LAS CUOTAS DE GÉNERO: LOS CASOS DE MÉXICO Y ARGENTINA, BREVE PROCESO HISTÓRICO Y BALANCE.

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Descripción

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Peschard, Jacqueline. El sistema de cuotas en América Latina: panorama General. Banco Interamericano de desarrollo. 2001 p 174.
Convención sobre los derechos políticos de la mujer. Consultado en www.unifem.org
Organización de las Naciones Unidas. IV Conferencia internacional sobre la Mujer, Beijing, China 1995.
Nari, Alejandra. Marcela María. maternidad, Política y feminismo. En Lozano Gil, et. al. Historia de las Mujeres en la Argentina XX. Ed. Alfaguara, Argentina, 2000, pp. 212.
Galeana, Patricia. La mujer y la democracia en México, A medio siglo de obtener la ciudadanía. Ponencia presentada en el Congreso de la Unión, el 11 de marzo de 2003, en. http://www.mdemujer.org.mx/
Partido Revolucionario Institucional (PRI). Historia documentada del Partido Revolucionario Institucional, México, 1981, vol 14. pp. 57.
En http://www.cnm.gov.ar/LegNacional/Ley24012_decreto1246.pdf
Peláez, Sol Inés; VALOBRA, Adriana María (2004) "'Sea legisladora...' Una aproximación a la representación de las primeras legisladoras nacionales argentinas (1952-1955)" en RAMACCIONTTI, Karina Inés y VALOBRA, Adriana María (comp.) Generando el Peronismo. Estudios de cultura, política y género (1946-1955). Buenos Aires, Proyecto Editorial. Pp. 27.


Tomado de http://www.senado.gob.ar/senadores/listados/listaSenadoRes y http://www.diputados.gob.ar/diputados/listadip.html
En: http://genero.ife.org.mx/docs/ife-event_InfCuotas_ago2012.pdf
En: http://genero.ife.org.mx/docs/ife-event_InfCuotas_ago2012.pdf
En: Cazarín Martínez, Angélica. Democracia, género y justicia electoral en México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2011. http://www.te.gob.mx/documentacion/publicaciones/cuadernos_div_je/cuaderno_2_je.pdf





UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES



Crecimiento verde'', ¿solución contra la crisLAS CUOTAS DE GÉNERO: LOS CASOS DE MÉXICO Y ARGENTINA, BREVE PROCESO HISTÓRICO Y BALANCE.

Mónica Gutiérrez Terán.


El proceso democrático en América Latina, ha beneficiado la creación y el desarrollo de ciertos temas que en la actualidad tienen gran relevancia dentro de las intuiciones de gobierno, uno de estos temas es la participación política de las mujeres.
Para dicha cuestión, es muy importante resaltar la labor que han realizado organizaciones internacionales, como lo es la Organización de las Naciones Unidas, que ha apoyado y promovido los derechos de la mujer en todo el mundo.
Este trabajo de investigación tiene dos objetivos; el primero es sobre la participación política femenina en México y en Argentina, en principio sobre algunos acontecimientos históricos que permitieron el acceso formal de las mujeres a la participación política, como primera instancia la apertura del voto femenino. Como segundo objetivo de la investigación abordaremos los Sistemas de Cuota o de Cupo Electoral Femenino, mecanismos que fueron implementados con el objetivo de incrementar esencialmente las candidaturas femeninas en el poder legislativo, así como las vicisitudes que se han tenido para lograr el correcto funcionamiento democrático de dicho sistema.
Para comenzar el estudio sobre las cuotas de genero en estos dos países es importante establecer un significado para el concepto de Cuotas de Genero, el cual retomaremos de la Dra. Jacqueline Peschard:
"(…)disposiciones legales para promover el acceso de las mujeres cargos políticos de responsabilidad (…) mecanismos de discriminación positiva, Las cuotas en implicado dar un tratamiento preferencial a las mujeres. Esta medida tiene una proyectivo equilibrador de las desigualdades que enfrentan las mujeres para acceder a cargos políticos, A reforzar su ingreso al poder público y no dejarlo completamente a la buena fe de los partidos políticos, tenía sus procedimientos tradicionales de selección. "
La decisión de comparar a México y Argentina es para contrastar como es el funcionamiento de las cuotas de genero entre estos dos países y si alguno ha tenido ciertos factores que han ayudado a obtener mejores resultados, teniendo en cuenta que ciertos procesos históricos de la implementación de las cuotas en México y Argentina serán analizados para estudiar su funcionamiento y responder hacia la hipótesis principal de que las cuotas electorales femeninas han ayudado a incrementar el numero de mujeres en las puestos de decisión política nacional y han combatido la "desigualdad" de la representación.
Sin embargo el sistema de cuotas presenta diversos "pros y contras" para la participación y representación de las mujeres:
Pros:
La aparición del tema de las cuotas de genero puede alentar una mayor actividad de las mujeres en la participación política.
reafirma un derecho que tienen los ciudadanos sin considerar el sexo, al votar y ser votados.

