Los derechos de las Niñas; Patricia Galeana, compiladora

August 23, 2017 | Autor: Museo de la Mujer | Categoría: Derechos Humanos, Derechos De Los Niños Y Niñas
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Descripción



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Los derechos de las niñas

GOE

KGF1G :. 440.

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anticonceptivos. Éstos abrieron para las mujeres la posibilidad de penetrar en aquel lugar prohibido que siempre había sido su propio cuerpo. Presumiblemente, desde aquel momento la mujer podría dirigir su vida sexual y reproductiva; la maternidad podría dejar de ser un acto incontrolado para convertirse en una decisión razonada por la mujer, que respondiera al deseo de procrear. El control femenino de la actividad sexual y reproductiva favoreció el que las mujeres pudieran espaciar el nacimiento de los hijos, y así, por gusto o necesidad, adquirieron la alternativa de dedicM pa rte de su tiempo a actividades diferentes a la crianza. Este avance provocó una revolución de enormes dimensiones y el advenimiento de una nueva época para la mujer. La píldora, com o primer anticonceptivo accesible en el mercado a nivel masivo, condujo a las sociedades a modificar drásticamente las costumbres ancestrales de las mujeres. No es que en sí mismo el uso de la píldora hubiera originado toda esa transformación, si no que fue el detonador que inició la ruptura de seculares atad u ras. Junto a las conocidas imágenes de la mujer-virgen, la mujer-madre, la mujer-sacrificada, la mujerreprimida, todas ellas culturalmente aplaudidas y veneradas desde épocas remotas, surgía una imagen distinta: la de la mujer-ser humano, esa persona que tiene las mismas inquietudes y deseos, iguales ambiciones y temores; tan inteligente, capaz y creativa como el hombre. A partir de entonces, se inició el proceso de aceptación y reconocimiento a esa mujer de características diferentes. Se dio la posibilidad de que "eventualmente", la mujer compitiera en condiciones similares a las del hombre. Antes de la aparición de la píldora, esa posibilidad había estado práct icamente cancelada. Este fenómeno fue el colofón de una serie de circunstancias históricas de gran relevancia, que han influido notablemente en la evolución de la mujer, obligándonos a reconocer al género femenino como factor determinante del acontecer histórico contemporáneo. 72

El reflejo en el medio nacional

Con el acostumbrado retraso con el que llegan a México las prácticas originadas fuera de nuestro país, así llegó también el uso de la píldora. Para la mujer mexicana, la lucha por el control de la natalidad no sólo se daba en los campos social y cultural, sino que la principal batalla se peleaba en el campo religioso. La religión ca tólica, aún hoy, prohíbe el control natal por medios ajenos al natural, es decir, la abstinencia. Incluso así, y aunque con cierta lentitud, los cilmbios operados paril las mujeres, en Europa y Estildos Unidos, también ilfectaron a las mexicanas. De till milnera que, para mediados de la décadil de los años noventa, a un lustro de entrar al siglo XXI , lil situación de la mujer mexicanil se ha modificado significativamente en aspectos importantes de su evolución. No obstante todo lo ilnterior, los cambios de los últimos ilños no han modificado suficientemente la situación de la niña en México. Aunque la Constitución y las leyes mexicanas protegen los derechos de los menores' , los abusos a niños y niñas se siguen presentando en todos los ámbitos de la vida cotidiilna. Esto refleja que, mientras que las leyes pueden ser cambiadas con cierta filcilidad cuando responden a necesidades concretas, las creenciilS y costumbres no lo hacen con igual celeridad, y necesitan de un largo y lento proceso de transformación para poder ilJcilnzar los cilmbios dictados por la razón. En México contamos con un marco jurídico regidor, seguramente incompleto y con deficiencias, pero es el instrumento jurídico que nos permite luchar frontalmente con argumentos sustentados en la ley. 3. La Convención de los Derechos del Niilo, en el articulo 1 de la Parle 1, dice: "Se entiende por niño todo ser humano menor de dicciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad". En Ins/rumen/os Internacionales sobre Derechos Humanos ONU-DE"', México, Comisión Nacional de Derechos Humanos, T. 1, 1994, p. 506. En México, la ley federal coincide

con la definición de menor de la Convención, como lo establece el Código Civil en materia corpún y para loda la \oI:cpública en maleria federal.

