La Visión de Desarrollo La Misión Los Objetivos Generales (Programas) Los Objetivos Específicos (Sub Programas) Las Actividades y proyectos Plan Multianual de Inversiones

September 28, 2017 | Autor: Gary Rojas | Categoría: Gobiernos Locales
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Descripción

S IEMBRA DEMOCRACIA Fortalecimiento de la Institucionalidad Democrática Local en Puno

Cartilla para el Fortalecimiento de Capacidades de Autoridades y Funcionarios Municipales:

Preparándonos para el buen gobierno:

Los 100 primeros días de la Gestión

FIP FONDO ITALO PERUANO

IEP Instituto de Estudios Peruanos SER

Instituto de Estudios Peruanos (IEP) Lima Horacio Urteaga 694 - Lima Telf. 332-6194 / 431-6603 Fax: 3326173 [email protected] www.iep.org.pe Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) Lima Jr. Pezet y Monet N° 1870 Lince Lima Telf. 4711734 Fax: 4713697 [email protected] www.ser.org.pe Ayacucho Urb. María Parado de Bellido Mz. J. Lote 4, EMADI Ayacucho Telf. 066 319428 Fax: 066 319430 [email protected] Cajamarca Av. Angamos N° 1024, Chontapaccha - Cajamarca Telefax: 076 368710 [email protected] Puno Jr. Deustua N° 227 Interior - Puno Telefax: 051 364996 [email protected]

Presentación El 19 de noviembre se realizaron las elecciones regionales y municipales, que han ungido nuevas autoridades que asumirán funciones a partir de enero del 2007. Las autoridades municipales electas tienen enormes retos derivados del fortalecido rol promotor del desarrollo del gobierno local, así como de las crecientes competencias y responsabilidades que le otorga el marco normativo del proceso de descentralización. Más aun, en espacios de alta ruralidad, pobreza y exclusión como en caso de la Región Puno, estas exigencias se multiplican, lo que requiere estrategias de desarrollo de capacidades de autoridades, equipos técnicos y sociedad civil para lograr una gestión eficiente, transparente y participativa orientad por el enfoque de construir el Buen Gobierno. En esta perspectiva, el Proyecto Siembra Democracia “Fortalecimiento de la Institucionalidad Democrática Local de Puno” es un esfuerzo conjunto del Instituto de Estudios Peruanos (IEP) y la Asociación Servicios Educativos Rurales (SER), que se viene ejecutando en Puno desde hace un año en 27 municipalidades rurales de Puno, con el auspicio del Fondo Italo Peruano. El Proyecto Siembra Democracia tiene como objetivo apoyar el fortalecimiento de los gobiernos municipales, de los procesos de participación y de la sociedad civil de Puno, colaborando a la viabilidad de la reforma descentralista y al aprovechamiento de las oportunidades que ésta abre para gestionar adecuadamente la diversidad de realidades socioeconómicas del país y propiciar la inclusión de las poblaciones, particularmente rurales, excluidas de los beneficios del crecimiento económico y la democracia. EI objetivo específico del proyecto busca proporcionar en los gobiernos locales de la región, en especial a los rurales, servicios de información para la gestión municipal, la operación de la transferencia descentralista, la participación ciudadana y la promoción del desarrollo sostenible, utilizando la ampliación de la telefonía rural y la inversión de los gobiernos locales en equipamiento informático. Para ello el proyecto realiza las siguientes actividades: 1.1 Portal web www.municipioaldia.com que proporciona servicios de información actualizada de gestión municipal. 1.2 Elabora y difunde un boletín electrónico mensual de asesoría legal municipal, que contiene alertas sobre los nuevos dispositivos legales y administrativos municipales y el calendario de obligaciones municipales. El boletín es distribuido en forma electrónica a autoridades y funcionarios municipales y todos sus números son accesibles también desde el portal web.

1.3 Un servicio de consultas en línea, que cuenta con un equipo de expertos que resuelven consultas de autoridades, funcionarios municipales y representantes sociales y toda persona interesada en temas de gestión municipal. 1.4 Un programa de formación de autoridades y funcionarios municipales que busca fortalecer sus capacidades a fin de conseguir una acción municipal más eficiente. Los se realizan aproximadamente cada 3 meses y buscan desarrollar temas relevantes para la gestión municipal desde la perspectiva de buen gobierno, mejora de servicios y transparencia de la gestión. 1.5 Un programa de asesoría directa a los gobiernos locales del ámbito de intervención, con visitas periódicas de asesoría. Como parte de las actividades del programa de formación se ha programado la realización del “Tercer Taller de Fortalecimiento de Capacidades para Autoridades Electas y Funcionarios Municipales: PREPARÁNDONOS PARA EL BUEN GOBIERNO: LOS PRIMEROS 100 DIAS DE LA GESTION”. El evento tiene la finalidad de contribuir al desarrollo de capacidades de las autoridades electas y los profesionales que eventualmente son la base del nuevo equipo municipal, aportando en reforzar el conocimiento y manejo de conceptos, normatividad y procedimientos para un buen inicio de la gestión. Como parte del material didáctico del taller, se ha elaborado la presente cartilla de capacitación que será un instrumento de apoyo para las actividades iniciales de las nuevas gestiones municipales. La cartilla esta dividida en tres temas. La primera parte contiene conceptos, normas e instrumentos del proceso de la transferencia municipal, buscando que más allá del procedimiento administrativo, la transferencia sea un proceso que consolide la institucionalidad democrática del gobierno local, poniendo énfasis en la transferencia de políticas públicas. En segundo lugar, se exponen los conceptos, normatividad y procedimientos para la formulación del Plan de Desarrollo Institucional (PDI), instrumento estratégico para la nueva administración y que delinea las políticas del gobierno local para el periodo 2007-2010. Por último, se detallan orientaciones para elaborar un plan mínimo de trabajo para los primeros 100 días de la gestión municipal, etapa crucial para enraizar las bases de un Buen Gobierno. Valga la oportunidad para que nuestras últimas líneas sean para agradecer a las autoridades salientes, funcionarios y servidores municipales de las 27 municipalidades del ámbito del proyecto, con los que trabajamos en el 2006, por el empeño y la voluntad institucional demostrada para buscar el mejoramiento de sus gestiones y fortalecer a los gobiernos locales. Los Organizadores

