Metodología para superar brechas institucionales de las comunidades indígenas usuarias de Programa Bosques

July 18, 2017 | Autor: C. Aguirre Dianderas | Categoría: Community Development, Social Inclusion
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Descripción

Nota Técnica Septiembre 2013

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Metodología para superar brechas institucionales de las comunidades indígenas usuarias del Programa Bosques Modelo de saneamiento legal administrativo para comunidades indígenas Autores: - Fredy Tejada M.1 - Carlos Aguirre D.1 - César León S.2 - Candy Meléndez C.2

Foto 1. La superación de brechas institucionales en comunidades indígenas debe realizarse mediante una gestión eficiente y conjunta con las instituciones del Estado que tienen injerencia directa en los procesos de las TDC (Fuente: MINAM).

MENSAJES PRINCIPALES 1. La implementación de un programa nacional por parte del Estado, genera obligaciones de carácter legal y administrativo con otras instituciones públicas que el programa debe superar a fin de evitar trasladar a los beneficiarios (usuarios) una tarea que, por carencia de capacidades técnicas y financieras, no pueden asumir. 2. La ausencia de un saneamiento documentario de este tipo en comunidades indígenas, representa uno de los factores que más influye en la reducción de la eficacia en la intervención del Programa Bosques. Las brechas existentes entre este y las instituciones del Estado con injerencia en la creación de la base documentaria y del soporte jurídico, legal y administrativo necesario, dificultan el proceso de afiliación de las comunidades al mecanismo de las Transferencias Directas Condicionadas (TDC). 3. La formalización y el saneamiento legal y administrativo de las comunidades indígenas en el marco de los procesos de afiliación al mecanismo de las TDC, representan solo una de las tantas necesidades que estos pueblos tienen y que los sectores del Estado no atienden. Estas limitantes comprometen y aletargan, no solo la intervención del Programa Bosques, sino también la de todos los demás programas que el Estado impulsa. En ese sentido, para ver superadas estas dificultades y efectivizar la implementación de las políticas de conservación de bosques, el programa debe promover alianzas y convenios con las entidades que, de alguna manera u otra, son responsables de facilitar que las comunidades indígenas puedan formalizarse. 4. La metodología propuesta para superar las brechas institucionales permite, en primera instancia, realizar un diagnóstico de la capacidad institucional puesta al servicio de los procesos de las TDC, mediante el análisis de su estructura institucional y orgánica, a fin de determinar qué organizaciones están prestando los servicios de manera efectiva. Asimismo, identifica los insumos esenciales para fortalecer las capacidades institucionales de las organizaciones involucradas, con el objetivo de mejorar el desempeño del programa. 1 2

Equipo técnico CBC-GIZ. Consultor CBC – GIZ.

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I. ANTECEDENTES

II. METODOLOGÍA

El Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático (Programa Bosques) fue creado por el Estado peruano en el año 2010 con el objetivo de conservar 54 millones de ha de bosques tropicales, como una forma de contribuir a la mitigación del cambio climático y al desarrollo sostenible. Aproximadamente, el 19.6% de esa superficie (10.6 millones de ha) corresponde a bosques localizados en el ámbito de comunidades nativas, donde el programa utiliza el mecanismo de las TDC para asignarle un incentivo económico voluntario a sus usuarios directos (comunidades campesinas y nativas) con el compromiso de conservar sus bosques e implementar eficientemente un plan de inversión.

Se analizó diversos documentos de gestión operativa con la finalidad de realizar un diagnóstico de la situación actual de los procesos del mecanismo de las TDC implementados por el Programa Bosques. Como resultado de ello, se esquematizó la información mediante un mapa de procesos. Posteriormente, se entrevistó al personal del programa para determinar los factores que se relacionan directamente con la superación de las brechas institucionales. Finalmente, tras revisar los procedimientos operativos de las instituciones responsables de la formalización y expedición de los documentos necesarios para la afiliación de comunidades al mecanismo TDC, se elaboró un mapa de actores.

Las comunidades indígenas focalizadas durante el proceso de afiliación al programa padecen de diversos impedimentos de carácter documentario. Este hecho representa uno de los más grandes desafíos del programa, el cual debe ser superado mediante una gestión eficiente y conjunta con las instituciones del Estado que tienen injerencia directa en los procesos de las TDC.

