¿Por qué las cárceles no rehabilitan?

July 23, 2017 | Autor: Andrés Estay | Categoría: Correctional Rehabilitation, Discipline, Sociología de la Delincuencia
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Descripción

¿Por qué las cárceles no rehabilitan? Andrés Estay P.1

Introducción En variadas oportunidades hemos podido apreciar a través de los medios de comunicación así como también del “saber colectivo” de carácter más popular que los individuos al ingresar a la cárcel o a otra institución penitenciaria, no son rehabilitados e incluso peor aún, empeoran su comportamiento delictual una vez puestos en libertad. Aunque no podemos generalizar al respecto, en Chile la población penal compuesta por 53.000 personas aproximadamente posee un 71,2% de reincidencia a la cárcel (Morales, Muñoz, Welsch y Fábrega; 2012; 32), es decir, casi tres cuartas partes de los individuos privados de su libertad, una vez que esta les ha sido otorgada, vuelven a delinquir. Estos datos otorgados por la Fundación Paz Ciudadana reflejan que el saber colectivo popular y lo que escuchamos en los medios, no se alejan mucho de la realidad empírica. Es en este sentido que dados los datos y la preocupante realidad que estos abarcan, nos hemos de preguntar: Entonces, ¿Qué es lo que está fallando en el sistema carcelario? y más importante aún ¿Por qué las cárceles no rehabilitan? Esta pregunta será nuestro eje principal sobre el cual abarcaremos esta problemática bajo diversos enfoques teóricos derivados de análisis previos de autores nacionales e internacionales sobre esta misma pregunta y también sobre algunos relatos de quienes viven esta realidad en carne propia. Bajo estas miradas trataremos de responder la pregunta principal sobre por qué sólo se rehabilita y es reinsertado un 28,8% de la población penal de nuestro país, situación que se da en mayor medida pero no significativamente en otros países con alta población carcelaria como Chile (Morales, Muñoz, Welsch y Fábrega; 2012; 18), demostrando una situación no aislada y que no es indiferente a las autoridades tanto de Chile como de los demás países. Esta preocupante realidad refleja por un lado y en primer lugar, la falta de políticas públicas o reformas a las ya existentes para hacer efectiva la rehabilitación y reinserción de los sujetos penales a la sociedad chilena (Droppelmann; 2010; 3), como también, por el otro, la crisis que se arrastra por años del sistema carcelario de nuestro país. En un primer intento por explicar esta temática, hay que tomar en cuenta tanto la carencia de políticas públicas ya mencionadas, como también la vida social que se teje dentro de las cárceles que da figura a un ethos adoptado por quienes no optan por la rehabilitación una vez dentro del recinto penitenciario donde el cual deben cumplir condena. Ambos elementos orientan este problema hacia la reproducción constante de este comportamiento por parte de los sujetos en cuestión lo que claramente, agrava aún más este hecho en nuestro país, produciendo un círculo retroalimentador, el cual explicaremos más adelante en base a estos dos hechos presentes en el espectro penal nacional. 1

Estudiante de Sociología en Universidad Alberto Hurtado, Facultad de Ciencias Sociales. Cátedra de Sociología de la Delincuencia, primer semestre, 2013.

