Políticas Educativas en Bolivia TOMO II.pdf

May 23, 2017 | Autor: Greby Rioja | Categoría: History, Educación, Políticas Educativas, Formación docente
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Descripción

POLÍTICAS E DUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL S IGLO XX

Políticas Educativas en Bolivia, Durante el Siglo XX

Greby U. Rioja Montano

Queda rigurosamente prohibida sin autorización escrita del titular del Copyright, bajo las sanciones previstas por las leyes, la reproducción total o parcial de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidos la fotocopia y el tratamiento informático. Primera edición, junio 2016 Autor: Greby U. Rioja Montano Telf.: XXXXXXXXXX E-mail: XXXXXXXXXXXX Cochabamba - Bolivia Depósito Legal:

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Diseño tapa: Diagramación:

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Impreso en Talleres Gráficos “Kipus” Telfs.: 4731074 - 4582716, Cochabamba Printed in Bolivia Este libro fue elaborado gracias al respaldo de Manchester Metropolitan University (Reino Unido), a través del Proyecto EUROINKA (Europe and Latin America Sustainable Innovation and Knowledge Academic Network), del Programa Erasmus Mundus y el apoyo de la Universidad Politécnica de Valencia (España) y la Universidad Mayor de San Simón (Bolivia).

A Hernán y Wilma, por todo…

CONTENIDO Prologo .............................................................................. 0 Políticas educativas de 1901 a 1930 .................................. 0 Políticas educativas de 1930 a 1952 .................................. 0 Políticas educativas de 1952 a 1964 .................................. 0 Políticas educativas de 1964 a 1982 .................................. 0 Políticas educativas de 1982 a 2000 .................................. 0 Gobiernos y ministros del área de educación .................... 0 Bibliografía ........................................................................ 0

PRÓLOGO Las políticas públicas, por lo general, forjan, desarrollan y promueven las relaciones e interacciones sinérgicas entre la sociedad civil y el Estado. Las políticas públicas, por ello, hay que entenderlas como “…programas de acciones, representan la realización concreta de decisiones, el medio usado por un actor en particular llamado Estado, en su voluntad de modificar comportamientos mediante el cambio de reglas de juego…”1. En este entendido, toda política pública posee cuatro elementos sustantivos como parte de su peculiaridad: implicación del gobierno, percepción de problemas, definición de objetivos y del proceso.

En el marco de este concepto genérico, el libro Políticas educativas en Bolivia durante el Siglo XX2, escrito por el pedagogo, colega y amigo Greby Rioja Montaño, nos muestra de manera detallada y desde una perspectiva preponderantemente jurídico legal los mandatos estatales orientadas a la sociedad civil en el ámbito de la educación, en general, y de la educación regular, en particular. Como podrán advertir los lectores, las políticas públicas educativas de este periodo histórico (Siglo XX), poseen un enfoque preponderantemente unidireccional porque hace referencia a la relación vertical que establece el Estado con la sociedad civil; por otro lado, la toma de decisiones educativas está centrada 1 2

Jiménez, Luz. 2005. Proyectos educativos indígenas en la política educativa boliviana. La Paz: PINS EIB, PROEIB Andes y Plural. Hubiera sido ideal que el enfoque de la historia de la educación boliviana haya sido realizado por periodos político económicos, más que por siglos y años; pues, las políticas educativas están fuertemente marcadas por la ideología política que prevalece en cada periodo histórico.

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preponderantemente en el aparato estatal; y también tienen un carácter prescriptivo y regulador3.

Desde finales del Siglo XX y fundamentalmente en la primera década del Siglo XXI, como resultado de la emergencia de los movimientos populares en Bolivia, desde mi punto de vista, el enfoque unidireccional señalado ha sido vulnerado por la sociedad civil pero, de manera particular, por el movimiento indígena que, mediante el Bloque Educativo Indígena,4 los Consejos Educativos de Pueblos Originarios construyeron una propuesta de ley educativa denominada Por una educación indígena originaria. Hacia la autodeterminación ideológica, política, territorial y sociocultural. Gran parte de esta propuesta fue incorporada en la Ley de Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” que fue promulgada en el 2010. Ergo, Greby Rioja Montaño tiene el desafío de mostrar este proceso sociopolítico y educativo, a través de un tercer tomo, para completar su aporte a la historia de la educación boliviana. Luego de este alcance conceptual general, como consecuencia de la lectura rápida que realicé al libro, quisiera destacar algunos aspectos relevantes que, aparte de ampliar y profundizar la información que previamente poseía, me han llamado fuertemente la atención desde el punto vista político y pedagógico.

Como está anotado en el libro, en 1905, en pleno inicio del periodo liberal, Ismael Montes constituyó una comisión, bajo la responsabilidad de Daniel Sánchez Bustamante, para que visitando algunos países de 3

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Machaca, Guido. 2013. “Hacia la interculturalización de las políticas públicas”. En Identidades. Aportaciones para la educación boliviana. Revista Nº 1 de la Carrera de Ciencias de la Educación de la UMSS de Cochabamba. El Bloque Educativo Indígena aglutinó a organizaciones indígenas matrices de las regiones Andina, Oriental, Chaco y Amazonía boliviana; específicamente, pertenecieron a esta macro organización el Consejo Nacional de Ayllus y Marcas del Qullasuyu, la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia, la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia, la Asamblea del Pueblo Guaraní, la Confederación Sindical de Colonizadores de Bolivia, la Federación Nacional de Mujeres de Bolivia “Bartolina Sisa” y los Consejos Educativos de los Pueblos Originarios.

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Europa, Chile y Argentina se pueda aprender de sus sistemas educativos y, además de eso, se contrate docentes para las escuelas normales y para la educación media; también se otorgaron becas para la formación de maestros en Chile y otros países. De igual modo, en este periodo,se instituyó la otorgación de premios económicos para los docentes que alfabeticen a los indígenas y, como parámetro de evaluación, se utilizó el aprendizaje y manejo del idioma español. En 1907, se declara la gratuidad de la instrucción pública; y en 1909, como resultado ineludible de las acciones señaladas, se crea la primera normal para la formación de maestros en Bolivia bajo la dirección de George Rouma, de nacionalidad belga, y un equipo de profesionales bolivianos y chilenos.

Como se advierte, la construcción de nuestro sistema educativo se hizo mirando más hacia afuera que hacia adentro; minusvalorando lo nuestro y sobre valorando lo foráneo; negando nuestras culturas ancestrales y relievando lo colonial y occidental. Por lo tanto, nuestras élites políticas y económicas, responsables de la gestión de las políticas públicas educativas, mostraron su incapacidad clasista en el manejo de la cosa pública educativa. Como era de esperarse, desde el inicio negaron la matriz sociocultural indígena del país y, por ello, a toda costa y bajo la premisa de la filosofía liberal de la modernización e industrialización en base a paradigmas educativos foráneos concibieron a la población indígena como sujeto para la dádiva profesional y hacendal, y a la que hay que enseñar el idioma español para que no sea un obstáculo para el desarrollo del país.

En enero de 1931, mediante un decreto, se crea la educación indigenal bajo la orientación técnica de la dirección general del consejo nacional de educación; en este marco, se funda la escuela normal para preceptores de indígenas con la finalidad de enseñar a los niños y jóvenes autóctonos la lecto escritura en castellano y algunos oficios manuales y técnicos, enfatizando su fortaleza física, la cual había que explotarla al máximo, volverla ágil y vivaz, como se indica en el libro. 13

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En menester precisar, sin embargo, que dicha educación indigenal tiene como precedente ineludible a las escuelas indigenales que se desarrollaron en la región altiplánica del país cuando se encontraba en plena vigencia el régimen de la hacienda republicana, desde finales del Siglo XIX hasta las primeras décadas del Siglo XX. Esta fase es tipificada como de una progresiva expansión del latifundio y, en contrapartida, de resistencia indígena a la expoliación de la tierra– territorio, y de lucha por la ciudadanía mediante el acceso a la educación5.

Este es un ejemplo de cómo el Estado, mediante sus políticas educativas, logra cooptar y adueñarse de las propuestas de los grupos subalternizados, en este caso específico del movimiento indígena aimara, para extraerle su contenido político y otorgarle un propósito educativo aparentemente benévolo. Porque, en rigor, las escuelas indigenales se gestaron y desarrollaron en la clandestinidad y sus objetivos trascendieron lo meramente pedagógico; al formalizarse, vía políticas educativas, el Estado le dio incluso los denominativos de “ambulantes y permanentes” para la enseñanza del alfabeto para la castellanización y, de ese modo, conseguir la asimilación e incorporación de los indígenas a la vida nacional.

La experiencia pedagógica de la “Escuela Ayllu de Warisata”, que se implementó desde 1931 hasta 1940, hay que entenderlo en este contexto socio político. Warisata “surge de la confluencia de intereses de un maestro criollo mestizo [...], quién estaba imbuido de ideales contrarios al gamonalismo y la opresión feudal, y de [un] cacique y educador aimara [...] quien desde 1917 había luchado por la educación de su pueblo [...] desde el ámbito de las escuelas clandestinas, y posteriormente también desde las escuelas indigenales permanentes”6. 5 6

Machaca, Guido. 2013. La Participación social en la educación en Bolivia en el contexto de la implementación de la EIB. Cochabamba: FUNPROEIB Andes. López, Carmen. 2005. “Los Consejos Educativos de Pueblos Originarios de Bolivia: su rol y participación en la vigilancia y control social de la educación”. En López Luis Enrique y Regalsky Pablo (editores). Movimientos indígenas y Estado en Bolivia. La Paz: PROEIB Andes, CENDA y Plural.

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El Estado feudal y las élites económicas y políticas de ese entonces no podían aceptar y tolerar un tipo de educación que pusiera en riesgo su permanencia como régimen y los privilegios de los que gozaban los latifundistas. Por ello hicieron todo lo posible para que la experiencia pedagógica no avance más. La oposición de los latifundistas de la comunidad y de la región, desde un inicio, fue la causa principal para que la “Escuela Ayllu de Warisata” sucumbiera luego de casi una década de desarrollo. Esta experiencia pedagógica, por tanto, desde que se gestó estaba destinada a morir. Otro hito histórico relevante fue la promulgación del Código de la Educación Boliviana en enero de 1955, como se explicita en el libro. Fue promulgado como resultado de una gran insurgencia social por el Movimiento Nacionalista Revolucionario. Esta reforma educativa es el correlato de la Nacionalización de las Minas, la Reforma Agraria y el Voto Universal que el gobierno de entonces dictó para mantenerse en el poder. El pecado capital del código fue dividir la educación regular en urbano y campesino, pese a proclamar la educación única.

A través de este instrumento educativo legal, nuevamente el Estado, desde arriba hacia abajo y en contexto del nacionalismo revolucionario, asume decisiones de carácter étnico cultural porque a los “indígenas” les denomina “campesinos”; pretende aniquilar las identidades étnico culturales; e impone la instrucción básica en castellano. En definitiva, pretende construir un Estado nación mestizo.

En la parte final del periodo que contempla el libro, otro hito importante en la historia de la educación boliviana es, sin duda, la promulgación de la Ley 1565 de Reforma Educativa de 1994. Esta disposición legal corresponde al periodo neoliberal que se inició en el país, en 1985, con la dictación del Decreto Supremo 21060 en el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada. De manera complementaria a esta ley, como parte de la política neoliberal, se implementaron la Ley 1551 de Participación Popular y la Ley de Capitalización. Estas tres medidas 15

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fueron tipificadas por varios dirigentes indígenas y populares como las “leyes malditas”.

La Ley 1565, de manera sucinta, propone el enfoque de la educación intercultural y la modalidad bilingüe para el sistema educativo, la formación docente mediante un diseño curricular base y la participación de los padres de familia en la gestión institucional y pedagógica. Dos componentes sustantivos de esta ley son la educación intercultural bilingüe y la participación social en la educación; propuestas que fueron construidas por el movimiento indígena, desde los años ochenta, e introducidas a dicha ley por el influjo de las organizaciones indígenas.

En este caso, de manera contraria a las otras disposiciones legales comentadas (liberal y nacionalista), estas dos propuestas fueron consagradas como políticas públicas pero su itinerario fue de abajo hacia arriba. Es decir, a los hacedores de políticas públicas educativas no les quedó más que aceptar e incluir en la Ley 1565 porque el origen de su gestación se remonta a las escuelas indigenales y, obviamente, a la “Escuela Ayllu Warisata”; pasando por otros hitos históricos como las propuestas de la Confederación de Maestros de la Educación Rural de Bolivia, la Central Obrera Boliviana y la Confederación Sindical Unica de Trabajadores Campesinos de Bolivia; además, de los resultados del Proyecto de Educación Intercultural Bilingüe, entre otros.

Como se ha podido constatar, el libro Políticas educativas en Bolivia durante el Siglo XX de Greby Rioja Montaño nos permite realizar este tipo de reflexiones pedagógico políticas, porque nos proporciona información detallada, que no se pueden encontrar en otros estudios, acerca de los hechos históricos de la educación boliviana desde una perspectiva histórica, legal y jurídica.

Hay que leerlo también, este importante aporte, como un libro resultado de una investigación documental exploratoria que da luces y sugerencias para otros estudios pedagógicos e históricos de la educación 16

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boliviana y de las políticas públicas educativas. Contiene detalles jurídicos ilustrativos que no sólo te amplían la información, sino que también te interpelan y desafían para seguir escudriñando nuestra historia educativa nacional para que, sobre ese fundamento, podamos mostrar y continuar con la construcción de nuevos derroteros socioeducativos pero, esta vez, también desde una perspectiva de la subalternidad; es decir, desde y con los sujetos que durante el Siglo XX fueron simples destinatarios de las políticas educativas.

Guido C. Machaca Benito Director Ejecutivo FUNPROEIB Andes Cochabamba, junio de 2016

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POLÍTICAS EDUCATIVAS DE 1901 A 1930 Bolivia había entrado en una profunda crisis política y económica que derivó de la debacle de los Gobiernos conservadores, declinaron los partidos políticos tradicionales y surgieron nuevos de la post guerra del Chaco. Entre los tradicionales, se encontraba al Partido Liberal, que gobernó a Bolivia desde 1900 a 1920 y el Partido Republicano, que obtuvo el poder mediante golpe de Estado, fraccionándose tiempo después y dando paso al nacimiento del Partido Obrero Revolucionario creado en 1935 en Argentina, la Unión Republicana Socialista en 1936, la Falange Socialista Boliviana fundada en Chile durante 1937, el Partido de Izquierda Revolucionario en 1940 y el Movimiento Nacionalista Revolucionario organizado en 1941.

En gran parte de ese siglo, el sistema político fue restrictivo y excluyente, solo estaba permitido el sufragio a las personas que sabían leer y escribir y a quienes tenían una ganancia de 200 pesos por año. La ideología dominante estaba basada en un modelo racista y aristocrático, bajo un sistema económico oligárquico, que concluyó con la revolución del 9 de abril de 1952.

La Convención Nacional de Oruro en 1899 proclamó presidente al Gral. José Manuel Pando Solares, importante protagonista de la Guerra Federal. Estudió medicina y prosiguió luego la carrera militar, combatió a Melgarejo y resultó herido en la batalla del Alto de la Alianza, más tarde paso al Partido Republicano. El liberalismo se había aprovechado hábilmente del conflicto federal y de la inocencia con la cual los indios habían apoyado su causa. 19

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La nueva gestión gubernamental apoyó su confianza en don Samuel Oropeza como ministro de Instrucción Pública, quien se planteó dos tareas urgentes, la primera de ellas tuvo que ver con la reorganización de la educación como máxima responsabilidad del Estado, mientras que la segunda era la reinserción del Método Gradual Concéntrico expresado por las circulares del 31 de enero y 6 de mayo 1900.7 Ley de 25 de enero de 1900 – De algunas modificaciones a la ley del 12 de diciembre de 18828

“JOSE MANUEL PANDO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto la Convención Nacional ha sancionado la siguiente ley: DECRETA: Art. 2º.- Substituirá la instrucción subvencionada por el Estado en todos sus grados, en concurrencia con la de empresas particulares. Sin embargo, el Poder Ejecutivo podrá suspender la construcción oficial en las ciudades donde la enseñanza libre satisfaga el servicio de este ramo. Art. 3º.- Todo establecimiento de instrucción, en cualquiera de sus grados, oficial, libre, civil o eclesiástico, especial o general, está sometido a las leyes o decretos que dictaren los poderes Legislativo y Ejecutivo, tanto en lo científico como en lo disciplinario y económico”.

El Estado trato que la instrucción, cualquiera sea su estatus (oficial, libre, civil o eclesiástico, especial o general) pase a dependencia, para ello, se estableció sanciones para quienes incumplían dichos artículos, con la clausura de los establecimientos y suspensiones temporales de 7 8

El método fue poco comprendido por el sector docente que terminó rechazándola. Se respetó la ortografía original en todos los artículos extractados de la legislación.

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profesor o impidiendo a los estudiantes obtener el grado académico respectivo, que les habilitaba con la continuación de sus estudios.

Se intentó, normar la profesión docente mediante el Decreto Supremo de 28 de julio de 1900, que establecía los exámenes de oposición, declarando vacantes las cátedras y abierto el término de inscripciones. El Decreto Supremo 6 de septiembre de 1901 declaró vacantes las cátedras de instrucción facultativa, secundaria y preparatoria y finalmente el Decreto Supremo de 30 de mayo de 1902 determinó el procedimiento que debe observarse para el nombramiento de profesores interinos.

La Ley del 21 de septiembre de 1901 instruyó a las municipalidades que debían llevar cuentas separada de los fondos de instrucción, que no podían ser utilizados en otros servicios. Para 1902 el denominativo del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública, cambió por el de Ministerio de Fomento e Instrucción, siendo el responsable de la cartera don Andrés S. Muñoz, quien enfrentaría fuertes polémicas con las universidades. Ley de 21 de septiembre de 1901 “JOSE MANUEL PANDO Presidente Constitucional de la Republica Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Art.1º.- Las municipalidades llevarán cuenta separada de los fondos de instrucción, conforme a presupuesto especial y distinto del presupuesto de los demás servicios. Art. 2º.- Los fondos de instrucción, manejados por las municipalidades, no pueden aplicarse sino a este ramo. El tribunal de Cuentas, abrirá cargo a las municipalidades que hubiesen distraído en otros servicios, los fondos de instrucción.

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Art. 3º.- No es prohibido dotar subvenciones de fondos municipales, para aplicarlos al servicio de instrucción primaria.”

Al finalizar 1903, fue nombrado como ministro de Instrucción un reconocido letrado, docente y administrador educativo, don Juan Misael Saracho, y con este se dio uno de los momentos más progresista de la educación, hasta entonces en Bolivia. Saracho fue colaborador del también reconocido Modesto Omiste9 quien efectuó importantes experiencias educativas en Potosí, ajustes pedagógicos, cambios en el material de estudio, mejoro los textos escolares y realizo actualizaciones curriculares.

Concluido el mandato presidencial de Pando, puso en carrera electoral a don Ismael Montes por el partido Liberal, a don Lucio Pérez Velasco por una fracción disidente del liberalismo y a don Luís Paz, por el Partido Conservador Puritano, resultando ganador el primero.

Ismael Montes, militar con grado de general resultado de su actuación en la Guerra del Pacifico y del Acre, fue además, doctor en leyes y catedrático universitario, que llegó a ocupar el Ministerio de Guerra del presidente Pando. Su prestigio personal le permitió asumir la presidencia en 1904, a su disciplinada forma de administrar el Estado, se sumó con éxito los importantes recursos económicos que, de modo extraordinario, llegaron al tesoro nacional, fruto del auge de la goma y el estaño.

Ante el manejo indistinto de los términos maestro, profesor y preceptor, y en la intención que se dé un uso adecuado a los mismos y salvaguardar el carácter prestigioso del título de profesor, el Ministerio de Justicia e Instrucción envió una Circular en febrero de 1904, a los rectores de la universidades, responsables de la supervisión de la educación a través de los consejos universitarios, en las que especificaba, clara e inteligiblemente, el uso adecuado de cada uno de ellos. 9

Omiste fue pedagogo, periodista, abogado, historiador, y político

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Circular de 1º de febrero de 1904 “Ministerio de Justicia e Instrucción La Paz, 1º de febrero de 1904 Circular Nº 162 Al señor Rector de la Universidad de… Señor: En las comunicaciones oficiales que recibe este Ministerio se nota una confusión de los términos usuales de profesor y preceptor, que son aplicados indistintamente para designar a las personas que se consagran a la educación secundaria, primaria o de especialidades. Conviene fijar dichos términos. Profesores son los que se dedican a la enseñanza en las universidades o en los institutos secundarios o especiales conforme a los títulos que expide el gobierno. Preceptores o Institutores son propiamente los de instrucción primaria, en todos sus grados. En cuanto a los ambulantes, de reciente creación, se les puede conservar el título de Maestros, con el que ya son conocidos en el territorio de la Republica. Sin pretender que estas definiciones sean absolutas y precisas y solo por introducir algún orden en los términos que frecuentemente se emplean en instrucción pública, y, además, para que no se abuse del título de profesor, que merece conservarse con cierto prestigio, me permito recomendar a usted las indicaciones anotadas, suscribiéndome como su atento. Servidor (Firma) Daniel S. Bustamante.” 23

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El 6 de junio de 1904 en la gestión del ministro Juan M. Saracho, se estableció por decreto supremo, el Reglamento de concesión de becas gratuitas en establecimientos oficiales o de empresas privadas con financiamiento del Estado, que debía entrar en vigencia a partir de 1905. Este establecía tres becas para los cursos de derecho, tres para los de medicina y seis para la enseñanza secundaria y estaban destinadas a estudiantes que demostrasen moralidad, pobreza e inteligencia, mediante un certificado del consejo de profesores y expedido por el director del establecimiento, además del examen respectivo. Decreto Supremo de 6 de junio de 1904 “Art. 3º.- las becas gratuitas serán entregadas a los estudiantes de moralidad, pobreza e inteligencia comprobadas. La moralidad y la pobreza se comprobaran con el certificado del respectivo consejo de profesores, expedido por el director del establecimiento; la inteligencia o aptitud con el certificado de último examen, que acredite, precisamente, que el alumno solicitante de beca ha merecido calificación honorífica. Quedan suprimidos los exámenes de oposición a becas gratitas. Los certificados de moralidad y pobreza se concederán en votación secreta y por mayoría de votos.”

La beca era permanente mientras el estudiante mantenía un nivel académico “honorífico”, y perdía su condición de becario cuando salía de esta calificación o si era sancionado con expulsión temporal o permanente, producto de no haber rendido algún examen sin justificación. De suceder esto, el padre, tutor o encargado del estudiante, debía devolver el valor total de los gastos realizados por el Estado, si este fuera menor de edad y no tuviera padres, tutores o responsables, sería recogido por la policía y entregado a un taller o casa trabajo. 24

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De igual modo el decreto establecía gratuidad para uno de cada tres hermanos que se encontrasen estudiando, y extraordinariamente para los hijos cuyos padres hubiesen realizado importantes servicios a la patria, se encuentren en situación de pobreza y/o demuestren moralidad. El Ministerio de Instrucción Pública puso en vigencia en febrero de 1905 el Plan General de Estudios y de Organización de la Instrucción Primaria10 reconocido fundamentalmente por ser uno de los proyectos más serios que intentó la organización elemental de la escuela básica. El plan estableció la división de la enseñanza en tres ciclos; infantil (5 a 7 años), elemental o completa (de 7 a 10 años) y superior (de 10 a 13 años), se incorporó, por vez primera, las asignaturas de música, gimnasia y teneduría de libros, como obligatorias, además de otras complementaciones. Saracho derogó la reforma de la enseñanza secundaria y aprobó uno nuevo, en base a los modelos de los colegios chilenos y argentinos.

El 10 de marzo de 1905, se fundó la Escuela Práctica de Minería por iniciativa del ingeniero peruano A. Umlauff, que permitió crear recursos humanos capacitados en las labores mineras y metálicas. Se organizaba en una sección preparatoria y dos años de estudio. Tras dos gestiones de funcionamiento, no existieron interesados, debiendo ser estructurado, para 1910 se organizó en preparatoria y especial, y en 1917 tuvo dos preparatorios y 3 especiales, y se otorgaba el título de Técnico de Minas. Más tarde, don Ramiro Velasco se hizo cargo de la dirección.

En 1905, el presidente Ismael Montes conformó una comisión de estudios y envió a don Daniel Sánchez Bustamante, como jefe, y a don Felipe Segundo Guzmán11, como secretario, (ambos intelectuales y altos 10 11

A decir de Enrique Finot (s/d), este plan fue inspirado en los planteamientos de los educadores norteamericanos Calkins, Harrison, Kiddle, Wikersan y Sheldon. Segundo Guzmán; fue abogado y periodista, fue inspector de enseñanza, rector de distrito escolar y director de la normal de preceptores indígenas.

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funcionarios del Ministerio de Educación) a países de Europa, además de Chile y Argentina, con la misión de estudiar sus sistemas educativos y contratar docentes para las escuelas normales y la educación media12. Esas misiones se repitieron por varios años.

Juan Misael Saracho, también viajó a Estados Unidos, con el mismo objeto y trajo al país, el modelo de las escuelas ambulantes. Éstas, consistían en la contratación de maestros ambulantes que debía recorrer las diferentes comunidades indígenas y enseñarles las primeras letras, lectura, escritura, doctrina cristiana, nociones de geografía, de constitución boliviana y de cantidades. Este mismo año, el Gobierno, nuevamente, llevó adelante un plan de becas de estudio para la Escuela Normal de Santiago de Chile de la República de Chile (Decreto del 9 de febrero de 1905) que benefició cerca de una decena de mujeres, que fueron despedidas en acto especial en la ciudad de Oruro. Posteriormente, el plan de becas se expande a otras áreas de conocimiento y en 1907 salió el segundo grupo de becarios.

Primer grupo estuvo conformado por; María Gutiérrez, María Orihuela, Elena Smith, Elodia Baldivia, Ernestina Aliaga, Arminda Salmon, Raquel Céspedes y Raquel Gastelu. El segundo grupo lo integraron; Lola Noya, Carmen Acebey, Serafina Urquizo, Zoila Pizarro, Ana Rosa Orihuela, Ernestina Zuazo, Rosa Bedregal, Ofelia Quintela, Francisca Ramos, Corsino Rodrigues, Román Retamoso, Emilio Finot, Samuel Centeno, Emilio Villanueva. Humberto Asin, Daniel Bilbao Rioja, Emilio Lara, José Prudencio entre otros (Suárez, 1936, p 222).

En diciembre de 1905, el Congreso Nacional, decretó la otorgación de una recompensa económica a toda persona que instituya, por cuenta propia, una escuela elemental en centros poblados por indígenas, siendo sus profesores, beneficiados con una jubilación. 12

Una de esas es precisamente la del Dr. Belga Georges Rouma.

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Ley de 11 de diciembre de 1905 “El Congreso Nacional DECRETA: Art. 1º.- Todo individuo que hubiere establecido de su cuenta particular una escuela de primeras letras en centros poblados por indígenas o lugares apartados de las capitales de cantón y vicecantón, tendrán derecho a una recompensa pecuniaria anual de veinte bolivianos por cada alumno, de cualquier sexo, que llegare a saber leer, escribir, las cuatro operaciones de aritmética, la doctrina cristiana y hablar el español. Art. 2º.- Estos preceptores tendrán derecho, además, a la jubilación en conformidad con las leyes vigentes”.

La ley de 19 de diciembre de ese mismo año, estableció oficialmente los feriados nacionales, de todos los años, en la administración pública y la organización judicial, extensibles a la instrucción; los cuales eran:

• Los domingos del año • 1º de enero • Lunes, martes y miércoles de carnaval • Los tres últimos días de semana santa, corpus christi, la Inmaculada Concepción • 1º y 2º de noviembre • 6 de agosto

En este marco, se aprobó el Decreto Supremo de 3 de febrero de 1906, que instruía el pago, por las horas de trabajo, a los profesores, consistentes en tres bolivianos por hora de trabajo para profesores de las facultades de derecho y medicina y dos bolivianos con cincuenta centavos por hora de trabajo de profesores de segunda enseñanza. En caso de vacaciones o licencias este se reduce a la mitad e incluso a la tercera parte dependiendo el tiempo de éstas últimas. Dispuso que la 27

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remuneración a los profesores se realice de acuerdo a horas útiles empleadas, es decir a horas reales trabajadas, siendo que los profesores de las facultades oficiales de derecho y de medicina, percibían mejores ingresos que los profesores de segunda y primera enseñanza. Establecía que solo se percibiría la mitad, cuando sucedían faltas sin licencia y en vacaciones. Se registró a los profesores, reglamentó su jubilación, crearon varias instituciones de formaciones primarias (permanentes y ambulantes), superior, y se intentó organizar la instrucción primaria.

El Gobierno asumió que el profesorado se constituía una carrera pública, que requería formalizarse y ser registrado por el Estado, lo que motivó que el 2 de abril de 1906, mediante decreto supremo, se establezca los requisitos para inscribirse en el “Libro de Matrícula Nacional de Profesores”, para todas aquellas personas que querían dedicarse a la enseñanza oficial en cualquiera de las profesiones, asignaturas y grados reconocidos por las leyes y reglamentos de la materia. Para ello los requisitos establecidos eran: 1. Licencia concedida por el Consejo Universitario, mediante la aprobación de un examen de competencia.

2. Título legalizado o legal de maestro normal.

3. Licencia concedida por el Ministerio de Instrucción mediante certificados que acreditasen ejercicio profesional por más de cinco años.

Quienes deseaban jubilarse, debían, necesariamente, tener certificado de matrícula y quienes cometan faltas graves y probadas, serían borrados de la matrícula nacional

El Decreto Supremo de 15 de mayo de 1906 concedía premios a los que se “consagren” a la educación de los indígenas (bajo los criterios del reglamentó la ley de 11 de diciembre de 1905); 28

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Decreto Supremo de 15 de mayo de 1906 “Art. 1º.- Todo individuo que hubiere establecido de su cuenta particular una escuela de primeras letras en centros poblados por indígenas o lugares apartados de las capitales de cantón y vicecantón, tendrán derecho a una recompensa pecuniaria anual de veinte bolivianos por cada alumno, de cualquier sexo, que llegare a saber leer, escribir, las cuatro operaciones de aritmética, la doctrina cristiana y hablar el español.13

Para ello, el acreedor al premio debía hacer la solicitud respectiva al rectorado de la universidad del distrito, con todos los requisitos necesarios, para luego ser evaluados por la comisión que designaba el propio rector de la universidad, los cuales debían verificar el aprendizaje de los indígenas. El decreto planteaba el reconocimiento al esfuerzo con la acreditación de títulos. Decreto Supremo de 15 de mayo de 1906 Art. 5º.- Los preceptores que realicen esta enseñanza por más de un año y reúnan el número mínimo de diez alumnos indígenas, de cualquier edad y sexo, tienen derecho a solicitar y obtener del Ministerio de Instrucción el reconocimiento y título de preceptores y el material escolar más indispensable para la enseñanza. Art. 9º.- El premio establecido por este decreto se concederá por cada año de enseñanza, fijándose en el máximum de tres años el tiempo que debe durar dicha enseñanza para cada alumno y considerándose a estos como pertenecientes a escuelas rurales.

Instituía multas monetarias para quienes pretendían engañar al Estado presentando a estudiantes no indígenas o certificaciones falsas, e 13

Los primeros artículos de la ley de 11 de diciembre de 1905 y del Decreto Supremo de 15 de marzo de 1906 son exactamente iguales.

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impulsaba premios en libros, por un valor equivalente de cinco a diez bolivianos, a los alumnos aprobados. Un parámetro de evaluación para los acreedores de esta ley se basaba precisamente en el mayor y mejor aprendizaje posible del idioma español, característica que fue común durante el liberalismo, al igual que sus constantes intentos de reproducir modelos educativos externos.

El Decreto Supremo de junio de 1906, se constituyó en un decreto histórico, pues éste, reconoce la imposibilidad de los jóvenes, de costearse sus pensiones y material escolar (libros y textos de estudio) y declaró la gratuidad de la instrucción pública. Decreto Supremo de 4 de junio de 1906 “Art. 1º Declárase gratuita la instrucción pública, quedando en consecuencia, suprimidas las pensiones escolares desde el próximo año de 1907, en todos los grados y establecimientos de instrucción oficial.”

Todo estudiante de educación secundaria o especial y facultativa de establecimiento estatal, debía cancelar simplemente su matrícula o inscripción respectiva, quedando exentos de este pago, a quienes correspondía la instrucción primaria. Estas disposiciones, no comprendían a los grados universitarios (licencias y diplomas prescritos por ley).

Con la intención de reglar el funcionamiento de los establecimientos educativos, fijando el tiempo de duración, condiciones de la inscripción y los exámenes, surgió el Decreto Supremo de 6 de octubre de 1906, que instauró el año escolar en 10 meses útiles de estudio, reconociendo dos meses de vacaciones; del 1 de noviembre al 3 de enero, siendo este el primer día de clases. La segunda quincena del mes de diciembre de cada año debía procederse a la inscripción personal de los interesados en el área urbana, mientras que en el área rural, se la podía “hacer en cualquier tiempo”, pero quedando estos en calidad de oyentes. 30

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Los contrastes cualitativos de las escuelas rurales y urbanas eran claramente diferenciables entre instituciones citadinas y las populares u obreras, en ese período las visitas de delegaciones extranjeras se hicieron habituales y en muchos casos se convirtieron en asesores de los institutos de formación docente y militar, mientras que, comisiones nacionales solían visitar con frecuencia países vecinos y europeos para tomar modelos educativos. En ese año, la señora Elena Schneider14 fundó en La Paz el primer Liceo de Señoritas en Bolivia, que hasta entonces solo existían escasos centros de educación primaria cuyo plan de instrucción comprendía el rezo, introducción a la lectura, introducción a la escritura, introducción a la aritmética, higiene doméstica, economía, puericultura y cultura física.

En septiembre de 1907 en La Paz, entró en funcionamiento el Conservatorio Nacional de Música, siendo su primer director el artista Peruano don David H. Molina, quien tenía a su esposa, Francisca de Molina, como su estrecha colaboradora, posteriormente fue remplazado por la Austriaca doña Maluchska en 1912 y en 1924 por el joven italiano Pietro Bruno, años más tarde por el don Gonzáles y posteriormente por don Manuel Sagarnaga. Les respaldaban un sub director-regente, siete profesores y un auxiliar de solfeo y teoría musical, piano y violín en nivel superior y superior medio, de violoncelo y contrabajo e instrumentos de viento.

Para noviembre, se inauguró, en la ciudad de La Paz, el Instituto Nacional de Veterinaria, bajo la dirección del ciudadano italiano, José Torreggiani y se autorizó en Cochabamba, la apertura del Instituto de Ingles Mercantil.

Después de un laborioso trabajo, don Juan Misael Saracho abandonó las funciones del ministerio, para dejarlas en manos de otro destacado y notable intelectual, don Daniel Sánchez Bustamante (seguramente 14

Fue una de la Estudiantes becadas a Chile por el Gobierno

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entonces, el mayor conocedor de modelos educativos del mundo). Según Saracho, en su memoria presentada al congreso, Bolivia tenía, en 1908, registrados 11.650 alumnos (Finot Enrique, s/d), El 28 de diciembre de ese año, el nuevo ministro Daniel Sánchez Bustamante promulga el decreto del “Plan General de Enseñanza”, también conocido como Estatuto Sánchez Bustamante, que asientan los criterios en las cuales deben sujetarse profesores y alumnos.

El plan proyectaba la transformación de los denominados colegios primarios en escuelas modelos, en las que el Gobierno podrá innovar con los distintos métodos pedagógicos y formar el preceptorado nacional bajo la dirección de pedagogos profesionales.

Se establecieron los seis años como edad de ingreso a la escolaridad principalmente para preparar a los estudiantes, mientras que, para los colegios secundarios los 11 años cumplidos. Decreto Supremo de 28 de diciembre de 1908 “Art.2 º.- La edad escolar comienza a los seis años, debiendo los alumnos permanecer el primer año sin efectuar trabajos intelectuales, entretenidos en recreaciones y conversaciones sobre temas objetivos y familiares con los maestros, a fin de preparar meramente la atención, la reflexión y la disciplina de los niños”.

El Estatuto Sánchez Bustamante, nombro y separo, de modo categórico, la escuela primaria que, a su vez, se subdividida en tres secciones (primaria, medio y superior), y los colegios secundarios. Decreto Supremo de 28 de diciembre de 1908 “Art. 3º.- Fuera de ese grado infantil, la escuela primaria constará de cursos o años, arreglados en tres secciones “inferior, medio y superior”, cada uno de los cuales constara de dos años.

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Art. 4º.- Para ingresar al primer año de los colegios secundarios, se requerirá haber cursado, con buenas notas, las secciones inferior y media de la escuela primaria. La sección superior se arreglará de modo que en ella continúen sus estudios los niños que no ingresarán a la secundaria y se proponen simplemente completar sus conocimientos elementales para ingresar a la vida práctica o ascender a las escuelas de comercio, agricultura, minas, etc.”

En cuanto a las horas de trabajo pedagógico con los niños, la normativa establecía:

Las materias de enseñanza obligatoria en la secundaria eran; Idioma nacional, cálculo y matemáticas, historia, geografía, historia natural, física, química y mineralogía, lecturas morales y filosofía, francés, inglés, dibujos y caligrafía, juegos escolares y gimnasia. Las materias facultativas o voluntarias eran; trabajos manuales, música y canto, e instrucción religiosa.

Respecto a la provisión de cátedras, especificaba que en caso de ser necesario (carencia de normalistas titulados) se contrataría profesores en calidad de interinos; quienes llevaban cinco años continuos de profesores 33

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eran declarados titulares. Se categorizaba, además, a los profesores en auxiliares y titulares, siendo los primeros quienes suplían o colaboraban a los segundos, los cuales eran los directos responsables de los estudios.

Los profesores auxiliares podían ser nombrados titulares solo si vencían con éxito dos pruebas de competencias, la teórica sobre la materia o materias que se proponía enseñar, es decir la pedagogía, la metodología y la historia de la pedagogía, y la segunda de tipo práctica, que consistía en dar una clase frente a estudiantes de primer o segundo año y un tribunal examinador sobre un tema designado con 48 horas de anticipación. Los profesores titulados en el país o en el extranjero, que demostraban su grado académico mediante la certificación correspondiente, podía ser nombrados auxiliares o titulares, con, no más, requisito que su moralidad, para todos los casos el Estatuto preveía el monto respectivo de sus salarios, incluidos sus incrementos (gratificación), por cada cinco años de enseñanza continua. El decreto separa materias denominadas de “mayores trabajos intelectuales” y las “menos difíciles”, a fin de ubicar en horarios especiales cada una de estas. Decreto Supremo de 28 de diciembre de 1908 “Art.26 º.- Los directores de institutos primarios y secundarios procurarán que las materias de estudio que demanda mayor suma de trabajo intelectual, como el idioma nacional, las matemáticas, las ciencias físicas y los idiomas extranjeros, serán tratados en las horas matinales, dejando para después del medio día las menos difíciles como la historia, la geografía, las ciencias naturales y los ramos técnicos, como el dibujo, el canto, la gimnasia, etc.”

Se estableció los horarios de estudio: un período máximo de cincuenta minutos continuos de clases, de diez a 15 minutos de repaso 34

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extra, de ser necesarios, otros diez a 15 minutos de descanso, al igual que se coordinó el trabajo con los padres de familia para destinar por lo menos una hora diaria de trabajo del niño en su hogar. Decreto Supremo de 28 de diciembre de 1908 “Art.27 º.- Las clases no podrán durar más de cincuenta minutos y serán seguidas por recreaciones de diez a quince minutos”. Art.28 º.- Cada clase, si la naturaleza de la materia lo requiere, será precedida de un repaso o estudio mnemotécnico de diez a quince minutos bajo la dirección del profesor del mismo ramo, quedando, por consiguiente excluidas las horas de estudio en la clase general. Los profesores procuraran por una parte, que los niños consulten los textos y trabajen sus deberes escolares, por lo menos durante una hora diaria en sus casas, poniéndose, para ello, de acuerdo, con los padres de familia; y por otra que la enseñanza se desprenda de su carácter mnemónico y permita el cambio constante de ideas (método socrático y catequístico) entre el profesor y los discípulos sin excluir el método expositivo cuando la naturaleza del asunto y la edad de los alumnos lo permita. Igualmente se procurará que los niños al fin de cada clase, apunten el contenido nuevo de ella, en cuadernos adecuados al caso”.

Se ratificó el 3 de enero como fecha de inicio de clases y la conclusión del mismo para el primero de noviembre, estableciendo la vacación de 8 días en la semana quincuagésima, 12 días desde el domingo de ramos hasta el jueves de pascua de resurrección; diez días desde el primero hasta el diez de agosto y las denominadas “grandes” vacaciones entre los meses de noviembre y diciembre. 35

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Los exámenes sean libres u oficiales, no podían comenzar antes del 25 de octubre ni después del cinco de noviembre. Se otorgaba la libertad de uso de textos siempre que estos hubiesen sido aprobados por los consejos universitarios y el Ministerio de Instrucción Pública.

El Gobierno (como todos los Gobiernos liberales), fue complaciente con las instituciones privadas, tal es así que el artículo número nueve establecía: Decreto Supremo de 28 de diciembre de 1908 Art. 9º.- Los colegios de instrucción secundaria particulares o del estado se sujetarán al plan de estudios y programas...No obstante, si algún colegio libre expusiese fundada representación ante el ministerio de instrucción, pidiendo desarrollar un programa propio que no salga de las líneas fundamentales del oficial, el Gobierno, atenderá la solicitud aplicando el principio constitucional de libertad de enseñanza, y cuidando de garantizar la equivalencia de estudios anuales, para pasar de un colegio a otro, o para obtener el título de bachiller.

Fue durante este año que con materiales didácticos y libros adquiridos en Europa y Estados Unidos, se fundó en La Paz la Biblioteca y el Museo Pedagógico, los cuales pretendieron se constituyan en centros de complementación pedagógica, pero que no pasaron de ser instituciones temporales que terminaron por cerrar luego de diez años de irregular funcionamiento y sus bienes fueron distribuidos a algunas escuelas del departamento.

El 2 de febrero de 1909 se promulgó la Orden Suprema a través de la circular Nº 164, la cual realizaba aclaraciones respecto a las cátedras de enseñanza, horas semanales de trabajo, gratificaciones y libertad del uso de textos, siempre y cuando estos fueran debidamente aprobados por el Ministerio de Instrucción. El decreto esclarecía que se reconocía la 36

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libertad de textos usados por los profesores, pero que los mismos debían ser presentados previamente al ministerio para su aprobación, “no para su restricción sino para su registro”, recomendando que se usen los propuestos por el Ministerio, para que acompañen metodológicamente. Decreto de 2 de febrero de 1909 “II.- Los profesores de trabajos manuales, música, instrucción religiosa e idiomas extranjeros, serán pagados (o contratados en el extranjero) en proporción a su trabajo, debiendo determinarse con motivo de cada nombramiento o contrato la dotación que perciban.”

Entonces se había vuelto habitual la contratación de profesores extranjeros, pero, fue recién, en el decreto del 2 de febrero, que se autorizó oficialmente, la contratación de maestros no bolivianos para el país.

Con la intención de especificar estas disposiciones, se publica el Decreto Supremo de 15 de febrero del mismo año, que dispuso medidas concernientes a los exámenes de competencia. La puntualización se refería principalmente a: a) La prueba teórica será oral y constará de dos partes; la primera tratará de dos puntos tomados a la suerte, y la segunda de un tema seleccionado de la misma manera entre los temas especiales (pedagogía, metodología e historia de la pedagogía). La exposición de cada uno de los temas será de una duración máxima de 15 minutos y posteriormente se recibirán preguntas u observaciones del tribunal examinador, siendo la duración de la prueba de aproximadamente 60 a 70 minutos de acuerdo a juicio del presidente del tribunal.

b) La prueba práctica se realizará 48 horas después, solamente si el aspirante venció la prueba teórica, en ésta el aspirante dará una micro clase a los estudiantes de la escuela primaria respectiva sobre un tema fijado con anterioridad en la primera prueba por el tribunal y tendrá una duración que oscile entre los 40 y 50 minutos. 37

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c) Independientemente de las pruebas anteriores, el postulante enviará al tribunal, dos días antes de la prueba teórica, una memoria sobre un tema de enseñanza elegido por él en absoluta libertad. Esta memoria que debía además ser publicada por prensa, permitiría juzgar sobre la letra, ortografía, dicción, aptitudes caligráficas y la calidad de los conocimientos didácticos del autor. Las pruebas para profesores auxiliares de enseñanza secundaria y de los aspirantes a profesores titulares se basaban básicamente en los mismos criterios aunque con ciertas peculiaridades en cada una de ellas.

El 9 de febrero de 1909, se creó la Escuela Nacional de Agronomía y Veterinaria en la ciudad de La Paz y un año más tarde fue trasladada a Cochabamba, siendo también su primer director el ingeniero José Torreggiani. Contaba, con 8 profesores y su plan de estudios comprendía veterinaria, agronomía, policía rural, policía veterinaria y administración. En 1914, el Gobierno adquirió la “Finca la Violeta”, con 40 hectáreas y ubicada a 12 kilómetros de la ciudad (Tiquipaya), para que la escuela se establezca en ella, hecho que no se consolido.

