Patrimonio natural en la Raya Central Ibérica: un activo turístico en el espacio fronterizo de Extremadura-Alentejo-Región Centro

June 19, 2017 | Autor: F. Jaraíz-Cabanillas | Categoría: Portugal, España, Frontera, Património Natural
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Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 Patrimonio natural en la Raya Central Ibérica: un activo turístico en el espacio fronterizo de Extremadura-Alentejo-Región Centro Mora, J.1, Jaraíz, F.J.2*, Pérez, J.M.3 1

Grupo de Estudos de Adm. Políticas Territorio-CAPP. ISCSP-UTL

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Departamento de Arte y Ciencias del Territorio. Universidad de Extremadura.

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Departamento de Expresión Gráfica. Universidad de Extremadura

*Corresponding author: [email protected]

Received: 19 July 2011

Accepted: 08 March 2012

Abstract Short title: Raya Central Ibérica: Natural heritage and tourism Nowadays the economic development of tourism is turning into a strategic sector for the maintenance of spaces that, for its socioeconomic characteristics, have not taken part of progress of other zones with any more industrial development in this historical moment. Nevertheless this situation of disadvantage has allowed that territories like the Raya Central Ibérica border space should be in these moments a top value as result of its abundant natural and patrimonial heritage. Definitively, in this paper we try to identify the existing natural heritage in the border space of Iberian regions of Extremadura, Alentejo and Region Centro, specifically in the Spanish provinces of Caceres and Badajoz, and the Portuguese districts of Guarda, Castelo Branco, Portalegre, Évora and Beja. We also try to determine the utilization of the border natural heritage as tourist assets in benefit of a territory historically depressed as result of being located in the periphery of the Iberian Peninsula principal centres of economic activity. Keywords: Border, heritage, natural resources

Resumen Título corto: Patrimonio natural y turismo en la Raya Central Ibérica En nuestros días el desarrollo económico entorno a las diferentes acciones que conforman la actividad turística se está convirtiendo en un sector estratégico para el mantenimiento de determinados espacios que por sus características socio-económicas no han participado del progreso acontecido en otras zonas al amparo del desarrollismo industrial pujante en ese momento histórico. Sin embargo esa situación a priori de desventaja ha permitido que territorios como el espacio fronterizo que conforma la Raya Central Ibérica se perfile en estos momentos como un valor en alza como resultado de su abundante riqueza natural y patrimonial. En definitiva mediante esta contribución se pretende identificar el ingente patrimonio natural existente en el espacio fronterizo de las regiones hispano lusas de Extremadura, Alentejo y Región Centro, en concreto en las provincias españolas de Cáceres y Badajoz, y los distritos lusos de Guarda, Castelo Branco, Portalegre, Évora y Beja para su aprovechamiento como activo turístico en beneficio de un territorio históricamente deprimido como resultado de encontrarse localizado en la periferia de los principales centros de actividad económica de la península.

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Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 Palabras clave: Frontera, patrimonio, recursos naturales 1. Introducción La actividad turística supone en la actualidad un pilar de primer orden dentro del sistema económico de cualquier país, región o municipio, sin embargo no es algo reciente ya que en tiempos del Imperio Romano como queda recogido por Plinio el Viejo en su obra “Historia Natural” comienza a tomar un denotado interés el realizar viajes como medida para satisfacer la curiosidad por conocer nuevos lugares. En este sentido atendiendo a que las fronteras son un fenómeno de extraordinaria importancia y efectos en el territorio que se traduce en una especificidad de flujos y actividades económicas y en las relaciones entre sociedades, siendo fruto de la conveniencia humana, es decir, de la demarcación de los organismos políticos, principalmente de los estados - se puede convenir que “mientras haya Estados habrá fronteras”-, pero también de las administraciones de rango inferior que marcan sus límites. En unos y otros casos, se interceptan las comunicaciones y relaciones normales de la población que se ve obligada a itinerarios condicionados a la ubicación de pasos y puestos fronterizos (López, 2003). En consecuencia estos flujos de actividades y movimientos económicos hacen que a las regiones de frontera se las considere en la literatura como “espacios de acción y de actividad”, y al mismo tiempo otros estudios relacionados con las fronteras tratan a estas regiones fronterizas como áreas de armonización y cooperación institucionales que podrían dar lugar a nuevas unidades espaciales de diferentes tipologías (Stadel, 2003). De un modo u otro el término “frontera” atesora multitud de realidades en función de la situación y del momento histórico al que se circunscriba, lo que la convierte, aun siendo algo inanimado, en un fenómeno vivo y cambiante, como bien describe Caballero (2009). La frontera supone tanto para la mente individual como colectiva dualidad, ya que es al mismo tiempo límite y contra límite, cierre (de un mundo) y apertura (de otro). Atendiendo a estos condicionantes de partida y considerando que la Raya Central Ibérica contiene valores naturales y culturales de reconocida universalidad y excepcionalidad, la supresión de la frontera surge como una oportunidad para la puesta en marcha de diferentes acciones de cooperación transfronteriza que permitan reforzar y afianzar las relaciones de todo tipo (comerciales, institucionales, empresariales, etc.), así como promover el aumento del bienestar de los residentes en estos espacios (Merchán-Puentes, 2003). Tras años de investigación, Congresos, Seminarios, etc., se ha llegado a considerar el 56

territorio rayano como un crisol de recursos patrimoniales tanto culturales como naturales dignos de incluir en la lista del Patrimonio Mundial. Es evidente que el patrimonio arquitectónico militar de la Raya es significativo, pero los bienes histórico-artísticos que lo componen, no se entenderían si no se tuviera en cuenta el paisaje circundante, natural fundamentalmente. Desde Galicia y el Minho portugués, a Andalucía y el Algarve, pasando por Castilla-León y La Beira, así como Extremadura y la vecina región de Alentejo, conservan lo mejor de este ejemplo artístico, monumental: arquitectura militar de altísimo nivel. Pero si a estos bienes unimos el patrimonio natural que los circunda, la subyugante belleza de los diferentes paisajes naturales rayanos dará como resultado un activo turístico complementario para la revitalización de estos espacios deprimidos tanto desde el punto visto demográfico como económico. En un momento de crisis como el actual en el que la diversificación económica se ha convertido en un procedimiento inequívoco para el desarrollo de los diferentes territorios, se hace necesario más que nunca promover el aprovechamiento de los recursos endógenos disponibles de manera planificada y sostenida, principalmente en territorios como el que nos ocupa, hasta ahora apartados del dinamismo de los principales centros de actividad económica de la Península Ibérica y sin embargo atesoradores de un patrimonio histórico, cultural y natural común ingente, fruto de años de convivencia y/o distanciamiento, con una entidad, especificidad, universalidad, densidad e ilación fuera de toda duda. Se incide en la necesidad de superar una serie de retos en los ámbitos demográfico, productivo, servicios, etc., en el contexto territorial extremeño-alentejano, para lo que es fundamental el aprovechamiento de los recursos endógenos (naturales, patrimoniales, etc.) con una oferta de alta exclusividad y competitividad (Cayetano, 2006). En vistas al aprovechamiento sostenido de los recursos endógenos para el fortalecimiento económico de los distintos espacios, el artículo que nos ocupa tiene el objetivo general de identificar los bienes naturales localizados en la Raya Central Ibérica con un marcado carácter transnacional, para su explotación desde el punto de vista turístico. 2. Área de estudio Para seleccionar el área de estudio (Figura 1) y llevar a cabo la identificación nos basaremos en los espacios naturales que están incluidos en la

