Mujeres y Trabajo Remunerado: ¿Camino hacia la autonomía económica? (2000)

August 25, 2017 | Autor: V. Oxman-Vega | Categoría: Gender Studies, Sociology of Work, Gender Equality, Work and Labour
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Descripción

MUJERES Y TRABAJO REMUNERADO: ¿CAMINO HACIA LA AUTONOMÍA ECONÓMICA? (2000)

Verónica Oxman Vega Socióloga, M.A. Estudios de la Mujer Introducción La participación productiva de las mujeres en las economías de los países ha sido largamente invisibilizada, la antigua división sexual del trabajo que ha separado el ámbito público y el ámbito doméstico se vio altamente exacerbada durante la mayor parte del siglo XX, aumentando así la valoración diferencial de ambos espacios en las vidas de las personas. Sin embargo, encontrándonos a inicios del siglo XXI vemos cómo emerge una nueva organización del trabajo en el mundo público de la producción, y una reorganización del ámbito privado de lo doméstico y la familia. Actualmente ambas situaciones convergen complejizando el análisis y poniendo en cuestión las concepciones que tradicionalmente han definido la división genérica de la producción económica. El reconocimiento de esta nueva organización del trabajo y sus efectos en las posibilidades de autonomía económica de las mujeres constituye uno de los desafíos más importantes para la equidad de género en el ámbito del trabajo. El caso chileno, como al igual que el resto de los países occidentales, se caracteriza por una inserción creciente de mujeres a la fuerza de trabajo. Si bien Chile aparece como uno de los países - en América Latina - que más esfuerzos ha desplegado para mejorar las condiciones de las mujeres, en el ámbito laboral persisten obstáculos para una integración plena en condiciones de igualdad de oportunidades lo que ha significado la mantención de una población económicamente activa (PEA) de mujeres que no supera el 35% durante los últimos cinco años. Así, según la Encuesta de Empleo del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) realizada en el Trimestre julio - septiembre de 1999, se estimó una fuerza de trabajo total de 5.822.300 personas, mostrando un aumento mínimo respecto a igual trimestre del año anterior (86.600 personas), muy por debajo de la tendencia sostenida al aumento del empleo que se había observado en el país durante los años previos a 1998. Si bien ésta disminución afectó a ambos sexos (en un 1,1% para los hombres y en un 2,4% para las mujeres), esta situación respecto a las mujeres muestra un punto de quiebre con relación al aumento sostenido que había presentado la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo durante la primera mitad de la década de los noventa. Al mismo tiempo, las tasas de desocupación observadas en el país durante 1999 presentan un aumento considerable respecto al año anterior, cuya diferencia por sexo se distribuye de la siguiente manera: mientras que para los hombres la desocupación entre el 1998 y 1999 aumenta desde un 6,15 a un 11,1%, para las mujeres este aumento va desde un 8,1% a un 12,1%. Históricamente la desocupación de las mujeres ha sido mayor a la de los hombres, sin embargo, durante los dos últimos años (correspondientes a la ‘crisis asiática’) esta distribución por sexo alcanza sellos de dramatismo al considerar la