Durante este periodo se hizo frecuente el asesoramiento pedagógico de misiones extranjeras a los responsables educativos del país, al mismo tiempo que se aumentaron las delegaciones de educadores bolivianos al exterior, a fin de estudiar sus sistemas educativos. Oficio de 16 de febrero de 1909 “Instrucción Pública.- Se comunica al señor Luís Trigo para estudiar la organización de las Escuelas de Artes y Oficios de Chile y el Perú. .....Está ya en su poder el título que le acredita Comisionado del Gobierno de Bolivia para estudiar la organización de las Escuelas de Artes y Oficios de Santiago de Chile y Lima para lo que se servirá tener en cuenta las siguientes indicaciones:

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1º.- En cada una de las capitales indicadas permanecerá usted hasta tres meses, tiempo que se considera suficiente para el desempeño de su importante comisión. 2º.- Estudiará atentamente los detalles de organización de esas escuelas, sus prospectos, reglamentos y todas las disposiciones legales de su referencia, que rigen en la actualidad. 3º.- Además del estudio teórico a que se refiere el artículo anterior, se informará del local en que funcionan, sus condiciones, útiles que se emplean, etc. Para formarse una idea más completa de todo eso, procurará obtener vistas fotográficas o grabados... (Firma) DANIEL S. BUSTAMANTE”

Dentro de los acontecimientos educativos más importantes de la educación en Bolivia y, sin duda, un sobresaliente trabajo realizado por el Ministerio de Instrucción; está la fundación de la primera Escuela Normal para la formación del profesorado, asentada en la ciudad de Sucre, que en principio, la fecha de apertura estuvo programado para el 25 de mayo (de 1909), en homenaje al primer grito de la independencia, pero fue postergado e inaugurado finalmente el 6 de junio.

El Director de la nueva “Escuela Normal”, fue George Rouma, pedagogo de 26 años, Doctor en Ciencias Sociales, profesor de la Escuela Normal de Institutores de Charleroi, autor de artículos científicos y discípulo de renombrados educadores europeos, tuvo entre sus primeros colaboradores en calidad de docentes (Suarez, 1936, p.234):

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15 16 17 18 19

De nacionalidad Belga. De nacionalidad chilena De nacionalidad chilena De nacionalidad chilena Formaron parte de un curso rápido de titulación puesto que ya poseían título de bachiller.

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Rouma había realizado estudios investigativos que fundamentaron la educación integral del estudiante (niño) boliviano, considerando su multidimencionalidad antropológica, biológica, psicológica, sociológica, etc. Sin embargo, estos avances pedagógicos no siempre fueron comprendidos por un sector conservador de la iglesia católica y algunos personajes, quienes se pusieron en contra de Rouma y de su perspectiva respecto de la educación, desconocida por supuesto hasta entonces en el país, tras un largo proceso de socialización de su propuesta pedagógica, el director belga salió airoso de ese desenlace.

El 15 de noviembre, se creó en base a un curso de comercio, la Escuela Nacional de Comercio en La Paz, que contó con profesores belgas, incluido su director, y se otorgaba el título de Técnico en Comercial con dos años de estudio, y con otros dos más el de Licenciado en Ciencias Comerciales, Ciencias Administrativas y Aduanera o Económicas, según la especialidad. En principio contó con 8 profesores, y para 1914 llegaron a 14.

Al concluir 1909, como resultado de un proceso electoral, asumió la presidencia de la República don Eliodoro Villazón, abogado de renombre y con la experiencia de la cosa pública, resultado de sus funciones en el Ministerio de Hacienda de Campero, la Cancillería durante la jefatura de Pando y la vicepresidencia de la gestión de Montes.

El nuevo presidente invitó al Ministerio de Relaciones Exteriores a Sánchez Bustamante, quien dejó el despacho de Instrucción a poco menos de un año, remplazándolo en sus funciones don Bautista Saavedra.

El Congreso Nacional, sancionó la Ley de Propiedad Intelectual, el 13 de noviembre de 1909, la cual comprende las obras científicas, artísticas y literarias. Ésta se ejerce por los autores, traductores, editores de obras inéditas, compiladores con autorización del autor, herederos, autores de mapas, planos, autores científicos, compositores de música, pintores, escultores, entre otros. Se reconoció la transmisión de la 41

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propiedad intelectual, a los herederos, por 30 años, y para todos los casos se establecería un registro de propiedad intelectual en el Ministerio de Instrucción, las obras publicadas deberían registrarse en un plazo máximo, caso contrario podría publicarse o reimprimirse por cualquier persona. En el caso de los autores, debían entregar un ejemplar firmado en la biblioteca pública, y los plagiadores serían sancionados con multas económicas según el grado de la falta cometida. La ley del 29 de noviembre, incorporó el 25 de diciembre como día de descanso (feriado), la “Navidad del Señor”, en las oficinas administrativas e instrucción pública.

En este contexto, se desarrolló la polémica entre los intelectuales Franz Tamayo (defensor indígena y respetable político) y Felipe Guzmán (secretario de Educación y años más tarde presidente interino de la República).

Tamayo defendía la creación y fortalecimiento de una pedagogía nacional que parta de las tradiciones ancestrales, basado en el carácter nacional, la fuerza y energía del indio, excluyendo toda influencia negativa (material) y revalorizando las virtudes de la raza. Planteaba una pedagogía asentada en la idiosincrasia del indígena, alejada de la simple instrucción y que despierte el carácter de la raza. Acuñó el término de “Bobarismo Pedagógico”, que resulta ser, la copia desvergonzada de lo ajeno, asumiéndolo y aparentando.

Fue severo en críticas, de tipo nacionalista, a las frecuentes misiones pedagógicas al exterior y la contratación de maestros, cuya realidad era diferente a la boliviana. En 55 artículos de prensa publicados en “El Diario”, que más tarde fueron aglutinados en la obra “Creación de la Pedagogía Nacional” en la que reivindicaba al indio, cuestionó y reprochó el traslado de modelos pedagógicos extranjeros al país, los cuales eran fomentados principalmente por Felipe Segundo Guzmán y Daniel Sánchez Bustamante, 42

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Felipe Segundo Guzmán, por su parte, manifestaba y respondía: “Seria, sencillamente, la prohibición absoluta del agua como medio de aseo, la inmovilidad física, la suciedad en todo, el aprendizaje de todas las novenas y letanías existentes, y si, para colmo, esa pedagogía se confecciona con arreglo a nuestras naturales tendencias y gustos, no os admires lector, nos veríamos en la precisión de fomentar el alcoholismo, la holgazanería, la envidia, el egoísmo, la mentira y, sobre todo, la maldad” (Guzmán Felipe 1910).

Para Segundo Guzmán, el problema pedagógico en Bolivia radicaba en la capacidad de proporcionar la mayor facilidad posible para adaptarse a una civilización adecuada a los tiempos que se vivían, (la europea). Guzmán que recorrió muchos países, conociendo experiencias pedagógicas, consideraba que lo lógico era precisamente tomar esos ejemplos por los resultados y sus avanzados conocimientos en las distintas ciencias, y consideraba que un indio en posesión de conocimientos modernos podría adquirir nuevos hábitos y vivir conscientemente para el rápido engrandecimiento de la nación, calificando de “necia” la propuesta de Tamayo, afirmando que lo único que lograría sería fomentar los vicios del indígena boliviano.

El Congreso Nacional mediante Ley el 24 de noviembre de 1910 reconocía como válidos los títulos profesionales de bolivianos que hubiesen sido obtenidos en el exterior, por lo que podrían trabajar en territorio boliviano haciendo legalizar el mismo en el ministerio respectivo. Los que no hubiesen concluido sus estudios en el extranjero podían continuar en universidades y colegios de la república, presentando los certificados correspondientes y rindiendo el examen correspondiente.

Al concluir 1910, el Dr. Rouma inició el curso complementario de señoritas, que más tarde se convirtió en el primer Liceo de Sucre, posteriormente, en Cochabamba, comenzó a funcionar un liceo administrado 43

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por la poetisa Dña. Adela Zamudio. Sin embargo, solamente una décima parte de las estudiantes que iniciaban sus estudios, llegaban a concluirlos. Para 1925, se registrarían los primeros casos de mujeres en escuelas de formación superior, normales y facultades de derecho y medicina.

El presidente Villazón lanzó el Decreto Supremo de 21 de marzo de 1911, estableciendo el Reglamento General de Exámenes, en el que se establecía el examen como requisito indispensable para el ascenso de grado u obtención de los grados universitarios o títulos profesionales, mientras que para acceder a éste, se debía haber cumplido a cabalidad los deberes escolares, y además de tomar en cuenta las siguientes faltas: • Si las faltas del alumno de instrucción primaria sobrepasan las cincuenta, (sean continuas o discontinua, con licenciadas o no) no tenía derecho a dar exámenes.

• Si las faltas del alumno de secundaria o especial sobrepasan las 30, (sean continuas o discontinua, con licenciadas o no) perdía el año.

• Si las faltas del alumno de Facultad sobrepasan las 40, (sean continuas o discontinua, con licenciadas o no) perdía el año.

• De igual modo, quienes tenían pésimas notas o recibían un mal informe del profesor, estos no podían presentarse a los exámenes, mientras que quienes obtuvieran “pésimo” o “malo” en tres o más materias, perdían el año.

Asimismo este decreto fija una serie acciones y cuidados a tomar en cuenta en el momento de estructurar los respectivos tribunales examinadores. La calificación para la evaluación establecida era: • 1 a 6 examen pésimo • 7 a 12 malo • 13 a 16 bueno • 17 a 20 honorífico • 21 sobresaliente

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Se reconocían dos tipos de bachillerato, en ciencias y letras, al que norman sus tribunales examinadores, al igual que de la licenciatura y el doctorado en derecho y ciencias sociales. Los reglamentos de febrero de 1904 y octubre de 1906 fueron derogados. Se organiza y reglamenta la Escuela Normal de Preceptores Indígenas en la ciudad de La Paz en 1911. Decreto Supremo de 8 de abril de 1911 “Art. 1º.- Organizase en la ciudad de La Paz, una “Escuela Normal de Preceptores de Indígenas” cuyo objeto, será formar por medio de procedimientos científicos, los maestros destinados a educar a la raza indígena, ya sean fijos o ambulantes. Art. 2º.- La organización de la escuela responderá a dicho objeto, tomando como base del indígena, los trabajos manuales; de modo que no se le aparte de sus tareas y oficios ordinarios; agricultura, ganadería, albañilería, etc.”

El considerando de este decreto, reconocía la necesidad de una educación adecuada para la “raza indígena” y ello pasaba por la formación de preceptores de indígenas. El instituto tendría régimen de internado, con una duración total de tres años, dedicando, los dos primeros, al desarrollo de trabajos agrícolas y técnicos y el último año a los conocimientos pedagógicos, éste dependería del Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura. Decreto Supremo de 8 de abril de 1911 “Art. 5º.- El instituto constituirá ante todo una escuela de trabajo, de modo que los aspirantes a maestros adquirirán hábitos de disciplina, sobriedad y esfuerzo y serán capaces de comunicarlos a sus alumnos al practicar la enseñanza.

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“Art. 10º.- Los cursos durarán tres años, dedicándose los dos primeros al desarrollo de trabajos agrícolas y de otros ramos técnicos que constituirán el centro para el desenvolvimiento de las demás materias de enseñanza; y el último año que se aplicará de preferencia al ejercicio de los alumnos en la práctica pedagógica. Art. 11º.- Cuando las necesidades de la escuela lo impongan, se organizará la escuela de aplicación con alumnos que pertenezcan exclusivamente a la raza indígena, para realizar la práctica pedagógica a que se refiere el artículo anterior.”

Dos de sus terceras partes de su malla curricular estaban orientados al trabajo agrícola, y el restante para la formación pedagógica, razón por las que se les reconocía un “módico jornal” correspondiente de la utilidad de su trabajo (una vez deducidos los gastos de alimentación y vestimenta), los cuales debían ser entregados con el título respectivo al concluir los estudios.

Los interesados debían tener una edad mínima de 16 años, poseer certificado de buena salud y vacunación, además de aptitud para trabajos físicos en el campo, saber leer y escribir y rudimentos básicos de instrucción primaria.

Este mismo año, se fundó en La Paz la Escuela Normal Agrícola para Preceptores Indígenas, y casi paralelamente fueron creadas varias escuelas indígenas, pero que aún tenían como lengua base el español, y poseían un currículo diferente al de los centros urbanos, el Estado concebía la enseñanza de las manualidades era un eje importante para que el indígena “no se aleje de lo que estaba acostumbrado a hacer”. Las escuelas rurales indígenas y populares debían estar vinculadas al trabajo productivo, agrícola y artesanal.

Pese a los recursos destinados para una infraestructura con las condiciones básicas para los estudiantes, éstos no fueron suficientes, ya que tampoco habían maestros con especialidad y existían una serie de carencias, 46

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a ello se añadió que, las propuestas educativas no causaron el impacto esperado entre los indígenas, quienes se mostraron recaudos a asistir a la misma, provocando su fracaso, razón por la que, en un cambio de orientación, se decidió crear escuelas en sus propias comunidades o ayllus.

Ya en el mandato del nuevo ministro de Instrucción Pública, don Manuel M. Mariaca, el Congreso Nacional sancionó una importante ley que declaraba la secundaria gratuita a solo pago de matrícula y fijó el precio de los mismos. Ley de 15 de agosto de 1912 “Instrucción.- Se declara la secundaria gratuita, y se fijan los derechos de matrícula que debe pagar. Art. 1º.- La instrucción secundaria oficial en la República es gratuita, sin más obligación que el pago de derechos de matrícula, los que serán abonados a siete bolivianos con cincuenta centavos (Bs. 7.50) por semestre vencido.”

De solamente tres artículos, esta ley, ratificó el precio de bs. 25 por semestre anticipado en la enseñanza facultativa, aunque exceptúa del pago de matrícula a quienes acreditaban ser notoriamente pobres.

La ley aprobada, por el Congreso Nacional, el 8 de noviembre de 1912 y promulgada 11 días después, asumido el nuevo ministro don Carlos Calvo, declaró en su artículo único, obligatoria la enseñanza de higiene en general y cuidado de los hijos (puericultura) en todos los colegios y escuelas de mujeres. Ley de 19 de noviembre de 1912 “ELIODORO VILLAZON Presidente de la República de Bolivia Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley. El Congreso Nacional

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DECRETA: Artículo Único.- Se declara obligatoria la enseñanza de higiene en general y puericultura, en todos los colegios y escuelas de mujeres de la Republica”.

En 1913, el Gral. Ismael Montes asumió por segunda vez, la presidencia del país, aunque en desventaja, sobre todo económica, respecto a su primera gestión ya que existía una crisis económica mundial, y Bolivia se encontraba al borde de la pobreza.

Ante la implementación de nuevos programas de instrucción primaria, en la que quedaron suprimidas materias religiosas, se provocaron airados reclamos por parte de la iglesia, siendo principalmente epicentro de los reclamos Cochabamba, por lo que el presidente Montes firmó una Orden Suprema, el 7 de noviembre de 1913, dirigida al Rector de la Universidad de La Paz, autorizando y disponiendo el uso de dos horas semanales, en la que un clero podía, de manera voluntaria, enseñar religión a todos los estudiantes de instituciones fiscales, de primaria y secundaria, en las que los padres de familia lo solicitarán, para lo cual, al momento de la inscripción, los responsables debían consultar sobre el deseo o no de ser parte de los cursos de religión, para los que se inscribían a éstos, debían asistir de forma obligatoria, el curso sería dado por un sacerdote, quien debía tomar exámenes anuales de acuerdo al programa oficial. La retribución al sacerdote sería acordada en reunión con los padres de familia, siendo los rectores de universidades y jefes de distritos los directos responsables.

La clasificación de las escuelas presentaba variedad de tipos de unidades educativas como ser la de administración privada, la de instrucción pública, la administración religiosa católica o parroquial y las de administración municipal, todas estas ofertaban distintos programas. 48

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

A objeto de organizarlas se creó mediante Decreto Supremo de 6 de febrero 1914, la Dirección General de Instrucción Primaria, Secundaria y Normal, dentro sus principales atribuciones se encontraba el de proyectar programas de enseñanza, métodos de enseñanza, modificar horarios, seleccionar material de estudio (textos y manuales), proponer reglamentos, crear expedientes, realizar estadísticas y presentar informes anuales. A fin de complementar la Orden Suprema de 7 de noviembre de 1913, en el que establecía la enseñanza de la religión a los hijos de padres que así lo deseaban en las instituciones fiscales, el 14 de febrero de 1914, fue dada otra Orden Suprema dirigida al rector de la universidad de Chuquisaca, en la que se resolvía que los niños que no estuvieran inscritos en las clases de religión y a objeto de evitar su perjuicio, éstos debían pasar, en esos horarios, cursos de moral, que eran dictados por el profesor de la clase y de acuerdo a programas oficiales vigentes. El 27 de julio de 1914 fue promulgado un decreto supremo, que dispuso que la Escuela Normal de Sucre, dependería administrativa y económicamente, de la Dirección General de Instrucción, responsabilizándole al rector de la universidad en Chuquisaca, la “súper-vigilancia”, y la emisión de informes respectivos al Ministerio de Instrucción.

El Congreso Nacional sancionó la Ley de 10 octubre de 1914, en la que disponía la recordación y conmemoración del descubrimiento de América, el cual debía ser complementado con disposiciones posteriores. Era, para entonces, ministro de Instrucción don Aníbal Carriles. Ley de 10 de octubre de 1914 “ISMAEL MONTES Presidente de la República de Bolivia Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley. El Congreso Nacional

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DECRETA: Artículo Único.- En homenaje al aniversario del descubrimiento de América, el 12 de octubre de cada año será conmemorado y celebrado por los establecimientos y asociaciones de carácter geográficas de la República”.

La ley de derechos profesionales que establecía el pago para el ejercicio de la medicina a los estudiantes de la facultad oficial de medicina entre los que se encentraban médicos, dentistas, farmacéuticos y parteras, fue aprobado por el Congreso el 15 de septiembre de 1915, como complemento a ésta, el 6 de mayo de 1916 salió el decreto supremo que regulaba la otorgación de diplomas,20 las que en caso de culminación de estudios o grado académico, debían ser extendidos por el rector de la universidad, siendo los títulos en provisión nacional, y las licencias especiales extendidas por el Ministerio de Instrucción Pública y Agricultura.

Se crearon algunos Institutos de profesionalización indígena, tal es el caso de la Escuela Normal Rural de Umala en el Departamento de La Paz en 1915, bajo la iniciativa del Dr. Rouma, quien había realizado estudios previos en el lugar antes de comenzar su proyecto. En 1919 fue trasladada a Pucarani, y tuvo, entre sus primeros directivos, a los profesores Juvenal Mariaca y Alfredo guillen Pinto.

Otras obras educativas del Gobierno se tradujeron en la creación de la Escuela de Artes y Oficios en Cochabamba, con la iniciativa del profesor belga Mr. Enrique Henry Mettewie, quien había llegado para la realización de cursos de trabajos manuales. En 1916 el Gobierno adquirió una finca en Cochabamba, ubicada en La Muyurina, en la que se instaló el docente conjuntamente con 36 alumnos en tres secciones: 20

Se menciona en categorías distintas a; médicos, farmacéuticos, dentistas, obstétricas y otras profesiones denominadas liberales, maestros, peritos, contadores, licenciado en derecho y en ciencias políticas, bachilleres en ciencias y letras.

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POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

1. Secciones técnicas; carpintería, herrería-mecánica, bordado a mano, a máquina y modelado, sastrería, sericultura y electrotécnica. 2. Secciones teórico prácticas; dibujo técnico y ornamental, idioma nacional y matemáticas aplicadas a los oficios.

3. Secciones libres y post-escolares; tiro al blanco, deportes, cruz roja, dactilografía, taquigrafía y conferencias.

Su éxito fue inmediato, llegando a una planta docente de 15 profesores y casi 100 alumnos de ambos sexos, razón por la que se repitió la experiencia, en 1917, en Potosí con un director, un profesor y un auxiliar, que más adelante creció alcanzando un plantel docente de diez personas en materias como mecánica, sastrería, carpintería, zapatería, talabartería, dibujo técnico, dibujo ornamental y matemáticas.

En base a la escuela de artes aplicadas, se fundó, en La Paz, la Escuela Profesional Mixta a la cabeza de don. Adolfo Lamber y los profesores Mettewie y Fischer, contaban con 24 alumnos y se enseñaba trabajos en metal, oro, plata, cobre y bronce, trabajo en metal fundido como orfebrería y joyería, martillado y cincelado para la decoración de habitaciones modernas. Para 1917 el número de alumnos subió a más de 200 y en 1924 tuvo, dentro sus secciones de enseñanza, trabajos de repujado, en cobre, metales preciosos y cuero, lencería y camisería, corte y confección, tejidos, bordados en blanco oro y sedas, dibujo, pintura decorativa, escultura y galvanoplastia.

El 18 de febrero de 1916 se fundó la Escuela Normal Rural de Colomi en el Departamento de Cochabamba, en una hacienda cedida por el dueño, prácticamente de modo gratuito, al Estado para la instalación de la escuela normal. En 1917 fue trasladada a Sacaba, en 1919, donde se logró construir una importante infraestructura21 con campos 21

Mr. Abbot Magginnis, Ministro de Estados Unidos y su secretario visitaron la escuela en 1919.

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deportivos, agrícolas, talleres, aulas, etc., años después fue nuevamente trasladada, esta vez a la localidad de Tarata.

El Gobierno lanzó el Plan de Enseñanza de la Escuela de Comercio que estableció la creación del Instituto Comercial de Señoritas, pero que tenía un currículo diferente al de los varones y estaba dirigido a formar empleadas administrativas. Decreto Supremo de 15 de noviembre de 1916 “Art. 2º.- La Escuela Consta de tres secciones: I.- Sección preparatoria de dos años de estudios. II.- Sección de facultad de Ciencias Comerciales, que comprende tres años de estudio, con los que se concluye la carrera. Esta sección se subdivide en dos ramas... III.- Sección especial de señoritas, que comprenden dos años, destinados a formar empleadas de comercio, industria y administración.” “Art. 5º.- la sección de mujeres, comprenderá las siguientes materias en los dos años: Buró Comercial, Lengua Castellana, Inglés, Francés, Geografía Económica, Aritmética Comercial, Economía Política, Esteno-dactilografía, Higiene, Legislación Civil y Comercial usual.” “Art. 19.- El examen del último año de la sección facultativa dará derecho al alumno, que haya vencido los cursos, a un diploma otorgado por el Rector de la Universidad y refrenado por el Ministerio de Instrucción Pública, de Contador y Licenciado en Comercio o Licenciado en Ciencia Administrativa y Financiera, según se trate de estudiantes de la sección A o B, respectivamente. Art. 20.- las señoritas que hubiesen terminado los dos años de su sección, y hubiesen rendido los correspondientes exámenes recibirán del Director un certificado de idoneidad que las recomiende para el desempeño de empleos en el comercio y en la administración.”

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El Congreso Nacional, aprobó, el 13 de diciembre de 1916, la ley de Creación del Instituto Normal Superior, que fue promulgada seis días después. Ley de 19 de diciembre de 1916 “Art. Único.- créase un “Instituto Normal Superior” destinado a la preparación de profesores de segunda enseñanza. El poder ejecutivo dictará los programas a los que deben sujetarse los estudios en dicho Instituto, y la planta del profesorado se determinará en el Presupuesto General de la Nación.”

Montes pasó a la historia como el presidente que aportó, de modo fundamental, a la formación de profesores de primaria y secundaria, pues comprendió que el campo de la educación inicia en los centros de formación de maestros.

El Instituto Normal Superior se estableció en la Paz, y se le confió al George Rouma, asumir la primera dirección, juntamente a un plantel docente que contó con profesionales de Bélgica, España, Portugal, Italia, entre otros. Inicialmente fue concebido con seis secciones:

1. Primera Sección: Ciencias de la Educación 2. Segunda Sección: Ciencias Matemáticas y Físicas 3. Tercera Sección: Ciencias Naturales y Química 4. Cuarta Sección: Historia y Geografía 5. Quinta Sección: Letras 6. Sexta Sección: Educación Física y Manual.

Existía una séptima sección denominada femenina de labores, que comprendía puericultura y economía doméstica (Suarez, 1936, p. 246). 53

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Su infraestructura contó con: auditorio, laboratorio de psicología experimental, antropometría, hebemetría, paidometría y gabinete o sala de experiencias.

Posteriormente, se hizo cargo de la dirección general de primaria y secundaria y del instituto normal, don José María Suárez. Las 22 23 24 25 26

De nacionalidad Francesa. De nacionalidad Belga. De nacionalidad española. De nacionalidad belga, es nombrado más adelante Inspector General. Más tarde, nombrado Director del Instituto.

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circunstancias políticas en el país se vieron también reflejadas en el funcionamiento del instituto, ocasionando su cierre en 1932, fue reinaugurado en 1946 bajo la dirección del Prof. Ángel Chávez Ruiz, procediendo a su reestructuración y reduciendo su organización a cuatro secciones; geografía e historia, filosofía y letras, ciencias naturales y matemáticas y física. Los conflictos internos y desatinos del Partido Liberal dieron pie a la renuncia de muchos militantes quienes se reagruparon, posteriormente, en el recién creado Partido Republicano, que presentó, como candidato para las elecciones presidenciales de 1917 a don José María Escalier, quien, finalmente perdió27 ante don José Gutiérrez que fue ungido presidente ese mismo año.

José Gutiérrez Guerra, formado en Inglaterra, experimentado diplomático en Europa, Diputado y brevemente ministro de Hacienda de Montes, prestó mayor atención a los enemigos políticos, incluidos en su mismo partido, que desestabilizaron de modo permanente su Gobierno, que poco le dejó a la educación y de la cual se pudo rescatar la creación de los “visitadores escolares”, algunos institutos educativos en Cochabamba, la construcción de ciertas unidades educativas en otros departamentos del país y un par de decretos de mediana importancia.

En 1917 se fundó la Escuela Normal Rural en Puna, ubicada en el departamento de Potosí y dirigida por el profesor Salvador Revilla. En todos los casos, las escuelas normales para profesores indígenas tuvieron resultados limitados, pese a que sus docentes y administradores eran, en algunos casos, reconocidos maestros normalistas, no así, su orientación pedagógica que siguió siendo resultado de la posición social del indio.

En noviembre de 1917 el Congreso sancionó la reducción, a un año, el servicio militar de los conscriptos que poseían título universitario. 27

En un proceso electoral en el que existieron denuncias de abusos por parte del oficialismo.

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Ley de 15 de noviembre de 1917 “JOSE GUTIERREZ GUERRA Presidente de la República Por cuanto, el Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley: El Congreso Nacional, DECRETA: Artículo 1º.- los conscriptos que al incorporarse a filas, comprobasen poseer grado o título profesional universitario, no servirán sino un año en el ejército de línea siempre que, al finalizar aquel rindan un examen por el que conste que se hallan habilitados para desempeñar las funciones de suboficiales (clases) en el Ejército Nacional. Politicas Educativas en Bolivia TOMO II

A pedido del III Congreso Nacional de Estudiantes (universitarios), reunido en La Paz en 1917, el Ministerio de Instrucción Pública emitió la circular Nº 160 de 31 de julio de 1918 firmada por el ministro Claudio Sanjinés y dirigida a los rectores de distritos escolares, en la que se dispuso, el día 17 de agosto de cada año, como fiesta doble; día de la Bandera y del Estudiante Boliviano28. Complementando la ley de octubre 1914 se aprobó la de 1918 que declaró feriado en homenaje al día de la raza el 12 de octubre. Ley de 11 de octubre de 1918

“Artículo Único.- Declarase civil feriado en la República, el día 12 de octubre, en homenaje a la Fiesta de la Raza, quedando ampliado en este sentido el artículo 1º de la ley de 19 de diciembre de 1905.” 28

El 17 de agosto de cada año, era reconocido por muchos países como comienzo de la primavera y día de los estudiantes.

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Retomando la preocupación por la educación del indio, Sanjinés, propuso que los indígenas pasen por un curso preparatorio de dos años, que los habilite a la sección de la normal, de igualmente dos años de duración, al cabo de los dos años se graduarían con los conocimiento necesarios para trabajar en sus comunidades o villorrios, propuesta que por su inconsistencia tampoco tuvo resultados positivos.

El 23 de febrero de 1919 el nuevamente ministro, Daniel Sánchez Bustamante, propuso la reestructuración de las escuelas normales, sobre la base del estatuto de la educación, reorganizándola en sección elemental para estudiantes indígenas de 6 a 12 años, talleres y campo agrícola para estudiantes de 12 a 18 años, experiencia que se trasladó posteriormente a la Escuela Normal de Sacaba en Cochabamba.

A objeto de evitar conductas inapropiadas y “debilitar” la relación de los directores de escuelas con el personal subalterno, como resultado de las relaciones de parentesco, se decretó en marzo de 1920, que los familiares y/o parientes del director no debían trabajar en calidad de profesores en el mismo centro educativo. La normativa fue firmada por el titular del Ministerio de Instrucción Pública de entonces, Guillermo Añez. Decreto Supremo de 3 de marzo de 1920 “Decreto: Artículo 1º.- En los establecimientos de enseñanza primaria, secundaria, normal, especial y universitaria, no podrán ser miembros del personal docente los parientes de consanguinidad dentro del cuarto grado y los de afinidad dentro del segundo grado del director o decano respectivo”.

En 1920, Gutiérrez fue víctima de un golpe de Estado, por lo que se conformó una Junta de Gobierno integrada por Bautista Saavedra, José María Escalier y José María Ramírez, quienes trasmitieron el mando por decisión del Congreso a don Bautista Saavedra, quien, en realidad ya 57

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ejercía funciones de presidente debido a la renuncia de los otros dos miembros de la Junta.

Bautista Saavedra Mallea, apodado el “Cholo Saavedra”, fue abogado, sociólogo, diplomático, periodista y docente universitario, había ocupado las funciones de ministro de Instrucción Pública durante el Gobierno de Eliodoro Villazón. Casi paralelamente, a su posesión, se organizó contra él, una fuerte oposición, lo que lo llevó a la organización de milicias.

Debido a la confusión de la clasificación de los diplomas y títulos que, correspondían a los profesores o maestros, el Decreto Supremo de 29 de junio de 1921, durante la gestión del ministro de Instrucción Ricardo Jaimes Freire, se clasificó de la siguiente manera:

• Egresados del instituto de Instrucción Normal Secundario – Profesor Normal • Egresado de las Normales de Instrucción Primaria – Maestro Normal • Especializados en kindergarten y Educación Física - Profesores • Egresado de Escuelas Normales Rurales – Preceptor Rural

La connotación que se le otorgó en principio al título de preceptor se cambió por profesor de Primaria, el cual, fue modificado paulatinamente por cuestión de estatus, hasta darle la concepción rural. Decreto Supremo de 29 de junio de 1921 “BAUTISTA SAAVEDRA Presidente Constitucional de la Republica. Considerando: Que es necesario diferenciar los títulos y diplomas de los profesores y maestros de los Institutos Normales de la República, según la extensión y el género de sus estudios;

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DECRETA: Los alumnos que terminaron sus cursos en el Instituto de Instrucción Normal Secundaria tendrán el título y diploma de Profesor Normal. Los egresados de las Escuelas Normales de Instrucción Primaria el de Maestro Normal. Los egresados de las Escuelas Normales Rurales el de Preceptor Rural Los que hayan especializado sus estudios en las secciones de Kindergarten o de Educación Física, el de Profesor de Jardín de Infantes o Profesor de Ejercicios Físicos, respectivamente”

A fin de enfrentar la crisis económica y con el objetivo de mantener el control presupuestario y registro de los dineros entregados por el fisco a las oficinas y establecimientos de instrucción pública, el 9 de julio, Baptista ordeno mediante decreto, poner tiempos exactos y requisitos precisos para la rendición de cuentas, recurrió a cuestionados empréstitos de compañías, concesiones petroleras29 y al incremento de los impuestos a las utilidades mineras30, buscó soporte en el clero, apoyando la creación de arzobispados, incrementó sueldos y plasmó algunas medidas con las que consiguió respaldo popular, inclusive para el cierre del Congreso.

Ante la necesidad de darle funcionalidad a la enseñanza técnica, como complemento de la formación y la aplicación directa en la práctica cotidiana e incluso de subsistencia, se dispuso la enseñanza de un oficio en las escuelas primarias. 29 30

Llega al país la Compañía Standard Oil. Esto provocó que las empresas mineras más importantes se “internacionalicen” haciendo parecer a éstas como empresas con capitales extranjeros como la Compañía Patiño Mines Consolidated Inc. del magnate Simón Isidoro Patiño, Compañía Aramayo Mines de Félix Avelino Aramayo, y más tarde siguió la del millonario Mauricio Hochschild.

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Decreto Supremo de 26 de diciembre de 1921 “DECRETA: Artículo 1º.- En todas las escuelas primarias de las capitales de departamento se enseñará a los alumnos un arte manual o un oficio”.

Ésta, comenzaba en el cuarto año de estudios, para lo que los respectivos padres o tutores, debían dejar constancia escrita del oficio que preferían para sus hijos o dependientes.

Ante la carencia de recursos didácticos y equipamiento escolar, debido sus precios elevados y la falta de fondos para adquirirlos, el Congreso Nacional en 1922 promulgo (el 10 de marzo), la liberalización de los derechos aduaneros (impuestos), sobre los artículos y útiles que debían ingresar, con destino a la “cultura física”, individual y/o colectiva, cuyo destino final sean los institutos particulares de instrucción o sociedades de la misma naturaleza.

La gestión educativa tuvo, como ministros de Instrucción Pública, a don Román Paz, a don Hernando Siles y más Tarde a don Felipe Segundo Guzmán, quien pretendió organizar el sistema escolar que aun soportaba, el caos normativo que se veía reflejado, entre otras cosas, en la diversidad de horarios adoptados para su funcionamiento, el cual, pese a decretos supremos que lo regulaban, no fue asumido por los centros de instrucción, obligando a plantear la deposición gubernamental del 22 de Septiembre de 1922 que estableció los siguientes horarios:

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Las “recreaciones” (recreo), debían durar entre 10 a 15 minutos. En época invernal, todos los horarios matinales tenían un retraso de media hora, pudiendo ser modificado por el director del establecimiento, de acuerdo a las características climáticas de la región, sin alejarse demasiado de esa disposición.

El Decreto Supremo de 30 de octubre instituyó la cátedra de agronomía en los centros de instrucción normal, justificando la necesidad de una aplicación práctica y científica a las ciencias naturales, poder estimular la inclinación por la agricultura aprovechando las bondades territoriales y climáticas del país y ante la carencia de centros especializados de Agropecuaria. Decreto Supremo de 30 de octubre de 1922 “DECRETA: Artículo 1º.- Créase la cátedra de Agronomía en los establecimientos de instrucción normal, debiendo, la enseñanza, estar a cargo de un ingeniero agrónomo”.

El segundo artículo disponía que todas las escuelas primarias debían, considerar necesariamente, áreas verdes para desarrollar jardines en ellos.

El 6 de diciembre de 1923, el entonces ministro de Instrucción y Agricultura, José Gabino Villanueva, dispuso implementar el novedoso sistema de puntos de conducta como herramienta disciplinaria, el cual, no llegó a consolidarse. Éste consistía en otorgar cien puntos de buena conducta, a todo estudiante que ingresaba al colegio, éstos se les iría disminuyendo en función al comportamiento y la gravedad de los mismos. Las faltas tipificadas que figuraban eran: no cumplir órdenes de autoridades superiores; deteriorar, escribir o manchar deliberadamente los útiles, materiales o infraestructura de la institución; ocultar o destruir la ropa o los útiles de los demás alumnos; enfrascarse en agresiones físicas con sus compañeros, “poner manos violentas a sus compañeros”; no llevar material escolar a clases; haber sido echado de clases por alguna 61

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falta; no cumplir castigos; no guardar compostura necesaria; no hacer firmar la libreta escolar; no permanecer formado cuando corresponda, etc. Estas disminuciones serían registradas por el director en un libro específico para el mismo, y las sanciones las siguientes:

Los buenos comportamientos iban a permitir al estudiante recuperar puntaje.

Si bien la enseñanza libre había sido estatuida ya en 1872, fue esa década, donde mayores avances y experiencias se registraron, por parte de la iniciativa privada, algunas de ellas por empuje de personas particulares, otras por la iglesia católica y también protestante.

Las órdenes religiosas jesuitas tenían colegios secundarios y de artes y oficios en La Paz y Sucre. Los de San Juan Bautista de la Salle inauguraron uno en la Paz en 1922 y, después, en 1925 en Cochabamba. La orden franciscana sostenía escuelas populares en los departamentos de La Paz, Cochabamba, Sucre y Potosí. Los salesianos tenían, también, escuelas primarias y de artes y oficios en La Paz y Sucre. Otras órdenes se ocuparon de dirigir y mantener escuelas, como es el caso de los Obreros de la Cruz de la Tercera Orden, el Hospicio de San José que tenía secciones para cada sexo, las hermanas de Santa Ana con sus escuelas de educandas, las hermanas descalzas del sagrado corazón de Jesús con sus colegios de señoritas, la orden De San Vicente de Paúl, etc. 31

Esto implica que el estudiante no puede salir del establecimiento en vacaciones o días libres.

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Los protestantes, a través de la Iglesia Metodista, sostenían los Institutos Americanos en La Paz y Cochabamba, haciendo énfasis en el idioma inglés, los deportes y excursiones, consideraban todos los ciclos para ambos sexos y tenían un personal docente mixto. La Iglesia Adventista del Séptimo Día llegó a crear hasta siete escuelas indígenas en el altiplano. Una experiencia fugas, pero importante fue la Escuela Nueva Libre creada por un grupo de maestros independientes en enero de 1922, la cual pretendió no imponer la asignatura de religión e innovar con una metodología activa, alejada de la violencia áulica, práctica, científica y con materias obligatorias y optativas.

Para entonces, la bandera y el escudo eran ya reconocidos como símbolos patrios que representaban “la majestuosidad y grandeza de la República”, adoptando en 1924 “la Flor de la Khantuta”, como emblema nacional por el decreto supremo, que justificaba en sus considerandos; “embellecer y reavivar la tradición de las glorias históricas de una de las razas constitutivas de la nacionalidad” Decreto Supremo de 1º de enero de 1924 “DECRETA: Artículo Único.- Consagrase como emblema nacional la flor de la Khantuta, que sustituirá la usual media corona de laurel. De mirto u olivo o cualquier otra, empleándose como motivo decorativo de conmemoraciones patrióticas, civiles o militares. En consecuencia, lo adoptaran las sociedades científicas, artísticas, comerciales, industriales de beneficencia, establecidas en el país.

Ese mismo año, en conmemoración de la inauguración de la primera Escuela Normal del País, acaecida en Sucre en 1909, se sancionó como fiesta el 6 de junio por el día del Maestro. 63

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Decreto Supremo de 24 de mayo de 1924 “DECRETA: Artículo 1º.- Instituyese la Fiesta del Maestro, que se celebrará el 6 de junio de cada año”.

Bautista Saavedra intentó inculcar mística patriótica y cívica en la población estudiantil, por lo que estableció que todos los alumnos de establecimientos fiscales, municipales o libres (privados), debían tomar la jura del 6 de agosto, ante su autoridad respectiva. Decreto Supremo de 29 de julio de 1924 “DECRETA: Artículo único.- En el desfile anual conmemorativo del 6 de agosto de 1825, se tomará a los alumnos de todos los establecimientos de instrucción fiscal, municipal y libre, por el Ministro de Instrucción Pública en la sede de Gobierno, por autoridades superiores del ramo en las capitales de departamento y de provincia por los preceptores que sostiene el Estado en los catones, el siguiente juramento: - ¿Juráis por Dios y por la Patria respetar nuestra bandera, cubrirla siembre con vuestro amor, seguirla en su camino de gloria y defenderla de sus enemigos cuando la Nación solicite vuestro sacrificio y vuestra sangre? – Si Juramos”.

Con la intención de destinar un día específico para el recordatorio de las fechas patrias y otro para el de los estudiantes, por Decreto Supremo de 30 de julio de 1924, se suprimió el día del estudiante (conforme a circular de 1918), para que el 17 de agosto de cada año se dedique, exclusivamente, al homenaje de la bandera nacional, fecha en la que obligatoriamente los establecimientos de toda naturaleza debían dar conferencias sobre temas cívicos.

A objeto de brindarle a la escuela un ambiente “saludable”, en noviembre, el Congreso Nacional sancionó la ley que prohibía a las 64

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personas infectadas con enfermedades infecto contagiosas agudas o crónicas, ser directores, profesores o auxiliares o, en el caso de los estudiantes contagiados, no asistir a ningún ciclo de enseñanza, para lo cual, en ambos casos, debían presentar un certificado médico.

La gestión culminó en medio de la normalidad administrativa, con aperturas y cierres de algunas instituciones educativas, adquisición de material bibliográfico y presión a los municipios para cumplir con sus responsabilidades.

Concluidos los años correspondientes a su administración, Saavedra a través de un diputado, intentó prorrogar su mandato y permanecer como jefe de Gobierno, cosa que no logró y, finalmente, se convocaron a elecciones que se desenvolvieron en un clima de gran violencia, que dio como resultado la victoria del partido oficialista representado por don José Gabino Villanueva y don Abdón Saavedra, frente a la formula opositora de don Daniel Salamanca y José Luís Tejada Soriano.

Desacuerdos y diferencias políticas, entre el presidente saliente y el entrante, ocasionaron el veto del primero respecto al segundo, se recurrió a la ley de 189532, lo que ocasionó gran polémica congresal que concluyó con la desestimación de los resultados electorales y el nombramiento temporal del presidente de Congreso don Felipe Guzmán, como presidente de la República.

Felipe Segundo Guzmán, Pedagogo y abogado, Conocido en el ambiente educativo, principalmente por la polémica frente a Franz Tamayo, Guzmán fue el único educador en llegar a la presidencia del país. Estudio pedagogía en Europa y se desenvolvió como profesor de colegio y catedrático universitario en La Paz y Oruro donde llego a ser rector. Su amplio conocimiento de la educación boliviana puede 32

La mencionada Ley establecía la renuncia obligatoria de los funcionarios públicos, seis meses antes de las elecciones, cosa que no ocurrió en ninguno de los dos representantes elegidos, ya que ocupaban las funciones de Ministro de Instrucción Pública y Prefecto de la Paz respectivamente.

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apreciarse en la variedad de libros escritos referidos a la temática, entre los cuales están; El Problema Pedagógico en Bolivia, La Libertad de Enseñanza, La Educación del Carácter Nacional, Informaciones Sobre Educación en Europa y Sudamérica, además de periódicos y revistas de ciencias y artes.

Gobernó Bolivia entre septiembre de 1925 y enero de 1926, se dedicó, casi integralmente, a la transición presidencial. Pese a que fue el único pedagogo en llegar al cargo más importante del país y que tuvo innovadores criterios educativos, su condición de interino y su corto período de Gobierno, fueron la razón por la que no realizó ninguna labor significativa en la educación. Tuvo como ministro de Instrucción Pública a don Carlos Anze Soria, cuyos actos más sobresalientes tuvieron que ver con la apertura o reestructuración del plan de estudios de algunas unidades de educación superior.

En enero de 1926, fue posesionada la dupla Hernando Siles Reyes como presidente y Abdón Saavedra como vicepresidente, posterior a un proceso electoral sosegado en el que fueron los únicos candidatos. Siles Reyes, abogado de profesión, fue rector de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca, prefecto de Oruro, diputado, senador, plenipotenciario en distintos países de América y ministro de Instrucción Pública y de Agricultura.

A los pocos meses de iniciado su mandato, existió un desacuerdo con el líder de su partido, y su consecuente alejamiento, que comenzó con el vicepresidente33, quien recibió una invitación a participar de la administración pública de los liberales, disidencia que concluyó con la creación de su nuevo partido, fortalecido principalmente, por jóvenes políticos denominado; Unión Nacional y Nacionalista, que también apoyó su Gobierno en un permanente estado de sitio. 33

Abdón Saavedra, es nombrado embajador en la República de Argentina y posteriormente es impedido de retornar al país.

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En 1926, se abroga el decreto supremo de 1923 que prohibía a las mujeres casadas ejercer funciones de enseñanza en centros de instrucción. Decreto Supremo de 25 de febrero de 1926 “Que el matrimonio, en el elemento femenino del matrimonio, no importa renuncia de su profesión ni establece incompatibilidad con el ejercicio de ella, y reafirma y consolida, por lo contrario las condiciones de moralidad; Que es humanitario, patriótico y en bien de la raza, precautelar la salud de la mujer casada cuando ejerce la más elevada y noble de sus funciones. DECRETA: Artículo 1º.- Se abroga el Decreto Supremo de 21 de diciembre de 1923, que elimina a la mujer casada del ramo de la instrucción”.

Se dispuso la reincorporación de todas las directoras, profesoras, preceptoras o empleadas titulares que perdieron sus cargos por esta razón, aclarando que ninguna de ellas podrá trabajar un mes antes y otro después del alumbramiento, recibiendo con normalidad su salario durante este tiempo. El 26 de octubre fue elevado al rango de ley por el Congreso.

En abril de 1926, se decidió que los almacenes escolares, dispongan y atiendan los pedidos de material escolar realizados por escuelas fundadas y mantenidas por indígenas.

El mes de marzo del mismo año se reorganizó la Dirección General de Educación siendo invitados para los cargos: el pedagogo Adhemar Gehain (belga) Director General, Prof. Ángel Chávez Ruiz Inspector General de Secundaria, Alfredo Guillen Pinto Inspector General de Primaria, Néstor Adriázola Educación Indígena, Saturnino Rodrigo Educación Física, Juvenal Mariaca Psicología Experimental y Enrique Valdivieso Secretario General (Suarez, 1936, p. 297). 67

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Un mes más tarde se dio inicio a la cruzada nacional pro-indio, con la creación del Instituto Normal Rural Superior, el cual pretendió atender a la gran cantidad de personas marginadas por su condición social.

