Protección social para el desempleo

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Descripción

La posibilidad de contar con un piso mínimo de ingreso asegurado en situaciones de desempleo es un derecho establecido en el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (de 1956) y aprobado recientemente en la Argentina (en sus artículos 19 al 24). Sin embargo, en la Argentina, la cobertura del Seguro por Desempleo (SpD) –dirigido a los trabajadores formales– es muy baja, lo cual hace necesario implementar un conjunto de políticas no contributivas que brinden cobertura a los trabajadores no registrados. Así, existe una importante deficiencia en el acceso al sistema de protección social para los trabajadores en situación de desempleo. Más aún, hay inequidades en el acceso, ya que las prestaciones y contraprestaciones requeridas por ambos tipos de política (contributivas y no contributivas) son muy heterogéneas.Este documento intenta mostrar conceptualmente y comparativamente los diferentes tipos de políticas contra el desempleo. Por un lado, describe las políticas pasivas, que apuntan a contener las consecuencias de la pérdida de empleo sobre los ingresos de los trabajadores. Por el otro, desarrolla los diferentes tipos de políticas activas que buscan reducir y prevenir la desocupación, a través de iniciativas que se dirigen tanto a la oferta, a la demanda y a la interacción entre ambas. Además, pone énfasis en la vinculación entre unas y otras, y en la tendencia reciente de “activación de políticas pasivas”.El documento recomienda que se estudia alternativas que mantengan el esquema actual de políticas, pero aumenten la importancia del SpD como instrumento de política contra el desempleo. En particular, debería analizarse la ampliación del monto de los beneficios, revisar los actuales montos máximos y mínimos, vinculándolos con un salario de referencia, por ejemplo el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). De esta manera, el SpD se convertiría en un instrumento contracíclico y recuperaría su importancia como soporte del ingreso perdido. Esto a su vez redundaría en un aumento de la cobertura del sistema contributivo, puesto que limitaría la exclusión de quienes hoy deciden no cobrar el beneficio.Esta reforma del SpD debería ir acompañada por un refuerzo de los programas no contributivos dirigidos a los desempleados provenientes del sector informal, de manera de incluir a toda la población desempleada, sin descuidar los esfuerzos por reducir la informalidad. De manera alternativa, se ubica el reconocimiento del papel limitado actual del SpD, analizando la posibilidad de canalizar los recursos del SpD hacia un sistema centrado en políticas no contributivas, reforzar así este sistema y potenciar su capacidad para enfrentar las situaciones de desempleo. Cualquiera de estas reformas implicaría trabajar sobre las principales dificultades que enfrenta el sistema actual y potenciar su impacto como estabilizador de los ingresos y de facilitador de reinserción laboral de los desocupados.
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