Significados interpersonales en los Géneros Legislativos: el texto como macropropuesta

Share Embed


Descripción

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA SERPA CONICET – UBA C/ Espinosa 932 – Dpto. 5 CABA. Argentina E-mail: [email protected] Tel. (00 54 11) 4582 7337 / 1541773261 SIGNIFICADOS INTERPERSONALES EN LOS GÉNEROS LEGISLATIVOS: EL TEXTO COMO

INTERPERSONAL

MACROPROPUESTA

MEANINGS IN THE LEGISLATIVE GENRES: THE TEXT AS A MACRO-PROPOSAL

SIGNIFICATIONS INTERPERSONNELLES DANS LES GENRES LEGISLATIFS : LE TEXTE COMME MACROPROPOSITION

RESUMEN: Este trabajo sigue al Análisis Estratégico del Discurso (Menéndez 1995, 1998, 2006, 2009) en su propuesta de entender la ilocutividad como un recurso pragmáticoutilizado estratégicamente. Se inscribe gramaticalmente en la LSF (Halliday 1970, 1988; Halliday y Hassan 1979; Halliday y Matthiessen 2004) en cuanto al estudio de la cláusula como intercambio, aunque intenta superar ese nivel para dar cuenta de la realización de las fuerzas en los discursos. El corpus está conformado por la Recomendación 27/93 y la Resolución 26/97, emitidos por el Ministerio de Educación Nacional de la Argentina. Los resultados ponen en evidencia que cada texto construye una compleja red de intercambios de información y de bienes y servicios y que este entramado de fuerzas contribuye para la realización feliz o afortunada (Austin 1962; Searle 1969, 1975, 1989) del macroacto de habla (van Dijk 1979, 1980) y abonan la hipótesis de que el texto — entendido en estos casos como macropropuesta aparece globalmente (Martin 1992b)— modulado, tal como una proposición puede aparecer modulada en el marco de la cláusula.

ABSTRACT: This work follows the Análisis Estratégico del Discurso (Strategic Discourse Analysis) (Menéndez 1995, 1998, 2006, 2009) in its proposal to understand the ilocutivity as a pragmatic strategically used resource. It is grammatically inscribed in the LSF (Halliday 1970, 1988; Halliday and Hassan 1979; Halliday and Matthiessen 2004) as to the study of the clause as interchange, although it attempts to surpass that level in order to account for the realization of the forces in the discourses. The corpus consists in the Recommendation 27/93 and the Resolution 26/97, issued by the Ministerio de Educación Nacional in Argentina. The results prove that each text builds a complex net of information exchange as well as of goods and services and that this framework of forces contributes to the happy or fortunate realization (Austin 1962; Searle 1969, 1975, 1989) of the speech macro-act (van Dijk 1979, 1980) and support the hypothesis that the text –understood in these cases as a macro-proposal (Martin 1992b)- appears globally modulated, as a proposition might appear modulated within the framework of the clause.

RÉSUMÉ: Ce travail suit le Análisis Estratégico del Discurso (Analyse Stratégique du Discours) (Menéndez 1995, 1998, 2006, 2009) dans sa proposition de comprendre l’ilocutivité comme un recours pragmatique utilisé stratégiquement. Il s’inscrit grammaticalement dans la LSF (Halliday 1970, 1988 ; Halliday et Hassan 1979 ; Halliday et Matthiessen 2004) quant à l’étude de la clause comme échange, bien qu’il essaie de surpasser ce niveau pour rendre compte de la réalisation des forces dans les discours. Le corpus est conformé par la Recommendation 27/93 et la Résolution 26/97, émis par le Ministerio de Educación Nacional en Argentine. Les résultats démontrent que chaque texte construit un réseau complexe d’échanges d’information et de biens et services et que ce réseau de forces contribue à la réalisation heureuse ou fortunée (Austin 1962 ; Searle 1969, 1975, 1989) du macroacte du discours (van Dijk 1979, 1980) et supportent l’hypothèse que le texte –entendu en ces cas comme macroproposition (Martin 1992b) apparaît globalement modulé, tel qu’une proposition peut apparaître modulée dans le cadre de la clause.

PALABRAS CLAVES: ilocutividad; pragmática; discurso; macropropuesta; género legislativo.

KEY WORDS: ilocutivity; pragmatic; discourse; macro-proposal; legislative genre.

MOTS CLÉS: ilocutivité; pragmatique; discours; macroproposition; genre législatif.

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Metodología. 3. Resultados. 3.1. El sistema de modo en la cláusula. 3.1.1. Intercambio de información. 3.1.2. Intercambio de bienes y servicios. 3.2. El sistema de modo en el texto. 4. Discusión. 5. Anexo: segmentación completa de los textos. 5.1. Recomedación 27/93 del C.F.C.y E. 5.2. Resolución 26/93 del C.F.C.y E.

SUMMARY: 1. Introduction. 2. Methodology. 3. Results. 3.1. The mood system in the clause. 3.1.1. Information exchange. 3.1.2. Goods and services exchange. 3.2. The mood system in the text. 4. Discussion. 5. Annex: complete segmentation of the texts. 5.1. Recommendation 27/93 of the C.F.C. and E. 5.2. Resolution 26/93 of the C.F.C. and E.

SOMMAIRE: 1. Introduction. 2. Méthodologie. 3. Résultats. 3.1. Le système de mode dans la clause. 3.1.1. Échange d’information. 3.1.2. Ëchange de biens et services. 3.2 Le système de mode dans le texte. 4. Discussion. 5. Annexe: segmentation complète des textes. 5.1. Recommendation 27/93 du C.F.C. et E. 5.2. Résolution 26/93 du C.F.C. et E.

