Mascareño, A. (2015): Matrimonio entre personas del mismo sexo y la selección evolutiva de la conducta homosexual. En M. Basaure y M. Svensson (eds.), Matrimonio en conflicto. Santiago: Cuarto Propio.

July 12, 2017 | Autor: Aldo Mascareño | Categoría: Evolution, Teoría De Sistemas, Homosexualidad y matrimonio
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Descripción

1 Matrimonio entre personas del mismo sexo y la selección evolutiva de la conducta homosexual Aldo Mascareño* Abstract La controversia en torno al matrimonio entre personas del mismo sexo combina argumentaciones político-normativas, jurídicas y de carácter religioso. Para ilustrar esta discusión, este capítulo se centra en el debate reciente —altamente ilustrativo— entre M. Nussbaum, P. Karlan, M. Warner y D. Novak. Este debate, sin embargo, no considera argumentos evolutivos acerca de la unión entre personas del mismo sexo y la conducta homosexual. A modo de complementación, el presente capítulo indaga en las presiones evolutivas que seleccionan positivamente las uniones del mismo sexo por su contribución al fitness de la especie, asocia esto con cambios histórico-estructurales y los vincula a la argumentación normativa en el contexto de la sociedad moderna. Se concluye que la evolución social ha buscado siempre institucionalizar la conducta homosexual. El matrimonio entre personas del mismo sexo o su unión civil, son una forma contemporánea de esta institucionalización, ahora sobre la base de los principios modernos de igualdad y debido proceso. Palabras clave Conducta homosexual – evolución social – inclusión social – unión civil – matrimonio

Acerca de cuestiones sociales es posible, en general, formular tres tipos de preguntas: de qué se trata, cuál es la génesis, y si debe ser. La primera pregunta es de tipo descriptivo, la segunda es una pregunta evolutiva y la tercera es político-normativa. Descripción significa indicar qué tipo de observaciones existen sobre el tema y quién las formula, o desde dónde se formulan; la génesis supone recrear en la explicación las condiciones que hacen posible lo que acontece; y la pregunta político-normativa consiste en determinar la diferencia entre la facticidad de lo que sucede y sus condiciones de validez o legitimación. La discusión en torno al matrimonio entre personas del mismo sexo (por cierto sin considerar argumentos religiosos que, en general, no alcanzan un mínimo estándar de reflexividad para su consideración), ha discurrido generalmente en torno a justificaciones político-normativas, con más o menos referencia a cuestiones de carácter descriptivo. Quien en sus argumentos ha combinado estas dos dimensiones de un modo más completo, y por tanto ilustrativo, es Martha Nussbaum, especialmente en su discusión con Pamela Karlan, Michael Warner y

Dr. Sociología, Universidad de Bielefeld, Alemania. Profesor Titular Escuela de Gobierno Universidad Adolfo Ibáñez, Santiago de Chile. Email: [email protected]. Este artículo es parte de las actividades de investigación de los proyectos Fondecyt 1110437 y 1110428, financiados por la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología de Chile. *

2 David Novak.1 Importantes consideraciones normativas y jurídicas son aportadas en esta discusión; por ello la tomo como eje de este texto. Sin embargo, quiero agregar también una perspectiva evolutiva al análisis, generalmente no referida en cuestiones normativas, o solo tomada en cuenta de modo anecdótico con ejemplos parciales pero sin argumentación teórica. Mi hipótesis es que la evolución de la conducta homosexual sostiene buena parte de la argumentación político-normativa en torno a las uniones del mismo sexo y complementa otros aspectos que amplían y hacen más robusto el análisis sobre el tema. Hablar de conducta homosexual establece un punto de partida. Se trata de un enfoque conductual que no implica orientación homosexual como actitud personal. De lo que se habla es de relaciones con personas del mismo sexo, o también homoeróticas u homosociales. Ello es lo relevante en una aproximación de carácter evolutivo. Para desplegar este análisis, parto por una síntesis de la argumentación de Nussbaum (1) y su discusión con Karlan, Warner y Novak (2). Continúo indagando en la dimensión evolutiva de la conducta homosexual (3), y procedo entonces con una integración del argumento evolutivo y el normativo en la situación contemporánea de las relaciones entre personas del mismo sexo (4). Finalizo con algunas conclusiones en torno a lo discutido (5). 1.

Dignidad y beneficios

La fundamentación de Nussbaum es de tipo político-normativo (Nussbaum 2010a). Apoya esta en una descripción del matrimonio y en las consecuencias que esa comprensión tiene para la igualdad de derechos en sociedades modernas. El centro de su argumento es el siguiente. El matrimonio presenta distintas dimensiones. Dentro de las centrales están la de derechos civiles, la dimensión expresiva y la religiosa. La primera refiere a los beneficios que ese estatus confiere; la segunda, al reconocimiento institucionalizado del amor y el compromiso de pareja; y la tercera, a la asociación de estas dimensiones con la institucionalidad religiosa. En tanto el estado opere como agente de reconocimiento de la unión marital, ese reconocimiento simboliza una aprobación pública o dignidad generalizada —es decir, con fuerza legitimatoria a nivel social— para las personas y su unión. Y no solo eso, sino que esa dignidad conferida públicamente al matrimonio va acompañada de beneficios institucionalizados para el estatus marital. Entonces, argumenta Nussbaum, si dos personas quieren establecer un vínculo matrimonial, esto debiera ser permitido independientemente de su orientación sexual, pues de otro modo “se excluye a una clase de ciudadanos de los beneficios y la dignidad de ese compromiso, degradándolos e insultando su dignidad” (Nussbaum 2010a: 684; al respecto también Gluck 2009). 1

Ver esta discusión en California Law Review, Vol. 98, Nº 3, 2010.

