Prueba del Polígrafo para los empleados

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Prueba del Polígrafo para los empleados

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El Gobierno Nacional lanzó recientemente el pacto de transparencia para que las entidades gubernamentales y no gubernamentales realizaran cierto tipo de actividades para prevenir la corrupción.
Dentro de los contratos que se establezcan con empresas o grupos consolidados de empresarios para desarrollar proyectos de infraestructura vial y desarrollo urbano es imprescindible que se utilice el polígrafo para determinar ciertos aspectos importantes al momento de la contratación.
El polígrafo es básicamente un aparato que determina mediante la presión sanguínea, respiración y conductancia galvánica de la piel si la persona está diciendo mentiras o no. Puesto que ha sido fuertemente criticada a nivel mundial porque no todas las personas manifiestan estas indicaciones cuando dicen mentiras.
A pesar de todo ello, este aparato se utiliza en varios países y en varias instituciones. En Colombia, por su parte, se intentó en el año 2011 establecer la prueba del polígrafo a los acusados o criminales en los juzgados, pero fue declinada porque realizar esta prueba requiere del consentimiento de los implicados.
Pero sí es permitido en otras situaciones. Así como lo estableció el Gobierno en el Pacto de Transparencia, estas empresas pueden utilizar el polígrafo para la contratación de nuevos empleados pero con unas condiciones:
Las personas que realizan la prueba están obligadas a guardar absoluta reserva de la información obtenida. Ninguna de ellas puede hacer público los resultados.
Toda persona que vaya a ser sometida a la prueba del polígrafo debe autorizarla por escrito y con anterioridad, sin presión del empleador o de cualquier institución o empresa.
Y ante todo se debe informar a la persona que se va a someter al polígrafo cómo funciona y qué se va a realizar.
Algunas personas que van en contra de esta implementación alegan que esta prueba afecta la dignidad y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
Pero según el numeral 5° del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo se establece que de ninguna manera es una amenaza a su dignidad humana y demás derechos fundamentales, así como a sus creencias y sentimientos.
Además, la Resolución 2593 del 2003 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada autorizó de manera exclusiva la implementación del examen fisiológico del polígrafo a las empresas que contratan proyectos con el Estado, pero su resolución va más allá al permitir que otras empresas pongan en prácticas esta prueba a sus empleados.
Pero manteniendo, claro está, las condiciones antes mencionadas. En este sentido sería posible que una compañía ponga dentro de sus políticas internas esta prueba para ingresar a laborar en su compañía.
Por una parte es una herramienta importante que determinaría el compromiso del empleado con la empresa, pero ¿qué pasa con aquellos que teniendo las facultades profesionales para ejercer su trabajo no pasan la prueba del polígrafo?




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