La propiedad de la tierra en la campaña bonaerense durante el período colonial. Un estudio de caso: Areco, 1690-1789

October 6, 2017 | Autor: Carlos Birocco | Categoría: Rural History, Historia Rural
Share Embed


Descripción

1

Carlos María BIROCCO “La propiedad de la tierra en la campaña bonaerense durante el período colonial. Un estudio de caso: Areco, 1690-1789” en Cuadernos de Trabajo N° 18 Universidad Nacional de Luján, 2000

LA PROPIEDAD DE LA TIERRA EN LA CAMPAÑA BONAERENSE DURANTE EL PERÍODO COLONIAL. UN ESTUDIO DE CASO: ARECO, 1690-1789.

Carlos María Birocco

En los últimos años, la problemática de la propiedad de la tierra en la campaña bonaerense colonial ha concitado el interés de la historiografía, deseosa en algunos casos de revisar conceptos como el de latifundio o de afirmarse en ellos, e interesada en otros por determinar cual era la carga ganadera que podía sostener un establecimiento productivo. El interés por esta temática ha conducido, lógicamente, a una primera mensuración del fenómeno, estableciendo frecuencias que iban desde el minifundio hasta la gran propiedad, a partir de lo cual se han localizado zonas de ocupación más reciente donde predominaban los dominios de gran extensión o, por el contrario, zonas de antigua ocupación en que, tras muchas décadas de particiones hereditarias, se hicieron habituales las explotaciones de pequeñas dimensiones.1 Lo interesante es recalcar que, más allá de esta disposición de la historiografía reciente a explicar la distribución de la tierra en el hinterland de Buenos Aires, ya existían hace dos siglos criterios bastante definidos que permitían distinguir cuando una finca era lo suficientemente extensa como para constituirse en una explotación agropecuaria rentable. Como es lógico, dichos criterios no eran uniformes sino que se presentan como socialmente diferenciados. Por un lado, se encontraba la posición de los estancieros de medianos recursos, casi todos ellos residentes en las áreas rurales, que ponían un piso de 1000 varas de frontada a una explotación de esas características. Hallamos así que el cabildo de la villa de Luján, que como es sabido estaba integrado por hacendados locales, estableció por acuerdo del 2 de junio de 1773 que sólo podían sembrar quienes poseyeran terrenos de más de 1000 varas en propiedad, pues quienes los tenían en menor extensión corrían los ganados de sus vecinos fuera de sus querencias, convirtiéndolos en presa fácil de los ladrones. 2 Ejemplos de esta preocupación pueden hallarse, entre otros, en Juan Carlos GARAVAGLIA “Las estancias en la campaña de Buenos Aires. Los medios de producción (1750-1850)” en Raúl FRADKIN (comp.) La historia agraria del Río de la Plata colonial. Los establecimientos productivos C.E.A.L., Buenos Aires, 1993; Eduardo SAGUIER Mercado inmobiliario y estructura social. El Río de la Plata en el siglo XVIII C.E.A.L., Buenos Aires, 1993 ; Carlos MAYO Estancia y sociedad en la Pampa, 1740-1820 Biblos, Buenos Aires, 1995; Eduardo AZCUY AMEGHINO El latifundio y la gran propiedad colonial rioplatense García Cambeiro, Buenos Aires, 1996. 2 Complejo Museográfico Enrique Udaondo Acuerdos del extinguido cabildo de la villa de Luján pags. 51-52. 1

2

De la misma manera, un estanciero del pago de Areco, Antonio Rodríguez, consultado en un expediente judicial sobre la viabilidad de explotar una finca de 500 varas de frente, consideraba que “una lonja de tierras tan reducida” era “insuficiente para criar ganados”, pero que un terreno de 1000 varas resultaba adecuado para hacerlo. Naturalmente, las consideraciones de este estanciero, que concordaban con las del ayuntamiento de la villa, pueden ser contrastadas con la opinión de los grandes propietarios ausentistas agrupados en el Gremio de Hacendados. Estos inspiraron el célebre bando de Diego de Salas que prohibía que las suertes de estancia de 3000 varas de frontada pudieran ser fracionadas, por considerar que se las inhabilitaba para la producción pecuaria,3 e influyeron en las argumentaciones del síndico del consulado Cristóbal de Aguirre, que expresaba que sólo las suertes de estancia eran “útiles para conservar y fomentar en ellas la cría de ganados y el comercio con sus regulares producciones”.4 Estos criterios divergentes merecerían un análisis detallado que, por cierto, no haremos aquí, pero nos ha parecido útil remitirnos a ellos para apreciar el fenómeno de la propiedad de la tierra desde la óptica de la época. Nos ha parecido correcto hablar de pequeñas propiedades en el caso de fincas de hasta 999 varas de frontada, que de acuerdo con los requisitos de uno y otro sector no se hallaban en condiciones de ser explotadas con criterios de rentabilidad. En segundo lugar, llamaremos propiedades medianas a las fincas cuyo frente oscilaba entre las 1000 y las 2999 varas, resultando aceptables sólo para los hacendados locales, mientras que consideraremos, por último, grandes propiedades a la que igualaban o superaban en extensión a la suerte de estancia de 3000 varas de frontada. El presente trabajo tiene como objetivo determinar la evolución de la propiedad de la tierra en un distrito localizado en la región bonaerense de poblamiento más temprano, el antiguo curato de Areco, que abarcaba los actuales partidos de Exaltación de la Cruz, Zárate, Campana, San Antonio de Areco y San Andrés de Giles. Varios aspectos justifican la especificidad de la zona elegida como objeto de estudio. La misma gozó de unidad hasta fines de la dominación hispánica, a pesar de que en 1772 se separó en dos parroquias, Areco y Cañada de la Cruz. En lo militar estuvo al mando de un sargento mayor de milicias, mientras que en lo político fue agregada por real cédula del 30 de mayo de 1759 a la jurisdicción del cabildo de la villa de Luján como un único partido denominado Areco, para el cual éste designó anualmente un alcalde de la Santa Hermandad con atribuciones policíacas y civiles. Como es sabido, el ayuntamiento de dicha villa mantuvo una disputa jurisdiccional con el cabildo porteño, que desde 1785 nombró alcaldes para Areco y Cañada de la Cruz, asignando por límites a cada uno de estos nuevos partidos los de las parroquias homónimas. Hemos podido reconstruir la evolución de la propiedad de la tierra en el distrito estudiado a partir de un relevamiento serial de las fuentes en distintos repositorios notariales. Por empezar, fue examinado el conjunto de los protocolos notariales de la ciudad de Buenos Aires y la villa de Luján entre 1660 y 1790, que constituyen más de un centenar de volúmenes, gracias a lo cual hemos podido extraer la totalidad de los instrumentos de compraventa y donación de tierras, cartas de dote y de capital y testamentos protocolizados en ese período. Estos datos han sido cotejados con unas 87 testamentarias depositadas en el Archivo General de la Nación y una docena de expedientes del mismo tipo extraídos de la serie Escribanía Mayor de Gobierno del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo fueron revisados todos los dupliReproducido en Documentos para la Historia del Virreinato del Río de la Plata Facultad de Filosofía y Letras, Buenos Aires, 1912, tomo I, pag. 28. 4 Reproducido por Eduardo AZCUY AMEGHINO El latifundio y la gran propiedad colonial rioplatense, pag. 194. 3

3

cados de mensura correspondientes a los partidos de Zárate, Campana, San Antonio de Areco, Exaltación de la Cruz y San Andrés de Giles en el Archivo de Geodesia y Catastro de la Provincia de Buenos Aires, donde se encuentran extractos de los títulos de propiedad presentados al realizarse cada mensura. Gracias a este intenso trabajo previo pudo establecerse en forma individual la historia de cada una de las parcelas del antiguo curato de Areco, a partir de lo cual fue posible dilucidar las variantes sufridas por la dimensión media de la propiedad en el decurso de un siglo, entre 1690 y 1789. Al establecer el origen de la propiedad de la tierra pueden diferenciarse claramente dos zonas de ocupación sucesiva. La primera de ellas, acotada a la Cañada de la Cruz y a la rivera del Paraná de las Palmas en la Pesquería, fue incluida en el reparto de suertes de estancia que efectuó en 1582 Juan de Garay entre los vecinos fundadores de la ciudad de Buenos Aires. Las directivas fundacionales, que tendientes a distribuir equitativamente el terreno entre los vecinos conquistadores, condicionaron la dimensión de dichas suertes, que en todos los casos tuvieron una frontada de 3000 varas por 9000 varas de fondo. La segunda zona, que se extendió a ambas márgenes del río Areco, fue adjudicada en época más tardía (en su mayor parte el primer tercio del siglo XVII) por el mecanismo de merced real, pero en este caso las fracciones de terreno repartidas fueron bastante más extensas. La acumulación de mercedes de tierras, reforzada por compras y composiciones, favoreció que predominara en dicha zona la gran propiedad, con presencia indiscutida de latifundios como los de Juan de Samartín, Miguel de Riblos y la Compañía de Jesús en los Seiscientos o los de Joseph Ruiz de Arellano, Joseph Antonio de Otálora y Marcos Joseph de Riglos en la siguiente centuria. Hacia mediados del siglo XVIII ya se había producido en el distrito la apropiación completa del suelo, con excepción de su vertiente fronteriza con el indígena. La evolución histórica de la propiedad también admite una sectorización territorial: al afrontar el procesamiento estadístico de la masa documental nos vimos obligado a considerar la existencia de tres localidades o “pagos”, cada uno de los cuales contó con características propias: Areco, Cañada de la Cruz y Pesquería. Pueden distinguirse cuatro áreas según la dimensión media que observaron las propiedades a finales de dicho siglo. En el Areco Abajo se conformaron latifundios de varias leguas cuadradas de superficie que pervivieron, prácticamente sin escisión alguna, hasta la segunda década del siglo siguiente. En el Areco Medio la gran propiedad no desapareció hasta mediados del XVIII para ser reemplazada por estancias de mediana extensión, esto es, de entre 1000 y 2999 varas de frontada. En la Pesquería, la propiedad resultó sumamente afectada por la falta de renovación en los sectores propietarios, lo que aceleró su fraccionamiento y determinó el predominio del minifundio, tomando por tal toda parcela de hasta 999 varas de frontada. En la Cañada de la Cruz, por último, puede decirse que la propiedad pequeña, mediana y grande tuvieron un peso relativo equiparable. Para ejemplificar este punto, ilustrado en el Gráfico nº 1, establecimos tres años testigo: uno a comienzos de esa centuria (1690), otro a mediados (1740) y un tercero a finales de la misma (1789). En 1690, la frontada promedio de la propiedad fue calculada en 8382 varas. No obstante, al tomar cada uno de los tres pagos por separado, se encontraron variaciones significativas: en Areco la frontada promedio, de 10.727 varas, excedía la media, mientras que en la Cañada de la Cruz y en la Pesquería aquella se hallaba por debajo de ésta, pues en el primero de estos pagos era de 5665 varas y en el segundo de 6150 varas. Pero más allá de las diferencias zonales, las cifras barajadas permiten señalar a las postrimerías del siglo XVII como la época del apogeo de la gran propiedad. A excepción de una pocas suertes de estancia repartidas en tiempos de Garay, la mayor parte de las propiedades había sido otorgada en merced hacía

4

menos de medio siglo, entre 1640 y 1660, y en parcelas de dilatadas dimensiones, casi todas ellas superando en dos o más veces la típica suerte de estancia de media legua de frente. Los procesos hereditarios, por otro lado, aún no habían hecho mella en estas extensas propiedades: bien por el contrario, durante ese siglo algunos latifundistas de la talla de la Compañía de Jesús, Miguel de Riglos o los Samartín se aprovecharon de ellos para acrecentar sus propias heredades, adquiriendo los terrenos subdivididos que lindaban con sus estancias. En 1740, la frontada promedio en el curato había descendido a 3610 varas. El pago de Areco seguía manteniéndose por encima de la media, con 5929 varas de frontada, mientras que la Cañada de la Cruz y la Pesquería se hallaban por debajo de la misma, con 2066 y 3587 varas respectivamente. Si uno se ajusta a estos guarismos, puede afirmarse que al iniciarse el segundo tercio del siglo XVIII, la suerte de estancia seguía siendo todavía la unidad de explotación estándar en esta región de antiguo poblamiento. Pero la partición igualitaria entre herederos ya había erosionado en forma apreciable la gran propiedad, sobre todo en la Cañada de la Cruz. En Areco, por el contrario, la etapa de predominio del latifundio se prolongaba: si bien las tierras de los Samartín habían sido fragmentadas por medio de la compraventa y aparecieron en su lugar propiedades más reducidas de entre 2000 y 4000 varas de frente, subsistían otros grandes dominios como los de la Compañía de Jesús, Josepha Rosa de Alvarado viuda de Riglos, el veedor Nicolás de la Quintana, Jacinto Piñero y Juan de Ayala. El latifundio del general Joseph Ruiz de Arellano, sito también en dicho pago, llegó a tener una frontada de tres leguas y media al río Areco, y en 1740 extendió sus fondos hacia las cabezadas del río Luján incorporando tres leguas que le hizo merced uno de los gobernadores de Buenos Aires. Gráfico nº 1- Variaciones en la extensión media de las parcelas entre 1690 y 1789 (expresado en varas de frontada) 12000 10000 8000 6000 4000 2000 0

media

Areco .1690

CCruz .1740

Psqría .1789

Fuente: Archivo General de la Nación, Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, Archivo de Geodesia y Catastro de la Provincia de Buenos Aires, legajos varios

En 1789, por último, la frontada promedio general era de 1062 varas. En Areco ésta trepaba a las 1679 varas, en la Cañada de la Cruz a las 815 varas y en la Pesquería a

5

las 691 varas, conservándose siempre el primero de estos pagos por sobre la media y los otros a niveles inferiores. Bajo el efecto de un siglo de fragmentación provocado por herencias y compraventas, singularmente corrosivo para un sector de la propiedad extensa desde mediados del siglo XVIII, habían surgido una multitud de pequeñas parcelas. Puede decirse, entonces, que la extensión promedio de la propiedad se aproximaba en la etapa tardocolonial a la que se propone para Areco un conocido artículo de Juan Carlos Garavaglia, según el cual la media era en este partido de 1316,3 varas de frontada por propietario, basándose en 43 sucesiones fechadas entre 1751 y 1815.5 Debe decirse, sin embargo, que la gran propiedad no se había convertido en un fenómeno residual ni menos aún había desaparecido, pues seguía ocupando la mayor parte de la superficie del antiguo curato, aunque con una deliberada concentración en el curso inferior del río Areco y el curso superior del arroyo de la Cruz.

