Sefarad

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Descripción

1. INTRODUCCIÓN. Mi corazón está en Occidente y yo me encuentro en los confines de Occidente ¿Cómo gustar de los manjares y disfrutarlos? ¿Cómo cumplir mis votos y mis promesas, si sigue Sión bajo el poder de Edom y yo sometido a los árabes? Me parecerá tan fácil abandonar todo el bien de Sefarad, Como preciado contemplar las ruinas del Santuario destruido. En esta bella composición, el poeta español del siglo XII, Yehuda Halevi reflejó su nostalgia por su amada Jerusalén. Tan sólo 300 años después, miles de sus correligionarios se vieron obligados a abandonar España y sentir una nostalgia similar pero en esta ocasión por Sefarad, su patria perdida. Han pasado ya más de 500 años desde aquel día fatídico para la historia judía pero esa nostalgia sigue en el corazón de los descendientes de aquellos hombres y mujeres que prefirieron abandonar su amada patria a renegar de su religión y su cultura, cultura que ha sido celosamente guardada y transmitida de generación en generación. España, Sefarad, la patria amada y odiada a la vez, la patria que no ha sido olvidada por los hijos repudiados que aún hoy en día cantan sus canciones, cuentan sus historias y la mantienen en su corazón. Sefarad, España, la tierra considerada de las tres religiones, la tierra de la convivencia pacífica donde judíos, cristianos y musulmanes podían convivir en paz y armonía. Pero, ¿es real esa imagen idílica de la España medieval? Este concepto de una España tolerante y armónica es más bien un mito, una leyenda que a los españoles de hoy en día nos gusta creer, pero la realidad es bastante diferente aunque como todo mito tiene una cierta parte de realidad. Es cierto que la España medieval toleraba la presencia de creyentes de otras religiones, pero esa tolerancia no significaba la igualdad jurídica ni la integración dentro de la mayoritaria sociedad cristiana. Esta visión tan idílica tiene su origen en la comparación con el resto de los países europeos. Efectivamente, a lo largo de la Edad Media la sociedad europea se había ido haciendo cada vez más represora con los grupos marginales: homosexuales, prostitutas, leprosos, pobres y, sobre todo, judíos. Todos ellos vieron como eran progresivamente apartados de la sociedad y, en el caso de los judíos acabaron siendo propiedad de príncipes y reyes que habían visto que podían ser una fuente de riquezas para sus vacías arcas. Las expulsiones de judíos fueron generalizándose en toda Europa Occidental con un denominador común: la confiscación de bienes hebreos por parte de los reyes y príncipes. Así en Francia se produjeron sucesivas expulsiones: 1182-98, 1251-52, 1306-15, 1332-60, hasta la expulsión definitiva en el año 1394. Durante el siglo XV las expulsiones prosiguieron: Viena 1421, Baviera 1442, Perugia 1485, Parma 1488, etc. De esta forma a principios del siglo XVI los judíos no estaban autorizados a vivir en Europa Occidental con la única excepción de los territorios sometidos a la autoridad papal. Es en este ambiente de intolerancia generalizada donde destaca la situación de los israelitas españoles. En la España cristiana los hebreos, a pesar de su discriminación jurídica y social, gozaban de la protección de los reyes llegando a considerarse tan españoles como los cristianos, de ahí el trauma emocional que significó la expulsión de su patria, de su amada Sefarad.

2. LOS JUDIOS EN LA ESPAÑA MEDIEVAL. 2.1 La “diferencia” de España. La aceptación de los judíos en la España cristiana no se debió a una mayor tolerancia de la sociedad, sino que se siguió la teoría de San Agustín quien afirmaba que los judíos debían de ser

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aceptados en la sociedad cristiana a fin de que acabasen superando su ceguera y se convirtieran a la verdadera fe. A ésto se añadían los beneficios que obtenían los reyes de los judíos, algunos de los cuales llegaron a convertirse en sus consejeros. De esta forma los judíos españoles se vieron a salvo de los peligros a los que estaban expuestos sus correligionarios del resto de Europa. Esta tolerancia duró hasta prácticamente el fin de la Edad Media, pero a lo largo del siglo XIV la situación fue cambiando lentamente. La población cristiana se fue haciendo cada vez más antijudía y la convivencia entre las distintas religiones se fue deteriorando progresivamente hasta culminar con las graves matanzas del año 1391. A partir de ese momento la situación degeneró cada vez más a pesar de la protección real. La toma de Granada fue un momento decisivo; con el fin de la Reconquista llegó también el fin de la presencia judía en España. La expulsión no fue, tal como afirma Joseph Pérez, excepcional por el hecho de que se produjera, sino porque tardara tanto en producirse. Esta decisión fue alabada, no sólo por el resto de los monarcas europeos, sino también por intelectuales como Pico Dela Mirandolla o Maquiavelo quienes consideraron la expulsión como un acto de buen gobierno. Por otro lado, hay que tener en cuenta que, en Europa, se desconfiaba de la sinceridad del cristianismo de los reinos hispánicos ya que, en su opinión, el prolongado contacto entre cristianos, judíos y musulmanes ponía en duda la ortodoxia católica, incluso Erasmo de Rótterdam, defensor de la tolerancia, opinaba que “en España apenas hay cristianos”.

2.2 La España visigoda y la España musulmana. Realmente la presencia hebrea en la península Ibérica data de muy antiguo y está envuelta en leyendas, en el siglo X se afirmaba que la presencia judía se remontaba a la época de la destrucción del primer Templo de Jerusalén pero ésto más bien era una forma de justificar que los judíos españoles no tenían nada que ver con la muerte de Jesús. Lo más posible es que los primeros judíos llegaran a la península durante la Diáspora. Cuando se produjo la invasión visigoda había hebreos en varias ciudades levantinas y es probable que en esa época judíos y cristianos convivieran en calma, indicio de ello son las disposiciones antihebreas que se tomaron, en el siglo IV, por el Sínodo de la Iglesia en Elvira cuyos términos y prohibiciones demuestran que las relaciones cristiano judías eran fluidas y cordiales. Pero esta situación cambió a partir de la conversión de Recaredo (587) y el comienzo de la persecución contra los judíos, que continuaron sus sucesores. La invasión musulmana en el año 711 provocó un cambio en la situación de los hebreos. Los musulmanes consideraron que tanto cristianos como judíos merecían un trato especial por su condición de hijos de Abraham y monoteístas, por ello les concedieron libertad de culto y cierta autonomía a cambio de estar sometidos y de depender de los creyentes, aunque algunos judíos llegaron a ocupar posiciones de poder. En el siglo XI con la división del califato de Al-Andalus en pequeños estados la situación de los judíos dependió de las estructuras políticas de estos reinos. Los reinos cristianos aprovecharon la inestabilidad creada por la aparición de los reinos de Taifas para conquistar nuevos territorios, debilitando más a estos reinos musulmanes. En estos momentos se produjeron dos oleadas de invasiones beréberes, la primera por los almorávides y la segunda por los almohades. Estos últimos instauraron la practica rigurosa de la ley islámica y persiguieron a los infieles, tanto cristianos como judíos. Pero la derrota de las Navas de Tolosa fue el comienzo del fin de la dinastía almohade.

2.3 Los reinos cristianos. En el año 1037, durante el reinado de Fernando I se unificaron los reinos de Castilla, León y Galicia. Fue su hijo Alfonso VI quien conquistó Toledo, en donde existía una importante comunidad judía y concedió libertad de culto y autonomía jurídica a los hebreos en las ciudades conquistadas.