El 8 de marzo de 1927, el Congreso aprueba la “Ley del Monumento Nacional”, y dispuso la creación de una comisión ad honorem encargada de la selección, calificación y guardado de las obras de valor histórico y artístico. Esta ley también decretó monumentos nacionales, a las obras y piezas de valor histórico, artístico, arqueológico, documental, etc., prohibiendo el traslado de éstos fuera del país, sin la debida autorización de la comisión de Bellas Artes y Arqueología. Ante constantes denuncias de profesores, que solicitaban adelanto de sus salarios y, que posteriormente se ausentaban de sus fuentes de trabajo, en junio de ese año se estableció que todo funcionario del ramo de instrucción que recibía sus haberes del tesoro nacional, debía obligatoriamente presentar un “Garante Solidario” en las oficinas del ministerio de Instrucción.

En noviembre, el Congreso Nacional estableció el 27 de mayo como día especial de homenaje a la madre en todos los establecimientos de instrucción, pudiendo las asociaciones de beneficencia y de protección de huérfanos, realizar acciones o eventos conmemorativos con ese fin. Ley de 8 de noviembre de 1927 “HERNADO SILES Presidente Constitucional de la República Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Artículo Único.- el día 27 de mayo se rendirá especial homenaje a LA MADRE, en todos los colegios y establecimientos de instrucción, mediante conferencias,

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lecciones y visitas a monumentos conmemorativos. Las asociaciones de beneficencia y protección a huérfanos podrán adherirse a este homenaje y organizar fiestas y colectas tendientes a intensificar y amparar la virtud del sentimiento maternal”.

En enero de 1928 se planteó la obligatoriedad de la educación física en todos los centros educativos del país, siendo que la asignatura solo era enseñada en los establecimientos de instrucción fiscal y algunos particulares, por lo que, los centros privados tenían la obligación de tener un profesor “idóneo” de educación física, que sería supervisado por la Inspección General de Educación Física.

La permanentemente desorganización fue la principal característica del sistema de instrucción, que se veía profundamente agravado por la severa crisis económica del país, provocando, en muchas ocasiones, actos de protesta, mítines y huelgas del profesorado que fueron interpretadas, por la administración central, como “delitos de subversión” que desestabilizaba y atentaba contra el Estado, siendo que los profesores, (a decir del Gobierno), debían dar ejemplo de trabajo, orden, respeto y obediencia, razón por la que emite el decreto supremo de julio de 1928 que reconocía al profesorado nacional como empleado público, prohibiéndoles por ende el derecho a la huelga y reuniones con estos fines. Quienes estuvieran en contra de esas disposiciones, serían sujetos a suspensión, quitados sus derechos laborales y sancionados de acuerdo al Código Penal. Decreto Supremo de 31 de julio de 1928 “DECRETA: Artículo 1º.- El profesorado nacional está en las mismas condiciones del empleado público, no reconociéndosele, por tanto, el derecho a la huelga ni a reuniones de carácter indisciplinario o subversivo.

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Artículo 2º.- Cualquier tentativa, realización de huelga o reunión que tienda a ese objeto, será considerado como delito de subversión, juzgado y castigado conforme a las prescripciones que señala el Código Penal para estos casos. Artículo 3º.- Sin perjuicio de su juzgamiento, conforme al artículo anterior y debiendo pasar el proceso de inmediato a conocimiento del Ministerio Público, los profesores comprendidos en este delito como promotores, fomentadores de reuniones o cómplices de ellas, serán inmediatamente separados de sus cargos y exentos de gozar de los derechos que las leyes acuerdan al magisterio nacional, sin derecho a percibir sus haberes, mientras se hagan los esclarecimientos del caso”.

Durante 1928 se dictaron decretos que regularizaban y determinaban la forma de pago de haberes, suspensión de sobresueldos a los profesores de enseñanza media y facultativa, ahorro obligatorio de un porcentaje del salario de los maestros y especificaciones respecto a los gastos de escritorios, laboratorios, etc.

En 1929, se dio un importante cambio en la formación y egreso de los estudiantes bachilleres quienes, según disposiciones legales, debían rendir un examen de egreso al concluir la secundaria y tener derecho al título de bachiller respectivo (en alguna mención). En consideración de que la universidad exigía un examen de ingreso a los bachilleres que deseaban continuar sus estudios en ella, se suprimieron los exámenes de bachillerato, quedando solamente los de ingreso a la universidad. Decreto Supremo de 10 de enero de 1929 “Artículo 1º.- Para ingresar a la Universidad se necesita que los candidatos reúnan las condiciones siguientes: a) tener certificado de haber cursado los seis años de instrucción secundaria y egresado de ella con el éxito debido.

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b) Rendir un examen de Ingreso, conforme con los programas especiales, elaborados de manera que se prescribe el artículo 5º del presente decreto. Artículo 2º.- Quedan suprimidos los exámenes de bachillerato. El título de bachillerato será otorgado por los respectivos Rectores de Universidad, previa presentación del certificado de haber rendido con éxito el examen de ingreso indicado en el inciso b) del art. 1º del presente decreto. Artículo 3º.- Habrán tantas denominaciones de bachilleres, como orientaciones existan, en instrucción secundaria; así, a los egresados de los cursos de letras, corresponde el título de bachilleres en letras; a los egresados de los cursos de matemáticas o ciencias biológicas, el de bachilleres en matemáticas o ciencias biológicas respectivamente; pero el título de bachiller solo será entregado previo cumplimiento de lo prescrito por el Art. 2º. De este decreto.”

El 21 de enero de 1929, en un importante decreto supremo, sentaron las bases, plan y programas de la instrucción secundaria, que dentro sus principales características, rescataba las materias y carga horaria. Los requisitos de ingreso a la secundaria son:

a) Haber vencido la primaria (comprendía 6 años) b) Tener mínimamente 12 años cumplidos c) Certificados de sanidad y vacunación

d) Cumplir con los requisitos administrativos de la inscripción.

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El objetivo, era “preparar estudiantes para la vida profesional – profesionales liberales- que puedan mejorar las condiciones sociales de vida y los destinos nacionales”. Puntualizaba que estas orientaciones debían darse de acuerdo a las características y necesidades de cada población específica, sin embargo estas especificaciones se referían al contenido programático y no de género. Decreto Supremo de 21 de enero de 1929 “Art. 5º.- la enseñanza en los tres primeros años que forman el subciclo inferior o elemental de secundaria, será la misma para todos los alumnos, salvo las condiciones de sexo o de materias que han sido declaradas efectivamente (francés o inglés) y que han sido contempladas en las reformas planteadas.”

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El art. 2º lo denomina sub-ciclo de orientación superior, mientras que el art. 4º sub-ciclo superior o de orientación.

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La instrucción secundaria en 1929 todavía estaba determinada por las condiciones de género, ya que la base curricular de los varones y mujeres era similar, pero en el caso de estas utltimas, se tenía dos cátedras extras, el de economía doméstica y puericultura y labores.

El decreto establecía que los profesores que deseaban recibir un sueldo íntegro, debían trabajar un máximo 16 horas semanales y un mínimo de 12 horas semanales, debiendo introducirse los programas de modo gradual. Los directores tenían la potestad de confeccionar horarios y hacer modificaciones de acuerdo a prescripciones pedagógicas relacionadas a 73

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la mayor o menor fatiga nerviosa que proporcionan las materias de estudio, sin que pudiesen existir reclamos de orden personal. Decreto Supremo de 21 de enero de 1929 “Art. 20º.-... Así es que, las materias que exijan mayor concentración intelectual serán señaladas de preferencia en la mañana, las materias más fáciles y las técnicas se colocaran en el horario de la tarde. Entre estas últimas figuran las excursiones, ejercicios prácticos y trabajos de gabinete y laboratorio.”

Ese mismo mes, el Rotary Club La Paz llevó adelante el concurso “Robustez y Belleza Infantil”, el cual se constituyó en el antecedente para decretar, con carácter de feriado, el 6 de enero como “Día del Niño” fecha en la que debía darse a conocer los resultados del concurso mencionado, con premios otorgados por el Gobierno. Decreto Supremo de 2 de febrero de 1929 “Artículo Único.- Se declara DIA DEL NIÑO el 6 de enero, con carácter de feriado oficial.”

El mes de mayo, se establecieron normas de vigilancia sanitaria en escuelas y colegios de la nación, y en julio se dio a los maestros con más de 20 años de servicio y dos cátedras, el derecho de pago de haberes en vacaciones, ya que hasta entonces el salario era solo por los meses de trabajo y no se concedían en los meses de noviembre y diciembre.

El 22 de octubre de 1929, el Estado a través de un decreto supremo, recurrió y obligó nuevamente a las personas particulares y a los propietarios de fundos rústicos, con más de 25 colonos, a fundar una escuela primaria indígena con su respectivo profesor, que, sin embargo, debía ser establecido en un tiempo de 10 años para su entrada en vigencia, ya que el decreto comenzaba a regir recién el 1ro de enero de 1939, para lo cual el Ministerio de Instrucción debía señalar las penalidades respectivas para quienes desobedecieran el decreto. 74

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Decreto Supremo de 22 de octubre de 1929 “Art. 1º.- todos los propietarios de fundos rústicos que cuenten con más de 25 colonos, deberán fundar una escuela primaria para la enseñanza de los indígenas, bajo la inmediata supervigilancia del Rectorado de la Universidad. Art 2º.- el propietario proporcionará el local y contratará al preceptor, correspondiendo a la Sección de Almacenes Escolares del Ministerio de Instrucción proveer de todos los útiles y materiales necesarios para el regular funcionamiento de la escuela.”

Este decreto se complementó con la disposición que autorizaba la creación del “Instituto Nocturno Indigenal”, el 31 de octubre de 1929, orientado a estudiantes indígenas que oscilen entre los 10 y los 25 años de edad. Decreto Supremo de 31 de octubre de 1929 “CONSIDERANDO: Que, es un deber de los poderes públicos fomentar la difusión de la enseñanza, sobre todo entre la clase indígena; Que, debe propenderse a elevar su nivel moral y tratar de incorporarla al seno de la civilización, constituyéndola, al propio tiempo en un factor efectivo de progreso nacional. Art. 1º.- Créase un Instituto Nocturno Indigenal para la enseñanza primaria de la alfabetización y conocimientos elementales de industria, agricultura e higiene.”

Este Instituto debía contar con dos ciclos; el primero de alfabetización general y el segundo de elementos rudimentarios de industria, agricultura e higiene, debía funcionar con un director y seis profesores cuyos haberes serían cancelados con el presupuesto del Ministerio de Instrucción. 75

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Como recurso pedagógico que permita contrarrestar las posibles condiciones de aprendizaje de los indígenas, es que se planteó el uso de recursos cinematográficos, a fin de que los aprendizajes sean principalmente visuales. El poco sustento pedagógico de esta normativa, dio la sensación que este planteamiento no fue resultado de la búsqueda adecuada de metodologías de aprendizaje, sino que en realidad reflejaba la percepción que se tenía del indígena imposibilitado, de ser parte de un proceso regular de formación. Decreto Supremo de 31 de octubre de 1929 “Art. 4º.- El plan general de instrucción en este establecimiento será a base objetiva, empleándose principalmente, proyecciones cinematográficas adecuadas al elemento.”

Éste se constituyó en otro paso “nominal” en cuanto a la formación de recursos humanos indígenas, ya que debía funcionar 10 años después de la promulgación del decreto supremo. Decreto Supremo de 31 de octubre de 1929 “Art. 7º.- Comenzará a funcionar el Instituto, al iniciarse el año escolar de 1939.”

Con todo esto, no dejaron de ser visionarios los planteamientos, que finalmente no fueron conclusivos.

El Gobierno de Hernando Siles comprendió, la necesidad de dotar a los estudiantes egresados de las aulas, una certificación que acredite que se encontraban en condiciones para terciar en exámenes de ingreso a las universidades. Pese a la eliminación del examen de egreso, la certificación de bachiller en alguna mención no necesariamente correspondía con los estudios superiores de profesionalización elegidos, dificultado con la carencia de menciones en los títulos respectivos, debido a la creación de nuevas carreras en las universidades. Este 76

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certificado debería tener igual valor legal a lo largo de toda la república y facilitar la prosecución de trámites de estudio en el extranjero, por lo que fue creado el Título de Bachiller en Humanidades, en reemplazo del que se entregaba hasta entonces: Título de Bachiller en Ciencias y Letras o en Ciencia o en Letras solamente. Este certificado buscaba, principalmente, uniformizar y simplificar las certificaciones educativas. Decreto Supremo de 28 de diciembre de 1929 “Art. 1º.- se otorga el título de Bachiller en Humanidades, a todos los alumnos que hubieran concluido satisfactoriamente sus estudios de secundaria en Bolivia, y aprobados sus exámenes en los seis años que tales estudios comprenden.”

Los trámites administrativos para la obtención del certificado, comprendía el acompañamiento de los certificados de todos los exámenes aprobados durante los seis años de instrucción secundaria y un certificado de moralidad otorgado por el director del centro educativo, libreta de servicio militar y pago de impuestos universitarios entre otros. Las solicitudes de trámites se hacían exclusivamente entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año.

Ninguna universidad podía proceder a la inscripción de estudiantes, si estos no contaban con el mencionado título, los que serían impresos por el Ministerio de Instrucción y distribuidos a los diferentes rectorados del país para su correspondiente reparto de acuerdo a las solicitudes.

En febrero de 1930 se estableció condiciones para la revalidación de títulos universitarios y se decretó la uniformidad de programas, horarios y reglamentos para los colegios de secundaria, primaria, kindergártenes, profesionales, de artes y oficios, tanto particulares como del Estado; esto como resultado de la variedad de instituciones educativas existentes, principalmente privadas, los cuales funcionaban 77

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de manera autónoma e independiente en cuanto a sus programas y horarios, favoreciendo en algunos casos a sectores sociales específicos, reconocido en el decreto como de “privilegio o condescendencia”. Decreto Supremo de 22 de febrero de 1930 “Art.1º.- Todos los colegios de secundaria, escuelas de primaria, kindergartens, escuelas profesionales, escuelas de artes y oficios, escuelas especiales, escuelas para maestros y preceptores e institutos superiores de enseñanza secundaria, tanto particulares como del estado, están obligados a cumplir estrictamente los mismos programas, horarios, reglamentos y disposiciones que se establezcan y se ordene poner en práctica, ya sea directamente por el ministerio de Instrucción o mediante la Dirección General de Instrucción, los Rectorados de cada distrito universitario o los Consejos de Instrucción y educación, cuando estén en vigencia.”

El decreto les dio a los centros facultativos (universitarios), la posibilidad de organizar horarios, programas o reglamentos de acuerdo a su conveniencia específica. En el caso de los establecimientos privados, la normativa sancionaba con la clausura del establecimiento o destitución del director y/o los profesores si eran quienes incurrían en la falta.

Por decreto de 11 de abril se prohibió el arreglo o restauración, sin autorización correspondientes, de los monumentos nacionales, sean de patrimonio nacional o privado, reconociéndose como tales en la ciudad de Potosí a: la casa de los Condes de Otavi, casa López de Quiroga, casa número 136 de la calle Chuquisaca, casa de Alonso de Ibáñez, casa de los Condes de Lizarazu, cuadro San Miguel, altar de la Capilla de Artes y Oficios, galería de arte colonial en la Casa de la Moneda, galería del H. Consejo Municipal, skating antiguo templo de la Compañía de Jesús, Teatro Municipal (Antiguo Templo de Velarmhitas), Casa Nacional de la Moneda, Catedral, San Lorenzo, San Francisco, capilla del Hospital 78

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San Juan de Dios, Iglesia de San Martín, La Merced, San Juan, La Concepción, San Cristóbal, Santa Teresa, Santo Domingo, San Roque, Monasterio y templo de Copacabana, San Benito, Iglesia Jerusalem. En La Paz: Iglesia San Francisco, Iglesia Santo Domingo, Palacio de gobierno, altar mayor de la Iglesia del Carmen, Casa Márquez de la Villa Verde, Casa de los Herederos de Joaquín Caso, todas las obras existentes en los museos y casas particulares. En sucre: Catedral de Sucre, Capilla de San Carlos y Palacio Arzobispal, sala de Palacio Legislativo, La Sillería Tallada de la Recoleta, Santo Domingo, Colegio Junín y objetos históricos existentes en el área geográfica de Sucre. El final del mandato de Siles fue una vorágine de hechos que pasó por su inconstitucional deseo de prorrogarse en el cargo entregando el poder a un Consejo de Ministros, ocasionando alteraciones públicas y pronunciamientos militares, que dieron lugar a algunas escaramuzas de militares y universitarios en las calles, provocando el refugio del presidente saliente en una embajada y posteriormente su exilio al extranjero. Aún con todo eso, al Gobierno de Siles, se le debe reconocer que permitió renovar el escenario político con la incursión de importantes jóvenes y cuadros políticos.

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POLÍTICAS EDUCATIVAS DE 1930 A 1952 El 28 de junio de 1930, asumió el mando de la República una junta militar presidida por el General Carlos Blanco Galindo, militar y plenipotenciario que dirigió los destinos de la nación hasta el 5 de marzo de 1931. Corta pero histórica gestión, contó con varios civiles y principalmente militares en calidad de ministros, entre estos el Coronel Filiberto Osorio en el despacho de Instrucción y Fomento, y el atinado asesoramiento de don Daniel Sánchez Bustamante, que impulsó y presentó, de modo permanente, las distintas reformas y propuestas educativas.

La gestión que sin duda moderada y modesta, debido a las grandes limitaciones económicas y temporales, fue ante todo la más correcta y responsable con el momento histórico por el que atravesaba el país. De manera inmediata se elaboró un estatuto político para normar las funciones de la junta, y como resultado de ésta fue precisamente, el estatuto de la autonomía de la educación pública y la autonomía universitaria.

De éstas solo la segunda fue ratificada mediante un plebiscito público, la primera se vio truncada por intereses sectarios y falta de visión política y pedagógica de los gremios del profesorado. Decreto Ley de 25 de julio de 1930

“LA AUTONOMÍA DE LA EDUCACIÓN LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Con el propósito de efectuar la Autonomía Universitaria, de emancipar la educación pública de malsanas influencias políticas y de hacer de ella una función social adecuada a sus propios fines decreta lo siguiente. 81

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Art. 1º.- Las instituciones de enseñanza se organizaran de inmediato sobre las reglas y principios fijados en el presente Decreto-Ley, mientras una reforma constitucional consolide definitivamente a la Autonomía de la Educación entre las grandes funciones del Estado.”

Sus impulsores, inspirados en las experiencias europeas y cercanamente las de universidades argentinas, vislumbraron la necesidad de darle independencia política a la instrucción pública y la educación universitaria, y entregarla a un ente independiente del Gobierno como es el “Consejo Nacional de Educación”, integrado por maestros, quienes debían tener conocimientos técnicos, científicos y pedagógicos. El estatuto pretendía darle autonomía de gestión y enseñanza a las universidades, otorgarles la responsabilidad íntegra y emancipada al Consejo Nacional de Educación, dejando para el Ministerio de Instrucción la responsabilidad de la Educación Indígena a nivel de la formación de recursos humanos, como lo son en las Escuelas Normales Rurales, Escuelas de Trabajo y Elementales, infraestructura, etc. Los entes encargados de la educación de manera integral y articulada eran: 1. El Consejo Nacional de Educación 2. La Universidad 3. El Ministerio de Instrucción Pública

La estructura organizativa planteaba ocho distritos, acordes a las características de la república, vale decir un distrito escolar por departamento.

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Decreto Ley de 25 de julio de 1930 “Art. 2º.- Tres entidades o instituciones, encargadas del Gobierno y Desarrollo de la Educación, estarán vinculadas armónicamente en sus respectivas tareas: el Consejo Nacional de Educación, la Universidad y el Ministerio de Instrucción Pública.”

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El decreto establecía la obligatoriedad de las propiedades agrícolas, empresas mineras y/o industriales y las sociedades de cualquier explotación significativa, que tuvieran más de 30 niños en edad escolar, a sostener o colaborar, de acuerdo a su capacidad económica, en el sostenimiento de escuelas primarias rurales de en función a la normativa establecida. El Consejo Nacional de Educación estaría constituido por:

• Un presidente que haya ejercido cátedra universitaria u otro similar, con servicios reconocidos, relevantes y meritorios en el campo de la enseñanza. • Un director o profesor del ciclo secundario, con diez años de servicio. • Un director o educacionista del ciclo primario con diez años de servicio.

La presidencia y vocalías serían de elección del senado a propuesta del Consejo Supremo Universitario, el promotor y ejecutor de las resoluciones del consejo estaría a cargo del director general de educación, colaborado por un subsecretario, inspectores, arquitectos, médicos escolares y otros. El decreto-ley instituía la residencia del consejo, en la misma que la del Gobierno, lo que ocasionó un conflicto entre los departamentos de Chuquisaca y La Paz, que finalmente no fue superado.

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Decreto Ley de 25 de julio de 1930 “El Consejo Nacional de Educación cuidará de organizar, fomentar y dirigir la educación primaria fiscal, la secundaria, las nuevas escuelas normales de preceptores, los institutos de artes y oficios, las escuelas técnicas y en general todos los establecimientos de educación que no están sometidos al Ministerio, a la Universidad, o a las Municipalidades, conforme a sus atribuciones propias. Además fiscalizará el desenvolvimiento de los establecimientos particulares, incorporados o no incorporados, para informar al Ministerio y requerir las medidas convenientes.”

En lo referido a la universidad; Cualquier distrito escolar podía

constituirse en distrito universitario siempre que demostrase poseer las condiciones para ello, cada uno de estos distritos sería administrado por un rector asistido por su correspondiente consejo conformado por decanos y estudiantes, sentando las bases del co-gobierno paritario docente estudiantil. Decreto Ley de 25 de julio de 1930 “Art. 16º.- La Universidad es una en todos sus Distritos e Institutos, y protegida por el Estado, tendrá por objeto promover, fomentar y realizar estudios e investigaciones superiores; formar dentro de sus facultades e institutos, las altas profesiones, tales como Derecho, Medicina, Filosofía y Letras, Ciencias Matemáticas, Naturales, Económicas y Pedagógicas, y conferir los títulos y licencias correspondientes. Art. 18º.- Cada Distrito Universitario será regido por un rector asistido por un Consejo, compuesto del Decano de cada Facultad o Instituto Superior Universitario y Delegados de los estudiantes en proporción a la mitad

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del número de Consejeros Profesores. El Secretario General será nombrado por el mismo Consejo entre los profesores de la Universidad. El Subsecretario quedará sujeto a las órdenes inmediatas del secretario General.”

Cada distrito universitario determinaría las reglas de su administración y desenvolvimiento, planes de estudio y trabajo, formas de exámenes, trabajos y las condiciones de los títulos profesionales. Estos estatutos debían ser aprobados por el Gobierno en un plazo de 30 días caso contrario, entrarían automáticamente en vigencia.

Los distritos universitarios de Chuquisaca, La Paz y Cochabamba, se organizarían de acuerdo a las siguientes bases:

• Designación de un rector por el lapso de tres años, resultado de una asamblea de profesores y alumnos. • Nombramiento de profesores por el Consejo Universitario • Representación de estudiantes en el Consejo Universitario. (esta representación de acuerdo al artículo 20º inciso c) tendría por objeto defender los intereses y criterios estudiantiles y la participación en la fiscalización de cuentas y administración de la universidad. • Cada distrito administraría autónomamente sus cuentas económicas y presupuestos (haberes, etc.) • Reconocimiento de la personería jurídica de cada universidad a fin de lograr legados y donaciones.

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Cada año, durante las vacaciones, debían reunirse en asamblea el Consejo Supremo Universitario en Sucre, a fin de tratar temas relacionados con el presupuesto y la relación con los poderes de estado, becas y otros. La orientación y organización de cada distrito universitario debía considerar las siguientes peculiaridades:

• La Universidad de Chuquisaca; hacia Facultades de o Institutos de Filosofía y Letras, Ciencias Pedagógicas, Derecho y Ciencias Sociales y Bellas Artes. Organizar, además, sobre la Escuela Normal y la Facultad de Ciencias Pedagógicas.

• La Universidad de La Paz; hacia Ciencias Sociales, Económicas, Ingeniería y Medicina. Administrar también el Instituto Normal Superior, el Conservatorio de Música, la Academia de Bellas Artes y la Escuela Superior de Comercio en coordinación con la Facultad de Ciencias Sociales.

• La Universidad de Cochabamba; hacia el Instituto Superior de Agricultura y sistemas de irrigación. Debía además organizar sobre la base de la Escuela de Artes y Oficios, un Instituto Superior 86

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para maestros, y diversificar la Facultad de Derecho en ramas de Catastradores y Notarios.

• La Universidad de Oruro y Potosí; hacia las Escuelas Prácticas y Superiores de Minería. • La Universidad de Santa Cruz, Tarija y Beni; hacia Escuelas de Ganadería y Agronomía.

Los institutos universitarios debían considerar, en su organización institucional, la preparación de profesionales y especialidades, actividades académicas de apoyo y complementación (práctica, seminarios, etc.), cultura científica e investigación y la extensión cultural universitaria, entendida como la influencia cultural sobre el medio (cursos extraordinarios, etc.)

Se reconoció, la exclusividad de funciones de los rectores a la administración de la universidad y su cátedra universitaria, y declaró compatible el cargo de profesores universitarios con el de senador o diputado.

En lo referido al Ministerio de Instrucción Pública; Asumiría las funciones de superintendencia, coordinando y regulando el actuar del Consejo Nacional de Educación y la universidad. Decreto Ley de 25 de julio de 1930 “Art. 32º.- Este ministerio tiene por objeto ejercer la alta tuición del Estado, sobre la enseñanza en todos sus grados. Será ejercido por el Secretario de Estado respectivo, en su carácter de Superintendente General de Educación, quien mantendrá contacto con el Consejo Nacional de Educación y la Universidad, ejerciendo sobre estas instituciones estímulo ayuda y vigilancia.”

Serían sus atribuciones:

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• Asumir la dirección plena y completa de la educación indígena. • Fundar y dirigir escuelas normales para maestros indígenas, escuelas de trabajo y elementales. • Requerir la cooperación de los poderes, servicios y recursos del Estado. • Mantener la unidad, correlación y continuidad de los grados y ciclos de enseñanza, resolviendo divergencias resultantes de la relación Consejo Nacional de Educación, Universidades y Municipios. • Fomentar las investigaciones científicas, exploraciones geográficas en territorio nacional, misiones pedagógicas al extranjero, producción literaria y artística. • Promover y fomentar la edificación escolar. • Estimular el concurso particular en la educación (donaciones, fundaciones, etc.). • Presentar al poder legislativo el presupuesto anual. • Resolver y decretar las jubilaciones. • Denunciar y requerir juzgamiento de quienes en funciones educativas cometieran delitos. • Disponer la inspección de cualquier instituto de enseñanza. • Fundar, mejorar y organizar bibliotecas populares y museo públicos. • Organizar y vigilar el Instituto Normal Superior.

Especificaba las condiciones del personal docente35 desde las escuelas infantiles hasta la universidad, para ello debía certificar su moralidad y título de competencia, ya que ésta era reconocida como carrera profesional pública. Los preceptores y profesores quedaban eximidos del cargo de jurados electorales y eran prohibidos de asistir a manifestaciones políticas de ningún tipo bajo pena de destitución, aunque se le reconocía su libertad de cátedra en la exposición de sus doctrinas. 35

Es el primer decreto ley que maneja fluidamente los términos “docente y magisterio”.

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Para ser director de secundaria se requería de entre cinco a diez años (dependiendo el caso) y la publicación de una o más obras de carácter pedagógico o haber colaborado en diarios o revistas con esas temáticas, gozar de buena salud y plena posesión de sus facultades mentales. La dirección de primaria, demandaba como requisitos, ser egresado de la normal de Sucre, cinco a diez años de servicio (dependiendo el caso), gozar de buena salud y plena posesión de sus facultades mentales. El decreto-ley concluía con una serie de artículos que garantizaban un fondo para el derecho de jubilación de los funcionarios docentes.

El mes octubre, se creó el Comité de Edificaciones Escolares para supervisar y colaborar en la política de construcciones escolares del Gobierno. Y en noviembre la Liga Nacional del Magisterio36, con respaldo logístico del Estado, llevó adelante, la Convención Nacional, una de las más importantes reuniones naturales de profesores de primaria y secundaria.

La convención fue un fracaso, se empantanó en discusiones de sectores y regiones y concluyó resolviendo aspectos no prioritarios del decreto-ley de la que solo observaron, que establecía el nombramiento del presidente y los vocales por el Senado, y reclamaron para sí como magisterio este nombramiento. Entre otras conclusiones destacan la petición de una mejor educación para el indio, eliminación del pongueaje y el derecho a la huelga. Esta convención, fue el reflejo de un magisterio desorganizado, sin criterio pedagógico y distraído en intereses políticos, lo que se reflejó en la exclusión del referéndum, la pregunta sobre la autonomía de la educación. La consulta solo consideró la autonomía universitaria.

Según Faustino Suarez (1936, p 331) el primer Consejo Nacional de Educación, organizó de la siguiente manera: 36

En la convención se resolvió cambiar el denominativo de Liga Nación del Magisterio por el de Magisterio Boliviano.

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Meses después se reestructuró y V. Muñoz Reyes asumió la presidencia del Consejo, Elizardo Pérez fue nombrado Inspector General de Primaria, Roberto Bilbao La Vieja como Director General de Instrucción y Saturnino Rodríguez como Director General de Educación Física. Posteriormente C. Rodríguez y S. Rodrigo asumen la Vocalía.

En 1931, fruto de la agobiante crisis económica, se realizaron considerables recortes al presupuesto educativo que trajo como consecuencia, la eliminación de algunos cargos docentes, fusión de escuelas y eliminación de los Kindergártenes. Como resultado del “XIV Referéndum del pueblo de 11 de enero de 1931”, efectuado por la Junta Militar, se incorporó, entre otras cosas, la Autonomía Técnica y Administrativa a las universidades públicas.

A Blanco Galindo y a su equipo de funcionarios y asesores educativos, se le debe reconocer el haber dado pie una de las medidas educativas más importantes en Bolivia, siendo esta la más memorable de la educación superior. La autonomía permitió a las universidades hasta hoy, disponer libremente sus recursos, elegir sus autoridades, normar su funcionamiento y principalmente tener cátedras ideológicamente independientes y libres. 90

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El mismo año la Junta Militar de Gobierno consecuente con su posición y visión educativa, complementó su primer Decreto Ley con la “Educación Indigenal”. La junta estableció la creación de la Escuela Normal de Preceptores Indígenas en el distrito de La Paz, que tuvo llamativos y modernos elementos pedagógicos, pero en la sección trabajo de la educación indígena, todavía era de trabajo de campo y no de rescate cultural, intelectual y productivo-social. Decreto de 21 de enero de 1931 “Art. 1º.- La educación indigenal de la República depende en su orientación técnica de la Dirección General del ramo, la que, a su vez, depende del Ministerio de Instrucción Pública. Art. 2º.- Fúndase la Escuela Normal para preceptores de indígenas en el Distrito La Paz, destinada a la formación de maestros y a la práctica de procedimientos educativos adaptables a los grupos autóctonos, debiendo crearse, en lo sucesivo, planteles semejantes en los distritos que estimare conveniente el Supremo Gobierno. Capítulo I Fines, tendencias, proyecciones I. Las escuelas normales para maestros indígenas están destinadas a la formación de maestros fijos o ambulantes y a la creación de métodos adecuados a la educación e instrucción de las razas autóctonas.”

Ésta tenía que ver básicamente con la formación de profesores “especialistas en la educación indígena”, mayoritaria en población y aún entonces, marginada casi completamente de los procesos educativos. Las bases y principios enmarcados en el decreto, establecían:

a) Educador preparado, profesional y moralmente, para el cumplimiento de su apostolado. 91

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b) El educador debería adquirir los conocimientos principales de “uno o más oficios manuales algunos rudimentos de instrucción y nociones de higiene. c) El egresado deberá estar provisto de material didáctico elaborado en sus mismos talleres para trasladarse a cualquier parte y en cualquier momento donde se requieran sus servicios.

d) La escuela normal tendrá diversidad de escuelas anexas que servirán de centros de experimentación.

Las escuelas normales indígenas debían, formar profesionales indígenas en artes y oficios relacionados con el medio en el que vive, considerando: a) El resurgimiento de las artes y oficios tradicionales de cada región.

b) Que ningún obrero formado en la escuela debería alejarse de su población, a la cual debía retornar y aplicar sus conocimientos. El decreto organizó las escuelas en secciones de la siguiente manera:

Sección

Elemental o de aplicación

De trabajo

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Características

Integrada por niños de los cantones de entre 8 a 12 años de edad. Objetivos: a) Alfabetizar a los niños indígenas b) Ayudar a su práctica metodológica c) Servir de centro de experimentación a la raza d) Observar y fomentar vocaciones Comprende edades de entre 12 y 18 años. En esta etapa se les capacitaría en oficios de su preferencia relacionados con la agricultura y otros. En principio sería rotativo y posteriormente el estudiante definiría su especialidad. Los estudiantes no debían abandonar sus estudios de cultura general. Tiene una duración de dos años.

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De formación

Comprende edades de entre 14 a 20 años y es necesario haber cursado estudios elementales y la de trabajo. Se estudiarían nociones de pedagogía, medicina práctica (conocimiento de enfermedades, epidemias, vacunas, medidas de profilaxia, etc.), Tienen una duración de dos años.

El decreto planteó, “una formación de maestros destinada a la práctica y procedimientos de grupos autóctonos”, con métodos de enseñanza basados en las actividades tradicionales de los estudiantes, aunque estas reformas debían hacerse de modo progresivo. El plantel docente estaría conformado por un director con cátedra, un preceptor para sección normal, profesor de agricultura y ramas anexas, jefe de cultivos, profesor de música folklore y gimnasia, director y preceptor para la sección elemental, jefe y auxiliar de talleres y directora del internado. La sede de funcionamiento seria, la ciudad de La Paz y otra escuela modelo en Potosí, con presupuestos consignados por las prefecturas.

Esta norma buscó la formación práctica del indígena y que este tenga algunos conocimientos de educación y principalmente de higiene y atención médica primaria para casos de infecciones, esterilizaciones, etc. Decreto de 21 de enero de 1931 “II – b) El educador deberá adquirir los conocimientos principales de uno o más oficios manuales, algunos rudimentos de instrucción adecuados para su implantación en el seno de las familias indígenas y las nociones suficientes de higiene y profilaxia elemental para prestar sus servicios urgentes inmediatos en los casos de epidemia, frecuentes en las poblaciones de la campiña.”

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Las escuelas normales de indígenas, debía formar profesionales en oficios y artes manuales, de preferencia labores relacionados con sus “aptitudes”, con el lugar en el que viven o su “capacidad mental”. El decreto consideró que la mayor virtud de la “raza indígena” era su “fortaleza física”, la cual había que explotarla al máximo, “volverla ágil y vivaz”. “IV.-

Decreto de 21 de enero de 1931

a) Al caudal de fuerza moral y de perseverancia que posee el indio, agregarle la agilidad, la presteza; acelerar el ritmo fisiológico de la raza. b) Despertar las actividades peculiares de la raza, mediante marchas de resistencia, concursos atléticos, juegos orientales, etc.”

Especificaba que en la formación del estudiante indígena había que alejarlos de “verbalismos, e introducirlos en metodologías dinámicas o activas y cercanas a la naturaleza”, por lo que recomendaban “hacer intervenir a los alumnos en todo lo que se refería a la construcción, adaptaciones, reparaciones y reconstrucciones del local y sus dependencias”.

En cuanto a las secciones, la elemental, debía constituirse en una etapa de experimentación para los estudios de psicología vinculados con la raza, y relacionarlos con trabajos que los alumnos escogieran realizar más adelante. Los oficios ofertados y sugeridos en la normativa, referían a trabajos manuales y rudimentarios, como el artesanal, de la tierra o fabricación de artículos de uso. Decreto de 21 de enero de 1931 “IX.- La sección de trabajos comprende alumnos de 12 a 18 años, con dos años de aprendizaje. Los oficios a darse serán de preferencia los relacionados con la agricultura: mayordomos horticultores, arboricultores, etc., sin renunciar a la formación de alfareros, tejedores, albañiles, carpinteros, herreros, hojalateros, sombrereros, etc. Simples oficiales, no maestros de taller.”

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Los estudiantes indígenas podían, incluso, llegar a aprender hasta dos oficios, sin necesidad de “exigírseles el llegar a la perfección o completo dominio de los mismos”. La Junta Militar, convocó a la clase política a ponerse de acuerdo para lograr un poder ejecutivo renovado y progresista, en un proceso electoral que contó con distintas candidaturas, en las que se encontraban políticos de experiencia y ex-presidentes, finalmente la fórmula ganadora y que se hace de la presidencia del país en enero de 1931 es la de don Daniel Salamanca y don José Luís Tejada Soriano.

Don Daniel Salamanca Urey, abogado de profesión aunque siguió más la carrera financiera que le permitió mantener una considerable fortuna, fundador del partido republicano, fue varias veces senador y diputado y ministro de Hacienda del General Pando. Quedó registrado en la historia, como uno de los presidentes que mayor apoyo público tuvo al asumir su mandato. Si bien fue un hombre de reconocida pasión cultural, este se encontró con un país abrumado por la crisis económica, y a las puertas de una guerra que se convertiría en su mayor preocupación. Fue su primer ministro de Educación don Luís de Abelli y más tarde el don Bailon Mercado.

Se creó en abril de 1931, Fundación Universitaria de Simón I. Patiño quien otorgaría una considerable suma de dinero a la construcción y mantenimiento de un importante hospital, apoyó a las actividades culturales, producción intelectual y él envió de jóvenes destacados para su profesionalización en distintas partes del mundo, actividades que se mantiene y se han incrementado (para ambos sexos) hoy en día a nivel nacional.

Nada más alejado de una política educativa estatal, fue la experiencia educativa en la comunidad de Warisata, que por su legado, no puede ser marginado de esta revisión histórica. El 2 de agosto de 1931 se fundó la “Escuela Ayllu de Warisata” con Elizardo Pérez, Avelino Siñani y Mariano Ramos. Fueron, la autogestión y el respeto a las instituciones 95

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políticas y sociales de los indígenas, las principales características que hicieron de esta escuela un paradigma continental de la escuela indígena. Warisata se estructuró en base al idioma y los intereses y necesidades educativas y culturales del indio.

El proyecto rompió el paradigma incorporativo y asimilacionista del indigenismo estatal en Bolivia y América Latina, recuperando la vida comunitaria andina. Esta escuela despertó inmediatamente susceptibilidades con los terratenientes (de Achacachi principalmente) y el Gobierno, que no tardó en tacharla de comunista. Su sistema de nuclearización alcanzó a 60 escuelas seccionales en la provincia de Omasuyos y otras, permitió reproducir en su estructura escolar, la estructura organizacional social y política de las comunidades indígenas. Según Abraham Valdés (1985), la organización de la escuela matriz de Warisata, contaba con los siguientes servicios:

a) Secciones instructivas y educativas: Preescolar (2 años); Primaria (4 años); Vocacional (2 años); Educación física: gimnasia y deportes; Educación artística: dibujo, pintura, tallado y escultura; Educación musical: organización de grupos corales; Educación social: organización de clubes; Prácticas agrícolas: labores de siembra, regadío, cosechas y jardinería. Existía además un curso de educación de adultos. b) Infraestructura y dependencias complementarias: Internado con dormitorios, comedor, duchas y retretes. Talleres de carpintería, zapatería, sastrería, mecánica, hilado y tejido y talleres de alfombras, fábrica de ladrillos y tejas.

c) Equipamiento mecánico: generador de energía eléctrica, un camión y un tractor. Publicaciones: murales semanales y boletín mensual mimeografiado; cooperativa de consumo y prestamos; Museo y viviendas para los educadores. 96

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La administración estaba a cargo de un director y consejo de administración denominado Parlamento Amauta, formado por los líderes indígenas, el director, preceptores, jefes de talleres, padres de familia y alumnos de cursos superiores.

En agosto de 1932, dentro las pocas resoluciones de importancia que logró adoptar el Consejo Nacional de Educación, está la decisión de cambiar las fechas de inicio y culminación de clases y los meses de vacaciones, para septiembre y octubre (en lugar de los de noviembre y diciembre que era en todo el territorio nacional), en la regional del distrito del Beni. Esta resolución fue refrendada dos meses después por el Ministerio de Instrucción a cargo de don Enrique Hertzog. En diciembre del mismo año se declaró la incompatibilidad de funciones simultáneas en dos o más cargos públicos y la acumulación de cargos remunerados por el Tesoro Nacional, de este modo regulaba la acción laboral, principalmente de profesionales universitarios. Al finalizar 1932, se presenciaron situaciones belicosas en la frontera con el Paraguay, que comenzaron con el incidente de Laguna Colorada y que adelante se convirtieron en fuertes y desgarradoras escenas bélicas como Boquerón, Nanawa o Campo Vía, entre otras, en las aproximadamente 60.000 jóvenes bolivianos perdieron la vida y 25.000 más fueron hechos prisioneros. El país perdió aproximadamente 235.000 km. Es decir casi tres cuartas partes del Chaco Boreal.

Don. Remi Rodas Eguino asumió el Ministerio de Instrucción y, para finales de 1933, en correspondencia con el decreto de 1924 que establecía como emblema nacional La Flor de la Khantuta, se estableció el 20 de octubre como Día de la Khantuta. Decreto Supremo de 18 de octubre de 1933 “DECRETA: Artículo Único.- Se fija el 20 de octubre de cada año como “Día de la Khantuta.”

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La autonomía de la educación impulsada por el Gobierno anterior, fue suspendida y con ella las funciones del Consejo Nacional de Educación. Estas medidas respondían a la necesidad de realizar ajustes presupuestarios, para lograr mantener respetablemente el ejército boliviano en la contienda del Chaco.

La guerra del Chaco tuvo en el General Hans Kundt máximo estratega militar de la operaciones y movilizaciones, pero que posteriormente fue presionado a dimitir y asume, entonces Coronel Enrique Peñaranda, con quien, no mejoró el accionar del ejército y, tras su fracaso del Carmen, fue presionado personalmente por Daniel Salamanca a dejar sus funciones juntamente otros altos mandos.

Salamanca y el ejército, mantenían una relación de confrontación abierta, cosa que influyó considerablemente en los resultados finales de la guerra, el Gobierno, el Partido Republicano Genuino y el Alto Mando Militar, se ocupaban de extender sus diferencias políticas y problemas personales. El 27 de noviembre de 1934, allí mismo en la localidad de Villamontes, Salamanca fue cercado y obligado a renunciar37, haciéndose cargo del Gobierno el hasta entonces, vicepresidente Tejada.

José Luís Tejada Sorzano, abogado con estudios en Europa, fue diputado y ministro de Hacienda, mantuvo el alto mando militar y reemplazo paulatinamente funcionarios liberales (partido del cual era dirigente), en lugar de los republicanos genuinos.

Las condiciones en las que se desenvolvió su gestión, no le permitieron llevar adelante ninguna reforma de importancia en la educación, el 12 de diciembre de 1934 “eximió” de sus exámenes finales a los estudiantes de último curso de secundaria que concurrieron a la guerra. Muchos maestros, también habían abandonado sus labores para enrolarse al ejército nacional y combatir en la guerra con el Paraguay, pocos meses antes de la culminación de la guerra, el presidente de la 37

Golpe de Estado, conocido como el “Corralito de Villamontes”.

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República “consideró y ponderó” el tiempo, que éstos se encontraron incorporados al ejército, como “servicios prestados a la instrucción”. Decreto Supremo de 29 de marzo de 1935

“Art. 1º.- Se reputa como servicios prestados a la instrucción todo el tiempo que los profesores y preceptores, que se encontraban en función activa de la enseñanza al tiempo de producirse su incorporación al Ejercito, permanezcan en campaña o en servicio del ejército, cualesquiera que sea la situación y condiciones, en que se encuentren bajo banderas38.”

El mismo decreto estableció la reincorporación de los profesores y preceptores a sus labores de instrucción, luego de obtener la baja final, inamovilidad absoluta o declaratoria de reservista en comisión. Las batallas de Cañada Strongest, del Condado y el desastre de Picuiba, agotaron completamente a ambos ejércitos quienes, finalmente, suscribieron el 13 de junio de 1935 en Buenos Aires - Argentina39, un armisticio que puso fin a las hostilidades en el frente de batalla al medio día del 14 de junio, ante mediadores de distintos países de América y gracias a la influyente actuación de un cuestionado negociador “neutral”, José Saavedra Lamas40.

El Decreto Supremo de 17 de junio de 193541 autorizó el ejercicio profesional a todos aquellos extranjeros que prestaron servicios al país durante la contienda del Chaco. El 10 de julio de 1935 se creó, en la ciudad de Potosí, La Junta Restauradora de Artes y Monumentos Coloniales cuya función era la de construir, re-construir, conservar, investigar la pérdida de 38 39 40

“Bajo Bandera” es un fuero especial en el que se encontraban todas las personas que servían a la patria dentro las Fuerzas Armadas, en tiempo de paz o guerra. La paz que puso fin definitivo a la guerra del Chaco fue firmada el 21 de julio de 1938 en Buenos Aires - Argentina. Ministro de Relaciones Exteriores de Argentina, recibió el Premio Nobel de la Paz en 1936, por su actuación en la Guerra del Chaco.

