuo”.

Y agrega3 que

“El productor, y sólo el productor, es quien decide si habrá de mantener sus bienes, y hasta su misma persona, ociosos o no, y si habrá de vender bienes y servicios en el mercado, con lo que el resultado de su producción va a manos de los consumidores a cambio del dinero de estos. La decisión acerca de cuánto ha de destinar al mercado y cuánto debe conservar en su poder está librada al productor y sólo a él”.

Evidentemente, las posiciones de Mises y Rothbard acerca de este tema son nítidamente discrepantes. ¿En qué medida las consideraciones de uno y otro son acertadas? He allí la cuestión que nos proponemos analizar. Veamos algo más de lo que nos dicen tanto Mises4 como Rothbard:

“Sólo ateniéndose rigurosamente a los deseos de los consumidores pueden los capitalistas, los empresarios y los terratenientes conservar e incrementar su riqueza. No pueden incurrir

2

Rothbard, Murray. Hombre, economía y estado. Publicado en Libertas 34 (Mayo, 2001). En línea: http://www.eseade.edu.ar/files/Libertas/10_2_Rothbard.pdf: 44 3 Ibidem: 46 4 Mises, Ludwig Von. Op. cit.: 329

en gasto alguno que los consumidores no estén dispuestos a reembolsarles pagando un precio mayor por la mercancía que se trate”,

señala Mises. Pero Rothbard5, a su vez, considera que:

“Ya que los consumidores no tienen facultad para ejercer coerción sobre los productores obligándolos a dedicarse a diversas ocupaciones o trabajos, los primeros no son ‘soberanos’ en relación con los últimos”.

Esta dualidad de criterios nos lleva a plantearnos la cuestión de cuál es el “balance de poder” en el marco del mercado. ¿Quién manda? ¿Los consumidores, como dice Mises o los individuos, como lo sostiene Rothbard? La cuestión tiene una trascendencia que excede la discusión teórica, ya que existen doctrinas que se oponen a la vigencia del mercado que remarcan la existencia de “formadores de precios”, es decir, grandes empresas que estarían en condiciones de determinar los precios con prescindencia de la voluntad de otros actores de la vida económica, en particular, los consumidores. Por lo tanto, la defensa pública de los principios del libre mercado requiere, ante todo, que quienes sostenemos las ideas de la libertad clarifiquemos ante nosotros mismos los fundamentos de nuestras propias posiciones. Nunca podremos abordar debidamente la acusación de que el mercado está dominado por los “formadores de precios” si, previamente, no establecemos con nitidez cuáles son las fuerzas que determinan el desenvolvimiento del sistema que reivindicamos.

A los efectos de resolver esta cuestión, debemos adentrarnos en el análisis de la mecánica del mercado. ¿Cómo es que un bien o servicio llega a estar disponible para la venta?

El punto de partida de cualquier proceso de producción es la percepción, por parte de un empresario, de que existe una demanda que, a juicio de ese inversor, no está satisfactoriamente 5

Rothbar, Murray. Op. cit.: 44

cubierta. De allí en más, el emprendedor evalúa, en primer término, a qué precio considera que esa mercancía podría ser comercializada y luego se aboca a imaginar un proceso de producción cuyos costos totales estén por debajo del precio de venta previsto. ¿Qué deducción podemos hacer de este análisis en relación al problema de las decisiones en el marco de la dinámica del mercado?

En primer lugar, dándole la razón a Rothbard, debemos decir que fue un empresario, y no los consumidores, quien percibió la existencia de una demanda insatisfactoriamente cubierta y, por lo tanto, quien puso en marcha el proceso de producción. Mises 6 no niega esto pero le hace un agregado que modifica sustancialmente el panorama:

“En la sociedad de mercado corresponde a los empresarios la dirección de los asuntos económicos. Ordenan la producción. Son los pilotos que dirigen el navío. A primera vista, podría parecernos que son ellos los supremos árbitros. Pero no es así. Están sometidos incondicionalmente a las órdenes del capitán, el consumidor”.

