La Orden del Santo Sepulcro es o no una Orden de Caballería

Share Embed


Descripción

IV JORNADAS SOBRE LA ORDEN DEL SANTO SEPULCRO, CALATAYUD. 2009 “Evolución de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén: su carácter, tradiciones y objetivos a lo largo de nueve siglos al servicio de los Santos Lugares”1

Dr. Luis Valero de Bernabé y Martín de Eugenio, Marqués de Casa Real Caballero Profeso de Gran Cruz Observamos con preocupación que en los últimos años está surgiendo un movimiento auto aniquilador en el propio seno de la Orden, pues de una parte por un exceso de autocrítica se niega su propia historia, por un cierto sector de la misma, atribuyéndola en sus primeros tiempos un carácter puramente canonical o bien tratando de reducir sus nueve siglos de existencia al siglo y medio transcurrido desde su Restauración en 1864, mientras que otros, movidos por un afán puramente pragmático, rechazan sus más antiguas tradiciones en la pretensión de modernizarla para irla semejando a una simple ONG al servicio de los Santos Lugares. Ambas tendencias son igualmente desestabilizadoras y al mismo tiempo poco acordes con la realidad histórica, pues entendemos que la Orden del Santo Sepulcro si bien ha tenido desde sus orígenes un profundo contenido religioso, no puede reducirse en su historia a ser únicamente una Orden puramente canonical, pues los diversos testimonios históricos2 y sociológicos existentes nos demuestran que además de los

1

Ponencia presentada en las IV JORNADAS SOBRE LA ORDEN DEL SANTO SEPULCRO, Calatayud. 2009 2 SANSOVINO, Pietro, “Della Origene de Cavalieri”, manuscrito en 4º, Venecia. 1570 BOSIO, Giacomo, “Dell’Historia della Sacra Religionee Illustrissima Militia di San Giovanni Gierosolimitani” Tomo I, Folio 162 y SS. Roma, 1596. Recogidos dichos folios en el Tomo 72-E del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basilica de San Francisco, Madrid. MENNENIO, Petrus, “Deliciae Equestrium”, folios 39 a 49. Recogidos dichos folios en el Tomo 72-E del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basilica de San Francisco, Madrid. HUGON, “De Historia Equestria Antiqua”, Libro V. Amberes, 1630.