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A lo largo del siglo XIII se produjo una oleada emigratoria judía desde los reinos musulmanes hacia los reinos cristianos debido a la intolerancia de los almorávides y almohades. Esta oleada compensó la debilidad demográfica de Castilla y convirtió a los judíos en la principal minoría étnica. Todo ello, junto con motivos económicos, obligó a los monarcas a mantener una política especial para con los hebreos. Durante el reinado de Alfonso X el Sabio se produjo una considerable labor cultural en la que las aportaciones judías fueron imprescindibles, pero ello no se tradujo en una igualdad jurídica y social. En las Siete partidas se refleja el desdén por los israelitas y se señala la necesidad de separar a los judíos de los cristianos y se llega incluso a desconfiar de los médicos judíos ya que mantenían un trato asiduo con los cristianos. A la muerte de Sancho IV el Bravo (1284-1295) el reino entró en un periodo de inestabilidad debida a la corta edad, nueve años, del nuevo rey, Fernando IV, que se manifestó en la agitación social y religiosa; por toda Castilla se propagó una ola mesiánica. Con el tiempo se fue agudizando la brecha que se abría entre la opinión de los reyes y la del pueblo respecto a los judíos. Durante el reinado de Alfonso XI la vida de los judíos sufrió un cambio. Un concilio en Zamora pidió la aplicación estricta de la normativa antijudía de la Iglesia y en el año 1313 las Cortes hicieron peticiones similares. El principal instigador de esta corriente antihebrea fue Gonzalo Martínez de Oviedo cuya caída significó un cambio en las condiciones de vida de los judíos. Pedro I el Cruel (1350-1369) mantuvo una actitud favorable hacia los hebreos debido a las necesidades económicas provocadas por la guerra con Aragón. Esta disposición propicia del rey fue aprovechada por su hermano y rival Enrique de Trastamara, quien utilizó argumentos antihebreos en su oposición al rey. El peor periodo de esta lucha transcurrió durante los años 1366-1369 en los que muchas comunidades judías estuvieron al borde de la destrucción debido a que era el mejor argumento que Enrique de Trastamara podía utilizar para conseguir la sublevación de villas y ciudades. La victoria de Enrique (1369-1379) significó el triunfo de la política antihebrea aunque el nuevo rey siguió utilizando a judíos en importantes cargos en la Corte. Juan I (1379-1390) continuó con esta línea antihebrea. Fue esta política antijudía la responsable de la mayor explosión de antisemitismo que jamás había habido en España, explosión que tuvo lugar durante el reinado de Enrique III, en el año 1391.

2.4 El principio del fin. Ya desde principios de 1391 comenzaron algunos tumultos en Sevilla, pero la crisis no estalló hasta el 6 de Junio, día en que la judería fue asaltada y asesinados miles de judíos. Las matanzas se extendieron rápidamente. En Aragón sólo dos comunidades sobrevivieron a los pogroms1: Zaragoza y Perpiñán, en Castilla la mayor parte de las comunidades quedaron arrasadas; sólo se salvaron de las matanzas las comunidades de Navarra. El resultado de esta explosión de odio y violencia fue la muerte de la tercera parte de los judíos y la conversión forzosa de otra tercera parte. Esta oleada de conversiones obligadas fue el origen de un nuevo problema en la sociedad, el problema de los conversos. Después de los pogroms de 1391 la situación de los judíos fue empeorando progresivamente con la promulgación de nuevas leyes antijudías, además estos pogroms fueron la causa del debilitamiento del judaísmo español debido a la gran cantidad de muertos y de conversos. Durante el reinado de Juan II la situación de los hebreos experimentó una mejoría a causa de la influencia de Álvaro de Luna quien utilizó a los israelitas en su enfrentamiento con los infantes de Aragón. En 1443 se promulgó una pragmática que anulaba las decisiones del Concilio de Zamora y las 1

Palabra que procede del ruso y significa embestir, aquí se utiliza significando un ataque violento del pueblo contra comunidades judías.

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disposiciones tomadas después de la Disputa de Tortosa. Además se colocó a los judíos bajo la protección real y se les permitió el ejercicio de profesiones prohibidas desde principios de siglo. Enrique IV el Impotente continuó con la política de tolerancia de Juan II lo que hizo que la nobleza se pusiera en su contra. En la Iglesia se definieron dos actitudes, una de ellas creía firmemente en la necesidad de conversión de los judíos por medio de la persuasión; la otra línea era más dura, la de la conversión forzosa o, en última instancia, adoptar medidas más radicales como la expulsión. Uno de los más fervientes defensores de esta segunda línea fue fray Alonso de Espina, que llegó a ser confesor del rey, y que en 1460 finalizó su obra Fortalitium Fidei en la que proponía el establecimiento de una Inquisición y pedía la expulsión de los judíos, aunque hay que reconocer que fray Alonso no odiaba a los judíos por el mero hecho de serlo sino que lo que él perseguía era la defensa del catolicismo que veía en peligro debido al contacto con las religiones judía y musulmana y con herejes y falsos conversos. En 1461 fray Alonso de Espina convenció a fray Alonso de Oropesa, superior general de los Jerónimos, del peligro que significaban judíos y conversos y éste sugirió al monarca el establecimiento de la Inquisición para perseguir los delitos de “herética pravedad” y con el fin de demostrar al pueblo que el problema era atajado con rapidez y así acabar con los desórdenes sociales. Fray Alonso de Espina, que deseaba que se tomasen medidas mucho más drásticas, protestó contra el establecimiento de la Inquisición al considerar que no era una medida lo suficientemente eficaz para acabar con el problema. A partir de ese momento fray Alonso de Espina y sus hermanos de Orden comenzaron a dar sermones en los que se incitaba al pueblo en contra de judíos y conversos. Fray Alonso de Oropesa continuó con el establecimiento de la Inquisición en Toledo y después se retiró al monasterio de San Bartolomé de Lupiana (Guadalajara) donde escribió, en 1465, su obra Lumen ad revelationem gentium donde explicaba sus planes de reforma, defendía a los conversos de quienes consideraba que no debían de ser sospechosos por su ascendencia hebrea y también atacaba a los judíos a quienes acusaba de proselitismo entre los conversos y cristianos viejos. Fray Alonso de Oropesa, siguiendo la línea de pensamiento moderada, proponía la conversión de los judíos por medio de la persuasión, idea que ya vimos anteriormente que había sido propuesta por San Agustín. Los últimos años del reinado de Enrique IV fueron de crisis debido al enfrentamiento de la nobleza con el rey y la lucha por la sucesión al trono. Durante este prolongado periodo de crisis política la situación de los judíos y conversos se hizo muy precaria de forma que, en 1473, en Andalucía y en algunos otros lugares, estallaron una serie de disturbios antihebreos. El 12 de Diciembre de 1474 muere Enrique IV y su hermana Isabel se hace proclamar reina de Castilla.

3. LA SOCIEDAD JUDEO-ESPAÑOLA. La sociedad judeo-española se vio profundamente afectada por los pogroms de 1391, si bien es cierto que las persecuciones y matanzas no se extendieron por todo el territorio español, también es cierto que sus consecuencias sí afectaron a toda la judería hispana, por un lado se produjo un fuerte decrecimiento en la población judía, bien por la mortandad ocasionada por los pogroms, bien por la conversión, real o forzosa, de una buena parte de la sociedad judía; por otro lado se produjo un grave trauma emocional que, innegablemente, tuvo que afectar a toda la judería española; la relativa seguridad y tranquilidad en la que habían estado viviendo fue destruidas totalmente a lo que se añadían las tragedias familiares resultantes de las conversiones. Pero la vida tenía que continuar, las pérdidas se tuvieron que aceptar y hubieron de adaptarse a la política antihebrea que, como ya hemos visto, adoptaron los reyes en los años siguientes. A lo largo del final del siglo XIV y principios del siglo XV, los judíos fueron abandonando las grandes ciudades

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y se trasladaron a localidades más pequeñas; como consecuencia desaparecieron las grandes aljamas2 que tanta influencia habían tenido en la vida hebrea de los siglos anteriores.

