“Presentación. Moral y política en la Escuela de Salamanca”, Anuario Filosófico, 2012 (2), pp. 241-253

May 23, 2017 | Autor: Mª Idoya Zorroza | Categoría: Spanish philosophy, Moral Philosophy, Philosophy of Politics, History of Philosophy, School of Salamanca
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REVISTA CUATRIMESTRAL DEL DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA PAMPLONA / ESPAÑA / ISSN: 0066-5215 / D.L.: NA 363-1967 VOLUMEN 45 / NÚMERO 2 / 2012

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REVISTA CUATRIMESTRAL DEL DEPARTAMENTO DE FILOSOFÍA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA PAMPLONA / ESPAÑA / ISSN: 0066-5215

VOLUMEN 45 / NÚMERO 2 / 2012

MORAL Y POLÍTICA EN LA ESCUELA DE SALAMANCA

José Barrientos García — Mª Idoya Zorroza (Editores Asociados) Presentación

241-253

ESTUDIOS / ARTICLES Cirilo Flórez Miguel

257-281

El lenguaje político: transformaciones y teorías Political language: transformations and theories

Emiliano Fernández Vallina

283-311

El tratado De optima politia del Tostado: una visión singular en el siglo XV hispano sobre las formas políticas de gobierno El Tostado’s treatise De optima politia: a unique vision of political forms of government in fifteenth century Spain

Merio Scattola

313-341

La virtud de la justicia en la doctrina de Domingo de Soto The virtue of justice in the thought of Domingo de Soto

Ángel Poncela González

343-366

Domingo de Soto: análisis antropológico de la facultad del dominio Domingo de Soto: an anthropological analysis of the power of dominium

María Martín Gómez

367-390

“Virtud, hija del cielo”: sobre el pensamiento moral de fray Luis de León “Virtue, daughter of heaven”: on Luis de Leon’s moral thought

Francisco T. Baciero Ruiz

391-421

El concepto de derecho subjetivo y el derecho a la propiedad privada en Suárez y Locke The concept of subjective right and the right to private property in Suarez and in Locke 239

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BIBLIOGRAFÍA / BIBLIOGRAPHY RESEÑAS / REVIEWS Alves, A. A. – Moreira, J. M., The Salamanca School (Germán Scalzo)

425-428

Barrientos García, J., Repertorio de moral económica (1526-1670). La Escuela de Salamanca y su proyección (Ludovico Mastrecinque García / Antonio Moreno Almárcegui) 428-429 Bianchi, M. L., Natura e sovrannatura nella filosofia tedesca della prima età moderna: Paracelsus, Weigel, Böhme (Carlos Ortiz de Landázuri)

430-433

Botter, B., Aristotele e i suoi dei. Un’interpretazione del III libro del ‘De Philosophia’ (David Torrijos Castrillejo)

433-436

Coujou, J.-P., Bibliografía suareciana (Mauricio Lecón)

436-438

Gatti, H., Essays on Giordano Bruno (Carlos Ortiz de Landázuri) 438-440 Langella, S., Teología y ley natural. Estudio sobre las lecciones de Francisco de Vitoria (Mª Idoya Zorroza)

440-442

León, Fray L. de, Tratado sobre la religión / Tractatus de religione (José Barrientos García)

442-445

Martínez Carrasco, A., Náufragos hacia sí mismos. La filosofía de Ortega y Gasset (Juan José García)

445-448

Pena González, M. A., La Escuela de Salamanca. De la Monarquía hispánica al Orbe católico (Mª Idoya Zorroza)

449-452

Vitoria, F. de, De beatitudine / Sobre la felicidad (Mª Jesús Soto-Bruna)

452-453

Vitoria, F. de, De legibus (Mª Idoya Zorroza)

453-456

Vitoria, F. de, Sobre el homicidio (Víctor Zorrilla)

456-458

Vitoria, F. de, Sobre el poder civil (Víctor Zorrilla)

458-460

NOVEDADES BIBLIOGRÁFICAS / BOOKS RECEIVED

461-470

NORMAS PARA AUTORES / INSTRUCTIONS FOR AUTHORS

471-473

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Presentación

..

JOSÉ BARRIENTOS GARCÍA

Mª IDOYA ZORROZA

Departamento de Filosofía Facultad de Filosofía y Letras Universidad de Salamanca 37008 Salamanca (España) [email protected]

L. E. Pensamiento clásico español Facultad de Filosofía y Letras Universidad de Navarra 31009 Pamplona (España) [email protected]

Abstract: Thanks to recent studies, the School of Salamanca is no longer “the great unknown” in the history of Spanish thought. What is meant by the “School of Salamanca” has been specified, and we now have a deeper understanding of the School’s specific nature and members. The issues of “morality” and “politics”, which the authors of the School of Salamanca illuminated by giving them a theological and philosophical basis, are still interesting, not only from the point of view of the history of ideas: they provide a systematic approach for addressing these issues.

Resumen: Gracias a los estudios de los últimos años, la Escuela de Salamanca ha dejado de ser esa gran desconocida de la historia del pensamiento español. Con ello se ha ganado también precisión sobre qué se entienda por Escuela de Salamanca, algo solidario con la comprensión de su carácter específico y sus integrantes. Los temas de “moral” y “política” que sus autores iluminaron dándoles una fundamentación teológica y filosófica, siguen siendo una propuesta interesante, no sólo para comprender la historia de las ideas, sino como propuesta sistemática con la que considerar la temática señalada.

