relleno de seguridad

July 15, 2017 | Autor: Giovana Chávez | Categoría: Tratamiento De Aguas Residuales
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Descripción

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA
FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS
Escuela Académico Profesional De Ingeniería Ambiental – Celendín


Proyecto De Monografía

Relleno de Seguridad para el tratamiento de los residuos sólidos peligrosos

Responsables:

Bachiller:
Telmo Graciano Valdivia Oyarce.

Asesores:
Ing. José Ramiro Díaz Cumpén.


Celendín – Cajamarca
2011
RESUMEN

Esta monografía proporciona información sobre los requerimientos para el
diseño e instalación de Rellenos de Seguridad; asimismo ofrece de manera
sistemática los métodos de construcción, criterios, las ventajas y
restricciones tanto ambientales como de instalación para la búsqueda del
sitio, diseño, construcción y administración de un relleno de seguridad.
Este trabajo consta de nueve capítulos, en donde presenta información
general de los residuos sólidos peligrosos (normatividad nacional e
internacional); asimismo se describe la clasificación de los residuos
sólidos peligrosos aplicando diferentes criterios, razón por la cual se ha
dividido los residuos según su origen, composición y potencial de
peligrosidad. Cabe recalcar que para la construcción de un Relleno de
Seguridad, es de prioridad tener en cuenta el diseño para un apropiado
funcionamiento sin tener que llegar a perjudicar al medio que nos rodea.

Esta investigación monográfica también discute los criterios básicos para
el diseño y operación de un relleno de seguridad, métodos de construcción y
los riesgos asociados al manejo de los residuos sólidos peligrosos,
globalizando en si mismo un criterio general en la construcción de una
instalación de seguridad. Se ha anexado formatos de administración de
residuos peligrosos para el buen uso y manejo del relleno de seguridad,
asimismo facilitamos fotos, a modo de ampliar la percepción crítica del ser
humano teniendo en cuenta la morfología del terreno para la aplicación de
tal o cual método de construcción de un Relleno de Seguridad, rigiéndose
estrictamente a lo normado por la autoridad competente.














ABSTRACT

Provides information on the requirements for the design and installation of
secure landfills and it provides a systematic way of construction methods
and conditions for both the environment and instructions for site search,
design, construction and operation of a filling up. Comprises nine
chapters, which provides general information on hazardous waste (domestic
and international law) also classify hazardous waste based on different
criteria, which is why we have divided these wastes according to their
origin, composition and potential hazard. It should be emphasized that to
build a secure landfills is a priority to take into account environmental
considerations and instructions for proper operation without having to get
to irreversibly damaging the environment around us and to humans. This
research monograph discusses the basic criteria for the design and
operation of a landfill safety, construction methods and risks associated
with the management of hazardous waste, in itself a globalized approach to
build a security facility. Has annexed formats hazardous waste management
for the proper use and management of secure landfills also provide photos,
a way of extending the critical perception of the human being, taking into
account the topography of the land for the implementation of any method
construction of a fill up, to be governed strictly regulated by the
competent authority.


















INTRODUCCIÓN

El presente trabajo de investigación monográfica trata el tema de Relleno
de Seguridad, si bien los sistemas de gestión de residuos peligrosos deben
priorizar la minimización de la generación, reciclaje y los tratamientos,
siempre se generarán residuos que deben ser dispuestos en rellenos de
seguridad. Este es un elemento clave que garantiza que los residuos se
dispongan en forma segura. La no existencia de estas unidades hace que en
muchos casos se practique la co-disposición de residuos peligrosos junto
con residuos urbanos, con los correspondientes riesgos de liberación de
contaminantes perjudiciales tanto para el medio ambiente como para el
hombre.

Se reconoce ampliamente que los riesgos al ambiente y a la salud causados
por los residuos peligrosos pueden ser significativos y que es necesario
evitarlos a través de un manejo adecuado. El manejo de los residuos sólidos
peligrosos incluye las etapas de minimización, almacenamiento, transporte,
tratamiento y disposición final. Al implantarse un sistema de manejo de
residuos peligrosos, se debe priorizar la utilización de tecnologías
limpias que busquen la sustitución de insumos tóxicos por otros menos
peligrosos. En segunda instancia, se debe optar por el reciclaje de
residuos, y de no ser esto posible, se les debe tratar. Sin embargo, aún
cuando se logre minimizar y tratar efectivamente los residuos, éstos deben
ser dispuestos adecuadamente. Para ello, es necesario utilizar rellenos de
seguridad que garanticen la protección del ambiente. Surge así, la
necesidad de optar por una tecnología de disposición en el suelo que,
aunque no cumpla con los requerimientos que exigen los países
industrializados, permita un mayor control en la disposición de los
residuos.

