Los actores étnicos en la regulación política del Bajo Atrato colombiano, 2010.

October 10, 2017 | Autor: Stellio Rolland | Categoría: Colombia, War Studies, Governance, Identity politics
Share Embed


Descripción

ROLLAND, Stellio, “ Los actores étnicos en la regulación política del Bajo Atrato colombiano. ” in GONZÁLEZ Fernan & GAMA-LAUNAY, Claire (editores), 2010, Gobernanza y conflicto en Colombia : interacción entre gobernantes y gobernados en un contexto violento, Bogotá, Pontificia Universidad Javeriana-CINEP-IRG, pp. 117-128.

El reconocimiento de la pluralidad étnica y cultural del país, tanto en la opinión publica como en el texto de la Constitución de 1991, se hizo evidente en el surgimiento y la visibilización de nuevos actores no estatales en la interrelación entre gobernantes y gobernados. En el caso de la región del Bajo Atrato, en el departamento del Chocó, surge un nuevo orden sociopolítico y territorial, basado principalmente en la etnicidad afrocolombiana, lo que genera cambios importantes en la forma de concebir y manejar la acción política en esa región fuertemente golpeada por el conflicto armado. Aunque el carácter limitado de su participación nos impide hablar de transformación completa de la gobernanza en el nivel local, es evidente por otra parte que si se considera el nivel superior del actual conjunto de la nueva Asociación de Consejos Comunitarios y de las ONG de corte humanitario en la zona esa participación implica la producción de un nuevo sujeto político: surge así un nuevo actor no estatal, con nuevas prácticas políticas e identidades étnicas. Ese surgimiento transforma la situación de la gobernanza, al introducir un nuevo criterio de legitimidad política: la etnicidad afrocolombiana. Desde hace más de quince años - desde la publicación en el año 1993 de la Ley 70 y del Decreto 1745 (1) en 1995 - existe una nueva figura política en el paisaje político de la cuenca del Pacífico colombiano : la de los Consejos Comunitarios de las comunidades negras. La aparición de esa nueva figura político-administrativa suscitó una gran esperanza en varios ámbitos de la sociedad colombiana: parecía que los Consejos Comunitarios iban a renovar la manera de hacer política en el Pacífico y desde allí, constituir un modelo de gobernanza para el resto el país. En el ámbito de las organizaciones de base del Pacífico, de las ONG y de los mismos académicos, la introducción de esa nueva figura política suscitó un anhelo general hacia una mayor participación de la gente, hacia una “democratización” de las estructuras políticas tradicionales. Así, se dijo que con la introducción de los Consejos Comunitarios en el Pacífico colombiano, por fin esas comunidades afrocolombianas del Pacífico se iban a “organizar” y que iban a nacer unas nuevas prácticas políticas. Se suponía que la democracia y la transparencia iban a acabar con las tradiciones de clientelismo y de corrupción que estuvieron vigentes durante décadas en el Pacífico. Así, estaremos presenciando una nueva forma de concebir y manejar la acción política en el Pacífico, o para decirlo en otros términos, un nuevo tipo de gobernanza. Con la ley 70 de 1993, el Estado colombiano, reconociendo la existencia y la acción política de las poblaciones afrocolombianas, ha introducido una nueva forma de regulación comunitaria y de legitimidad institucional, la de los Consejos Comunitarios de las Comunidades negras. Sin embargo, la institucionalización de esa nueva forma de regulación política es un proceso lento y difícil. Al nivel local, la Asociación de Consejos Comunitarios y Organizaciones del Bajo Atrato – ASCOBA - (2) tiene que legitimar una nueva forma de autoridad étnica hacia los pobladores locales a través de la producción de un discurso étnico. Pero ese proceso de aceptación por la

