MANUAL DE PROCEDIMIENTO Primera edición 1999

October 11, 2017 | Autor: Haison Ramos Ortiz | Categoría: Me interesan todo lo relacionada con el mundo del arte y la arqueología
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Descripción

MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL Javier Miguel Gámez Vizcaíno

Primera reimpresión junio 2002 Segunda edición 2001 Primera edición 1999 © Javier Miguel Gámez Vizcaíno © Legis Editores S.A. Queda prohibida la reproducción total o parcial de este libro, por cualquier proceso reprográfico o fónico, por fotocopia, microfilme, offset o mimeógrafo, sin previa autorización del Autor. Editor Jurídico: José Vicente Barreto R. Diseño y Diagramación: Ricardo Rojas Zamudio Coordinador de Edición: Luis Arturo Lara O. Impresión: LEGIS S.A.

ISBN: 958-653-283-6 Impreso en Colombia

PRESENTACIÓN El silencio es, después de la palabra, la segunda potencia de este mundo. Lacordaire

Es una realidad incuestionable, reconocida por la legislación, la jurisprudencia y la doctrina, que la Administración Pública, para la realización de los fines del Estado, no sólo adquiere los bienes y servicios necesarios mediante la técnica de los actos administrativos, sino que cada vez con mayor frecuencia, interviene en el tráfico jurídico a través de la institución contractual (Véase. Escobar Gil. Teoría General de los Contrato de los Administración Pública, Legis , 1999, p. 30 y ss.). Sin embargo, el tema de los contratos administrativos es la materia que más polémica ha suscitado en el derecho y en la práctica. El criterio jurídico que se adopte será determinante para comprender las demás instituciones relacionadas, tales como los derechos reales administrativos, la responsabilidad patrimonial de Estado, el acto administrativo o la función pública misma, entre otros. En la práctica, múltiples son las controversias y no pocos los perjuicios que se han ocasionado cuando no se tiene claro que la finalidad de los contratos estatales no puede ser otra que la de constituirse en un instrumento al servicio del interés público. Como bien sostiene la Corte Constitucional, “el estudio de la contratación estatal debe inscribirse en los

principios axiológicos del Estado Social de Derecho, que irradian todas las disposiciones contractuales previstas en la Constitución” (C. Const. Sent. C449, jul. 9/92). En los contratos de la Administración Pública una de las partes es un sujeto privilegiado revestido de ciertas prerrogativas que el derecho le otorga para la realización del interés público, lo que conlleva que este contrato tenga características propias y específicas, de ahí la existencia de una normatividad especial para regular determinados aspectos de los contratos estatales. En este sentido, la Ley 80 de 1993 desarrolla no sólo los nuevos principios constitucionales, sino que pretende corregir las falencias del antiguo Decreto 222, reglamentario de la materia. Debemos, sin embargo, reconocer como hecho irrefutable que la práctica contractual, por su multiplicidad de forma s y variables resulta imposible de enmarcar en disposiciones únicas, por lo que la ley estableció una serie de principios rectores que buscan encuadrar muchos eventos, presentes y futuros con lo cual lo cambiante de la contratación se encasillaría en las normas positivas sin necesidad de cambios legislativos frente a nuevos fenómenos. (Cfr. Luis Guillermo Dávila, Régimen Jurídico de los Contratos Estatales, Legis, 2001, p. 15 y ss.). Estos principios, según la Ley 80 son el de transparencia o publicidad que busca hacer posible la controversia; el de la responsabilidad que compromete al servidor público y a su patrimonio en el manejo de sus obligaciones, y el de economía o celeridad, que pretende evitar los trámites innecesarios en la escogencia del contratista o en la celebración y ejecución del contrato. Es en este sentido que nuestra casa editorial se complace en presentar la segunda edición de este manual del doctor Javier Miguel Gámez Vizcaíno, obra que comprende todas las etapas del proceso contractual, desde la previa hasta la poscontractual, con un gran número de minutas y modelos para utilizar y adecuar de acuerdo con las necesidades específicas de cada tipo de contrato. La obra muestra, además, una gran preocupación del autor por observar los principios propios de la contratación pública, con el especial cuidado de tener en cuenta tanto los intereses de la entidad contratante como los del contratista, con el fin de que el acuerdo sea benéfico y equitativo para ambas partes.

La obra se constituye así en una invaluable herramienta para los servidores públicos de todos los niveles y para la ciudadanía en general. Y si bien es cierto que tanto los departamentos y los municipios pueden regular lo relacionado con la formación, adjudicación y celebración de los contratos, en virtud de su autonomía territorial, también lo es que las normas que dicten deben respetar en su integridad los principios y las reglas del Estatuto General de Contratación; por tanto será un importante auxiliar para gobernadores y alcaldes municipales, los cuales a veces se ven obligados a actuar sin la debida información que les impida incurrir en errores. Finalmente, una obra práctica como la que hoy pone el autor a disposición de la comunidad, con el sello de garantía Legis, como sostiene Víctor G. Ricardo en el prólogo a la primera edición de este libro, entonces denominado Práctica Contractual Administrativa, sólo puede tener origen en quien con su experiencia en la Administración Pública y específicamente en le campo de las licitaciones y contratos, ha asumido con dedicación el estudio de todos los aspectos y pormenores de la contratación, como actos de naturaleza compleja, traducidos en formatos que serán una guía equilibrada tanto para funcionarios como para contratistas. EL EDITOR

Índice General

PRESENTACIÓN...................................................................................

ix

INTRODUCCIÓN....................................................................................

xxi

PRIMERA PARTE ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA MATERIA CONTRACTUAL

CAPÍTULO I CONSIDERACIONES PREVIAS A. CONCEPTOS .................................................................................

1

B. CLASES DE CONTRATOS ..................................................................

13

1. Agencia comercial ............................................................

13

2. Arrendamiento ..................................................................

14

3. Atípicos o innominados ...................................................

14

4. Comodato .........................................................................

14

5. Compraventa ....................................................................

14

6. Concesión .........................................................................

14

7. Consultoría .......................................................................

15

8. Convenios interadministrativos.........................................

15

9. Corretaje ............................................................................

15

10. Intermediación de seguros ............................................

15

11. Depósito ..........................................................................

16

12. Edición.............................................................................

16

13. Fiducia y/o encargo fiduciario ........................................

16

14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24.

Hospedaje....................................................................... Leasing (arrendamiento financiero)............................... Mandato .......................................................................... Operaciones de crédito público (interno y externo) .... Obra pública ................................................................... Permuta ........................................................................... Prestación de servicios .................................................. Seguro ............................................................................. Suministro ....................................................................... Transacción .................................................................... Transporte ......................................................................

16 16 17 17 17 17 17 17 18 18 18

C. PRECISIONES CONCEPTUA LES .........................................................

18

CAPÍTULO II LEGISLACIÓN Y ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL SECCIÓN PRIMERA LAS ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL

A. ETAPA PREVIA ..............................................................................

21

1. Características .................................................................. 2. Requisitos..........................................................................

21 21

B. ETAPA PRECONTRACTUAL ................................................................

22

1. Características .................................................................. 2. Requisitos..........................................................................

22 23

C. ETAPA CONTRACTUAL .....................................................................

24

1. Características .................................................................. 2. Requisitos..........................................................................

24 25

D. ETAPA POSCONTRACTUAL................................................................

25

1. Características .................................................................. 2. Requisitos..........................................................................

26 26

SECCIÓN SEGUNDA DISPOSICIONES LEGALES RELATIVAS A LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA A. CUADROS ....................................................................................

27

SECCIÓN TERCERA DOCUMENTOS PREVIOS A LOS PROCESOS DE SELECCIÓN Y A LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS A. ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DEL CONTRATO ...................

32

B. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL .................................

34

CAPÍTULO III METODOLOGÍA PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA A. PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROPONENTES Y SUSCRIPCIÓN DE ACUERDOS CUANDO HAYA LUGAR A CONTRATACIÓN DIRECTA ................................ 37

1. Para el estudio jurídico .....................................................

39

2. Para el estudio económico ..............................................

40

3. Para el estudio técnico .....................................................

40

B. PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ...

41

C. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN ...............................................

41

1. Del Precio = 50 puntos.....................................................

41

2. Del plazo = 20 puntos ......................................................

42

3. Organización = 10 puntos ................................................

42

4. Equipo = 10 puntos ..........................................................

43

5. Experiencia y cumplimiento en contratos anteriores = 5 puntos 6. Certificación sobre calidad de bienes o servicios ofrecidos = 5 puntos........................................................................

43

D. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS ...................

43

E. LA CONTRATACIÓN DE MENOR CUANTÍA ..............................................

44

CAPÍTULO IV CONTRATACIÓN DE MENOR CUANTÍA

1. Modelo de términos de referencia de una invitación a presentar ofertas................................................................................ 47 2. Tablas de cumplimiento de requisitos ............................

53

SEGUNDA PARTE MINUTAS Y REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA

CAPÍTULO V CONTRATACIÓN DIRECTA DE OBRA SECCIÓN PRIMERA REQUISITOS A. ETAPA PREVIA ...............................................................................

55

B. ETAPA PRECONTRACTUAL ................................................................

55

C. ETAPA CONTRACTUAL ....................................................................

56

D. ETAPA POSCONTRACTUAL................................................................

57

SECCIÓN SEGUNDA MINUTA DEL CONTRATO DE OBRA (CARÁCTER VIAL) COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO .....................................................................................

SECCIÓN TERCERA

59

43

MINUTA DEL CONTRATO DE OBRA (CARÁCTER ARQUITECTÓNICO) COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO .....................................................................................

70

SECCIÓN CUARTA MINUTA DEL CONTRATO DE OBRA (CARÁCTER ARQUITECTÓNICO A PRECIOS GLOBALES) COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO .....................................................................................

81

CAPÍTULO VI CONTRATACIÓN DIRECTA DE COMPRAVENTA Y SUMINISTRO SECCIÓN PRIMERA REQUISITOS A. ETAPA PREVIA ..............................................................................

93

B. ETAPA PRECONTRACTUAL ................................................................

93

C. ETAPA CONTRACTUAL ....................................................................

94

D. ETAPA POSCONTRACTUAL................................................................

95

SECCIÓN SEGUNDA MINUTA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO .....................................................................................

97

SECCIÓN TERCERA MINUTA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO ..................................................................................... 102

CAPÍTULO VII CONTRATACIÓN DIRECTA PARA CONSULTORÍA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS SECCIÓN PRIMERA REQUISITOS A. ETAPA PREVIA ............................................................................... 109 B. ETAPA PRECONTRACTUAL ................................................................ 110 C. ETAPA CONTRACTUAL ..................................................................... 111 D. ETAPA POSCONTRACTUAL................................................................ 112

SECCIÓN SEGUNDA

MINUTA DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO ..................................................................................... 113

SECCIÓN TERCERA MINUTA DEL CONTRATO DE CONSULTORÍA (MODALIDAD INTERVENTORÍA) COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO ..................................................................................... 120

SECCIÓN CUARTA MINUTA DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMO RESULTADO DE UNA CONTRATACIÓN DIRECTA A. FORMATO ..................................................................................... 130

CAPÍTULO VIII DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO

1. Minuta del contrato interadministrativo como resultado de una contratación directa ............................................. 137 CAPÍTULO IX CONTRATOS ADICIONALES

1. Minuta de contrato adicional en tiempo ........................... 143 2. Minuta de contrato adicional en valor............................... 146 3. Minuta de contrato adicional en tiempo y valor................ 148 CAPÍTULO X CONTRATOS SIN FORMALIDADES PLENAS

1. Orden de prestación de servicios.................................... 151 2. Orden de compra.............................................................. 154

TERCERA PARTE LICITACIONES Y CONCURSOS PÚBLICOS DE MÉRITOS CAPÍTULO XI METODOLOGÍA PARA LA CONTRATACIÓN —SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES—

A. EL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES.............. 157

1. Ley 80 de 1993................................................................. 157 2. Decreto 287 de 1996 ....................................................... 161 B. LA ESTRUCTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN .................................... 163

1. Etapa previa....................................................................... 163 2. Etapa inicial ........................................................................ 163 3. Etapa final .......................................................................... 164 C. EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DENTRO DEL PROCESO DE SELECCIÓN . 164 D. MODELO DE AVISO INVITANDO A PARTICIPAR EN UN CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS ................................................................................ 166 E. MODELO DE AVISO INVITANDO A PARTICIPAR EN UNA LICITACIÓN PÚBLICA ... 167

CAPÍTULO XII LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE COMPRAVENTA

1. Resolución que ordena la apertura de una licitación ...... 169 2. Acta de apertura de la licitación ....................................... 171 3. Acta de cierre da la licitación............................................ 171 4. Pliego de condiciones ..................................................... 173 5. Minuta del contrato de compraventa como resultado de una licitación 189 6. Carta de presentación de la propuesta ........................... 193 7. Resolución de adjudicación de una licitación ................. 194

CAPÍTULO XIII LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE ENCARGO FIDUCIARIO

1. Modelo de pliego de condiciones.................................... 197 2. Carta de presentación de la propuesta ........................... 223 3. Minuta del contrato de encargo fiduciario como resultado de una licitación................................................................. 225 4. Certificación de experiencia específica.......................... 233 5. Modelo de carta de intención para entidades de crédito

234

CAPÍTULO XIV LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRA

1. Resolución que ordena la apertura de una licitación ...... 235 2. Acta de apertura de la licitación ....................................... 237 3. Acta de cierre da la licitación............................................ 238 4. Pliego de condiciones ..................................................... 240 5. Minuta del contrato de obra como resultado de una licitación pública 327 6. Carta de presentación de la propuesta ........................... 339 7. Resolución de adjudicación de una licitación ................. 341 CAPÍTULO XV LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS

1. Modelo de pliego de condiciones.................................... 343 2. Formularios de la propuesta ............................................ 383 3. Experiencia del proponente ............................................ 384 4. Reaseguradores ............................................................... 385 5. Información general del oferente..................................... 385 CAPÍTULO XVI LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS

1. Resolución que ordena la apertura de una licitación ...... 387 2. Acta de apertura de la licitación ....................................... 389 3. Acta de cierre da la licitación............................................ 390 4. Pliego de condiciones ...................................................... 392 5. Minuta del contrato de suministro como resultado de una licitación pública............................................................................... 409 6. Carta de presentación de la propuesta ........................... 415 7. Resolución de adjudicación de una licitación ................. 416 CAPÍTULO XVII

CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE INTERMEDIARIO DE SEGUROS

1. Resolución que ordena la apertura de un concurso ....... 419 2. Términos de referencia .................................................... 421 3. Información del oferente .................................................. 439 4. Pólizas que integran el programa..................................... 440 5. Minuta del contrato de intermediación de seguros ........ 441 6. Carta de presentación de la propuesta ........................... 445

CAPÍTULO XVIII CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE INTERVENTORÍA

1. Términos de referencia .................................................... 447 2. Carta de presentación ...................................................... 495 3. Resumen de la propuesta técnica .................................. 497 4. 5. 6. 7.

Información general de la firma........................................ Experiencia de la firma ..................................................... Personal que intervendrá en la ejecución........................ Organigrama para la ejecución del proyecto...................

498 498 498 499

8. Cronograma de actividades ............................................. 9. Carta de presentación de la propuesta económica ....... 10. Propuesta económica..................................................... 11. Multiplicadores ...............................................................

499 500 501 503

12. Costo de operación ....................................................... 503 13. Minuta del contrato de consultoría (interventoría)......... 504

CUARTA PARTE ACTUACIONES POSCONTRACTUALES CAPÍTULO XIX LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO A. LA LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS .................................................. 513

1. De su ocurrencia y contenido........................................... 513 B. MINUTA DE ACTA DE LIQUIDACIÓN BILATERAL DE UN CONTRATO ................ 514

C. LIQUIDACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO ........................................... 518 D. MINUTA DE ACTA DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL DE UN CONTRATO .............. 518 E. ACTO ADMINISTRATIVO QUE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN UNILATERAL ........... 522 F. ACTO ADMINISTRATIVO QUE DECLARA LA OCURRENCIA DE UN SINIESTRO DE INCUMPLIMIENTO ...................................................................... 527 ÍNDICE ANALÍTICO ................................................................................ 529 BIBLIOGRAFÍA ..................................................................................... 535

INTRODUCCIÓN

La contratación estatal es, a todas luces, uno de los instrumentos más eficaces en la consecución de los fines y propósitos del Estado en su accionar diario y cotidiano, y que concatena sin lugar a dudas, los postulados de la planeación y el presupuesto con las aplicaciones pragmáticas que persiguen el bienestar de los coasociados en el marco social de derecho al cual está sujeto por clara disposición constitucional el aparato estatal. Pero más allá de su justificación teleológica, la contratación presenta dos connotaciones que llevan a comprender su verdadero contexto, la primera de ellas, de carácter eminentemente normativa, y que encuentra su génesis en la Carta Política, allí se consagra el carácter y objetivos prioritarios de la función pública, instituida en los postulados contenidos en el artículo 209 superior, que a su tenor manifiesta: La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...). Estos serán pues, los fundamentos de derecho sobre los cuales deberá desarrollarse la actividad contractual y con los cuales los principios instituidos en el Estatuto General de la Contratación Administrativa, se entronizan de manera armónica y congruente. A renglón seguido, y como su segunda connotación, se podrá observar cómo este mecanismo de negociación y ejecutorias con claro soporte jurídico, es además un campo de acción preciso para el desarrollo de esquemas económicos, contables y tecnológicos de diversa índole que se adecuan a los procedimientos propios de esta disciplina para asegurar los planteamientos

anteriormente enunciados, y cuyo objeto sin lugar a dudas, es el de asegurar el cumplimiento eficiente y eficaz de la gestión pública. Como elementos que se consideran concurrentes en las aplicaciones contractuales y que son de su esencia constatarlas a la luz de las implicaciones previstas antes, están la calidad de los objetos contratados y el impacto que tales pudieran llegar a producir sobre el medio ambiente. Prescindir de ellos sería tanto como estar actuando al margen de las previsiones mínimas de un futuro más amable y armónico. Ahora bien, como el factor negocial plurilateral lleva implícita la administración del recurso público, no escapa, ni es ajeno del necesario y consecuente control por parte de los órganos estatales previstos para el efecto, y de la comunidad misma. Es por ello, que la verificación del correcto actuar en la ordenación del gasto, la adecuada inversión y el efectivo resultado de la misma, en desarrollo de las operaciones contractuales administrativas, deben ser, además del ejercicio propio de las funciones previstas para los primeros, y los derechos legalmente consagrados para los segundos, premisas colectivas fundamentales en la búsqueda de una sociedad más justa, equitativa y transparente. JAVIER MIGUEL GÁMEZ VIZCAÍNO Bogotá, mayo de 2001

PRIMERA PARTE ASPECTOS GENERALES RELACIONADOS CON LA MATERIA CONTRACTUAL

CAPÍTULO I CONSIDERACIONES PREVIAS

A. CONCEPTOS

El Contrato, según el profesor GUILLERMO OSPINA FERNÁNDEZ, «es el concurso real de las voluntades de dos o más personas encaminado a la creación de obligaciones. Esta fuente es, pues, un acto jurídico típico y caracterizado, puesto que sus efectos se producen en razón de la voluntad de los agentes».1 Los contratos como negocios jurídicos que son, demandan en su estructura de ciertos elementos constitutivos, los cuales distinguen en cada uno de ellos las cosas que son de su esencia, de su naturaleza y las puramente accidentales. Serán de su esencia aquellas cosas sin las cuales o no producen efecto alguno o degeneran en otro contrato diferente; serán de la naturaleza del mismo las que sin serles esenciales se entienden pertenecerles, sin necesidad de cláusula especial, y accidentales, las que aún no siendo esenciales o naturales le son agregadas mediante cláusulas diversas. Igualmente esta serie de negocios requieren, para constituirse en obligaciones, de capacidad en las partes de cada relación, el consentimiento libre de vicios, un objeto y una causa lícita. Así pues, los contratos que celebren las entidades estatales deben sujetarse primeramente a los requerimientos anteriores, que tienen su origen en la legislación civil, y a otros de carácter particular que son naturales en ellos, tales como: 1. Todos aquellos negocios jurídicos en los cuales intervenga como parte la administración pública a nombre y en representación del Estado colombiano, entran en la órbita de conocimiento de la Ley 80 de 1993 y sus posteriores reglamentaciones, y se entiende por entidades estatales, todas y cada una de las organizaciones administrativas en las cuales el Estado se encuentra sectorizado para el cabal cumplimiento de sus objetivos, esto es en las tres ramas del poder público, y los órganos autónomos y de control previstos constitucionalmente. Del mismo modo en la rama ejecutiva del poder público, tanto en el sector central como en el descentralizado territorialmente y por servicios, de modo tal que, salvo las excepciones contenidas en el mismo Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, como en leyes especiales, la regla general consiste en que todos los acuerdos de voluntad que suscriban las entidades estatales se someten a las disposiciones contenidas en este Estatuto. 2. Si dichos acuerdos de voluntad, implican el cumplimiento de obligaciones de dar, hacer o no hacer a cargo de las partes contratantes se considerarán

como contratos estatales. Ahora bien, si tales acuerdos simplemente enmarcan meras intencionalidades, o compromisos que no contengan obligaciones directas de dar, hacer o no hacer, estaremos en presencia de convenios estatales, los que se desarrollarán para su ejecución a través de los contratos estatales, que se lleguen a suscribir en el marco de los anteriores. De cualquier manera, tanto unos como otros se deberán sujetar a las reglamentaciones civiles y comerciales existentes, y especialmente a los contenidos normativos de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, en especial aquellos que a título enunciativo define el artículo 32 de la precitada ley, que son: a) El contrato de obra; b) El contrato de consultoría; c) El contrato de prestación de servicios; d) El contrato de Concesión, y e) Los encargos fiduciarios y la fiducia pública. 3. Los servidores públicos, entendidos éstos como las personas naturales que prestan sus servicios dependientes de las entidades estatales, serán quienes por mandato legal o a través de delegación actúen en representación de la Administración Pública, siendo ésta una de las partes en la relación contractual frente a los particulares o a la misma administración, en el caso de los contratos interadministrativos. En cuanto a este aspecto la Ley 80 de 1993, en su artículo 12 otorga la posibilidad a los jefes y representantes legales de las entidades estatales de delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñan cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes. Esta posibilidad fue complementada mediante el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995 en el sentido de que tal delegación puede conferirse sin consideración a la naturaleza o cuantía de los contratos. Ello incluye las facultades de adjudicar y celebrar contratos por parte de los delegatarios, cosa que no sucede cuando se trata de la desconcentración de funciones, conforme a la prohibición expresa contenida en el inciso 2º, del artículo 7º, del Decreto 679 de 1994, que limita la atribución de competencia para efectos de la expedición de los distintos actos en los procedimientos contractuales de selección por parte de dichos funcionarios, menos los ya comentados. Para una mejor comprensión de las delimitaciones conceptuales entre desconcentración y delegación administrativa es pertinente observar el contenido que precisa cada una de ellas, manifestado en los artículos 8º, y 9º, de la Ley 489 de 1998. 4. Los fines de la contratación estatal serán el cumplimiento de los fines estatales consagrados en la Constitución Política, las leyes, los planes de ordenamiento territorial, los planes de desarrollo y los respectivos presupuestos, así como la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados.

Consagra el artículo 2º constitucional, como fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. A su turno el artículo 4º de la Ley 489 de 1998, preceptúa como finalidades de la función administrativa la satisfacción de las necesidades generales de todos los habitantes conforme a los principios, finalidades y cometidos consagrados en la Constitución Política. 5. Los derechos y deberes tanto de las entidades estatales como de los contratistas son el eje fundamental de la relación contractual, razón por la cual deben observar las partes de manera rigurosa los principios de transparencia, economía, responsabilidad, y en especial la ecuación, antes denominada equilibrio contractual, y el deber de selección objetiva. Debe distinguirse en los contratos estatales, según el objeto de los mismos, su tratamiento frente al contratista, ya sean de los estipulados a título enunciativo o no, siendo los primeros aquellos respecto de los cuales la ley ha dispuesto la inclusión de potestades unilaterales a través de las denominadas cláusulas excepcionales, que son: La interpretación, la modificación y la terminación unilaterales, así como los principios de caducidad y de reversión, cláusulas que aun cuando no se consignen expresamente en los textos contractuales se entienden pactadas. Serán entonces del segundo tipo aquellos exentos de las precitadas cláusulas, y que tienen su origen en el derecho común, y se rigen conforme a aquel y a lo pactado por las partes en ejercicio de su autonomía de voluntad. 6. Resulta de especial importancia considerar aquí que los contratos estatales se perfeccionan cuando se logra acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y estos se elevan a escrito, según lo ha preceptuado el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, más sin embrago y por interpretación extensiva efectuada por el Honorable Consejo de Estado (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sec. Tercera, Auto de ene. 27/00. Exp. 14.935. C. P. Germán Rodríguez Villamizar), se requiere adicionalmente para su perfeccionamiento el correspondiente Registro Presupuestal, como lo demanda el artículo 71 del Decreto 111 de 1996, Ley Orgánica del Presupuesto. Por tanto hasta que este último requisito no se haya cumplido en

aplicación de los recursos comprometidos a través de un acuerdo negocial del Estado, no puede reputarse el perfeccionamiento del mismo. 7. En razón a que el Estatuto General de Contratación no estableció las multas, ni la cláusula penal pecuniaria como estipulación excepcional, sólo es dable considerar el pactar tales de acuerdo con el principio de la autonomía de la voluntad de las partes y acorde con ello, la autorización que hace el contratista para la tasación y facultad de cobro de las mismas por parte de la entidad. No sobra advertir que la figura de las multas es una modalidad de cláusula penal pecuniaria sancionatoria del incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales, cuya atribución negocial debe ser expresa, precisa, clara y limitada, y cuya aplicación procede por el incumplimiento parcial de las obligaciones del contratista, su retraso en el cumplimiento de las mismas o su cumplimiento de manera deficiente, lo que afecta la calidad del objeto contratado. A este respecto ha manifestado recientemente el Honorable Consejo de Estado, en Sentencia del 6 de agosto de 1998, Expediente 14558, Magistrado Ponente Ricardo Hoyos Duque: «De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1602 del Código Civil, el contrato es ley para las partes y, lo es, en consecuencia, la cláusula contractual en la cual se pactan las multas ante un eventual incumplimiento del contratista. La cláusula de multas no se encuentra incluida en las cláusulas excepcionales establecidas por la Ley 80 de 1993, pero si está regulada por normas del derecho privado como el Código Civil y el Código de Comercio, las cuales son aplicables al contrato estatal. En efecto, es perfectamente lícito, que las partes de un contrato puedan pactar una pena en caso de inejecución o mora en el cumplimiento de una obligación, como una manera de apremiar al deudor. Con base en lo anterior, puede afirmarse que la Administración tiene competencia para imponer unilateralmente, sin necesidad de acudir al juez, la multas pactadas en un contrato estatal, en virtud del carácter ejecutivo que tienen los actos administrativos. Lo anterior se debe a que la contratación estatal, se dirige a que se cumplan los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados». Complementando lo anterior vale la pena apreciar como ÁLVARO B. ESCOBAR ENRÍQUEZ,2 comenta que son requisitos de la cláusula de multas: a) Que se pacte expresamente en el contrato; b) Que exista incumplimiento parcial por parte del contratista, y c) Que el contrato se encuentre en etapa de ejecución.

Del mismo modo, el antes citado tratadista prevé como efectos de la multa: a) El cobro de la multa al contratista, bien sea por parte de la entidad contratante cuando una estipulación contractual le autorice a aquella a descontarla de los saldos pendientes a su favor, o cuando de no existir cláusula al respecto, el procedimiento será el del cobro judicial, salvo que el contratista pague voluntariamente su valor, y b) La comunicación a la Cámara de Comercio sobre la imposición de la multa.

8. En el contrato estatal debe pactarse un término de ejecución del mismo, que será el lapso de tiempo dentro del cual se espera el cumplimiento del objeto pactado, y un término de vigencia del contrato, que es el período de existencia jurídica de aquel y durante el cual debe ejecutarse el compromiso como aspiración primera de las partes, o requerirse el cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión de la relación contractual si no se da el supuesto anterior, o en caso de incumplimiento de las obligaciones la imposición de las sanciones pactadas como las multas y la cláusula penal pecuniaria y las previstas en las cláusulas excepcionales, cuando a ello haya lugar. Si bien es cierto que la Ley 80 de 1993 consagra de manera genérica el término plazo, para referirse a lapso en el cual las partes convienen en desarrollar el acuerdo convenido, también lo es, que en reglamentaciones anteriores y según criterio adoptado reiteradamente por la jurisprudencia y la doctrina colombiana los términos de vigencia del contrato y ejecución del contrato corresponden a la especie, en tanto que el plazo será el género, en cuanto a tiempo del contrato se refiere (sentencias del Honorable C. de E. de: sep. 30/94. Exp. 9280, y del 26 de nov. de 1998. Exp. 14920). En ese mismo sentido reglamentaciones del Estatuto General de Contratación tales como el Decreto 679 de 1994 en su artículo 17, literal c), hace referencia de manera expresa al término de vigencia del contrato, de suerte tal que resulta más que válido, legal y técnico estipular en los textos contractuales los términos antes enunciados; a pesar de que la percepción exégeta y restringida de algunos autores, muy pocos por cierto, demanden que se deba tener en cuenta de manera exclusiva el plazo del contrato, para referirse al tiempo conforme al cual el acuerdo negocial nace a la vía jurídica, se desarrolla, se verifica el cumplimiento de sus contenidos y desaparece, como si las partes estuvieran impedidas para acordar plazos en los que ejecutarán sus obligaciones y plazos para convenir la existencia de sus acuerdos. 9. Con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones, se exige al contratista la constitución de una garantía única de cumplimiento, la cual debe cobijar los riesgos que eventualmente conlleve la inobservancia de las

obligaciones a las que se encuentra sujeto, es por esta razón que según el caso particular de cada contrato deben ampararse: a) El buen manejo y correcta inversión del anticipo; b) El cumplimiento; c) El pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal a cargo del contratista; d) La responsabilidad civil extracontractual, y e) La estabilidad de la obra, calidad del bien o servicio y correcto funcionamiento de los equipos.

Frente a este aspecto es importante anotar que ocurrido cualquiera de los siniestros amparados por alguna o varias de las modalidades de la garantía única de cumplimiento descritas anteriormente, dentro de la vigencia de la póliza respectiva, la entidad debe hacer efectivo el contrato de seguro, aún si su conocimiento ocurre con posterioridad a la pérdida de vigencia de la póliza, pero siempre y cuando no hayan prescrito las acciones derivadas del contrato de seguro, que se hallan consagradas en el artículo 1081 del Código de Comercio, toda vez que una es la vigencia del contrato y otra la vigencia de la acción, y en tanto, esta última tenga vigencia y el siniestro hubiere ocurrido en la vigencia de la primera surte la reclamación, habida cuenta que el objeto del contrato de seguro es el amparo del cumplimiento de las obligaciones contraídas en su momento por el contratista. De igual modo resulta trascendental anotar que deben las entidades estatales llamar en garantía a las compañías aseguradoras dentro de los procesos adelantados en sede judicial por la responsabilidad derivada de la actuación contractual cada vez que esta ocasione daños a terceros, sin que ello exonere de la responsabilidad a los agentes estatales, cuando a través de actos, hechos u operaciones administrativas hayan contribuido en la realización del hecho dañino. 10. La exigencia de la efectividad de las garantías constituidas para respaldar el antes referido cumplimiento es dable desde el momento en que la entidad tiene o ha debido tener conocimiento de la ocurrencia del hecho que motive la declaratoria de siniestro de incumplimiento mediante acto administrativo motivado, y a partir de ese instante hasta por el término de la prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro (dos años para la ordinaria y cinco para la extraordinaria). 11. A través del artículo 70 de la Ley 617 de 2000, se estableció la imposibilidad de contratar con cualquier entidad estatal para aquellos

proponentes que aparecieran como deudores en las bases de datos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales —DIAN— y en aquellas que las entidades territoriales establecieran a través de sus organizaciones gremiales. Frente a esta disposición se encuentran marcadas diferencias con la Ley 550 de 1999 en lo concerniente al momento contractual en que procedía dicha exigencia, dado que la disposición anterior que la contenía, declarada inexequible, artículo 57 de la Ley 550 de 1999, exigía estar al día con el Estado respecto de obligaciones fiscales, para participar en licitaciones y concursos públicos de méritos, presentación de ofertas o adjudicación de contratos con alguna entidad del Estado, lo cual resultaba distinto del requisito contemplado en la Ley 617 de 2000, como quiera que esta última no refería tal exigencia a los aspirantes a contratar con el Estado. Así también, se observa que mientras la Ley 550 de 1999, artículo 57, determinaba que la DIAN certificaría que el aspirante o contratista se encontrara al día respecto de obligaciones fiscales de carácter nacional, lo cual implicaba la obtención de un paz y salvo, la Ley 617 de 2000, artículo 70, sugirió que tal circunstancia pudiera ser determinada por un cruce interno entre entidades, puesto que ya no aludía a una certificación, sino a la base de datos de la DIAN. Estas apreciaciones son de carácter meramente informativas, toda vez que el artículo 134 de la Ley 633 de 2000 derogó expresamente el artículo 70 de la Ley 617 de 2000, dejando sin base legal la exigencia de hallarse el proponente y/o contratista al día en el pago de sus obligaciones tributarias con la DIAN, razón por la cual tales requisitos dejaron de ser de forzosa observancia tanto para las entidades como para los oferentes. 12. Toda obligación contractual debe estar respaldada de manera anticipada por un estudio de conveniencia y oportunidad así como de la respectiva disponibilidad presupuestal, y su celebración debe sujetarse a los términos anuales de apropiación, compromiso o reserva, establecidos para cada vigencia. En este punto es de anotar que todo aspecto relativo a inversión y su consecuencial desarrollo contractual debe soportarse en los proyectos inscritos en los bancos nacional , territorial o sectorial de Programas y Proyectos previstos en el Decreto-Ley 111 de 1996, artículo 9º, y que las reservas provenientes de relaciones contractuales sólo podrán constituirse con fundamento en los contratos debidamente perfeccionados, ahora bien,

cuando se haya realizado un proceso de selección de contratistas con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectúe en la vigencia fiscal siguiente, se deberá atender con el presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de los procedimiento presupuestales correspondientes (D. 026/98, art. 21). 13. La celebración de contratos estatales no genera relación laboral y la cesión o subcontratación por parte del contratista no se puede efectuar sin el consentimiento previo y escrito de la entidad. Resulta procedente en este punto analizar someramente el aspecto relativo a la relación contractual y a la de tipo laboral a fin de prever situaciones que por desconocimiento o arbitrariedad terminan por degenerar en eventos distintos de los inicialmente pactados, originando incidentes entre entidades contratantes y particulares contratistas. Así pues, es sano observar algunos apartes de la posición asumida por la Honorable Corte Constitucional al respecto. Ha considerado la alta corporación: «El contrato de prestación de servicios a que se refiere la norma demandada se celebra por el Estado en aquellos eventos en que la función de la administración no puede ser desarrollada por personas vinculadas con la entidad oficial contratante o cuando se requiere de conocimientos especializados, es decir, versa sobre una obligación de hacer para la ejecución de labores en razón de la experiencia, capacitación y formación profesional de una persona. Labores que son inherentes al funcionamiento de la entidad respectiva, por lo cual este tipo de contrato puede, en algunas ocasiones, tener por objeto funciones administrativas en los términos que establezca la ley. Además, la autonomía e independencia del contratista desde el punto de vista técnico y científico, constituye el elemento esencial de este contrato».3 Queda entonces claro que el contrato de prestación de servicios solamente podrá proceder frente a dos circunstancias: La primera, cuando la función administrativa no pueda ser desarrollada de manera directa por los servidores vinculados en la planta de la entidad pública contratante, bien sea por que dentro de las funciones específicas previstas para aquellos no se encuentre consagrada la función o actividad a desarrollar por parte del contratista, o bien por que existiendo prevista la función en el respectivo manual, no hay dentro de la planta de personal uno o varios servidores designados para el cumplimiento de esas tareas. La segunda, cuando la realización de las actividades necesarias para el cumplimiento de una o varias funciones públicas requieran de ciertos conocimientos especializados que por su

complejidad no se encuentre en capacidad de efectuarlas el personal de planta existente al momento de contratar. Complementando lo anterior, cabe anotar también, que la entidad debe certificar cualquiera de los eventos antes previstos, con base en un concienzudo y responsable estudio de las circunstancias que conllevan a la decisión de contratar la prestación del servicio, especialmente frente a las funciones previstas y la idoneidad del personal de planta con que se cuenta en ese momento. Siguiendo con la previsión jurisprudencial referida, también ha dicho el colegiado constitucional: «En el ejercicio del contrato de prestación de servicios, el contratista dispone de un amplio margen de discrecionalidad en cuanto concierne a la ejecución del objeto contractual dentro del plazo fijado y a la realización de la labor, según las estipulaciones acordadas. Así, no es posible admitir confusión alguna con otras formas contractuales y mucho menos con elementos configurativos de la relación laboral, razón por la cual no es procedente en aquellos eventos el reconocimiento de los derechos derivados de la subordinación y del contrato de trabajo en general. En caso contrario, es decir, si se acredita la existencia de las características esenciales del contrato de trabajo, tales como la prestación personal del servicio, la continuada subordinación laboral y la remuneración o salario, quedará desvirtuada la presunción establecida en la norma acusada y surgirá entonces el derecho al pago de las prestaciones sociales a favor del contratista, en aplicación del principio de primacía de la realidad sobre las formas de las relaciones de trabajo».4 Como queda claro la prestación del servicio demanda de un buen margen de autonomía por parte del contratista tanto para la ejecución del objeto acordado en los términos de tiempo previstos como en las actividades que este desarrolle para su cumplimiento, por lo tanto, no es dable que puedan existir figuras o mecanismos que sujeten al contratista en jornadas laborales o períodos diarios de trabajo determinados en horas, y menos aún la aplicación de medidas de control o disciplinarias al respecto, pues de tales se deriva sin duda alguna una clara subordinación. 14. Sólo podrá argumentarse para efectos de la suspensión temporal de los contratos, razones de caso fortuito o fuerza mayor comprobados, los cuales deberán constar en acta suscrita por las partes, previo concepto del interventor, supervisor o funcionario designado para la vigilancia de la ejecución contractual dependiendo del tipo de compromiso. Tanto la fuerza mayor como el caso fortuito deben ajustarse a los lineamientos previstos en el artículo 64 del Código Civil.

15. Para los contratos de tracto sucesivo y los demás respecto de los cuales la administración estime conveniente, debe efectuarse la liquidación de los contratos dentro del término de tiempo que ésta considere prudente, el cual deberá fijarse en el pliego de condiciones o términos de referencia o, en su defecto, a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del contrato, esto es, a la extinción de su vigencia, o a la expedición del acto administrativo que ordene su terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga. Mas sin embargo, el término máximo para liquidar los contratos dispuesto en la Ley 80 de 1993, de cuatro meses, fue adicionado en dos más, conforme a la estipulación contenida en el artículo 44, numeral 10, literal d), de la Ley 446 de 1998, que frente a la caducidad de las acciones contencioso-administrativas su tenor literal manifiesta: (...) 10. En las relativas a contratos, el término de caducidad será de dos (2) años que se contará a partir del día siguiente a la ocurrencia de los motivos de hecho o de derecho que les sirvan de fundamento. En los siguientes contratos, el término de caducidad se contará así: (...) d) En los que requieran de liquidación y esta sea efectuada unilateralmente por la administración, a más tardar dentro de los dos (2) años, contados desde la ejecutoria del acto que la apruebe. Si la administración no lo liquidare durante los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo convenido por las partes o, en su defecto del establecido por la ley, el interesado podrá acudir a la jurisdicción para obtener la liquidación en sede judicial a más tardar dentro de los dos (2) años siguientes al incumplimiento de la obligación de liquidar (...). 16. Es aconsejable pactar los intereses moratorios en una cuantía razonable para ambas partes, por cuanto de no incluirse este concepto se aplicará el doble del interés legal sobre el valor histórico actualizado, y no tendría sentido alguno para las entidades pactar intereses por encima de éste, por cuanto se considera que esa determinación legal se asimila más a una sanción para la Administración, que un tope o referencia para su cálculo. De igual forma es conveniente prever la solución de controversias contractuales a través de los mecanismos conciliatorios, transaccionales, arbitrales y de amigable composición establecidos en las leyes 23 de 1991 y 446 de 1998 y sus correspondientes decretos reglamentarios, al igual que resulta oportuno consignar en los textos contractuales la cláusula compromisoria, cuyo mecanismo de resolución de controversias es técnico,

ágil, serio y su pronunciamiento final denominado laudo tiene los mismos efectos que las providencias judiciales. 17. Frente a la forma de pago de los contratos, es necesario entrar a analizar las figuras del anticipo y del pago anticipado: Frente al primero ha dicho reiteradamente la jurisprudencia, se trata de un mecanismo de financiación del contratista, esto es, la entidad entrega unos recursos propios al contratista para que este pueda efectuar parte del objeto contratado, posteriormente la entidad efectuará el descuento de esos montos de los pagos parciales o finales hechos al contratista, en tanto que el pago anticipado como su nombre lo indica es la cancelación de antemano de la obligación de la entidad de pagar el valor pactado. Sin embargo, no debe olvidarse que la Ley 80 de 1993 en el parágrafo de su artículo 40, autoriza a emplear cualquiera de estas dos figuras hasta en un máximo del cincuenta por ciento (50%) del valor del respectivo contrato. Otra diferencia entre estos dos mecanismos estriba en el hecho de que los rendimientos financieros del anticipo pertenecen a la entidad hasta el momento en que se ejecute totalmente el objeto contractual, momento en el cual pasarán a ser del contratista, mientras que los rendimientos financieros producidos por el pago anticipado son del contratista desde el momento mismo en que éste se realiza. Ahora bien, tanto en el uno como en el otro evento, el contratista debe amparar los riesgos que conlleva el manejo y la buena inversión del anticipo o del pago anticipado, los cuales son facultativos de la entidad pactarlos o no. 18. Con la finalidad de garantizar la publicidad de los actos contractuales, las entidades deben efectuar publicaciones y remitir informaciones con relación a los mismos, tales como: La información sobre contratos ejecutados, cuantía, cumplimiento de éstos, multas y sanciones de los proponentes inscritos a la respectiva Cámara de Comercio que tenga jurisdicción en el lugar de domicilio del inscrito, la cual debe efectuarse semestralmente (L. 80/93, art. 22.1); la publicación de avisos en diarios de amplia circulación en el territorio de jurisdicción de la entidad, y lectura por bando y fijación de avisos en los principales lugares públicos en los pequeños poblados de las licitaciones y concursos que vaya a realizar la entidad, determinando objeto y cuantía del contrato (L. 80/93, art. 30, num. 3°); la publicación de actos y sentencias sancionatorias, en medios de comunicación social escrita con amplia circulación en el territorio de jurisdicción de la entidad estatal respectiva, con comunicación a la Cámara de Comercio en que se encuentre inscrito el contratista sancionado, lo cual se deberá adicionalmente publicar en el Diario Oficial y comunicar a la Procuraduría General de la Nación (L. 80/93, art. 31); envío al funcionario que ejerza el control fiscal en la respectiva

entidad del expediente contentivo de los antecedentes administrativos de los contratos originados en la urgencia manifiesta (L. 80/93, art. 43); la publicación en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad contratante de los contratos suscritos por ella, requisito bien diferente de la publicación en el Diario Único de Contratación, el cual se lleva a cabo a través del extracto único de publicación, que es un formulario de obligatorio diligenciamiento, en el que las entidades públicas deben consignar la información de los contratos que celebren para cumplir con dos objetivos primordiales: I. En lo que respecta a las entidades públicas del orden nacional, para efectos de la publicación de los contratos en los términos establecidos en la ley. El formulario elimina la remisión de la copia del contrato. II. En lo que respecta a las entidades públicas de todos los órdenes, como extracto base para remitir la relación de los contratos que superen el 50% de su menor cuantía, sin perjuicio de lo dispuesto en el último inciso del artículo 6º del Decreto 1477 del 5 de septiembre de 1995, sobre la posibilidad para las entidades públicas del orden nacional de sustituir tal relación con la declaración de que todos los contratos ya han sido remitidos a la Imprenta Nacional de Colombia. De dicha publicación en el Diario Único de Contratación se encuentran exentos los convenios y contratos interadministrativos (D. 2150/95, art. 96). Atendiendo lo prescrito en los artículos 84, 85 y 86 de la Ley 42 de 1993, el Inciso 1º del artículo 46 de la Resolución Orgánica 3466 de 1994 expedida por la Contraloría General de la República, y el numeral 2º del artículo 58 del Decreto 267 de 2000, no podrán celebrar contratos con entidades estatales todas aquellas personas que hayan sido declarados responsables en procesos fiscales adelantados por la Contraloría General de la República o las diferentes Contralorías departamentales o municipales. Del mismo modo los ordenadores de gasto deberán abstenerse de celebrar contratos con las personas que aparezcan relacionadas en el Boletín de Responsables Fiscales, so pena de incurrir en causal de mala conducta. Cuando en un proceso fiscal un contratista resultare responsable, los organismos de control solicitarán a la autoridad administrativa correspondiente la imposición de la sanción respectiva. Para estos efectos la sanción será causal de caducidad del contrato. 20. A fin de establecer la existencia de los recursos necesarios para proveer la atención de los compromisos generados por los acuerdos de voluntad de las entidades públicas con los particulares, se hace imprescindible

contar con los correspondientes registros de reservas presupuestales, los cuales sólo podrán constituirse con fundamento en los contratos debidamente perfeccionados. Cuando se haya adjudicado una licitación, concurso de méritos o cualquier otro proceso de selección del contratista con todos los requerimientos legales, incluida la disponibilidad presupuestal, y su perfeccionamiento se efectúe en la vigencia fiscal siguiente, se atenderá con el presupuesto de esta última vigencia, previo el cumplimiento de los procedimientos presupuestales correspondientes (D. 026/98, art. 21). Del mismo modo, en los contratos no se podrán pactar desembolsos en cuantías superiores a la previstas en el programa anual de caja aprobado por el Consejo Superior de Política Fiscal, o entidad que haga sus veces, como tampoco podrán exceder las metas de pago establecidas por este (D. 026/98, art. 20). 21. Conforme a la Ley 598 de 2000, las entidades estatales deberán observar y aplicar los subsistemas, métodos, principios, instrumentos y demás aspectos que garanticen el ejercicio del control fiscal, contenidos en el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, al igual que los precios de los bienes y servicios de uso común o de uso en contratos de obra que se encuentren previstos en el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, y al Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, establecidos por la Contraloría General de la República, al ejecutar los planes de compras y la adquisición de bienes y servicios a particulares. B. CLASES DE CONTRATOS

1. Agencia comercial

Contrato por medio del cual un comerciante asume en forma independiente y de manera estable el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro de una zona prefijada en el territorio nacional, como representante o agente de un empresario nacional o extranjero o como fabricante o distribuidor de uno varios productos del mismo. 2. Arrendamiento

Es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado.

3. Atípicos o innominados

Aquellos que no tienen una denominación especial en la ley ni son objeto de una reglamentación que los individualice o distinga de los demás, no obstante reunir las condiciones generales del contrato. 4. Comodato

Es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz para que haga uso de ella y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso. 5. Compraventa

Transmisión de propiedad de una cosa a cambio de un precio. Para efectos del contenido de la presente obra, toda adquisición mediante la cual se transfiera la propiedad de bienes se denomina compraventa. 6. Concesión

Son los que celebran las entidades estatales con el objeto de otorgar a una persona llamada concesionario la prestación, operación, explotación, organización o gestión, total o parcial de un servicio público, o la construcción, explotación, o conservación total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden. 7. Consultoría

Los que celebran las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Igualmente los que tiene por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.

8. Convenios interadministrativos

Son los que celebran entre sí las entidades estatales para el cumplimiento de sus objetivos. También se denominan entidades estatales, las cooperativas, asociaciones conformadas por entidades territoriales las cuales estarán sujetas a las disposiciones establecidas en la Ley 80 de 1993, especialmente cuando en desarrollo de convenios interadministrativos celebren contratos por cuenta de dichas entidades. 9. Corretaje

Contrato por medio del cual una persona llamada corredor, por su especial conocimiento de los mercados, se ocupa como agente intermediario en la tarea de poner en relación a dos o más personas, con el fin de que celebren un negocio comercial, sin estar vinculado a las partes por relaciones de colaboración, dependencia, subordinación, mandato o representación. 10. Intermediación de seguros

Contrato por medio del cual sociedades especializadas en esta labor asesoran a la entidad pública en el aseguramiento adecuado de sus bienes actuando como intermediario entre tomador y asegurador.

11. Depósito

Es el contrato por el cual se confía una cosa corporal a una persona que se encarga de guardarla y restituirla en especie (depósito de bienes, de dinero, de cosas fungibles, depósito en almacenes generales). Dentro de este acápite se clasificarán todos aquellos contratos que se refieran a depósito de bienes muebles, inmuebles, los correlativos en el sector financiero a operaciones pasivas de crédito y se involucrará aquel contrato que conlleve administración de los bienes depositados. 12. Edición

Contrato por medio del cual el titular de derechos de autor de una obra literaria, artística o científica se obliga a entregarla a un editor quien se

compromete a editarla mediante su impresión o a propagarla o distribuirla por su cuenta y riesgo. 13. Fiducia y/o encargo fiduciario

Son los que realizan las entidades estatales con las sociedades fiduciarias autorizadas por la Superintendencia Bancaria con el objeto de administrar o manejar recursos vinculados a los contratos que tales entidades celebren. Se suscriben únicamente para objetos y con plazos precisamente determinados y con estricta sujeción a la Ley 80 de 1993. 14. Hospedaje

Es el acuerdo de voluntades mediante el cual una de las partes suministra a la otra alojamiento no permanente, con o sin servicios complementarios, y la otra paga una suma por la prestación de tales servicios, cualquiera que sea su denominación. 15. Leasing (arrendamiento financiero)

Entrega a título de arrendamiento de bienes adquiridos para el efecto, financiando su uso y goce a cambio del pago de cánones que recibirá durante un plazo determinado, pactándose para el arrendatario la facultad de ejercer al final del período la opción de compra. El costo del activo dado en arrendamiento se amortizará durante el término de duración del contrato generando la respectiva utilidad. 16. Mandato

Es un contrato por el cual una persona confía a la otra la gestión de uno o más negocios o actos de comercio por cuenta y riesgo de la primera. 17. Operaciones de crédito público (interno y externo)

Son operaciones de crédito público que tienen por objeto dotar a la entidad de recursos con plazo para su pago (ver L. 80/93, art. 41, par. 2º). 18. Obra pública

Los que celebran las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y en general para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago. 19. Permuta

Es el contrato en que las partes se obligan a dar una especie o cuerpo cierto por otro. 20. Prestación de servicios

Son los contratos que celebran las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración y funcionamiento de las mismas. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. 21. Seguro

Es un contrato por medio del cual una persona jurídica llamada asegurador, se obliga a cambio de una prima, a indemnizar a otra persona que recibe el nombre de asegurado por las pérdidas o daños que éste pueda sufrir como resultado de la realización de ciertos riesgos personales o económicos que son asumidos por el asegurado. 22. Suministro

Contrato por el cual una parte se obliga a cambio de una contraprestación, a cumplir en favor de otra en forma independiente entregas periódicas o continuadas de cosas. 23. Transacción

Es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o precaven un litigio eventual. 24. Transporte

Es un contrato por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro, por determinado medio y en el plazo fijado personas o cosas y entregar estas al destinatario.

C. PRECISIONES CONCEPTUALES

Con el fin de unificar conceptos de aplicación para el tratamiento que debe otorgarse a las diferentes instituciones, cargos y lugares he optado por dar el siguiente tratamiento a los mismos: a) Respecto de las entidades estatales determinadas en el artículo 2º, numeral 1º, de la Ley 80 de 1993, considero adecuado describirlas genéricamente como El ______________ (entidad estatal), para que frente a cada caso en particular se reemplace por la entidad correspondiente; así por ejemplo: El departamento del Quindío, el municipio de San Gil, el Distrito Turístico de Cartagena, etc.; b) En cuanto a quienes efectúan el compromiso a través de la suscripción de los contratos, considero más prudente darles el tratamiento de Ordenadores de Gasto, como efectivamente lo son, bien sea por designación en el cargo de jefes de las entidades estatales, o delegación de los mismos. Por tanto se tendrá de manera general como El Señor (ordenador de gasto o su delegado) ___________________, para que igualmente frente a cada situación individual se anote el cargo del servidor público que teniendo la competencia, efectúe el compromiso. Por ej.: El Gobernador de Nariño, El alcalde de Tamalameque, el Contralor Distrital de Bogotá, etc.; c) Como quiera que en las entidades estatales existen dependencias que cuentan dentro de sus funciones las de adelantar los procesos de selección de Contratistas, y que no cuentan todas las entidades con una denominación uniforme para aquellas, creo conveniente darles el tratamiento de unidades ejecutoras responsables, ya sean éstas secretarías, departamentos administrativos, oficinas, divisiones, unidades, etc. E igualmente, a los servidores que se encuentran al frente de estas como: El Señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) ________________________, para que de igual modo se consigne el cargo al cual corresponde. Por. ej.: El señor secretario de obras públicas, el señor jefe de planeación, la señora jefe de la oficina administrativa, el señor coordinador de la unidad de adquisiciones y compras, etc., y d) En cuanto hace referencia al lugar y fecha, como resulta más que lógico se trata de anotar el sitio que se tiene como domicilio contractual, o en donde

se adelantarán los trámites respectivos o se realizará la obra o la entrega del bien o prestación del servicio, e igualmente la fecha en la cual tendrá lugar el evento referido. ___________ LLAMADAS CAPITULO 1 1

OSPINA FERNÁNDEZ, Guillermo. Régimen general de las obligaciones. 4ª ed. Edit. Temis, Bogotá, 1987, p. 40.

2

ESCOBAR ENRÍQUEZ, Álvaro B. El Contrato Estatal de Obra. Santa Fe de Bogotá, Ediciones Jurídicas Gustavo Ibáñez, 1999, pp. 304 – 307.

3

CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-154, marzo 19 de 1997. M.P. Dr. Hernando Herrera Vergara.

4

Prov. Cit.

CAPÍTULO II LEGISLACIÓN Y ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL

SECCIÓN PRIMERA Las etapas del proceso contractual

A. ETAPA PREVIA

Corresponde al lapso de tiempo dentro del cual la entidad estatal manifiesta al interior de la misma su intención de llevar a cabo un proceso de selección tendiente a la celebración de uno o más contratos para el cumplimiento de una finalidad o un cometido estatal. Por ejemplo: Seleccionar un proponente para la celebración de un contrato de obra cuyo objeto será el mantenimiento de una vía. 1. Características a) La entidad estatal advierte a una o varias de las unidades que la componen la necesidad de ejecutar un propósito contractual para el cumplimiento de las funciones y finalidades a ella asignadas constitucional y legalmente; b) Procede la misma entidad a verificar y recopilar datos y precisiones de carácter técnico, financiero y jurídico que le permitan desarrollar su intención de contratar, y

c) Se agota esta etapa en el momento en que los requerimientos de orden básico para cimentar un proceso contractual se encuentran debidamente recopilados.

2. Requisitos a) Manifestación expresa de la entidad dirigida a los servidores públicos encargados de ejecutar la respectiva tarea. Preferiblemente por escrito; b) Verificación clara y expresa de que existen los elementos de juicio precisos sobre lo que se pretende hacer. En caso de que éstos no existan, efectuar el levantamiento de los mismos para configurar el proyecto; c) Elaborar el diseño del plan de inversión de la partida presupuestal, de modo que el objetivo a desarrollar tenga correspondencia con las necesidades a satisfacer y el valor de que se dispone. Este será a cargo de la unidad ejecutora; d) Cotejar frente al Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, y los precios del mercado las cantidades a contratar para establecer cual ha de ser el presupuesto oficial; e) Contar con el certificado de disponibilidad presupuestal que soporte el punto anterior; f) Elaborar el estudio de conveniencia y oportunidad que constate los hechos y actuaciones antes anotadas, y g) Disponer de los permisos y licencias requeridos legalmente para proceder.

B. ETAPA PRECONTRACTUAL

Va desde el momento en el cual la entidad estatal exterioriza su voluntad de celebrar un contrato para el desarrollo del objetivo o fin propuesto, y hasta cuando resuelve mediante actos jurídicos comprometerse con uno o más particulares (adjudicaciones) para el efecto de suscribir posteriormente contratos con aquellos. 1. Características

a) La entidad estatal da a conocer a los particulares sus intenciones de contratar la ejecución de un proyecto a su cargo, bien sea para su propio funcionamiento o para el ejercicio de una actividad que constituya monopolio estatal, la prestación de servicios públicos o la explotación y concesión de bienes del Estado o efectuar una inversión en infraestructura a través de contratos de obra;

b) Se inicia con la convocatoria a los particulares en la que se invita a presentar propuestas, y c) Culmina con la adjudicación del contrato la cual se formaliza con la comunicación al proponente favorecido en la cual se le da a conocer la disposición de la entidad de celebrar el contrato, y la oportunidad para suscribirlo. En este preciso instante la administración queda vinculada con el proponente, no pudiendo revocar la misma.

2. Requisitos

a) Los términos de la convocatoria deben ser claros, objetivos, justos y completos. Se deben establecer precisos momentos a partir de los cuales se empiezan a recibir las ofertas y hasta cuando precluye la oportunidad para ello; esto con el fin de garantizar la transparencia en los procesos; b) Para soportar la decisión final de adjudicar es indispensable contar con los estudios técnicos, económicos y jurídicos que evaluaron las propuestas y elaboraron un orden de elegibilidad. Es de advertir que las recomendaciones efectuadas en estos estudios deben ajustarse a los principios señalados en la Ley 80 de 1993, especialmente los de transparencia y selección objetiva. Los conceptos aquí contenidos no obligan, por lo tanto, la determinación que adopta el ordenador de gasto o su delegado es absolutamente independiente, de allí se desprende su responsabilidad; c) Deben recibirse todos las ofertas sin discriminación alguna, dentro del término previsto, rechazándose exclusivamente las presentadas de manera extemporánea; d) El resultado de los estudios debe estar a disposición de los oferentes por el término de cinco (5) días en la secretaría de la entidad, ello con el fin de cumplir con el principio de la publicidad y permitir que los oferentes a su vez tengan la posibilidad de controvertir el resultado de los estudios, si así lo estiman procedente; e) La adjudicación de una licitación o concurso tiene lugar en audiencia pública cuando así lo ordene el Contralor General de la República, o cuando sea convocada de oficio por la entidad. En ella participarán quienes tengan la facultad de adjudicar, los servidores públicos que hayan efectuado los estudios, los proponentes y todas aquellas personas que estén interesadas en

asistir. De este evento se levantará un acta dejando constancia de las deliberaciones y decisiones adoptadas con ocasión de la misma; f) La entidad estatal debe adoptar una determinación final que dé por terminado el proceso selectivo, ya sea adjudicando o rechazando las ofertas presentadas mediante la declaratoria de desierto del respectivo proceso, y g) Debe notificarse la decisión al proponente favorecido y a los no favorecidos.

C. ETAPA CONTRACTUAL

Será el lapso en el cual surgen las obligaciones a cargo de las partes. Ocurre una vez existe un acuerdo de voluntades que se eleva a escrito y se efectúa el correspondiente Registro Presupuestal (D. 111/96). La única excepción a esta regla es la contratación resultante de la urgencia manifiesta. 1. Características

a) Las partes contratantes dan a conocer explícitamente su acuerdo en relación con los términos del contrato y lo suscriben; b) La concurrencia de la voluntariedad tanto del contratante como del contratista da origen a los derechos y deberes que se plasman en el texto contractual y les corresponden recíprocamente a partir de la relación contractual; c) Dentro de esta etapa se espera que el objeto del contrato y las demás obligaciones de las partes se desarrollen a cabalidad; d) Culmina con expiración del término de vigencia pactado, y dentro del cual se verifica la ejecución del objeto contratado y el cumplimiento de las obligaciones pactadas. En los casos en que se tenga que amparar la estabilidad de la obra y la responsabilidad civil extracontractual del contratista, la aprobación final del certificado de modificación de la garantía única de cumplimiento que cobija todos los riesgos previstos da por terminada esta etapa, y e) Si no se cumplió por parte del contratista con las obligaciones por él contraídas, la entidad estatal adelantará las acciones necesarias para verificar el cumplimiento del objeto, y aplicará los correctivos y sanciones

previstos en el contrato y en las disposiciones legales (cláusulas excepcionales, multas, cláusula penal pecuniaria, etc.). 2. Requisitos

a) El acuerdo de voluntades materializado a través de la firma o suscripción del contrato, se exceptúa de este requisito la contratación de menor cuantía inferior al 10% del tope establecido para ella (contratación sin formalidades plenas), y en el evento de la urgencia manifiesta; b) La entidad estatal debe efectuar el registro de reserva presupuestal correspondiente para cubrir el pago que le ocasiona el valor del contrato como su principal obligación; c) El contratista debe aportar los requisitos exigidos para iniciar la ejecución del objeto, tales como la publicación en la Gaceta o el Diario Oficial de la entidad estatal contratante y la constitución de la garantía única de cumplimiento; d) Debe la entidad estatal aprobar la póliza presentada para poder viabilizar la ejecución contractual, y tramitar y entregar el anticipo o el pago anticipado comprometido, si así se hubiera convenido; e) La entidad estatal debe vigilar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el contratista a través de mecanismos tales como la interventoría, la supervisión o el control que ejerzan las dependencias destinadas para tal efecto: por ejemplo: las oficinas administrativas, y f) Los antes descritos mecanismos deben elaborar actas e informes claros y oportunos que verifiquen el cumplimiento de dichas obligaciones y deben tramitar con diligencia los pagos a que tienen derecho los contratistas, evitando moras y dilaciones que obliguen a la entidad a cancelar los intereses moratorios pactados o en su defecto los establecidos en la ley. En este aspecto se debe efectuar un estricto control que verifique el cumplimiento de los procesos dispuestos, tanto de contratación y de presupuestación, como de pagos.