3.1 Los oficios de los judíos. Contrariamente a lo que afirmaba el mito popular, la gran mayoría de los judíos tenían una vida modesta similar a la de sus compatriotas cristianos. Al igual que en la sociedad cristiana los ricos y poderosos eran una minoría. Los oficios judíos podrían dividirse en tres grandes grupos: artesanos, comerciantes y prestamistas. a) Artesanos. Los oficios artesanales principales eran los relacionados con la peletería, la confección y la joyería. Los judíos eran peleteros, sastres, tejedores, tintoreros, guarnicioneros y zapateros además de joyeros y orfebres. b) Comerciantes. Aunque había grandes comerciantes que se dedicaron al comercio internacional, la mayor parte de los comerciantes judíos lo eran al por menor y realizaban su trabajo en pequeñas tiendas o bien como buhoneros dedicándose primordialmente al comercio de telas y vestidos así como a la alimentación. c) Prestamistas. Las leyes que se promulgaron prohibiendo a los judíos el ejercicio de determinados oficios obligaron a muchos judíos a tener que dedicarse al préstamo que estaba mal visto por los cristianos pero que a la vez necesitaban. Al igual que en el comercio, había unos pocos grandes prestamistas pero la gran mayoría realizaban su oficio a pequeña escala compaginándolo, con frecuencia, con el comercio o algún oficio artesanal. Además de estas profesiones había también recaudadores de impuestos, médicos y, por supuesto, rabinos, matarifes rituales así como estudiosos de la Torah y campesinos, bien propietarios o arrendatarios de las tierras.

3.2 Las aljamas. Para que una judería tuviese la consideración de aljama debía de tener todas las instituciones exigidas por el derecho rabínico, sinagoga, mikwe3, carnicería, etc., y además el titulo debía de ser otorgado por el rey. La aljama tenía su propia forma de gobierno4 que difería de una a otra pero que básicamente se constituía con un “Consejo de Ancianos” formado por personas constituidas en dignidad, funcionarios comunales denominados berurim (“elegidos” o diputados), muqdamim (“adelantados”), ne’emarum (“fideicomisarios”); asimismo existía una corporación de ya’asim (“consejeros”, notables o ancianos), los Diez, Veinte o Treinta, según su número y la importancia de este consejo. Las disposiciones se tomaban sobre la base de la ley del Talmud y recibían el nombre de Taqqanot (“ordenaciones” o “instituciones”). La aljama también se ocupaba de la educación y de los pobres. Las aljamas eran independientes unas de otras pero, en Castilla a partir de 1432, se creó una especie de “federación de aljamas” después de una reunión, que se realizó en Valladolid, de representantes de aljamas, en la que se decidieron una serie de normas que se constituyeron comunes a todas las juderías.

3.3 La población judía. Es imposible determinar el numero de judíos que vivían en España en el momento de la expulsión. Los pogroms del año 1391 habían disminuido considerablemente el número de hebreos y, aunque se había dado una mejoría a lo largo de los años, no se había llegado a recuperar el número de hispano-judíos anterior al año 1391. 2

Término que procede del árabe al-yamcia y que significa congregación de árabes y judíos, aunque aquí se usa en el sentido de una comunidad de judíos y se refiere tanto al conjunto de judíos de un lugar como la institución que los gobierna y representa 3 Baño ritual para purificarse. 4 Hasta que en 1472 los Reyes Católicos promulgaron las primeras leyes encaminadas a la reforma judicial y administrativa, entre ellas la abolición total del privilegio de las aljamas para juzgar los pleitos penales.

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Ya que, en aquella época, no existían censos que nos informen sobre la población, es necesario recurrir a métodos indirectos para tratar de averiguar cual era la población hebrea. Según Ytzak Baer el máximo número sería de 200.000 personas, unas 30.000 familias de Castilla y unas 6.000 en Aragón. Baer llegó a esta conclusión basándose en las crónicas de Andrés Bernáldez y atribuyendo a cada familia una media de 5,5 miembros, cifra que los demógrafos actuales rechazan por excesiva. Aparte del cronista Andrés Bernáldez que estimaba en 170.000 los judíos que vivían en España, hay pocas estimaciones de la época, Abraham Zacuto calculó de 150.000 a 200.000 personas, Isaac Abravanel 300.000 y el viajero alemán Münzer menciona 100.000 familias siendo, estas dos últimas estimaciones una clara exageración. Otros historiadores, como M.A. Ladero Quesada y F. Suárez Bilbao, basándose en documentos fiscales han reducido notablemente esta cifra. Del estudio de estos documentos se ha establecido que, para el reino de Castilla, habría entre 14.400 y 15.300 “fuegos” o unidades familiares impositivas; el problema que aparece a continuación es saber cuál es el coeficiente por el que se ha de multiplicar para transformar los “fuegos” en individuos, algunos demógrafos establecen un coeficiente de 3,5 pero tal vez se hubiera de tener en cuenta que los matrimonios judíos se realizaban a edad temprana aumentando por ello la fecundidad y también tener en cuenta el matrimonio de los religiosos. En cualquier caso la cifra oscilaría en torno a los 100.000 individuos.

3.4 Distribución geográfica. En el momento de la expulsión la distribución geográfica de los judíos era muy irregular. Las comunidades judías eran más abundantes en ambas mesetas a lo largo de los cauces de los grandes ríos que eran importantes vías de comunicación. En lo que es la actual provincia de León había 26 comunidades judías, en la provincia de Zamora hay al menos 21 asentamientos probados documentalmente de los que tres, Fuentesaúco, Villalpando y Zamora, reciben el carácter fiscal de aljama. En Salamanca se encuentran 24 localidades con población hebrea, siete de ellas calificadas como aljamas; en Burgos se localizan 80 comunidades, 30 de ellas en la ruta jacobea y en Palencia podemos encontrar 65 asentamientos judíos, siendo ésta una de las provincias más densamente pobladas. Soria contaba con 30 localidades y Ávila con 17; en Valladolid podemos encontrar 48 asentamientos siendo 16 de ellos aljamas. En Cáceres encontramos 26 localidades y 13 de ellas aljamas, Badajoz contaba con 36 asentamientos y 15 de ellos aljamas. Toledo tenía 28 localidades con judíos casi todas en la margen derecha del Tajo y 10 de ellas con la consideración de aljamas, Guadalajara tenía 30 asentamientos, siete de ellos aljamas. En Madrid había 21 localidades con poblamiento judío y de ellas ocho eran aljamas. Andalucía estaba despoblada de judíos desde la expulsión decretada en el año 1483. En Galicia había dos aljamas, una en el País Vasco y ninguna en Asturias y Cantabria. Se puede afirmar que, en los años anteriores a la expulsión, había en el reino de Castilla más de 200 ciudades, villas y lugares con poblamiento judío teniendo aproximadamente el 31% de ellos la consideración de aljama. Solamente había nueve juderías que podían considerarse como realmente importantes, con más de 300 familias cada una: Segovia, Toledo, Trujillo, Guadalajara, Ocaña, Almazán, Ávila y Murcia.

4. LOS REYES CATÓLICOS Y LOS JUDÍOS. Cuando los Reyes Católicos comenzaron su reinado aparentemente nada indicaba que no fueran a continuar con la actitud tolerante que se había venido siguiendo desde el reinado de Juan II, de hecho, hasta el momento de la expulsión los judíos creían que los monarcas eran sus mejores protectores, tanto es así que el viajero polaco Nicolás Piepolo en su recorrido por España en 1484 escribió: “Sus súbditos de Cataluña y Aragón hablan públicamente y lo mismo he oído decir a muchos en España que la reina es protectora de los judíos e hija de una judía”. La política de los Reyes Católicos respecto a los judíos podría dividirse en dos periodos:

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a) 1474-1480. b) 1480-1492. El primer periodo se caracterizaría por la tolerancia a la presencia judía en el reino y la esperanza, basada en la ideología de San Agustín, de que el contacto y ejemplo de los cristianos llevaría a los judíos a abjurar de su error y convertirse a la verdadera fe. En el segundo periodo se produjo un cambio de actitud; en ese momento los sectores más extremistas de la Iglesia ganaron mayor fuerza y poder y obtuvieron una mayor influencia sobre los reyes y a todo ello se añadió el problema de los conversos y judaizantes.