1

población local de esas nuevas reglas, basadas sobre el principio de la legitimidad étnica es complejo. La apropiación por los mismos pobladores de la forma del Consejo Comunitario y su reconocimiento por el conjunto de los actores socio-económicos son dinámicas complejas que implican replanteamientos políticos cruciales al nivel local. Si miramos más específicamente al papel que juega la etnicidad en el juego político local, cómo podemos calificar el contexto sociopolítico y la situación actual de la gobernanza en el Bajo Atrato? Para poder tratar el tema de la gobernanza en esa región se necesita primero entender bien lo que significa exactamente esa nueva forma de regulación política que constituye el Consejo Comunitario introducido por la Ley 70 de 1993. La introducción de los Consejos Comunitarios Durante varias décadas, en la zona del Bajo Atrato, como en el resto del país, las Juntas de Acción Comunal (JAC) se encargaban de organizar los trabajos comunitarios en las partes colectivas de la comunidad, de velar por el buen uso de los recursos naturales colectivos, de ejercer funciones de justicia comunitaria y finalmente de “gestionar” beneficios materiales para la comunidad por medio de la interacción de los directivos de la Junta con las distintas instituciones del Estado y con las administraciones municipales. De esta forma, el interés principal de los pobladores locales en conformarse en una Junta de Acción Comunal era la movilización de recursos políticos, económicos y sociales. Según las informaciones recogidas en las entrevistas realizadas en el Bajo Atrato, a través de la conformación de una Junta de Acción Comunal en una vereda, “los directivos trataban de gestionar una escuela o un centro de salud para la comunidad” y de manera general, de mejorar las condiciones de vida de los pobladores. A partir de finales de los años noventa y principios de los años 2000, los Consejos Comunitarios empezaron a reemplazar las Juntas de Acción Comunal en la zona. Se puede decir que hoy en día los Consejos Comunitarios de las comunidades afrocolombianas son una nueva forma de autoridad en proceso de construcción, fundada sobre la identidad étnica y la apropiación colectiva de un territorio titulado por parte de los pobladores, los cuales son todos miembros de un mismo Consejo Comunitario. El Consejo Comunitario, en las comunidades afrocolombianas y mestizas de la región, está conformado por dos instancias principales, la Asamblea General y la Junta directiva. Según los términos de la Ley 70, la Asamblea General es la “máxima autoridad” en la comunidad, la instancia “que manda por encima de los miembros de la junta directiva”, como dicen los mismos pobladores del Bajo Atrato. La Asamblea General tiene que elegir a los distintos miembros de la junta directiva : el “representante legal” del Consejo Comunitario, el presidente, el fiscal, el vocal y el secretario. El “representante legal” juega un papel decisivo en la toma de decisiones; los otros miembros de la junta directiva intervienen de manera puntual y el resto de la comunidad prácticamente no participa en el proceso de toma de decisiones. En el articulo Quinto de la Ley 70 de 1993, se define todo el abanico de las funciones previstas para los Consejos Comunitarios de las comunidades del Pacífico. Además de ser un órgano administrador del territorio, se supone también que el Consejo Comunitario debe cumplir el papel de autoridad ambiental, de autoridad tradicional administradora de justicia y

2

finalmente de un órgano depositario de la cultura afrocolombiana. Según los mismos términos de la Ley 70, el Consejo Comunitario debe “velar al aprovechamiento y la conservación de los recursos naturales”, “hacer de amigables componedores en los conflictos internos factibles de conciliación” y “velar por la preservación de la identidad cultural”.

La yuxtaposición de distintas formas de legitimidad política En la realidad cotidiana del Bajo Atrato, el Consejo Comunitario es una autoridad política entre otras en la zona. El nuevo orden “étnicoterritorial” introducido por la Ley 70 en 1993, aunque sea el único orden reconocido legalmente por el Estado colombiano, no beneficie todavía de una mayor legitimidad popular que la que tienen otras formas de autoridad y de regulación existentes de manera previa en la zona. La legitimidad de los Consejos Comunitarios es de corte institucional pero los pobladores locales reconocen otros tipos de legitimidad política, y muchas veces, se encuentran obligados a aceptar las redes de poder impuestas por los grupos armados ilegales. Así, la situación de la gobernanza en el Bajo Atrato es compleja. En efecto, el manejo del poder al nivel local se caracteriza por la yuxtaposición y la competencia entre las distintas formas de regulación social y de legitimidad política que existen en la región : formas “tradicionales” de regulación social, control social ejercido por los grupos armados ilegales, diversas formas de autoridad ejercidas por la burocracia estatal local, por los “representantes legales” del nuevo orden “étnicoterritorial”, por los dignatarios de la Iglesia, por los delegados de las ONG y finalmente por algunos líderes locales que están defendiendo los intereses de las empresas agroindustriales. Así, al nivel microlocal de las veredas o de las “comunidades”, la forma de regulación social que representa el Consejo Comunitario constituye un conjunto de normas sociales nuevas, recientemente introducidas, aceptadas por una parte solamente de la población local. Esa parte de la población local constituye una especie de red social compuesta por actores de diverso índole. En el ámbito de los Consejos Comunitarios, encontramos algunos líderes étnicos de la zona, algunas familias desplazadas o en situación de desplazamiento potencial; miembros de las ONG humanitarias, miembros de algunas ONG de corte cultural y artístico, miembros de la Iglesia y finalmente, miembros de las organizaciones internacionales – agencias del sistema de Naciones Unidas principalmente - PNUD y ACNUR. En fin, todos esos actores conforman lo que podríamos llamar el sector de la movilización étnico-política que aspira a conformar una especie de “sociedad civil” que se encuentra todavía muy frágil y en un proceso de formación. Esa nueva “sociedad civil” esta creando su propio campo político autónomo. Aspira a democratizar las prácticas políticas locales con el fin de diferenciarse de la tradicional clase política chocoana que ha perdido gran parte de su legitimidad. De manera paralela a la introducción progresiva de ese nuevo orden “étnicoterritorial” basado sobre la participación popular y el reconocimiento de la etnicidad afrocolombiana, otras formas “tradicionales” de autoridad y de regulación social propias a las comunidades afrocolombianas siguen funcionando. Por ejemplo, en caso de conflictos intracomunitarios, muchas veces, es una sola persona - un líder reconocido por todos - que trata de solucionar el problema. De esa forma, la mayoría del tiempo, para solucionar sus problemas, la gente no