A continuación damos a conocer el desarrollo del presente trabajo de
investigación monográfica, teniendo en cuenta los puntos referenciales de
cada parte a realizar según el tema principal.








ÍNDICE

RESUMEN 01
ABSTRACT 02
INTRODUCCIÓN 03
INDICE 04
CAPÍTULO I. RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS 06
1.1 HISTORIA DEL MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS 06
CAPÍTULO II. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL y NACIONAL REFERENTE
A RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS Y RELLENOS DE SEGURIDAD 07
2.1 A nivel internacional 07
2.1.1 Conferencia de Estocolmo, 1972 07
2.1.2 Carta Mundial de la Naturaleza, 1982 07
2.1.3 Informe Bruntland, 1987 08
2.1.4 Convenio de Basilea, 1989 08
2.1.5 Convención de Bamako, 1991 09
2.1.6 Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y
Desarrollo (Cumbre de la Tierra), 1992
10
2.2 Legislación Nacional 11
Residuos Sólidos del Ámbito de Gestión no Municipal 11
Tratamiento 13
Disposición Final 14
Infraestructura de Disposición Final 15
CAPÍTULO III. CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS 16
3.1 Residuo peligroso (mejorar en esta parte el índice no esta muy
explicito los temas) 16
CAPITULO IV. RELLENO DE SEGURIDAD 18
4.1 CRITERIOS DE DISENO 21
4.1.1 Aislamiento de los residuos 21
4.1.2 Barrera geológica 24
4.2 VENTAJAS Y RESTRICCIÓNES 24
a) Ventajas 24
b) Restricciones 25
4.3 SELLADO, CLAUSURA Y POSTCLAUSURA 25
CAPÍTULO V. METODO DE CONSTRUCCIÓN DEL RELLENO DE
SEGURIDAD 27
5.1 Fosa o Trinchera 27
5.2 Talud ó Área 28
5.3 Operaciones realizadas en Rellenos de Seguridad 30
5.4 Control de calidad 31
CAPÍTULO VI. RIESGOS ASOCIADOS AL MANEJO DE RESIDUOS
PELIGROSOS 33
6.1 Tipos de residuos no admisibles en el relleno de seguridad 33
CAPÍTULO VII. CONCLUSIONES 35
CAPÍTULO VIII. BIBLIOGRAFÍA 36
CAPÍTULO IX. ANEXOS 38
Formato a emplear para la clasificación de un sitio
41
Hoja de seguridad de Residuos Peligrosos 43
Formato sugerido para presentar la información a las instalaciones de
eliminación 45
Registro de envío de residuos a instalaciones de eliminación Autorizadas
45
Imágenes – Excavación e Impermeabilización de un Relleno de Seguridad 46
Glosario 48











RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS


1.1 HISTORIA DEL MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS
Los residuos sólidos con sustancias peligrosas son generados
prácticamente en todas las actividades de la sociedad moderna, basta con
pensar en una serie de prácticas cotidianas en las cuales generamos este
tipo de desechos, tales como: cambiar el aceite del auto, pintar
cualquier elemento de nuestra vivienda, cambiar el cartucho de una
impresora, mandar a teñir una prenda de vestir o cambiar la pila de un
reloj pulsera. Lógicamente dada las pequeñas cantidades, bajas
concentraciones de sustancias peligrosas que se generan en estas
prácticas cotidianas, las mismas no merecen hasta el presente, un
tratamiento especial, siendo necesario resolver primero los puntos de
gran generación de residuos sólidos peligrosos.


La actividad industrial es sin lugar a duda la principal generadora de
residuos sólidos peligrosos. Dentro de este marco de referencia, tomamos
en cuenta aquellas actividades industriales relacionadas con la
petroquímica, la metalurgia, el curtido de cueros, minería, estaciones
nucleares que representan las actividades de mayor riesgo potencial para
la contaminación ambiental.