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El argumento se extiende entonces a la posición que ocupa el matrimonio en sociedades modernas, pues cuando el estado ofrece un estatus cualquiera que garantice beneficios e institucionalice una determinada dignidad simbólica, no puede, por principio, excluir a determinados ciudadanos. Por el contrario, la inclusión debe ser universal y en condiciones de igualdad de oportunidades para todos. Es lo que Nussbaum llama una ‘condición mínima’ relativa a la igualdad de derechos fundamentales como la libertad y la dignidad. Por ello, una conclusión derivada es que incluso una distinción entre matrimonio y unión civil introduce una diferencia cuestionable en sociedades modernas, en tanto ella solo se puede basar en una diferencia de dignidad simbólica entre unos ciudadanos (los ‘casados’) y otros (los ‘civilmente unidos’). La propuesta de Nussbaum es, finalmente, doble: a) que el Estado ofrezca un régimen de beneficios desagregado para todos, es decir, que no una el matrimonio a la propiedad, privilegios financieros o de política pública; y b) que el estado ofrezca uniones civiles tanto para parejas del mismo sexo como de sexos distintos, y que el matrimonio quede en la esfera de la religión. En relación a lo primero, la autora indica: “El enfoque desagregado aprobaría la prueba constitucional si la libertad de igual acceso y debido proceso fuesen suficientemente protegidas” (Nussbaum 2010a: 695); en relación a lo segundo Nussbaum indica: Nuestro análisis sugiere que la Constitución no requiere que el Estado utilice este nombre particular [matrimonio] más que otro, aunque requiere que el Estado proteja la igual libertad de las personas de formar hogares. Personalmente me inclino a la solución de dejar las uniones civiles al Estado y el matrimonio a la religión u otras entidades privadas. (Nussbaum 2010a: 695) En términos generales, la argumentación de Nussbaum se fundamenta en principios de carácter liberal aplicados al marco jurídico de una sociedad moderna en la que argumentos religiosos no pueden ser establecidos como estándar de la conducta de otros para quienes la fe religiosa no constituye una directriz a considerar (Nussbaum 1999). En tales términos, y justamente cuidando la pluralidad de alternativas y opciones en una sociedad democrática, el Estado debe sustentar principios de no-interferencia o libertad negativa que permitan un rango de alternativas y procedimientos a los cuales los individuos puedan acceder bajo condiciones de igualdad, y que, por tanto, no establezcan diferencias de dignidad por medio de beneficios discriminatorios de unos individuos o grupos en relación a otros. Las dos propuestas de Nussbaum se fundamentan en este principio. La desagregación de los beneficios del matrimonio implica no solo una diferenciación de las fuentes de tales beneficios, sino también la evitación de una concentración de ellos en la sanción jurídica del matrimonio que institucionaliza

4 una discriminación entre casados y no-casados. Entretanto, la reserva del concepto de matrimonio para el ámbito religioso o privado y la promoción de la unión civil para parejas heterosexuales o del mismo sexo, no solo desliga al matrimonio de connotaciones religiosas o trascendentales, sino que también no compromete al Estado en cuestiones de carácter expresivo o simbólico que son potencialmente discriminantes en términos de ofrecer una dignidad mayor a quienes participan del matrimonio que a aquellos que no lo hacen. Puesto que el Estado en una sociedad democrática debe permanecer neutral frente a intereses particulares de grupos o individuos, sean ellos religiosos, políticos, ideológicos o económicos (en ello radica precisamente la universalidad de la acción estatal), la unión civil parece ser una fórmula más apropiada que otras para connotar la vinculación entre personas. La unión civil se abstrae de las derivaciones semánticas, simbólico-expresivas y religiosas del matrimonio, concepto además altamente asociado a la unión heterosexual y, por tanto, discriminador de otras formas de asociación en términos del principio de igual dignidad. El argumento de Nussbaum, con un alto grado de sofisticación y originalidad, puede ser considerado representativo de una posición liberal moderna altamente sensible a la pluralidad y diferenciación de la sociedad contemporánea. Esto, por cierto, no implica aceptabilidad fáctica de la argumentación, aunque exige también sofisticación y originalidad a sus críticos. Tal crítica la emprenden Pamela Karlan, también desde posiciones liberales, Michael Warner, desde la teoría social, y David Novak, desde el derecho natural moderno. Esto es lo que reviso a continuación. 2.

Entre matrimonio y unión civil

Pamela Karlan (2010) comienza por indicar sus dudas acerca de la posibilidad de que el estado pueda evitar intervenir en el dominio expresivo renunciando a la semántica del matrimonio, como lo propone Nussbaum. Ciertamente, la idea de unión civil tiende a secularizar el reconocimiento del matrimonio, a excluir su componente religioso. En tal sentido, reservar el matrimonio para el ámbito de la religión podría parecer una buena alternativa. Sin embargo, el componente religioso no es el único elemento de la dimensión expresiva. Lo expresivo supone una atribución de dignidad simbólica generalizada que sería trasladada a la unión civil en tanto se considerara que es ella —y no el matrimonio— la institución a la que el estado debe su apoyo. Es decir, el problema que Nussbaum intenta resolver separando matrimonio religioso y unión civil (la intervención estatal en una dimensión social expresiva) quedaría intacto. Lo anterior, no obstante, no constituye la objeción principal de Karlan a Nussbaum. Puesto que el matrimonio es un derecho afirmativo, es decir, uno que

5 para ser ejercido requiere de la acción positiva del estado (a diferencia de otros derechos, como practicar una religión o criar niños, más bien de carácter negativo), un principio de no-discriminación debe estar a la base. Para Karlan, hay solo dos modos de lograr esto: “el Estado puede extender el derecho a matrimonio a parejas del mismo sexo o puede retirarlo a las parejas de sexos opuestos” (Karlan 2010: 701). La primera modalidad puede ser denominada una nivelación hacia arriba; el segundo, una nivelación hacia abajo. La propuesta de Nussbaum, al sostener la renuncia del estado al matrimonio y su reemplazo por la unión civil, se identifica con este segundo modelo. En tal sentido, las objeciones de Karlan son dos: a) el derecho a matrimonio entre parejas del mismo sexo se basa en el valor intrínseco que ellas asignan a aquél, no en el deseo de que parejas heterosexuales no posean o dejen de poseer los beneficios del matrimonio; b) la nivelación hacia abajo parece más bien un modo de resistencia a la igualdad de derechos, antes que una actitud universalmente generalizable. Habría también una tercera objeción, de carácter más sociológico: Especialmente en la sociedad contemporánea, en la que un conjunto de beneficios y obligaciones depende del reconocimiento de relaciones familiares, es difícil imaginar un gobierno que se excluya completamente del escenario, dejando a los individuos negociar sus obligaciones para apoyar niños, emplear beneficios y dividir la propiedad, sin reglas fundamentales definidas por el estado. (Karlan 2010: 705) Las tres objeciones de Parlan a Nussbaum apuntan a favorecer un tipo de política que nivele hacia arriba; en este caso, que amplíe los beneficios del matrimonio a parejas del mismo sexo. Michael Warner (2010) argumenta en un sentido algo distinto. Luego de llamar la atención sobre la necesidad de una teoría del matrimonio en la sociedad moderna —el que ya no puede ser entendido como forma de establecer alianzan políticas y económicas— Warner argumenta que la igualdad de derechos para parejas del mismo sexo solo resuelve problemas de discriminación para ese grupo, pero excluye a otros grupos sin ningún fundamento plausible: a los no-casados, a los divorciados, a personas con múltiples partners, e incluso a formas de mutualidad generalizadas (entre amigos o hermanos, por ejemplo). Por otro lado, cuando las Cortes entienden el matrimonio —en lo que Nussbaum llama la dimensión expresiva— como una forma de “celebración pública de los ideales de mutualidad, compañía, intimidad, fidelidad y familia”2, se discrimina ciertamente a las parejas del mismo sexo en términos de dignidad y respeto, pero también se sobrevalora al matrimonio en relación a formas distintas de mutualidad, compañía, intimidad, fidelidad y familia.