Gráfico nº 2- Distribución de la propiedad pequeña, mediana y grande en 1690, 1740 y 1789

100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0%

1690

1740 0-999

1000-2999

1789 3000y +

Fuente: idem Gráfico nº 1.

Si como hicimos nosotros se toma como piso de la gran propiedad la suerte de estancia (esto es, la parcela de 3000 varas de frontada) el 55,8% de la superficie del antiguo curato de Areco estaba en 1789 ocupado por establecimientos que deben ser rotulados como tales. Ahora bien, incluso si variamos el criterio utilizado para medir las proyecciones del fenómeno, adoptando por ejemplo la concepción leveniana de lo que era un latifundio, que lo situaba por encima de las cuatro leguas cuadradas, se hallarían en la zona ejemplos para ilustrarlo suficientemente, al punto que las fincas que ocupaban el 35% de la superficie del distrito estudiado se ajustaban a esos parámetros.6 Esto equivale a decir que hubo, por un lado, una multitud de pequeñas y me-

Juan Carlos GARAVAGLIA “Las estancias en la campaña de Buenos Aires...”, pag. 204. Véase Ricardo LEVENE Investigaciones acerca de la historia económica del virreinato del Río de la Plata Academia Nacional de la Historia, Buenos Aires, 1962. 5 6

6

dianas parcelas y por otro, un número limitado pero contundente de grandes dominios que no se vieron afectados por las particiones hereditarias. Un recorrido imaginario por la zona nos permitirá ubicar esas propiedades extensas. Hacia la desembocadura del río Areco nos hallamos con los dos fundos de mayor superficie del antiguo curato. Sobre la banda derecha del río se encontraba la célebre Estancia de Areco, que perteneció a la Compañía de Jesús hasta la expulsión de esta orden y que luego pasó a ser administrada por el Ramo de Temporalidades, hasta que en 1785 fue sacada a subasta y comprada por el coronel Joseph Antonio Otálora. La misma contaba con una superficie de 23,6 leguas cuadradas.7 De la otra banda del río se hallaban las estancias de Marcos Joseph Riglos, que anteriormente pertenecieran a su padre Miguel de Riglos, que poseían 14,13 leguas cuadradas de superficie entre el Areco y la Cañada Honda.8 Remontándonos por el río Areco, de la banda derecha, se encontraban las tierras que fueran del general Joseph Ruiz de Arellano. En 1789 éstas ya habían sido en su mayor parte subdivididas, aunque el heredero de aquel, su cuñado Juan Francisco de Suero, conservaba aún unas 2,5 leguas cuadradas sobre el arroyo de Giles. En su período de mayor extensión, hacia mediados de ese siglo, las estancias de Ruiz de Arellano habían promediado las 10,5 leguas cuadradas.9 Si siguiéramos hasta el Areco Arriba, más allá del camino de Córdoba, nos toparíamos por último con el latifundio de los Betlemitas, cuyo corazón se hallaba en los Arrecifes, pero se extendía hacia el sur hasta el curso superior del río Areco. Este sector del terreno, con 7500 varas de frente a dicho río y 22.000 varas de fondo que daban a las chacras de Ayala y al mojón de Pintos en la Cañada Honda, tenía 5,8 leguas cuadradas de superficie.10 Por supuesto que existían otras propiedades menos desmesuradas en su extensión, pero que excedían en dos o más veces el tamaño de una suerte de estancia, como las tierras de Francisco Alvarez Campana en el Rincón de la Cañada de la Cruz, que tenían 6000 varas “de frente al Paraná sobre la tierra firme con legua y media de fondo”, más un ensanchamiento al arroyo de la Cruz de 4040 varas de frente por 4000 de fondo. La superficie de la misma era de 1,11 leguas cuadradas.11 Lo mismo puede decirse de las estancias de Jacinto Piñero en el Areco Arriba, de Francisco Julián de Cañas en la La Estancia de Areco fue objeto de diversas mensuras. La primera de ellas, realizada con motivo de la expropiación en 1767, establecía que este latifundio tenía “quince leguas de frente y seis de fondo” desde el mojón de Pedro Olivera al paso de Sosa, más otras 15 leguas de cabezadas sin especificación de fondo, más 3 leguas “que se agregan al fondo desde el mojón de Barbosa hasta el paso de Sosa”. En 1773 Juan Bautista de Lasala juzgaba que el mismo contaba con 8 leguas de frente al Paraná, 7 de frente al Areco y 15 de sobras. Finalmente, la mensura que efectuó el agrimensor José de la Villa de 1816, con motivo del fallecimiento de Otálora, alegaba que estas tierras se componían de 29.700 varas de precio superior sobre el Paraná, 33.375 varas de precio medio sobre el Areco y 31.330 varas de cabezadas de precio ínfimo. Considerando en forma bastante conservadora que estas varas tenían todas legua y media de fondo, la medición de Villa sugiere la superficie de 23,6 leguas cuadradas que damos por ciertas. 8 En 1813 se establece que las estancias de Riglos ocupaban 508.800.218 varas cuadradas; Archivo de Geodesia y Catastro de la Provincia de Buenos Aires [en adelante AGYCPBA] duplicado de mensura n° 45 del partido de Areco. 9 La acumulación de tierras que llevó a cabo el general Ruiz de Arellano por medio de compraventas se extrae de varios expedientes del Archivo General de la Nación [en adelante AGN]: IX-49-1-4, Escribanías Antiguas, f. 909; Registro de Escribano n°3-1733, f. 373v., Registro de Escribano n°31734/148, 636v. y 654v. La referencia a la merced del gobernador Salcedo en Registro de Escribano n°6 1754-1756, f. 216. 10 La estimación de la superficie del latifundio betlemítico se origina de las mediciones realizadas al entregarse estos terrenos en enfiteusis a los hermanos Luzuriaga en 1823; AGYCPBA, Libro de Mensuras Antiguas, duplicado n° 72. 11 AGYCPBA, duplicado de mensura n° 17 del partido de Campana. 7

7

Cañada de la Cruz y del sargento mayor Felipe Antonio Martínez en la Cañada de Giles. Salvo en el caso de las estancias de la Compañía de Jesús y los Betlemitas, a las que su carácter de fincas de propiedad corporativa preservó del fraccionamiento, el resto de estos grandes dominios no estuvo exento de las particiones hereditarias, puesto que en ninguno de los casos se constituyó en prenda de mayorazgo ni se vio sujeto a prácticas sustitutivas que trabaran la dispersión parcelaria, como la afectación a capellanías. No obstante, dichas particiones lograron ser sorteadas, como lo ilustra el caso de las estancias de Miguel de Riglos. Aunque fueron divididas entre los descendientes de su primer propietario, existió entre estos quien compró su parte al resto de los herederos y conservó indiviso el patrimonio rural de la familia. Tal papel correspondió a Marcos Joseph de Riglos, hijo de Miguel, que adquirió las parcelas que tocaron en el reparto sucesorio a sus sobrinos, los hijos del veedor Nicolás de la Quintana.12 Esta defensa de la unicidad de la gran propiedad puede apreciarse asimismo en la mensuración de las tierras y el sostenimiento de litigios con los propietarios vecinos, prácticas costosas que podían solventar sólo unos pocos. El general Joseph Ruiz de Arellano, gracias a una mensura realizada por el alcalde provincial de la Santa Hermandad Gaspar de Bustamante, se apoderó de unos terrenos que su vecina Paula Casco de Mendoza consideraba como propios.13 Una pérdida semejante afectó a los herederos de Miguel de Sosa y Monsalve cuando en 1758 se vieron despojados de 3750 varas de frontada que poseían de la otra banda del río Areco a causa de un querella con Marcos Joseph de Riglos.14 Y el cuñado de este último, el veedor Nicolás de la Quintana, pagó 500 pesos con la intención de “obviar pleitos” a fray Gerónimo de Avellaneda, cura rector de la iglesia de San Juan, que reclamaba como biznieto del antiguo propietario Rodrigo Ponce de León una legua y media de estancia de la otra banda de Areco a los herederos de Riglos.15 En realidad, si bien algunos de los latifundios del curato de Areco fueron objeto de parcelamiento durante este período, ello no se debió a los procesos hereditarios, como ocurrió con la mayoría de las propiedades de menor tamaño, sino a la subdivisión por venta. Esto sucedió con los terrenos pertenecientes al maestre de campo Juan de Samartín, loteados en las primeras décadas del siglo XVIII, y con los del general Joseph Ruiz de Arellano, de los que se originó un importante número de propiedades de mediana extensión entre 1740 y 1770. Estos dos grandes dominios se convirtieron de esa forma en un semillero de fincas más pequeñas, al punto de que un no desdeñable 16,5% de las varas de frontada vendidas en el período se originó en forma directa en la fragmentación de los mismos. La rotación de la propiedad de la tierra En el antiguo curato de Areco, los ritmos de rotación de la propiedad fueron bastante fluidos. Para estimar el número de generaciones en que una parcela permaneció en poder de una misma familia, recurrimos a un concepto manejado por el sociólogo español Rafael Benítez Sánchez Blanco en su estudio sobre la transmisión de la propiedad de la tierra en el reino de Valencia: el de intervalo intertransmisiones. Se trata, según define este autor, del período medio de permanencia de una propiedad en las

Carlos M. BIROCCO “Historia de un latifundio bonaerense: las estancias de Riblos en Areco, 17131813” en Anuario de Estudios Americanos Escuela de Estudios Hispanoamericanos, Sevilla, 1996, tomo LIII, n° 1, pags. 73-99. 13 AGN Registro de Escribano n°2-1749, f. 524. 14 AGN Sucesión 8417 Herederos de Miguel de Sosa contra Riglos. 15 AGN Sucesión 7710, Gerónimo de Avellaneda contra herederos de Riglos. 12