Contenido de la cartilla 1. Transferencia Municipal ¿Qué es el proceso de Transferencia? ¿Cuál es el ámbito de Aplicación? ¿Cuál es la base normativa de la Transferencia? ¿Quiénes son responsables del inicio del proceso de transferencia? ¿Cuáles son los plazos luego de la proclamación? ¿Cómo se conforma la Comisión de Transferencia? ¿Qué bienes, documentos y otros comprende la transferencia? ¿Cuáles son las sanciones de no realizarse? ¿Cómo se elabora el Acta final? ¿A quién se informa? ¿Y en caso de Reelección? ¿Cómo se hace la transferencia de políticas públicas? · Memoria Institucional Final ¿Cómo se hace la Transferencia de Políticas Públicas? ¿Qué es la Memoria Institucional? ¿Quién la elabora? ¿A quién se remite? ¿Qué debe contener? ¿Cuál es su base legal? ¿Cuál es el procedimiento a seguir? · Rendición de Cuentas ¿Quién la elabora? ¿A quién se remite? ¿Qué debe contener: ¿Cuál es su base legal? ¿Cuál es el procedimiento a seguir? 2. Plan de Desarrollo Institucional · ¿Qué es el Plan de Desarrollo Institucional? · ¿Cuál es su base legal? Es obligatorio? · ¿Cómo se elabora? Existe algún instructivo? · ¿Quiénes son los responsables? · ¿Cuál es el contenido mínimo del PDI? · ¿Cuál es el procedimiento para su elaboración? · Cómo se formula la: La Visión de Desarrollo La Misión Los Objetivos Generales (Programas) Los Objetivos Específicos (Sub Programas) Las Actividades y proyectos Plan Multianual de Inversiones · Cómo se elabora el: Diagnóstico General (institución y el entorno) Diagnóstico Institucional (programas y sub programas) · ¿Cómo se mide los avances? · ¿Cómo se evalúa? 3. Plan para los Primeros 100 días de Gestión § ¿Para qué construir una agenda de los primeros 100 días?, § El diagnóstico situacional de emergencia § Las acciones inmediatas

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La Transferencia Municipal DIAGNÓSTICO En los últimos meses de la gestión que culmina su periodo legal de cuatro años, se abre el proceso de la transferencia de la administración, en esta etapa se pueden producir dos tipos de riesgos que afectan directamente a la población local. Por el lado de la gestión en ejercicio, existe la incertidumbre por que la continuidad y sosteniblidad de las políticas públicas locales implementadas puedan ser truncadas. La ejecución de los planes de desarrollo concertado, el presupuesto participativo, los espacios participativos, los logros en los niveles de eficiencia administrativa, la práctica de las rendiciones de cuentas y otros planes como el desarrollo institucional se interrumpen de una gestión a otra, por más que sean absolutamente factibles y signifiquen utilidad para la comunidad, por el sólo hecho de cambiar las personas en la administración municipal. Incluso, puede ocurrir que los avances y logros obtenidos no sean reconocidos y continuados por la nueva gestión, por una práctica de querer hacer las cosas de nuevo. Por el lado de las autoridades electas, están preocupadas por los riesgos de dilapidaciones, malversaciones, apropiaciones ilícitas, destrucciones del patrimonio físico, desaparición del acervo documentario, nombramientos ilegales, compromisos irregulares de deudas y otras figuras delictivas en el lapso que corre entre las elecciones municipales y la asunción de las nuevas autoridades. Estas situaciones impiden, que la administración entrante pueda reportar eficientemente a los organismos centrales de administración y control, sobre los resultados de los ejercicios manejados por la gestión anterior. En un ambiente caracterizado por el desconocimiento y desinformación de las normas y procedimientos por parte de autoridades y funcionarios salientes y entrantes, la desconfianza y un clima de tensión son los elementos dominantes en las acciones de transferencia, cuyo producto son procesos traumáticos, conflictivos y antitécnicos que afectan la institucionalidad democrática local. La situación descrita hace necesario generar un clima de diálogo y concertación entre las autoridades en ejercicio y electas, basada en dotar de información y lograr constituir procesos y mecanismos que permitan obtener a las nuevas autoridades por mandato de la ley, la información detallada de la gestión municipal precedente, así como, salvaguardar la integridad de los bienes y acervo documental. Esto reportará en un impacto positivo en el desempeño de la nueva administración, así como de continuidad en políticas públicas locales que redunden en resultados y logros en el desarrollo local. ¿QUÉ ES EL PROCESO DE TRANSFERENCIA? El proceso de transferencia es un procedimiento administrativo, de interés público, de cumplimiento obligatorio y formal, que consiste en la entrega de la administración municipal por parte de la autoridad saliente a la nueva autoridad electa. Se busca que el proceso de la transferencia de la administración municipal sea un proceso ordenado, transparente y democrático. ¿CUÁL ES EL ÁMBITO DE APLICACIÓN? La transferencia es obligatoria para todas las municipalidades provinciales y distritales. ¿CUÁL ES LA BASE NORMATIVA DE LA TRANSFERENCIA? La Base Legal relacionada con la transferencia municipal es la siguiente: § Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades § Ley 26997 Ley que establece la Conformación de Comisiones de Transferencia de la Administración Municipal § Ley 28430 Ley que modifica los artículos 1º, 3º y 4º e incorpora el articulo 8º en la Ley Nº 26997 § Ley N° 27482 “Ley que regula la publicación de la Declaración Jurada de Ingresos y Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado.

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§ Resolución de Contraloría Nº 174-2002-CG, que aprueba la Directiva N° 02-2002-CG/AC, Procesamiento y evaluación de las declaraciones juradas de ingresos y bienes y rentas de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como información sobre contratos o nombramientos, remitidas a la Contraloría General de la República. § Resolución de Contraloría N° 072-98-CG, Aprueban normas técnicas de control interno para el sector público. § Resolución de Contaduría N° 075-98-EF/93.01, Aprueban el Instructivo Nº 15, Proceso para Facilitar la Transferencia de Información Contable de la Gestión Municipal. § Comunicado Oficial de la Contraloría General de la República Nº 010-2002-CG § Resolución de Contraloría General Nº 054-2001-CG que aprueba la Directiva N° 008-2001-CG/OATJ “Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades” ¿QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES DEL INICIO DEL PROCESO DE TRANSFERENCIA? Es responsabilidad de los alcaldes provinciales y distritales que cesan en sus cargos realizar el proceso de transferencia de la administración municipal a las nuevas autoridades electas de acuerdo con los procedimientos y plazos establecidos por Ley. ¿CUÁLES SON LOS PLAZOS LUEGO DE LA PROCLAMACIÓN? La Comisión de Transferencia se conforma dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la proclamación de las autoridades municipales electas. ¿CÓMO SE CONFORMA LA COMISIÓN DE TRANSFERENCIA? El alcalde en ejercicio convoca al alcalde electo, conforma e instala la Comisión de Transferencia, que estará integrada por: a. b. c. d.

El alcalde en ejercicio, quien la presidirá. El alcalde electo o su representante. Dos representantes del alcalde electo. Dos representantes del alcalde en ejercicio, uno de los cuales será el Gerente Municipal o el funcionario administrativo de mayor rango de la municipalidad.

