Que MASC se deben aplicar

October 7, 2017 | Autor: Israel Prieto | Categoría: Medios Alternativos de Solución de Conflictos
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Descripción

¿Que MASC se aplica?
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA
UNA
Describiremos un caso en particular y analizaremos que Medio Alternativo de Solución de Conflicto se puede aplicar y porque otros medios no se deberían aplicar.
Israel Prieto 13.097.492



Caso ficticio
Juan es un hombre que trabaja en una ruta de trasporte público se levanta a las 4:00 am y comienza en su trabajo desde las 5:00 am hasta las 12:00 pm almuerza y se reincorpora a la 1:00 pm hasta las 6:00 pm llega a su casa a las 7:00 pm, cena, habla con su esposa, sus dos hijos, el suegro que ya es una persona de la tercera edad, y termina agotado queriendo dormir desde las 9:00 pm, al lado de su casa vive José recién casado, José trabaja con un taxi no tiene horario en la línea, ni tiene una ruta fija, pero a José le gusta tener su taxi bien limpio el llega a las 7:00 pm, come y a las 9:00 pm se pone a lavar su taxi dentro de su casa, pero le gusta escuchar música a alto volumen, hasta que termina de lavar su taxi a las 10:30 pm. Juan le ha dicho que él se tiene que parar temprano que el se levanta a las 4:00 am y que se acuesta a las 9:00 pm, pero José le dice que él esta en su casa y que todavía es temprano y que la música que pone es buena. Juan también ha llamado a la policía y esta ha ido al lugar y hablado con el Sr. José pero el insiste en poner su música de lunes a sábado.
¿Qué puede hacer el Sr. Juan?
Demandar al Sr. José, esta sería la primera alternativa que el señor Juan tiene en su mente, el Sr. Juan se dirige inmediatamente a un abogado que tiene una oficina cerca de la Plaza Bolívar, pide una cita, le dan la cita dentro de 3 días en la tarde, la consulta le costó 300 Bs., fue al tercer día a las 2:00 pm tuvo que esperar una hora pues tenia a una persona por delante, finalmente lo pudo atender el Abogado Julio, escuchó el caso y le dijo que sin duda alguna tenía que demandarlo por contaminación sónica y tenía que reparar los daños y perjuicios, y le iba a explicar el procedimiento; eso es muy facilito introducimos la demanda en tres días hábiles el tribunal se pronuncia si admite o rechaza la demanda, si admite el tribunal emite senda boletas de notificación y el alguacil tiene 5 días para notificarlo, si viven muy lejos el tribunal le concede el termino de la distancia o sea dos días más, luego de notificado el demandado tiene 10 días para contestar, si contesta tenemos que revisar la contestación y hacer un análisis jurídico, para contradecirlo, si no contesta es mas fácil, pues nos vamos a la audiencia preliminar de juicio en 60 días más o menos; --porque el tribunal civil tienen ahorita muchas demandas y hay dos jueces nada más el tercero está de permiso por salud y todavía no recibe demandas el suplente solo esta sacando las que le quedaron-- y ahí esperemos que el juez sentencia a nuestro favor, y condene en daños y perjuicios por 60 mil bolívares al demandado y listo en menos de 6 meses usted tiene solucionado su problema, ahora para comenzar primero tiene que darme una constancia de residencia, fotocopia de la cedula, un poder notariado, domicilio del agresor, nombre del agresor, y tiene que darme por adelantado 10 mil bolívares y cuando concluya el caso 10 mil bolívares más, yo preparo la demanda en 15 días. Cuando usted tenga el dinero viene y comenzamos rapidito.
¿Qué decisión tomo el Sr. Juan?
El Sr. Juan llego a su casa, hablo con su esposa le echo todo el cuento, la esposa dijo ¿¿Que DIEZ MIL BOLÍVARES?? Eso le pareció mucho dinero, pues su hijo recién se quebrantó y gastaron en medicamentos, el Sr. Juan insistió en que estaba cansado del vecino, y que si no lo hacía le iba a caer a batazos al taxi, ella le dijo que no se volviera loco y que después era peor que tendría que pagarle el taxi y seguro lo llevaban preso, y que si el señor se metía después podría ocurrir una desgracia irreparable.

El Sr. Juan se sentó, le dijo a su esposa que tenía razón, que no volvería ni a pensar en el bate de beisbol, la esposa le dijo que eso era mucho dinero, que la única solución era aguantarse la música a alto volumen de lunes a sábado, que poco a poco veríamos si nos mudamos.

Como el Sr. Juan son muchos los casos donde la justicia no llega, puede costar mucho dinero, y no existe otra alternativa, llevando consigo a los obstáculos para el acceso a la justicia.

¿Qué otras opciones tiene el Sr. Juan?
Actualmente existen en Venezuela los Medios Alternativos de Solución de Conflicto (MASC), contenidos dentro de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estos medios alternativos, representan una liberación para las cargas de los Juzgados y Tribunales que suficientemente están saturados.

Estos MASC están representados actualmente por las Parroquias y progresivamente van a ser sustituidos por los Jueces de Paz Comunal, a través de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal de 2012; que anteriormente estaba regulada por la Ley Orgánica de Justicia de Paz.

El Sr. Juan simplemente debe asistir a la Parroquia más cercana hacer la denuncia y la Parroquia notifica al denunciado, se fija una fecha para una audiencia, y el Prefecto hace las veces de Juez, usando los métodos de conciliación y mediación, para llegar a un acuerdo que mantenga un equilibrio entre las partes y cuando las partes estén de acuerdo, se firma un acta de compromiso, con carácter legal o sea homologable.

Este procedimiento es totalmente gratuito, es simple no requiere nada más que su cédula laminada, para confirmar sus datos y asistir el día y hora de la audiencia.

Los MASC, son medios alternativos al sistema ordinario judicial que le permiten a las persona un acceso inmediato a la justicia, en este caso es del tipo extrajudicial, pero también existen medios alternativos dentro del sistema judicial que son alternativos a la sentencia, y en ambos son homologables.




Homologación: "Acción y efecto de homologar; de dar firmeza las partes al fallo de los árbitros." Diccionario de Ciencias Jurídicas. Guillermo Cabanellas. (2006). Heliasta.

Este caso ha sido totalmente ficticio e inventado por mi autoría, al igual que la organización del contenido, su contenido y varios detalles jurídicos son producto de las distintas intervenciones en el foro y los análisis propios, no pudiendo citar a ningún autor, ni ninguna ley, pues las mismas sólo se mencionan sus nombres no sus contenidos.
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