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Poca efectividad de políticas públicas Uno de los elementos principales y mayormente apuntados a la hora de explicar esta problemática, lo constituyen las faltas o poca efectividad de las políticas públicas apuntadas a facilitar la rehabilitación y reinserción de los individuos penalizados. En este sentido, el gobierno de Chile actualmente ejecuta tres programas “piloto” para la rehabilitación penal 2: 1. Vida Nueva: Programa de prevención para población infanto-juvenil, en colaboración con Carabineros de Chile, Municipalidades, Ministerio de Justicia, Servicio Nacional de Menores y Ministerio de Desarrollo Social. El programa se propone instalar en ocho comunas piloto de la región metropolitana un sistema de gestión para la atención oportuna y adecuada de niños, niñas y adolescentes que estén experimentando vulneraciones de sus derechos o que estén participando de acciones transgresoras de ley. El aporte de la Subsecretaría de Prevención del Delito consiste en disponer equipos de evaluación del nivel de riesgo delictual de la población transgresora para derivarla al servicio de tratamiento acorde a su perfil. Este mismo equipo también coordina una mesa comunal de gestión de casos que permite compartir información y solicitar el apoyo de servicios municipales de educación y salud, entre otros. Finalmente, la Subsecretaría de Prevención del Delito también aportará, a contar del año 2012, equipos comunales para la implementación de Terapia Multisistémica, uno de los programas líderes en el mundo en materia de prevención del delito. Este servicio se orientará selectivamente a la población que presente mayor riesgo delictual. 2. Reinserción social: Programa de prevención de la reincidencia en adultos. Se ejecuta en cuatro unidades penales (Colina I, Colina II, CP Valparaíso y El Manzano), beneficia a 900 personas, y se dedica a ofrecer tratamiento psicosocial altamente estructurado a personas con medio a alto compromiso delictual. Además, se establecer coordinaciones en la unidad penal para que la población acceda a nivelación de estudios y tratamiento del consumo de drogas (si se requiere). También se dispone de talleres de artesanía en cerámica, vitrales y vitrofusión, los que funcionan como una instancia de apresto laboral. Finalmente, el programa incluye equipos de psicólogos y trabajadores sociales en medio libre, que permite seguir apoyando a los usuarios cuando obtienen beneficios de salida controlada al medio libre. 3. Reinserción laboral: Programa de capacitación y colocación laboral para 840 personas que están próximas al cumplimiento de su condena en cárceles del país. Por una parte, el programa apuesta a un fuerte incremento de la empleabilidad mediante el análisis de competencias laborales, la capacitación y la colocación en empleos dependientes. Por otra parte, el programa incluye una intervención psicosocial especializada, que permite identificar y reducir condiciones de riesgo de reincidencia en delito. 2

Ministerio del Interior y Seguridad www.seguridadpublica.gov.cl/rehabilitar.html

Pública,

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Gobierno

de

Chile,

versión

web:

A pesar de la existencia de estos programas, la realidad de las cárceles chilenas es diferente. Por citar algunos ejemplos, la oferta de educación de enseñanza básica, que se brinda por medio de escuelas penales abarca al 58% del total de recintos penitenciarios, mientras que enseñanza media está presente sólo en 41% de éstos. La oferta laboral también es escasa. Durante el 2008 sólo el 4% del total de recluidos pudo acceder a una capacitación y aproximadamente el 33% participó de alguna actividad laboral. En cuanto a las adicciones, la evidencia muestra que aproximadamente el 60% de los infractores de ley consume drogas y la oferta nacional en los recintos penales sólo alcanza para 992 personas, contando sólo con dos programas para el total de usuarios. Droppelmann nos presenta un cuadro el cual revela la efectividad de los programas de rehabilitación:

En cuanto a la población penal, Chile presenta 42% de sobrepoblación penal, es decir, hay una diferencia de 42% entre la cantidad de población recluida y la capacidad actual de los establecimientos carcelarios en cuanto a plazas disponibles. (Droppelmann; 2010; 03). Esto se refleja en las condiciones de hacinamiento que no pasan inadvertidas. En síntesis, la sobrepoblación de las cárceles y el hecho que no existan cupos para abarcar al total de estos a los programas de reinserción educacional y laboral, son una condición a considerar en el hecho de la reincidencia delictual.