Contras:
La reafirmación de un derecho podría sujetarse a discusión de carácter discriminatorio.
las cuotas están en contra del principio de igualdad de oportunidades para todos al tener un trato preferente.
Son antidemocráticas porque los votantes deben de poder decidir a quien elegir sin importar su genero.
Las cuotas implican que los candidatos serán elegidos en cuestión de genero y no por su trabajo dejando de lado quien tenga el mejor perfil profesional
Crean conflictos dentro de los partidos políticos.

DESARROLLO HISTÓRICO
Uno de los primeros documentos que fueron redactados internacionalmente y que estuvo a cargo de la Organización de las Naciones Unidas, fue orientado a otorgarle la igualdad política a las mujeres. Esta es la convención sobre los derechos políticos de la mujer de 1952 la cual materializa legalmente el trabajo realizado por el Congreso económico-social y la Comisión de la Condición jurídica y social de la Mujer. La importancia que le otorga la ONU a la participación de la mujer en los asuntos públicos responden gran medida a las demandas hechas alrededor del mundo por los movimientos de mujeres organizadas y los cambios sociales y políticos que estaba pidiendo la sociedad internacional de esos tiempos.
Articulo I
Las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna
Artículo II
Las mujeres serán elegibles para todos los organismos públicos en mis tiempos establecidos por la liquidación nacional en condiciones de igualdad con los hombres, Sin discriminación alguna
Artículo III
Las mujeres tendrán derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicas establecidas por la legislación nacional, en igualdad de condiciones con los hombres sin discriminación alguna.
Continuando con su labor para la defensa de los derechos de la mujer, la ONU realizo conferencias Internacionales sobre la Mujer, la primera fue organizada en México 1975, la II Copenhague 1980, la III Nairobi 1985 y en la IV conferencia sobre la mujer que se llevo a cabo en Beijing, China en 1995 donde comenzó a discutirse en todo el mundo las cuestiones de la participación política de la mujer, fijándose una necesidad de re-evaluar la participación femenina y tomar medidas para "asegurar el acceso igualitario de todas las mujeres y su plena participación en las estructuras de poder y de toma de decisiones ".
Después de la IV Conferencia obre la Mujer, estableció el sistema de cuota como una recomendación internacional que oscilaba entre el 20 y 40% de las candidaturas parlamentarias.
En América Latina, hubo un proceso de implementación entre los años 1991 y 2002, el primer país en implementar esta recomendación internacional fue Argentina 1991 en la Cámara de Diputados y 2001 en la Cámara de Senadores, y el ultimo país en implementar la recomendación fue México en 2002 para ambas cámaras.
Fuente: IADB/Inter-American Dialogue/League of Women Voters- Women in the Americas: Paths to Political Power. 2008, p.15