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La niña mexicana

Desde la concepción, los seres humanos ya tienen un destino predeterminado por su sexo, basado principalmente en fundamentos sociales, culturales y religiosos. En México, como en muchos otros países del mundo, la creación del ser femenino se inicia a temprana edad. "Las niñas nacen madres y lo serán hasta la muerte (...) Durante la infancia (, .. ) son preparadas social y culturalmente para la maternidad como eje de su condición genérica [es su] destino irrenunciable (, .. )"'. Según Simone d e Beauvoir (1949), "la mujer no nace, se hace". y Marcela Lagarde, en su tesis doctoral, sostiene que (... ) un conjunto muy complejo de relaciones, de prácticas de vida, de instituciones y de concepciones se articulan para construir el contenido genérico sobre ese cuerpo sexuado. La familia, la escuela, la iglesia y los medios masivos, son instituciones encargadas de conformar el género a través de la educación, de la religión y de las síntesis ideológica primarias Las hijas son las potenciales colaboradoras de la madre en las actividades del hogar (... ) Son ellas, quienes naturalmente cuidan a sus hermanos (...) El juego a las muñecas y el cuidado a los menores son caminos de las niñas hacia la feminidad. Las niñasmadres cuidan a sus hermanos, como una obligación natural; sobre todo en familias de obreros, de campesinos, artesanos, pequeños comerciantes y empleados; aunque virtualmente todas las niñas que tienen hermanos viven la maternidad infantil.' 4.lAGAROE, Marccla, Los cautiveriosdelas mujeres: madresposion iSlllS cn México, INEG I , 1990.

En el caso de la población ocupada en los negoci os, por sexo y pos ición en el tra bajo, según la Encu esta Nacio na l d e Microneg ocios, real izad a en él afio de 1992 por Institu to Nacional de Es tadística , Geografía e InformMica (I N EGO y la Secretaría del Trabajo y Prev isión Social (STPS), se observa qu e las posici ones de patrón, traba jador por su cuenta, socio y asalariado, eran ocupada s princ ipalmente por los hombres, cu bri endo un total d e 2,773,419. En el caso d e las mujeres, solam ente alcanzaron la ci fra d l' 1,133,473 (ve r cuad ro 7, pág . 165).

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CUADRO 7

Población ocupada en los negocios, por sexo y posición en el trabajo, en México, 1992

Posición en el trabajo Patrón Trabajador por su cuenta Socio Asalariado No asalariado

Hombres

Mujeres

Total

440 ,39 1

74,365

514,756

1,609,02 1 75,537 660,470 368,681

7 10,732 24,770 323,608 488,430

2,1 19,753 100,"lO7 1,000,817 857,370

rucnlc: EnC(J('sta Ni/C;Olltlf d(' MicroncgoÓy Federal del Trabajo, en su título quinto bis, regula la tarea de los menores en ocho artículos. En ellos se refiere a las labores que realizan los mayores de catorce años y menores de dieciséis. Dicha tarea abarca los temas de "vigilancia y protección especial de la inspección del trabajo"; una serie (condicionada) de "prohibiciones y restricciones"; la ubicación en determinados lugares; horarios y tipos de actividades, sin prescindir de puntualizar las obligaciones de los patrones que, según lo indica la ley, tienen como finalidad "proteger su desarrollo, así como la salud física y mental de los menores". Sin embargo, este marco jurídico sólo es aplicable a una parte de la población laboral; es decir, !' aquella que tiene una verdadera relación de trabajo. Reconozcamos que la ley laboral está diseñada para grandes establecimientos sin contemplar la realidad de las pequeñas y medianas empresas, y regula el empleo formal. De ahí que la necesidad de revisar el marco institucional, que rige los mercados laborales en México, se ha intensificado a causa de la situación económica a la que se enfrenta el país. Cada día es más imperioso que las relaciones laborales se adapten a la realidad económica modificando las condiciones de trabajo para renovar las estructuras, y se eviten los aspectos que dificultan la productividad y competitividad, y así se forme una genuina cultura laboral. No es apostando todo a la ley como se resuelven las cosas, aunque tampoco vamos a solucionar los problemas cambiándola. No existen estadísticas que reflejen la ocupación que tienen los menores que no asisten a la escuela; sin embargo, es de todos conocido el sinnúmero de niñas, muy pequeñas de edad, que invaden las calles tratando de ganar su sustento. La legislación laboral se convierte en un obstáculo para el desarrollo de los niños como consecuencia de la prohibición de aprovechar el trabajo de los menores de 14 años; de limitar la jormlda máxima a seis horas para los menores de 14 a 16 años, y de prohibirles el trabajo nocturno.