Fecha de Recepción Fecha de Revisión Fecha de Aceptación Fecha de Publicación

21/01/2011 03/04/2011 29/05/2011 01/12/2011

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

97

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA SERPA

1.

INTRODUCCIÓN

Este trabajo forma parte de una investigación doctoral cuyo objetivo principal es describir y explicar desde una perspectiva sistémico funcional del lenguaje los modos en que la ilocutividad se realiza en el texto como unidad estratégico-pragmática; para, desde allí, interpretar tanto el registro como el género en estrecha relación con la situación comunicativa y el marco cultural. Se pretende, por lo tanto, trascender el límite de la cláusula para explorar cuestiones más amplias en la realización de las fuerzas en el discurso. Por eso, este artículo retoma la amplia tradición pragmática inaugurada por Austin (1962) y revisitada por Searle (1969) en el campo de la filosofía del lenguaje y replanteada luego en el plano estricto de la lingüística (Levinson, 1983; Sperber, D. y Wilson, D. 1986; Escandell Vidal, M. V., 1993; Menéndez, 1998), en particular, por parte de diversos enfoques funcionales (Butler, 2003). La línea de continuidad en tales estudios es la convicción de que hablar es un modo de hacer, por lo que, consecuentemente, es tarea del investigador responder al interrogante sobre qué hacen los hablantes cuando, en efecto, hablan (Morris, 1938; Carnap, 1938; Austin, 1962; Searle, 1969). Dado que interesa focalizar en el estudio del sistema o red de recursos disponibles para que el hablante lleve a cabo un intercambio comunicativo concreto con un oyente real y, de este modo, realice sus intenciones comunicativas a través del uso del lenguaje, nos centramos aquí en el análisis del sistema de modo en un corpus conformado por dos documentos del Ministerio de Educación de la Nación Argentina: la Recomendación 27/93 (del 3 de febrero de 1993) y la Resolución 26/93 (emitida el 6 de agosto del mismo año). 1 Ambos documentos fueron sancionados por el Consejo Federal de Cultura y Educación del Ministerio de Educación Nacional, reunido en Asamblea Extraordinaria. Proponemos entender los dos textos como formando parte del género discursivo (Martin, J. y Rose, D., 2007; Menéndez, 1995, 1998, 2006, 2009) de los documentos jurídicos o legislativos del Estado. Metodológicamente, seguimos el modelo de análisis de la cláusula como intercambio -esto es, el sistema de modo- propuesto por la Lingüística Sistémico Funcional (Halliday, 1970: 166168; Halliday, M. A. K., y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 106-167; Butler, 2003 [vol.2]: 30-45) (de ahora en adelante, LSF), junto con el Análisis Estratégico del Discurso (Menéndez, 1995, 2000, 2006, 2009) (de ahora en adelante AED), de donde tomamos los conceptos de recurso, estrategia, registro y género. El objetivo de este trabajo es, entonces, observar de qué manera se realiza el sistema de modo en la cláusula y en el texto; más precisamente, qué funciones de habla son predominantes en el texto, cómo se realizan y qué relaciones se establecen entre ellas.

1 El texto completo de la Recomendación está disponible en http://www.me.gov.ar/consejo/recomendaciones/reco93/recopor2793.pdf. La Resolución puede descargarse de http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res93/26-93.pdf.

98

2.

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA CERPA

METODOLOGÍA

El AED (Menéndez, 1995, 1998, 2006, 2009) concibe el lenguaje como lenguaje en uso y propone que los hablantes recurren a sus sistemas de opciones disponibles -los recursos que ofrece el lenguaje- con fines estratégicos, esto es, para llevar a cabo sus intenciones comunicativas. El concepto de estrategia discursiva se define como “la reconstrucción analítica de un plan de acción que el hablante/escritor, en tanto sujeto discursivo, pone en funcionamiento cuando combina un conjunto de recursos gramaticales y pragmáticos con el objeto de obtener una finalidad interaccional” (Menéndez, 2006: 4). Los recursos gramaticales son las opciones realizadas de los sistemas de transitividad, modo y tema y las relaciones cohesivas (Halliday, 1985; Halliday, M. A. K. y Mathiessen, C. M. I. M., 2004; Halliday, M. A. K. y Hasan, R., 1978); mientras que los pragmáticos o semántico discursivos, por su parte, se realizan por medio de la fuerzas ilocucionarias (Austin, 1962), los dispositivos inferenciales (Grice, 1975; Sperber, D. y Wilson, D.1986), los mecanismos de indireccionalidad (Brown, P. y Levinson, S. C., 1987) y el sistema de la evaluación (Martin, J. y White, P., 2007). La riqueza de este enfoque radica en que sostener un punto de vista estratégico sobre el discurso habilita el análisis de los recursos efectivamente utilizados -esto es, las opciones efectivamente seleccionadas por el hablante en el proceso de construcción de su discurso- y colabora para la descripción y explicación de los géneros discursivos. En palabras de Menéndez (2009: 251): Consideramos un género discursivo a partir de la intersección de un conjunto de estrategias discursivas recurrentes y un conjunto de rasgos culturales dominantes. Esto supone que determinados conjuntos de estrategias son esperables en determinados géneros; no supone que deban necesariamente aparecer. Estos conjuntos realizan el registro y los diferentes estilos que pueden encontrarse dentro de él. En este marco, el trabajo que presentamos aborda la ilocutividad (i) como recurso pragmático-discursivo disponible para el productor textual, (ii) en el marco de (al menos) una estrategia. En este sentido, a fin de dar cuenta del funcionamiento de las fuerzas en el contexto de la cláusula y del texto, nos concentraremos en la realización del sistema de modo en la estructura de la cláusula y su proyección en el discurso. La segmentación en cláusulas de los textos (ver anexo) se realizó siguiendo el sistema de modo (en inglés, mood), esto es, Sujeto, Elemento Finito y Adjuntos modales y comentativos, por una parte, y Predicador, Complementos y Adjuntos, por otra, aunque se decidió dejar de lado el encabezado y otros elementos paratextuales de los documentos, la sección Visto y las fórmulas de cierre. El sistema de modo realiza la función interpersonal del lenguaje en la estructura de la cláusula (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 106-167). La LSF reconoce cuatro modelos básicos de intercambio o sistemas de modo, definidos por el tipo de intercambio -de información o de bienes y servicios- y el rol de los participantes, dador o demandante. Estas dos variables definen cuatro funciones de habla (speak function) primarias: ofrecer, ordenar, afirmar y preguntar, que determinan, a su vez, el conjunto de respuestas deseadas o esperables: aceptación de la oferta, realización de la orden, reconocimiento de la afirmación y respuesta de la pregunta. Desde este punto de vista, el modo tiene una función semántica claramente definida: “it carries the burden of the clause as an interactive event” (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 120).