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objetos valiosos, hacer seguimiento de responsabilidades legales, entre otros, a todos aquellos monumentos nacionales y edificios públicos que fueron ocupados por el ejército boliviano durante la guerra y a cuya consecuencia sufrieron algún deterioro, pérdida o sustracción. Esta comisión estaba compuesta por el prefecto del departamento, el presidente del Honorable Consejo Municipal, el rector de la universidad, el presidente del Círculo de Bellas Artes, un delegado de la Federación de Estudiantes y un delegado de la Unión de Obreros. Este decreto declaró Monumento Nacional la Casa de la Moneda en Potosí42 convirtiéndola en museo, pinacoteca, archivo colonial y centro de exposiciones. En septiembre, se determinó la prohibición de la enseñanza de educación física por maestras que eran casadas, esto por considerarlas mujeres que no poseían las condiciones físicas necesarias para esa labor. Decreto de 16 de septiembre de 1935 “CONSIDERANDO: Que dentro del plan educacional del estado, una vez pasada la guerra, está la intensificación de la educación física; Que los profesores del ramo deben reunir todas las condiciones indispensables exigidas por los reglamentos y programas vigentes; Que por razones fisiológicas no es posible exigir de las maestras casadas la intensa labor que precisa la educación física; DECRETA: Artículo 1º.- No pueden ser profesoras de educación física las maestras casadas.

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Dos días después de la firma de paz. La casa de la moneda en Potosí (entre otros edificios en distintas ciudades) fue ocupado por una repartición militar

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Para 1936, el presidente y los vocales miembros del Consejo Nacional de Educación, además del director nacional de instrucción pública, presentaron la renuncia a sus cargos como consecuencia de la coyuntura política. El Gobierno, a través del Decreto Supremo de 1º de febrero, pasó la responsabilidad administrativa, económica y ejecutiva al Ministerio de Instrucción Pública y el asesoramiento al secretario de Estado en su posición de superintendente general de educación, mantuvo suspendidas momentáneamente las funciones del consejo y dejó en suspenso temporal la convocatoria a nuevas autoridades, con el argumento de que el Congreso iba a analizar esas renuncias. El Congreso, entonces, se encontraba en receso, sin embargo esa no fue más que una salida decorosa del Gobierno, a la incomodidad que representaba para ellos el funcionamiento del consejo. En marzo, se firmó un cuestionado decreto que exigía, a los terratenientes y comunarios que habitan dentro un núcleo geográfico de Educación Indígena, la obligación de contribuir en la “obra ideológica y espiritual de la escuela” Decreto Supremo de 4 de marzo de 1936 DECRETA: Artículo 1º.- Los terratenientes comprendidos en el radio escolar de los núcleos de educación indigenal existentes y por fundarse, tienen la obligación ineludible de contribuir con sus colonos a la obra espiritual e ideológica de la escuela.

Esa obligación era también de los comunarios indígenas, debiendo los patronos ordenar su asistencia y presentar una lista de los niños de ambos sexos en edad escolar (entre 7 y 15 años) siendo pasibles a sanciones económicas, de incumplir estas disposiciones. El 9 de mayo de 1936, el decreto supremo instruyó que los servicios educativos que se hallaban en territorios de las colonias, pasen a depender 101

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del Ministerio de Instrucción Pública, a fin de uniformar y definir el sistema de instrucción nacional y evitar la dualidad de las funciones del Ministerio de Colonias y el Ministerio de Instrucción, pasando a depender algunos ítems del presupuesto del primero a favor del segundo. El 26 de mayo un Decreto Supremo reorganizó los horarios de oficina y feriados nacionales, los cuales eran: • Todos los domingos del año • 1º de enero • Lunes de carnaval • Viernes santo • 1º de mayo • 6 de agosto • El día de la raza • 25 de diciembre

Paralelamente a los acontecimientos de beligerancia, se convocaron a elecciones presidenciales, en las cuales Juan María Zalles y Bernardo Navajas Trigo se impusieron victoriosos a la fórmula del oficialista gobernante Franz Tamayo y Rafael de Ugarte, principalmente por sus magros resultados en las capitales de departamento, sin embargo, producto del cerco de Villamontes, ese proceso fue desconocido y Tejada Soriano quien continuó en el mando hasta mayo de 1936, fecha en que fue víctima de un golpe de Estado, nada menos que por los derrotados de la guerra del chaco.

El nuevo presidente, General José David Toro Ruilova, de orientación socialista, fue ministro de Fomento y Comunicaciones, jefe del Estado Mayor, agregado militar en Argentina y jefe de Comando Superior en la Guerra del Chaco.

El Ministerio de Instrucción Pública cambió su denominativo por el de Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas. El país salía de una contienda bélica que atento contra su juventud y desestabilizó mucho más su empobrecida economía, razón por lo que en materia educativa se 102

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tuvo que recurrir nuevamente a personas particulares con capacidad económica para la manutención de escuelas rurales.

En correspondencia con decretos similares de la administración anterior, el Decreto Supremo de 24 de mayo de 1936 exonera de la obligatoriedad de dar exámenes de fin de curso a los estudiantes de cualquier nivel académico, que asistieron a la Guerra del Chaco, pudiendo incorporase al curso inmediato superior. Ese mismo mes, con la intención de facilitar la inscripción de trabajadores a las universidades, el Gobierno autorizó salir de sus empleos a hrs.:11:00 por las mañanas y 17:00 por las tardes, para que éstos puedan asistir a sus clases, debiendo remplazar estos horarios con una hora de trabajo nocturno.

En 1936, el mes de junio, se organizó la Caja de Jubilaciones para maestros, normando los aportes individuales y coherentes con las políticas de post-guerra, se dispuso la creación de las Escuelas Fiscales Nocturnas, para adolescentes, obreros y excombatientes de la guerra del Chaco. Decreto Supremo de 10 de junio de 1936 “DECRETA: Artículo 1º.- Crease en todas las capitales de Departamento, escuelas fiscales nocturnas para adolescentes, adultos, obreros y excombatientes con tres grados a) de alfabetización; b) de complementación y c) de perfeccionamiento,...”

Se planteó la organización de programas especiales y asignación de personal nuevo y especializado, además de otras medidas de mejoramiento salarial y de infraestructura.

En un decreto histórico, el 1º de julio, el Gobierno garantizó la autonomía universitaria a través de la autonomía económica, otorgándoles como patrimonio su infraestructura, presupuesto del Tesoro Nacional, rentas municipales y recaudaciones propias resultado de los trámites universitarios. 103

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Decreto Supremo 1º de julio de 1936

CONSIDERANDO:

…con el propósito de consagrar la autonomía económica de la Universidad. Artículo 1º.- constituyen el patrimonio de cada universidad, en su respectivo distrito departamental. Los siguientes bienes y rentas: A) Los terrenos y edificios cedidos por el Estado, por particulares o especialistas adquiridos para construcciones locales para rectorados y facultades, con sus rentas, muebles y útiles, debiendo previamente realizarse, por órgano de las autoridades legales, la separación de los bienes correspondientes a la universidad, de los pertenecientes a los ciclos elemental y medio o de humanidades, así como la enseñanza normal y especial, dependientes del Consejo Nacional de Educación. B) Las subvenciones que consignare el Presupuesto Nacional, que serán depositadas en cuentas corrientes por las respectivas universidades, así como las donaciones y legados. C) El siete y medio por ciento (7 y ½%) de las rentas municipales de los tres primeros años a partir del 1º de julio del presente año y cinco por ciento (5%) en los años posteriores; el (20%) de las rentas departamentales por los tres primeros años y el diez (10%) en lo sucesivo, a partir del cuarto año. D) Los fondos provenientes de la matrícula universitaria, expedición de títulos universitarios, académicos, profesionales, nombramientos y revalidad, de los certificados, multas y todos los demás derechos que los Consejos Universitarios, creyeron conveniente crear, los mismos que serán directamente controlados y administrados por los tesoros universitarios. Artículo 2º.- Las universidades administrarán su patrimonio en forma absolutamente autónoma…” 104

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Para esto las universidades debían, anualmente, elaborar presupuestos, crear una comisión específica en cada universidad, denominada tesoro universitario y designar un contralor43. Esa misma fecha, un decreto planteó mecanismos que garantizaban recursos económicos a las universidades a través de los tesoros departamentales y municipales. Ante la ausencia directriz del Consejo Nacional de Educación, se creó la Dirección de Educación Pública, que fue un organismo técnico del Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas. Decreto de 19 de agosto de 1936 “Artículo 1º.- Crease la Dirección de Educación Pública, encargada de impulsar, controlar y orientar la marcha de los establecimientos fiscales y particulares de la República, así como de introducir las reformas del caso.

Esta dirección debía estar bajo la responsabilidad, del Director General de Educación, elegido por votación entre los directores generales de primaria, secundaria, indigenal y física, y direcciones dependientes de ésta.

Este mismo año se crearon, mediante decreto, la escuela mixta en Loreto de la Provincia Cercado del departamento del Beni, que debía funcionar el siguiente año, los distritos escolares, secciones de sanidad escolar (a cargo de médicos, que dictarían cátedra de Higiene Sexual en la secundaria y servicios gratuitos a todos los ciclos del sector fiscal), se procedió a la elaboración de mobiliario en los talleres del Ministerio de Educación y se crearon jefaturas escolares en Oruro, Potosí y Santa Cruz. Se organizaron cursos de orientación pedagógica para el personal interino nuevo y de perfeccionamiento docente para interinos con años de antigüedad cuya conclusión es legitimada con certificado de aptitud, competencia, y de perfeccionamiento respectivamente. 43

Interventor adscrito de la contraloría

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La Resolución Suprema del 22 de julio revocó las resoluciones supremas, que concedían a los institutos privados, otorgar certificados con validez universitaria, siendo a partir de entonces atribución exclusiva de las universidades autónomas.

Se estableció el concurso anual de las mejores obras literarias, didácticas o científicas con premios otorgados por el Gobierno central. Se dispusieron recursos económicos para la construcción de los Mausoleos del maestro. El Consejo Supremo de Educación Física, con el fin de recaudar fondos, autorizó la venta de terrenos. El 18 de agosto, se creó la Dirección General de Deportes, que integraría el Consejo Supremo de Educación Física y son establecidas, por decreto supremo, las juntas de auxilio escolar en provincias, cantones y vice-cantones, cuya función era la de cooperar al Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas, en el control y vigilancia de los deberes escolares y a las autoridades del ramo en el cumplimiento de sus funciones, y la difusión de la educación pública.

Un día después, bajo la política de escuelas para todas las capas y sectores sociales, se decretó la obligación de los propietarios de haciendas y empresas agrícolas, mineras o industriales de crear escuelas rurales para sus sirvientes. Decreto de 19 de agosto de 1936 “Art. 1º.- Los propietarios de empresas agrícolas, mineras, industriales en general y las sociedades de cualquier explotación con más de treinta niños en edad escolar, están en la obligación de sostener por su propia cuenta, una escuela rural con personal designado por el ministerio del ramo.”

Aquellas propiedades agrícolas, mineras o industriales que no contaban con la cantidad de 30 niños en edad escolar, debían asociarse con otras o enviar a sus niños a la población más próxima, en ambos 106

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casos se debía contribuir con el sostenimiento de la escuela en proporción con los niños que asistan a la misma. El Estado exigiría, de los patrones o las empresas, certificados escolares, mientras que las escuelas de nueva creación registrarían su creación en el “Libro de Escuelas Particulares” para posteriormente presentarlas en la Dirección General de Educación Indigenal44, repartición que debía encargarse de su seguimiento y control técnico y administrativo. El decreto aclaraba que los patronos que tenían a su servicio niños en edad escolar, aun cuando fueran domésticos, tenían la misma obligación, ya que los niños debían asistir a la escuela en horario nocturno a fin de no descuidar sus deberes. El Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas, contribuiría al sostenimiento de las escuelas, brindando material educativo en proporción al número de estudiantes. Se establecía un plazo de aproximadamente cuatro meses para la puesta en marcha de estas escuelas y se instituyó las sanciones para los que no cumpliesen la norma, que consistía en multas pecuniarias.

Tipificó como delito público, el mantenimiento del analfabetismo en los niños en edad escolar y si bien ésta, no se llegó a materializar, se constituyó en un hito de la legislación educativa. Decreto de 19 de agosto de 1936 “Artículo 2º.- A partir del 1º de enero del año próximo, se reputará como delito público el mantenimiento en el analfabetismo de los niños en edad escolar, cualquiera que sea su condición social, económica o racial, debiendo ser denunciados los infractores a las presentes disposiciones.”

El Gobierno consideró como tarea, la proliferación de las escuelas a lo largo de la república, y consciente de sus limitaciones económicas 44

En este Gobierno se creó la Dirección General de Educación.

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recurrió, como política reiterada, a personas pudientes para contar con su espontánea contribución.

Se instituyó la Insignia Deportiva Nacional en tres clases para distinguir a los deportistas sobresalientes, se reestructuraron las direcciones de educación física y deportes, delimitando sus campos de acción, asignando a la Dirección General de Educación Física, encargarse del aspecto educativo y la Dirección General de Deportes, la responsabilidad de las direcciones de deporte y atletismo post-escolar, y se autorizaron empréstitos para la construcción del estadio de La Paz para la práctica deportiva. Ante la carencia de recursos económicos y necesidad de infraestructura educativa, por Resolución Suprema del 7 de septiembre de 1936, se resolvió que todas las construcciones realizadas durante la guerra del Chaco para el Ejército Nacional, pasen a depender del Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas. El 17 de septiembre se reglamentó el Decreto Supremo de 18 de agosto, que estableció la creación de las juntas escolares. Decreto Supremo El objeto de las juntas.

Clases y Organización de las juntas.

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Reglamento – 17 de septiembre de 1936

Cooperar al desarrollo de la educación popular

1) juntas departamentales, conformadas por; en la paz: director general de educación primaria, delegada centro ferroviario femenino de auxilio a los escolares pobres. Otros departamentos: jefe del distrito escolar, un representante de cada barrio y zona, representante de la cruz roja local u otra institución similar. 2) juntas provinciales, conformadas por; sub prefecto de la provincia, alcalde municipal, un representante vecinal. 3) juntas cantonales, conformadas por; el corregidor, dos representantes elegidos entre los más notables del cantón.

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4) juntas vice-cantonales, conformadas por; el alcalde, dos representantes vecinales debiendo ser uno de ellos, indígena, alcalde o hilacata de la comunidad. Atribuciones.

Fondos y recursos.

Organizar la asistencia social, vigilar el normal funcionamiento de la escuela (s), mejorar y mantenimiento de la infraestructura y mobiliario, cooperar autoridades y funcionarios, ayudar en actividades escolares, cumplir la normativa educativa, compilar información estadística, etc. Subvenciones del Gobierno, prefectura y municipios, donaciones y venta de cupones, escarapelas, etc. prodesayuno escolar niños pobres.

En septiembre, se creó la Dirección General de Bibliotecas de la República, dependiente del Ministerio de Educación y en Cochabamba se expropió 900 metros cuadrados de terrero ubicados en la esquina de la calle Sucre y Oquendo, a favor de la Universidad Mayor de San Simón, donde actualmente funciona. Decreto supremo de 26 de septiembre de 1936 “DECRETA Artículo Único.- Declárese de necesidad y utilidad pública, el terreno anexo a las dependencias de la “Universidad Mayor de San Simón”, ubicado entre la “calle Sucre” y la “Avenida Oquendo” de la ciudad de Cochabamba, cuyas propietarias son la señora Eduviges v. de Acha e hijas, debiendo pagarse los gastos que demanda la expropiación con fondos de la nombrada universidad.”

Posteriormente, ante la falta de mano de obra para las construcciones y considerando los gastos económicos que ello representaba, el Gobierno dispuso que los indígenas, que por razones de información o de instrucción no se enrolaron al ejército durante la guerra, podrían 109

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rehabilitarse de su condición de omisos o remisos, realizando trabajos de albañilería por un año. Decreto supremo 3 de octubre de 1936 “DECRETA: Artículo 1º.- Los indígenas omisos, remisos a la campaña del Chaco, podrán rehabilitarse, trabajando cuando menos un año en las obras de edificación en los núcleos donde se organizan las escuelas indigenales. Artículo 2º.- Los directores de los establecimientos indigenales, creados por el Ministerio de Educación, recibirán los trabajos de construcción de las escuelas, apertura de caminos o conexión con las vidas de comunicación centrales, a la escuela, a los omisos y remisos que desean trabajar para ganar su rehabilitación, enviando las nóminas de los que voluntariamente a tal fin cumplido un año de trabajo, para otorgárseles los documentos de su rehabilitación.”

Fue durante ese año que el Ministerio de Educación prohibió las excavaciones en Konko (Jesús de Machaca - La Paz) declarándolos monumentos nacionales e incorporándolos al Museo Nacional de Tiahuanaco. Se autorizó la otorgación de títulos en provisión nacional a aquellos bolivianos que hubiesen obtenido títulos en el exterior.

En Cochabamba don Martín Cárdenas asumió las funciones de rector, entre el 21 y 26 de octubre en calidad de interventor y representante del Estado, ante la renuncia del rector y los conflictos suscitados en la Universidad Mayor de San Simón en Cochabamba, mientras el Consejo Supremo Universitario lograba normalizar el desarrollo académico. Con la intención de crear una cultura al ahorro y a la previsión, en una, poco común, disposición se instituyó al ahorro escolar obligatorio 110

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que dispuso que todo estudiante de kindergarten, escuela, colegio e instituto, debían ahorrar semanalmente en el registro de ahorro escolar a depositarse en el Banco Central de Bolivia y ser devueltos a la finalización de año escolar o ciclo de estudios (según el ciclo), esta medida sufrió de grandes dificultades organizacionales y sociales que terminaron por hacerla irrealizable. A partir de 1937, las escuelas comunales dependientes de los municipios, habrían de pasar a depender del Estado, a través de la Dirección General de Educación, en su manejo técnico, administrativo y económico, que se establecieron paulatinamente aunque no en su totalidad. Decreto supremo de 2 de noviembre de 1936 “DECRETA: Artículo 1º.- Desde el 1º de enero del próximo año, las escuelas comunales, en toda la República, pasaran a depender del Estado, subordinándose a la Dirección General de Educación y demás autoridades del ramo, en su aspecto técnico y en la organización de su personal docente.”

Esta nueva disposición, no deslindó a los municipios de realizar sus aportes económicos (en un mínimo de 8%) para la manutención de las mismas.

Se expropiaron tierras para actividades agropecuarias de la escuela indigenal Mojocoya, Provincia Zudañes Chuquisaca. Se creó, en La Paz, el Instituto Nacional de Ciegos y Sordomudos que atendería a los no videntes de nacimiento y los que resultaron afectados, producto de la guerra con el Paraguay.

En noviembre, mediante decreto supremo, se exoneró de aplicar exámenes de grado a todos aquellos egresados de las facultades de medicina de las universidades, (que después se amplió a otras carreras), que hubiesen asistido a la guerra. 111

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A fin de cumplir con la normativa expresada en el Estatuto de Educación Pública, la Escuela Normal de Sucre dejó la subordinación de la universidad y pasó a depender de la Dirección General de Educación Pública. Decreto supremo de 3 de diciembre de 1936 “DECRETA: Artículo 1º.- Modificase el Estatuto de Educación Pública de 25 de julio de 1930, en el punto que hace depender la Escuela Normal de la Universidad de Chuquisaca disponiendo ahora, su incorporación a la Dirección General de Educación Pública…”

La Escuela Normal, debía organizarse, según la disposición, contratando profesores extranjeros especialistas, ampliando infraestructura, adquiriendo material y recursos técnicos y didácticos.

Llamativa e irrealizable, aunque justificada desde el punto de vista castrense, fue la disposición que exigía a crear las Asociaciones de Tiro Escolar, para la práctica del tiro en ciclos primaria, secundaria y universitaria. Decreto supremo de 9 de diciembre de 1936 “CONSIDERANDO Que es necesario implantar la práctica de Tiro en todos los establecimientos educacionales del país; Que dicha práctica debe estar encaminada no solo hacia un fin deportivo, sino también, hacia un alto concepto patriótico. DECRETA: Artículo 1º.- Crease, con carácter obligatorio, el tiro escolar para los estudiantes de los ciclos universitarios, normal, secundario y primario.

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Artículo 2º.- El Tiro Escolar se organizará en cada distrito, en instituciones denominadas: “Asociación de Tiro Escolar”, dependientes de la Dirección General de Deportes y Scoutismo.”

La Asociación de Tiro Escolar tenía por objeto:

a) Fomentar y difundir la práctica del Tiro en todos los establecimientos fiscales y particulares de la República. b) Agrupar a todas las sociedades de idénticos propósitos, para impartirles disciplina e instrucción uniforme. c) Cultivar el interés y afición al tiro, mediante concursos, certámenes o campeonatos, fijando premios y recompensas.

Las asociaciones debían depender, normativa y organizativamente, de la Dirección General de Deportes y Scoutismo. Al finalizar 1936, se dictó el Estatuto Orgánico de Educación Indigenal y Campesina, que pretendía, como lo manifiesta en sus considerandos, “incorporar a las razas autóctonas a todas las actividades de la vida nacional” reconociendo que ésta era el primer deber del Estado, además, de que existen limitaciones del Decreto Supremo del 21 de enero de 1931. Decreto supremo Órgano director Principales atribuciones

Reglamento de 16 de diciembre de 1938

La Dirección General de Educación Indigenal y Campesina depende de la Dirección General de Educación Pública, cuyo director será elegido directamente por el Ministro de Educación entre una terna propuesta por la asamblea de Directores de Núcleo. Dirección técnica y principal responsable de la educación indigenal y campesina en todo el país.

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Dependencias

Núcleos indigenales Organización escolar

a) Estadística b) Investigaciones técnicas c) Difusión cultural d) Misiones culturales e) Sanidad escolar indigenal Además de transportes, comunicaciones, construcciones, agrícola y otras que podrían crearse dependiendo las necesidades.

Eran la escuela matriz y sus respectivas filiales de su jurisdicción educacional. Estaba dividida en cuatro secciones: 1. Jardín infantil 2. Elemental 3. Vocacional 4. Profesional

Las “tendencias” de la escuela indigenal y campesina eran: 1) Escolar 2) Agropecuario 3) Profesional

La sección profesional estaba orientada a los alumnos que demostraban inclinación y capacidad por la enseñanza, siendo parte de un curso pedagógico. No obstante la tendencia más fuerte y la inclinación que se pretendía dar era la manual y de acuerdo al medio. Decreto Supremo Reglamento 16 de diciembre de 1936 Artículo 23º.- el escolar indígena deberá familiarizarse con todos los talleres, hasta que su vocación se manifieste, organizándose de este modo, equipos técnicos, siendo obligatorio, el cultivo de la tierra, atención del ganado y construcciones.

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Se basaba en el principio de la co-educación y planteaba el autogobierno. Decreto Supremo Reglamento 16 de diciembre de 1936 Artículo 27º.- Los niños indígenas organizaran su gobierno propio, para crear el concepto de responsabilidad y disciplina espontáneos.

El período escolar abarcaba los doce meses, con vacaciones durante la época de siembras y cosechas, en las que también tendrían actividades de taller y de campo bajo supervisión.

El área de influencia abarcaba las comunidades, ayllus, centros mineros y forestales extendiéndose incluso a las tribus salvajes y priorizando zonas fronterizas, pudiéndose construir internados en los centros más importantes. En el aspecto pedagógico, se prohibió los castigos materiales y se hizo énfasis en que la escuela debería realizar ferias sociales, de producción, revalorización folklórica y labores de edificación y de extensión

En el aspecto económico, el reglamento aceptó que el problema del indio era integral (socio-económico) y que la escuela solo contemplaba en lo inmediato lo educativo y condicionaba a los dueños de haciendas y comunarios, a matricular en la escuela a los niños en edad escolar, sancionando a los dueños de haciendas que imposibiliten que sus colonos asistan a la escuela. La normativa dejaba abierta la posibilidad de recurrir a la fuerza pública, de darse las circunstancias.

La postura ideológica del Gobierno se ratificó, una vez más, cuando se promulgó el reglamento de funcionamiento de las escuelas y colegios particulares, los cuales, más allá de sus características, fines o condiciones, debían estar bajo supervisión técnica y administrativa del Ministerio del sector, ya que escudados en influencias eclesiásticas o económicas, se diversificaron prácticamente sin control alguno. 115

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Decreto Supremo Reglamento 18 de diciembre de 1936 Artículo 1º.- Para la apertura de un establecimiento particular se requerirá la autorización del Ministerio de Educación que la concederá o negará, previo informe de la Dirección General del ciclo y ramos respectivos. La institución o persona solicitante, indicará el objeto que se propone, el tipo de establecimiento educacional, por adoptarse, los antecedentes, títulos, años de servicio del personal docente y administrativo, el máximum de alumnos medio pupilos y externos que podrá admitir, las condiciones del local y los recursos o implementos que va a destinarle.

Los colegios privados que tenían internado, para conseguir la autorización respectiva, debían antes presentar los planos del edificio con todas las dependencias de trabajo, académico, alojamiento, gimnasio, servicios higiénicos y personal encargado de vigilancia, monto de la pensión, horarios de trabajo y horarios de alimentación. Las salas de los internados considerarían tener tres metros cúbicos de capacidad por persona, con su respectiva ventilación y luz adecuada.

Quienes no siguieren los pasos establecidos por la normativa, serían sancionados económicamente. Requerían poseer elementos indispensables para la enseñanza de la física, química, ciencias naturales, espacios para la biblioteca, educación física, manual y artística.

Fue la primera normativa en el país, que estableció que las escuelas y colegios privados, debían sujetarse a los planes y programas que regían en escuelas y colegios oficiales, principalmente en lo que refiere a las materias de historia, geografía e idiomas nacionales. Las materias de educación cívica, historia, geografía nacional y castellano debían ser dictadas obligatoriamente por docentes bolivianos. 116

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Se reconocieron los idiomas nacionales y la orientación que debía dárseles a las materias de música y dibujo, tenían que ser de preferencia con motivos “vernaculares tomados del folklore nacional” y respetar los emblemas y distinciones nacionales, prohibiéndose otras ajenas al país.

Debían realizar informes anuales sobre su funcionamiento, nómina de profesores, (no podían serlo quienes fueran destituidos de los estatales), número de alumnos, etc. De tener observaciones serias por parte de la Dirección General de Educación, los alumnos de estos establecimientos no podrían dar exámenes y estaban sujetos a clausura si incurrían en alguna falta tipificada como: inseguridad, insalubridad, inmoralidad, maltrato, propaganda tendenciosa política, religiosa o social, que se negase a inscribir estudiantes, ya sea por su condición social, religiosa u otra, imposiciones no autorizadas, falta de personal o infraestructura, etc. El alcance de ese decreto, fue prácticamente nulo debido a la debilidad política y gubernamental, limitaciones del ministerio del ramo y el poder e influencia de las instituciones privadas y religiosas. Finalmente, el 30 de diciembre mediante otro decreto, se prorrogó, en tres meses, el plazo a los propietarios de empresas agrícolas, mineras e industriales, para que establezcan escuelas por cuenta propia45.

El 14 de enero de 193746 se reglamentó, mediante decreto supremo, las funciones de la recientemente creada, Sección de Asuntos Indígenas dependiente del Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas, para la “rehabilitación de las masas nativas”, tenía como atribuciones:

a) Asumir la defensa del indio, en el régimen de salarios, servidumbre y en sus relaciones jurídicas y administrativas con los poderes públicos.

45 46

Según el Decreto Supremo de 19 de agosto. El Decreto hace alusión al Primer Congreso de Educación Indígena, que dentro sus resoluciones exige la formación de un Ministerio de Asuntos Indígenas, y ante la imposibilidad de establecerlo, se creó la Sección de Asuntos Indígenas.

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b) Estudiar las condiciones de los indios comunarios, colonos, aymaras, quechuas y de las poblaciones nativas del oriente y sudeste de la república. c) Investigar la cuestión social y económica y verificar con la cooperación de las reparticiones técnicas la demografía de los grupos técnicos. d) Compilar las leyes, decretos, resoluciones supremas, relativas a los indígenas, adoptadas desde la creación de la República, como base documental para la facción de una legislación indígena. e) Sugerir al gobierno, las medidas y tendientes al mejoramiento de la clase indígena en el orden social, económica y educacional. f) Presentar el respectivo ante-proyecto de leyes, decretos, para la incorporación de los aborígenes a la vida activa del país. g) Prestar informe en los asuntos de orden técnico y legal, relacionados con los indígenas.

Otra consecuencia directa de la desorganización escolar, fue la permanente inasistencia a clases por los estudiantes, lo que el Ministerio de Instruccion denominó vagancia estudiantil, y a fin de evitarla en todos los niveles de la educación sea esta privada o estatal, ordenó la creación de las fichas de asistencia.

Dichas fichas debían entregarse al principio de cada mes y devolverse al concluir el mismo, estas tarjetas tenían casillas para cada día del mes, los cuales debían ser marcadas en caso de asistencia y perforadas por inasistencia. Los estudiantes debían portar la tarjeta de modo permanente y mostrarla si era requerido por alguna autoridad, policía escolar o policía de seguridad, que tenían la autorización para exigir el mismo a toda persona en edad escolar que se encontrase fuera de su establecimiento en horarios de clases.

Como lo demostraba en su resolución de 1937, que autorizó la colecta de fondos para la educación indígena, el Gobierno militar socialista se 118

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concientizó respecto a la situación de exclusión en la que se desenvolvía el indígena, situación que solo podría ser revertida en la medida en que esta población acceda a la educación y sea parte de la fuerza “productora y consumidora saludable”. La Resolución de 28 de enero de 1937 constaba de cinco artículos, en la que se solicitaban, la cooperación “económica y voluntaria de los hombres de negocios más encumbrados de la república” quienes debían depositar sus aportes en el Banco Central de Bolivia a la orden del Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas. Los efectos de la resolución tenían una duración de seis meses y estos dineros no podían desviarse para ninguna otra situación.

El Gobierno creó la figura de “Preceptor Regimentario” para la instrucción elemental y cívica del recluta indígena dentro el ejército, estos eran normalistas enlistados para cumplir el servicio militar y se les reconocía, además de sus socorros47, un sueldo mensual de preceptor y reconocimiento como años de servicio computables.

Para ese año la cantidad de profesores varones diplomados del Instituto Superior de Educación Física, no fue suficiente para abarcar las vacancias de establecimientos fiscales y particulares, por lo que se estableció, por única vez, un curso rápido de educación física, a cuya conclusión se les otorgaría el respectivo certificado de “Profesor en Educación Física e Higiene Escolar”, podían participar de ese curso, solamente quienes fueran oficiales de reserva con título de bachiller u oficiales de línea (en servicio).

En conmemoración al 142º aniversario del nacimiento del Mariscal de Ayacucho, José Antonio de Sucre, se dispuso que su mensaje dirigido a Bolivia, cuando este abandonaba el país, debiera ser leído el día 3 de febrero de cada año en acto especial de recordatorio, en todas las escuelas.

Se creó un recargo adicional al impuesto municipal y departamental, para favorecer el sostenimiento de la educación técnica y especial en Potosí, 47

Pequeño monto económico que se le otorga al soldado mensualmente.

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Oruro, Tarija, Santa Cruz y Beni, y se les otorgó el título de bachiller a todos los cadetes que vencieron los dos primeros cursos del Colegio Militar.

Reiteradamente, la Junta de Gobierno demostró su amplia apertura orientada a la eliminación de inequidades sociales a las que fue sometida la clase indígena, Para el Gobierno de Toro, la temática indígena, fue preocupación constante y ello se traduce en disposiciones destinadas al resguardo de arbitrariedades, abusos y coacciones de los colonos de haciendas por parte de los patrones, quienes a menudo los expulsaban de sus tierras sin justificativos válidos, apropiándose de las pocas propiedades “Sayañas”48 que hubieran podido poseer. El Decreto Supremo de 25 de febrero prohibía la expulsión de indígenas colonos de las haciendas, que hubieran servido en ellas por más de dos años continuos o tres discontinuos, a sola voluntad de los patrones, ante la negativa del indígena a realizar labores agrícolas en períodos específicos o que algún familiar del colono se encuentre realizando el servicio militar.

Por decreto de 6 de abril, se concedió un plazo de 30 días más para que los propietarios industriales, agrícolas y mineros cumplan lo resuelto en el D. S. de 19 de agosto de 1936 que establecía la creación de escuelas rurales. Decreto Supremo 6 de abril de 1937 DECRETA: Artículo único.- concedece un plazo de 30 días a partir de la fecha para que los propietarios agrícolas, mineros, industriales en general, establezcan sus escuelas en cumplimiento del Decreto Supremo de 19 de agosto de 1936, debiendo las autoridades políticas imponer las sanciones respectivas a partir del 15 de mayo próximo.

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Un determinado terreno para la construcción de su vivienda y sus actividades agrícolas.

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El 30 de marzo se determinó el pago de haberes por parte de propietarios de empresas agrícolas, mineras, industriales y sociedades de explotación al personal docente que trabaje en sus escuelas, debiendo recibir un trato igualitario con el resto de los trabajadores o empleados. Por su parte, los comunarios indígenas debían cancelar un monto base o exigir al Gobierno (según sea su condición numérica de los estudiantes) un preceptor. La gestión del Gral. Toro, pretendió reestructurar la Escuela Normal de Sucre, decretó el 22 de mayo de 1937 que la Escuela Normal Mixta de Maestros de Sucre, debería formar maestros exclusivamente para las escuelas y colegios del estado, con las siguientes características:

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El decreto brindaba la posibilidad de que profesores en ejerció del área indígena que contaba con buenos antecedentes académicos y profesionales, ingresen a la escuela en calidad de becados. Decreto Supremo de 22 de mayo de 1937 “Art. 7º.- Los diferentes grupos indigenales enviarán anualmente en calidad de becados a sus mejores maestros a la sección Normal quienes recibirán la preparación pedagógica en el 3º y 4º curso normal de primaria, concluidos los cuales optarán el título de “Maestros Superiores Indígenas” y no podrán apartarse de su ciclo indigenal.”

Los estudiantes que deseasen, podían incorporarse al último curso del Instituto Superior de Educación Física de La Paz para obtener el grado de “Maestro Normal de Educación Física”, o ingresar al curso del Conservatorio Nacional de Música.

Se establecía, el servicio temporal y obligatorio de dos años en escuelas completas de provincias, con el objetivo de permitir la práctica profesional y la debida atención a los centros educativos provinciales.

A fin de reconocer méritos y otorgar facilidades y beneficios, se aumentó la categoría en el magisterio a quienes participaron de la contienda del Chaco, sancionando severamente a quienes re-huyeron cumplir con su deber patriótico. Decreto Supremo de 31 de mayo de 1937 “Artículo único.- Modificase el artículo 80 del Decreto Supremo de 24 de noviembre de 1936, relativo a la Reglamentación del Escalafón del Magisterio, en la siguiente forma: a) Los maestros que hubiesen concurrido a la Campaña del Chaco en calidad de soldados prestando servicios en la línea de fuego en unidades de combate, tienen

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derecho al aumento de una categoría sobre su calificación ordinaria. b) Los maestros que no justifiquen plenamente haber prestado a la defensa del país todo el concurso que le correspondía en virtud de las disposiciones pertinentes y llamados de movilización, no podrán permanecer bajo ningún concepto dentro de la organización educacional de la Republica. c) Los maestros que no hubiesen prestados sus servicios en la Campaña del Chaco como combatientes, pero que justifiquen haber cumplido con las obligaciones a que se hallaban sujetos en atención a su edad y a las disposiciones de las Juntas de Sanidad, tendrán en el Escalafón la categoría que les señale la calificación de hojas de servicio.”

Debido al desacuerdo en el funcionamiento existente entre la Dirección General de Educación Pública y las universidades públicas, consecuencia de la autonomía universitaria, el Estado dejó sin efecto del Decreto Supremo de 6 de marzo de 1936, en la que establecía que las universidades debían ser quienes entreguen los diplomas profesionales a maestros egresados de las escuelas normales e institutos profesionales de estas características. Decreto Supremo de 10 de junio de 1937 “Artículo 1º.- La Dirección General de Educación Pública conferirá los diplomas de los maestros egresados de las Escuelas Normales y demás establecimientos profesionales que se encuentren bajo su control disciplinario y técnico.”

La junta presidida por el General David Toro, tuvo, en el ámbito socio-económico, la virtud de nacionalizar la Standard OIL y creó Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y en el ámbito educativo, 123

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su constante mirada hacia la educación del indio, sin embargo un importante sector del ejército mostró su descontento con el Gobierno, el cual, creían, que se había alejado de los objetivos trazados en principio, lo que influyó decisivamente para que otro militar ocupara la casa de gobierno, esta vez, sin derramamiento de sangre ni alteración del orden público. Toro se auto desterró en Chile y el nuevo presidente llevó adelante una Convención Nacional en la que modifico la Constitución y fue reconocido de forma constitucional en el cargo. El Teniente Coronel Germán Busch Becerra, graduado del colegio Militar, fue condecorado con el “Cóndor de los Andes” por su actuación heroica en la guerra del Chaco, en el que creció su notoriedad, resultado de sus acciones personales carentes de miedo. A través del Ministerio de Educación, declaró el día del indio, estableciendo actos de conmemoración, en homenaje a éste, en los centros educativos municipales, fiscales y particulares, así como instituciones culturales y deportivas de los departamentos o provincias. Decreto Supremo de 20 de julio de 1937

“Artículo 1º.- Declarase “día del Indio” el 2 de agosto en homenaje a la fundación del primer Núcleo de Educación Indígena y Campesina de la Republica. En dicho día se realizarán, en los diferentes núcleos escolares indígenas, concentraciones de aborígenes, exposición y feria de productos, manufacturas nacionales y concursos folklóricos y otros actos que tiendan a elevar el nivel social, moral y cultural de las masas autóctonas.

El sostenimiento económico de las escuelas, había sido siempre una dificultad para todo Gobierno y por supuesto para este también, el cual recurrió a lo más práctico, como es el de pedir aportes a los propietarios de fondos y empresas. 124

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Decreto Supremo de 27 de julio de 1937 “Artículo 1º.- Los propietarios que poseen fondos o empresas próximos a los centros urbanos y que envían a los hijos de sus colonos y obreros a las escuelas provinciales y cantonales, pagaran un boliviano mensual, por cada niño de su hacienda o empresa, que recibe instrucción en dichas escuelas.

Los jefes de distrito escolar, debían ser quienes controlen la ejecución de este decreto sancionando económicamente a quienes incumpliesen el mismo.

El presidente Busch autorizó el doble salario (uno del Ministerio de Educación y otro del Ministerio de Guerra) a docentes que trabajaban en instituciones o establecimientos militares, pese a la observación del controlador general de la República.

A fin de consolidar un calendario escolar homogéneo, se estableció un total de 190 días hábiles, como tiempo destinado a las labores escolares, procediéndose posteriormente a los exámenes finales, autorizando ciertas modificaciones de acuerdo a las características regionales propias. Decreto Supremo de 10 de septiembre de 1937 “Artículo 1º.- El trabajo escolar en la República comprenderá un mínimo de 190 días hábiles, debiendo iniciarse los exámenes solamente cuando se hubiesen completado dicho tiempo. Artículo 2º.- Los exámenes de fin de curso, se realizan en la última quincena del periodo de trabajo escolar. Artículo 3º.- El Consejo de Directores de enseñanza primaria y secundaria, fiscal y particular, de la Capital de cada Departamento, tiene la facultad de disponer la suspensión de las labores escolares hasta el término de 10 días hábiles por los siguientes motivos: 1º. Rigor de

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la estación invernal.- 2º. Presentación de epidemias comprobada en su importancia por los informes de las oficinas de Sanidad Departamental.- 3º Por las actuaciones escolares de carácter extraordinario, como la realización de campeonatos y olimpiadas deportivas escolares. Si la suspensión fuese obligada a un término mayor, las labores escolares prolongarán su duración hasta completar el mínimo de 190 días hábiles consignados en el Art. 1º.”

Para efectos del escalafón y la jubilación, se dispuso el cómputo de dos años de servicio validos por cuatro en los maestros titulares, y cuatro por seis años en los maestros interinos que desempeñan funciones docentes en las fronteras del país. En septiembre se dispuso la jubilación con “Mérito Artístico” de don Simeón Roncal, distinguido maestro y compositor musical y se instituyó por decreto la condecoración “Orden al Mérito Maestro” para premiar y estimular a profesores y preceptores de la República, en cinco clases 5ª Caballero, 4ª Oficial, 3ª Comendador, 2ª Gran Oficial y 1ª Gran Cruz.

Derivación de la guerra, fue la atención que los respectivos Gobiernos le dieron a la enseñanza de la educación física, traducida en la creación de instancias administrativas, préstamos, expropiaciones, canjes, etc. destinados a la construcción de espacios deportivos. En lo normativo, el 8 de octubre de 1937, se aprobó y puso en vigencia el Reglamento de Educación Física Escolar, con tres capítulos y 37 artículos. Se instituyó la obligatoriedad de la enseñanza de la educación física en todos los establecimientos fiscales y particulares y organizados de la siguiente manera:

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El método básico de educación física fue el Método Sueco de Gimnasia, siendo obligatorio dedicarle a éste tres horas semanales, por lo menos una tarde a la semana para juegos organizados y deportes, mínimamente dos excursiones mensuales por cada ciclo escolar y obligatoriamente crear brigadas de escultismo. El año escolar se dividió en dos períodos, el primero denominado deportivo que corresponde a los cuatro primeros meses del año escolar y el segundo periodo atlético los últimos meses del año.

Se estableció la Insignia Deportiva Escolar, debiendo realizarse competencias, juegos, torneos y demostraciones deportivas permanentemente y cada dos años una olimpiada escolar. Las fábricas y empresas mineras con más de 100 empleados debían fomentar la actividad deportiva con la construcción de espacios e infraestructura adecuada y la contratación de un profesor específico, mientras que las 127

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escuelas y colegios debían tener necesariamente un gimnasio tipo sueco, palestras del tipo Herbert, duchas, un área mínima de 800 metros cuadrados y material deportivo.

En cuanto a los municipios, el decreto especificaba que estos debían construir gradualmente parques, jardines, etc., los espacios destinados a los juegos debían tener un mínimo de cinco metros cuadrados por habitante y los estadios y campos de juegos departamentales y municipales se declararon anexos de los locales escolares. En todos los casos los profesores de educación física debían ser titulados de los institutos pedagógicos nacionales siendo el consejo supremo de educación física la máxima instancia técnica del país, dependiendo de esta:

a) La Dirección General de Educación Física, responsable de la educación física pre-escolar y escolar, responsable del Instituto Superior de Educación Física, dependían de esta la sección de escultismo, Dirección de Antropometría, Estadística, Propaganda y de Asistencia Escolar. b) La Dirección General de Deportes, encargado de la educación física post-escolar. c) La Dirección de Tiro Escolar, responsable de la práctica deportiva del tiro nacional.

El Gobierno consideró inatendibles, en su totalidad, las escuelas indígenas, por lo que solicitó un monto de tres bolivianos por hijo que asistía a la escuela, esto sin embargo no dio resultado por la obvia dificultad económica del indígena, por lo que se decidió que toda comunidad (envíen o no a sus hijos) debía conformar un fondo común para el pago respectivo al preceptor.

Dentro el fomento a la práctica física y deportiva, también como consecuencia de la guerra y con fin de adiestramiento y futura formación 128

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de cuadros militares, en Decreto Reglamentario de 11 de octubre de 1937, se aprobó el reglamento para la instrucción obligatoria del tiro escolar en los ciclos primario, secundario y universitario, divididos en clubes de clase escolar, clase universitaria y clase indígena.

Toda escuela, colegio y facultad sea estatal o privada debía conformar un club de tiro escolar cuyos nombres debían ser de héroes bolivianos que ofrendaron su vida en contiendas internacionales. Todos los estudiantes ingresarían obligatoriamente al club y se denominarían socios, que pueden ser activos (estudiantes calificados hábiles para la práctica de tiro), pasivos (estudiantes calificados inhábiles para la práctica de tiro) y honorarios (personas externas que deseaban practicar tiro y padres de familia que colaboren moral y económicamente con el club), los cuales conformaran grupos de 25 personas para facilitar su desenvolvimiento y con el siguiente contenido: Clase escolar

Quinto año primaria Nomenclatura del fusil. Sexto año primaria Primer año secundaria

Segundo año secundaria Tercer año secundaria

Cuarto año secundaria

Teoría de tiro.

Instrucción de tiro de escuela, apuntar, obrar sobre el disparador y triangulación.

Posiciones de puntería, ejecución del tiro, tiro de ensayo con cinco cartuchos de fogueo y medidas de seguridad.

Personal de vigilancia, servicio de stand, servicio de blanco, tiro de ensayo con un cartucho de guerra y la primera lección de tiro sentado detrás de una mesa, distancia 80 metros, sobre blanco de doce zonas con silueta de cabeza, tres cartuchos, ningún impacto menor de cinco.

Medidas de seguridad, de vigilancia, servicio de stand, servicio de blanco y segunda lección de tiro. Tendido con apoyo, distancia 100 metros, blanco de doce zonas, con silueta de cabeza, tres cartuchos ningún impacto menos de seis. 129

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Quinto año secundaria

Sexto año secundaria

Tercera lección de tiro; tendido con apoyo, distancia 150 metros, blanco de doce zonas con silueta de cabeza, tres cartuchos, ningún impacto menos de siete. Cuarta lección de tiro; tendido sin apoyo, distancia 150 metros, blanco de doce zonas con silueta de cabeza, tres cartuchos, ningún impacto menos de siete. Quinta lección de tiro; tendido con apoyo 250 metros de distancia, blanco de doce zonas con silueta de cabeza tres cartuchos, ningún impacto menor de siete. Clase universitaria

Clase universitaria

Séptima lección de tiro; tendido con apoyo, distancia 250 metros, cinco cartuchos, 29 puntos, ningún impacto menor de cónico, uno no menor de siete, blanco de doce zonas con silueta de cabeza. Octava lección de tiro; tendido con apoyo, cinco cartuchos, 29 puntos, ningún impacto menor de cinco, uno no menor de siete, blanco de doce zonas con silueta de cabeza, tiempo no mayor de 40 segundos, distancia no definida.

