MORENO MORE, César E. (Coord.), Estudios sobre la responsabilidad civil, 2015, Legales ediciones.

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7 César E. Moreno More (Coord.)

ESTUDIOS SOBRE

LA RESPONSABILIDAD CIVIL

Introducción de

Guido Alpa

César E. Moreno More (Coord.)

ESTUDIOS SOBRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Guido Alpa Massimo Franzoni Roberto Paulino de Albuquerque Júnior Carlo Castronovo Francesco Benatti Manuel Carneiro da Frada Philippe Le Tourneau Pablo Malheiros da Cunha Frota Massimo Paradiso Clara Asua González Francesca Benatti Thiago Rodovalho

Jean-Sébastien Borghetti Cristiano de Sousa Zanetti Alessio Zaccaria Marta Infantino Catalina Salgado Ramírez Marcos Ehrhardt Júnior Lucas Abreu Barroso Beatriz Gregoraci Fernández Marcos Catalan Flávio Tartuce Guilherme Magalhães Martins Renzo E. Saavedra Velazco César E. Moreno More

Introducción de: Guido Alpa

Estudios sobre la Responsabilidad Civil © CÉSAR E. MORENO MORE (Coord.) © EDITORA Y DISTRIBUIDORA EDICIONES LEGALES E.I.R.L. Jr. Azángaro 1075, of. 604, Lima-Perú Teléfonos: (511) 427-2076 / 426-2406 RUC: 20523085345 web: www.legales.pe e-mail: [email protected] Primera edición: 2015 Tiraje: 1000 ejemplares Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2015-02987 Registro ISBN: 978-612-4115-82-0 Reservados todos los derechos. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico ni mecánico, incluyendo fotocopia, sin previa autorización escrita del autor y el editor. Diseño de portada: Edwing N. Gonzales Alvarado Diagramación de interiores: Enrique M. Tello Paravecino Impresión y encuadernación: Editorial San Marcos de Aníbal Jesús Paredes Galván Av. Las Lomas N° 1600 - S. J. L. RUC: 10090984344 Impreso en Perú / Printed in Perú

Índice General Introducción................................................................................ 1 Capítulo Primero Teoría remedial y la estructura de la responsabilidad civil

¿Dónde existe un remedio, existe un derecho? Apuntes sobre el aforismo «ubi remedium, ibi ius» Renzo E. Saavedra Velazco................................................................ 7 Contribución al estudio de los presupuestos del acto ilícito y de la responsabilidad civil Thiago Rodovalho............................................................................ 37 Notas sobre la teoría de la responsabilidad civil sin daño Roberto Paulino de Albuquerque Júnior ............................................ 59 El derecho comparado de la causalidad aquiliana Marta Infantino............................................................................... 79 La cláusula general de responsabilidad objetiva en los diez años del nuevo código civil brasileño Flávio Tartuce.................................................................................. 111 Riesgo, solidaridad y responsabilidad civil Guilherme Magalhães Martins.......................................................... 165 V

Índice

Capítulo Segundo

La responsabilidad contractual y la estructura compleja de la obligación

Apuntes sobre el daño contractual Guido Alpa...................................................................................... 193 La mitigación del daño y la asignación de la responsabilidad Cristiano de Sousa Zanetti................................................................. 227 Daños indemnizables en el derecho contractual inglés: hacia una revisión de la remoteness rule Beatriz Gregoraci Fernández.............................................................. 241 Incumplimiento del contrato y punitive damages Francesca Benatti............................................................................. 283 Incumplimiento y responsabilidad frente a terceros en el derecho francés: ¿cómo salir del punto muerto? Jean-Sébastien Borghetti.................................................................. 303 Observaciones en torno a los «deberes de protección» Francesco Benatti............................................................................. 349 La relación como categoría esencial de la obligación y de la responsabilidad contractual Carlo Castronovo.............................................................................. 381 Apreciaciones críticas sobre el fundamento de los deberes de protección en el ordenamiento jurídico peruano César E. Moreno More...................................................................... 407 La relación obligatoria como proceso en la construcción del paradigma de los deberes generales de conducta y sus consecuencias Marcos Ehrhardt Júnior.................................................................... 439 VI

Índice

Capítulo Tercero

Confines de la responsabilidad civil: La responsabilidad precontractual y la responsabilidad por contacto social