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Griswold v. Connecticut, 381 U.S. 479, 486 (1965) en Warner (2010: 727, n19).

6 La conclusión de Warner es que lo que buscan los defensores del matrimonio entre parejas del mismo sexo es una especie de sacralización secular de su unión. La unión civil no podría aportar aquello, pues es el matrimonio y no otra forma de unión la que posee el efecto simbólico de sacralización: “Lo que los defensores del matrimonio gay están buscando, podrían decir, es un atajo político a la dignidad y respeto de parte de las personas heterosexuales por medio del otorgamiento de derechos de matrimonio” (Warner 2010: 729). En otros términos, se puede hablar de reconocimiento. Es decir, no se trataría de la consagración matrimonial en sí, sino de un modo social de dignidad que se realiza por medio de otros, y que tiene como consecuencia expresiva la igualación de dignidades simbólicas entre diversos tipos de unión. En un sentido totalmente distinto argumenta David Novak (2010). Para él, el Estado moderno hereda “la tradición occidental del matrimonio en tanto unión entre un hombre y una mujer” (Novak 2010: 713), y en ese sentido, seculariza el sentido cristiano del matrimonio como espacio reproductivo: El interés del estado en la procreación y continuidad familiar se debe a [su] necesidad de reponer a sus ciudadanos regularmente y de este modo asegurar su continuidad social. Los aspectos expresivos, sin embargo, constituyen motivos privados para el matrimonio. No deben ser gobernados por las leyes del estado, a pesar de lo necesario que puedan ser para la atractiva felicidad privada que resulta de casarse y permanecer casado. (Novak 2010: 714) De lo anterior concluye Novak que la procreación y la crianza infantil son las únicas razones públicas para que el estado intervenga en este campo. De cualquier modo, la procreación y el derecho de los niños a la crianza (o el deber de los padres de criarlos) son considerados por Novak como derechos naturales, previos al estado. Este solo debiera facilitar la realización de esos derechos por medio de su estructura jurídica y política. En tanto naturales, esos derechos son restringidos por Novak a los padres naturales, a un hombre y una mujer por tanto. De ahí que solo las parejas heterosexuales sean capaces de tal tarea. La decisión de parejas heterosexuales de no tener hijos cabe dentro de su esfera privada, por lo que el matrimonio no es descartable para ellos. Por otro lado, que parejas del mismo sexo puedan adoptar, debe ser rechazado, pues “no es natural que una mujer represente la función de nuevo ‘padre’ del niño, o que un hombre represente la función de nueva ‘madre’” (Novak 2010: 718); mientras que la inseminación artificial “produce una violación del derecho natural del niño de tener padres naturales que lo o la críen” (Novak 2010: 718).3 En esta proposición de Novak se observa un uso tradicional ya superado del concepto de función. La función estaría siempre asociada a un contenido que permanece, la función de padre correspondería a un hombre y la de madre a una mujer. Con ello, la función se ontologiza al asociarla indisolublemente a un contenido. La teoría funcional contemporánea renuncia 3

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Frente a las posiciones de Karlan y Warner, Nussbaum observa más complementariedad que incompatibilidad argumental. Nussbaum (2010b) concuerda en que la justificación de la nivelación hacia abajo no puede realizarse sobre la base de una resistencia a la igualdad de derechos para parejas del mismo sexo. La verdadera razón debe buscarse en cuestiones procedimentales y en términos de derechos negativos: “el estado no debe impedir a las personas formar familias y celebrar matrimonios” (Nussbaum 2010b: 732). En tal sentido, el estado tampoco requiere mantener una institucionalidad para ello, pero una vez que lo hace, no puede renunciar a garantizar igual acceso a todos los ciudadanos. El tercer comentario de Karlan (la dificultad de disociar beneficios estatales del matrimonio en la sociedad moderna), es conectado por Nussbaum a la argumentación de Warner. En el contexto de una sociedad secular como la sociedad contemporánea, no existe ciertamente una teoría convincente del matrimonio. Por ello, la semántica del matrimonio adquiere connotaciones diversas. Esto constituiría —indica Nussbaum— una fuerte razón para que el estado se desprendiera de esa semántica y utilizara la de las uniones civiles. Además, debiera hacerlo en un lenguaje que no evocara connotaciones religiosas inapropiadas en el espacio público, y de un modo tal que la unión civil no implicara un abanico de beneficios menos amplio que el matrimonio. Ciertamente, diferencias mayores aparecen en relación a Novak. Nussbaum inicia su réplica con una prevención metodológica: existe una profunda diferencia entre argumentos morales y argumentos políticos. Nussbaum se sitúa en estos últimos y advierte que algunos de los conceptos que Novak emplea “son demasiado metafísicos y sectarios para ser considerados adecuados en el debate político en una sociedad pluralista” (Nussbaum 2010b: 736). Observa asimismo una estructura utilitaria en la argumentación de Novak en tanto la procreación y la crianza —instituidas en matrimonio heterosexual— se emplean como justificación de la reproducción del estado. Esto solo puede suponer una discriminación institucionalizada (es decir, jurídicamente establecida y con capacidad de imponerse coercitivamente) entre individuos de igual dignidad sobre la base de su contribución a la continuidad del estado. Sin embargo, el punto más decisivo en la discusión es saber qué puede significar el recurrente uso de la palabra natural en la argumentación de Novak. Ciertamente se trata de derechos prepolíticos, que cuando son empleados en la discusión política constituyen un fin de la discusión. La apelación a lo natural, no indica en realidad un derecho, sino un punto de partida no justificable, o un precisamente a esta ontologización, y entiende la función de modo intercambiable (Luhmann 2005). Es decir, no se requiere de hombres ni de mujeres para tener ‘padres’ o ‘madres’. La realización de la función no predice contenidos.