Canónigos hubo también Caballeros sepulcristas que con su actividad como custodios completaron la labor contemplativa de los Canónigos, según tuvimos ocasión que desarrollar en nuestra Historia de la Orden y a la que nos remitimos3; por lo que en la presente exposición trataremos de insistir sobre la incongruencia de aquellos que tratan de negar estos testimonios históricos. Tampoco podemos reducir a la Orden Sepulcrista al papel de ser una simple ONG encargada de recaudar fondos para Tierra Santa, pues ninguna de las ONG existentes tiene la espiritualidad, religiosidad, organización e historia de una Orden de Caballería, ni sus miembros se parecen en nada a los caballeros y damas sepulcristas, en cuanto a la MÁRQUEZ, Jose Micheli: “Tesoro Militar de cavalleria”, folios 14 al 18. Tipografía, Díaz de la carrera, Madrid, 1642. Reedición facsímil de Wilsen Ediciones. Acedo (Navarra), 1992. TAVIN, André, “Le Theatre D’Honneur de la Chevalerie ou L’Histoire des Ordres Militaires..”, Tomo II, Libro IX, folios 1595 a 1603. París, 1674. Se conserva una copia en el tomo 72-D del Archivo Histórico de la Orden del Santo Sepulcro, en la Basílica de San Francisco, Madrid. GIUSTANINI, Bernardo, “Historie Cronologiche dell’Origine de Gl’Ordine Militari e di tutte le Religioni Cavalleresche”, Presto Combi, Venezia (Italia), 1692. Reeditado en facsímil por la Lugartenencia de Lombardía de la Orden del Santo Sepulcro. BOUNANNI, “Catalogo degli Ordine Equestri”, Rama, 1706. HERMANT, Jean “Histoire des Religions ou Ordres Militaires de l’Eglise et des Ordres de Chevalerie”, folios 16 a 24. ROUAN (Francia), 1698. Recogidos dichos folios en el Tomo 72-E del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basilica de San Francisco, Madrid. HELYOT, Pierre, “Histoire des Ordres Monastiques, Religieuses et Militaires”. París, 1721. Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basilica de San Francisco, Madrid. PAOLI, Sebastian, “Codice Diplomatico dei Sacro Militare Ordinbe Jerosolimitani”, Lucca (Italia), 1733. Folios 4 y ss. Recogidos dichos folios en el Tomo 72-E del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basílica de San Francisco, Madrid. FERRARIS, Lucio, Prompta Bliblioteca: Religiones Regulares et Militares”, Roma (Italia), 1750. Recogido en el Tomo 72-E del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basílica de San Francisco, Madrid. CASTRO Y BARBEYTO, Benito de, “Diccionario Histórico de las Órdenes Religiosas y Militares”, Tomo II, págs 242 y 255. .Tipografía Letse. Madrid, 1792. Tomo 72-E, Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basílica de San Francisco, Madrid GIUCCA, “Iconographia Storica degli Ordine Cavallereschi”, Roma, 1836. RIGALT Y NICOLAS, Bruno, “Diccionario Histórico de las Órdenes de Caballería”, págs 217 y ss. Establecimiento Tipográfico Narciso Ramirez, Barcelona, 1858. Reedición facsímil de París-Valencia Ediciones, Valencia, 1992. HERCOLANI, Conde Gaddi, “Historia degli Ordine Equestri Romani”, Roma, 1860. VELA, Carlos y QUINTANA, Manuel, Historia de la Real, Pontificia y Hospitalaria Orden del Santo Sepulcro”, Madrid, 1863. CASTELLANOS Y LOSADA, Basilio Sebastián, “El Santo Sepulcro de Jerusalén”, artículo publicado en el Tomo XXVI, páginas 844 a 869, de los treinta tomos que componen su “Biografía Eclesiástia Completa”, publicada en Madrid, en el año 1865. Tomo 72-E del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro, Basílica de San Francisco, Madrid PASINI-FRASSONI, Conde de, BETINI, Carlos Augusto y ODRIOZOLA, Carlos de, “Histoire de l’Ordre du Saint Sepulchre de Jérusalem”, College Heráldique, Roma 1871. COURET, Alphonse, L’Ordre du Saint-Sépulchre de Jérusalem”, Herluison Editeur. Orleans (Francia), 1887 PIAVI, Luis, “Establecimientos de la Sagrada Orden Militar y Pontificia del Santo Sepulcro” Imprenta Luis Aguado, Madrid, 1934 3 Vease los Caps. I y III del libro “Historia de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de de Jerusalén, Lugartenencia de Castilla y León, Madrid, 2001

2

edad, condiciones sociales o actividad desempeñada. Además, la Historia nos enseña que las ONG son asociaciones, muchas de ellas efímeras o de corta existencia, mientras que solo las Ordenes de Caballería, como Malta y el Santo Sepulcro, han logrado sobrevivir desde los tiempos medievales hasta el tercer milenio, ello ha sido posible mediante un permanente proceso de adaptación a las nuevas circunstancias históricas y sociales pero conservando siempre presente el recuerdo de su propia historia y tradiciones, pues quien olvida de donde viene difícilmente logrará encontrar a donde se dirige. ¿La Orden del Santo Sepulcro es o no una Orden de Caballería? El primer problema al que nos enfrentaremos es la calificación o no de Orden de Caballería para la del Santo Sepulcro. Las Ordenes de Caballería son unas instituciones de carácter religioso-militar que surgen espontáneamente en Tierra Santa a comienzos del siglo XII en el seno del llamado Reino Latino de Jerusalén, constituido por los cruzados tras la Conquista de la ciudad en el año 1.099. Todas ellas tienen una doble función asistencial y militar que trataba de suplir la desunión y falta de solidaridad existente entre los diversos Barones que se había repartido los territorios conquistados al Islám. constituyendo una comunidad multinacional dividida en varios estádiculos, como el Principado de Antioquía y los Condados de Edesa y de Trípoli ; todos ellos soberanos y apenas unidos por un débil vínculo feudal al Reino Latino de Jerusalén. Estos territorios estaban a su vez subdivididos en Baronías, al modo feudal, en las que se entremezclaban hombres de todas las procedencias, países y costumbres., sobre los que los reyes de Jerusalén no tenían apenas autoridad, ni garantía alguna de la fidelidad de sus Barones, más preocupados éstos en gozar de las riquezas de sus pequeños estadículos, y en mantener buenas relaciones de vecindad con sus vecinos musulmanes, que en sacrificar su autonomía a una unidad superior. 4 Ante esta desorganización aparecen espontáneamente hasta cinco grandes Ordenes de Caballería: Sepulcristas, Templarios, Hospitalarios, Lazaristas y Teutónicos; cuyo ejemplo sirve de precedente de otras que posteriormente se crearan en los reinos hispánicos para contribuir a la recuperación de las tierras ocupadas por el Islam en la

