Modelo de Gestión de Conflictos Socio Ambientales

September 19, 2017 | Autor: C. Corvalan Robert | Categoría: Conflictos Socioambientales
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Descripción

MODELO DE GESTIÓN DE CONFLICTOS SOCIO-AMBIENTALES Caso microcuenca Puchuncaví – Quintero Por Claudio Corvalán Robert

1 Resumen En la microcuenca de Puchuncaví- Quintero en la Región de Valparaíso, costa central de Chile, desde hace más de 50 años, se ha desarrollado un sector de industria peligrosa, formado, principalmente por una fundición-refinería de Cobre y una termo generadora de electricidad que utiliza carbón mineral. El mal manejo de residuos, de estas industrias, ha causado un gran impacto ambiental y consecuentemente una deterioro de las formas de vida de la población asentada en el sector. Estas condiciones socio- ambientales han generado un gran conflicto social que se expresa en todas las formas posibles, desde los tribunales de justicia hasta la violencia callejera y que ha recibido una gran cobertura de los medios de manera que casi cualquier ciudadano del país ha escuchado hablar alguna vez de este conflicto. Desde 1992, el Estado ha impuesto restricciones a las emisiones que han traído como consecuencia la recuperación de la Calidad del Aire, sin embargo esta recuperación, no ha tenido efectos significativos sobre los pasivos ambientales dejados en el suelo y el mar durante tan largo funcionamiento. Se han intentado numerosas acciones de parte del Estado y las empresas para mitigar el conflicto pero tales acciones no han tenido los resultados esperados debido a la omisión que se ha hecho de los principios sociales que rigen la vida en comunidad. El presente trabajo, es una propuesta de solución, basado en la experiencia personal en relación con el conflicto durante más de 10 años y el estudio de los factores sociales a la luz de la moderna teoría sociológica. Summary In the watershed of Puchuncaví- Quintero in Valparaiso region, central coast of Chile, for over 50 years, we have developed a dangerous industry zone, mainly formed by a copper smelter-refinery and thermal generating electricity using coal. The mismanagement of waste from these industries, has caused great environmental impact and consequently a deterioration of livelihoods of the population living in the area. These socio-environmental conditions have generated a great social conflict expressed in every way, from the law courts to the street violence and has received wide media attention so that almost every citizen of the country has heard once about this conflict. Since 1992, the State has imposed restrictions on emissions that have resulted in the recovery of Air Quality, however this recovery has had no significant effect on environmental liabilities left in the land and sea for so long run.

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There have been tried numerous actions by the State and businesses to mitigate conflict but such actions have not had the expected results due to the omission made of the social principles that rules life in community. This paper is a proposed solution, based on personal experience with the conflict for over 10 years and the study of social in the light of modern sociological theory .

2 Brevísima historia del conflicto En el año 1960 el Estado de Chile inicia la construcción del complejo de Fundición y Refinería de Cobre en Ventanas, esperando que tal proyecto permitiera recuperar para el país, los valores perdidos por la venta de Cobre en forma de “concentrado”, y aumentar las ganancias por la venta del Cobre refinado y a la vez, desarrollar esta zona del país que había quedado un poco alejada del eje de desarrollo industrial. El proyecto se concretó, no sin tropiezos, pero buena parte de los objetivos se lograron, iniciándose una tenaz labor por perfeccionar nuestros procedimientos de fundición y refinería y sus productos derivados, hasta llegar en el día de hoy, a un cátodo de Cobre con la más alta calificación en el mercado de metales de Londres. Sin embargo, el proyecto trajo consecuencias ambientales y sociales no previstas y 20 años después, la cubierta vegetal del entorno, así como parte de la flora y fauna marina, estaban seriamente afectadas por los impactos ambientales, causados por las emisiones de Azufre, Arsénico, Cobre y otros metales pesados, que fueron liberados al ambiente en forma de gases o partículas como consecuencia de la omisión, en un principio1, de una planta de ácido capaz de captar las emisiones gaseosas. Lo anterior generó un gran desequilibrio en el ambiente natural y antrópico. Ante este evidente deterioro, en 1992 el Estado implementa un Plan de Descontaminación Ambiental2 que se fija como meta reducir las emisiones de Azufre, Material Particulado y Arsénico hasta los niveles necesarios para recuperar la calidad del aire a los niveles impuestos por las normas vigentes a este momento. En el año 2002 el Plan se ha cumplido cabalmente, recuperándose la calidad del aire al nivel exigido por las normas. Sin embargo, el conflicto socio-ambiental continúa y se incrementa cada día, con grandes manifestaciones de descontento popular y con el eco interesado de ciertos sectores políticos que intentan sacar provecho de la situación. ¿Si la calidad del aire ha sido recuperada hasta los niveles indicados por la Ley, entonces cuál es la fuente que alimenta este conflicto?