8 punto de llegada cuando los argumentos se acaban. En ambos casos la discusión no puede continuar. Por esto a Nussbaum le parece difícil discernir cómo Novak llega a la conclusión de los ‘derechos naturales’. Intenta reconstruir esta idea sobre base funcional: lo natural es lo que funciona. Sin embargo, dado que lo que funciona siempre puede funcionar de otro modo, toda función es justamente contingente, es decir, lo contrario de una suerte de necesidad natural. Una cosa, sin embargo, puede reconocerse en la argumentación de Novak: su interés central está en el bienestar del niño. Con ello vuelve la estructura utilitaria: “el reconocimiento de derechos y deberes parentales es instrumental a ese objetivo” (Nussbaum 2010b: 742). Para Nussbaum, sin embargo, esto no constituye una cuestión de derecho natural o que venga asegurada por la crianza de padres biológicos. La familia ofrece un entorno donde los niños pueden desarrollar sus capacidades humanas (en el sentido de Nussbaum)4, pero no es la única estructura social requerida para el despliegue de ellas, y tampoco se puede asociar la familia en la sociedad moderna a un único tipo de familia. En síntesis, a la vez que indicaciones normativas de política orientadas a la protección de iguales derechos para todos, las propuestas de Nussbaum (también las de Karlan y Warner) parecen una también una predicción socioevolutiva acerca de los cambios de la institución moderna del matrimonio: frente a la pluralidad y diferenciación que alcanza la sociedad contemporánea se requiere de una readecuación institucional no discriminante del matrimonio. La unión de parejas del mismo sexo presiona a esa readecuación institucional. La cuestión ahora es si esta fundamentación político-normativa encuentra también antecedentes complementarios en la evolución biológica y social de la especie humana. 3.

La homosexualidad como logro evolutivo

Una creencia popular —de la cual Novak es un conspicuo representante— es que la sobrevivencia de la especie humana se sostiene en la reproducción heterosexual, tanto en lo que respecta a la reproducción biológica misma como en el cuidado de la descendencia. La reflexión antropológico-evolutiva rechaza esta afirmación. El apareamiento en múltiples especies y también en la familia de los homínidos y la especie homo, es una condición de la subsistencia, pero para que ella acontezca en un sentido evolutivo, la variable a explicar no es la existencia de apareamiento, sino la potencialidad de sus formas para la optimización del fitness (Frank 1998; Grinin et al. 2011). En esto no solo importa la trivialidad del apareamiento, sino cómo estructuras e instituciones sociales se ordenan para facilitarlo y en algunos casos, como en el infanticidio o las guerras, constreñirlo.

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Para detalles en cuanto al enfoque de las capacidades, ver Nussbaum (2001).

9 Asimismo, una segunda creencia popular, es que evolución es una cuestión del individuo mejor adaptado. Esto se entiende en forma de una suma de rasgos que harían a un organismo más atractivo que otros. También esta es una afirmación errada. La cuestión de la adaptación, el fitness y la presión evolutiva se ejerce sobre poblaciones, incluso sobre espacios ecológicos, es decir, sobre la interacción que se produce entre sujetos en un ámbito determinado y en un medio temporal continuo, tanto en términos de competencia como de cooperación, de aptitudes como de altruismo (Lowell 2008; Boyd/Richerson 2005). Evolución no es entonces avance o progreso, es la selección que media entre las bajas probabilidades de surgimiento de una estructura o patrón conductual y el incremento de sus probabilidades de mantención (Luhmann 2007). A lo que se mantiene, se le puede denominar logro evolutivo. Por su persistencia temporal, la conducta homosexual es entonces un logro evolutivo. Se selecciona y estabiliza en la evolución de la especie humana. Y para que ello haya sucedido, la selección debe conferir ventajas adaptativas no solo para la asociación de individuos del mismo sexo, sino para la población en general. Intentos de vincular la conducta homosexual a cuestiones genéticas, hormonales, biológico-estructurales y ambientales, hay variados. Hutchinson (1959), por ejemplo, sugiere que la homosexualidad puede tener un fitness superior en poblaciones con mayor presencia de heterocigotos (paralelismo de genes dominantes y recesivos). Blanchard y Bogaert (1996) indican que la conducta homosexual en hombres puede estar relacionada con el número de hermanos mayores que se tenga, en tanto la madre se hace inmune a hormonas masculinas con cada nacimiento. LeVay (1991), por su parte, ha establecido correlaciones entre orientación sexual y la estructura cerebral a nivel del hipotálamo, que sugieren un sustrato biológico para la homo/heterosexualidad. Alexander (2000) apunta también en esta dirección. Y en una perspectiva socio-ambiental, se ha relacionado la conducta homosexual con el deporte (Guttman 1996), con la participación en la fuerza militar (Shilts 1993) y en fraternidades (Wingate 1994). El problema principal con afirmaciones de este tipo es que explican una variabilidad muy reducida del problema. Aisladamente no logran plausibilizar el incremento de las probabilidades de mantención de una conducta con bajas probabilidades de surgimiento. Se trata más bien de correlaciones que pueden ser sustentadas en ciertos datos, pero no generalizadas evolutivamente (Kirkpatrick 2000). Por otro lado, todas ellas tienden a dicotomizar la conducta sexual (dimorfismo), a reificarla en dos posibilidades y, por tanto, pierden la continuidad entre las posiciones hetero, bi, trans, homo, y las comprenden como estados. Para una explicación evolutiva, es central la transitividad y la comprensión de la homosexualidad como una forma conductual que no expresa condición, sino una relación de sentido específica entre personas del mismo sexo. En torno a esto, existen actualmente dos líneas de hipótesis: a) la de la selección