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

99

El sistema de modo comprende el Sujeto gramatical o modal -realizado como un grupo nominal- y el elemento Finito -que es parte del grupo verbal de la cláusula- (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 111-121). Juntos seleccionan el modo en la cláusula. Todos los elementos que están por fuera de Sujeto+Elemento Finito en la estructura de modo se denominan resto o residuo (Butler, 2003 [vol.1]: 486-496; Butler, 2003 [vol. 2]: 30-60; Halliday, 1970: 166-168; Halliday, 1979, 1988; Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 111121), y consta de tres tipos de elementos funcionales: Predicador -proceso que es predicado del sujeto, a menudo fusionado con el elemento finito-, Complemento -elemento del predicado que tiene el potencial de ser sujeto, típicamente realizado por un grupo nominal- y Adjunto. De estos últimos, solo los adjuntos interpersonales o modales -vinculados con los significados construidos por el sistema de modo: modalidad, temporalidad, intensidad- y los comentativos que expresan la actitud del hablante hacia la proposición como un todo, hacia el sujeto o hacia una función de habla particular- forman parte del modo (Butler, 2003 [vol.2]: 33-34; Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 125-134). El Sujeto en la estructura de modo tiene la función de cargar la responsabilidad modal (Halliday, 1970: 467), esto es, la responsabilidad para la validez de lo que está siendo predicado (afirmado, interrogado, ordenado u ofrecido) en la cláusula. Por su parte, el elemento finito relaciona la proposición con el contexto del evento de habla, tanto por referencia al momento de habla -gramaticalmente, el tiempo primario-, como por la valoración por parte del hablante gramaticalmente, la modalidad- (Butler, 2003 [vol.2]: 31-32; Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 115-116). Además del tiempo y la modalidad, los autores ubican la polaridad dentro del sistema de modo: “this is the choice between positive and negative” (2004: 116). La función de la modalidad es construir en términos de grados la región de incerteza que está entre el ‘sí’ y el ‘no’ (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 116 y 143), mediante recursos como los verbos modales (deber, tener, poder, etcétera) y los adjuntos modales (por ejemplo, probablemente). En cuanto las proposiciones, la modalidad se realiza como modalización: el significado del polo positivo y negativo es aseverar y negar, respectivamente, y existen dos tipos de posibilidades intermedias: (i) el grado alto, medio o bajo de probabilidad y (ii) el grado alto, medio o bajo de frecuencia, que se expresan: (a) mediante un operador modal finito en el grupo verbal, (b) por un adjunto modal o (c) por ambos a la vez. Por otra parte, las propuestas tienen también sus polos positivo y negativo, y aquí nuevamente existen dos tipos de posibilidades intermedias a las que se denomina modulación: grado alto, medio o bajo de inclinación (en los ofrecimientos) u obligación (en las demandas), y se expresan por (a) un operador modal finito o (b) una expansión del predicador, típicamente un verbo pasivizado o una estructura de “ser + adjetivo”. Cabe señalar que, a diferencia de las propuestas, las cláusulas moduladas suelen implicar a una tercera persona; por lo que son, estrictamente hablando, afirmaciones de obligaciones e inclinaciones para la acción y funcionan como proposiciones o intercambios de información, aunque no pierden su fuerza retórica (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 147-148). Finalmente, los significados interpersonales pueden realizarse también mediante metáforas gramaticales interpersonales (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 586-658), en función de si la categoría o clase gramatical que realiza una función interpersonal determinada es o no la que aparece en la protolengua (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 952). Una metáfora y su versión congruente no son expresiones sinónimas: las expresiones más congruentes se relacionan con un modo simple, directo y ontogenético de realización del

100

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA CERPA

significado, mientras que las gramaticalmente metafóricas son un modo de realización más complejo y abstracto. Las metáforas gramaticales interpersonales se conforman mediante figuras del pensamiento -con procesos como pensar, creer, saber, conocer, etc.- que proyectan proposiciones, o figuras desiderativas -querer y desear, entre otros- que proyectan propuestas. Las metáforas interpersonales también se realizan mediante otras alteraciones en el dominio de realización de una función interpersonal; por ejemplo, cuando las demandas no se realizan como cláusulas imperativas sino indicativas (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 628-632). En todos los casos, la realización del sistema de modo implica además un conjunto de elecciones por parte del hablante en cuanto a su orientación subjetiva u objetiva, implícita o explícita. En el caso de las metáforas, por ejemplo, la orientación es realizada mediante una cláusula que carga con el modo y que proyecta otra, que carga con la proposición o la propuesta. A través del uso de metáforas, modulaciones y modalizaciones, el hablante puede, por ejemplo, construir sujetos no-interactuantes, desplazar la responsabilidad modal, distanciarse de respecto de la proposición que enuncia (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 629-630) o, básicamente, realizar actos de habla indirectos (Butler, 2003[Vol.1]: 183). 3.