4.1 1474-1480. En este periodo Isabel y Fernando congregaron a su lado a un buen número de consejeros judíos con muchos de los cuales llegaron a tener una relación de amistad. Pero esta postura tolerante de los reyes, cuya desconfianza no se dirigía a los judíos en tanto personas sino que era contra el judaísmo como religión, no tenía su reflejo en el talante de la sociedad cristiana. Los judíos se veían amenazados por la conducta antihebrea del pueblo y, en algunos casos, se vieron obligados a reclamar la protección real5 que en muchos casos les era dada, aunque no significaba la total protección ya que el resentimiento popular se iba incrementando por diversos motivos: 1- La relativa independencia de las comunidades judías que sólo tenían en común la obligación de pagar los impuestos, tanto municipales como reales. 2- La acusación popular de que los judíos eran unos parásitos que tan sólo ejercían oficios “descansados” y que vivían a costa del esfuerzo de los cristianos. Esto, como vimos anteriormente, es una afirmación completamente falsa, los judíos ejercían diversos oficios y vivían de su trabajo y esfuerzo al igual que los cristianos. 3- Los judíos eran prestamistas y usureros. Ya vimos cómo la mayor parte de prestamistas judíos lo eran a muy pequeña escala y además en esa época el número de prestamistas judíos había disminuido considerablemente al aumentar el número de cristianos que se dedicaban a ello. 4- La hacienda pública estaba en manos judías. Según demuestra Ladero Quesada en su obra El siglo XV en Castilla, menos del 15% de los arrendadores de rentas entre 1439 y 1464 eran judíos mientras que tan sólo cien años antes esta cifra era del 30%. 5- Acusaciones de sacrilegios y crímenes rituales atribuidos a judíos y conversos. A lo largo del siglo XV se realizaron diversas acusaciones de que los judíos realizaban crímenes rituales y sacrilegios como profanar hostias, ultrajes de crucifijos, etc., a lo que se añadía el convencimiento de que los judíos eran proselitistas e incitaban a los conversos a judaizar. A lo largo de este periodo el talante de los reyes comenzó a transformarse, podemos detectar las primeras muestras de ello durante la celebración de las Cortes de Madrigal en 1476 en las que se tomaron una serie de medidas antijudías que en su momento se consideraron, no como discriminatorias, sino beneficiosas ya que proporcionaban un marco jurídico al que recurrir en caso de conflicto.

4.2 1480-1492. En mayo de 1480 las Cortes de Toledo confirmaron la ley de 1412 en la que se ordenaba la separación de judíos y musulmanes de los cristianos y se ordenó que se realizase en un plazo de dos años. Esto significó que, salvo excepciones, las juderías se vieron obligadas a cambiar su emplazamiento, redujeran su tamaño y su trazado. El motivo que se dio fue la protección de los cristianos frente a la influencia del judaísmo que provocaba “confusión y daño de nuestra santa fe”. Esta ley dio lugar a numerosos abusos y conflictos entre las comunidades hebrea y cristiana y en muchos lugares se endurecieron las condiciones de vida de los hebreos. 5

Para más información sobre este tema véase: Suárez Fernández, L. La expulsión de los judíos de España, pp 265-267.

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En el año 1477 los reyes fueron convencidos de la necesidad del establecimiento de la Inquisición debido a la amenaza en que se había convertido la herejía judaizante; los reyes informaron al Papa Sixto IV y éste, mediante una bula de 1 de Noviembre de 1478, les otorgó autorización para nombrar inquisidores en toda Castilla. Isabel y Fernando nombraron a varios inquisidores que debían “... inquirir e proceder contra los tales infieles e malos cristianos e herejes, e contra qualesquier persona que falladeres estar maculadas de los dichos crimines de infidelidad e herejía e apostasía en todos nuestros reynos señoríos e en cualquier ciudades, villas e lugares...”6 Los primeros procesos de la Inquisición en Sevilla fueron muy duros de forma que muchos conversos decidieron marcharse, tal como cuenta el cronista Andrés Bernáldez: “E con esto todos los confesos fueron muy espantados, e avían muy gran miedo e huían de la cibdad e del arçobispado; e pusiéronles en Sevilla pena que no fuesen so pena de muerte”; e pusieron guardas a las puertas de la cibdad; e prendieron tantos que no avía donde los tuviesen” 7 . Los inquisidores afirmaron que la mayor parte de los conversos eran judaizantes y llegaron a la conclusión de que era debido al frecuente contacto con los judíos y determinaron que la única forma de terminar con la herejía era eliminando la presencia de los judíos, por lo que decidieron eliminar las juderías, disposición que fue aceptada por los reyes, limitándose tan sólo a conceder un mayor plazo de salida del que habían dado los inquisidores y a garantizar el derecho de propiedad que tenían los judíos sobre los bienes que se veían obligados a abandonar. A partir de 1482, los judíos vivieron soportando el odio popular que se fue acrecentando animado por los sermones de algunos sacerdotes y por la actuación de la Inquisición concluyendo todo ello con el Decreto de Expulsión de 1492.

5. LOS CONVERSOS. 5.1 Cristianos viejos y cristianos nuevos. El fenómeno de las conversiones, bien forzadas o bien auténticas, trajo consigo un nuevo problema: el enfrentamiento de la sociedad cristiana frente a los nuevos cristianos. Con la aparición de este nuevo grupo social una buena parte del odio contra los judíos se traspasó a los conversos. Los cristianos nuevos se encontraron en la poco agradable posición de estar en medio de la sociedad judía y la sociedad cristiana. Para los judíos, los conversos eran traidores a la fe, aunque distinguían entre los que se habían visto forzados a convertirse, los anusim o cristianos falsos, y los que se habían convertido por tener una verdadera fe, los mesumadim. En lo que a los primeros se refiere, ya que el Talmud afirma que “un judío, aunque haya pecado, sigue siendo un judío “ 8, podían volver a ser admitidos en el judaísmo principio éste que también podía ser aplicado a los descendientes de los conversos forzosos que deseasen volver a la fe de sus padres. En cuanto a los mesumadim, la sociedad judía los consideraba como muertos y así se daba el caso de personas que llevaban luto por familiares que estaban vivos pero que se habían convertido. La sociedad cristiana, como ya dije anteriormente, no facilitó la integración de esta nueva masa de cristianos, se dudaba acerca de la sinceridad de la conversión, bien porque éstas se hubiesen realizado contra su voluntad bien porque se creyese que eran a causa del miedo o del interés. La conversión abría a los judíos puertas que como tales les estaban totalmente cerradas lo que llevó a que muchos judíos, cuya fe en el judaísmo era tibia o inexistente, se convirtieran a causa de las ventajas que ello les reportaría. Esto fue lo que sucedió con muchas familias adineradas a las que la conversión les ofreció la oportunidad de unirse a familias nobles o de la alta burguesía. 6

Llorca, B. La inquisición en España, pp 75-76. Bernáldez, A. Crónica de los Reyes Católicos, p 100. 8 Tratado del sanedrín 44ª. 7

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A los cristianos nuevos se les acusó, al igual que habían hecho con los judíos, de escoger oficios “descansados” y de vivir a costa de los esfuerzos de los verdaderos cristianos y de prosperar aprovechándose de su nueva condición de cristianos. Pero ¿cuál era la verdadera situación de los conversos? Es obvio que hubo familias que aumentaron su poder e influencia gracias a la conversión y que algunos conversos consiguieron alcanzar cargos y riquezas debido a su nueva condición de cristianos, pero la gran mayoría de los conversos siguieron ejerciendo los mismos oficios y viviendo en los mismos lugares que cuando eran judíos. La situación social de los conversos no era especialmente privilegiada, al igual que en la sociedad judía y en la cristiana, en el grupo de los conversos había una pequeña minoría que gozaba de grandes riquezas y poder, unos pocos que lograban prosperar gracias a su esfuerzo y las ventajas que su nueva situación les ofrecía y una gran mayoría que trabajaba duramente para poder vivir día a día y también viudas, huérfanos y pobres para los que la subsistencia diaria era muy precaria.