Keywords: School of Salamanca, morality, politics, sixteenth century, Spanish thought.

Palabras clave: Escuela de Salamanca, moral, política, siglo XVI, pensamiento español.

RECIBIDO: JUNIO DE 2012 / ACEPTADO: JULIO DE 2012

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E

ntre los siglos XVI y XVII, mientras en Europa se consagraba la filosofía política tras la reflexión humanista y las configuraciones de los estados modernos, mientras se preparaba la obra cartesiana (canónico punto de partida del pensamiento que predominaría en Europa) y se acentuaba la independencia metodológica en el estudio de las ciencias físicas respecto de la filosofía primera, en España el motor y cauce de una renovación del pensamiento lo realizó, en las cátedras universitarias, la ciencia teológica. La cada vez menos desconocida “Escuela de Salamanca” es hoy día el centro de los estudios que pretenden comprender el pensamiento occidental de estos dos siglos, pues desde allí toma carta de ciudadanía una forma determinada de abordar y resolver los problemas, teológicos, filosóficos e incluso sociales y culturales, de buena parte de este periodo. En estos últimos años, el desconocimiento que lamentaban aquellos pioneros en el estudio de la Escolástica española va dejando paso cada vez más a una serie de proyectos de investigación que, poco a poco, van completando un panorama bibliográfico especializado, que permite sopesar la originalidad y continuidad de su pensamiento, sus propuestas metodológicas y sistemáticas, sus aportaciones en las distintas disciplinas y su peso específico para el pensamiento posterior. Un resultado del actual momento de madurez ha sido el poner en cuestión incluso el concepto matriz “Escuela de Salamanca”1. La

1. Para otros autores, también son “Escuela de Salamanca” profesores de algunas cátedras de otras Facultades de dicha Universidad y los alumnos que directamente continuaron bajo su ejemplo; así no renuncian a considerar como parte de ella a Martín de Azpilcueta y Diego de Covarrubias (por su relevante papel para las cuestiones filosófico-jurídicas y de moral económica), por ejemplo Marjorie Grice-Hutchinson. Cfr. M. GRICE-HUTCHINSON, La Escuela de Salamanca. Una interpretación de la teoría monetaria española, 1544-1606 (Caja España, Madrid, 2005). Según otros autores, el trabajo universitario en sentido amplio abarcaría tanto a profesores de Teología como de Cánones, profesores de la Universidad de Salamanca, y otros centros cercanos y vinculados (como San Gregorio de Valladolid), y de este modo hacen parte de la escuela al dominico Bartolomé de Carranza, tal como aparece en la obra de I. JERICÓ BERMEJO, La Escuela de Salamanca del siglo XVI: una pequeña introducción

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comprensión de qué sea dicha Escuela como tal, y el conjunto de profesores y autores que puedan quedar englobados, va variando según sean los intereses involucrados, porque en la definición conceptual de qué sea “Escuela de Salamanca” va contenido, al mismo tiempo, un modelo sistemático y un modo concreto de resolver las cuestiones, junto con un área de influencia que se permite delimitar espacio-temporalmente. En particular, por “Escuela de Salamanca” se comprende una renovación teológica que va de la mano de una revitalización del tomismo —liderada por la labor particular y colectiva de los dominicos de San Esteban—, que tiene su inicio con Francisco de Vitoria y Domingo de Soto, y que en su carta de nacimiento adopta una postura de apertura y diálogo con otras corrientes del momento, como el humanismo cristiano o el nominalismo parisino2. Pese a la influencia de estas corrientes, la columna vertebral del pensamiento salmantino será, por decirlo así, el tomismo: las claves metafísicas y

(Revista Agustiniana, Guadarrama, Madrid, 2005). Cfr. también, E. ESPERABÉ Y ARTEAGA, Historia pragmática e interna de la Universidad de Salamanca, 2 vols. (F. Núñez Izquierdo, Salamanca, 1914-17); C. POZO, La teoría del progreso dogmático en los teólogos de la Escuela de Salamanca (Instituto Francisco Suárez, Madrid 1959); J. BELDA PLANS, La Escuela de Salamanca y la renovación de la teología en el siglo XVI (BAC, Madrid, 2000). 2. La debatida cuestión de la presencia del nominalismo en Salamanca ha dado lugar a una intensa discusión, entre quienes quisieron minimizar su presencia y quienes la acentuaron: al respecto cfr. V. BELTRÁN DE HEREDIA, Accidentada y efímera aparición del nominalismo en Salamanca, en Miscelánea Beltrán de Heredia, Colección de artículos sobre la historia de la teología española (Ope, Salamanca, 1971) vol. I, 497-526; V. MUÑOZ DELGADO, La lógica nominalista en la Universidad de Salamanca (15101530): ambiente, literatura, doctrinas (Revista Estudios, Madrid, 1964); Lógica, ciencia y humanismo en la renovación teológica de Vitoria y Cano, “Revista española de teología” 38 (1978) 205-271; M. C. ROVIRA GASPAR, Francisco de Vitoria: España y América. El poder y el hombre (Cámara de diputados, LXI Legislatura, Miguel Ángel Porrúa, México, 2004); C. FLÓREZ MIGUEL, Pedro S. Ciruelo, una enciclopedia humanista del saber (Caja de Ahorros y Monte de Piedad, Salamanca, 1990); El humanismo científico (Caja de Ahorros y Monte de Piedad, Salamanca, 1988). Podría concluirse que la presencia del nominalismo en Salamanca fue relevante y significativa para su configuración, sin embargo, en el proceso de desarrollo de dicha Escuela fue duramente atacado el nominalismo, con lo que su vigencia fue relativamente breve. La atención a los problemas concretos por parte de los teólogos, el espíritu abierto de Vitoria más allá de las disputas de escuelas, la aplicación de conocimientos especulativos y el estudio positivo de la Sagrada Escritura serían notas relevantes para valorar dicha presencia. ANUARIO FILOSÓFICO 45/2 (2012) 241-253

