La relación Estado - Derechos Humanos

September 8, 2017 | Autor: Katia Gorostiaga | Categoría: Derechos Humanos
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Descripción

La relación Estado – Derechos Humanos
Katia Gorostiaga Guggiari
En el último número de Argumentos, habíamos cerrado la columna hablando de la responsabilidad que tiene el Estado respecto de los Derechos Humanos. En efecto, habíamos dicho que el Estado –gobierno- tiene la responsabilidad de asegurar el respeto, garantía y satisfacción de dichos derechos. La principal consecuencia de esta responsabilidad estatal es que, como habíamos adelantado, es el Estado el único que puede violarlos.
Dicho esto, comencemos por explicar las responsabilidades que recaen sobre el Estado en materia de Derechos Humanos. Para esto, nos referiremos únicamente a los derechos civiles y políticos, y a los derechos económicos, sociales y culturales.
Así las cosas, retomando lo que habíamos dicho en el número anterior, los derechos civiles y políticos son aquellos que tienen la finalidad de proteger la libertad e integridad de las personas. Estos derechos son de exigibilidad inmediata y comportan una abstención del Estado. Dicho de otro modo, cada ciudadano y ciudadana tiene el derecho de exigir que el Estado cumpla de manera inmediata con estos derechos y que, en caso de que esté obrando de manera tal a obstaculizar su goce pleno, se abstenga inmediatamente de seguir actuando de dicha manera.
Por otro lado, los derechos económicos, sociales y culturales, que pretenden asegurar el bienestar general de la ciudadanía, son de cumplimiento progresivo y requieren de una conducta de acción por parte del Estado. Esto significa que el cumplimiento de estos derechos no puede ser exigido de manera inmediata, sino paulatinamente, y que el Estado debe realizar las acciones tendientes al cumplimiento de los mismos.
A fin de no quedarnos en la teoría nada más –ya dijimos que ese no es nuestro objetivo- ilustraremos lo dicho con algunos ejemplos. En el primer caso, nos referiremos al derecho a la libertad. En tal sentido, una persona privada ilegalmente de su libertad por el Estado, puede exigir su liberación inmediata o bien, que el Estado se abstenga inmediatamente de ejercer su poder sobre la libertad de la misma. Si no lo hace, el Estado está violando los derechos humanos de la persona que ve su libertad cercenada.
En el caso de los derechos económicos, sociales y culturales, podría ponerse como ejemplo el derecho a una vivienda digna o a la educación. En tal sentido, la obligación del Estado es poner todos los recursos que tenga a su disposición para el cumplimiento de dichos derechos. Dicho de otro modo, no puedo exigirle al Estado que me otorgue una vivienda mañana, pero sí puedo exigirle que realice las acciones requeridas para que dicho derecho sea cumplido a la brevedad posible. Si el Estado no realiza tales acciones –se abstiene- está violando los derechos humanos.
En resumidas cuentas, existen casos en los que el Estado viola los derechos humanos cuando actúa positivamente –civiles y políticos- obstaculizando el goce de los mismos, y otros casos en los que su inacción -conducta negativa- importa la violación de derechos humanos, como en el caso de los derechos económicos, sociales y culturales.

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