5.2 Los criptojudíos y la Inquisición. Tradicionalmente la historiografía ha tratado el tema de los judeoconversos considerando que la mayoría de ellos judaizaban y que, por tanto, había un “problema converso” en el seno de la sociedad cristiana del siglo XV. En esta corriente podemos encontrar a historiadores judíos como Y. Baer quien se muestra plenamente convencido de que los conversos y sus descendientes eran, en su gran mayoría criptojudaizantes: “No sólo los conversos verdaderamente a la fuerza hacían todo lo posible por vivir como judíos; también los hijos y nietos de aquellos que habían apostatado libremente y voluntariamente le daban vueltas a la cabeza a la idea de arrepentimiento”9 Ahora bien, en los últimos años se han levantado voces contra esta idea. Uno de los primeros en mostrar su desacuerdo con esta idea fue el historiador judío Benzion Netanyahu, quien afirma que: “no fue un poderoso movimiento criptojudío el que provocó el establecimiento de la Inquisición, sino que fue el establecimiento de la Inquisición el que provocó el resurgir temporal del movimiento criptojudío.”. 10 Según este autor, el motivo por el cual se estableció la Inquisición “no fue erradicar una herejía judaizante de entre los marranos, sino extirpar a los marranos de en medio del pueblo español.” 11 Netanyahu llega a esta conclusión de una forma discutible, se basa exclusivamente en los responsa de los rabinos de la época sin tener en cuenta el marco histórico en el que se desarrollaron, tampoco tuvo en cuenta la fiabilidad de los documentos y, por otro lado, hay que considerar que no existía unanimidad entre los rabinos sobre si los conversos se podían reconocer como judíos o no, de forma que a los responsa estudiados por Netanyahu se podrían oponer con otros con opiniones contrarias. El problema que se plantea en este debate historiográfico es si existía realmente una herejía judaizante entre los conversos y si realmente era tan importante como para justificar la creación de la Inquisición para combatirla. En mi opinión, el problema converso no existía en la magnitud alegada en su momento. En el momento que se estableció la Inquisición ya habían pasado muchos años, casi un siglo desde las forzadas conversiones en masa y es razonable creer que la mayor parte de los descendientes de aquellos conversos obligados eran cristianos sinceros, aunque, desde luego, hubiese una importante minoría que sí judaizaban. Este problema se complica aún más si tenemos en cuenta los criterios que se seguían para considerar si una persona judaizaba o no, se indicaban prácticas religiosas como la observancia del shabbat, el ayuno en las festividades hebreas, el rezo de oraciones judías, pero también se indicaban prácticas que eran meramente culturales como el abstenerse de comer carne de cerdo o ciertos pescados o el uso del aceite de oliva en vez de tocino para guisar. Se confundía fe con costumbres y, si bien cambiar de religión podía ser algo relativamente fácil, no lo era tanto el abandonar costumbres que se habían tenido toda la vida. Es obvio que los inquisidores eran conscientes de la diferencia 9

Baer, Y., Historia de los judíos en la España cristiana, p. 525. Netanyahu, B. Los marranos españoles, p 17. 11 Netanyahu, B. Op. Cit, p 18. 10

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existente entre prácticas religiosas y culturales 12 pero ello se usaba para convencer a los cristianos viejos, aún más si cabe, de que converso y judaizante eran sinónimos. Como vemos el problema de los criptojudaizantes no eran tan grave como se hizo creer, por ello hemos de preguntarnos cuál fue el motivo por el que se consideró necesario crear la Inquisición. Hay que descartar motivos económicos puesto que las confiscaciones de los bienes de los condenados no llenaron, ni mucho menos, el tesoro real, también hay que descartar una supuesta “lucha de clases” ya que la importancia económica de los conversos distaba mucho de ser grande, no eran ni una amenaza al poder real ni al de la nobleza, tampoco se puede suponer una hostilidad por parte de la nobleza, más bien al contrario, eran los nobles quienes ayudaban a los conversos y judíos en momentos de crisis, no porque fueran más tolerantes que el resto de la sociedad, sino porque les interesaba económicamente y, cuando llegó el momento, la mayoría de los nobles reaccionó negativamente ante la Inquisición. Del mismo modo hay que descartar una actitud racista por parte de los reyes, lo que buscaban no era la eliminación física de los judíos ni de los judaizantes, sino su integración en la sociedad cristiana, tan sólo hay que ver el número de conversos que rodeaban a los reyes, no solamente como consejeros sino también como amigos. Igualmente podemos descartar la presión popular. La España de los siglos XIV y XV era una España en pleno cambio, era una situación en constante evolución, se acercaba el final de la Reconquista y el mundo medieval se transformaba para dar lugar al mundo moderno; era un momento de crisis social y económica y el pueblo llano era quien recibía con mayor fuerza esa crisis y la única forma de dar rienda suelta a la frustración era atacar a los más débiles y éstos eran los judíos y los conversos; pero es realmente dudoso que el poder real, y menos unos reyes autoritarios como lo eran Isabel y Fernando, cediesen ante la presión popular. ¿Cuál seria pues la razón del tribunal de la Inquisición? No se justificaría por un fanatismo religioso, del que no dieron muestra los Reyes Católicos, sino precisamente por esa situación de cambio mencionada más arriba. España se estaba convirtiendo en un Estado moderno en el que los reyes estaban afirmando su poder y en donde no había lugar para el multiculturalismo. La Inquisición fue el primer paso que se dio para tratar de unificar culturalmente, o lo que es lo mismo, religiosamente, a la sociedad española del momento.

6. EL PROCESO DEL SANTO NIÑO DE LA GUARDIA. El crimen del Santo Niño de La Guardia ha provocado grandes discusiones entre aquellos que creen que fue un suceso real y los que creen que fue una falsedad. Las acusaciones de crímenes rituales se venían dando ya desde los primeros tiempos del cristianismo cuando los no cristianos, al no comprender el ritual de la consagración y comunión, acusaban a los cristianos de canibalismo, acusación que después recogieron los propios cristianos para reflejarla contra los judíos. Este tipo de acusaciones13 contra los hebreos se produjeron a lo largo de toda la Edad Media y durante el siglo XV fueron frecuentes, así, por ejemplo, en Segovia, 1406, se acusó a los judíos de robo y ultraje de una hostia consagrada; en Tabara (Zamora), 1460, de echar abrojos por las calles donde iban a pasar penitentes cristianos, en Valladolid, 1452, de crucificar a un niño cristiano. Este tipo de acusaciones eran habituales por toda Europa y solían ir acompañadas de ataques y matanzas contra los judíos. Este incidente14 comenzó en Junio de 1490 cuando fue detenido en Astorga el converso Benito García, natural de La Guardia (Toledo), de quien se sospechaba que ocultaba hostias consagradas en sus alforjas. Bajo tortura confesó que animado por Juan de Ocaña, también cristiano nuevo, y por varios miembros de la familia Franco, estaba intentando volver a la fe de sus antepasados. Benito García fue enviado a Segovia y en su cárcel inquisitorial se encontró un judío llamado Yuce Franco que estaba tan enfermo que, pensando que iba a morir, pidió que se enviase a un rabino; en su lugar enviaron a fray Alonso Enríquez, quien se presentó como rabí Abraham. Yuce Franco le pidió al rabí 12

J. Jiménez Lozano cita en su articulo, publicado en Inquisición y mentalidad inquisitorial, La Inquisición y la cultura española que Simancas, inquisidor del siglo XVI afirmaba que no comer carne de cerdo o no beber vino no son indicios suficientemente claros de la permanencia al judaísmo o al Islam. 13 Para más información sobre el tema puede verse Trachenberg, J. El diablo y los judíos. 14 Se puede ver un relato más detallado en Baer, Y., Op. Cit. pp 621-636.