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Esta situación no es nueva, puesto que algunos de los libros que se refieren al trabajo de los menores fueron escritos hace más de veinte años. En ellos se refleja la preocupación de los especialistas en derecho laboral por proteger el trabajo de los menores y se encuentra que todos ellos coinciden en afirmar que la realidad ha rebasado las intenciones del legislador. Hoy en día, que la crisis económica y el desempleo aumentan, los niños que tratan de sobrevivir trabajando en la calle constituyen la porción más desamparada de nuestra infanciil. "Sin leyes lilborilles que los protejan, sin ningún control, se educan en la escuela más dura y cruel que existe: la cillle." Los niños que se dedican a la venta de periódicos o de chicles, a lavar pilrabrisas, a actuar como tragafuegos o payasitos, forman un ejército cuyo número es difícil de calcular. Hemos hecho mención de lils inquietudes que sobre el tema milnifestaron hace veinte años autores como José Dávalos, María Cristina Salmarán de Tamayo y Alfonso Solórzano, en cuyos libros se consignan datos y se hacen descripciones que coinciden con las condiciones actuales. I Así, Alfonso Solórzano, en su libro Estudio de mil casos de niños dedicados al comercio ambulante y los servicios en la Ciudad de México, reporta que su muestra consistió en niños de seis a 13 años, siendo el 95.5% hombres y el 4.5% mujeres. Este porcentaje es diferente en la actualidad, ya que el número de niñas que vemos en las calles es más elevado, sin olvidar que ellas por lo genera l son empleadas en servicios domésticos donde sus problemils suelen ser mayores. Ahora bien, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, los gobiernos, las sociedades y los particulares, se han manifestado a favor de los derechos del niño desde hilce algunos años. Sin embargo, la situación prevalece, y seguimos encontrando a nuestro paso nii1as maltratadas, abandonadas, violentadas; niñas que tienen hambre, que tienen frío, y las que para subsistir caen en la mend icidad, la prostitución, el latrocinio y hasta algunos delitos mayores y otras circunstancias de vida negativas . 201

Diagnóstico Por todo lo anterior, se hace evidente que el trabajo de quienes tienen 14 años en adelante no ha sido debidamente reglamentado, y sólo podemos citar el caso de los llamados "cerillos", en las tiendas de autoservicio, que cuentan con un instructivo regulador de su actividad y su relación con la empresa. Existe la prohibición de contratar a los menores de catorce años y, en consecuencia, la realidad que hemos descrito aquí es más dramática si atendemos a que esa prohibición y la falta de reglamentación significan un obstáculo para que las niñas mayores de 14 años resuelvan su situación. Por ello, afirmamos que es de todo punto necesaria una modificación a la ley, en atención a los derechos de los niños contenidos en la Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidas (de 1959), a fin de hacer permisible la contratación adecuada de las niñas en cuestión. Reviste particular importancia la necesidad de efectuar un análisis, con madurez, de aquellos aspectos causantes d el problema, pues la pequeña trabajadora obviamente se ve expuesta a otros peligro~ por su condición específica de mujer.

Conclusiones - Nos pronunciamos a favor de una reforma constitucional, en la que se permita el trabajo de los menores de 14 años y se regiamente, con límite inferior, quizá para nuestra realidad, desde los ocho años. - Ha de asegurarse el empleo para todos, yel Estado debe contemplar en su planificación global la disponibilidad de trabajo diferenciado, en beneficio de quien lo necesite, donde se forme la vida no sólo económica sino también cultural de la sociedad, prestando además atención a la organización correcta y racional de tal disponibilidad.

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- A la organización de la vida humana, según las múltiples posibilidades laborales, debe corresponder un adecuado sistema de instrucción y educación que tenga como principal finalidad el desarrollo de una humanidad madura. - Deben llevarse a cabo acciones para concientizar a los demás miembros de la sociedad sobre la importancia que tiene en la pequeña trabajadora el encuentro con su propia identidad, en el respeto a sí misma, alentado en el amor.

Justificación El hecho de modificar la edad mínima de contratación favorece a las menores, ya que permitirá que sean contratadas y, por tanto, que queden protegidas dentro del marco de la ley. En la medida en que la planificación del Estado contemple a todos los mexicanos, incluyendo a las niñas, bajo la misma perspectiva, las oportunidades de trabajo quedarán adecuadamente distribuidas. Sobre la base de un sistema bien fundamentado de instrucción y educación será posible planear las estrategias de acción hacia el desarrollo integral de un país maduro. Desde la óptica de la dignidad humana, hay que suscitar en las niñas una profunda convicción de autoestima, sin la cual no podrán lograr el amor y el respeto por los demás.

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Bibliografía

Cot1ven(i(in de [os Derech(Js del Niño, México, Comisión Nacional de Dercchos

Humano',1992. DÁVALOS MORALES, José, "Necesidad de protCg0T el traba jo de los menores", Des/indr, N. 106, Méx ico, UNA M, 1978.

Oiccionnrio /ur¡'dj(O Mexicano, México, UNAM-Instituto de Investigaciones Jurídicas, Ed. Porrú
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