El alcalde electo presentara a sus representantes a la comisión de transferencia mediante una carta dirigida al alcalde en ejercicio. Por acuerdo de ambos alcaldes, el número de miembros de la Comisión podrá ser ampliado. En este caso, se recomienda que se incorpore a un representante de las oficinas de abastecimiento, tesorería, contabilidad, presupuesto, bienes patrimoniales y archivo, la misma que se encargara de hacer entrega de los bienes patrimoniales, información financiera, presupuestaria y del acervo documentario. Asimismo se recomienda que dicha Comisión además esté conformada por un representante del Órgano de Auditoria Interna de la municipalidad, en caso cuenten con esta área, quien actuara en calidad de observador. ¿QUÉ BIENES, DOCUMENTOS Y OTROS COMPRENDE LA TRANSFERENCIA? La Transferencia de la administración municipal comprende; a. El inventario físico de bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal. (Inventarios del margesí de bienes, activo fijo y existencias) b. El inventario de cuentas bancarias, indicando el saldo de cada una de ellas. a. Los libros de contabilidad y demás documentación sustentatoria de las operaciones contables y financieras realizadas.

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b. El libro de planillas y la relación detallada del personal y su régimen de contratación c. El registro de contribuyentes d. El libro de Actas de las reuniones del Concejo Municipal, los oficios y demás acervo documentario de la municipalidad: Correspondencia recibida y originada en el Despacho de Alcaldía. e. La relación, debidamente documentada de las ordenanzas, edictos, acuerdos y demás normas municipales expedidas. f. Informes sobre el estado de los servicios públicos administrados por al municipalidad y otorgados en concesión. g. Expedientes técnicos de obras públicas, cualquiera que fuera la fuente de financiamiento y la modalidad de ejecución; h. Expedientes de licitaciones y concursos de precios para la realización de estudios, adquisición de bienes, prestación de servicios no personales y la ejecución de obras. i. Informes sobre el Estado de los expedientes pendientes de resolución. j. Libro de registro de nacimientos, matrimonios y defunciones; k. Libro de Registro de las organizaciones populares; l. Registros computarizados; m. Todos los demás informes que permitan conocer la situación real de la municipalidad. n. En el caso de los municipios que cuenten con Órgano de Control Institucional, este deberá presentar el nuevo titular, un informe de Gestión reportando: situación operativa de la oficina; Plan Anual de Control del año 2007; relación de informes de Auditoria Interna (concluidos, pendientes y en proceso); Informes de Auditoria Externa (concluidos, pendientes y en proceso); informes de Contraloría General de la republica; estado situacional de implementación de mediadas correctivas y de cumplimiento de encargos del Titular; relación de Proceso administrativos de funcionarios y/o servidores pendientes y en proceso; y la relación de funcionarios y servidores sancionados administrativamente y con procesos civiles o penales. Una copia de dicho documento se remitirá a la Contraloría General. ¿CUÁLES SON LAS SANCIONES DE NO REALIZARSE? El proceso de transferencia de la administración municipal, de las autoridades cesantes a las electas, es obligatoria y bajo responsabilidad. De no realizarse la instalación de la Comisión de Transferencia en el plazo previsto por Ley, el alcalde electo designará a todos los integrantes de la Comisión y la instalara dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Es responsabilidad del alcalde electo, denunciar ante la Fiscalía correspondiente, la no instalación de la Comisión de Transferencia, para la respectiva acción penal por el delito establecido en el articulo 377º del Código Penal; así como denunciar a las autoridades, funcionarios y servidores, que oculten información, impidan o entorpezcan las laborales de la Comisión de Transferencia, para la respectiva acción penal por delitos contra la Administración Publica establecidos en el Capitulo II del Código Penal; sin perjuicio de iniciar los procesos administrativos correspondientes. Además, en caso de incumplimiento de la Transferencia, copia del Acta debe ser enviada a la Contraloría General de la Republica, adjuntando copia autenticada de las denuncias interpuestas antes las instancias jurisdiccionales correspondientes, o de las Resoluciones de Alcaldía que dispongan el inicio de Procesos Administrativos. ¿CÓMO SE ELABORA EL ACTA FINAL? a. Todos los funcionarios y servidores municipales están obligados a brindar el apoyo y la información que requiera la Comisión de Transferencia para el cumplimiento de su misión. b. La Comisión de Transferencia verificara la existencia física de los bienes, recursos y documentos municipales. En caso de inexistencia o faltante de algún bien, recurso o documento, se indicara la razón en el Acta de Transferencia. c. Cuando corresponda, el acta de la Oficina de Administración, deberá consignar el estado situacional en que se encuentra la implementación del Sistema Integrado de Administración financiera SIAF, así como la relación de equipos y personal involucrados en su desarrollo.

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d. La labor de la Comisión de Transferencia culmina a más tardar un día antes de la instalación pública del nuevo Concejo Municipal, con la entrega de cargos del alcalde y los regidores salientes. Todo lo actuado se registra en el Acta de Transferencia debidamente suscrita por los miembros de la Comisión. e. Los representantes del alcalde en ejercicio se constituyen como la comisión de entrega, y los representantes del alcalde electo son la comisión de recepción para el proceso de transferencia y firma del acta final. f. Los anexos del acta debe contener el informe de rendición de cuentas, todas las actas levantadas en cada oficina y área municipal con los respectivos cargos, una lista del acervo electrónico y su ubicación, documentación contable y presupuestaria, relación de mobiliario, equipos de oficina y margesí de bienes, acervo documentario, otros, observaciones. ¿A QUIÉN SE INFORMA? a. En caso de un proceso de transferencia normal, copia del Acta de Transferencia debe ser remitida a la Contaduría Pública de la Nación, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su suscripción. b. Corresponde al alcalde electo disponer que el contenido del Acta de Transferencia se haga de conocimiento público. c. En caso de incumplimientos de la transferencia, se pondrá en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público. ¿Y EN CASO DE REELECCIÓN? a. En caso de reelección para el periodo inmediato, el alcalde reelecto está obligado a informar al Concejo Municipal en su sesión de instalación o dentro de los diez (10) días siguientes, sobre la situación de la municipalidad referente a los bienes patrimoniales, información financiera, presupuestaria, acervo documentario e informe de la situación de los servicios públicos. b. En el caso de elecciones complementarias, se aplican los mismos procedimientos para la transferencia de la administración municipal. ¿CÓMO SE HACE LA TRANSFERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS? Muchas gestiones de gobiernos locales que terminan su mandato, se han esforzado en planificar e implementar estrategias para la construcción de un Buen Gobierno. En diverso grado, estas acciones son base de políticas públicas a nivel local, que han contribuido a la participación ciudadana en la gestión municipal y otras que han mejorado la calidad de la intervención en el desarrollo local. Estas acciones deben tener continuidad en la nueva gestión, por lo que deben ser parte imprescindible de la transferencia municipal. Entre las políticas públicas más desarrolladas en las gestiones 2003-2006, tenemos: · · · · · · · · · ·