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que le comunicase a Abraham Senior que él y otros de su aldea estaban presos por la muerte de un niño, esta conversación fue considerada más tarde como la confesión de un delito. El 27 de Octubre de 1490 Yuce Franco declaró que unos tres años antes, cuando iba a La Guardia a comprar trigo para la Pascua, le informaron de que el converso Alonso Franco tenía un buen trigo candeal, cuando se puso en contacto con él le hizo muchas preguntas acerca de la Pascua judía y le confesó que en un Viernes Santo él y alguno de sus hermanos habían crucificado a un niño tal y como los judíos habían crucificado a Jesús. El 27 de Agosto de 1490 Torquemada, Inquisidor General, firmó la orden en la que se acusaba de herejía y apostasía y de haber cometido crímenes contra la fe católica a Alonso Franco, Lope Franco, García Franco y Juan Franco, conversos y vecinos de La Guardia; Yuce Franco, judío y vecino de Tembleque; Moshé Abenamías, judío y vecino de Zamora; Juan de Ocaña y Benito García, conversos y vecinos de La Guardia. Los judíos no estaban bajo la jurisdicción del tribunal de la Inquisición pero se les reclamó por ser cómplices en un delito contra la fe. Torquemada notificaba que se trasladaba a los acusados de Segovia a Ávila para que se realizase allí el proceso puesto que él no podía llevar personalmente el caso. El proceso comenzó en 17 de Diciembre de 1490 y se acusó a Yuce Franco de convencer a los conversos de que judaizasen, de participar en la crucifixión de un niño cristiano y de convencerles de obtener una hostia consagrada y el corazón de un niño cristiano para realizar una especie de comunión mágica durante la Pascua judía con el fin de conseguir que todos los cristianos muriesen de rabia. Como las declaraciones obtenidas eran contradictorias el tribunal ordenó que Yuce Franco y Benito García fueran sometidos a tortura. Yuce Franco confesó haber participado en el tormento y martirio de un niño cristiano siguiendo la pasión de Jesucristo. Benito García confesó la localización de la cueva donde se habían producido los hechos y la de la tumba del niño. Sobre la base de las diferentes declaraciones obtenidas a lo largo del proceso el tribunal llegó a la conclusión de que cinco de los acusados eran culpables y fueron condenados a muerte; como dos de ellos eran judíos y no estaban bajo la jurisdicción inquisitorial, el 11 de Noviembre de 1491 los inquisidores transmitieron sus conclusiones a las autoridades civiles que confirmaron la sentencia. El 16 de Noviembre de 1491, los condenados fueron quemados en la hoguera durante un auto de fe.

6.1 El asesinato: ¿realidad o invención? El proceso es bien conocido por haberse conservado íntegramente la documentación relativa a Yuce Franco en la que quedaron insertos fragmentos de la documentación relativa al resto de los acusados. El proceso fue publicado por F. Fita en su obra, La verdad sobre el martirio del Santo Niño de La Guardia, en 1887. Desde entonces han sido numeroso los autores que han creído la historia, como el mismo Fita y también Tarsicio de Azcona y Nicolás López Martínez; igualmente han sido numerosos los historiadores que han negado toda veracidad al incidente, como Baer o Lea. La lectura del proceso y su desarrollo realmente hacen creer en su falsedad, son numerosas las dudas y preguntas que nos llevan a la conclusión de que todo el proceso no fue más que una impostura. ¿Quién fue el niño? A lo largo del proceso no se menciona su nombre en ningún momento ni existe reclamación alguna sobre un niño desaparecido en la época del supuesto crimen ni tampoco durante el proceso; ni hay indicios de que el tribunal realizase investigaciones para averiguar quién era el niño ni su familia. En una de sus declaraciones Yuce Franco declaró dónde estaba enterrado el niño pero en ese momento el tribunal no se molestó en buscar el cuerpo lo que nos lleva a preguntarnos el motivo; si el tribunal estaba convencido de la veracidad de los hechos, ¿por qué no buscó el cuerpo del niño para enterrarlo cristianamente? ¿Acaso sabían que no había ningún cuerpo que buscar? De igual forma plantea serias dudas la cuestión de los tribunales. El asesinato se habría producido en La Guardia, provincia de Toledo, por tanto, se debería de haber juzgado en el tribunal de Toledo pero a Benito García se le traslada directamente a Segovia donde, casualmente, se encontraba preso Yuce Franco, lo que igualmente nos hace preguntarnos que hacia un hebreo preso de la Inquisición, cuando éste era un tribunal cristiano y, por ello, los judíos se hallaban fuera de su jurisdicción. Por otra parte está el traslado del proceso de Segovia a Ávila. ¿Por qué a Ávila y no a Toledo donde realmente

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correspondía? ¿Sería tal vez porque en Toledo no existía un ambiente tan antijudío como el que había en Ávila? Aparte de esto el proceso plantea otras dudas, ¿cómo es posible que dos judíos aceptasen realizar magia con los poderes de una hostia consagrada? A mi entender resulta absurdo pensar que un hebreo considerase mágica una hostia consagrada, para un judío una hostia no es mas que un trozo de pan sin ningún valor religioso y, mucho menos, mágico; por otra parte, el relato de la pasión del niño está descrito como una de las Pasiones que se representan en muchos pueblos durante la Semana Santa, lo que nuevamente parece irrazonable puesto que, para un hebreo, la pasión de Cristo no supone absolutamente nada. Ésto induce a pensar que el autor de la trama de la historia tendría que ser un cristiano para quien los símbolos cristianos y la pasión de Cristo sí tenían importancia y que estaba dirigido hacia un público igualmente cristiano al que la historia le resultaría especialmente horrible y trágica. Como colofón a esta extraña historia, Torquemada se encargó de difundir la sentencia del proceso a todo el reino, incluida Cataluña, donde fue traducida e impresa.

6.2 El objetivo del proceso. Según afirma Baer15 desde el momento en que se hicieron públicos los documentos del proceso hubo historiadores que lo relacionaron con el Decreto de Expulsión. Ciertamente no hay pruebas explícitas de ello, pero las circunstancias que rodean al proceso nos llevan a pensar que efectivamente hay una relación. La intención de Torquemada sería la de crear un ambiente propicio para dar el último paso en la solución al problema converso. El horrible crimen de La Guardia sería la prueba de la maldad de los judíos y de su siniestra influencia sobre los cristianos nuevos; el proceso demostraba, tanto al pueblo, como a los reyes, que los judíos no sólo persistían en su error de no aceptar el cristianismo sino también que odiaban a los cristianos y que hacían todo lo posible por dañarlos. Tan solo cuatro meses después del auto de fe los Reyes Católicos firmaban el Decreto de Expulsión; como afirma Charles Lea “... though it would be too much to say that this alone won Ferdinand’s consent to the expulsion, it undoubtedly contributed largely to that result.” 16 (... aunque sería demasiado decir que esto sólo fue lo que impulsó el consentimiento de Fernando, indudablemente contribuyó grandemente a ese resultado). Igualmente hay que señalar que en el Decreto se hace especial hincapié en el peligro que los judíos significan para los cristianos, lo que coincide sospechosamente con la sentencia de Yuce Franco: “ It has been clearly proved (the condemnation reads) that the jew Juce Franco did seduce some Christians to the rites and ceremonies of the Law of Moses by teaching them Jewish prayes, praying in Hebrew to the Creator to whom he commended them and telling them that the Law of Moses was the true law, whereas the Law of Christ was false”17 (Ha sido claramente probado (dice la condena) que el judío Yuce Franco sedujo a algunos cristianos a los ritos y ceremonias de la Ley de Moisés enseñándoles oraciones judías, rezando en hebreo al Creador a quien les encomendó y diciéndoles que la Ley de Moisés era la ley verdadera mientras que la ley de Cristo era falsa). No hay mención alguna del proceso en el texto del Decreto de Expulsión pero se puede encontrar su influjo en él.