A. MAPA de Procesos de lAs tdc Resulta indispensable realizar un análisis funcional de los procesos de las TDC que el Programa Bosques ejecuta actualmente. En tal sentido, se elaboró el siguiente mapa de procesos (Gráfico 1) sin la intención de sustituir el esquema actual de intervención del programa, más bien, con el propósito de proporcionar una nueva perspectiva que sirva de punto de partida para la identificación y reducción de posibles redundancias, apuntando a los objetivos de una manera más eficiente y eficaz.

Gráfico 1. Mapa de procesos de las TDC

Proceso de administración y finanzas coMUnidAdes indÍGenAs titUlAdAs

Focalización

Admisión

Mapeo de bosques

Afiliación

Proceso de planeamiento monitoreo y evaluación

Liquidación

Promoción de sistemas productivos

Evaluación

Graduación

coMUnidAdes indÍGenAs AfiliAdAs conserVAndo BosQUes

Fortalecimiento de capacidades

leyenda: Proceso de GestiÓn Proceso oPerAtiVo Proceso de soPorte Fuente: León, C (2013). Elaboración propia.

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• Focalización. Este proceso permite priorizar las provincias y comunidades indígenas que cuentan con potencial para ser intervenidas por el programa. Contar con una metodología estadística de priorización eficiente es un punto álgido para la consecución del éxito del mecanismo de las TDC. • Admisión. Permite identificar a las comunidades indígenas focalizadas que, mediante un acta de asamblea refrendada por la junta directiva y como consecuencia de una estrategia comunicacional de sensibilización previa, expresen interés en acceder al mecanismo de las TDC. Asimismo, es durante este proceso que la voluntaria participación de la comunidad debe ir acompañada de documentos básicos que sirvan para consolidar la afiliación a las TDC. • Afiliación. Este proceso determina la incorporación de las comunidades indígenas al esquema de las TDC en base a la zonificación de los bosques comunales comprometidos a ser conservados y a la elaboración de un plan de inversión.

Asimismo, en este proceso se debe presentar diversos documentos obligatorios, tales como el mapa de bosques comunales destinados para conservación y el plan de inversión, ambos con sus correspondientes actas de aprobación; además de un documento donde la junta directiva autorice la firma del convenio de conservación.

B. Análisis de los factores externos Se revisó la documentación normativa de las entidades que intervienen en los procesos de las TDC y se elaboró un mapa de actores, con el fin de poder establecer claramente sus competencias de cada uno de ellos, a fin de crear el ambiente idóneo para una futura gestión conjunta entre el Programa Bosques y las diversas instituciones involucradas. El siguiente cuadro muestra las funciones y competencias de las instituciones con injerencia directa en la expedición de los documentos necesarios para afiliar a las comunidades indígenas al mecanismo de las TDC. Asimismo, identifica los beneficios del proceso para las comunidades usuarias y el documento expedido que se incorpora al expediente.

Cuadro 1. Mapa de actores externos con injerencia directa en el proceso de las TDC. Entidad

Funciones y competencias

Beneficios para las comunidades

Documento necesario para la afiliación

COFOPRI

El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) es una institución pública descentralizada que formaliza la propiedad urbana y rural a nivel nacional. Su objetivo es expedir títulos de propiedad jurídicamente seguros, promover el acceso al crédito y mejorar la calidad de vida de las familias de escasos recursos.

Brinda seguridad jurídica, permite superar los conflictos limítrofes, incentiva y fortalece las condiciones de inversión en mejores servicios públicos para la población.

Título de propiedad

SUNARP

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) es un organismo descentralizado autónomo.

Permite obtener un respaldo jurídico sobre la propiedad del territorio. Asimismo, otorga solidez a la intervención del Programa Bosques en relación al cumplimiento de las condicionalidades.

Ficha registral de vigencia de poder de la Junta Directiva (Personería jurídica)

RENIEC

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) es el organismo encargado del registro de los documentos de indentificación y de asegurar la confiabilidad de la información resultante de la inscripción.

Permite a las comunidades realizar trámites ante las entidades públicas y privadas con la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI).

Documento Nacional de Identidad

SUNAT

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) es la entidad responsable de la tributación y control de las rentas. Además, registra a las personas naturales y jurídicas otorgando facultades para el funcionamiento de un negocio u organización a entidades estatales y privadas.

Las comunidades deben inscribirse a un padrón mediante un número RUC que identifique su actividad económica (a partir de la implementación del plan de inversión) y la declaración de sus obligaciones tributarias.

Registro Único del Contribuyente (RUC)

BANCO DE LA NACIÓN

El Banco de la Nación representa al Estado peruano en las transacciones comerciales en el sector público y privado a nivel nacional o en el extranjero.