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En los años 90 se pone en marcha una nueva metodología de fundición y procesamiento de gases 2 Decreto Supremo 185 de 1992,

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3 Causas reales del conflicto y sus posibles soluciones 3.1 Las pérdidas ambientales. En primer lugar, desde un punto de vista puramente ambiental, ha sido un error, vincular o suponer que la recuperación de la Calidad del Aire produciría automáticamente la recuperación de las prestaciones ambientales perdidas como suponen las acciones del Estado contenidas en el DS 185-923 y siguientes; ya que el deterioro ambiental actual, no proviene de la calidad del aire, sino de los pasivos ambientales acumulados durante 50 años, en el suelo y el mar. Pasivos que hacen que la biota de la zona, sea inaprovechable, ya que sus organismos contienen concentraciones de metales pesados superiores a los sanitariamente aceptables. Existen numerosas mediciones de contenido de Arsénico, Cobre, Cadmio y otros metales pesados en organismos marinos, flora terrestre y suelo, realizados por universidades e instituciones del Estado, los cuales han arrojado algunos datos fuera de los rangos recomendados por las normas sanitarias o ambientales internacionales, pero es necesario advertir que gran parte de estos estudios, solo tienen un valor exploratorio, ya que sus metodologías de muestreo y análisis, son fácilmente cuestionables por sus detractores. Por otro lado, en la zona de Ventanas el DS 185 “regula” las emisiones de solo dos industrias (la Fundición y Refinería Las Ventanas y la Generadora eléctrica Aes-Gener) y en la actualidad existen unas 10 industrias emisoras adicionales, que contribuyen con sus emisiones al deterioro ambiental de la cuenca, a pesar de lo cual atribuir una importancia preponderante a estas industrias no reguladas, en el control y recuperación ambiental es un error, ya que como hemos advertido anteriormente, el mayor daño ambiental está asociado a los pasivos ambientales dejados durante medio siglo. Por todo lo anterior, a nuestro juicio, es necesario, regular las emisiones del conjunto de las industrias de la zona, impidiendo con ello el aumento del deterioro ambiental y fundamentalmente implementar las medidas necesarias para la recuperación de los Pasivos Ambientales, generados históricamente y que están presionando fuertemente la calidad de vida de los habitantes del sector, todo esto reunido en un efectivo PLAN RECUPERACIÓN AMBIENTAL.

3.2 El riesgo para la salud como percepción subjetiva. En segundo término, un punto de mayor gravitación sobre el conflicto socioambiental, están los efectos en salud que estos pasivos ambientales podrían estar causando en la población.

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DS- 185, DS 252

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El uso de la forma condicional del verbo, no es una casualidad, ya que el conflicto es potenciado por la percepción subjetiva de la población, por encima de las condiciones objetivas que puedan ser medidas o detectadas por las bioestadísticas. Es así como la población residente de la zona en conflicto, reclama al Estado que se han producido numerosas muertes por formas de cáncer asociadas, según la literatura de denuncia ambiental y sanitaria, a las emisiones características de las fundiciones de Cobre y quema de carbón en una generadora eléctrica, sin embargo, los estudios oficiales no han detectado una prevalencia de estas enfermedades distinta a la del resto del país4. Es en este punto donde la ciudadanía, reclama el cierre de las industrias contaminantes, amparada en las precauciones naturales, que toda actividad humana debe tener en resguardo del bien común, sin embargo, la legislación ambiental chilena no ha incorporado este principio precautorio emanado del punto 15 de la Declaración de Río, que dice: ”Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”5. A pesar del desamparo legal, nuestra población reclama, como en cualquier parte del mundo, un control preventivo de los riesgos en salud, de manera que baste la simple sospecha, unida a algunos estudios epidemiológicos conocidos, para que el Estado exija la suspensión de las actividades riesgosas para la salud. Si a esto sumamos los aspectos globales generadores de conflictos, como la creciente desconfianza en las instituciones y la sensación de inseguridad e impermanencia, tal como lo explica Z. Bauman en Modernidad Líquida6, tenemos como resultado el principal motor del conflicto en Ventanas. ¿Qué hacer entonces si nuestro ordenamiento jurídico no prevé la aplicación del principio precautorio y las empresas están funcionando dentro del marco de la Ley? Antes de responder esta cuestión, es necesario referirse al manejo deficiente que las empresas y el Estado han hecho de este conflicto, ya que si bien es cierto han cumplido con el Plan de Descontaminación, no solo han ignorado el Principio Precautorio sino que también han hecho caso omiso al Derecho a la Información consagrado en el punto 10 de la Declaración de Río7, actuando constantemente sin información adecuada al público; lo cual no ha hecho más que agravar el descontento y aumentar la sensación de indefensión que embarga a la población. A la vista de este último antecedente, se puede responder a la pregunta pendiente. 4