7. EL DECRETO DE EXPULSIÓN. El 2 de Enero de 1492 Isabel y Fernando entraron en Granada, con ello se dio fin a siglos de guerra y el reino entraba en una nueva etapa. Del Decreto se conocen 3 versiones: a) la de Torquemada del 20 de Marzo y dirigida al obispo de Toledo18, b) el firmado por Isabel y Fernando el 31 de Marzo, válido para el reino de Castilla19 y c) el firmado solamente por Fernando y válido para la Corona de Aragón.20

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Baer, Y., Op. Cit. P 638. Lea, H. Ch. A history of the Inquisition in Spain Vol. I, p. 134. 17 Longhurst, J.E. The age of Torquemada, p. 124. 18 Conservada en el Archivo de la Corona de Aragón. 19 Conservado en el Archivo de Simancas. 20 Conservado en el Archivo de la Corona de Aragón. 16

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De los tres decretos se deduce que el de Torquemada es el promotor de los otros dos, lo que claramente demuestra la influencia que tuvo la Inquisición en la expulsión de los judíos. El texto de Torquemada, al igual que el castellano, se limita a lo religioso acusando a los judíos de incitar a los conversos a apartarse del cristianismo “...se prueba que han procurado (por diversas) vías, formas y maneras pudieron, de (¿) y sustraer de nuestra Santa Fe Católica y apartar della y traer y pervertir a si dalada creencia y opinión...”, les acusa de burlarse de la ley cristiana y de considerar a los cristianos idólatras “... haciéndoles entender que la ley de los cristianos es burla y los cristianos son idólatras...” El texto aragonés es más duro e indica abiertamente la influencia de la Inquisición, “... persuadiéndonos el venerable prior de Santa Cruz, general inquisidor, de la herética gravedad en los reinos y señoríos nuestros... para extirpar del todo la dicha apostasía de todos los dichos nuestros reinos y señoríos, echásemos dellos perpetuamente y para siempre los dichos judíos y judías...”. El decreto de don Fernando hace hincapié en que los judíos son suyos y que sólo a la Corona le corresponde tomar decisiones respecto a ellos: “Y los como los judíos por su propia culpa sean sometidos a perpetua servidumbre y sean siervos y cautivos nuestros y si son sostenidos y tolerados es por nuestra piedad y gracia... es cosa muy justa que pierdan la dicha nuestra gracia...”. Se justifica la expulsión por el problema religioso “... que de la dicha herejía y apostasía han sido causa los judíos y judías que en los dichos nuestros reinos y señoríos moran y habitan por la conversación y comunicación que con los dichos cristianos tenían y tienen...” y da otra causa que no se menciona en ninguno de los otros dos decretos “... hallamos los dichos judíos por medio de grandísimas e insoportables usuras devorar y absorver las haciendas y sustancias de los cristianos...” El decreto castellano es el más conocido y comienza explicando el peligro que representan los judíos para los cristianos nuevos: “... había algunos malos cristianos, que judaizaban... de lo cual era mucha causa la comunicación de los judíos con los cristianos...” Cuando los monarcas caen en la cuenta del problema intentan darle una solución “... en las cortes que hicimos en la ciudad de Toledo... mandamos apartar a los dichos judíos en todas las ciudades... esperando que con su apartamiento se remediara.....” Como la segregación no remediaba el problema, los soberanos ordenan el establecimiento de la Inquisición pero, puesto que, a pesar de la actuación del tribunal y de sus numerosas condenas, los cristianos nuevos siguen judaizando debido a la nefasta influencia de los judíos “... los cuales se prueba que procuran siempre... de subvertir y sustraer de nuestra Santa Fe Católica a los fieles cristianos...”, se decide eliminar radicalmente el contacto entre los conversos y los israelitas en Andalucía donde el problema parecía ser mas grave. En la creencia de que “aquello bastaría para que los de las otras ciudades y villas y lugares de los nuestros reinos y señoríos cesasen de hacer y cometer lo susodicho” Visto que la expulsión no da resultado alguno, y que todos los intentos de acabar con el problema eran inútiles, los reyes se plantean la necesidad de tomar medidas más drásticas y pensaron que la única forma de resolver el conflicto era eliminar el problema de raíz “porque cuando algún grave y detestable crime es cometido por algunos de algún colegio y universidad, es razón que el tal colegio y universidad sean disolvidos y aniquilados ... y que aquellos que pervierten el buen y honesto vivir de las ciudades y villas y por contagio pueden dalar a los otros sean expelidos de los pueblos”. El texto termina explicando cómo se había de llevar a cabo la expulsión y ampara a los hebreos bajo la protección real.

7.1 Las causas de la expulsión. La lectura del Decreto de Expulsión hace que nos preguntemos quién o quienes influyeron en los monarcas para llevar a cabo el decreto y porqué se realiza. Tradicionalmente se ha dicho que fue la codicia de los Reyes Católicos la causa del Decreto. Esta es una teoría que hoy en día no se suele tomar en cuenta. Ya vimos que la importancia económica de los judíos en el momento de la expulsión era pequeña y los monarcas no podían dejar de notar el perjuicio que la expulsión supondría para la economía del país. Se podría pensar que el decreto seria causado por la presión, bien de la nobleza, bien de la naciente burguesía urbana o bien por el pueblo. Henry Kamen opina que los judíos eran una amenaza para el poder de la nobleza por su poder económico y social; la Inquisición se habría creado para acabar con el poder de los cristianos nuevos y provocar la expulsión de los hebreos. En realidad la nobleza fue el estamento más perjudicado por la expulsión; en general los nobles habían protegido a

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judíos y conversos en los momentos de crisis puesto que les resultaban útiles en sus actividades económicas. Cuando se hizo público el decreto algunos nobles trataron de conseguir de los reyes permisos para que “sus judíos” permanecieran en el reino. Igualmente se puede pensar que la lucha entre la naciente burguesía y los judíos fue la responsable junto con la dependencia de los cristianos a los judíos debido a los préstamos de los hebreos. Pero el poder real no se basaba en una alianza con las ciudades, más bien al contrario, los reyes ejercían un fuerte control sobre las urbes por lo que parece imposible que la burguesía impusiese tal decisión a los soberanos. De igual forma podemos descartar el que Isabel y Fernando tomasen la decisión para contentar los deseos del pueblo. No es posible imaginar que los reyes se viesen obligados a tomar esta decisión por un pueblo que no contaba nada en las decisiones gubernamentales. La expulsión de los judíos seria la consecuencia de los cambios que se estaban produciendo en el reino, los mismos cambios que habrían inducido el establecimiento de la Inquisición. Tal como sostiene Luis Suárez Fernández, la expulsión correspondería al concepto unitario que los Reyes Católicos tenían con relación a España y representaba el triunfo de las ideas inquisitoriales sobre los sectores más moderados de la Corte. La España del siglo XV era muy compleja, ella, vivían musulmanes, judíos y cristianos en una mezcla que resultaba sospechosa a los ojos del resto de Europa y fue esta mezcla cultural la que decidieron eliminar los soberanos comenzando por la eliminación del judaísmo, que no de los judíos, del territorio peninsular. No se puede achacar a los reyes un propósito de eliminar físicamente a los judíos, Isabel y Fernando no son los precedentes de Hitler, lo que se buscaba era la conversión de los judíos al cristianismo, su asimilación e integración en la sociedad y cultura cristiana y aquellos que no lo aceptasen debían de marcharse. El proyecto de Estado era el de una sociedad homogénea religiosamente, concepto éste que estaba en la línea de pensamiento de Enrique VII de Inglaterra y con la posterior afirmación luterana del “cuius regio eius religio”. Se podría alegar contra esta idea que solamente se expulsó a los judíos y que los moriscos permanecieron en el reino, pero el principio de unidad religiosa se aplicó igualmente a éstos últimos aunque con diferencia de tiempo, a los moriscos también se les habría dado la oportunidad de ver el error en el que estaban mediante el contacto con los cristianos y, finalmente, al ver que no daba resultado, se les expulsaría a ellos también. Sería razonable preguntarse que si los monarcas tenían en mente un proyecto de Estado homogéneo ¿cómo es que se tardó tanto tiempo en llevarse a cabo? La respuesta está en la legalidad, los reyes no firmaban leyes por capricho, era necesaria una causa justa, un motivo legal en que basar la expulsión y esa base jurídica fue proporcionada por la Inquisición: el proceso del Santo Niño de La Guardia. Resulta cuanto menos chocante comprobar que el fin del proceso, el fin de la guerra y la expulsión de los judíos son sucesos que se producen en cortos intervalos de tiempo. Para proceder a la expulsión era necesario el fin de la guerra y un motivo legal. Estaba claro que no se podría expulsar a los judíos mientras la guerra continuase debido a la desorganización y caos que iba a producir en el país; en 1940, desde luego, no se podía saber cuando acabaría la guerra, pero si se podría intuir que se acercaba a su fin y era necesario empezar a poner en marcha el plan que diera el motivo legal, el proceso del Santo Niño, proceso que, en caso necesario, podría alargarse el tiempo preciso. Este proceso puso en manos de los monarcas la justificación necesaria, no era preciso mencionarlo en el Decreto, estaba en la mente de todos puesto que tan solo habían pasado cuatro meses desde le auto de fe y la Inquisición se había encargado de que se conociese en todo el reino.