4

Cesare Cantú: “Las Cruzadas”, págs. 54 /56. Edicomunicación. Barcelona, 1988

3

Península Ibérica; si bien la tradición nos dice que la Orden del Santo Sepulcro fue la primera y más antigua de todas las Ordenes de Caballería creadas en Tierra Santa. El primer problema, desde el punto de vista metodológico, estriba en que los historiadores no se ponen de acuerdo en el momento de establecer una definición precisa sobre lo que se entiende propiamente por una Orden de Caballería, pues de las cinco indicadas no hubo dos iguales, ni en sus orígenes ni en su evolución posterior. A lo largo de su historia todas ellas pasaron por momentos críticos que afectaron gravemente a su supervivencia y las obligaron a irse adaptando a las circunstancias, sufriendo tan profunda transformación que ninguna de ellas es lo mismo si las consideramos en diversos períodos de su historia, si bien únicamente aquellas que supieron mantenerse fieles a su espíritu inicial y conservar sus tradiciones lograrían sobrevivir hasta el III Milenio. Que entendemos por una Orden de Caballería: En nuestra exposición trataremos de precisar el concepto de Orden de Caballería, delimitando cual fue el elemento común aglutinador de todas ellas y cuales fueron los elementos diferenciadores, centrándonos en particular sobre la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén u Orden Sepulcrista. a) Elementos comunes: Hay un elemento clave, que caracteriza a todas las Ordenes de Caballería, su concepto institución religioso-militar al servicio de una causa superior y a la que todos sus miembros dedicarán sus vidas. Dentro del panorama bélico medieval se trata de algo enteramente novedoso y que contrasta con las ideas feudales imperantes en toda la Edad Media, basadas en un pacto mutuo en el que ambas partes, señor y vasallo, contraen unas obligaciones recíprocas de protección y ayuda, por lo que el servicio y fidelidad debidos están condicionados a una cierta retribución que el caballero ha de percibir a cambio de ellos; mientras que en el caso de las Ordenes de Caballería el compromiso adquirido por sus miembros es ilimitado en tiempo y en esfuerzos, sin esperar nada a cambio como no sea en la otra vida. Debemos tener en cuenta que, en aquellos tiempos, el cruzarse de Caballero tenía una significación ético-religiosa especial que lo colocaba en la misma línea que los votos eclesiásticos y suponía la consagración de la vida del caballero al servicio del más alto ideal que haber pueda. Dentro de este espíritu las Ordenes de Caballería Cruzadas fueron 4