Breve introducción a la responsabilidad precontractual en la teoría de Rudolf von Jhering Catalina Salgado Ramírez.................................................................. 463 Responsabilidad de la formación del contrato (Responsabilidad precontractual) Clara I. Asua González....................................................................... 507 El contacto social no sólo es válido para el médico Massimo Franzoni............................................................................ 545 Der aufhaltsame Aufstieg des Sozialen Kontakts (La resistible ascensión del «contacto social») Alessio Zaccaria............................................................................... 569 Capítulo Cuarto Supuestos especiales de responsabilidad civil La responsabilidad civil médica entre confirmaciones jurisprudenciales y nuevos comienzos Massimo Paradiso............................................................................ 627 La obligación de reparar los daños resultantes de la liberación del suministro y de la comercialización de medicamentos Lucas Abreu Barroso / Pablo Malheiros da Cunha Frota....................... 655 La responsabilidad del fabricante en el pensamiento de Henri Mazeaud Philippe Le Tourneau..................................................................... 679 VII

Índice

Reflexiones sobre el desarrollo tecnológico y el deber de reparar los daños ignorados en la conducción del proceso productivo Marcos Catalan.............................................................................. 697 Sobre la responsabilidad de las concesionarias por los accidentes ocurridos en las autopistas Manuel A. Carneiro da Frada......................................................... 725 Capítulo Quinto La responsabilidad civil hacia nuevos horizontes ¿Hacia dónde se dirige la responsabilidad civil? Guido Alpa..................................................................................... 759 ¿Hacia un derecho europeo de la responsabilidad civil? Los Proyectos, los métodos, las perspectivas Marta Infantino............................................................................. 781

VIII

INTRODUCCIÓN Consumada la primera década del nuevo siglo, el área de la responsabilidad civil continúa expandiéndose, modificando rápidamente su geometría, la cual varía a causa de impulsos externos al sistema, vinculados a las exigencias económicas y sociales expresadas por la sociedad civil, al desarrollo de los mercados, a la difusión de las tecnologías y a las nuevas sensibilidades éticas y ambientales; pero también a causa de impulsos internos al sistema, sistema que cada vez con mayor frecuencia se encuentra sometido a las revisiones de la doctrina y jurisprudencia, así como a las influencias de la comparación jurídica y de la unificación del derecho. Sin embargo, no se trata sólo de un movimiento expansivo, es un sector que, algunas veces, pierde terreno a causa de la intervención del legislador –un legislador cada vez más invasivo y voraz, como el Leviatán de Hobbes– y a causa de la reelaboración conceptual realizada por la doctrina. Existen casos en los que la jurisprudencia prepara la intervención del legislador, como ocurrió con la definición y la identificación de los criterios de liquidación del daño biológico, cuyo espacio abierto por la creatividad de la jurisprudencia ha sido ocupado por reglas legislativas; lo mismo puede predicarse para el daño ambiental y el daño causado por la vacunación. Existen casos en los que la jurisprudencia tiende a transferir del área del ilícito extracontractual a la del incumplimiento contractual, hipótesis originariamente elaboradas en la primera y luego desarrolladas en la segunda; esto es lo que ha ocurrido, por ejemplo, con la responsabilidad del intermediario financiero que omitió brindar informaciones a su cliente en la fase previa a la celebración del contrato. Asimismo, existen casos en los que la intervención del legislador es problemática, porque resulta ser políticamente muy 1

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compleja, de manera que la jurisprudencia parece ser la única fuente capaz de satisfacer las exigencias de justicia, tal cual ocurre para los daños vinculados a evaluaciones de carácter ético, como por ejemplo el daño por hostilidades terapéuticas, el daño por wrongful life o por wrongful death, etc. La tela se teje y se vuelve a tejer sin dar nada por descontado. Precisamente cuando parecía que no existían más dudas sobre las hipótesis de responsabilidad objetiva, se hicieron manifiestos los problemas de la reforma del régimen jurídico de la responsabilidad del productor de bienes de consumo, en donde se ha propuesto atenuar la «strict liability» a favor de un sistema mixto. Y justo cuando parecía que todos los baluartes erigidos para proteger a la administración pública, los mismos que le aseguraban un tratamiento privilegiado, habían sido conquistados, la exigencia de conservarle un área de favor ha regresado al campo de batalla, incluso en el nuevo sector de la lesión de los intereses legítimos, un sector que fue conquistado con dificultad. La propia terminología empleada, los conceptos utilizados, el sistema dogmático que se había estado elaborando en el curso del tiempo están sujetos todos a revisión: la noción de daño, de daño «injusto», de relación de causalidad, etc. Esto es un signo de que el sector requiere una adaptación continua de terminología y conceptos a las nuevas exigencias, ello con el fin de hacer al sistema elástico y funcional a una sociedad en permanente evolución. La situación italiana es significativa. Estos fenómenos también son el reflejo de las controversias que se desarrollan ante los jueces: ante los jueces de paz, quienes conocen gran parte de las demandas relativas a los procesos relacionados a la responsabilidad civil por la circulación de los automóviles, ante los jueces ordinarios de todo orden y grado, hasta llegar a la Corte Suprema de Casación Italiana. Los gélidos resultados estadísticos constituyen sólo un punto de referencia –y no del todo atendible– de la incidencia que tienen las diversas y múltiples causas (que tienen por objeto materias adscribibles a la 2