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 Red Natura 20001, dado el carácter transnacional que la lista presenta, y que encaja perfectamente con el signo transfronterizo del patrimonio cultural, y en nuestro caso natural. Así pues, tras establecer un espacio eminentemente rayano de 35 Km (a ambos lado de la frontera), pasaremos a describir dos ejemplos (de ambos lados de la raya) de los espacios naturales, Zonas de Especial Protección de Aves y Lugares de Interés Comunitarios, que se ubican dentro de este espacio de influencia fronteriza. 3. Estado de la cuestión: Patrimonio Natural Rayano Uno de los valores más extendidos y unánimemente aceptados por todos es el referente al cuidado y conservación de los espacios naturales. Somos conscientes del deterioro que en términos generales ha sufrido, y sufre, nuestro planeta. Cada vez son más los hombres y mujeres, los estados, las organizaciones no gubernamentales que unen sus voces y esfuerzos en la línea de colaborar en la conservación de los espacios naturales que aún quedan en un estado aceptable de conservación. Las reservas naturales van más allá de un paisaje bonito producto de una sucesión de montañas, valles y bosques. Conforman unos espacios que además de guardar variados tesoros de la biodiversidad, se convierten en un potente reclamo turístico donde realizar las más diversas actividades relacionadas con la naturaleza. 3.1. Bienes o espacios naturales en las inmediaciones de frontera. Conceptualización En la bibliografía geográfica y del resto de disciplinas científicas que se ocupan del espacio, existe una gran dificultad para definir el concepto de límite o frontera. Una de las definiciones que más nítidamente nos presenta este concepto nos la proporciona Dollfus (1978) para quien “la noción de límite no presupone necesariamente la de frontera, línea continua de puntos; sino que comporta la noción de franja -más o menos anchaen la que, a través de unas transiciones más o menos directamente perceptibles, se pasa de un sistema a otro, con sectores de indeterminación o de superposición que es conveniente 1 La red Natura 2000 (Directiva 92/43/CEE, de Conservación de los Hábitats Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre), constituye la mayor apuesta de conservación realizada hasta la fecha a nivel mundial. Esta afirmación no se produce sólo por la gran variedad de elementos naturales que se pretenden conservar, 218 tipos distintos de hábitats, 195 taxones de aves, 315 de otras especies de fauna y 572 de flora, ni tan sólo por la gran superficie en ella incluida, hasta la fecha más de 48 millones de hectáreas están clasificadas como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) y más de 37 millones como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), sino que a ello se debe añadir que dicha conservación debe realizarse de manera que, mediante ésta, se garantice el mantenimiento de los niveles de calidad de vida de los ciudadanos de la Unión Europea, y se alcance un desarrollo económico compatible.

circunscribir”. El propio Dollfus, nos indica la existencia de una dualidad en los límites entre dos sistemas. Por una parte el límite puede significar una ruptura entre los dos sistemas, pero en otros casos puede ser un elemento fecundante para los sectores limítrofes. Las fronteras internacionales son quizá el ejemplo más claro de esta dualidad. En el caso del proceso de integración europea, este secular planteamiento de la frontera como “fondo de saco” de cada Estado nacional, es decir, de ruptura entre dos sistemas, apoyado en una red de transportes innovadores, rápidos, seguros y eficaces, que constituyan una red integrada capaz de atender a las nuevas necesidades a través de la disminución de las distancias-tiempos y la distancias-costes (Pires, 2006), ha dado paso a un incremento del intercambio de flujos (económicos, materiales, culturales, personales, etc.) con el consiguiente beneficio para las regiones de frontera, es decir, la supresión de las barreras administrativas ha sido el elemento fecundante para estos espacios de borde. Paradójicamente, mientras en el ámbito europeo las fronteras tienden a desaparecer y se impulsan los mecanismos de cooperación interestatales, en España el proceso de descentralización del Estado consagrado en la Constitución de 1978, ha generado una nueva situación en la que los límites administrativos entre las Comunidades Autónomas, se han erigido en férreos muros separadores de políticas territoriales tan diversas e inconexas como Autonomías existen en España. En materia ambiental, el concepto anteriormente tratado de frontera como franja de transición adquiere todo su significado, ya que los ecosistemas tienen unas características homogéneas que no pueden ser fragmentadas por los límites administrativos. Esta rigidez de los límites administrativos puede constatarse analizando las políticas ambientales que desarrolla cada Administración Autonómica en su propio territorio, sin coordinación con el espacio vecino y en algunos casos, desarrollando políticas contrapuestas sin atender a criterios de unidad geográfica (Cascos y Guerra, 2000). La capacidad que tiene cada Comunidad Autónoma para declarar espacios naturales protegidos dentro de su territorio, provoca que en muchos casos se protejan espacios naturales atendiendo más a los límites administrativos que a criterios ambientales, rompiendo el continuo geográfico de un mismo ecosistema que es fragmentado por los límites administrativos de diferentes Comunidades. 3.1.1. Espacios y bienes naturales transfronterizos Antes de pasar a analizar algunos ejemplos de espacios naturales protegidos en la zona de frontera que nos ocupa, se nos antoja necesaria 57