D. ETAPA POSCONTRACTUAL

Corresponde al período en el cual se evalúan finalmente los resultados financieros de la ejecución del contrato, y se resuelven los desacuerdos que existieren respecto de tales resultados.

1. Características a) El contrato ha perdido su vigencia, por tanto no es dable en este estado la imposición de sanciones al contratista por el incumplimiento en sus obligaciones; b) La entidad estatal efectúa junto con el contratista un balance técnico y financiero del desarrollo del contrato, el cual se conoce como liquidación bilateral del contrato; c) Si no existe acuerdo entre las partes respecto del antes citado balance, o el contratista no se presenta a la liquidación, la entidad estatal debe aprobar tal evento mediante un acto administrativo, y d) Culmina con el pago, retribución y devoluciones a que haya lugar de acuerdo con los saldos resultantes a favor y en contra de cada una de las partes.

2. Requisitos a) Que se encuentran presentes todas las actuaciones surtidas dentro del proceso contractual; b) Debe agotarse la posibilidad de llevar a cabo la liquidación bilateral del contrato entre la entidad estatal y el contratista; c) Que se hayan resuelto todas las reclamaciones y peticiones presentadas por el contratista en desacuerdo; d) Que previa a la aprobación del acta de liquidación unilateral se haya declarado el siniestro de incumplimiento, si fuere el caso, y e) Al término de la liquidación debidamente aprobada, el mecanismo de control contractual establecido debe rendir un informe final de evaluación al banco de proyectos como mecanismo de retroalimentación para que se configure el historial del proyecto, su desarrollo y ejecución final.

SECCIÓN SEGUNDA Disposiciones legales relativas a la contratación administrativa LEYES L. 9ª/89

Reforma urbana. Enajenación de bienes inmuebles de las entidades públicas.

L. 72/89

Conceptos y principios sobre la organización de Colombia y sobre el Régimen de Concesión de los Servicios.

L. 2ª/91

Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989.

L. 14/91

Normas sobre el servicio de televisión y radiodifusión oficial.

L. 28/92

Aprueba la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

L. 30/93

Regulación de contratos de instituciones de educación superior

las

telecomunicaciones

en

L. 37/93

Regula la prestación del servicio de telefonía móvil.

L. 42/93

Prevé la causal de caducidad por la responsabilidad fiscal del contratista.

L. 60/93

Regulación de contratos en establecimientos educativos.

L. 80/93

Estatuto General de Contratación de la administración pública.

L. 99/93

Ley del Medio Ambiente.

L. 100/93

Regulación de contratos en empresas sociales del Estado.

L. 104/93

Asistencia con la participación de entidades sin ánimo de lucro.

L. 105/94

Disposiciones básicas sobre el transporte.

L. 115/94

Celebración de contratos para comunidades de los grupos étnicos.

L. 141/94

Creación de la Comisión Nacional de Regalías.

L. 142/94

Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios.

L. 143/94

Régimen de las actividades de generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional.

L. 179/94

Modificaciones a la Ley 38 de 1989 (Ley Orgánica del Presupuesto).

L. 182/95

Reglamentación del servicio de televisión.

L. 190/95

Estatuto anticorrupción.

L. 200/95

Código Único Disciplinario.

L. 201/95

Régimen Jurídico de del Ministerio Público.

L. 226/95

Enajenación de la propiedad accionaria estatal.

L. 286/96

Modifica parcialmente las leyes 142 y 143 de 1994.

L. 335/96

Modifica parcialmente las leyes 14 de 1991 y 182 de 1995.

Actos

y

la

prestación

Contratos

que

del

servicio

realice

el

educativo

Instituto

de

para

las

Estudios

LEYES L. 338/97

Modificación de la reforma urbana.

L. 418/97

Sanciones a contratistas.

L. 446/98

Término de caducidad de la acción contractual (art. 44, num. 10).

L. 448/98

Manejo de obligaciones contingentes y deuda pública.

L. 489/98

Normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional.

L. 550/99

Establece el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias expedido por la DIAN, para los proponentes que presenten sus ofertas en Licitaciones y Concursos Públicos de Méritos, sin el cual no podrán participar, ni adjudicárseles contrato alguno (art. 57, par.) (declarada inexequible).

L. 598/00

Crea el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, el Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, y el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, de los bienes y servicios de uso común en la Administración pública.

L. 617/00

Exige que para contratar con el Estado, los proponentes no podrán encontrarse en mora dentro de las bases de datos de la DIAN y en aquellas que las entidades territoriales establezcan a través de sus organizaciones gremiales (art. 70) (sustituyó el art. 57, par. de la L. 550/99). DECRETOS

D. 1056/53

Código de Petróleos.

D. 2278/72

Disposiciones sobre protección de la industria ciertos bienes que requieren registro de importación.

nacional

y

la

adquisición

de

D. Leg. 2310/74 Normas sobre abolición del Régimen de Concesiones en materia de Hidrocarburos. D-L. 0743/75. Reglamenta parcialmente el Decreto Legislativo 2310 de 1974. D-L. 0222/83, Ocupación, adquisición, arts. 108 a 113 propiedad particular.

imposición

de

servidumbres

sobre

inmuebles

de

contratación

que

D. 2655/88

Código de Minas.

D. 1021/90

Reglamenta la aprobación que celebren intendencias y comisarías.

D. 1900/90

Normas y estatutos que regulan las actividades y servicios de telecomunicaciones y afines.

D. 3079/90

Se dictan normas relacionadas con contratos en materia de ciencia y tecnología.

D. 0393/91

Normas sobre asociación para actividades de investigación y creación de tecnologías.

D. 0575/91

Se actualizan unas cuantías.

D. 0585/91

Creación del Colciencias.

Consejo

debe

Nacional

de

impartir

Dainco

científicas

Ciencia

y

a

y

la

tecnológicas,

Tecnología

y

proyectos

reorganización

de

DECRETOS D. 0591/91

Regulación de las modalidades específicas de contratos de fomento de actividades científicas y tecnológicas.

D. 0658/91

Se señala el valor del UPAC, para los efectos del Decreto-Ley 0468 de 1986.

D. 0835/91

Se dictan normas con relación parte de las entidades públicas.

D. 1484/91

Se reajustan los límites fijados en el artículo 11 de la Ley 14 de 1975, para contratar en las obras públicas técnicos constructores.

D. 1684/91

Se establece el régimen de de la Presidencia de la República.

D. 1685/91

Delegación de funciones del Presidente de la República.

D. 1789/91

Delegación de la facultad de contratación Administrativo de la Presidencia de la República.

D. 1929/91

Delegación en los ministros y directores de la facultad de celebrar contratos a nombre de la Nación.

D. 0393/92

Se regula lucro.

D. 0741/92

Reglamenta la telefonía móvil celular.

D. 0777/92

Reglamenta de lucro.

D. 0842/92

Se reglamenta el inciso para el sector educativo.

D. 0865/92

Se reglamenta el artículo 75 del Decreto Extraordinario 2222 de 1983.

D. 1349/92

Se aprueba el Acuerdo directiva del Icfes.

D. 1403/92

Se modifica el Decreto 0777 de 1992.

la

la

celebración

celebración

régimen

contratación

de

contratos

de

los

segundo

095

al

del

para

4

julio

el

con

el

jefe

del

privadas

entidades de

1992,

la

seguros

por

Administrativo

Departamento

Departamentos

355

de

de

Departamento

entidades

artículo

de

contratación

en

con

contratos del

de

Administrativos sin

privadas

ánimo

sin

Constitución

emanado

de

de

ánimo Política

la

junta

D. 1556/92

Se reajustan los límites fijados en el artículo 11 de la Ley 14 de 1975, para contratar en las obras públicas técnico-constructores.

D. 1673/92

Se reglamenta la Ley 26 de 1986.

D. 1875/92

Se dictan normas sobre aplicables a los contratistas.

D. 1950/92

Se reglamenta el inciso 5º del artículo 106 de la Ley 6ª de 1992, sobre el sistema especial de contratación de la Unidad Administrativa Especial-Dirección de Aduanas Nacionales.

D-L. 2122/92

Régimen de contratación para Telecom.

D. 0825/93

Se delega en el Ministro de Transporte la facultad para celebrar unos contratos.

D. 0951/93

Se modifica parcialmente el Decreto 0762 de 1993.

conmoción

interior

sobre

contratos

y

sanciones

DECRETOS D. 1400/93

Se adoptan medidas 2009 de 1992.

en

relación

D. 1419/93

Se aprueba ESAP.

07

de

D. 1677/93

Se reglamenta parcialmente el Decreto-Ley 1421 de 1993.

D. 2251/93

Reglamentaciones transitorias.

D. 2459/93

Se adoptan disposiciones en relación con los contratos inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política.

D. 2551/93

Adiciona Decreto 1522 de 1983, contratación directa de Consultorías.

D. 2681/93

Operaciones de crédito público.

D. 2704/93

Reglamenta parcialmente los artículos 24 de la Ley 10 de 1990 y 34 de la Ley 60 de 1993, en lo pertinente al registro especial de las entidades de salud.

D. 0094/94

Delega facultad para celebrar a nombre de la Nación, operaciones de crédito público.

D. 0095/94

Modifica parcialmente artículo 2º y siguientes del Decreto 2681 de 1993.

D. 0313/94

(Derogado por el D. 0679/94).

D. 0620/94

Aclara el artículo 7º del Decreto 2681 de 1996 (contratos de empréstito).

D. 0679/94

Reglamenta veinte artículos de la Ley 80 de 1993. Intereses moratorios, certificado calidad de los bienes, consorcios, uniones temporales. Inhabilidades, sociedades anónimas, recuperación de antigüedades, desconcentración, reciprocidad, bienes y servicios de origen nacional, desagregación tecnológica, presupuestos entidades estatales, delegación para contratación, silencio administrativo, garantía única, pequeños poblados, fiducia, contratación con formalidades plenas.

D. 0855/94

Reglamenta contratación directa.

D. 0856/94

Reglamenta Registro de Proponentes.

D. 1200/94

Delega facultad para celebrar 6º del Decreto 679 de 1994.

D. 1121/94

Aclara artículo 44 del Decreto 2681 de 1993.

D. 1584/94

Reglamenta clasificación y calificación en registro de proponentes.

D. 1898/94

Reglamenta concurso de intermediarios de seguros.

Acuerdo

con

1993,

a

la

contribución

expedido

por

el

creada Consejo

a

por

el

Directivo

que

se

Decreto de

la

refiere

el

nombre de la Nación lo referente al artículo

D. 1985/94

Reglamenta tope máximo de delegación para contratar.

D. 2245/94

Fija tarifas relativas al Registro de Proponentes.

D. 2654/94

Faculta al Fondo de Comunicaciones para abrir licitaciones y concursos. DECRETOS

D. 2923/94

Se fijan las cuantías mínimas de la garantía única en los contratos de aportes que celebra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

D. 0194/95

Calificación en el Registro de Proponentes.

D. 0329/95

Adición al artículo 4º de Decreto 0855 de 1994 (sistemas de seguridad para los establecimientos de reclusión nacional del sistema penitenciario y carcelario).

D. 0457/95

Fija tarifas relativas al Registro de Proponentes.

D. 1275/95

Adiciona el artículo 4º del Decreto 0855 de 1994 (bienes y servicios requeridos para la organización electoral).

D. 1477/95

Reglamenta artículo orden nacional.

D. 1550/95

Reglamenta parcialmente el manejo a través de los negocios fiduciarios.

D. 1721/95

Reglamentación en materia de contratos de empréstito.

D. 2046/95

Se distribuyen unos negocios.

D. 2150/95

Supresión de trámites. artículos 19, 37 y 38 referentes a contratos.

D. 2232/95

Reglamenta Ley 190 de 1995. Declaración de bienes y renta: quejas y reclamos. Oficina de control interno.

D. 2326/95

Reglamentación selección de arquitectónicos.

D. 0062/96

Corrige y aclara el artículo 38 del Decreto 2150 de 1995.

D. 0074/96

Reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995.

D. 0287/96

Reglamenta artículos 5º, 24, 29 y 30 de la Ley 80 de 1993.

D. 0165/97

Disposiciones sobre reducción de asesoría y consultoría.

D. 0252/97

Modifica y adiciona el Decreto Legislativo 0165 de 1997.

D. 1086/97

Condiciones especiales para la asunción través de contratos de prestación de servicios.

D. 0026/98

Artículos 20 a 25 reglamentación de la austeridad en el gasto público.

D. 1436/98

Reglamenta parcialmente intermediarios de seguros.

D. 1738/98

Manejo de dineros del Estado por terceros a través de convenios.

D. 1962/98

Integración de la Comisión de Contratación Estatal.

D. 423/01

Por el cual se reglamentan parcialmente 1995 en materia de obligaciones contingentes.

59

de

de la Ley consultores

la

la

Ley

190

Ley

80

1995.

presupuestal

80 de 1993 de diseño,

del

de

de

los

contratos

recursos

de

públicos

en cuanto a los concursos para la planos, anteproyectos y proyectos

gasto

de

Publicación

público

de

la

de

Interinstitucional

SECCIÓN TERCERA

en

compromisos

contratación 1993

para las

materia

en

la

Leyes

y

de

contratos

obligaciones

administrativa

materia

respecto

de

selección

revisión

de

la

448

1998

de

a

de

legislación y

185

de

Documentos previos a los procesos de selección y a la celebración de contratos

A. ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DEL CONTRATO El______________ (entidad estatal – unidad ejecutora responsable). Ciudad (o municipio)________________, Fecha _________________ Señor_______________________ (ordenador de gasto). Adelantadas las diligencias correspondientes y necesarias para verificar la existencia del proyecto relacionado con ___________________, inscrito en el banco de programas y proyectos de el_________________ (entidad estatal), con el Nº__________ de _____ de _________ de 200___ (tratándose de proyectos de inversión), o relacionadas con el gasto necesario para ______________ (cuando se trata de gastos de funcionamiento de la entidad), esta dependencia se permite presentar a usted el estudio de conveniencia y oportunidad requerido conforme al artículo 25, numeral 7º de la Ley 80/93, para adelantar el proceso de selección (invitación, licitación o concurso público)_________________ y la consecuente celebración del contrato requerido para desarrollar el objetivo anterior, conforme a su manifestación, contenida en el oficio Nº_______ de _______ de _________ de 200___. DESCRIPCIÓN DEL REQUERIMIENTO: La entidad necesita desarrollar la actividad relacionada con _____________________ para suplir la carencia de _________________, cuya implementación es imprescindible para poder efectuar uno de los fines esenciales previstos en la (Constitución, la ley, o acto de constitución de la entidad)_______________, y a fin de dar cumplimiento a las funciones dispuestas para ella en el acto de creación de la misma (ley, decreto, acuerdo u ordenanza)__________________, y en el plan de desarrollo (nacional, departamental, distrital, o municipal). Para la realización de los objetivos descritos anteriormente el ___________________ (entidad estatal), tiene previsto dentro de su banco de proyectos (o Plan Anual Mensualizado de Caja, y Plan de Compras, según sea el caso de si se trata de rubros de inversión o de funcionamiento), la contratación (de obras, bienes o servicios, según corresponda) de ____________________ (enunciación de las obras, elementos o servicios a adquirir), los cuales deben contener las siguientes características o requisitos mínimos: _______________________ (descripción pormenorizadas de los elementos, con sus respectivas características y condiciones técnicas), las cuales han sido previamente estudiados, diseñados y/o avalados por _____________________ (unidad técnica correspondiente dentro de la entidad). La carencia anteriormente enunciada puede suplirse de manera (total o parcial) ___________________________________________ implementando las siguientes actividades:____________(contratación a través de licitación, concurso público de méritos, contratación directa por invitación pública o sin ella, o mediante contrato sin formalidades plenas —órdenes— dependiendo de las características y cuantía del contrato a suscribirse). CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD: Conforme a la continua necesidad de adelantar las actividades relacionadas con: _________________, y en atención a lo anteriormente expuesto, y contando el ________________ (entidad estatal) con: a) Un margen de tiempo aceptable para adelantar el proceso de selección respectivo; b) El personal idóneo y disponible para efectuar los procedimientos administrativos del caso, el cual se encuentra ubicado en las siguientes áreas: ____________________; c) Los elementos físicos adecuados para adelantar el mismo; d) Los

recursos económicos dispuestos en el Presupuesto General de Rentas y Gastos de la entidad, imputables al artículo ______ de la sección ______ de la vigencia de 200___, y e) El gasto programado en el Plan Anual Mensualizado de Caja de la presente vigencia, es viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de selección y contrato respectivos para satisfacer la necesidad aquí determinada. ELEMENTOS QUE SOPORTAN EL PRESENTE ESTUDIO: 1. Análisis de precios de mercado: Teniendo en cuenta que se requiere contratar: __________________, esta dependencia ha efectuado indagaciones y consultas de precios en el mercado entre el lapso comprendido entre el _________________ y el _______________ (fechas recientes del análisis) con las siguientes firmas: __________________, __________________, _________________, y se ha llegado a la conclusión de que el valor promedio de (objeto a contratar) ______________ es de ____________ ($___________) M./cte., y que contempla los siguientes items : ________________. 2. El presente análisis coincide con lo previsto en el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, y al Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, establecidos por la Contraloría General de la República, para ejecutar los planes de compras y la adquisición de bienes y servicios a particulares, el cual se adjunta en el aparte pertinente. 3. Estudio técnico: Es procedente efectuar la contratación de: ______________ (objeto a contratar), por cuanto los elementos (obras, bienes o servicios) requeridos complementarán eficazmente las deficiencias presentadas con (o en): _______________ y subsanarán la carencia de: ________________, toda vez que las especificaciones técnicas de lo requerido son las siguientes:___________________________________________, y permitirían cubrir satisfactoriamente (descripción del requerimiento o necesidad) ____________________________________________________, conforme al proyecto (o previsión) inscrito en banco de programas y proyectos (o plan de compras). 4. Estudio jurídico: Por la naturaleza del objeto a contratar, consistente en (objeto del contrato)______________________, y valor probable estimado del contrato, que estaría dentro del rango de la (mayor o menor)_______________ cuantía, es indispensable adelantar (invitación, licitación o concurso público) _____________________, la celebración de un contrato de (tipo y clase de contrato) __________________________, y el cumplimiento de los requisitos precontractuales del caso que son: _______________, __________________, ______________. 5. Con la presentación de este estudio, queda evidenciada la existencia de un requerimiento, para satisfacer _______________ (necesidad planteada), y que resulta imprescindible adelantar el correspondiente proceso de contratación tendiente a cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los cometidos de la entidad, por consiguiente se aconseja adelantar el proceso contractual respectivo y su perfeccionamiento. Jefe unidad ejecutora responsable

B. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL El________________________(entidad estatal). Oficina de (dependencia que expide el C.D.P.)_________________________ Ciudad (o municipio)________________, Fecha _______________________

Certificado de disponibilidad presupuestal (C.D.P.) Nº _______ El jefe de la oficina (dependencia que expide el C.D.P.: Presupuesto, tesorería, financiera, etc.)_________________________, facultado por el artículo _______ del (acto administrativo correspondiente)_______________ de ______ de_________ de 200_____, y conforme a la solicitud presentada por la ______________________ (unidad ejecutora responsable del proceso de contratación) mediante el Oficio Nº _______ de _______ de________ de 200_____, de la expedición de certificación de disponibilidad presupuestal, previa a comprometer recursos previstos para _______________________ (objeto del contrato coincidente con la descripción del rubro presupuestal), CERTIFICA: Que dentro del presupuesto de rentas y gastos de el_____________________ (entidad estatal), para la vigencia fiscal de 200_____, existe una partida presupuestal disponible, libre de afectaciones para amparar los eventuales compromisos, conforme a la siguiente imputación:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DE El _________________(entidad estatal) Unidad ejecutora: __________________________ CÓDIGO RUBRO COMPROMETIDO _______

VIGENCIA PRESENTE

TOTAL

_______ Inversión

$ _________________ $____________________

Descripción del rubro:____________________________________________________ Objeto del compromiso:____________________________________________________ Conforme a lo anterior, y basado en el contenido del presente documento, queda afectado previamente el aparte correspondiente del presupuesto en tanto se perfecciona el compromiso y se lleva a cabo el correspondiente registro de reserva presupuestal. Jefe de oficina de ___________________(Dependencia que expide el C.D.P.).

CAPÍTULO III METODOLOGÍA PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA

A. PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE PROPONENTES Y SUSCRIPCIÓN DE ACUERDOS CUANDO HAYA LUGAR A CONTRATACIÓN DIRECTA

La contratación directa en las entidades estatales se desarrolla con fundamento en lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, según el cual: La escogencia del contratista se efectuará siempre a través de licitación o concurso públicos, salvo en los siguientes casos en los que se podrá contratar directamente: a) Menor cuantía (...); b) Empréstitos; c) Interadministrativos, con excepción del contrato de seguro; d) Para la prestación de servicios profesionales o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales o jurídicas, o para el desarrollo directo de actividades científicas o tecnológicas; e) Arrendamiento o adquisición de inmuebles; f) Urgencia manifiesta; g) Declaratoria de desierta de la licitación o concurso; h) Cuando no se presente propuesta alguna o ninguna propuesta se ajuste al pliego de condiciones, o términos de referencia o, en general, cuando falte voluntad de participación; i) Bienes y servicios que se requieran para la defensa y seguridad nacional; j) Cuando no existe pluralidad de oferentes; k) Productos de origen o destinación agropecuarios que se ofrezcan en las bolsas de productos legalmente constituidas; l) Los contratos que celebren las entidades estatales para la prestación de servicios de salud. El reglamento interno correspondiente fijará las garantías a cargo de los contratistas. Los pagos correspondientes se podrán hacer mediante encargos fiduciarios, y m) Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comercial e industriales propias de las empresas industriales y comerciales estatales y de las sociedades de economía mixta, con excepción

de los contratos que a título enunciativo identifica el artículo 32 de esta ley. La contratación directa se deberá llevar a cabo con fundamento en los parámetros establecidos en el Decreto 855 de 1994, reglamentario de la Ley 80 de 1993, el cual contempla: a) Para la celebración de los contratos de menor cuantía, y los de prestación de servicios profesionales o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales o jurídicas, o para el desarrollo directo de actividades científicas o tecnológicas y para efectos del cumplimiento del deber de selección objetiva, se requerirá de la obtención previa de por lo menos dos ofertas. La solicitud de oferta podrá ser verbal o escrita y deberá contener la información básica sobre las características generales y particulares de los bienes, obras o servicios requeridos, condiciones de pago, término para su presentación y demás aspectos que se estimen den claridad al proponente sobre el contrato que se pretende. No obstante lo anterior, la solicitud de oferta deberá ser escrita cuando la complejidad del objeto a contratar así lo amerite. En todo caso la oferta deberá ser escrita; b) Cuando se trate de contratos cuya cuantía no supere el diez por ciento (10%) de los montos señalados para la menor cuantía, los mismos se celebrarán tomando en cuenta los precios del mercado sin que se requiera obtener previamente varias ofertas; c) Para la celebración de los contratos de menor cuantía cuyo valor sea igual o superior a cien salarios mínimos legales mensuales, y al mismo tiempo superen el cincuenta por ciento (50%) de la menor cuantía de la respectiva entidad estatal, además de ser por escrito, deberá invitarse públicamente a presentar propuestas a través de un aviso colocado en un lugar visible de la misma entidad por un término no menor de dos (2) días. No obstante la entidad estatal podrá prescindir de la publicación de dicho aviso cuando la necesidad inminente del bien o servicio objeto del contrato no lo permita, de lo cual dejará constancia escrita; d) La entidad estatal podrá contratar directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del

contrato, sin que sea necesario que haya obtenido previamente varias ofertas, en los siguientes eventos: 1. Cuando las haya solicitado o sólo haya recibido una de ellas. 2. Cuando de acuerdo con la información que pueda obtener no existan en el lugar varias personas que puedan proveer los bienes o servicios. 3. Cuando se trate de contratos intuito personae, esto es que se celebren en consideración a las calidades del contratista. 4. Cuando la necesidad inminente del bien o servicio no permita solicitar varias ofertas. De todo lo anterior se dejará constancia escrita. La entidad estatal deberá tener en cuenta para efectos de la contratación los precios del mercado y los estudios y evaluaciones de carácter jurídico, económico y técnico que para el efecto se realizarán previamente y de acuerdo con los siguientes criterios: 1. Para el estudio jurídico

Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos a los proponentes, verificando su estricto cumplimiento. Constituyen requisitos esenciales de las propuestas los documentos básicos que soporten las mismas y que permitan verificar que se ajustan a las condiciones y especificaciones que sobre ellos se soliciten a los proponentes en los pliegos o términos de referencia. Se deberán descartar las propuestas que no cumplan los solicitados requisitos legales, teniendo sí en cuenta que: La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80/93, art. 25, num 15, inc. 1º). 2. Para el estudio económico

A las propuestas se les harán las correcciones aritméticas en los formularios de cantidades de obra y análisis de precios unitarios. En estas condiciones se considerará el resultado exacto de la multiplicación de las

unidades en pesos colombianos de cada ítem de obra, o cantidad de bienes especificados. Si el valor global de cada ítem o cantidad no corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección pertinente, en cuyo caso, se considerará como valor total de ésta el que resulte una vez hechas las correcciones. Si se ha pactado el precio en moneda extranjera dentro de los términos de referencia de la convocatoria a contratar, se obrará de conformidad. Cuando existan discrepancias entre los precios unitarios de la propuesta y sus correspondientes análisis de precios regirán los que aparecen en los análisis de precios unitarios corregidos aritméticamente. Verificada la exactitud de los cálculos numéricos obtenidos para obtener el total de la propuesta se elaborará un cuadro contentivo del resumen del análisis de las propuestas en que se contemplen el cumplimiento de los documentos señalados como esenciales de la propuesta y además los siguientes factores: El plazo, el precio, cumplimiento en contratos anteriores, organización, equipo de los oferentes y la ponderación precisa y detallada de los mismos. A este análisis compete también verificar que el proponente cumpla con la capacidad residual mínima requerida en los términos de la convocatoria, conforme lo dispone el Decreto 92 de 1998, artículo 1º, numeral 2º. 3. Para el estudio técnico

La evaluación técnica de las propuestas se adelantará teniendo como marco lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, las convocatorias y demás normas vigentes sobre la materia realizando: a) Revisión matemática de los análisis de precios unitarios ofertados, fundamentalmente contra lo estipulado en el Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, y al Registro Único de Precios de Referencia, RUPR; b) Revisión y/o corrección del valor básico de las propuestas con base en las cantidades de obra, o bienes ofertados y los análisis de precios unitarios revisados; c) Revisión del equipo ofrecido, organización, experiencia y cumplimiento en contratos anteriores y certificaciones de calidad de los bienes y servicios ofrecidos, d) Verificación de los ítems requeridos en el pliego o términos de referencia y los ítems ofertados en las propuestas.

B. PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir, a las propuestas que calificaron conforme al estudio jurídico mediante la aplicación de un puntaje, que puede distribuirse a criterio de la entidad, el cual puede ser, a manera de ejemplo el siguiente:

a) Precio

50 puntos

b) Plazo

20 puntos

c) Organización

10 puntos

d) Equipos

10 puntos

e) Experiencia y cumplimiento en contratos anteriores

5 puntos

f) Certificaciones sobre calidad de bienes o servicios ofrecidos

5 puntos

Total del puntaje asignado

100 puntos

En caso de quedar una sola propuesta para evaluar se aplicará la ponderación contra el presupuesto oficial en los términos establecidos en las convocatorias teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 80 de 1993 artículo 29, en lo que hace referencia a la consulta de precios o condiciones de trabajo.

C. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN 1. Del Precio = 50 puntos

Al factor precio se le asignan cincuenta (50) puntos, los cuales se otorgarán de acuerdo con el siguiente procedimiento: Se obtiene el promedio aritmético del valor básico de las propuestas presentadas (Pp), donde (Pn) es cada una de las propuestas a evaluar. Al promedio de las propuestas presentadas (Pp) se le suma el presupuesto oficial (Po) y se obtiene un promedio básico (Pb) al cual se le asignan los cincuenta (50) puntos establecidos para la calificación del precio. Pp + Po

= Pb

2

A las ofertas que se encuentran por debajo del valor promedio (Pb) se les asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio: Cpn = Pn/Pb x 50 = Puntaje obtenido

A las propuestas que se encuentran por encima del valor promedio (Pb) se le asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio:

Cpn = 100 - Pn/Pb x 50 = Puntaje obtenido;

2. Del plazo = 20 puntos

Se otorgarán 20 puntos al menor plazo ofrecido de acuerdo con los requerimientos hechos por la entidad estatal. A las demás propuestas que ofrezcan plazos superiores al requerido se les aplicará la siguiente fórmula: Donde: Pr = Plazo requerido Po = Plazo ofrecido 20 - Po/Pr = Puntaje obtenido

El menor plazo que se ofrezca al solicitado en las convocatorias no será objeto de evaluación, lo cual equivale al otorgamiento del máximo puntaje aquí previsto. 3. Organización = 10 puntos

De acuerdo con el organigrama presentado por la firma proponente se concederán tres (3) puntos por cada nivel funcional dentro de la organización del personal disponible para ejecutar el contrato así: Directivo o ejecutivo (3 puntos), técnico (3 puntos) y operativo (3 puntos) y se concederá el punto restante a quienes acrediten nivel administrativo o contable; 4. Equipo = 10 puntos

Se otorgarán diez (10) puntos al proponente que acredite mayor cantidad de equipo requerido o locales de su propiedad o en alquiler o leasing, y proporcionalmente a los restantes; 5. Experiencia y cumplimiento en contratos anteriores = 5 puntos

Se otorgarán dos puntos por cada certificación de contrato cumplido liquidado y un punto por la tercera certificación adicional, y 6. Certificación sobre calidad de bienes o servicios ofrecidos = 5 puntos

Para los proponentes que se acrediten premios o certificaciones de calidad de los bienes o servicios ofrecidos, igualmente a los que presenten trabajos de investigación en el área contratada o estudios de Posgrado para los contratos de consultoría y prestación de servicios.

D. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán presentadas y recepcionadas en la dependencia que haya efectuado la convocatoria (unidad ejecutora responsable) dentro de las fechas y horas dispuestas, para lo cual efectuará anotación de cada una de ellas en un libro foliado indicando el número de convocatoria, objeto, nombre del proponente, fecha y hora de presentación. No podrán dejarse espacios en blanco entre cada línea de anotación. Cuando se trate de invitación pública a contratar, las propuestas deberán presentarse en sobre cerrado, indicando el número, objeto de cada convocatoria y nombre del proponente. Las propuestas se abrirán al vencimiento del término de recepción de las mismas o a más tardar al día hábil siguiente preferiblemente en presencia de los proponentes y de un funcionario de la entidad de una dependencia distinta de la ejecutora, o en el mejor de los casos por un representante de la comunidad que certifique la transparencia del proceso, de lo cual se levantará un acta que contendrá: a) Número de propuestas presentadas; b) Nombre de los proponentes; c) Valor de cada una de las propuestas, y d) Número de folios que contiene cada propuesta.

E. LA CONTRATACIÓN DE MENOR CUANTÍA

Es una de las excepciones establecidas al principio general de la selección de proponentes a través de los mecanismos licitatorio y concursal. La Ley 80 de 1993 la definió en el artículo 24, numeral 1º, literal a) así: Se entenderá por menor cuantía los valores que a continuación se relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades a las que se aplica la presente ley, expresados en salarios mínimos legales mensuales (...). Dicha norma estableció unos rangos de valores que fueron modificados posteriormente por el Decreto 2150 de 1995, artículo 38, el cual fue a su vez corregido y aclarado por el artículo 1º del Decreto 62 de 1996, que estableció:

Para las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 1000 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.000.000 e inferior a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 800 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 500.000 e inferior a 1.000.000 de salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 600 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 250.000 e inferior a 500.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 400 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 e inferior a 250.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 300 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 12.000 e inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 250 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual inferior a 12.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta de 125 salarios legales mensuales. Concordante con este tema resulta la celebración de determinados contratos que por tratarse su valor de ser montos que se encuentran por debajo del diez por ciento (10%) del valor establecido para la menor cuantía, no requieren de todos los requerimientos exigidos a los contratos que deban realizarse de manera genérica. Así pues el parágrafo del artículo 39 de la Ley 80 de 1993, manifiesta: No habrá lugar a la celebración de contrato con las formalidades plenas cuando se trate de contratos cuyos valores correspondan a los que a continuación se relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades a las que se aplica la presente ley, expresados en salarios mínimos legales mensuales. Para clarificar estos dos aspectos, el de la contratación de menor cuantía y el de los contratos sin formalidades plenas, respecto al cálculo de los montos, formulo estas dos tablas de cuantías, aplicables a la vigencia de 2001:

LEY 80 DE 1993 – ESTATUTO GENERAL DE CONTRATACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DE LA FORMA DEL CONTRATO ESTATAL (ART. 39)

CONTRATO SIN LAS FORMALIDADES PLENAS Tabla de salarios mínimos legales y equivalentes

CONTRATACIÓN DIRECTA MEDIANTE ÓRDENES Presupuesto anual de la entidad en salarios mínimos de condición: igual o superior el presupuesto de la entidad a: 6.000.000

Presupuesto anual de la entidad en salarios mínimos de condición: inferior el presupuesto de la entidad a:

Equivalencia de los salarios mínimos legales mensuales señalados en pesos, tomando como base un valor de $309.000 correspondiente al salario mínimo legal mensual establecido para 2002

En adelante 1.854.000.000.001

Valor de los contratos sin formalidades plenas condición: Valor del contrato igual o inferior a:

Equivalencia en pesos para celebrar contrato sin formalidades plenas

en adelante

2500

772.500.000

4.000.000

6.000.000

1.236.000.000.001 <

1.854.600.000.000

1000

309.000.000

2.000.000

4.000.000

618.000.000.001 <

1.236.000.000.000

300

92.700.000

1.000.000

2.000.000

309.000.000.001 <

618.000.000.000

50

15.040.000

500.000

1.000.000

154.500.000.001 <

309.000.000.000

40

12.360.000

250.000

500.000

77.250.000.001 <

154.000.000.000.

30

9.270.000

120.000

250.000

37.080.000.001 <

77.250.000.000

20

6.180.000

1

120.000

15

4.635.000

1

<

37.080.000.000

LEY 80 DE 1993 – ESTATUTO GENERAL DE CONTRATACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA (ART. 24) DECRETO 02 DE 1996 (Art. 1º)

MENOR CUANTÍA Tabla de salarios mínimos legales y equivalentes

CONTRATACIÓN DIRECTA (Sin licitación o concurso) Presupuesto anual de la entidad contratante en salarios mínimos condición: igual o superior el presupuesto de la entidad a:

Presupuesto anual de la entidad contratante calculado en salario mínimo condición: inferior el presupuesto de la entidad a:

1.200.000

En adelante

1.000.000

1.200.000

309.000.000.001

500.000

1.000.000

250.000

500.000

120.000

250.000

37.080. 000.001 <

12.000

120.000

3.708.000.001 <

1

12.000

1 <

Equivalencia de los salarios mínimos legales Salarios mínimos Equivalencia en mensuales señalados en pesos, tomando legales para la pesos para la como base un valor de $309.000 menor cuantía menor cuantía correspondiente al salario mínimo legal mensual establecido para 2002

370.800.000.001

en adelante

1000

309.000.000

< 370.800.000.000

800

247.200.000

154.500.000.001 < 309.000.000.000

600

185.400.000

77.250.000.001

154.500.000.000

400

123.600.000

77.250.000.000

300

92.700.000

37.080. 000.000

250

77.250.000

3.708.000.000

125

38.625.500

<

CAPÍTULO IV

CONTRATACIÓN DE MENOR CUANTÍA

Incluye las siguientes minutas:

ο Modelo de términos de referencia de una invitación a presentar ofertas. ο Tablas de cumplimiento de requisitos. INVITACIÓN PÚBLICA Nº ______________ TÉRMINOS DE REFERENCIA De conformidad con lo preceptuado en el artículo 3º del Decreto 855 de 1994, reglamentario de la Ley 80 de 1993, El __________(entidad estatal),

INVITA A las personas naturales y/o jurídicas, así como los consorcios y uniones temporales interesadas en presentar cotizaciones para: ___________________________, según cantidades de (obra, bienes o servicios) ____________________ y características relacionadas a continuación: Nº

Ítem _______ _______ _______ _______

Unidades _______________________ _______________________ _______________________ _______________________

Cantidades ________ ________ ________ ________

________ ________ ________ ________

Total costo directo AIU (si se trata de obra) IVA Total Nota: Para cada ítem de las cantidades de obra debe indicarse el valor unitario y su valor en pesos colombianos. Presupuesto oficial:_______________________de pesos ($ ____________) M/cte. Plazo para la ejecución de la obra:_______________________ (__) días calendario. Requisitos para participar en la invitación: Presentar los siguientes documentos: 1- Certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio con antelación no superior a ___________ (__) días calendario a partir de la fecha de expedición, y/o hoja de vida para personas naturales, y además de lo anterior, cuando se requiera, el acta de constitución consorcial o de unión temporal para desarrollar el objeto a contratar, en el cual se manifiesten participaciones, responsabilidades y representación. 2- Manifestación escrita del proponente explicando con base en los contratos que tenga en ejecución (cuantos, su valor y estado de ejecución), al cierre de la presente invitación, cual es su capacidad residual para contratar. La cual debe ser para efectos de la presente selección igual o superior a ____________ SMMLV, conforme a lo estipulado en el Decreto 92 de 1998, artículo 1º, numeral 2º. 3- Certificaciones de experiencia específica similar a la del objeto de la invitación, sobre contratos ejecutados en los últimos _________ (__) años o que se encuentren en ejecución, o acta de liquidación de aquellos, cuyo objeto sea similar al que se pretende suscribir, indicando el objeto de los contratos y el valor de los mismos. 4- Garantía de seriedad de la propuesta. Maquinaria mínima requerida: 1. ___________________________ 2. ___________________________ 3. ___________________________ 4. ___________________________ 5. ___________________________

LA PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir, a las propuestas que clasificaron según el estudio jurídico, mediante la aplicación del siguiente puntaje: a) b) c) d) e) f)

Precio Plazo Dirección de obra Capacidad residual de contratación Equipos Experiencia y cumplimiento en contratos anteriores

Total puntaje asignado

50 10 10 10 10 10

puntos puntos puntos puntos puntos puntos

100 puntos

En caso de quedar una sola propuesta para evaluar, se aplicará la ponderación contra el presupuesto oficial en los términos establecidos en la Ley 80 de 1993, en lo que hace referencia a la consulta de precios o condiciones del mercado. PROCEDIMIENTO PARA LA PONDERACIÓN A. Precio = 50 puntos Al factor Precio se le asignan cincuenta (50) puntos, los cuales se otorgarán de acuerdo con el siguiente procedimiento: Se obtiene el promedio aritmético del valor básico de las propuestas presentadas (Pp), en donde (Pn) es cada una de las propuestas a evaluar. Al promedio de las propuestas presentadas (Pp) se les suma el presupuesto oficial (Po), y se obtiene el promedio básico (Pb), al cual se le asignan los cincuenta (50) puntos establecidos para la calificación del precio. Pp + Po =Pb 2

A las ofertas que se encuentran por debajo del valor promedio (Pb) se les asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio : Cpn = Pn / Pb x 50 = Puntaje obtenido A las propuestas que se encuentren por encima del valor promedio (Pb) se le asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio: Cpn = 100 - Pn / Pb x 50 = Puntaje obtenido B. Plazo = 10 puntos Se otorgarán 10 puntos a quienes oferten un plazo de acuerdo con los requerimientos hechos por El __________________(entidad estatal). A las propuestas que ofrezcan plazos superiores al requerido se les aplicará la siguiente fórmula: Donde: Pr = Plazo requerido Po = Plazo ofrecido 10 - Po /Pr = Puntaje obtenido El menor plazo que se ofrezca respecto del solicitado en la presente convocatoria no será objeto de evaluación, lo cual equivale al otorgamiento del máximo puntaje aquí previsto.

C. Dirección de obra = 10 puntos A quienes acrediten, a través de la matrícula profesional vigente ser ingeniero civil o arquitecto, con experiencia mínima de ______ (__) años, se evaluará de la siguiente manera: Al proponente que mayor relación de experiencia cualificada en años completos se le asignarán los diez (10) puntos. A los demás se utilizará una regla de tres simple proporcional. D. Capacidad residual de contratación = 10 puntos Se concederán los 10 puntos aquí previstos a aquellos proponentes que acrediten mediante manifestación escrita de su capacidad residual igual o superior a ____________ SMMLV, según este mismo documento quienes manifiesten disponer de una capacidad residual inferior a la antes establecida se les otorgará puntaje de manera proporcional a través de la aplicación de regla de tres simple. E. Equipos = 10 puntos Se otorgarán 10 puntos al proponente que acredite la totalidad de equipo requerido de su propiedad o en alquiler o leasing (debidamente demostrado mediante cartas o tarjetas de propiedad, facturas, o contratos) y proporcionalmente a los restantes. Se concede un punto por cada equipo ofrecido en relación con el descrito (maquinaria mínima requerida). F. Experiencia y cumplimiento en contratos anteriores = 10 puntos Se califica con 4 puntos por cada certificación de contrato cumplido o acta de liquidación bilateral de los mismos, por valor individual superior al de la presente invitación y 2 puntos por la tercera certificación o acta adicional, los cuales deben presentar objetos similares en la actividad, especialidad y tipo de construcción al que se pretende contratar, y haberse desarrollado dentro de los _________ (__) años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Nota: A las certificaciones de los contratos en ejecución se les otorgará el 50% del puntaje previsto en el literal F.

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Una vez abiertas las propuestas se calificarán jurídicamente por parte de ________ _________________________, y se practicará la evaluación técnica y financiera por parte de _______________________________ con base en el procedimiento para la ponderación antes descrito. Como resultado de lo anterior se conformará el orden de elegibilidad según el cual se hará la adjudicación. Ante la eventualidad de empate en puntos se preferirá a la propuesta que presente el precio más económico, si existe igualdad en precios se preferirá aquella propuesta que presente menor plazo, y si llegare a persistir el empate se preferirá al proponente que hubiere demostrado haber celebrado y cumplido contrato con objeto similar al de la presente invitación con esta u otra entidad estatal en el más reciente tiempo. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El proponente presentará con la propuesta una garantía de seriedad de la misma, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en el país. La garantía deberá estar constituida a favor de El __________________(entidad estatal), por el equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial previsto, vigente por _____________ (___) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la invitación.

Esta garantía debe anexarse a la propuesta como documento de la oferta, firmada por el proponente. FORMA DE PAGO El ___________________(entidad estatal) pagará el valor del objeto contratado así: Un anticipo del ______________ por ciento (___%) al cumplimiento de los requisitos de ejecución y el restante ______________ por ciento (___%) mediante actas parciales de entrega de (obra ejecutada, o bienes recibidos). EROGACIONES TRIBUTARIAS Y PUBLICACIÓN Todas las erogaciones tributarias que deban cancelarse con ocasión de la celebración del contrato así como su publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad, serán a cargo exclusivamente del contratista. TÉRMINOS Y METODOLOGÍA PARA LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Las cotizaciones se deberán presentar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la desfijación del aviso, el cual se fijará por el término de dos (2) días hábiles. Las cotizaciones deberán ser dirigidas a El _______________(entidad estatal - unidad ejecutora responsable)_________________, y se recepcionarán allí mismo en la urna prevista para el efecto, la cual se encuentra ubicada en la (dirección) ____________ ________________ de la ciudad (o municipio) de__________________, hasta el día ___ de _______ de 200___ a las ________. No se recibirán ofertas extemporáneas ni las enviadas por correo o cualquier medio telemático. Las propuestas deberán ser presentadas en sobre cerrado indicando los datos anteriores y manifestando lo siguiente: “Propuesta presentada por_____________________ para: ____________________________________”, estas se recibirán en estricto orden consecutivo, el cual se verificará según listado que elaborará la dependencia receptora de acuerdo con su presentación. El (ordenador de gasto o su delegado)________________________________________ Este aviso se fija hoy ____________________ a las _______, en la ciudad (o municipio) de __________________________________ Funcionario responsable ________________________________________ Este aviso se desfija hoy ___________________ a las _____, en la ciudad (o municipio) de ____________________________________

Funcionario responsable _________________________________________________

2. TABLA DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Invitación pública a contratar Nº

Proponente

Valor de la propuesta

Plazo propuesto

Invitación pública a contratar Nº RELACIÓN DE EQUIPO DISPONIBLE Proponente

Equipo

Equipo

Equipo

Equipo

Equipo

Equipo

Equipo

Nº 1

Nº 2

Nº 3

Nº 4

Nº 5

Nº 6

Nº 7

OBSERVACIONES

Invitación pública a contratar Nº REQUISITOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O CONVENCIONAL* Proponente

Certificado de existencia y representación legal

Hoja de vida

Acta consorcial

Acta de unidad temporal

* La representación legal opera frente a las personas jurídicas y la convencional en los consorcios y uniones temporales, pues resulta del acuerdo entre las partes.

Invitación pública a contratar Nº CUMPLIMIENTO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL MÍNIMA REQUERIDA (IGUAL O SUPERIOR A __SMMLV)

Proponente

Capacidad residual de contratación

Cumple

OBSERVACIONES Invitación pública a contratar Nº CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA

Proponente

Certificados de contratos ejecutados en los últimos__ años

Certificados de contratos en ejecución en los últimos__ años

Actas de liquidación de contratos ejecutados en los últimos __ años

OBSERVACIONES

Invitación pública a contratar Nº

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Proponente

Expedida por

A favor de El (Entidad estatal)

Equivalente al Vigente por __ 10% del valor del días calendario presupuesto contados a partir oficial de ___.

SEGUNDA PARTE MINUTAS Y REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA

CAPÍTULO V CONTRATACIÓN DIRECTA DE OBRA

SECCIÓN PRIMERA Requisitos

A. ETAPA PREVIA 1. Certificado de inscripción en el banco de proyectos. 2. Planos y diseños. 3. Elaboración del análisis de precios, acorde con el Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, establecidos por la Contraloría General de la República y los precios del mercado. 4. Presentación del plan de inversión de la partida presupuestal, y su correspondiente presupuesto oficial. 5. Certificado de disponibilidad presupuestal. 6. Elaboración y presentación del estudio de conveniencia y oportunidad. 7. Licencias y/o permisos (ambiental y de construcción).

B. ETAPA PRECONTRACTUAL

1.

Selección de contratistas

1.1. Convocatoria. 1.1.1. Aviso (cuando la cuantía está entre el 50% y el tope máximo de la menor cuantía autorizado para la respectiva entidad estatal). 1.1.2. Mínimo dos (2) propuestas (cuando la cuantía está entre el 10% y el 50% de la menor cuantía). 1.1.3. Una sola propuesta (cuando la cuantía es inferior al 10% de la menor

cuantía).

1.2. Presentación y recepción de propuestas. 1.3. Estudios jurídicos, técnicos y económicos. 1.4. Constancias de fijación y desfijación de avisos. 1.5. Si hay una propuesta en los eventos 1.1.1. y 1.1.2, constancia de tal hecho, acorde al inciso 4º, artículo 3º del Decreto 855 de 1994. 1.6. Certificado de existencia y representación legal de la firma proponente o acta de constitución del consorcio o unión temporal. 1.7. Autorización para contratar (si son personas jurídicas y los estatutos así lo exigen).

2.

Elaboración del contrato

2.1. Acto administrativo que designa el interventor o el supervisor del contrato. 2.2. Comunicación de seleccionados.

adjudicación

al

proponente seleccionado y a los no

2.3. Elaboración de la minuta del contrato.

C. ETAPA CONTRACTUAL

1.

Suscripción del contrato

1.1. Firma de las partes. 1.2. Constitución del registro de reserva presupuestal. 1.3. Póliza original de la garantía única de cumplimiento. 1.4. Recibo de pago de la publicación del contrato en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad contratante. 1.5. Aprobación de la garantía única de cumplimiento.

1.6. Informe resumen del contrato suscrito por la secretaría general de la entidad, para su publicación en Diario Único de Contratación (para contratos que superen el 50% de la menor cuantía). 1.7. Recibo de pago del impuesto de timbre, si a ello hubiere lugar.

2. Documentos necesarios para proceder con la ejecución 2.1. Acta de iniciación de la obra. 2.2. Copia de documentos de apertura de cuenta (cuando haya anticipo). 2.3. Actas parciales de recibo de obra. 2.4. Órdenes de pago parciales. 2.5. Actas de suspensión, reiniciación y modificación del contrato, junto con los certificados de modificación de la garantía única de cumplimiento y su aprobación. 2.6. Acta de recibo final de la obra. 2.7. Certificado de modificación de la garantía única, aplicada a la estabilidad de la obra y la responsabilidad civil extracontractual de la misma. 2.8. Aprobación de la modificación de la garantía.

D. ETAPA POSCONTRACTUAL

1. Liquidación bilateral del contrato 1.1. Acta de liquidación bilateral suscrita por el interventor y el contratista. 1.2. Orden de pago final de la obra.

2. Liquidación unilateral del contrato (sólo si no es dable liquidar el contrato bilateralmente) 2.1. Acta de liquidación unilateral suscrita exclusivamente por el inventor. 2.2. Declaratoria del siniestro de incumplimiento. Sí y sólo si se ha incumplido el contrato, en cuanto a las obligaciones del contratista o se han producido daños a terceros con ocasión de la actividad del contratista (mediante acto administrativo motivado, contra el cual sólo procede el recurso de reposición). 2.3. Notificación personal al contratista y compañía aseguradora que expidió la garantía única de cumplimiento, o en el evento en que no pueda efectuarse de esta manera por edicto. 2.4. Resolución de los recursos, si se interpusieron dentro del término legalmente previsto.

2.5. Acto administrativo motivado, que aprueba la liquidación unilateral del contrato, el cual es susceptible del recurso de reposición. 2.6. Notificación personal del acto administrativo al contratista y a la compañía aseguradora que expidió la garantía única de cumplimiento, y subsidiariamente por edicto. 2.7. Resolución de los recursos interpuestos. 2.8. Resolución de solicitudes de revocatoria directa, si se interponen (sólo cuando no se haya interpuesto el recurso de reposición por parte del contratista o la compañía aseguradora). 2.9. Orden de pago final de la obra o de los bienes suministrados, de acuerdo con el saldo a favor del contratista (si resulta), establecido con fundamento en el acta de liquidación del contrato.

SECCIÓN SEGUNDA Minuta del contrato de obra (carácter vial) como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE OBRA CELEBRADO ENTRE El __________________(entidad estatal) Y____________________________________. CONTRATO Nº: ______________________________________________ CONTRATANTE: _____________________________________________ CONTRATISTA:______________________________________________ OBJETO: ___________________________________________________ VALOR: ____________________________________________________ FORMA DE PAGO: ___________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: ______________________________________ VIGENCIA __________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: ___________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:______ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ________________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en __________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ________________, en su calidad de (cargo que desempeña)___________________________________ de El __________ (entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314, para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)_________________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que

liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lits. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)____________________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95); y por la otra __________________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº ____________ de _____________ , representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _______________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _______________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de _______________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de obra, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994 que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa de El ________________ (entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: EL CONTRATISTA, se obliga a ejecutar para El _________________________(entidad estatal), la obra relacionada con: __________________________________________________, de acuerdo con los planos y especificaciones suministradas por El _____________(entidad estatal - unidad ejecutora responsable), de acuerdo con los términos de referencia, a los precios unitarios y en los términos que señala este contrato y de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA.— LOCALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS: Las obras objeto del presente contrato se realizarán en el sitio y/o en el abscisado comprendido entre el Km.______ al Km. _______, tomando el Km. + 0 en el Km. _______, de la vía entre el municipio __________________ a _____________________. CLÁUSULA TERCERA.—CANTIDADES DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS: EL CONTRATISTA se obliga para con El ______________________(entidad estatal) a ejecutar las obras objeto del presente contrato a los precios unitarios, con reajustes y en las cantidades aproximadas que se establecen a continuación: Ítem U. cantidad _________

Valor unitario __________

Valor total ___________

__________

PAR.—Las cantidades de obra consignadas en esta cláusula son aproximadas y por tanto El __________________(entidad estatal) podrá a su juicio y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado disponer sobre la interpretación del contrato y la realización de modificaciones a las mismas u ordenar la ejecución de las obras no previstas pero comprendidas dentro de su objeto, conforme al procedimiento previsto para la interpretación y modificación unilaterales de los contratos administrativos en la Ley 80 de 1993, artículos 15 y 16, o suscribir contratos adicionales cuando dichas modificaciones impliquen variación al plazo o valor convenido de conformidad con lo dispuesto en la cláusula de los contratos adicionales. CLÁUSULA CUARTA.—VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es la suma de _________________________________ ($ _____________ ) incluido IVA sobre la utilidad que

corresponde a la obra a ejecutar y se tendrá en cuenta la suma de _____________________________ ($ ______________) correspondiente al valor aproximado de los reajustes para efectos del pago, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. PAR.—EL CONTRATISTA declara que los precios unitarios determinados en la cláusula segunda de este contrato, incluyen todos los costos directos e indirectos requeridos para la ejecución de la obra. Por tanto El ___________________ (entidad estatal), no reconocerá sumas diferentes a las aquí expresadas por la ejecución de las mismas, a menos que se trate de los reajustes de precios previstos en la cláusula de reajuste de precios y de lo establecido para los costos imprevistos ocasionados por retardos en los pagos, así como los que se originen en la revisión de los precios pactados por razón de los cambios o alteraciones en las condiciones iniciales del contrato. CLÁUSULA QUINTA.—VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar y entregar a entera satisfacción de El _____________________(entidad estatal), la totalidad de la obra objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El ______________________(entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la ejecución de las obras a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta de iniciación suscrita con el interventor de la obra. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DEL PAGO A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: El _________________________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo a la sección:____________ artículo: _________ del presupuesto general de rentas y gastos de El ____________________(entidad estatal), correspondiente a la vigencia fiscal de 200___, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal N°_______ de fecha ___________ de _____ de 200___, expedido por _______________________________, y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—FORMA DE PAGO: El ___________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA el valor estipulado en la cláusula anterior en la siguiente forma: a) Un anticipo (o pago anticipado si ha sido así establecido en los términos de referencia o en la solicitud de oferta) equivalente al ______________ por ciento ( _____%) sobre el valor básico del contrato para cuya entrega será requisito indispensable la constitución por parte de EL CONTRATISTA, una vez perfeccionado el contrato, de la garantía única aprobada por El ___________________(entidad estatal). El manejo e inversión del anticipo (o del pago anticipado), se hará de acuerdo con el plan de inversión del mismo que forma parte integrante de este contrato y con sujeción a las normas vigentes sobre la materia; b) El saldo se pagará mediante cuentas mensuales acompañadas de las actas de recibo parcial de obra, descontando de ellas el porcentaje correspondiente al anticipo (o pago anticipado). Las actas de recibo con base en las cuales se efectuarán los pagos deberán ser concordantes con el plan general de inversiones. CLÁUSULA OCTAVA.—REAJUSTE DE PRECIOS: La suma estipulada en el presente contrato como valor de los reajustes es aproximada y sólo se reconocerá como definitiva por tal concepto, aquella que resulte de la aplicación de la siguiente fórmula matemática: P =Po I/Io, en donde: P = Valor ajustado de la obra ejecutada. Po = Valor de la obra a los precios pactados en el contrato. I = Índice total de costos de construcción de carreteras. Io = Valor del índice total del costo de construcción de carreteras, correspondiente al valor de obra por ajustar y al mes de suscripción del presente contrato. El _____________________(entidad estatal) reconocerá reajustes de precios sobre el valor de las obras ejecutadas de acuerdo a los índices tomados del boletín estadístico publicado por el Ministerio del Transporte y/o el Instituto Nacional de Vías correspondiente al grupo y mes anterior a aquel en que se pague la obra ejecutada. Estos reajustes sólo se reconocerán con base en la obra ejecutada y se tomará para su cálculo los índices correspondientes al mes anterior a aquel en que se pague la obra ejecutada, siempre que ésta corresponda al menos a la

cuota parte del plan de inversión previsto para el desarrollo del contrato. En caso de incumplimiento del plan general de trabajo e inversión, los ajustes de las actas de pago mensuales se calcularán de acuerdo con los índices correspondientes a los meses en los cuales ha debido ser entregada la obra, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento. Los precios unitarios serán inmodificables durante la vigencia del contrato. Habrá lugar a reajuste de precios a partir del día de suscripción del contrato y antes de vencido el plazo inicial o las prórrogas debidamente legalizadas. CLÁUSULA NOVENA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. En este caso EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión. En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, la obligación de EL CONTRATISTA de prorrogar la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión y se fijará la fecha en la cual se reiniciará la obra. CLÁUSULA DÉCIMA.—CONTRATOS ADICIONALES: Salvo lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 16, sobre modificación unilateral, cuando haya necesidad de introducir modificaciones en el diseño, planos o especificaciones que varíen esencialmente el plan de trabajo o se pacten mayores cantidades de obra o la ejecución de obras no especificadas en el contrato pero comprendidas en su objeto, que hagan necesario modificar el plazo o el valor convenido y no se trate del reajuste de los precios previstos en la cláusula octava de este contrato, se suscribirá un contrato adicional cuyo valor no podrá exceder la cifra resultante de sumar la mitad de la cuantía originalmente pactada, expresada ésta en salarios mínimos legales mensuales (L. 80/93, art. 40, par., inc. 2°). Los contratos adicionales relacionados con el valor y el plazo quedarán perfeccionados una vez suscritos estos y requieren para su ejecución el registro presupuestal, cuando se trate de adiciones en valor; y la aprobación de la adición y/o prórroga de la garantía única de cumplimiento. Cuando se trate de contratos adicionales para modificar el valor por un número mayor de ítems de los inicialmente pactados o por la inclusión de unos nuevos, estos se establecerán de común acuerdo entre las partes, tomando como base para su análisis las condiciones generales del mercado al momento de pactarse el contrato adicional, ello con el fin de mantener el equilibrio económico del mismo, tanto para tarifas, rendimientos, precios de materiales, jornales, costos directos, etc. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición y/o prórroga de la garantía única y aprobación de la misma y además: el pago de los impuestos respectivos y la publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad correspondiente. PAR. PRIMERO.—EL CONTRATISTA, no podrá apartarse de los planos y especificaciones, que hacen parte del presente contrato, sin autorización escrita de El ___________________(entidad estatal) y concepto previo del interventor. Si EL CONTRATISTA, pretermite lo aquí establecido no sólo perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma por concepto de obra adicional que resulte de la modificación de los planos y especificaciones, sino que se hará responsable de los daños que cause a El___________________(entidad estatal) o a terceros, en razón de su infracción. PAR. SEGUNDO: Cualquier reclamo que EL CONTRATISTA considere pertinente formular respecto a las órdenes dadas por El ___________________(entidad estatal), deberá hacerse por escrito debidamente fundamentado dentro de los _______ (__) días hábiles siguientes a la fecha en que se dio la orden. La presentación del reclamo no dará derecho a EL CONTRATISTA a suspender las obras y deberá continuar ejecutándolas, salvo que reciba de El ___________________(entidad estatal) una orden diferente. PAR. TERCERO.—EL CONTRATISTA no podrá cambiar o retirar la maquinaria ofrecida para la ejecución del contrato sin el consentimiento previo y escrito del Interventor. CLÁUSULA UNDÉCIMA.—VINCULACIÓN DE PERSONAL Y PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES: EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal la cual realiza en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que El ___________________(entidad estatal) adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto corresponde a EL CONTRATISTA el pago de los salarios, cesantías, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—

CESIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá ceder el presente contrato con previa autorización escrita de El ___________________________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMATERCERA.—SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de todo el objeto del presente contrato, con autorización previa y escrita de El __________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia de que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. El ___________________(entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el CONTRATISTA ni el subcontratista tengan derecho a reclamar indemnización de perjuicios o a instaurar acciones contra El ___________________(entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—INTERVENTORÍA: El ___________________(entidad estatal) verificará la ejecución y cumplimiento de los trabajos y actividades del CONTRATISTA por medio de un interventor. Las divergencias que se presenten entre EL CONTRATISTA y el interventor, serán dirimidas por el señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) _________ __________________________________ o su delegado. El interventor no podrá exonerar a EL CONTRATISTA de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales; tampoco podrá sin autorización escrita previa de El ___________________(entidad estatal) ordenar trabajo alguno que traiga consigo variaciones en el plazo o en el valor del contrato, ni efectuar ninguna modificación de la concepción del diseño de las obras contratadas. El interventor rechazará todos aquellos trabajos o materiales que no reúnan las condiciones exigidas en los documentos del contrato y EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar a su costa los cambios y modificaciones que sean necesarios para el estricto cumplimiento de lo pactado en éste documento. Si EL CONTRATISTA se niega a ejecutar los cambios y modificaciones indicadas por el interventor, El ___________________(entidad estatal) podrá ejecutarlos directamente o por intermedio de terceros, cargando los gastos que estas correcciones ocasionen a EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las multas y sanciones a que haya lugar. PAR.—Es entendido que la interventoría, coordinación, revisión y fiscalización que de los trabajos haga el interventor no exime a EL CONTRATISTA ni en todo ni en parte de la responsabilidad que le compete de acuerdo con la ley y con lo previsto en el contrato, por el manejo del anticipo, la seguridad de la obra y cualquier defecto o deficiencia de la misma. Corresponde al interventor la coordinación, fiscalización y revisión de la ejecución de la obra, para que ésta se desarrolle de conformidad con lo previsto en el contrato, para lo cual desempeñará las siguientes funciones: a) Ejercer control sobre los materiales y sistemas de construcción a fin de que se empleen los pactados en el contrato respectivo y se cumplan las condiciones de calidad, seguridad, economía y estabilidad adecuada; b) Medir las cantidades de obra ejecutadas mensualmente e informar a El ___________________(entidad estatal) sobre el avance de la obra, indicando si ésta se ajusta al plan de trabajo o en caso contrario analizar las causas y problemas surgidos para que se tomen las medidas pertinentes, señalando las recomendaciones especiales y comentarios que crea convenientes. c) Verificar que las inversiones que EL CONTRATISTA efectué con los dineros entregados por El_________________________(entidad estatal) en calidad de anticipo, se inviertan únicamente en el objeto del contrato de la manera más eficiente y económica; d) Para dar cumplimiento a la función anterior, solicitará al CONTRATISTA mensualmente, fotocopia del extracto bancario de la cuenta abierta para el manejo del anticipo y la anexará al informe de que trata el literal b) de esta cláusula; e) Remitir copia del informe establecido en el literal b) de esta cláusula a la oficina jurídica de la (unidad ejecutora responsable) ________________; f) Revisar los libros de contabilidad y exigir a EL CONTRATISTA la información que considere necesaria; g) Analizar los planos, diseños y especificaciones del proyecto, los programas de inversión del anticipo y de inversión general y el plan de trabajo, el programa de utilización del equipo, el programa de utilización del personal y verificar su cumplimiento; h) Verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad y control que deba adoptar EL CONTRATISTA; i) Elaborar y suscribir: 1. El acta de iniciación de la obra teniendo en cuenta que EL CONTRATISTA debe iniciar la ejecución de la misma a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta correspondiente, la cual se deberá elaborar dentro de los tres días hábiles siguientes al giro del cheque que contenga el anticipo. 2.

