La otra condena

Share Embed


Descripción

Nº183 / noviembre 2014 ISSN 1657-0987 www.unperiodico.unal.edu.co [email protected] Bogotá. Colombia

Bromelias y guaduales, foco de virus como el chikunguña salud

Investigadores de la un encontraron que estas plantas constituyen criaderos naturales de insectos que transmiten el dengue, el chikunguña y la malaria. Con el cambio climático, la proliferación aumenta.

FOTO: cortesía Juan David Suaza

la incidencia en colombia de enfermedades como el dengue ha sido tradicionalmente relacionada con la propagación de mosquitos en depósitos de agua tan comunes como llantas abandonadas, tanques y otros recipientes. No obstante, tanto en el país como en la región tropical de América, existe un alto desconocimiento del papel que juegan los criaderos naturales tipo fitotelmata (partes o restos de plantas que acumulan agua), en los ciclos reproductivos de estos insectos. Bromelias, guaduales y heliconias, en zonas como el Eje Cafetero, entre 800 y 2.500 metros sobre el nivel del mar, resultan ser los mayores focos de transmisión.

Continúa en la página 12

en plantas como las bromelias prosperan criaderos naturales de transmisores de virus.

desarrollo rural

ciencia & tecnología

ciencia & tecnología

Una ley para legalizar la usurpación de tierras baldías

Néctar de las flores pone a pensar a las abejas

Zarzaparrilla reduce niveles de glucosa

Página 7

Página 16

Página 19

En el Congreso de la República cursa una iniciativa gubernamental a través de la cual se estaría fraguando la legalización de adquisiciones irregulares de tierras baldías.

Mediante un experimento con flores naturales y artificiales, investigadora de la un establece que el comportamiento de estos insectos se basa en decisiones cognitivas individuales.

Esta variedad de ñame que se vende en las plazas para “depurar” la sangre, pasó las pruebas de laboratorio como una potencial alternativa para bajar niveles de azúcar en la sangre.

Periódico ­– Nº 183 – Universidad Nacional de Colombia

NOVIEMBRE 2014 | 6

Política y sociedad

Delitos juveniles El ingreso de adolescentes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal en Colombia se incrementó de 2010 a 2011, en 12,4 % y de 2011 a 2012, en 15,1 %. Los principales delitos son tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, hurto en todas sus modalidades, lesiones personales y producción, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, partes o municiones, según reporte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

La otra condena Política & Sociedad

Estanislao Escalante Barreto, profesor asociado, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales Universidad Nacional de Colombia

La política pública para resocializar a los adolescentes privados de la libertad termina siendo un dispositivo de exclusión y segregación social. Aunque la finalidad del sistema es educativa no hay proyectos pedagógicos claros ni con parámetros de calidad. Algunos jóvenes son internados en condiciones infrahumanas.

es común que al hablar de cárcel, castigo o pena, se evoque el sobrediagnosticado problema de hacinamiento en los centros penitenciaros y su estado de cosas inconstitucional. Esta es una imagen común de vulneración sistemática de derechos humanos que persiste históricamente y a la que nos hemos acostumbrado con pasmosa indiferencia. No obstante, la sociedad, la academia y los medios de comunicación, que tanta propaganda hacen a los dispositivos punitivos y de seguridad, no se preguntan qué pasa en los centros especializados para adolescentes. En el imaginario colectivo se piensa que son correccionales, internados o centros de bienestar para delincuentes. De aproximadamente 3.540 jóvenes privados de la libertad en 34 centros especializados del país, 885 han cumplido allí la mayoría de edad, lo que equivale a un 25,1 % de la población; 1.692 tienen entre 16 y 18 años; y 849 tienen entre 14 y 16 años, es decir, el 24 %. También es común escuchar que la ley es laxa y por lo tanto se pide cárcel o penas duras para una población acusada de beneficiarse de leyes “suaves”, o que por esta última característica, es usada impunemente por organizaciones criminales en la comisión de delitos. Los políticos con poder de definición aprovechan para hacer

fotos: archivo particular

los centros de reclusión para menores de edad deben ser diferentes a los de los adultos si se busca una verdadera resocialización.

populismo punitivo. La sociedad y los medios, entretanto, acuden ingenuamente al mismo “remedio”: seguridad, penas y castigo; así, se etiqueta al joven como sujeto peligroso o criminal, como merecedor de medidas para proteger del “mal” a la sociedad.

