Sentencia del Caso AECID

May 25, 2017 | Autor: H. Buddhist Tribunal | Categoría: Derechos Humanos, Derecho, Etica, Budismo
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Descripción


Caso n° 14/2016: AECID (AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO y Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO)

SENTENCIA Y CONCLUSIÓN ÉTICA
Estimados Fiscales, Secretarios Ejecutivos y Miembros del Jurado del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH), respecto del caso denunciado por la World Association of Buddhism (WBA) contra la "AECID (AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO y Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO)", por medio de la presente, en el día 10 de Mayo de 2016, dejo constancia de que se concluye el caso 14 del Tribunal para analizar la violación a la Espiritualidad Budista y los Derechos Humanos realizada por el acusado. Tras la evidencia certificada como válida por parte del Fiscal, habiendo tenido el acusado la posibilidad de prestar declaración indagatoria, se ha procedido con la votación de 4 miembros del Jurado, quienes emitieron unánimemente el veredicto de "Responsable" a la AECID por los delitos de COMPLICIDAD CON LA DISCRIMINACIÓN y VIOLACIÓN A LOS IDEALES Y PROPÓSITOS DE LA UNESCO.
Las acciones del acusado han quebrantado los preceptos éticos budistas pero también los lineamientos internacionales establecidos por la UNESCO, pues su indiferencia y falta de control con respecto a los actos inmorales de la "Asociación UNESCO para la Promoción del Diálogo intercultural e Interreligioso en Málaga" -sentenciada en el caso 11/2015- evidencian que es cómplice de discriminación, además de incumplir con los deberes y responsabilidades que han asumido en su relación con la UNESCO. La AECID o AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO y Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO ha incumplido los valores éticos tanto del Budismo como de la UNESCO, mostrando indiferencia ante actos de discriminación que debe controlar, a pesar de que el Comité Internacional de Ética Budista ha sentenciado previamente a la "Asociación UNESCO para la Promoción del Diálogo intercultural e Interreligioso en Málaga", a la cual la AECID debe supervisar para que no utilice incorrectamente el logo de la UNESCO. Este tipo de omisiones es una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales, pues la Discriminación siempre debe ser criticada y condenada. Además, la AECID forma parte del gobierno de España, el cual deberá ser investigado a raíz de estos actos violatorios de la ética Budista y los Derechos Humanos. En un contexto mundial de discriminación es fundamental que los valores espirituales y las libertades fundamentales sean defendidos por parte del Tribunal Budista de Derechos Humanos. Todos los grandiosos instrumentos de Derechos Humanos creados por la UNESCO y la ONU no deben ser simples declaraciones reducidas a papeles burocráticos que son ignorados en la práctica, sino que deben ser respetados como las más grandes herramientas creadas para la paz social. Incluso aunque estos organismos internacionales estén dominados por burocracias ineptas, es el deber del Tribunal Budista de Derechos Humanos hacerles recordar a estas organizaciones sus Principios y Propósitos por el bienestar de todos los seres. Ayudar a combatir la discriminación es una de las tareas fundamentales del pensamiento crítico y juicio ético del Derecho Budista, desarrollando sabiduría compasiva para el pueblo.
Por lo tanto, el Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos dictamina que la Espiritualidad Budista, como Camino Supremo de Igualdad Mundial, debe establecer que la AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO y Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO ha violado tanto los preceptos éticos budistas como también los principios de la UNESCO, organización con la que supuestamente colabora.
El Tribunal Budista de Derechos Humanos ofrece a la AECID una beca completa para que todos sus miembros puedan estudiar una Carrera de Derechos Humanos, con el requisito de que la AECID solicite públicamente disculpas por sus conductas cómplices de la discriminación, comprometiéndose a intentar reparar el daño cometido a los principios de la UNESCO a través de la anulación del logo de la UNESCO concedido a la Asociación de Málaga involucrada. Esperamos que la AECID aprenda del presente juicio ético y se comprometa a una genuina defensa de la rectitud y los valores de la UNESCO, los cuales han sido vergonzosamente abandonados por todos los actores involucrados en el caso. El hecho de que los mismos directores de la UNESCO hayan decidido ignorar el caso es prueba de esto.
Siguiendo el Camino del Maestro Siddharta Gautama, quien ha sido la encarnación de la justicia y la lucha contra la discriminación, nuestro Tribunal ha podido comprobar que la AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO y Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO es "Responsable" de los cargos de COMPLICIDAD CON LA DISCRIMINACIÓN y VIOLACIÓN A LOS IDEALES Y PROPÓSITOS DE LA UNESCO.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Budista Maitreya
Guía Espiritual y Presidente del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH)

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International Buddhist Ethics Committee (IBEC) Buddhist Tribunal on Human Rights (BTHR)

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