Rothbard7 ve las cosas de otra manera:

“Para obtener un provecho monetario, el productor individual tiene que satisfacer la demanda del consumidor, pero el punto hasta el cual persigue ese provecho monetario, y el grado hasta el que se afana por otros motivos no monetarios, son exclusivamente materia librada a su propia elección”.

Como se ve, la argumentación de Rothbard está sustentada en el innegable hecho de que el empresario está facultado para abstenerse de aspirar a lucrar. Y, si nos atenemos a ese argumento, por cierto que Rothbard tiene razón. Pero si le damos validez a ese razonamiento, todos los fundamentos sobre los que la economía de mercado se sustenta se desmoronan.

6 7

Mises, Ludwig Von. Op. cit.: 328. Rothbard, Murray. Op. cit.: 44.

Desde Adam Smith en adelante, todos los economistas liberales, de todas las escuelas, han basado sus análisis y teorías en el supuesto de que los empresarios operan en el mercado con el propósito de ganar dinero. Si Rothbard creía que hay algún motivo para que la acción empresarial esté orientada hacia otro fin, debería haber explicado cuál es ese propósito y cuáles son sus las motivaciones que lo impulsan... Como no contamos con esa explicación, deberíamos llegar, provisoriamente, a la conclusión de que la impugnación de Rothbard al concepto de “soberanía del consumidor” no tiene validez conceptual.

Esta conclusión concuerda con los postulados apriorísticos que habíamos formulado:

1) Que la producción no es un fin en sí mismo sino una actividad destinada a satisfacer las los deseos, necesidades y expectativas de los seres humanos.

2) Que la variable que motiva al empresario a poner en marcha un emprendimiento es la percepción de que hay una demanda que no estaría satisfactoriamente cubierta.

Pero sumerjámonos un poco más en el análisis del concepto de “soberanía del consumidor”...

Una transacción comercial en el marco de un mercado libre es la consecuencia de la confluencia de dos decisiones voluntarias: un individuo que acepta entregar una mercadería a cambio de dinero y otro sujeto que consiente en entregar dinero a cambio de un bien o servicio. Resulta evidente que el “balance de poder” de tal transacción es equilibrado, ya que ambas partes convinieron libre y voluntariamente ceder algo de su propiedad a cambio de acceder a la propiedad de lo que la contraparte le entregó.

Sin embargo, Mises habla de “soberanía del consumidor”. ¿No es ese concepto contradictorio con el “equilibrio de poder” propio de la operatoria del mercado? Veamos algunas consideraciones de Menger8 acerca del tema en su artículo El origen del dinero, de 1892.

“Cuando los productos relativamente más líquidos se convirtieron en ‘dinero’, el acontecimiento tuvo, en primer lugar, el efecto de aumentar de manera sustancial su liquidez originalmente alta. Todo sujeto económico que trae productos menos líquidos al mercado, con el fin de adquirir bienes de otro tipo, ha tenido desde entonces un mayor interés por convertir lo que tiene en primera instancia en aquellos productos que se han convertido en dinero. Porque esas personas a través del intercambio de sus productos menos líquidos por aquellos que, por ser dinero, tienen mayor liquidez, logran no solamente, y tal como había ocurrido hasta ese momento, una mayor probabilidad sino la certeza de poder adquirir en forma inmediata cantidades adecuadas de todo otro tipo de producto que pueda tenerse en el mercado. Y el control que tienen sobre ellos depende simplemente de su voluntad y de su elección”.

Obsérvese cómo, mucho antes de que Mises hablara de “soberanía del consumidor”, Menger, al estudiar el modo en el que el dinero se gestó, identificó la idea, aunque no la haya llamado de ese modo. La “certeza de poder adquirir en forma inmediata cantidades adecuadas de todo otro tipo de productos” es la expresión práctica del fenómeno denominado posteriormente “soberanía del consumidor”. Veamos algo más del mismo trabajo de Menger9:

“Lo que constituye la peculiaridad de un producto que se ha convertido en dinero es el hecho de que su posesión nos brinda en un momento dado, es decir, en el momento que consideremos oportuno, un control seguro sobre todo producto que pueda tenerse en el mercado y, en general, a precios ajustados a la situación económica del momento”

8

Menger, Carl. El origen del dinero. Libertas 2 (Mayo de 1985). En línea: http://www.eseade.edu.ar/files/Libertas/48_7_Menger.pdf . Consultado: 8-3-14 (sin indicación de página). 9 Menger, Carl. Op. cit.