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variable edad. Así para la población de entre 15 y 24 años, en el mismo período la desocupación masculina aumentó desde un14,7% en el trimestre julio- septiembre de 1998 a un 23,5% en el mismo trimestre de 1999 y para las mujeres jóvenes la desocupación aumentó desde un 19,45 a un 31,5% en el mismo lapso de tiempo1. La desigual distribución de la desocupación por sexo y por edad en el caso chileno, refleja la persistencia de un mercado laboral que tiende a excluir a las mujeres a lo largo de todo el ciclo vital, mermando especialmente las oportunidades de inicio de la vida laboral de las mujeres jóvenes –situación que se agrava en los períodos de crisis- acrecentando la necesidad de elaboración e implementación de políticas laborales con equidad de género, que sean eficientes en la lucha para la eliminación de las discriminaciones existentes contra las mujeres chilenas en el trabajo remunerado. Las formas más persistentes de discriminación se observan en las prácticas de contratación laboral, muchas de las cuales hasta ahora fueron consideradas como formas ‘atípicas’ de contratación y que al adquirir un carácter recurrente y generalizado se constituyen en formas normales de contratación. Nos referimos a los contratos a plazo fijo, temporarios, ocasionales, a honorarios y por comisiones que constituyen la base legal para mantener un sistema que perjudica directamente las posibilidades de las mujeres para mejorar su inserción al empleo y la calidad del mismo. Asimismo, se constata que la falta de previsión social –tanto de salud como para el retiro por vejez - el no cumplimiento del pago de cotizaciones previsionales es otra de las características del empleo femenino, que junto con los ingresos precarios hacen que sea urgente modificar las condiciones laborales actuales de las chilenas2. Es sabido que el sistema actual de remuneraciones perjudica a las mujeres, si bien la discriminación salarial debe ser entendida en el contexto de la alta segmentación por sexo del mercado laboral y de la histórica relación de dependencia de las mujeres respecto del ingreso masculino, no se puede dejar de considerar que en promedio las chilenas perciben sólo un 75% del ingreso que perciben los hombres por desempeñar ocupaciones similares. Esta brecha entre los ingresos masculinos y femeninos afecta a todas las mujeres, siendo especialmente importante en el caso de las profesionales y técnicas que en promedio perciben un ingreso correspondiente al 52% de los ingresos de los hombres en los mismos tipos de ocupación. En gran parte, este fenómeno se asienta en la idea del ‘salario familiar’ donde se sostiene que es el ingreso masculino el responsable de la mantención económica del grupo familiar. Pero ¿es posible seguir sustentando este modelo de distribución de los ingresos en un país con 27% de jefatura de hogar femenina y donde un 44% de los hijos e hijas nacen fuera del matrimonio? Ciertamente este patrón cultural no se corresponde con la realidad del gasto y consumo de las familias, puesto que es allí donde se observan las mayores diferencias de conductas por sexo, la mayor parte del ingreso femenino deriva en la mantención familiar, son las mujeres quienes con su trabajo permiten a los grupos familiares salir de la pobreza, y son ellas mismas quienes sienten los efectos más directos 1

INE. Elaboración Departamento de Planificación y Estudios del SENCE (1999): Santiago-Chile. Díaz X. y López D. (1999) y Parada S. (1999) en: Políticas de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo 1994-1999: SERNAM/MINTRAB: Santiago - Chile. 2

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de las crisis económicas (con las correspondientes repercusiones políticas). Es necesario entonces tener en cuenta que la autonomía económica de las mujeres beneficiaría no sólo a las propias mujeres, sino por sobre todo a las personas dependientes pertenecientes a los distintos grupos familiares: la infancia y las personas mayores. Existen además otras formas más sutiles de discriminación que afectan las posibilidades de movilidad horizontal y de ascenso de las mujeres, situaciones que se expresan con mayor fuerza ante condiciones no flexibles en los puestos de trabajo que tienden a perjudicar a las trabajadoras con responsabilidades familiares, quienes al tener la mayor responsabilidad por el cuidado social de los otros miembros de las familias, tienden a entrar y salir con mayor frecuencia de los puestos de trabajo, disminuyendo así sus posibilidades de desarrollar carreras laborales con proyecciones ascendentes. Así entonces, la capacitación para la habilitación laboral y la formación profesional son aspectos cruciales en la eliminación de las discriminaciones contra las mujeres en el trabajo remunerado3. Por otra parte, es necesario aumentar las posibilidades de las mujeres para acceder a los recursos de capital y a los programas generales de fomento productivo que se desarrollan en el país. Es indispensable que todas las medidas para la promoción del acceso de las mujeres al trabajo remunerado y a la productividad, sean acompañadas de políticas de cuidado infantil que aseguren una mayor y mejor redistribución de las responsabilidades familiares entre mujeres y hombres. Mientras que el ingreso de las mujeres al ámbito del trabajo remunerado no signifique cambios en la distribución de las tareas domésticas y de las responsabilidades hacia las nuevas generaciones y hacia las generaciones mayores, las mujeres seguirán siendo las principales afectadas por la doble carga de trabajo que significa el desempeño de un trabajo productivo junto al trabajo reproductivo propio del ámbito doméstico. Políticas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres en el Trabajo Desde la creación del Servicio Nacional de la Mujer de Chile (SERNAM)4 en 1991, se activaron una serie de medidas para promover la igualdad de oportunidades para las mujeres en el mercado laboral. Durante el primer gobierno de los partidos de la Concertación por la Democracia, se priorizó por la elaboración de diagnósticos de distintos niveles que apuntaban a profundizar el conocimiento acerca de la realidad específica de las mujeres trabajadoras. Así, se realizan informes de coyuntura sobre la situación laboral de las chilenas, diagnósticos sectoriales donde se analizan algunas ramas de la producción de alta concentración de empleo femenino y especialmente sobre áreas

