MANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

October 6, 2017 | Autor: Karem Ortiz Reyes | Categoría: Seguridad y Salud Ocupacional, Manual de seguridad y salud en el trabajo
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Descripción

MANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
En la actualidad la Seguridad e Higiene Industrial es de gran importancia en los centros de trabajo, prioridad de las empresas es gestionar un compromiso en la seguridad y salud a causa de factores económicos que podrían llevar a un incremento del número de accidentes y enfermedades en el lugar de trabajo si no existe un programa establecido para la integridad física de los trabajadores. Hoy en día, los lugares de trabajo no tienen más que beneficiarse con la construcción de una nueva cultura de prevención sobre seguridad y salud que forme parte de un desarrollo social, cultural y económico favorable. Mediante este trabajo se realiza un manual de seguridad y salud en el trabajo, identificando los riesgos y accidentes que se generan en la EMBOTELLADORA AGA S.A DE C.V, a fin de favorecer el funcionamiento en áreas de trabajos seguros e higiénicos.
Posteriormente este documento establece por razón de la secretaría del trabajo y previsión social las normas mínimas para la prevención de estos siniestros para que de esta manera los empleadores sean quienes establezcan niveles de protección que mejoren cada vez más la prevención de ellos, así mismo basado bajo las políticas implementadas en la empresa para alcanzar el objetivo precedentemente mencionado con participación de los trabajadores, teniendo como metodología el mejoramiento continuo, minimizando o eliminando los riesgos de trabajo.
I.1. Antecedentes de la EMBOTELLADORA AGA S. A. DE C.V.
El 8 de Abril nace en Guadalajara la primera Embotelladora AGA, cuyo nombre se debe a las iníciales de Abelardo García Arce, la cual tiempo después es fusionada con la antigua Embotelladora La Pureza quedando como la fábrica de refrescos Embotelladora AGA S. A. DE C. V. Surgiendo así el refresco líder "Sidral AGA".
La conquista del mercado en Nayarit da inicio al comienzo de la década de los 50´s con la construcción de la Embotelladora AGA S. A. DE C.V., de Nayarit. Con una trayectoria de más de 60 años, Embotelladora AGA es una de las empresas refresqueras de mayor importancia y crecimiento en México. Satisfaciendo a sus clientes con una gran variedad de productos refrescantes en sus diferentes sabores y presentaciones.
Embotelladora AGA S. A. DE C.V., está ubicada en la ciudad de Tepic Nayarit, con domicilio en Avenida Independencia, numero 372, de la Colonia Los Llanitos; C. P. 63170; asimismo cuenta con tres sucursales mas, ubicadas en los Municipios de Santiago Ixcuintla, con domicilio en calle Puebla numero 122, C.P. 63313; en Acaponeta, en calle Quintana Roo numero 12, C.P.63400 y en Ixtlán del Rio, en calle Ignacio Zaragoza numero 271, C.P. 63940.
Ofrece la distribución de:
Refresco sabor Toronja (Squirt)
Refresco sabor Toronja (Squirt Light)

Refresco sabor Toronja (Squirt Rusa)
Agua Soda Natural (Skarch)
Refresco sabor Manzana (Sidral aga)
Refresco sabor Manzana (Sidral aga Light)
Refrescos de sabor a frutas naturales (CABALLITOS)
Refresco de Cola (Prime COLA)
Refresco sabor Naranja (Nará)
Refresco sabor Lima Limón (Lemón One)
Refresco Sabor Uva (Zubba)
Agua Purificada (Pureza aga)

Su tarea
La distribución de sus productos en sus diferentes presentaciones, dentro del territorio Nayarita.
Misión
Ofrecer productos y servicios de gran calidad y sabor al consumidor. Asimismo satisfacer sus necesidades superando sus expectativas. Sustentando obtener cada vez mas penetración, participación y posicionamiento en el mercado.
Visión
Ser una compañía competitiva, reconocida nacional e internacionalmente por la calidad de sus productos orgullosamente mexicanos. Siendo una empresa 100% mexicana, consolidándose como la tercera fuerza de nuestro país. Obteniendo un compromiso con el consumidor en cuanto a calidad, innovación y sabor.
I.2 Trabajos Previos
Embotelladora AGA S.A DE C.V se incorpora a un Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST), en el mes de Septiembre del año 2008, implementado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), requiriendo la elaboración de un manual de Seguridad y Salud en el Trabajo; manual que se ha venido trabajando hasta la fecha y no ha cumplido con los lineamientos para su optimo desarrollo por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en virtud de que la Embotelladora no cuenta con el departamento de Seguridad e Higiene, y personal capacitado para la realización del mismo.
En consecuencia, se designa al suscrito para el análisis, corrección y elaboración del multicitado manual cumpliendo con todos y cada uno de los lineamientos establecidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Es decir apegándose y aplicando al programa las siguientes normas:
"NOM-002-STPS-2000 Prevención, protección y combate de incendios.
NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección.
NOM-019-STPS-2004 Comisiones de seguridad e higiene.
NOM-025-STPS-2008 Iluminación.
NOM-026-STPS-1998 Colores y Señales de Seguridad e Higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en Tuberías.
NOM-027-STPS-2008 Soldadura y Corte
NOM-029-STPS-2005 Mantenimiento de instalaciones eléctricas. 5