10 de parentesco (que incluye la de manipulación parental) y b) la de formación de alianzas. a) La selección de parentesco se basa en algunos de los elementos anteriores (genéticos, hormonales, ambientales). Según esta hipótesis, la conducta homosexual constituye una relación altruista que emerge como modalidad de asistencia a la descendencia de los parientes (Wilson 1975, 1978). Esta hipótesis se integra estrechamente con la de manipulación parental, en la que los padres, bajo condiciones de presión evolutiva, seleccionan a miembros de su descendencia para que asistan a hermanos o a los hijos de ellos (Trivers 1974). La asistencia puede también abarcar otras áreas, como la compañía en la caza o en ocupaciones domésticas (Wilson 1998). Los drivers de este modelo han sido asociados al orden de nacimiento —en el sentido de Blanchard y Bogaert (1996)— al sexo biológico —mayor probabilidad en hombres (Small 1995)— y al contexto institucional. Este último elemento es bien ilustrado por Lévi-Strauss (1988) en el caso de la poligamia entre los nambikwara. La poligamia extrae mujeres jóvenes del ciclo de matrimonios al concentrarlas en torno a un sujeto. Las alianzas se reemplazan entonces por mujeres viudas, mayores o por relaciones homosexuales. Estas últimas logran institucionalización en la estructura del parentesco como alianza de primos cruzados del mismo sexo, en la que “uno de ellos está normalmente destinado a ser el esposo de la hermana del otro, al que, por lo tanto, el hermano sirve provisionalmente de sustituto” (LéviStrauss 1988: 337). La hipótesis evolutiva de la selección de parentesco y manipulación parental ha sido puesta en cuestión por tres razones. Primero, se funda en elementos genéticos y ambientales de restringido poder explicativo; segundo, no observa la homosexualidad de modo conductual sino cuasi-ontológico (unos serían homosexuales, otros heterosexuales); y tercero, la hipótesis tiene una debilidad central, esta es que la asistencia a la descendencia del parentesco no requiere de conducta homosexual, aunque sí presumiblemente de celibato y limitación de reproducción para los ayudantes (Dieckmann 1995). Por tanto, en este caso, la conducta homosexual queda comprendida en un modelo de fitness más inclusivo (Dieckemann 1995; ver también infra). Adicionalmente, recientes pruebas empíricas de la hipótesis de la selección de parentesco no entregan diferencias significativas. En un test psicológico y conductual con 60 hombres ingleses autodesignados hetero y 60 auto-designados homosexuales, Rahman y Hull (2005) no lograron establecer distinciones entre los grupos en cuanto a afinidad familiar o sentimientos de generosidad, tales como disponibilidad a proveer recursos financieros o emocionales. A nivel comunitario, la hipótesis de la selección de parentesco no logra sustento. b) Un modelo hipotético que ha logrado mayor plausibilidad para una selección positiva de la conducta homosexual, es la hipótesis de la formación de alianzas

11 del mismo sexo (Kirkpatrick 2000; Muscarella 2000; Muscarella et al. 2001; De Block/Adriaens 2004). Las alianzas del mismo sexo se establecen por los beneficios que ellas aportan al no suponer procreación y brindar estabilidad temporal en términos de un altruismo recíproco útil para la competencia por recursos, para la defensa frente a otros o apoyo social en general. En el sentido biológico que distingue entre reproducción somática y sexual, la conducta homosexual “es una estrategia de sobrevivencia, no una estrategia reproductiva. Si este es el caso, la conducta homosexual es mejor explicada por referencia a los costos y beneficios del altruismo recíproco” (Kirkpatrick 2000: 388). Esto conduce a la conclusión general de que, para el grupo, la mejor forma de reproducción es combinar alianzas con ambos sexos, es decir, incluir un nivel determinado de conducta homosexual en sus prácticas aceptables. En otros términos, es evolutivamente beneficioso institucionalizar las alianzas del mismo sexo, la conducta homosexual, bisexual o transexual. Muscarella (2000), en la misma línea de argumentación, ofrece algunas variaciones de interés a esta hipótesis. Afirma igualmente el valor adaptativo de la conducta homosexual (homoerótica, en sus términos). Su punto de partida es que en todos los homínidos se produce, en etapas tempranas, un proceso de segregación y periferización sexual, en el cual la conducta homoerótica tiene el rol directo de contribuir a la sobrevivencia física, y el indirecto de preparar a cada miembro en prácticas de su género que afectan positivamente el éxito reproductivo. Tanto para hombres como para mujeres, las alianzas tienen lugar especialmente entre sujetos jóvenes y adultos, y su contribución fundamental está en la socialización de los primeros. Específicamente para los hombres, el beneficio de las alianzas consiste en preparar a los individuos para el ascenso en jerarquías que probabilizan la reproducción, y en determinar intragrupalmente las cualidades deseables que favorecen el apareamiento (Buss 1994, 1998). Para las mujeres específicamente, la conducta homoerótica supone vínculo con sujetos desconocidos en contextos que combinan exogamia y poligamia, y que igualmente incrementan su potencial reproductivo (Wekker 1993). Una sucesiva especificación de la hipótesis de la formación de alianzas, es la que han presentado Ross y Wells (2000). Para ellos, se debe establecer una diferencia entre las condiciones de origen, es decir, de selección evolutiva de la conducta homosexual, y su estabilización actual. El origen debe ser visto en el marco más general del surgimiento de lazos homosociales (alianzas del mismo sexo). Además de las ventajas ya mencionadas de estos vínculos, Ross y Wells (2000) agregan que estos lazos pudieron liberar a hombres de la rivalidad en la competencia por mujeres, una rivalidad que debilitaba la cohesión y apoyo mutuo para enfrentar peligros ambientales. Asimismo, los vínculos homosociales no incrementan la descendencia, lo que también exime al grupo de una división de recursos entre la pareja o la familia. La conducta homosexual habría surgido en este contexto como un mecanismo de refuerzo de los vínculos homosociales.

12 Se habla, en este sentido, de un rasgo exaptativo, es decir, no producido directamente por selección evolutiva, pero que al mostrar rendimientos positivos para el fitness de la especie, la evolución lo selecciona directamente para su permanencia (ver Buss et al. 1998). En síntesis, de manera contraria a la creencia general, la conducta homosexual ha sido positivamente seleccionada en la evolución, directamente como estrategia somática de sobrevivencia e indirectamente como modalidad biológica de reproducción. La homosocialidad es fuente de cuidados, socialización, formación de expectativas, creación de vínculos, de proyección de ellos hacia el futuro. Incluso en términos institucionales, pudo formar un modelo complejo de cohesión para relaciones intragrupales (homosociales) y extragrupales (heterosociales) y para el tránsito entre ellas. Como se observa en la siguiente sección, este modelo se mantiene hasta hoy en su forma fundamental, sea como combinación de alianzas con ambos sexos o como rasgo exaptativo de la hipótesis de la formación de alianzas. La cuestión es cómo esto se integra con el argumento normativo. 4.

Institucionalización, unión civil y evolución

En la evolución de la especie humana, las presiones adaptativas han ido regularmente acompañadas por esfuerzos paralelos de institucionalización social. Nussbaum misma aporta algunos ejemplos históricos de esto en su texto. Estos ejemplos apuntan en la misma dirección de aquellos que sostienen la hipótesis evolutiva de la formación de alianzas: “La gente, en muchos tiempos y lugares, ha ligado el deseo erótico a la amistad y finalidades compartidas […] el matrimonio romano era generalmente no-monógamo por parte del varón, de quien se esperaba relaciones sexuales con hombres y mujeres de estatus menor (esclavos, prostitutas); aun si las esposas protestaban, entendían que la práctica era típica y ubicua” (Nussbaum 2010a: 673-674). La vinculación entre primos cruzados indicada por Lévi-Strauss para los nambikwara, es también una forma institucionalizada del parentesco para preparar, en alianzas del mismo sexo, el desarrollo de un vínculo heterosexual exogámico que no solo tiene significación íntima, sino predominantemente económica y política (Lévi-Strauss 1969: 38ss). La alianza entonces, al contrario de lo supuesto por Lévi-Strauss, no solo se sostiene en el intercambio de mujeres, sino también en el intercambio de hombres, el que además es previo al matrimonio y se mantiene aún después de la alianza heterosexual bajo la institución del avunculado, es decir, bajo el cuidado de la descendencia por parte del tío materno, el mismo que previamente ha mantenido el vínculo homosexual con el novio de la hermana.