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 una conceptualización que nos ayude a caracterizar y definir los espacios naturales que vamos a inventariar. Esto nos permitirá analizar con mayor claridad la ruptura del continuo geográfico que se da en el área de nuestro estudio. Entendemos que un Espacio o Bien Natural Protegido Transfronterizo es aquel que debe ser protegido por los organismos competentes en materia de protección ambiental a ambos lados de un límite administrativo. Debe de puntualizarse que la declaración de un Espacio Natural no implica el mismo grado de protección a ambos lados de la frontera, así podemos encontrarnos el caso del Parque Nacional da Peneda Gerês en el Norte de Portugal y su correspondiente en España que tan sólo goza de la figura de Parque Natural bajo competencia de Xunta de Galicia, el Parque Natural Baixa Limia-Serra do Xurés. Por este tipo de inconcruencias derivadas de la existencia de la frontera, es necesario potenciar mecanismos que permitan disminuir tales situaciones, como sucede con los acuerdos de cooperación transfronteriza (Sobrido, 2004). La protección a ambos lados de la frontera no implica una correspondencia limítrofe, puesto que en algunos casos, los límites comunes de ambos Espacios Protegidos no se corresponden en su totalidad. El mismo ejemplo anterior nos sirve para ilustrar esta situación, en la que el Parque Nacional portugués tiene una longitud a lo largo de la frontera que supera a su correspondiente español. Dentro de esta tipología es conveniente distinguir entre los espacios naturales protegidos que presentan mecanismos de coordinación y los que a pesar de compartir frontera no actúan de forma conjunta, que son mayoría. Entre los primeros podemos citar el caso del Parque Natural del Douro Internacional portugués y el Parque Natural de los Arribes del Duero español, o el más avanzado en esta materia, el Parque Nacional da Peneda Gerês portugués y el Parque Natural Baixa Limia-Serra do Xurés español. 3.1.2. Espacios o bienes naturales fronterizos Consideramos como espacio o bien natural fronterizo aquel que ha sido protegido sólo a un lado de cualquier tipo de límite administrativo, sirviendo éste como delimitación externa del propio espacio. Este caso es el más paradigmático de ruptura del continuo geográfico de un espacio ecológicamente homogéneo fragmentado por una frontera arbitraria trazada para otros fines. La naturaleza no conoce fronteras por lo que sería necesaria la coordinación de las políticas de protección ambiental de cada administración competente. A pesar de que encontramos esta situación en la frontera entre España y Portugal (caso del Parque Natural Vale do Guadiana en el 58

lado portugués sin correspondiente del lado español) los casos más significativos se dan dentro del propio Estado español entre Comunidades Autónomas. 3.1.3. Espacios o bienes naturales rayanos Partiendo de la concepción de las fronteras como “franjas anchas” que constituyen bandas de transición entre sistemas diferentes y de la idea de continuo geográfico de los ecosistemas, constatamos la existencia de E.N.P. que sin ser estrictamente fronterizos se ubican en las proximidades de los límites administrativos pero dentro de esta “franja ancha”, en la que se dan características ambientales homogéneas a ambos lados del límite. Estos son los que hemos venido a denominar Espacios Naturales Protegidos “rayanos”. Siguiendo esta premisa, podemos citar el ejemplo del Parque Natural da Serra de São Mamede en Portugal y de la Zona de Especial Protección de la Sierra de San Pedro en Extremadura (España) que tienen unas características ecológicas similares por encontrarse en una misma unidad geográfica de relieve, suelos, clima, vegetación y fauna. Ambos Espacios Protegidos se encuentran muy próximos espacialmente sin llegar a colindar. Este es un claro ejemplo de ruptura del continuo geográfico ya que el valor ecológico de ambos espacios está reconocido por la Administración de cada lado de la frontera, pero la definición de los límites no se ha producido de manera conjunta y coordinada, estando los dos espacios naturales separados por menos de 20 Km. 4. Marco Teórico 4.1. La Directiva Hábitats: hacia la Red Natura 2000 El Consejo de las Comunidades Europeas aprobó en el año 1992 la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres, conocida también como la Directiva hábitats. En Europa, los principales precedentes de esta Directiva son la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (recogida por la Directiva Hábitats), conocida también como la Directiva de las aves, el Convenio de Berna y el Proyecto CORINE biótopos. La Directiva Hábitats representa, actualmente, junto con la Directiva de las Aves, el instrumento más importante de aplicación en todo el territorio de la Unión Europea para la conservación de los hábitats, las especies y la biodiversidad. En la legislación del Estado español, la transposición de la Directiva Hábitats se materializa en el Real decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Posteriormente, el Consejo de las Comunidades Europeas aprobó la Directiva 97/62/CE, de 27 de octubre de 1997, que adapta al progreso científico y técnico la Directiva 92/43/CEE. Básicamente, consiste en una mejora, modificación y substitución de los anexos I y II de la Directiva Hábitats. En la legislación española, esta nueva directiva que modifica la Directiva Hábitats ha sido transpuesta mediante el Real decreto 1193/1998, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Real decreto 1997/1995. El objetivo global de la Directiva Hábitats, descrito en el articulo 2.1, es "contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres en el territorio europeo de los estados miembros". Para el cumplimiento de este objetivo global, la Directiva se estructura en dos grandes objetivos más concretos, como son la creación de la Red Natura 2000 para la conservación de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies (artículos 3 al 11), y de un sistema de protección global de las especies (artículos 12 al 16 y 22). 4.1.1. Concepto de hábitat y de especie de interés comunitario 4.1.1.1. Hábitat de interés comunitario La Directiva Hábitats define "hábitat natural" como aquellas zonas terrestres o acuáticas diferenciadas por sus características geográficas, abióticas y bióticas, tanto si son totalmente naturales como seminaturales. A continuación, define como hábitats naturales de interés comunitario aquellos, de entre los hábitats naturales presentes en el territorio de la UE, que cumplan alguna de estas características, es decir, se encuentran amenazados de desaparición en su área de distribución natural; tengan un área de distribución reducida a causa de su regresión o a causa de tener un área reducida por propia naturaleza; o sean ejemplos representativos de una o varias de las seis regiones biogeográficas en que se encuentra la UE, es decir: la alpina, la atlántica, la continental, la macaronésica, la mediterránea y la boreal. Algunos ejemplos son los encinares, las pinedas de pino piñonero o pino blanco, los barrancos marinos mediterráneos, los matorrales gipsícolas, los prados para guadañar, los riscales calcáreos con vegetación casmofítica, las turberas, las barbadas ácidas, etc. Por último, la Directiva define los hábitats naturales prioritarios, de entre los hábitats naturales de interés comunitario, como aquellos