Las actas de recibo parcial de obra incluyendo en ellas el cálculo de reajuste de precios a que haya lugar. 3. El acta final de recibo de obra. 4. El acta de liquidación bilateral del contrato que firmarán, junto con el Señor (ordenador de gasto o el funcionario delegado)_______________________________, y el CONTRATISTA. Si este último no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, deberá elaborar el acta de liquidación unilateral y presentarla a consideración del Señor (ordenador de gasto o su delegado) ________________________ para que esta sea adoptada por acto administrativo motivado; j) Efectuar los ensayos de campo, de laboratorio y control de materiales en los casos en que se requieran de acuerdo con las normas y especificaciones de construcción que rigen el contrato, pudiendo de conformidad con los resultados sugerir cambios en los métodos de construcción que considere inadecuados; k) Revisar y aprobar los planes de trabajo presentados por EL CONTRATISTA y verificar que éstos correspondan a lo estipulado en el programa original y al desarrollo armónico de las obras; l) Emitir concepto técnico sobre la suspensión temporal, celebración de contratos adicionales, actas de modificación de los contratos que deban ser suscritos por el Señor (ordenador de gasto o su delegado) __________________________; m) Responder por la oportuna, completa y satisfactoria ejecución de la obra, y por el cumplimiento del CONTRATISTA en relación con las cantidades y calidad de la misma, conforme a lo pactado en el contrato, y en su defecto informar a El ___________________(entidad estatal) y al jefe de la oficina jurídica de El __________________(entidad estatal), detallada y oportunamente sobre los incumplimientos y demás situaciones que pongan en peligro la ejecución satisfactoria de la obra, y n) Vigilar el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, y en particular que EL CONTRATISTA no cause perjuicios al ecosistema en zonas próximas o adyacentes al sitio de la obra. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—PLAN DE TRABAJO: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras objeto del presente contrato de acuerdo con los planes y programas generales de trabajo. El incumplimiento de los trabajos acarreará a EL CONTRATISTA las sanciones que se establecen en este contrato. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—GARANTÍAS: 1 Dentro de los ______ (__) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de El ________________ (entidad estatal) la garantía única otorgada a través de una entidad bancaria o compañía aseguradora, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria, que ampare los siguientes riesgos: 1. Cumplimiento del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del mismo cuya vigencia será igual a la duración del contrato y tres (3) meses más contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, lit. b). 2. Manejo y buena inversión del anticipo cuya cuantía será equivalente al cien por ciento (100%) del valor básico del mismo, vigente por el término de duración del contrato y ______ (___) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento obra (D. 679/94, art. 17, lit. a). 3. Estabilidad de la obra equivalente al ___________ por ciento (___%) del valor total final de la obra, vigente por cinco (5) años contados a partir de la fecha del acta de entrega y recibo final de la obra (D. 679/94, art. 17, lit. d). 4. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y sus adiciones si a ello hubiere lugar, y deberá extenderse por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, lit. c). 5. responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros, equivalente al ________ por ciento (____%) del valor total del contrato, extendible por el término de su vigencia y _______ (__) años, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, inc. 1º). PAR.—Los amparos 3 y 5 se efectuarán mediante modificación de la garantía única, deberán constituirse simultáneamente con el recibo de la obra y su aprobación será condición necesaria para que el acta de recibo produzca efectos legales y contractuales y se efectúe la liquidación correspondiente. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—CUIDADO DE LAS OBRAS: Desde la

suscripción del acta de iniciación de las obra hasta la entrega final de las misma. EL CONTRATISTA asumirá a entera responsabilidad su cuidado. En caso de que se produzca daño o pérdida o desperfecto de las obras o de alguna parte de ellas EL CONTRATISTA deberá repararlas y reponerlas a su costa, de manera que a su entrega definitiva a El __________________(entidad estatal), las obras estén en buenas condiciones y estado, de conformidad con las condiciones del presente contrato y con las instrucciones del interventor. Dentro del mismo término la señalización y mantenimiento del tránsito en el sector contratado son obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, quien será responsable por los perjuicios causados a terceros o a El _________________(entidad estatal) por falta de señalización o por deficiencia de ella. CLÁUSULA DECIMANOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El ________________ (entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el interventor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de la obra, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El _________________ (entidad estatal) o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________por ciento (___%) del valor total del contrato, incluidos reajustes de precios, el que se podrá cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única. (El cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, El __________________(entidad estatal) declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, o por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del artículo 5º de la Ley 80 de 1993, y el artículo 86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El _________________(entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante tome posesión de la obra o continué inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo por las partes contratantes dentro de los ___________ (___) días calendario contados a partir de la finalización del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha del acuerdo que lo disponga (dentro de los cuatro meses siguientes. Art. 60, L. 80/93). También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se

exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.—LIQUIDACIÓN UNILATERAL: Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del plazo establecido en la cláusula anterior y los subsiguientes dos meses4 , será practicada directa y unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: para la liquidación deberá recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato y sus modificaciones. 2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos a EL CONTRATISTA. 4. Estar vigente la garantía única de cumplimiento. En dicha acta se dejará constancia de: 1. Entrega de las obras por parte de EL CONTRATISTA y del recibo a satisfacción por parte de El _________________ (entidad estatal). 2. Las reformas en el plazo y precios si las hubiere. 3. Las cantidades de obra ejecutada y sus valores. 4. Número de actas parciales de recibo de obra. Si EL CONTRATISTA no se presenta a liquidar el contrato en el término de __________ (____) días calendario contado a partir de la ocurrencia del evento que dé lugar a la liquidación, El _________________(entidad estatal) procederá a efectuarla de oficio. El interventor suscribirá el acta de liquidación del contrato correspondiente. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, afirma bajo la gravedad de juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones previstas para contratar en la Constitución Política, en la Ley 80 de 1993, artículo 8°; la Ley 104 de 1993, artículo 83, Ley 42 de 1993, artículo 85, y demás disposiciones vigentes. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de éste contrato los siguientes documentos: a) Aviso invitando a contratar junto con sus condiciones específicas; b) Las licencias ambi ental y de construcción, si a ello hubiere lugar; c) Los planos y especificaciones de obra entregados a EL CONTRATISTA; d) Las especificaciones y normas de construcción; e) La propuesta de EL CONTRATISTA; f) Las actas de modificaciones e interpretaciones efectuadas por El __________________________(entidad estatal) a los planos, diseños, disposiciones y condiciones relativas al presente contrato (en el evento en que ocurran), y g) Todas las actas que se produzcan durante la ejecución del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de la tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del CONTRATISTA. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes contemplados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) ________________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El____ __________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) arbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o áreas afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA TRIGÉSIMA.—INTERESES MORATORIOS:

El__________________ _______________________(entidad estatal) pagará al CONTRATISTA intereses moratorios del _____________ por ciento ( %) mensuales, cuando transcurridos ________________ (__) días hábiles después de presentada la respectiva acta de recibo parcial, o total y/o de recibo, con el cumplimiento de los requisitos exigidos, no hubiere efectuado el pago correspondiente, conforme al término establecido en la cláusula séptima. CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA.—CONTRIBUCIÓN ESPECIAL: Conforme a lo determinado en la Ley 418 de 1997, deberá cancelar el CONTRATISTA el valor correspondiente al 5 por mil del valor total del contrato, el cual se descontará en las respectivas órdenes de pago. 2 CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA.—LEGISLACIÓN APLICABLE: Además de lo estipulado en la Ley 80 de 1993, y sus decretos reglamentarios, este contrato se sujeta en todas sus partes a lo prescrito en la Ley 105 de 1993. 3 DOMICILIO: Para todos los efectos legales del presente contrato el domicilio será la ciudad (o municipio) de ____________________. Para constancia se firma a los, Por El ______________________________________ (entidad estatal): (Ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

SECCIÓN TERCERA Minuta del contrato de obra (carácter arquitectónico) como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE OBRA CELEBRADO ENTRE EL _________ (entidad estatal) Y ________ CONTRATO Nº: ______________________________________________ CONTRATANTE______________________________________________ CONTRATISTA: _____________________________________________ OBJETO: ___________________________________________________ VALOR: ____________________________________________________ FORMA DE PAGO: ___________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: ______________________________________ VIGENCIA __________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: ___________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:______ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) _________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en _____________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ________________, en su calidad de (cargo que desempeña)_________________ de El __________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314, para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)___________________, y en ejercicio de las facultades conferidas

en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200___ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)________________ (si se trata de un funcionario nombrado o si es delegado, el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95); y por la otra _________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº____________ de __________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _______________________ en calidad de _____________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº. _______ del ____ de _____________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de ___________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de obra, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994 que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa de El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: EL CONTRATISTA, se obliga a ejecutar para El __________________(entidad estatal), la obra relacionada con: _______________________________________, de acuerdo con los planos y especificaciones suministradas por El _________________________ (entidad estatal - unidad ejecutora responsable), a los precios unitarios y en los términos que señala este contrato y de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA.—LOCALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS: Los trabajos objeto del presente contrato se realizarán en el sitio ___________________, de la ciudad (o municipio) de ___________________, en el predio adquirido mediante escritura pública Nº ______ de la Notaría _______ del Círculo de ________________ del ______ de _______ de 200___. CLÁUSULA TERCERA.—CANTIDADES DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS: EL CONTRATISTA se obliga para con El __________________(entidad estatal) a ejecutar las obras objeto del presente contrato a los precios unitarios, con reajustes y en las cantidades aproximadas que se establecen a continuación: Ítem U. cantidad _________

Valor unitario _________

Valor total _________

__________

PAR.—Las cantidades de obra consignadas en esta cláusula son aproximadas y por tanto El __________________(entidad estatal) podrá a su juicio y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado disponer sobre la interpretación del contrato y la realización de modificaciones a las mismas u ordenar la ejecución de las obras no previstas pero comprendidas dentro de su objeto, por el procedimiento previsto para la interpretación y modificación unilaterales de los contratos administrativos en la Ley 80 de 1993, artículos 15 y 16, o suscribir contratos adicionales cuando

dichas modificaciones impliquen variación al plazo o valor convenido de conformidad con lo dispuesto en la cláusula de los contratos adicionales. CLÁUSULA CUARTA.—VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es la suma de _________________________ ($ _____________ ) incluido IVA sobre la utilidad que corresponde a la obra a ejecutar y se tendrá en cuenta la suma de___________ ($ ______________) correspondiente al valor aproximado de los reajustes para efectos del pago, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. PAR.—EL CONTRATISTA declara que los precios unitarios determinados en la cláusula segunda de este contrato, incluyen todos los costos directos e indirectos requeridos para la ejecución de la obra. Por tanto El __________________(entidad estatal), no reconocerá sumas diferentes a las aquí expresadas por la ejecución de las mismas, a menos que se trate de los reajustes de precios previstos en la cláusula de reajuste de precios y de lo establecido para los costos imprevistos ocasionados por retardos en los pagos, así como los que se originen en la revisión de los precios pactados por razón de los cambios o alteraciones en las condiciones iniciales del contrato. CLÁUSULA QUINTA.—VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar y entregar a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), la totalidad de la obra objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El __________________(entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la ejecución de las obras a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta de iniciación suscrita con el interventor de la obra. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DEL PAGO A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: El __________________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo a la sección: ____________ artículo: _________ del presupuesto general de rentas y gastos de El __________________(entidad estatal), correspondiente a la vigencia fiscal de 200___, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal N°_______ de fecha _________ de ____ de 200____, expedido por ________________________, y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto No. 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—FORMA DE PAGO: El __________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA el valor estipulado en la cláusula anterior en la siguiente forma: a) Un anticipo (o pago anticipado si ha sido así establecido en los términos de referencia o en la solicitud de oferta) equivalente al ______________ por ciento ( _____%) sobre el valor básico del contrato para cuya entrega será requisito indispensable la constitución por parte de EL CONTRATISTA, una vez perfeccionado el contrato, de la garantía única aprobada por El ____________(entidad estatal). El manejo e inversión del anticipo (o del pago anticipado), se hará de acuerdo con el plan de inversión del mismo que forma parte integrante de este contrato y con sujeción a las normas vigentes sobre la materia; b) El saldo se pagará mediante cuentas mensuales acompañadas de las actas de recibo parcial de obra, descontando de ellas el porcentaje correspondiente al anticipo (o pago anticipado). Las actas de recibo con base en las cuales se efectuarán los pagos deberán ser concordantes con el plan general de inversiones. CLÁUSULA OCTAVA.—REAJUSTE DE PRECIOS: La suma estipulada en el presente contrato como valor de los reajustes es aproximada y sólo se reconocerá como definitiva por tal concepto, aquella que resulte de la aplicación de la fórmula matemática prevista en esta cláusula. El ___________________(entidad estatal) reconocerá reajustes de precios sobre el valor de las obras ejecutadas de acuerdo al índice costo total edificación 4 que mensualmente produzca la Cámara Colombiana de Construcción (Camacol) seccional (departamento respectivo) __________________, mediante la aplicación de la siguiente fórmula: VR = Ao. (l / Io - 1) donde; VR = Valor del reajuste del acta de recibo de obra mensual, Ao= Valor del acta por reajustar, calculada a los precios originales del contrato una vez deducido el porcentaje concedido en calidad de anticipo, I = Índice del costo total edificación, publicado por Camacol, correspondiente al mes anterior a aquel en el cual haya sido cancelado el valor de la obra cuyos

precios se pretendan reajustar, cuando este corresponde por lo menos a la cuarta parte del plan de trabajo y programa de inversiones aprobado o se trate de obra ejecutada en forma anticipada. Io = Índice del costo total de edificación publicado por Camacol, correspondiente al mes de aceptación por parte del CONTRATISTA, del presupuesto oficial de la obra para reajustar. PAR. PRIMERO.—En caso de presentarse retrasos imputables al CONTRATISTA en la ejecución de volúmenes mensuales de obra, conforme al programa establecido, los reajustes se calcularán en la siguiente forma: I = Índice de Camacol, al mes en el cual ha debido ser entregada la obra sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar por incumplimiento del contrato, Io = Índice de Camacol correspondiente al mes de aceptación del presupuesto oficial por parte del CONTRATISTA. PAR. SEGUNDO.—Los dineros entregados al CONTRATISTA en calidad de anticipo se reajustarán mediante la aplicación de la fórmula establecida en la presente cláusula, tomando los índices de Camacol en la siguiente forma: I = Índice correspondiente al mes anterior al de la entrega del anticipo, Io = Índice correspondiente al mes de aceptación del presupuesto oficial por parte del CONTRATISTA. PAR. TERCERO.—La suma estipulada en los contratos como valor del reajuste, es aproximada y en definitiva se reconoce la que resulte de la aplicación de la fórmula establecida. Sólo habrá lugar a reajustes de precios a partir del día de cierre de la licitación y antes de vencido el plazo inicial o las prórrogas debidamente legalizadas. PAR. CUARTO.—Se reconocerá el reajuste de precios del porcentaje entregado como anticipo, sólo durante el período comprendido entre el mes de cierre de la licitación y el mes anterior al de la entrega del mismo, mediante la aplicación de la fórmula establecida en la presente cláusula. CLÁUSULA NOVENA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. En este caso EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión. En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, la obligación de EL CONTRATISTA de prorrogar la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión y se fijará la fecha en la cual se reiniciará la obra. CLÁUSULA DÉCIMA.— CONTRATOS ADICIONALES: Salvo lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 16, sobre modificación unilateral, cuando haya necesidad de introducir modificaciones en el diseño, planos o especificaciones que varíen esencialmente el plan de trabajo o se pacten mayores cantidades de obra o la ejecución de obras no especificadas en el contrato pero comprendidas en su objeto, que hagan necesario modificar el plazo o el valor convenido y no se trate del reajuste de los precios previstos en la cláusula octava de este contrato, se suscribirá un contrato adicional cuyo valor no podrá exceder la cifra resultante de sumar la mitad de la cuantía originalmente pactada, expresada ésta en salarios mínimos legales mensuales (L. 80/93, art. 40, par., inc. 2°). Los contratos adicionales relacionados con el valor y el plazo quedarán perfeccionados una vez suscritos estos y requieren para su ejecución el registro presupuestal, cuando se trate de adiciones en valor, y la aprobación de la adición y/o prórroga de la garantía única de cumplimiento. Cuando se trate de contratos adicionales para modificar el valor por un número mayor de ítems de los inicialmente pactados o por la inclusión de unos nuevos, estos se establecerán de común acuerdo entre las partes, tomando como base para su análisis las condiciones generales del mercado al momento de pactarse el contrato adicional, ello con el fin de mantener el equilibrio económico del mismo, tanto para tarifas, rendimientos, precios de materiales, jornales, costos directos, etc. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición y/o prórroga de la garantía única y aprobación de la misma y además: el pago de los impuestos respectivos y la publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad correspondiente. PAR. PRIMERO.—EL CONTRATISTA, no podrá apartarse de los planos y especificaciones, que hacen parte del presente contrato, sin autorización escrita de El ______________________ (entidad estatal) y concepto previo del interventor. Si EL CONTRATISTA, pretermite lo aquí establecido no sólo perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma por concepto de obra adicional que resulte de la modificación de los planos y especificaciones, sino que se hará

responsable de los daños que cause a El ______________ (entidad estatal), o a terceros en razón de su infracción. PAR. SEGUNDO.—Cualquier reclamo que EL CONTRATISTA considere pertinente formular respecto a las órdenes dadas por El __________________(entidad estatal), deberá hacerse por escrito debidamente fundamentado dentro de los _______ (__) días hábiles siguientes a la fecha en que se dio la orden. La presentación del reclamo no dará derecho a EL CONTRATISTA a suspender las obras y deberá continuar ejecutándolas, salvo que reciba de El ____________________ (entidad estatal) una orden diferente. PAR. TERCERO.—EL CONTRATISTA no podrá cambiar o retirar la maquinaria ofrecida para la ejecución del contrato sin el consentimiento previo y escrito del Interventor. CLÁUSULA UNDÉCIMA.—VINCULACIÓN DE PERSONAL Y PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES: EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal la cual realiza en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que El __________________(entidad estatal) adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto corresponde a EL CONTRATISTA el pago de los salarios, cesantías, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar. CLÁUSULA DUODÉCIMA.— CESIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá ceder el presente contrato con previa autorización escrita de El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMATERCERA.— SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de todo el objeto del presente contrato, con autorización previa y escrita de El __________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia de que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. El __________________(entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el CONTRATISTA ni el Subcontratista tengan derecho a reclamar indemnización de perjuicios o a instaurar acciones contra El __________________(entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—INTERVENTORÍA: El __________________(entidad estatal) verificará la ejecución y cumplimiento de los trabajos y actividades del CONTRATISTA por medio de un interventor. Las divergencias que se presenten entre EL CONTRATISTA y el interventor, serán dirimidas por el señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) __________________________ o su delegado. El interventor no podrá exonerar a EL CONTRATISTA de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales; tampoco podrá sin autorización escrita previa de El _____________ (entidad estatal) ordenar trabajo alguno que traiga consigo variaciones en el plazo o en el valor del contrato, ni efectuar ninguna modificación de la concepción del diseño de las obras contratadas. El interventor rechazará todos aquellos trabajos o materiales que no reúnan las condiciones exigidas en los documentos del contrato y EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar a su costa los cambios y modificaciones que sean necesarios para el estricto cumplimiento de lo pactado en éste documento. Si EL CONTRATISTA se niega a ejecutar los cambios y modificaciones indicadas por el interventor, El __________________(entidad estatal) podrá ejecutarlos directamente o por intermedio de terceros, cargando los gastos que estas correcciones ocasionen a EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las multas y sanciones a que haya lugar. PAR.—Es entendido que la interventoría, coordinación, revisión y fiscalización que de los trabajos haga el interventor no exime a EL CONTRATISTA ni en todo ni en parte de la responsabilidad que le compete de acuerdo con la ley y con lo previsto en el contrato, por el manejo del anticipo, la seguridad de la obra y cualquier defecto o deficiencia de la misma. Corresponde al interventor la coordinación, fiscalización y revisión de la ejecución de la obra, para que ésta se desarrolle de conformidad con lo previsto en el contrato, para lo cual desempeñará las siguientes funciones: a) Ejercer control sobre los materiales y sistemas de construcción a fin de que se empleen los pactados en el contrato respectivo y se cumplan las condiciones de calidad, seguridad, economía y estabilidad adecuada; b) Medir las cantidades de obra ejecutadas mensualmente e informar a El _________________(entidad estatal) sobre el avance de la obra, indicando si ésta se ajusta al plan de trabajo o en caso contrario analizar las causas y problemas surgidos para que se tomen las medidas pertinentes, señalando las recomendaciones especiales y comentarios que crea convenientes; c) Verificar que las inversiones que EL CONTRATISTA efectué con los dineros

entregados por El _________ __________(entidad estatal) en calidad de anticipo, se inviertan únicamente en el objeto del contrato de la manera más eficiente y económica; d) Para dar cumplimiento a la función anterior, solicitará al CONTRATISTA mensualmente, fotocopia del extracto bancario de la cuenta abierta para el manejo del anticipo y la anexará al informe de que trata el literal b) de esta cláusula; e) Remitir copia del informe establecido en el literal b) de esta cláusula a la oficina jurídica de la (unidad ejecutora responsable) ________________________; f) Revisar los libros de contabilidad y exigir a EL CONTRATISTA la información que considere necesaria; g) Analizar los planos, diseños y especificaciones del proyecto, los programas de inversión del anticipo y de inversión general y el plan de trabajo, el programa de utilización del equipo, el programa de utilización del personal y verificar su cumplimiento; h) Verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad y control que deba adoptar EL CONTRATISTA; i) Elaborar y suscribir: 1. El acta de iniciación de la obra teniendo en cuenta que EL CONTRATISTA debe iniciar la ejecución de la misma a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta correspondiente, la cual se deberá elaborar dentro de los tres días hábiles siguientes al giro del cheque que contenga el anticipo. 2. Las actas de recibo parcial de obra incluyendo en ellas el cálculo de reajuste de precios a que haya lugar. 3. El acta final de recibo de obra. 4. El acta de liquidación bilateral del contrato que firmarán, junto con el Señor (ordenador de gasto o el funcionario delegado)_________________________, y el CONTRATISTA. Si este último no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, deberá elaborar el acta de liquidación unilateral y presentarla a consideración del señor (ordenador de gasto o su delegado) _____________ para que esta sea adoptada por acto administrativo motivado; j) Efectuar los ensayos de campo, de laboratorio y control de materiales en los casos en que se requieran de acuerdo con las normas y especificaciones de construcción que rigen el contrato, pudiendo de conformidad con los resultados sugerir cambios en los métodos de construcción que considere inadecuados; k) Revisar y aprobar los planes de trabajo presentados por EL CONTRATISTA y verificar que éstos correspondan a lo estipulado en el programa original y al desarrollo armónico de las obras; l) Emitir concepto técnico sobre la suspensión temporal, celebración de contratos adicionales, actas de modificación de los contratos que deban ser suscritos por el señor (ordenador de gasto o su delegado) __________________; m) Responder por la oportuna, completa y satisfactoria ejecución de la obra, y por el cumplimiento del CONTRATISTA en relación con las cantidades y calidad de la misma, conforme a lo pactado en el contrato, y en su defecto informar a El ______________ (entidad estatal) y al jefe de la oficina jurídica de El __________________(entidad estatal), detallada y oportunamente sobre los incumplimientos y demás situaciones que pongan en peligro la ejecución satisfactoria de la obra, y n) Vigilar el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, y en particular que EL CONTRATISTA no cause perjuicios al ecosistema en zonas próximas o adyacentes al sitio de la obra. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—PLAN DE TRABAJO: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras objeto del presente contrato de acuerdo con los planes y programas generales de trabajo. El incumplimiento de los trabajos acarreará a EL CONTRATISTA las sanciones que se establecen en este contrato. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—GARANTÍAS: 5 Dentro de los ______ (__) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de El __________________(entidad estatal) la garantía única otorgada a través de una entidad bancaria o compañía Aseguradora, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria, que ampare los siguientes riesgos: 1. Cumplimiento del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato cuya vigencia será igual a la duración del contrato y tres (3) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, lit. b). 2. Manejo y buena inversión del anticipo cuya cuantía será equivalente al cien por ciento (100%) del valor básico del mismo, vigente por el término de duración del contrato y ______ (___) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento obra (D. 679/94, art. 17, lit. a). 3. Estabilidad de la obra equivalente al ________ por ciento (___%) del valor total final de la obra, vigente por cinco (5) años contados a partir de la fecha del acta de entrega y recibo final de la obra (D. 679/94, art. 17, lit. d). 4. Pago

de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y sus adiciones si a ello hubiere lugar, y deberá extenderse por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, lit. c). 5. responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros, equivalente al ________ por ciento (____%) del valor total del contrato, extendible por el término de su vigencia y _______ (__) años, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, inc. 1º). PAR.—Los amparos 3 y 5 se efectuarán mediante modificación de la garantía única, deberán constituirse simultáneamente con el recibo de la obra y su aprobación será condición necesaria para que el acta de recibo produzca efectos legales y contractuales y se efectúe la liquidación correspondiente. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—CUIDADO DE LAS OBRAS: Desde la suscripción del acta de iniciación de las obra hasta la entrega final de las misma. EL CONTRATISTA asumirá a entera responsabilidad su cuidado. En caso de que se produzca daño o pérdida o desperfecto de las obras o de alguna parte de ellas EL CONTRATISTA deberá repararlas y reponerlas a su costa, de manera que a su entrega definitiva a El _______________ (entidad estatal), las obras estén en buenas condiciones y estado, de conformidad con las condiciones del presente contrato y con las instrucciones del interventor. Dentro del mismo término la señalización y mantenimiento del tránsito en el sector contratado son obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, quien será responsable por los perjuicios causados a terceros o a El __________________(entidad estatal) por falta de señalización o por deficiencia de ella. CLÁUSULA DECIMANOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El __________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el interventor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de la obra, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El __________________(entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, incluidos reajustes de precios, el que se podrá cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria, de la L. 80/93, art. 17, lit. b)). CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, El ________________(entidad estatal) declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, o por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del artículo 5º de la Ley 80 de 1993, y el artículo 86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El __________________(entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las

medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante tome posesión de la obra o continué inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo por las partes contratantes dentro de los ___________ (___) días calendario contados a partir de la finalización del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha del acuerdo que lo disponga (dentro de los cuatro meses siguientes. Art. 60, L. 80/93). También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.—LIQUIDACIÓN UNILATERAL: Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del plazo establecido en la cláusula anterior, y los subsiguientes dos meses5 será practicada directa y unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Para la liquidación deberá recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato y sus modificaciones. 2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos a EL CONTRATISTA. 4. Estar vigente la garantía única de cumplimiento. En dicha acta se dejará constancia de: 1. Entrega de las obras por parte de EL CONTRATISTA y del recibo a satisfacción por parte de El (entidad estatal)_________________. 2. Las reformas en el plazo y precios si las hubiere. 3. Las cantidades de obra ejecutada y sus valores. 4. Número de actas parciales de recibo de obra. Si EL CONTRATISTA no se presenta a liquidar el contrato en el término de __________ (___) días calendario contado a partir de la ocurrencia del evento que de lugar a la liquidación, El _____________ (entidad estatal) procederá a efectuarla de oficio. El interventor suscribirá el acta de liquidación del contrato correspondiente. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, afirma bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones previstas para contratar en la Constitución Política; en la Ley 80 de 1993, articulo 8°; la Ley 104 de 1993, artículo 83, la Ley 42 de 1993, artículo 85, y demás disposiciones vigentes. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.— DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de éste contrato los siguientes documentos: a) Aviso invitando a contratar junto con sus condiciones específicas;. b) Las licencias ambiental y de construcción, si a ello hubiere lugar;. c) Los planos y especificaciones de obra entregados a EL CONTRATISTA; d) Las especificaciones y normas de construcción; e) La propuesta de EL CONTRATISTA; f) Las actas de modificaciones e interpretaciones efectuadas por El _____________________ (entidad estatal) a los planos, diseños, disposiciones y condiciones relativas al presente contrato (en el evento en que ocurran), y g) Todas las actas que se produzcan durante la ejecución del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros,

conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de la tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del CONTRATISTA. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) __________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El __________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA TRIGÉSIMA.—INTERESES MORATORIOS: El __________________________ (entidad estatal) pagará al CONTRATISTA intereses moratorios del _____________ por ciento (%) mensuales, cuando transcurridos _____________ (__) días hábiles después de presentada la respectiva acta de recibo parcial, o total y/o de recibo, con el cumplimiento de los requisitos exigidos, no hubiere efectuado el pago correspondiente, conforme al término establecido en la cláusula cuarta. CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA.— LEGISLACIÓN APLICABLE: Además de lo estipulado en la Ley 80 de 1993, y sus decretos reglamentarios, este contrato se sujeta en todas sus partes a lo prescrito en la Ley 400 de 1997, y en los Decretos 33 y 34 de 1998. 6 CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA.—DOMICILIO: Para todos los efectos legales del presente contrato el domicilio será la ciudad (o municipio) de ____________________. Para constancia se firma a los,_____________________________________________________ Por El____________________________(entidad estatal): (Ordenador de gasto o su delegado) El contratista:___________________

SECCIÓN CUARTA Minuta del contrato de obra (carácter arquitectónico a precios globales) como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE OBRA CELEBRADO ENTRE EL_________ (entidad estatal) y ________ CONTRATO Nº: ______________________________________________ CONTRATANTE______________________________________________ CONTRATISTA: _____________________________________________ OBJETO: ___________________________________________________ VALOR: ____________________________________________________ FORMA DE PAGO: ___________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: ______________________________________ VIGENCIA: _________________________________________________

LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: ___________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:______ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ____________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en ____________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº____________ expedida en ____________, en su calidad de (cargo que desempeña)_________________ de El ______________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314, para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia; o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)___________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) _________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate del representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ____________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los acaldes)________________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse ésta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95); y por la otra _________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº ____________ de _____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) ________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _______________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de _______________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de obra, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994 que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa de El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: EL CONTRATISTA, se obliga a ejecutar para El __________________(entidad estatal), la obra relacionada con:__________ _______________________________________________________________,de acuerdo con los planos y especificaciones suministradas por El_ __________________________ (entidad estatal - unidad ejecutora responsable), a los precios unitarios y en los términos que señala este contrato y de conformidad con la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA.—LOCALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS: Los trabajos objeto del presente contrato se realizarán en el sitio ______________________, de la ciudad (o municipio) de _________________________, en el predio adquirido mediante escritura pública Nº ______ de la Notaría _______ del Círculo de ________________ del ______ de _______ de 200___. CLÁUSULA TERCERA.—PRECIO GLOBAL: EL CONTRATISTA se obliga para con El __________________(entidad estatal) a ejecutar las obras objetodel presente contrato al precio global que se establece en el presente contrato. CLÁUSULA CUARTA.—VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es de

la suma de _________________________ ($ _____________ ) incluido IVA sobre la utilidad que corresponde a la obra a ejecutar y se tendrá en cuenta la suma de____________________________________ ($ ______________) correspondiente al valor aproximado de los reajustes para efectos del pago, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. PAR.—EL CONTRATISTA declara que el precio global determinado en esta cláusula, incluye todos los costos directos e indirectos requeridos para la ejecución de la obra. Por tanto El __________________(entidad estatal), no reconocerá sumas diferentes a las aquí expresadas por la ejecución de las mismas, a menos que se trate de los reajustes de precios previstos en la cláusula de reajuste de precios y de lo establecido para los costos imprevistos ocasionados por retardos en los pagos, así como los que se originen en la revisión de los precios pactados por razón de los cambios o alteraciones en las condiciones iniciales del contrato. CLÁUSULA QUINTA.—VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar y entregar a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), la totalidad de la obra objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El __________________(entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la ejecución de las obras a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta de iniciación suscrita con el interventor de la obra. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DEL PAGO A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: El __________________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo a la sección: ___________ artículo: _________ del Presupuesto General de Rentas y Gastos de El __________________(entidad estatal), correspondiente a la vigencia fiscal de 200___, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal N°_______ de fecha ________ de _____ de 200___, expedido por ____________________, ________________________, y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—FORMA DE PAGO: El __________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA el valor estipulado en la cláusula anterior en la siguiente forma: a) Un anticipo (o pago anticipado si ha sido así establecido en los términos de referencia o en la solicitud de oferta) equivalente al ______________ por ciento ( _____%) sobre el valor básico del contrato para cuya entrega será requisito indispensable la constitución por parte de EL CONTRATISTA, una vez perfeccionado el contrato, de la garantía única aprobada por El __________________(entidad estatal). El manejo e inversión del anticipo (o del pago anticipado), se hará de acuerdo con el plan de inversión del mismo que forma parte integrante de este contrato y con sujeción a las normas vigentes sobre la materia; b) El saldo se pagará mediante cuenta final acompañada del acta de recibo final de obra, descontando de ella el porcentaje correspondiente al anticipo (o pago anticipado). Las acta de recibo final con base en la cual se efectuará el pago final deberá ser concordante con el plan general de inversiones. CLÁUSULA OCTAVA.—REAJUSTE DE PRECIOS: La suma estipulada en el presente contrato como valor de los reajustes es aproximada y sólo se reconocerá como definitiva por tal concepto, aquella que resulte de la aplicación de la fórmula matemática prevista en esta cláusula. El __________________(entidad estatal) reconocerá reajustes de precios sobre el valor de las obras ejecutadas de acuerdo al índice costo total edificación 7 que mensualmente produzca la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol) seccional (departamento respectivo) _________________________, mediante la aplicación de la siguiente fórmula: VR = Ao. (I / Io 1) donde; VR = Valor del reajuste del acta de recibo de obra mensual, Ao= Valor del acta por reajustar, calculada a los precios originales del contrato una vez deducido el porcentaje concedido en calidad de anticipo, I = Índice del costo total edificación, publicado por Camacol, correspondiente al mes anterior a aquel en el cual haya sido cancelado el valor de la obra cuyos precios se pretendan reajustar, cuando este corresponde por lo menos a la cuarta parte del plan

de trabajo y programa de inversiones aprobado o se trate de obra ejecutada en forma anticipada. Io = Índice del costo total de edificación publicado por Camacol, correspondiente al mes de aceptación por parte del CONTRATISTA, del presupuesto oficial de la obra para reajustar. PAR. PRIMERO.—En caso de presentarse retrasos imputables al CONTRATISTA en la ejecución de volúmenes mensuales de obra, conforme al programa establecido, los reajustes se calcularán en la siguiente forma: I = Índice de Camacol, al mes en el cual ha debido ser entregada la obra sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar por incumplimiento del contrato, Io = Índice de Camacol correspondiente al mes de aceptación del presupuesto oficial por parte del CONTRATISTA. PAR. SEGUNDO.—Los dineros entregados al CONTRATISTA en calidad de anticipo se reajustarán mediante la aplicación de la fórmula establecida en la presente cláusula, tomando los índices de Camacol en la siguiente forma: I = Índice correspondiente al mes anterior al de la entrega del anticipo, Io = Índice correspondiente al mes de aceptación del presupuesto oficial por parte del CONTRATISTA. PAR. TERCERO.—La suma estipulada en los contratos como valor del reajuste, es aproximada y en definitiva se reconoce la que resulte de la aplicación de la fórmula establecida. Sólo habrá lugar a reajustes de precios a partir del día del cierre de la invitación y antes de vencido el plazo inicial o las prórrogas debidamente legalizadas. PAR. CUARTO.—Se reconocerá el reajuste de precios del porcentaje entregado como anticipo, sólo durante el período comprendido entre el mes de cierre de la licitación y el mes anterior al de la entrega del mismo, mediante la aplicación de la fórmula establecida en la presente cláusula. CLÁUSULA NOVENA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL: Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. En este caso EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión. En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, la obligación de EL CONTRATISTA de prorrogar la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión y se fijará la fecha en la cual se reiniciará la obra. CLÁUSULA DÉCIMA.— CONTRATOS ADICIONALES: Salvo lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 16, sobre modificación unilateral, cuando haya necesidad de introducir modificaciones en el diseño, planos o especificaciones que varíen esencialmente el plan de trabajo o se pacten mayores cantidades de obra o la ejecución de obras no especificadas en el contrato pero comprendidas en su objeto, que hagan necesario modificar el plazo o el valor convenido y no se trate del reajuste de los precios previstos en la cláusula octava de este contrato, se suscribirá un contrato adicional cuyo valor no podrá exceder la cifra resultante de sumar la mitad de la cuantía originalmente pactada, expresada ésta en salarios mínimos legales mensuales (L. 80/93, art. 40, par., inc. 2°). Los contratos adicionales relacionados con el valor y el plazo quedarán perfeccionados una vez suscritos éstos y requieren para su ejecución el registro presupuestal, cuando se trate de adiciones en valor, y la aprobación de la adición y/o prórroga de la garantía única de cumplimiento. Cuando se trate de contratos adicionales para modificar el valor por un número mayor de ítems de los inicialmente pactados o por la inclusión de unos nuevos, estos se establecerán de común acuerdo entre las partes, tomando como base para su análisis las condiciones generales del mercado al momento de pactarse el contrato adicional, ello con el fin de mantener el equilibrio económico del mismo, tanto para tarifas, rendimientos, precios de materiales, jornales, costos directos, etc. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición y/o prórroga de la garantía única y aprobación de la misma y además: el pago de los impuestos respectivos y la publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad correspondiente. PAR. PRIMERO.—EL CONTRATISTA, no podrá apartarse de los planos y especificaciones, que hacen parte del presente contrato, sin autorización escrita de El __________________(entidad estatal) y concepto previo del interventor. Si EL CONTRATISTA, pretermite lo aquí establecido no sólo perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma por concepto de obra adicional que resulte de la modificación de los planos y especificaciones, sino que se hará responsable de los daños que cause a El_______ __________________(entidad estatal), o a

terceros en razón de su infracción. PAR. SEGUNDO.—Cualquier reclamo que EL CONTRATISTA considere pertinente formular respecto a las órdenes dadas por El __________________(entidad estatal), deberá hacerse por escrito debidamente fundamentado dentro de los _______ (__) días hábiles siguientes a la fecha en que se dio la orden. La presentación del reclamo no dará derecho a EL CONTRATISTA a suspender las obras y deberá continuar ejecutándolas, salvo que reciba de El __________________(entidad estatal) una orden diferente. PAR. TERCERO.—EL CONTRATISTA no podrá cambiar o retirar la maquinaria ofrecida para la ejecución del contrato sin el consentimiento previo y escrito del interventor. CLÁUSULA UNDÉCIMA.—VINCULACIÓN DE PERSONAL Y PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES: EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal la cual realiza en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que El __________________(entidad estatal) adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto corresponde a EL CONTRATISTA el pago de los salarios, cesantías, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—CESIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá ceder el presente contrato con previa autorización escrita de El ______________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMATERCERA.—SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de todo el objeto del presente contrato, con autorización previa y escrita de El __________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia de que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. El __________________(entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el CONTRATISTA ni el Subcontratista tengan derecho a reclamar indemnización de perjuicios o a instaurar acciones contra El __________________(entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—INTERVENTORÍA: El ______________(entidad estatal) verificará la ejecución y cumplimiento de los trabajos y actividades del CONTRATISTA por medio de un interventor. Las divergencias que se presenten entre EL CONTRATISTA y el interventor, serán dirimidas por el señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) __________________________ o su delegado. El interventor no podrá exonerar a EL CONTRATISTA de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales; tampoco podrá sin autorización escrita previa de El _____________ (entidad estatal) ordenar trabajo alguno que traiga consigo variaciones en el plazo o en el valor del contrato, ni efectuar ninguna modificación de la concepción del diseño de las obras contratadas. El interventor rechazará todos aquellos trabajos o materiales que no reúnan las condiciones exigidas en los documentos del contrato y EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar a su costa los cambios y modificaciones que sean necesarios para el estricto cumplimiento de lo pactado en éste documento. Si EL CONTRATISTA se niega a ejecutar los cambios y modificaciones indicadas por el interventor, El _________________(entidad estatal) podrá ejecutarlos directamente o por intermedio de terceros, cargando los gastos que estas correcciones ocasionen a EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las multas y sanciones a que haya lugar. PAR.—Es entendido que la interventoría, coordinación, revisión y fiscalización que de los trabajos haga el interventor no exime a EL CONTRATISTA ni en todo ni en parte de la responsabilidad que le compete de acuerdo con la ley y con lo previsto en el contrato, por el manejo del anticipo, la seguridad de la obra y cualquier defecto o deficiencia de la misma. Corresponde al interventor la coordinación, fiscalización y revisión de la ejecución de la obra, para que ésta se desarrolle de conformidad con lo previsto en el contrato, para lo cual desempeñará las siguientes funciones: a) Ejercer control sobre los materiales y sistemas de construcción a fin de que se empleen los pactados en el contrato respectivo y se cumplan las condiciones de calidad, seguridad, economía y estabilidad adecuada; b) Medir las cantidades de obra ejecutadas mensualmente e informar a El _________________(entidad estatal) sobre el avance de la obra, indicando si ésta se ajusta al plan de trabajo o en caso contrario analizar las causas y problemas surgidos para que se tomen las medidas pertinentes, señalando las recomendaciones especiales y comentarios que crea convenientes; c) Verificar que las inversiones que EL CONTRATISTA efectué con los dineros entregados por El ___________ (entidad estatal) en calidad de anticipo, se inviertan únicamente

en el objeto del contrato de la manera más eficiente y económica; d) Para dar cumplimiento a la función anterior, solicitará al CONTRATISTA mensualmente, fotocopia del extracto bancario de la cuenta abierta para el manejo del anticipo y la anexará al informe de que trata el literal b) de esta cláusula; e) Remitir copia del informe establecido en el literal b) de esta cláusula a la oficina jurídica de la (unidad ejecutora responsable) ___________________; f) Revisar los libros de contabilidad y exigir a EL CONTRATISTA la información que considere necesaria; g) Analizar los planos, diseños y especificaciones del proyecto, los programas de inversión del anticipo y de inversión general y el plan de trabajo, el programa de utilización del equipo, el programa de utilización del personal y verificar su cumplimiento; h) Verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad y control que deba adoptar EL CONTRATISTA; i) Elaborar y suscribir: 1. El acta de iniciación de la obra teniendo en cuenta que EL CONTRATISTA debe iniciar la ejecución de la misma a partir del día hábil siguiente a la suscripción del acta correspondiente, la cual se deberá elaborar dentro de los tres días hábiles siguientes al giro del cheque que contenga el anticipo. 2. El acta final de recibo de obra incluyendo en ella el cálculo de reajuste de precios a que haya lugar. 3. El acta de liquidación bilateral del contrato que firmarán, junto con el señor (ordenador de gasto o el funcionario delegado)___________________________, y el CONTRATISTA. Si este último no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, deberá elaborar el acta de liquidación unilateral y presentarla a consideración del señor (ordenador de gasto o su delegado) _______________________ para que esta sea adoptada por acto administrativo motivado; j) Efectuar los ensayos de campo, de laboratorio y control de materiales en los casos en que se requieran de acuerdo con las normas y especificaciones de construcción que rigen el contrato, pudiendo de conformidad con los resultados sugerir cambios en los métodos de construcción que considere inadecuados; k) Revisar y aprobar los planes de trabajo presentados por EL CONTRATISTA y verificar que éstos correspondan a lo estipulado en el programa original y al desarrollo armónico de las obras; l) Emitir concepto técnico sobre la suspensión temporal, celebración de contratos adicionales, actas de modificación de los contratos que deban ser suscritos por el señor (ordenador de gasto o su delegado) __________________________; m) Responder por la oportuna, completa y satisfactoria ejecución de la obra, y por el cumplimiento del CONTRATISTA en relación con las cantidades y calidad de la misma, conforme a lo pactado en el contrato, y en su defecto informar a El __________________(entidad estatal)______________ y al jefe de la oficina jurídica de El __________________(entidad estatal), detallada y oportunamente sobre los incumplimientos y demás situaciones que pongan en peligro la ejecución satisfactoria de la obra, y n) Vigilar el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente, y en particular que EL CONTRATISTA no cause perjuicios al ecosistema en zonas próximas o adyacentes al sitio de la obra. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—PLAN DE TRABAJO: EL CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras objeto del presente contrato de acuerdo con los planes y programas generales de trabajo. El incumplimiento de los trabajos acarreará a EL CONTRATISTA las sanciones que se establecen en este contrato. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—GARANTÍAS: 8 dentro de los ______ (__) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, EL CONTRATISTA se compromete a constituir a favor de El __________________(entidad estatal) la garantía única otorgada a través de una entidad bancaria o compañía aseguradora, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria, que ampare los siguientes riesgos: 1) Cumplimiento del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato cuya vigencia será igual a la duración del contrato y tres (3) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, lit. b) . 2) Manejo y buena inversión del anticipo cuya cuantía será equivalente al cien por ciento (100%) del valor básico del mismo, vigente por el término de duración del contrato y ______ (___) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento de la obra (D. 679/94, art. 17 lit. a). 3) Estabilidad de la obra equivalente al ________ por ciento (___%) del valor total final de la obra, vigente por cinco (5) años contados a partir de la fecha del acta de entrega y recibo final de la obra (D. 679/94, art. 17 lit. d). 4) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y sus adiciones si a ello hubiere lugar, y deberá extenderse por

el término de vigencia del contrato y tres (3) años más, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17 lit. c). 5) Responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros, equivalente al ________ por ciento (____%) del valor total del contrato, extendible por el término de su vigencia y _______ (__) años, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, inc. 1º). PAR.—Los amparos 3 y 5 se efectuarán mediante modificación de la garantía única, deberán constituirse simultáneamente con el recibo de la obra y su aprobación será condición necesaria para que el acta de recibo produzca efectos legales y contractuales y se efectúe la liquidación correspondiente. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—CUIDADO DE LAS OBRAS: Desde la suscripción del acta de iniciación de las obra hasta la entrega final de las misma. EL CONTRATISTA asumirá a entera responsabilidad su cuidado. En caso de que se produzca daño o pérdida o desperfecto de las obras o de alguna parte de ellas EL CONTRATISTA deberá repararlas y reponerlas a su costa, de manera que a su entrega definitiva a El_______________________(entidad estatal), las obras estén en buenas condiciones y estado, de conformidad con establecido en el presente contrato y con las instrucciones del interventor. Dentro del mismo término la señalización y mantenimiento del tránsito en el sector contratado son obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, quien será responsable por los perjuicios causados a terceros o a El ____________________(entidad estatal) por falta de señalización o por deficiencia de ella. CLÁUSULA DECIMANOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El __________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el interventor en el acta final y/o de recibo de la obra, sin interesar el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en el pago final. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El __________________(entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al __________por ciento (___%) del valor total del contrato, incluidos reajustes de precios, el que se podrá cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, El __________________(entidad estatal) declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, o por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del artículo 5º de la Ley 80 de 1993, y el artículo 86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El __________________(entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de

caducidad no impedirá que la entidad contratante tome posesión de la obra o continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a la indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo por las partes contratantes dentro de los ___________ (___) días calendario contados a partir de la finalización del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene la terminación o a la fecha del acuerdo que lo disponga (dentro de los cuatro meses siguientes. Art. 60, L. 80/93). También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.—LIQUIDACIÓN UNILATERAL: Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del plazo establecido en la cláusula anterior, y los subsiguientes dos meses6 , será practicada directa y unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Para la liquidación deberá recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato y sus modificaciones. 2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos a EL CONTRATISTA. 4. Estar vigente la garantía única de cumplimiento. En dicha acta se dejará constancia de: 1. Entrega de las obras por parte de EL CONTRATISTA y del recibo a satisfacción por parte de El (Entidad estatal)____________________. 2. Las reformas en el plazo y precios si las hubiere. 3. Inventario de la obra recibida. Si EL CONTRATISTA no se presenta a liquidar el contrato en el término de ________ (___) días calendario contado a partir de la ocurrencia del evento que de lugar a la liquidación, El (entidad estatal)_____________ procederá a efectuarla de oficio. El interventor suscribirá el acta de liquidación del contrato correspondiente. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, afirma bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones previstas para contratar en la Constitución Política, en la Ley 80 de 1993, articulo 8°; la Ley 104 de 1993, artículo 83, la Ley 42 de 1993, artículo 85, y demás disposiciones vigentes. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de éste contrato los siguientes documentos: a) Aviso invitando a contratar junto con sus condiciones específicas; b) Las licencias ambiental y de construcción, si a ello hubiere lugar; c) Los planos y especificaciones de obra entregadas a EL CONTRATISTA; d) Las especificaciones y normas de construcción; e) La propuesta de EL CONTRATISTA; f) Las actas de modificaciones e interpretaciones efectuadas por El ______________________ (entidad estatal) a los planos, diseños, disposiciones y condiciones relativas al presente contrato (en el evento en que ocurran); g) Todas las actas que se produzcan durante la ejecución del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La exi stencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal

erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del CONTRATISTA. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) ________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El __________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA TRIGÉSIMA.—INTERESES MORATORIOS: El __________________________ (entidad estatal) pagará al CONTRATISTA intereses moratorios del ________ por ciento ( %) mensuales, cuando transcurridos ____________ (__) días hábiles después de presentada la respectiva acta de recibo final, con el cumplimiento de los requisitos exigidos, no hubiere efectuado el pago correspondiente, conforme al término establecido en la cláusula cuarta. CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA.—LEGISLACIÓN APLICABLE: Además de lo estipulado en la Ley 80 de 1993, y sus decretos reglamentarios, este contrato se sujeta en todas sus partes a lo prescrito en la Ley 400 de 1997 y en los Decretos 33 y 34 de 1998. 9 CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA.—DOMICILIO: Para todos los efectos legales del presente contrato el domicilio será la ciudad (o municipio) de _________________________________________. Para constancia se firma a los, _____________________________________________________ por ____________________________(entidad estatal):

(Ordenador de gasto o su delegado) El contratista: _______________ LLAMADAS CAPITULO 5 1

Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

2

Por cuanto el objeto del contrato es la ejecución de una obra de carácter vial.

3

«Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las entidades territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones».

4

Aplicable cuando el objeto del contrato sea la construcción de edificaciones simples y/o complejas.

5

Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

6

Normas sobre construcciones sismorresistentes.

7

Aplicable cuando el objeto del contrato sea la construcción de edificaciones simples y/o complejas.

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Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

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Normas sobre construcciones sismorresistentes.

CAPÍTULO VI CONTRATACIÓN DIRECTA DE COMPRAVENTA Y SUMINISTRO

SECCIÓN PRIMERA Requisitos

A. ETAPA PREVIA 1. Elaboración del análisis de precios, acorde con el Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, previstos por la Contraloría General de la República y los precios del mercado. 2. Verificación de que el gasto se encuentre previsto en el plan anual mensualizado de caja y el plan de compras de la entidad, para la vigencia fiscal en que se va a efectuar el mismo. 3. Certificado de disponibilidad presupuestal. 4. Elaboración y presentación del estudio de conveniencia y oportunidad del contrato. B. ETAPA PRECONTRACTUAL

1. Selección de contratistas 1.1.

Convocatoria.

1.1.1. Aviso (cuando la cuantía esté entre el 50% y el tope de la menor cuantía). 1.1.2. Mínimo dos (2) propuestas (cuando la cuantía está entre el 10% y el 50% de la menor cuantía). 1.1.3. Una sola propuesta (cuando la cuantía es inferior al 10% de la menor cuantía). 1.2.

Presentación y recepción de propuestas.

1.3.

Estudios jurídicos, técnicos y económicos.

1.4.

Constancias de fijación y desfijación de avisos.

1.5.

Si hay una propuesta en los eventos 1.1.1. y 1.1.2, constancia de tal acorde al inciso 4º del artículo 3º del Decreto 855 de 1994.

hecho,

1.6.

Certificado de existencia y representación legal de la firma proponente o acta de constitución del consorcio o unión temporal.

1.7.

Autorización para contratar (si son personas jurídicas y los estatutos lo exi gen).

1.8.

Certificado de conformidad de los bienes o servicios expedidos por la Superintendencia de Industria y Comercio (D. 679/94, art. 2º).

2. Elaboración del contrato 2.1. 2.2.

Comunicación de adjudicación al proponente seleccionado y a los no seleccionados. Elaboración de la minuta del contrato.10

C. ETAPA CONTRACTUAL

1. Suscripción del contrato 1.1.

Firma de las partes.

1.2.

Registro de reserva presupuestal.

1.3.

Póliza original de la garantía única de cumplimiento.

1.4. 1.5. 1.6.

1.7.

Recibo de pago de la publicación del contrato en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad contratante. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. Informe resumen del contrato suscrito a la secretaría general, para publicación en diario único de contratación (para contratos que superen el 50% de la menor cuantía). Recibo de pago de Impuesto de timbre, si hubiere lugar a ello.

2. Documentos necesarios para proceder con la ejecución 2.1.

Acta de recibo total de los bienes para compraventa. Y actas parciales de recibo de los bienes para suministro.

2.2.

Orden de pago total para compraventa y órdenes de pago parciales para suministros.

2.3.

Actas de suspensión, reiniciación y modificación del contrato, junto con los certificados de modificación de la garantía única de cumplimiento y su aprobación.

2.4.

Acta de recibo final de los bienes para suministros.

2.5.

Certificado de la modificación de la garantía única, respecto del amparo de calidad de los bienes.

2.6.

Aprobación de la modificación de la garantía, respecto del amparo de calidad de los bienes.

2.7.

Certificado de conformidad de los bienes adquiridos expedida por el contratista cuando la cuantía del contrato exceda los cien salarios mínimos legales mensuales (D. 679/94, art. 2º.).

D. ETAPA POSCONTRACTUAL

1. Liquidación bilateral del contrato. Aplicable para los contratos de suministro (por tratarse de contratos de tracto sucesivo. L. 80/ 93, art. 60) 1.1. 1.2.

Acta de liquidación bilateral suscrita por el jefe de la unidad ejecutora responsable y el contratista. Orden de pago final para suministro.

2. Liquidación unilateral del contrato. Aplicable para los contratos de suministro (sólo si no es dable liquidar el contrato bilateralmente) 2.1.

Acta de liquidación unilateral del contrato firmada por el jefe de la unidad ejecutora responsable, o por el supervisor delegado para el efecto.

2.2.

Declaratoria del siniestro de incumplimiento. Sí y sólo si se ha incumplido el contrato en cuanto a las obligaciones del contratista (mediante acto administrativo motivado, contra el cual sólo procede el recurso de reposición).

2.3.

Notificación personal al contratista y a la compañía aseguradora que expidió la garantía única de cumplimiento, y subsidiariamente por edicto.

2.4.

Resolución de los recursos contra la declarartoria del siniestro de incumplimiento, si se interpusieron dentro del término legalmente previsto.

2.5.

Acto administrativo motivado, que aprueba la liquidación unilateral del contrato, el cual es susceptible del recurso de reposición.

2.6.

Notificación personal del subsidiariamente por edicto.

2.7.

Resolución de los recursos interpuestos contra el acto administrativo que aprueba la liquidación unilateral.

2.8.

Resolución de solicitudes de revocatoria directa, si se interponen. (Sólo cuando no se haya interpuesto el recurso de reposición).

anterior

acto

administrativo

al

contratista,

y

2.9.Orden de pago final de los bienes (cuando se han pactado entregas y pagos parciales).