Coacción arbitraria, represión y ambiente violento Uno de los análisis más importantes sobre la crisis carcelaria, es la realizada por Michel Foucault en Vigilar y Castigar. En su apartado titulado Ilegalismos y Delincuencia el autor expone explícitamente cómo históricamente luego de un breve periodo en funcionamiento (como evolución de suplicio y del coche celular a mediados del siglo XVIII) la prisión es ampliamente criticada y tachada como gran fracaso de la justicia penal de la sociedad francesa de 1842 (Foucault; 1976; 160) indicando además que estas “no disminuyen la tasa de criminalidad: se puede muy bien extenderlas, multiplicarlas o 3

transformarlas, y la cantidad de crímenes y de criminales se mantiene estable o, lo que es peor, aumenta” (Ibíd.). Según el análisis histórico del autor esto se hace posible debido al sistema estructural propio de la prisión, donde el aislamiento, la disciplina y la represión fabrican una existencia que es adoptada de forma violenta y coaccionada por los individuos que es complementada con la arbitrariedad de la administración carcelaria que desarrolla su funcionamiento como “abuso de poder”. Estas prácticas no generan un carácter educativo rehabilitador si no que permite la organización solidaria, jerarquizada y de complicidad por parte de los presos, para hacer frente ante la coacción arbitraria de la cárcel a la que son sometidos. Esta arbitrariedad puede reflejarse en nuestra coyuntura por los abusos relatados en Condiciones Carcelarias del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales. “Los golpes son... depende, a veces en la pieza, a veces en la pieza y... a veces en el patio, todos en pelota... a unos más y otros menos... es una cosa diaria, los golpes son una cosa rutinaria, yo creo que ellos practican la tortura pa’ botar tensiones, así como a nosotros nos obligan a hacer gimnasia pa’ botar tensiones, ellos tienen ese método”. (Instituto de D.D.H.H. de la Universidad Diego Portales; 2005; 73) “...pero, eh... por ejemplo a la hora de las cuentas cuando vamos a pasar la cuenta, eeeh, por cualquier cosa que uno se pare mal, o no diga bien el número, a veces la gente se equivoca, o por mirar mucho hacia allá, los traen a la Guardia interna y les pegan con palos, tienen una manos dibujadas en la mesa y, así dos manos, una mano aquí y otra mano acá (con unos 30 cm de separación) dibuja’ en la mesa y uno tiene que poner sus manos ahí ‘onde está dibuja’ y agacharse y también hay unos pie’ entonce’, o sea, uno queda sí más o menos como en posición... y ahí le pegan sus palos, siempre son tres palos en el poto, tres palos en las piernas... todo esto es aparte de los castigos, esto sucede todos los días a cada rato por cualquier tontera así, entonce eeeeh le pegan harto a la gente, hay gente que ha llegao sin sentío... a esos los llevan al hospital...” (2005; 76) Relatos como estos, siguiendo lo que plantea Foucault en Ilegalismos y Delincuencia constituyen un 34,4% de presos que declaran haber sido castigados duramente y el 6,3% que asegura haber padecido tortura (el segundo y primer relato, respectivamente), y forjan en el prisionero una resistencia a estas prácticas ya sea tortura o mero abuso de poder, y otros tipos de denigración, de carácter negativo, influyendo en la actitud del individuo, promoviendo el ethos violento, solidario y organizado que condiciona el comportamiento del individuo una vez puesto en libertad.