amenazados de desaparición presentes en el territorio de la UE, cuya conservación supone una responsabilidad especial para la Comunidad a causa de la importancia de la proporción de su área de distribución natural incluida en el territorio de ésta. Es muy importante entender que los hábitats naturales de interés comunitario (prioritarios o no) no son hábitats naturales protegidos, sino catalogados. Lo que se tiene que garantizar es la conservación de unas muestras de estos mediante su inclusión en la red de espacios Natura 2000. Eso sí, muestras suficientes que garanticen su conservación en el territorio de la UE. Que en una parte del territorio haya uno o diversos hábitats de interés comunitario no quiere decir que en aquel lugar se tenga que garantizar su conservación. 4.1.1.2. Especies de interés comunitario La Directiva Hábitats define las especies de interés comunitario como aquellas que, por lo que respecta al territorio de la UE se encuentran en peligro, excepto aquellas cuya área de distribución natural se extienda de forma marginal en este territorio y no estén amenazadas ni sean vulnerables en el área del paleártico occidental; sean vulnerables, es decir, que su paso a la categoría de las especies en peligro se considera probable en un futuro próximo en el caso de mantenerse los factores que ocasionan la amenaza; sean raras, es decir, que sus poblaciones son de número pequeño y que, sin estar actualmente en peligro ni vulnerables, podrían estarlo o serlo; o sean endémicas y requieran especial atención a causa de la singularidad de su hábitat y/o de posibles repercusiones que su explotación pueda tener en su conservación. En definitiva, son las que aparecen recogidas en los anexos II, IV y V de la Directiva, aunque la inclusión de una especie en uno u otro anexo tiene implicaciones diferentes. Por lo que respecta a las especies de interés comunitario del anexo II, la Directiva también define de entre estas las especies prioritarias, entendidas como aquellas cuya conservación supone una especial responsabilidad para la UE a causa de la importancia de la proporción de su área de distribución natural incluida en el territorio de ésta. Al igual que en el caso de los hábitats, las especies de interés comunitario del anexo II (prioritarias o no) no son especies protegidas, sino catalogadas. Lo que se tiene que garantizar es la conservación de unas muestras suficientes de sus hábitats mediante su inclusión en la red de espacios Natura 2000. Eso sí, muestras suficientes que garanticen su conservación en el territorio de la UE. 4.1.2. La Red Natura 2000 La Directiva Hábitats crea la red ecológica europea coherente de zonas especiales de 59

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 conservación llamada Natura 2000 (artículo 3). Esta red tiene que garantizar el mantenimiento (o el restablecimiento) en un estado de conservación favorable de los hábitats de las especies en su área de distribución natural dentro del territorio de la UE (artículo 3). La Red Natura 2000 se compone de dos tipos de espacios: las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Las ZEC son designadas por los estados miembros de acuerdo con la Directiva Hábitats (artículo 4.4). Previamente a esta designación, es preciso que la Comisión, de conformidad con los estados miembros, clasifique como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) los espacios propuestos (artículo 4.2). Por su parte las ZEPA son designadas por los estados miembros según el artículo 4 de la Directiva de las Aves. Todas las ZEPA designadas hasta el momento, y las que se puedan designar en un futuro, pasan a formar parte de Natura 2000 automáticamente. El hecho que un espacio de Natura 2000 esté designado como ZEC indica que éste es de interés comunitario para la conservación de los hábitats del anexo I y las especies del anexo II de la Directiva hábitats, mientras que el hecho que esté designado como ZEPA indica su interés comunitario para la conservación de las especies de aves del anexo I de la Directiva de las Aves (artículo 4). Así pues, la inclusión de las ZEPA en Natura 2000 cubre la carencia que supone que el anexo II de la Directiva hábitats no contenga las especies de aves del anexo I de la Directiva de Aves. Podríamos decir que un espacio incluido en Natura 2000 puede haber sido designado como una ZEC o como una ZEPA, pero también como ambas cosas a la vez. El Estado miembro tan sólo podrá autorizar un plan o proyecto que perjudique la integridad del espacio cuando no hayan soluciones alternativas, y/o cuando se trate de un plan o proyecto que se tiene que realizar por razones imperiosas de interés público de primer orden, incluidas las de tipo social y económico. En este caso, el Estado miembro tendrá que tomar todas las medidas compensatorias que sean necesarias, y comunicarlo a la Comisión para garantizar que la coherencia global de Natura 2000 queda protegida. En definitiva, se plantea un escenario bastante abierto pero muy tutelado en que a priori no se prohíbe nada. Se da a los estados miembros la principal responsabilidad de esta tutela, y a la Comisión un importante potencial de seguimiento sobre lo que se hace (o no se hace) en los espacios. 5. Análisis. Inventario de Bienes Paisajísticos Transfronterizos La gestión sostenible de los recursos culturales y naturales se ha convertido en un importante 60

elemento de desarrollo endógeno para las zonas rurales y por consiguiente, de las zonas fronterizas, con su rico patrimonio cultural y natural casi inalterado por su situación periférica. En este punto pretendemos inventariar los Espacios Naturales protegidos en función de la Red Natura 2000 en la Raya Central Ibérica (Extremadura, Alentejo y Región Centro), para ello, se ha establecido un área de influencia desde la frontera de 35 kilómetros. Esta serie de bienes transfronterizos como activos turísticos con una planificación conjunta y una gestión coordinada servirían de motor de desarrollo para las poblaciones que habitan estos espacios y para afianzar el carácter transnacional y multicultural de un patrimonio natural que no entiende de límites políticos y administrativos imaginarios, como ponen de manifiesto trabajos anteriores sobre las potencialidades que plantea el turismo en estas zonas (García, 1999). 5.1. Espacios Naturales Protegidos Transfronterizos en función de la Directiva Aves 5.1.1. Localización La Directiva Aves adoptada en 19792 tiene por objeto proteger a largo plazo y gestionar todas las especies de aves que viven en estado silvestre en el territorio comunitario, así como sus hábitats. Los Estados miembros son responsables de la protección de todas esas especies y más concretamente de las aves migratorias, que son patrimonio común de todos los europeos. Deben preservar los distintos hábitats naturales donde viven las aves silvestres. Son 181 las especies y subespecies amenazadas debido a su población escasa o a su distribución reducida, para las que han de aplicarse medidas de conservación específicas. Los Estados miembros deben clasificar como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), los territorios más apropiados. Estas medidas afectan a aves muy conocidas como la grulla, el águila imperial o el águila de Bonelli. El conjunto de las ZEPA designadas por los Estados Miembros se integrará la red europea de lugares protegidos denominada NATURA 2000, de acuerdo a los establecido en la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo En esta red también se incluyen los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), que pasarán a ser designados Zonas de Especial Conservación (ZEC). En España la competencia de la selección y gestión de las ZEPA, los LIC y posterior ZEC corresponde a las Comunidades Autónomas, según lo dispuesto en el Real Decreto 1997/1995 de transposición de la Directiva. En el espacio fronterizo luso-extremeño se han identificado un 2

Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres.

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 total de 23 espacios considerados como zona ZEPA (España) o ZPE (Portugal). (Figura 2)

en Portugal y por el este a la altura de la localidad de Robledillo de Gata.