13 También en Melanesia han sido analizadas formas de relación patrón/cliente del mismo sexo, donde el primero ofrece alimentación y educación y el segundo trabajo y servicios sexuales (Serpenti 1984), u otras en la que la relación está más orientada a la adquisición de poder político, como en el siglo XV en Florencia, donde los padres fomentan relaciones homosexuales con miembros de linajes influyentes (Rocke 1996), o religioso, como en el caso del chamanismo en pueblos de India, América, África (Fry 1985). Los ejemplos pueden multiplicarse y variar enormemente en tipo. Sin embargo, lo que comparten es que la relación entre personas del mismo sexo ha sido asegurada institucionalmente a lo largo de la evolución social. Por cierto las razones de la institucionalización actual están asociadas a formas de reconocimiento que se despliegan políticamente con la aparición de la sociedad moderna. Principios como la igualdad de acceso o el debido proceso, en los que Nussbaum fundamenta su argumento, solo adquieren sentido en la sociedad moderna y se institucionalizan como derechos fundamentales en ella. No por esto, sin embargo, las razones político-normativas dejan de complementarse con presiones evolutivas y, a la vez, contribuyen a contrarrestar otras que operan en sentido contrario. La unión civil actual entre personas del mismo sexo es otra de esas instituciones que aseguran la selección positiva de la conducta homosexual. No es la primera y probablemente no será la última (ver Coontz 2004; Amato 2004). Su fundamento está, como lo indica Nussbaum, en la diferenciación y estabilización de derechos fundamentales como la igualdad y la libertad que surgen con la modernidad, y también en el hecho de que esos derechos fundamentales no permiten, bajo ningún punto de vista, una participación diferenciada en los beneficios que otras instituciones brindan. Son ciegos a toda discriminación, y eso incluye la preferencia sexual como motivo de exclusión. Se trata de derechos universales. La pregunta evolutiva no los fundamenta, pero muestra su correlato estructural. ¿Cuál es este correlato en el caso de la unión civil? En su análisis sobre la evolución de la conducta homosexual, Kirkpatrick (2000) ha comparado datos de sociedades contemporáneas que arrojan resultados de interés para la pregunta formulada. Algunos de estos datos son los siguientes: Tabla 1: Proporciones de conducta homosexual y bisexual en algunos países contemporáneos

País Noruega Francia UK US (*) Colombia(*)

Solo homosexual 0,6 0,7 0,2 0,8 3,0

Hombres Bisexual 2,9 10,0 5,0 5,4 15,0

Total 3,5 10,7 5,2 6,2 18,0

Solo homosexual 0,8 0,1 0,1 0,3 -

Mujeres Bisexual 2,2 3,2 2,5 3,3 -

Total 3,0 3,3 2,6 3,6 -

14 Tailandia(*) 0,2 Promedios 1,0 Fuente: Kirkpatrick 2000 (extractos) (*) datos no aleatorios

3,1 6,9

3,3 7,8

0,9 0,4

0,3 2,3

1,2 2,7

Varias constataciones se pueden extraer de esta tabla. • Primero, la proporción de hombres y mujeres que desarrolla conductas exclusivamente homosexuales es menor en comparación con la que establece vínculos con ambos sexos. Esto es consistente con la hipótesis evolutiva de la formación de alianzas, en tanto aquella no predetermina estados homo u heterosexuales, sino transiciones socialmente institucionalizadas entre los roles. • Segundo, se puede asumir que todo individuo que despliegue una conducta bisexual, está en posición de tener descendencia y de querer contraer un vínculo con otra persona del mismo sexo. • Tercero, la probabilidad de que ese individuo bisexual —que potencialmente puede tener hijos y puede optar por casarse con una persona del mismo sexo— efectivamente se una con otro individuo de conducta exclusivamente homosexual es baja; es comparativamente media si la unión es con alguien de conducta bisexual, y mayor si es con personas heterosexuales. • Cuarto, puesto que personas de conducta bisexual pueden tener descendencia y dado que ellas (en conjunto con individuos de conducta exclusivamente homosexual e incluso los heterosexuales que en el futuro opten por variar su conducta sexual) constituyen la población que potencialmente puede establecer uniones del mismo sexo, la contribución evolutiva de estas difícilmente puede distinguirse de la contribución de las uniones entre quienes se declaran exclusivamente heterosexuales. Incluso se puede decir, ambas contribuyen directamente tanto a la sobrevivencia somática como a la reproductiva. • Quinto, siendo así, la unión entre personas del mismo sexo está sometida a la misma presión de selección que la unión entre heterosexuales. Sea como potencial adaptativo o como posibilidad exaptativa, la estabilización evolutiva de la unión entre personas del mismo sexo sigue existiendo tal como existió entre los primeros homínidos, y así como antes ello venía institucionalizado en exogamia, alianzas en grupos femeninos poligámicos y alianzas entre primos cruzados del mismo sexo primero y de distinto sexo después, hoy la institucionalización es la unión civil, o incluso el matrimonio para aquellos individuos de conducta bisexual que optan por casarse con una pareja del sexo opuesto. La unión entre dos personas en lo que comúnmente se llama matrimonio, ha tenido principalmente aspectos vinculados a la subsistencia (reproductivos, económicos, políticos), pero también a la cohesión (philia, amicitia en griegos y romanos; el tamindige kihandige o ‘amor de mentira’ para referir a alianzas entre