El Plan de Desarrollo Concertado El presupuesto participativo Los procesos públicos de rendición de cuentas Promoción de los espacios de participación ciudadana La gestión de los programas sociales Las políticas orientadas por el enfoque de desarrollo rural La promoción del desarrollo económico local Las políticas de gestión ambiental, Las políticas de gestión de riesgos Los procesos de cambio e innovación interna y administrativa

Para recoger estas experiencias de la gestión saliente se debe aperturar una etapa preparatoria de la transferencia municipal, que debe obtener dos productos: · La Memoria Institucional Final · El Informe Final de Rendición de Cuentas

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MEMORIA INSTITUCIONAL ¿QUE ES LA MEMORIA INSTITUCIONAL? La Memoria Institucional Final es un documento de gestión municipal, que presenta el desenvolvimiento institucional en el periodo de la gestión. Comprende un resumen de las actividades, proyectos, alcances, logros de los objetivos y metas institucionales; las políticas publicas implementadas en el periodo; un resumen de la información financiera y presupuestaria; una evaluación de los resultados de la gestión; y un capitulo con las conclusiones y recomendaciones, información valiosa para el inicio de la siguiente gestión. ¿QUIÉN LA ELABORA? Es competencia del Alcalde saliente someter a aprobación del Concejo Municipal la aprobación de la Memoria Institucional. Para el efecto se recomienda designar mediante Resolución de Alcaldía una comisión técnica para elaborar el balance de la gestión municipal, que será el insumo principal para la memoria institucional. La comisión deberá estar presidida por el Gerente municipal o el funcionario de mayor nivel administrativo. ¿A QUIÉN SE REMITE? La Memoria Institucional es parte de los documentos de gestión de la transferencia. Se remite anualmente y al término de la gestión a la Contaduría Pública de la Nación. Así como debe ser de conocimiento de la población, a través de asambleas informativas y mediante el portal municipal. ¿QUÉ DEBE CONTENER? La Memoria Institucional debe contener información valiosa respecto a la gestión de gobierno, legislativa, orgánica, administrativa, presupuestaria, financiera, como se puede detallar a continuación: ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL BALANCE-MEMORIA DE LA GESTIÓN MUNICIPAL PERIODO 2003-2006.

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Presentación Mensaje del Alcalde CAPITULO I: EL MUNICIPIO Aspectos generales. Reseña histórica. Creación política. Situación geográfica. Población. Aspectos sociales. Aspectos económicos. Aspectos institucionales. Diagnóstico comparativo entre la provincia/distrito que se recibió y que se deja.

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CAPITULO II: LA MUNICIPALIDAD -Relación de autoridades y comisiones de regidores. -Relación de funcionarios. -Estructura orgánica. -Normatividad municipal (ordenanzas, acuerdos, resoluciones, decretos). -Gestión administrativa. -Gestión financiera. -Información presupuestaria. -Ejecución de ingresos y gastos. -Clasificación y análisis del gasto. -Información financiera. -Estado financiero (balance general, estado de gestión, estado de cambios en el patrimonio neto y flujo de efectivo). -Análisis financiero (ratios, estadísticas y gráficos)

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CAPITULO III: BALANCE DE LA GESTIÓN -Presentación de la situación encontrada. -Políticas públicas desarrolladas. -Dificultades, limitaciones y acciones pendientes. -Logros de la gestión municipal. -Obras y proyectos. -Desarrollo económico local. -Servicios públicos. -Servicios sociales y gestión de programas sociales. -Participación ciudadana. Otras áreas. ANEXOS: - Relación de obras. - Relación de la normatividad municipal. Fotos.

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¿CUÁL ES SU BASE LEGAL? La normatividad relacionada con la Memoria Institucional es la siguiente: § Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. § Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. § El Instructivo Nº 7 sobre cierre contable de la Contaduría Pública de la Nación. § Resolución de Contaduría N° 075-98-EF/93.01, que aprueba el Instructivo Nº 15, Proceso para Facilitar la Transferencia de Información Contable de la Gestión Municipal. § Resolución de Contraloría General Nº 054-2001-CG que aprueba la Directiva N° 008-2001-CG/OATJ “Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades”

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR? Se sugiere los siguientes pasos a seguir para la elaboración y aprobación de la memoria institucional de la gestión: Paso 1.- Designar mediante Resolución de Alcaldía una comisión técnica para elaborar el balance de la gestión municipal, que será el insumo principal para la memoria institucional. La comisión deberá estar presidida por el Gerente municipal o el funcionario de mayor nivel administrativo. Paso 2.- Aprobar la directiva para la elaboración de la Memoria Institucional, de esta manera se formaliza la autoridad y rol de la comisión técnica, y se establecen los mecanismos de participación de los funcionarios y personal municipal, el esquema de contenidos de la memoria, el diseño del plan de trabajo de la comisión, procedimientos específicos, responsables de actividades, y el cronograma de cumplimiento. Paso 3.- Requerimiento de información preliminar a todas las áreas municipales en cumplimiento de la directiva aprobada. Entre la información principal a recaba, están los instrumentos de gestión como el Plan de Desarrollo Concertado PDC, Plan de Desarrollo Institucional PDI, presupuesto participativo, actas de conformación del CCL y del comité de vigilancia, los informes de las rendiciones de cuentas realizadas en el período, ejecución de obras, planes de trabajo e informes de evaluación de los mismos. Paso 4.- Taller de balance de la gestión, para identificar logros, limitaciones y resultados de la gestión, que se realiza con la presencia del alcalde, regidores y todo el personal municipal. Para tal efecto, se utilizarán como herramientas los 3 primeros formatos correspondientes al informe de rendición de cuentas. Paso 5.- Preparación resumida de la cuenta municipal, conteniendo la información financiera y presupuestaria de los 4 años de gestión. Paso 6.- Redacción y presentación del informe final de la memoria institucional, para tal efecto, la comisión técnica consolida la información documentada y los resultados del taller, y pone énfasis en las políticas públicas implementadas por la gestión. Finalmente, eleva el informe final al despacho de alcaldía de acuerdo al cronograma de la directiva. Paso 7.- Aprobación de la memoria por el concejo municipal. La comisión técnica presenta el informe de la Memoria Institucional ante el concejo municipal para su aprobación y su remisión en cumplimiento de la LOM.