8

mismas manos.16 No se pudo, sin embargo, utilizar esa noción más que en forma restringida, pues la relativa escasez de expedientes sucesorios nos impidió intercalar las transmisiones por herencia en el conjunto de los traspasos. Pero como en el curato de Areco las compraventas se hallan bien documentadas, pudo calcularse en cambio el intervalo interventas, que puede definirse como el período en que la propiedad del terreno permaneció en poder de uno o más miembros de una familia, desde que fue adquirida hasta que se convirtió en nuevo objeto de venta. Esta última medición me permitió establecer que las parcelas permanecieron en poder de una familia por 1,36 generaciones, si se toman éstas por períodos de 25 años. Esta apreciación no concuerda con la de Eduardo Saguier, que propone para Areco un índice de 3,5 generaciones promedio de permanencia dominial y para la Cañada de la Cruz de 4,1 generaciones. Posiblemente, el criterio de medición del fenómeno del que se vale este autor no haya sido cronológico sino genealógico, lo que lo haría básicamente distinto al que hemos utilizado nosotros.17 Sabido que la propiedad del terreno observó una rotación relativamente fluida a lo largo del período estudiado, queda por examinar qué incidencia tuvo ésta en el proceso de fragmentación de las parcelas entre 1689 y 1790. Al constatar cómo se redujo el tamaño promedio de las parcelas a lo largo de este siglo uno debe preguntarse a quién debe responsabilizarse de ello. Una hipótesis posible sería atribuir ese efecto al sector propietario, quien por medio de una desmedida venta de fracciones habría acabado por afectar la dimensión media de las parcelas; otra sería adjudicarlo a los incidentes hereditarios, regulados por un criterio de partición igualitaria de los bienes mortuorios. Es obvio que ninguna de estas causantes pudo haber obrado en forma excluyente: queda más bien por determinar cuál predominó sobre la otra, y en qué proporción lo hizo. Resta saber, asimismo, si las familias propietarias aceptaron pasivamente el embate de la normativa hereditaria o se valieron de estrategias socialmente difundidas para retrasar el fraccionamiento, aunque a la larga sus resultados fueran limitados. La relativamente escasa cantidad de testamentarias y sucesiones que llegaron a nuestros días nos ha impedido confrontar estas hipótesis desde el estudio de las transmisiones hereditarias. Pudo reunirse, en cambio, una importante masa de traspasos inter vivos, quedando incluida bajo esta denominación toda transferencia de la propiedad del suelo que se produjo en vida del propietario. Hemos reunido para la zona estudiada unas 183 transmisiones de parcelas inter vivos para el período que se extiende entre 1690 y 1789. Entre ellas predominan claramente las compraventas, aunque no faltó una pequeña cantidad de escrituras de donación y dotación. En términos de superficie, las mismas supusieron que 356.844 varas de frontada fueran traspasadas en una o más oportunidades, de las cuales 42.250 varas lo fueron mediante donación (11,8%), 4200 varas mediante carta de dote (1,2%), 3750 varas por fallo judicial a favor de un litigante (1,1%) y 306.644 varas a resultas de la compraventa (85,9%). Deducidos los repetidos traspasos de una misma parcela, se trató de un total de 223.864 varas frontales que sufrieron una o más veces el traspaso inter vivos a lo largo de un siglo. A partir de este conjunto de trasferencias ha podido establecerse que de cada 100 varas frontales de tierra en propiedad, 84,4 varas sufrieron entre 1690 y 1789 el traspaso inter vivos, mientras que las 15,6 varas restantes se conservaron durante toda esa centuria en poder de los descendientes de su adquirente, sin más mediación Rafael BENITEZ SANCHEZ-BLANCO “Familia y transmisión de la propiedad en el país valenciano (siglos XVI-XVII)” en Francisco CHACON JIMENEZ y Juan HERNANDEZ FRANCO (comp.) Poder, familia y consanguinidad en la España del Antiguo Régimen Anthropos, Barcelona, 1992, pag. 37. 17 Eduardo SAGUIER Mercado inmobiliario y estructura social pag. 90. 16

9

que la de los mecanismos de la herencia. Esta primera estimación, sin embargo, resulta engañosa si no se tienen en cuenta otras variables. En primer lugar, es necesario aclarar que en casi la mitad de los casos conocidos los traspasos no tuvieron incidencia ni en el parcelamiento del terreno ni en el acrecentamiento de la propiedad, pues la transmisión de títulos no implicó el acto de fraccionar una parcela de mayor tamaño, ni ayudó tampoco a extender la superficie de los terrenos ya poseídos por el adquirente. En realidad, si se enfoca el fenómeno desde el número de varas traspasadas, la transmisión inter vivos condujo a modificaciones en las dimensiones de las parcelas en poco más de la mitad de los casos, mientras que el 46,6% de la superficie del antiguo curato no se vio afectada a lo largo del período mencionado. El 12,7% de las varas traspasadas sirvió para acrecentar la frontada de la parcela del adquirente sin fraccionar la del transmisor, pues éste no conservó fracción alguna de la misma. El 33,6% de dichas varas contribuyó, por el contrario, a fraccionar la parcela del transmisor, pues conservó una porción en sus manos, pero no la del adquirente, ya que éste no poseía terrenos previamente. En el 7,1% restante se concitaron los dos efectos: acrecentar los terrenos que ya poseía uno y menguar los del otro. No puede negarse, sin embargo, que el efecto atomizador de los traspasos fue relativamente mayor en las parcelas de pequeño tamaño, ya que de las 96 unidades cuya transferencia se originó en el fraccionamiento de una propiedad mayor, 39 tenían hasta 999 varas de frente. Aún así, el conjunto de lotes de exiguo tamaño con este origen tiene escasa significación si se lo compara con las muchas pequeñas propiedades que existían en 1789, pues según el Censo de Hacendados realizado ese año éstas alcanzaban un total de 162 unidades entre Areco, Cañada de la Cruz y Pesquería. Ha de concluirse, entonces, que aunque la compraventa y otro tipo de transacciones inter vivos pudieron incidir en la formación de la pequeña propiedad, ésta fue más bien resultante de las particiones hereditarias. Gráfico nº 3- Efecto de las transacciones inter vivos en la propiedad del terreno, tomando en cuenta las varas de frontada

Fracciona y acrecienta (7,1%)

Sólo fracciona (33,6%)

Ni fracciona ni acrecienta (46,6%)

Sólo acrecienta (12,7%)

Fuente: Archivo General de la Nación, Registros de Escribano y Escribanías Antiguas, Archivo de Geodesia y Catastro de la Provincia de Buenos Aires, varios legajos.

10

Pasemos ahora a la difusión de estrategias de retraso del parcelamiento de la propiedad. Entre los propietarios pequeños y medianos, las maniobras para evitar la fragmentación de la propiedad se observan con escasa frecuencia, posiblemente a causa de la falta de recursos para llevarlas a cabo. La más común de ellas, la venta entre parientes ejecutada luego de una partición hereditaria, gozó de escasa difusión. Sólo se dispone entre 1690 y 1789 de 20 ejemplos entre los 158 casos documentados; no se descuenta, claro está, que puedan haber habido arreglos informales entre coherederos de los que, como es natural, no nos ha llegado noticia. Si se calculan estos movimientos en varas de frontada, puede afirmarse que apenas el 8,54% de los terrenos transados fue adquirido por un individuo emparentado con el vendedor, mientras que del 91,46% restante no resultó parentesco alguno entre vendedor y comprador. A esto debe agregarse que de las 20 compraventas documentadas que se produjeron entre parientes, tan sólo 7 estuvieron dirigidas a que el adquirente acrecentara los terrenos en propiedad. Los lazos de parentesco tuvieron algo más de peso en las escrituras de donación: de las 18 que fueron documentadas durante el período, 11 se produjeron entre individuos emparentados, de lo que resultó el traspaso de 32.500 varas de frontada sobre las 42.250 que fueron transmitidas a través de este procedimiento. Esto, no obstante, no significó que la donación se constituyera en un mecanismo de retraso del parcelamiento, sino lo contrario: en 10 de los referidos 11 casos la misma supuso el fraccionamiento para la propiedad del donante. No puede afirmarse, en consecuencia, que entre los pequeños y medianos estancieros del antiguo curato de Areco existiera una política generalizada de reconcentración de la propiedad de la tierra que tendiera a corregir la fragmentación ocasionada por los procesos hereditarios. Sin embargo, esto no significó que no se implementaran algunas acciones que, por necesitar de menores recursos patrimoniales para ser llevadas a cabo, estuvieron al alcance del sector aludido. Una de ellas fue, por ejemplo, la de evitar la concesión de tierras a través de la dote, que con mucha mayor asiduidad era sustanciada en cabezas de ganado, enseres de la casa, vestuario y, más raramente, en cantidades en plata.18 Sólo se hallaron seis casos de hacendados que fraccionaron terrenos de su propiedad para dotar a sus hijas, cinco de ellos en la Cañada de la Cruz y uno en Areco: las varas de frontada transmitidas mediante este mecanismo no constituyeron sino el 1,17% del total de las traspasadas inter vivos durante el período estudiado. La práctica de la reconcentración de la propiedad por medio de la compraventa, que en ciertos casos dio lugar al surgimiento de grandes propiedades, indudablemente existió, aunque resultó poco representativa como modo de reconstruir las parcelas familiares. Si se tiene en cuenta el total de los traspasos documentados para el área y el período estudiados, en efecto, uno se halla con que en 46 traspasos el comprador figura como lindero de la propiedad adquirida, de los cuales 38 se produjeron entre sujetos no emparentados y sólo 8 entre individuos vinculados por lazos parentales. Expresado en varas de frontada, 56.825 fueron traspasadas entre terceros no vinculados, mientras que no más de 13.824 lo fueron entre parientes. Acaso el ejemplo más espectacular de acumulación de terrenos por medio de la compraventa a lo largo del siglo XVIII haya sido el del general Joseph Ruiz de Arellano, cuyas posesiones se hallaban de esta banda del río Areco. La base de su patrimonio territorial fueron 9000 varas que recibió por medio de su esposa María Rosa de Giles, a las que agregó por sucesivas adquisiciones otras dos leguas de frontada Esta tendencia ha sido asimismo constatada por Carlos MAYO Estancia y sociedad en la Pampa pag. 58. 18

11

sobre dicho curso de agua. En 1740, gracias a una merced real, extendió los fondos de sus estancias a tres leguas, con lo que el arroyo de Giles quedó incluido en toda su extensión dentro de su propiedad. Aunque en menor escala, varios estancieros de la Cañada de la Cruz, la mayor parte de estos pertenecientes a las familias más antiguas de este pago, se transformaron en propietarios de fundos de mediana y gran extensión a través de la acumulación de pequeñas parcelas, resultantes de la fragmentación de propiedades que otrora fueran de gran tamaño. Se trató de Mayoriano Casco de Mendoza, Juan Joseph Barragán, Joseph Joaquín Molina, Juan de Asebey, Francisco Julián de Cañas y el ausentista Francisco López García, entre otros. Sólo en este pago la reconcentración de la propiedad de la tierra puede verse como la contracara de la parcelación hereditaria, y en un número limitado de casos. Un interesante ejemplo de propietario localresidente que logró reconstruir la propiedad inmueble familiar mediante pequeñas compras es el de Juan Joseph Barragán, quien recuperó la porción más extensa de la suerte de estancia que perteneciera a su abuela Inés Méndez Caravallo mediante adquisiciones a los coherederos, llegando a concentrar en 1787 unas 1793 varas de frente en la Cañada de la Cruz. Este heredó de sus padres una fracción de 750 varas de frontada y de su tío soltero Simón Barragán un corto lote de 94 varas, a los que agregó 281 varas que compró en 1766 a sus hermanas María Jacinta y María Bautista, que las habían recibido en la partición de los bienes de su tío Simón. Un año más tarde compró a su tía Lucía Hurtado de Mendoza 210½ varas, y en 1792 les sumó 103 varas contiguas que compró a los cuñados de esta última, Juan Francisco Brian y Francisco Ortega. Poco antes, en 1791, el párroco de Capilla del Señor le había vendido 100 varas que los deudos de su primo Gabriel Hurtado le habían entregado para pagar su entierro.19 También un propietario ausentista como Francisco López García, bien conocido por haber sido el primer apoderado del Gremio de Hacendados, acumuló tierras en la Cañada de la Cruz mediante la compra de fracciones a los herederos de los vecinos más antiguos, Pedro de Molina, Luis Gómez y Tomás de Monsalve. En 1766 adquirió 1600 varas de la otra banda del arroyo de la Cruz a Joseph de Molina, nieto del primero, a las que en 1774 sumó 331½ varas linderas que le vendieron Pedro, Pedro Joseph y Estefanía Gómez, descendientes del segundo. De esta banda del arroyo había comprado en 1764 a Miguel de Monsalve 1000 varas que éste heredara de su padre Tomás, a las que poco más tarde agregó otras 500 que le vendió Joseph Inocencio Monsalve, hermano del anterior. Con motivo de conformar un único bloque territorial, acabó por trocar a Mariano del Aguila las tierras que comprara a Miguel de Monsalve por otras que éste tenía de la otra banda, junto a las que López García ya poseía. 20 Interesa destacar como no sólo un propietario ausentista como López García sino también las grandes familias localresidentes desecharon la práctica de la propiedad dispersa.21 Lázaro Vásquez de la Barreda, vecino de la Cañada de la Cruz, vivió en las tierras que su esposa Escolástica Tapia heredó de su abuelo Antonio Lagos hasta que en 1762 compró a Francisco Alvarez Campana un terreno de 2045 varas de frontada Archivo General de la Nación [en adelante AGN] Sucesión 4304, testamentaria de Simón Barragán; Sucesión 6258, testamentaria de Andrea Galeano; Archivo de Geodesia y Catastro de la Provincia de Buenos Aires [de aquí en más AGYCPBA] duplicado de Mensura n° 5 del partido de Exaltación de la Cruz. 20 AGN IX-49-7-1, Protocolos de la Villa de Luján, fs. 207v. y 977v.; Registro de Escribano [en adelante RE] n°5-1766, f. 69; Registro de Escribano n°3-1775/1776, f. 378v. 21 Se define “propiedad dispersa” como el conjunto de fincas pertenecientes al mismo propietario que, aunque sin continuidad territorial, son explotadas con criterio unitario; Antonio Miguel BERNAL Economía e historia de los latifundios Instituto de España-Espasa Calpe, Madrid, 1988, pags. 21. 19