Según datos de informe (PNUMA, 2007), 50 millones de computadoras de
segunda mano llegan cada año a las costas de Nigeria, provenientes de
los Estados Unidos y de Europa. Entre los 50 y 80 % de los residuos
electrónicos que son exportados de los Estados Unidos, van a parar en
los países de Asia y África, tales ordenadores se encuentran en estado
inservible y/o viejos que pueden contener metales pesados como: níquel,
cadmio, cromo y sustancias cancerígenas los que han sido catalogados
como residuos peligrosos por la Unión Europea.


El informe del Banco Mundial especifica que es probable que una gran
parte se elimine en basurales al aire libre y pozos negros
incontrolados, los cuales contaminan los suelos y/o las aguas
subterráneas (Agencia de Protección Ambiental, 2003).





I. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL Y NACIONAL REFERENTE A RELLENOS DE
SEGURIDAD Y RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS

2 A nivel internacional
A partir de varios encuentros internacionales sobre la protección del
medio ambiente tenemos los siguientes:

2 Conferencia de Estocolmo, 1972
Primera vez que a nivel mundial se manifiesta la preocupación por
la problemática ambiental global y se celebra la primera
conferencia internacional sobre el medio ambiente cuya finalidad
fue sensibilizar a los líderes mundiales sobre la magnitud de los
problemas ambientales y que se instituyeran las políticas
necesarias para erradicarlos, además manifiesta la preocupación por
la problemática ambiental global, y desde 1972, cada 22 de abril se
celebra a la Tierra, quien nos alimenta y nos da cobijo.


Esta conferencia es importante porque exhorta por primera vez a los
Estados, que las Recomendaciones y Principios deben ser
introducidos en el ordenamiento jurídico de cada Estado. Asimismo,
se proclama que existe "Una sola Tierra" y determina el 5 de junio
como el Día Mundial Del Medio Ambiente (Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente, 2005).


2. Carta Mundial de la Naturaleza, 1982
Diez años más tarde, en 1982, la Asamblea General de las Naciones
Unidas proclamó la Carta Mundial de la Naturaleza, en donde se
acepta que el deterioro de los sistemas naturales y el abuso de los
recursos naturales debilitan las estructuras económicas, sociales y
políticas de la sociedad. Se menciona también, que los beneficios a
largo plazo que se pueden obtener de la naturaleza dependen de la
protección de los procesos ecológicos y de la supervivencia de las
diversas formas de vida, por lo que se debe impedir su explotación
excesiva y la destrucción de los hábitats naturales. La carta
establece la necesidad de promover a nivel internacional la
protección de la naturaleza.


Además, aprueba los principios de conservación, entre los que
figuran: el respeto a la naturaleza, garantizar la supervivencia y
la conservación de la población de todas las especies, aprovechar
los recursos naturales de manera que no se ponga en peligro la
existencia de otros ecosistemas o hábitats, utilizar los recursos
con mesura y procurar que no se desperdicien, impedir la descarga
de sustancias contaminantes en los sistemas naturales y evitar las
actividades militares perjudiciales para la naturaleza (Programa de
las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, 2005).


3. Informe Brundtland, 1987
"Nuestro Futuro Común", documento publicado en 1987 y más conocido
como "Informe Brundtland", elaborado por la Comisión Mundial sobre
Medio Ambiente y Desarrollo, creada por las Naciones Unidas y
presidida por Gro Brundtland, el primer ministro de Noruega. El
informe Brundtland consolida una visión crítica del modelo de
desarrollo adoptado por los países industrializados e imitado por
las naciones en desarrollo. Conceptuando como sostenible el modelo
de desarrollo que "atiende a las necesidades del presente sin
comprometer la posibilidad de que las futuras generaciones atiendan
a sus propias necesidades". A partir de su publicación El informe
Brundtland se ha convertido en referencia mundial para la
elaboración de estrategias y políticas de desarrollo eco-
compatibles (Fundación Desarrollo y Naturaleza, 2004).


4. Convenio de Basilea, 1989
El Convenio de Basilea reconoce que la forma más efectiva de
proteger la salud humana y el medio ambiente de potenciales daños
producidos por los desechos peligrosos se basa en la máxima
reducción de su generación en cantidad y/o en peligrosidad. Así,
los principios básicos del Convenio de Basilea son:


- el tránsito trans-fronterizo de desechos peligrosos debe ser
reducido al mínimo de forma consistente con su manejo
ambientalmente apropiado;
- los desechos peligrosos deben ser tratados y dispuestos lo
más cerca posible de la fuente de su generación;
- los desechos peligrosos deben ser reducidos y minimizados en
su fuente (Zavala, 1989).