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Bertino, D. (1999) en: Políticas de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo 19941999 SERNAM/MINTRAB: Santiago-Chile. 4 El Servicio Nacional de la Mujer tiene el mandato legal de colaborar con el Ejecutivo en el estudio y proposición de planes generales y medidas conducentes a que la mujer goce de igualdad de derechos y oportunidades respecto del hombre. En este marco SERNAM tiene las funciones de proponer y fomentar políticas públicas que faciliten la incorporación igualitaria de la mujer a los diversos ámbitos de la sociedad, así como coordinar programas, acciones y medidas con organismos y servicios públicos conducentes al logro de los objetivos antes expuestos.

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problemáticas tales como, la brecha salarial entre mujeres y hombres y las jornadas de trabajo5. Al mismo tiempo la institución elabora el primer Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres 1994-1999, que contiene un capítulo específico sobre mujer y trabajo6, donde se incluyen las principales medidas a ser desarrolladas en el segundo gobierno de la Concertación. Este Plan adquiere especial relevancia cuando en 1995 el Presidente de la República, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, incorpora dicho plan al conjunto de su agenda gubernamental, instruyendo a sus Ministros para la incorporación de medidas que aseguren el cumplimiento del mismo. Se inicia así, el trabajo intersectorial, consistente en la coordinación interministerial, básicamente entre SERNAM y los ministerios sociales, en este caso con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social. El alcance de estas iniciativas debe ser considerado en el marco de un lento proceso de reorganización del aparato del Estado, consistente en la incorporación de un modelo de desconcentración de los recursos fiscales, descentralización y modernización. Este proceso se caracteriza por un fuerte impulso al mejoramiento de las comunicaciones al interior de los servicios, la computarización de los mismos y una redistribución de los presupuestos a las regiones. Se pretendía democratizar las estructuras estatales, caracterizadas por arraigados modelos jerárquicos y burocráticos. En 1995, previo al desarrollo de la IV Conferencia Mundial de la Mujer, SERNAM organizó un seminario sobre la Igualdad de Oportunidades para la Mujer en el Trabajo, donde se discutieron los temas más relevantes en este ámbito y que merecían la formulación de políticas públicas en este sentido7. En 1999, se publica un segundo libro, en el marco del Convenio entre SERNAM y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social (MINTRAB) conteniendo nuevos estudios referidos a la situación laboral de las mujeres y los avances y dificultades encontrados en la elaboración y ejecución de políticas laborales con perspectiva de género8. Por lo tanto, las políticas de igualdad de oportunidades para las mujeres emergen en un contexto beneficioso en términos conceptuales, con el apoyo político de las autoridades pero dentro de un aparato estatal con restricciones no sólo en términos presupuestarios sino que también - y más importante aún- en lo político. La Constitución de 1980 implantada por el régimen del general Pinochet va a tener un importante peso en las posibilidades reales de avanzar en la eliminación de las discriminaciones existentes en el 5

Ver Informes de Coyuntura: Henriquez, H. (1995) La Jornada Laboral que cumplen las mujeres y los hombres en Chile; (1994) Empleo por Sexo 1990-1994; (1994) Brecha Salarial entre hombres y mujeres: SERNAM: Santiago-Chile. 6 Constituyen bases importantes para la elaboración de este capítulo la ratificación y adscripción por el Gobierno de Chile a: “Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer” (1989); la ratificación de la “Convención de Belem do Pará para la eliminación de todas las formas de Violencia contra la Mujer” (1996); la suscripción a la Plataforma de Acción de Beijing 1995 y la ratificación de los Convenios 103 y 156 de la OIT concernientes a la Maternidad y Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras con Responsabilidades Familiares (1994). 7 Ver: Valenzuela, M.E. y Oxman, V. (1997): Igualdad de Oportunidades para la Mujer en el Trabajo: SERNAM: Santiago-Chile. 8 Ver: Oxman, V. y Galilea, S. (1999): Políticas de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en el Trabajo: SERNAM/MINTRAB: Santiago-Chile.