Permite abrir una cuenta corriente UOB a la comunidad nativa (persona jurídica) para el depósito correspondiente de las TDC.

Cuenta corriente UOB

Fuente: Adaptado de León, C (2013). Elaboración propia.

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III. RESULTADOS ProPUestA tÉcnico norMAtiVA 1. Proceso de focalización

2. Proceso de admisión

La puesta en marcha de un proceso de focalización con criterios alcanzables, medibles, objetivos y en número suficiente3, a partir de una base de información catastral actualizada de comunidades indígenas asentadas en los departamentos priorizados, permitiría al programa efectivizar su intervención, con el fin de lograr el cumplimiento de las metas institucionales propuestas para cada año.

Este proceso es implementado una vez que las comunidades indígenas tituladas focalizadas hayan manifestado su interés en integrar el mecanismo de las TDC mediante un acta de asamblea que deberá ser refrendada por la junta directiva de la comunidad.

En tal sentido, resulta prioritario que el programa inicie coordinaciones interinstitucionales con COFOPRI y la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI a fin de contar con información actualizada de las comunidades indígenas. Esto permitirá realizar un diagnóstico de aquellas comunidades que se encuentran reconocidas, tituladas o en situación de conflicto por tierras, así como para identificar el tipo de conflicto, es decir, si este se suscita con otra comunidad y/o con colonos.

En caso de que la junta directiva no se encuentre debidamente conformada, se deberá convocar de manera oral y escrita a una asamblea general para su elección y reconocimiento. Esto, en base a la normativa de la SUNARP4 que regula la elección de la junta directiva y la redacción del estatuto de comunidades indígenas inscritas (Gráfico 2). Tras la elección y reconocimiento de la junta directiva, es requisito indispensable gestionar la documentación que el siguiente proceso de afiliación exige.

Gráfico 2. Procedimiento de elección y reconocimiento de la junta directiva de una comunidad nativa.

Constancia sobre convocatoria (oral) a la asamblea general para la elección de la junta directiva Constancia sobre quórum a la asamblea general para la elección de la junta directiva

Asamblea general para elegir la junta directiva

Acta de asamblea general de reconocimiento

Acta de Asamblea General de aprobación de estatuto y elección de junta directiva

Constancia sobre convocatoria (escrita) a la asamblea general para la elección de la junta directiva

Fuente: Elaboración propia.

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Ver Armas, A. et al. (2013). Metodología para la focalización de comunidades nativas usuarias del Programa Nacional de Conservación de Bosques. Nota técnica 10. CBC-GIZ. Guía General Nº 01-2011-SUNARP/SA “ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y REDACCIÓN DE ESTATUTO DE COMUNIDADES NATIVAS INSCRITAS”.

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3. Gestión documentaria a) Título de propiedad Un requisito indispensable para la afiliación de una comunidad indígena al mecanismo de las TDC es el saneamiento físico legal de su territorio, cuya evidencia inicial más importante es la detentación de un título de propiedad vigente.

El mayor problema en este proceso es el de la distancia de las comunidades indígenas a las sedes institucionales tales como COFOPRI, RENIEC o SUNARP. Si bien, estos organismos tienen sedes descentralizadas, la distancia entre estas y las comunidades es considerable. Por ende, debido a este factor, otras variables como costo y tiempo pueden aumentar desmesuradamente.

Según lo establecido en el marco legal del proceso de descentralización y en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Ley N° 27867)5, son estos últimos —a través de la Dirección Regional Agraria o su equivalente— los encargados de canalizar el proceso de regularización de la tenencia de la tierra en las comunidades indígenas. Sin embargo, el proceso de focalización de comunidades puesto en marcha por el Programa Bosques excluye a las comunidades que no cuenten con un título de propiedad y por el contrario considera exclusivamente a aquellas que se encuentren debidamente tituladas, aún si no contaran con el documento en físico (ver Gráfico 3).

En consecuencia, los costos de viaje y de la estadía (viáticos) se incrementarán si el periodo del viaje se prolonga por la distancia entre la comunidad usuaria y la sede descentralizada del organismo a visitar; los costos se encuentran supeditados al tipo de trámite y a la efectividad de la gestión documentaria de la institución correspondiente.

Gráfico 3. Procedimiento de expedición del título de propiedad de una comunidad indígena titulada.

Sí Sí

¿Lo tiene?

No ¿La comunidad cuenta con título de propiedad?

No

Al expediente

cofoPri



No

drA*

No ingresa al Programa Bosques

Ruta libre Ruta a liberar * Dirección Regional Agraria (GORE) Fuente: Elaboración propia.