SECCIÓN SEGUNDA Minuta del contrato de compraventa como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE COMPRAVENTA Nº______ CELEBRADO ENTRE EL _______________ _______________ (entidad estatal) Y _______________________. CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATANTE: ____________________________________________

CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ FORMA DE PAGO: __________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _____________________________________ VIGENCIA: ________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: __________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:_____ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) _______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en _______________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº____________ expedida en ____________, en su calidad de (cargo que desempeña)______________ de El ________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los Alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)_________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lits. a), b), o c), según se trate del representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de ___________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)____________________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse ésta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95); y por la otra _________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº___________ de _____________ , representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _____________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de ______ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de ________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de COMPRAVENTA, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa en El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO: El objeto de este contrato es la venta que EL CONTRATISTA hace a El __________________(entidad estatal) y la adquisición a título de compra que éste hace a aquel de: ____________________________, a los precios contenidos en su propuesta del ___ de __________ de 200__, la cual para todos los efectos hace parte integral de éste contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos 4º y 5º respectivamente, de la Ley 80

de 1993. CLÁUSULA TERCERA: SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: Los bienes objeto del presente contrato serán entregados por EL CONTRATISTA en la (dirección) _________________________ de la ciudad (o municipio) de _____________. CLÁUSULA CUARTA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es de ______________($_________) M/cte, incluido IVA, cifra calculada teniendo en cuenta el valor del la venta y sus fletes, que El _________________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA dentro de los _____ (___) días siguientes al recibo parcial de los bienes objeto del contrato, previo recibido a satisfacción por parte de El _____________________(entidad estatal). PAR.—El funcionario que certificará el recibo a satisfacción de los bienes suministrados será ______________________. CLÁUSULA QUINTA: VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de El _____________________ (entidad estatal, la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El __________ (entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y _________ (_____) meses más. CLÁUSULA SEXTA.— SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________________________ (entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—GARANTÍAS:11 El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los ___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a favor de EL ______________________________(entidad estatal), la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de anticipo o pago anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad de los bienes entregados por el CONTRATISTA en cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha de recibo de bienes entregados a entera satisfacción de El____ ____________________ (entidad estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. CLÁUSULA OCTAVA.— MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El ___________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el interventor en el acta final y/o de recibo de la obra, sin interesar el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en el pago final. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se determinarán mediante acto administrativo motivado, el cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la cámara de comercio. CLÁUSULA NOVENA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El_____ ___________________(entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de

cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectiva por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSULA DÉCIMA.— SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PAR.—El contratista prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la suspensión. CLÁUSULA UNDÉCIMA.—CESIÓN: El CONTRATISTA, sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de EL ___________________________ (entidad estatal). CLÁUSULA DUODÉCIMA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, la Ley 104 de 1993, artículo 83, la Ley 42 de 1993, artículo 85, y demás disposiciones vigentes sobre la materia y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMATERCERA.—INTERESES MORATORIOS: EL ________ _______________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA intereses moratorios del ___________ por ciento (___%) mensual, cuando transcurridos _________ (___) días hábiles, contados a partir de la presentación del acta de recibo de los bienes a satisfacción de El _______________________ (entidad estatal), éste no hubiere realizado el pago correspondiente, conforme al término estipulado en la cláusula cuarta. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se considera perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes. Para su ejecución se requiere: 1. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. 2. La aprobación de la garantía única de cumplimiento. Este contrato requiere además su publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) _________________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El __________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. Para constancia se firma en Bogotá, D.C., a los_______________________ Por El ________________________ (entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado)

El contratista:

SECCIÓN T ERCERA Minuta del contrato de suministro como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE SUMINISTRO Nº ______ CELEBRADO ENTRE EL ________ (entidad estatal) ______________________________ Y______________________________ CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATANTE: ____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ FORMA DE PAGO: __________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _____________________________________ VIGENCIA: ________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: __________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:_____ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) _______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en ___________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ________________, en su calidad de (cargo que desempeña)___________________ de El ___________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los Gobernadores y 314 para los Alcaldes, de la Constitución Política de Colombia o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)___________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el Presupuesto General de Rentas y Gastos de la Entidad) ________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit a), b), o c), según se trate del representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de ___________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de ___________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de _________ de 200__ expedida por (La Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el Juez Civil Municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)______________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95); y por

la otra __________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº____________ de _____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) __________________ en calidad de _____________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _____________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de ___________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de _____________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de suministro, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa en El _____________________ (entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El objeto de este contrato es el suministro que EL CONTRATISTA hace a El __________________________ (entidad estatal) de __________________________ que se requiera para _____________________, a los precios contenidos en su propuesta del ___ de ____________ de 200__, la cual para todos los efectos es parte integral de éste contrato. PAR.—El funcionario autorizado para efectuar los pedidos a nombre del El ______________________(entidad estatal) es __________________________, los cuales se harán por escrito, determinando claramente el plazo para la entrega de cada pedido. CLÁUSULA SEGUNDA.—DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos 4º y 5º, respectivamente, de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA TERCERA.—SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: Los bienes objeto del presente contrato se entregarán por EL CONTRATISTA en la (dirección)_____ ____________________ de la ciudad (o municipio) de _____________, previo el pedido que con antelación a __________ (___) días efectúe por escrito el funcionario autorizado para tal evento. CLÁUSULA CUARTA.—VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es hasta por la suma de____ ___________________________ ($ )M/cte, incluido IVA, cifra calculada teniendo en cuenta el valor del suministro y sus fletes, que El _______________________ (entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA dentro de los __________ (__) días siguientes a los recibos parciales de los bienes objeto del contrato, previo recibido a satisfacción por parte de El ___________________ (entidad estatal). PAR.—El funcionario que certificará el recibo a satisfacción de los bienes suministrados será _________________. CLÁUSULA QUINTA.—VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de EL ______ (entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario, este término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y ___ (___) meses más. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con las solicitudes de entrega de bienes hechos por la entidad contratante y dentro de los plazos que la misma establezca. CLÁUSULA SEXTA.— SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.— GARANTÍAS:12 El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los ___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a favor de El _______________ (entidad estatal), la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser equivalente al

ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de anticipo o pago anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad de los bienes a suministrar en cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha del primer recibo de bienes suministrados a entera satisfacción de El____ __________________(entidad estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. PAR.—Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA extenderá o ampliará la garantía única de cumplimiento y de calidad de los bienes suministrados en el porcentaje señalado anteriormente. CLÁUSULA OCTAVA.— SUPERVISIÓN: La Supervisión del presente contrato será ejercida por parte de El __________________(entidad estatal) a través de (dependencia o funcionario responsable) _____________________________, quien controlará su correcta ejecución y cumplimiento. CLÁUSULA NOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El ___________________ (entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA DÉCIMA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El _____________________ (entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. L. 80/93, art. 17, lit. b) ). CLÁUSULA UNDÉCIMA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PAR.—El CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la suspensión. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—CESIÓN: El CONTRATISTA, sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de El ______________________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMATERCERA.— SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente contrato, con la autorización previa y escrita de El ______________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. EL (Entidad estatal)___________________________ podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicio ni a instaurar acciones contra EL _______________ (entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, El_________________(entidad estatal) declarará la caducidad del

contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del artículo 5º de la Ley 80 de 1993, y el artículo 86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El ______________________ (entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante continué inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes al cumplimiento de su objeto, o a más tardar dentro de los __________ (___) meses siguientes, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.— LIQUIDACIÓN UNILATERAL: Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, dentro del plazo previsto y los subsiguientes dos meses,7 será practicada directa y unilateralmente por EL __________________________(entidad estatal) y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—TERMINACIÓN BILATERAL ANTICIPADA: Las partes de común acuerdo manifiestan que si EL CONTRATISTA no presenta los requisitos para la ejecución del contrato en el término de _____________ (__) días hábiles, contados a partir de la fecha de la suscripción de éste, se terminará pudiendo El ____________________________(entidad estatal) adjudicar y suscribir el contrato con el proponente que siguiera en el orden de elegibilidad. CLÁUSULA DECIMANOVENA.— INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en el en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, la Ley 104 de 1993 artículo 83, la Ley 42 de 1993 artículo 85, y demás disposiciones vigentes sobre la materia, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—INTERESES MORATORIOS: EL _________________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA intereses moratorios del ___________ (___%) mensual, cuando transcurridos ___________ (____) días hábiles, contados a partir de la presentación del acta de recibo de los bienes a satisfacción de El ____________________(entidad estatal), éste no hubiere realizado el pago correspondiente, conforme a los términos establecidos en la cláusula cuarta. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se considera perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes. Para su ejecución se requiere: 1. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas

en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. 2. La aprobación de la garantía única de cumplimiento. Este contrato requiere además su publicación en la Gaceta o Diario Oficial de El ____________________(entidad estatal), requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.— CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual)_____________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El __________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. Para constancia se firma en (ciudad o municipio y fecha) ________________________ Por El ____________________________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

____________ LLAMADAS CAPITULO 6 10

En la elaboración de contratos de compraventa y suministros de computadores y sus sistemas adicionales es necesario atender lo siguiente: “El ministerio de comunicaciones, recomendó la elaboración de cláusulas contractuales en donde el contratista se obligue a que los recursos computacionales y otros que manejan fechas, funcionen adecuadamente, antes, durante y después del Año 2000. Igualmente, mediante la Resolución 1195 del 11 de mayo de 1998, ese ministerio impartió instrucciones para revisar los contratos ya celebrados con los proveedores de software, hardware sistemas de computación, y exigir pólizas de cumplimiento como garantía de los contratos, con vi gencia mínima de tres años” (Ámbito Jurídico, Ex Libris, Legis Editores S.A., Año II Nº 30).

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Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

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Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

CAPÍTULO VII CONTRATACIÓN DIRECTA PARA CONSULTORÍA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

SECCIÓN PRIMERA Requisitos

A. ETAPA PREVIA 1. Verificación de la existencia de planos y diseños, sólo para consultoría (en la modalidad de interventoría). 2. Elaboración del análisis de precios, acorde con el Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS, el Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, establecido por la Contraloría General de la República y los precios del mercado. 3. Certificar que la consultoría se encuentra prevista para la ejecución de un proyecto conforme a lo previsto en el banco de proyectos de la entidad, con el cálculo porcentual de su valor respecto del contrato intervenido (cuando se trata de interventorías), toda vez que son gastos de inversión. Tratándose de la prestación de servicios, es necesario corroborar que el gasto ocasionado con esta contratación se encuentra previsto en el Plan Anual mensualizado de Caja (PAC) y en el plan de compras de la entidad, por tratarse de gastos de funcionamiento. 4. Certificado de disponibilidad presupuestal. 5. Elaboración y presentación del estudio de conveniencia y oportunidad. 6. Certificado expedido por la entidad estatal, en donde se manifiesta que para realizar la actividad objeto del contrato no existe el personal de planta requerido.

B. ETAPA PRECONTRACTUAL

1. Selección de contratistas 1.1.

Convocatoria.

1.1.1. Aviso (cuando la cuantía esté entre el 50% y el tope de la menor cuantía). 1.1.2. Mínimo dos (2) propuestas (cuando la cuantía está entre el 10% y el 50% de la menor cuantía). 1.1.3. Una sola propuesta (cuando la cuantía es inferior al 10% de la menor cuantía). 1.2.

Presentación y recepción de propuestas junto con las hojas de vida (para personas naturales), o certificado de existencia y representación legal (para personas jurídicas).

1.3.

Estudios jurídicos, técnicos y económicos.

1.4.

Constancia de fijación de avisos.

1.5.

Si hay una propuesta en los eventos 1.1.1. y 1.1.2, constancia de tal hecho, acorde al inciso 4º del artículo 3º del Decreto 855 de 1994.

1.6.

Autorización para contratar (si son personas jurídicas y los estatutos así lo exigen).

2. Elaboración del contrato 2.1.

Comunicación de adjudicación al proponente seleccionado y a los no seleccionados.

2.2.

Certificados de antecedentes judiciales y de policía expedido por el DAS y de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, cuando se trate de contratos con personas naturales.

2.3.

Documento que acredite la afiliación a un fondo de pensiones y a una entidad prestadora de servicios de salud (EPS, o ARS), si el contrato tiene una duración superior a tres (3) meses (D. 2150/95 y L. 100/93), del mismo modo si se trata de personas naturales.

2.4.

Declaración juramentada de bienes. Formulario único (L. 190/95, arts. 13 y 14).

2.5.

Certificado de conformidad de los servicios (D. 679/94, art. 2º).

2.7.

Elaboración de la minuta del contrato.

C. ETAPA CONTRACTUAL

1. Suscripción del contrato 1.1.

Firma de las partes.

1.2.

Registro de reserva presupuestal.

1.3.

Póliza original de la garantía única de cumplimiento.

1.4. 1.5. 1.6.

1.7.

Recibo de pago de la publicación del contrato en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad contratante. Aprobación de la garantía única de cumplimi ento. Informe resumen del contrato suscrito a la secretaría general, para publicación en Diario Único de Contratación (para contratos que superen el 50% de la menor cuantía). Recibo de pago del impuesto de timbre, si hubiere lugar a ello.

2. Documentos necesarios para proceder con la ejecución 2.1.

Acta de iniciación del servicio.

2.2.

Informes periódicos.

2.3.

Actas de cumplimiento parciales.

2.4.

Órdenes de pago parciales.

2.5.

Actas de suspensión, reiniciación y modificación del contrato, junto con los certificados de modificación de la garantía única de cumplimiento y su aprobación.

2.6.

Acta de cumplimiento y recibo final del servicio.

D. ETAPA POSCONTRACTUAL

1. Liquidación bilateral del contrato 1.1.

Acta de liquidación bilateral suscrita por el supervisor y el contratista.

1.2.

Orden de pago final del servicio, conforme al acta de liquidación bilateral.

2. Liquidación unilateral del contrato (sólo si no es dable liquidar el contrato bilateralmente)

2.1.

Acta de liquidación unilateral suscrita exclusivamente por el supervisor.

2.2.

Declaratoria del siniestro de incumplimiento. Sí y sólo sí se ha incumplido el contrato, en cuanto a las obligaciones del contratista (mediante acto administrativo motivado, contra el cual sólo procede el recurso de reposición).

2.3.

Notificación personal de la del acto administrativo que declara el siniestro de incumplimiento al contratista y a la aseguradora, y subsidiariamente por edicto.

2.4.

Resolución del recurso de reposición, si fue interpuesto dentro del término legalmente previsto para el efecto.

2.5.

Expedición del acto administrativo motivado, que aprueba la liquidación unilateral del contrato, el cual también es susceptible del recurso de reposición.

2.6.

Notificación personal del acto administrativo que aprueba la liquidación unilateral del contrato tanto al contratista, como a la compañía aseguradora y subsidiariamente por edicto.

2.7.

Resolución del recurso de reposición contra el anterior acto administrativo si fue interpuesto.

2.8.

Resolución de solicitudes de revocatoria directa, si se interponen (sólo cuando no se haya interpuesto el recurso de reposición).

2.9.

Orden de pago final de los servicios contratados conforme al acta de liquidación unilateral.

SECCIÓN SEGUNDA Minuta del contrato de consultoría como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE CONSULTORÍA Nº ____ CELEBRADO ENTRE (entidad estatal) _______________ Y _____________________________. CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATANTE: ____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ FORMA DE PAGO : _________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _____________________________________ VIGENCIA: ________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: __________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:_____ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO:

EL

________

Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ________________ __________________________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en __________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº _____________ expedida en ________________, en su calidad de (cargo que desempeña)_________________ de El ________________ (entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)_________________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la e l y, ordenanza o acuerdo que liquide el Presupuesto General de Rentas y Gastos de la Entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate del representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de __________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)____________________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el artículo 37 de el Decreto 2150 de 1995); y por la otra ___________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº____________ de _____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _______________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de ______________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de CONSULTORÍA, consignado en las cláusulas que se pactan a continuación, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa de El ___________________(entidad estatal) y la con fundamento en la certificación expedida por El ______________________________ (entidad estatal), de fecha ________ de _____ de 200____, la cual manifiesta que para realizar la actividad objeto del presente contrato no existe personal de planta. CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El objeto de este contrato es la elaboración por parte de EL CONTRATISTA de los estudios necesarios para la ejecución de:13 ___________________________________. PAR. PRIMERO.—ALCANCE DEL OBJETO: El objeto del contrato comprende además: a)_____________________________ b)________________________________c) ___________________________________d)__________________________________. PAR. SEGUNDO.—OBLIGACIONES QUE SE DERIVAN DEL OBJETO DEL CONTRATO: En desarrollo del objeto del contrato EL CONTRATISTA deberá realizar:__________ _________________________________________________________________________. Los anteriores estudios y diseños serán entregados a El _______________________(entidad estatal), en los formatos, planos, diagramas, impresos, etc., previstos para tal fin y toda la información sistematizada. CLÁUSULA SEGUNDA.—DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos 4º y 5º, respectivamente, de la Ley 80 de 1993.

CLÁUSULA TERCERA.—VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es la suma de________________ ______________________________ ($_______________) M/cte., incluido IVA, suma que El _______________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA de la siguiente manera: 14 Un anticipo equivalente al ____________ por ciento (____%) del valor total del contrato, es decir la suma de________________________________ ______________________________________________ ($___________) M/cte, que se cancelará previo cumplimiento de los requisitos de ejecución y el saldo restante, es decir, la suma de____________________ ($____________) M/cte, al cumplimiento del objeto del contrato y recibo a satisfacción por parte de El _______________________ (entidad estatal), certificado por el señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)___________________________. CLÁUSULA CUARTA.—VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a prestar a entera satisfacción de El ______________________ (entidad estatal), el servicio objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución, y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El ______ (entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario, este término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y ___ (___) meses más. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con los informes periódicos de cumplimiento presentados por el supervisor del contrato. CLÁUSULA QUINTA.—RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral con EL CONTRATISTA y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de emolumentos distintos al valor acordado en la cláusula tercera del mismo. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El __________________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo a la sección: ___________ artículo: _________ del Presupuesto General de Rentas y Gastos de El __________________(entidad estatal), correspondiente a la vigencia fiscal de 200___, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal N°_______ de fecha ________ de _____ de 200___, expedido por ____________________, ________________________, y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—GARANTÍAS:15 El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los ___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a favor de El _________________(entidad estatal), la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de anticipo o pago anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad del servicio a prestar en cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha del primer recibo de bienes suministrados a entera satisfacción de El __________________ (entidad estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. PAR.—Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA extenderá o ampliará la garantía única de cumplimiento y de calidad de los servicios prestados en el porcentaje señalado anteriormente. CLÁUSULA OCTAVA.—SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato será ejercida por El

__________________(entidad estatal) a través del señor (funcionario delegado para el efecto) ____________________, quien deberá controlar su correcta ejecución y cumplimiento. CLÁUSULA NOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El __________________(entidad estatal)_________________________ para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo de los informes y en el acta final y/o de recibo de los informes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA DÉCIMA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El __________________(entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única. (El cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. L. 80 de 1993, art. 17, lit. b)). CLÁUSULA UNDÉCIMA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, El __________________(entidad estatal) declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, conforme a lo estipulado en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, o por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del artículo 5º de la Ley 80 de 1993, y el artículo 86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El __________________(entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a la indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PAR.—EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la suspensión. CLÁUSULA DECIMATERCERA.—CESIÓN: El CONTRATISTA, sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de El_________ _______________________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMACUARTA.— SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente contrato, con la autorización previa y escrita de El_______ ________________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. El ____________________(entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicio

ni a instaurar acciones contra El____________ ___________________________________________ (entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—CONTRATOS ADICIONALES: Para el desarrollo eficaz del objeto contractual pactado podrán ser suscritos contratos adicionales a éste, cuyo valor será proporcional al tiempo y valor establecidos inicialmente, los cuales además no podrán exceder en la totalidad del cincuenta por ciento (50%) de la cuantía originalmente pactada, expresada en salarios mínimos legales mensuales vigentes (inc. 2º del par, artículo 40 de la L. 80/93). Los contratos adicionales relacionados con el valor quedarán perfeccionados una vez suscritos y además se efectuará el registro presupuestal. Los relacionados con el plazo sólo requerirán la firma del contrato y prórroga de la garantía única. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición y prórroga de la garantía única, el pago de los impuestos correspondientes si hay lugar y la publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad. No podrán celebrarse contratos adicionales que impliquen modificación al objeto del contrato, ni prorrogarse su plazo si estuviere vencido, so pretexto de la celebración de contratos adicionales. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes, representadas por EL CONTRATISTA y el supervisor del contrato, al cumplimiento de su objeto, o a más tardar dentro de los __________ (___) meses siguientes, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por El ______________________ (entidad estatal) y se adoptará por acto administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA DECIMANOVENA.—TERMINACIÓN BILATERAL ANTICIPADA: Las partes de común acuerdo manifiestan que si EL CONTRATISTA no presenta los requisitos para la ejecución del contrato en el término de _____________ (__) días hábiles, contados a partir de la fecha de la suscripción de éste, se terminará pudiendo El ____________________ (entidad estatal) adjudicar y suscribir el contrato con el proponente que siguiera en el orden de elegibilidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en los artículos 8º de la Ley 80 de 1993, 83 de la Ley 104 de 1993, 85 de la Ley 42 de 1993, y demás disposiciones vigentes sobre la materia, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—INTERESES MORATORIOS: EL ________________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA intereses moratorios del ___________ (___%) mensual, cuando transcurridos _____________ (____) días hábiles, contados a partir de la presentación del acta de recibo de los bienes a satisfacción de El _______________________ (entidad estatal), éste no hubiere realizado el pago correspondiente, conforme a los términos estipulados en la cláusula tercera. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.— PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros,

conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del CONTRATISTA, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la Cámara de Comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) __________________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El ________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.—LEGISLACIÓN APLICABLE: Además de lo estipulado en la Ley 80 de 1993, y sus decretos reglamentarios, este contrato se sujeta en todas sus partes a lo prescrito en los decretos 2236 de 1995, 165 y 1086 de 1997. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. Para constancia se firma en (ciudad o municipio y fecha)________________________ Por El ___________________ (entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

SECCIÓN TERCERA Minuta del contrato de consultoría (modalidad interventoría) como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE CONSULTORÍA (MODALIDAD INTERVENTORÍA) Nº __________ CELEBRADO ENTRE EL _________ (entidad estatal) __________ Y__________________. CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATANTE: ____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ FORMA DE PAGO: __________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _____________________________________

VIGENCIA: ________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: __________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:_____ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) _______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en __________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ______________ expedida en ______________, en su calidad de (cargo que desempeña)__________________________ de El _______________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el Presupuesto General de Rentas y Gastos de la Entidad) ___________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ___________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)_______________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse ésta con base en lo dispuesto en el art. 37 de el D. 2150/95) y por la otra _________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº ___________ de __________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) ________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de ___________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de ___________________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL INTERVENTOR, hemos convenido celebrar el presente contrato de consultoría, modalidad INTERVENTORÍA, consignado en las cláusulas que se pactan a continuación, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994 que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa del El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.— OBJETO: El INTERVENTOR, se obliga a realizar para El ______________(entidad estatal), la vigilancia y verificación, mediante la interventoría técnica, administrativa y contable sobre la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contraídas en el contrato de obra Nº ________, por el CONTRATISTA ____________________________ y cuyo objeto es_________ ______________________________, así como el control relacionado con la medida, calidad, oportunidad y pago de las obras. CLÁUSULA SEGUNDA.—FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL INTERVENTOR: Corresponde a EL INTERVENTOR la coordinación, fiscalización y revisión del planeamiento y ejecución de la obra, para lo cual desempeñará las siguientes funciones principales: a) Programar las actividades que debe desarrollar para el cumplimiento del objeto del presente contrato; b) Analizar los planos, diseños y especificaciones del proyecto, el plan y programa de trabajo del equipo y personal con que cuenta el contratista para la ejecución de la

obra; c) Verificar que las inversiones que efectúe el CONTRATISTA, con los dineros entregados por El_______________ (entidad estatal) en calidad de anticipo, se realicen únicamente en el objeto del presente contrato y se haga de la manera más eficiente y económica; d) Revisar los libros de contabilidad y exigir al CONTRATISTA la información que considere necesaria; e) Para dar cumplimiento a la correcta inversión del anticipo, solicitará al CONTRATISTA mensualmente fotocopia del extracto bancario de la cuenta abierta para el manejo del mismo y la anexará al informe sobre avance de obra; f) Vigilar el cumplimiento de las normas sobre medio ambiente y en particular que el contratista no cause perjuicios al ecosistema en zonas próximas o adyacentes al sitio de la obra; g) Ejercer control sobre los materiales y sistemas de construcción, a fin que se empleen los pactados en el contrato respectivo y se cumplan las condiciones de calidad, seguridad, economía y estabilidad adecuada; h) Medir las cantidades de obra ejecutadas en cada período e informar mensualmente al supervisor sobre el avance de la obra, indicando si ésta se ajusta al plan de trabajo o en caso contrario analizar las causas y problemas surgidos a fin que se tomen las medidas pertinentes, señalando las recomendaciones especiales y conceptos que crea convenientes y/o necesarios por El __________________(entidad estatal); i) Verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad y control con que deben contar los trabajadores de la obra, así como el pago de sus salarios y prestaciones sociales, a fin de evitar posteriores reclamaciones; j) Elaborar: 1. El acta de iniciación de la obra, al día hábil siguiente del cumplimiento de los requisitos de ejecución y suscribirla con el contratista. 2. Las actas de recibo parcial de obra, incluyendo en ellas el cálculo de reajuste de precios a que haya lugar. 3. El acta final de recibo de obra. 4. Acta de liquidación del contrato; k) Efectuar los ensayos de campo, de laboratorio y control de materiales, en los casos en que se requieran, de acuerdo con las normas y especificaciones de construcción que rigen el contrato, pudiendo sugerir cambios en los métodos de construcción que considere inadecuados; l) Revisar y aprobar los planes de trabajo presentados por el contratista y verificar que éstos correspondan a lo estipulado en el programa original y al desarrollo armónico de las obras; m) Emitir concepto técnico previo sobre la suspensión, celebración de contratos adicionales y actas de modificación de los contratos; n) Informar a El __________________(entidad estatal) oportunamente acerca de situaciones o hechos que afecten el desarrollo del presente contrato en cualquier etapa de su ejecución; ñ) Remitir copia del informe final al banco de proyectos, en donde se especifique la obra realizada y el estado en que se entregó a El __________________(entidad estatal), y o) las demás descritas en el presente contrato. CLÁUSULA TERCERA.—PROGRAMA DE TRABAJO: Antes de iniciar los trabajos objeto del presente contrato, se deberá convenir un programa general para su ejecución, el cual no podrá modificarse sin la autorización previa de El __________________(entidad estatal). Las modificaciones que EL INTERVENTOR considere necesario introducir deberán someterse a la consideración de El _____________(entidad estatal), con su justificación, con no menos de un (__) mes(es) de anticipación. El __________________(entidad estatal) comunicará por escrito a EL INTERVENTOR las modificaciones autorizadas. Además del programa general, EL INTERVENTOR deberá presentar programas bimestrales detallados, que coincidan con los períodos cubiertos por el convenio general de recursos, en los cuales deberán describirse los trabajos que se adelantarán y el avance que se espera en cada una de las actividades. Estos programas deben ser presentados a consideración de El __________________(entidad estatal), por lo menos _________ (___) días calendario antes de la iniciación del respectivo bimestre. CLÁUSULA CUARTA.—VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El INTERVENTOR se compromete a realizar la interventoría de la obra, objeto de ésta intervención, a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), será de _________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El ______ (entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario, éste término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y ___ (___) meses más. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se

verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con la presentación de los informes acordados. CLÁUSULA QUINTA.—VALOR DEL CONTRATO: El valor del presente contrato es por la suma de: ____________________ ($ ) m/cte. PAR.—Dentro del presente valor se entiende incluidos los costos de operación y los factores multiplicadores. CLÁUSULA SEXTA.—FORMA DE PAGO: El ______________(entidad estatal) pagará a EL INTERVENTOR el valor del contrato en la siguiente forma: a) Un anticipo equivalente al ______________ por ciento (____%) sobre el valor básico del contrato, para cuya entrega será requisito indispensable encontrarse aprobada la garantía única de cumplimiento; b) El saldo se pagará mediante órdenes de pago periódicas, no inferiores a un mes, acompañadas de los informes periódicos y de las actas de recibo parcial de obra y descontando de ellas el porcentaje correspondiente al anticipo, y c) El valor del pago final no podrá ser inferior al _____________ por ciento (___%) del valor total del contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA.—INTERESES MORATORIOS: El __________________(entidad estatal) pagará a EL INTERVENTOR intereses moratorios del ____________ por ciento (____%) mensuales, cuando transcurridos _____________ (____) días hábiles después de presentado el informe correspondiente, junto con el cumplimiento de los demás requisitos exigidos para el pago, no hubiere efectuado éste, conforme a los términos establecidos en la cláusula anterior. CLÁUSULA OCTAVA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA NOVENA.—GARANTÍAS:16 EL INTERVENTOR se obliga para que dentro de los _________ (___) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a favor de El __________________(entidad estatal) la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una entidad bancaria o compañía aseguradora, cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria, que ampare los siguientes riesgos: 1. Cumplimiento del contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato cuya vigencia será igual a la duración del contrato y tres (3) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento (art. 17, lit. b) del D. 679/94). 2. Manejo y buena inversión del anticipo cuya cuantía será equivalente al cien por ciento (100%) del valor básico del mismo, vigente por el término de duración del contrato y ______ (___) meses más, contados a partir de la fecha de su perfeccionamiento de la obra intervenida (D. 679/94, art. 17 lit. a). 3. Calidad del servicio, equivalente al ___________ por ciento (___%) del valor total del contrato, vigente por cinco (5) años contados a partir de la fecha de suscripción del acta de recibo final de la obra (D. 679/94, art. 17 lit. d). 4. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y sus adiciones si a ello hubiere lugar, y deberá extenderse por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17 lit. c). 5. Responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros, equivalente al ________ por ciento (____%) del valor total del contrato, extendible por el término de su vigencia y _______ (__) años, contados a partir de su perfeccionamiento (D. 679/94, art. 17, inc. 1º). PAR.—Los amparos 3 y 5 se efectuarán mediante modificación de la garantía única, deberán constituirse simultáneamente con el recibo de la obra y su aprobación será condición necesaria para que el acta de recibo produzca efectos legales y contractuales y se efectúe la liquidación correspondiente. CLÁUSULA DÉCIMA.—AUTONOMÍA DEL INTERVENTOR: Por ser el presente un contrato de interventoría, EL INTERVENTOR actuará con total autonomía técnica y administrativa en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y, por lo tanto, no contrae relación laboral alguna con El __________________(entidad estatal), razón por la cuál no tendrá derecho al pago de prestaciones sociales de ninguna índole y sus emolumentos se contraerán a los expresamente pactados en el presente contrato CLÁUSULA UNDÉCIMA.—PERSONAL DEL INTERVENTOR: EL INTERVENTOR se obliga a suministrar el personal que se requiera para la ejecución del contrato. Este personal dependerá exclusivamente de EL INTERVENTOR, quién será su empleador directo y responderá por sus salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. El

_________________(entidad estatal) se reserva el derecho de solicitar a EL INTERVENTOR los cambios de personal que considere convenientes y éste se obliga a realizarlos a satisfacción de aquel. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—CESIÓN: EL INTERVENTOR sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMATERCERA.—SUBCONTRATACIÓN: EL INTERVENTOR sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente contrato, con autorización previa y escrita de El __________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL INTERVENTOR. El __________________(entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el Subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicio ni a instaurar acciones contra El __________________(entidad estatal) por ésta causa. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—CONTRATOS ADICIONALES: En los eventos en los cuales el contrato de obra intervenido mediante el presente, sea adicionado en tiempo, podrán ser suscritos contratos adicionales a éste, cuyo valor será proporcional al tiempo y valor establecidos inicialmente, los cuales además no podrán exceder en la totalidad del cincuenta por ciento (50%) de la cuantía originalmente pactada, expresada en salarios mínimos legales mensuales vigentes (L. 80/93, art. 40 par., inc. 2º). Los contratos adicionales relacionados con el valor quedarán perfeccionados una vez suscritos y además se efectuará el registro presupuestal. Los relacionados con el plazo sólo requerirán la firma del contrato y prórroga de la garantía única. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición y prórroga de la garantía única, el pago de los impuestos correspondientes si hay lugar y la publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad estatal. No podrán celebrarse contratos adicionales que impliquen modificación al objeto del contrato, ni prorrogarse su plazo si estuviere vencido, so pretexto de la celebración de contratos adicionales. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—SUPERVISIÓN DEL CONTRATO Y ACCESO A LOS TRABAJOS: El _____ ___________________(entidad estatal) efectuará la supervisión del contrato a través de un supervisor técnico, que vigilará el desarrollo del servicio objeto del presente contrato y cuyas funciones principales son las indicadas a continuación: a) Entregar a EL INTERVENTOR copia de los pliegos de condiciones de la licitación y planos de construcción objeto del contrato de obra, copia del contrato, la propuesta del CONTRATISTA, copia del Registro de reserva presupuestal, aprobación de pólizas; b) Exigir el cumplimiento del contrato de interventoría en todas sus partes lo cual debe aplicar las funciones señaladas a EL INTERVENTOR; c) Atender todas las consultas sobre el contrato de interventoría; d) Estudiar y recomendar los cambios sustanciales que se consideren convenientes o necesarios para el logro de los objetivos del contrato de interventoría y presentarlos a consideración de El __________________(entidad estatal); e) Controlar y comprobar la calidad del servicio ejecutado y de los informes presentados para efecto del pago y la cantidad de los recursos utilizados por el contrato de interventoría; f) Verificar la disponibilidad de recursos técnicos y humanos por parte de EL INTERVENTOR según su propuesta, al momento de su iniciación y durante la ejecución del contrato respectivo; g) Exigir a EL INTERVENTOR el empleo de personal técnico capacitado y el retiro de aquel que a su juicio sea descuidado, incompetente, insubordinado o cuyo trabajo sea perjudicial para los intereses de El __________ (entidad estatal); h) Solicitar a EL INTERVENTOR efectuar los correctivos pertinentes cuando considere que éste no está cumpliendo cabalmente con las funciones de interventoría. Si no efectúa los correctivos, solicitar la aplicación de la caducidad si el incumplimiento lo amerita; i) Velar por el soporte presupuestal del contrato de interventoría y solicitar las adiciones cuando se requieran para la continuidad de éste por la ejecución del contrato de obra; j) Solicitar y revisar los informes presentados por EL INTERVENTOR sobre el avance físico, administrativo y financiero del contrato de obra; k) Autorizar con su visto bueno el pago de las cuentas de cobro de EL INTERVENTOR; l) Solicitar la aplicación de la declaratoria de caducidad en caso de comprobar hechos que conforme al contrato de interventoría den lugar a tales decisiones; m) Asistir a las reuniones de obra sin asumir las responsabilidades a cargo de EL INTERVENTOR del contrato de obra; n) Cuando así lo considere El __________________(entidad estatal), verificar los sueldos pagados al personal

de EL INTERVENTOR; ñ) Presentar los informes del avance del contrato de interventoría, y/o) Presentar por escrito todas las instrucciones, ordenes y autorizaciones técnicas que se deban dar a EL INTERVENTOR. PAR.—Las aprobaciones que imparta el supervisor técnico no relevan a EL INTERVENTOR de ninguna de las responsabilidades contraídas por razón del contrato. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—INFORMES: EL INTERVENTOR deberá presentar a El __________________(entidad estatal) los siguientes informes: 1. Un informe mensual, dentro de los ____________ (___) días calendario siguientes al vencimiento del mes, en el cuál se analice la ejecución de los programas, se describan los trabajos, se indique el avance de éstos durante el mes y el avance acumulado hasta la fecha y se sometan a consideración de El _______________(entidad estatal) los ajustes necesarios a los programas bimestrales, de acuerdo con los avances obtenidos. 2. Un informe final en donde se consignen los resultados de la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, programas de computador, recomendaciones y planos. PAR.—La presentación de los informes se hará en la forma que indique previamente El _________(entidad estatal) a EL INTERVENTOR. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA: PROPIEDAD DE LOS INFORMES: Serán de propiedad de El ________________ (entidad estatal) los resultados de los análisis, estudios, investigaciones y en general los informes y trabajos realizados para cumplir el objeto de éste trabajo, incluyendo programas de computador y técnicas especiales que se desarrollen o adquieran durante su ejecución y con cargo al contrato. EL INTERVENTOR deberá considerar como confidenciales todos los estudios y resultados y no podrá hacer uso de éstos para fines diferentes a los del trabajo mismo, sin autorización previa, expresa y escrita de El __________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—ELEMENTOS DEVOLUTIVOS: Los elementos devolutivos que El __________________(entidad estatal) suministre a EL INTERVENTOR, lo mismo que aquellos que sean adquiridos con cargo al contrato deberán ser reintegrados a El __________________(entidad estatal) a la terminación de los trabajos o cuando éste los solicite, en buen estado, salvo el deterioro normal causado por el uso legítimo. EL INTERVENTOR deberá asegurar a su costa, a nombre suyo y de El __________________(entidad estatal), con una compañía aseguradora, los elementos que éste le suministre. El valor de cualquier faltante que se presente a la terminación de los trabajos será descontado de las partidas que le adeude El __________________(entidad estatal) a EL INTERVENTOR. CLÁUSULA DECIMANOVENA.— SUSPENSIÓN TEMPORAL: En el evento en que sea suspendido el contrato de obra intervenido, paralelamente, dentro de los mismos términos y de manera automática quedará suspendido el presente contrato. También por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito comprobados, se podrá de común acuerdo entre las partes suspender temporalmente la ejecución del contrato, previo concepto escrito del supervisor, mediante la suscripción de una acta donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión. En este caso EL INTERVENTOR prorrogará la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión. En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, la obligación de EL INTERVENTOR de prorrogar la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión, el concepto previo del supervisor y se fijará la fecha en la cual se reiniciará el contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—CUIDADO DE LAS OBRAS: Desde el inicio de la ejecución del contrato EL INTERVENTOR deberá dar las instrucciones necesarias y suficientes y asegurar que el CONTRATISTA de la obra intervenida, responda por el cuidado de las obras contratadas, desde la fecha de iniciación de éstas hasta la entrega definitiva a El _______________________(entidad estatal), en las condiciones pactadas en el contrato de obra. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL INTERVENTOR, El_________________________ (entidad estatal) declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL INTERVENTOR que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del artículo 5º de la Ley 80 de 1993, y el artículo

86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El ______________________ (entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante continué inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el la Ley 80 de 1993, 104 de 1993 y 418 de 1997. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento, y tal evento no impedirá que El___________________ (entidad estatal) permanezca ejerciendo la respectiva vigilancia de la obra y continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través suyo o de otro INTERVENTOR, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad cuando a ello hubiere lugar. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento (art. 18 de la L. 80/93). CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato, que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.—TERMINACIÓN BILATERAL ANTICIPADA: Las partes de común acuerdo manifiestan que si EL INTERVENTOR no presenta los requisitos para la ejecución del contrato en el término de ___________ (__) días hábiles, contados a partir de la fecha de suscripción de éste, se terminará, pudiendo El_________ _______________________(entidad estatal) adjudicar y suscribir el contrato con el proponente que siga en el orden de elegibilidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL INTERVENTOR con la suscripción de éste contrato afirma bajo la gravedad del juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones constitucionales ni las previstas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, el artículo 83 de la Ley 104 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL INTERVENTOR, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El ___________________ (Entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del INTERVENTOR, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El ___________________(entidad estatal), o de EL INTERVENTOR, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ___________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única. (El cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.— LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes al cumplimiento de su objeto, o a más tardar dentro de los _________ (___) meses siguientes, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la

expedición del acto administrativo que ordene su terminación. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL INTERVENTOR la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y en general para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.—PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Para la liquidación del contrato deberá recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato. 2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos a EL INTERVENTOR. 4) La garantía única vigente. En el acta de liquidación del contrato se dejará constancia de: a) Entrega de las obras por parte de EL INTERVENTOR y del recibo a satisfacción por parte de El __________________(entidad estatal); b) Las reformas en el plazo y precios si las hubiere; c) Las cantidades de obra ejecutada y sus valores; d) Número de actas parciales de recibo de obra, y e) Resoluciones que tasan multas e imponen sanciones durante el transcurso del contrato. Si EL INTERVENTOR no se presenta a liquidar el contrato en el término de _____________ (___) días hábiles contados a partir de la ocurrencia del evento que dé lugar a la liquidación, El __________________(entidad estatal) procederá a efectuarla unilateralmente. El supervisor suscribirá el acta de liquidación del contrato correspondiente. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.—LIQUIDACIÓN UNILATERAL: Si EL INTERVENTOR no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por El ___________________(entidad estatal) y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA TRIGÉSIMA.— SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual)___________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El ____________________(entidad estatal) como por EL INTERVENTOR. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA.—PERFECCIONAMIENTO: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del INTERVENTOR, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. Para constancia se firma en (Ciudad o municipio y fecha)_______________________ Por El ___________________ (entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

SECCIÓN CUARTA Minuta del contrato de prestación de servicios como resultado de una contratación directa

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Nº__________________ CELEBRADO ENTRE EL _______________(entidad estatal) Y __________________________. CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATANTE: ____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ FORMA DE PAGO: __________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _____________________________________ VIGENCIA: ________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: __________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:_____ FECHA DE APROBACIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) _______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en __________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ________________, en su calidad de (cargo que desempeña)____________________ de El ________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)______________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de ___________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de ________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respec tivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)___________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 de el D. 2150/95); y por la otra _________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº____________ de ____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _________________ en calidad de ______________ de la sociedad

constituida mediante escritura pública Nº_______ del ____ de _____________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de ________________ el _____ de _______ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS, consignado en las cláusulas que se pactan a continuación, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa de El __________________(entidad estatal), y con base en la Certificación expedida por El __________________(entidad estatal), según la cual para realizar la actividad objeto del presente contrato no existe personal de planta. CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El objeto de este contrato es el de prestar por parte de EL CONTRATISTA el Servicio relacionado con: ________________________________________. CLÁUSULA SEGUNDA.—DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos 4º y 5º, respectivamente, de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA TERCE-RA.—VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es la suma de _________________________($_______________) M/cte., suma que El __________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA de la siguiente manera: un anticipo equivalente al __________ por ciento (____%) del valor total del contrato, es decir la suma de __________________________ ($________) M/cte., que se cancelará previo cumplimiento de los requisitos de ejecución y el saldo restante,17 es decir la suma de____________________________ ($____________) M/cte., al cumplimiento parcial de las obligaciones derivadas del objeto del contrato y su aceptación a satisfacción por parte de El __________________(entidad estatal), certificado por el señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) ____________________. CLÁUSULA CUARTA.—VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a prestar a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), el servicio objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El ______ (entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario, este término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y ___ (___) meses más. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con los informes periódicos de cumplimiento presentados por el supervisor del contrato. CLÁUSULA QUINTA.—RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral con EL CONTRATISTA y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales y de ningún tipo de emolumentos distintos al valor acordado en la cláusula tercera del mismo. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El __________________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo a la sección: ___________ artículo: _________ del Presupuesto General de Rentas y Gastos de El __________________(entidad estatal), correspondiente a la vigencia fiscal de 200___, de acuerdo con el certificado de disponibilidad presupuestal N°_______ de fecha ________ de _____ de 200___, expedido por ____________________, ________________________, y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—GARANTÍAS:18 El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los ___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a favor de El __________________(entidad estatal), la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de anticipo o pago

anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad del servicio a prestar en cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha del primer informe de cumplimiento del contrato a entera satisfacción de El ____________________(entidad estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. PAR.—Para la liquidación del contrato EL CONTRATISTA extenderá o ampliará la garantía única de cumplimiento y de calidad de los servicios prestados en el porcentaje señalado anteriormente. CLÁUSULA OCTAVA.—SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato será ejercida por El _____________________(entidad estatal) a través del señor (funcionario delegado para el efecto) ________________, quien deberá controlar su correcta ejecución y cumplimiento. CLÁUSULA NOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El _______________ (entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA DÉCIMA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El __________________ (entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectivo por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única. (El cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSULA UNDÉCIMA.—CADUCIDAD Y SUS EFECTOS: Previo requerimiento por escrito a EL CONTRATISTA, El _______________________ (entidad estatal) declarará la caducidad del contrato mediante acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, o las circunstancias previstas en el inciso último del Art. 5º de la Ley 80 de 1993, y el Art. 86 de la Ley 42 de 1993. En caso de que El ______________________(entidad estatal) decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante continué inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o de otro CONTRATISTA, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere lugar. La declaración de la caducidad no dará lugar a indemnización del CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PAR.—EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que

dure la suspensión. CLÁUSULA DECIMATERCERA.—CESIÓN: El CONTRATISTA, sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de El ______________________________(entidad estatal). CLÁUSULA DECIMACUARTA.— SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente contrato, con la autorización previa y escrita de El ________________________(entidad estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. El __________________________ (entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicio ni a instaurar acciones contra El_____________________________________(entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—CONTRATOS ADICIONALES: Para el desarrollo eficaz del objeto contractual pactado podrán ser suscritos contratos adicionales a éste, cuyo valor será proporcional al tiempo y valor establecidos inicialmente, los cuales además no podrán exceder en la totalidad del cincuenta por ciento (50%) de la cuantía originalmente pactada, expresada en salarios mínimos legales mensuales vigentes (inc. 2º del par, del art. 40 de la L. 80/93). Los contratos adicionales relacionados con el valor quedarán perfeccionados una vez suscritos y además se efectuará el registro presupuestal. Los relacionados con el plazo sólo requerirán la firma del contrato y prórroga de la garantía única. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición y prórroga de la garantía única, el pago de los impuestos correspondientes si hay lugar y la publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad. No podrán celebrarse contratos adicionales que impliquen modificación al objeto del contrato, ni prorrogarse su plazo si estuviere vencido, so pretexto de la celebración de contratos adicionales. CLÁUSULA DECIMASEXTA.— INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES: Cuando surjan motivos posteriores al perfeccionamiento del contrato que hicieren necesaria la interpretación, modificación y terminación unilaterales de éste, se dará aplicación a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes, representadas por EL CONTRATISTA y el supervisor del contrato, al cumplimiento de su objeto, o a más tardar dentro de los __________ (___) meses siguientes, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá a EL CONTRATISTA la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del mismo. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.— LIQUIDACIÓN UNILATERAL: Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por El_______ _________________________ (entidad estatal) y se adoptará por acto administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA DECIMANOVENA.— TERMINACIÓN BILATERAL ANTICIPADA: Las partes de común acuerdo manifiestan que si EL CONTRATISTA no presenta los requisitos para la ejecución del contrato en el término de _____________ (__) días hábiles, contados a partir de la fecha de la suscripción de éste, se terminará pudiendo El _______________________(entidad estatal) adjudicar y suscribir el contrato con el proponente que siguiera en el orden de elegibilidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA.— INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en los artículos 8º de la Ley 80 de 1993 y 83 de la Ley 104 de 1993, y demás disposiciones vigentes sobre la materia, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA—INTERESES MORATORIOS: EL _________________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA

intereses moratorios del _________ (___%) mensual, cuando transcurridos _________ (____) días hábiles, contados a partir de la presentación del acta de recibo de los bienes a satisfacción de El ___________________________(entidad estatal), éste no hubiere realizado el pago correspondiente, conforme a los términos estipulados en la cláusula tercera. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del CONTRATISTA, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la Cámara de Comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) _______________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El _______________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.— LEGISLACIÓN APLICABLE: Además de lo estipulado en la Ley 80 de 1993, y sus decretos reglamentarios, este contrato se sujeta en todas sus partes a lo prescrito en los decretos 165, 252 y 1086 de 1997. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. Para constancia se firma en (Ciudad o municipio y fecha) ______________ Por El ___________________ (entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado)

El contratista:____________

________________ LLAMADAS CAPITULO 7 13

Diferentes objetos del contrato de consultoría: a) Estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión; b) Estudios de diagnóstico; c) Estudios de prefactibilidad para programas específicos; d) Estudios de prefactibilidad para proyectos específicos; e) Estudios de factibilidad para programas específicos; f) Estudios de factibilidad para proyectos específicos; g) Asesorías técnicas de coordinación; h) Asesorías técnicas de control; i) Asesorías técnicas de supervisión; j) La interventoría; k) La asesoría; l) Gerencia de obra; m) Gerencia de proyectos; n) Dirección de diseños; o) Dirección de planos; p) Dirección de anteproyectos; q) Dirección de proyectos; r) Programación de diseños; s) Programación de planos;

t) Programación de anteproyectos; u) Programación de proyectos; v) Ejecución de diseños; w) Ejecución de planos; x) Ejecución de anteproyectos, y, y) Ejecución de proyectos. 14

Igualmente se podrá pactar por pagos periódicos.

15

Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

16

Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

17

Igualmente se podrá pactar por pagos periódicos.

18

Se estipulan los topes mínimos dispuestos en el artículo 17 de Decreto 679 de 1994, lo cual no obsta para que la entidad pueda incrementar plazos y porcentajes de acuerdo con la complejidad del objeto contractual.

CAPÍTULO VIII DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO

Minuta del contrato interadministrativo como resultado de una contratación directa

CONTRATO INTERADMINISTRATIVO NÚMERO_______ CELEBRADO EL______(entidad estatal) _____________ Y EL ______________ (entidad _______________.

ENTRE estatal)

CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATANTE: ____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ FORMA DE PAGO: __________________________________________ PLAZO DE EJECUCIÓN: _____________________________________ VIGENCIA: ________________________________________________ LUGAR Y FECHA DE SUSCRIPCIÓN: __________________________ FECHA DE CANCELACIÓN DE DERECHOS DE PUBLICACIÓN:_____ __________________________________________________________ Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en _________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ________________, en su calidad de (cargo que desempeña)_____________________ de El _________________ (entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el

presupuesto general de rentas y gastos de la entidad)_________ ______________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de __________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de __________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)______________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado, el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de a l delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 de el D. 2150/95); y por la otra (el ordenador de gasto o su delegado) ______________________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en ______________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en _____________, en su calidad de (cargo que desempeña)___________ ______________ de El _________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)__________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) _______________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de __________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (La Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)_______________(si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o conc ursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95), y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato interadministrativo de _____________________ (denominación del tipo de contrato a suscribir) consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento establecido en el Decreto 855 de 1994, que desarrolla el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, para la contratación directa en El ___________________(entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El objeto de este contrato es ______________________ que EL CONTRATISTA efectuará para El _________________(entidad estatal) de ______________________ que se requiera para __________________, a los precios contenidos en su propuesta del ___ de __________ de 200__, la cual para todos los efectos hace parte integral de éste contrato. CLÁUSULA SEGUNDA.—DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos 4º y 5º, respectivamente, de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA TERCERA.—SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES:19 Los bienes objeto del presente contrato se entregarán por EL CONTRATISTA en la (dirección) _________________ de la ciudad (o municipio) de _____________, previo el pedido o solicitud que con antelación a __________ (___) días

efectúe por escrito el funcionario autorizado para tal evento. CLÁUSULA CUARTA.—VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es hasta por la suma de ____________________________________ ($ )M/cte, cifra calculada teniendo en cuenta el valor del objeto y sus fletes, que El __________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA dentro de los __________ (__) días siguientes al recibo parcial de los bienes objeto del contrato, previo recibido a satisfacción por parte de El ______ __________________(entidad estatal). PAR.—El funcionario que certificará el recibo a satisfacción de los bienes suministrados será ________________. CLÁUSULA QUINTA.— VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El ______ (entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o hacer efectivas las sanciones pecuniarias en el evento contrario, éste término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y ___ (___) meses más. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con las solicitudes de entrega de bienes hechos por la entidad contratante y dentro de los plazos que la misma establezca20. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato será ejercida por parte de El ___________________(entidad estatal) por _____________, quien controlará su correcta ejecución y cumplimiento. CLÁUSULA OCTAVA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El __________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la cámara de comercio. CLÁUSULA NOVENA.—CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El_______________________(entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al _________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo. CLÁUSULA DÉCIMA.—SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. CLÁUSULA UNDÉCIMA.—CESIÓN: El CONTRATISTA, sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de El __________________(entidad estatal). CLÁUSULA DUODÉCIMA.—SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de la totalidad del objeto del presente contrato, con la autorización previa y escrita de El ___________________(entidad Estatal). En el texto de los subcontratos autorizados se dejará

constancia que se entienden celebrados dentro y sin perjuicio de los términos de éste contrato y bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA. El ___________________(entidad estatal) podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el subcontratista tenga derecho a reclamar indemnización de perjuicio ni a instaurar acciones contra El ___________________(entidad estatal) por esta causa. CLÁUSULA DECIMATERCERA.—LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes al cumplimiento de su objeto, o a más tardar dentro de los __________ (___) meses siguientes, contados a partir de la fecha de la extinción de la vigencia del contrato o de la expedición del acto administrativo que ordene su terminación. También en ésta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—LIQUIDACIÓN UNILATERAL. Si EL CONTRATISTA no se presenta a la liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada directa y unilateralmente por El __________________ (entidad estatal) y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—INTERESES MORATORIOS: El __________ ________ (entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA intereses moratorios del ___________ (___%) mensual, cuando transcurridos _____________ (____) días hábiles, contados a partir de la presentación del acta de recibo de los bienes a satisfacción de El ________________________(entidad estatal), éste no hubiere realizado el pago correspondiente, conforme a los términos establecidos en la cláusula cuarta. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del INTERVENTOR, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que se sucedan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos de arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA DECIMANOVENA.—CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán, si llegaren a fracasar los mecanismos antes estipulados, a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) ________________________, dentro de los _______ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El _____________ _________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro especialista en derecho administrativo, contratación estatal, o afines, el cual fallará el laudo que resulte del mismo en derecho. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. Para constancia se firma en (Ciudad o municipio y fecha)_______

Por El _______________________________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

______________ LLAMADAS CAPITULO 8 19

O servicios, o ejecución de las obras.

20

Se exceptúan de esta última parte todos aquellos contratos de ejecución instantánea.

CAPÍTULO IX CONTRATOS ADICIONALES

Incluye las siguientes minutas:

ο Minuta de contrato adicional en tiempo. ο Minuta de contrato adicional en valor. ο Minuta de contrato adicional en tiempo y valor.

MINUTA DE CONTRATO ADICIONAL EN TIEMPO

CONTRATO ADICIONAL EN TIEMPO AL CONTRATO PRINCIPAL Nº _____ de _______ CELEBRADO ENTRE EL______(entidad estatal) ____________ Y ________. CONTRATO Nº: CONTRATISTA: OBJETO: VALOR: Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en ____________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ____________ expedida en ___________, en su calidad de (cargo que

desempeña)_____________________ de El _________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate del representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de __________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de __________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)____________________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse ésta con base en lo dispuesto en el art. 37 de el D. 2150/95); y por la otra _____________ ______________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº __________ de ____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _______________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de ____________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de ___________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato ADICIONAL de (denominación del contrato principal que se pretende adicionar) _______________________. CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El presente contrato tiene por objeto adicionar los términos de vigencia y ejecución, estipulados en la cláusula________________________ del acuerdo contractual inicial, para el cumplimiento del objeto del contrato Nº __________, principal con relación a éste, suscrito entre las partes antes anotadas, el día __ de ____________ de 200__. CLÁUSULA SEGUNDA.—TÉRMINO DE ADICIÓN: El término que se procede a adicionar mediante el presente acuerdo será de ___________, respecto del contrato principal. PAR. PRIMERO.—La adición se computará respecto de los términos de ejecución y vigencia simultáneamente. PAR. SEGUNDO.—La iniciación del objeto del presente contrato será a partir del día hábil siguiente al del cumplimiento de los requisitos de ejecución de éste, y dentro del término de la vigencia del contrato principal. CLÁUSULA TERCERA.—GARANTÍA ÚNICA: EL CONTRATISTA se obliga a modificar la póliza original de cumplimiento, adicionándola de acuerdo con el término pactado en la cláusula anterior, respecto de los riesgos amparados inicialmente. CLÁUSULA CUARTA.—VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Todas las cláusulas y estipulaciones contractuales del contrato principal, no modificadas por el presente acuerdo, permanecen vigentes y su exigibilidad permanece. CLÁUSULA QUINTA.— PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se considera perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes. Para su ejecución se requiere: la aprobación del certificado de modificación de la garantía única de cumplimiento. Este contrato requiere además, su publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad estatal, requisito que se considera cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo. PAR.—El CONTRATISTA se obliga a cumplir con los requisitos anteriores a más tardar dentro de los ________ (___) días hábiles siguientes al de la firma del presente contrato. Para constancia se firma en (Ciudad o municipio y fecha), a los __________________

Por El _______________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

MINUTA DE CONTRATO ADICIONAL EN VALOR CONTRATO ADICIONAL EN VALOR AL CONTRATO PRINCIPAL Nº ________ DE _____ CELEBRADO ENTRE EL ________(entidad estatal) ____________Y_______. CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en __________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en _____________, en su calidad de (cargo que desempeña)__________________ de El _________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)_________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate del representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de ___________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de ________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ____________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)__________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse ésta con base en lo dispuesto en el artículo 37 de el Decreto 2150 de 1995); y por la otra ___________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº __________ de ___________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) ____________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _____________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de ____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de ___________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato ADICIONAL de (denominación del contrato principal que se pretende adicionar) _______________ _________________. CLÁUSULA PRIMERA.—

OBJETO: El presente contrato tiene por objeto adicionar el valor pactado originalmente para el cumplimiento del objeto del contrato Nº __________, principal con relación a este, suscrito entre las partes antes anotadas, el día __ de ____________ de 200__. CLÁUSULA SEGUNDA.— VALOR DE LA ADICIÓN: El valor que se procede a adicionar mediante el presente acuerdo será de _________________________($___________), M/cte., respecto del contrato principal . PAR. 1.—El valor adicionado no excede ni excederá en la totalidad del cincuenta por ciento (50%) de la cuantía originalmente pactada, expresada en salarios mínimos legales vigentes (L. 80/93, art. 40 par., inc. 2º). PAR. 2.—Los ítems, (cantidades de obra, de bienes o de servicios contratados) que se aumentan se relacionarán en un inventario anexo al presente acuerdo. CLÁUSULA TERCERA.—INICIACIÓN: La iniciación del objeto del presente contrato será a partir del día hábil siguiente al del cumplimiento de los requisitos de ejecución de éste, dentro del término de la vigencia del contrato principal. CLÁUSULA CUARTA.—GARANTÍA ÚNICA: EL CONTRATISTA se obliga a modificar la póliza original de cumplimiento, adicionándola proporcionalmente al valor pactado en la cláusula segunda, respecto de los riesgos amparados inicialmente. CLÁUSULA QUINTA.—VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Todas las cláusulas y estipulaciones contractuales del contrato principal, no modificadas por el presente acuerdo, permanecen vigentes y su exigibilidad permanece. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del INTERVENTOR, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. PAR.—El CONTRATISTA se obliga a cumplir con los requisitos anteriores a más tardar dentro de los __________ (__) días hábiles siguientes al de la firma del presente contrato. Para constancia se firma en (Ciudad o municipio y fecha), a los___________________ Por El ___________________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

MINUTA DE CONTRATO ADICIONAL EN TIEMPO Y VALOR CONTRATO ADICIONAL EN TIEMPO Y VALOR AL CONTRATO PRINCIPAL Nº ______ DE_______ CELEBRADO ENTRE EL ______(entidad estatal) Y____________. CONTRATO Nº: _____________________________________________ CONTRATISTA: ____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________ VALOR: ___________________________________________________

Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ______________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en ______________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ___________ expedida en ____________, en su calidad de (cargo que desempeña)__________________ de El _________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (artículo 303, en el caso de los gobernadores y 314, para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)_______________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de ___________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de __________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ___________ de 200__ expedida por (la Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)_____________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse ésta con base en lo dispuesto en el art. 37 del D. 2150/95); y por la otra ___________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº ____________ de _____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _______________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _______________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del Círculo de _____________, como consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio de _______________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato ADICIONAL de (denominación del contrato principal que se pretende adicionar) _____________________. CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El presente contrato tiene por objeto adicionar los términos de vigencia y ejecución, y el valor estipulados en las cláusulas_______________________ del acuerdo contractual inicial, para el cumplimiento del objeto del contrato Nº __________, principal con relación a este, suscrito entre las partes antes anotadas, el día __ de ____________ de 200__. CLÁUSULA SEGUNDA.—VALOR Y TÉRMINO DE LA ADICIÓN: El valor que se procede a adicionar mediante el presente acuerdo será de __________________________________($_______), M/cte., respecto del contrato principal, y el término a adicionar será de _____________________, en relación con aquel. 21 PAR. PRIMERO.—El valor adicionado no excede ni excederá en la totalidad del cincuenta por ciento (50%) de la cuantía originalmente pactada, expresada en salarios mínimos legales vigentes (inc. 2º del par. del art. 40 de la L. 80/93). PAR. SEGUNDO.—La adición es respecto de los términos de ejecución y vigencia simultáneamente. CLÁUSULA TERCERA.—INICIACIÓN: La iniciación del objeto del presente contrato será a partir del día hábil siguiente al del cumplimiento de los requisitos de ejecución de éste, dentro del término de la vigencia del contrato principal. CLÁUSULA CUARTA.—GARANTÍA ÚNICA: EL CONTRATISTA se obliga a modificar la póliza original de cumplimiento, adicionándola proporcionalmente al valor y al término pactados en la cláusula segunda, respecto de los riesgos amparados inicialmente. CLÁUSULA QUINTA.— VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Todas las cláusulas y estipulaciones contractuales del contrato principal, no modificadas por el presente acuerdo, permanecen vigentes y su exigibilidad permanece. CLÁUSULA SEXTA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA

APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA—PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: Pago de las tarifas legalmente determinadas, impuesto de timbre si hubiere lugar a tal erogación tributaria, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal a cargo del INTERVENTOR, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. PAR.—El CONTRATISTA se obliga a cumplir con los requisitos anteriores a más tardar dentro de los __________ (__) días hábiles siguientes al de la firma del presente contrato. Para constancia se firma en (Ciudad o municipio y fecha), a los___________________ Por El __________________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista:

__________

___________ LLAMADAS CAPITULO 9 21

Cuando se trate de contratos adicionales para modificar el valor por la ejecución de nuevos ítems, cantidades o servicios cuyos precios no estén pactados en el contrato, estos se establecerán de común acuerdo entre las partes, dentro de la minuta.

CAPÍTULO X CONTRATOS SIN FORMALIDADES PLENAS

Incluye los siguientes modelos:

ο Orden de prestación de servicios. ο Orden de compra.

ORDEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El ________________________________________(ENTIDAD ESTATAL) (UNIDAD EJECUTORA RESPONSABLE) ___________________________ (Lugar y fecha) __________________________________________________ ORDEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Nº ______ Señor(es) (Contratista) _______________________________. Ciudad. Apreciado(s) Señor(es): Me permito comunicarle(s) que analizadas las propuestas recibidas para la prestación del servicio de _________________________, la Administración ha decidido adjudicarle la presente orden de servicio, amparada en la facultad que le confiere el parágrafo y el último inciso del artículo 39 de la Ley 80 de 1993, acorde con el procedimiento establecido en el inciso 3º del artículo 3º del Decreto 855 de 1994, y conforme a su propuesta presentada el día _____ de ____________ de 200___, la cual hace parte integral para todos los efectos de la presente orden. La prestación del servicio aludido deberá adelantarse cumpliendo las siguientes condiciones: PRIMERA.—OBJETO: Adelantar las labores de: 22__________________________ _________, por cuenta y riesgo del adjudicatario de la presente orden. SEGUNDA.—VALOR: El valor de la presente orden es la suma de ______________ ____________________($_____________) M/cte. TERCERA.—FORMA DE PAGO:23 El pago de ésta orden se hará con abonos parciales de _____________________________($______________) M/cte., previa presentación de la certificaciones de cumplimiento en los avances efectuados respecto de la prestación del servicio, expedida por ___________________________ (funcionario designado para realizar la supervisión). CUARTA.—PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El OFERENTE se compromete a prestar a entera satisfacción de El __________________(entidad estatal), el servicio objeto de la presente orden, será de ___________, contados a partir de la fecha de comunicación de ésta al mismo24 y su vigencia se contará a partir de la fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. QUINTA.—SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. SEXTA.—RELACIÓN LABORAL: La presente orden no genera relación laboral alguna con EL ADJUDICATARIO, ni con quien éste emplee para el cumplimiento del objeto de la misma y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales ni de ningún tipo de emolumentos diferentes al valor aquí acordado. SÉPTIMA.—DOCUMENTOS DE LA ORDEN: Los siguientes documentos hacen parte integral de la presente orden: 1. Propuesta presentada por EL OFERENTE de fecha________________.