12

al río Arrecifes, al cual se trasladó con sus animales.22 Bartolomé Maldonado, propietario de 1000 varas de estancia en Areco, descuidó las haciendas que su esposa Agustina Irala tenía en los Arrecifes por aplicarse a las propias, al punto de que ésta se lo imputó en su testamento: “digo para el descargo de mi conciencia que todas mis haciendas son y están menoscabadas y disminuidas durante este mi último matrimonio por haber experimentado y palpado una suma omisión y descuido para ellas departe de mi marido, despreciándome mis advertencias y avisos en orden al reparo de dichas haciendas, y por haber de vivir con él en paz, disimulaba su desidia respecto de que no eran suyas”.23 La figura de la propiedad dispersa era a tal punto inaplicable para algunos estancieros que al casarse Miguel de Sosa y Monsalve y Paula Casco de Mendoza, viudos los dos, acordaron administrar sus haciendas en forma independiente, aunque estuvieran muy próximas y sólo mediara entre ellas el río Areco.24 Propiedad de la tierra y relaciones de parentesco en el pago de Areco En atención a que las familias propietarias que habitaban los tres pagos que conformaban el área estudiada (Areco, Cañada de la Cruz y Pesquería) manifestaron comportamientos diferenciados, nos hemos visto obligado a tratarlos por separado. El primero de ellos, Areco, situado a ambas márgenes del río homónimo, se extendía entre el límite que existía a fines del siglo XVIII entre las tierras realengas y los terrenos apropiados (que más o menos coincide con el límite actual entre los partidos de San Antonio de Areco y Carmen de Areco) y su desembocadura. Hacia el norte lindaba con las suertes principales de la Cañada Honda, que desde 1750 pertenecían al curato del Baradero, mientras que hacia el sur se prolongaba en la forma de tierras de cabezadas sobre el arroyo de Giles, en el actual partido de San Andrés de Giles, hasta el linde con las suertes principales del río Luján. Al estudiar la estructura de la propiedad dominial en este pago, lo más notable es la pervivencia de la gran propiedad lo largo de más de un siglo. Si bien es cierto que la frontada promedio se redujo abruptamente entre 1690 y 1789 de 10.727 a 1679 varas, esto no afectó más que a una parte de los fundos extensos. Al finalizar este período, las grandes heredades ocupaban todavía más de las dos terceras partes de la superficie del pago, y el número de éstas (11 en 1690, 10 en 1789) se mantenía en forma sustancial. De los tres pagos considerados, Areco fue aquel en que el proceso de fragmentación fue menos erosivo para la propiedad de la tierra. Si se lo compara con la Cañada de la Cruz y la Pesquería, se observa que la pequeña propiedad ocupaba una menor superficie a finales del período estudiado (el 13,3%). Estos fundos relativamente pequeños se encontraban concentrados en la banda izquierda del río Areco, entre las estancias de Juan Miguel de Sosa y Jacinto Piñero, y eran fruto del parcelamiento hereditario de las tierras que originariamente pertenecieron a Francisco de Abalos, Pablo Casco de Mendoza, Bartolomé Maldonado y otros, las cuales permanecieron hasta entrado el siglo XIX en manos de sus descendientes. En lo que se refiere a la propiedad mediana, la misma procedía fundamentalmente del loteo de las tierras de Joseph Ruiz de Arellano, sobre la banda derecha del río Areco. AGN Registro de Escribano n°5 1762, f. 210v. AGN Registro de Escribano n°5-1756, f. 33. 24 Aquí también se superponían otras razones, como el hecho de mantener cada uno a su numerosa prole. Declaraba Miguel en su testamento de 1751 que “considerando el crecido número de hijos que cada uno de por sí tenía de su antecedente matrimonio mantuvieron de por sí sus haciendas separadamente y con total independencia costeando cada uno de ellos los gastos necesarios para su cuidado y costo de vestuarios”; AGN Registro de Escribano n°5-1751, f. 51. 22 23

13

El estudio del fraccionamiento de la propiedad de la tierra en el pago de Areco nos permitió constatar que las principales familias de hacendados de fines del siglo XVIII tuvieron un origen heterogéneo, y hemos llegado a identificar la existencia de tres grupos que se fueron incorporando sucesivamente al sector propietario por medio de la compraventa de tierras y el matrimonio, que describiremos a continuación. 1) Las familias de grandes propietarios del primer tercio del siglo XVIII En el pago de Areco fueron excepcionales las familias que accedieron a títulos sobre la tierra a fines del siglo XVII y se mantuvieron en posesión de los mismos hasta bien entrado el siglo siguiente. Basándonos en lo investigado, sólo pueden mencionarse dos: los Sosa y Monsalve y los Giles. Juan de Sosa y Monsalve, fundador de la primera, fue yerno de Felipe de Herrera y Guzmán, quien compró una estancia de 9000 varas de frontada de una banda del río Areco y otra de 6000 varas en la banda contraria en 1644. En cuanto a Pedro de Giles, antepasado del segundo de estos linajes, compró 6000 varas de estancia a Felipe Jácome Lavañín en 1689 en la banda derecha del río y recibió en merced un terreno de la misma extensión en la banda izquierda. Gran parte de las primeras familias de propietarios del pago de Areco obtuvo títulos sobre el terreno entre las décadas de 1700 y 1720, debido a que uno de los grandes latifundistas del pago, el maestre de campo Juan de Samartín, loteó los terrenos que poseía a ambas márgenes del río Areco. Esta operación debe considerarse parte de una estrategia complementaria de concentración de la propiedad, ya que mientras Samartín vendía estas parcelas, compraba otras en los pagos de los Arrecifes y Baradero, donde conformó otro gran dominio de superiores dimensiones. A partir de entonces, empiezan a mencionarse vecinos que volverán a reconocerse en los padrones de 1738 y 1744: Francisco de Abalos, que compra 2000 varas en 1708; Juan de las Casas, que adquiere una suerte de estancia en 1723; Nicolás de Peñalba, que compra en 1728 la suerte que heredará en 1737 por su hijastro Miguel Moyano. También se reconoce dentro de este primer grupo a Juan de Ayala, Pablo Casco de Mendoza, Bartolomé Maldonado y Jacinto Piñero, que se convirtieron en propietarios entre 1719 y 1729. Un proceso similar al que ocurrió con el latifundio de Juan de Samartín, aunque algo más tardío, se aprecia en las tierras de los Griveo en el Areco Arriba, localizadas asimismo a ambas bandas del río. En 1735 Pedro de Griveo, nieto de quien las recibiera en merced real a comienzos del siglo XVII, Domingo de Griveo, vendió un lote de 1500 varas de frontada a Pascual Riveros, cuyos descendientes se mantuvieron en posesión de esta fracción hasta la tercera década del siglo XIX. En 1738 vendió otras 1500 varas a Diego Romero. Naturalmente, una centuria de particiones hereditarias provocó que la mayor parte de estas familias se encontrara hacia finales de siglo en posesión de parcelas cada vez más pequeñas, o incluso no llegara a conservar terrenos en propiedad, lo que condujo indefectiblemente a un cambio en la caratulación social de los mismos. Ejemplos de ello se hallarán en las familias Abalos, Giles y Vera, once de cuyos miembros se hallaban en 1789 en posesión de pequeñas fracciones de entre 100 y 400 varas de frontada.25 Los integrantes de otras dos familias, Ayala y Cornejo, fueron en su mayor parte reducidos a la condición de arrendatarios en las estancias de los Padres Betlemitas, próximas al sitio en que medio siglo antes poseyeran tierras. La Casa de Betlehem, que había obtenido tierras en el Areco Arriba por donación testamentaria de Juan Francisco Basurco, entró en litigio con los antiguos ocupantes del terreno, cuyos títuSe trata de Antonio, Manuel y Miguel Toledo, Marcelo Rodríguez Toledo y Basilio Bogado, descendientes de Pedro de Giles; Pedro Rodríguez, Francisco Puebla y Prudencia Vera, descendientes de Joseph Vera; Marcos Ponce, Petrona y Margarita Abalos, emparentados con Juan de Abalos. 25

14

los acabaron siendo desconocidos por la justicia. De los treinta y cinco arrendatarios que en 1789 tributaban en el pago de Areco a esta orden religiosa, nueve descendían por línea materna o estaban casados con descendientes de Juan de Ayala y Bartolomé Maldonado, antiguos dueños de estas tierras antes de que fueran expropiadas por la casa conventual.26 A principios del siglo XIX, un alcalde se asombraría de encontrar a los descendientes del estanciero Francisco Cornejo “viviendo debajo de unos cueros”, en terrenos arrendados a los Betlemitas, y entre ellos a una jovencita que, lejos de llevar la vida de “recato” considerada apropiada a su género, fue vista “haciendo a caballo los oficios de hombre”.27 Este no fue, sin embargo, el destino común de la totalidad de las familias que componían este grupo; por el contrario, puede hablarse de una evolución social divergente. Algunos integrantes de las mismas, sorteando los vaivenes de las sucesiones, conservaron su condición de propietarios grandes y medianos y siguieron ocupando un lugar de prestigio en la sociedad local. Hacemos referencia particularmente a cuatro parentelas arequeras: los Sosa y Monsalve, los Piñero, los Moyano y los Casco de Mendoza. La posición prestigiosa de que gozaron en el partido se evidencia principalmente en su repetida actuación como alcaldes de la Santa Hermandad y en la ocupación de puestos jerárquicos en las milicias rurales. Varios de sus miembros, en efecto, recibieron nombramiento de alcalde: Joseph de Sosa y Monsalve en 1723, 1730 y 1735, Miguel de Sosa y Monsalve en 1724 y 1731, Pablo Casco de Mendoza en 1750 y 1753, Juan Miguel de Sosa en 1754, 1779 y 1790, Justo Sosa en 1782, Jacinto Piñero en 1758 y Pedro Joseph Piñero en 1784 y 1787. También ejercieron el más alto cargo militar desempeñado por vecinos locales en la estructura miliciana: el de sargento mayor del partido. Fueron sargentos mayores Pablo Casco de Mendoza de 1746 a 1758, Pedro Joseph Piñero de 1778 a 1779 y Justo de Sosa de 1779 a 1780. Jacinto Piñero, por su parte, fue sargento mayor del vecino pago de Arrecifes entre 1746 y 1755, pues además de ser propietario de tierras en Areco lo era en el cercano pago de la Cañada Honda. Los miembros de este subgrupo que se mantuvo en la cúspide social no sólo monopolizaron los cargos militares y de justicia sino que actuaron como representantes de los vecinos porteños en el pago, sea a través de comisiones de una entidad corporativa como el cabildo, sea recibiendo encargos de particulares. Las comisiones del ayuntamiento se centraron, sobre todo, en la vigilancia del movimiento de los ganados: en 1736 se ordenó a Miguel de Sosa y Monsalve que prohibiera la saca de ganado en pie del partido de Areco, mientras que en 1749 y 1752 Jacinto Piñero fue elegido para recoger los animales pertenecientes a los criadores de Areco que se hallaban dispersos y procediera a su reparto. En cuanto a los encargos de particulares, algunos fueron requeridos para auxiliar la recaudación de impuestos como el diezmo y la alcabala, como lo hicieron Joseph de Sosa y Monsalve y Martín Casco de Mendoza. Puede decirse que los miembros de estas cuatro parentelas prefirieron las alianzas matrimoniales de tipo homogámico (esto es, con miembros de familias de similar status social, fueran o no del partido) antes que las puramente endogámicas (entre propietarios del partido). Esto se ilustra con el caso de Paula Casco, hija de un rico estanciero de la Cañada de la Cruz, el capitán Francisco Casco de Mendoza, quien casó priEntre los descendientes de Ayala que arrendaban terrenos de los Padres Betlemitas encontramos a Sebastián Aguilar, que era hijo de Margarita Ayala; Juan Gabino y Juan Antonio Castro, hijos de de Bernarda Ayala, y Francisco Genés, hijo de Petrona Ayala. En cuanto a Ramón Lescano y Feliciano Romero, el primero era esposo de María Magdalena Ayala y el segundo de Margarita Aguilar, hija de Margarita Ayala. Francisco Cornejo y su hijo Joseph Antonio, por último nieto y biznieto de Bartolomé Maldonado, también eran arrendatarios de dichos religiosos. 27 AGN Sucesión 5345, Testamentaria de Francisco Cornejo. 26