15 hombres en los nambikwara, o nanshoku, el ‘amor masculino’, entre los japoneses), y más recientemente, en sociedades modernas, a la reproducción de la individualidad. La generalización de la unidad matrimonio-heterosexualidadprocreación, a la que Novak consideraría natural, entra solo tardíamente en la evolución social cerca del siglo XII (Boswell 1980), probablemente como un modo de encubrir la conducta homosexual al interior de una institución eclesial que se había vuelto altamente jerarquizada y normativamente opresiva. En un contexto así, las alianzas del mismo sexo se hacían altamente necesarias al interior de la institución eclesial como estrategia de ascenso en la jerarquía y resguardo de su integridad política; mientras la prescripción de la heterosexualidad para los demás permitía control y disminuía la probabilidad de surgimiento de poderes alternativos (ver Boswell 1994, Crompton 2003). La figura del peccatum non nominandum inter Christianos (Crompton 2003) contribuyó semánticamente al ocultamiento de relaciones del mismo sexo al interior de la iglesia y se empleó como herramienta justificatoria para su persecución fuera de ella. Una posible secularización de esta modalidad medieval de heterosexualización pública y privatización de la homosexualidad, es la que se logra con la expansión del estado-nación en los siglos XIX y XX. W. Williams (1993, 2000) ha hipotetizado que las presiones sociales de la colonización imperial europea impulsaron, en alianza con misiones religiosas católicas, mormonas y protestantes, una heterosexualidad procreativa para afianzar el dominio y expansión político-económica. Ello condujo a subvalorar toda forma de sexualidad no-procreativa y a ocultarla en márgenes privados. Fue lo que sucedió en Estados Unidos, la Alemania Nazi y la Unión Soviética, y también en el Japón imperial, donde hasta ese momento las relaciones entre personas del mismo sexo eran ampliamente aceptadas y observadas como una forma más de sexualidad (McLelland 2000). En esta línea parece inscribirse Novak cuando instrumentaliza la procreación como mantención de la estructura estatal. En la actualidad, estas presiones decrecen, pero sus modalidades semánticas pueden permanecer por largo tiempo. A la vez, nuevos acontecimientos favorecen condiciones de apertura y reinstitucionalización de relaciones del mismo sexo. En primer lugar, aparecen las razones normativas de libertad, dignidad e igualdad de posibilidades de inclusión individual para todos — razones, por lo demás, inmanentes a la autocomprensión de la modernidad y vinculantes para todos sus miembros a través de las cartas constitucionales de los estados democráticos. En segundo lugar, se debe contar también con presiones poblacionales. El incremento de parejas del mismo sexo significa también una disminución de las probabilidades de nacimientos de niños que es paralelo al aumento de probabilidades de adopción y crianza. Con datos de la primera década del siglo XXI, en Estados Unidos cerca de 250.000 niños son criados por parejas del mismo sexo, y alrededor de 65.000 han sido adoptados (Mucciaroni

16 2007). Para el mundo, los cerca de 100 millones de niños que viven en la calle (UNICEF 2005) son potenciales beneficiarios del gayby boom. Por último, en un sentido sociológico de la mayor relevancia, en sociedades modernas la unión de personas (en convivencia, unión civil, o matrimonio) resuelve un problema que ninguna otra esfera social puede procesar directamente: la atención por la interioridad psíquica del otro, el altruismo recíproco por el mundo interno de cada cual. En términos simbólicos, el amor es el que condensa estas expectativas (Luhmann 1994). Y para la realización de esta función no importa si los unidos son del mismo sexo o de sexos distintos, no importa si la conducta es exclusivamente homo, bi-, trans- o heterosexual, no importan tampoco las transiciones previas o posteriores. Solo en esa unión, y no en el trabajo, tampoco en la educación, menos en la política o el derecho, se puede encontrar el escenario para des-intimizar la intimidad y encontrar a la vez respuesta íntima frente a eso. Consistentemente con las proposiciones de Nussbaum (aunque también de Novak), el estado no es necesario para el desarrollo de esta dimensión expresiva, aunque si la asegura por la vía del derecho, debe hacer con igualdad de acceso para todas las uniones y todos los tipos de familia. Algunas esferas sociales parecen mostrar una preocupación por la individualidad y, por ello, ser vistas como alternativa, pero un breve examen de ellas muestra la marginalidad e inestabilidad de esta preocupación. La religión, por ejemplo, puede proponer una respuesta a la atención por el mundo interno de cada cual en la unidad de introspección y comunión, pero la limita a la condición previa de una creencia en la satisfacción de las particularidades del mundo interno por medio de la trascendencia. Y cuando reformula el problema en términos de relación entre personas por medio de la confesión, la respuesta a la desintimización de la intimidad es aceptación negativa o penitencia. El arte hace algo similar. Ofrece una comunicación en la que cada observador puede ver representado su propio mundo interno. Incluso se puede atribuir al autor un mundo como el de uno y sentirse conectado con ella o él. Pero la relación con la obra queda fijada en esa vivencia, y cuando el mundo interno cambia, la obra solo puede recrear el mundo interno pasado y producir indiferencia o nostalgia. En la ciencia, la psicología clínica surgió como un modo de procesar la atención por el mundo interno, pero así como la religión estableció la condición previa de aceptación de la trascendencia, la psicología puso la condición del dinero, estableció penitencias (reclusión, coerción, incluso torturas) y luego procedimentalizó la interacción clínica precisamente con el fin de que la relación terapeuta/cliente no se transformara en amor (hetero u homosexual). Y los medios de comunicación son otro caso. Cada vez más gente expresa su intimidad en ellos. El problema es que por su carácter público, esa desintimización de la intimidad no es correspondida con más intimización, sino con un carácter público generalizado que no confirma (ni desmiente) el mundo interno propio.

17 Es decir, solo en la unión entre personas la preocupación constante por la individualidad del otro es una expectativa estabilizada. Para estos efectos, la conducta u orientación sexual de las personas no hace diferencia. Por lo demás, todas las generaciones, independiente de su conducta sexual futura, son socializadas bajo expectativas generalizadas de familia y paternidad; no es por tanto extraño que esas expectativas se quieran ver realizadas tanto para parejas del mismo o distinto sexo (Green 2006). Ello explicaría la pretensión de sacralización matrimonial en parejas del mismo sexo, como lo apuntaba Warner (2010). En palabras de D. Schneider (1997: 270): ¿Cómo se debe entender entonces, en nuestra cultura, la formación de familia, matrimonios y el rol de padres en gay y lesbianas? En el nivel más simple, todo esto sugiere que la homosexualidad no es muy diferente de la heterosexualidad en lo que respecta al parentesco y la familia. Las parejas gay y lesbianas están formadas por personas enamoradas. Crean una unidad doméstica. Pueden o no ‘contraer matrimonio’ en una ceremonia formal de algún tipo. Pueden querer niños o no, y pueden encontrar maneras de tenerlos por adopción, inseminación artificial, etc. Dicho en otros términos, para la sociedad y su evolución, la conducta homosexual es una estructura que goza de alta estabilización. El matrimonio o la unión civil entre personas del mismo sexo, solo constituye una forma más, ahora contemporánea y bajo los principios de igualdad y debido proceso modernos, de institucionalizar esa conducta y sus expectativas. 5.