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antropológicas que estos autores encuentran en Tomás de Aquino y sus comentadores3. Fue la fecundidad de este planteamiento la responsable de que, a medida que iba transcurriendo el siglo XVI, su área de influencia fuera haciéndose mayor, de modo que por toda Europa y América se encuentran ecos del pensamiento de sus figuras principales4. Ciertamente, sobre esta cuestión hay, a nuestro modo de ver, dos riesgos: el primero, hacer de la definición de “Escuela de Salamanca” un concepto tan amplio y general que incluya a todo pensador escolástico español de los siglos XVI y XVII5, con lo cual realmente se pierde su riqueza y delimitación propia, se la vacía de contenido. Pero además de la cuestión espacio-temporal, si la denominada “Escuela de Salamanca” va unida a una determinada “forma de hacer teología”, entonces tampoco todos los profesores de esta Universidad, por serlo, se catalogarían como miembros de dicha Escuela6. Ciertamente, hay conciencia de formar parte de una misma tradición, de una misma labor intelectual, que se hace evidente en la

3. De ello tienen conciencia clara los propios protagonistas, y serán los autores posteriores a Vitoria y Soto los que acentúen la fidelidad al tomismo; cfr. por ejemplo la crítica de Báñez a Vitoria y Soto en D. Báñez, Scholastica commentaria in II-II (Douai, 1615) 383; citado por M. A. PENA GONZÁLEZ, La Escuela de Salamanca: de la monarquía hispánica al orbe católico (BAC, Madrid, 2009) 21. Así, progresivamente toda interpretación de Tomás de Aquino que se alejara de las directrices marcadas por la interpretación “oficial” será progresivamente criticada, de ahí que el desarrollo de Vitoria a Báñez suponga un progresivo cierre de la apertura característica del pensamiento vitoriano. 4. Para el caso de los temas de moral económica, es la labor realizada en J. BARRIENTOS GARCÍA, Repertorio de moral económica (1526-1670). La Escuela de Salamanca y su proyección. Colección de Pensamiento Medieval y Renacentista 124 (Eunsa, Pamplona, 2011). En esta obra, en la que sólo se consideran las obras de teólogos (no canonistas ni juristas), además de los autores que propiamente pertenecen a dicha Escuela, se hace cómputo de 85 autores que en sus obras de moral económica tienen influencia directa de la Escuela de Salamanca. Esto es una prueba clara de la presencia de la Escuela de Salamanca en el ámbito intelectual del momento así como su área de influencia real. 5. Cfr. A. IBÁÑEZ ARANA, La doctrina sobre la tradición en la Escuela samanticensis (s. XVI) (Eset, Vitoria, 1967) 1; citado por J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 155. 6. Sería, por ejemplo, el caso de fray Luis de León, que quedó inserto en una disputa entre distintas formas de entender la tarea teológica; cfr. J. BARRIENTOS GARCÍA, Fray Luis de León y la Universidad de Salamanca (Ediciones Escurialenses, El Escorial, 1996) 439-469; La Escuela de Salamanca: desarrollo y caracteres, “La Ciudad de Dios” 208 (1995) 1041-1079. 244

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estimación de tener un patrimonio común (por ejemplo, a Báñez y Medina se les encomienda la recopilación y publicación de dicho patrimonio común, frente a otros grupos de teólogos). El segundo riesgo es tener un concepto restringido que la limite al hacer de un grupo reducido de autores, dejando fuera el área de influencia de dicha escuela para considerarla en exclusiva un pensamiento cerrado sobre sí y, por tanto, infecundo. En efecto, junto a una determinación estricta de “Escuela de Salamanca”, debería hablarse de su área de influencia o de proyección, en la que se manifiesta la virtualidad contenida en el pensamiento de dicha Escuela sin anular semánticamente su significado propio.