3

acude a una instancia formal de regulación comunitaria introducida por el Estado, como es un Consejo Comunitario. Muchas veces, las formas tradicionales de regulación social funcionan de manera más flexible que las instancias formales y así pueden generar consensos dentro de la comunidad.

La apropiación limitada de los Consejos Comunitarios por parte de los pobladores locales Además, la “apropiación” por parte de los pobladores locales de esa nueva forma política que representa el Consejo Comunitario es relativamente limitada. Muchas veces, el discurso étnico no suscita resonancia entre los pobladores de la zona. Si mucha gente conoce la existencia de la Ley 70, que los pobladores llaman “ley de negritudes”, la mayoría de ellos no se identifica con el discurso de la identidad afrocolombiana. Son sobre todo los líderes de la junta directiva los que participan a la gestión de los “asuntos públicos” y los que producen y difunden el discurso étnico de la nueva identidad “afroatrateña”. Además de la producción del discurso étnico, las actividades de los nuevos líderes étnicos contemplan tres temáticas principales: la administración del territorio y la cuestión de los linderos con las otras comunidades, la gestión de los recursos maderables de las tierras colectivas de la comunidad y finalmente el papel de interlocución con el Estado, con las ONG y con las administraciones municipales. Como vemos, esas temáticas particulares cobijan solo una parte de las preocupaciones cotidianas de la población local. Para solucionar los conflictos intracomunitarios, sus problemas de salud, educación y vivienda y repartir las tareas y los roles dentro de la comunidad, la gente muchas veces usa su propio sistema de regulación social. Así varios elementos vienen confirmar la tesis de una ausencia de un cambio fundamental en la situación de la gobernanza al nivel microlocal con la introducción de los Consejos Comunitarios a finales de los años noventa en la zona del Bajo Atrato. Destacamos principalmente los siguientes elementos: el carácter limitado de la participación política a una pequeña elite de líderes étnicos, la poca apropiación por parte de la población local de los mismos Consejos Comunitarios y del discurso étnico y sobre todo, la situación todavía vigente de yuxtaposición y de competencia aguda entre diversas formas de autoridad y de legitimidad política.

La emergencia de un nuevo orden étnicoterritorial en el Bajo Atrato Sin embargo, a pesar de la relativa continuidad entre las dos formas de organización, la creación de los Consejos Comunitarios introduce un cambio fundamental con respecto al antiguo sistema de las Juntas de Acción Comunal: la inserción del concepto de etnicidad en las formas locales de sociabilidad y de autoridad. Ese cambio social es todavía muy difícil de percibir en la realidad cotidiana de la gente por lo reciente que es la introducción de ese nuevo orden étnicoterritorial que corresponde a una nueva legitimidad institucional. En ciertas partes del Bajo Atrato, la implementación de este nuevo orden étnicoterritorial lleva menos de diez años.