El Comando en Jefe del Ejército debía proveer a los instructores de los respectivos clubes (oficiales de las guarniciones) la munición del cual debía rendirse informe de uso y el armamento debía quedar guardado en los establecimientos educativos bajo cuidado de los directores, bajo sanción penal, de ser perdido o arruinado por dejadez.

Salir de un cruento enfrentamiento bélico y con grandes consecuencias humanas, justificó en su momento estas disposiciones, que finalmente cedieron ante el gran desplazamiento humano, materia y económico que significaba y representaban dichos clubes, los cuales no llegaron a concretarse y consolidarse dentro el sistema educativo.

El Gobierno exoneró de dar exámenes finales a estudiantes universitarios de últimos cursos para acceder directamente al título en 130

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provisión nacional, quienes se enrolaron al ejército durante la guerra del chaco, los cuales de acuerdo a su área de estudio sirvieron como médicos, enfermeros, trabajo de minas y construcciones civiles.

Para entonces la universidad en Oruro funcionaba con las Facultades de Ingeniería de Minas y Derecho y Ciencias Políticas, y en virtud a disposiciones anteriores, el 12 de noviembre se reconoció la autonomía administrativa y económica de la denominada Universidad de San Agustín.

A fin de homogenizar decretos y disposiciones anteriores se estableció por Decreto Ley de 6 de diciembre, que los títulos en provisión nacional y las licencias generales para el ejercicio profesional serían entregados por el Ministerio de Educación, mientras que la entrega de los diplomas académicos, serían responsabilidad de las universidades.

El 25 de marzo de 1938, se emitió una resolución en la que se fijaron los requisitos para el ingreso a las escuelas rurales, las cuales consistían en haber vencido los seis cursos de la escuela primaria o demostrar una preparación similar a través de un examen de ingreso, no tener una edad inferior a 15 años ni una superior a 20, poseer salud compatible con la docencia y acreditar una moralidad intachable.

La duración de los estudios en las escuelas normales rurales, era de tres años, las cuales, de ser intensivos, se reducían a dos. El primer año era principalmente de nivelación de conocimientos generales y los dos últimos tenían que ver con materias orientadas a la profesionalización.

El plan de estudios de las Escuelas Normales Rurales alcanzaba los siguientes grupos de conocimientos:

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Primer grupo Ciencias de observación:

Ciencias físico-químicas, ciencias naturales y ciencias matemáticas.

Tercer grupo Ciencias de expresión:

Educación física y juegos, canto y música, castellano, trabajos manuales, dibujo y cultivos.

Segundo grupo Ciencias de asociación:

Historia, geografía, ciencias sociales, educación cívica y social.

Elementos de pedagogía, elementos de Cuarto grupo psicopedagogía, elementos de socio pedagogía y Ciencias de la educación: elementos de metodología.

En 1938 se instituyó por decreto, el “sábado inglés”, es decir descanso y suspensión de labores en toda la República, los sábados por la tarde.

Ese mismo año se llevó adelante en La Paz, la Convención Nacional que mediante Ley declaró “civil feriado”, sin cierre de oficinas el 27 de junio, como homenaje al centenario del reconocido analista y periodista intelectual Dr. Zoilo Flores, disponiendo la publicación de sus obras.

En noviembre concluyó con la reforma a la Constitución, la cual fue sancionada, promulgada y publicada en octubre de ese año. La propuesta fue liderizada por Mariano Baptista y contenía 21 secciones, 180 artículos e incorporó el constitucionalismo social. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 30 DE OCTUBRE DE 1938 “Germán Busch, Presidente Constitucional de la República. Por cuanto: la Soberana Asamblea Nacional ha sancionado y proclamado la siguiente Constitución Política del Estado. Sección segunda. Derechos y garantías Artículo 6.- Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio:

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f) De recibir instrucción. g) De enseñar bajo la vigilancia del Estado. Sección decimotercera. Régimen económico y financiero Artículo 111.- Las rentas del Estado se dividen en nacionales, departamentales y municipales, y se administrarán independientemente por sus tesoros. Ningún dinero se sacará de estos tesoros sino conforme a los respectivos presupuestos. Una ley orgánica clasificará los ingresos nacionales, departamentales y municipales. Los recursos departamentales, municipales y universitarios, recaudados por oficinas dependientes del tesoro nacional, de ninguna manera podrán ser centralizados en dicho tesoro. Sección decimoctava. Régimen cultural Artículo 154.- La educación es la más alta unción del Estado. La enseñanza pública se organizará según el sistema de la escuela única. La obligación de asistencia escolar es general desde los 7 hasta los 14 años. La instrucción primaria y secundaria del Estado es gratuita. Artículo 155.- El Estado auxiliará económicamente a los estudiantes aptos que, por falta de recursos, no tuvieren acceso a los ciclos superiores de enseñanza, de modo que sean la vocación y la capacidad, las condiciones que prevalezcan sobre la posición social o económica de los individuos. Artículo 156.- Las escuelas de carácter particular estarán sometidas a las mismas autoridades, planes, programas y reglamentos oficiales. Se les reconoce libertad de enseñanza religiosa. Artículo 157.- Las escuelas sostenidas por instituciones de beneficencia tendrán la cooperación del Estado. 133

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Artículo 158.- La educación en los ciclos primario, secundario, normal y especial, estará regida por el Consejo Nacional de Educación, que tendrá autonomía técnica y administrativa. Su organización y atribuciones determinarán la ley. Artículo 159.- Las Universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos, el nombramiento de sus Rectores, personal docente y administrativo, la facción de sus estatutos y planes de estudio, la aprobación de sus presupuestos anuales, la aceptación de legados y donaciones, la celebración de contratos y obligaciones para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa. Artículo 160.- Las Universidades públicas son las únicas autorizadas para extender diplomas académicos. Los títulos en provisión nacional los otorgará el Gobierno a nombre del Estado. Artículo 161.- Las Universidades públicas serán obligatoriamente subvencionadas por el fisco con fondos nacionales, independientemente de sus recursos departamentales, municipales y propios, creados o por crearse. Artículo 162.- La educación, en todos sus grados, se halla sujeta a la tuición del Estado ejercida por intermedio del Ministerio de Educación. Artículo 163.- La riqueza artística, arqueológica e histórica y la procedente del culto religioso, es tesoro cultural de la Nación, está bajo el amparo del Estado y no puede ser exportada. El Estado protegerá los edificios y lugares que sean declarados de valor histórico o artístico. Artículo 164.- El Estado fomentará la cultura del pueblo. Sección decimonovena. Del campesinado 134

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Artículo 167.- El Estado fomentará la educación del campesino, mediante núcleos escolares indígenas que tengan carácter integral abarcando los aspectos económico, social y pedagógico.”

La Honorable Convención Nacional determinó intervenir el Consejo Nacional de Educación, mediante ley de 10 de noviembre y mientras esta se organice el Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas asumiría en su totalidad la administración y dirección de la educación en sus ciclos elementales, pese a que más tarde, por Decreto Supremo de 5 de diciembre se estableció la reorganización y nombramiento interino de sus miembros. En 1939 se autoriza de manera formal (ya se ejecutaban aunque de modo desorganizado y sin normativa) los “exámenes de desquite” como una alternativa pedagógica a las reprobaciones en los ciclos de primaria, secundaria, profesional y normal. Este mismo año, se creó la Biblioteca Boliviana, el Comité Nacional de Deporte y se presentaron en el país una misión de maestros rurales Mexicanos pagados por el Gobierno.

Con el fin de crear un nuevo Estatuto Orgánico de la Educación que responda a la nueva constitución y ante las limitaciones demostradas por el Consejo Nacional de Educación, se resolvió que durante toda la gestión, todas las personas que fungían labores jerárquicas en educación debían dedicar un tiempo específico al estudio y posterior adopción de un nuevo estatuto orgánico de educación. Decreto Supremo de 11 de marzo de 1939 “Artículo 1º.- Durante el presente año escolar el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional y todas las autoridades dependientes del ramo educacional, que ejerzan jurisdicción, se dedicaran preferentemente al estudio y adopción del Estatuto Orgánico respectivo que

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interprete y lleve a la práctica la Sección décima octava de la Constitución política del estado, referente al Régimen Cultural; a dictar los reglamentos, disposiciones administrativas tendientes a la reorganización de las escuelas y colegios de la República; y a establecer en forma definitiva las normas de reorganización y funcionamiento de la enseñanza fiscal.”

Por Decreto de 21 de abril, se prohibió que los institutos, escuelas de comercio, academias, colegios, etc. de carácter privado expidan títulos profesionales como lo venían haciendo, en distintas materias (corte confección, contabilidad, secretariado, estenodactilográfia, etc.) siendo que el artículo 160º de la Nueva Constitución Política prohibía ello y dejando como atribución exclusiva a la universidad y al Estado, la otorgación de diplomas académicos y títulos en provisión nacional.

El 25 de mayo se decretó la ley del “Nuevo Código de la Educación – Bases y Formas de la Política Educacional” que en su primer y segundo artículo declaraba: Decreto Ley de 25 de mayo de 1939 “Artículo 1º.- La educación es función privativa del estado y se organiza según el sistema de la Escuela Unificada. Artículo 2º.- Se entiende por Escuela Unificada la estructuración orgánica y armoniosa desde el jardín de niños hasta la Universidad, la organización homogénea de la educación en sus finalidades, en su extensión y su profundidad y la acción estimuladora del educando hacia estudios superiores, valorando su capacidad y sosteniéndoles si las condiciones económicas no le permitiesen seguir la obra de su formación profesional.”

Contenía 10 capítulos y 88 artículos, estructurados (y resumidos) de la siguiente manera: 136

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La educación es función propia del Estado constituida en la Escuela Unificada, desde el primer ciclo hasta la educación superior (jardín de niños hasta la Universidad). Capítulo I, las Las directrices generales estaban basadas en el ideario común Bases Generales cívico, moral y normas técnico administrativas. Es el Consejo Nacional de Educación quien debía velar y supervisar los establecimientos educativos estatales y privados.

Capítulo II, Fines de la Educación

Capítulo III, Educación Cívica

La Escuela Unificada, pretende forjar una sociedad de hombres y mujeres cuyo concepto mayor y convicción superior sea la vida humana, con el comprendimiento que es la solidaridad nacional la única capaz de permitir el progreso y que no existe argumento alguno que impida participar activamente en obras y servicios a la patria. La escuela unificada buscaba estimular el descubrimiento de valores de la niñez y juventud, respetando el desarrollo de su personalidad, con un sentido de dignidad y compromiso social y patriótico, con principios éticos y morales, amor y respeto por la patria, sus instituciones, héroes, disciplina consciente, amor al trabajo, la cooperación social, sostenimiento del espíritu de sacrificio, intensa veneración por las tradiciones, los atributos y símbolos patrios, desarrollar la solidaridad, espíritu de sacrificio, amor al trabajo, respeto a las instituciones, cuidado de la visión y ampliación del estudiante sobre el mundo, contribuir con su pensamiento y el accionar de servicio a la humanidad. En todo establecimiento, fiscal o incorporado, sobre la entrada principal de la institución, debía ubicarse el Escudo Nacional y debajo de este el nombre de la institución, instalar en el centro del patio principal, una pértiga para la iza del enseña nacional. Cada lunes al inicio de las actividades escolares, debía rendirse homenaje a la patria con el izado de la bandera nacional que permanecería de esa manera, todo el día, a cargo del profesor 137

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de turno, entonando las notas del himno nacional, para posteriormente desarrollar un breve programa cívico-cultural, actividad que se conocería como lunes cívico. Ese homenaje semanal considerará una disertación por parte del educador de turno quien disertaría sobre la biografía de una ilustre y reconocida personalidad boliviana, un acontecimiento o hecho histórico, un logro cultural, económico, industria, o social, o respecto a la importancia de la familia, la patria y la humanidad. Al finalizar la faena académica y a tiempo de arriar el pabellón nacional, se realizaría una formación en cuadro en el que la máxima autoridad educativa de la institución debía dar a conocer sobre los antecedentes de los alumnos que hubiesen destacado por sus esfuerzos y aplicación en los estudios, conducta o cumplimiento de sus deberes cívicos. Se prohibía rotundamente el uso de símbolos, emblemas, esfinges, signos, lemas o retratos, saludos, insignias, documentos, membretes, sellos, rótulos, placas, textos, trajes, programas y reglamentos escolares extranjeros, de tendencias políticas o sociales. Se vedaba asimismo el uso de otro idioma que no sea el castellano en todas las materias (con excepción de los específicos destinados a la enseñanza de las lenguas) y principalmente en las de cívica y moral. Estas prohibiciones abarcaban la venta sin aprobación de los textos escolares extranjeros, realizar funciones cinematográficas, obras de teatro o festivales sin la autorización respectiva, alquilar materiales o dependencias escolares, consumo de bebidas alcohólicas, conceder vacaciones en días de trabajo, tener horarios irregulares, extensas prácticas religiosas, otorgar premios o reconocimientos de ostentación, con la advertencia final que no serían reconocidos oficialmente aquellos estudios escolares que contravengan estas disposiciones 138

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Capítulo IV, Disciplina Escolar

Capítulo V, Disciplina Docente

El derecho a la huelga por parte de los estudiantes no era reconocido: Decreto Ley de 25 de mayo 1939 Artículo 22º.- Toda tentativa de huelga escolar será investigada en sus orígenes, mediante proceso a cargo de un tribunal designado por las autoridades de educación. Quienes fueran encontrados como promotores e iniciadores serían sancionados de acuerdo al grado de responsabilidad con las siguientes penas: a) Separación temporal. b) Postergación de los exámenes finales a la fecha de los desquites. c) Perdida de año escolar. d) Exoneración definitiva de la calidad de estudiante en toda la república. La prohibición, les impedía, además, la constitución de sindicatos o cualquier tipo de gremio con estas características, pudiendo asociarse solo en organizaciones de carácter académico, deportivo, cultural, artístico, patriótico, filantrópico o cooperaciones escolares. Finalmente, como parte de la disciplina escolar se les prohibía efectuar viajes bajo pretexto de excursiones o giras de estudio, debiendo para ello presentar su plan de viaje, objeto e itinerario. Las salidas escolares debían hacerse siempre en formación de marcha y con canciones escolares. El maestro debía ser “vivo ejemplo de virtudes y moral” por lo que se constituyen faltas graves, aquellas que atentaban contra la “ética privada o social”, se establecía la “temperancia” como requisito indispensable castigándose la “intemperancia pública” de la siguiente manera: a) Por vez primera: amonestado. b) Por segunda vez: suspendido. c) Destituido irreversiblemente, de perdurar en su falta por tercera vez. 139

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El consumo de bebidas alcohólicas en la institución, así como las fiestas y la participación en ellas, era prohibido en los maestros y superiores, los cuales debían entre otras cosas cumplir con sus obligaciones administrativas eficientemente, ya que la tardanza en la entrega de informes u otros establecía la siguiente sanción: a) Por cada retraso en la hora exacta, la sexta parte del haber del día. b) Por cada media falta, la mitad del haber del día. c) Por falta completa, el haber del día. Lo recaudado se destinaría al fondo de jubilaciones y se realizarían informes sobre el mismo. Todo maestro estaba obligado a asistir a cursos de perfeccionamiento y seminarios de investigación pedagógica llevados a cabo por el Consejo Nacional de Educación. El período escolar comprendería diez meses, quedando suprimido las vacaciones de invierno. En el caso docente, quienes contabilizarían 30 inasistencias Capítulo VI, injustificadas (faltas o retrasos), serían sancionados con el 50% Período de de descuento del haber vacacional, quienes registraban 59 Trabajo inasistencias tendrían descuento total. La no entrega de libreta Escolar de notas o retraso de las mismas también era motivo de sanción. Estudiantes que hubiesen tenido 30 faltas, sufrirían postergación en sus exámenes, quienes se ausenten por 60 días, en ocasiones perderían el año. Todo estudiante debía rendir un examen anual para ascender de curso, quedando al margen de éste, aquellos estudiantes Capítulo VII, cuyos promedios anuales sean de 0, 1 o 249. Exámenes y Esas notas serían el promedio de las calificaciones de: Promociones a) Promedio de año, que comprendía también la del profesor. de Curso b) Calificación del delegado. c) Calificación del tercer miembro del tribunal. 49

La calificación entonces comprendía del 0 al 5, utilizando fracciones solo si estas alcanzan los cinco decimos, lo que daba derecho a la calificación inmediata superior.

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Capítulo VIII, Educación del Indio

Capitulo IX, Resguardo del Tesoro Artístico de la Nación

El artículo 58 del estatuto establecía como prioridad la educación del indio. Los maestros y directores debían cumplir, además de sus funciones, la responsabilidad obligatoria y sin obstáculo alguno en la enseñanza y asesoramiento de las asociaciones, cooperativismo y solidaridad nacional, personeros y representantes ante sus solicitudes y peticiones frente a las autoridades políticas y administrativas. Cualquier solución a un conflicto se daría con la plena aceptación del indígena, sin que el director o maestro se aproveche de su condición. No obstante, el beneficio de la educación no se daba a todos los núcleos de indios, algunos no eran alcanzados por el beneficio mencionado, y aquellos que sí tenían este privilegio, debían enviar obligatoriamente a los alumnos y pupilos bajo riesgo de sanción económica, sea indio o terrateniente. La ley prohibía a los extranjeros, ser profesores de indígenas y estipulaba sanciones para aquellos docentes que brindaban malos tratos, que extorsionaban, abusaban, engañaban, faltaban a la moral o atentaban contra la dignidad de la mujer campesina dentro la comunidad, serían sancionados con severas llamadas de atención, destitución y de acuerdo a la gravedad, incluso podrían ser sometidos a acciones civiles y criminales. El artículo 60º planteaba al indio o campesino como base de trabajo voluntario y rotativo, lo que significaba que éste se constituía en la mano de obra del Estado para la construcción de la infraestructura necesaria.

La responsabilidad de la catalogación y resguardo de los tesoros artísticos, sean de propiedad fiscal, municipal, particular, de instituciones religiosas (obras antiguas, obras de arte, objetos históricos y/o arqueológicos, etc.) o de la nación, quedaban bajo la responsabilidad de la Dirección General de Artes. El Estado prohibió la destrucción, deterioro, pérdida, daño o exportación, inclusive por vía diplomática, de estos tesoros artísticos nacionales. 141

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Se resolvió la denominación de escuelas fiscales a todas aquellas dependientes de las municipalidades y conocidas como tales, pasando a depender administrativamente con todos Capítulo X, sus elementos (recursos, personal, muebles, inmuebles, etc.) Disposiciones del Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación y por lo tanto quedaron eliminados los cargos de Generales Inspectores de Instrucción Municipal. Se planteó, igualmente, el denominativo de particular a todas las instituciones privadas que cumplían ese fin.

Este estatuto, se caracterizó por utilizar el término de maestro en lugar de preceptor, que era el denominativo que se les daba a los docentes de indígenas.

A principios de mes, el 2 de agosto, se estableció con carácter obligatorio la instrucción pre-militar para adolescentes y jóvenes de ambos sexos. Decreto Supremo de 2 de agosto de 1939 “DECRETA: Artículo 1º.- Se establece con carácter obligatorio la instrucción pre-militar para todos los niños y jóvenes bolivianos, comprendidos entre los 12 y los 18 años de edad, y las mujeres comprendidas entre los 15 y 20 años. Artículo 2º.- La instrucción pre-militar para los escolares estudiantes se efectuará en las mañanas de todos los días lunes hábiles y la de los niños y jóvenes que estén entregados a actividades extraescolares como trabajo de fábrica, comercio, oficinas, etc., tendrá lugar los domingos por la mañana.”

Los asistentes tendrían carnets de marca diaria que los identificarían como pre-militares, y debían ser presentados cada que las autoridades militares lo requerían y a la conclusión del mismo, en el caso de los que destacaban por civismo, disciplina y aptitudes personales, les permitirían 142

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integrar la “Juventud Cívica Boliviana” que remplazaría organizaciones juveniles internacionales como los Boy Scouts.

La coyuntura se vio interrumpida con la decisión del presidente Busch, de declararse dictador, que si bien contó con amplio respaldo popular, creo un ambiente de caos y anarquía, que concluyó trágicamente con su aparente suicidio, el 23 de agosto de 1939. Fue un Gobierno profundamente nacionalista y cívico, pero que el limitado tiempo de gestión no le permitió hacer más en el ámbito educativo. Posterior a la muerte de German Busch, los militares con la influencia y la fuerza que se habían impuesto durante ese período, nuevamente deciden el futuro del país nombrando un nuevo presidente y marginando al entonces vicepresidente don Enrique Valdivieso.

El General Carlos Quintanilla Quiroga, hizo una destacada carrera militar en el Estado Mayor y en la contienda del Chaco, pero su administración se limitó a retroceder en las medidas políticas y sociales, se puede mencionar la convocatoria a elecciones como la única acción positiva de su mandato, que en materia educativa fue prácticamente inexistente.

Entre las primeras acciones de Quintanilla, resalta el decreto de creación de las escuelas en las fronteras. Decreto Supremo 30 de agosto de 1939 “DECRETA: Artículo 1º.- Se organizan las Escuelas de Fronteras con la principal finalidad de realizar una política de hondo sentido nacionalista y de mejoramiento de las condiciones de vida de los niños que a ellas asistan. Artículo 2º.- Las escuelas de fronteras atenderán el desarrollo integral y armonioso de la personalidad de cada niño, estimulando el desenvolvimiento de sus aptitudes y de sus capacidades dentro las exigencias inmediatas de su medio.

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Artículo 3º.- Las escuelas de fronteras estarán dirigidas por maestros egresados de la Escuela Nacional de Maestros de la República y su personal docente será seleccionado entre los elementos que se hubiesen destacado por su acción, su cultura y su patriotismo en el desenvolvimiento de su función social. Artículo 4º.- La educación de las escuelas de frontera deberá ser proporcionado por el sistema cooperativista y con intervención de maestros, alumnos y padres de familia”.

Comprendía a estudiantes de 7 a 18 años y el funcionamiento de la escuela nocturna para adultos. Ese decreto estuvo lejos de cumplirse en su integridad, pese a que se le otorgó un presupuesto base distribuido de la siguiente manera, en todas las escuelas de frontera que mayor necesidad presentaban.

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El 25 de octubre de 1939, un inusual y anecdótico decreto, fustigó el actuar pasivo de los padres de familia y maestros que permitían “kermesses, matinés y bailes sociales en colegios y escuelas”, prohibiéndolas completamente, solamente autorizaron la fiesta del 21 de septiembre día del estudiante y amenazando con fuertes castigos a quienes incumplan la normativa. Debido al aumento de la demanda y la necesidad de profesores especializados en la educación de la primera infancia, se creó el curso rápido de maestros de jardín de niños “Kindergarterinas”.

Durante 1940 (en enero), se creó el “Comité Nacional de Nutrición Escolar” conformado por el Ministerio de Educación, Alcaldía Municipal, Consejo Nacional de Educación, Cámara de Comercio, Asociación de Industriales Mineros y Asociación de Periodistas, con la finalidad de supervisar el servicio de comedores escolares en todo el país.

Se observó el funcionamiento independiente que presentaba la Dirección General de Educación Indígena, incorporándola en calidad de departamento al Consejo Nacional de Educación. El presidente Quintanilla otorgó una jubilación extraordinaria (pensión vitalicia) al artista y reconocido músico nacional Andrés Barragán por sus aportes artísticos y culturales.

El apoyo gubernamental al deporte se manifestó en la modificación del sistema de elección del Comité Nacional de Deportes, convirtiéndose en atribución del presidente y otorgándole autonomía económica, autorización para la operativización de préstamos, expropiación de edificaciones para fines deportivos, e incluso una disposición que autorizaba el pago de un 50% de haber y licencia automática en sus fuentes laborales, para los funcionarios públicos y privados que conformaban equipos de representación nacional en eventos internacionales. Pese a que el Rectorado y la Facultad de Agronomía y Veterinaria de la Universidad Mayor de San Simón funcionaban en el Colegio Nacional 145

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Bolívar y la Escuela Facundo Quiroga, ya desde 1930 ocupaban algunas instalaciones en la propiedad de las cuadras, las cuales se consolidaron por Decreto Supremo de 5 de abril de 1940, que constaban de 15 hectáreas y 8,970 metros cuadrados. El Decreto también estableció la compensación, a favor del Ministerio de Educación, de 2 hectáreas continuas al campus de las cuadras por parte de la universidad de Cochabamba. En ese mismo departamento, se creó un impuesto de 0.10 Bs. sobre la botella de chicha, fondos destinados a la conclusión del estadio de Cochabamba.

En la ciudad de Sucre (como residencia temporal y bajo responsabilidad del Consejo Nacional de Educación) se creó el “Departamento de Pesquisas Psicológicas”, responsable de llevar adelante estudios psicológicos y científicos de los estudiantes bolivianos, resultados en los que debían basarse las próximas reformas pedagógicas y políticas gubernamentales. Los partidos tradicionales, se reorganizaron con el apoyo económico de la minería y eligieron al General Enrique Peñaranda como candidato a la presidencia, que llegó a ganar en las tranquilas elecciones de abril de 1940.

El General Enrique Peñaranda del Castillo, egresado del colegio Militar, participó en varias de las más importantes batallas libradas en el Chaco, lo que le valió el reconocimiento social, complementado por su carisma de disciplinado y valeroso oficial de ejército.

Si bien, en el ámbito político existieron medidas importantes, muchas de ellas reflejo de la II Guerra mundial que había comenzado, las políticas de reforma a la educación se estancaron y consolidaron la situación de pausa en la que habían entrado, ya que el Estado se limitó a mantener la situación vigente. Se emitió el Decreto Supremo de 10 de enero de 1942, que disponía la enseñanza de la Religión Católica con carácter obligatorio en todas las escuelas primarias. 146

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El ambiente político fue, especialmente, dinámico con la formación de nuevos y renovados partidos y grupos políticos como es el caso del Movimiento Nacionalista Revolucionario y la logia de jóvenes militares RADEPA (razón de Patria), quienes coordinadamente llevaron adelante un golpe de Estado el 20 de diciembre de 1943, llevando al entonces mayor Gualberto Villarroel a la presidencia, que fue reconocido internacionalmente, seis meses después. Mayor Gualberto Villarroel López egresó del colegio militar, ocupó cargos de jefatura en el Ejército y fue destacado combatiente de la guerra del Chaco. Las constantes disputas político-partidarias coaccionaron para que su Gobierno actué reiteradamente con violencia, por lo que fue acusado de ordenar asesinatos a dirigentes políticos opositores, ocasionando pérdida de su popularidad.

Llevó adelante una reforma constitucional y la convención que lo reconoció como presidente constitucional, tuvo problemas internos y conformó un gabinete ministerial íntegramente por militares. La nueva Reforma Constitucional fue sancionada el 23 de noviembre de 1945, promulgada y publicada el 24 de noviembre de 1945, tuvo como proponentes a Alberto Mendoza López y Armando Arce, el documento se estructuró en 21 secciones y 180 artículos. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 24 DE

NOVIEMBRE DE 1945 “Gualberto Villarroel, Presidente Constitucional de la República. Por cuanto: la Soberana Asamblea Nacional ha sancionado y proclamado la siguiente: Constitución Política del Estado de Bolivia. Sección segunda. Derechos y garantías Artículo 6.- Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio: 147

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f) De recibir instrucción. g) De enseñar bajo la vigilancia del Estado. Sección decimotercera. Régimen económico y financiero Artículo 112.- Las rentas del Estado se dividen en nacionales, departamentales y municipales, y se administrarán independientemente por sus tesoros. Ningún dinero se sacará de estos tesoros sino conforme a los respectivos presupuestos. Una ley orgánica clasificará los ingresos nacionales, departamentales y municipales. Los recursos departamentales, municipales o universitarios, recaudados por oficinas dependientes del Tesoro Nacional, de ninguna manera podrán ser centralizados en dicho tesoro. Sección decimoctava. Régimen cultural Artículo 154.- La educación es la más alta función del Estado. La enseñanza pública se organizará según el sistema de la escuela única. La obligación de asistencia escolar es general desde los 7 hasta los 14 años. La instrucción primaria y secundaria del Estado es gratuita. Artículo 155.- El Estado auxiliará económicamente a los estudiantes aptos que, por falta de recursos, no tuvieren acceso a los ciclos superiores de enseñanza, de modo que sean la vocación y la capacidad, las condiciones que prevalezcan sobre la posición social o económica de los individuos. Artículo 156.- Las escuelas de carácter particular estarán sometidas a las mismas autoridades, planes, programas y reglamentos oficiales. Se les reconoce libertad de enseñanza religiosa. Artículo 157.- Las escuelas sostenidas por instituciones de beneficencia tendrán la cooperación del Estado. 148

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Artículo 158.- La educación en los ciclos primario, secundario, normal y especial, estará regida por el Estado, mediante el ministerio del ramo y de acuerdo al Estatuto Educacional. Los cargos docentes son inamovibles bajo las condiciones estipuladas por ley. Artículo 159.- Las universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos, el nombramiento de sus rectores, personal docente y administrativo, la facción de sus estatutos y planes de estudio, la aprobación de sus presupuestos anuales, la aceptación de legados y donaciones, la celebración de contratos y obligaciones para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa. Artículo 160.- Las universidades públicas son las únicas autorizadas para extender diplomas académicos. Los títulos en Provisión Nacional los otorgará el Gobierno a nombre del Estado. Artículo 161.- Las universidades públicas serán obligatoriamente subvencionadas, por el fisco con fondos nacionales, independientemente de sus recursos departamentales, municipales y propios, creados o por crearse. Artículo 162.- La educación, en todos sus grados, se halla sujeta a la tuición del Estado ejercida por intermedio del Ministerio de Educación. Artículo 163.- La riqueza artística, arqueológica e histórica y la procedente del culto religioso, es tesoro cultural de la Nación. El Estado protegerá los edificios y lugares que sean declarados de valor histórico o artístico. 149

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Artículo 164.- El Estado fomentará la cultura del pueblo. Sección decimonovena. Del campesinado

Artículo 167.- El Estado fomentará la educación del campesinado, mediante núcleos escolares indígenas que tengan carácter integral abarcando los aspectos económico, social y pedagógico.”

No avanzó en el ámbito educativo, el 21 de julio de 1946, una gran masa asaltó la sede de gobierno, realizando considerables destrozos que terminaron con el más famoso magnicidio de la historia de Bolivia, Villarroel (conjuntamente sus principales colaboradores), fue muerto y colgado de la columna de farol en la Plaza Murillo.

El país quedó acéfalo en la máxima función administrativa por un día, hasta que finalmente una junta designó la cabeza de la República, al ministro Decano de la Corte Superior de Justicia de La Paz, don Néstor Guillen Olmos, quien a menos de un mes es sucedido por el presidente de la Corte Superior del Distrito de La Paz, don Tomás Monje. Tomas Monje Gutiérrez fue diputado, senador, fiscal y ministro de Instrucción Pública, tristemente su gestión se caracterizó por el asesinato de opositores políticos y los favoritismos en cargos públicos.

En medio de un absoluto y total descuido de la educación, el ambiente electoral presentó dos fórmulas, Enrique Hertzog – Mamerto Urriolagoitia y Fernando Guachalla – Guillermo Francovich, la primera fórmula cargaba acusaciones de responsabilidad sobre el fracaso de la Guerra del Chaco, debido a las funciones que ocupaba el primero durante ese período, mientras que los segundos fueron intelectuales de reconocido prestigio. Pragmatismos políticos ocasionaron que, por aproximadamente 400 votos de diferencia y posteriormente en el Congreso, la dupla Hertzog – Urriolagoitia asumiera el mando del país. 150

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Enrique Hertzog Garaizábal, fue profesional en medicina, catedrático universitario, prefecto de la ciudad de La Paz, embajador en España, ministro de Guerra, Educación, Obras Públicas, Higiene y Salubridad. Su Gobierno emitió una serie de disposiciones que tenían que ver, fundamentalmente, con la formación docente, supervisión educativa y la enseñanza católica.

El Decreto-Ley de 20 de mayo de 1946, con gran acierto, fue a dar creación en la Escuela Nacional de Maestros de Sucre, una “sección superior de perfeccionamiento docente” destinada, específicamente, a la formación de personal directivo y administrador de las escuelas, incrementando en un año el tiempo de estudio y reconociéndoles sus haberes como pensión. Los gobernantes llevaron adelante una Asamblea Nacional Constituyente, en la que se modificó la Constitución Política del Estado, mencionando expresamente algunos acápites referidos a la educación. El 17 de noviembre de 1947 se sancionó y el 26 de noviembre fue promulgada y publicada una nueva Reforma Constitucional proyectada por Antonio Landivar Ribera y aprobada con una estructura de 21 secciones y 183 artículos. La nueva Constitución les reconoció, a los ciudadanos, el derecho a la educación. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1947 “Sección segunda. Derechos y garantías Artículo 6.- Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio: f) De recibir instrucción. g) De enseñar bajo la vigilancia del Estado.”

Reconoció la educación como la más alta de sus funciones y ratificó la autonomía universitaria. 151

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Sección decimoctava. Régimen cultural Artículo 157.- La educación es la más alta función del Estado. La enseñanza pública se organizará según el sistema de la escuela única. La obligación de asistencia escolar es general desde los siete hasta los catorce años. La instrucción primaria y secundaria del Estado es gratuita. Artículo 158.- El Estado auxiliará económicamente a los estudiantes aptos que, por falta de recursos, no tuvieren acceso a los ciclos superiores de enseñanza, de modo que sean la vocación y la capacidad, las condiciones que prevalezcan sobre la posición social o económica de los individuos. Artículo 159.- Las escuelas de carácter particular estarán sometidas a las mismas autoridades, planes, programas y reglamentos oficiales. Se les reconoce libertad de enseñanza religiosa. Artículo 160.- Las escuelas sostenidas por instituciones de beneficencia tendrán la cooperación del Estado. Artículo 161.- La educación en los ciclos primario, secundario, normal y especial, estará regida por el Estado, mediante el Ministerio del ramo y de acuerdo al Estatuto Educacional. Los cargos docentes son inamovibles bajo las condiciones estipuladas por Ley. Artículo 162.- Las Universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos, el nombramiento de sus Rectores, personal docente y administrativo, la facción de sus estatutos y planes de estudio, la aprobación de sus presupuestos anuales, la aceptación de legados y donaciones, la celebración de contratos y obligaciones para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. 152

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Podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa. Artículo 163.- Las Universidades públicas son las únicas autorizadas para extender diplomas académicos. Los títulos en provisión nacional los otorgará el Gobierno a nombre del Estado. Artículo 164.- Las Universidades públicas serán obligatoriamente subvencionadas por el fisco con fondos nacionales, independientemente de sus recursos departamentales, municipales y propios, creados, o por crearse. Artículo 165.- La educación, en todos sus grados, se halla sujeta a la tuición del Estado ejercida por intermedio del Ministerio de Educación.

En el acápite referido al campesinado, reconocía el Estado, su obligación para el sostenimiento de las escuelas rurales. Sección decimonovena. Del campesinado

Artículo 170.- El Estado fomentará la educación del campesino, mediante núcleos escolares indígenas que tengan carácter integral abarcando los aspectos económicos, sociales y pedagógicos.

El Decreto Supremo de 12 de febrero de 1948 fue dado en función al artículo 158º de la nueva Constitución, en la que se encomendaba organizar un comité encargado, conjuntamente al Ministerio de Educación, Bellas Artes y Asuntos Indígenas50, de estudiar y proyectar el Estatuto Educacional, el cual debía considerar los siguientes aspectos:

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El Ministerio de Educación y Asuntos Indígenas cambia su nombre por el de Ministerio de Educación, Bellas Artes y Asuntos Indígenas

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a) El Consejo Nacional de Educación y demás organismos directivos. b) Bases e ideales de la educación boliviana. c) Organización escolar, kindergarten, primaria, secundaria, normal, especial e indígena. d) Escalafón del magisterio. e) Asenso, destino, cambios, licencias, acumulaciones, comisiones y procesos.

Se dictamina la enseñanza religiosa católica con carácter obligatorio, bajo el argumento que así lo establecía el Artículo 3º de la Constitución Política del Estado, del Decreto Supremo de enero de 1942, que disponía con carácter obligatorio la enseñanza de la Religión Católica en todas las escuelas primarias del país, sean fiscales o particulares, y el Decreto-Ley dictado por la Excma. Junta de Gobierno, en fecha 7 de marzo de 1947. Por Decreto Supremo de 19 de abril de 1949, se hizo extensiva la obligatoriedad a los establecimientos de educación media y especial de la República.

Hertzog renuncia en mayo 1949, aquejado por sus problemas de salud y la incesante presión política, dando lugar a que lo sustituya Urriolagoitia. Mamerto Urriolagoitia Harriague, de profesión abogado, fue senador y plenipotenciario en Gran Bretaña, ocupó interinamente la presidencia y constitucionalmente en octubre de 1949. Ese mismo año sofocó duramente, con el apoyo del ejército, una guerra civil encabezada por los dirigentes del Movimiento Nacionalista Revolucionario que ya logró sublevar varias ciudades.

El 30 de noviembre de 1950 se instituyó el Decreto Supremo Nº 2273 que establecía la creación de los “Comités de Edificaciones Escolares”, cuyos miembros debían desarrollar sus funciones adhonorem y en concordancia a la ley de 4 de enero de 1950 que planteaba la creación de recursos económicos con destino a las edificaciones. 154

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El Comité Nacional de Edificaciones funciono en la ciudad de La Paz, bajo tuición y Control Técnico Administrativo del Ministerio de Educación, estaba conformado por: a) Ministro de Educación b) Director General de Educación c) Director General de Arquitectura o un delegado de Obras Públicas d) Ingeniero escolar del Ministerio de Educación e) Delegado de la Federación Nacional de Maestros f) Un Representante de la Contraloría General de la república

Cada capital de departamento competía replicarla organización de un Comité, integrado por los prefectos, alcaldes, jefe de distrito escolar, director departamental de obras públicas, delegado de la federación de maestros, representante de la contraloría, hasta ciudadanos notables. Su función era básicamente recaudar y generar recursos para destinarlos a las edificaciones y proponer planes para las mismas. El mismo decreto estableció el impuesto global complementario sobre acciones y sobre compañías Holding, ganancias extraordinarias, autorización y operaciones de empréstito y otros impuestos. En 1951 se convocó a nuevas elecciones generales, resultando victorioso la dupla del M.N.R. Víctor Paz – Hernán Siles, resultados que fueron desconocidos por el Gobierno, que prefirió entregar la presidencia a una Junta Militar51.

El General Ovidio Quiroga, en su calidad de Comandante de la Fuerzas Armadas, entregó el mando del país a la Junta Militar encabezada por el General Hugo Ballivián Rojas, quien fuera comandante del Colegio Militar, Jefe de Ejercito en la Guerra del Chaco y agregado Militar en Estados Unidos y Europa. 51

Acto conocido como el “Mamertazo” o “Mamertada”.

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Ballivian, asumiendo funciones, declaró nulas las elecciones ganadas por el M.N.R., confinó a muchos dirigentes políticos y sindicales52; posteriormente convocó a nuevas elecciones que no se realizaron. En el ámbito educativo, pese al corto tiempo de mandato promulgó el “Estatuto de la Educación Nacional”, que se constituyó en la más completa de las legislaciones educativas emitidas hasta entonces. Si bien contenía errores de concepción, también introducía innovadores elementos pedagógicos que fueron opacados por las circunstancias sociales.

El Decreto-Ley Orgánico de la Educación contenía; principios, finalidades, normas generales, delimitaciones, estructura científica, pedagógica y administrativa, asimismo, antecede reconociendo que se encierra en lo físico y mental, por lo que plantea la necesidad de una formación armónica en relación con todas las facultades del ser humano, sobre todo lo social, que permitiría la “bolivianidad útil y productiva”, de acuerdo a la capacidad biológica, económica y natural del individuo. Código de la Educación Boliviana de 4 de marzo de 1952 “Art. 1º.- Adoptase el presente ESTATUTO DE EDUCACIÓN NACIONAL, como instrumento legal destinado a regular las relaciones y finalidades de la Educación y régimen cultural que preceptúa la Carta Política de Estado, cuya aplicación entrará en vigencia a partir de la fecha, con cargo de aprobación legislativa.”

La finalidad de la educación esbozaba:

“Art. 3º.- La Educación boliviana se inspira en los principios morales de dignidad y elevación del ser humano; propende a su mayor desarrollo armónico en

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Víctor Paz se encontraba exiliado en Argentina.

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lo espiritual, físico, económico y social y de acuerdo con los fundamentos de la “Declaración Universal de los Derechos del hombre”, que los hace suyos, asume la misión de contribuir a la comprensión y efectivo reconocimiento de tales derechos en la comunidad boliviana.”

Planteaba el reconocimiento de los objetivos de la educación contemporánea, que buscaba el desarrollo integral (productora, intelectual o manual), promover el perfeccionamiento y la felicidad del individuo, convirtiéndolo en una persona útil a la colectividad por medio de:

a) El cuidado de la higiene y la salud. b) El control de los conocimientos fundamentales. c) La preparación para la vida familiar y cívica. d) El cultivo de las aptitudes personales y el gusto estético por el aprovechamiento del tiempo libre. e) La capacitación para hacer frente a la vida contribuyendo al incremento de la economía individual y colectiva. f) La ética, como fundamento de la conducta humana. g) La formación del carácter.

Los objetivos de la educación nacional (de principios democráticos e inductora del servicio a la patria) eran:

a) Estimular el sentimiento patrio (herencia cultural boliviana), que afirme y unifique la nacionalidad. b) Capacitar en el aprovechamiento e industrialización de los recursos sostenibles. c) La superación de diferencias raciales con espíritu de unidad nacional. d) La escuela como ente de cooperación y de mayor responsabilidad en la formación moral de los niños. 157

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e) Preservar el valor físico del pueblo boliviano, alimentación adicional, y tratamiento médico a la niñez necesitada. f) Incorporar al “aborigen” de manera efectiva a la ciudadanía boliviana. g) Desarrollo de la conciencia y la conducta para servir a los intereses de la nación. h) Brindar oportunidades educativas a todos los individuos sin más condición que su capacidad. i) Formación moral de los niños mediante la enseñanza religiosa. j) Libertad de enseñanza, libertad para la elección de maestros e institución para la educación.

Reconocía abiertamente la diversidad cultural, el aislamiento social del “aborigen” y la necesidad incorporarlo a la ciudadanía boliviana. Código de la Educación Boliviana de 4 de marzo de 1952 “c) Las diversidades étnica, cultural y geográfica de la nación, imponen a la Escuela el deber de obtener la solución de dichas divergencias con un espíritu de unidad superior. f) El aislamiento social y cultural en el que se encuentra el aborigen requiere, imperiosamente, de la cooperación de la Escuela para habilitarlo como miembro efectivo de la ciudadanía boliviana.”

Se mostraba de acuerdo con la coyuntura política mundial de la cual exigía respeto y comprensión recíproca. Planteaba las bases de la educación boliviana fundamentada en el reconocimiento de la educación como la más alta función del Estado, retomando un concepto que había sido elaborado durante el mandato de Simón Bolívar.

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Código de la Educación Boliviana de 4 de marzo de 1952 “Art. 7º.- “La educación es la más alta función del estado”, que se ejerce por el Ministerio de Educación Nacional, con el deber primordial de sostenerla, de acuerdo con los principios democráticos y las finalidades bolivianas de la Escuela Única Nacional. Art. 8º.- La Escuela Única, que preceptúa el artículo 157 de la Constitución Política del Estado tiene por objeto la estructuración orgánica y armoniosa de la enseñanza desde los Jardines de Niños hasta la Universidad, con planes y programas uniformes, así como la organización homogénea de la educación en sus finalidades, en su extensión y profundidad y la acción estimuladora del educando hacia estudios agropecuarios, industriales, manuales o superiores, valorando su capacidad y sosteniéndose si las condiciones económicas no le permitiesen seguir la obra de su formación profesional.”

Se exigió la máxima capacidad, eficiencia y responsabilidad de las autoridades nacionales en general y educativas en particular, educadores, educandos y la cooperación de la comunidad.

La educación primaria oficial, que comprendía de los 7 a los 14 años, era gratuita y obligatoria en concordancia con el artículo 157 de la Constitución. La secundaria, técnica, normal y profesional provista por el Estado sería gratuita. Los padres tenían la obligación de inscribir y vigilar la asistencia de sus dependientes a la escuela, siendo sujetos a sanciones económicas, podían demandar el auxilio de las autoridades policiales, solicitar la privación de la patria potestad o tutela y requerir la intervención judicial (de acuerdo al caso), si no cumpliesen con esas prescripciones, quedando libres de responsabilidad solamente en el caso de que no existiese una escuela gratuita a menos de 3 kilómetros de domicilio del estudiante. 159

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Rescataban legislaciones pasadas, en los que obligaban a empresas de construcción, transporte, mineras, fundos agrícolas, ganaderos y comunidades campesinas que estuviesen a 20 km. o más alejadas de las capitales de departamentos y tuviesen poblaciones escolares mayores a 30 estudiantes, debían instalar establecimientos escolares. Igualmente, los patrones y empleadores que tenían bajo su dependencia a niños o adultos sin instrucción, deberían brindar las facilidades necesarias para que estos acudan a centros escolares diurnos o nocturnos de educación primaria, educación fundamental, centros de educación supletoria o alfabetización, y brindar informes periódicos al Ministerio de Trabajo, organismo encargado de emitir las sanciones correspondientes.