NOM-030-STPS-2006 Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-organización y funciones".1
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, se encarga de inspeccionar que este conjunto de normas se apliquen y se cumplan. En el año 2008 al ser evaluada la empresa por la referida Secretaría, se encontraron múltiples deficiencias en materia, al Análisis y Evaluación en el Control de la Seguridad y Salud en el Trabajo, Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad E Higiene en el Trabajo. Y se proyecta un método de control de las mismas.
II. PLANTEAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA
La EMBOTELLADORA AGA, ingresó al Programa de Autogestión en Seguridad Y Salud en el Trabajo (PASST). Respaldado por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS), como una de las acciones para gestionar un marco normativo claro y efectivo en materia de seguridad industrial en el año 2008, realizándose de una manera incorrecta por lo que hasta entonces se pretende implementar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo para atender de manera eficiente esta materia.
Posteriormente la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene como objeto inspeccionar las condiciones generales de Seguridad y Salud en el Trabajo, dando por consiguiente así la primera evaluación de cómo se encuentra la empresa, por lo tanto es preciso realizar un manual de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de favorecer el mejor funcionamiento de centros de trabajo seguros e higiénicos.
DESARROLLO DEL PROYECTO.
IV.1. Fundamento Teórico.
Para la elaboración de lo que se ha denominado el manual de seguridad y salud en el trabajo como primer elemento de información a obtener fue el asesoramiento en el Área de Seguridad y Salud en el Trabajo dependiente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), área que se encarga de vigilar el cumplimiento de normas, reglas e instrucciones para garantizar la seguridad del trabajador y lograr reducir el mínimo de riesgos de trabajo posible así como los actos inseguros que cometen los operadores, descuidos y falta de conocimiento en seguridad y salud en el trabajo.
Así mismo se encarga de informar y establecer donde ubicar los señalamientos de seguridad en las áreas de peligro, zonas de evacuación, dar capacitación a los trabajadores acerca del uso del equipo de protección personal.
Posteriormente se investigo y se analizo todas y cada una de las normas y lineamientos que se contemplan.
"El objetivo de la Secretaria del trabajo y previsión social (STPS), es impulsar la formalización de compromisos voluntarios por las empresas para el cumplimiento efectivo de la normatividad dentro del programa de autogestión en seguridad y salud en el trabajo a efecto de incidir en la disminución del porcentaje de accidentes laborales".2
IV.1.1. Marco Legal.
IV.1.1.1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establece en el artículo 123, Apartado "A", fracción XV, la responsabilidad que tiene el patrón de observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas.
IV.1.1.2. La Ley Federal del Trabajo.
Determina en su artículo 132, fracción XVI, la obligación que tienen los patrones de instalar, de acuerdo con los principios de seguridad e higiene, las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares en que deben ejecutarse las labores, para prevenir riesgos de trabajo y perjuicios al trabajador, así como adoptar las medidas necesarias para evitar que los contaminantes excedan los máximos permitidos.
Por su parte, la fracción XVII de dicha disposición dispone la obligación de los patrones de cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y, en general, en los lugares en que deban ejecutarse las labores.
IV.1.1.3. El Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
Señala en el artículo 12 que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social llevará a cabo programas de asesoría y orientación para el debido cumplimiento de la normatividad laboral en materia de seguridad e higiene en el trabajo, en los que se establecerán los mecanismos de apoyo para facilitar dicho cumplimiento, a través de compromisos voluntarios con aquellas empresas o establecimientos que así lo soliciten para lo cual se auxiliará de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
IV.1.1.4. NORMA Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2000.
Establecer las condiciones mínimas de seguridad que deben existir, para la protección de los trabajadores y la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
IV.1.1.5. NORMA Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008.
Establecer los requisitos mínimos para que el patrón seleccione, adquiera y proporcione a sus trabajadores, el equipo de protección personal correspondiente para protegerlos de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan dañar su integridad física y su salud.
IV.1.1.6. NORMA Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004.
Establecer los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
IV.1.1.7. NORMA Oficial Mexicana NOM-025-STPS-2008.
Establecer los requerimientos de iluminación en las áreas de los centros de trabajo, para que se cuente con la cantidad de iluminación requerida para cada actividad visual, a fin de proveer un ambiente seguro y saludable en la realización de las tareas que desarrollen los trabajadores.
IV.1.1.8. NORMA Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998.
Tiene por objeto definir los criterios de verificación en cuanto a los colores y señales de seguridad e higiene y la identificación de riesgos por Fluidos conducidos en tuberías.
IV.1.1.9. NORMA Oficial Mexicana NOM-027-STPS-2008.
Establecer condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para prevenir riesgos de trabajo durante las actividades de soldadura y corte.
IV.1.1.10. NORMA Oficial Mexicana NOM-029-STPS-2005.
Establecer las condiciones de seguridad para las actividades de mantenimiento en las instalaciones eléctricas de los centros de trabajo, a fin de evitar accidentes al personal responsable de llevar a cabo dichas actividades y a personas ajenas a ellas que se pudieran exponer.
IV.1.1.11. NORMA Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2006.
Establecer los lineamientos para desarrollar y promover los Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo y las acciones necesarias para que, con su aplicación en el centro de trabajo, se promueva un ambiente laboral seguro y sano que prevenga accidentes y enfermedades de trabajo.

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