4

El cambio sociopolítico mayor generado por la introducción de la figura política de los Consejos Comunitarios es el reconocimiento de la etnicidad afrocolombiana. Esa última se vuelve un nuevo criterio de legitimidad para los líderes locales. Así, hoy en día, en la más remota de las veredas del Bajo Atrato, la “Ley 70”, el discurso étnico alrededor del “territorio” y de la “identidad afrocolombiana” son conocidos, aún si todavía la gente no “domina muy bien el tema” para retomar la expresión de un líder étnico local. En todos los casos, el cargo de “representante legal” encuentra su legitimación dentro de un nuevo sistema de normatividad étnica de índole político-administrativo creado por la Ley 70 y distinto al sistema tradicional de regulación social propio a las comunidades ribereñas del Pacífico. Hoy en día, el perfil sociopolítico de muchos “representantes legales” de la zona que han vivido en grandes ciudades, que han trabajado con la Iglesia como trabajadores sociales, en el sector cultural y artístico y con ONG internacionales - corresponde a la difusión por el Estado y por el sector de la movilización étnico-política de un sistema de normatividad distinto al sistema de regulación social local. Así, la introducción de una nueva forma de regulación política de índole étnicoterritorial ya ha transformado de manera importante las dinámicas de poder al nivel local. Además, en el nuevo contexto ideológico de reconocimiento de la etnicidad afrocolombiana introducido por la Constitución de 1991, por la Ley 70 de 1993 y por el Decreto 1745 de 1995, el Consejo Comunitario se ha vuelto no sólo una nueva fuente de autoridad al nivel jurídico sino que aspira también a volverse una fuente de autoridad al nivel simbólico, al nivel de las representaciones culturales de los pobladores locales. Según los términos de la Ley 70, el Consejo Comunitario debe “velar por la preservación de la identidad cultural”. Sin embargo, hasta el momento, este papel simbólico de transformación de las mentalidades y de las representaciones culturales ha sido limitado a los sectores más “educados” de la población.

El papel del territorio en la nueva legitimidad institucional La cuestión del “territorio” es fundamental para entender el cambio esencial que introdujo la creación de los Consejos Comunitarios. La introducción de los Consejos Comunitarios significa el reconocimiento legal de los campesinos y de los pescadores locales afrocolombianos y mestizos como propietarios legítimos de sus tierras. Ellos constituyen los fundamentos del nuevo orden étnicoterritorial. En el antiguo sistema de las Juntas de Acción Comunal, los campesinos no eran realmente considerados como “dueños de sus tierras” sino más bien como una especie de “ocupantes de buena fe”. (3) En el contexto actual de presiones permanentes sobre la tierra ejercidas por los grupos armados ilegales, por las grandes empresas explotadoras de recursos naturales –madera principalmente- y agroindustriales –explotación de palma aceitera y ganadería extensiva – ; la obtención por los campesinos de garantías sobre la propiedad de la tierra es una búsqueda permanente. Ese fenómeno de búsqueda de garantías legales sobre la propiedad de la tierra se ve particularmente bien en el caso de las comunidades mestizas que viven en la zona. Para los campesinos “chilapos” (4) de esas comunidades que han sido desplazados varias veces durante las distintas olas de violencia que ha conocido la zona desde el año 1996 -y antes en sus departamentos de origen-, el Consejo Comunitario representa el acceso a la propiedad y sobre todo el acceso a cierta estabilidad territorial.

5

Como lo expresa muy bien el sociólogo Daniel Pécaut (5) , “la garantía sobre la propiedad de la tierra es lo que engendra una inserción en la trama social: es portadora de una memoria y de un futuro, por medio del cuál el individuo se reconoce como persona.” Así, para esos desplazados - o desplazados potenciales- de esa zona fuertemente golpeada por el conflicto armado desde el año 1996, la obtención de la titulación colectiva y de garantías sobre la propiedad de la tierra es lo que permite de algún modo obtener una ciudadanía y una inserción en una comunidad política. Es por tener esa garantía sobre la propiedad de la tierra que varias comunidades mestizas, viviendo en las cuencas de los ríos La Larga, Salaqui y Curbaradó, organizadas actualmente en Juntas de Acción Comunal quieren dejar esa forma organizativa por conformarse en Consejos Comunitarios. Para poder realizar este cambio político, solicitan la asesoría jurídica de la Asociación de Consejos Comunitarios y Organizaciones del Bajo Atrato. La aspiración de los campesinos locales a la estabilidad territorial que encarna para ellos la forma organizativa del Consejo Comunitario es muy importante. Por ese único motivo, durante los últimos meses, varias “veredas” habitadas por “chilapos” se han registrado ante el municipio de Riosucio como Consejos Comunitarios y otras están por hacerlo próximamente. La importancia de la posesión legal de un “territorio” colectivo es ahora fundamental par los pequeños productores locales. En efecto, el reconocimiento oficial de la colectividad afrocolombiana como tal, de sus derechos y casi de la dignidad humana de sus miembros esta condicionado a la posesión de un titulo de propiedad colectiva. (Hoffmann, 2004) (6)