Se planteó la sustitución de la enseñanza del dictado verbalista, por el de la escuela nueva53, práctica, objetiva y experimental, basando la educación nacional en métodos pedagógicos y científicos de la evolución biogenética del educando y “un ferviente culto a la patria, orden, salud, trabajo, estudio y disciplina consiente”54.

La ley denominó establecimientos oficiales a todos aquellos que eran de tutela del Estado, y establecimientos particulares aquellas que eran sostenidas por personas o instituciones ajenas a este. Código de la Educación Boliviana de 4 de marzo de 1952 “Art. 24º…La educación que estos impartan se consideraran como actividad de cooperación en el

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La Escuela activa, (teoría cuyos orígenes se encuentran en Europa) concibe el aprendizaje como un proceso de adquisición de conocimientos individual, en relación con las condiciones particulares de cada educando, en el que interviene el principio de la actividad dinámica. (Trabajo áulico y extra-áulico, investigación, problemas, etc.). Las primeras décadas de 1900 el concepto de “la escuela activa” se maneja como sinónimo de “escuela nueva” y encuentra su fundamento en el activismo. Antón Semiónovich Makarenko (1888-1939), pedagogo ucraniano, cuyos planteamientos pedagógicos influyeron en el sistema escolar comunista, se basaban en la relación educación científica - política, realizaba énfasis en la importancia de la “Disciplina Consciente”, responsabilidad y el trabajo en el ámbito de la educación y la sociedad.

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cumplimiento de la función educativa nacional y el Estado autorizará su desarrollo, bajo directa organización y control de las autoridades fiscales, con sometimiento a las disposiciones tanto legales como técnicas.”

En cuanto a la educación indígena, campesina, salvaje y aborigen, éste refiere la obligación que tiene el Gobierno, de responsabilizarse de la educación, a través de escuelas y núcleos rurales granjas experimentales, manuales e industriales así como encargarse de quienes se encuentren en “estado salvaje”. Código de la Educación Boliviana de 4 de marzo de 1952 “Art. 25º…Asimismo, el estado tiene el deber de incorporar a la sociedad a individuos que se encuentre en estado salvaje, mediante Núcleos Escolares de Recuperación Selvática. Art. 26º.- Se declara de utilidad e interés nacional el desarrollo de una política educativa destinada a alfabetizar y obtener el mejoramiento económico, social, social y cultural de los grupos de aborígenes… Art. 31º.- El estado se encargará de realizar campañas destinadas a alfabetizar adolescentes y adultos, así como de continuarlas mediante la educación fundamental relacionada con el mejoramiento de los grupos aborígenes, con núcleos, escuelas secciónales campesinas, escuelas granjas experimentales, manuales e industriales, núcleos de recuperación selvática, con orientaciones específicas en las técnicas agropecuarias regionales, de industrialización de productos y recursos rurales, de prácticas higiénico-sanitarias, de artes vernáculas y dignificación de la vida doméstica y social.”

Todo local escolar era considerado como recinto sagrado, el Estado por respeto a la personalidad del educando, debía resguardar, no admitir 161

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ni tolerar ningún tipo de influencia o propaganda política partidista, sectaria, social o personalista contraria a la constitución. Código de la Educación Boliviana de 4 de marzo de 1952 “Art. 27º.-…Los establecimientos de educación, fiscales o particulares, en ningún momento, podrán ser profanados con manifestaciones foráneas, tendenciosamente destructoras de la unidad nacional o que favorezcan el desarrollo de luchas sociales antagónicas, religiosas y étnicas.”

La Educación Nacional respetaba la conciencia individual y colectiva, pero combatía el fanatismo y la intolerancia que iba en contra del valor científico.

No se reconoció institución u organismo autónomo alguno, salvo las universidades públicas, después del Comité Nacional de Deportes, Caja de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio, todos los establecimientos fiscales o particulares de cualquier tipo estaban sujetos al control técnicoorgánico como económico–administrativo del Ministerio de Educación o sus dependencias.

Innovador y convenientemente, los poderes de familia fueron convocados a colaborar en la educación de sus hijos dentro el hogar, así como cooperar moral y materialmente con medios y recursos. La ley reconoció la religión católica en la escuela boliviana y admitió la libertad de culto, en colegios estatales o particulares, los estudiantes que no profesaban la religión católica, disidentes, quedaban dispensados de estos cursos.

En cuanto a la estructura del sistema educativo; Los planes, métodos y programas de educación nacional se basarían en la evolución mental y física de los educandos y considerando las condiciones económico162

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geográficas de las distintas regiones del país. El sistema de educación nacional abarcaba los siguientes núcleos: Tipo de educación

Impartida en Escuelas maternales, escuelas hogar y jardines de Educación Pre-escolar niños Educación Primaria y Escuelas elementales de tipo urbano pre-vocacional Educación Rural y Escuelas y núcleos campesinos pre-vocacional Educación Secundaria Colegios y liceos y vocacional Escuelas industriales, agropecuarias, mineras, Educación Técnico petroleras, institutos comerciales, aduaneros, bancarios, profesional técnica administrativa, escuelas profesionales femeninas Escuelas nacionales de artes aplicadas, escuelas y Educación Artística conservatorios nacionales de música Educación y Institutos pedagógicos formación docente Educación superior

Universidades de la república

Educación supletoria

Campañas alfabetizadoras y escuelas fundamentales

Educación especial

Centros residenciales y escuelas especiales

Educación de extensión cultural

Organismos complementarios de cultura general

La estructura del sistema educativo nacional estaba organizada sobre cuatro campos de acción: 1. Educación regular 2. Educación supletoria 3. Educación especial 4. Educación de extensión cultural

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1) Educación Regular Se impartiría en el sistema gradual completo de ciclos escolares. 1.Escuelas maternas: Destinadas a la protección del individuo desde el periodo anterior a su nacimiento, preparaba a la futura madre en conocimientos biológicos higiénicos y prácticas de convivencia familiar. Se realizaba en preventorios maternales y casas – cuna bajo supervisión del Estado y organismos de asistencia social. 2. Escuelas hogar: Destinadas a la protección de los niños huérfanos, a) Educación pre-escolar indigentes, abandonados y débiles. Se realizaban en establecimientos ubicados en el campo, cerca de poblaciones o núcleos bajo el régimen de internado y principios de comunidad familiar55. 3. Jardines de niños: Buscaban la orientación y desarrollo de las actividades propias del niño, por medio del juego, prácticas manuales, actividades recreativas y prevención de la salud. Eran co-educativas y para niños menores de 7 años, a funcionar en las secciones anexas de las escuelas o en jardines especialmente organizados. b) Educación primaria y 1. Escuelas primarias: pre-vocacional. Abarcaba cinco años, los últimos dos son para la preSus finalidades eran; dar vocacional, cuya finalidad es inclinarlos por un conocimientos de humani- determinado trabajo o disciplina científica. La edad dades y cultura elemental de ingreso es de 7 a 14 años cumplidos, pero religión, moral, higiene, voluntariamente pueden hacerlo de 6 años. (Ubicados orden, trabajo, protección en capitales de departamento, provincia y cantón). física y mental y formación de la personalidad. 55

Desde la fundación de la república, centros de estas características, fueron denominados “Asilos”, La nueva ley prohibió llamarlos así.

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c) Educación Rural y prevocacional. Además de las consideraciones de las escuelas primarias urbanas estos consideraban la realidad geográfica, étnica, económica de la región, tecnificación científica, etc. Formación de un nuevo tipo social, colaborador inteligente, fiel progreso nacional, En sus propósitos educativos sustituirá la pasividad y negligencia por una conducta activa y mejoramiento humano. Irradiaría su acción de principios morales y de dignificación personal, destinados a suprimir el hábito de la masticación de la coca y el uso de bebidas alcohólicas. El Estado se extendería a la recuperación humana de elementos selváticos (artículo 40)

2. Escuelas Primarias Incompletas: Son de tipo popular y abarcan solo dos grados y cuatro cursos. El último es prevocacional y aprendizaje agrícola. (Ubicados en centros sub urbanos, provincias, catones y vice-cantones. 3. Escuelas primarias nocturnas: Podrán ser completas o incompletas de acuerdo a las circunstancias. Destinado a quienes por sus ocupaciones laborales no puedan concurrir a escuelas diurnas. La edad de admisión fluctúa entre los 7 a los 25 años

1.Escuelas rurales unitarias: Abarca 2 grados y 4 cursos de educación primaria elemental, o menos, de acuerdo al caso. Todos estos cursos tendrán necesariamente entrenamiento y práctica agropecuaria. 2. Escuelas rurales coordinadas: Ubicados en grandes sectores agropecuarios, donde existan propiedades rurales o comunidades campesinas, proporcionarán educación primaria elemental y actividades agropecuarias intensivas tipo granja. Comprende cinco años. 3. Núcleos de recuperación selvática ubicados en zonas exploradas que contengan aborígenes. Su sistema educacional será de atracción hacia un régimen de convivencia social en contacto con elementos civilizados, buscaba el aprendizaje de la lengua nacional y las prácticas agropecuarias. 165

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d) Educación secundaria y vocacional: Complementaria a la primaria y pre-vocacional, modelar, fortalecer y desarrollar la disciplina mental, moral y hábitos de estudio, ética, aptitudes físicas y complementar estudios para la educación profesional o de especialización.

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1. Secundaria: Comprende la enseñanza media y vocacional, colegios, liceos militares de varones y de señoritas. Las materias imprescindibles tienen que ver con las ciencias, letras, técnicas de tipo industrial y manual para varones y doméstica para señoritas. El curso básico es de tres años. 2. Secciones industriales: Simultáneo al curso básico, estos se dan en la Escuela Industrial Pedro Domingo Murillo. La educación femenina incluiría secciones manuales y vocacionales propias de su sexo que les permitan ingresar a escuelas profesionales femeninas. 3. Liceos militares: Funcionarían bajo régimen de internado tipo militar y dependerían económica, administrativa, técnica y orgánicamente del Ministerio de Defensa Nacional. No tienen por finalidad preparar para el ingreso a las escuelas o institutos de las Fuerzas Armadas, aunque los habilitaba para las pruebas de ingreso. Cumplido el 6º año los alumnos cumplirán con el Servicio Militar Obligatorio concediéndoles grados de soldado, Cabo, Sargento, Sub Oficial y excepcionalmente oficial de reserva, de acuerdo a las circunstancias. 4. Secundaria nocturna: Comprende igual organización que la diurna pero con mayor número de años de estudio, producto de un menor número de horas de estudio (curso básico y sección industrial de 1º a 4º año, y curso avanzado de humanidades de 5º a 7º año).

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e. Educación técnico profesional. Destinado a la formación, perfeccionamiento y especialización de elementos técnico profesionales y técnico auxiliares en ramas industriales y artes manuales femeninas

1. Escuelas de tecnificación industrial masculina: Orientadas a promover las fuerzas de producción, mediante escuelas técnicas que tienen el siguiente correlativo: • Educación pre-vocacional. • Educación vocacional. • Secciones industriales • Escuela técnico industrial Pedro Domingo Murillo. Los grados a obtener eran: • Grado de expertos: forma maestros de talleres especializados en un oficio con duración de 4 años. • Grado de técnicos: forma técnicos profesionales con una duración de 3 años. • Misiones monotécnicas: equipos móviles para capacitar en habilidades técnicas elementales, destinado a quienes no pueden capacitarse en centros urbanos, con duración de 1 a 2 años. • Secciones de cursos especiales: destinados a la formación de obreros especializados y perfeccionar a los obreros adultos, con una duración de 6 meses. Podrían ingresar todas las personas que sepan leer y escribir y no adolezcan enfermedades infectocontagiosas o defectos físicos. 2. Educación profesional femenina: tendrá por objeto preparar a la mujer en el ejercicio de las profesiones manuales 167

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de su sexo y habilitarla en las funciones del hogar y la sociedad. El aprendizaje abarcaba el siguiente orden correlativo: • Educación pre-vocacional: etapa de exploración vocacional y gusto por el trabajo manual femenino. • Secciones manuales femeninas: parte de los liceos de señoritas que pretendía habilitar a las mismas en actividades domésticas y artes manuales en relación al hogar y la sociedad. • Escuelas profesionales femeninas: dividida en el primer grado u operaria de taller con 3 años de estudio y 6 meses de práctica y segundo grado o maestra de taller con 2 años y 6 meses más de estudio. • Escuela técnica industrial femenina nuestra señora de la paz: constaba de dos grados; primer grado o directoras de talleres especializadas en determinado oficio con una duración de 2 años de estudio y segundo grado docente destinado exclusivamente a la formación y especialización del profesorado de técnica manual femenina, con 2 años más de estudio. • Secciones de cursos Especiales: destinados a preparar obreras especializadas en ciertas técnicas fáciles y perfeccionamiento de obreras adultas con estudios de 6 meses a 1 año y con los mismos requisitos y características de ingreso y egreso que el de los varones. 3. Escuelas de tecnificación: orientadas a impartir educación técnica y práctica en un área determinada de especialización como ser: • Escuelas de tecnificación agropecuaria: destinadas a impartir educación práctica de agricultura y ganadería ordenada en educación pre-vocacional 168

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y secciones industriales agropecuarias que otorgarían certificados de capacitación técnica. • Escuelas técnicas agropecuarias: abarcan los grados de experto y grado de técnicos. • Escuelas de tecnificación minera: proporcionaría educación práctica en actividades mineras y otorgarían los grados de experto y grado de técnico. • Escuelas de tecnificación petrolera: destinadas a proporcionar educación general y práctica en actividades petroleras y en coordinación con la escuela técnica petrolera con sede en Camiri y a cargo de Y.P.F.B. • Escuelas técnicas de construcciones: destinadas a proporcionar educación general y práctica en actividades de construcción y en coordinación con la escuela técnica de construcciones. Los grados son de experto y técnico en construcciones. • Escuelas técnicas de vialidad: buscaba formar profesionales especializados en trabajos de ferrovías y carreteras, obras de arte y otros relacionados. Los grados otorgados son los de sobrestante en viabilidad y el de técnico en vialidad. • Instituto politécnico de comercio y administración: conformados por los departamentos comercial contable, departamento aduanero, departamento de administración y departamento de formación docente comercial y administrativo con títulos de auxiliares de oficinas, secretarias comerciales, tenedores de libros y formación de bachilleres en comercio, contador y contador técnico en comercio. Comprende también las escuelas elementales de comercio y escuelas medias de comercio. 169

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4. Educación Artística: En la que se encontraba la Escuela Nacional de Artes Aplicadas, que constaba de: • Curso Preparatorio: formación básica con 2 años de duración. • Curso Medio: con secciones de bellas artes y artes industriales y decorativas con una duración de 4 años. • Curso Especial de Pedagogía: destinado a seguir estudios de pedagogía y didáctica. • Curso Superior de Arte: otorga el grado de profesor de artes con 4 años de estudio y la especialidades de pintura escultura, grabado, decoración mural, escenografía, murales, etc. 5. Escuela y conservatorio nacional de música: destinada a la formación básica especializada y capacitación artística superior dividida en la Escuela Nacional de Música y el conservatorio Nacional de Música. 6.Educación y formación docente: Destinada al perfeccionamiento, especialización y formación de los maestros en general. Los institutos establecidos son las: • Escuelas Normales Rurales: destinada a la formación de maestros de escuelas rurales con 4 años de estudio. • Instituto Normal Mariscal Sucre: Con sede en la ciudad de Sucre destinado exclusivamente a la formación de maestros de Jardines de Niños y de Primaria y contaría con un departamento de música escolar. • Instituto Normal Libertador Bolívar: Con sede en la ciudad de La Paz, destinado con exclusividad a 170

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la formación de maestros del ciclo secundario en cuatro ramas de especialización: 1) matemáticas y física, b) ciencias biológicas y química, c) historia y geografía, d) filosofía y letras. Se establecería un departamento de idiomas para maestros de idioma extranjero. • Instituto Normal de Educación Física Mariscal Santa Cruz: Con 4 años de estudio, formaría profesores especialistas en el ramo en las secciones de curso normal para los ciclos primaria, secundaria, profesional, institutos militares y curso superior con un año más de estudio y especialidad de: a) técnica en gimnasia, atletismo y deportes, b) entrenadores atléticos y deportivos, c) kinesiólogos, d) dirigentes deportivos. • Escuelas de Perfeccionamiento Docente: Comprende 1 año de estudio y está destinado al perfeccionamiento y capacitación pedagógica de post-grado de profesores titulares, para maestros de cualquier ciclo con más de 5 años de trabajo. • Instituto Superior de Ciencias de la Educación: destinados al perfeccionamiento y capacitación pedagógica de Directores de cualquier ciclo y que sean maestros normalistas. Comprende 1 año de estudio. • Escuelas Temporales: destinados al perfeccionamiento y capacitación pedagógica de maestros inscritos en el Escalafón Nacional del Magisterio. • Instituto de Investigaciones Pedagógicas: dedicada exclusivamente al estudio y la investigación técnica, científica y pedagógica. • Educación Superior: El Estado reconoció la autonomía técnica, administrativa, económica y docente de las universidades. 171

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2) Educación Supletoria Atendería a sectores de la población que no asistieron oportunamente al sistema regular, y comprendería cursos vespertinos, nocturnos, campañas alfabetizadoras y educación fundamental.

1. Propaganda y sustentación de la conciencia cívica nacional: buscaba promover el espíritu de cooperación de clases alfabetizadas. a) Alfabetizar: para lo que 2. Manuales y cartillas alfabetizadoras: que contengan ejercicios y prácticas sencillas. se serviría de los siguientes factores: 3. Formas directas de castellanizar: procedimientos adecuados para el uso del idioma. 4. Auxiliares audiovisuales: completos pedagógicos a los procedimientos anteriores. b) Educación fundamental: Destinada a Escuelas fundamentales y grupos familiares: pretende obtener un mejor rendimiento de la complementar las campañas alfabetizadoras lengua, salud, moral, cívica, etc. mediante: c) Centros de formación docente de educación Fundamental:

Constituido por equipos de educadores técnicos en educación fundamental para las distintas zonas del país.

3) Educación Especial Atendería a los niños físicamente disminuidos y deficientes mentales en escuelas especiales.

1. Escuelas Residenciales para Niños Ciegos: Función educativa de rehabilitación y asistencia Constituidas por escuelas social a los centros de niños ciegos de La Paz y especiales del Estado o de niñas Ciegas de Oruro. instituciones particulares de atención de niños que 2. Escuelas Residenciales Para Niños Sordos: requieran métodos Función educativa de rehabilitación y asistencia especiales. social a niños con deficiencias auditivas, a impartirse en el Instituto de la ciudad de La Paz. 172

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3. Escuelas Residenciales Para Niños Sordo-Mudos: Función educativa de rehabilitación y asistencia social a niños que padezcan esta doble deficiencia física, es de tipo residencial. 4. Cursos para Niños Paralíticos y Tuberculosos: Se impartirán en Hospitales, centros y hogares. 5. Cursos para Niños Débiles Mentales: Educación y asistencia social para niños cuyo coeficiente mental sea inferior al normal. 6. Centros de Rehabilitación Vocacional para Deficientes Físico – Mentales: impartirán prácticas de alfabetización, rehabilitación y asistencia social a individuos ciegos, sordos y ciegos sordos, en los establecimientos de la Escuela Alfabetizadora de Cochabamba y Casa Social de La Paz. 4) Educación de Extensión Cultural Proveería a la población en general, oportunidades de información menos sistemáticas, por medio de bibliotecas, museos, conferencias, teatro, radio y cinematógrafos educativos.

1. De Orientación • Teatro Escuela: preparación y formación de actores y actrices. • Teatro Experimental: curso avanzados de aplicación. • Teatro Boliviano: Con el objetivo de formar actores especializados para obras nacionales. Los estudios de Comisión nacional teatro duraran 4 años y 2 de práctica escénica y se les de cultura extenderá el diploma de Profesores de Arte Escénico. Teatro 2. Academia Nacional de Danza y Escuela Lírica Nacional: • Academia Nacional de Danza: Formaría profesionales de la danza en géneros universal y nacional. • Escuela Lírica Nacional: destinada a la creación de conjuntos corales, cantores profesionales, cuerpo de baile y ballet. 173

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El Estado garantizaría ocupaciones laborales a los egresados de las normales, así como reservarse el derecho de cerrar temporalmente los primeros cursos de las normales si las condiciones lo exigían.

Planteaba que la educación profesional femenina tendría por objeto preparar a la mujer en el ejercicio de las profesiones manuales propias de su sexo y habilitarla en las funciones del hogar y la sociedad, además los talleres, laboratorios y materiales estarían sujetos a investigaciones de las necesidades locales. Obligaba a las Fuerzas Armadas a establecer cursos especiales de Alfabetizadores y Escuelas Fundamentales basadas en normas del Ministerio de Educación.

En cuanto al personal docente, especificaba la denominación de “Maestro” para todo aquel profesional de la educación nacional con título expedido por el Instituto Pedagógico o Resolución Suprema, siendo su cargo (de docente o administrativo) de carácter inamovible el cual se perdería por faltas graves, incapacidad profesional, delitos comunes, incumplimientos del reglamento, inhabilidad física y/o enfermedades infecto-contagiosas.

Se declaró la función docente como incompatible con otras funciones administrativas o municipales, los docentes interinos idóneos con cinco años de servicio serían reconocidos como titulares, siendo los docentes varones exclusivos de estudiantes varones, al igual que el personal docente femenino sería exclusivo para centros femeninos.

Se reconoció el derecho de asociación del magisterio (la cual podría suspenderse si no cumplía sus objetivos específicos), pero quedaba prohibido de realizar propagandas políticas o sectarias en aulas y realizar actividades contrarias a las leyes del país.

En cuanto a los estudiantes, la ley fijaba los derechos estudiantiles entre los que se reconoció la salud, recreación, asistencia y educación, 174

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prohibiéndose la mendicidad. El número máximo de estudiantes por aula era de 30 y determinaba que la suspensión de labores escolares parciales o generales por parte de los alumnos se tipificaba como falta grave, sancionándose la misma como pérdida del año lectivo o expulsión del establecimiento. La gestión escolar comenzaría el día 3 de febrero, en homenaje al gran Mariscal de Ayacucho, y duraría 10 meses con 200 días hábiles de trabajo, considerando dos semanas de descanso pedagógico y dos meses de vacaciones a fin de año. Prohibió los castigos corporales y autorizó trasladar los estudiantes indisciplinados, previo estudio psicotécnico, a escuelas especiales y/o reformatorios. Estableció que los certificados y títulos en provisión nacional serían otorgados por el Ministerio de Educación, mientras que las universidades expedirán diplomas académicos, al igual que el diploma de bachiller.

En lo que refiere a la educación privada, se le reconoció todos los derechos para las personas o entidades que decidían crearlas, siempre bajo la supervisión del Estado y prohibiendo ejercer funciones docentes a personas desleales a la hospitalidad boliviana, ni aquellos que hubieran sufrido pena de exoneración en establecimientos oficiales, las asignaturas de Historia de Bolivia, Geografía Nacional y Educación Física debían estar obligatoriamente a cargo de profesores bolivianos en cualquier tipo de establecimiento.

Se exigía apoyo voluntario de las municipalidades según la capacidad económica de las mismas y les planteó la obligación de establecer ordenanzas que refieren a la construcción de establecimientos, parques y centros de recreación infantil. Asimismo proyectó la construcción de una edificación escolar, campos deportivos y centros de experimentación agroindustrial por cada 100 familias rurales. 175

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La denominación de Ministerio de Educación Pública fue remplazada por el de Ministerio de Educación Nacional, se reestructuro la organización del mismo, en lo que refiere a su función, atribuciones, funcionarios y servicios.

Se crearía el Consejo Consultivo de Educación Nacional, que se constituiría en un ente de asesoramiento en políticas educativas y análisis de problemas relacionados al área, éste tendría como sede la ciudad de La Paz y la conformarían el ministro del ramo y el director de Educación Nacional, en calidad de presidente y vicepresidente respectivamente, además de los vicepresidentes de las distintas comisiones. Estas comisiones nacionales eran: de cultura, de educación minera industrial y petrolera, educación comercial y administrativa, educación agropecuaria, educación técnica vial y de construcciones.

En la gran amplitud que manifestaba dicho estatuto, abarcó también temas referidos a las edificaciones escolares y dio las orientaciones básicas de la organización administrativa, cargos, responsabilidades y funciones, asuntos económicos, pensiones docentes, e incluso temas referidos a los premios, recompensas y distinciones. Se hace un reconocimiento estatal de manera oficial la Declaración Universal de los Derechos Humanos que había sido adoptado años atrás (1948), por la Asamblea de las Naciones Unidas.

Este Decreto-Ley contenía un total de 38 capítulos y 205 artículos, cuestionables por varios aspectos de carácter pedagógico, organizativo e ideológico, que aún mantenía la educación del “indio o aborigen”, al cual se pretendió castellanizarlo e incorporarlo a la sociedad, “civilización”, mediante el aprendizaje de un oficio determinado, reconociendo “sus” diferencias culturales. No obstante no se puede desconocer lo ambicioso de los objetivos planteados por la norma. Con todo, este decreto - ley, que no se llegó a plasmar pues simplemente duro un par de meses. 176

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Las elecciones convocadas por Ballivián no llegaron a consumarse debido a una conspiración encabezada por Siles Suazo y Juan Lechin Oquendo56, que contó además con respaldo de Antonio Seleme, quien ocupaba las funciones de ministro de Gobierno. El conflicto que se convirtió en una insurrección popular duró entre el 9 y 11 de abril de 1952, tuvo el imprescindible respaldo del sector minero al que se unió posteriormente la policía, dejando cifras lamentables de aproximadamente 500 muertos y dando inicio al periodo estatal del Nacionalismo Revolucionario.

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Quien se convertiría en el máximo Secretario Ejecutivo de la, (posteriormente creada), Central Obrera Boliviana, de la cual fuera líder histórico hasta 1987 fecha en la que renuncia a la dirigencia.

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POLÍTICAS EDUCATIVAS DE 1952 A 1964 Hernán Siles Zuazo asumió la presidencia interinamente durante cuatro días hasta la llegada de Víctor Paz de Argentina, quien arguyó las elecciones ganadas anteriormente,57 para asumir constitucionalmente la jefatura del país.

Ángel Víctor Paz Estenssoro, gran estadista, diputado por Tarija, fue ministro de Economía y de Hacienda, fundador del Movimiento Nacionalista Revolucionario (M.N.R.), abogado de formación, comprendió la necesidad de garantizar la estabilidad económica, social y política de la revolución nacional, con un afianzado sistema educativo público.

El nuevo Gobierno transformo la situación económica y social del país, a través de medidas como: la nacionalización de los centros mineros de Patiño, Aramayo y Hochschild, siendo remplazadas por la Corporación Minera de Bolivia; la ejecución de la Reforma Agraria otorgando la tierra a los campesinos, liberándolos de esa manera de su condición de sirvientes, se decretó el voto universal y la reforma del sistema educativo. Mediante el Decreto Supremo del 30 de junio de 1953 Nº 03441, designó una comisión encargada de elaborar el Proyecto del Código de la Educación. Se conformó la Comisión de doce delegados y un secretario, heterogéneos representantes de las principales instituciones sociales:

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Paz Estenssoro, sin embargo, desconoció el parlamento pese a que este fue elegido en la misma elección.

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a) Representante presidencia de la República, y Presidente de la Comisión de Reforma Educativa; don Fernando Diez de Medina. b) Secretario; Prof. Faustino Suárez Arnez.

c) Confederación Sindical de Trabajadores de la Enseñanza; Dr. José Antonio Arce, Prof. Gastón Vilar y Humberto Quezada. d) Central Obrera Boliviana; Prof. José Pereira.

e) Universidad Boliviana; Dr. Manuel Duran Padilla.

f) Confederación Universitaria Boliviana; don Mario Guzmán Galarza. g) Educación Privada Dr. Huascar Cajias.

h) Ministerio de Educación y Cultura; don Presbítero Armando Gutiérrez y Prof. Julio Lairana. i) Ministerio de Asuntos Campesinos; Prof. Leonidas Calvimontes y Vicente Lema.

En el lapso de 120 días la comisión debía elaborar la propuesta que contemple: Bases y fines de la educación, estructura administrativa y legislación educacional, planes, programas y métodos de estudio, sistematización económica y estadística, enlace entre los ciclos universitarios y la educación obrera y campesina.

El censo de 1950 mostró un 69,5% de analfabetismo y un 82% de la población en edad escolar que no recibía educación. El Gobierno se decidió por la creación a un sistema educativo que rompa el monopolio cualitativo de la enseñanza y que democratice la misma a todos los sectores, especialmente obreros, campesinos y mujeres. En este contexto se aprueba el Código de la Educación Boliviana, documento educativo legal, conformado por 5 títulos, 43 capítulos y 329 artículos, explicita su tendencia nacionalista y su posición política e ideológica fundamentada en la integración nacional, propuesta que pretendía lograr la incorporación de los amplios sectores sociales marginados de la práctica educativa. 180

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Esta idea fue, concebida a partir de la alfabetización masiva y el fortalecimiento y ampliación de la educación básica. Planteó como bases de la educación nacional, exteriorizando que era la más alta función del Estado, universal, gratuita, obligatoria, democrática y única, era una empresa colectiva, nacional, revolucionaria, activa vitalista y de trabajo, globalizadora, co-educativa, progresiva y científica. Expresaban tácitamente que la educación debía ser revolucionaria, ya que contenía una nueva doctrina de proyección histórica y era anti-imperialista y antifeudal, que buscaba la emancipación económica de la nación y la superación de las formas de explotación feudal en el campo. Sus fines expresaban también el interés por formar e integrar al hombre boliviano y se expresaban, en algunos incisos, de la siguiente manera: Código de la Educación Boliviana de 20 de enero de 1955 “FINES DE LA EDUCACIÓN NACIONAL Art. 2º- Son fines de la Educación Nacional 4) Incorporar a la vida nacional, a las grandes mayorías campesinas, obreras, artesanales y de clase media, con pleno goce de sus derechos y deberes, a través de la alfabetización en gran escala y de una educación básica. 5) Contribuir a la acción solidaria de obreros, campesinos y gentes de clase media en la lucha por consolidar la independencia económica de Bolivia y la elevación de su nivel de vida. 6) Dignificar al campesino, en su medio, con ayuda de la ciencia y de la técnica, haciendo de él un eficaz productor y consumidor. 7) Educar a las masas trabajadoras por la enseñanza técnico-profesional formando los obreros calificados y los técnicos medios que el país requiere para su desarrollo económico.

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8) Vigorizar el sentimiento de bolivianidad, combatiendo los regionalismos no constructivos y exaltando los valores tradicionales, históricos y culturales de la Nación Boliviana. 9) Inculcar al pueblo los principios de soberanía política y económica, de integridad territorial y de justicia social, promoviendo, también, la convivencia pacífica y la cooperación internacional.”

Reconoció la libertad de enseñanza bajo tuición y control del Estado, al igual que la enseñanza libre de la religión católica, la estabilidad laboral del magisterio, el derecho a su sindicalización y la participación de los padres, por medio de las Asociaciones de Padres de Familia.

Señaló el deber que poseían las personas e instituciones privadas, de colaborar con el sostenimiento y fomento de la educación, prohibiendo la contratación, en horas hábiles y año lectivo, (en cualquier tipo de trabajo comercial, industrial, agrícola, en fábrica o taller), de niños en edad escolar que no asistían a la escuela. La estructura del sistema educativo comprendía cuatro áreas:

1. Educación Regular para Niños, Adolescentes y Jóvenes. 2. Educación de Adultos y Aprendices. 3. Educación Especial de Rehabilitación para Niños, Adolescentes y Jóvenes. 4. Educación Extra-Escolar y de Extensión Cultural.

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1. Educación Regular para Niños, Adolescentes y Jóvenes. Se impartía sistemáticamente a través de ciclos y comprendía:

1. Ciclo pre-escolar: para niños menores de 6 años, comprendía la casa cuna, casas maternales y kindergarten. Contarían con el apoyo de la familia. 2. Ciclo primario: para niños mayores de 6 años, comprendía escuelas de educación primaria. Sistema escolar urbano. Constaba de seis cursos. Para poblaciones 3. Ciclo secundario: para adolescentes, los cuales se urbanas. subdividían en formación humanística y educación vocacional. 4. Ciclo técnico profesional: para jóvenes y adultos, para adquirir una especialidad profesional. 5. Ciclo universitario: atendido por las universidades.

1. Núcleos escolares campesinos. 2. Sub núcleos: con tres cursos de primaria fundamental y predominando la actividad agropecuaria. 3. Escuelas seccionales. 4. Núcleos escolares selvícolas (silvícolas). 5. Escuelas vocacionales técnicas. 6. Escuelas normales rurales. 2. Educación de Adultos y Aprendices. Se establecieron las siguientes instituciones: Sistema escolar campesino. Con principios de la educación fundamental, para poblaciones rurales.

1. Escuelas de alfabetización: se desenvolverían de acuerdo a los principios de educación fundamental, en zonas de obreros, agrarios y sub-urbanas. 2. Escuelas de enseñanza complementaria: destinada a ampliar conocimientos y dar cultura socio política. 3. Escuelas de enseñanza técnica: para elevar el nivel del trabajo productivo. 4. Escuelas de aprendizaje y recuperación: para trabajadores que oscilan entre los 14 a los 19 años. 183

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3. Educación Especial de Rehabilitación para Niños, Adolescentes y Jóvenes. Comprendía las siguientes escuelas:

1. Escuelas para ciegos, sordo-mudos y eficientes sensoriales. 2. Escuelas para niños débiles y retrasados pedagógicos. 3. Escuelas para deficientes mentales. La ley consideraba sujetos irregulares a los afectados de orden fisco, sensorial, débiles, retardados e inestables mentales y niños difíciles y antisociales prematuros. Las escuelas funcionaban bajo las condiciones de internado de carácter asistencial. La educación de los sujetos irregulares debía ser obligatoria. 4. Educación Extra-Escolar y de Extensión Cultural. Buscaba elevar el nivel cultural de la sociedad y se expresaba a través de:

Teatro, cine, audiciones musicales, festivales, exposiciones técnicas, científicas, conferencias, radiodifusiones, publicaciones, bibliotecas, museos, actividades de recreación y fomento al folklore.

Complementó la educación vocacional, técnica y profesional, la cual se dividía en tres grados: a) Pre vocacional, b) Educación Vocacional y c) Educación técnica profesional. Se tenía además:

Buscaba formar profesionales para la explotación y aprovechamiento de la industria. Se darían a nivel de cursos Educación industrial regulares, expertos, técnicos y de perfeccionamiento. Aquí se incluían además las escuelas de artesanía y las técnicas petroleras.

Buscaba formar profesionales especializados en la administración y especialidades afines. Constaba de los siguientes departamentos: Educación comercial a) Comercial y contable, y administrativa b) Bancario y c) Administración pública. 184

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Educación agropecuaria

Educación técnica femenina

Consideraba a los contadores generales egresados del Instituto Comercial Superior de la Nación y otros similares de regencia particular. De atención preferencial por el Estado a consecuencia de la reforma agraria, atendería demandas para la formación de granjeros, campesinos capacitados en agropecuaria, peritos agrícolas y ganaderos. Jerárquicamente tenía el mismo grado de atención que la educación masculina. Tenía tres grados: a) primer grado destinado a formar operarias especializadas de taller, b) segundo grado a preparar técnicas para la dirección de talleres con títulos de maestras de taller y c) tercer grado que formaría auxiliares sociales o de servicio médico, sanitario y social.

En el acápite referido a la educación normal y formación docente, se planteó a la capitación permanente de los maestros a través de los mecanismos e instituciones del Estado. Declaró también la inamovilidad docente y el derecho de sindicalización de los maestros. Planteó los rangos de las autoridades encargadas de la administración educativa, que era constituida por el director General de Educación, los directores nacionales, las jefaturas de distrito y los inspectores de distrito. Se crearon instancias de atención específica a la educación campesina y rural tanto en el Ministerio de Educación como en el Ministerio de Asuntos Campesinos, como fue el caso de la Dirección General de Educación fundamental Campesina, entre otros.

Identificó a la alfabetización como prioridad, por lo que se conformó un comité llamado a coordinar y racionalizar las labores de alfabetización integrada por altos funcionarios del Ministerio de Educación, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y Ministerio de Asuntos Campesinos. La acción alfabetizadora se realizaría principalmente en lugares donde prevalecían los idiomas nativos y en base a un modelo didáctico fundamentado en la propia lengua. 185

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Código de la Educación Boliviana de 20 de enero de 1955 “Art. 115º.- la acción alfabetizadora se hará, en las zonas donde predominen las lenguas, vernáculas utilizando el idioma nativo como vehículo para el inmediato aprendizaje del castellano como factor necesario para la integración lingüística nacional. Para este efecto se adoptaran alfabetos fonéticos que guarden la mayor semejanza posible con el alfabeto del idioma castellano”

Se creó la” Educación Fundamental Campesina” para educar en función del medio y promover el mejoramiento de la comunidad. Se utilizó el sistema nuclear y sub nuclear (replica de Warisata) en todo el país.

Se reconoció que cada tipo de establecimiento le correspondía un plan de estudios propio, lo cual no llegó a ocurrir, considerando los siguientes aspectos concernientes: a) Saludos cordiales b) Economía c) Hogar d) Recreación e) Conocimientos básicos

Consecuente con el proceso revolucionario, al menos con el código, asumió como prioridad la educación obrera en el Capítulo Décimo Segundo. Comprendía tres grupos de personas: analfabetos, aprendices menores de edad y obreros adultos en general.

Los cursos podrían ser vespertinos, nocturnos y dominicales de distinta duración, destacaban entre los contenidos a llevar, además de las ciencias básicas y otras relacionadas a la industria, castellano, religión, sindicalismo y cooperativismo.

Reconoció la autonomía universitaria y exigió de ellas la creación y administración de una universidad popular destinada a la capacitación 186

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cultural, político social y sindical de los trabajadores. Ésta sin embargo, ambiguamente como lo establece el artículo 186º y 187º del Capítulo Décimo Tercero que tiene que ver con el enlace entre la universidad y los cursos Pre – universitarios, afirmó que la Universidad Boliviana era parte de la escuela única y por ende del Sistema Educativo Nacional y dio creación al Consejo Nacional Universitario integrado por el Ministro de Educación, los diferentes Rectores y un delegado estudiantil por Universidad, que tendrían potestad de tomar medidas de cumplimiento obligatorio. Código de la Educación Boliviana de 20 de enero de 1955 “Art. 187º.- para coordinar los ciclos y grados de la enseñanza así como unificar planes de estudio, programas y métodos y conseguir una racional distribución de facultades y escuelas de acuerdo a las necesidades de la Nación y las características geográficas de cada zona, se crea el Consejo Nacional Universitario que estará presidido por el Ministro de Educación e integrado por los rectores y un delegado estudiantil por cada Universidad. Las resoluciones de este Consejo son obligatorias para todas la Universidades. Un reglamento especial regirá su funcionamiento...”

Incorporó en el sistema escolar, la educación estética y la enseñanza artística vista de modo general y especializada, así como la educación física e higiene escolar.

El Decreto Ley dedicó capítulos específicos a los consejos de maestros, escalafón del magisterio, alumnos, evaluación del trabajo escolar, régimen escolar y disciplinario asistencia social, medios pedagógicos, padres de familia, personal administración, régimen económico, becas, etc., constituyéndola en la normativa educativa más completa y detallada de la historia de la legislación boliviana hasta 187

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entonces, con importantes aportes pedagógicos y principalmente reconocimientos democráticos, justos y equitativos a la necesidad de educación de los obreros, campesinos y las mujeres. Sin embargo, no lo exime de las controversias, faltas y contradicciones. El Código de la Educación Boliviana y por supuesto el Nacionalismo Revolucionario, cometió un error de interpretación social mediante su teoría poli-clasista que consideró que todas las clases sociales que participaron activamente de los procesos insurrectos, eran iguales en su posición revolucionaria y nacionalista y así fueron tratadas las diferencias existentes entre obreros, campesinos, clase media e incluso sectores burgueses, los cuales (creyeron) serían superados gracias a la castellanización a través de la alfabetización.

El nacionalismo revolucionario, marginó a los indios de la educación y se limitó a englobar a todas las clases dentro el mestizaje, el Código no tomaba en cuenta la educación indígena ni los elementos culturales y lingüísticos de los mismos. Si bien era cierto que propugna la escuela única, se contradijo a sí mima al reglamentar la diferenciación entre educación urbana y rural. Código de la Educación Boliviana de 20 de enero de 1955 “Art. 16.- La educación regular comprende: 1) El sistema escolar urbano, destinado a la población que vive en las capitales de departamento, de Provincia y otros centros. 2) El sistema escolar campesino, destinado a la población que vive en zonas de actividad rural.”

El Código organizo la educación urbana en ciclos como ser: ciclo pre escolar, ciclo primario, ciclo secundario, ciclo técnico profesional y ciclo universitario, mientras que la educación rural giraba en torno a: Núcleos escolares campesinos, sub núcleos, escuelas seccionales, 188

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núcleos escolares selvícolas58, escuelas vocacionales técnicas y escuelas normales rurales.

El campesinado que había jugado un papel histórico el año 1952 durante la revolución de abril, no fue considerado dentro la educación formal. Si estos demostraban aptitudes vocacionales académicas, esas debían ser plasmadas en Escuelas Normales Rurales o en instituciones técnicas. Esta ambigüedad llegaba incluso a los sindicatos del magisterio que organizó a los docentes de aula, en federaciones de maestros urbanos y rurales. En lo que refiere a la “educación obrera”, el Código de la Educación, postula su formación técnica y política para su liberación. Código de la Educación Boliviana de 20 de enero de 1955 “Dar entrenamiento...para incrementar la capacidad productiva del obrero. Proporcionarles nociones de cultura general y aspectos sobre problemas sindicales, políticos y sociales. Ampliar, perfeccionar y modernizar sus métodos y formas de trabajo. Despertar...sentido de responsabilidad en el trabajo. Desarrollar conciencia de sus derechos y deberes... Enseñarle el aprovechamiento del tiempo libre...”

Respecto a la educación femenina el código indica:

Código de la Educación Boliviana de 20 de enero de 1955 “Art. 73.- El Estado asigna a la educación técnica femenina la importancia que le corresponde en la estructura total del sistema educativo, y la coloca en el mismo plano de atención que la enseñanza masculina.”

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Selvícola, (término utilizado en la ley) en referencia a silvícola.

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“Art. 78.- A semejanza de los centros modelo de educación técnica se organizan centros piloto de educación técnica femenina, con tendencia a la especialización, industrialización y autoabastecimiento. Un reglamento especial establecerá su estructura, requisitos de ingreso y graduación, prácticas, rendimiento, programas, horarios.”

En 1956 el M.N.R. volvió a ganar las elecciones pero con la dupla Hernán Siles Zuazo – Ñuflo Chávez Ortiz, presidente y vicepresidente respectivamente. don Hernán Siles Zuazo, abogado, diputado por la Paz, tuvo una sobresaliente participación en la guerra del Chaco, lo que le valió una condecoración y fue uno de los principales caudillos de la Revolución Nacional. Siles Zuazo enfrentó problemas económicos serios a los que se sumaron los políticos, producto de las desavenencias internas en su partido político y tuvo como desenlace la renuncia de su vicepresidente.

El Código de la Educación Boliviana fue complementado con el “Reglamento de Escalafón Nacional del Servicio de Educación”, que promulgó Siles, el 18 de julio de 1957, constaba de 13 capítulos y 87 artículos, los cuales regulaban el ingreso al servicio, la inscripción al escalafón, la calificación de méritos, las jerarquías y las categorías. El reglamento especificaba como requisitos para ser docente del magisterio fiscal: capacidad, acreditación, contrato y edad entre 18 y 60 años, pudiendo ser boliviano o extranjero, reconociendo tres clases de maestros, normalistas (con certificado profesional), internos (sin certificado y convocados por falta de personal especializado y/o emergencia) y titulares (interinos con 10 años de servicio en la docencia y un examen correspondiente). No podían ser admitidos, en el ejercicio docente, los que padecían enfermedades graves o defectos que les impedía trabajar normalmente, 190

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que llevaban una vida notoriamente inmoral, que tenían sentencia ejecutoriada en materia penal y quienes sobrepasen los 60 años de edad.

El confuso período político y el Código recientemente aprobado, le dio a la educación un tiempo de consolidación y fortalecimiento, siendo las resoluciones del ministerio más de complementación que de cambio.

Las nuevas elecciones de 1960 dieron nuevamente la victoria electoral a don Víctor Paz Estenssoro y su vicepresidente Juan Lechín Oquendo. Su gestión terminó por debilitar la estructura partidaria y los máximos líderes del Nacionalismo Revolucionario terminaron distanciados.

El poder obrero y paralelamente el militar, fueron creciendo ante la coyuntura y la formula Paz Estenssoro (civil) - Barrientos Ortuño (militar), salió victoriosa en las elecciones de 1964, proceso que concluyó tres meses después con el golpe militar de Barrientos a Estenssoro.

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POLÍTICAS EDUCATIVAS DE 1964 A 1982 El 4 de noviembre de 1964 se inició en Bolivia, el ciclo de los Gobiernos represores, sus constantes acciones de extrema violencia, masacres, persecuciones y eliminación planificada de líderes opositores, se convirtieron en las principales estrategias de uso gubernamental, que pretendía eliminar las conquistas sociales y políticas de los sectores sindicales.