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El inciso n) del artículo 51 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales contempla como una de sus funciones en materia agraria el ‘‘promover, gestionar y administrar el proceso de saneamiento físico – legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades nativas y campesinas’’.

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Lo anterior es un aspecto que refuerza la necesidad de establecer las bases para una gestión conjunta entre el programa y los gobiernos regionales, a fin de ampliar el universo de comunidades que puedan ingresar al proceso y que tengan la oportunidad de decidir voluntariamente su participación en el mecanismo de las TDC. b) Documento Nacional de Identidad El proceso requiere que todos los miembros de la junta directiva de la comunidad cuenten con mayoría de edad y con su Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente. Las dificultades identificadas en esta etapa son: 1) la oferta del servicio que brinda RENIEC no es efectiva (se ha reportado casos, cuyo trámite culminó hasta en seis meses) y no cuenta con una cobertura muy amplia, sobre todo en las zonas rurales más alejadas, donde mayoritariamente se encuentran las comunidades indígenas y 2) la poca utilidad que tiene el DNI para los pobladores locales hace que les sea aún indiferente contar con uno.

El siguiente gráfico muestra el procedimiento para renovar o expedir un nuevo DNI a los miembros de la junta directiva que lo requieran. El diagrama contempla la participación directa de la Gerencia de Restitución a la Identidad y Apoyo Social (GRIAS) de RENIEC, cuya función es intervenir directamente en las zonas más pobres y de difícil acceso en el país. Durante este proceso se puede presentar el caso de que uno de los miembros de la junta directiva tenga observaciones de tipo administrativo. Estas deberán ser resueltas en el registro civil de la municipalidad, mientras que en el caso de observaciones de tipo judicial, (las cuales implican mayor tiempo en el trámite a diferencia de la anterior) el letrado más cercano es la instancia más próxima donde acudir para gestionar su levantamiento o anulación.

Gráfico 4. Procedimiento de renovación o expedición de un nuevo DNI a los miembros de la junta directiva de una comunidad indígena.



¿Los representantes legales de la comunidad cuentan con DNI?

¿Está actualizado y habilitado?



Al expediente

No Oficina regional reniec

No

Trámite de DNI (Nuevo o renovación)

GriAs Campañas itinerantes de documentos

Fuente: Elaboración propia.

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c) Ficha registral de vigencia de poder Durante el registro ante SUNARP, la comunidad indígena puede tener dificultades en la uniformidad de aplicación o interpretación del procedimiento. Para tal fin, la junta directiva debe haber sido elegida mediante el procedimiento descrito en el gráfico 2. En el hipotético caso de que la junta directiva se encuentre

conformada y esté adecuadamente reconocida, se sugiere seguir el siguiente procedimiento (Gráfico 5) para lograr el registro de la comunidad nativa como persona jurídica y superar las dificultades que puedan presentarse en las disposiciones de las sedes zonales de SUNARP.

Gráfico 5. Procedimiento para la inscripción de la personería jurídica de una comunidad indígena en SUNARP.



¿La comunidad tiene una ficha registral de vigencia de poder?

¿Está actualizado y habilitado?



Al expediente



sUnArP

No

No

¿Tiene conformada la junta directiva?

No

Conformación

Ruta libre Ruta a liberar

Fuente: Elaboración propia.

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d) Registro Único del Contribuyente Para solicitar la generación de un código del Registro Único del Contribuyente (RUC) en SUNAT, es necesario que la comunidad haya adquirido previamente la personería jurídica en SUNARP. Este procedimiento se muestra en el gráfico 6 y representa un requisito indispensable para la apertura de una cuenta corriente Única Oferta Bancaria (UOB) en el Banco de la Nación.

La principal dificultad se encuentra en la habilitación y/o verificación del domicilio fiscal, la cual en su concepto6, se debe dar para fines tributarios. En tal sentido, se plantea que las comunidades indígenas registren como domicilio fiscal una dirección urbana. Es decir, se sugiere que utilicen, de ser posible, la dirección de una organización indígena a la que pertenezcan o que incluso se evalúe la posibilidad de registrar como domicilio fiscal el local institucional de la unidad desconcentrada del Programa Bosques.

Gráfico 6. Procedimiento básico para generar un RUC por parte de una comunidad indígena.



¿Fue sometida a un saneamiento tributario



No ¿La comunidad cuenta con un RUC?

Saneamiento tributario

No

Al expediente

sUnAt

Ruta libre Ruta a liberar

Fuente: Elaboración propia.