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país. En la práctica el objetivo de alcanzar la justicia social, y por tanto una mayor equidad entre los sexos mediante políticas de igualdad de oportunidades se ven coartadas por las disposiciones políticas existentes (incluyendo a los Senadores Designados), un Código Laboral no proteccionista, bajos recursos fiscales y un movimiento sindical en desarrollo post los embates sufridos durante el gobierno militar. A partir de los anteriores análisis aún hoy en Chile se constatan dificultades severas para el acceso de la mujer a puestos de trabajo, como también restricciones para su desarrollo al interior de los mismos cuando logran acceder. La realidad de la situación de las mujeres trabajadoras a lo largo del país, especialmente en el contexto de desarrollo de la industria exportadora, pone de relieve la necesidad de seguir trabajando para un mejoramiento de las condiciones laborales en que éstas se desempeñan. La situación de las mujeres temporeras de la agro exportación, se ha constituido en uno de los casos emblemáticos de la problemática que se debe abordar a través de la elaboración de políticas que permitan mejorar la condición en que trabajan las mujeres chilenas. Esto es considerando sus necesidades específicas de género, especialmente en la armonización de sus tareas correspondientes a sus responsabilidades familiares, cuidado infantil, pero también según su calidad de trabajadoras excluidas de los beneficios propios del trabajo formal, es decir, la inconsistencia del sistema previsional para incorporarlas, el no cumplimiento de los contratos laborales y una precarización creciente de sus ingresos, además de amenazas y prácticas que impiden el desarrollo de sus organizaciones. La elaboración e implementación de políticas laborales con perspectiva de género, se han desarrollado a través convenios intersectoriales, donde destacan los convenios marco entre SERNAM y MINTRAB, que han puesto el énfasis en que todas las medidas que se ejecuten sean acordadas con los sectores empresarial y sindical, para lo cuál se ha impulsado la creación de Comisiones Tripartitas de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en el Trabajo. Siendo la más activa la de nivel central que cuenta con la participación permanente de representantes de las trabajadoras en la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y del sector empleador agrupado en la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC). Los convenios con la Dirección del Trabajo (DIRTRAB) han permitido avanzar en el mejoramiento de la fiscalización frente todo tipo de infracciones a la ley que afectan a las mujeres, y en particular se ha iniciado una línea de acción frente al acoso sexual en el trabajo. Durante los últimos cuatro años se ha priorizado por desarrollar estudios sobre situaciones de precarización tales como, el trabajo a domicilio, la situación de las mujeres en el comercio donde trabajan largas jornadas y sobre la base de comisiones sin sueldos fijos y en particular sobre el cumplimiento de las normas de maternidad en el sector público y privado. Además cada año se han realizado campañas de fiscalización preventiva y de difusión de los derechos laborales en sectores de alta concentración de empleo femenino (trabajadoras de casa particular, comercio, confección, trabajadoras de la agroindustria).

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Asimismo, conjuntamente con SENCE se han realizado acciones encaminadas a mejorar el acceso a la información y capacitación de las mujeres, de acuerdo con las necesidades del mercado y con las oportunidades de desarrollo profesional. Se han generado los programas de capacitación laboral que contienen elementos de una formación integral más allá de la capacitación técnica- para enfrentar al mundo laboral y los prejuicios de los que son objeto las mujeres, estos programas están orientados a mujeres de escasos recursos, preferentemente hacia jefas de hogar. Actualmente, el Servicio Nacional de la Mujer de Chile (SERNAM), se encuentra en un proceso de evaluación y balance de lo realizado en el ámbito laboral durante el período comprendido por el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres 1994 -1999. Con el objeto de proyectar, en un segundo Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres (con duración de 10 años), políticas de igualdad que trasciendan los gobiernos y se transformen en políticas de Estado. Este nuevo plan busca la aceptación necesaria planteando que en la elaboración del mismo participen todos los sectores de la sociedad chilena, lo que significa la apertura y reforzamiento de canales de diálogo social existentes y la generación de nuevas arenas de debate político - económico, hasta ahora postergadas por la urgencia de mantener un equilibrio precario que se vio altamente trastocado por la disputa parlamentaria sobre las ‘reformas laborales’ que darían a las trabajadoras y trabajadores chilenos el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva. Este debate parlamentario, tuvo eco en el mundo social, demostrando que una de las principales barreras para las mujeres en el mundo del trabajo remunerado es la desigualdad existente entre los hombres. Las políticas de igualdad de oportunidades para las mujeres no pueden estar ajenas a las inequidades socio- económicas existentes en el país. El sector empleador/empresarial se visualiza como un fuerte enclave de poder económico- político masculino frente a un sindicalismo coartado en su capacidad negociadora debido principalmente a la urgencia de recomposición interna enfrentada por las organizaciones de trabajadores. En este contexto ¿qué rol juegan las concepciones de autonomía económica de las mujeres? ¿Es viable elevar el nivel de disputa conceptual o complejizar la elaboración de políticas sociales tendiendo hacia la equidad de género dejando atrás las políticas de igualdad de oportunidades para las mujeres? El hecho de que no se hayan aprobado reformas laborales referidas a Convenios Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) nos habla de un país que no contempla la democratización de la economía como un aspecto clave para alcanzar un desarrollo económico sostenido y sustentable con perspectiva de humana, menos aún con perspectiva de género. Las políticas públicas de equidad de género, deben ser generadas teniendo en consideración la necesidad de modernización y de adecuación de la organización del trabajo, de las relaciones laborales pertinentes a una óptica nueva de mejoramiento de la calidad de vida acompañada por una humanización del trabajo que permita vincular más armónicamente las obligaciones familiares y laborales de hombres y mujeres en el país – el equilibrio pendiente entre vida laboral y vida familiar. Dicho cambio será efectivo