2 A medida que tenemos un conocimiento cada vez más completo de lo que fue la vida de la Universidad de Salamanca y los colegios anexos a ella —mediante la historiografía de la propia Universidad, en su historia, sus constituciones, los libros de visitas, las incidencias en los planes docentes, las pugnas académicas, los profesores, los alumnos, los sustitutos, etc.—, nos ha sido posible comprender también mejor qué es lo que constituye la “Escuela de Salamanca”. Un obligado elemento de referencia en este punto es, por supuesto, el célebre dominico burgalés formado en París que llegó a esta Universidad en 1526 y enseñó en ella durante 20 años. Si bien puede cuestionarse “cómo es posible que Francisco de Vitoria sea considerado el autor hispánico más significativo del siglo XVI, cuando su producción impresa es casi inexistente”7; responder nos llevaría a destacar dos factores relevantes. El primero, como señala Belda, es que Vitoria fue un formador, ejerció una influencia socrática logrando aunar en torno a sí un grupo de intelectuales, maestros y alumnos, que interiorizaron un modelo de hacer teología y lo difundieron. Así el motor de dicha escuela fue:

7. Vitoria sólo publicó en vida el “Prólogo” a la Summa Theologiae (II-II) durante su estancia en París; de su docencia salmantina nada publicó personalmente. ANUARIO FILOSÓFICO 45/2 (2012) 241-253

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“[…] el genio personal de Vitoria y sus excepcionales cualidades intelectuales y pedagógicas que cautivaban al auditorio; su excelente formación cultural y teológica adquirida sobre todo en París; […] su fina sensibilidad para captar las necesidades de un momento histórico singular; el hecho concreto de la estabilidad de su magisterio en la cátedra de Prima de Salamanca (veinte largos años sin apenas ausencias), que dio a su estudio y docencia universitaria un relieve y una eficacia imposible de conseguir de otro modo”8. Los testimonios de los propios miembros de dicha Escuela —como Melchor Cano o Domingo Báñez9— son suficiente muestra de su influjo. Además, junto a Vitoria, es decisiva la presencia de Domingo de Soto, alumno suyo en París y compañero en Salamanca (1525-45), primero en el Convento de San Esteban y luego en la Universidad. Soto fue el autor prolífico que acompañó y completó la labor de Vitoria, motivo por el que se los llama co-fundadores de la Escuela de Salamanca. Efectivamente, con la docencia de Vitoria en Salamanca se configura un espacio diferenciado para la docencia y el estudio de la teología. Con Vitoria, la obra con cuyo comentario se formaba a los alumnos de teología deja de ser el libro de las Sententiae de Pedro Lombardo para sustituirlo por la Summa Theologiae (que aporta una mayor sistematización integradora de los recursos patrísticos, teológicos, filosóficos —griegos, latinos, judíos y árabes— e incluso jurídicos que forman parte de la tradición occidental). Se adopta también el método del dictado, lo cual facilitará la comprensión de las lecciones por parte de los alumnos (y la posibilidad de lograr manuscritos relativamente fiables de aquellas sesiones de las que no hay

8. J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 174. 9. Melchor Cano había afirmado que “si somos doctos, prudentes y elocuentes es porque seguimos a este varón, óptimo guía de todas las cosas, y ponemos en práctica sus preceptos y exhortaciones […] mi Maestro, ya que de él he recibido todos los principios de estas cosas”. De locis theologicis, XII, Prólogo (Madrid, 1792) 104-105; Domingo Báñez, en la misma dirección, le cualifica como “restaurador de la divina teología”, “con toda justicia debe ser nombrado entre los primeros”: citado por J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 175 y 176. 246

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testimonio escrito autógrafo). La teología tiene conciencia de ser la ciencia que ordena y establece las bases de otras disciplinas, preocupándose por fundamentar los principios de, por ejemplo, la ética o la política, ocupándose de temas “mundanos” (además de hacerlo por motivos pastorales y de dirección de conciencias). Sólo así pueden entenderse las palabras de Vitoria cuando, ante un problema estrictamente jurídico (sobre el alcance de la legislación europea sobre los indios americanos) afirma: “Digo que no pertenece a los jurisconsultos fallar este asunto, o al menos a ellos solos. Porque como aquellos bárbaros no están sometidos, como inmediatamente diré, al derecho humano, sus cosas no pueden ser examinadas por las leyes humanas, sino por las divinas, para poder definir por sí semejantes cuestiones”10. Por ello puede afirmarse que: “En la Escuela salmantina se da una respuesta sistemática y solidaria a los interrogantes de la época, y en ella los múltiples elementos de reforma que estaban dispersos se dan unidos, hechos camino y sistema que se transmite con una conciencia común de Escuela, con un mismo espíritu que perdura: el espíritu de Vitoria que lo encarna y lo pone en marcha”11. En segundo lugar, la influencia de Vitoria fue posible porque encontró unas condiciones favorables para el desarrollo y difusión de su tarea renovadora. Ciertamente, no se pueden negar ninguno de los hechos que la pusieron en marcha o que prepararon e hicieron 10. F. de VITORIA, De los indios (De indis prior), en Obras de Francisco de Vitoria, Relecciones Teológicas. Edición crítica del texto latino, versión española, introducción de T. Urdánoz (BAC, Madrid, 1960) 649; en 644-648, sobre la necesidad del consejo del sabio para una buena determinación de la acción, en la fase de la deliberación. No debe olvidarse la dependencia y subordinación entre los distintos tipos de leyes, que Vitoria, como luego también Soto, hará siguiendo a Tomás de Aquino. Para el caso de Domingo de Soto, cfr. D. RAMOS-LISSÓN, La ley según Domingo de Soto (Eunsa, Pamplona, 1976). 11. J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 173. ANUARIO FILOSÓFICO 45/2 (2012) 241-253