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Carácter del preso (ethos) Sobre lo anteriormente señalado, uno de los aspectos más importantes en el comportamiento de los individuos privados de libertad residentes en un recinto penitenciario, está constituido por la serie de “códigos” y normas conductuales que se forman en el ambiente de marginalidad presente en los recintos. En otras palabras, la conducta violenta que es complementada con abusos, disciplina, asilamiento y arbitrariedades de todo tipo se forja principalmente en el hecho que dentro de la cárcel está presente un conjunto de actitudes y saberes marginales que se reproducen, mantienen y/o empeoran lo ya presente en el individuo. Denominado como “ley del más fuerte” o “ley de la selva”, este “diario vivir” se impregna en el preso que no permite un efectivo tratamiento rehabilitador, si es que lo hubiese. Mediante una serie de testimonios sobre la rutina de presos en Colina 1 y San Miguel recolectados a través de entrevistas breves realizadas en marzo y abril de 2013 a dos ex convictos de dichos centros carcelarios contactados por el autor de este ensayo, se retrata lo anteriormente señalado: “…Ahí vale la ley del más vivo no más, si erís soldado quedaste así hasta que te vayay nomás…andai pa’ los mandados, pa’ lo que digan nomás…Ahora si erís más vivo, como yo (ríe) ningún gil te va venir a dar corte si poh, es difícil igual ver las cosas de otra forma, aquí adentro se ven los huevones de verdad y los que todavía son cabros chicos, a los pollos se los comen nomás…” Juan, 33 años, ex convicto del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1. “Uno tiene que hacerse respetar porque allá adentro es difícil tener amigos o alguien que te ayude… yo entré por estafa y conozco locos que han matado y robado y esos son terribles igual. Donde somos muchos, hay que ganarse su espacio, nadie más lo va a hacer por ti poh, a mí me costó caleta igual porque como verá no soy igual que la mayoría, ni siquiera hablo igual que ellos, pero me hice respetar nomás poh, no queda de otra, si aquí vale el que anda despierto, y eso igual significa violencia, en hartos casos…” Enrique, 41 años, ex convicto del Centro de Detención Preventiva de San Miguel. La ley del más fuerte, el hacerse respetar en un ambiente donde las condiciones de dignidad y seguridad no son garantizadas por los gendarmes o las autoridades condicionan el comportamiento de los residentes carcelarios, quienes reproducen las actitudes observadas y adquiridas por la rutina a la que son sometidos, permiten que una vez afuera, por “mera costumbre” o porque estas actitudes se le han “impregnado”, posibilitan el acto de volver a delinquir.

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Estigma social Otro de los puntos en los cuales se detiene Foucault, es en las condiciones a las cuales son arrojados al momento de quedar en libertad: esto es, seguimiento y vigilancia de la policía, prohibición de ingreso a determinados lugares, entre otros, forjan un estigma del preso que le imposibilita conseguir empleo e insertarse nuevamente en la sociedad, factor frecuente en la reincidencia (1976; 162). Inclusive aun, este estigma no solo perjudica al hombre liberado sino también a su familia, una vez dentro y fuera de la cárcel. Sobre esto María Emilia Tijoux señala que la seguridad ciudadana opera en defensa de la propiedad privada instalando en el cuerpo social una resiliencia que rechaza a todo individuo que turbe el orden social y la amenace con sus “posibles delincuencias” (Tijoux; 2011; 02). Sobre este estigma la autora también demuestra que recae principalmente sobre el mundo pobre, también fuera de la cárcel (cometiendo el delito) puesto que la rigurosidad de las penas se aplica más a los delitos cometidos por la gente pobre como el microtráfico y los hurtos (2011; 05). En este sentido, no es extraño que exista una criminalización pesando en habitantes de ciertas poblaciones señaladas como “sectores rojos” por Carabineros y las propias instituciones públicas en la lucha contra la delincuencia. Los antecedentes que se piden al buscar un trabajo o al hacer cualquier tipo de trámite que revelen que el individuo estuvo encarcelado o que vive en cierto sector de la capital (como factor adicional) permiten que exista un “bloqueo”, una suerte de crimen impregnado en él, haciéndole mucho más complicada la existencia y por ende, su reinserción y/o rehabilitación en el entramado social.