el fruto de la unión del ideal monástico con el caballeresco, según Huizinga5, de ahí la denominación cumún de freyle que reciben sus caballeros. Dos cosas igualan al Caballero con el Clérigo, nos dice Juan de Salisbury en su “Politicratus”, la “Electio” y la “Profesio”, por lo que el Caballero al cruzarse en una Orden Militar se convertirá en un Monje guerrero sublimando así su actividad bélica y considerando su pertenencia a la Orden como un lazo sagrado al que estaban sujetos por los votos solemnes que realizaban al entrar en la Orden6. Pues a los antiguos votos canónicos que compartían monjes y caballeros de hábito, en los caballeros se sumaban dos votos más, desconocidos por los monjes, la « Militia » y la « Summa Perfectio ». Los caballeros profesos en una Orden, mediante el « Voto de Militia », se comprometían a mantenerse siempre armados y preparados para tener que defenderse con sus armas frente a las acometidas del Islám, prestos a empeñar en el combate su integridad personal e incluso su propia vida sin ceder nunca frente al enemigo. Así, frente a la relativa facilidad con que un caballero feudal puede excusar sus servicios, cuando éstos no le interesan o le exigen un desproporcionado esfuerzo, el caballero de una Orden debe una fidelidad ciega a los superiores de la misma, pues si así no lo hiciera caería en bagausia siendo infamado para siempre. Durante todo el tiempo que duró el Reino Latino de Jerusalén (Periodo Heroíco de la Orden) los cballeros sepulcristas conservaron este voto militar pues constituyeron una milicia al servicio de los reyes latinos, cuya existencia está documentada en la Historia, e incluso tras la pérdida de Jerusalén los nuevos caballeros sepulcristas que se cruzaban (Periodo Peregrino), pese a su forzada disgregación, asumían el compromiso de que si se convocaba una nueva Cruzada para redimir los Santos Lugares se enrolarían en ésta, con lo que se conservaba así vivo el voto militar, hasta que en el siglo XIX la Santa Sede tras la firma del Tratado con la Sublime Puerta y la Restauración del Patriarcado Latino de Jerusalén y abandonó definitivamente la idea de Cruzada (Periodo de la Orden como Protectora de los Santos Lugares). 5

Johan Huizinga: “El Otoño de la Edad Media”, pág. 120. Alianza Editorial, Madrid, 1966 Aunque matizados en el caso de los Caballeros, pues al celibato absoluto exigido a los monjes, se contraponía, la castidad conyugal para los Caballeros. Al mismo tiempo, a fin de hacer el ingreso en una Orden más deseable, el caballero no tenía que renunciar a sus bienes, en especial a los que tenía en sus lugares de origen, ya que con ellos tenía que mantener a su familia y conservar su condición nobiliaria. 6

5

El segundo voto era la“Summa Perfectio”o perfección moral de la persona, tan necesaria para los caballeros que, a diferencia de los monjes, no podían refugiarse en la tranquilidad del claustro sino que habían de ejercer su actividad diaria en medio del lujo y los placeres de la vida mundana; pues el noble arte de la Caballería se hallaba estrechamente relacionado con el poder, la gloria y la riqueza, lo que les procuraba un Espíritu señorial, al saberse los mejores y como tales ser honrados por encima de los demás hombres por Reyes y Grandes Señores, más sin caer en el pecado de orgullo que habían de superar gracias a la Fraternidad de Armas: El ejercicio de la caballería, a la vez que ennoblecía a los que la efectuaban, les equiparaba a todos ellos sin tener en cuenta su origen ni el poder que tuvieran, pues todos los caballeros, tanto el más humilde como el más poderosos, gozaban de unas mismas prerrogativas, ideal igualitario que coexistiría junto con el ideal nobiliario, aunque ambos subordinados siempre al compromiso de espiritualidad del Caballero profeso siempre al servicio de una causa superior.7 El segundo elemento característico de éstas es que las Ordenes de Caballería fueron el brazo armado de la Santa Sede de la que dependían directamente, sin estar sujetos a ninguna otra autoridad política o religiosa. Se trataba pues de unos institutos exentos cuyos miembros solo debían obediencia a las propias autoridades de la Orden, cuya cúpula ejerce el Gran Maestre de las mismas, quien como tal no reconoce otro superior laico o religioso que el Pontífice de Roma. En consecuencia todas las Ordenes estudiadas tuvieron una doble constitución, una primera que surge espontáneamente al organizarse como tal por las necesidades antes indicadas y otra segunda tras la formalización canónica mediante las oportunas Bulas Pontificias por las que cada una de las Ordenes se constituyen. En el caso de los Sepulcristas tenemos de una parte los Estatutos o Assises que les dio su fundador y por la otra las diversas Bulas Pontificias que la reconocen. A ello se une el reconocimiento que a lo largo de su historia la Orden recibió de los diferentes reyes, según veremos más adelante. Diferencias existentes entre las Órdenes

7

Luis Valero de Bernabé y Martín de Eugenio: “L’Ideale della Cavalleria in Spagna e la sua ricezione nell’Ordine Equestre del Santo Sepolcro di Gerusalemme”, Págs. 453 a 456. Ponencia presentada al “Colloquio Internazionale Militia Sancti Sepulcri”, Ciudad del vaticano, 1998.