La frase “control seguro” expresa en otros términos la misma idea de la soberanía del consumidor. ¿Qué conclusión podemos extraer de estos párrafos a los efectos de caracterizar al consumidor? Básicamente, que la condición de consumidor está asociada a la posesión de dinero líquido… El soberano es aquel que cuenta con dinero para elegir en qué gastar, es decir, el consumidor.

Más adelante señala Menger10:

“La práctica de la vida diaria, y también la jurisprudencia, que en su mayor parte apoya las nociones predominantes en la vida diaria, distinguen la existencia de dos categorías en los requisitos del comercio: la de los productos que se han convertido en dinero y la de los que no lo han hecho. Y encontramos que el fundamento de esta distinción se halla, en esencia, en la diferencia de liquidez de los productos que hemos mencionado anteriormente, una diferencia muy significativa para la vida práctica y que más tarde se ve acentuada por la intervención del estado. Además, esta distinción halla su expresión en el lenguaje, en la diferencia entre los términos ‘dinero’ y ‘bienes’, y 'compra’ e ‘intercambio’, o en el significado que se les da. Pero brinda también la principal explicación de la superioridad del comprador sobre el vendedor, sobre la cual se han hecho múltiples consideraciones pero que, hasta ahora, no ha sido adecuadamente explicada”.

Sobre estas cuestiones, algo he dicho yo mismo en el ensayo EL ESPÍRITU DEL MERCADO11:

“El consumidor, si dispone de dinero, es porque previamente fue productor y consiguió vender su producto o servicio. Así fue como consiguió el dinero. El hecho de que todos

10 11

Menger, Carl. Op. Cit. Sala, Alejandro. El Espíritu del mercado. Editorial Dunken (Buenos Aires, 2011):

aspiremos a ganar dinero significa, en otras palabras, que todos procuramos pasar de la condición de productor a la de consumidor. Todos aspiramos, cuando estamos en la función de productores, a recibir dinero por lo que producimos, para disponer de ese dinero y convertirnos en consumidores”.

Y en relación a la significación de la moneda, el argumento es el siguiente12:

“En un ordenamiento económico edificado sobre el concepto de la soberanía del consumidor, la moneda es un ingrediente esencial del sistema porque sin esa herramienta el principio de la soberanía del consumidor se torna inaplicable en la práctica aunque esté consagrado en la ley y en la doctrina económica. La moneda es un instrumento al servicio de los consumidores porque les permite administrar racionalmente el beneficio que habían obtenido cuando ocupaban el papel de productores. La “magia” de la moneda radica en que si no me gusta lo que venden en el supermercado tal, con esa misma moneda voy a la competencia y la puedo usar. La moneda faculta a los consumidores a ejercer la soberanía porque, al tener vigencia universal, les permite seleccionar donde y qué comprar. En una economía que opere en base al trueque directo, esta posibilidad de elegir y administrar los consumos está tan restringida que prácticamente no existiría”.

Y este es el punto en el cual resulta oportuno volver a Rothbard. Porque tan evidente es que el proceso de producción está sometido a las decisiones de los consumidores que, al analizar los problemas vinculados con el monopolio, Rothbard13 termina por reconocer (en contradicción con sus propias expresiones anteriores):

“… el público consumidor es el que decide respecto de la diferenciación de los productos, de acuerdo con su escala de valores”.

12 13

Sala, Alejandro. Op. Cit.: Rothbard, Murray. Op. cit.: 140.

Y también14:

“Lo que fundamentalmente corresponde a la producción es servir a los consumidores a cambio de ganancias monetarias…”.