2. Disponibilidad presupuestal. 3. Estudio de conveniencia del objeto ordenado. 4. Certificado expedido por El ___________________(entidad estatal) en donde conste que no existe personal de planta para desarrollar el objeto de la presente orden. 5. Los demás documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo de la orden. OCTAVA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: Bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la aceptación de la presente orden, declara EL ADJUDICATARIO que no se halla incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad previstas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo dispone el artículo 9º del Estatuto General de Contratación.. Atento saludo, EL_________________________________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado)

ORDEN DE COMPRA Nº ________ Señor(es) (Contratista) _______________________________. Ciudad. Apreciado(s) Señor(es): Me permito comunicarle(s) que analizadas las propuestas recibidas para la adquisición a título de compraventa de __________________________, la Administración ha decidido adjudicarle la presente Orden de Compra, amparada en la facultad que le confiere el parágrafo y el último inciso del artículo 39 de la Ley 80 de 1993, acorde con el procedimiento establecido en el inciso 3º del artículo 3º del Decreto 855 de 1994, y conforme a su propuesta presentada el día _____ de ____________ de 200___, la cual hace parte integral para todos los efectos de la presente orden. La orden de compra aludida deberá adelantarse cumpliendo las siguientes condiciones: PRIMERA.—OBJETO: Es la venta que EL OFERENTE hace a El _________________ (entidad estatal) y la compra que éste hace a aquel de: _______________________. PAR—Los bienes objeto de la presente orden se entregarán por EL OFERENTE el día ____ de ____________ de 200__, en la (dependencia receptora)__________________ de la ciudad (o municipio) de ______________, en la (dirección)________________. SEGUNDA.—VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor de la presente orden es la suma de ______________________________________ ($_____________) M/cte., IVA incluido, que El _______________________(entidad estatal) pagará a AL ADJUDICATARIO, una vez recibidos a satisfacción los bienes objeto de la presente orden. TERCERA.—PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El OFERENTE se compromete a entregar a entera satisfacción de El ___________________(entidad estatal), los bienes objeto de la presente orden, será de ___________, contados a partir de la fecha de comunicación de ésta al mismo25 y su vigencia se contará a partir de la fecha de

perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. CUARTA.— SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________(entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. QUINTA.—DOCUMENTOS DE LA ORDEN: Los siguientes documentos hacen parte integral de la presente orden: 1. Oferta presentada por EL OFERENTE de fecha ____________. 2. Disponibilidad presupuestal. 3. Estudio de conveniencia del objeto ordenado. 4. Todos los demás documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo de la misma. SEXTA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: Bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la aceptación de la presente orden, declara EL ADJUDICATARIO que no se halla incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad, previstas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo dispone el artículo 9º del Estatuto General de Contratación. Atento saludo, El ___________________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado)

____________ ______________ LLAMADAS CAPITULO 10 22

El objeto será exclusivamente para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Su celebración con personas naturales sólo podrá darse cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. Lo anterior certificado por la entidad estatal contratante.

23

El pago podrá hacerse, igualmente, en forma total una vez realizada y recibida a satisfacción la labor encomendada.

24

Las órdenes de compra de elementos o las de prestación de servicios que se encuentren acompañados de la oferta o cotización presentada por el oferente y aceptada por el funcionario competente, no requerirán de la firma de aceptación del proponente (D. 2150/95, art. 19, inc. 2º).

25

Las órdenes de compra de elementos o las de prestación de servicios que se encuentren acompañados de la oferta o cotización presentada por el oferente y aceptada por el funcionario competente, no requerirán de la firma de aceptación del proponente. (D. 2150/95, art. 19, inc. 2º).

TERCERA PARTE LICITACIONES Y CONCURSOS PÚBLICOS DE MÉRITOS

CAPÍTULO XI METODOLOGÍA PARA LA CONTRATACIÓN –SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES-

A. EL PROCEDIMIENTO PAR A LA SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES

La escogencia del contratista se deberá efectuar siempre como se anotó anteriormente a través de los procedimientos de licitación y concurso públicos, excepción hecha de la contratación directa analizada anteriormente. Para el desarrollo de dichos procedimientos ha sido el mismo Estatuto de Contratación y su Decreto Reglamentario 287 de 1996, principalmente, las normas que han establecido su estructura y elementos, razón por la cual considero pertinente transcribirlos de manera literal en los apartes más directamente relacionados con este tema: 1. Ley 80 de 1993

«Art. 24.—(...). 5º—En los pliegos de condiciones o términos de referencia: a) Se indicarán los requisitos objetivos necesarios para participar en el correspondiente proceso de selección; b) Se definirán reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva y eviten la declaratoria de desierta de la licitación o concurso; c) Se definirán con precisión las condiciones de costo y calidad de los bienes, obras o servicios necesarios para la ejecución del objeto del contrato; d) No se incluirán condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de la responsabilidad derivada de los datos, informes y documentos que se suministren;

e) Se definirán reglas que no induzcan a error a los proponentes y contratistas y que impidan la formulación de ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de la entidad, y f) Se definirá el plazo para la liquidación del contrato, cuando a ello hubiere lugar, teniendo en cuenta su objeto, naturaleza y cuantía. Serán ineficaces de pleno derecho las estipulaciones de los pliegos o términos de referencia y de los contratos que contravengan lo dispuesto en este numeral, o dispongan renuncias a reclamaciones por la ocurrencia de los hechos aquí enunciados. 6º—En los avisos de publicación de apertura de la licitación o concurso y en los pliegos de condiciones o términos de referencia, se señalarán las reglas de adjudicación del contrato. 7º—Los actos administrativos que se expidan en la actividad contractual o con ocasión de ella, salvo los de mero trámite, se motivarán en forma detallada y precisa e igualmente lo serán los informes de evaluación, el acto de adjudicación y la declaratoria de desierto del proceso de escogencia. 8º—Las autoridades no actuarán con desviación o abuso de poder y ejercerá sus competencias exclusivamente para los fines previstos en la ley. Igualmente, les será prohibido eludir los procedimientos de selección objetiva y los demás requisitos previstos en el presente estatuto. 9º—Los avisos de cualquier clase a través de los cuales se informe o anuncie la celebración o ejecución de contratos por parte de las entidades estatales, no podrán incluir referencia alguna al nombre o cargo de ningún servidor público».

«De la estructura de los procedimientos de selección Art. 30.—La licitación o concurso se efectuará conforme a las siguientes reglas: 1. El jefe o representante de la entidad estatal ordenará su apertura por medio de acto administrativo motivado.

De conformidad con lo previsto en el numeral 12 del artículo 25 de esta ley, la resolución de apertura debe estar precedida de un estudio realizado por la entidad respectiva en el cual se analice la conveniencia y oportunidad del contrato, su adecuación a los planes de inversión, de adquisición o compras, presupuesto y ley de apropiaciones según el caso. Cuando sea necesario, el estudio deberá estar acompañado, además, de los diseños, planos y evaluaciones de prefactibilidad o factibilidad. 2. La entidad interesada elaborará los correspondientes pliegos de condiciones o términos de referencia, de conformidad con lo previsto en el numeral 5º del artículo 24 de esta ley, en los cuales se detallarán especialmente los aspectos relativos al objeto del contrato, su regulación jurídica, los derechos y obligaciones de las partes, la determinación y ponderación de los factores objetivos de selección y todas las demás circunstancias de modo, tiempo y lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas. 3. Dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a la apertura de la Licitación o concurso se publicarán hasta tres (3) avisos con intervalos entre dos (2) y cinco (5) días calendario según lo exija la naturaleza, objeto y cuantía del contrato en diarios de amplia circulación en el territorio de jurisdicción de la entidad o, a falta de éstos en otros medios de comunicación social que posean la misma difusión. En defecto de dichos medios de comunicación en los poblados de acuerdo con los criterios que disponga el reglamento, se leerán por bando y se fijarán por aviso en los principales lugares públicos por el término de siete (7) días calendario, entre los cuales deberán incluir uno de los días de mercado en la respectiva población. Los avisos contendrán información sobre el objeto y características esenciales de la respectiva licitación o concurso. 4. Dentro de los tres días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de propuestas y a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones o términos de referencia se celebrará una audiencia para precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos, y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes.

Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a dichos documentos y prorrogará si fuere necesario el plazo de la licitación o concurso hasta por seis (6) días hábiles. Lo anterior no impide que dentro del plazo de la licitación o concurso, cualquier interesado pueda solicitar aclaraciones adicionales que la entidad contratante responderá mediante comunicación escrita, copia de la cual enviará a todas y cada una de las personas que retiraron pliegos o términos de referencia. 5. El plazo de la licitación o concurso, entendido como el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre, se señalará en los pliegos de condiciones o términos de referencia, de acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato. Cuando lo estime conveniente la entidad interesada o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan retirado pliegos de condiciones o términos de referencia, dicho plazo se podrá prorrogar antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado. 6. Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno los puntos contenidos en pliego de condiciones o términos referencia. Los proponentes pueden presentar alternativas excepciones técnicas o económicas siempre y cuando ellas signifiquen condicionamientos para la adjudicación.

de de y no

7. De acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en los pliegos de condiciones o términos de referencia, se señalará el plazo razonable dentro del cual la entidad deberá elaborar los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las propuestas y para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables. 8. Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles para que los oferentes presenten las observaciones que estimen

pertinentes. En ejercicio de esta facultad los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. 9. Los plazos para efectuar la adjudicación y para la firma del contrato se señalarán en los pliegos de condiciones o términos de referencia, teniendo en cuanta su naturaleza, objeto y cuantía. El jefe o representante de la entidad podrá prorrogar dichos plazos antes de su vencimiento y por un término total no mayor a la mitad del inicialmente fijado, siempre que las necesidades de la administración así lo exijan. Dentro del mismo término de adjudicación, podrá declararse desierta la licitación o concurso conforme a lo previsto en este estatuto. 10. En el evento previsto en el artículo 273 de la Constitución Política, la adjudicación se hará en audiencia pública. En dicha audiencia participarán el jefe de la entidad o la persona en quien, conforme a la ley, se haya delegado la facultad de adjudicar y, además, podrán intervenir en ella los servidores públicos que hayan elaborado los estudios y evaluaciones, los proponentes y las demás personas que deseen asistir. De la audiencia se levantará un acta en la que se dejará constancia de las deliberaciones y decisiones que en el desarrollo de la misma se hubieren producido. 11. El acto de adjudicación se hará mediante resolución motivada que se notificará personalmente al proponente favorecido en la forma y términos establecidos para los actos administrativos, y, en el evento de no haberse realizado en audiencia pública se comunicará a los no favorecidos dentro de los cinco (5) días calendario siguientes. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. 12. Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término que se haya señalado, quedará a favor de la entidad contratante, en calidad de sanción el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento

de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósito o garantía.. En este evento, la entidad estatal mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.. Par.—Para los efectos de la presente ley se entiende por licitación pública el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente una convocatoria para que en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y selecciones entre ellas la más favorable. Cuando el objeto del contrato consista en estudios o trabajos técnicos, intelectuales o especializados el proceso de selección se llamará concurso y se efectuará también mediante invitación pública».

2. Decreto 0287 de 1996

Por el cual se reglamentan los artículos 24, 25, 29 y 30 de la Ley 80 de 1993. El Presidente de la República de Colombia, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que se derivan del artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y de la Ley 80 de 1993, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley 80 de 1993, se debe garantizar la selección objetiva, la transparencia y la economía en la contratación administrativa, por lo cual se hace necesario precisar el alcance de algunas disposiciones. DECRETA:

Art. 1º—Los pliegos de condiciones o términos de referencia deberán indicar el presupuesto oficial de la licitación o concurso, y las consecuencias que se deriven del hecho de que las propuestas no se ajusten al mismo. Art. 2º—Las observaciones formuladas por los oferentes a los estudios técnicos, económicos y jurídicos elaborados por la entidad para la evaluación de las propuestas deberán ser resueltas por el jefe de la entidad estatal en el acto de adjudicación. Art. 3º—El plazo de adjudicación se contará a partir del día siguiente a aquel en que haya vencido el plazo previsto en el artículo 30, numeral 8º, de la Ley 80 de 1993. Art. 4º—Cuando la entidad estatal establezca que el plazo del numeral 7º, del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, previsto originalmente en los pliegos de condiciones o términos de referencia no garanticen el deber de selección objetiva podrá modificarlo determinando un nuevo plazo que no podrá exceder del término inicialmente definido. En todo caso en los eventos excepcionales en que ello ocurra, el jefe de la entidad o el servidor estatal en quien se hubiere delegado la competencia para la adjudicación de la licitación o concurso deberá motivar el acto de trámite contentivo de la modificación. Esta facultad no podrá ser utilizada con desviación de poder ni con violación de las reglas establecidas en los numerales 1º y 4º de la Ley 80 de 1993. Art. 5º—La decisión de que la adjudicación de una licitación o concurso tenga lugar en audiencia pública, podrá ser ordenada por el Contralor General de la República en los términos previstos en el artículo 273 de la Constitución Política o de oficio por la entidad estatal en cumplimiento de los principios de publicidad y transparencia. Art. 6º—De conformidad con los literales g) y h) del numeral 1º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993 no procederá la declaratoria de desierta de la licitación cuando sólo se presente una propuesta hábil y esta pueda ser considerada favorable para la entidad de conformidad con los criterios legales de selección objetiva, la entidad estatal tampoco podrá prohibir la participación de consorcios y uniones temporales.

Art. 7º—Este Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 9 de febrero 1996.

B. LA ESTRUCTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

De manera bastante clara y coherente ha escrito W ILLIAM RENÉ PARRA GUTIÉRREZ en su obra Los contratos estatales, respecto de la estructura del proceso licitatorio lo siguiente: «El proceso licitatorio puede sintetizarse así: 1. Etapa previa • Autorizaciones o aprobaciones. • Elaboración de estudios, diseños, planos y evaluaciones. • Elaboración de los pliegos de condiciones o términos de referencia. • Disponibilidad presupuesta. • Publicación de avisos.

2. Etapa inicial • • • • •

Apertura de la licitación o concurso. Plazo de la licitación o concurso. Audiencia. Presentación de propuestas. Evaluación de las propuestas.

3. Etapa final • • • • • • •

Adjudicación. Declaratoria de desierta. Firma del contrato. Perfeccionamiento del contrato. Registro presupuestal. Publicación. Ejecución».1

C. EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DENTRO DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Por tratarse de una serie de eventos y actuaciones que de manera concatenada conforman un proceso, resulta aconsejable que la entidad elabore previamente al iniciar cualquier proceso ya sea licitatorio o concursal un cronograma de las actividades que va a desarrollar en cumplimiento del mismo, el cual podría elaborarse con base en el siguiente modelo: 1. Día 1. Elaboración del estudio de conveniencia y oportunidad del contrato (adecuado a los planes de inversión, de adquisiciones o compras, presupuesto y ley de apropiaciones, según el caso. Cuando sea necesario este estudio debe estar acompañado de los diseños, planos y evaluaciones de prefactibilidad o factibilidad. 2. Día hábil siguiente 2. Elaboración de los pliegos de condiciones o términos de referencia y envío de la información relativa de la licitación o concurso a la cámara de comercio del domicilio de la entidad estatal a través del medio magnético establecido para el efecto por la misma cámara. 3. Día calendario 31. Expedición de la resolución que ordena la apertura de la licitación o concurso. 4. Día calendario 35. Publicación del primer aviso de invitación y a partir de este día se inicia la venta de pliegos de condiciones o términos de referencia. 5. Día calendario 40. Publicación del segundo aviso de invitación. 6. Día calendario 51. Audiencia de apertura de la licitación o concurso público, entendida esta apertura como la fecha a partir de la cual se pueden presentar las propuestas. 7. Día tercero hábil siguiente. Audiencia de aclaración de pliegos. (Si fuere necesario y como resultado de lo debatido en esta audiencia, el jefe o representante de la entidad prorrogará el plazo de la licitación o concurso hasta por seis días hábiles). 8. Día calendario 55. Visita al sitio de la obra. (Si hay lugar a ello). 9. Día calendario 62. Hasta este día de efectúa la venta de pliegos de condiciones o términos de referencia. 10. Día calendario 63. Audiencia de cierre de la licitación o concurso Público y apertura de propuestas. Hasta este fecha pueden presentarse las propuestas. Puede también en este día, si así lo estima conveniente la entidad interesada o cuando lo hayan solicitado las dos terceras partes de las

personas que hubieren retirado pliegos de condiciones o términos de referencia, prorrogar el término de la licitación o concurso hasta por seis días calendario más (según este ejemplo, ya que puede ser por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado). 11. Día calendario 69. Si se decidió efectuar la prórroga del término, en este día se deberá efectuar la audiencia de cierre de la respectiva licitación o concurso. 12. Día hábil siguiente al cierre de la licitación. Se inician los estudios jurídico, técnico y económico de las propuestas por espacio de diez a quince días hábiles, según la complejidad del proceso de selección y la naturaleza, objeto y cuantía del contrato. (Si este plazo no garantiza el deber de selección objetiva, podrá modificarse, determinando un nuevo plazo que no podrá exceder del término inicialmente definido). 13. Día hábil siguiente al vencimiento del plazo para efectuar las evaluaciones antes señaladas. A partir de este día y por espacio de cinco (5) días hábiles los informes de evaluación permanecerán en la secretaría de la entidad para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. 14. Día quinto hábil siguiente al vencimiento del término para presentar observaciones por parte de los oferentes. Celebración de la audiencia pública de adjudicación. El acto de adjudicación o de declaratoria de desierta de la licitación o concurso se deberá hacer mediante acto administrativo motivado, el cual se notificará personalmente al proponente favorecido. En el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a los no favorecidos dentro de los cinco (5) días calendario siguientes. 15. Día calendario 105. Suscripción del contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término señalado, la entidad estatal mediante acto administrativo, debidamente motivado, podrá adjudicarlo dentro de los quince (15) días siguientes al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad. D. MODELO DE AVISO INVITANDO A PARTICIPAR EN UN CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS

EL _______________(ENTIDAD ESTATAL) CONCURSO PÚBLICO Nº ___________________________

PRIMER AVISO RESOLUCIÓN Nº ____________ de ___________________ OBJETO: Contratar a nombre de El ____________________(entidad estatal), la ejecución de la intermediación de seguros para el manejo de las pólizas que cubrirán los riesgos que están expuestos los bienes e intereses patrimoniales de El _______________ ________________________(entidad estatal), y asesore a la entidad en el proceso licitatorio del programa de seguros a contratar en el año de ______________. LUGAR Y FECHA DE APERTURA: (unidad ejecutora responsable)________ _________, ubicada en la (dirección)____________________, en la ciudad (o municipio) de __________________, el día ___________ de _____________ de (año)_______________. LUGAR Y FECHA DE CIERRE: (unidad ejecutora responsable)_________________ _______________, ubicada en la (dirección)______________________, en la ciudad (o municipio) de _____________________, el día ___________ de ________________ de (año)____________________. REQUISITOS PARA PARTICIPAR: Pueden presentar propuestas las personas jurídicas, los consorcios y las uniones temporales que tengan la calidad de sociedades comerciales de intermediación de seguros, de conformidad con las normas que rigen sobre la materia y que se encuentran debidamente inscritas y autorizadas por la Superintendencia Bancaria para funcionar como tales. VALOR, CONSULTA Y ENTREGA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA: Los términos de referencia se podrán consultar y se entregarán en (unidad ejecutora responsable)______________________, ubicada en la (dirección)______________________, en la ciudad (o municipio) de _______________________, en el horario comprendido entre las __________ y las ___________ a partir del día ___________ de ____________ de (año)______________, y hasta el día ____________ de ______________ de (año). la entrega se efectuará previa presentación del recibo de caja expedido por la tesorería del el (entidad estatal)___________________, ubicada en la (dirección)___________________ de la ciudad (o municipio) de ________________________. El valor del original de los términos de referencia es de _____________________ ($________________) Mda/cte., y cada copia tiene un valor de __________________ __________________ ($_____________________) Mda/cte. Este valor no es reembolsable. AUDIENCIA DE ACLARACIÓN: El ______________________(entidad estatal) celebrará una audiencia, que se llevará a cabo el día _________ de _________________ de (año)__________, en la sala de juntas de la (unidad ejecutora responsable)_________ _______________, ubicada en la (dirección)______________________________ de la ciudad (o municipio) de _______________________, con el fin de precisar el contenido y alcance de los términos de referencia y oír a los interesados. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN: La entidad emitirá su concepto a través del comité evaluador integrado para el efecto, previo análisis comparativo de las propuestas que se calificarán con base en los puntajes y formas establecidas para cada factor, tal y como se indica a continuación. La ponderación se hará mediante la asignación de puntajes sobre un total de 1000 puntos, distribuidos con base en los siguientes criterios: Aspectos técnicos: Aspectos financieros: Aspectos Jurídicos:

1000 puntos 0 puntos No puntúa

E. MODELO DE AVISO INVITANDO A PARTICIPAR EN UNA LICITACIÓN PÚBLICA EL _______________(ENTIDAD ESTATAL) LICITACIÓN PÚBLICA Nº ___________________________ PRIMER AVISO OBJETO: El __________________ (entidad estatal), está interesado en obtener propuestas para contratar: ______________________________ (tipo y objeto del contrato), a desarrollarse en _________________ (lugar en el cual se efectuará el cumplimiento de las obligaciones contractuales), según el alcance determinado en el respectivo pliego de condiciones. PRESUPUESTO OFICIAL: _________________ S.M.L.M.V.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR: a) Tener capacidad para contratar y no hallarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad de las previstas en la ley colombiana. b) Cancelar el valor del ejemplar del pliego de condiciones. c) Acreditar experiencia técnica requerida mediante certificaciones expedidas por las entidades, empresas o personas contratantes, de haber realizado en los últimos _______ años contratos de objeto igual o similar a que a través de esta licitación se pretende contratar, por una cuantía igual o superior a ____________ S.M.L.M.V., en no más de ___________(__) contratos; para contratos en ejecución se aceptará el valor facturado a la fecha de presentación de la oferta. d) Disponer efectivamente a la fecha de cierre de la licitación de una Capacidad Residual de contratación mínima de ______________ S.M.L.M.V. e) Acreditar la licencia de ___________________________ (Entidad Pública reguladora, si se requiere según el tipo y clase del contrato), mediante la cual certifique estar autorizado para ________________ (objeto del contrato). f) Asistir a la visita y a la audiencia informativa en el lugar de ejecución del contrato. g) Presentar la propuesta y garantizar la seriedad de la misma, de acuerdo con lo previsto en el pliego de condiciones. CONSULTA Y VENTA DE PLIEGOS: Desde el _____ de ________ de 200__, a las ____ (a.m., o p.m.), y hasta el _____ de _________ de 200__, a las ______(a.m., o p.m.). CONSULTA: En la _________________ (dirección), teléfonos:_________________. VENTA Y RETIRO: Consignara el valor del pliego en efectivo o en cheque de gerencia a favor de El____________________ (entidad estatal), mediante consignación nacional en la cuenta corriente Nº___________________ del Banco ______________, oficina _____________, y presentar copia de la consignación en la oficina_________________ de El___________________(entidad estatal), ubicada en____________________ (dirección), teléfonos______________________. PRECIO: _______________________ reeembolsables.

de

pesos

($__________________)

Mda/cte,

no

PLAZO DE LA LICITACIÓN: Desde el _____ de ____________ de 200___, a las _____ (a.m., o p.m.), fecha de apertura, y hasta el ______ de _______ de 200___, a las _______ (a.m., o p.m.), fecha de cierre. FACTORES DE ESCOGENCIA: Valor revisado de la propuesta: Equipo ofrecido: Personal técnico ofrecido

_______ puntos _______ puntos _______ puntos

____________ LLAMADA CAPITULO 11 1

PARRA GUTIÉRREZ, William René. Los contratos estatales . 3ª ed. Ediciones Libreria del Profesional. Bogotá, 1998, p. 209.

CAPÍTULO XII LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE COMPRAVENTA

Incluye: Resolución que ordena la apertura de una licitación. • • • • •



Acta de apertura de la licitación. Acta de cierre de la licitación. Pliego de condiciones. Minuta del contrato de compraventa como resultado de una licitación. Carta de presentación de la propuesta. Resolución de adjudicación de una licitación.

RESOLUCIÓN Nº _________. (___________) Por la cual se ordena la apertura de una licitación El (ordenador de gasto) ___________________________ de El ________________________ (entidad estatal) en su calidad de representante legal de El _________________________ (entidad estatal), de acuerdo con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal y por tanto ordenador de gasto, o efectúe la delegación para ese efecto)______________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, y

C O N S I D E R A N D O: Que existe disponibilidad presupuestal para ___________________, con cargo a la sección ______ artículo______ del presupuesto de la vigencia de 200___. Que previamente se ha analizado la conveniencia y oportunidad del contrato, su adecuación al plan de compras. Que es necesario contratar la adquisición a título de compraventa de _____________ ______________________ y en razón a la cuantía del contrato debe adelantarse el procedimiento licitatorio,

R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO.—Ordenar la apertura de licitación Nº_____________ cuyo objeto es la adquisición a título de compraventa de________________________________ ____________________________________________________________________________. ARTÍCULO SEGUNDO.—La apertura de la mencionada licitación Nº______ se hará el día _____ de ________________ de 200___, a las_______ en el despacho del Señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) _____________ de ________________ y el cierre de la misma se hará el día _____de _____________ de 200___ a las ______ en el mismo sitio, ubicado en la (dirección) _____________ piso____ de la ciudad (o municipio) de _____________________. ARTÍCULO TERCERO.—Entre las fechas de expedición de la presente resolución, y la de la diligencia de apertura de la licitación se efectuarán las publicaciones de que trata el artículo 30, numeral 2° de la Ley 80 de 1993. ARTÍCULO CUARTO.—Ordénase la venta de pliegos de condiciones a partir de la fecha en que se publique el primer aviso de convocatoria pública. Comuníquese y Cúmplase. Dada en (ciudad o municipio y fecha)________________________________________ (Ordenador de gasto o su delegado)

ACTA DE APERTURA DE LA LICITACIÓN Nº_______ En la ciudad (o municipio) de _______________________, siendo las__________ del día _____ de _______________de 200__ , se reunieron en el despacho del (jefe de la unidad ejecutora responsable) _______________________ de ________________________, las siguientes personas: 1. El señor (ordenador de Gasto o su delegado)___________________________. 2. El (jefe de la unidad ejecutora responsable) _____________________________ de _________________________ o su delegado, Se procedió a revisar la urna, se verificó que ésta se encontrara vacía, se cerró, se entregó la llave a cada uno de los participantes por la administración, antes mencionados y se dio por abierta la licitación Nº ________, cuyo objeto es la adquisición a título de compraventa de ______________________________________________.

Para constancia se firma por quienes en ella intervinieron. _______________________________

______________________________.

_______________________________

______________________________.

_______________________________

______________________________.

_______________________________

______________________________.

ACTA DE CIERRE DE LA LICITACIÓN Nº_______ En la ciudad (o municipio) de _______________________, siendo las ______ del día ____ de _______________ de 200__, se reunieron en el despacho del (jefe de la unidad ejecutora responsable) _________________________ de ________________________, las siguientes personas: 1. El señor (ordenador de gasto o su delegado)______________________________. 2. El (jefe de la unidad ejecutora responsable) ____________________________ de _________________________ o su delegado. 3. Los proponentes presentes, Con el objeto de adelantar la diligencia de cierre de la licitación Nº _________, cuyo objeto es la adquisición a título de compraventa de ____________________________ _______________________________________. Se abrió la urna, la cual contenía _______ sobres, correspondientes a los originales y copias de las _______ propuestas. Se numeraron y se abrieron los sobres contentivos del original y la copia a fin de verificar los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones, como documentos esenciales de la propuesta, y a foliar cada una de las propuestas. El resumen genérico de las mismas es el siguiente: Propuesta Nº 1 Proponente: ________________________________________________ Valor de la propuesta: _________________________________________ Número de folios: ____________________________________________ Propuesta Nº 2 Proponente:_________________________________________________ Valor de la propuesta: _________________________________________ Número de folios: ____________________________________________ Propuesta Nº 3 Proponente: ________________________________________________ Valor de la propuesta: _________________________________________ Número de folios: ____________________________________________ Observaciones de los asistentes: ____________________________________________ _______________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ Para constancia se firma por quienes en ella intervinieron, siendo las ____ horas del día ____ del mes de _________________ de 200__ .

El señor (ordenador de gasto o su delegado)

Jefe de la unidad ejecutora responsable o su delegado

________________________ Proponente

_______________________ Proponente

________________________ Proponente

_______________________ Proponente

________________________ Proponente

_______________________ Proponente

________________________ Proponente

_______________________ Proponente

PLIEGO DE CONDICIONES PARA UNA LICITACIÓN DE COMPRAVENTA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº _____ COMPRAVENTA PLIEGOS DE CONDICIONES

CAPÍTULO I Información general 1.1. OBJETO DE LA LICITACIÓN El ____________________________(entidad estatal), se encuentra interesado en adquirir, a título de compraventa ___________________, con destino a _______________________, según las cantidades contemplados en el anexo número ______, en los términos que se señalan dentro del presente pliego y de acuerdo con las condiciones generales de contratación establecidos en la Ley 80 de 1993. 1.2. APERTURA DE LA LICITACIÓN La licitación se abrirá el día ___ de ____________ de 200__, a las _____ (a.m., o p.m.) en el despacho de (jefe de la unidad ejecutora responsable) ________________________ de ________________________ de El ________________________________(entidad estatal) ubicado en la (Dirección)____________________, piso _____ de la ciudad (o municipio) de _________________________. En el día y hora señalados para la apertura de la licitación, se levantará un acta donde conste el cierre de la urna biclave por: Llave 1.— El (ordenador de gasto o su delegado)________________________________ Llave 2.— El (jefe de la unidad ejecutora responsable) _____________ de ___________ _________, o su delegado (de la correspondiente dependencia ejecutora). El acta será firmada por todos los participantes en la diligencia. 1.3. CIERRE DE LA LICITACIÓN

La licitación se cerrará el día ____de ____________ de 200__, a las ______en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) _______________________ de ________________________ de El __________________________(entidad estatal), ubicado en la (dirección)____________________, piso _____ de la ciudad (o municipio) de _________________________. 1.4. VENTA Y VALOR DE LOS PLIEGOS Los pliegos de condiciones estará disponible para la venta en la (dirección)_____________ _____________ de la ciudad (o municipio) de ________________________. El valor del pliego original es de $____________ y el de cada copia es de $___________. Dichos valores no son reembolsables y serán cancelados en la Tesorería de El ____________ _______________(entidad estatal), ubicada en la (dirección)____________________, piso _____ de la ciudad (o municipio) de _________________________. El ________________________________(entidad estatal) dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas del retiro de los pliegos de condiciones. Las personas naturales que hagan el retiro a nombre de otro deberán adjuntar, por escrito, la autorización de quien representan. 1.5. REGISTRO DE RETIRO DE PLIEGO DE CONDICIONES Y DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Para el retiro de pliegos de condiciones y la recepción de las propuestas, El ___________ __________________(entidad estatal) dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas de tales eventos, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que, en alguna representación, haya efectuado materialmente el acto de retiro y de presentación. En caso de recepción simultánea, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya retirado los pliegos de condiciones (D. 679/94, art. 4º). 1.6. AUDIENCIA PARA PRECISAR EL CONTENIDO Y ALCANCE DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Se celebrará una audiencia a las ______ horas del tercer día hábil siguiente a la diligencia de apertura de la licitación, a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones, con el objeto de precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes. La audiencia mencionada, será presidida por el (jefe de la unidad ejecutora responsable) __________________ de _____________________ o su delegado. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, El __________ ______________________(entidad estatal) expedirá las modificaciones pertinentes a dichos documentos y prorrogará, mediante resolución si fuere necesario, el plazo de la licitación hasta por _______ (___) días hábiles. Lo anterior no impide que dentro del plazo de la Licitación, cualquier interesado pueda solicitar aclaraciones adicionales que El _______________________________________ (entidad estatal) responderá mediante comunicación escrita, copia de la cual enviará a todas y cada una de las personas que retiraron pliegos de condiciones (L. 80/93, art. 30, num. 4º). 1.7. PRÓRROGA El plazo de la licitación, entendido como el término que debe transcurrir entre su apertura y su cierre, podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del

inicialmente fijado, cuando lo estime conveniente El _______________ _____________(entidad estatal), o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan retirado los pliegos de condiciones (L. 80/93, art. 30, num. 5º). 1.8. APERTURA DE LAS PROPUESTAS En el día y hora señalados para el cierre de la licitación, en acto público, se abrirá la urna y los sobres que contienen el original y copia de la propuesta. A continuación se numerarán las propuestas y cada una de las hojas de las mismas, se verificará la existencia de los documentos esenciales de la propuesta y se levantará un acta que contenga: 1. Nombre del proponente. 2. Valor de las propuestas. 3. Resultado de la verificación de los documentos esenciales de la propuesta. 4. Valor básico de las propuestas. 5. Número de folios del original y de la copia. 6. Las observaciones de los asistentes a la diligencia. El acta será suscrita por los funcionarios intervinientes, los proponentes y quienes asistan en representación de la comunidad en calidad de veedores debidamente acreditados. 1.9. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar escrita a máquina o en letra de imprenta (pero en todo caso legible), de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones, y presentarse en original y ______ ( ) copia(s), en sobres separados y cerrados, en los que debe aparecer el nombre y la dirección del proponente, el número y objeto de la licitación y la indicación de cuál contiene el original y cuál la(s) copia(s). La(s) copia(s) de la propuesta(s) deberá(n) contener los mismos documentos del original y en el mismo orden y serán ejemplares que deberán coincidir entre sí. Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y la(s) copia(s), prevalecerá el original. Las propuestas serán registradas y depositadas en la urna biclave localizada en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) ________________________ de __________________ de El ___________________________(entidad estatal), ubicada en la (dirección)______________________, piso _____ de la ciudad (o municipio) de _________________________. Los documentos relativos al proceso de la licitación deberán utilizar el idioma castellano. El ______________________(entidad estatal) no exigirá sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados, reconocimientos de firmas, traducciones oficiales, ni cualquier otra clase de formalidades o exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan leyes especiales (L. 80/93, art. 25, num. 15, inc. 1°). La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80/93, art. 25, num. 15, inc. 2°). Las propuestas deberán ajustarse en todas sus partes a los formularios y a las condiciones estipuladas para cada documento en el presente pliego. Cualquier explicación o información adicional deberá hacerse en nota separada, debidamente firmada por la persona autorizada para presentar la propuesta dentro de la misma.

El proponente no podrá acompañar proyecto o minuta de contrato diferente al que forma parte integral de este pliego de condiciones. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora exacta de la fecha de cierre. Cerrada la licitación no se admitirá modificación de la propuesta. 1.10. PRESUPUESTO OFICIAL Según lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 287 de 1996, el presupuesto oficial previsto para el objeto de ésta licitación es de ________________________________ ($____________)M/cte. 1.11. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El proponente presentará con la propuesta una garantía de seriedad de la misma, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en el país. La garantía estará constituida a favor de El _____________________________(entidad estatal), por el equivalente al (mínimo. L. 80/93, art. 16, par.) diez por ciento (10%) del presupuesto oficial, vigente por _________ (___) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la licitación. Esta garantía bancaria o la póliza debe anexarse a la propuesta como documento de la oferta, firmada por el proponente. Si El ____________________________(entidad estatal), llegare a prorrogar los términos de cierre y adjudicación de la licitación o del perfeccionamiento del contrato, exigirá la ampliación del término de la garantía de seriedad de la propuesta (L. 80/93, art. 25, num. 19). 1.12. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente ni efectúa los trámites tendientes a su perfeccionamiento, dentro del término señalado, quedará a favor de El ______________________ (entidad estatal), en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los depósitos o garantías. Si el proponente favorecido no firmare el contrato dentro del plazo que con tal fin se señale, El ___________________(entidad estatal), podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días calendario siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad (L. 80/93, art. 30, num. 12, inc. 2° ). La garantía de seriedad se hará efectiva mediante resolución motivada proferida por El _______________________________(ordenador de gasto o su delegado). 1.13. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Al adjudicatario se le devolverá la póliza de seriedad de la propuesta, cuando se apruebe la garantía única que ampare la ejecución del contrato y a quien quede en segundo lugar se le devolverá ______________ (____) días calendario después de la firma del contrato con el proponente favorecido, si ello ocurriere antes, a menos que manifieste no tener interés en la adjudicación, o que la propuesta no sea igualmente favorable para la entidad (L. 80/93, art. 30, num. 12).

A los demás proponentes se les devolverá dentro de los ________ (___) días calendario siguientes a la adjudicación. 1.14. ELEMENTOS Y/O CANTIDADES A ADQUIRIR A TÍTULO DE COMPRAVENTA _____________________________________________ _____________________________________________ _____________________________________________

CAPÍTULO II Condiciones generales 2.1. PARTICIPANTES Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas nacionales y/o extranjeras, que se encuentren debidamente inscritas, clasificadas y calificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en la modalidad de proveedores, en la especialidad ______________, grupo ______, con una capacidad residual mínima de ________ SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes). Capacidad residual es la capacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución el PROPONENTE. La capacidad residual se exigirá por parte de las entidades estatales en el momento de presentar la propuesta cualquiera que sea la modalidad del contrato. Para la capacidad residual se tomarán todos los contratos que esté ejecutando en forma general: privados, estatales incluyendo los que se exceptúan de Registro en la Cámara de Comercio (L. 80/93, art. 22, inc. 6º), y los que se tengan por participación en sociedades, consorcios o uniones temporales (D. 092/98). En las mismas condiciones podrán hacerlo los consorcios y/o las uniones temporales, acreditando individualmente la inscripción, calificación y clasificación de sus miembros en el citado registro de proponentes, y su capacidad residual de contratación. Las personas naturales extranjeras, sin domicilio en el país o las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal, su inscripción en el registro de proponentes y la constitución de apoderado, previo a la presentación de la propuesta. 2.1.1. NÚMERO MÍNIMO DE PARTICIPANTES El número mínimo de participantes hábiles para no declarar desierta la licitación es de uno (1). Se entiende por participante hábil quien no esté incurso en las causales de inhabilidades e incompatibilidades contemplados en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993. El proponente deberá afirmar, bajo juramento, que se entiende prestado con la suscripción de la carta de presentación de la propuesta, que ni él ni la sociedad que representa se hallan incursos

en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y demás prohibiciones previstas en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones legales vigentes. 2.2. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Si los proponentes fueren personas jurídicas, deberán acreditar su existencia y representación mediante certificado de existencia y representación legal, expedido por la entidad correspondiente. Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no sea inferior al plazo del contrato y un año más (L. 80/93, art. 6°, inc. 2°). Los consorcios y uniones temporales deberán probar su existencia mediante documento que acredite su conformación y representación. 2.2.1. ACTIVIDAD COMERCIAL Los proponentes deberán acreditar su actividad en actos de comercio relacionados con el objeto de la presente licitación. 2.3. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN • • • • • • • • • • • • • • • •

Registro de entrega de los pliegos de condiciones. Registro de recibo de propuestas. Plan anual de compras. Estudio de conveniencia y oportunidad del contrato. Certificado de disponibilidad presupuestal. Resolución de apertura de la licitación. Pliego de condiciones. Avisos de prensa. Acta de apertura de la licitación. Acta de la audiencia de aclaración de pliegos de condiciones (si la hay). Acta de cierre de la licitación. Estudios jurídico, económico y técnico. Constancia de permanencia en secretaría de la evaluación de las propuestas presentadas por los oferentes. Acta de la audiencia pública de adjudicación (si la hay). Resolución de adjudicación o resolución que declara desierta la licitación. Propuesta del adjudicatario.

2.4. DOCUMENTOS ESENCIALES DE LA PROPUESTA Con la propuesta deberán presentarse los documentos en original o fotocopia indicados a continuación. La omisión de cualquiera de ellos implicará que se descarte para la evaluación y posterior adjudicación: 2.4.1. DOCUMENTOS 1. Carta de presentación de la propuesta, de acuerdo con el modelo adjunto suministrado por El _____________________________(entidad estatal), firmada por el proponente si éste es persona natural, por el representante legal si es persona jurídica o por el representante del consorcio o unión temporal si es del caso. 2. Garantía de seriedad de la propuesta, constituida en la forma exigida en el numeral 1.11 de este pliego de condiciones.

Cuando la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, la póliza o constancia de depósitos debe ser constituida o efectuada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando sus integrantes ) y no a nombre del representante del consorcio o unión temporal. 3. Certificado de existencia y representación legal, expedido por la entidad respectiva, con anterioridad no mayor de _________ (___) días calendario a la fecha de cierre de la licitación, cuando se trate de persona jurídica. 2 4. Acta de autorización de la junta o asamblea de socios, según sea el caso, cuando estatutariamente se requiera. 5. Certificado de Inscripción vigente en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en la modalidad proponente, especialidad _________, grupo _______, y adjunto la manifestación escrita por parte del proponente de cuantos y cuales contratos tiene en ejecución y cual es su capacidad residual de contratación. 6. Documento que acredite la conformación y representación del consorcio o unión temporal, cuando fuere del caso. 7. Propuesta económica. 2.5. ALTERNATIVAS Y PROPUESTAS PARCIALES Los proponentes se adaptarán a las exigencias específicas de los pliegos de condiciones, pero podrán presentar alternativas y propuestas parciales. 2.6. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al del inicio del plazo para la presentación de propuestas y a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones, se celebrará una audiencia, con el objeto de precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante legal de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a dichos documentos y prorrogará, si fuere necesario, el plazo de la licitación, hasta por ______ (__) días hábiles. Lo anterior no impide que dentro del plazo de la licitación, cualquier interesado pueda solicitar por escrito aclaraciones adicionales, que la entidad contratante responderá mediante comunicación igualmente escrita, copia de la cual enviará a todos y cada una de las personas que retiraron pliegos de condiciones (L. 80/93, art. 30, num. 4º). Si un proponente encuentra inconsistencias, errores, omisiones o necesita una aclaración a las condiciones del pliego, deberá enviar su solicitud por escrito a El _____________ ________________________________(entidad estatal), (unidad ejecutora responsable) ____________________________, por lo menos con ________ (__) días calendario de anterioridad a la fecha de cierre de la licitación. Las aclaraciones, cambios o modificaciones de los pliegos de condiciones que profiera El _____________________________(entidad estatal), por su propia iniciativa o conveniencia, o a solicitud expresa de un proponente, se harán por medio de adendos numerados secuencialmente, que se enviarán a quienes, de acuerdo con el registro elaborado en la (unidad

ejecutora responsable) _____________________________, hayan comprado los pliegos de condiciones. Las modificaciones a los pliegos de condiciones, que se refieran a los elementos contenidos en el llamado a licitación, se comunicarán a todas y cada una de las personas que retiraron pliegos, con no menos de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha del cierre definitivo de la licitación. Si las modificaciones se refieren a los elementos esenciales del contrato los adendos serán publicados. Los adendos proferidos por El __________________________(entidad estatal), harán parte integrante de los pliegos de condiciones, sin asumir responsabilidad por informaciones suministradas en forma diferente a lo aquí expuesto. 2.7. PRECIOS Se deberá diligenciar el formulario anexo número 1. 2.8. FORMA DE PAGO El __________________________(entidad estatal), pagará el valor del contrato en la siguiente forma: Un anticipo (o pago anticipado según determine la entidad) equivalente al ________________ por ciento (___%) del valor del contrato (L. 80/93, art. 40, par.). El anticipo se amortizará mediante deducción que se aplicará al acta de entrega de los bienes, en las que se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo. 2.9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN En la selección de propuestas para la adjudicación de la presente licitación celebrada por El _______________________(entidad estatal), se aplicará lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, realizando el estudio jurídico, económico y técnico, necesarios para la evaluación de las propuestas, señalando para ello un plazo máximo de ___________ (__) días hábiles, contados a partir de la fecha de la diligencia de cierre de la licitación, comprendidos dentro de estos los días para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables (L. 80/93, art. 30, num. 7°). La evaluación de las propuestas se hará en el siguiente orden: a) Estudio jurídico: Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden legal exigidos en los pliegos de condiciones, verificando su estricto cumplimiento. Constituyen requisitos esenciales de la propuesta, los documentos esenciales de las mismas que se ajusten a las condiciones y especificaciones que sobre ellos se soliciten en los pliegos de condiciones. Serán descartadas las propuestas que no cumplan los citados requisitos legales. b) Estudio económico: A las propuestas elegibles se les hará las correcciones aritméticas en el formulario de cantidades y precios. En estas correcciones se considerará el resultado exacto de la multiplicación de las cantidades indicadas en el formulario de las propuestas, por el precio, en pesos colombianos, de cada ítem especificado. Si el valor global de cada ítem no corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección correspondiente, en cuyo caso se considerará como valor total de ésta el que resulte una vez hechas las correcciones. También se verificará la capacidad residual manifestada por los proponentes.

Cuando existan discrepancias entre los precios de la propuesta y sus correspondientes análisis de precios, regirán los precios que aparecen en los análisis de precios, corregidos aritméticamente. Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total de la propuesta, se elaborará un cuadro contentivo del resumen del análisis de las propuestas, en el que se contemplen el cumplimiento de los documentos señalados como esenciales de la propuesta, en el numeral 2.4. de este pliego, y se aplicará la fórmula matemática dispuesta para establecer la ponderación correspondiente al precio de cada una de las propuestas. c) Estudio técnico: La evaluación técnica de las propuestas se adelantará teniendo como marco lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, los pliegos de condiciones y demás normas vigentes sobre la materia, y realizando: a) Revisión de las cantidades y calidades requeridas para verificar que éstas cumplan con las especificaciones y cantidades exigidas en los pliegos de condiciones. b) Revisión de cumplimiento y ponderación de factores y requisitos distintos del precio. c) Elaboración del cuadro resumen de las evaluaciones y del correspondiente orden de elegibilidad, que será avalado por los distintos comités evaluadores como recomendación para adjudicar. 2.10. PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS ELEGIBLES La ponderación de los factores de evaluación de las propuestas se aplicará a las no descartadas, es decir, a las propuestas que calificaron según el estudio jurídico, mediante la aplicación del siguiente puntaje: a) Precio

40 puntos

b) Plazo

15 puntos

c) Experiencia

10 puntos

d) Cumplimiento en contratos anteriores

10 puntos

e) Organización empresarial

10 puntos

f) Capacidad económica de contratación

10 puntos

g) Certificación de calidad

5 puntos

Total puntaje asignado

100 Puntos

En caso de quedar una sola propuesta para evaluar, se aplicará la ponderación contra el presupuesto oficial en los términos establecidos en las convocatorias, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 29 de la Ley 80 de 1993, en lo que hace referencia a la consulta de precios o condiciones del mercado. 2.10.1. PROCEDIMIENTO PARA LA PONDERACIÓN a) Del precio = 40 puntos Al factor precio se le asignan 40 puntos de acuerdo al siguiente procedimiento: Se obtiene el promedio aritmético del valor básico de las propuestas presentadas (Pp). Pn es cada una de las propuestas a evaluar. Al promedio de las propuestas presentadas (Pp) se le suma la propuesta oficial (Po), y se obtiene un promedio básico (Pb), al cual se le asignan los 40 puntos establecidos para la calificación del precio. Pp + Po = Pb

2

A las ofertas que se encuentran por debajo del valor promedio (Pb) se les asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio: Cpn = Pn/Pb x 40 = Puntaje obtenido.

A las propuestas que se encuentren por encima del valor promedio Pb se le asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio: Cpn = 100 - Pn/ Pb x 60 = Puntaje obtenido.

b) Del plazo = 15 puntos. Se otorgarán 15 puntos al menor plazo ofrecido en la licitación de acuerdo con los requerimientos establecidos por El ___________________________(entidad estatal) en el presente pliego. A las demás propuestas que ofrezcan plazos superiores al requerido se les aplicará la siguiente fórmula: 15 - Po/Pr = Puntaje obtenido. Donde: Po = Plazo ofrecido, y Pr = Plazo requerido.

El menor plazo que se ofrezca inferior al solicitado en esta convocatoria no será objeto de evaluación; lo cual equivale al otorgamiento del máximo puntaje aquí previsto. c) Experiencia = 10 puntos. Para los proponentes que acrediten experiencia de _______ (__) o más años, se les otorgarán 10 puntos. Los menores de _______ (__) años, se ponderarán mediante regla de tres simple. d) Cumplimiento en contratos anteriores = 10 puntos. Para los proponentes que, en los últimos ____ (__) años, acrediten cumplimiento en ________ (__) o más contratos, se les otorgarán 10 puntos. Los que acrediten cumplimiento, durante el mismo tiempo, en menos de _________ (__) se calificarán mediante regla de tres simple. e) Organización empresarial = 10 puntos. De acuerdo con el organigrama presentado por el proponente, se concederán 3 puntos por cada nivel así: Directivo o Ejecutivo (3 puntos), Técnico (3 puntos) y Operativo (3 puntos), el punto restante se concederá a quienes acrediten nivel contable o administrativo adicional. f) Capacidad residual de contratación = 10 puntos. Se aplicarán de manera proporcional hasta 10 puntos a quien disponga de la mayor capacidad residual, a los demás se les aplicará utilizando el procedimiento de regla de tres simple directa. Si verificada la capacidad residual de los proponentes se encuentra que en alguna o algunas de las propuestas existen inconsistencias o se omite información, será causal de rechazo de la propuesta. g) Certificación de calidad = 5 puntos. Para los proponentes que acrediten premios o certificaciones de calidad de los bienes ofrecidos, se les otorgarán tres (3) puntos por premio y dos (2) por certificación. Esto sin que exceda la calificación el máximo de 5 puntos. 2.11. DESCARTE DE LAS PROPUESTAS Las propuestas serán descartadas en los siguientes casos: 1. Cuando no se ajusten a los pliegos de condiciones.

Una propuesta no se ajusta a los pliegos de condiciones cuando carece de alguno de los documentos esenciales, se compruebe inexactitud en su contenido o no cumpla lo estipulado para cada uno de ellos. 2. Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente. 3. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, artículo 8°, así como en las demás disposiciones legales vigentes. 4. Cuando la propuesta no fuere presentada debidamente firmada por el proponente o el representante legal, si es persona jurídica. 5. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente. 6. Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas, presenten enmendaduras o correcciones que no aparezcan debidamente autorizadas o salvadas con la firma del proponente o la de quien suscriba el documento. 7. Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del proponente a la entidad o a los demás participantes. 8. Cuando el valor individual de la propuesta se encuentre por encima del presupuesto oficial o por debajo del promedio básico en un 20% respecto del mismo, por cuanto se considerarán valores artificiales. PAR.—La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80/93, art. 25, num. 15, inc. 2°). 2.12. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN El (ordenador de gasto o su delegado)____________________________________ de El __________________________(entidad estatal) declarará desierta la Licitación en los siguientes casos: 1. Cuando no se presente propuesta alguna. 2. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste al presente pliego de condiciones. 3. En virtud del principio de transparencia, cuando claramente probado se constate la violación la reserva de las mismas, de manera ostensible, antes del cierre de la licitación. El _______________________________(entidad estatal) podrá declarar desierta la licitación dentro del término previsto para adjudicación del contrato, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable para El ___________________________(entidad estatal), o en el caso de quedar una sola propuesta para la adjudicación y que al efectuarle la ponderación, su puntaje sea inferior a ______ puntos del total a asignar, o sea, sobre 100 puntos. La declaratoria de desierta de la licitación, únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo, en el cual se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión (L. 80/93, art. 25, num. 18).3

2.13. INFORMES DE EVALUACIÓN PARA OBSERVACIONES DE LOS OFERENTES Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. (L. 80/93, art. 25, num. 8º). 2.14. TÉRMINO DENTRO DEL CUAL SE HARÁ LA ADJUDICACIÓN UNA VEZ CERRADA LA LICITACIÓN Y PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO UNA VEZ EFECTUADA AQUELLA La adjudicación de la presente licitación se hará dentro de los ______ (___) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a aquel en que haya vencido el plazo previsto anteriormente (D. 287/96, art. 3°), mediante resolución motivada expedida por El ___________________________(ordenador de gasto o su delegado). El comité calificador evaluará las propuestas, calificará los aspectos jurídicos, económicos y técnicos, contenidos en ellas y establecerá un orden de elegibilidad. El ______________________(entidad estatal) podrá adjudicar total o parcialmente esta licitación. La resolución de adjudicación se notificará al proponente favorecido, por el procedimiento que para ello fija el Código Contencioso Administrativo y en el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a los no favorecidos, si a ello hubiere lugar, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la expedición de la misma (L. 80/93, art. 30, num. 11). Contra la resolución de adjudicación no procede recurso alguno, por la vía gubernativa (L. 80/93, art. 77, par. 1º). Siempre que las necesidades así lo exijan, El ________________________________(entidad estatal) podrá prorrogar el plazo de adjudicación antes de su vencimiento y por un término total no mayor a la mitad del inicialmente fijado. Ejecutoriada la resolución de adjudicación, esta es irrevocable y obligará a El________ ______________(entidad estatal) y al adjudicatario. Dentro de los ________ (____) días calendario, siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación al proponente favorecido, éste deberá suscribir el contrato, de conformidad con la minuta que hace parte de los pliegos de condiciones y a las normas que para su celebración establece la Ley 80 de 1993. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término que se haya señalado en los pliegos de condiciones (___ días calendario), quedará a favor de El _______________ ____________________(entidad estatal), en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósito o garantía. En este evento El ______________ _______________ (entidad estatal) podrá adjudicar, mediante acto administrativo debidamente motivado, el contrato, dentro de los quince (15) días calendario, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para El ____________ __________________(entidad estatal) (L. 80/93, art. 30, num. 12). 2.15. GARANTÍA DEL CONTRATO Una vez suscrito el contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir la garantía única exigida y pactada en el contrato (L. 80/93, art. 25, num. 19), a más tardar dentro de los ___________ (___) días hábiles siguientes a la fecha de su perfeccionamiento.

2.16. VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de El ________________________________(entidad estatal), la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia se contará a partir de la fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. 2.17. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y estos se eleven a escrito, y se efectúe el correspondiente Registro Presupuestal. Para la suscripción del contrato se allegará el Certificado de Existencia y Representación Legal, con una fecha de expedición no mayor de ______ (___) días calendario. 2.18. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Serán: a) La aprobación de la garantía única de cumplimiento, y b) La constitución del correspondiente registro presupuestal. 2.19. DOCUMENTOS PARA LA FIRMA DEL CONTRATO El proponente beneficiado con la adjudicación deberá presentar para el acto de la firma del contrato, dentro de los _______ (___) días calendario siguientes a la notificación de la adjudicación, en caso de no estar vigente la Inscripción en el Registro Único de Proponentes para la firma del contrato, deberá presentar un certificado de existencia y representación legal actualizada, la solicitud de renovación de la inscripción en el registro único de proponentes. 2.20. DISPOSICIONES LEGALES Los proponentes deberán informarse y acatar las disposiciones legales que rigen la contratación en El __________________________________(entidad estatal), especialmente la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. Así mismo, con la firma de la propuesta se entenderá que el proponente acepta los términos de la minuta del contrato, que hace parte integral de este pliego de condiciones y por tanto no se aceptarán reclamos posteriores a la adjudicación de la licitación. 2.21. DEDUCCIONES El pago de las tarifas legalmente dispuestas, serán descontados en las respectivas órdenes de pago, según lo establecido en las disposiciones que regulen esta materia. EL CONTRATISTA deberá cancelar el Impuesto de Timbre a que hubiere lugar.

MINUTA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA COMO RESULTADO DE UNA LICITACIÓN CONTRATO DE COMPRAVENTA Nº _______________ CELEBRADO ENTRE ______________________________(entidad estatal) Y ________________________. CONTRATO Nº: _____________________________________________ OBJETO: __________________________________________________

EL

CONTRATISTA: ____________________________________________ VALOR: ___________________________________________________ Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) _______________________ ___________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en ________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ______________, en su calidad de (cargo que desempeña)______________________ de El ___________ __________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los Alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)__________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (La Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)_________ ________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 2150 de 1995); y por la otra ___________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº____________ de _____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _______________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _______________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del círculo de _____________, como consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la cámara de comercio de _______________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de COMPRAVENTA, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento de una licitación que culminó con la adjudicación del contrato, mediante Resolución Nº _____ de _______________________, proferida por El ___________________(ordenador de gasto o su delegado) de El ______________________ (entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El objeto de este contrato es la Venta que EL CONTRATISTA hace a El _____________________________(entidad estatal) y la adquisición a título de compra que éste hace a aquel de: _________________ ____________________, a los precios contenidos en su propuesta del ___ de __________ de 200__, la cual para todos los efectos hace parte integral de éste contrato. CLÁUSULA SEGUNDA.—DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos 4º y 5º, respectivamente, de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA TERCERA.—SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES: Los bienes objeto del presente contrato serán entregados por EL CONTRATISTA en la (dirección) __________________ de la ciudad (o municipio) de _____________. CLÁUSULA CUARTA.—VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor total del presente contrato es de ____________________ ($________ ) M/cte, incluido el IVA, cifra calculada teniendo en cuenta el valor del la venta y sus fletes, que El ___________________________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA dentro de los ____________ (___) días siguientes al recibo parcial de los bienes objeto del contrato, previo

recibido a satisfacción por parte de El ________________________________(entidad estatal). PAR.—El funcionario que certificará el recibo a satisfacción de los bienes suministrados será _____________________. CLÁUSULA QUINTA.—VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de El ___________ ____________(entidad estatal), la totalidad de los bienes objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia se contará a partir de la fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses más. Por tratarse de un contrato de tracto sucesivo, es decir, que el cumplimiento de las obligaciones se va sucediendo de manera escalonada en el tiempo, se verificará su cumplimiento total hasta el vencimiento del término previsto para su ejecución. Pero el cumplimiento parcial de las obligaciones se verificará de acuerdo con las solicitudes de entrega de bienes hechos por la entidad contratante y dentro de los plazos que la misma establezca. CLÁUSULA SEXTA.— SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El _________ ________________ (entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. CLÁUSULA SÉPTIMA.—GARANTÍAS: El CONTRATISTA se obliga para que dentro de los ___________ (__) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato, constituya a favor de EL ________________________(entidad estatal), la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: 1. Amparo de anticipo o pago anticipado (si se decide pactar cualquiera de estas figuras), el cual deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el CONTRATISTA reciba a título de anticipo o pago anticipado; con una vigencia igual a la del contrato, la cual se empezará a contar a partir de la fecha de perfeccionamiento del acuerdo contractual. 2. Cumplimiento en cuantía equivalente al (mínimo 10%, art. 17, lit. b), D. 679/94) ____________ por ciento (____%) del valor total del contrato, con vigencia igual al mismo y _______ (___) meses más, contados a partir de su perfeccionamiento. 3. Calidad de los bienes4 entregados por el CONTRATISTA en cuantía equivalente al ____________ por ciento (_____%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la del contrato y ________ (__) meses más contados a partir de la fecha de recibo de bienes entregados a entera satisfacción de El __________ ______________ (entidad estatal), certificado por el funcionario designado para tal fin. CLÁUSULA OCTAVA.— CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo de El ____________________________(entidad estatal), o de EL CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, la parte que incumplió, el valor correspondiente al ____________ por ciento (___%) del valor total del contrato, los que se podrán cobrar, previo requerimiento, con base en el presente documento, el cual prestará mérito ejecutivo, o se podrá hacer efectiva por parte de la entidad el amparo de cumplimiento, constituido a través de la garantía única (el cual no podrá ser inferior al monto de la cláusula penal pecuniaria. Art. 17, lit. b) de la L. 80/93). CLÁUSULA NOVENA.—MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante el presente documento a El _________________________(entidad estatal) para efectuar la tasación y cobro, previo requerimiento, de multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales de recibo y en el acta final y/o de recibo de los bienes, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas dentro del mes siguiente a su tasación por parte del CONTRATISTA, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará

a la Cámara de Comercio. CLÁUSULA DÉCIMA: SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PAR.—El contratista prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la suspensión. CLÁUSULA UNDÉCIMA.—CESIÓN: El CONTRATISTA, sólo podrá ceder el presente contrato previa autorización escrita de El _______________________(entidad estatal). CLÁUSULA DUODÉCIMA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, y demás disposiciones vigentes sobre la materia y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMATERCERA.—INTERESES MORATORIOS: El ______________(entidad estatal) pagará a EL CONTRATISTA intereses moratorios del ___________ por ciento (___%) mensual, cuando transcurridos _________ (___) días hábiles, contados a partir de la presentación del acta de recibo de los bienes a satisfacción de El ____________________________(entidad estatal), éste no hubiere realizado el pago correspondiente, conforme al plazo estipulado en la cláusula cuarta. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se considera perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes. Para su ejecución se requiere: 1. La existencia de las disponibilidades presupuestales correspondientes, o previstas en vigencias posteriores para cancelar compromisos futuros, conforme al artículo 21 del Decreto 26 de 1998, y la Ley Orgánica del Presupuesto. 2. La aprobación de la garantía única de cumplimiento. Este contrato requiere además su publicación en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad, requisito que se entenderá cumplido con la entrega del recibo de pago respectivo y la cancelación del impuesto de timbre, cuando fuere pertinente. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de éste contrato todos los documentos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Los conflictos que surjan durante la ejecución del objeto contractual se solucionarán preferiblemente mediante los mecanismos arreglo directo y conciliación. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.— CLÁUSULA COMPROMISORIA: Las divergencias que surjan con ocasión del desarrollo del objeto contractual, y de las obligaciones derivadas del mismo, se solucionarán si llegan a fracasar los mecanismos antes contemplados a través de un Tribunal de Arbitramento constituido para el efecto por la cámara de comercio de (ciudad o municipio del domicilio contractual) _________________________, dentro de los ________ días hábiles siguientes a la presentación de la petición por cualquiera de las partes contratantes, y cuyos costos serán asumidos por igual tanto por El __________________________(entidad estatal) como por EL CONTRATISTA. El Tribunal estará integrado por tres (3) árbitros especialistas en derecho administrativo, contratación estatal, o afines y fallarán el Laudo que resulte del mismo en derecho. Para constancia se firma en la ciudad (o municipio), fecha_____________ a los_______ Por El ____________(entidad estatal) (El ordenador de gasto o su delegado) El contratista.