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posible la efectividad de las medidas que introdujo Vitoria, pues la labor renovadora de este dominico no llegó a un terreno yermo, sino a uno bien preparado para que prosperaran las prácticas docentes que había aprendido en París12: la renovación espiritual y de la vida conventual en las distintas órdenes religiosas (y en particular de la dominicana); la renovación teológica que se iba extendiendo por Europa; la renovación cultural y científica en la Facultad de Artes en Salamanca13; el estímulo y competencia con otros centros docentes, en particular con la Universidad de Alcalá y la especial vinculación de los reyes españoles con la Universidad. Entre las condiciones que concurrieron a ese despliegue intelectual que sucede con la docencia de Vitoria en las aulas salmantinas, se encuentra también lo que actualmente se denomina “Primera Escuela de Salamanca”, o “Escuela humanista de Salamanca”14, que fue introduciendo progresivamente el tomismo. Esta escuela estaba formada principalmente por tres pensadores, profesores en dicha Universidad15: Alfonso Fernández de Madrigal (“El Tostado”), Pedro de Osma y Fernando de Roa. Ellos constituyen una primera Escuela con el nexo común de la introducción y comentario del

12. R. GARCÍA VILLOSLADA, La Universidad de París durante los estudios de Francisco de Vitoria O.P. (1507-1522) (Universitatis Gregorianae, Roma, 1938). 13. S. LANGELLA, Teología y ley natural. Estudio sobre las lecciones de Francisco de Vitoria (BAC, Madrid, 2011) 8. 14. J. L. CASTILLO VEGAS, El humanismo de Alfonso de Madrigal, el Tostado, y su repercusión en los maestros salmantinos del siglo XV, “Cuadernos abulenses” 7 (1987) 1122; Aristotelismo político en la Universidad de Salamanca del siglo XV: Alfonso de Madrigal y Fernando de Roa, “La corónica” 33/1 (2004) 42 ss.; N. BELLOSO MARTÍN, Política y humanismo en el siglo XV. El maestro Alfonso de Madrigal, el Tostado (Servicio de Publicaciones de la Universidad, Valladolid, 1989); J. BLÁZQUEZ, El Tostado, alumno graduado y profesor de la Universidad de Salamanca, en XV Semana española de teología (CSIC, Madrid, 1956) 411-447; F. ELÍAS DE TEJADA, Tratado de filosofía del derecho (Universidad de Sevilla, Sevilla, 1977) vol. II, 460-469; A. CEBEIRA MORO, La escuela humanista salmantina: Pedro Martínez de Osma, discípulo de ‘El Tostado’, “La corónica” 33/1 (2004) 53-55; Pedro Martínez de Osma, comentario a la Ética de Aristóteles. Introducción y selección de textos de A. Cebeira (Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra, Pamplona, 2002). 15. Recientemente se organizó, desde la Facultad de Filosofía y el Departamento de Filosofía, Lógica y Estética de la Universidad de Salamanca con la colaboración del grupo de investigación Pensamiento Político Hispánico Saavedra Fajardo, el encuentro titulado La primera Escuela de Salamanca (1406-1516) (Salamanca, 20-22 de septiembre de 2011). 248

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pensamiento aristotélico (que fue poco a poco abriéndose al tomismo). El conflicto que tuvo lugar en torno a Pedro Martínez de Osma, que fue catedrático de Prima de Teología (1463-1479) y antes de Filosofía moral (1457-1463), truncó el desarrollo de esta corriente, pero puede considerarse como una preparación de un humus intelectual previo a la llegada de Vitoria.

3 Si bien el desarrollo de la Escuela de Salamanca va ligado al desarrollo de la teología, debe entenderse que para Francisco de Vitoria, Domingo de Soto y sus discípulos, la teología se consideraba el vértice y elemento de integración de los demás saberes. Además, estos autores tenían una clara preocupación por las cuestiones prácticas y existenciales que afectan al ser humano (cuestiones morales, políticas y sociales), e intentaban responder a los problemas sociales que estaban determinando el contexto histórico, político, social e incluso económico16. La teología —afirma Menéndez y Pelayo— quedó “convertida por él en ciencia universal, que abarcaba desde los atributos divinos hasta las últimas ramificaciones del derecho público y privado”17. Su parecer era requerido en la solución de problemas de conciencia de mercaderes y gobernantes, además de las cuestiones prácticas que surgían en el gobierno del convento y la propia universidad. A estos asuntos deben añadirse las consultas de las Juntas de teólogos de Valladolid, los requerimientos y preguntas planteados por el mismo Carlos V, además de los problemas vinculados a los problemas actuales que se presentaban al teólogo, y que fueron la materia de sus relecciones universitarias que, en suma, trataban de “el origen y la naturaleza del poder político (ante las teorías de Maquiavelo), el problema del divorcio de Enrique VIII, la ética de la

16. J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 183. 17. M. MENÉNDEZ Y PELAYO, Algunas consideraciones sobre Francisco de Vitoria y los orígenes del Derecho de Gentes, en Ensayos de crítica filosófica, Obras completas (CSIC / Aldus, Madrid / Santander, 1948) 230; citado por J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 174. La influencia del humanismo y del nominalismo se la suele apoyar en esta preocupación y orientación hacia cuestiones prácticas y problemas existenciales de su momento histórico. ANUARIO FILOSÓFICO 45/2 (2012) 241-253