15

mero con Joseph de Sosa y Monsalve y luego con un hermano de éste, Miguel de Sosa y Monsalve. Este último había casado en primeras nupcias con Margarita Monsalve, hija de otro gran propietario de la Cañada de la Cruz, el regidor Tomás de Monsalve. Jacinto Piñero, por último, desposó a la hija bastarda de un gran terrateniente de los Arrecifes, el maestre de campo Juan de Samartín, que le cedió unas tierras de cabezadas en la Cañada Honda en concepto de dote de su esposa. Más allá de las tendencias que afectaron a las cuatro parentelas preponderantes, se han estudiado también las preferencias matrimoniales del primer grupo de familias propietarias en su conjunto. Para ello, lo mismo que para analizar al resto de las familias de propietarios del resto del antiguo curato de Areco, nos hemos valido tanto de los padrones de 1738 y 1744 como de los registros parroquiales de San Antonio de Areco y Capilla del Señor, el primero de los cuales cuenta con libros de matrimonios desde 1732 y el segundo desde 1778. Gracias a esta compulsa documental es posible afirmar que los propietarios de este primer grupo contrajeron matrimonio con otros miembros del mismo en el 20,61% de los casos conocidos, mientras que el 15,26% de las veces lo hicieron con sujetos pertenecientes a un segundo grupo que compró tierras a partir de 1750. El porcentaje de matrimonios con miembros de familias de los cercanos pagos de la Cañada de la Cruz y la Pesquería es de un escaso 3,05%, y se remite a las alianzas homogámicas del subgrupo que se mantuvo socialmente bien posicionado hasta fines del siglo XVIII. Los demás descendientes de las primeras familias propietarias (el 61,08%) se vieron obligados a aceptar en matrimonio a sujetos pertenecientes a los sectores no propietarios, muestra por demás significativa de que no pudieron mantenerse en el escaño social que había ocupado durante las primeras cuatro décadas de esa centuria. En estas familias antiguas, como se ve, la pérdida de la propiedad, al igual que su excesivo fraccionamiento, tuvieron un estrecho correlato con sus alianzas matrimoniales con migrantes o desposeídos. También, sin embargo, provocaron la solidaridad y el estrechamiento de los vínculos entre sus miembros, bien expresados en las relaciones de compadrazgo que se volvieron bastante frecuentes entre estas familias empobrecidas del Areco Arriba. 2) Las familias de propietarios surgidas hacia mediados del siglo XVIII, fundamentalmente gracias al loteo de las tierras de Ruiz de Arellano Las estancias del general Joseph Ruiz de Arellano, uno de los dominios más extensos de este antiguo curato, poseían tres leguas de frente al río Areco por tres leguas de fondo en dirección a la Cañada de Giles. Paradójicamente, la conformación territorial de este latifundio debía mucho a las empresas ruinosas de su dueño. Este, que se desempeñaba como tesorero de la Santa Cruzada de estas provincias, había girado la recaudación de este tributo en 1733 a la ciudad de Asunción para “beneficiarla” antes de depositarla en las cajas eclesiásticas del Alto Perú, operación que se vio frustrada por el estallido de la Rebelión de los Comuneros, que le ocasionó la pérdida de todas sus inversiones en el Paraguay. A partir de este desastre personal se volcó principalmente a la explotación de sus haciendas, convirtiéndose en uno de los más importantes criadores de ganado mular, gracias a lo cual recuperó en parte su fortuna. Por medio de varias compras acrecentó en una legua el frente de su propiedad al río Areco en 1733 y 1734, y en 1740 amplió los fondos de sus terrenos cuando el gobernador Miguel de Salcedo le hizo merced de las todas tierras que se hallaban sobre la Cañada de Giles. A fines de la década de 1740 la rentabilidad de esta finca había comenzado a decaer y Ruiz de Arellano retornó a su carrera mercantil, razones que lo condujeron a delegar la dirección de este establecimiento rural en su cuñado Juan Francisco de

16

Suero y su mayordomo Juan de Cañas.28 En 1751 donó al primero, además, todas las tierras de cabezadas que poseía sobre el arroyo de Giles. Para entonces había comenzado a lotear estas terrenos, según el mismo expresó, “por temor de la decadencia que experimentó en las haciendas de ellas”. Luego de su muerte, en 1752, las ventas serían continuadas por su viuda doña María Teodora de Suero, por su cuñado Juan Francisco de Suero y finalmente por el hijo de éste, Francisco Esteban de Suero, prolongándose el loteo de las tierras sobre el Areco hasta la década de 1760 y el de las cabezadas de la Cañada de Giles hasta finales de siglo. El fraccionamiento de estas tierras facilitó a nuevas familias ingresar al sector propietario. A mediados de la centuria surgen así nuevos nombres como los de Ascencio Vallejos, Antonio Monsalve, Miguel Galeano, Andrés de Sosa, Tomás de Figueroa, Joseph Peñalba, Miguel Labayén, Francisco Xavier de Lima, Sebastián de Castro, Bernardino Gelves y Tiburcio Casco, muchos de los cuales nos resultan familiares porque actuaron como alcaldes y comisionados de los cabildos de Buenos Aires y Luján a partir del segundo tercio del siglo. El origen de este grupo es heterogéneo: no sólo los hubo oriundos de la cercana Buenos Aires sino también de las provincias del interior, como en los casos del cordobés Vallejos, el santafecino Figueroa y el sanjuanino Lima. A estos se agregaron los descendientes de familias vecinas de la Cañada de la Cruz y la Pesquería, que aprovechando la oferta de tierras se establecieron en el vecino pago de Areco, como lo fueron los citados Monsalve, Castro, Gelves y Casco. Las familias de este segundo grupo se mostraron algo más propensas que las anteriores a aliarse por medio del matrimonio con otras familias de propietarios: el 23,5% de las uniones conocidas se produjo en el interior del grupo, de las cuales el 13,7% fueron con descendientes de los primeros propietarios de Areco y el 13,7% con integrantes de familias propietarias de los vecinos pagos de la Cañada de la Cruz y la Pesquería. Son, no obstante, los miembros de sexo masculino de dicho grupo quienes aceptaron en mayor medida cónyuges provenientes de las familias propietarias, como se comprueba en el 63,6% de las uniones registradas. Detrás de este guarismo, el indicador más alto de homogamia del antiguo curato durante el período estudiado, pudo haber existido la intensión de acrecentar el patrimonio inmobiliario, compensando con tierras heredadas de sus familias políticas las fracciones de terreno cada vez más pequeñas que fueron recibiendo a través de los canales hereditarios. Como sucediera anteriormente con el primer grupo de familias, el segundo sufrió antes de finalizado el siglo los primeros embates de una tradición sucesoria basada en las particiones igualitarias: ello se comprueba al examinar el Censo de Hacendados de 1789, donde nos encontramos con que treinta y dos integrantes del mismo poseían terrenos cuya extensión promedio era de 698 varas de frontada. De todos modos, sólo existe la presunción de que esta política matrimonial estaba dirigida a acrecentar a largo plazo el acervo inmobiliario de los contrayentes, ya que se carece de otros elementos que permitan asegurarlo. 3) Las familias propietarias de extracción mercantil, llegadas hacia el último tercio del siglo A partir de 1760, pero sobre todo desde 1770 en adelante, el crecimiento del pueblo de San Antonio de Areco, paralelo a un aumento de la población del pago, atrajo a un cierto número de peninsulares (en su mayor parte gallegos) que establecieron en dicho poblado sus tiendas, casas de estanco y pulperías. Expresa en 1752 la viuda de Ruiz de Arellano, María Teodora de Suero, “que los ganados vacunos al tiempo de su muerte se hallaban consumidos por pérdidas, gastos y ventas, y en cuanto a las crías de mulas que lo que permanece es lo que compró a dicho difunto su cuñado don Juan Francisco de Suero... y la cría aparte que entregó, tres o cuatro años ha, a Juan de Cañas”; AGN IX-49-2-6, f. 206. 28

17

Los propietarios de tierras no se oponían a la posibilidad de tramar alianzas con los migrantes de origen europeo por medio del matrimonio. El 12% de las mujeres del primer grupo descrito y 12,64% de las del segundo grupo se unieron por medio del casamiento con sujetos oriundos de la península, no todos los cuales, sin embargo, se afincaron como comerciantes. Un migrante ibérico como el valenciano Joseph Vague, por ejemplo, se insertó primero en el grupo de los hacendados mediante su matrimonio con María Gregoria Moyano, hija del estanciero Miguel Moyano. Vague adquirió en 1774 una estancia de 1000 varas de frente de esta banda del río Areco, lindera a la que pertenecía a su suegro, y una década más tarde lo hallamos acopiando mulas compradas a sus vecinos para entregarlas a un tratante cordobés, Ambrosio Funes, con quien había firmado un contrato para proveerlo de 600 animales.29 Los pulperos y pequeños mercaderes que se afincaron en el pueblito de San Antonio de Areco hacia el tercer tercio del siglo XVIII fueron altamente propensos a conformar alianzas matrimoniales con el segundo grupo de propietarios. Esto pudo obedecer, en parte, a razones de inmediación geográfica: la residencia de unos y otros se hallaban bastante próximas, ya que tanto las tierras de la mayor parte de dichos estancieros como el referido poblado eran desgloses del antiguo latifundio de Ruiz de Arellano. Varios de dichos propietarios tenían, además, casa propia en dicho pueblito. Todo esto pudo haber coadyuvado para que varios gallegos que establecieron su tienda o pulpería en San Antonio de Areco desposaran a las descendientes de los propietarios del segundo grupo: vemos que una hija de Francisco Xavier de Lima casó con Felipe Antonio Martínez y una de sus nietas con Agustín de la Iglesia; dos de las hijas de Bernardino Gelves se unieron con Blas Fermín López y Pedro Rey; una hija de Miguel Galeano lo hizo en primeras nupcias con Francisco Alvarez y en segundas con Vicente Lamela, en tanto que una de sus nietas fue desposada por Pedro Fontela; por último, una hija de Miguel Labayén casó con Juan Biados y una nieta del mismo con Ramón Blanco. En cuanto a los pulperos porteños instalados en el poblado de San Antonio de Areco que se unieron a mujeres de este segundo grupo, hallamos los ejemplo Luis Quintana y Manuel García, esposos respectivos de Ignacia de Lima y Catalina Figueroa. Las alianzas matrimoniales entre pulperos peninsulares y las hijas de los hacendados locales se sustanciaron bastante tardíamente: sólo dos de ellas son anteriores a 1765. Durante su primera etapa de convivencia no faltaron, por cierto, roces entre uno y otro grupo. Un ejemplo de ello procede de 1758, en que dos “gallegos inquietos”, el pulpero Pascual Martínez y el carpintero Juan de Vieytes, se coligaron con Bernabé Almada, dueño de un horno de ladrillos, para que Francisco Xavier de Lima talase los árboles de sus quintas en las salidas del pueblo de San Antonio de Areco, con motivo de prolongar sus calles.30 Este choque inicial devino de su intento por facilitar la conectividad del poblado con el resto del pago, resistida por quienes como Lima pretendían mantener a esta población en su condición de mera aldea agrícola. Las alianzas matrimoniales entre propietarios rurales y pulperos se tradujeron, una vez efectuadas, en muestras de solidaridad intergrupal. En 1787 Blas Fermín López, Pedro Rey y Juan Rosado, tres gallegos dueños de pulperías en la población de San Antonio de Areco, fueron acusados por el alcalde Antonio Magallanes de haber comprado sebo y grasa a los esclavos y peones de Marcos Joseph de Riglos, que robaban reses a éste. En esta causa judicial se presentaron a declarar a favor de esos pulperos tres vecinos del pago, Pascual Antonio Figueroa, Vicente Lamela y Joseph Villasuso, y el sargento mayor del partido, Felipe Antonio Martínez.31 Al revisar los anteArchivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires [en adelante AHPBA] 13-2-5-32bis AGN IX-1-4-1, Comandancia de Fronteras. 31 AHPBA 34-1-14-8, Juzgado del Crimen. 29 30

18

cedentes genealógicos de cada uno de los declarantes nos hallamos con que el primero era cuñado del pulpero Manuel Antonio García y el tercero era suegro del gallego Cayetano González, mientras que el segundo y el cuarto eran ellos mismos nativos de Galicia. Es difícil deslindar en este caso hasta donde la lealtad surgía de los vínculos parentales y hasta donde de antiguos vínculos de paisanaje. A partir del establecimiento de estos pulperos, que en su mayor parte provenían de España y en menor medida de la ciudad de Buenos Aires, se consolidó un tercer grupo de familias propietarias de la tierra. Ocho de los mismos realizaron inversiones en tierras y haciendas: Francisco Alvarez, Ramón Antonio Blanco, Manuel Antonio García, Agustín de la Iglesia, Fermín Blas López, Felipe Antonio Martínez, Pascual Martínez y Pedro Rey. Ha podido comprobarse que, en general, repitieron el mismo patrón de inversiones: primero instalaron su pulpería, la mayor parte de las veces en un solar comprado en el poblado de San Antonio de Areco, algunos antes y otros poco después de casarse con mujeres del partido, y posteriormente adquirieron tierras de estancia y ganados. Con excepción de Manuel Antonio García, que acumuló lotes de minúscula extensión hasta concentrar una estanzuela de 380 varas de frente, el resto prefirió las propiedades de mediano o gran tamaño, que superaban las 1000 de frente. Un caso digno de ser destacado fue el del sargento mayor Felipe Antonio Martínez, al que el Censo de Hacendados de 1789 indica como poseedor de 4250 varas de estancia en el partido de Areco. Este gallego, llegado al Río de la Plata en 1763, permaneció entre 1767 y 1774 en Buenos Aires, donde estableció un tendejón en una de las esquinas de la plazuela de la iglesia de San Francisco. En 1769 contrajo matrimonio con una de las hijas de un conocido estanciero arequero, Francisco Xavier de Lima: acaso esta alianza lo movió a dejar su establecimiento urbano a cargo de un dependiente y pasar al pueblito de San Antonio de Areco, donde instaló una pulpería. Esto no lo dejó, sin embargo, desconectado de la ciudad, a la que siguió bajando periódicamente “con partidas de cuero, trigo, sebo, grasa y plata”. En una ocasión, incluso, giró 500 pesos por medio de Felipe de Arguibel a la península, donde fueron empleados en la compra de lienzos de lino, que Martínez vendió en Buenos Aires con un 50% de aumento sobre sus precios de costo y flete.32 En 1790, al producirse el deceso de su esposa Feliciana Lima, se inventarió una pulpería en San Antonio de Areco, tasada en 3466 pesos, y una estancia de 2250 varas de frontada. No mucho más tarde se acrecentaría su patrimonio inmobiliario mediante la compra a Juan Francisco de Suero de un terreno que, según la escritura de venta, tenía “9800 varas de frente y tres cuartas leguas de fondo, 2 leguas y 2000 varas por un costado hasta encontrar con la Cañada de Giles”. El caso de Martínez sirve para ilustrar en que manera las utilidades del tráfico de mercancías terminaban desviándose hacia inversiones en tierras y haciendas, al punto de que este traficante dejó finalmente el manejo de su tienda de San Antonio en manos de un dependiente para atender personalmente sus intereses de ganadero. Propiedad de la tierra y relaciones de parentesco en el pago de la Cañada de la Cruz El pago de la Cañada de la Cruz comprendía ambas márgenes del arroyo de la Cruz, desde sus nacientes en los actuales partidos de Luján y San Andrés de Giles hasta su desembocadura en las inmediaciones del puerto de Campana. Quedaba incluido en él el territorio de los actuales partidos de Campana y Exaltación de la Cruz.