Control de los ilegalismos Pero el aporte más importante realizado por Foucault en su análisis, radica en el hecho que a pesar de las diversas críticas que existen al sistema carcelario, este sigue funcionando hasta el día de hoy pese a reformas y técnicas de sometimiento aplicadas. Entonces, qué es lo que hay detrás de este sistema: su verdadero funcionamiento se encuentra en la distribución y utilización de las infracciones con el fin de organizar la transgresión de las leyes en una táctica general de sometimientos para así administrar los ilegalismos, así más que penalizarlos, se los diferencia y se los “economiza”. En otras palabras, se distribuyen los comportamientos delictuales para una utilización provechosa pasando a ser “cómplice” y medio de un legalismo administrativo que se ejerce como mecanismo de dominación. Esto significa que, la delincuencia es un medio para administrar y explotar los ilegalismos por parte de las clases dominantes (legalismos) con el fin de la “vigilancia perpetua de la población: un aparato que permite controlar, a través de los propios delincuentes, todo el campo social. La delincuencia funciona como un observatorio político” (1976; 171) Esto funcionaria en conjunto vital con la prisión puesto que ésta “facilita un control de los individuos cuando quedan en libertad, permite el reclutamiento de confidentes y multiplica las denuncias mutua, porque pone en contacto a los infractores unos con otros, precipita la organización de un medio delincuente cerrado sobre sí mismo, pero que es fácil de controlar ; y todos los efectos de desinserción que provoca 6

(desempleo, prohibición de residencia, etc.) abren ampliamente la posibilidad de imponer a los antiguos detenidos las obligaciones que se le asignan” (Ibíd.).

Conclusión Una vez presentados todos los elementos que pueden influir en el problema de la no rehabilitación de las cárceles, o de su poca efectividad, es que podemos concluir, tal como mencionamos a simples rasgos al comienzo, que todos los factores presentados (Poca efectividad de políticas públicas, Coacción arbitraria, represión y ambiente violento, Carácter del preso (ethos), Estigma social y el Control de los ilegalismos) confluyen en el hecho que sea tan alto el porcentaje de no rehabilitados y de reincidentes al delito. Estos, forman una especie de circulo retroalimentador donde uno confluye al otro, y por ende, inciden en el comportamiento y las actitudes operantes del individuo encarcelado. Estos factores, sin embargo poseen diversos responsables, por una parte, el Estado por medio del control de los ilegalismos y de la precariedad de las políticas públicas que aplican bajo programas de rehabilitación y la poca administración y control que ejercen sobre los aparatos coercitivos de la cárcel, ya sean gendarmes u otras autoridades carcelarias (quienes también poseen parte de la responsabilidad). Por otra parte, la cultura marginal generada dentro y fuera de la cárcel la cual es adoptada y reproducida por los individuos, es resultado tanto de los elementos anteriores, como también de la propia identidad, el ethos del sujeto delictual que genera a su vez, el estigma social por su condición y sus antecedentes que se complementa con las formalidades que otorga el Estado y que opera en cada individuo que alguna vez estuvo preso. Cabe entonces inclinarlos en el hecho que es la sociedad misma la que genera, por medio de las desigualdades sociales y la coerción estatal con fines de control y dominación (Foucault) las que orientan “lo delictual” hacia esta retroalimentación de los factores ya mencionados con amplitud.

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Bibliografía Droppelmann, Catalina, Elementos clave en la rehabilitación y reinserción de infractores de ley en Chile, Fundación Paz Ciudadana, 2010. Morales, Ana M.; Muñoz, Nicolás; Welsch, Gherman; Fábrega, Jorge, La Reincidencia en el Sistema Penitenciario Chileno, Fundación Paz Ciudadana & Universidad Adolfo Ibañez, 2012. Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Gobierno de Chile, Programas de Reinserción, www.seguridadpublica.gov.cl/rehabilitar.html Foucault, Michel, Vigilar y Castigar, Siglo XXI Editores, 1976. Instituto de Derechos Humanos, Condiciones Carcelarias, , Universidad Diego Portales, 2005. Tijoux, María E., El Infierno en la Torre 5: Reflexiones sobre la cárcel en Chile, Revista Latinoamericana de Estudios sobre Cuerpos, Emociones y Sociedad, 2011.

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