Durante 1965, General René Barrientos Ortuño, cogobernó, con el General Alfredo Ovando Candia, quien se hizo cargo de la presidencia por un corto período entre enero y agosto de 1966, y entregó el mando a los ganadores de las elecciones, la dupla René Barrientos Ortuño – Luís Adolfo Siles.

Ese período también registró una reforma constitucional en base al documento propuesto por Siles Zuazo, Anaya y Ríos, fue sancionada, promulgada y publicada el 2 de Febrero de 1967. Se estructuró en 4 partes, 18 títulos y 235 artículos. CONSTITUCIÓN DE 1967 “Artículo 7.- Derechos fundamentales de la persona: Toda persona tiene los siguientes derechos fundamentales, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio: 5. A recibir instrucción y adquirir cultura; 6. A enseñar bajo la vigilancia del Estado; Artículo 8.- Deberes fundamentales de la persona:

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Toda persona tiene los siguientes deberes fundamentales: 5. De asistir, alimentar y educar a sus hijos menores de edad, así como de proteger y socorrer a sus padres cuando se hallen en situación de enfermedad, miseria o desamparo; Título cuarto. Régimen cultural Artículo 177.- La educación: alta función del Estado. La educación es la más alta función del Estado y en ejercicio de esta función deberá fomentar la cultura del pueblo. Se garantiza la libertad de enseñanza bajo la tuición del Estado. La educación fiscal es gratuita y se la imparte sobre la base de la escuela unificada y democrática. En el ciclo primario es obligatoria. Artículo 178.- Enseñanza especializada: El Estado promoverá la educación vocacional y la enseñanza profesional técnica orientándola en función del desarrollo económico y la soberanía del país. Artículo 179.- Alfabetización: La alfabetización es una necesidad social a la que deben contribuir todos los habitantes. Artículo 180.- Becas de estudio: El Estado auxiliará a los estudiantes sin recursos económicos para que tengan acceso a los ciclos superiores de enseñanza, de modo que sean la vocación y la capacidad las condiciones que prevalezcan sobre la posición social o económica. Artículo 181.- Régimen de la escuela particular: Las escuelas de carácter particular estarán sometidas a las mismas autoridades que las públicas y se regirán por los planes, programas y reglamentos oficialmente aprobados. 194

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Artículo 182.- Libertad religiosa: Se garantiza la libertad de enseñanza religiosa. Artículo 183.- Cooperación a la beneficencia: Las escuelas sostenidas por instituciones de beneficencia recibirán la cooperación del Estado. Artículo 184.- Órgano rector de la educación: La educación fiscal y privada en los ciclos pre-escolar, primario, secundario, normal y especial, estará regida por el Estado mediante el Ministerio del ramo y de acuerdo al Código de Educación. El personal docente es inamovible bajo las condiciones estipuladas por Ley. Artículo 185.- Autonomía universitaria: Las Universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos, el nombramiento de sus rectores, personal docente y administrativo, la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales, la aceptación de legados y donaciones y la celebración de contratos para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Podrán negociar empréstitos con garantías de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa. Las universidades públicas constituirán, en ejercicio de su autonomía, la Universidad Boliviana, la que coordinará y programará sus fines y funciones mediante un organismo central de acuerdo a un plan nacional de desarrollo universitario. Artículo 186.- Diplomas y títulos académicos: Las Universidades públicas están autorizadas para extender diplomas académicos y títulos en provisión nacional. Artículo 187.- Subvención a las Universidades Públicas: 195

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Las universidades públicas serán obligatorias y suficientemente subvencionadas por el Estado con fondos nacionales, independientemente de sus recursos departamentales, municipales y propios creados o por crearse. Artículo 188.- Régimen de las Universidades Privadas: Las Universidades privadas reconocidas por el Poder Ejecutivo, están autorizadas para expedir diplomas académicos. Los títulos en provisión nacional serán otorgados por el Estado. El Estado no subvencionará a las Universidades privadas. El funcionamiento de éstas, sus estatutos, programas y planes de estudio requerirán la aprobación previa del Poder Ejecutivo. No se otorgará autorización a las Universidades privadas cuyos planes de estudio no aseguren una capacitación técnica, científica y cultural al servicio de la Nación y del pueblo y no estén dentro del espíritu que informa la presente Constitución. Para el otorgamiento de los diplomas académicos de las Universidades privadas, los tribunales examinadores, en los exámenes de grado, serán integrados por delegados de las Universidades estatales, de acuerdo a ley. Artículo 189.- Institutos técnicos: Todas las Universidades del país tienen la obligación de mantener institutos destinados a la capacitación cultural, técnica y social de los trabajadores y sectores populares. Artículo 190.- Tuición estatal: La educación, en todos sus grados, se halla sujeta a la tuición del Estado ejercida por intermedio del Ministerio del ramo. Artículo 191.- Patrimonio cultural del Estado: 196

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Los monumentos y objetos arqueológicos son de propiedad del Estado. La riqueza artística colonial, la arqueológica, la histórica y documental, así como la procedente del culto religioso son tesoro cultural de la Nación, están bajo el amparo del Estado y no pueden ser exportadas. El Estado organizará un registro de la riqueza artística histórica, religiosa y documental, proveerá a su custodia y atenderá a su conservación. El Estado protegerá los edificios y objetos que sean declarados de valor histórico o artístico. Artículo 192.- Protección al folklore: Las manifestaciones del arte e industrias populares son factores de la cultura nacional y gozan de especial protección del Estado, con el fin de conservar su autenticidad e incrementar su producción y difusión.”

La fuerte influencia de los Estados Unidos a través de su embajada, se manifestó a lo largo de los artículos y considerándoos de los decretos supremos que tildaban de anarquismo, proselitismo o politiquería, todo intento de organización al margen del Gobierno. La ley claramente anticomunista, elimino los postulados revolucionarios y antiimperialistas, planteados en el código de 1955 y redujo la educación popular a una extensión de servicios educativos, ignoró completamente la diversidad cultural del país, al considerar que la “integración nacional” debía llevarse en torno a la “cultura oficial y la lengua castellana”.

Un largo conflicto salarial fue el pretexto para que el Gobierno declare vacante los cargos dentro el magisterio y elabore la normativa conocida, en el ámbito educativo, como la “contrarreforma” porque distorsionaba la esencia del Código Revolucionario.

Mediante Decreto Supremo del 9 de septiembre de 1968, crea el Consejo Supremo de Educación, cuyas tareas eran las de programar y 197

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planificar permanentemente una nueva política educativa, coordinar y precautelar la ejecución de la misma, el 27 de noviembre del mismo año decretó el estatuto orgánico de la educación, en el que estableció atribuciones y responsabilidades de los distintos niveles orgánicos que conformaban la estructura educativa. Decreto Supremo Nº 08588 de 27 de noviembre de 1968 “Art. 5º.- El Consejo Supremo de Educación, es el más alto organismo de la educación, depende de la Presidencia de la República y su existencia y funcionamiento es permanente.” Art. 8º.- El Consejo Supremo de Educación funcionará bajo la Dirección del Presidente Constitucional de la República y estará integrado por los siguientes miembros: - Ministro de Educación, como Vicepresidente nato. - Ministro de Cultura. - Ministro de Asuntos Campesinos. - Ministro de Defensa. - Ministro Secretario de Planificación y Coordinación y cinco expertos con jerarquía profesional y técnica. Art. 9º.- Los expertos integrantes del Consejo serán designados por el Presidente de la República y durarán en sus funciones un año.”

La normativa pretendió lograr el control ideológico y la centralización organizativa del sistema educativo, como una lógica necesidad de un Gobierno de facto. Se creó el Consejo Supremo de la Educación, que llegó a constituirse en la máxima instancia de decisión de la educación, la cual estaba al mando del propio presidente de la República, secundado por el vicepresidente, el titular de la cartera de educación, los ministros de Asuntos Campesinos, Defensa, secretario de Planificación y Coordinación, incluido algún personal técnico. 198

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La estructura administrativa de la educación respondía a la siguiente organización jerárquica: Consejo Supremo de Educación Ministerio de Educación Dirección General de Coordinación Educacional Dirección Nacional de Educación Direcciones Distritales de Educación

En diciembre, se decretó la estructura del sistema escolar, el cual comprendía cuatro áreas: Decreto Supremo Nº 08601 de 4 de diciembre de 1968 “TITULO PRIMERO ESTRUCTURA DEL SISTEMA CAPITULO ÚNICO Generalidades Artículo 1º.- La estructura del Sistema Escolar comprende cuatro áreas: 1.- Educación regular y sistemática, impartida en niveles y ciclos; 2.- Educación de adultos, atendido por agencias y servicios específicos; 3.- Educación especial de rehabilitación, efectuada por agencias especializadas; 4.- Educación extraescolar de extensión cultural;”

La educación regular se estructuraba de la siguiente manera:

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1. Educación regular y sistemática.

a) Pre-primaria, comprende dos grados no obligatorios, para niños de 4 a 6 años de edad. Niveles: b) Básico - c) Intermedio, compuesto por ocho grados, 1. Primario: Tiene tres comprende a niños de 6 a 14 años y es de carácter ciclos; obligatorio. Posee cuatro grados no obligatorios con alternativas diferenciadas de estudios y formación profesional media, para adolescentes de 15 a 18 años. Es 2. Medio: se sub diversificado con dos modalidades; divide en dos • Educación secundaria cuenta con dos ciclos; común ciclos; a) Común y y propedéutico, ambos con bachillerato humanístico. b) diferenciado. • Profesional con bachillerato y profesión media como ser: educación comercial, educación industrial, educación agropecuaria, educación artística. 3. Superior: Este Está a cargo de las Universidades e instituciones posee áreas y ciclos públicas y privadas. especializados.

La ley, consideró la educación de adultos como forma de enseñanza no graduada en niveles elemental, media y profesional. Los restantes capítulos establecían generalidades respecto la formación de maestros y la educación normal unificada, Instituto Comercial Superior, evaluación, calendario, extensión de títulos y diplomas y orientación educativa y vocacional.

René Barrientos denotó su postura antirrevolucionaria e irascible a todo aquello que se base o aluda (aún sea de manera indirecta), al socialismo, eliminando de la legislación educativa cualquier enunciado que haga referencia a la educación popular u obrera. Barrientos argumentó La reconstrucción nacional, para modificar la legislación educativa, a la cual calificó, de “un cúmulo de buenas intenciones… 200

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irracional, improvisada; antecedentes que habían hecho de aquella [la educación] la más desquiciada y baja de todas las funciones de la sociedad y el Estado Boliviano” (Martínez, 1988 p.35). Esta reforma estuvo enmarcada dentro la “doctrina de seguridad del Estado” que aspiraba al control absoluto del aparato organizativo y administrativo, del sistema educativo nacional, eliminado todo vestigio de la revolución nacional (Código de la Educación Boliviana). Decreto Supremo Nº 08600 de 6 de diciembre de 1968 “CONSIDERANDO: Que la educación, como función social básica exige del educador idoneidad pedagógica, elevada condición moral y humana: Que el reajuste y modernización de la educación boliviana requiere de una clara determinación de función profesional del maestro, consolidando su derecho a la asociación sindical, establecido en términos generales, por el Código de la Educación Boliviana; Que el mismo cuerpo de leyes no ha previsto medidas prácticas para jerarquizar la acción sindical del Magisterio en la capacidad profesional del maestro y su real independencia de toda actitud sectaria. Que el dogmatismo y la subordinación partidista, de las organizaciones sindicales del magisterio impidieron en la práctica, su jerarquización profesional y convirtieron al maestro en dependiente de eventuales intereses sectarios, restringiendo la libertad de pensamiento, esencial al digno y elevado ejercicio de la docencia; Que el Capítulo 32 del Código requiere de una reglamentación, conjugando el ejercicio responsable de la docencia, con la función social de la educación;

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Que para estimular la participación de los padres de familia en el proceso de la educación boliviana es imprescindible señalar los alcances de su actividad; Que asimismo, el Art. 260 del Capítulo 33 del Código de la Educación requiere ser reglamentado; Que es necesario coordinar las actividades de la asociación profesional sindical de los maestros, de las asociaciones de padres de familia y de las organizaciones estudiantiles.”

Poco crítico y más bien desdeñoso, cuestionó el Código y atacó al mismo, enfatizado, aspectos relacionados al funcionamiento y la organización sindical e ideológica, descuidando el aspecto pedagógico. Decreto Supremo Nº 08600 de 6 de diciembre de 1968 “Art. 3º.- El maestro, como todo ciudadano es libre de profesar cualquier ideología pero no puede utilizar la función educativa o el aula, para realizar proselitismo.” “Art. 17.- Las asociaciones Sindicales de Maestros no podrán dedicarse a actividades políticas-partidistas, (sectarias o confesionales).”

El decreto reconocía las asociaciones de:

• Profesionales; organización con el fin de promover la capacitación y mejoramiento técnica y científica del maestro, y

• Sindicales; buscaba el mejoramiento y defensa de la profesión docente.

Se permitía la libertad ideológica pero no debían hacerla pública o realizar propaganda en la escuela, la normativa puntualizaba que las asociaciones sindicales de maestros no podían dedicarse a actividades políticas mi partidarias (sectarias o confesionales). 202

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Se definía la forma de elección de las directivas, exigía por lo menos dos candidaturas y que estos soliciten al Ministerio de Educación la “legitimación Social”, para ser reconocidas legalmente, siempre y cuando, el ministerio no observe o negase las mismas. Decreto Supremo Nº 08600 de 6 de diciembre de 1968 “Art. 27.- La elección de una directiva se efectuará por mayoría y minoría, en la proporción de tres miembros por mayoría y dos por minoría, en el caso de directivas de cinco miembros; o de dos tercios por mayoría y un tercio por minoría, en los casos de directivas de mayor número. Las elecciones se efectuarán por simple mayoría. Mediante voto secreto. No se admitirá elecciones por aclamación. En el acto electoral, será obligatoria la participación de por lo menos dos tercios de los afiliados.”

El control estatal pretendió mantener bajo dominio el aparato sindical del magisterio, a quienes responsabilizó del fracaso de la educación, y acuso de agentes políticos. La reforma reglamentaba la actividad de estos, bajo el argumento de “defender a los propios docentes del magisterio de sus dirigentes político-partidistas”, también reguló la organización de los padres de familia a los cuales convirtió en instrumento estatal de control social.

En caso de demandas y conflictos, se reconoció a la huelga como medio extremo de defensa de los intereses, sin embargo la demanda debía ser aprobada por dos tercios de los comités sindicales y seguir el conducto regular a través del sindicato regional, federaciones distritales o departamentales y el congreso de maestros del país. La solicitud debía ser presentada por escrito y posterior a todo el proceso sería discutido con el director Distrital de Educación, y de no encontrarse solución presentarse al Ministerio de Educación. 203

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El ministerio llevaría adelante un análisis del requerimiento y daria respuesta dentro un plazo de 30 días, de ser ésta negativa se ingresaba a la etapa de conciliación a cargo de la junta de conciliación, que estaba conformada por un equipo mixto, Estado – Magisterio, que debería emitir un fallo en un máximo de 60 días. De no lograrse un acuerdo, ese informe pasaba a conocimiento del ministro de Educación, que se constituía en el árbitro tribunal, que en un máximo de 15 días decidiría sobre la pertinencia o no de los requerimientos, de no lograrse conciliación en esta etapa entonces se podría llevar adelante la huelga.

Pasado los 15 días de huelga, el Consejo de Ministros dictaría un decreto declarando la obligatoriedad del laudo en los términos en los que fue emitido, el incumplimiento de la resolución suprema reducía a los huelguistas a la jurisdicción ordinaria y en caso de no retornar a sus actividades en los tres días siguientes, los huelguistas serían procesados por resistencia a las disposiciones gubernamentales. Decreto Supremo Nº 08600 de 6 de diciembre de 1968 “Art. 76.- Las Asociaciones de Padres de Familia cumplirán tres tipos de funciones de carácter socioeducativo, cultural, seguridad y económico. Art. 77.- Son funciones de carácter social educativo: 5.- Cooperar con el Estado en el cumplimiento de su política educativa en la observación de las disposiciones legales relativas.” Art. 86.- El estado ejercerá tuición sobre el desenvolvimiento de la asociación de Padres de Familia a través del Ministerio de Educación.”

El decreto Supremo, normó de la misma forma las asociaciones estudiantiles. 204

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Como complemento al estatuto Orgánico de la Educación, el Decreto Supremo Nº 08717 estructuró y organizó las Escuelas Normales Urbanas y Rurales del país. Este reconoció las Normales como educación superior, sea urbana o rural, fiscal o privada, teniendo los títulos y diplomas de rango universitario. Decreto Supremo Nº 08717 de 4 de marzo de 1969 “Artículo 7º.- La estructura del Sistema de Educación Normal está constituida por: 1.- Escuela Superior de Educación 2.- Institutos y 3.- Departamentos.”

Éstos se estructuraban de la siguiente manera:

Orienta, controla y dirige a nivel superior el 1. Escuela Superior de perfeccionamiento docente. Realiza investigación Educación pedagógica y científica.

2. Institutos

3. Departamentos

Orienta, controla y dirige la formación de los docentes que no poseen título y profesionaliza a quienes cumplen los requisitos para hacerlo. Comprende el instituto de educación primaria (especialización en Pre primario, básico e intermedio) Instituto de Educación Media (con especializaciones) e Instituto de Capitación y profesionalización (con especializaciones). Es la unidad docente de materias afines y coordinadas que trabaja con personal especializado.

Se reglamentó el funcionamiento administrativo y la organización funcional de la Escuela Superior de Educación, ente encargado de la especialización y perfeccionamiento docente a nivel de post-grado y se facultó a las escuelas normales del país a otorgar diplomas académicos 205

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a nivel de profesorado, licenciatura y doctorado. El artículo transitorio especificaba el título de bachiller como requisito indispensable para el ingreso a las normales, pero que en el caso de los institutos de educación rural, el mismo sería exigido recién en 3 años, es decir el año 1972, como cálculo matemático de posibles egresados a la fecha. El Gobierno de René Barrientos tuvo como ministros de Educación al Coronel Hugo Banzer, al Contralmirante Alberto Albarracín Crespo y a don Ángel Valdivieso, acompañados estos en sus funciones, de militares de distinto rango y algunos civiles.

Un accidente aéreo producido en Arque el 27 de abril de 1969, terminó con la vida del presidente militar de 50 años de edad. Barrientos fue hombre carismático en ciertos grupos sociales, promotor del pacto militar campesino, pero no pueden quedar al margen de la historia, hechos tristemente sangrientos, como lo fueron la Masacre de San Juan, noche en la que asesinaron a mineros que fueron tildados de subversivos y el asesinato del Argentino – Cubano, Ernesto Guevara de la Serna “el Che”, revolucionario y líder político latinoamericano, acribillado en la escuela de la Higuera – Vallegrande el 9 de octubre de 1967.

Mientras el M.N.R. se desquebrajaba internamente en corrientes de diversos matices ideológicos y como resultado de la sucesión constitucional, el vicepresidente Siles, asumió la presidencia. Luís Adolfo Siles Salinas, abogado de profesión, fue docente universitario en Bolivia y Ecuador, funcionario de las Naciones Unidas y alto miembro del Partido Demócrata Cristiano.

En materia educativa, por Decreto Supremo Nº 13192 de 14 de mayo de 1969, se reestructuró el escalafón nacional, que reconoció tres categorías de maestros; 1. Profesionales con título profesional pedagógico. 2. Habilitados por antigüedad, formación o títulos no pedagógicos. 3. Provisionales, actuales interinos con título de bachiller.

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POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Se estableció aspectos relacionados a la inscripción al escalafón, períodos, cargos jerárquicos, evaluaciones, promociones, remuneraciones y artículos específicos y transitorios concernientes a las categorías, propias del escalafón.

El decreto más importante de esta corta gestión, fue la convocatoria al Primer “Congreso Pedagógico Nacional” a realizarse en la ciudad de La Paz, cuyo fin era analizar a profundidad la problemática educativa con la participación directa de los involucrados y especialistas como son los maestros. Decreto supremo Nº 08903 de 25 de agosto de 1969 “Art. 1º.- Disponese la realización del Primer Congreso Pedagógico Nacional, el mismo que deberá reunirse en la ciudad de la Paz del 22 de noviembre al 4 de diciembre del presente año con el objeto de estudiar y evaluar los aspectos técnicos y pedagógicos del sistema escolar boliviano en sus distintas áreas y niveles.”

El Ministerio de Educación, a la cabeza del ministro don Víctor Quinteros debía encargarse de su organización y realización, con aportes del magisterio y el Gobierno.

Mediante un mandato político entregado por las Fuerzas Armadas al presidente en ejercicio Siles Salinas, fue conminado a dejar el cargo en manos del General Ovando Candia, quien respaldado por un grupo de jóvenes políticos de izquierda se hizo cargo nuevamente del Gobierno. El General Alfredo Ovando Candia, participó en la guerra del Chaco, fue agregado militar en Paraguay y Uruguay; llegó a ser comandante de la Fuerzas Armadas.

Durante su mandato se decretó el “Estatuto de la Evaluación Escolar” que pretendió ser el complemento a la reforma educativa. El estatuto manejaba los siguientes conceptos: 207

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Decreto Supremo Nº 08945 de 2 de octubre de 1969 “ESTATUTO DE LA EVALUACIÓN ESCOLAR CAPÍTULO PRIMERO Generalidades Artículo 1º.- la evaluación escolar es el proceso para la valoración de los resultados obtenidos en la labor educativa, a través de instrumentos y técnicas de medición apropiados; Artículo 3º.- La medición es el proceso por el cual se pretende obtener una representación cuantificada de la evaluación escolar. Artículo 4º.- Calificación es la expresión simbólica de los resultados de la evaluación y medición.”

Las evaluaciones debían ser mensuales y tenían como propósito: ayudar a determinar las causas y el grado del cumplimiento o no de los objetivos, cooperar al maestro en el conocimiento de sus estudiantes, ayudar a descubrir intereses, aptitudes y creatividad en los estudiantes, además de diagnosticar y corregir el proceso de enseñanza-aprendizaje.

La escala de calificación numérica que correspondía a los juicios literales eran: 1- malo, 2-deficientes, 3 – regular, 4- bueno y 5 – excelente. El promedio de suficiencia o aprobación de 2,5 en el nivel primario y medio, el pre-primario no tenía retención estudiantil y tampoco eran consideradas materias de promoción la educación religiosa, educación física, artes plásticas y educación musical.

Se incorporaron figuras promociónales como la compensación (una buena nota de una materia ayudaba a otra materia con baja nota), tránsito horizontal (el movimiento flexible de un área a otra dentro el propedéutico y la educación media profesional) y el vencimiento por suficiencia, para quienes abandonen el sistema regular. Este reglamento especificaba los detalles de los registros en los libros de inscripciones y de calificaciones. 208

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El Primer Congreso Pedagógico Nacional, se realizó en la ciudad de La Paz del 12 al 24 de enero de 1970, la directiva estaba conformado por: Presidente

Prof. Tito Maceda Espina Prof. Eduardo Rios Vice-Presidentes Prof. Néstor Valdivia Relator General Prof. Gualberto Paredes Secretario de Relaciones Prof. Luís Fernández Prof. José Quiroga Jaime Secretarios de Actas Prof. Luís Rivas Alcocer Prof. Rigoberto Céspedes Secretarios de Prensa y Propaganda Prof. Armando Moreno P.

Asistieron delegados de los nueve departamentos, incluido Camiri, Vallegrande, Tupiza, Puerto Suárez, Riberalta, Uncía, Villazón, Uyuni, Camargo, Aiquile, Rurrenabaque, Robore y Montero. Todos ellos, representantes de ramas técnicas, universidades, asociaciones de colegios particulares, maestros pasivos, maestros COMIBOL, maestros Y.P.F.B., prensa, estudiantes de secundaria, padres de familia, estudiantes normales, profesionales de Bolivia, Cámara Nacional de Industria, comercio, Central Obrera Boliviana, campesinos, Unión Nacional de Poetas, Instituto Nacional de Estudios Lingüísticos, CONAME, Instituto Nacional de la Ceguera, Dirección General de Cultura y otras delegaciones especiales.

El evento contó con los discursos inaugurales de don Mariano Baptista Gumucio, ministro de Educación y Cultura, Tito Maceda de la Federación Nacional de Maestros Urbanos y el General Alfredo Ovando Candia, presidente de la República.

El Congreso pedagógico realizo un homenaje y reconocimiento a los educadores más destacados de la escuela boliviana, entre los que se mencionó a los profesores: Franz Tamayo, Daniel Sánchez Bustamante, Alfredo Guillen Pinto, Heriberto Guillen Pinto, Corsino Rodríguez, Elizardo Pérez, José Antonio Arze, Faustino Suárez, Vicente Donoso 209

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Torrez, Isaac Maldonado Reque, Alfredo Vargas, Guido Villagómez, Humberto Quezada Arce, Luís Carranza Siles y Bernabé Ledezma. Menciones especiales y minuto de silencio para Guido Villagómez y Alfredo Araujo Quezada fallecidos, y presidentes honorarios a Humberto Quezada en representación de los Maestros Jubilados y Luís Carranza Siles Premio Nacional de Pedagogía. Las comisiones de trabajo fueron:

Comisión

Primera comisión

Segunda comisión

Tercera comisión

210

Temática Problemas de la educación boliviana: Fundamentos económicos y filosóficos de la reforma educativa. Definición de la estructura del sistema educativo. Gobierno y administración del sistema escolar. Educación pre-primaria: Estado actual del servicio preprimaria. Normas para la reforma de la educación pre-primaria. Educación primaria: Estado actual del servicio de educación primaria, normas para la reforma de la educación primaria, naturaleza y objetivos específicos. Estructura, duración y articulación de los estudios. Planes y programas, métodos y técnicas, textos y materiales.

Directiva

Presidente: Eduardo Rios Vicepresidente: Luis Fernández bustos Relatores: Luis Carranza Siles, Conrado Moscoso, Federico Blanco Catacora Secretario: Sabino Tito Atahuchi Presidente: Beatriz Fortun de Revilla Vicepresidente: Néstor Buitrago Relatores: Elda de Cárdenas Secretario: Ludovina H. de Sosa

Presidente: Maruja Chej de peñaloza Vicepresidente: Víctor Hugo Castañon Relatores: Ada Castellanos de Rios, Carlos Rojas Quiroga Secretario: Agustín Sangüeza Orozco, Julio Delgadillo Villegas

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Cuarta comisión

Quinta comisión

Sexta comisión

Educación media: Antecedentes, naturaleza y objetivos de la educación media, educación secundaria. Bachillerato académico, técnico industrial, educación técnica femenina. Educación agropecuaria, comercial, artística, programas, supervisión de la educación media. Educación normal y de mejoramiento del magisterio: Estado actual de la educación normal. Fundamentos legales de la educación. Estatuto de la educación normal. Mejoramiento del magisterio. Escuelas de aplicación, recomendaciones. Alfabetización y educación adultos: Situación general Analfabetismo. Fines y objetivos de alfabetización y educación adultos. Estructura y proyecciones. Organización y supervisión. Recomendaciones.

Presidente: Gastón Vilar Casso Vicepresidente: Arturo Jiménez Relatores: Cesar Canelas Verduguez Secretario: Ignacio Coritza Balboa, Max Vargas Torrico

Presidente: Jorge cabrera Vicepresidente: Fernando Chávez Relator: Lucio Berdeja Secretario: Rodolfo Unzueta

de

Presidente: Nazario Luna P. Vicepresidente: Delia de Quezada la de Relator: Arturo Carpio Silva Secretario: Efraín Cazazola P.

del

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Séptima comisión

Octava comisión

Novena comisión

Educación especial de rehabilitación: Estado actual. Normas para la organización de la educación diferencial. Naturaleza y objetivos. Recomendaciones. Comisión extra-escolar y extensión cultural: Estado actual de la educación extra-escolar y extensión cultural. Normas para la organización de la educación extra-escolar y extensión cultural. Naturaleza y objetivos específicos de la educación extra-escolar y extensión cultural.

Asuntos generales: Orientación escolar y profesional. Evaluación escolar. Plan de trabajo de servicio social escolar ciclo primario, medio, superior, alfabetización y educación de adultos. Locales comerciales.

Presidente: Luis Rojas Aspiazu Vicepresidente: Alfredo López Relator: Ricardo Trigoso Secretario: Josefa Delgadillo

Presidente: Marcelo Calvo Vicepresidente: Carlos Rosso

Presidente: Hernán Rico Quiroga Vicepresidente: José Paz Antezana Relatores: Constancio López Burgoa Secretario: Santiago Salinas Velasco

El congreso buscó la participación directa de los implicados en la educación, en el estudio de los problemas generales y específicos de la educación nacional, el análisis del código de la educación boliviana, los decretos supremos y otros documentos. Las distintas directivas analizaron, desde su perspectiva, la crisis estructural que atravesaba el país y que traía como consecuencia el atraso 212

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

y dependencia, limitando el desarrollo económico y favoreciendo los intereses de las clases dominantes, el sistema educativo nacional que atravesaba por serias deficiencias, deformaciones y limitaciones de carácter cualitativo y cuantitativo, la carencia de una práctica pedagógica, la falta de integración entre contenidos programáticos, el divorcio y separación entre el trabajo intelectual y manual, la ambigüedad de normas, de procesos educativos tradicionales, verticales y enciclopedistas, de la relación en el alcance y atención de la educación a la población en edad escolar, en sus diferentes ciclos y niveles. El evento reconoció que la educación era un fenómeno social condicionado por la estructura económica de cada país y en el caso boliviano, se encontraba en busca de la recuperación democrática en base (a lo que denominaron), un proyecto conjunto del magisterio con las demás fuerzas progresistas como ser los estudiantes, intelectuales y trabajadores, por ello expresaron su total adhesión a los postulados del código de la educación boliviana, respecto a que la educación es suprema función del Estado, además de universal, gratuita, obligatoria, democrática, única, nacional, revolucionaria, anti-imperialista y antifeudal, entre otros.

El congreso se propuso mantener en vigencia los principios generales de la educación, mediante la integración de los servicios de educación urbana y rural. Consideraron el incremento de guarderías y jardines de infantes, discurrieron que la educación integral del niño no ha sido desarrollada convenientemente debido a la poca difusión de planes y programas, observaron la carencia de estructura y recursos técnicos, pero fundamentalmente que no existen objetivos pedagógicos ni integrales, ya que en su mayoría este tipo de centros, eran de naturaleza privada, cuyo principal objetivo era de carácter económico.

Cuestionó que la educación primaria no respondía a las necesidades de los estudiantes, ya que estaba al margen de su realidad, que la formación escolástica de los docentes era una de las razones por la que 213

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el sistema educativo se mantenía rígido e inadecuado y que la enseñanza musical, educación física, educación media y otros, debían contribuir al desarrollo del país y dar respuesta a las necesidades socioeconómicas.

El congreso planteó, que no tendrían injerencia extranjera, ni política, ni de ningún tipo, convirtiéndose en escuelas de unidad teórica–práctica, investigación y trabajo productivo, donde se respete la dignidad humana, influencia social y gestión de las comunidades. Mostró la des-unificación entre las normales urbana y rural, así como la pobreza de sus recursos didácticos y reglamentos no vigentes, recomendaron capacitar a los maestros en todos sus niveles y coadyuvar al perfeccionamiento de la labor docente, la inmediata reorganización pedagógica–administrativa de los institutos superiores y escuelas normales y la preparación profesional acorde a los postulados de la nueva educación nacional.

La comisión correspondiente, resolvió que por su contenido y proyección se debía dar énfasis a la alfabetización y educación de adultos, para cambiar las estructuras sociales y económicas imperantes y preparar hombres capaces de transformar, con conciencia crítica para exigir cambios necesarios, que permitan la participación del alfabetizado en las decisiones de la colectividad. Para ello propusieron adoptar un sistema de alfabetización funcional (sin desestimar campañas masivas) que sea gradual y permanente, con métodos y técnicas acordes y adecuadas, siendo el Estado el responsable. Se proyectó la organización de la asistencia social escolar, asistencia médica y psico-pedagógica sobre los que se asentaría la educación especial de rehabilitación, a fin de restituirlos en el sistema educativo común. Cuestiono que la educación extraescolar y de extensión cultural fue prácticamente inexistente y careció de atención, siendo que debería constituirse en el complemento de la educación escolar abarcando a todos los sectores sociales incluido el área rural.

Se establecieron lineamientos generales para elaborar el plan de trabajo del servicio social escolar, el cual debió integrarse a la comunidad 214

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

educativa como agente de promoción y cambio, para la toma de conciencia de las estructuras económicas, que buscarían la formación integral del educando, en función de sí mismo y su grupo social, sensibilizando la conciencia, internalizando los valores, la ideología, la integración familiar, el respeto, la cooperación, la tolerancia, la solidaridad, el sentimiento nacionalista y los valores de orden sociológico, mediante acciones como el servicio médico escolar, salud nutricional, apoyo a grupos de acción social, grupos de concientización y formación de grupos de voluntarios. Dentro las resoluciones emanadas estaba; la creación de la comisión nacional de coordinación y planificación educativa, organismo de carácter técnico que se encargaría de; la articulación del sistema educativo con la universidad, de recibir informes económicos de gestión, de solicitar el castillo de la glorieta de Sucre para el funcionamiento de la ciudadela de la niñez, del cumplimiento de las conclusiones en lo referente a la alfabetización y educación de adultos, de administrar los montos recaudados por concepto de matrículas de los colegios privados (destinarlos al plan de edificaciones escolares), de encomendar a la federación nacional de maestros urbanos tramitar la derogatoria del decreto supremo que establezca el derecho de los maestros rurales del servicio urbano ascender de categoría, y de requerir del poder ejecutivo, que la Caja Nacional de Seguridad Social instituya el Servicio Médico Escolar.

El Primer Congreso Pedagógico Nacional presentó dentro sus síntesis conclusivas:

• El análisis de los problemas de la educación boliviana, el sostenimiento que la filosofía de la educación nacional se veía reflejada en el artículo primero del código de la educación y debía constituirse en el fundamento de la nueva política educativa de gobierno y lineamiento de la actividad docente del magisterio, por lo que dejaron claro su total adhesión al mismo. 215

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• Se desarrolló y fortaleció la concepción pedagógica y metodología de la educación popular, que pretendía abarcar a amplios sectores sociales incluyendo a los marginados, brindándoles calidad educativa que se manifestaba en el lanzamiento de una campaña masiva de alfabetización.

• Rescatar la ciencia y tecnología como integrador del trabajo manual e intelectual. • Recuperar la conceptualización de realización personal, que se encontraba en íntima y directa relación con la formación técnica y el desarrollo del pensamiento crítico y reflexivo junto al de la creatividad.

• Finalmente, la integración nacional tiene una suerte de sentido nacionalista y se habló de un sistema educativo único y capaz de crear conciencia nacional.

Meses más tarde acontece otro golpe de Estado, efectivizado por los propios camaradas del presidente en funciones y respaldado por oficiales de derecha, que extrañamente terminaron posesionando como nueva autoridad, a Juan José Torres Gonzáles (militar de izquierda), general de Ejército, agregado militar en Brasil, ministro de Trabajo y comandante de las Fuerzas Armadas, de condición humilde y de gran arraigo popular. Poco antes de cumplirse un año en la presidencia, el 21 de agosto de 1971, se produce uno de los golpes de Estado más sangrientos de la historia de Bolivia, comandada por el General Hugo Banzer Suárez59, quien presidiría 7 años de corrupta y despótica dictadura. Banzer Suárez ocupó funciones de ministro de Educación en el Gobierno de Barrientos y fue alumno de honor de la Escuela de la Américas60. 59 60

Contó con el apoyo de un sector del M.N.R. y la Falange Socialista Boliviana. Conocida también como la Escuela de Asesinos, en la que se formaron los principales violadores de los derechos humanos (oficiales de alto rango y presidentes golpistas) de centro y sud América.

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POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Al poco tiempo de tomar el cargo, comienza a detener, exiliar y asesinar dirigentes políticos opositores, ilegaliza partidos políticos de izquierda, interviene los sindicatos, recurre a préstamos millonarios lesivos, e integra un plan secreto denominado “Plan Cóndor”, para la identificación y desaparición de líderes izquierdistas en diferentes países. Creó el Consejo Nacional de Educación Superior (CENES), clausuro por un tiempo las universidades, suspendió su autonomía y al reaperturalos, prohibió actividades políticas al interior de estas, imponiendo a sus principales autoridades (rectores). Decretó la “Ley de la Educación Boliviana”, difundida como la “Ley Banzer”. Decreto Supremo Nº 10704 de 1 de febrero de 1973 “…Que, la real transformación de la escuela boliviana está no solo en la modificación de planes y programas, sino fundamentalmente en la auténtica pedagogía nacional que consulte la realidad del país y la Comunidad y del Estado; Que, el sistema pedagógico nacional debe evolucionar al mismo ritmo socio-económico y político-cultural en el que se desenvuelve nuestra comunidad, haciendo del boliviano un ser personalmente capacitado y socialmente eficiente;… Art. 2º.- Son fines de la Educación Nacional: a) Educar para edificar un Estado Nacionalista de Orden y Trabajo, de Paz y Justicia;” Art. 3º.- Son sus Grandes Objetivos: a) Formar en el hombre boliviano…con responsabilidad cívica y sensibilidad social; b) Lograr en el educando una clara conciencia de unidad nacional; e) Lograr la convicción de que Dios, Patria y Hogar constituyen las bases inconmovibles de la realización del hombre boliviano.”

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La Ley comprendía 24 artículos y 60 incisos, dedicados exclusivamente a los objetivos y propósitos de la educación boliviana, refiriéndose a todos los ciclos, niveles y tipos de educación. El objetivo de la educación fue el de formar bolivianos con responsabilidad cívica, sentido social y vocación basada en Dios, patria y familia, que según la legislación se constituyen en bases inconmovibles para lograr la interacción de la nación, fin último del Estado nacional.

El Gobierno de Banzer fortaleció su ley y otras reformas sociales con publicidad anticomunista, el término pueblo fue remplazado por el de comunidad e introdujo el concepto de eficientísimo social, técnico y desideologizado. Decreto Supremo Nº 10704 de 1 de febrero de 1973 “TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO CAPÍTULO SEGUNDO Art. 1º.- La organización del sistema educativo comprende cuatro grandes áreas: Educación regular para niños, adolescentes y jóvenes; Educación de adultos, impartida en niveles y ciclos acelerados; Educación especial de rehabilitación, impartida a través de agencias especializadas en la atención educativa de personas con deficiencias psíquicas o físicas; Educación extraescolar de extensión cultural, que se ejerce sobre la totalidad de la población, impartida a través de programas específicos realizados con el concurso de todos los medios de comunicación masiva.”

La educación regular se estructuró de la siguiente manera: 218

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Educación regular y sistemática.

a) Pre-primaria, comprende dos grados no obligatorios, para niños de 4 a 5 años de edad. Niveles: Educación Primaria: b) Básico, comprende cinco grados obligatorios. Tiene tres ciclos. c) Intermedio, compuesto por tres grados de carácter obligatorio. Posee cuatro grados y dos modalidades: a) Educación Humanística, cuenta con dos ciclos; Educación Media: se común y propedéutico y se otorga diploma de sub divide en dos bachiller en humanidades. ciclos; b) Educación técnico – profesional, graduó a) Común y profesionales medios en educación industrial, comercial, artística, agropecuaria y otras. Se otorga b) diferenciado diploma de bachiller y título de técnico medio en la especialidad correspondiente. Educación Superior: tiene modalidades y ciclos especializados

Se reconoció la educación industrial, comercial, técnico-vocacional, de artes plásticas, artístico musical y técnico agropecuaria. Respecto a la educación de adultos, confusamente aseveraba, que ésta era el parasistema que se estructura sobre la base de grados, ciclos y niveles acelerados.

Se dio creación al Instituto Boliviano de Aprendizaje para la formación de mano de obra calificada y a los centros integrados de alfabetización, educación básica acelerada, educación intermedia acelerada y educación media acelerada, cuya modalidad semestral reducía el tiempo de estudio, de acuerdo a las condiciones de cada una de ellas. 219

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La normativa dedicó varios capítulos a la selección de asignaturas y actividades enmarcadas en los planes globales que permitían, “la consecución de los grandes objetivos del sistema y con ellos el logro de las finalidades de la educación”.

La dictadura Banzerista tuvo a don Mario Serrate Ruiz como ministro de Educación y Cultura, quien continuó con esa animadversión a la educación popular y pretendió eliminarla de la Ley de las Escuelas Normales de Bolivia y en su lugar introducir terminología propia de regímenes fascistas - nacionalistas. Ley de las Escuelas Normales de Bolivia “Art. 1º.- Son fines de la Educación Normal: Contribuir eficazmente mediante la acción educativa, a la edificación de un Estado Nacionalista de Orden, Trabajo, Paz y Justicia. Formar los recursos humanos que satisfagan las necesidades de desarrollo económico y social del país. Apoyar la acción educativa en el conocimiento de la ciencia, técnica y pedagogía contemporáneas, para elevar el nivel cultural del pueblo boliviano.”

El Sistema Nacional de Educación Normal, tuvo dentro su estructura, organismos operativos, organismos de dirección y organismos consultivos y de coordinación, el primero constituido por las escuelas normales, institutos de post-grado y equipos móviles de profesionalización y mejoramiento docente; el segundo por autoridades jerárquicas de educación y el tercero por supervisores nacionales de educación normal, constituido por representantes del ministerio, magisterio, universidad boliviana y de las Fuerzas Armadas de la Nación. Planteó la estructura académica y administrativa de la escuela normal con sus respectivos departamentos, carreras y órganos consultivos, al igual que el instituto de postgrado y los equipos móviles de 220

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

profesionalización y mejoramiento docente. Se tocaron aspectos referidos a la evaluación, períodos lectivos, títulos, etc., mientras de manera contundente afirmó que quedaba prohibido el ingreso a la docencia de personas que no cuenten con el título pedagógico respectivo.

La gran cantidad de artículos que la ley invistió a la reformulación de objetivos y el contenido de estos, pretendió desideologizar la educación, respecto a la influencia revolucionaria del Código de la Educación. La premisa de orden, trabajo, paz y justicia61 se convirtió en excusa que justificaba la represión, congelamiento de sueldos, nombramiento de coordinadores en reemplazo de los sindicatos, establecimiento de la Ley de Servicio Civil Obligatorio y del Magisterio y la burocratización de la docencia con sus consecuencias presupuestarias. Se nombraron, de manera directa, autoridades educativas, entre ellas personas sin título para el ejercicio de la docencia y miembros de las fuerzas armadas, los cuales ocuparon distintos cargos y funciones en todas sus instancias incluidos rectores en las universidades.

El 31 de mayo de 1974, se complementó la ley Banzer (D.S. 10745 de 1973) con el Decreto Supremo Nº 11499, Ley de Evaluación Educativa, derogando el D.S. Nº 08955 de 2 de octubre de 1969 del presidente Ovando Candia. Decreto Supremo Nº 11499 de 31 de mayo de 1974 SISTEMA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA Art. 1º.- La evaluación educativa es un proceso integral, sistemático, continuo, acumulativo, científico, cooperativo y forma parte indivisible del acto de educar… Art. 2º.- La evaluación es un proceso permanente de apreciación de los cambios cualitativos y cuantitativos operados en el educando; considera las diferencias individuales, potencialidades y limitaciones de cada alumno.

61

Posteriormente este se convirtió en el principal eslogan de sus campañas electorales, cuando el país retorno a la democracia.

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La evaluación, según la ley, debía ser integral, sistemática, continua, acumulativa, científica y cooperativa, teniendo como propósito, apreciar y medir el conocimiento (habilidades, destrezas, ideales adquiridos, etc.), proporcionar base científica a la entrega de notas, determinar dificultades individuales o colectivas, dar validez a los métodos y técnicas utilizadas por el docente en el proceso de enseñanza-aprendizaje y proporcionar datos confiables. Dentro sus funciones; verificar el logro de objetivos, diagnosticar dificultades, orientar a los educandos en técnicas de estudio y trabajo y el uso de técnicas individuales para la superación de deficiencias identificadas en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Se normaron los: procedimientos de evaluación, responsables, niveles (ciclos), modalidades (adultos, acelerados, Instituto Boliviano de Aprendizaje, etc.). Reglamentó la escala de calificaciones con los respectivos juicios de valor de la siguiente manera: 1) pésimo, 2) malo, 3) deficiente, 4) regular, 5) bueno, 6) muy bueno, 7) excelente. La promoción al primer grado era automática, siendo a partir de entonces 3.6 el promedio mínimo de aprobación.

Ante el deterioro político del país el Gobierno convocó a elecciones generales para el mes de junio de 1978, sin permitir la repatriación de los exiliados, confinados y expatriados políticos, lo que ocasionó se produzca una huelga general de hambre, que alcanzó connotaciones internaciones, obligando a Banzer decretar amnistía general e irrestricta, dejando el poder en manos de su ex-Ministro General Juan Pereda. Juan Pereda Asbún, General de Aviación, desempeñó funciones de comandante del Colegio Militar, fue ministro de Interior y de Industria de Banzer Suárez, ganó las elecciones62 de 1978 de modo fraudulento y mediante una asonada golpista, se hizo del poder en julio de ese año con el compromiso de llamar a elecciones. 62

En estas elecciones participaron 52 partidos políticos

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No llegó a culminar ni seis meses de gestión y pese a estar rodeado de funcionarios vinculados al “banzerismo” junto a la oligarquía cruceña, fue depuesto en noviembre de 1978 por su camarada, también General David Padilla. David Padilla Arancibia, General de División, fue comandante General del Ejército y ocupó cargos jerárquicos en la institución armada, gobernó menos de 10 meses, declaró el año 1979 como Año de la Educación Boliviana y en julio firmó el Decreto Supremo Nº 16522 convocando, a nombre de la H. Junta Militar de Gobierno, al segundo Congreso Pedagógico Nacional a efectuarse en octubre de ese mismo año. Decreto Supremo Nº 16522 de 6 de junio de 1979 Artículo 1º disponese la realización del Segundo Congreso Pedagógico Nacional que deberá reunirse en la ciudad de La Paz, en la segunda quincena del mes de octubre del presente año, para evaluar y analizar los aspectos del sistema escolar, proyectando orgánicamente los cambios y avances que fueren necesarios.