5.1.2. Casos concretos en el territorio fronterizo

La fuerte diferencia de altitud dentro del espacio (entre 500 y 1500 m.), condiciona la existencia de diversos hábitats y la gradación clinal de la fauna en el espacio. La mayor parte del espacio, en superficie está ocupada por vegetación arbustiva (brezales, genistas y prados montanos). Sin embargo, es destacable la existencia de importante vegetación arbórea de distintas especies, desde quercíneas, castañares y alisedas hasta enormes masas de cultivos forestales de pinares que dan heterogeneidad.

5.1.2.1. ZPE Serra da Malcata y ZEPA Sierra de Gata y Valle de las Pilas 5.1.2.1.1. ZPE Serra da Malcata La Serra da Malcata (Figura 3) se caracteriza por la suavidad de sus cumbres, contrastando con las vertientes abruptas, a veces escarpadas, y los valles encajados. La cota más elevada se sitúa en el Alto da Machoca, con 1.078 metros. Está fundamentalmente cubierta por matorral extenso y plantaciones de coníferas, existiendo un contraste visible entre las vertientes norte y sur, siendo las primeras de características climáticas más frías y continentales, mientras que las segundas son más templadas y mediterráneas. El paisaje está revalorizado por la existencia de innumerables cursos de agua, destacando el Rio Côa, la Ribeira de Meimoa y la Ribeira de Bazágueda, que forman valles con galerías ripícolas entre las cumbres de la sierra. Este espacio natural tiene importancia para aves de rapiña nidificantes, siendo uno de los dos sitios conocidos donde se ha verificado la nidificación del buitre negro. Es interesante su conjunto por representar una comunidad de paseriformes de sistemas mediterráneos. En relación a su protección legal a nivel nacional, la Reserva Natural da Serra da Malcata está declarada mediante el Decreto-lei nº 294/81 de 16 de Outubro, (reclasificado por el Decreto Regulamentar nº 28/99 de 30 de Novembro; 16.348 ha, de las cuales 15.523 ha son IBA); ZPE Serra da Malcata (PTZPE0007; Decreto-Lei nº 384-B/99, de 23 de Setembro; 16.361 ha; SIC Malcata (Resolução de Conselho de Ministros nº 142/97, de 28 de Agosto; 79.079 donde se incluyen 15.931 ha de IBA). Respecto a la conservación, no existe ningún planeamiento de ordenación de cara a la gestión para la conservación de la Reserva Natural o para el sitio de la Red Natura 2000. La principal amenaza consiste en la reforestación con especies de pinos exóticas, además de la perturbación causada por la caza furtiva. 5.1.2.1.2. ZEPA Sierra de Gata y Valle de las Pilas Esta cadena montañosa forma parte del Sistema Central como continuación hacia el oeste de la Sierra de Gredos (Figura 4). Se trata de un espacio de montaña en el noroeste de la provincia de Cáceres, que acoge a las cotas más altas de esta sierra alcanzando algunas cumbres por encima de los 1500 m. Discurre en dirección oeste a noreste, siendo su limite occidental las Sierras de Malcata

La existencia de diversos cursos de agua de distinto caudal, es un factor a tener en cuenta especialmente durante la época estival, si bien al ser un enclave de altura este no es un factor tan limitante. El escaso poblamiento y uso del territorio dentro del espacio es un factor clave para su conservación. Un total de 30 elementos referidos en la Directiva se encuentran representados en dicho enclave. De ellos 8 son hábitats y 22 se corresponden con taxones del Anexo II. Es un espacio de gran interés dadas las características del mismo (altitudes, orografía, etc.). Dentro de los hábitats hay que destacar la buena representación que tienen los brezales secos (4030) con 6.538 ha.; los brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090) con 4.623 ha.; los robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica (9230) con 1.630 ha. y los bosques de castaños (9260) con 518 ha. Entre el resto encontramos zonas de alcornocales, plantaciones forestales de pinos, áreas de cultivo, etc. En el caso de los taxones, está formada una buena representación florística y faunística. Entre estos encontramos dos plantas: (Narcissus pseudonarcissus nobilis y Festuca summilusitanica), dos invertebrados (Lucanus cervus y Euphydryas aurinia), cuatro especies de peces, dos reptiles (Lacerta schreiberi y Mauremys leprosa) y doce mamíferos. Entre estos destacan las ocho especies de quirópteros y la posible presencia de Linx pardina. Otro detalle a considerar es el gran valor de las zonas serranas aprovechados por diversas especies para la cría con gran valor como Aegypius monachus, Aquila chysaetos y Neophron percnopterus. Por lo que se refiere a las amenazas detectadas, existe un elevado riesgo de incendio estival. La existencia de amplísimas superficies de brezales y matorrales diversos, se combina con una gran cantidad de zonas con cultivos forestales de coníferas. En algunas de estas áreas se vienen desarrollando incendios durante años sucesivos. Esto ha dado lugar a que amplias zonas aparezcan 61

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 en estados de regeneración vegetal permanente, sufriendo a menudo fuegos en etapas de regeneración muy tempranas. Dada la reiteración de los fuegos, su evolución, etc., hay considerar que el origen de los mismos en pocas ocasiones se puede achacar a causas naturales. De este modo, considerando la intencionalidad de estos incendios, sería recomendable tomar ciertas medidas. De un lado y quizá de manera prioritaria, habría que analizar las causas que los originan y proceder al combate de estas como método preventivo. De otro lado, habría que incrementar las acciones dedicadas a la lucha y extinción de los mismos. La sucesión de valles hace a menudo difícil el control de fuegos que avanzan creando efectos de chimenea y propagándose desde zonas bajas por distintos valles a la vez, con lo que los frentes no son fáciles de controlar por su multiplicidad. Así mismo dadas las características de la zona, con fuertes pendientes, falta de cobertura arbórea por los incendios, elevadas precipitaciones, etc., existe un fuerte riesgo de erosión. Este factor provoca un empobrecimiento general del entorno. Los arrastres por escorrentía de la capa fértil pueden dejar zonas sin apenas posibilidades de colonización vegetal. Por otro lado la superficie cubierta por cultivos forestales de coníferas es muy amplia en el área protegida. Estos factores suscitan diversos impactos en el entorno, ya que ocupan áreas muy extensas eliminando la vegetación natural de la zona provocando una pérdida de hábitat para muchas especies que seleccionan negativamente estos, como es el aumento de caminos y pistas que a menudo, se magnifican de manera que se crean amplias pistas que afectan al medio, fragmentando a menudo el territorio provocando nuevas áreas de escorrentía carentes de cubierta vegetal, que en épocas lluviosas pueden dar lugar a aumentos erosivos locales. Otra amenaza detectada es la existencia de tendidos eléctricos en las proximidades de las sierras como factor de gran riesgo de mortandad de aves. En estas zonas, especialmente durante la invernada, se producen estancamientos nubosos que provocan nieblas persistentes dando lugar fundamentalmente a riesgos asociados a la colisión de aves en vuelo contra el cableado. Así mismo, la ausencia de una adecuada gestión cinegética ocasiona una disminución de las especies presa (Alectoris rufa, Oryctolagus cuniculus, Columba palumbus), necesarias para asegurar la estabilidad, entre otras, de las poblaciones de Aquila chrysaetos y otras rapaces. Entre las principales razones se encuentran los excesivos cupos de captura, ausencia de mejoras que refuercen las poblaciones cinegéticas, escaso control de las enfermedades víricas del conejo