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

(Lugar y fecha)_______________________________ Señores Entidad estatal________________________________ Ciudad. El suscrito ___________________________________________ actuando en nombre y representación de _____________________________________________________________ de acuerdo con las condiciones que se establecen en los pliegos de condiciones y documentos de la licitación Nº _________, hago la siguiente propuesta para la adquisición a título de compraventa por parte de El ________________________(entidad estatal) de __________________ y en caso de que me sea adjudicada me comprometo a firmar el contrato correspondiente y a cumplir con todas las obligaciones señaladas en los pliegos de condiciones. Declaro así mismo: • Que he tomado nota cuidadosa de las condiciones de la presente licitación y acepto todos los requisitos contenidos en el presente pliego de condiciones. • Que no me encuentro incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagrados en la Ley 80 de 1993 y demás normas vigentes. • Que he recibido los siguientes adendos a los pliegos de condiciones de la licitación (indicar número y fecha de cada uno) y acepto sus disposiciones. • Que me comprometo a ejecutar totalmente el objeto del contrato en un plazo de ______ meses contados a partir de la fecha del cumplimiento de los requisitos de ejecución. • Que conozco las disposiciones legales que rigen la presente licitación. Nombre completo, dirección, teléfono comercial y fax del proponente: Valor de la propuesta _________________________________ ($____________) M/cte. Plazo: _______________________. Póliza de Garantía de seriedad de la propuesta Nº _____________. Número de Inscripción en el Registro Único de Proponentes______ de la cámara de comercio de ______________. (Firma del representante legal)

RESOLUCIÓN Nº _________ Por la cual se adjudica una Licitación EL (ordenador de gasto) ________________________ de El ________________________ (entidad estatal) en su calidad de representante legal de El _____________________________ (entidad estatal), de acuerdo con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los Alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estatal y por tanto ordenador de gasto, o efectúe la delegación para ese efecto)_____________ ________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, y

C O N S I D E R A N D O: Que mediante resolución Nº ________ del ________________ de 200__, se ordenó la apertura de la licitación Nº _______ cuyo objeto es __________________________________ ______________________________________________________________________ _________________________________________________________________________; Que la licitación se abrió el día ____ de __________ de 200__ y se cerró el día ___ de________ de 200__ en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) _______________ de _________________________; Que a la mencionada licitación se presentaron las siguientes personas naturales y/o jurídicas,__________________________________________________________________; Que realizadas las evaluaciones correspondientes, las cuales hacen parte integral de éste acto, se estableció el siguiente orden de elegibilidad: ____________________________ _________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________; Que el mayor puntaje fue de ____ puntos, distribuidos de la siguiente forma: ___________ __________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________, y los obtuvo _____________________________________________________________; Que existe disponibilidad presupuestal certificada, en la sección ___ artículo ____ del presupuesto para la vigencia fiscal de ____, Que conforme a la Ley 80 de 1993, artículo 11, numerales 1º y 3º, literal b), El ______________________________(ordenador de gasto o su delegado) es el funcionario competente para escoger contratistas y celebrar contratos a nombre de El _____ __________________________________(entidad estatal).

R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO.—Adjudicar a ______________________ el contrato, resultante de la licitación Nº ________, cuyo objeto es la adquisición a título de compraventa de________________________________________________________ por un valor de ____________________________ ($________________________), conforme a las cantidades, precios, condiciones, plazos, requisitos y demás establecidos en la oferta presentada por el adjudicatario y en los pliegos de condiciones de la licitación. ARTÍCULO SEGUNDO.—Contra la presente resolución no procede recurso alguno por la vía gubernativa y deberá notificarse personalmente al proponente favorecido en los términos establecidos en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 11 y comunicarse a los no favorecidos dentro de los cinco (5) días calendario siguientes. Notifíquese, comuníquese y cúmplase Dada en (Ciudad o municipio y fecha) (Ordenador de gasto o su delegado)

______________

LLAMADAS CAPITULO 12 2.

Las personas naturales extranjeras, sin domicilio en el país o las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal, su inscripción en el Registro de Proponentes y la constitución previa de apoderado, en la forma prevista en el numeral 22.4 del artículo 22 de la Ley 80 de 1993.

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Conforme lo dispone el artículo 51 y el numeral 27 del artículo 40 de las Leyes 190 y 200 de 1995, respectivamente, deberá publicarse mensual y semestralmente, en sitio visible de la entidad, en lenguaje sencillo y accesible al ciudadano común, una relación singularizada de las licitaciones declaradas desiertas, indicando el objeto, valor y destino.

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Con base en lo prescrito en el Decreto 3466 de 1982.

CAPÍTULO XIII LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE ENCARGO FIDUCIARIO

Incluye los siguientes modelos y minutas: • Modelo de pliego de condiciones. • Carta de presentación de la propuesta. • Minuta del contrato de encargo fiduciario como resultado de una licitación. • Certificación de experiencia específica. • Modelo de carta de intención para entidades de crédito.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº ___________ ENCARGO FIDUCIARIO PLIEGO DE CONDICIONES CAPÍTULO I Condiciones generales 1. OBJETO El _____________________________(entidad estatal) esta interesado en recibir propuestas de sociedades fiduciarias vigiladas por la Superintendencia Bancaria para contratar un encargo fiduciario cuyo objeto es la administración de recursos provenientes del (fondo o destinación presupuestal) ______________________________________ de EL ___________________________________(entidad estatal), de conformidad con el artículo 32 numeral 5º de la Ley 80 de 1993. 2. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL

Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de esta licitación se atenderán con recursos asignados en el presupuesto del (fondo o destinación presupuestal)________________ para la vigencia de 200___ que se estiman en la suma de ___________________________ de pesos ( $ __________) Mda./cte. 3. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN 3.1. ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES El proponente debe acreditar que adquirió los pliegos de condiciones adjuntando el recibo correspondiente, expedido por la tesorería de El ______________(entidad estatal), ubicada en la ___________________________ piso _____, de la ciudad (o municipio) de _______________________________, a nombre del mismo. En el caso de los consorcios o uniones temporales, bastará que los haya adquirido uno de los consorciados, o de los miembros de la unión. 3.2. HABILIDAD DEL PROPONENTE No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad constitucional o legal para contratar con Entidades oficiales y en particular con El _____________________________(entidad estatal). Con la firma de la carta de presentación de la propuesta, se presume que el proponente declara bajo la gravedad del juramento, no estar inhabilitado para presentar la propuesta (anexo Nº 1). 3.3. CONSTITUCIÓN COMO SOCIEDAD FIDUCIARIA Las personas jurídicas deben estar legalmente constituidas y organizadas como Sociedades Fiduciarias sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria y autorizadas para celebrar contratos de encargo fiduciario. 3.4. VIGENCIA DE LAS PERSONAS JURÍDICAS El(los) proponente(s) debe(n) haberse constituido por lo menos __________ ( __ ) años antes de la fecha de expedición de la resolución que ordena la apertura de esta licitación y acreditar que la vigencia de la misma no es inferior a la estipulada en el contrato y un año más. 3.5. EXPERIENCIA ESPECÍFICA SIMILAR El proponente debe acreditar con certificaciones expedidas por entidades oficiales y/o privadas la celebración y cumplimiento de contratos similares en cada uno de los aspectos previstos en el punto 6.7 y el anexo 3, diligenciado con calificación de sus servicios. 3.6. AUTORIZACIÓN PARA PROPONER Y CONTRATAR Quien presenta la propuesta en representación de la persona jurídica debe estar autorizado para comprometer a la fiduciaria por el valor de la propuesta y para suscribir el contrato correspondiente. El representante legal debe acreditar que se encuentra facultado expresamente para presentar la propuesta y suscribir el contrato a nombre de la sociedad sin limitación alguna, en caso contrario adjuntar la autorización de la junta o asamblea de socios. En el evento de presentarse ausencias temporales o definitivas del representante legal, quién lo reemplace deberá acreditar dicha situación, así como la facultad de asumir las funciones del principal.

3.7. OPORTUNIDAD DE LA OFERTA Es requisito esencial de participación presentar la oferta para la totalidad del objeto de la licitación, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas y en el lugar señalado para el efecto en este pliego, antes de la hora límite fijada. Las propuestas deberán depositarse personalmente en la urna dispuesta para el efecto, exclusivamente, dejando constancia de la hora de entrega, nombre del proponente y quien entrega. 3.8. VIGENCIA DE LA OFERTA La propuesta deberá tener una vigencia mínima de ________ ( ___ ) meses contados a partir de la fecha límite para presentación de la oferta. 3.9. CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Quienes presenten ofertas como consorcios o uniones temporales, deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993. Los proponentes deberán indicar si su participación es a titulo de consorcio o unión temporal. En el segundo caso, deberán señalar los términos y extensión de su participación en la propuesta y en la ejecución del contrato. Tal participación no podrá ser modificada sin el consentimiento previo y escrito del El _________________________(entidad estatal). Los miembros del consorcio o unión temporal deberán acreditar la autorización de los órganos respectivos para consorciarse o unirse, según sea el caso y designar la persona que representará al consorcio o unión temporal y adjuntar copia del documento que regula su relación. Debe adjuntarse el original o copia autenticada del documento de constitución del consorcio o unión temporal, en el cual conste por lo menos lo siguiente: Objeto, duración no inferior al término de vigencia del contrato y ________ ( _ ) año(s) más, facultades del representante, manifestación expresa de la responsabilidad solidaria e ilimitada de sus miembros frente a la entidad en la celebración y ejecución del contrato, y, el porcentaje de participación de cada uno de los miembros. Los miembros de los consorcios y uniones temporales deben cumplir todos los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones. Cada consorciado o participante en la unión temporal debe acreditar experiencia específica en relación con las actividades que asumirá, para lo cual deben diligenciar por separado el anexo Nº 3. Debe informarse cuál es la sociedad líder del consorcio o la unión temporal y designar un coordinador que será responsable del contrato frente al El ____________________(entidad estatal), para todos los efectos jurídicos, operativos y de trámite de contratos y pagos. 3.10. AJUSTARSE A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Solo serán consideradas las ofertas que en su propuesta básica se ajusten a los pliegos de condiciones. No se considerará ajustada a los pliegos de condiciones la oferta que no reúna las condiciones exigidas para participar o no presente la información completa para la comparación objetiva. 3.11. OFERTA COMPLETA

Para esta licitación no serán admisibles las propuestas incompletas o condicionadas. La oferta se considerará incompleta cuando no incluya la totalidad de los servicios solicitados o no permita la comparación objetiva. 4. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN 4.1. CONSULTA Y VENTA DE PLIEGOS DE CONDICIONES Lugar: (Dirección) ________________ piso _____ de la ciudad (o municipio) de _________________, despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) ____________________ _________________ de _______________________, a partir de la publicación del primer aviso de invitación a participar en la licitación, y hasta el día _____ de__________ de 200____. Horario:

De lunes a viernes de _________ a.m. , a _________ p.m.

Valor:

Original requerido para participar: ________________) Mda/cte.

Copia:

_____________________ pesos ($ ______________) Mda./cte.

__________________

pesos

($

El valor de los pliegos se debe cancelar en la tesorería general del El _____________ _______________(entidad estatal), ubicada en la _____________________, piso _____, de la ciudad (o municipio) de ____________________________. En el recibo de pago debe figurar el número de la licitación y el nombre del proponente. 4.1.1. La (unidad ejecutora responsable) _____________________________, llevará un registro de entrega de pliegos de condiciones, en el cual se especificará la fecha, hora, razón social del proponente, dirección, teléfono, fax para comunicaciones y la persona que en nombre o representación de este ha efectuado materialmente el acto de retiro, documento de identificación y firma. 4.2. AUDIENCIA PARA PRECISAR EL ALCANCE DE LA LICITACIÓN Y HACER ACLARACIONES Se celebrará una audiencia a las _______ horas del tercer día hábil siguiente a la diligencia de apertura de la licitación, a solicitud de cualquiera de las partes que retiraron pliegos de condiciones con el objeto de precisar el contenido o alcance de los pliegos de condiciones y oír a los interesados. Para asistir no se requiere haber adquirido el pliego. Las respuestas y aclaraciones pertinentes se harán constar por escrito, que se entregará exclusivamente a las personas que hayan adquirido los pliegos de condiciones y podrá ser consultado por los demás participantes como anexo al pliego. No son admisibles las consultas telefónicas ni las visitas personales, ni se tendrán en cuenta las aclaraciones no oficiadas por escrito. Lugar:

Despacho del Señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)________ ______________ de _______________________, del El ________________ ______________(entidad estatal), ubicado en la (Dirección _____________, piso _______, de la ciudad (o municipio) de _________________________.

Fecha:

_____ de _________ de 200___

Hora:

_____________

Si los proponentes no se enteran en debida forma de las condiciones y características de esta licitación, tal circunstancia no servirá de base o fundamento para reclamaciones posteriores, tales como solicitudes de revisión de precios, reajustes o cualquier otro tipo de indemnización o compensación. 4.3. ACLARACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Cualquier persona interesada en participar en la presente licitación podrá solicitar explicaciones o aclaraciones sobre el alcance o términos específicos de estos pliegos dentro del plazo comprendido desde la apertura de la licitación y los cinco días hábiles siguientes a la misma. 4.4. MODIFICACIÓN DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Si El _____________________________(entidad estatal) lo estima conveniente, como resultado de las solicitudes de aclaración o de oficio, podrá modificar los pliegos de condiciones mediante adendo que se enviará a todos los proponentes que hayan adquirido pliegos de condiciones. 4.5. RECEPCIÓN DE OFERTAS Y CIERRE DE LA LICITACIÓN Las propuestas deberán depositarse personalmente en la urna dispuesta para el efecto: Lugar:

Despacho del señor (jefe de la unidad __________________ de ____________________ .

ejecutora

Dirección:

_____________________________________ piso ______

responsable)

ciudad (o municipio) de_________________________ Fecha Límite: _____ de ___________ de 200__ Hora:

_______

Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora señaladas o en otro lugar no serán admitidas. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, medio telemático, ni entregadas en otras dependencias del El ______________________(entidad estatal). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994, al efectuarse el depósito de la propuesta en la urna se dejará constancia de lo siguiente: a) Fecha y hora exacta de presentación; b) Nombre y razón social del proponente; c) Nombre e identificación de quien efectúa materialmente la entrega en nombre del proponente; d) Dirección, teléfono y número de fax para envío de comunicaciones; e) Firmas del depositante y funcionario responsable de recepcionarlas. El acto de apertura de la urna se llevara a cabo en audiencia pública, dejando constancia del número de propuestas presentadas, en original y copias y de sus aspectos más relevantes tales como: nombre del proponente, valor de la propuesta, y número de folios de cada una de ellas.

Esta será suscrita por quienes en ella intervinieren. Los proponentes podrán dejar las constancias que estimen pertinentes. 4.6. SOLICITUD DE ACLARACIONES El _____________________________(entidad estatal) podrá solicitar explicaciones o aclaraciones sobre la información suministrada por el proponente en su propuesta, si lo estima conveniente. En desarrollo de esta facultad, el proponente no podrá completar, modificar o mejorar su oferta. 4.7. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS El _____________________________(entidad estatal), en el término de ____________ días hábiles, elaborará una evaluación de cumplimiento de los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones en los aspectos jurídicos, técnicos y económicos, que conduzcan a la calificación de las ofertas para la selección de la más favorable y ajustada a los pliegos. 4.8. OBSERVACIONES A LAS EVALUACIONES Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas (L. 80/93, art. 25, num. 8º). 4.9. TÉRMINO DENTRO DEL CUAL SE HARÁ LA ADJUDICACIÓN UNA VEZ CERRADA LA LICITACIÓN Y PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO UNA VEZ EFECTUADA AQUELLA La adjudicación de la presente licitación se hará dentro de los _______ (__) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a aquel en que haya vencido el plazo previsto para efectuar las evaluaciones previstas en el numeral 4.7 (D. 287/96, art. 3° ), mediante resolución motivada expedida por el (ordenador de gasto o su delegado) __________________________. El comité calificador evaluará las propuestas, calificará los aspectos jurídicos, económicos y técnicos, contenidos en ellas y establecerá un orden de elegibilidad. La resolución de adjudicación se notificará al proponente favorecido, por el procedimiento que para ello fija el Código Contencioso Administrativo y en el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a los no favorecidos, si a ello hubiere lugar, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la expedición de la misma (L. 80/93, art. 30, num. 11). Contra la resolución de adjudicación no procede recurso alguno, por la vía gubernativa (L. 80/93, art. 77, par. 1º). Siempre que las necesidades así lo exijan, El _____________________________(entidad estatal) podrá prorrogar el plazo de adjudicación antes de su vencimiento y por un término total no mayor a la mitad del inicialmente fijado. Dentro del mismo plazo se podrá declarar desierta la licitación en el evento de que ninguna de las propuestas se ajuste al pliego o no sea posible la comparación objetiva de los ofrecimientos hechos, en los términos previstos en la Ley 80 de 1993. Ejecutoriada la resolución de adjudicación, esta es irrevocable y obligará a El ____________ _______________ (entidad estatal) y al adjudicatario. Dentro de los ________ (___) días calendario, siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación al proponente favorecido, éste deberá suscribir el contrato, de conformidad con la minuta que hace parte de los pliegos de condiciones y a las normas que para su celebración establece la Ley 80 de 1993.

4.10. PLAZO PARA FIRMAR EL CONTRATO El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro de los ________ ( __) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. 4.11. REQUISITOS POSTERIORES A LA FIRMA DE LAS PARTES 4.11.1. PARA EJECUCIÓN DEL CONTRATO a) Constitución de la garantía única de cumplimiento por parte del CONTRATISTA; b) Aprobación de la garantía única por parte de El ________________________(entidad estatal). 4.11.2. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y estos se eleven a escrito, y se efectúe el correspondiente Registro Presupuestal. Para la suscripción del contrato se allegará el Certificado de Existencia y Representación Legal, con una fecha de expedición no mayor de ______ (___) días calendario. 4.11.3. OTROS REQUISITOS LEGALES Una vez perfeccionado, el CONTRATISTA deberá cumplir con: a) Pago de los derechos de publicación en el Diario o Gaceta Oficial de la entidad estatal, y b) Pago del impuesto de timbre. 4.12. INCUMPLIMIENTO Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del termino previsto, El (entidad estatal)_____________________________ hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar para el reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía. La entidad podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en el segundo lugar, mediante resolución motivada, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que se establezca que quien ocupó el primer lugar no suscribió el contrato dentro del plazo que se le hubiera establecido, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.

CAPÍTULO II Condiciones de la propuesta 5. REQUISITOS DE LAS PROPUESTAS 5.1. FORMA DE PRESENTACIÓN Las propuestas deberán presentarse en ____ (__) ejemplares idénticos, escritas en cualquier medio mecánico, en castellano, legajadas y foliadas en orden consecutivo ascendente y sin tachaduras o enmendaduras siguiendo el mismo orden y nomenclatura de los pliegos de condiciones para efectos de facilitar la revisión y verificación de cumplimiento de requisitos. La propuesta original deberá estar rubricada en todas sus hojas por el proponente si es persona natural o por el representante legal si es persona jurídica. En caso de divergencia prevalecerán los datos consignados en la propuesta original o presentada como primera copia.

Las propuestas que se reciban después de la fecha y hora indicadas para el cierre de la presente licitación no serán consideradas y se devolverán sin abrir. Una vez presentada la oferta no podrá retirarse ni hacerse correcciones o modificaciones. 5.2. INFORMACIÓN PARA COMPARACIÓN OBJETIVA La propuesta debe contener toda la información solicitada en estos pliegos de condiciones de manera que permita la comparación objetiva frente a las demás ofertas. Para este efecto, los proponentes deberán examinar cuidadosamente los pliegos de condiciones e informarse de todas las exigencias y circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en el contrato y sus costos. La falta de información para comparación objetiva será causal para descalificar la propuesta. ALTERNATIVAS Para esta propuesta se aceptan alternativas. Pero no serán admisibles los ofrecimientos que impliquen condicionamientos de ningún tipo frente a los pliegos de condiciones o a la adjudicación. INFORMACIÓN GENERAL DE LA FIDUCIA 1. Información general de la empresa. 2. Estructura organizacional. Información general de la estructura organizacional. Adjuntar el organigrama general de la fiduciaria. 3. Estructura informática. Relación de software y hardware y su utilización. 4. Informe sobre experiencia general de la fiduciaria en el manejo de negocios fiduciarios. 5. Informe de experiencia en negocios similares al encargo fiduciario que se esta licitando. se entiende por negocios similares los fideicomisos de administración vigentes, que contengan por objeto el manejo de cartera con cubrimiento regional y nacional. Los proponentes deberán relacionar por cada uno de estos fideicomisos, el fideicomitente, objeto del contrato, monto de recursos manejados, ciudades y municipios donde se desarrolla el contrato. De los Fideicomisos relacionados, los proponentes podrán adjuntar hasta tres (3) certificaciones , suscritas por el fideicomitente, en el cual se indique el objeto del contrato, número de obligaciones manejadas y el valor de la cartera a diciembre 31 de 200___ y la calidad del servicio como bueno regular o malo. Igualmente los proponentes deben adjuntar un informe de distribución de la actividad fiduciaria según las categorías que se establecen para los fideicomisos en el cuadro siguiente, en valores absolutos (miles de pesos) y porcentuales, tomando como base la cuenta de los activos fiduciarios a diciembre 31 de 200__ y 200__. Tipo de fideicomiso Inversión Fondo común ordinario Inmobiliario Administración-garantía Administración-cartera Administración-otros Total

Saldo cuentas activos

%(1)

1. Corresponde a la participación del tipo de fideicomiso con relación al Total.

6. Red de cobertura de servicios. Para este efecto los proponentes deben indicar los lugares donde funcionan, su dirección general u oficina principal, las sucursales o agencias donde pueda prestar sus servicios y los municipios que pueden cubrir en ejecución de este fideicomiso en El ______________________(entidad estatal). Se debe adjuntar relación de los municipios cubiertos y copia de los respectivos contratos de utilización de red de oficinas de establecimientos bancarios, en el evento que la cobertura sea a través de éstos. 5.3. PROPUESTAS PARCIALES Para esta licitación, se aceptan propuestas parciales. En consecuencia, para que la oferta pueda ser considerada no se hace necesario incluir la totalidad de los servicios solicitados. 5.4. GASTOS, DERECHOS E IMPUESTOS Serán por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la propuesta y de la suscripción, ejecución, terminación o liquidación del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes. En consecuencia, no habrá lugar a ningún pago distinto al originado por la comisión sobre los giros que efectivamente se hagan a la fiduciaria. 5.5. ADJUDICACIÓN PARCIAL En este concurso podrán haber adjudicaciones parciales. El objeto incluye la administración de los recursos previstos para (Fondo o destinación presupuestal)___________________ que se asignen en el presupuesto de la entidad para la vigencia de 200 ___, para lo cual se podrán celebrar uno o varios contratos adicionales durante la vigencia, teniendo en cuenta que cada contrato no puede adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) del valor inicial expresado éste en salarios mínimos legales mensuales. En este aspecto se aclara que el monto de los recursos objeto del fideicomiso no representa un valor exacto, sino un estimativo del presupuesto que la entidad espera recibir. Por tanto el valor de los recursos está supeditado a los giros efectivos que realice la tesorería que se pueden ver afectados tanto por recortes presupuestales como por adiciones. En el evento en que el presupuesto sea adicionado durante la vigencia de 200___, habrá lugar a la adición del contrato hasta por el cincuenta por ciento (50%) del valor inicial expresado éste en salarios mínimos legales mensuales. Si las adiciones necesarias superan el 50% del mencionado valor, se celebrará un nuevo proceso de selección y consecuencialmente otro contrato. 6. DOCUMENTOS Y ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA La propuesta se integrará con los siguientes documentos: 6.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Deberá utilizarse el modelo suministrado en este pliego, suscrita por el representante legal o persona legalmente autorizada para ello (anexo Nº 1). La presentación de la propuesta lleva implícita la declaración de habilidad del proponente. En el caso de ofertas presentadas por consorcios o uniones temporales, la carta debe estar suscrita por todos sus integrantes.

6.2. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Expedida por una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia. Beneficiario: El ___________________________(entidad estatal). Afianzado: El oferente. Si son varios consorciados o miembros de una unión temporal, deben aparecer todos ellos. Los nombres deben figurar completos, tal como aparezcan en el Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio. Vigencia: _____ ( __ ) meses contados a partir de la fecha límite para presentar ofertas. Cuantía: Diez por ciento (10%) del presupuesto oficial (mínimo. D. 679/94, art. 16, par.). En caso de prórroga de los plazos de la Licitación, el proponente está en la obligación de prorrogar la garantía dentro de los _____ ( ___ ) días siguientes a la fecha de la comunicación de la prórroga. Si no lo hace la oferta no podrá ser considerada y la oferta se entenderá incumplida. La garantía de seriedad de la oferta se podrá hacer efectiva si el adjudicatario no firma el contrato dentro de los _______ ( __ ) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. La garantía se devolverá al adjudicatario una vez aprobada la garantía única de cumplimiento, igualmente a quien se encuentre en el segundo lugar de elegibilidad. A los demás una vez notificada la adjudicación. 6.3. CERTIFICADOS 6.3.1. De existencia y representación legal. Expedido por la Superintendencia Bancaria. 6.3.2. De constitución y gerencia. Expedido por la Cámara de Comercio. Estos certificados deben tener fecha de expedición no mayor de ______ ( ___ ) días calendario con relación a la fecha límite para presentar propuestas, señalada en los pliegos de condiciones y en el último adendo que se produzca. 6.4. AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA OFERTA Y COMPROMETER A PERSONAS JURÍDICAS, CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Debe adjuntarse copia o certificación de la autorización del órgano social competente para presentar la oferta y suscribir el contrato correspondiente, si así lo exigen sus estatutos. 6.5. CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES Si se trata de un consorcio o unión temporal, deberá acreditarse su constitución, objeto, duración, designación del representante, facultades y limitaciones del representante, clase de responsabilidad de sus miembros y su responsabilidad, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 80 de 1993. Cada consorciado o miembro de la unión temporal debe acreditar por separado el cumplimiento de los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones de acuerdo con las siguientes reglas: • Si se presenta divi dido el objeto del contrato de manera que cada consorciado o miembro de la unión temporal ejecutará la totalidad de las actividades previstas en una determinada proporción, cada uno deberá acreditar experiencia específica en todas ellas.

• Si se presenta dividido el objeto del contrato, de forma que cada consorciado o miembro de la unión temporal asume alguna o algunas de las actividades que se deben ejecutar en desarrollo del objeto del contrato, cada uno deberá señalar la actividad que desarrollará y acreditar experiencia específica únicamente en el tema o temas específicos que asumirá. 6.6. PROPUESTA TÉCNICA 6.6.1. CAPACIDAD OPERATIVA a) Organigrama general de la firma con el objeto de conocer su organización y fortalezas específicas, y b) Descripción de la estructura administrativa dedicada a atender los servicios fiduciarios objeto de esta licitación y específicamente los siguientes aspectos concretos: 1. Administración e inversión de los recursos del presupuesto. 2. Elaboración de minutas, cumplimiento y verificación de trámites previos a la celebración de contratos; seguimiento al cumplimiento de los requisitos de ejecución de los diversos tipos de contratos para cumplir los objetivos señalados por El _____________ (entidad estatal) a través de (el Fondo o destinación presupuestal) ____________. 3. Seguimiento administrativo de cumplimiento de plazos y obligaciones contractuales (distintas de las funciones de interventoría). 4. Realización de pagos derivados de los contratos. 5. Realización de otros pagos a cargo de la entidad. 6. Mecanismos de control interno. 7. Preparación de informes con destino a los organismos de control de acuerdo con las normas y reglamentos vigentes (cámara de comercio, diario único de contratación, Contraloría Nacional, distrital, departamental o municipal, según sea el caso, etc.). c) Perfiles de los profesionales asignados a cada una de las actividades señaladas. Informar los estudios profesionales y títulos obtenidos, experiencia general y experiencia específica. Adicionalmente adjuntar hojas de vida, y d) Descripción completa del software y/o de las herramientas técnicas destinadas a prestar apoyo sistematizado en materia de contratos y trámite de pagos, para el control y seguimiento a los trámites contractuales, vencimientos y pagos. El _____________________________(entidad estatal) se reserva el derecho de verificar esta información y de visitar las instalaciones del proponente. 6.6.2. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS Se solicita describir en forma detallada cada uno de los siguientes procesos y señalar los tiempos para cada tarea: 6.6.2.1. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE UNA OPERACIÓN DE CONTRATACIÓN Describir detallada y cronológicamente los pasos que se seguirán para la elaboración de un contrato una vez sea ordenado por El _____________________________(entidad estatal), señalando tiempos de duración de cada operación.

6.6.2.2. DESCRIPCIÓN DE UNA OPERACIÓN DE PAGO Describir detallada y cronológicamente los pasos que se seguirán para la realización de un pago a partir de la orden producida por el El ________________________(entidad estatal) discriminando de manera clara y expresa los tiempos que toma cada operación hasta la entrega del pago al CONTRATISTA. En los casos en que se vayan a utilizar entidades de crédito para este efecto, se solicita informar el nombre de la entidad y las sucursales en que se prestará el servicio en la ciudad (o municipio) de _________________________. Se debe adjuntar una carta de intención de la entidad oferente en la cual manifieste su disposición de prestar sus servicios en los términos ofrecidos en la propuesta según modelo que se adjunta (anexo 4). 6.7. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE EN CONTRATOS SIMILARES El proponente debe acreditar con certificaciones de entidades oficiales exclusivamente, que tiene experiencia especifica en los siguientes aspectos: a) En el manejo y administración de recursos de entidades oficiales por el sistema de fiducia; b) En la celebración de contratos a nombre y por cuenta de entidades oficiales, y c) En la realización de pagos con recursos oficiales por instrucciones de la entidad. Para efectos de comparación objetiva de las ofertas y en consecuencia para asignación de puntaje, deberá aportar certificaciones sobre: a) Experiencia de la fiduciaria en la celebración de contratos en nombre y por cuenta de entidades oficiales o privadas; b) Experiencia específica de la fiduciaria en la realización de pagos por cuenta de entidades oficiales o privadas en una zona amplia, y c) Experiencia en manejo de portafolios de inversión a la vista. En las certificaciones debe constar el nombre de la entidad fiduciaria, nombre de la entidad contratante, plazo del contrato, el valor total entregado en fiducia de administración y pagos, y la calificación de los servicios efectivamente prestados de acuerdo con los parámetros del anexo Nº 3. De manera complementaria, tomando como base las certificaciones que se anexen exclusivamente, debe diligenciar el cuadro anexo Nº 3. EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN CONTRATOS SIMILARES CON ENTIDADES OFICIALES, precisando lo siguiente: a) Nombre del contratante; b) Dirección y teléfono; c) Fecha de firma; d) Plazo del contrato; e) Valor de los recursos administrados; f) Número promedio de contratos celebrados por mes; g) Número promedio de pagos efectuados en el mes.

Sólo se tendrán como similares los contratos de encargo fiduciario con entidades oficiales celebrados a partir de 200___. Es requisito para participar que como mínimo el proponente presente una certificación de experiencia específica para cada uno de los tres aspectos (inversión, pagos y celebración de contratos). En este sentido se exige que la certificación sea explícita sobre el tipo de actividades realizadas en el marco de la fiducia. 6.8. PÓLIZA GLOBAL BANCARIA La fiduciaria proponente deberá indicar si tiene contratada una póliza global bancaria u otra garantía similar, e indicar respecto de ésta lo siguiente: A. Valor asegurado, señalando si es por evento. B. Riesgos asegurados. 6.9. INFORMACIÓN ADICIONAL El proponente podrá presentar la información y documentación adicional que estime conveniente para precisar, aclarar o concretar los ofrecimientos hechos. 7. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO El ________________________(entidad estatal) elaborará la minuta del contrato con base en las disposiciones de la Ley 80 de 1993, lo previsto en los pliegos de condiciones, el anexo Nº 2 y las siguientes condiciones particulares: 7.1. GARANTÍA ÚNICA El proponente favorecido con la adjudicación del respectivo contrato deberá constituir una garantía única para avalar el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, con los siguientes amparos: a) Cumplimiento. Por el diez por ciento (10%) del valor total del contrato (valor estimado en pesos de la comisión de la fiduciaria). Debe extenderse a partir de la fecha de firma del Contrato y durante su vigencia general. b) De pago de salarios y prestaciones sociales Por el 5% del valor del contrato (valor estimado en pesos de la comisión de la fiduciaria). Debe entenderse por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más. c) De calidad del servicio Por el _____ % del valor del contrato (valor estimado en pesos de la comisión de la fiduciaria). Vigente por (____) años a partir de la fecha de terminación del contrato. (Estos porcentajes son los mínimos dispuestos en el art. 17 del D. 679/94). 7.2. LEGISLACIÓN APLICABLE

Esta licitación y el contrato que se suscriba se rigen por las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, especialmente el Decreto 1550 de 1995 (que reglamenta el manejo presupuestal a través de negocios fiduciarios). En los aspectos no regulados por dichas normas, serán aplicables las normas comerciales y civiles.

CAPÍTULO III Metodología de evaluación y ponderación de las ofertas 8. CRITERIOS GENERALES Las ofertas serán evaluadas en los siguientes aspectos: I. ETAPA: Aspectos jurídicos. II. ETAPA: Aspectos técnicos: a) Operativos contratación-Pagos b) Financieros Rentabilidad

Experiencia

III. ETAPA: Aspectos Económicos (comisión). La calificación sólo procede frente a las ofertas hábiles. En consecuencia, las ofertas que se califiquen como no ajustadas a los pliegos de condiciones o que no tengan parámetros completos para comparación objetiva no serán calificadas. 8.1. ASPECTOS JURIDÍCOS (I ETAPA) En esta etapa se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos por los pliegos de condiciones para la comparación objetiva de las ofertas. Los requisitos de fondo omitidos en este aspecto no serán subsanables. En consecuencia, sólo serán subsanables los requisitos puramente formales y no requeridos para la comparación objetiva o establecidos como condición para participar en la licitación. Las ofertas deberán contener todos los documentos e información solicitadas y en el orden exigido para facilitar su análisis. En la evaluación jurídica se determina si la oferta se ajusta o no a los pliegos de condiciones. Las ofertas que no se ajusten serán descartadas. Las ofertas ajustadas a los pliegos de condiciones serán evaluadas en los aspectos técnicos. La revisión de los aspectos jurídicos no dará lugar a puntaje. 8.2. ASPECTOS TÉCNICOS (II ETAPA) En la II Etapa se evaluaran los aspectos técnicos que comprenden a) Los aspectos relacionados con la inversión de los recursos del El _____________ __________(entidad estatal); b) Los relacionados con la capacidad operativa para celebrar contratos y efectuar pagos a nombre y por cuenta de El __________________________(entidad estatal). 8.3. ASPECTOS ECONÓMICOS (III ETAPA) Sólo serán objeto de evaluación económica las ofertas que hayan obtenido un puntaje superior a 450 puntos en la evaluación técnica. 8.4. ASIGNACIÓN DE PUNTAJES

La asignación de puntaje a las ofertas calificadas como hábiles se hará con base en los siguientes criterios: FACTOR I. II. 1. 1.1

Aspectos jurídicos (0)

PUNTAJE Parcial

Sumatoria

0

0

Aspectos técnicos (900) Capacidad operativa En contratación Estructura administrativa y funcional Software

350 100 50

Tiempo promedio para cada contratación 100 Experiencia específica en Contratación 100 1.2

2. 2.1. 2.2. III.

En pagos Tiempo promedio para cada pago

250 150

Experiencia específica Capacidad de inversión

100

Rentabilidad promedio Experiencia específica Aspectos económicos (comisión)

150 150 100

100

1000

1000

TOTAL

300

8.4.1. ASPECTOS TÉCNICOS = 900 PUNTOS 1. CAPACIDAD OPERATIVA (600 PUNTOS) 1.1. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN (350 PUNTOS) A. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y FUNCIONAL (100 PUNTOS) El puntaje se asignará en forma comparativa, con base en la información suministrada, dando el mayor puntaje al mejor ofrecimiento entre otros en los siguientes aspectos: •

Preparación y experiencia del personal profesional asignado a la celebración y seguimiento de contratos.



Procedimiento descrito para la contratación.



Controles propuestos en la contratación



Valor asegurado y cobertura de la póliza global bancaria o de la que presente el proponente.

B. SOFTWARE (50 PUNTOS) El puntaje se asignará a aquel proponente que ofrezca la utilización de una herramienta de sistemas para el control de vencimientos, pagos y obligaciones en los contratos que se celebren. C. TIEMPO PROMEDIO PARA CADA OPERACIÓN DE CONTRATACIÓN (100 PUNTOS) Se evaluará el tiempo que tarde la Fiduciaria en remitir al El _________________(entidad estatal) la minuta de contrato debidamente elaborada con base en la información completa remitida por la entidad, dentro de los siguientes rangos:

TIEMPO DE RESPUESTA

PUNTOS

De 0 a 3 días hábiles

100

Más de 3 días y menos de 5 días hábiles

50

5 días hábiles o más

20

D. EXPERIENCIA ESPECÍFICA (100 PUNTOS) Se calificará con base en las certificaciones de experiencia específica de la fiduciaria debidamente diligenciadas, esto es, que contengan la información necesaria para asignación de puntaje. Se asignarán 20 puntos por cada certificación que se anexe relacionada con la experiencia de la Fiduciaria en la celebración de contratos en nombre y por cuenta de una entidad oficial, hasta un máximo de 100 puntos. 1.2. CAPACIDAD OPERATIVA EN PAGOS (250 PUNTOS) A. TIEMPO PROMEDIO PARA CADA OPERACIÓN DE PAGO (150 PUNTOS). Se calificará el tiempo señalado en la oferta para obtener el pago contado a partir de la fecha de recibo de la orden de pago remitida por El _____________________(entidad estatal), de acuerdo con la siguiente tabla: TIEMPO DE RESPUESTA

PUNTOS

Hasta 48 horas corridas

150

Desde 48.01 hasta 72 horas corridas

100

Desde 72.01 hasta 96 horas corridas

50

Más de 96.01 horas corridas

0

B. EXPERIENCIA ESPECÍFICA (100 PUNTOS) Se asignarán 20 puntos por cada certificación que se anexe en relación con la experiencia específica de la fiduciaria en la realización de pagos por cuenta de entidades oficiales en una zona amplia, hasta por cinco (5) certificaciones. 2. CAPACIDAD DE INVERSIÓN = 300 PUNTOS 2.1. RENTABILIDAD PROMEDIO (150 PUNTOS) Para este efecto se solicita informar la rentabilidad anual bruta para cada uno de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 200___, y enero, febrero, marzo, abril y mayo de 200___ inclusive, del portafolio en el que se invertirán los recursos del El __________________________(entidad estatal). Se asignará el mayor a la fiduciaria que haya presentado la mayor rentabilidad anual bruta promedio en el período solicitado de acuerdo con la siguiente tabla: RENTABILIDAD BRUTA PROMEDIO EFECTIVA ANUAL

PUNTOS

De 18% a 20%

30

De 20.01 % a 28%

60

De 28.01 % a 35%

120

Superior a 35.01 %

150

2.2.

EXPERIENCIA (150 PUNTOS)

Se asignarán 30 puntos por cada certificación que se anexe en relación con el manejo de recursos públicos a la vista, hasta por un máximo de cinco (5) certificaciones. 8.4.2. ASPECTOS ECONÓMICOS = 100 PUNTOS POR MILLAJE SOBRE INGRESOS

PUNTOS

Hasta 3/1000

100

De 3.01/1000 hasta 4/1000

80

De 4/1000 en adelante

20

NOTAS IMPORTANTES: 1. El contrato será adjudicado al proponente que obtenga el mayor puntaje. En el evento de empate El ____________________________(entidad estatal) seleccionará la oferta más favorable en su conjunto. 2. Los plazos ofrecidos serán exigibles en el marco del contrato. Su inobservancia constituirá causal de incumplimiento. 3. Los puntajes se asignarán con base en las certificaciones aportadas en la fecha de presentación de la propuesta que contengan información completa para este efecto. Sobre este aspecto no será procedente la solicitud de aclaraciones ni el aporte de información complementaria por parte del proponente. 4. Las certificaciones de experiencia específica se evaluarán para cada bloque de servicios solicitados (contratación, pagos, e inversión) independientemente de que la certificación para los tres servicios se expida en un solo certificado. CAPÍTULO IV Condiciones particulares y especificaciones técnicas 9.1. OBJETO El objeto de la licitación es seleccionar una sociedad fiduciaria debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria para que mediante encargo fiduciario administre los recursos asignados a través del (Fondo o destinación presupuestal) ______________ por el El ________________________(entidad estatal) para la vigencia fiscal de 200__, celebre contratos a nombre y por cuenta de la entidad, realice el trámite y control de pagos a cargo de la entidad, de acuerdo con las instrucciones del El _______________ (entidad estatal), y ajustándose a las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y las normas que lo reglamentan, adicionen o modifican. 9.2. PLAZO El plazo del contrato está supeditado al cumplimiento de los compromisos que se adquieran a nombre del El _________________________(entidad estatal) durante la vigencia de 200___. En consecuencia, sólo podrán celebrarse contratos y adquirir compromisos durante el año de 200___, pero las obligaciones derivadas de los contratos que se celebren se prorrogarán al año siguiente como consecuencia de las obligaciones pactadas, los plazos previstos y la liquidación de los contratos, con cargo a la vigencia fiscal posterior (D. 026 de 1998, art. 21). 9.3. ALCANCE DEL CONTRATO

9.3.1. ADMINISTRACIÓN E INVERSIÓN DE RECURSOS La fiduciaria deberá administrar los recursos que se le entreguen en el (Fondo o destinación presupuestal) ___________________ del El __________________________(entidad estatal). Los rendimientos financieros que se originen deberán girarse a la tesorería de El ____________________(entidad estatal) dentro de los plazos y oportunidad establecida en los reglamentos vigentes sobre la materia, y en ningún caso acrecerán el fideicomiso. La fiduciaria deberá constituir las cuentas necesarias para el manejo exclusivo de los recursos del fideicomitente, separados de los recursos propios y de los de otros fideicomisos. 9.3.2. CELEBRACIÓN DE CONTRATOS POR CUENTA Y A NOMBRE DE EL __________________________(ENTIDAD ESTATAL) En desarrollo del objeto del contrato, la fiduciaria deberá realizar como mínimo, las siguientes actividades contractuales ajustándose a las normas de la Ley 80 de 1993, del Decreto 1550 de 1995, las disposiciones reglamentarias, las normas presupuestales y fiscales. a) Revisión de la documentación remitida por el El __________________________(entidad estatal) para la elaboración de contratos; b) Elaborar minuta de contrato basada en la invitación a cotizar, pliegos de condiciones según sea el caso y de acuerdo con la oferta aceptada por El ____________ ______________(entidad estatal); c) Remitir la minuta al El ______________________(entidad estatal) para su aprobación previa; d) Adelantar el trámite de firma; e) Reservar los recursos necesarios para amparar las obligaciones contraídas, haciendo para el efecto las proyecciones necesarias por tiempo de cambio, ajustes u otros factores previsibles al momento de la firma; f) Requerir al CONTRATISTA para el pago de los derechos de publicación timbre y constitución de la garantía única; g) Revisar y aprobar la garantía única; h) Informar al El _______________________(entidad estatal) del cumplimiento de los requisitos de ejecución y en consecuencia de la fecha de iniciación de la ejecución; i) Llevar un control sistematizado de vencimiento de plazos de entrega, de contratos, de pólizas, de garantías técnicas y dar aviso oportuno por escrito al El _____________ ______________(entidad estatal) para que se adopten las medidas pertinentes; j) Elaborar los proyectos de liquidación de los contratos que lo requieran de acuerdo con la Ley 80 de 1993; k) Llevar un archivo ordenado cronológicamente de cada contrato; l) Presentar los informes sobre la actividad contractual que sean requeridos por El __________________________(entidad estatal) o los organismos de control; m) Elaborar los informes que de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias se deben presentar en relación con los contratos celebrados (Diario Oficial, Cámara de Comercio, Contraloría Nacional, distrital, departamental, o municipal según sea el caso, etc); n) Prestar la colaboración y poner a disposición del El ________________________ ________ (entidad estatal) o de los organismos de control los archivos de los contratos, y,

o) Remitir copia de cada carpeta de contrato con todos sus soportes al El ____________ ___________________(entidad estatal). 9.3.3. REALIZACIÓN DE PAGOS A NOMBRE Y POR CUENTA DE EL ______________________(ENTIDAD ESTATAL) La fiduciaria deberá efectuar los pagos y giros necesarios para su operación, de acuerdo con las órdenes del El _____________________________(entidad estatal), con cargo a los recursos entregados. Para que se efectúen los pagos, El ___________________________(entidad estatal) deberá remitir a la fiduciaria las respectivas facturas cambiarias, diligenciadas en los formatos que para tal efecto le suministre la fiduciaria. Cada factura cambiaria será remitida a la fiduciaria por el representante legal del El ________________________(entidad estatal), acompañada por los documentos de soporte respectivos. En relación con el trámite de pagos la fiduciaria tendrá las siguientes obligaciones específicas: a) Diseñar y elaborar formatos de trámite; b) Verificar la documentación remitida para el pago para establecer que está completa; c) Verificar la procedencia del pago desde el punto de vista presupuestal y contractual, y en especial el cumplimiento de las condiciones para el pago, y d) Llevar un registro contable sistematizado de los pagos efectuados, de los saldos no ejecutados y de las fechas en que deben realizarse. 9.3.4. CONTABILIDAD La fiduciaria deberá llevar una contabilidad detallada de todos los recursos entregados para administración, de los rendimientos que se produzcan, de los contratos que se celebren, de los pagos que se ordenen y de los desembolsos que se efectúen. 9.3.5. RENDICIÓN DE CUENTAS La fiduciaria deberá rendir cuentas al El _________________________(entidad estatal), de acuerdo con el régimen establecido por la Contraloría (Nacional, distrital, departamental, o municipal según sea el caso) y los demás organismos de control y la reglamentación expedida por la Superintendencia Bancaria. La fiduciaria deberá enviar al fideicomitente diariamente vía fax, el estado de cuenta que presenten los movimientos efectuados, debidamente discriminados e identificados en forma consecutiva. De estos reportes deberá llevar un archivo de originales en forma cronológica y consecutiva. 9.3.6. IMPUESTOS Y DESCUENTOS La fiduciaria deberá efectuar los pagos a terceros y los reembolsos, ajustándose a los términos y condiciones establecidos por las normas tributarias aplicables al El_______ ______________(entidad estatal), en cuyo nombre y cuenta actúa aquella.

9.3.7. CONTROL INTERNO La fiduciaria deberá contar con mecanismos de control interno de todas las operaciones y actuaciones que realice para cumplir con el objeto del contrato, de manera que garantice las obligaciones a su cargo en materia de selección, contratación, legalización, giros, contabilidad, rendición de cuentas, archivos, informes, etc. 9.3.10. INFORMES La fiduciaria deber á remitir mensualmente al El ___________________(entidad estatal) un informe completo y detallado sobre la gestión desarrollada durante el mes inmediatamente anterior, indicando como mínimo lo siguiente: a) Relación de contratos celebrados en el período; b) Relación de pagos efectuados durante el mes con indicación del número del contrato, objeto, beneficiario y el monto; c) Relación de descuentos efectuados durante el mes; d) Relación de cheques girados y no cobrados; e) Relación discriminada de inversiones, especificando los papeles en que fueron realizadas y la tasa de rendimiento; f) Saldo del contrato de administración y pagos, recursos comprometidos y recursos disponibles; g) Todos los demás informes y documentos destinados a los organismos de control fiscal y de gestión. 9.4. OBLIGACIONES DE LA FIDUCIARIA La fiduciaria tendrá que ejecutar todas las acciones necesarias y conducentes a la correcta y oportuna administración de los recursos entregados y de los pagos que se le soliciten. Para este efecto, entre otras, tendrá las siguientes obligaciones: a) Recibir los recursos necesarios para la operación del encargo fiduciario, en los términos del contrato y de los pliegos de condiciones; b) Efectuar los pagos necesarios por cuenta del El _______________________(entidad estatal) para el cumplimiento del encargo; c) Velará por la debida y oportuna administración de los recursos y dineros objeto del contrato; d) Informar al El _____________________________(entidad estatal) sobre cualquier hecho o circunstancia que considere necesario o que afecte la ejecución del contrato de encargo fiduciario; e) Mantener los recursos en forma independiente en los términos de ley y del contrato; f) Rendir cuentas de su gestión de acuerdo con lo establecido en estos pliegos y en el contrato. g) A la terminación del contrato reembolsar los saldos no ejecutados dentro de los ______________ (___) días calendario siguientes a la fecha en que se requiera la devolución. h) Mantener vigente durante el plazo del contrato una póliza de infidelidad y riesgos financieros, en una compañía de seguros debidamente reconocida y autorizada para operar en Colombia cuyo patrimonio asegurado involucre los recursos del contrato o demostrar la existencia de una póliza global, con una cobertura de _________________ ( $ _______________ ) millones de pesos.

9.5. REMUNERACIÓN El _____________________________(entidad estatal), pagará a la fiduciaria a título de remuneración, como contraprestación de su gestión y servicios, la comisión que se pacte en el contrato, por descuento con cargo a los recursos del contrato. La comisión no se deducirá de los rendimientos financieros. 9.6. TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA FIDUCIA La terminación del contrato de encargo fiduciario se producirá por haberse cumplido la totalidad de las obligaciones de pago. Ocurrido este evento, se procederá a la liquidación dentro de los cuatro (4) meses siguientes. Para los efectos de esta liquidación, la fiduciaria deberá presentar un informe final consolidado que contendrá la siguiente información mínima: a) Relación de recursos recibidos con indicación de monto y fecha de depósito en cuenta; b) Comisiones descontadas y fecha de descuento; c) Valor de los intereses generados por los recursos del encargo fiduciario. d) Valor y fecha de los reembolsos a la tesorería de El ________________________(entidad estatal). e) Relación de pagos efectuados discriminada por contratos con indicación de las fechas de desembolso, valores parciales y valor total por contrato; f) Valor total consolidado de todos los pagos realizados, y g) Valor del saldo de capital no comprometido durante la vigencia de 200__.

ANEXO Nº 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

(Ciudad o municipio y fecha) ____________________________. Señores (Entidad estatal) Ciudad.

REF: LICITACIÓN (Nº _________) Yo, _______________________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________, de ____________________, actuando en nombre y representación de la sociedad fiduciaria _______________________, me dirijo a ustedes con el fin de presentar oferta formal para la licitación Nº ______________, que tiene por objeto celebrar un encargo fiduciario, y manifiesto expresamente lo siguiente: 1. Que esta propuesta sólo compromete a los firmantes de esta carta.

2. Que ninguna otra persona tiene interés comercial en la propuesta ni en el contrato que se llegue a suscribir. 3. Que ni yo, ni la firma que represento, ni sus miembros está incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición legal para contratar con El ___________ ____________________(entidad estatal). 4.

Que ninguna otra persona vinculada a esta firma o con vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con el representante o sus socios, ha presentado propuesta para la misma licitación.

5.

Que hemos leído cuidadosamente los pliegos de condiciones, nos hemos enterado suficientemente de las condiciones exigidas y de las circunstancias en las cuales la entidad suscribirá el contrato y en los términos generales de que las cuales la entidad suscribirá el contrato y la comisión propuesta, que será la única contraprestación exigible.

6. Que no conocemos ningún hecho irregular que comprometa la transparencia de este proceso y deba ser denunciado a la entidad. CONDICIONES COMERCIALES Vigencia de la oferta ____________ ( ___ ) meses a partir de la fecha de cierre de la licitación. Comisión _____________/000 NÚMERO DE FOLIOS QUE CONTIENE LA PROPUESTA: _________FOLIOS INFORMACIÓN PARA COMUNICACIONES Dirección __________________________________________________ Teléfono___________________________________________________ Fax_______________________________________________________

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL Nombre Identificación

ANEXO Nº 2 MINUTA DEL CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO COMO RESULTADO DE UNA LICITACIÓN

CONTRATO DE ENCARGO FIDUCIARIO Nº __________, suscrito entre El _______________________ (entidad estatal) y ________________________. CONTRATO Nº: ______________________________________________ OBJETO: ___________________________________________________ CONTRATISTA: _____________________________________________ VALOR: ____________________________________________________

Los aquí suscribientes (el ordenador de gasto o su delegado) ____________________ _________________, mayor de edad, vecino y domiciliado en _____________________, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ________________ expedida en ________ ________, en su calidad de (cargo que desempeña)___________________________ de El ____________________________(entidad estatal) y como tal representante legal del mismo, de conformidad con lo establecido en el (art. 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los Alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como Jefe de la entidad estatal, o efectúe la delegación para ese efecto)_________________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, autorizado para ordenar gastos por el artículo _______ de (la ley, ordenanza o acuerdo que liquide el presupuesto general de rentas y gastos de la entidad) ___________________ y en ejercicio de la competencia otorgada por la Ley 80 de 1993 (art. 11, num. 3º, lit. a), b), o c), según se trate de el representante de un ente nacional, territorial o de una entidad descentralizada respectivamente), elegido legalmente como resultado del escrutinio efectuado el día ____ de _____________ de 200__, cuya credencial fue expedida por el Consejo Nacional Electoral el día _____ de _____________ de 200___, según consta en el acta de posesión N° ______ de fecha ____ de ______________ de 200__ expedida por (La Sala Plena del Tribunal Superior de Distrito Judicial del respectivo departamento, si se trata de los gobernadores o el juez civil municipal del municipio correspondiente en tratándose de los alcaldes)____________________________ (si se trata de un funcionario nombrado o delegado el número y fecha del acto administrativo por medio del cual fue designado. Para efectos de la delegación total o parcial de la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos; sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos; en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes, debe efectuarse esta con base en lo dispuesto en el art. 37 de el D. 2150/95); y por la otra ___________________________ también mayor de edad, identificado(a) con la cédula de ciudadanía Nº ____________ de _____________, representante legal de (persona jurídica, consorcio o unión temporal) _______________________ en calidad de _______________ de la sociedad constituida mediante escritura pública Nº ________ del ____ de _______________ de 200___, elevada en la Notaría _______ del círculo de _____________, como consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de _______________________ el _____ de _________ de 200__, y quién en adelante se denominará LA FIDUCIARIA, hemos convenido celebrar el presente contrato de Encargo Fiduciario, consignado en las siguientes cláusulas, previo el procedimiento de una licitación que culminó con la adjudicación del contrato, mediante Resolución Nº _____ de _________________________, proferida por el (ordenador de gasto o su delegado) __________________ de El _____________________________(entidad estatal). CLÁUSULA PRIMERA.—OBJETO: El presente contrato de encargo fiduciario tiene por objeto administrar los recursos asignados por El _______________________(entidad estatal) con destino a ________________________ , y en desarrollo de esta actividad para que celebre contratos a nombre y por cuenta de la entidad y realice el trámite y control de pagos a cargo de El _________________________(entidad estatal) de acuerdo con sus instrucciones, y ajustándose a las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios. CLÁUSULA SEGUNDA.—OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA FIDUCIARIA: En desarrollo del objeto de este contrato, la fiduciaria asume las siguientes obligaciones: 1. Recibir los recursos entregados por El ____________________________ (entidad estatal) a título de encargo fiduciario y administrarlo de conformidad con lo dispuesto en los pliegos de condiciones de la Licitación Nº ______ y conforme a lo estipulado en el presente contrato de encargo fiduciario y destinarlos exclusivamente al cumplimiento del objeto del mismo. 2. Invertir temporalmente los recursos, mientras se destinan al objeto final, en las inversiones que se determinen en el contrato y en las disposiciones legales vigentes. 3. Mantener los recursos recibidos separados de sus propios activos y de los demás activos fiduciarios que se encuentre administrando. 4. Tener a disposición del fideicomiso un sistema de registro e información que

permitan el control y manejo de las operaciones que se deriven de la administración de la cartera. 5. Radicar los créditos otorgados por El _____________________________(entidad estatal o el organismo que esta decida para el estudio y aprobación de los créditos que otorgue, que será el mismo organismo destinado para el efecto) a los beneficiarios de los mismos por parte de (organismo destinado para el efecto) ________________________ en la base de datos del fideicomiso. 6. Recibir de los beneficiarios de los créditos del (organismo destinado para el efecto)______________________ la documentación exigida en el reglamento del (organismo destinado para el efecto)_______________________ y verificar que la documentación entregada cumpla con los requisitos exigidos en el reglamento del (organismo destinado para el efecto) ____________________. 7. Realizar los trámites de constitución de las garantías que sean exigidas en el reglamento del (organismo destinado para el efecto) _______________________________ para los beneficiarios del mismo (hipoteca). 8. Celebrar a nombre del fideicomitente, los contratos con abogados para las actividades de constitución de hipotecas, estudio, títulos, elaboración de minutas y revisión de escrituras y adelantar cobros judiciales. 9. Elaborar y legalizar los documentos de crédito, según las instrucciones que imparta El _______________ ________________(entidad estatal) a través del reglamento del (organismo destinado para el efecto)_______________. La suscripción de los documentos de crédito debe efectuarse en el sitio de domicilio del solicitante. 10. Desembolsar los créditos aprobados, previa verificación del cumplimiento de requisitos exigidos. Los desembolsos deben efectuarse en el sitio del domicilio del solicitante. 11. Recaudo de la cartera. 12. Adelantar las gestiones de administración y cobro de la cartera, que se definan, para obtener el pago o reintegro de los créditos en la forma pactada en los correspondientes pagarés (avisos de vencimiento, cobros, cobros prejurídicos y cobros jurídicos). 13. Conservar con las seguridades requeridas, los documentos de crédito y de garantía, mientras tengan vigencia los créditos. 14. Llevar contabilidad separada y discriminada para el manejo de los recursos y de la cartera. 15. Rendir los informes (periodicidad) contables, financieros, estadísticos y que se determinen en el contrato dentro de la oportunidad que se fije. 16. Contar con la capacidad administrativa, operativa y técnica necesaria y dispuesta para la administración y ejecución del contrato. 17. Efectuar por lo menos una vez cada ________ ( __ ) meses durante la vigencia del contrato una minuciosa y detallada rendición de cuentas conforme a las instrucciones impartidas por la Superintendencia Bancaria. 18. Permitir y facilitar la práctica de auditorías que en cualquier momento se soliciten por parte del fideicomitente o por cualquier otra entidad de inspección y vigilancia. 20. Administrar de manera independiente los recursos recibidos y los rendimientos financieros, debiendo constituir una cuenta separada de los recursos propios y de los otros fideicomisos para el manejo exclusivo de los recursos del fideicomitente, de acuerdo con la propuesta de inversión. 21. Velar por la debida administración e inversión temporal de los recursos y dineros materia del contrato. 22. Celebrar los contratos que solicite el fideicomitente siguiendo sus precisas instrucciones y sujetándose a las disposiciones de la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones legales o reglamentarias contractuales y presupuestales que rigen la contratación de las entidades oficiales. 23. Vigilar el debido perfeccionamiento, cumplimiento de los requisitos para la ejecución de los contratos y hacer seguimiento a su debida ejecución. 24. Efectuar los pagos o giros necesarios para la operación del fideicomiso, de acuerdo a lo ordenado por el fideicomitente, con cargo a los recursos del contrato. 25. Efectuar oportunamente, por cuenta del fideicomitente, los pagos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y legales. Para que la fiduciaria proceda a efectuar los pagos o giros el fideicomitente deberá remitir a la FIDUCIARIA las respectivas solicitudes de pago diligenciadas en los formatos que para tal efecto suministrará la FIDUCIARIA al fideicomitente. Cada solicitud de pago será remitida a la FIDUCIARIA por el (jefe del organismo destinado para el efecto) __________ ______________ acompañada de los respectivos soportes. 26. Rendir cuentas al fideicomitente de acuerdo al régimen establecido por la Contraloría (Nacional, Departamental, Distrital o Municipal, según sea el caso) por la gerencia financiera o por cualquier otro organismo de control, al que se deban rendir cuentas. Para tal efecto, el (jefe del organismo destinado para el efecto) __________________________ informará oportunamente a la FIDUCIARIA acerca de los procedimientos y el plazo para la rendición de cuentas respectivas.