Argentina.
En un breve recuento histórico, en la República de Argentina después de su independencia, el papel de la mujer fue muy cambiante, comenzaron a otorgarles ciertos derechos, por ejemplo el derecho a estudiar en 1823, no tenia una participación política activa.
A finales del siglo XIX y a lo largo del XX las mujeres tuvieron una reivindicación en el trabajo, comenzaron a exigir mayores derechos laborales y además los políticos. Entre huelgas y manifestaciones de diversas ramas del trabajo, las mujeres consiguieron hasta 1921 el voto municipal en la Provincia de Santa Fe, este fue el primer paso para el papel activo de las mujeres en la vida política. También durante el siglo XX se constituyo el Consejo Nacional de
mujeres de la República Argentina, el cual con posiciones feministas lucharía con un alcance nacional para reformar el código laboral de este país. En 1926 el Congreso Nacional sanciona la ley 11.357 de los derechos civiles de la mujer, y con esto surgían nuevas asociaciones que exigían ya el voto femenino.
Fue hasta el primer gobierno de Juan Domingo Perón, donde las mujeres argentinas consiguieron por fin sus derechos políticos. Se convierten en Ciudadanas. Donde la historia oficial resalta principalmente la figúrate Eva Duarte de Perón, como la principal figura de estructuración para la ley 13.010.
Con domingo pero se dio cuenta del gran potencial electoral que le podrían proporcionar las mujeres y en julio de 1945 pronunció un discurso en la Cámara de Diputados, a la que asistieron millares de mujeres donde urgió la adopción de una legislación que otorgara el derecho al voto. El 23 de septiembre de 1947 se promulgo la ley que daba el derecho al voto a las mujeres.
En 1950 y las mujeres concurrieron a votar en mayor medida que los varones un 90% del padrón femenino frente a un 86% de los hombres; el 64% de las mujeres votaron a favor de Juan Domingo Perón, en las elecciones legislativas del mismo año las mujeres alcanzan por primera vez representación del 15.5% en la Cámara de Diputados, y 17.6% en el Senado. En 1955 la representación de las mujeres en la Cámara de Diputados aumentó al 21.7%. El Peronismo organizó las mujeres en dos organizaciones, su brazo político sería el Partido Peronista Femenino fundado en 1949 y en la fundación Eva Perón; con estas dos organizaciones el peronismo da línea de cómo agrupar y capitalizar el voto y la participación femenina en Argentina.
Durante la suspensión de las elecciones en las dictaduras sufridas por Argentina, es visible que las mujeres disminuyeron la participación política legal.
México.
Haciendo también un breve recuento de la participación política femenina en México, nos sitiamos durante el siglo XIX, en el cual la ideología de liberalismo se encontraba en el país. Esta ideología enfocada a los reclamos feministas afirmaba que "había que dejar a las mujeres en libertad para que ellas misma descubrieran los límites de sus capacidades". Liberales Como Benito Juárez, Sebastián lerdo de Tejada y Vicente Riva Palacios consideraron la necesidad de crear instituciones para la educación de las mujeres.
No olvidemos la labor de la mujer en la lucha de independencia de nuestro país que dignamente representada por personajes como Josefa Ortiz de Domínguez, Leona Vicario entre otras.
En la Revolución Mexicana, las mujeres también comenzaron a organizarse en clubes políticos y realizaban publicaciones en apoyo a los revolucionarios, por ejemplo publicaciones feministas que ven la luz a principios del siglo XX.
También la lucha de la mujer trabajadora, formo muchas asociaciones para la lucha para la obtención de derechos de trabajo y asimismo políticos. Al fin de la Revolución Mexicana, la creación de un nuevo orden político comenzó a reconstruir los espacios políticos, los cuales abrió a las fuerzas sociales contendientes durante el proceso revolucionario, y busco satisfacer algunas de las demandas planteadas durante el movimiento armado.
Hermilia Galindo fue una de las principales luchadoras de los derechos igualitarios para las mujeres, presentando la demanda del sufragio ante el Congreso Constituyente en 1917, sin embargo éste rechazo tal propuesta ya que se pensaba que las mujeres tenían gran influencia por parte de la religión.
En México la lucha por el reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres no fueron todos encabezados por mujeres. Felipe Carrillo Puerto y Salvador de Alvarado gobernadores de Yucatán, estuvieron a favor del reconocimiento de estos derechos, el primero promovió dos Congreso Feministas en Yucatán, en los dos se apoyaron los derechos políticos de la mujer. El segundo creo en 1922 una ley en la cual se concedía el derecho a votar, y en ese mismo año la profesora Rosa Torres se convirtió en la primer mujer de la historia de México en desempeñar un cargo de elección como presidente del Consejo Municipal de Mérida. Después consiguió que tres mujeres fueran electas diputadas, las cuales fueron removidas de su cargo después del asesinato de Felipe Carrillo Puerto. Sin embargo, a partir de esta fecha se comenzaron a crear mas organizaciones feministas apoyadas por el Partido Socialista del Sureste.
Posteriormente en la Ciudad de México se organizaron diversos congresos nacionales e internacionales del movimiento feminista. En la década de los veinte, las mujeres fueron un factor importante para los partidos políticos y sus plataformas electorales. En 1929, tienen un papel central en la campaña del Partido Antirreleccionista que trata de llevar a José Vasconcelos a la presidencia.
En la fundación del Partido Nacional Revolucionario, en 1929, plantea en sus estatutos que: " estimulará paulatinamente el acceso de la mujer mexicana en las unidades de la vida civica" . Durante los siguientes años, la lucha de las mujeres por el reconocimiento de sus derechos políticos fue apoyada por diversas asociaciones y partidos políticos.
Fue hasta 1947, durante el gobierno de Miguel Alemán, cuando se reformo el articulo 115 de la Constitución, para darle el reconocimiento parcial al sufragio femenino en el ámbito municipal. En 1948, la Organización de los Estados Americanos (OEA), a través de la Comisión Interamericana para la Mujer, y que México formaba parte, redacto la Convención para los derechos políticos de la Mujer, y creo un ambiente de presión para los países que aun no concedían este derecho.
Desde 1951, se dio una lucha y un interés más intenso para lograr la obtención del voto. La campaña de Adolfo Ruiz Cortines marco su posición para otorgar el derecho al voto a las mujeres. El 6 de octubre de 1953 se llevo a cabo el ultimo debate para concluir la reforma a los artículos 34 y 115 constitucionales, el 17 del mismo mes apareció el decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Capitalizar el voto femenino, fue una de las mayores fuerzas que le dio al Partido revolucionario Institucional ganó la simpatía de muchas mujeres.