Este conjunto de argumentos nos permite, por lo tanto, hacer una reivindicación del concepto de “soberanía del consumidor” pero, lo que es quizá primordialmente importante, suministra un argumento de enorme peso para refutar los razonamientos de quienes defienden el intervencionismo del estado. En efecto, al consagrar el principio de la soberanía del consumidor, se están esgrimiendo fundamentos muy sólidos para rechazar la premisa de que la economía de mercado favorece a “los grupos económicos concentrados”, supuesto que no se puede reputar como exacto porque, según los análisis que acaban de ser presentados, la sana doctrina sustenta nítidamente la validez del principio de que, en el marco de un mercado libre, la soberanía de la dinámica económica está situada en el consumidor y no en el productor.

Quizá pueda intentar argumentarse que este principio carece de validez en los casos en los que la dinámica del mercado conduce a la aparición de monopolios. En primer término, corresponde señalar, contra ese planteo, la conocida respuesta de que no cabe considerar monopólica a la presencia de un único proveedor de un bien o servicio si no hay impedimentos legales para que se presenten al mercado competidores en las mismas condiciones formales. Pero, igualmente, resulta oportuno enunciar los factores antimonopolísticos endógenos del mercado, porque configuran una sólida argumentación contra las objeciones de quienes sostienen la doctrina de los “formadores de precios”. Es conveniente seguir en esta enumeración la argumentación presentada por Gabriel Zanotti15 en Introducción a la Escuela Austríaca de Economía, donde

14

Ibidem: 142 Zanotti, Gabriel. Introducción a la Escuela Austriaca de Economía. Centro de Estudios sobre la Libertad (Buenos Aires, 1981): 56-60. 15

presenta los siguientes factores como impedimentos de la formación de monopolios en el marco de un mercado abierto:

1) La elasticidad de la demanda 2) La competencia potencial 3) El factor competitivo permanente 4) La ley de los rendimientos decrecientes 5) Los límites de calculabilidad en el mercado 6) El comercio exterior libre 7) Los sustitutos

La presencia de este conjunto de factores resguarda a los consumidores contra los eventuales abusos de los productores, quienes no pueden aprovecharse de la situación de mercado en la que se encuentren, puesto que si se exceden en los márgenes de rentabilidad con los que operan, generan las condiciones que incentivarán la aparición de competidores (de allí la relevancia que adquiere el hecho de que el mercado sea abierto y que el estado no interfiera en la incorporación de competidores dispuestos a mejorar la relación calidad-precio que ofrecen a los consumidores). Otro argumento que puede emplearse para impugnar el concepto de “soberanía del consumidor” es el hecho de que no absolutamente todos los servicios son susceptibles de ser sometidos a un régimen de competencia e inclusive ni siquiera es posible o conveniente cobrar un precio por sus prestaciones. Hayek16 admitía en Camino de Servidumbre (Cap. 3) que hay

“… ámbitos donde, evidentemente, las disposiciones legales no pueden crear la principal utilidad en que descansa el sistema de la competencia y de la propiedad privada: que consiste en que el propietario se beneficie de todos los servicios útiles rendidos por su propiedad y 16

Hayek, Friedrich. Camino de Servidumbre. Alianza Editorial (Madrid, 1976): 67

sufra todos los perjuicios que de su uso resulten a otros. Allí donde, por ejemplo, es imposible hacer que el disfrute de ciertos servicios dependa del pago de un precio, la competencia no producirá estos servicios; y el sistema de los precios resulta igualmente ineficaz cuando el daño causado a otros por ciertos usos de la propiedad no puede efectivamente cargarse al poseedor de esta. En todos estos casos hay una diferencia entre las partidas que entran en el cálculo privado y las que afectan al bienestar social; y siempre que esta diferencia se hace considerable hay que encontrar un método, que no es el de la competencia, para ofrecer los servicios en cuestión”.

Y sostiene que17

“En estos casos es necesario encontrar algo que sustituya al mecanismo de los precios. Pero el hecho de tener que recurrir a la regulación directa por la autoridad cuando no pueden crearse las condiciones para la operación adecuada de la competencia no prueba que deba suprimirse la competencia allí donde puede funcionar”.