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El domicilio fiscal es aquel que fija el contribuyente dentro del territorio nacional para efectos tributarios. El domicilio procesal es fijado por el contribuyente a efecto de un procedimiento administrativo (contencioso tributario, no contencioso y de cobranza coactiva). Si el contribuyente señala un domicilio procesal a efecto de un procedimiento, las notificaciones deben ser hechas a dicho lugar y de no ser posible, se le notificará en el domicilio fiscal.

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e) Saneamiento tributario Con el objetivo de verificar que el estado financiero de las comunidades indígenas se encuentra regularizado y estén aptas para cumplir con las obligaciones tributarias que acarrea la implementación de proyectos productivos

y que SUNAT impone, se propone el siguiente árbol de posibilidades de solución para cada uno de estos problemas tributarios:

Gráfico 7. Árbol de posibilidades de solución de las irregularidades tributarias identificadas.

Proceso 2

Suspensiones temporales

No habida

Activa Habida Comunidad sin deuda

Proceso 1

Con suspensión temporal

Identificar deudas tributarias

Proceso 3

Condición de habido o hallado

No habida

Solución 3

Solución 2 Con suspensión temporal

Comunidad con deuda

Habida

Habida Activa

Solución 1

No habida

Fuente: Adaptado de Meléndez, C (2013)

Cuadro 2. Consecuencias y soluciones para la regularización tributaria de las comunidades indígenas Condición

Consecuencias

Solución

Deuda tributaria

La omisiones no regularizadas en el plazo que SUNAT impone, repercuten en el incremento de intereses y en cobranzas coactivas (embargos).

La comunidad puede solicitar un fraccionamiento tributario, el cual es fijado por SUNAT según la capacidad para el pago de los abonos.

Suspensión temporal

Las comunidades indígenas pueden estar obligadas a realizar las declaraciones juradas, incluso si estas son en cero debido a que por ley se encuentran exoneradas del pago del Impuesto a la Renta.

Tras ser notificada su suspensión temporal por SUNAT, la comunidad debe remitir dentro del plazo legal que sus gastos no se encuentran afectos al pago del Impuesto General a las Ventas.

Condición de habido o hallado

La condición de no habido se adquiere de modo automático cuando no se lleva a cabo la verificación del domicilio fiscal por motivos diversos. Esta puede implicar la disposición de medidas cautelares y cobranzas coactivas posteriores.

La comunidad debe actualizar o confirmar su domicilio fiscal en la oficina descentralizada de SUNAT.

Fuente: Elaboración propia.

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f) Cuenta corriente UOB La cuenta corriente Única Oferta Bancaria (UOB) del Banco de la Nación es una cuenta disponible para personas naturales y jurídicas que permite disponer de fondos mediante el giro de cheques, depósitos en

efectivo y transferencias interbancarias, sin generar intereses. El gráfico 9 ilustra el procedimiento general que debe seguir una comunidad indígena para abrir una cuenta corriente de este tipo.

Gráfico 9. Procedimiento a seguir por parte de una comunidad nativa para abrir una cuenta corriente UOB en el Banco de la Nación.





¿La cuenta está habilitada?

No

¿La comunidad tiene una cuenta corriente en el Banco de la Nación?

Al expediente

Declaración jurada, RUC y DNI





Banco de la Nación

Fuente: Elaboración propia.

Gráfico 10. Procedimiento general, técnico y administrativo para superar brechas institucionales en el proceso de afiliación de comunidades indígenas al Programa Bosques.

cofoPri

reniec

sUnArP

sUnAt

BAnco de lA nAciÓn

CCNN titulada

Sin título

Elección de la Junta Directiva

Con título

cofoPri

dni habilitado No

Sí Obtención del RUC

reniec Trámite dni

Registro como Persona Jurídica

Apertura de Cuenta BN Saneamiento tributario

En caso de no contar las comunidades indígenas (tituladas) con el título físico, este organismo será el encargado de facilitar su expedición.

El proceso requiere que todos los miembros de la junta directiva cuenten con el DNI vigente. En caso de no tenerlo, o estar éste caducado, RENIEC será el encargado de la entrega de los documentos.

Las comunidades requieren registrarse como persona jurídica ante la SUNARP. Por ello, basada en una normativa del propio organismo, deben efectuar la elección de su junta directiva.

La SUNAT es el organismo encargado de generar un código de Registro Único del Contribuyente (RUC) a las comunidades. Asimismo, es a través de el que se realiza la regularización tributaria (saneamiento).