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cuando las relaciones en cualquier espacio de trabajo y en la familia de las y los trabajadores hayan sufrido modificaciones que permitan una mayor equidad. Desafíos al siglo XXI a) Previsión Social Con la Subsecretaría de Previsión Social, se ha discutido el hecho de que en Chile es un país con una estructura poblacional en progresivo envejecimiento, con sólo un 29% de población menor a los 15 años y un 7% de población mayor de 65 años. La tasa global de fecundidad se redujo de 5,4 en 1965 a sólo 2,3 en 1998, siendo uno de los países con más baja fecundidad en América Latina. Por otra parte, la esperanza de vida al nacer se ha incrementado notablemente durante los últimos 50 años, favoreciendo ligeramente más a las mujeres que a los hombres. Así, los hombres nacidos en 1940 que tenían una esperanza de vida al nacer de 40 años, aumentaron dicha esperanza a 71 años en 1992. Las mujeres de esa misma generación, en cambio, aumentaron de 43 a 77 años durante el mismo período. Se observa también en Chile la tendencia de género de que la magnitud de la diferencia de la esperanza de vida entre hombres y mujeres también aumenta en el tiempo. En definitiva las mujeres chilenas tienden a vivir más años de que los hombres, pero más de la mitad de las adultas mayores no disponen de ingresos propios. La tendencia es que la situación de las mujeres adultas mayores sea más precaria en términos de ingresos. Actualmente coexisten los dos sistemas previsionales, sin embargo, la única posibilidad que tienen los y las trabajadoras es la afiliación a una AFP. A diciembre de 1996, 258.887 trabajadores cotizaban en el viejo sistema y 3.121.139 en el nuevo. El sistema fiscal pagaba a 825.933 pensionados y las AFP a 238.491 a esa fecha. Para tener derecho a la pensión mínima de vejez, el o la afiliada debe cumplir con la edad legal de retiro de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres, y registrar al menos veinte años de cotizaciones en cualquiera de los dos sistemas previsionales (antiguo o nuevo). El porcentaje de personas que no alcanzarán a completar el ahorro necesario para obtener una pensión mínima, de acuerdo con las estimaciones de algunos autores, se encontraría entre un 30% y un 40% de los afiliados del sistema, es decir, entre 1.700.000 y 2.300.000 afiliados. Situación que se agudiza para el caso de las mujeres. La distinta inserción laboral y la discriminación salarial en desmedro de las mujeres significa que ellas reciben, en promedio, remuneraciones más bajas que los hombres. Por tanto, la densidad de cotizaciones de las mujeres suele ser menor que la de los hombres (porque entran y salen más veces del mercado laboral debido a las responsabilidades familiares o debido a los tipos de empleo a los que acceden). El límite legal de retiro para las mujeres se estableció a una edad menor en cinco años que en el caso de los hombres, lo cual puede implicar un período de cotizaciones más corto y un período de pasividad más largo de la mujer. La mayor expectativa de vida promedio de las mujeres alarga, a su vez, su período (estimado) de pasividad. El uso de tablas de mortalidad diferenciadas en el cálculo de la