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colonización americana, el derecho de la guerra, la propiedad privada y pública, la pobreza y la limosna; o también el tema de los impuestos públicos”18. De hecho, serán estos desarrollos de cuestiones prácticas los puntos de partida desde los cuales los estudiosos contemporáneos han vuelto a fijar la atención sobre los textos y los autores de la Escuela de Salamanca y del pensamiento español de los siglos XVI y XVII. La presencia de las tesis hispánicas en el nacimiento de la teoría del derecho de gentes de Hugo Grocio es tan incontestable19 como el influjo de ideas escolásticas desarrolladas por los autores españoles del XVI en Adam Smith20. Por eso, la profundización en la historia de ambas disciplinas supuso una revitalización paralela de los estudios sobre la escolástica hispana en general y el pensamiento de la Escuela de Salamanca en particular21. En este punto debe destacarse que el pensamiento de la Escuela de Salamanca no constituye solamente un conjunto de precedentes: la reflexión de la escolástica española sobre las cuestiones jurídicas, sociales y económicas se realiza en un momento en que los problemas epocales han tensado los conceptos a su límite y los pensadores deben remitirlos a su fundamentación (al ámbito de la teología y la filosofía). Hoy en día, en el que también se realiza una

18. J. BELDA, La Escuela de Salamanca cit., 919. 19. Cfr. por ejemplo los trabajos de M. N. ROTHBARD, An Austrian perspective on the history of economic thought (Edward Elgar, Aldershot, 1995) o M. GRICE-HUTCHINSON, The School of Salamanca: readings in Spanish monetary theory, 1544-1605 (Clarendon Press, Oxford, 1952); R. HERNÁNDEZ MARTÍN, Francisco de Vitoria: vida y pensamiento internacionalista (BAC, Madrid, 1995); E. HINOJOSA Y NAVEROS, Los precursores españoles de Grocio, “Anuario de Historia del Derecho Español” 6 (1919) 220-236. 20. Cfr., por ejemplo, los trabajos de R. DE ROOVER, Scholastic Economics: Survival and Lasting lnfluence from the Sixteenth Century to Adam Smith, “The Quarterly Journal of Economics” 69 (1955) 161-90; L. GÓMEZ RIVAS, Adam Smith (1723-1790): algunos antecedentes olvidados, en VIII Congreso AEHE (Galicia, septiembre 2005), Sesión: “De la Escuela Clásica a la síntesis neoclásica”. 21. M. A. PENA GONZÁLEZ, La Escuela de Salamanca cit., 319 ss., donde plantea esta vuelta al estudio de la Escuela de Salamanca y los teólogos y pensadores españoles de los siglos XVI y XVII a la luz del reconocimiento de su influencia en los grandes pensadores de la economía moderna, algo destacado por los trabajos de E. J. Hamilton, J. A. Schumpeter, M. Grice-Hutchinson. La bibliografía sobre su influencia en el ámbito jurídico es muy amplia y puede consultarse en el excelente trabajo de M. A. PENA GONZÁLEZ, Aproximación bibliográfica a la(s) “Escuela(s) de Salamanca” (Universidad Pontificia de Salamanca, Salamanca, 2008). 250

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mirada fundamentadora respecto de estas disciplinas sociales, el estudio de la escolástica española y su esfuerzo intelectual (realizado en el marco de una metafísica y una antropología bien diferentes a las que años después harían fortuna en el pensamiento occidental) sigue aportando inspiraciones fecundas para los teóricos de esas disciplinas22. La vigencia de la Escuela de Salamanca, en particular sobre esta temática, ha motivado que al asumir la coordinación de un volumen monográfico de la revista Anuario Filosófico sobre este periodo intelectual de la historia del pensamiento, se viera pertinente dedicarlo a “Moral y política en la Escuela de Salamanca”, en el que se incluyen los siguientes artículos. En primer lugar, el artículo del Prof. Cirilo Flórez Miguel, El lenguaje político: transformaciones y teorías, en el que revisa el proceso de transformación realizado en el lenguaje político a partir de las traducciones al latín de las obras éticas y políticas de Aristóteles en el siglo XIII y especialmente su recepción en la Salamanca del siglo XV. Se distinguen dos momentos: uno influido por Tomás de Aquino, una escolástica media protagonizada por los comentaristas de la Ética y Política de Aristóteles; el segundo, la escolástica protagonizada por dominicos y jesuitas a partir de Vitoria, que configura un humanismo tomista alternativo a los otros humanismos. Un segundo trabajo dedicado a la así llamada “Primera Escuela de Salamanca” es el realizado por el Dr. Emiliano Fernández Vallina, y titulado El tratado ‘De optima politia’ del Tostado: una visión singular en el siglo XV hispano sobre las formas políticas de gobierno. En su artículo destaca la figura de Madrigal como receptor del pensamiento aristotélico (en la obertura del camino seguido posteriormente por Roa y por Osma), en tanto él es “la punta de lanza en la recepción directa del Estagirita en el plano ético y político”. El artículo estudia, por tanto, uno de los temas de mayor interés para el humanismo occidental: el gobierno humano, sus formas, la noción