7.2 La aplicación del decreto A pesar de que se firmó el 31 de Marzo, el decreto no se promulgó hasta finales de abril. Este retraso pudo ser debido a los esfuerzos realizados para conseguir la anulación o suavización del decreto. Se sabe que Isaac Abarbanel medió ante los monarcas pero no tuvo ningún efecto21. 21

Se sabe que Abarbanel le ofreció a don Fernando la entrega de una gran suma de dinero a cambio de la anulación del decreto; según cuenta la leyenda, cuando Torquemada se enteró fue a ver a los reyes y les arrojó un crucifijo diciéndoles Judas vendió a nuestro Señor por treinta monedas; sus Majestades están a punto de venderlo por treinta mil.

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El único medio para evitar la expulsión era la conversión, por ello, una vez publicado el decreto, se desplegó una intensiva campaña evangelizadora entre los judíos. Si los monarcas esperaban una gran avalancha de conversiones debieron de decepcionarse; aunque es cierto que un buen número de judíos se convirtieron, sobre todo entre las clases acomodadas, la gran mayoría decidió marcharse. La organización de la marcha se realizó en condiciones muy penosas. Se les permitió llevarse sus bienes pero con ciertas restricciones. Podían llevarse letras de cambio y convertirlas en dinero en el extranjero pero el poco tiempo de que disponían entorpeció el proceso. La apremiante necesidad de convertir los bienes inmuebles en bienes que pudieran llevarse hizo que se cometieran muchos abusos. Andrés Bernáldez describe así la situación: “... vendieron e malbarataron cuanto pudieron de sus haziendas... E en todo ovieron siniestras venturas, ca ovieron los cristianos sus haziendas, muy muchas e muy ricas casas e heredamientos, por pocos dineros; e andaven rogando con ellas e no hallavan quien se las comprase; e davan una casa por un asno, e una vila por poco paño o lienço...”22 La restricción de tiempo hizo que se produjese un caos económico, los banqueros y comerciantes judíos se encontraron en complicadas situaciones como acreedores y deudores de empresarios cristianos que hicieron todo lo posible por cobrar su dinero e intentaron por todos los medios no tener que pagar sus deudas. Ante estas circunstancias, el Consejo Real designó jueces comisarios especiales para que se corrigiesen, con la mayor celeridad posible, todas las situaciones conflictivas, aunque esto no pudo ser posible en todos los casos. Fue especialmente amarga la cuestión de los cementerios ya que los judíos se veían obligados a abandonar los restos de sus antepasados, a este respecto es de destacar la actitud tomada por el municipio de Vitoria, el 27 de Junio de 1492 la aljama de Vitoria cedió al municipio de la ciudad los terrenos del cementerio a cambio de la promesa de que allí no se construiría y que las cenizas sólo serían levantadas para ser llevadas a Jerusalén. La promesa fue respetada. Después de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad de Bayona, agradecida por la ayuda prestada a los judíos por el gobierno español durante la persecución nazi, dispensó a la ciudad de su promesa. Una vez que la proclamación del Estado de Israel así lo hizo posible, los restos fueron trasladados a Jerusalén. En la actualidad el Juzmendi, el campo de los judíos, sigue siendo un parque. Bernáldez nos narra así la marcha de los judíos: “E salieron de las tierras de su nacimiento, chicos e grandes, e viejos e niños... E van por los caminos e campos por donde ivan con mucho trabajo e fortuna, unos cayendo, otros levantando, unos muriendo, otros nasciendo, otros enfermando, que no avía cristiano que no oviese dolor dellos... E así salieron de Castilla”23 Algunos de los que se fueron, tras las malas experiencias vividas en Portugal o Marruecos,24 decidieron regresar a España alegando que querían convertirse o bien, que ya habían recibido el bautismo. Estas circunstancias condujeron a que el 10 de Noviembre de 1492, el Consejo de la Inquisición extendiera una carta de amparo y defendimiento real a todos los que quisieran retornar haciéndolo por Badajoz, Ciudad Rodrigo o Zamora. Allí tendrían que bautizarse en presencia del obispo o su provisor y de alguna de las autoridades de la ciudad, o bien tenían que presentar certificados que acreditasen su bautismo. De igual forma se confirmó la orden por la que se debían de devolver los bienes de estos nuevos conversos por el mismo precio que habían recibido más las mejoras. Teóricamente se debía de aceptar plenamente a estos conversos en la sociedad cristiana, pero, ya que las circunstancias en las que se habían convertido hacían dudar de su sinceridad, la Inquisición tuvo a estos nuevos cristianos bajo sospecha desde el primer momento. Es decir, que si la figura del criptojudaizante estaba casi desaparecida a principios del siglo XV, el establecimiento de la Inquisición hizo que retornara y la expulsión de los judíos hizo que tuviera más fuerza. ¿Adónde se fueron? Muchos se fueron a Portugal en donde se les concedió un permiso de estancia por seis meses, previo pago de un ducado por persona, otros se fueron a Navarra, pero también fueron expulsados de allí en 1498. Los destinos finales de estas personas serían: Francia Sudoccidental, Inglaterra, Flandes, el norte de África (Tetuán, Larache, Tánger), Italia, y, sobre todo, el Impero Otomano. 22

Bernáldez, A. Op. Cit p. 255. Bernáldez, A. Op. Cit p. 258. 24 A este respecto véase la descripción de Bernáldez, A. Op. Cit pp 259-264. 23

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El 7 de Ab del año 5252, 31 de Julio de 1492, los judíos abandonaron Sefarad. 8. CONCLUSIÓN. Hemos visto como se gestó y se llevó a cabo el drama y la tragedia de un pueblo, el sufrimiento de miles de personas y de ello debemos aprender. Lo que enseña esta catástrofe son las consecuencias que trae el creer que somos los únicos poseedores de la verdad. Cuando pensamos que somos los exclusivos depositarios de la razón y no escuchamos lo que tienen que decir los demás el resultado es la expulsión de los judíos, la Shoa, la tragedia de Yugoslavia, las masacres de Ruanda, la destrucción de las Torres Gemelas, los ataques suicidas palestinos y las represalias israelíes. La intolerancia y el racismo únicamente conducen al caos y la desesperación, no son constructivos ni beneficiosos. Ni los cristianos ni los judíos ni los musulmanes están en la posesión de la verdad absoluta, nadie lo está, cada uno tiene su propia verdad y no es ni mejor ni peor que las verdades del resto de las personas. Tenemos que aprender a valorar y respetar las ideas y creencias de los otros, tan sólo en ese momento viviremos en un mundo realmente libre.

MARIANO LÓPEZ DE MIGUEL

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