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(Oryctolagus cuniculus) y deficiente control de predadores (Vulpes vulpes). Durante el período reproductor, algunas aves (Aquila chrysaetos, Neophron percnopterus, Aegypius monachus) pueden sufrir frecuentes molestias debidas principalmente a la realización de actividades forestales, como desbroces de matorral, podas, repaso de caminos, etc. Dado que estas aves inician pronto su ciclo reproductor, la fase de incubación coincide con el período en el que se autorizan numerosos trabajos forestales. El impacto depende en gran medida de la distancia entre el nido y el lugar de realización de los trabajos, así como su duración, a lo que se suma la falta de lugares de nidificación. Ciertas especies necesitan lugares para nidificar muy específicos, con grandes árboles, lugares aislados y tranquilos, etc. Sin embargo, estos son cada vez más escasos en el área, provocando en ocasiones el abandono de la zona y con ello la desaparición local de la especie como reproductora. 5.1.2.2. ZPE Mourão/Moura/Barrancos y Zepa Dehesas de Jerez 5.1.2.2.1. ZPE Mourão/Moura/Barrancos Este espacio presenta un mosaico de hábitats de zonas abiertas con culturas de cereales no intensivas, pastos permanentes, dehesas de encina y alcornoque (Figura 5). De los cursos de agua, destaca el del Río Arcila, con márgenes de vegetación acuática y algunas fragas pizarrosas. En el territorio es frecuente el pastoreo (sobre todo de ovino y bovino), y existen propiedades relativamente pequeñas de olivar y vid. Respecto al hábitat, destacan los bosques (bosques con especies de hoja perenne), prados (estepa, prados secos calcáreos), zonas húmedas (cursos de agua; vegetación de ribera) y zonas artificiales (tierra arada; campos y pomares perennes). Es un área importante para muchas aves esteparias y en especial para aves de rapiña, destacando por la invernada de la grulla en Portugal. Desde el punto de vista legal, este espacio es declarado ZPE Mourão/Moura/Barrancos (PTZPE0045; mediante el Decreto-Lei nº 384B/99, de 23 de Setembro; 80.564 ha coincidentes con la IBA; actualizado por el Decreto-lei nº 141/2002 de 20 de Maio; 77.631 ha, incluidas en la IBA); SIC propuesta Moura/Barrancos (PTCON0053; Decreto-Lei nº 76/2000 de 5 de Julho; 43.309 ha en parte incluidas en la IBA); En el caso de la conservación, no existe planeamiento de ordenación o de gestión de la naturaleza para el sitio incluido en la Red Natura 2000. Las aves son perturbadas por el tráfico de automóviles creciente en las carreteras que atraviesan el sitio. Existen tendencias para la reconversión de las áreas con agricultura

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 cerealística extensiva en regadíos y espacios boscosos. Los límites de la ZPE fueron recientemente alterados y reducidos, permitiendo el desarrollo de proyectos turísticos 5.1.2.2.2. ZEPA Dehesas de Jerez Extensa masa de dehesas situadas en el suroeste de la provincia de Badajoz, en las estribaciones de Sierra Morena prolongándose hasta el río Guadiana que hace frontera con Portugal (Figura 6). Este espacio se corresponde con una amplia faja de terreno en plena comarca de Jerez, entre las localidades de Jerez de los Caballeros, Zahínos, Villanueva del Fresno y Valle de Matamoros entre otras, englobando las cuencas de los ríos Godolid, Cofrentes y Alcarrache hasta el límite con Portugal. Un total de 17 elementos referidos en la Directiva se encuentran representados en dicho enclave, por tanto se trata de un espacio con una gran riqueza de componentes. De ellos 8 son hábitats y 9 se corresponden con taxones del Anexo II. El elemento característico son las dehesas de quercíneas, que supone el 80% del espacio. Los taxones están representados por especies de peces, tales como Anaecypris hispanica, especie catalogada como en peligro y Chondrostoma polylepis. También resalta las poblaciones de galápagos (Emys orbicularis y Mauremys leprosa) así como la presencia de Lutra lutra en los arroyos de este espacio. Legalmente la ZEPA Dehesas de Jerez de los Caballeros es declarada por el (DECRETO 232/2000, de 21 de noviembre, por el que se clasifican zonas de protección especial para las aves en la Comunidad Autónoma de Extremadura). Respecto a las debilidades, es evidente la falta de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales; el refuerzo de los mecanismos de vigilancia y control; los conflictos entre aprovechamientos forestales (corcho, leña) y conservación; el abandono de cultivos tradicionales de secano extensivo; así como la excesiva carga de ganado en las explotaciones. 5.2. Espacios Naturales Protegidos Transfronterizos en función de la Directiva Hábitat Esta Directiva se adoptó en el año 19923, año de la Cumbre de Río de Janeiro sobre Medio Ambiente y Desarrollo, es la principal disposición comunitaria a favor de la biodiversidad. Impone la obligación de preservar los hábitats y las especies calificados de interés comunitario. Cada Estado miembro de la Unión debe determinar en su

territorio y clasificar como Zonas de Especial Conservación (ZEC) los lugares de importancia para la protección de las especies y hábitats recogidos en la Directiva. En dichas zonas se aplicarán las medidas reglamentarias o contractuales y, en su caso, planes de gestión para su conservación a largo plazo, integrando las actividades humanas en un proceso de desarrollo sostenible. El conjunto de las ZEC designadas por los Estados miembros constituirá la red europea de lugares protegidos denominada NATURA 2000. En esta red también se incluyen todas las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) establecidas por la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres, a la que ya hemos hecho mención. Los Estados miembros pueden elegir los medios más adecuados en su territorio para asumir esta responsabilidad colectiva, sobre la base de los criterios establecidos en la Directiva. En España la competencia de la selección y gestión de los LIC y posterior ZEC corresponde a las Comunidades Autónomas, según lo dispuesto en el Real Decreto 1997/1995 de transposición de la Directiva. Los LIC son tipos de hábitats cuya distribución natural es muy reducida o ha disminuido considerablemente en el territorio comunitario (turberas, brezales, dunas, hábitats costeros o de agua dulce, lagunas saladas, etc.), así como los medios naturales destacados y representativos de una de las seis regiones biogeográficas de la Unión Europea (bosques de alerces de los Alpes, pastizales salinos del litoral atlántico, bosques de ribera, etc.). En total, unos 200 tipos de hábitats se consideran de interés comunitario conforme a la Directiva. Entre las especies de interés comunitario figuran las que están o pueden estar amenazadas y algunas especies endémicas. La Directiva recoge cerca de 200 especies animales y más de 500 especies vegetales cuyos hábitats deben protegerse. Con el fin de tener en cuenta las diferencias entre Estados miembros, algunas especies declaradas de interés comunitario son objeto de una cláusula de excepción en los países en que sus poblaciones son viables. La red europea "NATURA 2000" incluye una muestra representativa de todos los hábitats de interés comunitario y, especialmente de los hábitats prioritarios. De ese modo se logrará una protección suficiente de todas las especies de fauna y flora de interés comunitario para garantizar su viabilidad a largo plazo. En el espacio fronterizo luso-extremeño se han identificado un total de 42 espacios denominados como LIC (Figura 7).