6

En principio, podemos decir que es cierto que existían diferencias entre ellas, pero eso no es contrario a que todas fueran Ordenes de Caballería, pues entre ellas se daban tanto elementos comunes esenciales, como elementos diferenciadores secundarios. Las Ordenes Militares de Palestina nacen todas con un doble carácter a la vez religioso y laico, si bien unas veces el objetivo principal es hospitalario, como en el caso de las Ordenes de San Juan, mas tarde denominada de Rodas y de Malta; de la Orden de Santa María, después llamada Teutónica; y de la Orden de San Lázaro. En todas ellas sus hermanos enfermeros serían los primeros Caballeros de estas órdenes Hospitalarias. Mientras que la Orden del Santo Sepulcro nace sobre la base de un convento al que protege una guardia de honor, por lo que esta orden a la vez fue siempre religiosa y militar bajo la figura del monje guerrero que con el tiempo se decantaría en sus dos brazos de Canónigos y Caballeros. La única Orden que nace con un carácter estrictamente militar fueron los templarios, lo que les llevaría a convertirse en un estado prácticamente independiente dentro del reino latino de Jerusalén y a luchar solo por los intereses y engrandecimiento del Temple, lo que les apartaría del espíritu cristiano y les llevaría a chocar con todas las autoridades cristianas, levantándose voces que pedían su disolución que cien años más tarde les llevaría irremediablemente, cuando parecían más bien una república mercantil que una Orden de Caballería. Carácter canonical o militar de la Orden Sepulcrista En estos últimos años se ha puesto de moda entre ciertos autores el referirse llamando Orden Canonical a la del Santo Sepulcro, según hemos podido incluso comprobar en la redacción del título de algunas de las ponencias presentadas a estas IV Jornadas. Se trata de un nombre cuando menos equívoco pues con él se se tergiversa la historia de la Orden Sepulcrista, reduciendola a un grupo de canónicos entregados a sus preces y a administrar su patrimonio, lo que indudablemente no responde a la realidad histórica de la Orden. Es igualmente un nombre apócrifo pues no aparece en ningún antiguo documento en los que se menciona a la Orden Sepulcrista, ni fue utiliado jamás por sus coetaneos para referirse a ella.

7

En el Libro sobre Historia de la Orden, recientemente publicado8, me he dedicado a demostrar entre otras cosas el indudable carácter militar de la misma, aportando numerosos testimonios y documentos; así como explicando las circunstancias que demuestran el carácter militar que se remonta a la toma de Jerusalén como culminación de la I Cruzada. Ahora en esta exposición voy a partir de la tesis defendida por los contrarios a reconocer el carácter militar de la Orden. Éstos suelen partir del supuesto que la Orden del Santo Sepulcro es una Orden puramente Canonical creada por Godofredo de Bouillón al encargar a veinte clérigos latinos para que se ocuparan de mantener el culto divino dentro del templo del Anástasis, pues según dicen “los guerreros francos no podían concebir una catedral sin su respectivo cabildo de Canónigos”9. Si bien se puede poner una primera objeción a esta tesis, pues, según los cronistas de la Primera Cruzada, Godofredo de Bouillón expulsó a unos presbíteros cismáticos que hasta entonces se habían encargado de mantener el culto y los substituyó por presbíteros latinos llegados con los cruzados; luego, anteriormente a éstos sacerdotes latinos que constituyen los primeros miembros de la nueva orden canonical, ya existían en dicho templo otros sacerdotes también cristianos, aunque pertenecientes a la Iglesia Ortodoxa, que cumplían la misma función que los nuevos canónicos sepulcristas desempeñarían. Pero no entran en más detalles sobre quienes eran esos otros clérigos, a los que las más antiguas tradiciones remontan su piadosa actuación a los tiempos inmediatos a la pasión y muerte de Nuestro Señor, en tiempos de Santiago el Menor, primer Obispo de Jerusalén. Además está documentado que la Emperatriz Santa Teodosia, madre de Constantino I que por el Edicto de Milán del año 313 proclamó al cristianismo como religión oficial del Imperio Romano, llevada de su fervor religioso mandó construir a sus expensas un soberbio templo alrededor del Santo Sepulcro y se encargó de dotarlo convenientemente de un cabildo de sacerdotes prebendados que se encargaran de los oficios religiosos, debiendo resaltar que en aquellos tiempos Judea era una provincia romana y que estos primeros canónigos, o como queramos llamarlos, dependían en último lugar del Obispo de Roma hasta que se produjo el Cisma de Cerulario y la separación de