LOS SISTEMAS DE CUOTA EN ARGENTINA Y MÉXICO.
Los sistemas de cuota de representación femenina propósito de incrementar el número de mujeres en la estructura del poder público, Cámara de Diputados o Senadores, pues el problema en la subrepresentación de la mujer. Muchos investigadores sobre el tema indican que los sistemas de cuota de representación de minas en expresión de la impaciencia de las mujeres para acceder al poder público además de ser a menudo una herramienta iba para incrementar la representación femenina.
Argentina fue el primer país en sancionar una ley Nacional de Cupo Femenino (24.012) en 1991 estableciendo un margen del 30% en la Cámara de Diputados, para después complementar en 2001 la Cámara de Senadores.
Esta ley 24.012 tiene como antecedente el proyecto de la senadora por la provincia de Mendoza Margarita Malharro de Torres por la UCR quien el 6 de noviembre de 1989 proponía establecer un requisito mínimo de representación política femenina al proponer no menos de 30% de candidaturas en las listas electorales. Diez días después una diputada del mismo partido por la ciudad de Buenos Aires, Norma Alegrone de Fonte, promovía que no pudiesen establecer las listas de elección a mas de 70% de elegibles del mismo sexo.
El congreso discutió sobre el tema y el 6 de noviembre de 1991 aprobó esta propuesta solo para la Cámara de Diputados. y la primera vez que se aplico esta ley fue en las elecciones de 1993 existiendo 32 diputadas en contraste con las 16 que eran en 1991. Fue en el año 2000 cuando se decide aplicar también la cuota de genero en el Senado.
En 1991, con la sanción de la Ley 24.012 -Ley de Cupo Femenino- Argentina se transformó en el primer país del mundo que adoptó una cuota mínima de candidaturas legislativas para mujeres a través de la reforma de su legislación electoral" En virtud de dicha Ley los partidos políticos están obligados a incorporar mujeres en sus listas electorales en un mínimo del 30 % de los candidatos a los cargos.
Las provincias continuaron con un proceso de aceptación de la cuota de genero entre 1992 y 1998 quedando establecida la cuota en 14 provincias de 16, solo Jujuy y Entre Ríos no tiene legislación de cupo provincial. La cual muestra la voluntad de los gobiernos por impulsar la participación femenina.








