Se adelanta una demanda al Fuero Militar

Share Embed


Descripción

Se adelanta una demanda al Fuero Militar
http://www.colombialegalcorp.com/se-adelanta-una-demanda-al-fuero-militar/


El pasado 25 de junio de 2015 el Senado de la República dio aprobación al acto legislativo 01 de 2015, con el que se reforma el Artículo 221 de la Constitución Política; precisando el tema del Fuero Militar.
Con la nueva reforma, renace el temor porque los múltiples casos de falsos positivos queden en la impunidad.
El debate se inició en el año 2013, cuando se declaró a la Corte Constitucional como inexequible por vicios en su trámite para aprobar la reforma; mas el Gobierno Nacional sin detener su proceso, accedió a recursos diversos para ir favoreciendo su aprobación. En efecto esta vez se ejecutó.
¿Qué se modificó?
El artículo 221 de la Constitución Política de Colombia se modificó, estableciendo, ahora, de manera explícita que todas las investigaciones o juicios a militares o policías, sean desde la justicia penal militar o la justicia ordinaria, serán adelantados y procesados bajo los parámetros del Derecho Internacional Humanitario.
Dicha modificación ha traído a debate distintos puntos. Si el DIH está diseñado para humanizar el conflicto y establecer relaciones entre los actores (combatientes, no combatientes, población civil, víctimas, victimarios, etc.), ¿qué viabilidad puede tener en relación con las prácticas forenses de los falsos positivos?
A su vez, los delitos cometidos por las fuerzas militares, ya no incumbirán a la justicia ordinaria, quien es la encargada de juzgar los delitos por la violación de los Derechos Humanos dentro del conflicto armado; sino que serán competencia de la Justicia Penal Militar.
Ahora bien, si los DIH deben aplicarse para los conflictos armados, la nueva reforma extiende su poder sobre la delincuencia común, asegurando que el tratamiento de las bandas criminales, delincuenciales y narcotraficantes sea el mismo que a las fuerzas insurgentes. ¿Es pertinente?
El miedo a la impunidad de los actos criminales en los casos de falsos positivos, surge de la opción que tiene el juez de justicia militar para exigir competencia en los procesos, resguardándose en que estos casos se encuentran enmarcados dentro del conflicto armado; existiendo la posibilidad de ser ellos quienes asuman los procesos y generen, consecuentemente, impunidad.
Como lo asegura la congresista Ángela Robledo, el nuevo Fuero Penal, aprobado por el Presidente Santos y avalado por el Senado de la República vulneraría los Derechos Humanos, al no garantizar la autonomía judicial bajo la separación de poderes:
"La reforma al Fuero Penal Militar al excluir la aplicación de las normas del derecho internacional de los Derechos Humanos, en la investigación y juzgamiento de los delitos cometidos con ocasión del servicio por parte de los miembros de la fuerza pública, favorece la impunidad en violaciones de derechos humanos y atenta contra la autonomía de los jueces y fiscales, al imponerles que apliquen exclusivamente el Derecho Internacional Humanitario".
Ante los riesgos que está reforma implica, se ha instaurado una demanda para evitar que se caiga de nuevo en la impunidad de los falsos positivos.
Para los demandantes, el temor de impunidad que había nacido con el expresidente Álvaro Uribe con la figura del "blanco legítimo", retornó bajo el mandato del actual presidente Santos, como el "daño colateral" para referirse al asesinato de civiles, y no denominarlos como producto de crímenes militares.



Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.