Conclusión

La unión entre personas del mismo sexo constituye en la actualidad un tema controversial cuando se lo observa desde el punto de vista político-normativo. Se trata de un campo adecuado para observar cómo se enfrentan posiciones fundamentalmente de orientación liberal y conservadoras. La discusión entre M. Nussbaum, P. Karlan, M. Warner y D. Novak es una de las más ilustrativas ediciones de esta controversia. Desde un punto de vista liberal, el matrimonio constituye una forma afirmativa de derecho, es decir, el estado no está sujeto a la obligación intrínseca de proveerlo, pero una vez que lo hace, debe ofrecerlo en términos de igualdad de acceso a todos los miembros de la sociedad, con independencia de su condición sexual. No hacerlo implica una discriminación en dignidad y beneficios para quienes aspiran a ese estatus. Esta es fundamentalmente la razón por la que M. Nussbaum propone reservar el concepto de matrimonio para la religión y el de unión civil para la garantía estatal.

18 Sin embargo, este modo de evitar discriminación restando derechos del horizonte de garantías (nivelación hacia abajo), parece más bien una consecuencia indeseada de la exigencia de no-discriminación, como sugiere P. Karlan. El problema es que hacerlo de otro modo, a través de una estrategia de nivelación hacia arriba, saca a la luz —en la argumentación de M. Warner— que el matrimonio y la unión civil discriminan también a personas no-casadas, divorciadas, viudas o a aquellas con otras formas de mutualidad. De todos modos, el problema no se soluciona apelando al derecho natural de padres naturales de criar hijos naturales, como supone D. Novak. El concepto de lo natural, solo constituye una modalidad para apoyar el matrimonio entre personas de distinto sexo sin dar mayores razones para ello. Y adicionalmente crea una desigualdad inaceptable bajo condiciones modernas. Frente a esta discusión político-normativa, el análisis evolutivo muestra la normalidad y posición de la conducta homosexual y de la unión entre personas del mismo sexo en la formación de la especie humana. De las dos líneas hipotéticas actualmente aceptadas, la selección del parentesco por medio de manipulación parental y la formación de alianzas, esta última es la que se sostiene con mayor plausibilidad. En esta, la conducta homosexual y las uniones del mismo sexo son adaptativas para el grupo en tanto: a) les permite combinar alianzas homo y heterosexuales de un modo transitivo (no necesariamente permanente) y que tiene por efecto un altruismo recíproco; b) contribuyen a sobrevivencia física del grupo al liberarlos de la competencia sexual; c) preparan a los miembros en las características del sexo opuesto; y d) puesto que no incrementan la descendencia, permiten controlar la escasez al interior del grupo. Siendo así, no es extraño que las alianzas entre personas del mismo sexo se hayan institucionalizado de distintos modos en la evolución social, por ejemplo, en los patrones previos a la relación de avunculado (en el vínculo homosexual entre el tío materno y el novio de la hermana), en uniones patrón-cliente, o en estructuras que sellan alianzas económico-políticas. En tal sentido, la unión civil o el matrimonio entre personas del mismo sexo, es solo una institución más que busca asegurar —ahora bajo condiciones modernas, es decir, bajo el imperio del derecho— la conducta homosexual ya seleccionada en la evolución de la especie. Por otro lado, la unidad matrimonio-heterosexualidad-procreación, que en Novak se asocia al derecho natural pero que constituye el fundamento de la perspectiva cristiana en este tema, solo entra de modo tardío en el escenario evolutivo alrededor del siglo XII. Es decir, esta unidad tripartita aparece en la evolución social como una restricción institucional a la conducta homosexual que ya había tenido una largo desarrollo a nivel de la evolución de la especie. De este modo, el matrimonio homosexual y la generalización institucional de la unión entre personas del mismo sexo que hoy tiene lugar por medio del derecho, pueden ser vistos como la claudicación de la sociedad contemporánea frente a tal

19 restricción de la conducta homosexual —o si se quiere, como la corrección del error evolutivo de haberla proscrito alguna vez. El que la unidad matrimonio-heterosexualidad-procreación solo pueda pensarse y justificarse desde un punto de vista político-normativo con criterios premodernos, es una evidencia de que la evolución social desfavorece en la actualidad esa opción. Por el contrario, cuando se piensa en términos modernos con conceptos como igualdad, dignidad, debido proceso, individualidad, se desvanecen todas las razones para justificar discriminaciones y se crea el problema propio de la modernidad de nivelar esos derechos siempre hacia arriba, tanto entre parejas unidas por matrimonio y unión civil, pero también entre ellos el resto de los individuos. La modernidad no es, sin embargo, la primera época que se ha institucionalizado la conducta homosexual y la unión entre personas del mismo sexo. Hoy hacemos esto con el ideario moderno. La evolución, por su parte, lo ha hecho consistentemente por otras vías desde los orígenes de la especie homo. Referencias Alexander, J. (2000): Biological Influences on Homosexuality. Psychology, Evolution & Gender 2(3): 241–252. Amato, P. (2004): Tension Between Institutional and Individual Views of Marriage. Journal of Marriage and Family 66(4): 959-965. Blanchard, R. y Bogaert, A. (1996): Homosexuality in Men and Number of Older Brothers. American Journal of Psychiatry 153: 27–31. Boswell, J. (1980): Christianity, Social Tolerance and Homosexuality: Gay People in Western Europe from the Beginning of the Christian Era to the Fourteenth Century. Chicago: University of Chicago Press. Boswell, J. (1994): Same-Sex Unions in Premodern Europe. New York: Villard Books. Boyd, R., y Richerson, P. (2005): The Origin and Evolution of Cultures. Oxford: Oxford University Press. Buss, D. M. (1994): The Evolution of Desire: Strategies of Human Mating. New York: Basic Books. Buss, D.M. (1998): Sexual Strategies Theory: Historical Origins and Current Status. Journal of Sex Research 35: 19–31. Buss, D.M., Haselton, M.G., Shakelford, T.K. y Bleske, A.L. (1998): Adaptations, Exaptations, and Spandrels. American Psychologist 53: 533–48. Coontz, S. (2004): The World Historical Transformation of Marriage. Journal of Marriage and Family 66(4):974-979. Crompton, L. (2003): Homosexuality and Civilization. Cambridge, M.A.: Belknap Press. De Block, A. y Adriaens, P. (2004): Darwinizing Sexual Ambivalence: A New Evolutionary Hypothesis of Male Homosexuality. Philosophical Psychology

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