Fuente:www.saap.org.ar/esp/docs-congresos/congresos.../c/.../archenti-tula.pdf







A 20 años de la sanción de la Ley nacional 24.012, conocida como Ley de Cupo femenino, que establece la participación de un mínimo del 30% de mujeres entre los candidatos a cargos legislativos y en proporciones con posibilidad de resultar electas, aún hay dos provincias del país, Jujuy y Entre Ríos, que no adecuaron del todo sus normativas a esta ordenanza. 
En el caso de Jujuy, numerosos proyectos han pasado por la legislatura local a lo largo de las últimas dos décadas. Finalmente, en una de las últimas sesiones de 2010, con el voto del Frente para la Victoria y el Peronismo disidente, se aprobó una ley de cupo (N° 5.668) que reforma el Código Electoral de la provincia e incorpora una cláusula que plantea que no se oficializarán listas para ninguna clase de cargos que nominen a más de dos candidatos del mismo sexo en orden sucesivo. 
El caso de Entre Ríos, en cambio, es aún más llamativo: en la última modificación de la Constitución provincial (2008) se incluyó el artículo 17, donde se garantiza la igualdad real de oportunidades y de trato para mujeres y varones, y se asegura a la mujer, además, la igualdad real de oportunidades para el acceso a los diferentes estamentos y organismos del Estado provincial, municipal y comunal. Sin embargo, hasta hace tres meses atrás, no había una Ley provincial que garantizara el cumplimiento del artículo.
Los números de las Cámaras de la República Argentina a lo largo del tiempo se muestran en las siguientes tablas:






















Siendo actualmente los números los siguientes en el poder legislativo argentino:
Cámara de Diputados 2009-2011, existen 100 diputadas en un total de 257 diputaciones.
Cámara de Senadores 2009-2013, existen 29 senadores en un total de 72 senadurías.