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Renta Vitalicia incide negativamente en el monto de su pensión. Las ocupadas de los dos quintiles de menores ingresos son las trabajadoras de casa particular en las zonas urbanas y las temporeras agrícolas en las zonas rurales. El nivel de afiliación es mayor entre las mujeres urbanas que entre las mujeres rurales y a menor ingreso mayor el número de trabajadoras carentes de previsión social. Más de la mitad de las mujeres rurales no tendrá una pensión de vejez por concepto de su participación en la vida laboral. Se han formulado diversas propuestas encaminadas a solucionar en parte las inadecuaciones del sistema de seguridad social. Algunas de estas propuestas se refieren a otorgar cobertura a aquellos/as trabajadores que no están cubiertos o lo están en forma insuficiente, como ocurre en el caso de los y las trabajadores independientes. En relación a las propuestas que contemplan un ahorro previsional basado en la contribución familiar de previsión y salud a la cual se sumen las contribuciones ocasionales de los distintos miembros del grupo familiar (Parlamentarios Letelier, Moreira). Hay que tener en cuenta ciertas consideraciones: al no existir una legislación frente al divorcio o las separaciones esta forma de cotizaciones pueden perjudicar a la mujer y a los hijos; sería necesario considerar las uniones de hecho y reglamentar frente a ellas; por último, es necesario revertir la situación actual donde el hombre no accede a los beneficios por concepto de cotizaciones de la mujer (excepto en el caso de invalidez), es decir, los hombres deberían acceder a los beneficios de las cotizaciones de sus cónyuges o parejas de hecho. Desde SERNAM se han realizado estudios específicos para conocer la situación de las mujeres en el sistema de AFP, además durante 1998 se realizó un nuevo estudio de carácter jurídico en conjunto con la Superintendencia de Seguridad Social del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Estos estudios muestran que en Chile la mujer enfrenta mayores obstáculos que el hombre para ingresar al mercado de trabajo y para desarrollarse en el ámbito laboral. Dada esta situación, el igual trato en la adquisición de derechos de pensiones es insuficiente para garantizar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia de pensiones. Así mismo se sostiene que un trato preferencial de la mujer en lo relativo a las condiciones de adquisición de derechos sociales se justifica, si compensa en alguna medida las desigualdades a que están expuestas las mujeres en términos de oportunidades para adquirir estos derechos. Un trato preferencial de la mujer en materia de Seguridad Social debe estar acompañado de otras medidas que permitan superar la desigual inserción laboral y social de las mujeres y conciliar mejor el trabajo con las responsabilidades familiares, de no ser así puede tener un efecto contrario al deseado. b) Acoso sexual en el trabajo El Acoso Sexual es un fenómeno de carácter multidimensional, afecta a las personas individuales, a los grupos familiares y a las organizaciones laborales. A las personas las afecta psicológicamente, alterando sus vidas afectivas y sus desempeños laborales y/o profesionales; a la familia porque muchas veces puede significar conflictos entre cónyuges y la pérdida del ingreso de la persona afectada que pierde o renuncia a su trabajo, además de afectar las relaciones intrafamiliares cuando uno de los miembros,