32

AGN Sucesión 6726, Testamentaria de Feliciana Lima.

19

En la Cañada de la Cruz es, sin duda, donde más temprano se perciben los efectos de los repartos hereditarios: mientras que en 1740 casi no existían propiedades pequeñas en Areco y Pesquería, éstas se constituían en aquel pago en el 50% de las unidades. Esto, fundamentalmente, se debió a que habiéndose asentado varias de las familias tradicionales muy tempranamente, durante las últimas décadas del siglo XVII, las consecuencias del desglose hereditario pueden vislumbrarse aquí antes que en otras partes del curato. Pero a diferencia de lo que sucedió en la Pesquería, el proceso no se completó hasta producir la atomización completa de las grandes propiedades laicas, sino que en 1789 puede observarse una distribución pareja de la propiedad en sus distintas frecuencias. La pequeña, mediana y gran propiedad ocupaban cada una aproximadamente un tercio del total de la superficie del pago, con una casi imperceptible superioridad de la última por sobre las otras dos. Ahora bien, si contamos el número de establecimientos, es evidente que las parcelas de tamaño pequeño eran más numerosas en la Cañada de la Cruz (61) que en la Pesquería (55), pero debe tenerse en cuenta que el primero de estos pagos era casi tres veces más extenso que el segundo. Lo que merece remarcarse aquí no es la presencia de pequeñas propiedades, sino que en 1789 las parcelas medianas y grandes sumaran 22 unidades y ocuparan algo más de dos tercios de la superficie del pago. Es que en la Cañada de la Cruz, a diferencia del resto del antiguo curato de Areco, pueden citarse importantes ejemplos de reconcentración de la tierra, como los de Juan Joseph Barragán, Francisco Julián de Cañas o Juan de Asebey, lo que permite afirmar que los procesos naturales de fragmentación de la propiedad se han visto corregidos, aunque sólo parcialmente, por el sector propietario. En esta reafirmación patrimonial de las antiguas familias propietarias se concitan dos procesos de carácter complementario: uno de erosión de la propiedad grande y pequeña a causa de las particiones hereditarias, y otro de recomposición de dicha propiedad, que ciertos hacendados llevaron a cabo a través de compraventas a los herederos. Este último proceso podía tanto producirse en el interior del grupo familiar como fuera de él. Ya hemos citado como ejemplo de reconstitución de la propiedad dentro del ámbito familiar el que llevó a cabo Juan Joseph Barragán, que logró apropiarse mediante compraventas a sus coherederos de dos tercios de la suerte de estancia que había poseído a comienzos del siglo su abuela Inés Méndez Caravallo. Algo parecido sucedió con Mayoriano Casco de Mendoza, que compró a sus hermanos y cuñados las tierras cuyos títulos se dispersaron a causa de las sucesiones de su padres Francisco Casco de Mendoza y María Gelves, al punto de que pudo recuperar la propiedad de 4500 de las 6000 varas que habían pertenecido a estos. A menor escala, Pedro Gelves compró a su hermano Antonio la fracción que le tocó por muerte de su padre Andrés Gelves, reuniendo así 712 de 1000 varas que fueran de su progenitor. La reconcentración no buscaba siempre, sin embargo, reconstruir la propiedad familiar, sino que a veces se extendía sobre los terrenos que otrora poseyeran antiguas familias locales. Joseph Joaquín Molina, aunque era descendiente de un importante propietario de principios del siglo XVIII, no tendió a recuperar las tierras de éste, sino que entre 1767 y 1790 fue adquiriendo fracciones a los herederos de Francisco Burgos Toledo. De las 3000 varas de estancia en la Cañada de la Cruz que declaró poseer en el Censo de Hacendados de 1789, 1476 provenían de sus compras a dichos herederos. En forma similar actuaron los yernos de Antonio Lagos, Santiago Burgos y Francisco Julián de Cañas. El primero unió las 1500 de estancia que recibió en herencia su esposa Josepha Lagos con 500 varas que compró a Juan Barbosa y 1000 varas que adquirió a Ana de Castro, mientras que el segundo añadió a las 1500 varas heredadas

20

por su mujer Juana Rosa Lagos 3000 varas que compró a Feliciano Morales y 2376 varas que compró a Juan Antonio de Corro. Contrariamente a lo sucedido en Areco, no hubo en la Cañada de la Cruz una constante renovación en el interior de la élite propietaria local, sino que las grandes familias propietarias de comienzos del XVIII se mantuvieron en la tenencia de la tierra hasta finalizar esa centuria. Los Casco de Mendoza, Barragán, Burgos, Lagos, Monsalve, Del Aguila, Castro, Gelves, Molina y otros antiguos linajes locales controlaron durante todo el siglo una parte no desdeñable de la tierra. En relación con esto, nótese que de 59 propiedades censadas en 1789 que eran fracciones de otras que ya existían en el período 1690-1729, 36 se hallaban aún en posesión de los descendientes de sus propietarios originarios o de quienes contrajeron nupcias con estos. Al finalizar la centuria, esas antiguas familias dominan todavía el 47,6% de la superficie apropiada en el pago. La supervivencia de estas viejas familias locales es, paradójicamente, una de las causas de la excesiva fragmentación de la propiedad de la tierra que se produjo en este pago en el siglo XVIII. Los hacendados que no lograron reconcentrar los títulos sobre el terreno luego de las particiones hereditarias se vieron conminados a disponer de parcelas cada vez más pequeñas. Esta, no obstante, no debe atribuirse solamente a esas particiones, sino también a la marcada tendencia heterogámica de gran parte de las familias propietarias de este pago. En la Cañada de la Cruz, sobre un total de 168 uniones matrimoniales, las mujeres pertenecientes a dichas familias aceptaron por cónyuges en el 75,6% de los casos a sujetos no propietarios. Esto, a la larga, tendría un efecto de deterioro sobre la extensión media de la propiedad, ya que el objeto de estos enlaces era procurar seguridad jurídica a las actividades agropecuarias de los pequeños campesinos desposeídos, que desposaban a las herederas con la finalidad de acceder, a la larga, a parcelas propias. No encontramos aquí, como lo hicimos en el pago de Areco, migrantes europeos vinculados por medio del matrimonio a las mujeres propietarias: sólo el 4,8% de éstas fue desposada por sujetos oriundos del Viejo Continente. De entre los mismos no surge más que el caso de un pulpero, Juan de Asebey, que posteriormente se convirtió en dueño de 1000 varas de estancia, pero éstas no pasaron a sus manos por herencia de su mujer, sino por dos compraventas concertadas en 1788 y 1794. Propiedad de la tierra y relaciones de parentesco en el pago de la Pesquería El pago de la Pesquería, también llamado de Las Palmas, se cernía sobre la costa del Paraná de las Palmas desde la desembocadura del río Areco hasta la de la Cañada de la Cruz, prolongándose en la forma de tierras de cabezadas sobre los arroyos de la Pesquería y las Palmas. Se trata, grosso modo, del actual partido de Zárate. Este pago se caracterizó en el período estudiado por su realidad contrastante. Hacia el norte nos hallamos con el latifundio que perteneció hasta 1767 a la Compañía de Jesús y, que tras pasar por la administración de las Temporalidades, fue adquirido en 1785 por el coronel Joseph Antonio de Otálora. Hacia el sur, en cambio, encontramos a un puñado de familias propietarias que adquirieron los títulos sobre el terreno entre la última década del siglo XVII y las primeras del siglo XVIII y se mantendrían en propiedad de los mismos a lo largo de esta última centuria: los Zárate y sus descendientes los Rodríguez de la Torre y los Cabrera, así como también los Olivera, los Palacios, los Saavedra, los Castro, los Cordobés, los López Osornio, los Sayas y los Gelves. En la Pesquería, la fragmentación de la propiedad no implicó una renovación de los sectores propietarios ni se vio corregida por la reconcentración de los títulos sobre el terreno por medio de compraventas, lo cual determinó que a la larga la zona sur del

21

pago, habitada por familias localresidentes, fuera ganada por el minifundio. En 1789 más del 90% de las propiedades podían considerarse de pequeño tamaño, ocupando las mismas el 35,9% de la superficie del pago. Estas experimentaron un rápido crecimiento en escaso medio siglo, entre 1740 y 1789, en desmedro de la propiedad mediana y grande. El 53,5% de los hacendados censados en 1789 en la Pesquería eran descendientes o cónyuges de los descendientes de quienes adquirieron títulos sobre la tierra en el período 1690-1729: esto es un indicador de que las particiones hereditarias fueron las principales responsables del intenso parcelamiento que sufrió la propiedad del suelo. Este se vio, lógicamente, acompañado de una marcada tendencia endogámica: los integrantes masculinos de dichas familias ostentan el índice más alto de matrimonios entre miembros de linajes propietarios del mismo pago, el cual asciende al 58,6% de las uniones contraídas. Fueron, precisamente, estos matrimonios relativamente frecuentes entre los miembros de las antiguas familias del pago los que hacen cuestionar, si no rechazar, la idea de considerar a los ínfimos fundos censados en 1789, muchos de los cuales no tienen ni 200 varas de frontada, como verdaderas unidades de explotación. Parafraseando a la antropóloga española Dolors Cosmas D'Argemir, nunca debe perderse de vista que la división hereditaria está restringida por la imposibilidad de fragmentar las explotaciones hasta el infinito.33 Esta atomización de la propiedad se vio contrarrestada por estrategias de compensación, unas basadas en el parentesco (reunión de pequeñas parcelas pertenecientes a individuos emparentados para emprender la explotación conjunta) y otras en la elusión de la normativa vigente (omisión del reparto de tierras con motivo de herencias, con el fin de conservar el patrimonio indiviso). Este último recurso se constata en testamentos como el de Roque Reynoso, que declaró que poseía “unas varas de tierra de parte materna las que ignoro cuantas sean por no habérsenos repartido”34, o el de Joaquín Cabrera, que aunque dueño de 400 varas de terreno, señalaba tener parte en otras “mil y más varas” que no habían sido sujetas al reparto hereditario pero constaban de los instrumentos “que hicieron don Pascual Zárate y nuestros primeros autores que poseyeron las nominadas tierras sobre las márgenes del río Paraná”.35 El excesivo número de propietarios en una reducida superficie no sólo tendería a la conformación de redes solidarias entre individuos emparentados, tanto para explotar el terreno como para omitir las particiones hereditarias, sino que sería fuente de inevitables tensiones. La gran fragmentación de la tierra conminó a muchos de estos modestos campesinos a expandirse sobre las propiedades linderas, siendo esto el origen de controversias judiciales. María de Melo por ejemplo, reclamó en 1745 la semilla que le debían en carácter de renta los intrusos que habían ocupado parte de su estancia, “habiéndose poblado en el fondo de dichas tierras más de doce personas”. Los mismos se encontraban junto al arroyo de Morejón, cuya posesión fue motivo de discrepancia entre los propietarios de la Pesquería y los de la Cañada de la Cruz, y eran en su mayor parte miembros de la familia Correa, que tenían sus tierras más allá de dicho arroyo.36 Obviamente, estos litigios entre propietarios fueron aprovechados por los desposeídos para ahorrarse el pago del arriendo. Estas disputas, cuya falta de definición María Dolors COSMAS D'ARGEMIR “Matrimonio, patrimonio y descendencia. Algunas hipótesis referidas a la península ibérica” en Francisco CHACON JIMENEZ y Juan HERNANDEZ (comp.) Poder, familia y consanguinidad en la España del Antiguo Régimen Anthropos, Barcelona, 1992, pag. 166. 34 AGN Sucesión 8136, Testamentaria de Roque Reynoso. 35 AGN Sucesión 5343, Testamentaria de Joaquín Cabrera. 36 AGN IX-41-6-4, María de Melo contra ocupantes de su terreno. 33