A la búsqueda de la ciudadanía La ciudadanía no solamente supone gozar de un número específico de deberes y de derechos reconocidos por el Estado; supone también la atribución de una dignidad que rende posible la pertenencia real –y no solamente formal- a una comunidad política nacional. Ese es el objetivo que busca esa sociedad civil en proceso de emergencia en el Bajo Atrato. Esos grupos de personas que forman las redes sociales de la Asociación de Consejos Comunitarios –ASCOBA- casi nunca han tenido acceso a esa ciudadanía y siempre han sido más bien “objetos” de las lógicas de guerra y de las políticas de terror de los actores armados que verdaderos “sujetos” políticos. El espacio donde han nacido y donde viven ahora siempre ha sido fuertemente estigmatizado como espacio de guerra, de desplazamiento, portador de todos los estigmas de la violencia y del conflicto armado. Transformar esa representación social negativa de la cuenca del Pacífico y de sus habitantes que sigue siendo fuerte hoy en día en la sociedad colombiana por la difusión del discurso étnico y la valorización de la “cultura afrocolombiana” es el objetivo principal de esa sociedad civil en proceso de construcción. Así, el estatuto social de los campesinos de la zona, de ser negativo y estigmatizado –los “desplazados por la violencia”- se vuelve positivo y valorizado por toda la comunidad nacional. Por medio de la producción de un discurso político de índole étnico, esos desplazados se están volviendo “los miembros de la comunidad afrocolombiana” y los “dueños de sus territorios ancestrales”. Hacia finales de los años noventa, las comunidades negras como tales se han vuelto un nuevo sujeto político reconocido en todo el país por la totalidad de los actores políticos y no solamente por el sector de las ONG y de la academia. A los distintos niveles - local, regional

6

y nacional-, la Asociación de Consejos Comunitarios se vuelve así un nuevo actor político legítimo, aspirando a obtener siempre más garantías sobre la propiedad de la tierra para sus asociados y luchar en contra de la estigmatización espacial que padece la cuenca del Pacífico y la zona del Bajo Atrato en particular. A largo plazo, el objetivo es obtener el reconocimiento de la dignidad de sus miembros como verdaderos ciudadanos, como “sujetos” políticos, miembros de una comunidad nacional pertinente. De esta manera, vemos que la lógica de la acción colectiva de ese grupo social marginalizado por el conflicto armado y la ausencia de interés del Estado no se limita solamente a la movilización de recursos socioeconómicos sino que comporta también una dimensión simbólica de construcción y de reconocimiento de una identidad étnica emergente. En medio de las divisiones internas, el fortalecimiento de la capacidad de la Asociación de Consejos de actuar como un sujeto político autónomo constituye un desafío permanente.