Al igual que en el caso de Argentina, los Sistemas de Cuota aplicados en México pasaron por una revisión y hubo algunas modificaciones al planteamiento que originalmente se había hecho en la adopción en ambas cámaras en 1996, pero es ejecutada hasta el 2003 en las elecciones intermedias para la elección del congreso.
En el caso de México se hizo una modificación a lo planteado en 1996, hasta abril del 2002 cuando una fracción parlamentaria del PRD, representada por la diputada federal Hortensia Aragón envió una iniciativa para la modificación del artículo 175 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la cual se aprobó para su aplicación en la elección del 2003.
Artículo 16.- De conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y las leyes locales de la materia, corresponde a los Municipios:
V. Fomentar la participación social, política y ciudadana dirigida a lograr
la igualdad entre mujeres y hombres, tanto en las áreas urbanas como en
las rurales.
La reforma de las cuotas contemplo tres grandes modificaciones: el 30% de candidaturas diferentes géneros ubicará obligatoriamente en el plano de los candidatos propietarios y en ambas fórmulas de mayoría relativa y de representación proporcional y, en las listas de representación proporcional, se alternan candidatas mujeres en cada uno de los primeros tres estamentos de tres. El partido político que no cumpliera con la cuota sería sancionado con la cancelación de las candidaturas respectivas, de tantas como fuera necesario para alcanzar la proporción por género. pero cuando el partido político pusiera al juicio de sus militantes los candidatos de mayoría relativa quedaría resuelto de la aplicación del sistema de cuota.
La excepción que se estipulen el COFIPE para quedar exento de la aplicación de la cuota por mecanismo más utilizado por siete partidos políticos existentes en México. Parece que la justificación era que este método es más democrático y pone a consideración de los afiliados de cada Partido.
La reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2002, establece la Acción Obligatoria a los partidos políticos de garantizar la participación de las mujeres tanto en la toma de decisiones como en la igualdad de oportunidades y la equidad entre mujeres y hombres en la vida política, señalando que no más del 70% de candidatos sean del mismo género.
Desde la implementación de la norma, un partido político ha sido multado por incumplir con la cuota en tres ejercicios. Las multas han sido: ejercicio 2008, $1,696,839.54 de un monto implicado de $8,484,197.72; ejercicio 2009 $3,015,359.49 de un monto no destinado $7,731,691.00 y ejercicio 2010, $345,654.00 de un monto implicado de $460,871.59. Otro partido político que incumplió en 2010, recibió una sanción de $1,351,204.00 en este caso reportó gastos de operación ordinaria por $9,485,488.88 que no estaban vinculados con actividades para el desarrollo del liderazgo político de las mujeres; el monto que no destinó fue de $2,702,407.64
Para el periodo de 1994-1997 en la Cámara de Diputados había 72 mujeres,( 14.4%) en el periodo de 1997-2000 hubo 87 mujeres (17.4%). En la cámara de Senadores en el primer periodo había 13 mujeres (10.1%), y en el periodo de 1997-2000 había 20 (15.6)%.
















Fuente: http://genero.ife.org.mx/docs/ife-event_InfCuotas_ago2012.pdf


En el ámbito regional, México sólo cuenta con 16 de las 32 entidades federativas con el establecimiento de cuotas.