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generalmente la madre se siente desvalorizada y desmedrada en su dignidad personal; por último a las organizaciones de trabajo en la medida en que se ven afectadas las relaciones entre trabajadores y en muchos casos se genera desconfianza y falta de credibilidad, se polarizan posiciones impactando en el clima laboral y en la productividad de todo el grupo de trabajo donde se produce el hecho. Se presentó al parlamento un Proyecto Legal de Sobre Acoso Sexual que aún se encuentra en discusión. Este Proyecto de Ley constituye una herramienta fundamental para responder a una necesidad sentida por las trabajadoras y empleadores en el proceso de mejoramiento de las relaciones laborales en el contexto actual chileno. Al mismo tiempo, constituye una salvaguarda a los abusos que se puedan cometer por las distintas partes, porque contempla y tipifica la situación de la víctima y al mismo tiempo puede contribuir a la normalización y prevención de acusaciones falsas y abusos hacia los empleadores. La aprobación de una Ley de Prevención y Sanción del Acoso Sexual en el ámbito laboral sería un aporte a la economía del país, es un derecho de las mujeres trabajadoras y una medida educativa sobre los derechos de las personas y una contribución a la condición de la mujer porque está a la base de la eliminación de una de las formas más directas de discriminación contra las mujeres. Vale decir, sin bien es cierto que la legislación no hace el cambio cultural, es materia sin discusión el hecho de que la existencia de derechos legales constituyen una base incuestionable para el cambio social. El que exista una Ley sobre el Acoso Sexual en el Trabajo sienta un precedente social tan importante como lo fue la promulgación de la ley de prevención de la Violencia Intrafamiliar en el contexto de generación de igualdad de oportunidades para las mujeres y en la dignificación de las personas y al mismo tiempo constituye un aporte del gobierno chileno para avanzar en el cumplimiento de la Convención contra todas las formas de violencia contra la mujer de Belem do Pará, que fue ratificada por Chile en 1998 y para el cumplimiento del Convenio 111 de la OIT relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación; en todos ellos se considera que es necesario tomar medidas contra el acoso sexual, puesto que es reconocido como una forma de discriminación, una forma de violencia y como una violación a los derechos laborales. Otros temas de larga data en el país, que recién empiezan a ser considerados son: la salud ocupacional; el alcoholismo y drogadicción en el trabajo; la participación sindical de las mujeres; y el nunca bien resuelto cuidado infantil. Todos éstos requieren ser tratados desde una óptica que considere las posibilidades reales de transformar las situaciones de inequidad sostenidas en el tiempo, por una visión de derechos y de ciudadanía en el contexto de una mayor democratización. Chile es un país que entrega un conjunto de derechos limitados, especialmente en materia de derechos laborales. Por otra parte, una lógica de derechos significa la necesidad de actualización de las materias tratadas y por tanto una complejización de las mismas. Por ejemplo, se puede pensar que no basta con introducir la relación entre vida familiar y vida laboral a las políticas públicas. Más bien, en la medida en que se pretende mejorar la calidad de vida de las personas, la concepción de vida personal - vida laboral, sería más adecuada

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ya que implica reconocer la existencia de opciones diversas donde no todos los individuos/as de un país viven en familias tradicionales. Esto puede deberse a la etapa del ciclo vital, donde por su juventud aún no forman familias o por el contrario han terminado con sus responsabilidades familiares y necesitan desarrollarse como personas a la vez que continuar trabajando o capacitándose; o simplemente por opciones individuales de formas de vida que no se ajustan al molde tradicional y que al no ser considerados las políticas más avanzadas tenderán a omitirlos. En este sentido es posible ir incorporando temáticas como la violencia laboral y el acoso en el trabajo, no sólo el acoso sexual contra las mujeres, sino considerando las diversas manifestaciones del acoso laboral que se dan en ambientes de trabajo jerárquicos y poco democráticos. En el caso chileno entonces nos encontramos ante un cúmulo de tareas pendientes en materia de justicia social, que se han postergado en forma histórica en el mundo del trabajo. Estos cambios sólo serán posibles al adoptar una nueva óptica que implica la necesidad de reconocer las diferencias entre hombres y mujeres trabajadoras, pero sobre todo entre distintos grupos de mujeres trabajadoras, de modo de realmente ir generando medidas tendientes a lograr una mayor equidad de género y una real autonomía económica de las mujeres. La consecución de la autonomía económica de las mujeres, requiere de un tratamiento integral en el ámbito laboral pero al mismo tiempo ésta no se consigue sin considerar las otras dimensiones de la autonomía, especialmente la física, política y sociocultural. Entendiendo que un desarrollo armónico de estas dimensiones sería la única manera de asegurar que las mujeres adquirieran las habilidades necesarias para negociar colectivamente sus demandas laborales y económicas y pudieran de ese modo hacer visible su aporte a las economías de los países, obteniendo de ese modo la satisfacción de demandas tan básicas como son el cumplimiento de los contratos laborales, el respeto a la normativa y el acceso a una seguridad social adecuados. Cabe preguntarse, sin embargo, ¿en qué medida el aparato estatal chileno es capaz de hacer el tránsito entre políticas de igualdad de oportunidades a políticas que aseguren la autonomía de las mujeres? La persistencia de valores conservadores en el país parecen indicar que este tránsito encontrará obstáculos de todo orden, y es entonces una responsabilidad de las propias mujeres y sus organizaciones asegurar que este sea el cauce de las políticas laborales y económicas en el próximo milenio. VOV/2000

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