Sanciones pedagógicas La responsabilidad penal de los adolescentes se enmarca en el contexto de los derechos de los niños, cuyo ámbito de protección constitucional es uno de los más importantes y reforzados en la actualidad. Se trata de una población vulnerable que tiene protección especial internacional y convencional, cuyos derechos humanos como sujetos y ciudadanos son universales, prevalentes e integrales. Por ello cuentan con una posición normativamente privilegiada; sus derechos son superiores a los de los adultos y en caso de conflicto prevalece ese interés superior, lo cual implica reconocerlos como sujetos de derechos y de políticas públicas de prevención, educación y justicia social. De este conjunto normativo constitucional y de los lineamientos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (icbf), se deriva un concepto de sanción con finalidad educativa no punitiva. Es decir, se excluye cualquier concepción de castigo o retribución penal, por lo cual la medida tiene carácter protector, educativo y restaurativo. Su ejecución debería contar con el apoyo familiar y de especialistas a través de programas de política educativa, en procesos ex ante, intermedia y ex post, esto es, de prevención (evitar conductas), de educación (preparar y transformar) y de seguimiento ocupacional (ocupar y acompañar para el futuro). Hoy ingresan adolescentes entre 14 y 18 años y salen de hasta 25. Según el Ministerio de Justicia, la mayor población aprehendida no supera quinto de primaria; desde el 2003 se han presentado 44.164 casos, correspondientes al 30,39 %; y los que no han superado el undécimo grado están en un porcentaje del 20,85 %, con 30.300 casos reportados. Al indagar en los centros de internamiento, desde la educabilidad, se advierte que la finalidad del sistema no se cumple en cuanto no hay proyectos educativos o pedagógicos claros ni educación de calidad. No hay

procesos significativos de ocupación del tiempo, el responsable no quiere o no sabe cómo educar y al adolescente no se le da la oportunidad, por lo que se impone la disciplina correccional y el castigo. No todos los que trabajan en los centros de internamiento son educadores ni tienen formación en pedagogía; y el tiempo que dedican los adolescentes al estudio es de máximo 16 horas a la semana. Desde el punto de vista pedagógico, no hay una reflexión sobre el acto educativo. Allí se ocupan espacios, se dicen cosas y se pasa el tiempo sin programas de prevención del delito ni políticas públicas de seguimiento y ocupación cuando se egresa del sistema.

Negación del sistema Otro de los problemas que se suscita es la infraestructura, a todas luces insuficiente e inadecuada. Aunque algunos centros cuentan con mejores condiciones que otros, también existe infraestructura carcelaria heredada de los penitenciarios de adultos, lo cual tiene un efecto adverso en la formación. Caso paradigmático y sorprendente es la ocupación actual de la antigua cárcel de mujeres el Buen Pastor, en Cali, donde han sido internados adolescentes en virtud de una orden judicial; o las celdas de internamiento en Villavicencio, que no cuentan con condiciones adecuadas de salubridad. La arquitectura del encierro ha sido históricamente determinante para los fines institucionales, razón por la que estos centros deberían tener diseños e infraestructura para un propósito formativo, no para funcionar como centros carcelarios o penitenciarios. Estas, como instituciones cerradas o totales, transforman la estructura del yo, disciplinan y moldean al sujeto, direccionan su comprensión del mundo y su forma de interactuar y reflexionar. En estos centros, la subjetividad se ve mediada por el castigo, la amenaza, el rencor, el dolor y las relaciones de poder. Todo ello transforma al niño, no como sujeto con autonomía moral e intelectual, sino como ser heterónomo, lo que lo hace más vulnerable en su contexto social. Es un error “encerrar” adolescentes en antiguas cárceles de adultos o construir nuevos centros

con arquitectura penitenciaria. Sin embargo, tenemos construcciones en las que se combina la inocencia de un niño en condiciones de vulnerabilidad con quienes adquieren allí la mayoría de edad. Lo que debería ser un escenario educativo de reconstrucción de derechos y formación en valores sociales para la convivencia tiene todas las características del “patio” carcelario. En algunos centros existen celdas de aislamiento, castigos indefinidos, relaciones hostiles y rencillas entre pandillas de barrio, lo que deriva en rupturas y manifestación de relaciones agresivas de poder entre el que cuida y el privado de la libertad, es decir, el educador y el educando. Es paradójico encontrar que el aislamiento hace parte del castigo, lo que anula la socialización. Asimismo, la prohibición de visitas constituye la negación de la única ventana al exterior: su familia, a lo que se suman procesos de incomunicación y pérdida total de intimidad. Así, el sistema recibe a los adolescentes sin educación y no ejecuta procesos para superar esa situación. En tal sentido, el Estado le devuelve a la sociedad un nuevo cliente del sistema penal. Lo ha condenado a la pobreza, segregándolo socialmente, lo ha graduado en su carrera criminal.

palabras clave: sistema penal, jóvenes, cárceles. Consúltelas en www.unperiodico.unal.edu.co

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.