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EL INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA GESTIÓN ¿QUIÉN LO ELABORA? Los titulares, los funcionarios y servidores públicos de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control están obligados a rendir cuenta de los resultados de su gestión de forma oportuna. En este caso es obligación del alcalde saliente disponer las acciones correspondientes para la elaboración del informe de rendición de cuentas de la gestión. En este sentido el Alcalde puede designar mediante Resolución de Alcaldía una comisión técnica para la preparación de la transferencia municipal y el informe final de rendición de cuentas. La comisión deberá estar presidida por el Gerente municipal o el funcionario de mayor nivel administrativo. ¿A QUIÉN SE REMITE? Se debe rendir cuenta a las autoridades competentes y ante la ciudadanía por los fondos y bienes del Estado a su cargo y por la misión y objetivo encomendado. Los funcionarios y servidores municipales están obligados a rendir cuenta ante el Gerente Municipal, y todos rinden cuenta al alcalde, como titular del pliego. Los alcaldes remiten los informes periódicos y finales sobre el resultado de su gestión a la Contraloría General de la República ¿QUÉ DEBE CONTENER? La municipalidad debe emitir dos informes de Rendición de Cunetas: a)

§ § § § § § § b)

Un Informe Anual, Consigna el Plan Operativo Anual y los resultados obtenidos respecto del mismo, los aspectos prioritarios, acciones pendientes, las debilidades y limitaciones observadas, así como los indicadores que se han aplicado para la medición y análisis de rendimiento de los siguientes aspectos: Información sobre Recursos Humanos Remuneraciones Proyectos de Inversión Contrataciones y Adquisiciones de bienes, servicios y obras Donaciones Inversiones del Estado y Privatización, en lo aplicable. Declaración Jurada de Bienes y Rentas. Un Informe Final, al término de la gestión, que debe consolidar los aspectos de los informes anuales, enfatizando en las mejoras y logros obtenidos con relación a la situación de la municipalidad al inicio de su gestión, principales decisiones adoptadas y su incidencia en la conducción del gobierno local, así como las limitaciones y áreas criticas que pueden mejorarse, a fin de que la nueva gestión pueda priorizar su atención.

Se deben incluir como anexos de los informes anuales y final, la información sintetizada según los formatos Nºs 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 , 10 ,11, 12,.1 3 y 14 de la directiva Nº 008-2001 de la Contraloría General de la República. ¿CUÁL ES SU BASE LEGAL? Mediante Resolución de Contraloría General Nº 054-2001-CG se aprueba la Directiva N° 008-2001-CG/OATJ “Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades”, que establece los procedimientos para que todo titular de una institución pública rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión a la Contraloría.

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¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR? Para el caso de los gobiernos locales, se sugiere los siguientes pasos para la elaboración de la rendición de cuentas de los resultados de la gestión: Paso 1.- Designar mediante Resolución de Alcaldía una comisión técnica para la preparación de la transferencia municipal y el informe final de rendición de cuentas. La comisión deberá estar presidida por el Gerente municipal o el funcionario de mayor nivel administrativo. Paso 2.- Aprobar la directiva interna para la preparación de la transferencia municipal y el informe final de rendición de cuentas. En la directiva se establecen los mecanismos de participación de los funcionarios y personal municipal, el diseño del plan de trabajo de la comisión, procedimientos específicos para la aplicación de los formatos de la directiva de Contraloría, responsables de actividades, y el cronograma de cumplimiento. Paso 3.- Se organiza y distribuye los formatos para su aplicación según corresponda a las diferentes áreas municipales. La comisión técnica orienta y monitorea la aplicación de los formatos. Paso 4.- La comisión técnica distribuye los formatos de las declaraciones juradas y hace el seguimiento correspondiente para su implementación. Paso 5.- La comisión técnica centraliza la información de los formatos, enfatiza en las mejoras y logros obtenidos con relación a la situación de la entidad al inicio de la gestión, principales decisiones adoptadas y su incidencia en la conducción de la municipalidad. Así como se explica las limitaciones y áreas críticas que pueden mejorarse, a fin que la nueva gestión pueda priorizar su atención. El informe final se deberá incluir el rubro “Conclusiones”, el cual contendrá las apreciaciones finales y aspectos de mayor relevancia considerados en el informe. Paso 6.- El informe final de rendición de cuentas se aprueba en concejo y se determina el mecanismo para dar a conocer a la población los resultados del informe de rendición de cuentas y de la memoria de gestión. Paso 7.- El Alcalde saliente remite el informe a la Contraloría General de la República.

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El Plan de Desarrollo Institucional ¿QUÈ ES EL PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL? Es un documento de gestión institucional y de planificación de mediano plazo (4 años), que expresa la propuesta de desarrollo local de la nueva gestión, formulado de manera participativa con el personal de la municipalidad sobre la base del plan de gobierno y el plan de desarrollo concertado local. En el PDI se define la misión institucional de la municipalidad, a partir de la visión y objetivos estratégicos del Plan de desarrollo. ¿CUÁL ES SU BASE LEGAL? ¿ES OBLIGATORIO? El Plan de Desarrollo Institucional (PDI) o también denominado Plan Estratégico Institucional (PEI), se encuentra normado por diversos dispositivos, principalmente por la Ley Orgánica de Municipalidades, así como las leyes de presupuesto de cada año fiscal. ¿CÓMO SE ELABORA? ¿EXISTE ALGÚN INSTRUCTIVO? En el año 2004, el Ministerio de Economía emitió la Directiva Nº 002-2003-EF/68.01 DIRECTIVA PARA LA REFORMULACIÓN DE LOS PLANES ESTRATÉGICOS SECTORIALES MULTIANUALES PARA EL PERÍODO 2004-2006 La finalidad de la Directiva es establecer las pautas metodológicas para la reformulación de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM) para el período 2004-2006, concordantes con el Marco Macroeconómico Multianual, la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal, Ley N° 27245, y la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783. ¿QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES? El responsable del PDI es el alcalde. Participan en su elaboración los regidores y el equipo técnico municipal, convocando a todos los funcionarios, trabajadores e invitados claves de la sociedad civil. La comisión técnica sistematiza y redacta el documento final del PDI, para su aprobación en el concejo municipal. ¿CUÁL ES EL CONTENIDO MÍNIMO DEL PDI? El contenido mínimo del PDI es: § La Misión institucional § Las políticas de gestión de mediano plazo § Los objetivos estratégicos institucionales § Los objetivos específicos § Las estrategias § Las acciones § Programa de inversión pública (Plan Multianual de Inversiones) ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN? Los objetivos de la Directiva del MEF, son i) Ser una guía metodológica para la elaboración de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) asegurando su apropiada articulación entre sí y con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM). ii) Armonizar los Objetivos Estratégicos Sectoriales identificados en los PESEM con los Objetivos Estratégicos Institucionales identificados en los PEI. iii) Garantizar que la correcta identificación en los PEI de los Objetivos Estratégicos Institucionales, permita su adecuado cumplimiento a través de la priorización de sus Acciones Permanentes y Temporales y los recursos que éstas requieren para su implementación.