La emergencia de un nuevo sujeto político, la Asociación de Consejos Comunitarios La emergencia de este nuevo sujeto político, que aspira a la apropiación de un territorio colectivo, produce cambios en el juego de identificaciones, de representaciones sociales y de territorialidades de la población local. Ser un “ascobático” (un miembro de ASCOBA) se vuelve una nueva identidad política para los pobladores, la cuál constituye una mezcla entre las categorías sociales de afrocolombiano, mestizo, desplazado y campesino, todas estrechamente asociadas a los actores que constituyen la “sociedad civil” local, o sea básicamente la Iglesia y las ONG. En el espacio político local, se da una lucha permanente entre las distintas autoridades presentes en la zona por ganar el reconocimiento y la legitimidad política. A este respecto, la actitud de las administraciones municipales frente a ASCOBA es muy ambigua: por una parte, reconocen a la organización de base y a sus esfuerzos para mejorar las condiciones de vida de las poblaciones locales, pero por otra parte, niegan toda legitimidad a esa nueva autoridad afirmando que “los ascobáticos andan con las ONG”, las cuales son consideradas por las administraciones municipales como actores exteriores y rivales potenciales. Además, muchas veces, las ONG obtienen su financiamiento y su legitimidad a través de la cooperación internacional y disponen de un presupuesto mucho más elevado que las mismas administraciones municipales. Las administraciones municipales se quejan mucho de que esas ONG y la cooperación internacional estén tratando de reemplazarlas y de “reemplazar al Estado” en la zona. Así, por un lado, la administración del municipio de Riosucio (Chocó) apoya a la organización de base en sus políticas de retorno –moviliza recursos económicos para las “avanzadas” de las poblaciones y brinda de vez en cuando una ayuda humanitaria a las comunidades desplazadas asentadas en la cabecera municipal- pero por otro lado, muchas veces, no reconoce la legitimidad de la nueva autoridad étnica e ignora sus reivindicaciones económicas y territoriales. La legitimación de la nueva asociación étnica hacia los actores políticos locales es un proceso muy largo y dificultoso. Hoy en día, la Asociación de Consejos Comunitarios se dedica a construir su discurso étnico de defensa de los derechos de las comunidades afrocolombianas y a consolidar su legitimidad política. Su bandera de lucha – “Vida, territorio, autonomía y cultura” - y la consecución esporádica de recursos económicos para la población local le brinda cierto nivel de

7

reconocimiento y de legitimidad dentro de las comunidades del Bajo Atrato. En consecuencia, esa cercanía relativa con la población local le permite representar a los intereses de las comunidades en el ámbito de la política local. De esta forma, en las reuniones con las administraciones públicas, ONG y otros actores políticos de la zona, el papel de ASCOBA ha sido asegurarse que el Estado, a través de las distintas instituciones públicas allí, cumpla con sus deberes constitucionales. En este momento por ejemplo, uno de los temas principales de la agenda política de la Asociación de Consejos Comunitarios tiene que ver con el retorno a sus lugares de origen de las poblaciones desplazadas de las cuencas de los ríos Domingodó y Salaqui asentadas en la cabecera municipal de Riosucio. Con respeto a esa cuestión, el papel de la Asociación de Consejos es crítico: se trata de “cuestionar” y monitorear los compromisos adquiridos por los municipios de Carmen del Darién y de Riosucio en sus programas respectivos de apoyo a las comunidades que van a retornar a sus lugares de origen. Ese papel crítico de la Asociación de Consejos Comunitarios fortalece la democracia local y la apropiación del espacio público por la misma población porque suscita un debate público sobre las responsabilidades y las obligaciones de los actores políticos de la zona. Allí, el papel crítico jugado por la Asociación permite instaurar el rendimiento de cuentas de los gobernantes como una práctica política necesaria al nivel local. De hecho, eso tiende a la instauración progresiva de un sistema político de “check and balance”, en el cuál la Asociación de Consejos Comunitarios juegue más o menos el papel de un partido de oposición, velando por el buen respeto de las reglas constitucionales por parte de las administraciones públicas. De hecho, la existencia de un sistema de contrapeso político es el requisito principal para instaurar un régimen de democracia local sólido en la zona.

Conclusión : la contribución de los Consejos Comunitarios a la gobernanza en el nivel local Así, vemos que la situación de la gobernanza en la zona del Bajo Atrato es compleja. La presencia de los grupos armados hace más difícil todavía la emergencia de cualquier sujeto colectivo autónomo. La producción de un espacio político como tal es un desafío permanente en un contexto de conflicto armado crónico y de política de terror manejada por los actores armados ilegales. La introducción de los Consejos Comunitarios no generó realmente una “democratización” del manejo del poder al nivel micro-local de la vereda ni una mayor participación de la gente en el proceso de toma de decisiones, como lo esperaba el sector social de los líderes étnicos, de las ONG y de los mismos académicos que contribuyeron fuertemente a la creación de la etnicidad afrocolombiana. Los mecanismos “tradicionales” de autoridad y de regulación social dentro de la comunidad prácticamente no han sido modificados. Por lo tanto, no podemos afirmar que al nivel micro-local, él de las comunidades, el sistema de los Consejos Comunitarios representó una ruptura importante al nivel de la gobernanza local con respeto al sistema de organización anterior de las Juntas de Acción Comunal y a los sistemas de regulación tradicional de las comunidades negras ribereñas del Pacífico. Hoy en día, al nivel local, observamos más bien una yuxtaposición de distintas formas de legitimidad política y de regulación social.