22. Así el reavivado interés de buen número de grupos de investigación contemporáneos dedicados a la escolástica de los siglos XVI y XVII, animados no sólo por un interés histórico sino también sistemático; la bibliografía contemporánea permite hacer un mapa de grupos e intereses de gran utilidad. ANUARIO FILOSÓFICO 45/2 (2012) 241-253

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de poder y autoridad, etc.; para ello se centra en el tratado De optima politia (fruto posiblemente de una repetitio, intervención académica que Vitoria consagraría con sus relecciones). Siguen dos artículos dedicados a Domingo de Soto. El del Prof. Merio Scattola, La virtud de la justicia en la doctrina de Domingo de Soto, considera la estructura del tratado De iustitia et iure de Soto, como un tratado que versa sobre la ley y el derecho que están vinculadas por la justicia, la cual se entiende como una virtud cuyo objeto es la equidad, la medida de igualdad que trasciende la intención del agente, y donde lo justo, considerado desde una perspectiva teleológica, funda la ley y el derecho. El artículo del Dr. Ángel Poncela González, Domingo de Soto: análisis antropológico de la facultad del dominio analiza la dimensión antropológica de la teoría del dominio (de gran repercusión para la argumentación de la cuestión americana) que es tratada por Soto en la relección De dominio y en el De iustitia et iure. Para Soto, como para Vitoria, el dominio se analiza desde el derecho natural por el que el hombre es libre (creado a imagen y semejanza de Dios) y social por naturaleza. Por ello, requiere de especial justificación la noción política de “servidumbre”. Siguiendo un orden cronológico, a continuación se encuentra el artículo dedicado al agustino fray Luis de León (discípulo de Domingo de Soto, Melchor Cano y Juan de Guevara, en Salamanca, y en Alcalá, de Mancio del Corpus Christi), realizado por la Prof. María Martín Gómez: “Virtud, hija del cielo”: sobre el pensamiento moral de fray Luis de León. El artículo revisa la docencia de fray Luis en Salamanca en la cátedra de Filosofía Moral, atendiendo a las fuentes de las que bebe el agustino, y especialmente mostrando las tesis antropológicas que estarían en su base, destacando la originalidad de este pensador. Se cierra el grupo de estudios con el artículo del Prof. Francisco T. Baciero Ruiz, El concepto de derecho subjetivo y el derecho a la propiedad privada en Suárez y Locke. Estudia el tema de ‘propiedad’ y ‘derecho subjetivo’ en el jesuita Francisco Suárez (no sólo una de las figuras más destacadas de la compañía de Jesús, sino también uno de los más conocidos exponentes del pensamiento hispánico de finales del XVII). El trabajo pone en relación a Suárez con uno de los filó252

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sofos modernos que más ha tratado del tema de la propiedad, y más influencia ha tenido en el pensamiento posterior, Locke, dando una clara muestra de la virtualidad de estos tratamientos escolásticos en la problemática moderna. Quisiéramos agradecer a todos los colaboradores de este volumen monográfico por el interés, el trabajo y el esfuerzo realizado para hacer realidad el texto que ahora se edita. En primer lugar, a los autores que con sus artículos, sus estudios, han desarrollado la temática general de “Moral y política en la Escuela de Salamanca”. Y también a los autores de las reseñas que respondieron generosamente para acompañar con una bibliografía especializada el monográfico dedicado a una de las etapas más sugestivas de la historia del pensamiento español. Agradecemos también al equipo de la revista Anuario Filosófico, que ha hecho posible la culminación de este trabajo, así como a la Universidad de Salamanca y a la Universidad de Navarra, instituciones que han alentado el desarrollo de los proyectos cuyos frutos aquí se muestran.

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normas para autores instructions for authors 1. Todos los escritos que se envíen para su publicación en Anuario Filosófico, tanto artículos como reseñas, deben ser completamente inéditos. Mientras están en proceso de evaluación o de edición, no deberán remitirse a ninguna otra publicación. Una vez hayan sido publicados, los autores podrán utilizar sus textos con total libertad, aunque citando siempre su publicación original en Anuario Filosófico. 2. Los artículos y las reseñas bibliográficas estarán escritos de ordinario en castellano.

Normas para los artículos 3. Los artículos originales han de ser enviados en un formato habitual y fácilmente editable —como Word o RTF— al Dr. Miguel García-Valdecasas ([email protected]). Para facilitar su revisión anómima, el autor debe eliminar toda referencia en el artículo —tanto en el cuerpo como en las notas— a otras obras y artículos escritos por él mismo, o hacerlo de forma que no revele su propia autoría. También deberá omitir la mención a reconocimientos de su participación en proyectos financiados y otros agradecimientos. 4. Los artículos se someterán a una doble revisión anónima por expertos ajenos al Consejo de Redacción. Se valorarán: el interés del tema; la profundidad e innovación en su tratamiento; el conocimiento del estado de la cuestión; el diálogo con la bibliografía más relevante y actualizada; la unidad, claridad, coherencia, equidad y rigor de la argumentación; la adecuación del título, del resumen y de las palabras clave; la extensión proporcionada del texto y de las notas; y la elegancia formal y literaria. 5. En un plazo habitual de dos meses y medio, y máximo de seis, el Consejo de Redacción comunicará la aceptación o rechazo de un artículo, junto con las observaciones o sugerencias emitidas por los evaluadores. En el mes de junio, el Consejo de Redacción selecciona, de entre todos los artículos aceptados, cuáles se incluirán en el número misceláneo que se publica en diciembre de cada año e informarán de ello a los autores correspondientes. 6. Los autores de artículos en vía de publicación recibirán la prueba del texto tras ser compuesto tipográficamente, para su inmediata corrección. Una vez publicado, recibirán gratuitamente un ejemplar del correspondiente número de Anuario Filosófico y la separata electrónica de su artículo.