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responsabilidad civil) en la carga de trabajo de los jueces. Se trata de datos que difícilmente pueden ser sumados y restados no sólo a causa de los diversos, y en ocasiones casuales, criterios ordenadores (que corresponden a términos como daños, responsabilidad, derechos de la persona, derecho de propiedad, ilícitos, etc.), sino también gracias a la lentitud con la cual los datos llegan a las oficinas ministeriales que se ocupan de las estadísticas judiciales y a su habitual carácter incompleto. De esta forma, debemos observar que en 2004 las controversias pendientes de resolución en todas las instancias, en materia de responsabilidad civil, ascendió a 338 000 procesos civiles; que en 2007, ante los jueces de paz, el número de procedimientos en materia de responsabilidad civil constituyó el 14.92 % del total de la carga; que en 2008 los procesos civiles llevados a buen término en esta materia constituyeron el 5.8 % del total de las causas; sin embargo, esto sólo logra comunicarnos simples percepciones. No se sabe a ciencia cierta cuántos son los procesos iniciados y posteriormente concluidos por transacción o por abandono; no se sabe cuántos se han concluido con una conciliación extrajudicial, o cuántos incidentes no se han siquiera denunciado. Asimismo, de alguna forma, la materia cobra relevancia social, porque incide en la vida familiar, en el trabajo, en las relaciones de empresa, en el consumo, en el ahorro, en la tutela de los bienes y, principalmente, en los valores de la persona. Es económicamente relevante, porque el daño constituye una disminución de valor. Es institucionalmente relevante, porque el sistema de las reglas jurídicas debe brindar los mejores criterios para asignar los costos de manera eficiente. Por lo tanto, en todo sistema la responsabilidad civil juega un papel importante. Esto, desde luego, conduce a múltiples reflexiones, algunas de ellas pesimistas –porque se advierte la exigencia de multiplicar las técnicas de prevención en lugar de perfeccionar las técnicas de resarcimiento–, otras idealistas –porque la tendencia, por así decir, solidaria pretendería asegurar la satisfacción de todo daño sin preocuparse por las consecuencias de esta decisión–. En toda experiencia se regis3

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tran los temores de abrir las puertas a los litigios incontrolables (las «floodgates of litigation»), pero se advierten también los impulsos a recurrir a remedios de responsabilidad civil para la tutela de los nuevos intereses emergentes que fueron olvidados por el legislador, intereses como el ambiente, los datos reservados, las prácticas comerciales agresivas, etc. «La responsabilidad civil se está convirtiendo progresivamente en un marco de reglas cada vez más complejo, en el cual tienden a penetrar ideas provenientes de las experiencias extranjeras», observa sir Basil Markesinis como apertura de su prestigioso manual. A pesar de que en Europa Occidental estos problemas han sido objeto de estudio de los juristas por más de dos mil quinientos años, toda época histórica ha advertido la necesidad de rediseñar los confines de la materia, así como su trama terminológica y conceptual. De modo que, aún hoy, en todas las experiencias se registran problemas comunes de gran importancia. De allí el gran interés de esta obra en la cual se reúnen estudios de ilustres estudiosos, los mismos que documentan cómo a causa de su flexibilidad, el área de la responsabilidad civil ha superado los confines que la delimitaban respecto al área del contrato, y cómo es que algunos problemas se pueden resolver con los remedios del ilícito en lugar que con los del contrato. Guido Alpa Profesor Ordinario de la Universidad La Sapienza de Roma

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