Esto puede estar relacionado con la desvinculación territorial de la estadísticas, ya que las muertes se registran en el lugar en que ocurren (generalmente en los hospitales) y no en el lugar de residencia histórica del causante 5 Declaración de Río 1992. 6 Z.Baumman, Modernidad Liquida, (Buenos Aires. Fondo de Cultura Económica, 1999) 7 Declaración de Río 1992

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Ante la imposibilidad legal de aplicar e imponer el principio precautorio y detener las operaciones de las empresas aledañas, lo que a nuestro juicio corresponde es establecer un PLAN DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA ESPECIAL Y PARTICIPATIVO, que dé confianza a la población que cada una de las acciones sanitarias de este Plan, se corresponden con las preocupaciones más sentidas de los ciudadanos.

3.3 La vigilancia ambiental y la recuperación de la confianza. En tercer término, reaparece el problema de la calidad del aire, es decir, en una zona industrial como Ventanas, con mas de 10 empresas emisoras, es muy probable que en más de alguna ocasión, se produzca un aumento de gases capaces de ser percibidos por la población y más allá de constituir o no excedencia a la norma, genere una sobre reacción de una población hipersensibilizada, intensificando el conflicto (como ocurrió en el caso de la escuela La Greda, el 24/11/2011)8. Ante estas emisiones la población se pregunta ¿Será esta emanación un gas tóxico y letal que finalmente termine por exterminar a mi familia? ¿Cómo sabré yo si las autoridades están monitoreando correctamente estas emisiones y no seré victima de la proverbial desidia administrativa? La solución a esta desconfianza vuelve a estar en el Derecho al Conocimiento y la Información, para lo cual el Estado debiera elaborar un PLAN DE AUDITORIA COMUNITARIA DEL AMBIENTE Y MONITOREOS CIUDADANOS, el cual esté basado en la participación de la población, -asesorada por técnicos independientes-, elegidos por ellos mismos y pagados por un fondo público, que auditen, en nombre de la ciudadanía, las redes de monitoreo ambiental y generen en lo posible monitoreos alternativos tales como bio-monitoreos o monitoreos pasivos.

3.4 El Derecho Territorial Equitativo. En cuarto lugar, entre las reales fuentes del conflicto, están los efectos socioeconómicos que la pérdida de prestaciones ambientales ha tenido sobre la población aledaña. Tales daños, no solo han producido la pérdida de fuentes de trabajo agrícola y pesquero, sino que además han puesto de relieve una de las caras más duras de la contaminación, que dice relación con la segmentación y exclusión, emanada de ella, es decir en el sitio contaminado siempre hay alguien que se beneficia y 8

El 24/11/11 se produjo una emisión de gas de Azufre de corta duración, lo suficientemente concentrada como para causar serias molestas a los estudiantes de la Escuela de La Greda, vecina a la Fundición Ventanas pero no suficiente larga como para constituirse en una excedencia a la norma Primaria de Azufre.

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enriquece y siempre hay alguien que sufre la contaminación y se empobrece9, generando una creciente brecha en el territorio entre los causantes de la pérdida ambiental y los damnificados por sus consecuencias. Tal desequilibrio altera y violenta el principio del Derecho Territorial Equitativo a los beneficios ambientales y territoriales10 y debiera ser corregido con un PLAN PARTICIPATIVO DE DESARROLLO SOCIO_ECONOMICO Y REDISTRIBUCIÓN DE BENEFICIOS TERRITORIALES.

4 Una Organización Política capaz de gestionar la recuperación Estos cuatro planes debieran ser estructurados en un gran Plan de Recuperación Socio - Ambiental de la cuenca de Puchuncaví - Quintero, que apunte a la recuperación del ambiente, las compensaciones que restauren la equidad en el territorio, la gestión de salud pública y la recuperación de la comunicación y confianza ciudadana. Sin embargo no bastarán las medidas que se tomen en cada uno de estos planes por separado, para cumplir con este objetivo; ya que el centro del asunto, tal como se ha descrito, es la falta de confianza y la ruptura de los códigos sociales de comunicación, por lo tanto es necesario establecer una nueva institucionalidad, constituida por una mesa de diálogo y administración permanente, que reúna las facciones sociales involucradas: Estado – Empresas – Ciudadanía, que sesione periódicamente, proponga y supervise este plan maestro y establezca las condiciones para la restauración ambiental y social del territorio11.

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U.Beck, La sociedad del riesgo global (Siglo XXI de España Editores) Nuestro futuro común (Informe Brundtland ,1987) 11 C. Corvalán, Gestión del conflicto ambiental a través de la negociación permanente. 10

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