8

Ver: Valero de Bernabé. Luis: Historia de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, Caps. I y III, Lugartenencia de Castilla y León, Madrid, 2001 9 Martínez Díez, Gonzalo: La Orden y los Caballeros del Santo Sepulcro en la Corona de Castilla ,pág.22, Editorial La Olmeda, Burgos 1995

8

las Iglesias. En todo este tiempo, y pese a las adversas circunstancias de la invasión islámica, se logró mantener el culto religioso en el templo del Anástasis. Luego, un simple cambio de canónigos, ordenado realizar por Godofredo de Bouillón al ejemplo de lo que sucedía en numerosos templos occidentales, no explica en absoluto la necesidad de tener que constituir una Orden Canonical, pues si de cada cabildo encargado del culto en un templo cristiano de debiera constituir una Orden habría innúmeras en toda Europa, tantas como cabildos catedralicios o de colegiatas, lo que indudablemente no sucedía así. La visión que nos dan estos historiadores de unos canónigos airados, que lo mismo se arrodillan, rezan y ayunan para ejercer su ministerio que trocan sus cruces por espadas y acompañan a los ejércitos de los Reyes de Jerusalén en sus contiendas, es totalmente ajena a la realidad histórica; pues en el Concilio de Coyanza del año 1.050 se había prohibido terminantemente el que los clérigos portaran armas y lucharan en las guerras, ya que su misión no era combatir sino rezar, prohibición que en los siglos XI y XII seguía aún vigente. Además esta versión tremendista carece de toda lógica histórica, pues frente al ascetismo, penitencias, ayunos y rezos propios de unos canónicos inmersos en interminables ritos litúrgicos, se contrapone la necesidad de mantenerse adiestrado en el ejercicio de las armas, la equitación y el fortalecimiento del cuerpo propio de los caballeros, nada es más diferentes que el estilo de vida seguido por unos y otros. El monje reza y el caballero guerrea. Los contrarios al carácter militar de la Orden tratan de tergiversar el hecho innegable de las prestaciones militares de la Orden sepulcrista, recurriendo a decir que cuando las crónicas se referían a los Guardianes del Santo Sepulcro, encargados de proteger el sagrado templo y cumplir con los deberes feudales con los reyes de Jerusalén, no eran más que simples mercenarios pagados por los Canónigos sepulcristas y a los que dichos autores niegan todo carácter de Caballeros. Es curioso observar la incongruencia que supone el pretender que en la Jerusalén cristiana, a la que tantos caballeros peregrinos acudían llevados por su devoción, hubiera que recurrir a pagar sus servicios cual si de vulgares mercenarios se tratase cuando voluntariamente estarían encantados de poder prestarlos sin contraprestación económica alguna, salvo claro está la de su propio mantenimiento a expensas del patrimonio de la Orden como era costumbre de los guerreros medievales. 9