22

podía prolongarse a veces por años, solían convertir los linderos entre propiedades en una verdadera tierra de nadie. En 1763 otro vecino de la Pesquería, Pedro de Olivera, hizo reclamos a la justicia contra los ocupantes precarios de su estancia. Tras haber autorizado a uno de sus sobrinos a sembrar en sus tierras, tuvo noticias de que se habían agregado a éste “varios sujetos a sembrar sin tener la atención de darme parte”; pasó a reconvenirlos y logró que le abonaran renta en semilla. Pero dos de ellos, Fernando Cuenca y el mulato Martín, se negaron a hacerlo, argumentando que no pagarían “por no ser costumbre”. Lejos de convertirse en ocupantes ocasionales, Cuenca y el mulato buscaban permanecer en esas tierras, pues se habían “poblado en ellas con rancho y pozo, volviendo nuevamente a sembrar”. Se valieron, para no ser expulsados, de un litigio que se suscitó entre Pedro de Olivera y uno de sus vecinos, Joaquín Cabrera, asentando su población y sementeras en el lindero que estos se disputaban. Olivera debió recurrir a un comisionario de justicia, Joseph Balvidares, para que fueran expulsados de sus tierras.37 La cercanía del latifundio de la Compañía de Jesús ofreció a los miembros excedentes de las familias propietarias la posibilidad de ocupar nuevas terrenos bajo la figura del arrendamiento. En julio de 1767, al producirse el secuestro de las estancias de la Compañía de Jesús en Areco, el 44,4% de sus arrendatarios pertenecía a dichas familias, número que había ascendido al 61,9% en 1789, cuando el latifundio ya había pasado al dominio del coronel Joseph Antonio Otálora. Ciertamente, dicho latifundio ofrecía a aquellas familias una “válvula de escape” contra el excesivo fraccionamiento de la propiedad, que junto a la elusión de los repartos sucesorios fue en definitiva lo que les permitió permanecer en el pago. Tomemos un ejemplo, el de los descendientes de Pablo Saavedra, propietario de 500 varas sobre el Paraná de las Palmas. Sus descendientes, que eran muchos, o bien heredaron de éste parcelas de ínfimas dimensiones o bien carecieron de terrenos propios. No causa extrañeza, entonces, que se trasladaran al territorio de los Jesuitas, situado a una escasa legua de las tierras de la familia. En el momento de ser expulsados estos religiosos, tres herederos de Pablo Saavedra, su yerno Martín Barrios y sus hijos Manuel y Miguel, se hallaban arrendando sus terrenos. Más tarde, en 1789, el Censo de Hacendados indica como arrendatarios del coronel Otálora, comprador de estas estancias, a una hija de Pablo, Catalina Saavedra, a sus nietos Pedro Sambrano y Juan de la Cruz Barrios y a los esposos de seis de sus nietas, Bernabé Altamirano, Gervasio Arias, Jorge Piñero, Esteban Reynoso, Juan Bautista García y Juan Joseph Sosa. Ejemplos como estos, que se repiten con otras familias tradicionales de la zona como los López Osornio, los Zárate y los Correa, hacen percibir el fenómeno del minifundio como complementario y no como antagónico al del latifundismo: al fin y al cabo, estas familias geográficamente inmediatas que fueron semillero de arrendatarios también deben de haber sido las que brindaron sucesivamente a los jesuitas, la administración de Temporalidades y el coronel Otálora, dueños de este latifundio, los peones que se necesitaban en tiempos de la siega o el marcado de animales. Relaciones parentales y distribución de la propiedad de la tierra Para analizar la influencia de los vínculos parentales en la propiedad del suelo en el antiguo curato recurrimos a dos vías divergentes, que arrojaron resultados similares. En primer lugar, el relevamiento de documentación de origen parroquial nos permitió construir una base de datos que incluye un total de 803 uniones matrimoniales (291 de Areco, 305 de la Cañada de la Cruz y 207 de la Pesquería) en las que por lo menos 37

AGN IX-41-9-2, Pedro Olivera contra Fernando Cuenca.

23

uno de los contrayentes pertenecía a las familias propietarias del partido. Se quiso establecer, a partir de la misma, quienes se constituyeron en “cónyuges aceptables” (permítasenos el uso de un término utilizado por Susan Socolow en un conocido trabajo38) para dichas parentelas, en función de considerar la unión sacramentada no como un mero acontecimiento individual sino concerniente al conjunto familiar. Se cruzó, en segundo lugar, la información extraída del Censo de Hacendados de 1789 (la más importante fuente documental relativa a la distribución de la propiedad de la tierra del período tardocolonial) con la proveniente de los archivos parroquiales y las fuentes notariales, y se elaboró la ficha genealógica de cada uno de los propietarios censados, estableciendo a partir de estos antecedentes la vinculación parental entre los sucesivos propietarios de cada parcela entre 1690 y 1789. Del análisis de las alianzas matrimoniales tramadas por las familias de propietarios resultaron diferenciados dos tipos de uniones: los que se produjeron entre miembros de familias propietarias y los que implicaron a no propietarios. En el primero de los casos se hace referencia tanto a los matrimonios concertados entre sujetos residentes en un mismo pago como entre individuos oriundos de pagos vecinos, siempre que ambos contrayentes pertenecieran a parentelas propietarias reconocidas. En el segundo se incluyen las uniones sacramentadas entre miembros de familias propietarias e individuos que no lo eran, así los originarios de la jurisdicción de Buenos Aires como los foráneos, distinguiéndose en este último caso los migrantes del interior de los ultramarinos. Preferimos separar del último tipo descrito los matrimonios con individuos de casta o de procedencia bastarda, por tratarse de enlaces que eran considerados “denigrantes” por la población española. Analicemos, entonces, quiénes fueron los cónyuges “aceptables” en el antiguo curato de Areco.

Cuadro nº 1- Cónyuges de miembros de familias propietarias

CON YU GE Are co propietario en el pago propietario en el curato no propietario bonaenense migrante europeo migrante del interior sujeto casta/bastardo TOTAL

.% Cda . Cruz 104 36,5 54 25 8,8 42 114 40 159 20 7 8 19 6,7 14 3 1 14 285 100 291

.% Pe sque ría 18,6 63 14,4 33 54,6 94 2,8 10 4,8 8 4,8 3 100 211

.% 29,9 15,6 44,6 4,7 3,8 1,4 100

Fuente: Archivo General de la Nación, Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, Archivo de Geodesia y Catastro de la Provincia de Buenos Aires, Archivo Parroquial de San Antonio de Areco, Archivo Parroquial de Capilla del Señor

1) Cónyuges propietarios: Durante el período escogido, las uniones endogámicas (es decir, entre vecinos propietarios del mismo pago) no lograron imponerse por sobre las exogámicas. En los pagos de Areco y la Pesquería, sólo uno de cada tres matrimonios se produjo entre miembros de las familias propietarias locales, mientras que en la Cañada de la Cruz, la proporción descendió a uno de cada cinco. Esto se debía, sin lugar a dudas, a que se priorizó la perspectiva inmediata de ampliar el círculo familiar Susan SOCOLOW “Cónyuges aceptables: la elección de consorte en la Argentina colonial, 17781810” en Asunción LAVRIN (coordinadora) Sexualidad y matrimonio en la América hispánica. Siglos XVI-XVIII Alianza, México, 1991, pags. 229-259. 38

24

incorporando nuevos brazos en calidad de yernos o cuñados, secundarizando un móvil a largo plazo como era el de entorpecer la atomización de la propiedad mediante la instrumentación de uniones endogámicas. De todos modos, cuando se diferencie la política matrimonial por sexos, concluiremos que estas observaciones deben ser relativizadas. Ahora bien, si ampliamos el radio de homogamia, sumando a las alianzas entre propietarios del pago las que se produjeron entre estos y los propietarios de los pagos vecinos, tendremos una visión algo diferente. El porcentaje de uniones entre miembros de familias propietarias, residentes en el mismo pago o no, trepa de esa manera en Areco al 45,3% de los casos, en la Cañada de la Cruz al 33% y en la Pesquería al 40,8%. Los matrimonios entre miembros de familias propietarias de diferentes pagos del curato se observaron con mayor frecuencia entre individuos de la Cañada de la Cruz y la Pesquería. Aquí ha de tenerse en cuenta la función “mediadora” de las iglesias, capillas y oratorios rurales, que fueron un espacio de frecuentación al que concurría la feligresía por lo menos una vez al año a cumplir con el precepto anual (comunión y confesión en la Pascua de Resurrección), situación que aprovechaba hasta el mismo Estado, cuyos agentes utilizaban el atrio de las mismas para difundir sus bandos de buen gobierno. En el caso de estos dos pagos, sus feligreses se concitaban para sus ejercicios rituales en la Capilla del Señor de la Exaltación, que fue viceparroquia del curato de Areco desde 1735 y parroquia independiente desde 1772. No parece extraño, entonces, que muchas de estas uniones se hallan gestado a partir de la concurrencia común a este sitio de culto. Los feligreses del pago de Areco, en cambio, que asistían a la iglesia parroquial de San Antonio, contrajeron enlace en forma menos habitual fuera del mismo (8,8% de los casos). Es interesante advertir, sin embargo, que entre los propietarios establecidos hacia mediados del siglo XVIII en este pago a partir del fraccionamiento del latifundio del general Joseph Ruiz de Arellano, resultan más frecuentes los vínculos matrimoniales con las familias de los pagos cercanos de la Cañada de la Cruz y la Pesquería (19,69%) que los que establecen las familias arequeras más antiguas (5,35%). Esto se debe a que varios de los sujetos que se afincaron en Areco hacia mediados de la centuria habían sido previamente residentes en los pagos cercanos (Miguel Galeano, Andrés de Sosa y Ascencio Vallejos, por ejemplo) o bien eran miembros excedentes de la familias de la Cañada de la Cruz que perpetuaron lazos ya establecidos por sus ancestros (el caso de Tiburcio Casco). 2) Cónyuges no propietarios: Entre los cónyuges no propietarios predominaron ampliamente los nativos de la jurisdicción de Buenos Aires. No obstante, debe advertirse que es posible que exista en la documentación consultada un subregistro de los migrantes del interior: el examen de los registros parroquiales nos ha permitido comprobar que, a la larga, una parte de los migrantes tendía a adoptar el epíteto de “vecino del partido”, omitiéndose la referencia de origen. Los cónyuges migrantes, aunque en los tres pagos fueron relativamente escasos, resultaron más abundantes en Areco, seguido éste por la Cañada de la Cruz y quedando rezagada la Pesquería. Curiosamente, este orden es también el de proximidad a las fronteras con Córdoba y Santa Fe, pudiendo presumirse que la misma favoreció el asentamiento de individuos procedentes de las provincias del interior, facilitado por la presencia de los caminos reales que atravesaban el antiguo curato. En lo que respecta a los migrantes europeos, que fundamentalmente englobaban a los españoles peninsulares y en medida muchísimo menor a portugueses y nativos de otros países del Viejo Mundo, estos se unieron más frecuentemente con mujeres nacidas en el pago de Areco, y menos con las de los otros dos pagos. Puede atribuirse este

25

detalle a que los migrantes oriundos de la metrópoli tendían a establecerse en los pueblos más que en el ámbito rural propiamente dicho, y en el período que estudiamos se los halla fundamentalmente en San Antonio de Areco, el poblado que más creció en la zona con anterioridad a 1790. 3) Cónyuges de casta o de procedencia bastarda: Puede sospecharse que haya existido un subregistro de los contrayentes no propietarios de casta, como se dijo que ocurrió con los procedentes del interior. Si esto sucedió, sin embargo, debió de ser en pocos casos, ya que los párrocos solían mostrarse más estrictos al momento de asignar el epíteto étnico en las partidas matrimoniales, e incurrían en omisiones de este tipo sólo en casos de rotundo ascenso social. Los matrimonios entre vecinos propietarios de tierras y sujetos de casta fueron realmente escasos, y lo mismo sucedió con los matrimonios con sujetos reputados como bastardos o ilegítimos. Esto se explica al considerar que dichas uniones eran reputadas como denigrantes para el contrayente blanco. Obsérvese, de todos modos, que fueron más numerosas en la Cañada de la Cruz que en los otros dos pagos: al parecer, es una manifestación extrema de la tendencia exogámica que caracterizaba a la población propietaria de ese pago. No he dado todavía con otra explicación que justifique esta superioridad de casos. El mismo análisis presentado en el punto anterior fue repetido separando a los contrayentes del sector propietario por sexos. De ello resultó que las uniones llevadas a cabo por propietarios de sexo masculino tendieron a la endogamia más que las que las concertadas por los de sexo femenino. Esto equivale a decir que los hombres buscaban en mayor medida consortes pertenecientes a las familias propietarias, mientras que las mujeres fueron desposadas en mayor número de casos por sujetos no propietarios. Las cifras así lo confirman: en el pago de Areco el 62,8% de las mujeres del sector propietario casaron con sujetos extraños al mismo, mientras que en la Cañada de la Cruz y la Pesquería esto ocurrió en el 75,6 y el 61% de los casos respectivamente. En cuanto a los hombres de dicho sector, en Areco el 55,7% de ellos se unió a mujeres de extracción propietaria y en la Pesquería el 58,6%. La regla que se acaba de enunciar tiene su excepción en los hombres de la Cañada de la Cruz, de los que sólo el 44,3% casó dentro del grupo propietario.