3 Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y la Flora Silvestres.

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Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 5.2.1. Casos concretos en el territorio fronterizo 5.2.1.1. Sitio da Serra do São Mamede y LIC Cedillo Río Tajo Internacional 5.2.1.1.1. Sitio da Serra do São Mamede Área con gran diversidad de hábitats y especialmente importante desde el punto de vista fitogeográfico, pues es el límite sur de muchas especies y comunidades vegetales de distribución más atlántica, debido a las características geomorfológicas y climáticas de la sierra (Figura 8). Casi la totalidad del área es privada, con la excepción de 300 hectáreas de matorral dedicadas a la producción de leña. Área de gran diversidad faunística, hay que destacar la importancia de la nutria (Lutra lutra), del ratón de Cabrera (Microtus cabrerae) o la presencia estable de lince ibérico (Lynx pardinus) en la zona norte del espacio, siendo su presencia ocasional en el resto del territorio del espacio protegido. A pesar de ser esporádica, la presencia del lobo en este espacio puede prever una futura expansión de la especie, dada la presencia de presas salvajes. En este espacio además se ubica la gruta más importante del país, con una colonia de crías de cerca de 20.000 murciélagos de peluche (Miniopterus schreibersii); e hibernando otras especies como el murciélago de Bechstein (Myotis bechsteinii). Debemos resaltar también la presencia de una población aislada de lagarto de agua (Lacerta schreiberi). El Río Caia es muy importante para la conservación del saramugo (Anaecypris hispanica) y de la boga de boca arqueada (Chondrostoma lemmingii). En este sitio existen las dos subespecies de Chondrostoma polylepis, Ch. p. polylepis y Ch.p. willkommii, siendo la última de la cuales reconocida a nivel de especie por los autores portugueses. Por último destacar la presencia de invertebrados raros en el área del espacio natural. Sobre las amenazas detectadas es destacable la artificialización de las líneas de agua con destrucción de vegetación de ribera; la extracción de inertes; la reforestación intensiva; intensificación agrícola; gestión cinegética inadecuada, furtivismo; escasez de poblacionespresa del lince ibérico; y la captura ilegal de cágados. 5.2.1.1.2. LIC Cedillo y Río Tajo Internacional Este espacio natural se sitúa al oeste de la provincia de Cáceres colindante con la frontera portuguesa, siguiendo el curso del río Tajo y de su afluente el Sever (Figura 9). El cauce recoge las aguas de gran parte de la Sierra de San Pedro canalizada por el río Salor. El área en las cercanías del Tajo esta constreñida a las laderas que rodean al mismo y a la desembocadura del Río Salor, 64

mientras que se prolonga en toda la longitud del río Sever, extendiéndose por la cuenca española del río y parte de la del Alburrel. Espacio perteneciente al bloque noroccidental que se corresponde con la continuación del Río Erjas, junto al cual forma la columna vertebral de bloque. Por otra parte continúa por los Espacios Protegidos en territorio luso. Un total de 17 elementos referidos en la Directiva se encuentran representados en dicho enclave. De ellos 8 son hábitats (Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga; Matorrales Termomediterráneos y predesérticos; Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea); De Quercus suber y/o Quercus ilex; Bosques de fresnos con Fraxinus angustifolia; Bosques aluviales residuales (Alnion glutinoso-incanae); Bosques galería de Salix alba y Populus alba; Galerías ribereñas termomeditterráneas (NerioTamaricetea) y del sudoeste de la península ibérica (Securinegion tinctoriae) y Bosques de Quercus ilex) y 9 se corresponden con taxones del Anexo II. Destaca este espacio por constituirse en uno de los núcleos importantes de distribución para Lynx pardina y Canis lupus. Destaca además por la presencia de importantes poblaciones de peces como Barbus comiza, Chondostroma polylepis, Rutilus alburnoides, Rutilus lemmingii y Cobitis taenia. A nivel de hábitats sobresalen las formaciones de Quercus suber. En relación a la normativa legal el Parque Natural Tajo Internacional fue aprobado por la Ley 1/2006, de 7 de julio, por la que se declara el Parque Natural del “Tajo Internacional”; ZEPA Cedillo-Tajo Internacional (DECRETO 232/2000, de 21 de noviembre, por el que se clasifican zonas de protección especial para las aves en la Comunidad Autónoma de Extremadura). En clave de las amenazas detectadas, destaca la ausencia de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales; la falta de más vigilancia y control; la elevada presión cinegética; la proliferación incontrolada de accesos al río; la instalación de cerramientos cinegéticos impermeables a todo tipo de fauna; así como la navegación sin supervisión durante períodos sensibles (cría y reproducción). 5.2.1.2. Sitio de Guadiana / Juromenha y LIC Rio Guadiana Internacional 5.2.1.2.1. Sitio de Guadiana / Juromenha Conjunto de cursos de agua con buenas formaciones rupícolas (Figura 10), en su mayoría perteneciente al dominio hídrico público. Esta catalogado como el único lugar con presencia conocida en España para el Narcissus humilis ssp. Cavanillesii. Siendo además un espacio natural importante para la fauna piscícola.