RESULTADOS

3.1.

EL SISTEMA DE MODO EN LA CLÁUSULA

En ambos textos encontramos dos secuencias claramente delimitadas: (i) antes del macroacto de habla (resuelve, en un caso, y recomienda, en el otro) (van Dijk, 1978, 1980) 2 la función de habla predominante es el intercambio de información: es decir, se trata de proposiciones -cláusulas declarativas en modo indicativo- en las que el hablante ocupa la posición de dador de información y construye a su destinatario como receptor de información; (ii) en y a partir de los macroactos, la función de habla dominante es el intercambio de bienes y servicios y el hablante asume el rol de demandante, en un caso -la Recomendación-, y de oferente, en el otro -la Resolución-. Las propuestas, en la segunda parte de los textos, se realizan metafóricamente, mientras que en las primeras cinco cláusulas encontramos realizaciones de los dos tipos: congruentes y metafóricas. 3.1.1.

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

Las proposiciones que conforman el Considerando en los dos textos son funcionalmente análogas y estructuralmente equivalentes, tal como muestra la Tabla 1 que aparece más abajo. En estas primeras cinco cláusulas, el hablante no se construye como sujeto interactuante 3, por lo que se distancia de la responsabilidad modal que supone la función de sujeto gramatical o modal. La posición de sujeto es realizada en estos casos por: Tomamos de van Dijk (1978: 101-103; 1980: 63-76) el concepto de macroacto de habla. El autor señala la existencia de un macronivel de los actos de habla, gobernado por un acto de habla principal y uno o más actos de habla pragmáticamente subordinados y sugiere las acciones lingüísticas globales pueden llevarse a cabo mediante la ejecución de acciones lingüísticas necesarias y opcionales preparatorias, constitutivas y consecutivas en el micronivel. 3 “The projecting ‘verbal’ and ‘mental’ clauses are interpersonally contrained with respect to the nature of the Mood element. On the one hand, the SUBJECT PERSON is ‘interactant’ rather than ‘non-interactant’; typically the Subject is 2

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

1. 2.

3.

101

(partes de) documentos legales previos, como “la Ley 24.049” y “el artículo 66”; entes, dependencias u organismos del Estado: es decir, sujetos institucionales a los que se referencia mediante su denominación oficial: “Ministerio de Cultura y Educación”, “Consejo Federal de Cultura y Educación”, “Comité Ejecutivo del Consejo Federal de Cultura y Educación”; verbos en infinitivo cuyos sujetos no pueden reponerse -como en “ratificar la importancia de” y “fijar un plan- o nominalizaciones como fenómenos en figuras del pensamiento: “acciones de colaboración”.

Si en las opciones 1 y 2 la responsabilidad modal se desplaza a sujetos inanimados o institucionales, en la 3 está anulada y no puede reponerse. Uno de los recursos que colabora para ello es la voz pasiva (ver Anexo, Recomendación, cl. 3). La pasiva con se en español no solo supone el desplazamiento del objeto al lugar de sujeto gramatical, sino que impide la inclusión de un complemento con la especificación del sujeto lógico, que en este caso tampoco puede ser repuesto mediante el cotexto. La forma congruente “X acordó A con Y” no puede reconstruirse a partir de la cláusula que se realiza en el documento, a menos que se desarmen las nominalizaciones de la cláusula incrustada. Recomendación 27/93 del C.F.C.y E.

Resolución 26/93 del C.F.C.y E.

Sujeto gramatical

Finito (+p)

Observación

Sujeto gramatical

La Ley 24.049

determina

Proposición: afirmación

El artículo 66 de la citada ley

Ello

abarca

Proposición: afirmación

El mismo artículo

Acciones de colaboración de la Nación con las distintas provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires Ratificar la importancia de brindar un adecuado marco orgánico para la incorporación de… El CFCyE

Propuesta: inclinación. se han acordado

resulta [adjetivo] se ha manifestado [+proyección de propuesta]

Pasiva con se. Orientación objetiva implícita. Propuesta: obligación. Modulación objetiva explícita Metáfora interpersonal.

Finito (+p)

Observación

Establece [+ proyección de propuesta]

Metáfora interpersonal.

define

Proposición: afirmación Propuesta: obligación.

Fijar un plan de trabajo y cronograma

resulta [adjetivo]

El MCyE y el CE del CFCyE

Han presentado

Proposición: afirmación

El CFCyE

está

Proposición: afirmación

Modulación objetiva explícita

Tabla 1: SISTEMA DE MODO EN LAS CLÁUSULAS: INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN: PROPOSICIONES: AFIRMACIONES

El uso de verbos en infinitivo en posición de Sujeto es otro de los recursos tendentes a borrar la responsabilidad modal, en cláusulas con orientación objetiva explícita 4 (ver Anexo, either the speaker (I) or the addressee (You). On the other hand, the DEICTICITY is either ‘temporal: present’ (e.g. want, urge) or ‘modal: modulation’ (e.g. can, may, would). There are of course departures from these constraints. For example, the Subjetct may be ‘non-interactant’, as in a ‘passive verbal’ clause wiht the Receiver as Subject or in an active one with some source of authority as Subjetct” (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 629). En los casos en que el Sujeto es no-interactuante, “the speaker or writer shifts the modal responsability embodied in subjecthood to somebdy or something else” (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 629). 4 “Both modalisation and modulation, of each of the subtypes, can be realized in English in more than one way, the different version encoding differences in the ‘orientation’ of the modality, whether subjective or objective, explicit or