Cuadro n° 2- cónyuges de los miembros masculinos de las familias propietarias en el antiguo curato

CON YU GE Are co propietario en el pago propietario en el curato no propietario bonaenense migrante europeo migrante del interior sujeto casta/bastardo TOTAL

.% Cda . Cruz 52 42,6 31 16 13,1 23 50 41 59 0 0 0 1 0,8 5 3 2,5 4 122 100 122

Fuente: idem cuadro n° 1

.% Pe sque ría .% 25,4 34 41,5 18,9 14 17,1 48,3 32 39 0 0 0 4,1 0 0 3,3 2 2,4 100 82 100

26

Cuadro n° 3- cónyuges de los miembros femeninos de las familias propietarias en el antiguo curato

CON YU GE Are co propietario en el pago propietario en el curato no propietario bonaenense migrante europeo migrante del interior sujeto casta/bastardo TOTAL

.% Cda . Cruz 52 31,7 23 9 5,5 18 65 39,6 100 20 12,2 8 18 11 9 0 0 10 164 100 168

.% Pe sque ría 13,7 29 10,7 19 59,5 56 4,8 10 5,4 8 6 1 100 123

.% 23,6 15,4 45,6 8,1 6,5 0,8 100

fuente: idem cuadro n° 1

¿Qué explicación puede darse a la tendencia recién descrita? Es probable que la población propietaria masculina consideraba sus propias uniones matrimoniales como una forma de acrecentar a largo plazo el patrimonio inmobiliario personal a través de las hijuelas hereditarias de sus esposas. Sin embargo, se valían de sus hijas y hermanas para inmovilizar a la población flotante de la zona, compuesta tanto por migrantes como por individuos nativos de la jurisdicción bonaerense que no poseían terrenos propios. La exogamia femenina puede ser considerada, si se acepta esta interpretación, como una estrategia de los sectores propietarios para retener mano de obra, convirtiéndola en familiar. En otro orden de cosas, se aprecia que aunque fueron pocos los matrimonios entre propietarios y migrantes procedentes del interior, estos últimos fueron en su mayor parte hombres. Esto no es sino una evidencia de que las migraciones internas eran un fenómeno preponderantemente masculino, concretamente de varones solos que en un número limitado de ocasiones hallaron en la unión con mujeres propietarias una manera de establecerse en forma permanente, lo mismo que un resguardo jurídico contra la expulsión hacia las tierras de origen o a la frontera con el indio. En las escasas uniones entre propietarios y sujetos de casta o de procedencia bastarda, por último, la relación es la inversa, pues fueron levemente más abundantes en la población propietaria masculina. Esto se debe a que las mujeres españolas que se casaban con un sujeto socialmente inferior corrían, según comenta Robert McCaa, mayores riesgos de perder su “calidad” que los hombres.39 A manera de conclusión: la antigüedad en la detentación de la propiedad de la tierra en 1789 Por medio de la reconstrucción de la evolución histórica de la propiedad de la tierra en el antiguo curato de Areco, hemos inferido en este trabajo los procesos de fraccionamiento, reconcentración y traspaso que sufrieron las parcelas del antiguo curato de Areco entre 1690 y 1789, de los cuales resultaron determinadas su dimensión media a lo largo del período escogido, los ritmos de rotación de la propiedad, la influencia de los traspasos inter vivos en el fraccionamiento, la tendencia a la reconcentración de la propiedad del terreno y la difusión de estrategias de retraso en la subdivisión hereditaria. De esta confrontación han surgido como realidades contrastantes pero a la vez Robert McCAA “Calidad, clase y matrimonio en el México colonial: el caso de Parral, 1788-1790” en Pilar GONZALBO (compiladora) Historia de la familia Instituto Mora-UNAM, México, 1993, pag. 168. 39

27

complementarias la presencia de propiedades pequeñas y medianas, por un lado, y de dominios de considerable extensión por otro. Hemos también establecido, a grandes líneas, cuál fue la política matrimonial de las familias propietarias, así tomada desde un enfoque general como diferenciándola por sexos. Para cerrar nos queda cotejar los alcances de dicha política estableciendo la antigüedad en la detentación familiar de la propiedad de la tierra hacia fines del siglo XVIII, como una forma de determinar como incidieron las particiones hereditarias en las familias localresidentes. Ya hemos comentado que, en vistas a la imposibilidad de reunir una abundante masa de documentación sobre los repartos hereditarios, en atención a la relativamente escasa supervivencia de inventarios sucesorios y testamentarias para el período y la región escogidos, nos vimos obligados a analizar el proceso de partición hereditaria a través de indicadores indirectos. La metodología utilizada en este caso fue la de cruzar la información de carácter genealógico extraída de padrones y archivos parroquiales con los boletos de compraventa de tierras extraídos de los protocolos notariales y con la declaración de títulos que efectuó cada propietario en el Censo de Hacendados de 1789. Gracias a ese procedimiento pudo ser establecido el parentesco entre los sucesivos propietarios de cada parcela entre 1690 y 1789. Cuadro n° 4- Antigüedad de la detentación de la propiedad en familias propietarias en 1789 (en número de establecimientos)

Areco 1690-1709 1710-1729 1730-1749 1750-1769 1770-1789 TOTAL

Cda. Cruz 11 8 8 28 9 64

Pesquería 32 4 11 5 7 59

15 15 13 12 1 56

fuente: idem cuadro n° 1

Al afrontar esta temática también debió diferenciarse la situación por localidades. En el pago de Areco, por ejemplo, se observa que la mayor parte de la población propietaria de fines del siglo XVIII era de origen relativamente reciente. El 57,8% de las fincas pertenecientes a vecinos de dicho pago en 1789, las cuales comprendían el 62% de la superficie apropiada, era detentado por quienes adquirieron los títulos de propiedad en el período 1750-1789 o por la primera generación de descendientes de estos. En el pago de la Cañada de la Cruz, por el contrario, el 54,2% de las tierras permanecía en manos de las mismas familias que habían adquirido títulos sobre las mismas en el período 1690-1729. Estas controlaban el 47,6% del total de la superficie apropiada en este pago. Esto no quita, sin embargo, que nuevos compradores adquirieran el 28,9% de los terrenos en los últimos veinte años del período estudiado. Se trata de nueve vecinos que emprendieron, como ya se mencionó, la reconcentración de la propiedad del suelo, ocho de los cuales pertenecían a antiguas familias del partido o habían desposado a descendientes de las mismas: Mariano del Aguila, Joseph Fausto Sosa, Francisco Julián de Cañas, Juan Pascual de la Llama, Joseph Joaquín Molina, Pedro Nolasco Montenegro, Clemente Gutiérrez y Jorge Correa. A estos se suma un único

28

peninsular que afrontó la acumulación de títulos sobre el terreno a través de compraventas, el gallego Juan de Asebey. En la Pesquería, la situación era aún más extrema que en la Cañada de la Cruz. Si no se tiene en cuenta el latifundio de los Jesuitas, el 57,6% de la superficie apropiada en este pago estaba en manos de los descendientes de quienes adquirieron la tierra en el período 1690-1729. Estos fueron el 53,5% de los censados en 1789. La ausencia de ventas recientes resulta notable, combinada con una alta fragmentación de la propiedad por obra de las particiones hereditarias, pues a diferencia de la Cañada de la Cruz, en este pago no hubo casos notorios de reconcentración que corrigieran por lo menos parcialmente esta tendencia. En cuanto a la antigüedad generacional del sector propietario, debe decirse que en Areco los compradores de parcelas que aún se hallaban vivos al realizarse el Censo de 1789 y la primera generación de descendientes sumaban el 58,21% de los propietarios empadronados ese año. Se constituían en la población propietaria más “joven” de la zona estudiada, y en correlato con ello era en este pago donde las fincas eran más extensas, debido a que se habían visto afectadas en menor medida por los procesos hereditarios. En la Cañada de la Cruz, en cambio, los progresos de la parcelación hereditaria se relacionan con un “envejecimiento” de la población propietaria: el 42,66% de los propietarios en 1789 son exponentes de la segunda, tercera y cuarta generación de poseedores del terreno. A los efectos de la comparación, téngase en cuenta que en la Cañada de la Cruz los compradores de parcelas que vivían en 1789 y la primera generación de descendientes de primeros propietarios sumaban tan sólo 37,24%, mientras que en la Pesquería no sobrepasaban el 36,5%. Nos queda, por último, establecer los alcances del parentesco por afinidad entre los propietarios de 1789 y los poseedores originarios de cada parcela. En Areco y la Pesquería, la mitad de quienes ostentaban los títulos de propiedad en 1789 tenían lazos comprobables de afinidad con la familia propietaria original, lo que puede tomarse como una muestra de que el matrimonio se presentaba para los no propietarios como una de las estrategias más difundidas para acceder a la propiedad de la tierra. En la Cañada de la Cruz, los ejemplos de parentesco por afinidad con los descendientes del propietario originario llegaron incluso a predominar, aunque ligeramente, por sobre los de parentesco sanguíneo. Esto puede cotejarse con nuestro análisis de los registros parroquiales, expuesto anteriormente, del que se desprende que en este pago, el 67% de los cónyuges no poseía terrenos propios. Las tendencias exogámicas de los miembros femeninos de la población propietaria, conducentes a retener a quienes no tenían tierras, quedaron manifiestas en uno y otro caso. Como ya hemos referido, una de las estrategias del campesinado propietario para obtener nuevos brazos para sus explotaciones rurales fue la de ofrecer a las propias hijas en matrimonio: esa puede ser una explicación de la tendencia exogámica que se aprecia en dichas mujeres, la cual terminaba a la larga redundando en la fragmentación de la propiedad del suelo. Debe acotarse, sin embargo, que sólo una pequeña parte de la población flotante era absorbida por el sector propietario a través de dicha estrategia. El Censo levantado en la Cañada de la Cruz y la Pesquería en 1789 registra un total de 52 no propietarios, que son el 27 % del total de los empadronados, distribuidos de la siguiente manera: 20 arrendatarios, 20 “sin tierras” y 12 agregados.40 En Areco, el mismo Censo arroja como resultado la existencia de 34 arrendatarios y de 126 individuos sin derechos jurídicos sobre la tierra, que constituían el 14,9% y el Mónica HIGA “Tierra y ganado en un pago bonaerense de antiguo poblamiento” en Eduardo AZCUY AMEGHINO y otros Poder terrateniente, relaciones de producción y orden colonial García Cambeiro, Buenos Aires, 1996, pags. 109-110. 40

29

55,3% de los empadronados respectivamente.41 Entre los últimos, 38 eran agregados, constituyéndose el resto en arrendatarios y pobladores de tierras “no conocidas” y realengas. Consideramos que aunque el fenómeno del agregamiento pudo expresar en términos de relaciones de propiedad la tendencia exogámica ya descrita, se encuentra subregistrado en dicho Censo, ya que en éste sólo cupo la mención de individuos que poseían sus propios rodeos de animales y, en la mayor parte de los casos, su propia marca de errar. Al cotejar los archivos parroquiales, llama verdaderamente la atención que muchos de los consortes de las mujeres propietarias no fueran empadronados en 1789, lo cual indica que habían sido absorbidos por sus familias políticas y que no tenían ganados propios, o bien que estos se hallaban mezclados con los del resto del grupo familiar que integraban. Bajo la denominación de agregado se superponían dos situaciones diferenciadas: lo eran, por un lado, quienes recibían de un terrateniente permiso para instalarse en su estancia, rindiéndoles una renta en trabajo a cambio de una parcela de tierra o de mantener ganado en el rodeo de su patrón, pero por otro los que compartían las tareas productivas con un par, recreándose en este caso una relación “cuasifamiliar” con el productor al que se agregaba.42 De acuerdo con lo investigado, creemos pertinente agregar que este último tipo de agregamiento terminaba constituyéndose en buena parte de los casos en vínculo familiar, ya que el matrimonio resultaba una forma de reforzar vínculos entre pequeños campesinos que en muchos casos sólo se diferenciaban por la circunstancia de que uno de ellos era dueño de una exigua lonja de terreno.

Eduardo AZCUY AMEGHINO y Gabriela MARTINEZ DOUGNAC Tierra y ganado en la campaña de Buenos Aires según los censos de hacendados de 1789 IIHES, Buenos Aires, 1989, pag. 82. 42 Mónica HIGA “Tierra y ganado en un pago bonaerense de antiguo poblamiento”, pag. 110. 41

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.