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¿CÓMO SE FORMULA LA VISIÓN DE DESARROLLO? La visión compartida de desarrollo es parte del proceso participativo de elaboración del plan de desarrollo concertado local. Expresa la aspiración concertada de la población en el largo plazo. ¿CÓMO SE FORMULA LA MISIÓN? En el PDI se define la misión institucional de la municipalidad a partir de la visión y objetivos del Plan de desarrollo concertado local. ¿CÓMO SE FORMULAN LOS OBJETIVOS GENERALES (PROGRAMAS)? A partir de la Misión Municipal y los objetivos estratégicos del plan de desarrollo se diseñan los objetivos estratégicos institucionales en el marco de las políticas de mediano plazo. Los objetivos generales por Programa, constituyen los propósitos del Programa y expresa la situación que se desea alcanzar en un período de tiempo determinado. Son por definición objetivos de mediano y largo plazo y deben ser expresados en términos cualitativos y susceptibles de medición a través de indicadores de resultado. Se formularán objetivos sólo para los programas principales. ¿LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS (SUB PROGRAMAS)? Son los objetivos estratégico parcial por Subprograma. Constituyen los propósitos de los subprogramas y expresa la situación que se desea alcanzar o modificar en el período. Son por definición objetivos de mediano plazo que contribuirán al logro del objetivo general del Programa. Deben ser expresados en términos cualitativos y susceptibles de medición a través de indicadores de resultado. ¿QUÉ SON LAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS? Actividad.- Es el conjunto de acciones que concurren en la operatividad y mantenimiento de los servicios públicos o administrativos existentes. Responden a objetivos que pueden ser medidos cualitativa y cuantitativamente a través de indicadores de producto. Proyecto.- Es el conjunto de intervenciones limitadas en el tiempo con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios y cuyos beneficios se generan durante la vida útil del proyecto. Luego de su culminación generalmente se integran o dan origen a una actividad. Responden a objetivos que pueden ser medidos cualitativa y cuantitativamente a través de indicadores de producto. ¿CÓMO SE FORMULA EL PLAN MULTIANUAL DE INVERSIONES? Del Plan de Desarrollo Institucional se desprenderá el programa de inversiones de la municipalidad para dicho plazo, en el marco de los proyectos previstos en el Plan de Desarrollo Local Concertado. En el plan multianual se consignan los proyectos por programa y sub programa, el código del SNIP, la población beneficiaria, el indicador de producto, la meta física, la situación o estado de avance del PIP (perfil, pre factibilidad, ¿CÓMO SE ELABORA EL DIAGNÓSTICO GENERAL (INSTITUCIÓN Y EL ENTORNO)? Se refiere al análisis de la realidad sobre toda el área de influencia sobre la que actúa la institución, debiendo incidir principalmente en la población objetivo y en los servicios que provee y no en las características institucionales. Debe basarse en el análisis de los niveles de operación y la identificación del problema o los problemas principales para que el planteamiento de soluciones se derive de ellos. El diagnóstico general comprenderá: i) análisis del comportamiento del ámbito de acción de la institución, asociado al área de influencia; ii) identificación de problemas que se buscan resolver y análisis de su evolución (expresados preferentemente en indicadores de resultado). La identificación de los problemas y el análisis de la evolución deberán estar sustentados en información cuantitativa y cualitativa, debiendo especificar claramente la fuente de información. ¿CÓMO SE ELABORA EL DIAGNÓSTICO INSTITUCIONAL (PROGRAMAS Y SUB PROGRAMAS)? Deberá contener la identificación de los productos y servicios que brinda a la población a la cual se dirige, la caracterización de la situación actual de los programas principales, identificando los problemas y las causas que lo originan, a fin de obtener los elementos necesarios para planificar y orientar la acción del programa. ¿CÓMO SE MIDE LOS AVANCES? ¿CÓMO SE EVALÚA? El Plan de Desarrollo Institucional debe tener indicadores, que miden el cumplimiento de los resultados. Hay tres tipos de indicadores en el PDI § § §

indicadores de impacto mide la visión y sus avances indicadores de resultados que es sobre los objetivos o programas indicadores de producto que es sobre las actividades o proyectos

Los avances se miden a partir de los indicadores de actividades y proyecto; y a través de los indicadores de resultados. La evaluación se realiza al final del PDI, sobre los indicadores de impacto.

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Plan para los Primeros 100 Días de Gestión ¿PARA QUÉ CONSTRUIR UNA AGENDA DE LOS PRIMEROS 100 DÍAS? Los primeros 100 días de una nueva gestión municipal siempre determinan los desafíos y retos de una tarea a cumplir durante los 4 años de gobierno, es por eso importante diseñar desde el inicio una forma y un estilo de gobernar, además esta fase es importante para actuar sobre los vacíos o acciones urgentes de los primeros días, para eso proponemos lo siguiente: § Hacer público lo que se ha recibido de la gestión saliente, básicamente en cuanto a: o Cuánto dinero recibe (saldos de cuentas) o Deudas por los diversos componentes o Calidad del servicio o Cartera de contribuyentes o Estado de los Bienes o Otros considerados de interés particular § Analizar la organización municipal en relación a los retos que el Plan de Desarrollo Concertado y el Plan de Desarrollo Institucional tienen, básicamente relacionados con los objetivos estratégicos. § Evaluar el presupuesto participativo y elaborar el Plan de Campaña § Elaborar o revisar el Plan Anual de Adquisiciones, principalmente de las más importantes (Vaso de Leche, Insumos comedores, gasolina, etc.) § Diseñar la organización municipal y reclutar al equipo de gobierno § Implementar y hacer públicos de manera inmediata los informes de control interno o deficiencias en proceso de transferencia Asimismo se debe elaborar un diagnóstico situacional de emergencia sobre el estado de los servicios públicos, administrativos y otros que brinda el gobierno local. Cuyo proceso será el siguiente:

EL DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DE EMERGENCIA §

Identificación de Servicios deficientes en: o Servicios Básicos (Agua, Desagüe, electrificación) o Servicios Públicos (Limpieza pública, registros, licencias) o Medio Ambiente o Desarrollo Urbano y Rural o Desarrollo Económico o Participación ciudadana o Programas sociales

§

Identificación de acciones administrativas deficientes o Sistema Tributario o Sistema presupuestal o Sistema contable o Sistema varios (personal, tesorería, etc.)

Luego de esto se realizará una priorización, localizando las partes que no se puede dejar de atender y podrían ser declaradas en emergencia, de acuerdo a la gravedad del servicio.

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LAS ACCIONES INMEDIATAS Plan de Acción inmediata que debe de contener: §

Medidas Presupuestales o Reorientación del gasto o Acciones de mejoramiento de ingresos

§

Medidas Políticas: o Adecuación de instrumentos de gestión o Reorientación de las relaciones con la población o Relaciones y políticas de alianzas institucionales

§

Medidas Ejecutivas y planificadas de acuerdo a la priorización en: Servicios a la comunidad: o Servicios Básicos (Agua, Desagüe, electrificación) o Servicios Públicos (Limpieza pública, registros, licencias) o Medio Ambiente o Desarrollo Urbano y Rural o Desarrollo Económico o Participación ciudadana o Programas sociales

§

Sistemas administrativos o Sistema Tributario o Sistema presupuestal o Sistema contable o Sistema varios (personal, tesorería, etc.) o Adecuación administrativa, firmas, cheques, nuevos funcionarios

Hay que tener en cuenta que el proceso de elaboración de la Agenda de los 100 primeros días debe de tener el concurso de los diversos actores en cada una de sus fases, mientras más participativos sean, los productos y los compromisos serán mejores.