102

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA CERPA

Recomendación, cl. 4; Resolución, cl. 3). Ambos documentos contienen una cláusula de este tipo, en la que operan dos recursos simultáneos: (a) la orientación objetiva explícita en tanto “Ratificar resulta necesario” y “Fijar un plan resulta necesario” realizan metafóricamente la realización de verbo modal “deber” y adjunto modal “oportunamente” y “necesariamente” mediante una cláusula relacional de “sujeto + verbo cópula + adjetivo” (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 615); y (b) la realización del sujeto mediante una cláusula compleja de infinitivo que, a su vez, contiene estructuras más profundas incrustadas. Este hecho impide reponer los sujetos lógicos: “oportunamente, X debe ratificar”, “necesariamente, Y debe fijar un plan”. Estos recursos tienen la función de minimizar la conexión de la valoración con el hablante, presentar objetivamente la modalidad obligativa y ocultar los sujetos lógicos no solo en la cláusula principal sino, además, en las subordinadas: 1. Oportunamente, X debe ratificar la importancia de > Y brindar un adecuado marco orgánico a la incorporación de los establecimientos de gestión privada a las estructuras de cada jurisdicción. 2. Necesariamente, Y debe fijar un plan de trabajo > El plan de trabajo debe organizar las acciones de elaboración, análisis, consulta y decisión > Tal organización debe permitir la plena participación de todas las jurisdicciones y los sectores de la comunidad en la tarea.

Por otra parte, cada documento contiene una metáfora interpersonal realizada por una cláusula proyectante y una proposición proyectada modulada realizada en voz pasiva. Se trata de la cláusula 5 en la Recomendación y de la 1 en la Resolución, copiadas más abajo para facilitar la exposición: en diversas oportunidades

el CFCyE

se ha

manifestado

en el sentido de que

Modalización: frecuencia alta

Sujeto

Α Finito

toda creación o autorización de institutos oficiales y/o privados

Predic.

Adj.

Sujeto

Modo artículo 66 de la citada ley

Sujeto Modo

Resto

establece

que en el seno del CFCyE

se acordarán

Α Finito + Predicador

Adjunto: lugar

Finito + predicador

Resto

deberán

ser concertados

β (proyección: propuesta) Finito Predic. modal: oblig. Modo

con las respectivas autoridades de cada jurisdicción. Adjunto

la adecuación progresiva de la estructura educativa, las modalidades del Ciclo Polimodal, la implementación gradual de la obligatoriedad y asistencialidad, la implementación de programas de formación y actualización docente y la equivalencia de títulos de formación y actualización docente y la equivalencia de docentes y habilitantes en relación con la nueva estructura Β (proyección: propuesta) Sujeto Modo

La metáfora interpersonal permite en estos casos que la cláusula que proyecta -realizada como Sujeto lógico + proceso- cargue con la responsabilidad modal de la cláusula proyectada: “el CFCyE” y “el artículo 66 de la citada Ley” se constituyen como sujetos modales no interactuantes. La proposición proyectada, a su vez, realiza una propuesta obligativa con orientación objetiva evidenciada en el Elemento Finito -uso de futuro con valor imperativo: “se acordarán”, “deberán”- y el verbo modal. Las versiones metafóricas implicit (Halliday, 1994b: 357-258). In the subjective, the assessment is presented as that of the speaker, while in the objective type the connection with the speaker is minimised. The distinction is clearest in the case of explicit modalities: [...] explicit objective probability assessment involve impersonal It plus an adjective (e.g. it’s possible)” (Butler, 2003 [vol.1]: 493). La estructura equivalente en español es una cláusula relacional atributiva.

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

103

realizan con distinto grado de indirección las respectivas formas congruentes, y en los dos casos anulan el sujeto lógico por el uso de la voz pasiva. En la Recomendación, la versión congruente es: “X deberá concertar toda creación o…”. En este caso, la obligación adquiere alta intensidad por la abundancia de recursos que colaboran para señalar este rasgo: el adjunto modal de frecuencia, el verbo modal y el tiempo futuro con valor deóntico. En la Resolución, la realización congruente es “X deberá acordar con Y la adecuación progresiva…”. Su realización metafórica, a diferencia del ejemplo anterior, posee menos intensidad -solo se usa el futuro con valor obligativo para señalar la orden-, aunque parte de este significado interpersonal se realiza también en la cláusula que proyecta. No se trata, en este caso, de un proceso verbal -“se ha manifestado”- sino de un proceso complejo de categorizar, dado que “establece” puede interpretarse como un proceso verbal y, simultáneamente, como un verbo performativo explícito: “ordena”. Por lo tanto, creemos que en estos dos casos la proposición que proyecta tiene la función de explicitar la fuente de donde emana la autoridad para la realización de la función de habla de demanda con modulación obligativa, por lo que, nuevamente, el hablante minimiza su relación con la valoración. En efecto, las cláusulas proyectantes pueden parafrasearse como “Según el CFCyE”, “Según el artículo 66 de la citada ley”. Finalmente, otros dos recursos colaboran con esta estrategia. Por una parte, el abundante uso de metáforas gramaticales ideativas -nominalizaciones (Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M., 2004: 636-639)- en los complementos e incluso en posición Sujeto (como en “Acciones de colaboración…”); por otra, el uso de adjuntos de lugar con función de circunstancial de ángulo para explicitar la fuente de la que emana la información o la autoridad, tal como en las metáforas gramaticales analizadas más arriba. En efecto, Halliday, M. A. K. y Matthiessen, C. M. I. M. reconocen que para atribuir información a alguna fuente puede proyectarse una cláusula (2004: 441), pero esta función también puede realizarse experiencialmente, mediante una circunstancia de Ángulo (Angle) (2004: 263, 276). La circunstancia de ángulo puede ser una fuente o un punto de vista. En estos casos, los rasgos proyectados se incorporan a la cláusula como un elemento de la configuración transitiva. En los otros, la proyección puede contener cláusulas anexadas, por lo que la parte proyectada y la proyectante tienen ambas estatus de cláusula. Creemos que resulta valioso complementar esta última observación con las propuestas de la Appraisal Theory o Teoría de la Valoración en cuanto al subsistema de compromiso (Martin, J. y White, P., 2005: 92-143; Kaplan, 2004: 67-72). Esta red de significados se conforma por los recursos que sirven al hablante para ubicar su voz en relación con voces alternativas (Serpa, 2010, 2011b, 2011c). Este subsistema incluye los significados que típicamente se han analizado como evidencialidad, modalidad epistémica y evasiva, esto es, “los significados por medio de los cuales los hablantes reconocen o ignoran la diversidad de puntos de vista que sus emisiones ponen en juego y por medio de las cuales negocian un espacio interpersonal para sus propias posiciones dentro de esa diversidad” (White, 2001: 2). Se trata, entonces, de un conjunto de recursos retóricos que permiten expresar -en el marco de las propuestas o proposiciones- distintos grados de compromiso por parte del hablante respecto de sus emisiones. A grandes rasgos, la Teoría de la Valoración divide los discursos en monoglósicos y heteroglósicos, una distinción, en términos de White (2001: 24), “entre significados que reconocen de alguna manera que la diversidad heteroglósica se asocia con todos los enunciados (compromiso heteroglósico) y las que ignoran esa diversidad