Fuente: http://genero.ife.org.mx/




EL CASO DE "LAS JUANITAS"
Uno de los hechos relativos a la simulación democrática que nos hace poner en tela de juicio el sistema de cuotas de género en la representación popular tiene que ver con el caso de las "Juanitas", denominadas así en un ejemplo más de la parodia mexicana, tenia semejanzas con el caso de Rafael Acosta, "Juanito". el cual fue nombrado candidato a delegado de Iztapalapa, en el Distrito Federal, por el PT, y quien se comprometió públicamente a ceder su cargo a una mujer del PRD, Clara Brugada, quien contaba con el visto bueno del partido y de su líder Andrés Manuel López Obrador, para la jefatura de dicha Delegación.
Este acontecimiento ocurrió el 3 de septiembre de 2009, cuando 11 diputados del PRD, PT, PRI y PVEM, 9 mujeres y dos hombres, 5 solicitaron al pleno licencia indefinida, sin justificación alguna. Este acto causó diversas reacciones de indignación por varias causas: se denunciaron redes de intereses dentro de los propios partidos, las cuales efectivamente postulaban a mujeres como candidatas, con suplentes hombres, quienes luego las sucederían de manera definitiva en el cargo.
El debate propició que instituciones como el Instituto Nacional de las Mujeres y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en México advirtieron que la sustitución de diputadas por varones en las curules constituía un fraude de ley pues la mayoría de quienes solicitan licencia son mujeres y sus suplentes, hombres; además de por si la suplencia ya era indignante, lo que motivó la mayor crítica fue que los suplentes eran además familiares, amigos e incluso jefes.
Sin embargo en la práctica, el Pleno decidió posponer la aprobación de las licencias y frenó la toma de protesta de los suplentes; fue hasta el 29 de octubre se decidió darle licencia a dos legisladoras: Kattia Garza Romo, del Partido Verde, quien fue sustituida por su esposo, Guillermo Cueva Sada, por auténticas razones de salud.
La lista estaba integrada por:
1) Yulma Rocha Aguilar, quien dejaría su lugar a Guillermo Ruiz de Teresa, representante del PRI ante el IFE.
2) Ana María Rojas Ruiz daría paso a Julián Nazar Morales, líder cafetalero en Chiapas.
3) Olga Luz Espinosa Morales sería suplantada por Carlos Esquinca Cancino; 4) Mariana Ivette Ezeta Salcedo dejaría la curul a su hermano Carlos Alberto Ezeta Salcedo.
5) Carolina García Cañó permitiría el ascenso de Alejandro del Mazo Maza, hijo de Alfredo del Mazo.
6) Kattia Garza Romo dejaría la curul a Guillermo Cueva Sada, que en este caso si fue por auténticas razones de salud.
7) Laura Elena Ledezma Romo abrió paso a Maximino Fernández Ávila.
8) Anel Patricia Nava Pérez dejaría el cargo en manos de Primitivo Ríos Vázquez.
En el caso de los dos hombres que solicitaron licencia se encontraban:
9) Rafael Pacchiano Alamán dejaría su lugar a Alejandra Lagunes,
10) Raymundo Vargas Sáenz cedería su lugar a Karitina Sáenz Vargas.
Aunque no se menciono más sobre el problema de las "Juanitas", en el 2012 pleno esta, y que entrará en vigor hasta las elecciones federales e intermedias del 2015, luego de ser aprobada por el Senado. Las reformas presentadas, son a los artículos 20, 218 y 225 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y fueron aprobadas con 285 votos a favor, centro en contra y tres abstenciones.
Con las modificaciones a la ley se busca impedir que una mujer que gane una curul o escaño sea obligada a pedir licencia para ceder su lugar a favor de su suplente hombre, y se realiza en concordancia con un reciente fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En la actual administración, el Presidente de la República Enrique Peña Nieto propuso una reforma al COFIPE para elevar el porcentaje de la cuota de género de 40 a 50%, establecer la obligación de que el candidato y el suplente sean del mismo género y eliminar las excepciones a la aplicación de la cuota de género en las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso democrático conforme a los estatutos de cada partido.


CONCLUSIONES.
A lo largo de este trabajo nos hemos enfocado en revisar un poco la historia de la participación femenina y las repercusiones que ha traído dicha participación, las mujeres han ido exigiendo cada vez más participación en cuanto la democracia lo permite.
Sin embargo en las cuotas de genero hemos encontrado un problema, si bien aumentan el numero de mujeres en las cámaras, es decir la representación se ha visto cubierta, no necesariamente aumenta la participación.