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ANEXOS A continuación entregamos varios documentos como anexos a la cartilla que consideramos de utilidad para esta etapa de transferencia e inicio de nueva gestión municipal.

Anexo 1: Sumilla de las principales normas aplicables a la transferencia municipal § Ley Nº 26997 Ley que establece la conformación de comisiones de transferencia de la administración municipal. o Objeto de la transferencia (artículo 2º).- Señala cuales son los bienes físicos, informes, acerbo documentario y demás que debe ser parte de la transferencia a la futura gestión. o Alcalde Reelectos para el período inmediato (artículo 5º).- Sobre la obligación de los alcaldes reelectos ha informar al concejo municipal sobre la situación de la municipalidad y el acerbo documentario. o Juramentación (artículo 6º).- la juramentación y el ejercicio del cargo. Cómo juramenta el alcalde y los regidores. o Responsabilidad por el incumplimiento de la Ley (artículo 7º).- Quienes son los responsables de perjudicar el proceso de transferencia y cuales son sus sanciones. § Ley Nº 28430 Ley que modifica los artículos 1º, 3º y 4º e incorpora el artículo 8º en la Ley Nº 26997 o Obligación de realizar transferencia de la administración (artículo 1º).- Este artículo define quiénes son los responsables de iniciar el proceso de transferencia y además señala su carácter público. o Conformación de la Comisión de Transferencia (artículo 3º).- Se conforma dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de la proclamación de las nuevas autoridades y define quienes la integran. o Del proceso de transferencia.- Define que la comisión de transferencia deberá de verificar la existencia de los recursos y documentos señalados en el artículo 2º de la Ley Nº 26997. Asimismo responsabilidad de los funcionarios y trabajadores en el proceso, plazo de culminación y a quien y quienes se hace entrega de las actas de transferencia y sus responsables. § Resolución de Contaduría Nº 075-98-EF/93.01 Que aprueba el instructivo denominado Proceso para facilitar la transferencia de la Información Contable de la Gestión Municipal. Este instructivo tiene como finalidad instruir a las autoridades municipales para que realicen una adecuada transferencia que incida en el aspecto contable. o El mismo en su artículo 4º recomienda quienes deben de ser parte de la comisión de transferencia en caso exista una ampliación de miembros o Asimismo recomienda cunado realizar el inventario físico de muebles, como entregar los saldos conciliados de las cuentas corrientes. o En el mismo artículo 4º señala un conjunto de documentos contables que la administración saliente deberá de entregar a la autoridad entrante. o En su artículo 5º desarrolla todo lo que la administración entrante debe de recibir, además de preparar en los primeros meses del próximo año información para ser entregada y que se realice la Cuenta General de la República. o En su artículo 6º de las disposiciones complementarias, señala que se debe de efectuar el proceso de transferencia tomando en cuenta las “normas técnicas de control interno para el sector público” aprobadas mediante resolución de contraloría Nº 072-98-CG, norma que ha sido derogada por la resolución de contraloría general Nº 320-2006-CG. o En su artículo 7º propone un modelo de acta de entrega-recepción de documentos contables § Resolución de Contraloría General Nº 054-2001-CG que aprueba la Directiva “Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades” o La finalidad del presente dispositivo legal es para uniformizar la presentación oportuna de la rendición de cuentas de los resultados de la gestión por parte de los titulares de pliego. o El Alcance Legal es para todos los titulares de pliego sujetos al ámbito del sistema nacional de control. Es decir incluye a los alcaldes distritales, provinciales y presidentes regionales. o En sus disposiciones generales señala las atribuciones de la contraloría general de la república, la obligación de rendir cuenta y la obligación de presentar declaración jurada de bienes y rentas o En sus disposiciones específicas nos brinda un esquema de presentación de la rendición de cuentas, así como los tipos de informe, anual e informe final al término de gestión. o Asimismo en el mismo, nos dice el cronograma de presentación, y nos recuerda la necesidad de la presentación de la declaración jurada como instrumento de fiscalización selectiva y posterior. o En sus disposiciones finales (VII) nos indica n conjunto de formatos a ser llenados y entregados a la contraloría, asimismo nos brinda una cartilla de instrucción para su llenado.

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Anexo 2 MODELO PARA ELABORACIÓN DE RESOLUCION DE ALCALDÍA DESIGNANDO A LA COMISIÓN DE TRANSFERENCIA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº … -2006-MP Lugar y fecha EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD Considerando Que, mediante Ley Nº 26997 se establece la responsabilidad de los Alcaldes provinciales y distritales que cesan en sus cargos, la realización del proceso de transferencia de la administración municipal a las nuevas autoridades electas; Que, de los comicios electorales efectuados el 19 de noviembre del presente año, el jurado nacional de elecciones ha resuelto la elección y proclamación de las nuevas autoridades edilicias de la municipalidad provincial (Distrital) de… Que, en virtud a la acotada Ley, resulta necesaria conformar una comisión encargada de llevar acabo la transferencia de la administración municipal a las autoridades electas de esta jurisdicción; Estando al oficio Nº………. de fecha…….. sobre acreditación de los representantes del alcalde electo, vistos del gerente municipal (o quien haga sus veces) y de la oficina de Asesoría jurídica, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 43º de la ley Nº 27972 ley Orgánica de Municipalidades; Se resuelve Articulo 1.Conformar la comisión de transferencia, integrada por las siguientes personas. · Sr………………… Alcalde de la Municipalidad (Provincial/Distrital) presidente. · Sr…..…………….. (alcalde electo o su representante) · Sr…………………miembro (representante acreditado por el Alcalde electo). · Sr…………………miembro (representante acreditado por el Alcalde electo). · Sr…………………miembro (Gerente municipal, representante acreditado por el alcalde en ejercicio). · Sr………………...miembro (Funcionario representante acreditado por el alcalde en ejercicio). Artículo 2º.Disponer la intervención de la oficina de auditoría interna, como veedor del proceso de transferencia, debiendo informar al despacho de la Alcaldía sobre su resultado al término de la labor de la comisión en referencia. Articulo 3.Disponer que las áreas administrativas de la municipalidad faciliten la información y documentación requerida por la comisión de transferencia. Articulo 4.Transcríbase la presente Disposición Municipal a los miembros integrantes de la comisión de transferencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase

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Anexo 3

MODELO DE ACTA DE ENTREGA Y RECEPCION

En la ciudad de ……………… a los…… días del mes de……… del año…….. se reunieron en la oficina de ………………………… el representante de la Comisión de entrega por parte de la Municipalidad de …………………………………..………..…….. el Sr. ………………………………………………….… con DNI …………….… quien entrega los bienes, documentación patrimonial, presupuestaria, financiera y contable, así como el acervo documentario a la nueva administración municipal y el representante de la Comisión de recepción de la nueva administración, Sr. …………………………………………….…… con DNI ……………….... quien lo recibe previa constatación y verificación, dejando constancia de la conformidad de la misma, para su efecto firman las partes correspondientes al pie de esta acta. En anexos: Dependencias respectivas Cargos que se entregan Documentación contable y presupuestaria Relación de mobiliario, equipos de oficina y margesí de bienes Acervo documentario Otros Observaciones

------------------------Recibí conforme Nombres ………………………. DNI …………………….