8

Sin embargo, si cambiamos ahora de escala, al nivel superior de la cabecera municipal en el cual participan más que todo los líderes étnicos; la implementación del nuevo recurso político de la “identidad cultural”, con su conjunto de discursos étnicos y de representaciones sociales permitió la emergencia de un nuevo sujeto político colectivo, la Asociación de Consejos Comunitarios y de Organizaciones del Bajo Atrato, ASCOBA. El surgimiento de un nuevo sujeto político colectivo marca un proceso real de “democratización” del espacio público local a través de la inserción en la trama social de la población desplazada y marginalizada de la zona. A través de la representación de ASCOBA, las comunidades desplazadas locales, cuyos derechos han sido totalmente negados desde la intensificación del conflicto armado en la zona a finales de 1996, están recuperando poco a poco, tanto su nivel de participación, de dignidad y de reintegración a la comunidad nacional, como su capacidad de proyectarse en un futuro. La Asociación de Consejos Comunitarios funciona como el soporte principal de la acción colectiva de los desplazados afrocolombianas y de su aspiración a una serie de ideales políticos. La Asociación aspira en un futuro a legitimar el Consejo Comunitario como la única autoridad étnica legalmente reconocida que maneje los mecanismos de regulación social propios a la comunidad. Así, la forma organizativa del Consejo Comunitario constituye el eje central de una causa política: la de la etnicidad afrocolombiana, de la buena gobernanza al nivel local y la del manejo autónomo del poder de justicia y de regulación social por parte de unas autoridades étnicas legalmente reconocidas y totalmente legítimas. Sin embargo, el proceso de legitimación del criterio étnico funcionando como el único criterio de autoridad política y la acepción por parte de la población local de esas nuevas reglas étnicas es un proceso muy largo y complejo. El posicionamiento de la Asociación de Consejos Comunitarios en el espacio público local como nueva autoridad política le permite representar a los intereses socio-políticos del campesinado pobre y de la población desplazada asentada en las cabeceras municipales de la región. Así la asociación representa a los intereses socio-económicos de un grupo social sumamente desamparado y estigmatizado en el país – los afrocolombianos, los desplazados, los jornaleros, los pequeños productores y pescadores. La producción de un nuevo sujeto político colectivo encarnado por la Asociación de Consejos Comunitarios implica un intento permanente, tanto de reterritorialización, de obtención de garantías sobre la propiedad de la tierra y de reapropiación social de un territorio perdido, como la búsqueda del reconocimiento de una dignidad por parte de una población marginalizada en el país, víctima de las políticas de terror de los grupos armados en medio de un conflicto armado crónico.

Notas (1) - La Ley 70 de 1993, o “ Ley de negritudes” marca el reconocimiento legal de los derechos étnicos de las comunidades negras por primera vez introducidos en la nueva Constitución Política de 1991. En el Decreto 1745 de 1995, “se adopta el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la propiedad colectiva” de las comunidades negras.

(2) - ASCOBA: Asociación de Consejos Comunitarios y de Organizaciones del Bajo Atrato, creada en octubre del año 2003 en el municipio de Riosucio, departamento del Chocó.

9

(3) - “Ocupantes de buena fe”: expresión usada en referencia a la expresión usada en el Decreto 1745 de 1995: “ocupantes de mala fe”, la cual designa a todas las personas que se han apropiado ilegalmente de las tierras de las comunidades afrocolombianas y mestizas (grupos armados ilegales, empresas explotadoras de recursos naturales, etc.). Aquí, los “ocupantes de buena fe” designan más bien a los campesinos mestizos, originarios de Córdoba y Sucre que han llegado a la zona para “encontrar mejores tierras” y practicar la agricultura de subsistencia.

(4) - “Chilapo” es el término con el cual se conoce a esos pequeños campesinos pobres de los departamentos de Córdoba y Sucre que han llegado a la región del Bajo Atrato como colonos en la búsqueda de mejores tierras para sembrar.

(5) - PECAUT, Daniel, 2000, en “ Respecto a los desplazados en Colombia” in El Desplazamiento por la violencia en Colombia, Experiencias, análisis y posibles estrategias de atención en el departamento de Antioquia, Memorias del Foro Internacional “Desplazados Internos en Antioquia, Medellín, 27-28 de Julio de 1998, CISP, Bogotá, p. 16.

(6) - HOFFMANN, Odile, 2004, Les Communautés noires du Pacifique Colombien, Paris, Karthala.

10

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.