En la anterior tabla, nos presenta varios casos de América Latina, sobre la cuota de genero, podemos observar que Argentina esta dividida en sus dos Cámaras Diputados (tercera fila) y Senadores (primera fila), y en la cual nos muestra que antes de la implementación, en la Cámara de Diputados había una representación del 5.9% en 1991, y después de la implementación de la ley del cupo femenino aumento al 14.4% en 1993, es decir tuvo un aumento de 9.2% sobre la representación. En el caso de la Cámara de Senadores antes de la implementación de la ley las mujeres tenían 2.8% en representación en 1998, para el año 2001 cuando se implemento la ley del cupo femenino se obtuvo un 33.3% de representación para las mujeres es decir, un incremento del 30.5%.
En el caso de México encontramos a la Cámara de Diputados en la sexta fila de la tabla, con un porcentaje de 16.0% de representación de las mujeres en ésta antes de la implementación de la ley de cuota de género, y que después de esta aumento al 22.6% en 2003, teniendo un incremento del 6.6%. La Cámara de Senadores se encuentra en la fila número once, con un porcentaje del 15.6% antes de la implementación la ley de cuota de género en el 2000, y que después de esta aumento al 17.2%, incrementando un 1.6% en la representación en 2006.
La tabla anterior, ordena a las cámaras de los países dependiendo del incremento en la implementación de las leyes respectivas en cuestión de las cuotas de género. Esto nos indica que en la Cámara de Senadores de Argentina la ejecución de la ley se hizo efectiva y que el aumento represento un incremento importante para las mujeres. La Cámara de Diputados de Argentina también tuvo un incremento, sin embargo su símil mexicano tanto en Diputados y Senadores el incremento fue menor.
Si bien el sistema de cuotas casi lo percibido como uno de los principales mecanismos para promover el acceso real de las mujeres en el mundo de la política e intentar reducir la tradicional asimetría de género en la representación política, a pesar de estos avances las mujeres que han alcanzado puestos responsabilidad tiene la obligación moral y el deber político que potenciar nuevas políticas públicas que mejoren las condiciones de vida socioeconómicas de las mujeres para seguir esta tendencia al alza. En este sentido las mujeres parlamentarias han demostrado tener un enorme capacidad para el diálogo y la negociación no sólo a favor de los derechos de la mujer y de la mejora de su calidad de vida sino también sobre temas de interés general que afecten al Estado.
No obstante los obstáculos para una representaciones presidente sexos responde también otros factores políticos electorales con un carácter obligatorio o exhortatorio de la cuota, de la distribución de las candidatas finalistas por parte de los partidos políticos, el tipo de listas electorales abiertas o cerradas; el tipo de sistema electoral la magnitud de los distritos electorales entre otros.
Podemos concluir que la instrumentación de Sistemas de cuota de participación política femenina si ha ayudado a incrementar el número de mujeres de los congresos de Argentina y México. En Argentina mucho más exitosamente que México.





























BIBLIOGRAFÍA.

Cazarín Martínez, Angélica. Democracia, género y justicia electoral en México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2011. http://www.te.gob.mx/documentacion/publicaciones/cuadernos_div_je/cuaderno_2_je.pdf

Galeana, Patricia. La mujer y la democracia en México, A medio siglo de obtener la ciudadanía. Ponencia presentada en el Congreso de la Unión, el 11 de marzo de 2003, En: http://www.mdemujer.org.mx/

Nari, Alejandra. Marcela María. Maternidad, Política y feminismo. En Lozano Gil, et. al. Historia de las Mujeres en la Argentina XX. Ed. Alfaguara, Argentina, 2000.

Peláez, Sol Inés; VALOBRA, Adriana María (2004) "'Sea legisladora...' Una aproximación a la representación de las primeras legisladoras nacionales argentinas (1952-1955)" en RAMACCIONTTI, Karina Inés y VALOBRA, Adriana María (comp.) Generando el Peronismo. Estudios de cultura, política y género (1946-1955). Buenos Aires, Proyecto Editorial.

Peschard, Jacqueline. El sistema de cuotas en América Latina: panorama General. Banco Interamericano de desarrollo. 2001


Partido Revolucionario Institucional (PRI). Historia documentada del Partido Revolucionario Institucional, México, 1981, vol 14.

Convención sobre los derechos políticos de la mujer. Consultado en www.unifem.org

Organización de las Naciones Unidas. IV Conferencia internacional sobre la Mujer, Beijing, China 1995.




DATOS EN INTERNET
http://www.congreso.gov.ar/

http://www.cnm.gov.ar/LegNacional/Ley24012_decreto1246.pdf

http://portal.oas.org/Portal/Topic/Comisi%C3%B3nInteramericanadeMujeres/Participaci%C3%B3nPol%C3%ADtica/Cuotasdegenero/tabid/961/Default.aspx

http://genero.ife.org.mx/docs/ife-event_InfCuotas_ago2012.pdf


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