27. Efectuar los reembolsos de acuerdo con los términos y condiciones que las normas tributarias vigentes determinen de la misma manera como lo tendría que efectuar el fideicomitente , ya que la FIDUCIARIA actuará y efectuará las actividades determinadas en el contrato, por cuenta y en nombre del fideicomitente. Los reintegros de intereses a la Tesorería de El _________________(entidad estatal) deberán efectuarse dentro de los primeros __________ ( __ ) días del mes siguiente a aquel en que se causen. 28. Remitir mensualmente dentro los __________ ( ___ ) primeros días del mes siguiente al fideicomitente, un informe completo y detallado sobre la gestión desarrollada por la FIDUCIARIA en el mes inmediatamente anterior así: a) Estado de cuenta del fideicomiso, donde se indiquen, valores ejecutados en el período, beneficiario, concepto, comprobante de egreso o de ingreso, monto y saldo del fideicomiso; b) Relación mensual de cheques girados y no cobrados; c) Informe de disponibilidad de recursos que contenga el saldo del fideicomiso, el valor comprometido y valor disponible de recursos; d) Relación de contratos celebrados en el período, indicando el número del contrato, el nombre del CONTRATISTA, cédula de ciudadanía o Nit, objeto, plazo, valor del contrato, forma de pago, fecha de perfeccionamiento, de iniciación y vencimiento; e) Relación de contratos indicando el nombre del CONTRATISTA, número del contrato, valor del contrato, valor comprometido por cancelar y estado de ejecución; f) Estado mensual consolidado de fondos y valores, el cual se conforma por la relación de inversiones donde se especifican los tipos de papeles, modalidad, tasa de rendimiento, fecha de constitución y rendimiento; g) Enviar copias de los comprobantes de ingreso y egreso correspondientes al período; h) Relación de descuentos efectuados durante el mes especificando el soporte legal de cada uno de ellos, su valor y a quien fueron girados de acuerdo con instrucciones del fideicomi tente; i) Informe mensual de pagos realizados por concepto de retención en la fuente, el cual se presentará de acuerdo con los términos establecidos por la Administración de Impuestos; j) Todos los demás informes y documentos que establezcan las diferentes entidades relacionadas con el control fiscal de gestión, y k) Enviar vía fax al fideicomitente el estado de cuenta diario que presente los movimientos efectuados debidamente discriminados y archivar en forma consecutiva los originales de la misma. 29. Reintegrar al fideicomitente los saldos de recursos existentes a la finalización de este contrato, dentro de los _______________ ( __ ) días calendario siguientes. 30. Cumplido el objeto de la fiducia, la FIDUCIARIA presentará un informe final de las operaciones realizadas y de los resultados obtenidos a la Contraloría (Nacional, Distrital, Departamental o Municipal, según sea el caso) y al fideicomitente, en un plazo no mayor de _________ ( ___ ) días hábiles contados a partir de la fecha de liquidación del contrato. 31. Establecer y mantener un mecanismo de control interno que garantice un debido control de todos los términos como son la contratación, rendición de cuentas, giros de acuerdo con las normas que rigen para el fideicomitente. 32. Mantener disponi bles en forma permanente todos los documentos, contratos, soportes, registros y demás documentos para examen por parte de la Contraloría (Nacional, distrital, departamental o municipal según sea el caso), de los demás organismos de control o de las personas que indique el fideicomitente a la FIDUCIARIA. 33. Informar al fideicomitente cualquier hecho o circunstancia que considere necesario hacerle conocer relacionado con la ejecución y desarrollo del contrato de fiducia. 34. Mantener vigente durante el tiempo del contrato, una póliza global por la suma de ______________________________ ($ ____________). 35. Cumplir todos los requisitos y condiciones previstos en los pliegos de condiciones de la licitación Nº _________, y la propuesta presentada el ___ de ________________ de 200__. CLÁUSULA TERCERA.—OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE: En virtud del presente contrato el fideicomitente se obliga a: 1. Entregar a la FIDUCIARIA los recursos objeto del presente contrato, con subordinación a los giros que para el efecto realice la Tesorería de El _________________(Entidad Estatal). 2. Revisar y conciliar contra los registros propios los informes presentados por la FIDUCIARIA y presentar las observaciones que el fideicomitente considere pertinentes. 3. Desarrollar los pr ocesos de selección previos a la contratación, de acuerdo con lo previsto en la Ley 80 de 1993. 4. Remitir a la FIDUCIARIA las especificaciones técnicas para la celebración de contratos, ofertas, hojas de vida o documentos de adjudicación para la elaboración y celebración de los contratos. 5. Enviar las solicitudes de pago a la FIDUCIARIA en las cuales se identifique claramente el beneficiario,

valor concepto por el cual se realiza el desembolso y lugar en donde éste debe realizarse. 6. Informar a la FIDUCIARIA los descuentos que deban realizarse de acuerdo con la normatividad departamental vigente, según sea del caso. 7. Suministrar información sobre la ejecución del objeto de los contratos. 8. Reconocer a la fiduciaria la comisión pactada por el desarrollo de su gestión. CLÁUSULA CUARTA.—PLAZO. VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual LA FIDUCIARIA se compromete a desarrollar el encargo fiduciario a entera satisfacción de El ______________________________(entidad estatal), objeto del presente contrato, será de ___________, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de El ________ ____________________(entidad estatal) la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y _____ (__) meses. No obstante se mantendrá vigente mientras existan recursos disponibles correspondientes a la vigencia de 200__ y _________ ( __ ) meses más que se utilizarán para su liquidación definitiva. CLÁUSULA QUINTA.—SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: 1. Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan su ejecución, cuya existencia corresponde calificar al El _____________________________(entidad estatal). 2. Por mutuo acuerdo, siempre que con ello no se causen perjuicios a la entidad ni deriven mayores costos para ésta. La suspensión se hará constar en acta suscrita por las partes. Como consecuencia de la suspensión la FIDUCIARIA se obliga a prorrogar la vigencia de los amparos de la garantía única en proporción al término de la suspensión. El término de la suspensión no se computará para efecto de los plazos del contrato. CLÁUSULA SEXTA.—VALOR DEL CONTRATO: LA FIDUCIARIA recibirá a titulo de remuneración por sus servicios una remuneración equivalente a __________________ por ciento ( _____%), sobre los recursos que ingresen al fideicomiso. El valor total de la comisión se estima en la suma de __________________ ($______________) Mda./cte., para efectos fiscales y de constitución de garantías. PAR.—La FIDUCIARIA cobrará y deducirá de los recursos recibidos, el porcentaje de comisión previsto en la presente cláusula de acuerdo a lo previsto en la propuesta y los pliegos de condiciones. CLÁUSULA SÉPTIMA.—IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El _________________________ (entidad estatal) pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al artículo _____ de la sección ____, del presupuesto de la vigencia fiscal de 200__ y a las vigencias posteriores conforme está previsto en el Decreto 26 de 1998, artículo 21. PAR.—Los pagos a que se obliga EL _____________________________(entidad estatal) con la suscripción del presente contrato, quedan sujetos a las apropiaciones presupuestales correspondientes a la vigencia fiscal de 200___. CLÁUSULA OCTAVA.—GARANTÍAS: La FIDUCIARIA se obliga a constituir a favor de _____________ El ______________________(entidad estatal) la garantía única de cumplimiento otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria cuya póliza matriz esté aprobada por la Superintendencia Bancaria que ampare los siguientes riesgos: a). Cumplimiento de las obligaciones que contrae en cuantía equivalente al Diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con vigencia igual a su duración y durante su vigencia general, contados a partir de su perfeccionamiento; b) De pago de salarios y prestaciones sociales, en cuantía igual al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, vigente por el mismo término de vigencia del contrato y tres (3) años más, y c) De calidad del servicio, por el _________ por ciento (_____%) del valor del contrato y con vigencia igual a _____ (___) años a partir de la fecha de terminación del contrato. (Mínimos dispuestos en el art. 17 del D. 679/94). PAR.—La póliza a que se refiere esta cláusula debe presentarse a El ____________________(entidad estatal) dentro de los _____________ ( ___ ) días hábiles siguientes a la fecha de su suscripción del contrato y requiere la aprobación de la entidad, y deberá prorrogarse o ampliarse de manera que cubra toda la vigencia y el valor del contrato inicial y sus prorrogas o adiciones. CLÁUSULA NOVENA.—SANCIÓN PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total por parte de la FIDUCIARIA, esta se obliga a pagar a El ___________________________(entidad estatal),

previo requerimiento, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del presente contrato. PAR.—El valor de la cláusula penal pecuniaria citada anteriormente, ingresará al presupuesto de El ____________ _________________(entidad estatal) y podrá ser tomada directamente de la garantía constituida o del saldo que a favor de la FIDUCIARIA tenga El _______________ ______________(entidad estatal), lo cual autoriza expresamente a la FIDUCIARIA. CLÁUSULA DÉCIMA.—MULTAS: En caso de que la FIDUCIARIA se constituya en mora o incumpla parcialmente las obligaciones que asume en virtud de este contrato, salvo fuerza mayor o caso fortuito, se causarán multas diarias y sucesivas del uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de retardo, sin que éstas sobrepasen el diez por ciento (10%) del valor del mismo y sin perjuicio de que la entidad contratante, pueda hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria. La FIDUCIARIA autoriza expresamente a la entidad, para que esta efectúe su tasación y cobro, previo requerimiento por parte de esta última. CLÁUSULA UNDÉCIMA.— CAUSALES DE TERMINACIÓN: Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la entidad; b) Por agotamiento del objeto, y c) Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. PAR.—La terminación anticipada del contrato se hará constar en acta suscrita por las partes. En cualquiera de los eventos de terminación se procederá a liquidar el contrato y del pago del tiempo efectivamente servido. CLÁUSULA DUODÉCIMA.—LIQUIDACIÓN: La liquidación de este contrato se regirá por lo previsto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, y el artículo 44, numeral 10, literal d) de la Ley 446 de 1998, y deberá adelantarse dentro del término de _________ ( __ ) meses contados a partir de la finalización del plazo de ejecución. CLÁUSULA DECIMATERCERA.—CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: LA FIDUCIARIA no podrá ceder el presente contrato ni los derechos u obligaciones derivados de él, ni subcontratar parcialmente sin la autorización previa expresa y escrita de El __________________________(entidad estatal), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMACUARTA.—RESPONSABILIDAD DE LA FIDUCIARIA: La FIDUCIARIA será responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del presente contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros, en los términos del artículo 52 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMAQUINTA.—RÉGIMEN LEGAL Y JURISDICCIÓN: Este contrato está sometido en todo a la ley colombiana y a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Se rige por las disposiciones de la ley comercial, salvo en las materias expresamente reguladas por la Ley 80 de 1993 y las normas que la reglamentan y complementen. CLÁUSULA DECIMASEXTA.—SOLUCIÓN DE CONFLICTOS Y CLÁUSULA DE ARBITRAMENTO: Las partes acuerdan que para la solución de las diferencias y discrepancias que surjan de la celebración, ejecución, terminación, o liquidación de este contrato acudirán a los procedimientos de transacción, amigable composición o conciliación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 69 de la Ley 80 de 1993. En caso de que dichos mecanismos no sean efectivos, las diferencias, conflictos o controversias relativas a este contrato, a su ejecución y liquidación se resolverán por un Tribunal de arbitramento designado por la Cámara de Comercio de __________________ciudad (o municipio), mediante sorteo entre los árbitros especialistas en Derecho Administrativo, Contratación Estatal, o afines, inscritos en la lista que lleva dicha cámara según lo previsto en el artículo 70 de la Ley 80 de 1993. El Tribunal así constituido se sujetará a lo dispuesto por el Decreto 2279 de 1989, la Ley 446 de 1998 y demás disposiciones legales que lo modifiquen o adicionen. El Tribunal estará integrado por tres (3) árbitros. En su organización interna el Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de __________________ciudad (o municipio), y decidirá en derecho. CLÁUSULA DECIMASÉPTIMA.—EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: Teniendo en cuenta que la FIDUCIARIA actúa con plena autonomía técnica y administrativa y sin subordinación frente al El __________________ (entidad estatal), se excluye cualquier vinculo de tipo laboral entre la entidad y la FIDUCIARIA o el personal utilizado por éste para el desarrollo del objeto del contrato. En consecuencia será exclusiva responsabilidad de la FIDUCIARIA el pago de salarios y prestaciones a que hubiere lugar respecto del personal mencionado. CLÁUSULA DECIMAOCTAVA.—INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: La FIDUCIARIA,

declara bajo juramento no hallarse incurso de ninguna inhabilidad o incompatibilidad legal para contratar con la entidad y en particular por las establecidas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993. PAR.—En caso de sobrevenir alguna inhabilidad e incompatibilidad con posterioridad, se procederá en la forma establecida en el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DECIMANOVENA.—DOMICILIO: Para todos los efectos legales se fija como domicilio contractual la ciudad (o municipio) de ________. CLÁUSULA VIGÉSIMA.—DOCUMENTOS: Hacen parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: a) Los pliegos de condiciones de la licitación Nº ________; b) La propuesta presentada por la FIDUCIARIA; c) El certificado de disponibilidad presupuestal y la reserva que se produzcan en desarrollo del objeto del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.—PUBLICACIÓN: El presente contrato deberá publicarse en la Gaceta o Diario Oficial de la entidad correspondiente por cuenta de la fiduciaria dentro de los _____ (___) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.—PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El contrato quedará perfeccionado una vez suscrito. Para iniciar su ejecución se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Constitución de la garantía única por parte y cuenta de la FIDUCIARIA, y b) Aprobación de la garantía por El _____________________________(entidad estatal). Para constancia se firma en (ciudad o municipio y fecha)_________________________. El fideicomitente:_________________ (Ordenador de gasto o su delegado) La fiduciaria:_________________ Representante Legal

ANEXO Nº 3 CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA Señores: (Entidad estatal) (Ciudad o municipio y fecha)_________________________ Certifico que la fiduciaria (nombre) _________________________________, ejecutó un encargo fiduciario de acuerdo con la información que se consigna a continuación: Nombre de la entidad contratante Fecha del contrato _____________________________________ Plazo ________________________________________________ Fecha de terminación ___________________________________ Monto total de los recursos administrados. $_________________ Objeto del encargo fiduciario: •_____________________Administración e inversión de recursos •Trámite y celebración de contratos a nombre y por cuanta de la entidad. •________ Trámite de pagos a nombre y por cuenta de la entidad.

Número de contratos celebrados por mes ___________________ Número promedio de pagos efectuados por mes _____________ Calificación de los servicios prestados: •__________________________________________ Satisfactorio •______________________________________________ Buenos •____________________________________________Excelentes Firma ________________________________________________ Nombre de quien expide la certificación ____________________ Cargo _______________________________________________

ANEXO Nº 4 MODELO DE CARTA DE INTENCIÓN PARA ENTIDADES DE CRÉDITO Señores (Entidad estatal) (Ciudad o municipio y fecha)_____________________________

REF: LICITACIÓN Nº _________ En nombre y representación de (nombre de la entidad de crédito) ___________ a través de este documento manifestamos nuestra intención clara y expresa de prestar los servicios ofrecidos por la fiduciaria__________________________ en los términos de la propuesta presentada para la licitación Nº _________ en materia de operaciones de pago por cuenta y a nombre del El ______________________(entidad estatal). FIRMA: ___________________________________________________ NOMBRE: _________________________________________________ CARGO: ___________________________________________________

CAPÍTULO XIV LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRA

Incluye los siguientes modelos y minutas: — Resolución que ordena la apertura de una licitación.

— — — — — —

Acta de apertura de la licitación. Acta de cierre de la licitación. Pliego de condiciones. Minuta del contrato de obra como resultado de una licitación pública. Carta de presentación de la propuesta. Resolución de adjudicación de una licitación.

RESOLUCIÓN Nº________ Por la cual se ordena la apertura de una licitación EL (ordenador de gasto) ____________________________ de El _____________________ (entidad estatal) en su calidad de representante legal de El _________________(entidad estatal), de acuerdo con lo establecido en el (artí 303, en el caso de los gobernadores y 314 para los alcaldes, de la Constitución Política de Colombia, o el acto administrativo que designe al respectivo funcionario como jefe de la entidad estat al y por tanto ordenador de gasto, o efectúe la delegación para ese efecto)________________, y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 1º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO: Que existe disponibilidad presupuestal para ___________________________, con cargo a la sección______ artículo______ del presupuesto de la vigencia de 200___. Que previamente se ha analizado la conveniencia y oportunidad del contrato, su adecuación al plan de inversiones y se encuentran debidamente elaborados los planos, diseños y los pliegos de condiciones correspondientes. Que la Corporación Autónoma Regional de _________________ otorgó mediante (acto administrativo) _________________________, licencia ambiental para la ejecución de la obra, en los términos previstos en el Decreto 1753 de agosto 3 de 1994. Que existe pronunciamiento de la Corporación Autónoma Regional de __________ ____________, acerca de que no es necesaria la Licencia Ambiental para la ejecución de la obra. 6 Que oportunamente se envió la información preliminar a la Cámara de Comercio, conforme a lo establecido en los artículos 33 y 34 de las Resoluciones Nos. 2125 y 2497 del 14 de octubre y 1º de diciembre de 1994 respectivamente, expedidas por el Ministerio de Desarrollo Económico, Superintendencia de Industria y Comercio. Que el proyecto para la ejecución de la presente obra se encuentra debidamente inscrito en el Banco de Programas y Proyectos de la Oficina de Planeación de El _____________ ______________(entidad estatal), según consta en la certificación de fecha____ de _____________ de 200__. Que es necesario contratar la realización de la obra (descripción del proyecto) ________________________ y en razón a la cuantía del contrato debe adelantarse el procedimiento de licitación, R E S U E L V E:

ARTÍCULO PRIMERO.—Ordenar la apertura de la licitación Nº _____________ cuyo objeto es la realización de la obra (descripción del proyecto) ______________________________ _________________________________________. ARTÍCULO SEGUNDO.—La apertura de la mencionada licitación Nº _____ se hará el día ____de________________ de 200___, a las_______ en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)_________________________ de ______________________ y el cierre de la misma se hará el día _____de _____________ de 200___ a las ______ en el mismo sitio, ubicado en la ____________________________ piso ____ de la ciudad (o municipio) de _________________________. ARTÍCULO TERCERO.—Entre las fechas de expedición de la presente resolución, y la de la diligencia de apertura de la licitación se efectuarán las publicaciones de que trata el artículo 30, numeral 2° de la Ley 80 de 1993. ARTÍCULO CUARTO.—Ordénase la venta de pliegos de condiciones a partir de la fecha en que se publique el primer aviso de convocatoria pública. Comuníquese y cúmplase Dada en (ciudad y fecha) _____________________, a los ______ (Ordenador de gasto o su delegado)

ACTA DE APERTURA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº ________

En la ciudad (o municipio) de _________________________, siendo las__________ del día _____ de _______________ de 200__ , se reunieron en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)________________________________________ de ___________________________, las siguientes personas: 1. El (ordenador de gasto) ___________________________ de El (entidad estatal) __________________________ o su delegado, 2. El señor (jefe de la unidad ejecutora responsables)_____________________ ____________________ o su delegado, ______________.

de

Se procedió a revisar la urna, se verificó que ésta se encontraba vacía, se cerró, se entregó la llave a cada uno de los participantes representantes de la Administración antes mencionados y se dio por abierta la Licitación Nº _________________, cuyo objeto es la realización de la Obra (descripción del proyecto)_________________. Para constancia de lo anterior se firma por quienes en ella intervinieron. El Señor (ordenador de gasto) o su delegado

El Señor (jefe de la unidad ejecutora responsable o su delegado).

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ACTA DE CIERRE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº _________ En la ciudad (o municipio) de __________________________, siendo las ______ del día ____ de _______________ de 200__, se reunieron en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)______________________________________ de ____________________________, las siguientes personas: 1. El señor (ordenador de gasto o su delegado)_______________________________. 2. El (jefe de la unidad ejecutora responsable) ___________________________ o su delegado.

__________________________

de

3. Los proponentes presentes, _________________________________ Con el objeto de adelantar la diligencia de cierre de la licitación No___________, cuyo objeto es la realización de la obra (desc ripción del proyecto)__________________ _______________________________, se procedió a dar apertura a la urna dispuesta para la recepción de las propuestas, la cual contenía______sobres, correspondientes a los originales y copias de las______ propuestas. Se numeraron y abrieron los sobres contentivos del original y la copia a fin de verificar los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones, como documentos esenciales de la propuesta y a foliar cada una de las propuestas. El resumen genérico de las mismas es el siguiente: PROPUESTA Nº 1 Proponente:_____________________________________________________________ Valor de la propuesta:______________________________________________________ Valor básico:____________________________________________________________ Valor calculado de reajustes:_________________________________________________ Valor total:_______________________________________________________________ Número de Folios:_________________________________________________________ PROPUESTA Nº 2 Proponente:_____________________________________________________________ Valor de la propuesta:______________________________________________________ Valor básico:____________________________________________________________ Valor calculado de reajustes:_________________________________________________ Valor total:_______________________________________________________________ Número de Folios:_________________________________________________________ Observaciones de los asistentes:_________________________________________ ____________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________. Para constancia se firma por quienes en ella intervinieron, siendo las______ horas del día____________ del mes de _________ de 200____.

____________________________

_______________________________

_______________________ El Señor (ordenador de gasto) o su delegado

_______________________ El Señor (jefe de la unidad ejecutora responsable o su delegado).

_______________________ Proponente

_______________________ Proponente

_______________________

_______________________

Proponente

Proponente

_______________________ Proponente

_______________________ Proponente

_______________________ Proponente

_______________________ Proponente

_______________________

_______________________

Proponente

Proponente

PLIEGO DE CONDICIONES CAPÍTULO I Información General 1.1. OBJETO DE LA LICITACIÓN Los trabajos objeto de la presente licitación corresponden a la(s) obra(s) relacionadas con: _________________________________, de acuerdo con los planos y especificaciones suministrados por_________________________________(unidad ejecutora responsable), a los precios unitarios con reajustes y en los términos que se señalan dentro del presente pliego y de acuerdo con las condiciones generales de contratación establecidos en la Ley 80 de 1993. 1.2. LOCALIZACIÓN DE LAS OBRAS Para una licitación cuyo objeto se encuentre relacionado con obra pública de carácter arquitectónico, esta se discriminará así: Las obras objeto de la presente licitación se realizarán en el sitio________________ ________________ del municipio de _________________. Si se trata de una licitación cuyo objeto se trate de adelantar una obra pública de carácter vial, se anotará de la siguiente manera: Las obras objeto de la presente licitación se realizarán en el sitio___________________________ y/o en el abcisado comprendido entre el Km. ____ al Km. ______, tomando el Km. + 0 en el Km. _____, de la vía ubicada entre el municipio de__________________ al municipio de _______________________. 1.3. APERTURA DE LA LICITACIÓN

La Licitación se abrirá el día___ de______________ de 200__, a las _____ en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)____________________ de El ____________________(entidad estatal) ubicado en la ___________________ piso ____. En el día y hora señalados para la apertura de la licitación, se levantará un acta donde conste el cierre de la urna biclave por parte de los funcionarios que a continuación se designan y que velarán por la seguridad de las propuestas: Llave 1: El señor (ordenador de gasto) ___________________________ o su delegado, Llave 2: El señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)_______________________ de ____________________,o su delegado (de la correspondiente dependencia ejecutora). El acta será firmada por todos los participantes en la diligencia. 1.4. CIERRE DE LA LICITACIÓN La licitación se cerrará el día ____de ____________ de 200__, a las ______ en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)__________________ de El _______________________(entidad estatal), ubicado en la ___________________________ piso ______ de la ciudad (o municipio) de ____________________________. 1.5. CONSULTA, VENTA Y VALOR DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Los pliegos de condiciones estarán disponibles para su consulta y venta a partir del día _______ de ____________ , y hasta el día ________ de _____________ de 200___ en el despacho del Señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) _____________________ de El ____________________(entidad estatal) ubicado en la _________________________ piso ______ de la ciudad (o municipio) de ____________________ en el horario de las ________ a las ___________. El valor del pliego original es de $____________ y el de cada copia es de $___________. Dichos valores no son reembolsables y serán cancelados en la tesorería general de El ___________________________(entidad estatal), ubicada en la ____________________ piso ______ de la ciudad (o municipio de) ________________________. El _____________________(entidad estatal) dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas del retiro de los pliegos de condiciones. Las personas naturales que hagan el retiro a nombre de otro deberán adjuntar, por escrito, la autorización de quien representan. 1.6. REGISTRO DE RETIRO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Y DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Para el retiro de pliegos de condiciones y la recepción de las propuestas, El ________ _____________________ (entidad estatal) dejará constancia escrita de la fehca y hora exactas de tales eventos, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que, en alguna representación, haya efectuado materialmente el acto de retiro y de presentación. En caso de recepción simultánea, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya retirado los pliegos de condiciones (D. 679/94, art.4º). 1.7. AUDIENCIA PARA PRECISAR EL CONTENIDO Y ALCANCE DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES

Se celebrará una audiencia a las ________ del tercer día hábil siguiente a la diligencia de apertura de la licitación en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsable) ___________________________ de ___________________, a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron Pliegos de Condiciones, con el objeto de precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes: La audiencia mencionada, será presidida por el señor (jefe de la unidad ejecutora responsable)________________________ de ______________________ de El (entidad estatal)____________________ o su delegado. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, El________ _______________ (entidad estatal) responderá mediante comunicación escrita, copia de la cual enviará a todas y cada una de las personas que retiraron pliegos de condiciones (L. 80/93, art. 30, num. 4º). 1.8. PRÓRROGA El plazo de la licitación, entendido como el término que debe transcurrir entre su apertura y su cierre, podrá ser prorrogado antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado, cuando lo estime conveniente El__________ _________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan retirado pliegos de condiciones (L. 80/93, art. 30, num 5º). 1.9. APERTURA DE LAS PROPUESTAS En el día y hora señalados para el cierre de la licitación, en acto público, se abrirá la urna y los sobres que contiene el original y copia de las propuestas. A continuación se numerarán las propuestas y cada una de las hojas de las mismas, se verificará la existencia de los documentos esenciales de la propuesta y se levantará un acta que contenga: 1. Nombre del proponente. 2. Valor de las propuestas. 3. Resultado de la verificación de los documentos esenciales de la propuesta. 4. Valor básico de las propuestas. 5. Valor de los reajustes. 6. Número de folios del original y de la copia. 7. Las observaciones de los asistentes a la diligencia. El acta será suscrita por los funcionarios intervinientes, los proponentes y quienes asistan en representación de la comunidad en calidad de veedores debidamente acreditados. 1.10. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA La propuesta deberá esta escrita a máquina o en letra de imprenta (pero en todo caso legible), de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en los presentes pliegos de condiciones, y presentarse en original y ______ ( ) copia(s), en sobres separados y cerrados, en los que debe aparecer el nombre y la dirección del proponente, el número y objeto de la licitación y la indicación de cuál contiene el original y cuál la(s) copia(s).

La(s) copia(s) de la propuesta(s) deberá(n) contener los mismos documentos del original y en el mismo orden y serán ejemplares que deberán coincidir entre sí. Si se presentare alguna diferencia entre el original de la propuesta y la(s) copia(s), prevalecerá el original. Las propuestas serán registradas y depositadas en la urna biclave localizada en el despacho del señor (jefe de la unidad ejecutora responsables)______________________ de _________________________________ del (entidad estatal) ____________________ ____________, ubicado en la _______________________ piso _____. Los documentos relativos al proceso de la licitación deberán utilizar el idioma castellano. El ___________________________(entidad estatal) no exigirá sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados, reconocimientos de firmas, traducciones oficiales, ni cualquier otra clase de formalidades o exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan leyes especiales (L. 80/93, art. 25, num. 15, inc. 1°). La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80/93, art. 25, num. 15, inc. 2°). Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los Pliegos de Condiciones. Los proponentes pueden presentar alternativas y excepciones técnicas o económicas siempre y cuando ellas no signifiquen condicionamientos para la adjudicación (L. 80/93, art. 30, num. 6°). Las propuestas deberán ajustarse en todas sus partes a los formularios y a las condiciones estipuladas para cada documento en el presente pliego. Cualquier explicación o información adicional deberá hacerse en nota separada, debidamente firmada, por la persona autorizada para presentar la propuesta. El proponente no podrá acompañar proyecto o minuta de contrato diferente al que forma parte integral de estos pliegos de condiciones. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, Fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora exacta de la fecha de cierre. Cerrada la licitación no se admitirá modificación de la propuesta. 1.11. PRESUPUESTO OFICIAL Según lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 287 de 1996, el presupuesto oficial previsto para la obra de ésta licitación es de __________________($__________)M/cte. 1.12. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El proponente presentará con la propuesta una garantía de seriedad de la misma, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en el país. La garantía estará constituida a favor de El __________________________ (entidad estatal), por el equivalente al (mínimo. Art. 16, par., D. 679/94) diez por ciento (10%) del presupuesto oficial, vigente por _________ (__) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la licitación. Esta garantía bancaria o la póliza debe anexarse a la propuesta como documento de la oferta, firmada por el proponente.

Si El _________________________(entidad estatal), llegare a prorrogar los términos de cierre y adjudicación de la licitación o del perfeccionamiento del contrato, exigirá la ampliación del término de la garantía de seriedad de la propuesta (L. 80/93, art. 25, num. 19). 1.13. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente ni efectúa los trámites tendientes a su perfeccionamiento, dentro del término señalado, quedará a favor de El __________________________ (entidad estatal), en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los depósitos o garantías. Si el proponente favorecido no firmare el contrato dentro del plazo que con tal fin se señale, El ________________________(entidad estatal), podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días calendario siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad (L. 80/93, art. 30, num. 12, inc. 2°). La garantía de seriedad se hará efectiva mediante resolución motivada proferida por el (ordenador de gasto)__________________________ o el funcionario delegado. 1.14. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS Al adjudicatario se le devolverá la póliza de seriedad de la propuesta, cuando se apruebe la garantía única que ampare la ejecución del contrato y a quien quede en segundo lugar se le devolverá _____________ (___) días calendario después de la firma del contrato con el proponente favorecido en primer lugar, a menos que manifieste no tener interés en la adjudicación, o que la propuesta no sea igualmente favorable para la entidad (L. 80/93, art. 30, num. 12). A los demás proponentes se les devolverá dentro de los _______________ (___) días calendario siguientes a la adjudicación.

1.15. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO _____________________________________________________________ .___________________________________________________________ _____________________________________________________________.

1.16. PLANOS Y ESPECIFICACIONES Los planos forman parte de éste pliego, con cantidades aproximadas de obra, que indican el orden de los volúmenes que el contratista tendrá que ejecutar. El ____________________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), entregará, con anticipación a las fechas en que serán utilizados, los planos de construcción de todas las obras contratadas. Los planos, especificaciones y normas se complementarán entre sí y cualquier punto que se encuentre en uno cualquiera, tendrá valor como si se encontrase en todos. En caso de discrepancia entre datos, dibujos y especificaciones o cualquier error u omisión, El ___________________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable) decidirá al respecto.

1.17. MATERIALES Todos los materiales necesarios para la obra serán proporcionados por EL CONTRATISTA y sus costos de obtención, transporte, almacenaje y manejo, estarán incluidos en los precios unitarios correspondientes; deberán ser de primera calidad y adecuados al propósito a que se les destina y estos materiales y sus fuentes deberán ser examinados por el interventor, quien a su vez responderá por la calidad de los mismos. El material rechazado será retirado y reemplazado por cuenta de EL CONTRATISTA y la obra defectuosa corregida, sin que ésta cause pago extra. El CONTRATISTA deberá efectuar por su cuenta los análisis del material, sin perjuicio de que la interventoría realice los que estime convenientes. 1.18. PROPIEDAD DE LOS MATERIALES Todos los materiales que a juicio del interventor, sean aptos para la obra, producto de excavaciones y desmontes, serán de propiedad de El _____________________(entidad estatal), al igual que las formaletas que hayan sido utilizadas en el número de veces considerado en el análisis de costos por m3. Estos materiales serán transportados al sitio de utilización o apilados por EL CONTRATISTA en un sitio limpio, seco y protegido de corrientes de agua, hasta que sean utilizados, sin que pueda reclamarse pago adicional por esta operación. El material sobrante o desecho será dispuesto de acuerdo con las instrucciones del interventor. Salvo indicación contraria del interventor, no se podrán botar materiales de desecho o provenientes de corte, en lugares aledaños a la obra.

1.19. TRANSPORTE DE MATERIALES DE EXCAVACIÓN Durante la ejecución de los trabajos, la interventoría determinará previamente la colocación de los materiales sobrantes y/o desechos en los sitios previstos como escombreras municipales, conforme a lo dispuesto en la Resolución 0541 del 14 de diciembre de 1994, expedida por el Ministerio del Medio Ambiente. En caso de no acatamiento por parte de El CONTRATISTA a estas indicaciones, El _____________________(entidad estatal) no asumirá ninguna responsabilidad por los daños y perjuicios que se causen a terceros. 1.20. ACCESOS E INSTALACIONES DEL CONTRATISTA El CONTRATISTA deberá asegurarse de las condiciones de las carreteras de acceso a las obras, con el fin de tomar las medidas que considere necesarias para la movilización de su personal y equipo. La construcción o adecuación de accesos a las obras y la ocupación de terrenos para las instalaciones temporales que requiera El CONTRATI STA, deberán estar previamente aprobadas por El ________________________(entidad estatal) y no tendrán pago por separado. Su costo deberá estar cubierto por los precios unitarios del contrato. Cuando los accesos a terrenos para instalaciones se encuentren fuera de la zona de carretera, EL CONTRATISTA deberá adquirir a su cargo los derechos respectivos y será responsable por los daños que cause a terceros durante la ejecución del contrato.

1.21. PROGRAMA DE EJECUCIONES E INVERSIONES

El _______________________________(entidad estatal) tiene programado los trabajos, objeto de la presente licitación en un plazo de __________________________. El proponente deberá presentar un cronograma detallado de obra que incluya todas las actividades correspondientes a los trabajos, involucrando el número suficiente de frentes de trabajo, para que el programa se cumpla a cabalidad. Igualmente deberá presentar el programa de inversiones correspondiente al cronograma de obra propuesto (se adjuntan formatos para estos propósitos). La preparación de los programas deberá tener en cuenta el plazo de ejecución, las condiciones climáticas en la región, la topografía, las características físicas del terreno y de los accesos, la localización y las condiciones de explotación de las potenciales fuentes de materiales y las probables limitaciones del progreso de explanación, atribuible al transporte de los materiales de excavación y construcción. El programa debe presentarse en forma coherente con rendimientos factibles, con el fin de que la ejecución se pueda desarrollar sin demoras y atrasos. Estas conllevarán la aplicación de las sanciones previstas en el contrato. 1.22. SEÑALIZACIÓN TEMPORAL Desde la suscripción del acta de recibo del terreno u obra, por EL CONTRATISTA y hasta la entrega definitiva de las obras, EL CONTRATISTA estará en la obligación de señalizar la obra y mantener el tránsito público y las condiciones de seguridad preventiva a los particulares y terceros, en los tramos en que éstos interfieren. El incumplimiento de esta obligación durante la ejecución del contrato causará requerimientos sucesivos por parte de El ________________________________ (entidad estatal) al CONTRATISTA, cada vez que se compruebe esta omisión con el informe de la interventoría o como resultado de las diligencias ordenadas por El ________________ _______________(entidad estatal), para tal efecto. 1.23. VALLAS DE INFORMACIÓN El CONTRATISTA tendrá en cuenta que debe suministrar y colocar, como mínimo, dos (2) vallas de información rectangulares de ______metros por ______metros, cada una, las cuales contendrán como mínimo datos como contratante, contratista, objeto, sitio de la obra y valor, según modelo adjunto. El retiro de dichas vallas lo debe hacer El _____________________________(entidad estatal). 1.24. RÉGIMEN DE LLUVIAS El régimen pluviométrico del área se define a partir de la información recopilada en las estaciones hidrometeorológicas del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales «Ideam». El CONTRATISTA debe averiguar el régimen de lluvias en la región, en especial en el área de trabajo, el cual adjuntará a la propuesta y deberá ser concordante con el programa de trabajo y avance de obra propuesto. 1.25. SITIO PARA LA OBRA, INSTALACIONES Y CAMPAMENTOS

El CONTRATISTA arreglará por su cuenta con los propietarios de los sitios que se requieran para las instalaciones de la planta de construcción y áreas de préstamos y cubrirá por su cuenta la renta y demás costos relacionados. Las edificaciones provisionales deberán ser construidas por cuenta de EL CONTRATISTA, previa autorización de El __________________________(entidad estatal), y la mano de obra y materiales serán suministrados por aquel. Estas edificaciones, propiedad de EL CONTRATISTA, deberán ser removidas a su costo a la terminación de los trabajos. El CONTRATISTA construirá por su cuenta las edificaciones que necesite para sus oficinas y alojamiento de su personal, y serán de su propiedad. No se requiere que sean costosas, pero sí higiénicas y razonablemente cómodas. El interventor verificará que las condiciones antes descritas se cumplan a cabalidad, así como el estricto cumplimiento de las obligaciones contraídas por El CONTRATISTA para tales efectos. Sobre ésta fiscalización el interventor certificará para efectos de la liquidación del contrato. 1.26. PRECAUCIONES SANITARIAS El CONTRATISTA deberá observar las normas y reglamentos de los Ministerios de Salud y de Trabajo y Seguridad Social, sobre sanidad e higiene laboral y tomará todas las precauciones para evitar que en las zonas de sus campamentos se produzcan condiciones insalubres y dotará a su personal de los medios para protegerse, en los casos en que el trabajo presente condiciones peligrosas para su salud.

1.27. OBRAS PROVISIONALES El CONTRATISTA construirá o adaptará y conservará por su cuenta todas las obras provisionales necesarias para la ejecución del contrato. El sitio y planos de las obras provisionales deberán ser aceptados o modificados por el Interventor, y las obras serán retiradas, a satisfacción del interventor, por EL CONTRATISTA a la terminación del trabajo. 1.28. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD El CONTRATISTA en todo momento se acogerá a las normas de seguridad del personal, salud ocupacional y de los códigos de edificación y construcción, además observará las siguientes recomendaciones, y las que fije el interventor: a) Antes de efectuar voladuras se anunciará con una sirena, pito, sistemas audibles y señales visibles en cualquier sitio del trabajo y con suficiente anticipación, para permitir al personal evacuar la zona de la voladura y protegerse convenientemente. b) En trabajos nocturnos EL CONTRATISTA suministrará luz eléctrica en todos los sitios de labor. La iluminación por llamas se usará sólo con autorización del interventor y será aceptable como señal de tránsito. c) Los conductores eléctricos, en zonas donde puedan entrar en contacto con el personal o el equipo, estarán provistos de aislamiento eficaz. d) El CONTRATISTA será responsable por todos los accidentes que pueda sufrir su personal, el personal de la interventoría o de El _________________________(entidad estatal), visitantes

autorizados o terceros. Por consiguiente todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta de EL CONTRATISTA. 1.29. TRABAJO DEFECTUOSO O NO AUTORIZADO El trabajo que no llene los requisitos de las especificaciones o que no cumpla las instrucciones del interventor, se considerará defectuoso y éste ordenará repararlo y reconstruirlo. Se considera rechazado y no se medirá ni pagará el efectuado, antes de darse los alineamientos y niveles necesarios o cualquier trabajo que se haga sin la autorización del interventor, debiendo ser corregido por cuenta de EL CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir ninguna compensación por la ejecución del trabajo rechazado y por su demolición. 1.30. SOBREEXCAVACIÓN Es la excavación que queda por fuera de las líneas de pago y niveles mostrados en planos o de las instrucciones del Interventor; bajo ninguna causa se pagará la sobreexcavación causada por EL CONTRATISTA y este será obligado a rellenar las sobreexcavaciones según las instrucciones del interventor. Este podrá exigir que sea con material de la excavación, compactándolo o no, con mampostería de concreto o con mortero, según sea necesario y EL CONTRATISTA no recibirá ningún pago por este concepto. Toda excavación adicional ordenada por el interventor no será sobreexcavación y será pagada, al igual que el relleno, si se requiere, a los precios unitarios del contrato. Si EL CONTRATISTA, como resultado de un descuido o mal proceder en sus operaciones de excavación, afloja, altera o derrumba material, deberá remover estos materiales por procedimientos satisfactorios, sin que por este motivo EL CONTRATISTA perciba compensación alguna y a su vez deberá responder por los daños causados a terceros. 1.31. SUMINISTRO DE DATOS AL INTERVENTOR EL CONTRATISTA deberá suministrar al interventor, cuando éste lo requiera, información completa y correcta sobre la cantidad de personal empleado en cada subdivisión del trabajo, su clasificación, salario o sueldo y sus afiliaciones a los sistemas pensional, de salud y riesgos profesionales, así como la información sobre el costo de los materiales, herramientas, equipos o instrumentos usados en el trabajo. El CONTRATISTA, junto con la obligación de establecer y ejecutar permanentemente el programa de salud ocupacional conforme a lo estipulado en las normas vigentes, es responsable de los riesgos originados en su ambiente laboral y deberá adoptar las medidas que fueren necesarias para disminuir tales riesgos (D. 1295/94). 1.32. DAÑOS A LA OBRA EJECUTADA Y A TERCEROS EL CONTRATISTA será responsable de toda la obra hasta su terminación y aceptación final. Es responsable también por cualquier daño que pueda causarse a terceros, con motivo de la construcción de la obra, si las causas del daño le son imputables. En este caso reparará a su costa los daños, sin que implique modificación al plan de trabajo, ni excepción de tales responsabilidades, ni de lugar a la ampliación del plazo convenido. 1.33. POSESIÓN Y USO DE LAS OBRAS ANTES DE LA ENTREGA FINAL

Siempre que, en opinión del interventor, la obra o parte de ella esté en condiciones de ser utilizada y los intereses de El _______________________________(entidad estatal) lo requieran, éste puede tomar posesión y hacer uso de dicha obra o parte de ella, recibiéndola mediante acta parcial. EL CONTRATISTA efectuará las obras, de modo que evite o haga mínimas las interrupciones del tránsito, en las carreteras y carreteables existentes en las vías de acceso y propiedades aledañas al proyecto. 1.34. LIMPIEZA FINAL Al finalizar la obra EL CONTRATISTA, por su cuenta, removerá de los alrededores de ella sus instalaciones, edificaciones, escombros, materiales sin uso, formaletas y materiales similares que le pertenezcan o que hayan usado bajo su dirección. De no hacerlo así EL _________________________(entidad estatal) hará la limpieza por su cuenta y cargará su costo al CONTRATISTA. 1.35. ENTREGA Y RECIBO DE LA OBRA EL CONTRATISTA avisará, con antelación mínima a _______ (____) días calendario, la fecha en que se propone hacer la entrega provisional de las obras a El _________ ________________(entidad estatal) y este por medio del interventor dará aprobación a las obras, si es del caso, o hará las observaciones necesarias para que EL CONTRATISTA entregue las obras a satisfacción de El _______________________(entidad estatal). A más tardar el último día del plazo estipulado para la terminación de las obras, EL CONTRATISTA deberá tener terminadas y aprobadas todas las obras materia del contrato, para entregar a El ____________________________(entidad estatal) por intermedio del interventor. De esta entrega se levantará un acta provisional, en la cual se hará constar la fecha de entrega definitiva a satisfacción de El __________________________(entidad estatal), de las obras y las observaciones a que hubiere lugar. Mientras EL CONTRATISTA no haya terminado las obras o no haya ejecutado las reparaciones y/o modificaciones ordenadas, la obra no será recibida. La entrega definitiva de todas las obras comprendidas en el contrato se harán constar en un acta final que firmarán El CONTRATISTA y el interventor. En todo caso las entregas parciales de obra no implican recibo definitivo de esas partes y menos la de toda la obra. 1.36. CAMBIO O RETIRO DE MAQUINARIA El CONTRATISTA no podrá cambiar o retirar la maquinaria ofrecida para el contrato, sin el consentimiento previo y escrito del interventor. 1.37. ACEPTACIÓN FINAL Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Terminadas y recibidas las obras en forma definitiva por El ______________________(entidad estatal), se procederá a efectuar la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, mediante acta suscrita entre EL CONTRATISTA y El ____________________________(entidad estatal). Para la liquidación deberán recopilarse los siguientes documentos: 1. Copia del contrato, de sus adiciones y de sus modificaciones si las hubiere.

2. Copia de todas las actas que hacen parte del contrato. 3. Relación de todos los pagos hechos al CONTRATISTA durante la ejecución del contrato. 4. Garantía única vigente y sus modificaciones, si las hubiere. En el acta se dejará constancia: 1. De la entrega de las obras por parte de EL CONTRATISTA y del recibo a satisfacción por parte de El ______________________________(entidad estatal). 2. De las reformas en plazo y precio, si las hubiere. 3. De la cantidad de obra ejecutada, de sus valores y del total. 4. Del número de actas de recibo de obra parciales. 5. Resoluciones que modifican, interpretan o terminan el contrato y/o que imponen la caducidad durante la ejecución del mismo, así como de la liquidación y cobro autorizado por EL CONTRATISTA de multas y cláusula penal pecuniaria pactadas en el texto contractual. 6. De los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes. Si EL CONTRATISTA no se presenta a liquidar el contrato o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, en un término de _______ (___) días hábiles contados a partir de la ocurrencia del evento que de lugar a la liquidación, El _________ _________________(entidad estatal) podrá efectuar la liquidación unilateral que será aprobada mediante acto administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición. 1.38. VISITA A LA ZONA DE LAS OBRAS El _____________________________(entidad estatal) tiene programada para el ___ de ___________ de 200__ a las ________, la visita a la zona de las obras. El sitio de reunión será en _______________________________ de la ciudad (o municipio) de ____________________________. La visita será dirigida por un funcionario de El ________________________(entidad estatal), quien levantará un acta sobre la asistencia y observaciones especiales. Los proponentes podrán visitar e inspeccionar las zonas de las obras para investigar la disponibilidad de mano de obra, medios de transporte, accesos, zonas para campamentos, condiciones locales que afectan la construcción y de manera especial las posibles fuentes de abastecimiento de materiales para la obra y sus características de explotación. El hecho de que los proponentes no se enteren debidamente de las condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no será excusa válida para posteriores reclamaciones. La visita conjunta no es de carácter obligatorio pero incidirá en la calificación de las propuestas. CAPÍTULO II Condiciones generales 2.1. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

El ____________________________(entidad estatal) contratará por la modalidad de precios unitarios, con reajuste de precios, la ejecución de la obra correspondiente, cuyas especificaciones se determinan en el capítulo III de éstos pliegos de condiciones. 2.2. PARTICIPANTES Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas nacionales y/o extranjeras, que se encuentren legalmente constituidas y debidamente inscritas, clasificadas y calificadas en el registro de proponentes de la Cámara de Comercio, en la modalidad de constructores, en la especialidad _____, grupo ______, con una capacidad residual mínima de ________ SMLV (salarios mínimos legales vigentes), y domiciliados en Colombia, que dispongan de la suficiente capacidad técnica y operativa para contratar la ejecución del proyecto: ________________________________________________. En las mismas condiciones podrán hacerlo los consorcios y/o las uniones temporales, acreditando individualmente la inscripción, calificación y clasificación de sus miembros en el citado registro de proponentes. Las personas naturales extranjeras, sin domicilio en el país o las personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal, su inscripción en el registro de proponentes y la constitución de apoderado, previo a la presentación de la propuesta. Para poder participar los proponentes deberán acreditar cumplir con los requisitos establecidos a continuación: 1. La capacidad de contratación disponible de un consorcio o unión temporal se obtendrá de la sumatoria de la capacidad de contratación disponible de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, en la especialidad y grupo solicitado para ejecutar el tipo de labores establecido en los presentes pliegos de condiciones. Del mismo modo cada uno de los integrantes de la unión temporal o del consorcio deberá disponer como mínimo del ___________________ por ciento (___%) de la capacidad disponible requerida, en la especialidad y grupo exigido para ejecutar el tipo de labores establec ido en estos pliegos, y él o los otros integrantes del consorcio o unión temporal deberán acreditar contar con el ________________ por ciento (___%) de la capacidad total de la contratación disponible exigida. 2. No hallarse incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar de las establecidas en la Constitución Política y en la Ley 80 de 1993 (art. 8º). 3. Las personas jurídicas nacionales, deberán acreditar que su duración no será inferior al plazo del contrato y _______ año(s) más. 4. En caso de requerir autorización para poder celebrar contratos a partir de determinadas cuantías conforme al acto de constitución de la sociedad, presentar la respectiva autorización de la junta directiva de la misma, para la presentación de la oferta y la suscripción del contrato que se llegare a adjudicar como resultado de la presente licitación. 5. Para las personas jurídicas, estas deberán acreditar su constitución e inscripción vigente en el registro mercantil, expedido con anterioridad no superior a ___________ días calendario contados a partir del cierre de la Licitación. 6. El objeto social de la persona jurídica proponente, deberá coincidir con el Objeto de la presente licitación. 7. Si se trata de consorcio o unión temporal quien presente oferta deberá:

7.1. Acreditar la existencia y representación de cada uno de los miembros de la misma, si se trata de personas jurídicas y con el lleno de los requisitos previstos en los numerales 5º y 6º. 7.2. Estipular en forma clara y expresa si la participación es a título de consorcio o unión temporal e indicar las reglas básicas que regulen su relación y responsabilidad y así mismo la designación del representante legal. 7.3. Manifestar si se trata de una unión temporal los términos y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la propuesta y su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y expreso de El _______________ __________________(entidad estatal). 2.2.1. NÚMERO MÍNIMO DE PARTICIPANTES El número mínimo de participantes hábiles para no declarar desierta la licitación es de uno (1). Se entiende por participante hábil quien no esté incurso en las causales de inhabili dades e incompatibilidades contemplados en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993. El proponente deberá afirmar, bajo juramento, que se entiende prestado con la suscripción de la carta de presentación de la propuesta, que ni él ni la sociedad que representa se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y demás prohibiciones previstas en las Ley 80 de 1993 y demás disposiciones legales vigentes. 2.3. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Si los proponentes fueren personas jurídicas, deberán acreditar su existencia y representación mediante certificado de existencia y representación legal, expedido por la entidad correspondiente. Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no sea inferior al plazo del contrato y _____ año(s) más (L. 80/93, art. 6°, inc. 2°). Los consorcios y uniones temporales deberán probar su existencia mediante documento que acredite su conformación y representación. 2.4. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN • • • • • • • • • • • • • • •

Registro de entrega de los pliegos de condiciones. Registro de recibo de propuestas. Licencia ambiental, si fuere del caso. Plan de inversión de la(s) partida(s) presupuestal(es), y el correspondiente Presupuesto Oficial Certificado de Inscripción en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión de la correspondiente entidad estatal. Estudio de conveniencia y oportunidad del contrato. Estudios, planos y diseños. Certificado de disponibilidad presupuestal. Resolución de apertura de la Licitación. Pliegos de condiciones. Avisos de prensa. Acta de apertura de la licitación. Acta de la audiencia de aclaración de los pliegos de condiciones (si la hay). Acta de cierre de la licitación. Estudios técnicos, económicos y jurídicos (L. 80/93, art. 30, num. 7°).

• • • •

Constancia de permanencia en secretaría, de la evaluación de las propuestas presentadas a los oferentes. Acta de la audiencia pública de adjudicación (si la hay). Resolución de adjudicación o resolución que declara desierta la licitación. Propuesta del adjudicatario.

2.5. DOCUMENTOS Y FORMATOS ESENCIALES DE LA PROPUESTA Con la propuesta deberán presentarse los documentos en original o fotocopia indicados a continuación. La omisión de cualquiera de ellos implicará que se descarte para la evaluación y posterior adjudicación: 2.5.1. DOCUMENTOS 1. Carta de presentación de la propuesta, de acuerdo con el modelo adjunto suministrado por El ______________________(entidad estatal), firmada por el proponente si éste es persona natural, por el representante legal si es persona jurídica o por el representante del consorcio o unión temporal si es del caso. 2. Garantía de seriedad de la propuesta, constituida en la forma exigida en el numeral 1.12 de estos pliegos de condiciones. Cuando la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, la póliza o constancia de depósitos debe ser constituida o efectuada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando sus integrantes) y no a nombre del representante del consorcio o unión temporal exclusivamente. 3. Certificado de existencia y representación legal, expedido por la entidad respectiva, con anterioridad no mayor de ___________ (___) días calendario a la fecha de cierre de la licitación, cuando se trate de persona jurídica.7 4. Acta de autorización de la junta o asamblea de socios, según sea el caso, cuando estatutariamente se requiera. 5. Certificado de inscripción, clasificación y calificación vigente en el registro único de proponentes de la cámara de comercio, en la modalidad de constructores. 6. Documento que acredite la conformación y representación del consorcio o unión temporal, cuando fuere del caso. 7. Documento en el cual el proponente manifieste cuál es su capacidad real de contratación o capacidad residual, que es aquella que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución EL CONTRATISTA. La capacidad residual se exigirá por parte de las entidades estatales en el momento de presentar la propuesta cualquiera que sea la modalidad del contrato. Para la capacidad residual se tomarán todos los contratos que esté ejecutando en forma general: privados, estatales incluyendo los que se exceptúan de registro en la Cámara de Comercio, artículo 22 de la Ley 80 de 1993 inciso 6º y los que se tengan por participación en sociedades, consorcios o uniones temporales (D. 92/98, art. 1º, num. 2º). 2.5.2. FORMATOS 1.

Formulario cantidades de obra, precios unitarios y valor total de la propuesta (ver 4.1).

2.

Programa de trabajo y avance de obra (equipo) (ver 4.2).

2ª.

Programa de trabajo y avance de obra (ver 4.3).

3.

Programa de inversión general (ver 4.4).

4.

Formato programa de utilización del equipo (ver 4.5).

4ª.

Relación del equipo solicitado y ofrecido para la construcción de la obra, especificando si es propio, en contrato de leasing o en alquiler, el cual será relacionado en el formato anexo. La propiedad y disponibilidad del equipo debe acreditarse en su totalidad a través de cualquiera de los siguientes documentos (ver 4.6):

4.A.1. Certificado de inscripción, clasificación y calificación en el registro único de proponentes de la cámara de comercio. 4.A.2. Facturas de compra. 4.A.3. Tarjetas de propiedad. 4.A.4. Contratos de compraventa, acreditando, si hubiere lugar, el pago del impuesto de timbre. 4.A.5. Contratos de leasing (alquiler o arrendamiento financiero). 4.A.6. Cartas de compromiso de alquiler, acompañada de los documentos que acrediten la propiedad de quien promete alquilarlos. 4.B. Formato documento de compromiso de alquiler de equipo (ver 2.27). 5.

Formato programa de inversión del anticipo (ver 4.2.8).

5ª.

Cuadro de información sobre contratos vigentes. En él se incluirán los valores de las actas de obra que hayan sido aceptadas por el Interventor y los contratos nuevos que le hayan sido adjudicados, indicando el valor de los saldos pendientes por ejecutar, según formato suministrado por El ________________________ (entidad estatal) (ver 4.9). Con base en este cuadro se corroborará lo manifestado por el proponente en relación con su capacidad residual.

6.

Análisis de precios unitarios para cada uno de los componentes del ítem, de acuerdo con el modelo suministrado y en las condiciones exigidas (ver 4.10).

7.

Experiencia en contratos anteriores en los últimos ______ ( ___ ) años, acompañados de las certificaciones de ejecución expedidas por las entidades contratantes. (ver 4.11)

8.

Esquema de organización de los trabajos y personal directivo que proyecta emplear en la obra.

2.6. OTROS DOCUMENTOS 1. Información sobre experiencia del director permanente o ingeniero(s) residente(s) que proyecta establecer en la obra. 2. Recibo de consignación por concepto del pago de los pliegos de condiciones, expedido a nombre del proponente. 3. Certificado de visita conjunta al sitio de la obra. 4. Lista de precios básicos, equipos y jornales. 2.7. ALTERNATIVAS Y PROPUESTAS PARCIALES Los proponentes se adaptarán a las exigencias específicas de los pliegos de condiciones, pero podrán presentar alternativas y propuestas parciales, sin que ello signifique condicionamientos para la entidad.

2.8. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al del inicio del plazo para la presentación de propuestas y a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones, se celebrará una audiencia, con el objeto de precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o representante legal de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a dichos documentos y prorrogará, si fuere necesario, el plazo de la licitación, hasta por ________ (__) días hábiles. Lo anterior no impide que, dentro del plazo de la licitación, cualquier interesado pueda solicitar por escrito aclaraciones adicionales, que la entidad contratante responderá mediante comunicación igualmente escrita, copia de la cual enviará a todos y cada una de las personas que retiraron pliegos de condiciones (L. 80/93, art. 30, num. 4º). Si un proponente encuentra inconsistencias, errores, omisiones o necesita alguna aclaración a las condiciones del pliego, deberá enviar su solicitud por escrito a El __________ _____________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), por lo menos con ______ (__) días calendario de anterioridad a la fecha de cierre de la licitación. Las aclaraciones, cambios o modificaciones a los pliegos de condiciones que profiera El ______________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), por su propia iniciativa o conveniencia, o a solicitud expresa de un proponente, se harán por medio de adendos numerados secuencialmente, que se enviarán a quienes, de acuerdo con el registro elaborado por la (unidad ejecutora responsable) _______________________________, hayan adquirido los pliegos de condiciones. Las modificaciones a los pliegos de condiciones, que se refieran a los elementos relacionados con el objeto a contratar y contenidos en el llamado a licitación o convocatoria pública, se publicarán, al menos por una vez, en el mismo medio en que se hizo la convocatoria inicial y en todo caso con no menos de ________ (__) días hábiles de anticipación a la fecha del cierre definitivo de la licitación. Los adendos proferidos por El _________________________(entidad estatal- unidad ejecutora responsable), harán parte integral de los pliegos de condiciones. 2.9. ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS Los proponentes deberán presentar los análisis de precios unitarios. Los precios unitarios comprenden todos los costos, por concepto de equipo, mano de obra y materiales necesarios para la realización de la obra y su entrega a entera satisfacción de El ________________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), por lo cual en el análisis de precios unitarios los proponentes deberán tener en cuenta los siguientes costos: 1. Los costos derivados de la utilización de equipo, maquinaria y herramientas. 2. Los precios de materiales necesarios para adelantar la obra y el transporte respectivo. 3. Los costos derivados de la mano de obra, deberán cubrir los salarios y prestaciones sociales obligatorios, anexando la lista de precios básicos. 4. Los costos varios por concepto de oficina, primas, seguros, honorarios y en general todo costo directo o indirecto, imputable a la ejecución de la obra, objeto de la licitación.

5. Los directos e indirectos respectivos, incluidos en ellos los impuestos y contribuciones de ley. Este análisis deberá incluir un análisis de precios de cada uno de los ítems a desarrollarse para la ejecución de la obra, objeto de la licitación. El análisis de precios deberá tener en cuenta la clase y calidad de materiales, compatibles a los requerimientos establecidos en las especificaciones técnicas que, para la realización de la obra, se determinan en el capítulo III de estos pliegos de condiciones. Si en el análisis de precios unitarios no se determinan los volúmenes y/o materiales adecuados, de conformidad con las especificaciones establecidas en estos pliegos de condiciones, ello no implica aceptación alguna de los volúmenes y/o materiales propuestos, en tanto no cumplan con dichas especificaciones. En caso de existir discrepancias entre los formularios de análisis de precios unitarios y el de cantidades de obra y precios, se tomarán como ciertos los valores determinados en el formulario de análisis de precios unitarios. Para la elaboración del análisis de precios unitarios se utilizará el formato 4.1, anexo a éstos pliegos de condiciones y se utilizará para su estudio analítico el sistema métrico decimal. Se entiende que no habrá lugar a reclamación alguna basada en el análisis de precios unitarios que se presente con la propuesta. Nota: En los precios unitarios se tendrá en cuenta el ajuste al peso, por exceso o por defecto. 2.10. RELACIÓN DE CANTIDADES Y PRECIOS Esta relación de cantidades y precios se hará con base en el formulario que para tal fin se establece en este pliego de condiciones (ver 4.1), el cual deberá diligenciarse de acuerdo con los precios propuestos para cada una de las unidades o cantidades de obra a ejecutarse. El valor básico de la propuesta será el resultado de la suma de los productos, que resulten de multiplicar las cantidades de obra por el precio unitario, corregido ar itméticamente, de cada una de ellas, las cuales deberán incluir su respectivo AIU, debidamente discriminado. El valor básico de la propuesta deberá expresarse en letras y números. El valor global de cada ítem, será el que resulte de multiplicar la cantidad de obra determinada, por el precio unitario propuesto y consignado en el formulario. Si el valor global de un ítem no corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección correspondiente. 2.11. VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA Se entiende como valor total de la propuesta el resultante de la suma del valor básico más el porcentaje estimado para reajustes. En el formulario Cantidad de Obra, Precios Unitarios y Valor Total de la Propuesta (ver 4.1), el proponente deberá anotar los precios por unidades o cantidades de obra y los precios totales. En caso de existir diferencias entre los precios unitarios de los análisis y los precios que figuren en los formularios de cantidades de obra, primará el precio unitario corregido aritméticamente. En las correcciones aritméticas se considerará el resultado exacto de la multiplicación de las cantidades de obra indicadas en el formulario de las propuestas, por el precio unitario, en pesos colombianos, de cada ítem de obra especificado. Si el valor global de cada ítem no corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección correspondiente, en cuyo caso se considerará como valor total de ésta, el que resulte una vez hecha las correcciones. 2.12. REAJUSTE DE PRECIOS

(Para obra pública de carácter arquitectónico) El ________________________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), reconocerá reajuste de precios sobre el valor de las obras ejecutadas a partir del día de cierre de la licitación y antes de vencido el plazo inicial o las prórrogas debidamente legalizadas, de acuerdo con el índice del costo total de edificación que mensualmente produzca la Cámara Colombiana de la Construcción, Camacol, seccional (departamento respectivo)________________, mediante la aplicación de la siguiente fórmula: I Vr = Ao (—— – 1) Io

donde: Vr = Valor del reajuste del acta de recibo de obra mensual. Ao = Valor obra mensual del acta a reajustar reduciendo el porcentaje del anticipo amortizado en cada cuenta. I=

Índice del costo total de edificación del mes de ejecución de la obra a reajustar, cuando esta corresponda al menos a la cuarta parte del programa general de trabajo e inversión o se trate de obra ejecutada en forma adelantada

Io = Índice del costo total de edificación correspondiente al mes de la presentación de la propuesta. En caso de incumplimiento del plan general de trabajo e inversión, los reajustes de las actas de pago mensuales se calcularán de acuerdo con los índices correspondientes a los meses en los cuales ha debido ejecutarse la obra. Se facturará mensualmente por obra ejecutada, con un mes de posterioridad a la ejecución de la obra, una vez Camacol suministre los índices. Se considerará dentro del valor total del contrato el ________ por ciento (__%) del valor de la propuesta, por concepto de reajuste de precios sobre obras ejecutadas. Los precios unitarios serán inmodificables durante la vigencia del contrato. Este reajuste sólo se reconocerá con base en la obra ejecutada y se tomará para su cálculo los índices correspondientes al mes anterior a aquel en que se pague la obra ejecutada, siempre que ésta corresponda al menos a la cuota parte del plan de inversión previsto para el desarrollo del contrato. (Para obra pública de carácter vial) Habrá lugar a reajuste de precios a partir del día de cierre de la licitación y antes de vencido el plazo inicial o las prórrogas debidamente legalizadas, para lo cual se aplicará la siguiente fórmula: I P = Po ______ Io

en donde: P = Valor ajustado de la obra ejecutada. Po = Valor de la obra a los precios pactados en el contrato.