104

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA CERPA

(compromiso monoglósico)”. Mientras que los discursos monoglósicos se orientan a borrar sus relaciones con el interdiscurso, los discursos heteroglósicos pueden presentar la diversidad como una fuente externa, a la que se denomina extra-vocalización, o internamente, esto es, mediante recursos de intra-vocalización. En el caso de las extravocalizaciones, los autores reconocen procedimientos tales como la inserción y la asimilación; mientras que para la intra-vocalización proponen el rechazo, la proclamación, la probabilidad, la apariencia y el rumor. Tomando como modelo este sistema de significados, el del compromiso, y teniendo en cuenta los datos que ofrecen los textos, podemos decir que tanto la Recomendación como la Resolución organizan sus primeras cláusulas como fragmentos del discurso que reconocen la diversidad heteroglósica. Los sujetos discursivos de la Recomendación y la Resolución no solo permiten que los puntos de vista de leyes e instituciones ingresen en el discurso, sino que se apoyan en esta heteroglosia constitutiva para fundamentar las acciones que, mediante el lenguaje, se proponen llevar a cabo. Siguiendo a White (2001), en cuanto a las opciones para la especificación de la fuente, diremos que se trata de fuentes impersonales: no-humanas (leyes, artículos) y personalizadas: institucionales (instituciones), identificadas con precisión y de alto estatus. Esto hace que, aunque no se asuma explícitamente una actitud de aprobación o desaprobación respecto del contenido de esa voz externa, su valor emane precisamente del tipo de fuente de que se trata (Martin, J. y White, P., 2005: 111-113). 3.1.2.

INTERCAMBIO DE BIENES Y SERVICIOS

La estructura de modo mediante la que se realiza el macroacto de habla de cada documento es estructuralmente equivalente: en ambos casos, la sexta cláusula de los textos es una metáfora interpersonal compuesta por un sujeto gramatical en tercera persona y un proceso que proyecta (ver Anexo). Pero en tanto se realizan dos eventos o actos de habla diversos, el proceso es distinto en cada caso: se utiliza un proceso verbal –“recomienda”para la demanda y uno cognitivo –“resuelve”- para el ofrecimiento. En consecuencia, se observan variaciones en la proyección de las propuestas. Esto está dado por el rol de habla que asume el hablante en cada caso, y el rol que asigna a su contraparte en la interacción. En la Recomendación, el hablante necesita explicitar a quién asigna la responsabilidad para la realización de las acciones recomendadas, es decir, quién es el destinatario de la orden indirecta. Por lo tanto, en las cláusulas proyectadas aparece un sujeto en tercera persona que señala al destinatario de la orden, un predicador que indica el servicio demandado y un Elemento Flexión que realiza -con el Sujeto- el modo de la cláusula. En las dos primeras demandas (ver Anexo, Recomendación, cl. 6.1 y 6.2), el hablante se dirige a “Las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires” y les ordena indirectamente “tener a su cargo” y “garantizar”, acciones que cargan con el rasgo [+obligación] en el tiempo futuro con valor imperativo. Tal como vimos en los intercambios de información, nuevamente aquí el hablante recurre a Adjuntos que funcionan como circunstancias de Ángulo, es decir, que le sirven para explicitar la fuente de donde emana la autoridad de la orden: “los convenios de transferencia y la resolución N.17/93 del Ministerio de Cultura y Educación” y “los convenios y […] la legislación aplicable”. Nuevamente, entonces, se trata de significados del sistema del compromiso, desde el punto de vista de la Teoría de la Valoración.