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Formato de los artículos 7. Los artículos tendrán una extensión máxima —incluidas las notas— de 8.000 palabras (unos 50.000 caracteres con espacios). Este número de palabras, o de caracteres, puede calcularse fácilmente en los programas informáticos de tratamiento de textos. 8. En la primera página deben figurar el nombre del autor, la institución académica en la que trabaja (departamento, facultad y universidad, o sus análogos), la dirección postal (código postal, ciudad y país) y el correo electrónico. También deben incluirse, en español y en inglés: el título del artículo, un resumen de 75 palabras como máximo, y unas 4 palabras clave. 9. Para facilitar la composición, el texto debe introducirse sin ningún formato ni estilo de fuente. Los subtítulos han de estar numerados secuencialmente, así: 1. 2. 3., etc. Los títulos de posteriores subdivisiones deben seguir una ordenación alfabética, así: a) b) c), etc. Por ejemplo: 4. Los últimos comentarios de Tomás de Aquino a Aristóteles a) El comentario al «De caelo» 10. Las notas a pie de página han de ser concisas. Las citas en el cuerpo del texto también serán breves, y han de ir entrecomilladas: “así”. Si superan las tres líneas, deberán ir en párrafo aparte. Para introducir un término explicativo dentro de una cita se usarán corchetes, como en el siguiente ejemplo: “La vinculación de ésta [situación especial] al fin del agente”. 11. Las referencias bibliográficas siempre deben ir a pie de página, y nunca en una bibliografía final ni en el cuerpo del texto. Deben tener el siguiente formato: Para libros: L. POLO, Curso de Teoría del conocimiento, vol. 4/1 (Eunsa, Pamplona, 1994); R. SPAEMANN, Ética: cuestiones fundamentales (Eunsa, Pamplona, 1987) 113-115. Para colaboraciones en obras colectivas: A. FUERTES, El argumento cosmológico, en A. L. GONZÁLEZ (ed.), Las pruebas del absoluto según Leibniz (Eunsa, Pamplona, 1996) 47-158. Para artículos: R. YEPES, Los sentidos del acto en Aristóteles, “Anuario Filosófico” 25/3 (1992) 493-512. Para números monográficos de revista: A. M. GONZÁLEZ, R. LÁZARO (eds.), Razón práctica en la Ilustración escocesa. Número monográfico: “Anuario Filosófico” 42/1 (2009) 1-257. 12. Pueden usarse referencias abreviadas en los siguientes casos: Cuando de un mismo autor se cite una sola obra, se abreviará su título así: R. SPAEMANN, op. cit., 108. Si de un mismo autor hay que citar más de una obra, se reiterará el título de forma abreviada; por ejemplo: R. SPAEMANN, Lo natural cit., 15; L. POLO, Curso cit., vol. 4/1, 95. Puede utilizarse “Ibidem” cuando se repita una misma referencia consecutivamente.

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13. Para garantizar la correcta transcripción de los textos en griego, deberán estar escritos con la fuente Gentium, disponible gratuitamente para Windows, Mac y Linux Debian/Ubuntu en la siguiente dirección: http://scripts.sil.org/cms/scripts/page.php?site_id=nrsi&item_id=Gentium_download Si se necesita usar caracteres de otras lenguas no incluidos en dicha fuente, será preceptivo emplear una fuente Unicode.

Normas para las reseñas bibliográficas 14. Cada reseña debe tener entre 600 y 1.200 palabras, y ser completamente original e inédita. 15. Salvo casos excepcionales, no se aceptarán reseñas de libros con más de tres años de antigüedad. Las obras recensionadas han de ser primeras ediciones, o bien reediciones con modificaciones sustantivas. 16. Para evitar conflictos de intereses, es preferible que no estén escritas por personas cercanas al autor del libro recensionado o que hayan colaborado en su edición o diseño. El autor de un libro recensionado no debe tener ascendiente profesional sobre el autor de la reseña, como es el caso de un director de tesis o de un miembro del mismo grupo de investigación. 17. Si es preciso incluir alguna cita diferente a la del libro que se está reseñando, se hará en el cuerpo del texto, entre paréntesis, siguiendo lo que se indica en los nn. 11 y 12. Si la cita es del libro que se está reseñando, basta con incluir el número de página, así: (p. 63), o (pp. 63-64). Al final de la reseña, el autor hará constar su nombre, su universidad o afiliación sin incluir la dirección postal, y una dirección de correo electrónico. 18. Las reseñas bibliográficas han de enviarse a la Dra. Paloma Pérez-Ilzarbe ([email protected]). 19. Pueden encontrarse unas orientaciones sobre el modo de redactar reseñas en: http://www.unav.es/publicaciones/anuariofilosofico/contenidos/orientaciones.html Pamplona, 17 de enero de 2011

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