2 Convención de Bamako, 1991
Los Estados Partes en la Convención, conscientes del daño que
pueden causar a la salud humana y al medio ambiente, los
movimientos trans-fronterizos de desechos peligrosos y reconociendo
el derecho soberano de los Estados de prohibir la importación y el
tránsito de sustancias y desechos peligrosos en su territorio para
proteger la salud humana y el medio ambiente, decidieron:


a) Prohibir la importación de desechos peligrosos, por lo que
los Estados Partes deben adoptar medidas jurídicas,
administrativas y otras medidas apropiadas en los territorios
que se encuentren bajo su jurisdicción para prohibir la
importación en África de todos los desechos peligrosos, por el
motivo que sea, que procedan de Estados que no sean Partes en
la Convención.


b) Prohibir el vertimiento de desechos peligrosos en el mar,
las aguas interiores y los cursos de agua; en consecuencia,
los Estados Partes deben adoptar medidas jurídicas,
administrativas y otras medidas apropiadas para controlar a
los transportistas de los Estados que no sean Partes en la
Convención y prohibir la inmersión de desechos peligrosos en
el mar.


2 Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo
(Cumbre de la Tierra), 1992
A invitación de Brasil, la ciudad de Río de Janeiro fue la sede de
la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y
Desarrollo (CNUCED) también conocida como "Cumbre de la tierra",
realizada del 3 al 14 de junio de 1992. La reunión se dio a
conocer como Río-92, y en ella estuvieron presentes delegaciones
nacionales de 175 países.


En la Declaración de Río el desarrollo sostenible se percibe en
una base tridimensional: una dimensión económica, una social y una
ambiental. Estos pilares constituyen la base ineludible del
modelo de desarrollo futuro que debemos impulsar (Centro
Panamericano de Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Ambiente,
2004).

2 Legislación Nacional – Reglamentación de la Ley General de Residuos
Sólidos, 27314

2 Residuos Sólidos del Ámbito de Gestión no Municipal


Artículo 24°.- De los residuos comprendidos. Y las
responsabilidades derivadas.
Los residuos del ámbito de gestión No Municipal son aquellos de
carácter peligroso y no peligroso, generados en las áreas
productivas e instalaciones industriales o especiales.


No comprenden aquellos residuos similares a los domiciliarios y
comerciales generados por dichas actividades. Estos residuos son
regulados, fiscalizados y sancionados por los ministerios u
organismos reguladores correspondientes.


Artículo 25°.- Obligaciones del Generador


El generador de residuos del ámbito no municipal está obligado a:


1. Presentar una Declaración de Manejo de Residuos Sólidos a
la autoridad competente de su sector;
2. Caracterizar los residuos que generen según las pautas
indicadas en el Reglamento y en las normas técnicas que
se emitan para este fin;
3. Manejar los residuos peligrosos en forma separada del
resto de residuos;
4. Presentar Manifiesto de Manejo de Residuos Peligrosos a
la autoridad competente de su sector de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 115° del Reglamento;
5. Almacenar, acondicionar, tratar o disponer los residuos
peligrosos en forma segura, sanitaria y ambientalmente
adecuada, conforme se establece en la Ley, el Reglamento
y, en las normas específicas que emanen de éste;
6. Ante una situación de emergencia, proceder de acuerdo a
lo señalado en el artículo 36° del Reglamento;
7. Brindar las facilidades necesarias para que la Autoridad
de Salud y las Autoridades Sectoriales Competentes puedan
cumplir con las funciones establecidas en la Ley y en el
presente Reglamento.
8. Cumplir con los otros requerimientos previstos en el
Reglamento y otras disposiciones emitidas al amparo de
éste.