----------------------Entregue conforme Nombres: …………………. DNI …………………………

COMISION DE RECEPCION

COMISION DE ENTREGA

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Anexo 4 CALENDARIO MUNICIPAL 2006 A continuación se presenta el calendario de obligaciones municipales 2006, para los primeros tres meses del año. De igual forma, salvo el cambio de fechas, las nuevas autoridades tendrán que asumir este calendario para el inicio de su gestión.

FECHA

05 de enero

10 de enero

13 de enero

OBLIGACIÓN

DETALLE

El 05 de enero vence el plazo para la remisión del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital a la Municipalidad Provincial a través del “Aplicativo Informático para la Plazo para remisión del Presupuesto Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006”. Asimismo, remiten la Exposición de Motivos, RA Institucional distrital que aprueba el PI-2006, copia del Acuerdo de Concejo que lo aprueba, relación de proyectos de inversión priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo, y los formatos y anexos que señala la Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006. Vence el plazo de Presentación del El informe de Presentación del Informe de cumplimiento del Plan Anual de Control del OCI Enero-Diciembre 2005 es enviado a la Contraloría General de la República. Informe de cumplimiento del Plan Anual de Control La Municipalidad Provincial debe remitir el consolidado a nivel provincial de los Presupuestos institucionales a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, a través del Aplicativo y los Remisión del consolidado provincial anexos. Con copia a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso y a la Contraloría General de la Repùblica. de los Presupuestos institucionales

3era. Semana

Durante la tercera semana de enero debe ser presentado el informe anual del Jefe del Órgano de Control Institucional al Concejo Municipal, con copia a la Contraloría General de la República.

A partir del 16 de enero

Se elabora y aprueba el Plan anual A partir del 16 de enero, es decir, luego de la aprobación del presupuesto institucional 2006, se de adquisiciones y contrataciones cuenta con 30 días para elaborar y aprobar del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Un ejemplar del PAAC deberá ser remitido al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. La resolución que aprueba el PAAC deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición.

Hasta el 16 de enero

Las Oficinas de Estadística envían planes estadísticos

Hasta el 16 de enero las oficinas municipales a cargo de la estadística deberán haber presentado ante las ODEI regionales del INEI sus planes estadísticos del presente año debidamente aprobados por resolución de alcaldía

Plazo de Presentación de información del IV Trimestre sobre cumplimiento de Indicadores y Compromisos de acuerdos de Convenio de Administración por Resultados

Se debe presentar la información del IV Trimestre sobre el cumplimiento de los Indicadores y Compromisos de los acuerdos del Convenio de Administración por Resultados. Junto con ello se debe Informar a la Dirección Nacional de Endeudamiento del MEF los saldos adeudados al cierre del trimestre Octubre-Diciembre 2005. En caso de no tener préstamos vigentes la información también debe realizarse.

Plazo para conciliación de desembolsos recibidos al 31 de diciembre de 2005

Los gobiernos locales que manejan operaciones de endeudamiento deberán conciliar con la Dirección Nacional de Endeudamiento Público los desembolsos recibidos al 31 de diciembre del 2005

20 de enero

24 de enero

21

El 31 de enero

31 de enero

FEBRERO FECHA Del 16 de enero hasta el 16 de febrero

20 de febrero

MARZO FECHA 24 de marzo

OCI debe informar sobre el cumplimiento de medidas de austeridad

El OCI deberá presentar el informe de evaluación del cumplimiento de medidas de austeridad correspondiente al período julio-diciembre 2005. Asimismo, deberá verificar que el Titular de la Entidad cumpla con remitir a la Contraloría la relación de nombramientos y contratos de los obligados a presentar “Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas”.

Alcalde debe remitir relación de nombramientos o contratos de los obligados a presentar declaración jurada

El Alcalde, por intermedio del Gerente Administrativo, remite a la CGR la relación de los nombramientos o contratos de los Obligados a presentar Declaración Jurada; así como información pormenorizada del total de los ingresos que perciban.

OBLIGACIÓN se elabora y aprueba el Plan anual de adquisiciones y contrataciones

DETALLE A partir del 16 de enero, es decir, luego de la aprobación del presupuesto institucional 2006, se cuenta con 30 días para elaborar y aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones. Un ejemplar del PAAC deberá ser remitido al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. La resolución que aprueba el PAAC deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su expedición.

plazo para elaboración de informe Hasta el 20 de febrero hay plazo para elaboración del informe sobre el estado situacional de sobre estado de recomendaciones las recomendaciones derivadas de las acciones de control registradas en el Sistema de Información del proceso de la Acción Correctiva-INFOPRAC y de su remisión por el Jefe del de acciones de control Organo de Control Institucional de la Municipalidad a la Contraloría General de la República. OBLIGACIÓN Plazo para aprobar calendario de compromisos

DETALLE Hasta el 24 de marzo, el Alcalde debe aprobar el Calendario de Compromisos Trimestral Mensualizado Abril-junio del Presupuesto Municipal 2006. El calendario de compromisos es el documento que sirve para el control presupuestal del gasto que aprueba la Dirección Nacional del Presupuesto Público, en el cual se establece el monto máximo a comprometer mensualmente. dentro del marco del presupuesto institucional de la municipalidad

Hasta el 31 de marzo

El alcalde debe enviar información para elaboración Cuenta General de la República

Hasta el 31 de marzo el Alcalde debe remitir a la Contaduría Pública de la Nación la información para la elaboración de la Cuenta General de la República 2005.

31 de marzo

Plazo para publicar declaraciones juradas de ingresos y rentas

Es responsabilidad del alcalde y gerente administrativo de la municipalidad publicar en el Diario Oficial “El Peruano” o en el de mayor circulación loca, o en lugares apropiados las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas presentadas por las autoridades municipales.

31 de marzo

Plazo de presentación de estados financieros

El Alcalde debe presentar a la Contaduría Pública de la Nación los estados financieros e información complementaria del ejercicio presupuestario 2005 del CAFAE - Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores - CAFAE.

Concluye conciliación de información de Sistema de Auditoria Gubernamental

El 31 de marzo debe haber concluido la conciliación de la información contenida en el Sistema de Auditoría Gubernamental - SAGU del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad con relación a la que registre la Contraloría General de la República. En el trimestre posterior , el OCI de la Municipalidad será informado de la fecha de instalación del SAGU externo bajo el monitoreo del Auditor Monitor que designe la Contraloría General de la República

31 de marzo

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