Una vez registradas las comunidades como personas jurídicas y haber obtenido el RUC, están aptas para abrir una cuenta corriente UOB en el Banco de la Nación. Fuente: Adaptado de León, C (2013).

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Foto 2. El mayor problema para superar las brechas institucionales es la distancia existente entre las comunidades y la sede descentralizada. Por ende, otras variables como costo y tiempo pueden argumentar desmesuradamente.

IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES • La formalización de la propiedad y la expedición del DNI son variables exógenas a los procesos de las TDC. La personería jurídica y el registro único del contribuyente, obtenidos a través de la SUNARP y de la SUNAT respectivamente, completan los requerimientos para solicitar la apertura de una cuenta corriente en el Banco de la Nación. • La aplicación del modelo propuesto agiliza el proceso de afiliación de comunidades indígenas al mecanismo de las TDC. No obstante, para efectivizar aún más la intervención del programa, se debe apuntar a un deslinde de competencias con las entidades encargadas de la regularización legal y administrativa de las comunidades indígenas, mediante la promoción de alianzas y convenios. • La gestión conjunta entre los gobiernos regionales — encargados de canalizar el proceso de titulación de tierras en comunidades indígenas— y el Programa Bosques impulsaría la ampliación del universo de comunidades indígenas con condiciones para afiliarse al mecanismo de las TDC. • La aplicación del modelo se ve limitada por factores económicos representados principalmente por el gran despliegue de recursos humanos y económicos para el desplazamiento y la gestión documentaria, sobretodo en comunidades inmersas en la pobreza extrema y con una conectividad muy limitada. En ese sentido, se recomienda evaluar la posibilidad de incluir un incentivo económico u de otro tipo en el proceso de admisión que, además de cubrir brechas de otras entidades del Estado, fortalecería la aceptación al mecanismo y reduciría el tiempo invertido en el proceso.

• El Programa Bosques debe fortalecer el componente comunicacional, con el propósito de sensibilizar y difundir los objetivos del programa y la necesidad de conservar los bosques en las comunidades donde el Estado ha tenido poca presencia. Esta acción permitiría mejorar la aceptación del mecanismo por parte de las comunidades y a su vez motivar e incentivar a sus pobladores para que colaboren con la conservación de su hábitat. • Es recomendable establecer reuniones permanentes entre las Unidades Desconcentradas del programa con la GRIAS y con las jefaturas regionales del RENIEC para articular acciones conjuntas en las campañas de documentación que se viene ejecutando a nivel regional. • Promover una coordinación estrecha entre el Programa Bosques y la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI permitiría diseñar acuerdos que impulsen la realización de estudios en comunidades indígenas para fortalecer la intervención del programa y la implementación del mecanismo de las TDC. • Se propone que el programa implemente un software para contar con un sistema de información, en tiempo real, de los procesos de las TDC. Este deberá utilizar indicadores para cada uno de los procesos, lo cual permitiría medir el avance hacia la consecución de objetivos. La implementación de tableros de control es una necesidad para mantener una constante búsqueda de la eficiencia y eficacia de los procesos.

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Foto: Bárbara Lehnebach (CBC-GIZ)

V. REFERENCIAS Armas, A. Tejada, F. Cubas, C. Aguirre, C. (2013). Metodología para la focalización de comunidades nativas usuarias del Programa Nacional de Conservación de Bosques. Nota técnica 10. CBC-GIZ. Lima. Fischenich, P. G. Tejada, F. Calderón, L. Cubas, C. Molero, M. Aguirre, C. (2013). Modelo de intervención en comunidades indígenas para la conservación de bosques mediante Transferencias Directas Condicionadas. Lecciones aprendidas en la provincia de Condorcanqui. Nota técnica 9. CBC-GIZ. Lima. León, C. (2013). Propuesta técnico – normativa para reducir brechas institucionales de las comunidades nativas usuarias del Programa Bosques o con potencial para serlo. Documento de trabajo 15. CBC – GIZ. Lima.

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Meléndez, C. (2013). Revisión, diagnóstico y regularización de omisiones tributarias de 30 comunidades nativas usuarias del Programa Bosques. CBC-GIZ. Lima Ministerio del Ambiente. (2011). Manual de procedimientos para la implementación del esquema de Transferencias Directas Condicionadas del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático. Lima. Perú. Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867. 08 de noviembre de 2002. Registro Nacional de Identificación y Estado Civil reniec. (2013). Reglamento de Operaciones y Funciones. Lima.

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