La convocatoria proyectaba como documento central de trabajo, el Código de la Educación Boliviana y los restantes artículos establecían la organización y financiamiento conjunto del congreso entre el ministerio y el magisterio, así como la obligación de facilitar información documentada respecto a la problemática educativa. El Gobierno reconoció que no llegaron a implementarse las medidas planteadas en el Primer Congreso y que el magisterio no participó de las medidas legales– educativas posteriores.

El Segundo Congreso Pedagógico Nacional se realizó en la ciudad de La Paz del 3 al 13 de diciembre de 1979. Se encontraba como Ministro de Educación el Licenciado Carlos Antonio Carrasco

Al igual que el primer congreso, este aprueba la vigencia y los elementos centrales del Código de la Educación Boliviana, rechazando 223

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enfáticamente las reformas y contra reformas de los Gobiernos militares, reafirmando el mandato constitucional que obliga al Estado a brindar todos los medios y recursos necesarios para una educación gratuita. Entre sus principales conclusiones están:

• Reconocer la educación como un instrumento de clase y opresión.

• Implementar una educación nacional, popular, científica, democrática, anti - imperialista, anti - oligárquica, anti - fascista, solidaria, de hondo contenido humanista, integrado y que contribuya a la lucha por la liberación nacional. • Hacer partícipes al magisterio, de todas las etapas de organización y ejecución educativa, mejorar sus condiciones salariales y unificar el área urbana y rural, eliminando aspectos discriminativos entre estas.

• Asentir que la deficiente infraestructura física y técnica, la desnutrición y las enfermedades influyen significativamente en la calidad de la educación. • Revalorizar la cultura e introducir en los planes y programas curriculares, la defensa de los recursos naturales y la reducción de los años de escolaridad. • Reestructurar y centralizar la educación, creando para ello la conformación del Consejo Consultivo y la desconcentración de los niveles administrativos.

Padilla Arancibia convocó a elecciones que fueron ganadas por Hernán Siles Zuazo (por segunda vez consecutiva) del M. N. R. de Izquierda, frente al M.N.R. populista de Víctor Paz. En ningún caso obtuvieron la mayoría, por lo que el conflicto fue llevado al Congreso Nacional donde se repitió el empantanamiento y, concluyendo con un acuerdo que permitió al presidente del senado don Walter Guevara, asumir interinamente la presidencia por el lapso de un año. 224

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

El abogado Walter Guevara Arce, fue catedrático de la UMSA y la UMSS, plenipotenciario en Europa y Naciones Unidas, ministro de Gobierno y canciller de la República, fundador del P.R.A. y militante del M.N.R. El 1ro de noviembre de 1979 el Coronel Natusch Busch interrumpió cruentamente el proceso democrático dejando aproximadamente trescientos ciudadanos muertos frente a las tropas del ejército, y dejando sin efecto el importante triunfo diplomático que había logrado Bolivia, en la asamblea General de la Organización de Estados Americanos respecto al tema de la reivindicación marítima.

El Coronel Alberto Natusch Busch, egresado del colegio Militar, con estudios en Europa, fue ministro de Asuntos Campesinos de Banzer Suárez. Desconocido por las delegaciones diplomáticas, fue aislado internacionalmente y muy resistido internamente, soportó 16 días y devolvió la presidencia al Congreso Nacional, que en esa ocasión eligió interinamente como primera mandataria, a la presidenta de la Cámara de Diputados, Lydia Gueiler.

La señora Lydia Gueiler Tejada, militante del M.N.R. y del F.R.I., ocupó funciones en la administración pública y representó al Estado en Alemania, fue presidenta de la Cámara de Diputados y del Congreso Nacional. En ese lapso (junio de 1980) se llevó adelante nuevas elecciones, en las que resultó ganador don Hernán Siles Zuazo, seguido de Víctor Paz, Banzer Suárez y Marcelo Quiroga Santa Cruz.

Un mes después, el 17 de julio de 1980, un General de ejército, de nombre Luís García Mesa irrumpió y gobernó Bolivia violentamente los siguientes meses, tras concretar su golpe de Estado. El General García Meza ocupó funciones de jefatura en las Fuerza Armadas y en su Gobierno se produjeron actos de corrupción con centros deportivos, piedras preciosas, narcotráfico, violaciones constantes y explicitas a los 225

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derechos humanos, asesinatos de importantes líderes políticos socialistas y de izquierda además de otros delitos.

García Mesa anunció quedarse en la presidencia durante 20 años y creyendo en esta aberración comenzó los lineamientos de su política educativa, trabajado por la Comisión de Estudio y Reordenamiento de la Educación Integrada, que analizó la situación educativa a la cual acusó de ser perniciosa y producto entre otras cosas de la influencia de los sectores sociales, políticos y sindicales (Martínez, 1988, p.73). “Descalifica por el ello el Código de la Educación Boliviana, porque es fruto de esa deformación, pues sus bases y fines responden a una mezcla de intereses y contenidos ideológicos. Sostienen la necesidad de un cambio organizado dentro del espíritu nacional con miras al desarrollo de la persona que sea capaz de vivir en una sociedad equilibrada tal como lo señalan la reforma de 1969 y la complementaria de 1973.” “Contra esas ideologías foráneas (en referencia a Marx y Engels) se enfrenta la corriente nacionalista de contenido sentimental, cuyo objetivo consiste en crear un movimiento de transformación… En base al cual se puede formular una política que apunte a lograr que la educación sea integral, cristiana y humanística. El nuevo hombre boliviano será capaz de fortalecer la unidad e integración del país; establecer las pautas de su seguridad y desarrollo; defender los objetivos nacionales; potenciar los factores de poder y afirmar la soberanía e independencia nacionales.”

La fundamentación filosófica e ideológica estaba basada en el “cristianismo, humanismo y nacionalismo”, siendo su objetivo la “reconstrucción nacional” apoyado en la seguridad interna y externa, excusa para intervenir instituciones y reprimir sectores sociales y liderazgos contestatarios. 226

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Frente al desconocimiento de jefaturas de Estado extranjeras, la profunda crisis económica, el bloqueo internacional y el acto de insurrección llevado adelante por un grupo cívico – militar autodenominado de Reivindicación Nacional, el General García Mesa, se vio en la necesidad de abandonar la presidencia ante la Junta Militar de Gobierno, que estaba integrada por el General de la Fuerza Aérea Waldo Bernal Pereira, General de Ejército Celso Torrelio Villa y Contralmirante Oscar Pammo Rodríguez, todos ellos máximos comandantes de sus respectivas fuerzas. Tras responsabilizarse de la máxima magistratura del 4 de agosto al 4 de septiembre de 1981, centralizaron el trabajo de la presidencia en el General Celso Torrelio Villa, que con el reconocimiento de la Corte Suprema de Justicia, asumió la responsabilidad hasta julio de 1982, fecha en la que es reemplazado por el General Guido Vildoso, a pedido de las Fuerzas Armadas.

227

228

POLÍTICAS EDUCATIVAS DE 1982 AL 2000 El General de Brigada Guido Vildoso Calderón, profesor del Colegio Militar con especialidad en países extranjeros, terminó renunciando presionado por la situación política, económica y social. Resultado de ese proceso cíclico de golpes y sediciones, el ámbito educativo estaba resulto afectados, pues no tuvo mayores avances.

Como una jornada histórica, el 10 de octubre de 198263 asume el Gobierno, el ganador de las elecciones presidenciales don Hernán Siles Zuazo como presidente y el Lic. Jaime Paz Zamora como vicepresidente, en la fórmula de la Unidad Democrática y Popular.

El 14 de marzo de 1983 es emitido el Decreto Supremo Nº 19453, que disponía el Plan Nacional de Alfabetización y Educación Popular “Elizardo Pérez” y como complemento de éste, el Decreto Supremo Nº 19481, que dio lugar a la creación del Servicio de Alfabetización y Educación Popular (SENALEP) con sede en la ciudad de La Paz, siendo entonces don Alfonso Camacho Peña Ministro de Educación. Decreto Supremo Nº 19481 Artículo 1º.- crease el servicio de alfabetización y educación popular como institución pública descentralizada del Ministerio de Educación y Cultura. Con personalidad jurídica, autonomía de gestión técnico – administrativa y patrimonio independiente

63

A partir de esta fecha Bolivia mantiene un proceso democrático ininterrumpido.

229

GREBY U. RIOJA MONTANO

constituido por bienes, fondos públicos y otras contribuciones especiales. Sus actividades normadas y supervisadas por el titular del Ministerio de Educación y Cultura, del cual depende directamente.

Tenía dentro sus funciones, establecer políticas y estrategias de alfabetización y educación popular, promover la participación de organizaciones populares, coordinar acciones de las instituciones públicas y privadas con organismos técnicos del ministerio, buscar financiamiento, cooperación, investigación y difusión del conocimiento.

El Ministerio de Educación, que reconoce en su discurso, que existen grandes sectores sociales que se encuentran marginados del alcance de la educación, entre ellos especialmente poblaciones con deferentes características culturales y plural-lingüísticas, se plantea tres programas, dentro su plan nacional.

a) Expansión de la educación primaria (diversificación y extensión de la escolarización). b) Alfabetización y educación popular (llevar adelante el plan nacional de alfabetización y educación popular). c) Mejoramiento cualitativo de la educación (mejoramiento cualitativo del Sistema Educativo Nacional).

Se destaca como aspecto innovador la inclusión de maestros bilingües.

Sin embargo el plan fracaso conjuntamente el Gobierno. Las organizaciones sociales arremetieron contra él, con pedidos incongruentes con la situación socio-política de entonces. La renuncia del vicepresidente y la imparable hiperinflación, fueron factores fundamentales para que Siles adelante en un año la culminación de su gestión, y entregue la presidencia, en 1985, al ganador de las elecciones; don Víctor Paz Estenssoro, quien para hacerse del mando, lleva adelante un impensado acuerdo político, denominado “Pacto por la Democracia”, abrazando al Movimiento Nacionalista Revolucionario (M.N.R.) con 230

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Acción Democrática Nacionalista (A.D.N.) del hasta hace unos años dictador Hugo Banzer Suarez.

El 6 de agosto de 1985, Ángel Víctor Paz Estenssoro, asumía por cuarta vez la presidencia de la República, periodo en el cual firma y aplica el decreto más controversial de la historia contemporánea de Bolivia, el Decreto 21060, conocido como la implementación del modelo neoliberal, efectivo a la hora de contener la vertiginosa hiperinflación, pero devastador en sus consecuencias sociales. En 1986 el entonces ministro de Educación, Enrique Ipiña Melgar presenta un documento titulado: “La Educación y la Cultura en el Gobierno del MNR (1985 – 1989)” el cual hace una interpretación crítica, que sintetiza el funcionamiento del sistema educativo nacional, desde el punto de vista del gobierno. Este análisis reconoce al Código de la Educación Boliviana como la ley marco conceptual y de referencia doctrinal e identifica al analfabetismo, a las diferencias de la escuela urbana y rural y al divorcio de la educación con los avances técnico científico, como principales problemas de la educación.

El estudio recoge la necesidad como prioridad estatal, de ofrecer un trato salarial justo al magisterio, brindar preferencia a la educación primaria, educación de adultos, a los procesos de alfabetización y a la educación rural, aplicar procesos de descentralización administrativa, optimizar recursos y hacer partícipes a toda la comunidad educativa en base a principios axiológicos.

En 1986 se pone a consideración el anteproyecto de ley de reforma educativa que planteaba la unificación del sistema educativo nacional, inamovilidad docente en relación al desempeño profesional, evaluación de la comunidad educativa y recurrir (nuevamente) a la participación privada en el sostenimiento y fomento a la educación.

Este anteproyecto fue resistido por el movimiento sindical docente que vio en ella una ley privatizadora y que vulneraba sus derechos de 231

GREBY U. RIOJA MONTANO

permanencia laboral, y que se convertiría en instrumento para la sumisión política. Varias instituciones se sumaron al rechazo creando un clima de incertidumbre que finalmente logró detener este proyecto.

En 1987 se presentó un nuevo proyecto de reforma educativa conocido como el “Libro Blanco de la Educación”. Este se convierte en un sustancioso documento que hace exhaustivo análisis de la realidad educativa nacional.

El ministro de Educación y Cultura, Ipiña Melgar, bosqueja en este documento, la necesidad de una reforma educativa a partir “de la relación educación – cultura, siendo esta un instrumento de poder y de imposición que nos cuestiona cuan independientes somos culturalmente y que nuestro verdadero desafió nos plantea la necesidad de revalorización cultural y la unificación en la diversidad como requisito imprescindible”. Este hace un razonamiento de la realidad social y económica y sus efectos multiplicadores que justifican entre otras cosas, una profunda reestructuración del sistema educativo en todas sus esferas en base a una nueva ley de reforma educativa.

El denominado “Documento de Trabajo” esboza la incorporación de la descentralización, la atención privilegiada a la educación primaria, la erradicación del analfabetismo, considerando aspectos fundamentales como el manejo del idioma y realidades culturales específicas, reformas y transformaciones curriculares acordes a la realidad nacional y mejorar el nivel de la educación superior mediante el fortalecimiento de la educación técnica, formación docente y el vínculo con la universidad.

El anteproyecto de ley de la educación boliviana, reconoce dentro sus bases a la educación, como la más alta función del Estado, gratuita en todos sus niveles y ciclos, y obligatoria en la primaria. Se declara revolucionaria, anti-imperialista, pluralista, unificadora del área urbana y rural y garantiza la libertad de enseñanza general y religiosa, bajo tuición y control del Estado. 232

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Esta propuesta, dio pie a una serie de encuentros, entre el magisterio y el Gobierno, de las que destaca el documento, del seminario llevado adelante en 1988 en la localidad de Chulumani, población cercana a la ciudad de La Paz, y conocido con el nombre de “Manifiesto de Chulumani”.

Este escrito realiza un considerable análisis a la coyuntura que muestra una estructura educativa cargada, morosa y anacrónica, doblemente damnificada por la falta de organización en toda su estructura jerárquica y técnica. Propone recortar los años de escolaridad, mejorar el nivel salarial docente, capacitar y actualizar de forma permanente a los profesores, planificar conjuntamente con docentes y autoridades, y hacer partícipes y contraparte a los municipios y prefecturas. La propuesta es sumada a otras resultantes de las múltiples reuniones llevadas adelante en distintos ámbitos y con diferentes protagonistas, fueron acopiados y sistematizados en el proyecto de reforma educativa conocido como “libro Rosado”, dado a conocer el primer semestre de 1988 en medio de abiertas y duras confrontaciones entre sectores sociales y sindicales con el Gobierno. El libro esbozo como principal objetivo de la educación el “formar el nuevo hombre boliviano”, Planteando dotes como la reflexión, sentido crítico, tolerancia, etc.

Este libro se plantea como objetivos; elevar la calidad de la educación en todos sus niveles, hacerla científica y tecnológica, prestar especial atención a la educación primaria y buscar la eliminación del analfabetismo, la descentralización financiera, administrativa y técnico pedagógica, la reestructuración curricular y la participación de la sociedad y comunidad educativa en su conjunto. Tanto las federaciones departamentales, como las confederaciones de maestros, además de otras organizaciones sociales se opusieron a estas reformas, a las que tildaron de privatizadoras y neoliberales.

En 1989 acontece un hecho pasmoso en la política boliviana, pues al cabo de las elecciones, ninguno de los frentes que terciaron (A.D.N., 233

GREBY U. RIOJA MONTANO

M.I.R. y M.N.R.) logra ganar las mismas y delega su definición al Congreso de la República, el cual luego de intensos debates y acuerdos, termina por darle la presidencia al candidato menos votado, y con ello Jaime Paz Zamora es ungido como presidente de la República. Esta investidura solamente fue posible gracias al “Acuerdo Patriótico”, pacto político partidario entre Acción Democrática Nacionalista (A.D.N.), derecha recalcitrante y base burocrática de la dictadura banzerista y el Movimiento de la Izquierda Revolucionaria (M.I.R.), principal fuerza política de izquierda, víctima de la dictadura. Hasta entonces los dirigentes universitarios y sindicales del M.I.R., habían sido asesinados, detenidos, extraditados y permanentemente amedrentados, hecho que no fue óbice para la firma del acuerdo.

Jaime Paz Zamora reconocido orador, realizo estudios en filosofía y teología, los cuales abandono para culminar la licenciatura en Ciencias Sociales y Políticas en Europa, fundador del Movimiento de la Izquierda Revolucionaria (M.I.R.), fue vicepresidente de Hernán Siles y sobreviviente a un accidente aéreo que le dejo quemaduras permanentes en el rostro y parte del cuerpo.

Durante 1992 se lleva adelante el Congreso Nacional de Educación, que se caracterizó por la amplia participación de diversos sectores de la sociedad boliviana. Las conclusiones de este congreso, sentaron las bases de una propuesta de ley que finalmente no fue considerada, por desacuerdo con organizamos internacionales que financiaron la ley de educación. El 10 de junio de 1991 se emana la Resolución Ministerial Nº 746, en la que se convoca, al Congreso Nacional de Educación y el 3 de julio del mismo año la Resolución Ministerial Nº 911, que constituye la comisión encargada de su organización, funciones que recaían en representantes del Ministerio de Educación y Cultura, de los sindicatos del magisterio, de la Universidad Boliviana, de la Conferencia Episcopal de Bolivia y de la Asociación Nacional de Colegios Privados. 234

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

La organización del congreso atravesó por muchos conflictos (disponibilidad de recursos económicos, número de participantes y representaciones, etc.). Finalmente el congreso se hace realidad con la participación de Hedim Céspedes Cossio entonces ministro de Educación y Cultura, autoridades del Ministerio de Educación, representantes del magisterio urbano y rural, de la Central Obrera Boliviana, Universidad Boliviana, colegios privados, senadores, diputados, Ministerios de Salud, Planeamiento y Finanzas, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Poder Judicial, iglesia católica, metodista y adventista, universidades privadas, fabriles, ferroviarios, petroleros, gremiales, colonizadores, prensa, mineros, choferes, cooperativas, artistas, gremios estudiantiles, derechos humanos, comités cívicos, empresarios, partidos políticos e indígenas, entre otros. El congreso contemplo un total de 660 participantes y concibió como objetivos señalados en su convocatoria:

• Establecer un escenario en el que la sociedad política y la sociedad civil convenientemente representadas, se comprometan a realizar reformas y transformar la educación fiscal, obligatoria y gratuita, así como apoyar a los demás sectores del quehacer educativo. • Actualizar el diagnóstico de la educación y su relación con la realidad nacional para identificar las causas de la crisis. • Diseñar propuestas de reforma educativa, en función a las aspiraciones e intereses del pueblo boliviano. • Establecer estrategias para la aplicación de dicha reforma y el logro de las metas acordadas.

Fue motivo de análisis en este congreso; La evolución de la educación, la situación internacional como resultado de la caída del bloque comunista y prevalecía del capitalismo y el contexto político, económico, social, cultural y educativo en Bolivia.

Las principales conclusiones refieren; al reconocimiento de la educación como un derecho fundamental, suprema función del Estado, 235

GREBY U. RIOJA MONTANO

universal, gratuita, obligatoria, fiscal, heterogéneo, intercultural y bilingüe. Se plantea la institucionalización del Congreso Nacional de Educación y la creación del Consejo Nacional de Educación, constituido por organizaciones sociales, institucionales y gubernamentales, así como el funcionamiento de los cuatro consejos regionales de educación inter cultural bilingüe, como ser el aimara, quechua, amazónico y chaqueño, además de la consolidación del maestro único, entre otras cosas. Dentro los principales votos resolutivos aprobados, están: El rechazo categórico de la descentralización educativa, ratificación de las escuelas normales como las únicas formadores de maestros, coordinación del nivel medio (secundario) con el sistema universitario, respaldo al proyecto de ley de la persona discapacitada, instar la aprobación urgente de la ley del desayuno escolar, dar “castigo ejemplar” a los implicados en actos “delictivos” contra a los recursos del Ministerio de Educación y Cultura, rechazar la privatización de la minería estatal, atención priorizada de niños con edades que fluctúan entre los 0 a 6 años, desalojo de loteadores de los terrenos pertenecientes a los maestros rurales de Santa Cruz, establecer la Unidad Educativa Modelo Técnico Humanístico de Tarata, implementar la televisión educativa boliviana, denunciar la “Ley Torrycelly ” y conformar una comisión especializada para la profundización del análisis curricular.

El 6 de junio de 1993 se llevan adelante elecciones, que terminan de ser validadas en el Parlamento y declarando presidente a Gonzalo Sánchez de Lozada y como vicepresidente a Víctor Hugo Cárdenas64. Licenciado en Filosofía; Gonzalo Sánchez de Lozada y Sánchez Bustamante65, es un empresario minero, que se convirtió en uno de los hombres más ricos del país. Durante su administración, llevaron adelante medidas cuestionadas como la Ley de Capitalización, Ley de Participación Popular y Ley de la 64 65

Cárdenas se convirtió en el primer vicepresidente de extracción indígena – Aimara, en ocupar el cargo. Es nieto del educador e intelectual, varias veces alto funcionario de Gobierno y ministro de Educación, Daniel Sánchez Bustamante, vivió casi toda su niñez y adolescencia en Estados Unidos, primero debido al trabajo de diplomático del padre y posteriormente al exilio de este, hecho que le dejo un marcado acento en su pronunciación del español.

236

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Reforma Educativa, las cuales fueron lidiadas por organizaciones sociales, no obstante lograron implementarse, dando pie a lo que se conocería como la etapa de implementación del modelo neoliberal - privatizador en Bolivia.

Se crea el ETARE (Equipo Técnico de Apoyo a la Reforma Educativa), conformado por profesionales bolivianos y extranjeros, que a lo largo de casi tres años elaboran la propuesta de reforma educativa y su proceso de implementación. Esta nueva reforma a la educación, conto con el apoyo técnico y económico de organismos internacionales como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo entre otros, estaba directamente vinculada a la Ley de Participación Popular (ley 1551), que permitía la intervención de la sociedad organizada en acciones educativas.

Como parte de las medidas de ajuste estructural del país, se aprueba la Ley 1565 de Reforma Educativa el 7 de julio de 1994. La ley, fue una reestructuración educativa notoriamente neoliberal y con serios vacíos en su estructura, pero fue la única que logro remplazar al Código de la Educación Boliviana. Su implementación fue gradual, para lo que antecedió la capacitación de maestros mediante becas de formación, implementación de asesores pedagógicos, se vinculó las Normales Superiores con las universidades estatales y privadas y se crearon instancias especializadas como el Sistema de Medición de Calidad Educativa (SIMECAL). La reforma tiene dentro sus virtudes, el plantear la permanente actualización de sus principales actores (los maestros), el constructivismo como fundamento psicopedagógico, e incorpora temáticas como la interculturalidad y el aprendizaje en lenguas originarias.

Reconoce dentro las bases del sistema educativo nacional, que es la educación la más alta función del Estado, es universal, gratuita, democrática, nacional, intercultural y bilingüe, es derecho y deber de todo boliviano, es revolucionaria, integral, educativa, activa, progresista y científica, es promotora de la justicia, la solidaridad y la equidad social, 237

GREBY U. RIOJA MONTANO

indispensable para el desarrollo del país y para la profundización de la democracia, y la convierte en el fundamento de la integración nacional.

Fines de esta ley son: Formar integralmente al hombre y mujer bolivianos, defender y fortalecer la salud del pueblo, promover la práctica de los valores humanos y de las normas éticas universalmente reconocidas, fortalecer la identidad nacional, estimular actitudes y aptitudes hacia el arte, la ciencia, la técnica y la tecnología, valorar el trabajo como actividad productiva y dignificante, generar la equidad de género en el ambiente educativo, estimular el amor y respeto por la naturaleza, inculcar al pueblo los principios de soberanía política y económica, de integridad territorial y de justicia social. Estructura de la ley 1565 de Reforma Educativa

Garantizar la sólida y permanente formación de nuestros Recursos Humanos, organizar un Sistema Educativo Nacional, mejorar la calidad y la eficiencia de la Objetivos del educación, lograr la democratización de los servicios sistema educativo educativos, promover el interés por los trabajos manuales y apoyar la transformación institucional y curricular de la educación superior.

• De Participación Popular. Organizaba el • Organización Curricular. Sistema Educativo • Administración Curricular. Nacional en • Servicios Técnico-Pedagógicos y administración de cuatro estructuras: Recursos. • Las Juntas Escolares • Las Juntas de Núcleo. Los mecanismos • Los Honorables Concejos y Juntas Municipales. de la Participación • Los Consejos Departamentales de Educación. Popular en la • Los Consejos Educativos de Pueblos Originarios. Educación: • El Consejo Nacional de Educación. • El Congreso Nacional de Educación. • La estructura de Formación Curricular 238

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

Áreas:

• Educación Formal • Educación Alternativa.

Modalidades de lengua:

• Monolingüe. • Bilingüe.

Modalidades de aprendizaje: Modalidades de docencia: Modalidades de atención: Organización área Formal:

• Regular. • Especial.

• Unidocente. • Pluridocente. • Presencial. • A distancia.

• Pre-escolar. • Primario: (Ciclo de Aprendizajes Básicos, ciclo de Aprendizajes Esenciales y ciclo de Aprendizajes Aplicados). • Secundario: (Ciclo de Aprendizajes Tecnológicos y ciclo de Aprendizajes diferenciados). • Superior.

Hugo Banzer Suarez, asume nuevamente la presidencia, esta vez ya de forma constitucional, tras ganar las elecciones llevadas adelante en 1997. Su faceta democrática, no logro evitar el excesivo uso de la fuerza, frente a las protestas sociales debido a la crisis económica y fundamentalmente la intención de privatizar de los servicios de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Cochabamba (SEMAPA), acontecimiento conocido internacionalmente como “la Guerra del Agua”. Su enfermedad terminal (Cáncer) lo obligo el año 2001 a dimitir y dejar el cargo a Jorge Quiroga Ramírez, quien hasta entonces, fungía como vicepresidente.

239

240

Abogado

Carlos Calvo Calbimontes

Abogado

Abogado

Abogado

12-08-1909

30-11-1908

27-10-1903

12-08-1901

Transmitió el mando

Profesión

del Estado

30-11-1908

27-10-1903

12-08-1901

Electo

(Área Educación)

Fechas de Administración

23-12-

29-101910

14-081909

1909 1913

1904 1909

Samuel Oropez

Fecha de ingreso

Nombr es y

21-09-1912

1910

Eliodoro Villazón Montaño

Ismael Montes Gamboa

Andrés S.

a

al ministerio

Apellidos

07-08-1914

21-09-1912

22-11-1911

29-10-1910

Civil

Militar

Juan Misael

Muñoz

Fecha de salida del ministerio

Civil - Militar

1913 - 1917

Electo

Electo

Abogado

Abogado

Solares

Mandato

Ismael Montes Gamboa

Militar

Transmitió Bautista El Mando Saavedra Mallea

Transmitió Daniel El Mando Sánchez Bustamant e

Abogado

J o s é Manuel Pando

1899 - 1904 Saracho

Conclusi ón de

Forma de Asunción de Mandato

GOBIERNOS Y MINISTROS DEL ÁREA DE EDUCACIÓN 1901 - 2000

Electo

Manuel B. Mariaca

Arturo Loayza

Abogado

27-10-1899

Militar

Nombre Ministro

241

Golpe De Estado

Civiles

10-04-1921 09-01-1922

B a u t i s t a Civil Saavedra Maella Abogado 31-01-1921 10-04-1921 Abogado 09-01-1922 Abogado 27-06-1922 Abogado 10-03-1923 Abogado 08-06-1923 Abogado 21-08-1923 Medico 03-02-1925 Abogado

Derrocado

Luis C. Zalles

Luis Salinas Vega

Aníbal Capriles

Electo

Transmitió El Mando

1925

27-061922 10-031923 08-061923 21-081923 03-021925 03-091925 1926

Renuncio

Mando

Guillermo Añez

Luis C. Zalles

Abogado

do

Electo

Trans mitiero n el

Daniel Sánch ez Busta mante

Claudi o Sanjin és T.

Aboga

Aboga do

Felipe Segundo Guzmán

Civil

Ricardo Jaimes Freyre Claudio Q u i n t í n Hernando Siles Reyes Felipe Segundo Guzmán Barrios

Abogado 04-10-1919

21-03-1919

16-12-1917

Abogado

Abogado

15-08-1917

15-08-1917

26-12-1916

04-12-1915

Abogado

26-12-1916

04-12-1915

07-08-1914

Rios Bridoux José G

1920 1921

1920

José Gutiérrez Guerra

Designado Transmitió por el el Mando Congreso Provisional mente

Félix del Granado Gustavo

12-07-

04-101919

21-031919

16-121917

1917 1920

Carlos Anze Soria

Villanueva Peñaranda Carlos Paz

1921 - 1925

José Manuel Ramírez

José María Escalier

Bautista Saavedra Maella

Civil

242

12-11-1928

14-03-1927

10-04-1926

10-01-1926

Hernando Siles Reyes

Mandato

03-09-1925

Aboga do J o s é Civil Luís Tejada Sorzan o

1934 - 1936

29-11-1934

30-11-1933

11-02-1933

25-10-1932

Medico

Abogado

Abogado

Abogado

Electo

Civil

Daniel Salamanca Urey

Mando

1931 - 1934

Trans mitió el

16-05-1930

09-10-1929

1929

Electo

Mandato

Fechas De

Golpe de Estado

03-06-

17-121928

02-061928

Civil

Conclus ión de

10-011926

Militar

Nombrados por Derrocados Siles

Abogado

Arquitecto

Abogado

Abogado

1926 1930

Fecha de salida del ministerio

Forma de Asunción de

Abogado

Golpe Estado

25-10-1932

09-03-1932

Alfredo H. Otero

Bailon Mercado

Filiberto Osorio

Quint

16-05-1930

09-10-1929

03-06-1929

Aniceto Solares 17-12-1928

Félix del Granado

Natalio Fernández V.

Tomás Monje Gutiérrez

Eduardo Diez de Medina

(Área Educación)

Estado

de Derrocado

05-03-1931

Derrocado

Emilio González

02-06-1928

12-11-1927

14-03-1927

10-04-1926

Renuncio

Nombre Ministro

Administraci ón del Fecha de ingreso al Peñaranda

Apellidos

30-11-1933

18-07-1930 Remy Rodas Eguino

05-03-1931 Juan Manuel Sainz

Galindo

Abogado

Abogado

Abogado

Abogado

Abogado

ministerio

Civil - Militar

Abogado 01-12-1934

Militar

Abogado

Abogado

09-03-1932

02-07-1930 18-07-1930

Carlos Blanco

Consejo de Ministros

Alfredo Enrique Peñaranda Baldivieso José María Waldo Gutiérrez Belmonte Pol

11-021933

Militar José G. Villanueva Peñaranda

Militar

1930 1931

1930

29-061930

Emilio Villanueva

José Constantin Aguirre o Carrión Acha

Demetrio Canelas

Profesión

Nombres y

GREBY U. RIOJA MONTANO

Germán Busch Becerra

12-08-1938

1937 - 1939

23-11-1937

12-

Tomas Monje Gutiérrez

1946 - 1947 Civil

Civil

Néstor Guillen Olmos

1946

03-1935

Nombres y Apellidos

Levantamiento Popular

Estado

Transmitió el Mando

Transmitió el Mando

Asesinado

26-11-1942

01-10-1941

12-06-1941

15-04-1940

Castillo

Auto Designado Sucesor

Civil - Militar

Golpe De Estado Se Suicido

Golpe de Estado Derrocado

1935

Carlos Militar Quinta nilla Quirog a e Peñaranda Del Enriqu Diplomát Abogado ico Aboga do Golpe de

Francisco Lazcano Soruco

1940 1943 Rubén Terrazas

1939 1940

Fecha de salida del ministerio

Estado

Militar

Militar

06-09-

G u a l b e r t o Militar Villarroel López

Arturo Pinto Escalier

Adolfo Vilar Mendivil

Adolfo Otero

Fecha de ingreso al ministerio

Fechas de Administración del

23-08-1939

David Toro Ruilova

1936 - 1937

12-08-1938

05-08-1935

12-04-1935

-

-

Aniceto Solares Manuel Elías P.

Militar

26-08-1946 10-03-1947

24-07-1946 26-08-1946

20-12-1943 21-07-1947

1943 -

20-12-1943 01-101941

Profesión

Derrocado Gustavo 26-11-1942 1946 16-09-1943

(Área Educación )

Nombre Ministro

Abogado

12-10-1936 23-11-1937 Trigo Abogado

17-05-1936

17-05-1936 12-10-1936

1935

Electo 11-111940

Conclusión de Mandato

Militar Bernardo Navajas

Militar

06-09-

Jorge Calero

Militar 16-09-1943

Trasmitió El Mando

Forma de Asunción de Mandato

Héctor Ormachea Zalles

Alfredo Peñaranda

Raúl Tovar

05-08-1935

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

243

244

Víctor Paz Estensoro Iturralde Chinel

1952 - 1956 Fernando 21-03-

22-101952

Civil Federic

Militar

Derroca do

14-01-

10-031947

Víctor

Garaiza

Electo

Transmitió El Mando

Reelecto

Carlos Morales Guillén Germán Monroy Block

José Fellman Velarde

Abogad o

Mendoza López

04-03-1949

Civil Antonio Rico

22-11-1952

1956

Revolución o Alvarez Plata

Mario V. Guzmán Galarza

Abogado

19-04-1958 Ciro Humboldt Barrero

18-01-1957

Fecha de ingreso al ministerio

21-03-1956

22-10-1953

Fernando

Nacional

Golpe de Estado Derrocado

Vicente

Vicente Ardaya

Abraham Valdez

Elizardo Pérez

09-08-1948

01-03-1948

1948

Cabrera Lozada

bal

Forma de Conclusión de Mandato Nombre Profesión Asunción de Ministro Mandato (Área Educaci ón)

22-11-1952

12-04-1952

Hugo Ballivián Rojas

1951 - 1952

Abogado

Golpe De Estado

Profesor

Abogado

Enrique Hertzog Alberto Salinas López

Civil

Profesor

-

Abogado

1947 - 1949 Zambrana

Abogado

Mario

Militar

02-081949

20-051949

20-051949

04-031949

Renuncio José Suárez

Alba

Abogado

Diez de

Abogado

Medina

16-05-1951 11-04-1952

29-06-1950

02-08-1949

15-02-1951 16-05-1951

Mamerto Urriolagoiti a Harriague 29-06-1950 15-02-1951

1949 1951

Armando Chávez

Abogado

Abogado

06-08-1960

19-04-1958

1956 1960

Fecha de salida del ministerio.

1960 1964 Abogado

Hernán Siles Zuazo

Civil

Electo

08-01-1962

06-08-1960 22-08-1963

Víctor Paz Estensoro

Civil

del Estado Nombres y Civil - Militar Apellidos Fechas de Administración

18-01-1957

Transmitió el Mando Diez de Medina

Carlos Ocampo

Abogado

Abogado

-

Profesor

09-08-1948

01-03-1948

14-01-1948

Electo Toro

GREBY U. RIOJA MONTANO

Renuncio

Golpe de Estado

Golpe de Estado

Militar

Profesión

Fecha de salida del

Fecha de ingreso al ministerio

Civil - Militar Forma de Asunción de

Víctor Quinteros Rasguido

04-06-1967 07-02-1968

Hugo Banzer Suárez

06-08-1964

1964

06-12-1963

Derrocado

27-07-1968 04-10-1968

on el mando

06-08-1964

22-08-1963

08-01-1962

Hugo Poppe Entrambasaguas

o

05-05-1969

1971 -

Hugo Banzer Suárez

Militar

Nombre Ministro

17-03-1971

Abogado

Mandato

26-09-1969

1969 - 1970

Luís Adolfo Siles Salinas

Abogado

26-09-1969

1969

Ángel Baldivieso

Maldonado Alberto Albarracín

Daniel Salamanca Hugo Carmona 04-10-1968 27-04-1969

1966-1969

Rene Barrientos Ortuño Alfredo Ovando Candia

Barrientos Ortuño

Electo

06-08-1966

1965 - 1966

Rene

Civil

05-11-1964

1965

ro

Conclusión de minister 1978 io.

Mandato

Derroca do

Mariano Baptista Gumuci

Abogad o

Edgar Ortiz Lema 27-071968

Militar

1964 -

Víctor Paz Estenso

ón del Estado

1970 1971

Sucesión Constitucio Candia

Militar Abogado

Ortuño

Golpe de Estado

Carlos Serrate Reich

Golpe de Estado

Derrocado

Fechas de Administraci (Área Educación

21-081971

06-101970

Alfredo Ovando

Civil

Abogado Profesor

Rene Barrientos

Militares

Militares

Derrocad o

Augusto Mendizabal Moya Mario

)

Nombres y Apellidos

Juan José T o r r e s Gonzáles

Militar

06-08-1966 04-08-1967 07-02-1968 nal

Militar

Cambio Jurídico Transmitier

Abogado

POLÍTICAS EDUCATIVAS EN BOLIVIA, DURANTE EL SIGLO XX

245

246

David

Abogado

Méndez Elías Jaime Tapia Alipaz Mario Serrate Ruiz Waldo Bernal Pereira Jaime Niño de Guzmán Quiroz

Padilla Arancibia

Militar

Abogado Abogado Abogado Abogado Militar Militar

Militar

24-07-

28-121971 24-071972 26-111973 08-081974 09-101974 21-071978

22-081971 28-121971 04-091972 26-111973 08-081974 09-101974

Golpe

1978

1978

de Estado

06-11-1978

Juan Pereda Asbún

Transmitió el Mando

06-11-1978

Militar

José Olvis

24-11-1978

Golpe de Estado

1978 Arias

Derrocado

Chávez

1979

Hernando García Vespa Humberto Coyoja Riart

GREBY U. RIOJA MONTANO

BIBLIOGRAFÍA: AIPE. La Reforma Educativa y la Problemática de Género – Seminario Nacional, Memoria. La Paz: Huellas Srl: S/D. AILLON, Esther y otros (Compiladores). A Cien Años de la Fundación de la Escuela Nacional de Maestros de Sucre (1909) La Paz. Apoyo Grafico. 2009

AGAZZI, Aldo. Historia de la Filosofía y Pedagogía, 2° Edición, Ed. Marfil, Tomo 3, España 1971.

BALDIVIESO, Abecia Valentin. Historia Del Parlamento, La Paz: Sagitario: 1999. BAEZA, Manuel Antonio. Los Caminos Invisibles De La Realidad Social. Ensayo De Sociología Profunda Sobre Los Imaginarios Sociales. Santiago De Chile: Ril: 2000. BOLIVIA. Constitución Política Del Estado. Cochabamba: Serrano: S/D.

BOLIVIA. Gaceta Oficial, Decretos Varios. Cochabamba: Universitaria: S/D

BOLIVIA. Código De La Educación Boliviana, Cochabamba: Serrano: 1983.

BOLIVIA. Congreso Nacional de Educación Informe Final de Conclusiones y Recomendaciones, La Paz: S/D.

MINISTERIO de Educación y Cultura Bolivia. Historia de Bolivia en Imágenes, La Paz: Educacional: 1990.

MINISTERIO de Educación y Cultura Bolivia. Plan Nacional de Acción Educativa, La Paz: Oficial Mec: 1984.

MINISTERIO de Educación y Cultura Bolivia. Perfil del Sistema Educativo Boliviano, La Paz: Oficial Mec: 1984.

MINISTERIO de Educación y Cultura Bolivia. Primer Congreso Pedagógico Nacional, La Paz: Oficial Mec: 1970.

CÁCERES, Bilbao Pio. El Senado Nacional Bosquejo Histórico Parlamentario (1825 – 1925), 2da. Edición. La Paz: Unidas: 2000. 247

CASTORIADIS, Cornelius. Sujeto y Verdad en el Mundo Histórico y Social, Argentina: Fondo De Cultura Economía: 2004. CASTELLS, Manuel. El Poder de la Identidad, S/D: Alianza: 2003.

CARRANZA Siles Luis. Fundamentos Filosóficos de la Educación. Ed. Juventud La Paz 1973. CENSED. Historia de los Movimientos Campesinos en Bolivia, Cochabamba: Cenced: 1986.

C.I.C.S.Estatutos Educativos y Modelos Pedagógicos Tomo I 1825 – 1900, Tomo II 1900 – 1952, Tomo III 1952 – 1985, Cochabamba: Colorgraf Rodríguez: 1991 COSTA, Arduz Rolando. Historia de la Estructura Administrativa Del Poder Ejecutivo 1825 – 2002. La Paz: Atenea: 2002.

CUELLAR, Pérez Hortensia. Froebel: La Educación Del Hombre. México: Trilla: 1996.

CHATEU, Jean. Los Grandes Pedagogos, México: Fondo De Cultura Económica: 1978.

CHOQUE, Roberto. QUISBERT Cristina, Educación Indigenal en Bolivia. La Paz. Ibis. 2006 CLAURE, Cecilia, Escuelas Indigenales Otra forma de resistencia Comunitaria. Cochabamba. Serrano. 2010

DEFENSOR Del Pueblo. Manual Práctico para Terminar con la Discriminación La Paz Artes Gráficas Sagitario. S/D.

DOMIC, Galia (Coordinadora). Estudios Bolivianos 15 – Políticas Educativas Publicas La Paz. Instituto de Estudios Bolivianos. 2009

DURAND, Gilbert. Las Estructuras Antropológicas del Imaginario, México: Fce: 2004 ETCHEGOYEN, Miguel. Educación y Ciudadanía la Búsqueda del Buen Sentido Común, 2da Edición, Argentina: Stella – La Crujía Ediciones: 2006. 248

FINOT, Enrique. Historia de la Pedagogía Boliviana La Paz Bolivia S/D. FREIRE, Paulo. Cartas A Cristina, México: Siglo XXI 2005.

GUZMÁN, Segundo F. El Problema Pedagógico en Bolivia Artículos De Replica Al Diario La Paz Bolivia S/D. JARA, Oscar. Educación Popular, Panamá: Ceaspa Alforja: 1981.

LARA, Ángela y otros: ¡Sin Permiso! Imaginarios y Realidades de los Jóvenes Orureños, La Paz: Pieb: 2009

MARTÍNEZ, Juan Luis. Políticas Educativas En Bolivia (Estado De Arte) La Paz: Adc: 1988.

MARTÍNEZ, Juan Luis. Contribuciones Sobre Educación Intercultural Bilingüe En Bolivia (Estado De Arte), La Paz: Adc: S/D. MESA, Carlos D. Presidentes de Bolivia Entre Fusiles y Urnas. 1983, La Paz. Gisbert, 4ª Edición. 2006. MESA, José de y otros. Historia de Bolivia. La Paz: Editorial Gisbert. 1998.

PEÑA, Paula y otros. La Permanente Construcción de lo Cruceño. PIEB, 2003, La Paz – Bolivia.

PATZI, Félix. Etnofagia Estatal; Modernas Formas de Violencia Simbólica. La Paz: Driva: 2007. PÉREZ, Elizardo. Warisata La Escuela Ayllu, La Paz, Murillo, 1962

PINTO, Roberto. Estatización de Escuelas y Colegios Particulares En Bolivia Tesis Fac. De Ciencias Jurídicas Y Políticas – UMSS Cochabamba PONCE, Gabriel. Historia de las Universidades Bolivianas; Hasta La Reforma De 1930. La Paz: Plural: 2011. PONCE, Aníbal. Educación y Lucha de Clases, Madrid: Akal: 2005

REYEROS, Rafael. Historia de la Educación en Bolivia 1825-1898, La Paz: Universo: 1952. ROUSSEAU, Jean Jacques. Emilio o la Educación. España: Edicomunicación: 2002. 249

RIOJA, Greby. Ciudadanía y Políticas Educativas en Bolivia, Durante el Siglo XIX. Cochabamba. JV Editora. 2012

RIOJA G. SOTO P. GUZMÁN L. Texto de Pedagogía General I. Cs. Educación. Cochabamba: UMSS: 2002.

STERN, Steve. Resistencia Rebelión y Conciencia Campesina En Los Andes. Lima; Iep: 1990.

SUAREZ, A. Faustino. Historia de la Educación en Bolivia. La Paz: Trabajo: 1936. SUAREZ, A. Cristóbal. Desarrollo de la Educación Boliviana La Paz: Universo: 1936.

SUBIRATS, José. El Sistema Educativo Boliviano 1952 – 1977 Orientación Y Alcance, 3ra. Edición. La Paz: Cebiae: S/D. SUBIRATS, José. Análisis de la Educación Popular En Bolivia Desde 1952, La Paz: Cebiae: S/D. TALAVERA, María L. Formaciones y Transformaciones La Paz. Plural. 2006

TAMAYO. Franz. Creación de la Pedagogía Nacional, 2.Da Edición. La Paz: J. Haya Bell: 1910. VALDÉS, Abraham. El indio - ensayos isla 1985.

VIAÑA, Jorge. Re-Conceptualizando la Interculturalidad. Investigar y Transformar. David Mora, Silvia De Alarcón Coordinadores. La Paz: Ediciones Cab: 2008.

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251

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