I=

Índice total de costos de construcción de carreteras.

Estos índices se tomarán del boletín estadístico publicado por el Ministerio del Transporte y/o el Instituto Nacional de Vías correspondiente al grupo y mes anterior a aquel en que se pague la obra ejecutada. Io = Valor del índice total del costo de construcción de carreteras, correspondiente al valor de obra por ajustar y al mes de cierre de la licitación. Este reajuste sólo se reconocerá con base en la obra ejecutada y se tomará para su cálculo los índices correspondientes al mes anterior a aquel en que se pague la obra ejecutada, siempre que ésta corresponda al menos a la cuota parte del plan de inversión previsto para el desarrollo del contrato. En caso de incumplimiento del plan general de trabajo e inversión, los ajustes de las actas de pago mensuales se calcularán de acuerdo con los índices correspondientes a los meses en los cuales ha debido ser entregada la obra, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento. Los precios unitarios serán inmodificables durante la vigencia del contrato. 2.13. FORMA DE PAGO El ______________________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), pagará el valor del contrato en la siguiente forma: Un anticipo equivalente al _____________________ por ciento (___%) del valor básico del contrato (conforme a lo previsto en la L. 80/93, art. 40, par .). El CONTRATISTA se obliga a abrir, con los fondos provenientes del anticipo, una cuenta bancaria a nombre de la obra y su manejo será supervisado por el interventor correspondiente. Los rendimientos financieros derivados de la misma serán del CONTRATISTA una vez ejecutado a satisfacción el contrato, de lo contrario, tales serán de propiedad de El ____________________(entidad estatal), debiendo reintegrarlos EL CONTRATISTA según la liquidación realizada. El anticipo se amortizará mediante deducciones que se aplicarán a las actas parciales de entrega, en las que se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo, hasta que su valor quede totalmente amortizado. El interventor velará por el estricto cumplimiento del plan de inversión del anticipo. 2.14. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN En la selección de propuestas para la adjudicación de la presente licitación, por el sistema de precios unitarios, se aplicará lo dispuesto por la Ley 80 de 1993, realizando los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las propuestas, señalando para ello un plazo máximo de ___________ (___) días hábiles, contados a partir de la fecha de la diligencia de cierre de la licitación, comprendidos dentro de estos los días para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables (L. 80/93, art. 30, num. 7°). Si El ________________________(entidad estatal) establece que el plazo previsto para elaborar los estudios antes mencionados, no garantiza el deber de selección objetiva, podrá modificarlo, determinando un nuevo plazo que no podrá exceder del término inicialmente fijado (D. 287/96, art, 4°).

La evaluación de las propuestas se hará en el siguiente orden: A) Estudio jurídico: Se estudiarán y analizarán los requisitos esenciales de orden constitucional y legal exigidos en la Constitución Política, Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios, demás normas concordantes, y en los pliegos de condiciones, verificando su estricto cumplimiento. Constituyen requisitos esenciales de la propuesta, los documentos esenciales de las mismas que se ajusten a los términos y especificaciones que sobre ellos se soliciten en los pliegos de condiciones. Serán descartadas las propuestas que no cumplan los citados requisitos legales. B) Estudio económico: A las propuestas elegibles se les hará las correcciones aritméticas en los formularios de cantidades de obra y análisis de precios unitarios. En estas correcciones se considerará el resultado exacto de la multiplicación de las cantidades de obra indicados en el formulario de las propuestas, por el precio unitario en pesos colombianos, de cada ítem de obra especificado. Si el valor global de cada ítem no corresponde a tal multiplicación, se hará la corrección correspondiente, en cuyo caso, se considerará como valor total de ésta, el que resulte una vez hechas las correcciones. Cuando existan discrepancias entre los precios unitarios de la propuesta y sus correspondientes análisis de precios, regirán los precios que aparecen en los análisis de los precios unitarios, corregidos aritméticamente. Verificada la exactitud de los cálculos numéricos requeridos para obtener el valor total de la propuesta, se elaborará un cuadro contentivo del resumen del análisis de las propuestas, en el que se contemplen el cumplimiento de los documentos señalados como esenciales de la propuesta, en el numeral 2.5. de este pliego y además los siguientes factores: cumplimiento en contratos anteriores, organización, equipo de los oferentes, plazo, precio y ponderación precisa y detallada de los mismos, y se aplicará la fórmula matemática dispuesta para establecer la ponderación correspondiente al precio de cada una de las propuestas. De igual forma en este estudio se verificará que lo manifestado por los proponentes en relación con la capacidad residual exigida en los presentes pliegos de condiciones se ajuste a los mismos. C) Estudio técnico: La evaluación técnica de las propuestas se adelantará teniendo como marco lo dispuesto en las leyes 80 de 1993, Estatuto General de Contratación y 400 de 1997, así como en los Decretos 033 y 034 de 1998, normas sobre construcciones sismorresistentes, los pliegos de condiciones y demás normas vigentes sobre la materia, y realizando: a) Revisión del equipo requerido para verificar que éste cumpla con las especificaciones y cantidades exigidas en los pliegos de condiciones; Verificación de la calidad de los materiales ofertados, para que éstos cumplan con las disposiciones sobre construcciones sismorresistentes; Revisión de cumplimiento y ponderación de factores y requisitos distintos del precio, y Elaboración del cuadro resumen de las evaluaciones y del correspondiente orden de elegibilidad, que será avalado como recomendación para adjudicar, por los distintos comités evaluadores. 2.14.1. PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La ponderación de los factores de evaluación se aplicará(n) a la(s) propuesta(s) no descartada(s), es decir, a la(s) propuesta(s) que cumplió(eron) con los requisitos exigidos de orden legal y según los pliegos de condiciones de acuerdo con el estudio jurídico, mediante la aplicación del siguiente puntaje: a)

Precio

40 puntos

b)

Programa de inversión general

15 puntos

c)

Equipo requerido

d)

Organización

10 puntos

e)

Cumplimiento contratos anteriores 10 puntos

f)

Experiencia

g)

Visita al sitio de la obra

5 puntos 15 puntos

Total puntaje asignado:

5 puntos 100 puntos

En caso de quedar una sola propuesta para evaluar, se aplicará la ponderación contra el presupuesto oficial y los términos establecidos en los presentes pliegos de condiciones, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 29 de la Ley 80 de 1993, en lo que hace referencia a la consulta de precios o condiciones del mercado. 2.14.1.1. PROCEDIMIENTO PARA LA PONDERACIÓN A. DEL PRECIO = 40 PUNTOS Al factor precio se le asi gnan cuarenta (40) puntos, los cuales se otorgarán de acuerdo con el siguiente procedimiento: •

Se obtiene el promedio aritmético del valor básico de las propuestas presentadas (Pp), donde (Pn) es cada una de las propuestas a evaluar.



Al promedio de las ofertas presentadas (Pp) se le suma el presupuesto oficial (Po) y se obtiene un promedio básico (Pb), al cual se le asignan los cuarenta (40) puntos establecidos para la calificación del precio. Pp + Po = Pb 2



A las ofertas que se encuentran por debajo del valor promedio (Pb), se les asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio: Cpn = Pn/Pb X 40 = puntaje obtenido



A las propuestas que se encuentren por encima del valor promedio(Pb), se les asignará el puntaje de acuerdo con el siguiente criterio: Cpn = 100 - Pn/Pb X 60 = puntaje obtenido

B. DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN GENERAL = 15 PUNTOS Para la asignación del puntaje correspondiente al programa de inversiones, se calculará un factor de evaluación de acuerdo con los flujos de inversión propuestos en el programa de inversión. Para éste efecto se tomará una tasa de ajuste del dos por ciento (2%) mensual acumulativo. Con el valor de evaluación calculado para cada propuesta se obtiene el promedio de éstas (EP). El puntaje para evaluación (PE) se calculará de la siguiente manera: •

A las ofertas, cuyo factor de evaluación (En), se encuentre por encima del factor de evaluación promedio de las propuestas (EP), se aplicará la siguiente fórmula: PE = (2 - (En/Ep) ) x 15



A las ofertas, cuyo factor de evaluación (En), se encuentre igual o por debajo del factor de evaluación promedio (Ep) de las propuestas, se aplicará la siguiente fórmula: PE = (En / Ep) x 15

En donde: En = Factor de evaluación de la propuesta. Ep = Factor de evaluación promedio de las propuestas. C. DEL EQUIPO REQUERIDO = 10 PUNTOS El equipo requerido en la propuesta tendrá una calificación máxima de diez (10) puntos, los cuales se asignarán de la siguiente manera: Para cada equipo propio que el proponente ofrezca, en el formato relación del equipo requerido de los pliegos de condiciones y cuya propiedad se encuentre acreditada, de acuerdo con lo expresado en el numeral 2.5.2, se asignará una calificación de 10/n, siendo n el número de equipo requerido. Para cada equipo ofrecido en leasing, se asignará una calificación 7/n, siendo n el número de equipo requerido. Para cada equipo ofrecido como alquilado y que se acredite su disponibilidad se asignará una calificación de 5/n, siendo n el número de equipo requerido. D. ORGANIZACIÓN = 5 PUNTOS De acuerdo al organigrama presentado por la firma proponente, se concederá un punto por cada nivel funcional dentro de la organización del personal disponible para ejecutar la obra así: directivo, ejecutivo, administrativo, técnico y operativo. E. DEL CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS ANTERIORES = 10 PUNTOS De acuerdo con la información que El ____________________________(entidad estatal) posea y con el boletín de la Cámara de Comercio, en relación al cumplimiento de los proponentes sobre la ejecución de contratos de obras anteriores a la fecha de cierre de la licitación, se asignará a cada propuesta una calificación de cero (0) a diez (10) puntos, con los siguientes criterios: 1. Para proponentes que no registren sanciones ejecutoriadas, impuestas durante los seis (6) años inmediatamente anteriores a la fecha del cierre de la licitación, se asignarán diez (10) puntos. 2. Para proponentes que registren sanciones ejecutoriadas, impuestas en procesos contractuales durante los seis (6) años inmediatamente anteriores a la fecha del cierre de la licitación, se asignará cero (0) puntos. F. EXPERIENCIA = 15 PUNTOS De acuerdo con la experiencia que acrediten los proponentes, con relación a las obras por ellos ejecutadas, se asignará a cada propuesta una calificación entre cero (0) y quince (15) puntos según los siguientes criterios:

1. Para los proponentes que acrediten ejecución de contratos, se asignará a cada propuesta entre cinco (5) y quince (15) puntos, teniendo en cuenta los valores ejecutados correspondientes a contratos terminados en los últimos dos (2) años, anteriores a la fecha del cierre de la licitación. La experiencia del proponente debe relacionarse en el formato correspondiente. Este puntaje se asignará de la siguiente manera: 5 puntos: Para proponentes que tengan obras similares o afines ejecutadas en los últimos dos (2) años, por un valor presente entre ciento veinticinco por ciento (125%) y ciento cincuenta por ciento (150%) del valor de la oferta presentada. 7 puntos: Cuando el valor presente de las obras similares y/o afines ejecutadas, se encuentre entre el ciento cincuenta por ciento (150%) y el ciento setenta y cinco por ciento (175%), del valor de la oferta presentada. 11 puntos: Cuando el valor presente de las obras similares y/o afines ejecutadas, esté entre el ciento setenta y cinco por ciento (175%) y el doscientos por ciento (200%), del valor de la oferta presentada. 15 puntos: Cuando el valor presente de las obras similares y/o afines ejecutadas, sea superior al doscientos por ciento (200%) del valor de la oferta presentada. 2. Para proponentes que acrediten experiencia en construcción de obras similares, afines y no afines en los últimos dos (2) años, anteriores a la fecha de cierre de la licitación, que hayan ejecutado obras por un valor presente entre cien por ciento (100%) y ciento veinticinco por ciento (125%) del valor de oferta presentada, se asignarán 4 puntos. 3. Para los proponentes que acrediten una experiencia menor a las anteriores, se asignará cero (0) puntos. Para efectos del cálculo de éste factor, se tomará el valor presente hallado con la siguiente fórmula: nVP = VI (1+i)

En donde: VP = Valor presente VI = Valor ejecutado de las obras i = 2% n = Número de meses contados desde la fecha de terminación del contrato, o en contratos vigentes desde la fecha de la última facturación. La ponderación de los factores de evaluación y la determinación de las equivalencias, de que trata el numeral 2.18 de este pliego, corresponderá al comité que para tal efecto conforme el señor (ordenador de gasto o su delegado) _____________________________. G. VISITA AL SITIO DE LA OBRA = 5 PUNTOS A quienes personalmente o mediante representante legal o su delegado, quien debe ser profesional idóneo de la ingeniería civil, administración de obras civiles y/o arquitectura, autorizado por escrito, se presente a la hora y fecha y en el lugar indicado al sitio dispuesto para

la obra y pueda comprobarlo dentro de la propuesta, mediante certificación expedida por El _______________________(entidad estatal-unidad ejecutora responsable), se le concederán cinco (5) puntos. La no asistencia implica una calificación de cero (0) puntos. Para efectos de la calificación, esta información podrá ser verificada y si se encuentra alguna inconsistencia la oferta será rechazada. 2.15. DESCARTE DE LAS PROPUESTAS Las propuestas serán descartadas en los siguientes casos: 1. Cuando no se ajusten a los pliegos de condiciones. 1. Una propuesta no se ajusta a los pliegos de condiciones cuando carece de alguno de los documentos esenciales, se compruebe inexactitud en su contenido o no cumpla lo estipulado para cada uno de ellos. 2. Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes o participando en sociedades, consorcios o uniones temporales diferentes, aunque su participación sea minoritaria. 3. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, artículo 8°, así como en las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes. 4. Cuando la propuesta no fue presentada debidamente firmada por el proponente o el representante legal, si es persona jurídica. 5. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente. 6. Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas, presenten enmendadoras o correcciones que no aparezcan debidamente autorizadas o salvadas con la firma del proponente o la de quién suscriba el documento. 7. Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta, o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del proponente a la entidad o a los demás participantes. 8. Cuando el valor individual de la propuesta se encuentre superando el valor del presupuesto oficial o por debajo del promedio básico en un ____________________ por ciento (_____%) respecto del mismo, por cuanto se consideran valores artificiales. 9. No disponer el proponente de la capacidad de contratación residual exigida en los presentes Pliegos de Condiciones. 10. Cuando la póliza que garantice la seriedad de la propuesta no se ajuste a los requerimientos dispuestos en estos Pliegos de Condiciones. PAR. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos (L. 80, art. 25, num. 15, inc. 2°). 2.16. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN El ________________________(ordenador de gasto o el funcionario delegado para el efecto) declarará desierta la licitación en los siguientes casos: 1. Cuando no se presente propuesta alguna.

2. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste a los presentes pliegos de condiciones. 3. En virtud del principio de transparencia, cuando claramente comprobado se constate la violación de la reserva de las mismas, de manera ostensible, antes del cierre de la licitación. El __________________________(entidad estatal) podrá declarar desierta la licitación dentro del término previsto para adjudicación del contrato, cuando existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable para El ________________________(entidad estatal), o en el caso de quedar una sola propuesta para la adjudicación y que al efectuarle la ponderación, su puntaje sea inferior a 70 puntos del total a asignar, es decir, sobre 100 puntos. La declaratoria de desierta de la licitación, únicamente procederá por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo, en el cual se señalarán, en forma expresa y detallada, las razones que han conducido a esa decisión (L. 80/93, art. 25, num. 18).8 2.17. INFORMES DE EVALUACIÓN PARA OBSERVACIONES DE LOS OFERENTES Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas (L. 80/93, art. 30, num. 8°). 2.18. TÉRMINO DENTRO DEL CUAL SE HARÁ LA ADJUDICACIÓN UNA VEZ CERRADA LA LICITACIÓN Y PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO UNA VEZ EFECTUADA AQUELLA La adjudicación de la presente licitación se hará dentro de los ______ (___) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a aquel en que haya vencido el plazo previsto anteriormente (D. 287/96, art. 3°), mediante resolución motivada expedida por el (ordenador de gasto o el funcionario delegado para el efecto)_____________________. El comité calificador evaluará las propuestas, calificará los aspectos jurídicos, económicos y técnicos, contenidos en ellas y establecerá un orden de elegibilidad. El ____________________________ (entidad estatal) podrá adjudicar total o parcialmente esta licitación. La resolución de adjudicación se notificará al proponente favorecido, por el procedimiento que para ello fija el Código Contencioso Administrativo y en el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a los no favorecidos, si a ello hubiere lugar, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la expedición de la misma (L. 80/93, art. 30, num. 11). Contra la resolución de adjudicación no procede recurso alguno, por la vía gubernativa (L. 80/93, art. 77, par. 1º). Siempre que las necesidades así lo exijan, El ____________________________(entidad estatal) podrá prorrogar el plazo de adjudicación antes de su vencimiento y por un término total no mayor a la mitad del inicialmente fijado. Ejecutoriada la resolución de adjudicación, esta es irrevocable y obligará a El ________ ___________________(entidad estatal) y al adjudicatario. Dentro de los _______ (___) días calendario, siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación al proponente favorecido, éste deberá suscribir el contrato, de conformidad con la minuta que hace parte de los pliegos de condiciones y a las normas que para su celebración establece la Ley 80 de 1993.

Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término que se haya señalado en los pliegos de condiciones, quedará a favor de El ________________________(entidad estatal), en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósito o garantía. En este evento El ______________________________(entidad estatal) podrá adjudicar, mediante acto administrativo debidamente motivado, el contrato, dentro de los quince (15) días calendario, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para El ____________________________(entidad estatal) (L. 80/93, art. 30, num. 12). 2.19. GARANTÍA DEL CONTRATO Una vez suscrito el contrato, EL CONTRATISTA deberá constituir la garantía única exigida y pactada en el contrato (L. 80/93, art. 25, num. 19), a más tardar dentro de los ________ (__) días hábiles siguientes a la fecha de su perfeccionamiento. 2.20. VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción de El _______________________(entidad estatal), la totalidad de la obra objeto del presente contrato, será el establecido en los pliegos de condiciones, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia se contará a partir de la fecha de perfeccionamiento y contendrá el plazo de ejecución y ______ (__) meses más. 2.21. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y estos se eleven a escrito, y se efectúe el correspondiente Registro Presupuestal. Para la suscripción del contrato se allegará el Certificado de Existencia y Representación Legal, con una fecha de expedición no mayor de ______ (___) días calendario. 2.22. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito. Para la ejecución se requiere: 1. Aprobación de la garantía única de cumplimiento. 2. La existencia de las disponibilidad presupuestal correspondiente, salvo que se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Presupuesto. Requiere además: Pago de las tarifas dispuestas legalmente, 9 impuesto de timbre si hubiere lugar, publicación del contrato en el Diario o Gaceta Oficial de El ___________________ _________(entidad estatal) a cargo del CONTRATISTA (L. 80/93, art. 41, par. 3º). 2.23. DISPOSICIONES LEGALES Los proponentes deberán informarse y acatar las disposiciones legales que rigen la contratación en El ______________________(entidad estatal), la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, Ley 400 de 1997 y decretos 033 y 034 de 1998, normas sobre construcciones sismorresistentes, Ley 105 de 1993 (tratándose de obra pública de carácter vial), así como de las leyes vigentes sobre el empleo de trabajadores, protección social, seguros de vida y accidentes.

Así mismo, con la firma de la propuesta se entenderá que el proponente acepta los términos de la minuta del contrato, que hace parte integral de estos pliegos de condiciones y por tanto no se aceptarán reclamos posteriores a la adjudicación de la licitación. 2.24. CONDICIONES LOCALES DE TRABAJO Los proponentes deberán estudiar los requisitos y especificaciones determinadas en estos pliegos de condiciones, visitar el sitio donde se construirá la obra e informarse sobre las facilidades para la consecución de materiales, mano de obra, equipo disponible y en general sobre las condiciones reales en las que se realizarán las obras. El desconocimiento de estos aspectos, por el proponente, no darán derecho a reclamaciones posteriores a la adjudicación de la licitación. 2.25. DEDUCCIONES El pago de las tarifas legalmente dispuestas, serán descontados en las respectivas órdenes de pago, según lo establecido en los actos administrativos (acuerdo, ordenanza, etc. y decreto)______________________________ que apruebe y liquide, respectivamente, el presupuesto para la vigencia fiscal correspondiente. EL CONTRATISTA deberá cancelar el impuesto de timbre a que hubiere lugar. 2.26. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA es el único responsable de la vinculación de personal, la celebración de subcontratos y la adquisición de materiales, lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que El ___________________________(entidad estatal) adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Así mismo, serán de cuenta de EL CONTRATISTA el valor por concepto de derechos de utilización de servicios y zonas para producción, de acarreo y almacenamiento de materiales. Los perjuicios o daños que se causen a terceros, en desarrollo del contrato, serán por cuenta de EL CONTRATISTA. Además de lo anterior deberá dar estricto cumplimiento a los deberes establecidos en el artículo 5º de la Ley 80 de 1993. 2.27. MODIFICACIÓN A LAS CANTIDADES DE OBRA INICIALMENTE PACTADAS Cuando por circunstancias especiales, a juicio de El ______________________________ (entidad estatal), sea necesario ejecutar mayores cantidades de obra y/o obras adicionales no previstas en el contrato, pero que por su naturaleza formen parte de la obra y que no implique modificación al objeto de la licitación, EL CONTRATISTA estará obligado a ejecutar dichas obras a los precios unitarios pactados en el contrato. Si dichos precios no están fijados, se acordarán entre El _______________________(entidad estatal) y EL CONTRATISTA. Los análisis de precios unitarios para nuevos ítems deberán ser elaborados y se tomará como base para su análisis las condiciones económicas que regían a la fecha de cierre de la licitación, empleándose las mismas tarifas, rendimientos, precios de materiales, jornales, costos directos, etc., que se tuvieron en cuenta para la elaboración de los precios de la propuesta. El estudio y fijación de precios no previstos deberá hacerse con anterioridad a la ejecución de los trabajos correspondientes y cuando éstos no den lugar a variación en el valor total del contrato, ni en el plazo convenido, se hará mediante acta que suscribirán las partes contratantes. Si la modificación implica variación en el plazo o el valor convenido en el contrato, se suscribirá un contrato adicional que no podrá exceder la mitad de la cuantía originalmente pactada,

expresado éste en salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 40, parágrafo. Los contratos adicionales relacionados con el valor y el plazo, quedarán perfeccionados una vez suscritos, EL CONTRATISTA deberá prorrogar y/o adicionar la garantía única. También deberá hacer la publicación en la (Gaceta o Diario Oficial de la entidad estatal) ___________________________________ y efectuar el pago del impuesto de timbre, si hubiere a ello lugar. En todo caso, EL CONTRATISTA no podrá iniciar la ejecución del contrato adicional, hasta tanto no se haya perfeccionado, aprobado la prórroga o adición de la garantía y efectuado el registro presupuestal correspondiente, cuando hubiere lugar. 2.28. PLAN DE TRABAJO, PROGRAMA DE INVERSIÓN GENERAL Y PLAN DE UTILIZACIÓN DE EQUIPO Y ORGANIZACIÓN El ____________________________(entidad estatal) podrá ordenar la modificación parcial o total del plan de trabajo, del programa de inversión y del plan de utilización de equipo y organización, por factores de conveniencia u orden técnico, mediante comunicación escrita dirigida a EL CONTRATISTA. 2.29. EQUIPO Y PERSONAL MÍNIMOS REQUERIDOS EL CONTRATISTA deberá proveer un mínimo de equipo y personal suficiente para desarrollar los trabajos en el plazo ofrecido, estableciendo grupos de trabajo en número suficiente para terminar completamente la obra en el plazo mencionado, así: 2.29.1. EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO ___________________________________________________________ ___________________________________________________________ ___________________________________________________________ 2.29.2. PERSONAL CALIFICADO PARA REALIZAR LAS OBRAS ___________________________________________________________ ___________________________________________________________

CAPÍTULO III-A Especificaciones técnicas (Para obra pública de tipo arquitectónico) 3.1. SERVICIOS PRELIMINARES Las obras de acueducto y alcantarillado, plantas de tratamiento se construirán de acuerdo con las especificaciones generales de construcción especificadas en las normas Icontec, Insfopal, con las condiciones, aclaraciones y modificaciones incluidas en estos pliegos de condiciones. 3.1.1. ALCANCE Este capítulo tiene como objetivo establecer las normas de conservación del entorno humano en las áreas destinadas a las obras y adyacentes a las mismas. Al efecto, EL CONTRATISTA suministrará toda la mano de obra, planta, materiales y equipos para la correcta ejecución de

todos los trabajos aquí descritos. EL CONTRATISTA deberá adoptar los controles y medidas para preservar el bienestar del área donde se realice la obra. 3.1.2. GENERALIDADES Para que no se presenten perturbaciones e incomodidades a los vecinos y demás problemas que puedan originar este tipo de obras, EL CONTRATISTA deberá organizar, la disposición en los sitios de trabajo de los materiales a colocar. Con este fin EL CONTRATISTA deberá suministrar, instalar y mantener en buen estado la cantidad de señales y protecciones que a juicio de El ____________________________(entidad estatal) sean requeridas para la obra, en los sitios indicados por la misma y de acuerdo con lo estipulado en este capítulo. Para las señales y protecciones EL CONTRATISTA deberá seguir las normas y recomendaciones contenidas en el Manual Sobre Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras , del MOPT 1985. En las vías donde se suspenda el tránsito y de acuerdo con la autoridad competente y/o El _____________________(entidad estatal), se colocarán barricadas y señales informativas de las desviaciones provisionales del tránsito. El CONTRATISTA deberá conservar permanentemente mediante protecciones adecuadas, la estabilidad de postes de energía, alumbrado, árboles y demás construcciones superficiales que no sea absolutamente necesario desplazar de las líneas del proyecto. El CONTRATISTA tomará todas las medidas pertinentes para conservar durante el tiempo que duren los trabajos y a la entrega final todas la zonas aledañas, zonas de trabajo y todos los servicios públicos que interfieran con la obra y reparará los que se deterioren con ocasión de los trabajos; El _______________________________(entidad estatal) exigirá al CONTRATISTA el pago de los daños por concepto de reconstrucción o reposición de obras y elementos afectados a las entidades respectivas, por razones imputables al CONTRATISTA. Dichas actividades pueden ser agrupadas en: a) Determinación del entorno de la obra; b) Manejo de la obra, y c) Protección y adecuación de los sitios de trabajos. 3.1.3. DETERMINACIÓN DEL ENTORNO DE LA OBRA Comprende la determinación por parte del CONTRATISTA, previa aprobación de El ________________________________(entidad estatal), del área de influencia o entorno de la obra (vías, viviendas, construcciones, etc.). 3.1.4. MANEJO DE LA OBRA El ___________________________(entidad estatal) suministrará al CONTRATISTA los planos de construcción y las coordenadas y cotas de las referencias básicas para la localización de las obras. Una vez el CONTRATISTA las haya analizado y verificado satisfactoriamente, procederá a realizar el replanteo de la obra. La conservación de las referencias básicas correrá por cuenta del CONTRATISTA, siendo requerida la aprobación escrita de El ____________________________(entidad estatal) para removerlas, sustituirlas o modificarlas y el CONTRATISTA será responsable de las consecuencias de cualquier remoción o daño y de la exacta reinstalación de dichas referencias.

EL CONTRATISTA deberá manejar cuidadosamente la disposición de accesorios, materiales, maquinaria y herramientas, en los sitios de trabajo. En caso de rotura de andenes o sardineles, su reconstrucción se debe hacer tan pronto como sea posible, de acuerdo con las indicaciones del interventor. Con el fin de atenuar las incomodidades de los habitantes de los diferentes sectores, se deberán proveer cintas y tabiques para cercar y aislar el perímetro de las obras, con los cuales se logrará también impedir el paso de la tierra, residuos de construcción o cualquier otro material a las zonas adyacentes a las de trabajo. El ____________________ (entidad estatal) determinará para cada parte de la obra el límite de la zona de trabajo que podrá ser ocupada por EL CONTRATISTA. El transporte de los materiales sobrantes de la excavación o de las labores de limpieza y descapote deberá hacerse en forma inmediata y directa, de la zanja y áreas de trabajo a las zonas de botadero aprobadas por El __________________________(entidad estatal), siguiendo lo indicado en estas especificaciones. En caso de que alguno de los materiales de excavación fuere aceptado como relleno, éste se llevará a depósitos previamente aprobados por El __________________________________(entidad estatal), o se hará un acopio al lado de la zanja pero dentro de los tabiques o cintas que demarcan el área de los trabajos y cumpliendo con lo establecido en estas especificaciones. El CONTRATISTA deberá cumplir con todas las disposiciones que sobre seguridad social hayan emanado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia; deberá tener especial cuidado para salvaguardar la integridad física de sus trabajadores y del público, directa e indirectamente afectado. El CONTRATISTA deberá mantener los sitios de la obra limpios, en buenas condiciones sanitarias y libres de cualquier acumulación de materiales de desecho y de basura; estos materiales deberán ser llevados a los sitios de botadero, antes de finalizar cada jornada diaria de trabajo. Bajo ninguna circunstancia se permitirá la quema de los materiales combustibles de desecho. Para el cumplimiento de lo anterior, el CONTRATISTA suministrará los siguientes elementos, en el momento que sea requerido por El _________________________(entidad estatal). a) Vallas de identificación Al comienzo de la obra y a medida que avance la misma, el CONTRATISTA deberá suministrar e instalar en los sitios indicados y con las recomendaciones dadas por El _______________________________(entidad estatal), cuanto a tamaño, contenido, proporciones, formas y tipos de letra, la valla de identificación objeto de la obra. Los modelos y detalles de las vallas deberán seguir las especificaciones dadas a continuación: 1. Las vallas deberán ser fabricadas en lámina de acero Nº 18, con tratamiento antioxidante, fijadas en una estructura metálica suficientemente resistente para soportar la acción de los vientos. Las pinturas utilizadas deberán presentar color fijo y de comprobada durabilidad. 2. De acuerdo con las características de la obra, el tipo de valla exigido será: Tipo C ( 2.5 m x 1.5 m)

3. Cada valla de identificación debe incluir como mínimo en su contenido lo siguiente: • Nombre y logotipo de El ______________(entidad estatal) • Objeto e identificación del proyecto. • Entidades financieras de la obra.

• Nombre de la empresa CONTRATISTA. • Beneficios de la obra • Otra información que definirá El __________ (entidad estatal). 3.1.5. PROTECCIÓN Y ADECUACIÓN DE LOS SITIOS DE TRABAJO El CONTRATISTA proveerá por su cuenta las zonas para sus instalaciones provisionales. Estas instalaciones deberán contar con los servicios sanitarios que cumplan con las condiciones higiénicas y de salubridad para sus empleados y obreros. El CONTRATISTA mantendrá los sitios de sus instalaciones limpios y aseados y en adecuadas condiciones de drenaje, seguridad y protección. Conservación de las zonas y/o alrededores de la obra Todas las obras y construcciones que constituyeron las instalaciones provisionales del CONTRATISTA deberán ser retiradas por éste a la terminación de los trabajos o cuando lo ordene El _______________________(entidad estatal) dejar los terrenos ocupados en completo estado de limpieza y orden. Los árboles, arbustos, cercas, postes y toda propiedad y estructuras superficiales deberán protegerse, a menos que sea necesaria su remoción para la construcción de la obra o cuando lo ordene El __________________________________(entidad estatal). En general todos los sitios y superficies del terreno que se vean afectados por los trabajos se restablecerán en forma tal que sus condiciones finales sean mejores o como mínimo semejantes a las existentes antes de iniciar los trabajos. El ___________________________(entidad estatal) y el CONTRATISTA elaborarán un acta, antes de iniciar las obras, donde se establecerá el estado actual del entorno y que servirá de base para comparar y evaluar el estado final de los trabajos, el cual deberá presentar condiciones ambientales semejantes o mejores a las descritas inicialmente. 3.1.6. MEDIDA Y PAGO a) Generalidades Esta parte de la obra consiste en el suministro de toda la mano de obra, materiales, planta y equipo necesario para llevar a cabo la instalación de todos los elementos y obras relacionados en el presente capítulo y en general, todos los demás trabajos relacionados con esta parte de la obra, que no tendrán medida ni pago por separado. No habrá medida ni pago por separado por la realización de los siguientes trabajos relacionados con el impacto, cuyos costos deberán estar incluidos en los precios unitarios de los ítems correspondientes: 1. Los trabajos relacionados con la obtención de permisos para el paso de la tubería. 2. Todos los costos requeridos para la conservación de las zonas y/o alrededores de la obra, por efecto de esta, desde el inicio hasta la entrega final. 3. Construcción y mantenimiento de las instalaciones provisionales, tanto del contratista como de la interventoría, así como la adecuación de las áreas de trabajo.

4. La energía eléctrica e iluminación para las áreas de trabajo, campamento e instalaciones provisionales del contratista, así como los demás servicios requeridos en estos sitios. 5. Los trabajos relacionados con el replanteo de la obra. 6. Los equipos y elementos de seguridad para salvaguardar la integridad física de los trabajadores y del público en general. 7. Todos los demás trabajos que deberá ejecutar EL CONTRATISTA para cumplir lo especificado en este capítulo y que no son objeto de ítems separados de pago. b) Medida 1. La unidad de medida para el pago de las vallas de identificación, será la unidad, de tal manera que al finalizar la obra serán de propiedad de El ____________________ (entidad estatal). c) Pago El pago se hará a los precios unitarios de la lista de cantidades y precios del contrato. El precio debe incluir toda la mano de obra, materiales, instalaciones, equipos, limpieza, mantenimiento, manejo, transporte y todos los demás trabajos relacionados con esta parte de la obra, que no tendrán medida ni pago por separado. 1. El pago de vallas, se hará en la cuenta correspondiente al mes inmediatamente anterior. 3.2. EXCAVACIÓN Relacionar las cantidades de material a remover y/o excavar, y el tipo de operación a efectuar, esto es, si resulta ser manual o mecánica. 3.2.1. ALCANCE La parte de la obra que se especifica en este capítulo comprende el suministro de toda la mano de obra, planta, de materiales y equipos para la correcta ejecución de todos los trabajos necesarios para llevar a cabo las excavaciones requeridas para la obra, y establece las normas relacionadas con estas excavaciones, entre las cuales se incluyen: a) Limpieza y descapote en los sitios requeridos de la obra, y b) Excavaciones para la instalación de la tubería. 3.2.2. GENERALIDADES El CONTRATISTA deberá ejecutar las excavaciones de acuerdo con los métodos estipulados en este capítulo o por cualquier otro procedimiento que permita obtener resultados finales satisfactorios, siempre y cuando éstos sean aprobados por El _______________ _________________(entidad estatal). La aprobación por parte de El _________________________(entidad estatal) de los procedimientos de excavación no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad de obtener las secciones de excavación indicadas en los planos y de salvaguardar la estabilidad de todos los taludes excavados en la obra. Todos los daños resultantes de las operaciones del CONTRATISTA durante cualquier excavación incluyendo daños o fundaciones, a superficies excavadas o a estructuras existentes en las zonas

aledañas a dicha excavación, deberán ser reparados por cuenta del CONTRATISTA y a satisfacción de El ________________________ (entidad estatal). Cuando una excavación o un tramo de excavación haya sido terminado hasta las líneas y cotas especificadas, el CONTRATISTA deberá notificar a El _____________________ (entidad estatal), quien procederá a inspeccionar dicha excavación. No se deberá continuar con los trabajos de relleno e instalación de la tubería, mientras no se haya dado por terminada la inspección y el CONTRATISTA haya obtenido de El _______________ (entidad estatal) una autorización por escrito para realizar dicho trabajo. El CONTRATISTA deberá retirar y reemplazar por su cuenta los materiales con los cuales haya cubierto cualquier excavación sin la previa inspección y aprobación por escrito de El ________________(entidad estatal). El __________________________(entidad estatal) deberá suministrar y mantener todos los sistemas permanentes de bombeo y drenaje necesarios para evacuar o drenar el agua en las áreas excavadas y en las superficies de los taludes, para mantener estas superficies libres de agua. El CONTRATISTA deberá informar semanalmente sobre sus programas de excavación, colocación de la tubería y relleno. La excavación de la zanja, la instalación de la tubería, la colocación del relleno y la reconformación del terreno al estado en que se encontraba antes de iniciar la excavación o el indicado en los planos, se deberán completar en la forma más rápida posible, con el fin de reducir a un mínimo las interrupciones de tránsito y las molestias a los habitantes de las zonas afectadas por los trabajos. 3.2.3. LIMPIEZA La limpieza deberá llevarse a cabo en las áreas donde se realizarán las excavaciones para la instalación de la tubería, o en aquellas áreas que vayan a ser ocupadas por las estructuras permanentes de la obra, o en cualesquiera otras áreas de trabajo tales como áreas de almacenamiento, etc. Todas las áreas en que se haga limpieza deberán ser aprobadas previamente por El _________________________(entidad estatal). La limpieza consiste en el retiro de toda la vegetación y otro material no deseable, de manera tal que la superficie del terreno quede despejada. La limpieza incluye la tala y eventual corte de árboles y arbustos, el corte de maleza y la remoción, transporte y disposición de todos los residuos respectivos. Los materiales provenientes de las operaciones de limpieza al igual que todos los materiales excavados que no se utilicen en la obra, deberán ser retirados por el CONTRATISTA a las zonas de botadero aprobadas por El ___________________________ (entidad estatal). 3.2.4. LÍMITES DE EXCAVACIÓN La excavación comprende la remoción de cualquier material por debajo de la superficie del terreno hasta las líneas y cotas especificadas en los planos o indicadas por El ________________________________ (entidad estatal). Incluye igualmente el corte de las raíces que se encuentren dentro de la sección de excavación o en vecindades de la misma, o en cualquier otra área en donde se requiera ejecutar dicha labor de acuerdo con lo indicado por El ____________________________(entidad estatal). Para tal efecto EL CONTRATISTA deberá disponer de los equipos adecuados. El CONTRATISTA no deberá excavar más allá de las líneas y cotas mostradas en los planos o indicadas por El _________________________(entidad estatal) sin la previa aprobación por escrito de ésta. Cualquier excavación que se haga por fuera de las líneas y cotas mostradas en los planos o indicadas por El _____________________________ (entidad estatal), que el

CONTRATISTA lleve a cabo por cualquier propósito o razón, será por cuenta de él, aunque haya sido aprobada por El ____________________________ (entidad estatal). Si en opinión de El _________________________________ (entidad estatal), dicha excavación debe rellenarse a fin de completar la obra, el relleno correspondiente en concreto o cualquier otro material aprobado por El______________________ (entidad estatal), deberá ser hecho por y a cuenta del CONTRATISTA, a satisfacción de El ______________________________(entidad estatal). Donde las superficies excavadas se vayan a cubrir con concreto, las excavaciones deberán ejecutarse como mínimo hasta los límites mostrados en los planos o indicados por El __________________________(entidad estatal). Se deberán tomar todas las precauciones necesarias para mantener inalterado todo el material existente por fuera de los límites de excavación. Las sobreexcavaciones que ocurran en las fundaciones para estructuras de concreto que vayan a estar en contacto con el suelo natural deberán ser rellenadas con concreto por y a cuenta del CONTRATISTA. Las excavaciones deberán realizarse con el mayor cuidado en las vecindades de las estructuras existentes y deberán utilizarse medios manuales, para asegurar la estabilidad y conservación de las mismas de acuerdo con estas especificaciones. Durante el desarrollo de los trabajos, El ____________________________ (entidad estatal) puede considerar que es necesario variar las líneas y cotas en cualquier parte de la obra por razones de seguridad o cualquier otra razón de orden técnico. Cuando se le notifique al CONTRATISTA la necesidad de efectuar tales variaciones, la excavación que se lleve a cabo hasta los nuevos límites indicados, se pagará el precio unitario correspondiente de excavación. 3.2.5. MÉTODOS DE EXCAVACIÓN a) Generalidades El CONTRATISTA deberá tomar todas las precauciones que sean necesarias y emplear los métodos de excavación más adecuados para obtener superficies de excavación regulares y estables que cumplan con las dimensiones requeridas. La excavación podrá hacerse con maquinaria o a mano, o una combinación entre ambas. De acuerdo con lo expuesto más adelante, El _____________________________(entidad estatal) aprobará el método de excavación y el equipo conveniente, entre los que proponga el CONTRATISTA. Cuando la excavación se lleve a cabo en calles estrechas y congestionadas con redes subterráneas, o cerca a estructuras existentes o a sectores que tengan que excavarse posteriormente, tal excavación se ejecutará básicamente a mano y se deberán tomar todas las precauciones para evitar que las estructuras existentes o la masa de suelo que se vaya a excavar posteriormente sufran daño o alteración. Todo daño que se llegare a presentar por negligencia del CONTRATISTA en emplear dichas medidas, deberá ser reparado por y a cuenta del CONTRATISTA y a satisfacción de El _______________ ________________(entidad estatal). Antes de iniciar la excavación en cualquier sector, el CONTRATISTA deberá someter a la aprobación de El _____________________________ (entidad estatal) los métodos de excavación que se propone emplear, y sólo podrá iniciar la excavación una vez que El _____________________________(entidad estatal) haya aprobado tales procedimientos y métodos de excavación. Si en opinión de El (entidad estatal)_______________________los métodos de excavación adoptados por el CONTRATISTA no son satisfactorios, el CONTRATISTA deberá hacer todos los cambios y ajustes en los procedimientos que sean necesarios para obtener resultados satisfactorios. Todos los costos en que se incurra por razón de tales cambios serán por cuenta del CONTRATISTA. La aprobación por parte de El _______________________(entidad estatal) de los métodos de excavación no releva al

CONTRATISTA de su responsabilidad sobre los efectos que tales procedimientos puedan tener para la obra. 3.2.6. CLASIFICACIÓN DE LOS MATERIALES EXCAVADOS Toda excavación se deberá clasificar dentro de uno de los siguientes ítems: • •

Excavaciones en material común. Excavaciones en roca.

a) Excavaciones en material común Se entiende por material común, todos aquellos depósitos sueltos o moderadamente cohesivos, tales como gravas, arenas, limos o arcilla, o cualesquiera de sus mezclas, con o sin constitutivos orgánicos, formados por agregación natural, que puedan ser excavadas con herramientas de mano o con maquinaria pesada convencional para este tipo de trabajo. Se considerará también como material común, peñascos y en general todo tipo de material que no pueda ser clasificado como roca. El CONTRATISTA podrá utilizar, previa aceptación de la interventoría, el método de excavación que considere más conveniente para aumentar sus rendimientos, puesto que este hecho por sí solo no influirá en la clasificación del material. b) Excavaciones en roca Se considerará como roca, para efectos de pago, todas aquellas formaciones naturales, provenientes de la agregación natural de granos minerales, conectados mediante fuerzas cohesivas permanentes y de gran intensidad. Sin embargo, será requisito para clasificar un material como roca, que tenga dureza y contextura tal, que no pueda ser aflojado o resquebrajado con herramientas de mano y/o que sólo pueda removerse con el uso previo de explosivos, cuñas o dispositivos mecánicos de índole similar.

3.2.7. EXCAVACIÓN PARA INSTALACIÓN DE TUBERÍA a) Generalidades El CONTRATISTA deberá ejecutar las excavaciones para instalación de tubería de acuerdo con las secciones mostradas en los planos o indicadas por El _________________________ (entidad estatal). Al iniciar la excavación el CONTRATISTA deberá tener lista la investigación de interferencias con el fin de no dañar los tubos, cajas, cables, postes u otros elementos o estructuras existentes en el área de la excavación o próxima a la misma. Si la excavación interfiere con tuberías, el CONTRATISTA ejecutará el soporte adecuado de las mismas. Salvo especificación diferente o aprobación particular de la empresa, no se permitirá que el frente de excavación para la instalación de la tubería, esté a más de dos veces el rendimiento diario en instalación de la tubería y reconfirmación del relleno a nivel de rasante determinado en la obra; pero en ningún caso, el frente de excavación estará a más de cien (100) metros del frente de reconfirmación de relleno a nivel de rasante. b) Nivelación del fondo de la excavación

Cuando la excavación haya alcanzado la cota indicada en el diseño, el fondo deberá ser nivelado y limpiado, si se presenta agua proveniente de nivel freático, la excavación deberá ser, según instrucciones de El __________________________(entidad estatal), profundizada para contener una capa de material granular que permita la evacuación de aguas durante la construcción y la correcta nivelación de la zanja e instalación de la tubería. Esta capa debe interrumpirse cada 5000 metros a fin de no constituir un filtro permanente en el sitio. En ausencia de nivel freático y en caso de encontrarse material inadecuado cuy a capacidad por tanto admisible no fuere suficiente para servir como fundación directa, según instrucciones de El __________________________(entidad estatal), la excavación deberá ser profundizada y se mejorará el piso de fundación con un relleno en recebo compactado o en material seleccionado, del espesor indicado por El ________________________(entidad estatal). Estas operaciones solamente podrán ser ejecutadas con la zanja seca o con el agua del nivel freático totalmente abatida, tal como se estipula en la especificación CONTROL DE AGUAS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN. El material para mejorar el fondo de la zanja deberá estar constituido por un relleno con recebo (en ausencia de nivel freático) y otro material grueso (media zanja, rajón o similar) debidamente compactado y colocado de acuerdo con estas especificaciones y las indicaciones de El ______________________________ (entidad estatal). En este caso, se deberá evitar la transición brusca (en escalera) del fondo de la excavación, reconformando la superficie de fundación a mano, si es necesario. c) Material seleccionado de la excavación Cuando el material excavado fuere adecuado para ser utilizado como relleno, de acuerdo con los requisitos de estas especificaciones y según el criterio de El ________________ _____________(entidad estatal), éste deberá ser depositado a una distancia superior al 60% de la profundidad de la excavación, en un sitio previamente aprobado; clasificándolo de acuerdo con su naturaleza en montones separados evitando su segregación o contaminación. De acuerdo con las posibilidades, la utilización de material resultante de las excavaciones deberá ser siempre programada inmediatamente después de su remoción. En caso de que esto no sea posible, el CONTRATISTA deberá preparar el sitio para depositarlo conforme a las indicaciones de El __________________________(entidad estatal). El sitio escogido no debe interrumpir el avance de la obra ni la circulación del tráfico adyacente. Cuando el material excavado fuere inadecuado para ser utilizado como relleno, según criterio de El ___________________________(entidad estatal), éste será cargado y transportado a los sitios de botadero. Cualquier exceso de excavación o derrumbe de las paredes de la excavación causado por negligencia del CONTRATISTA o por causas imputables a él, quedará bajo su responsabilidad y a su costo. El CONTRATISTA, deberá rellenar dicha excavación con material aprobado por El ___________________________(entidad estatal), hasta configurar la sección de excavación requerida para la obra. 3.2.8. MEDIDA Y PAGO a) Generalidades Esta parte de la obra consistirá en el suministro de toda la mano de obra, planta y equipo, y la ejecución de todo lo requerido para realizar las excavaciones. No habrá medida ni pago por separado por la realización de los siguientes trabajos requeridos para completar esta parte de la obra:

1. La limpieza ejecutada en las áreas donde se instalará la tubería o en cualesquiera otras áreas. 2. Excavaciones ejecutadas por fuera de los límites de excavación mostrados en los planos o indicados por El __________________________(entidad estatal), que sean llevados a cabo por el CONTRATISTA intencional o accidentalmente, aunque tales excavaciones hayan sido aprobadas por El _______________________(entidad estatal). 3. Rellenos de las excavaciones ejecutadas por fuera de los límites indicados por El ______________________(entidad estatal). 4. Reparaciones por daños en estructuras, cajas, ductos, sumideros, pozos, etc., existentes por causa del empleo de métodos de excavación inadecuados. 5. Los derrumbes que se presenten en la obra por descuidos atribuibles al CONTRATISTA. 6. El corte de las raíces que se encuentren en las excavaciones requeridas para la obra. 7. Control de aguas durante la construcción. 8. Todos los demás trabajos que deberá ejecutar EL CONTRATISTA para cumplir lo especificado en este capítulo y que no son objeto de ítems separados de pago. b) Requisitos para medida y pago de excavaciones El ____________________________(entidad estatal) no autorizará la medida y pago de un volumen excavado de material, hasta que el CONTRATISTA haya completado a satisfacción de El ____________________________(entidad estatal) y en todo de acuerdo con las especificaciones, los siguientes trabajos que se relacionan con algunas partes de la obra. 1. En las excavaciones en corte abierto, haber completado los trabajos de soporte y protección con alguno de los sistemas requeridos. 2. En cualquier excavación, haber recolectado y manejado adecuadamente las aguas infiltradas. 3. Haber efectuado la limpieza y preparación de las superficies excavadas y de las áreas de trabajo aledañas a la excavación. 4. Haber efectuado el cargue y transporte del material excavado y del proveniente de las labores de limpieza y descapote hasta las zonas de botadero o de depósito aprobadas por El _____________________________ (entidad estatal). El pago de la excavación para la instalación de la tubería, se hará de la forma siguiente: El 50% cuando el CONTRATISTA cumpla con los requisitos para medida y pago de la excavación de un tramo dado. El 50% restante cuando el CONTRATISTA complete todos los trabajos en dicho tramo, los cuales deberán incluir la instalación de la tubería, la colocación del relleno y la reconstrucción del terreno a las condiciones iniciales o especificadas en el diseño. c) Medida La medida para el pago de la excavación para la instalación de la tubería, será el volumen en metros cúbicos (M3) de material excavado comprendido entre la superficie natural del terreno y las líneas y cotas mostradas en los planos o establecidas en estas especificaciones. Las líneas de pago para excavación de estructuras, serán las dimensiones exteriores de dichas estructuras, más cincuenta centímetros (0.50 m) perimetrales, con excepción de las de pozos y cajas de inspección construidos en mampostería, las cuales tendrán un sobreancho de treinta centímetros (0.30 m).

d) Pago Esta parte de la obra consistirá en la ejecución de todos los trabajos necesarios para llevar a cabo las excavaciones y deberá incluir el suministro de todos los materiales, necesarios para completar todos los trabajos relacionados con la misma que no tendrán medida ni pago por separado según lo establecido en esta sección. El pago se efectuará al precio unitario indicando en el formulario de la propuesta. 3.3. CONTROL DE AGUAS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN 3.3.1. DEFINICIÓN Se entenderá por control de aguas durante la construcción a todas las operaciones necesarias para secar y/o mantener en seco, las excavaciones que se ejecuten para la construcción de las obras objeto del contrato. Para efectos de la aplicación de la presente especificación, no se considera control de aguas a las rectificaciones que se hagan con carácter permanente a los cauces naturales de arroyos, quebradas y ríos, las cuales deberán construirse de acuerdo con los planos de construcción y su pago se hará por los ítems de obra necesarios.

3.3.2. ALCANCE El CONTRATISTA deberá suministrar el equipo, combustible, los elementos necesarios y el personal adecuado para instalar tuberías y operar los equipos para mantener las excavaciones razonablemente libres de agua durante la construcción de acuerdo con las instrucciones de la interventoría. El CONTRATISTA deberá tener disponible en todo el tiempo los equipos de bombeo en buenas condiciones de trabajo para todas las contingencias que puedan presentarse y dispondrá también en todo momento de operarios y mecánicos competentes para su operación.

3.3.3. GENERALIDADES Antes de iniciar los trabajos a que se refiere esta especificación, el CONTRATISTA deberá presentar El _________________________(entidad estatal) el plan detallado que piensa poner en marcha, indicando la localización y características de las obras provisionales que llevará a cabo con este propósito. El tipo y las capacidades del equipo de bombeo será tal que se logren la condiciones exigidas por El __________________ _____________________(entidad estatal) para la construcción de la obra. La presentación a la interventoría de dicho plan de trabajo, no releva al contratista de su responsabilidad por el mismo; por consiguiente, deberá tener cuidado suficiente de ejecutar las obras y trabajos de control de aguas durante la construcción, de tal manera que no ocasione daños no perjuicios a terceros y será el único responsable por los que se produzcan por causas derivadas de estos trabajos. El CONTRATISTA deberá ejecutar todas las obras provisionales y trabajos que sean necesarios para desaguar y proteger contra inundaciones las zonas de construcción de la obra. Las zonas de préstamo y las demás zonas donde la presencia de agua afecte la calidad o la economía de la construcción o la conservación de las condiciones de trabajo, durante el tiempo que sea necesario a juicio de la interventoría. Todas las excavaciones se deberán mantener totalmente libres de aguas durante la instalación de las tuberías y captación de los rellenos. En la construcción de estructuras, hasta el momento en que los concretos y morteros hayan fraguado totalmente y se hayan compactado los rellenos totalmente.

3.3.4. MEDIDA Y PAGO En general, todos los trabajos de control de aguas durante la construcción no tendrán medida ni pago por separado, por que estos deberán estar incluidos dentro de los costos unitarios establecidos en el formulario de precios del contrato para los items en que se requiera el control de aguas. 3.4. USO DE EXPLOSIVOS 3.4.1. GENERALIDADES Se denomina explosivo, para efecto de esta especificación, toda sustancia que reaccione violentamente o estalle descomponiéndose en gases, con producción de calor y presión, utilizable para necesidades de construcción y/o remoción de materiales. 3.4.2. TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO Los fulminantes, espoletas y detonadores de cualquier clase, no deberán ser almacenados o transportados en los mismos sitios o vehículos en que se almacene y transporte la dinamita y demás explosivos. La localización, diseño y organización de los polvorines, los métodos de transporte de los explosivos y en general las precauciones que se tomen para prevenir accidentes, estarán sujetos a la aceptación del interventor, pero ésta no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad en caso de accidente. 3.4.3. UTILIZACIÓN El uso de explosivos está condicionado a la aprobación expresa del interventor. Sólo se permitirá cuando se hayan tomado las medidas necesarias para proteger a las personas, obras, propiedades públicas y privadas. El CONTRATISTA deberá presentar a consideración del interventor un programa detallado del uso de explosivos que se propone adelantar para la ejecución de las obras objeto del contrato. El uso explosivos no será permitido cuando exista peligro de fracturación excesiva del material circundante o de aflorar o perturbar de alguna manera terrenos. El CONTRATISTA estará obligado a reparar a su costa los daños que causen las voladuras y será responsable por todos los daños, siniestros, accidentes y perjuicios de cualquier clase que ocasione el empleo de explosivos. Será obligación del contratista enterarse de todas las disposiciones gubernamentales vigentes sobre adquisición, transporte y manejo de explosivos y éstas serán válidas para efectos de esta especificación 3.4.4. MEDIDA Y PAGO No habrá medida ni pago por separado por los trabajos relacionados con el uso de explosivos, pues su costo deberá quedar incluido en los precios unitarios de excavaciones o de demolición según el caso.

3.5. RELLENOS 3.5.1. ALCANCE

El trabajo a que se refiere esta especificación consiste en la ejecución de todas las operaciones relativas a la conformación de los rellenos compactados. Incluye rellenos para cimentación, bases de canales y tuberías, alrededor de estructuras, donde lo señalan los planos y/o donde a juicio de la interventoría se considere necesario. Por consiguiente, el CONTRATISTA deberá suministrar toda la mano de obra, equipo, materiales e instalaciones que se requieran. Además se establecen las normas para medida y pago de tales trabajos. 3.5.2. GENERALIDADES Antes de iniciar los trabajos de relleno, el terreno que servirá de base deberá estar debidamente conformado, totalmente libre de vegetación, tierra orgánica, materiales de desecho de la construcción y las superficies no deberán presentar zonas inundadas o con agua estancada. Los rellenos se colocarán de acuerdo con lo indicado en planos y/o donde los señale la interventoría. No se colocará ningún relleno sobre las tuberías hasta que estas se hayan instalado a satisfacción del interventor y después de ejecutar los siguientes trabajos. a) Prueba de las uniones; b) Instalación de los elementos de protección catódica que deben quedar debajo del nivel del terreno, si es el caso; c) Revestimiento de las uniones; d) Reparación del revestimiento de la tubería, si es el caso, y e) Topografía detallada. 3.5.3. CLASIFICACIÓN Para efectos de clasificación los rellenos se han agrupado en la siguiente forma: material seleccionado de la excavación, recebo, rajón, triturado de segunda, material seleccionado de cantera, arena de peña, arena lavada, material granular y rellenos especiales. a) Material seleccionado de la excavación Se define como el relleno constituido por materiales seleccionados de la excavación, libres de vegetación, escorias, desperdicios, materias orgánicas etc. La fracción de materiales que pase el matiz Nº 40 deberá tener un índice de plasticidad menor de 20 y un límite líquido menor de 50. Este material deberá compactarse en capas de 15 cm. de espesor, utilizando los equipos y métodos adecuados, hasta alcanzar el 90% de la densidad máxima seca. Obtenida en la prueba Proctor Estándar, a menos que se especifique una densidad mayor. b) Recebo Se clasifica así el material formado pro una mezcla de materiales granulados, arcillas y limos, exenta de materias orgánicas y cuya granulometría se ajusta a la siguiente especificación: Tamiz

% Pasa

3”

100

1/2”

35-100

Nº 4 Nº 200

30-60 0-30

EL índice de plasticidad de la fracción que pasa el tamiz Nº 40 deberá ser menor de 9 y el límite liquido menor de 25. El CONTRATISTA deberá ejecutar ensayos de Proctor modificado sobre muestras representativas para la determinación de la densidad máxima del material seleccionado que se usará en los rellenos. La interventoría aprobará el uso del material, con base en los resultados de los ensayos que realice El _________________________(entidad estatal) sobre las muestras de material escogidas por el interventor y podrá en cualquier momento exigir ensayos adicionales antes de aprobar el uso del material para la conformación de los rellenos. El relleno en recebo se colocará en capas uniformes, que no pasen de 15 cms. de espesor y deberá compactarse al 95% de la máxima densidad seca calculada según el Proctor modificado. c) Piedra partida (Rajon) Está constituido por material de cantera, sometido a trituración hasta obtener fracciones aproximadamente cúbicas, mayores de 5 cms. El tamaño del lado mayor de la piedra no excederá de 25 cms. Se utilizará para mejorar el suelo de fundación, en caso de suelos inestables, saturados y de muy baja capacidad portante. El desgaste medido en la prueba de los ángeles debe ser menor a 65. d) Triturado de segunda Está constituido por material granular seleccionado, ya sea de explotación de cantera o grava bien lavada cuyo tamaño máximo no pase de 3 pulgadas y con un máximo del 10% de material que pase el tamiz Nº 4 (en peso). Se utilizará para sistemas de drenaje, colocando la fracción gruesa adyacente a los huecos de drenaje, base para las placas de canales, en contorno de estructuras y en los demás sitios señalados por la interventoría. El desgaste medido en la prueba de los ángeles debe ser inferior a 65. e) Material seleccionado de cantera Está constituido por material de cantera debidamente seleccionado. Se utilizará como material de base para estructuras de pavimento, y como material de base y atraque para tuberías cuando esté especificada su utilización en los planos. Este material se ajustará a los siguientes parámetros: Tamiz

% Pasa

1”

100

3/8”

50-80

Nº 4

35-65

Nº 40

10-30

Nº 200

5-15

El índice de plasticidad para la fracción que pasa el tamiz Nº 4 debe ser menor de 6 y el límite líquido menor de 25. El desgaste medido en la prueba de los ángeles será menor de 50%. El material se colocará en capas uniformes de espesor máximo 15 centímetros, compactado al 95% de la densidad máxima seca determinada en la prueba Proctor modificado. f) Arena de peña

El material será obtenido de cantera, limpio, no plástico y deberá cumplir la siguiente granulometría. Tamiz

% Pasa

Nº 4

95-100

Nº 200

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