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

105

El tercer artículo, es decir, la tercera propuesta obligativa (ver Anexo, Recomendación, cl. 6.3) presenta la particularidad de estar dirigida a un organismo de rango superior al hablante el MCyE- y, si bien se realiza del mismo modo que las dos propuestas anteriores, en este caso incluye una cláusula hipotáctica de elaboración que restringe el alcance de la demanda. Por otra parte, en la Resolución, la inclinación expresa una acción que afecta al hablante, por lo que el Sujeto modal y la Flexión dependen más fuertemente de la cláusula proyectante para su reposición. De hecho, tal como se puede ver en las cláusulas 6.1, 6.2 y 6.3 (ver Anexo, Resolución), las propuestas proyectadas no solo no cuentan con un sujeto gramatical, sino que, además, se realizan mediante un verbo en infinitivo: “aprobar” y “facultar”. Esto supone, desde el punto de vista del sistema de modo de la cláusula como intercambio, ausencia absoluta de elementos modales. Es posible suponer que esta diferencia semántica y, correlativamente, lexicogramatical se deba a que la enunciación del acto –“resuelve aprobar”, “resuelve facultar”-cuenta como la acción: es decir, la ilocución tiene un efecto perlocutivo directo, inmediato. Para ser más precisos: mientras que las acciones recomendadas podrán suceder o no en el futuro, dependiendo de que los destinatarios de las recomendaciones lleven a cabo o rechacen las demandas, las acciones resueltas son meramente lingüísticas, por lo que se agotan en la misma enunciación, en tanto se realizan en el aquí y ahora del evento de habla. De ahí que, en estos casos, aparezcan extensiones que detallan qué se está resolviendo, mientras que en las demandas se utilicen adjuntos que explicitan la fuente de autoridad. La posibilidad de interpretar estas proposiciones como propuestas reside en un rasgo de género: la textualización del hablante y del oyente en tercera persona y los rasgos semánticos y gramaticales que adquieren, en consecuencia, los procesos implicados (Serpa, 2011a). 3.2.

EL SISTEMA DE MODO EN EL TEXTO

Ahora bien, los recursos del sistema de modo no se agotan en las cláusulas, y eso es lo que nos importa centralmente en este análisis. Tal como adelantamos, en cada caso se realiza un macroacto de habla, acompañado por un conjunto de otros eventos de habla que colaboran para su realización y que definen globalmente al texto como una macropropuesta (Martin, 1992). La rigidez estructural no solo determina genéricamente qué se puede o debe decir en cada parte del texto, sino que incluye operadores pragmáticos que organizan y guían la interpretación de cada fragmento, explicitando las relaciones textuales y jerárquicas que el hablante establece entre los diversos eventos de habla. En primera instancia, como ya señalamos, los documentos poseen dos grande bloques textuales: (i) intercambio de información: proposiciones: afirmaciones y (ii) intercambio de bienes y servicios: propuestas: demandas/ofrecimientos. Pero si incorporamos aquellos elementos que no cabían en la segmentación en cláusulas, observamos que existe una relación específica entre cada una de estas partes, y tal relación está explícitamente señalada en el texto por expresiones formulaicas que, creemos, desempeñan también una función interpersonal:

106

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA CERPA

GRÁFICO 1: ESTRUCTURA DEL TEXTO COMO MACROPROPUESTA: RELACIONES ENTRE DIVERSOS EVENTOS DE HABLA

La relevancia textual de las formas “visto” y “considerando” se evidencia en el hecho de que las cláusulas que siguen están encabezadas por un que relativo -que debimos excluir al analizar las cláusulas-, es decir que las proposiciones posteriores son en sí mismas proyecciones. Nuevamente, no podemos saber quién o quiénes ven ni quién o quiénes consideran, por lo que la despersonalización del texto también se opera en este nivel. En términos de la función interpersonal del lenguaje, el hablante apela en el “visto” a un universo de información común previa -evidenciado en el tiempo del participio-, restringida a cuestiones de normativa precedente. Este apartado tiene una función intertextual: establece los vínculos interdicursivos relevantes para este acto. En el “considerando”, por otra parte, el hablante “recorta” aquellos aspectos del conocimiento (potencialmente) compartido que se vinculan directamente con la macroproposición que se está llevando a cabo en ese momento puntual -temporalidad y aspectualidad evidenciada en el gerundio-. Este bloque del texto se corresponde con el grupo de cláusulas en las que de manera predominante se realiza la función de intercambio de información, tal como ya vimos, hecho que suele incluir una explicitación de las relaciones que el documento establece con la heterogeneidad discursiva mediante la referencia a una fuente externa, más aún si las proposiciones están moduladas o modalizadas. Compartir estas informaciones con su interlocutor habilita al hablante a realizar el acto de habla que se propone. En efecto, el texto se construye como estableciendo una relación de consecución lógica mediante el conector “por ello”. En este caso puntual, el conector pragmático retoma todo el bloque de texto precedente -el “visto” y el “considerando” están coordinados por el conector aditivo “y”- como marco habilitante del que lógicamente se desprende el macroacto. Por lo tanto, al igual que se observó en el análisis clausular, a nivel textual también se desplaza la responsabilidad modal del hablante para la realización del acto principal o macroacto de habla. La orientación objetiva que toma la macropropuesta es una consecuencia de que:

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

107

(a) las cláusulas que proyectan -“visto” y “considerando”- no tienen un sujeto lógico explícito, por lo que parecen atribuirse a una voz general común que engloba, al menos, al Sujeto discursivo y su destinatario, y (b) la estructura del texto explicita las razones por las que el hablante lleva a cabo sus acciones, esto es, porque es lógica y causalmente necesario. Podemos interpretar que, presumiblemente, el intercambio de información del Visto y del Considerando sirve para explicitar las condiciones preparatorias y de sinceridad en términos de Searle (1969: 62-69), como reglas regulativas de la realización del acto (1969: 42-51). En efecto, en estas secciones se explicita, entre otras informaciones, que hablante está facultado para realizar la acción que se propone (ver Anexo, Resolución, cl. 5). Finalmente, entonces, por todo lo anterior, encontramos que el texto es parafraseable por “Hago esto (recomendar, resolver) porque (a) estoy normativamente habilitado (Visto) y (b) las condiciones materiales lo exigen (Considerando)” o, en términos interpersonales, “Necesariamente, debo hacer X/hago X”. Podemos hipotetizar, entonces, que el texto entendido en estos casos como macropropuesta- aparece globalmente modulado, tal como una proposición puede aparecer modulada en el marco de la cláusula. 4.