En el Capítulo 13 del mismo libro Hayek18 retoma el tema y señala que

“Lo probable es que, allí, donde el monopolio sea realmente inevitable, un fuerte control del estado sobre los monopolios privados, método que solían preferir los americanos, ofrezca más posibilidades de resultados satisfactorios, si es mantenido con continuidad, que la gestión directa por el estado”,

para concluir que19

17

Ibidem: 67-68 Ibidem: 239 19 Ibidem: 239 18

“Este método de tratar el monopolio, que rápidamente podría hacer de la posición del monopolista la menos elegible entre todas las posiciones del empresario, podría contribuir tanto como cualquier otra cosa a reducir el monopolio a las esferas en donde es inevitable y a estimular la invención de sustitutivos que pudieran hacerle la competencia. ¡Bastaría convertir otra vez la posición del monopolista en cabeza de turco de la política económica para que sorprendiese la rapidez con que la mayoría de los empresarios capaces redescubriría su gusto por el aire saludable de la competencia!”.

Estos conceptos plantean situaciones en las que la soberanía del consumidor no es susceptible de ser ejercida plenamente pero, precisamente por eso, Hayek recomienda metodologías de gestión que se aproximen en todo cuanto sea posible a la aplicación de ese principio y, además, la creación de condiciones que incentiven la posibilidad de que la soberanía del consumidor pueda llegar a ser establecida plenamente.

El criterio que Hayek propone es plenamente consecuente con la idea de que el sistema de libre mercado es un proceso permanente de búsqueda de soluciones a los nuevos problemas, los cuales van apareciendo conforme se renuevan los métodos de producción. En todo cuanto sea posible debemos propender a garantizar la vigencia del sistema de competencia que consagra el principio de la soberanía del consumidor y, en los casos en los que tal mecanismo no sea viable, es necesario dejar abiertas todas las alternativas para facilitar el acceso a ese ideal. He aquí una forma de aplicar operativamente el “postulado de la tendencia” que proponía, como metodología ejecutiva, el ingeniero Alsogaray20, el cual señalaba que:

Hay sólo dos formas “puras” de organización de la sociedad: la socialista y la liberal. Pero ni el socialismo ni el liberalismo “perfectos” se dan en la práctica. Constituyen abstracciones o “modelos” que no se han visto integralmente realizados en ninguna parte. La realidad nos ubica siempre en una posición intermedia. Pero ninguna de estas resuelve los problemas de

20

Alsogaray, Alvaro Carlos. Bases liberales para un programa de gobierno. 1989-1995. Editorial Planeta (Buenos Aires, 1989): 77.

una manera adecuada y permanente. La búsqueda de soluciones de esa clase, tal como los intervencionistas, los partidarios de las terceras posiciones, los “pragmáticos” y demás defensores de las fórmulas híbridas promedio, no promete éxito. La clave está en abandonar esa búsqueda de posiciones “estáticas” e inclinarse por una aproximación “dinámica”, como es la fijación de una tendencia. ¿Pero una tendencia hacia qué y hacia dónde? Precisamente hacia el modelo liberal, que nunca se alcanzará totalmente, pero que tampoco requiere ser aplicado en términos absolutos. Es el movimiento hacia él lo que importa. A medida que avanzamos en ese sentido se van desatando en el seno de la sociedad fuerzas espontáneas que promueven el desarrollo y el progreso dentro de un marco de libertad y de plena vigencia de los derechos individuales.

Quizá, para terminar, sea también oportuno recordar aquella idea tan precisa y a la vez tan rica y que tan bien aplica para el tema tratado, que fuera presentada por Enrique Arenz 21, la cual explicaba que “la libertad es un sistema de fronteras móviles que el hombre puede ampliar permanentemente”, en la medida en que las leyes humanas concuerden con las leyes de la física y de la praxeología. En un sistema de mercado, donde el consumidor es soberano, constantemente tiende a aumentar la cantidad, la variedad y la calidad y a disminuir el precio de los bienes y servicios sometidos a la consideración de los consumidores. Y de ese modo es como los márgenes de libertad de cada individuo se van ampliando, al poder aprovechar su tiempo de vida en más actividades, más gratificantes y con menor esfuerzo.

21

Arenz, Enrique. Libertad, un sistema de fronteras móviles. Juan José Zuccoli, editor (Mar del Plata, 1986): 100.

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