Artículo 27°.- Calificación de residuo peligroso
1. El Ministerio de Salud, en coordinación con el sector
competente, y mediante resolución ministerial, puede
declarar como peligroso a otros residuos, cuando
presenten alguna de las características establecidas en
el artículo 22° de la Ley , o en su defecto declararlo no
peligroso, cuando el residuo no represente mayor riesgo
para la salud y el ambiente; y,
2. La DIGESA establecerá los criterios, metodologías y guías
técnicas para la clasificación de los residuos peligrosos
cuando no esté determinado en la norma indicada en el
numeral anterior.
3. Se consideran también, como residuos peligrosos; los
Iodos de los sistemas de tratamiento de agua para consumo
humano o de aguas residuales; u otros que tengan las
condiciones establecidas en el artículo anterior, salvo
que el generador demuestre lo contrario con los
respectivos estudios técnicos que lo sustenten.


Sección III (donde está la sección II), no hay orden


Tratamiento


Artículo 48°.- Tecnologías compatibles con el ambiente
Cuando diferentes tecnologías aplicables a proyectos de
tratamiento de residuos presenten niveles de impacto ambiental
similares, la incineración debe ser considerada como la última
alternativa a seleccionar. En caso de seleccionarse la
incineración, el operador debe asegurar que el sistema cuente como
mínimo con las siguientes características:


1. Dos cámaras de combustión, cuyas temperaturas de
operación en la cámara primaria deberá estar entre 650 °C
y 850 °C y en la cámara secundaria no deberá ser menor a
los 1200 °C;
2. Sistema de lavado y filtrado de gases; e,
3. Instalaciones y accesorios técnicos necesarios para su
adecuada operación, monitoreo y evaluación permanente del
sistema.


Artículo 49°.- Tratamiento fuera de las instalaciones del
generador.
El tratamiento de los residuos que se realiza fuera de las
instalaciones del generador, debe ser realizado por una EPS-RS,
registrada y autorizada conforme lo indicado en el presente
Reglamento.


Artículo 50°.- Tratamiento en las instalaciones del generador.
El generador que trata en sus instalaciones los residuos que
genera, en forma directa o mediante los servicios de una EPS-RS,
deberá contar con la autorización de la autoridad del sector
correspondiente; debiendo para el primer caso, cumplir con las
obligaciones técnicas de tratamiento exigidas a las EPS-RS
indicadas en el Reglamento y normas específicas.


Sección IV


Disposición Final
Artículo 51°.- Disposición final de residuos peligrosos.
La disposición final de residuos peligrosos se sujeta a lo
previsto en el Reglamento y en las normas técnicas que de él se
deriven. Se realiza a través de relleno de seguridad o de otros
sistemas debidamente aprobados por la Autoridad de Salud de nivel
nacional.


Artículo 52°.- Operaciones realizadas en rellenos de seguridad.
Las operaciones en un relleno de seguridad deberán cumplir con los
siguientes procedimientos mínimos:


1. Control y registro sistemático del origen, tipo,
características, volumen, ubicación exacta en las celdas
o lugares de confinamiento de residuos;
2. Acondicionamiento de los residuos, previo a su
confinamiento según su naturaleza, con la finalidad de
minimizar riesgos sanitarios y ambientales;
3. Confinamiento de los residuos en un plazo no mayor de
cinco (5) días, contados a partir de su recepción en el
relleno de seguridad; y,
4. Otros que la autoridad competente establezca.


Artículo 53°.- Prohibición de retiro de residuos u otros elementos
del sistema de disposición final.
Está prohibido retirar los residuos depositados en alguno de los
sistemas de disposición final previstos en el Reglamento, salvo
que éstos, por emergencia declarada hayan sido dispuestos
temporalmente, bajo supervisión de la autoridad de salud de la
jurisdicción. Este Criterio también se aplica a componentes,
accesorios o materiales empleados en los sistemas de disposición
de residuos, como en el caso de geo-membranas, tuberías de
drenaje, entre otros.


Infraestructura de Disposición Final


Artículo 82°.- Disposición final
La disposición final de residuos del ámbito de gestión municipal
se realiza mediante el método de relleno sanitario. La disposición
final de residuos del ámbito de gestión no municipal se realiza
mediante el método de relleno de seguridad.


a) Relleno de seguridad para residuos peligrosos; en donde
se podrán manejar también residuos no peligrosos.
b) Relleno de seguridad para residuos no peligrosos.


Artículo 86°.- Instalaciones mínimas en un relleno de seguridad
Las instalaciones mínimas y complementarias que debe poseer un
relleno de seguridad son:


1. Impermeabilización de la base y los taludes del relleno para
evitar la contaminación ambiental por lixiviados (k
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