DISCUSIÓN

Recapitulando, podemos señalar entonces que la estrategia dominante en los documentos es el desplazamiento -tanto al nivel de las cláusulas como del texto- de la responsabilidad modal del hablante a un sujeto no-interactuante. Esta estrategia discursiva se realiza en la estructura de la cláusula en tanto la función de Sujeto modal no recae nunca en la primera persona sino en grupos nominales en tercera (documentos previos, instituciones), grupos verbales con procesos en infinitivo y fenómenos desplazados desde su posición de objeto mediante formas de pasiva con se. Correlativamente, el uso de metáforas gramaticales interpersonales y los adjuntos circunstanciales con función de Ángulo, además de otros recursos del sistema del compromiso, sirven para señalar la fuente de la que emana la información o la autoridad en las proposiciones o propuestas. Además, los recursos interpersonales colaboran en el nivel del texto con la misma estrategia. Por una parte, las fórmulas “visto” y “considerando” obligan a interpretar los intercambios de información como proposiciones proyectadas por un sujeto imposible de reponer. Por otra, el conector “por ello”, que también es una fórmula en estos textos, organiza la información de manera tal que el macroacto de cada documento aparece como la realización de acciones objetivas necesarias, lo que permitiría interpretar que el intercambio de bienes y servicios solo es posible en estos géneros si primero se explicitan, bajo la forma de intercambio de informaciones, las condiciones preparatorias y de sinceridad que lo habilitan. El texto funciona entonces, globalmente, como una unidad de intercambio de bienes y servicios -es decir, una macropropuesta-, y los recursos utilizados permiten que esta propuesta aparezca modulada. Por lo tanto, si en estudios posteriores se hallaran los mismos recursos, podremos suponer que se trata de rasgos distintivos del registro, motivado por cuestiones de género. En efecto, es posible hipotetizar que el desplazamiento de la responsabilidad modal del sujeto se deba a las características culturales de la esfera de acción a la que pertenecen los textos, tales como la

108

Significados interpersonales en los géneros legislativos: el texto como macropropuesta CECILIA CERPA

necesidad de despersonalizar los documentos emitidos por alguno de los organismos del Ministerio de Educación a fin de que su alcance performativo exceda a los sujetos interactuantes de cada evento; y/o al presumible divorcio entre el sujeto empírico autor del documento y el enunciador responsable del punto de vista que allí se sostiene. De hecho, la brevedad de este análisis nos obligó a dejar de lado el estudio de otros recursos, tales como la textualización en tercera persona de los interlocutores (Serpa, 2011a). Creemos que los resultados obtenidos tienen un doble valor. Por un lado, significan un primer paso en la identificación de los modos en que la ilocutividad se realiza en un género particular, el de los documentos legislativos de Estado, como realizaciones lingüísticas de las constricciones que impone el contexto situacional y cultural para la realización de los eventos de habla en el marco de la organización del Estado por parte de sujetos que son institucionales antes que individuales. Por otro lado, este trabajo pretende abrir una puerta a la reflexión sobre los límites que impone un análisis centrado en la cláusula, más que en el texto como un todo. En efecto, creemos que de poco sirve investigar cómo se realiza el sistema de modo en la cláusula si no repensamos luego qué implicaciones tiene esto sobre la globalidad del texto. Si bien la LSF ofrece un poderoso marco teórico y metodológico para el estudio lingüístico de la ilocutividad en términos de la función interpersonal del lenguaje y presenta una explicación consistente respecto de por qué hablar implica siempre hacer; acordamos con Martin en cuanto a que “Halliday’s (eg. 1978) metafunctional interpretation of clause structure in relation to situation needs to be projected back not simply through register categories but on to the level of genre” (1992: 392), además de que “the meanings and structures associated with action and reaction [...] are structured into the text, and to get there they have somewhere to be structured into lexicogrammar” (1992: 393) 5. El estudio del sistema de modo en el marco del texto es aún una deuda pendiente. 5.

ANEXO: SEGMENTACIÓN COMPLETA DE LOS TEXTOS

5.1.

RECOMEDACIÓN 27/93 DEL C.F.C.Y E 1.

la Ley 24.049

determina

Sujeto

Finito + Predic.

los modos y condiciones para la transferencia de servicios educativos dependientes de la Nación. Complemento

Modo

Ello Sujeto Modo

2.

Resto

abarca Finito + Predic.

a los establecimientos de gestión estatal y privada, α Complemento

tal como

se ha

expresado

Adjunto

en cada convenio de transferencia β (proyección: ángulo: fuente) Finito Predicador Adjunto: lugar

Resto

Resto

Modo

Resto

“La interpretación metafuncional de Halliday (e.g. 1978) sobre la estructura de la cláusula en relación con la situación necesita ser proyectada nuevamente, no solo a través de las categorías del registro sino, también, en el nivel del género”, además de que “el significado y la estructura asociados con la acción y la reacción […] están estructurados en el texto y, para llegar allí, ellos tienen que estar estructurados de algún modo dentro del sistema lexicogramatical” (traducción propia).

5

pragmalingïüística 19 (2011) 96-114

3.

109

en los respectivos convenios

se han

acordado

acciones de colaboración de la Nación con las distintas provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

Adjunto: lugar

Finito

Predicador

Sujeto

Resto>

Modo>



Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.