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 Entre los hábitats más destacables podemos encontrar matorrales termomediterráneos predesérticos; Dehesas de Quercus spp. de hoja perenne; Praderas húmedas mediterráneas de hierbas altas de Molinion-Holoschoenion; Vertientes rocosas siliciosas con vegetación casmofítica; Bosques de galerías con Salix alba y Populus alba; Galerías y matorrales ribereños meridionales (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae) y Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia. Respecto a las amenazas identificadas en este espacio destaca la eliminación de vegetación rupícola; inundaciones resultantes de obras de regularización hidráulica (potencial); la extracción de inertes y la captación sin supervisión de agua en los periodos de sequía. 5.2.1.2.2. LIC Río Guadiana Internacional Comprende la totalidad del tramo fronterizo del río Guadiana entre la provincia de Badajoz y Portugal (Figura 11), comenzando el área en el azud de Badajoz. Dicho río tras salir de las Vegas Bajas y cruzar la ciudad de Badajoz describe una amplia curva, toma dirección sur encajonándose cada vez más entre las dehesas de los llanos de Olivenza, acabando totalmente rodeado por cortados rocosos en las murallas de Cuncos, y adentrándose finalmente en Portugal. El río fluye por los términos municipales de Badajoz, Olivenza, Cheles y Villanueva del Fresno, recogiendo las aguas de los ríos Caya y Olivenza, cuyas desembocaduras también forman parte del área. Un total de 18 elementos referidos en la Directiva se encuentran representados en dicho enclave. De ellos 6 son hábitats (Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition; Matorrales Termo-mediterráneos y predesérticos; De Quercus suber y/o Quercus ilex; Bosques de fresnos con Fraxinus angustifolia; Bosques galería de Salix alba y Populus alba; Galerías ribereñas termomeditterráneas (Nerio-Tamaricetea) y del sudoeste de la península ibérica (Securinegion tinctoriae)) y 12 se corresponden con taxones del Anexo II. Es de destacar su aportación en hábitats ribereños por un lado, y por otro la gran importancia que adquiere por la presencia de especies de peces migradores, que ascienden por este río para reproducirse. Destacan las dos especies del género Alosa junto con Petromyzon marinus. El resto de especies de peces está igualmente bien representado. Se puede encontrar igualmente Mauremys leprosa y Emys orbicularis con poblaciones estables. Por último señalar la presencia del taxón prioritario Lythrum flexuosum, de distribución restringida y que sólo aparece en dos áreas concretas.

Por lo que se refiere a las amenazas detectadas en este espacio natural hay que destacar como la construcción de la Presa de Alqueva en Portugal ha supuesto la inundación de la mayor parte del LIC; la extracción de áridos y plantas de tratamiento de áridos; así como la pesca furtiva. 6. Conclusiones La disparidad de criterios en la planificación de los espacios protegidos fronterizos, crea grandes dificultades en la gestión de estos espacios entre Estados, construyéndose lo que pudiéramos considerar como “las nuevas fronteras ambientales”. Estas fronteras no son aceptables desde una visión integral del territorio, pues suponen estrictos límites en espacios que tienen unas características ambientales comunes. La ordenación y gestión de estos espacios no puede ser radicalmente distinta a cada lado de una línea de cumbres o un cauce fluvial. Ni las especies animales ni las vegetales conocen fronteras y los ecosistemas, o tienen valor en su conjunto, o no lo tienen, pero lo incomprensible es que el valor venga determinado por los distintos criterios de ordenación territorial a cada lado de un límite administrativo que, no lo olvidemos, es una pura convención humana. Mediante un análisis comparativo, podemos llegar a la conclusión de que en la mayoría de los casos estudiados existe una gran descoordinación entre las Administraciones, a la hora de planificar la protección de espacios naturales. Es evidente que existen figuras de protección a cada lado del límite en las zonas de frontera para espacios ambientalmente homogéneos. Los grados de protección en cada unidad político-administrativa no guardan coherencia, pues en algunos casos, éstos no protegen con el mismo rigor a los ecosistemas compartidos. Resulta incongruente que un mismo espacio tenga grados de protección diferente, por el mero hecho de que un límite político lo fragmente en dos ámbitos de decisión diferentes, es aún más irracional que un espacio sea protegido a un lado de estos límites arbitrarios y no lo sea en el lado opuesto. Si las diferentes políticas de gestión de los recursos ambientales son perjudiciales para la conservación de los ecosistemas fronterizos, consideramos que la falta de coordinación en estas políticas conlleva también un factor negativo para el desarrollo socioeconómico de las poblaciones que habitan estas zonas deprimidas. En este sentido la Ordenación del Parque Natural Taejo Internacional de manera conjunta por los gobiernos español y portugués, supone un avance para la puesta en valor de estos espacios y servirá para empezar no sólo a desarrollar socioeconómicamente, unos espacios deprimidos como estos, sino que además potenciará el fin de la fragmentación de los espacios y conllevará una 65

Spanish Journal of Rural Development, Vol. III (Special 2): 55-72, 2012 Copyright © 2012 Ignacio J. Díaz-Maroto Hidalgo DOI: 10.5261/2012.ESP2.07 planificación positiva conjunta de ecosistemas y territorios, que no entienden de fronteras. A través de este artículo, hemos pretendido identificar el excelso patrimonio natural de la Raya Central Ibérica (Extremadura, Alentejo y Región Centro), mostrando que su calidad y valor puede lograr el doble objetivo de conservar los recursos naturales y potenciar el desarrollo socioeconómico de estas zonas, pero para ello sería preciso que las Administraciones competentes realicen una planificación conjunta y una gestión coordinada de estos espacios, basado en un modelo eficaz y consensuado de desarrollo compatible con la conservación del hábitat y la fauna, en virtud a la capacidad de acogida de los mismos, que en todos los casos tienen potencial para ser protegidos y servir de motor de desarrollo para las poblaciones que los habitan, minimizando los posibles impactos que pueden afectar a la zona fronteriza a partir de un análisis preciso de costes y beneficios. Referencias Caballero, A. 2009. Fronteras compartidas. La Raya Centro-Ibérica. Revista de Estudios Extremeños 65: 417-448. Cascos, C., Guerra, J.C. 2000. Los espacios naturales protegidos en Castilla y León: un plan ambicioso entre la escasez de medios y un futuro incierto. En: Valle Buenestado, B. (Coord.) Geografía y Espacios Protegidos. Ed. AGE y FEMPA, Murcia. 379-393.

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Figura 1. Localización del área de estudio

Figura 2. Espacios naturales transfornterizos y fronterizos: ZEPAS Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

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Figura 3. ZPE Serra da Malcata Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

Figura 4. ZEPA de Gata y Valle de las Pilas Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

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Figura 5. ZPE Mourăo/Moura/Barrancos Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

Figura 6. ZEPA Dehesas de Jerez Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

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Figura 7. Espacios naturales transfornterizos y fronterizos: LIC. Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

Figura 8. Sitio da Serra do Săo Mamede Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

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Figura 9. LIC Cedillo y Rio Tajo Internacional Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

Figura 10. Sitio de Guadiana/Juromenha Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

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Figura 11. LIC Rio Guadiana Internacional Fuente: Junta de Extremadura e Instituto do Ambiente de Portugal

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