El hecho que la Orden atendiera con su patrimonio al mantenimiento de los Caballeros que la servían era común en todas las otras ordenes militares, debido al voto de pobreza que sus caballeros realizaban, pues éstos se entregaban a la Orden y ésta cubría todas sus necesidades. Tenemos el caso de caballeros templarios y hospitalarios que también eran mantenidos por sus propias Ordenes sin que esto les hiciera perder su cualidad de caballeros no les convirtiera en mercenarios. Igual ocurría con los caballeros sepulcristas por lo que consideramos una falacia el querer convertirlos en simples mercenarios, solo por que eran mantenidos por la Orden, según pretenden algunos de sus detractores ignorantes del espíritu de la Sociedad Estamental y el equilibrio que existía entre los Oratores (rezan), Bellatores (combaten) y Laboratores (trabajan).. - Los Assises de la Orden del Santo Sepulcro: Se denominan así los primitivos Estatutos que les dio Godofredo de Bouillón en el año 1.100 y en los mismos se regulan los deberes y obligaciones de los caballeros y los clérigos sepulcristas, distinguiendo perfectamente entre ellos. Si bien el texto original se perdió como muchos otros documentos, incluidos los archivos de la Orden, con la caída de Jerusalén en el año 1.187, ha llegado hasta nuestros días la copia de los mismos que en el año 1.149 mandó realizar en Jerusalén el rey Luis VII de Francia para que sirviera de norma para la Cofradía de la Orden del Santo Sepulcro que al ejemplo de esta Orden constituyó en Francia y para la que redactó unos Assises o Estatutos similares a los que la Orden tenía desde su fundación.10 En este documento11 se establece que Godofredo de Bouillon se reservó para sí el Maestrazgo de la Orden que, a su muerte, pasaría a los Reyes Latinos de Jerusalén. En el mismo se establece dos categorías de miembros de la Orden: Miles (Caballeros) y Presbyteri (Canónigos), además de mencionar a los Viatores (Peregrinos) que se acogían a su amparo, como consta recogido en varios de sus cánones. Se denomina a la Orden Sepulcrista

como Orden de Caballería y no se menciona para nada el nombre de

Canonical12. Se recoge que los reyes delegaban su mando en un Tenente 13, y se desarrolla 10

CASTRO BARBEYTO: “La Orden Militar del Santo Sepulcro” folio 71 vuelta y folio 83. Archivo de la Orden del Santo Sepulcro. 11

STATUTA ET LEGES A ......GODOFREDO BUILLONIO, SUMMIS ORDINIS EQUUESTRIS SANCTISSIMI SEPULCHRI D. N. JESU CRIHSTI, PRINCIPUS AC MAGISTER LATAE, QUAM ETIAMNUN IN ARCHIVIS EJUSDEM ORDIBIS JEROSOLYMITANE IN ORBIS ADSERVANTUR, cuya traducción es: “Estatutos y Leyes

Presentados por... Godofredo de Buillón, Príncipe y Maestre de la Gran Orden Ecuestre del Santísimo Sepulcro de N.S. Jesucristo, conservados en los Archivos de la propia orden”. 12

Summis Ordinis Equuestris Sanctissimi Sepulchri D. N. Jesu Crihsti

10

las obligaciones que tenían los Caballeros, “proteger con las armas, combatir y hacer la guerra”14, y los Canónigos, “rezar y celebrar los oficios divinos en la Iglesia del Santo Sepulcro”15.

- Las Bulas Pontificias: En el año 1118 el Papa Pascual II aprobó la Orden de Frates del Santo Sepulcro, el Papa Calixto II los confirmó los estatutos en el año 1122 por su Bula “Gerardo Priori et eius, fratibus in Ecclesia Sancti Sepulchri..” Sus sucesores los Papas Honorio II en el año 1128, e Inocencio II, el 10 de Marzo de 1130, también ratificaron dichos estatutos y les concedieron diversos privilegios . El Papa Celestino II recibió bajo la protección de la Santa Sede a la Orden del Santo Sepulcro, por Bula Pontificia de 10 de enero de 1144 y le confirmaba sus bienes y donaciones recibidas del duque Godofredo y de los dos reyes Balduino. 16 Su sucesor en el solio pontificio Eugenio III por Bula de 13 de Julio de 1146, confirmó todas las gracias y privilegios dados por sus predecesores los pontífices Calixto, Honorio, Inocencio, Celestino y Lucio al Santo Sepulcro, ampliándolos con nuevos privilegios por su Bula de 7 de Mayo 1148. Es de destacar que en estas Bulas el Papa Eugenio III distingue claramente el doble carácter de clérigos y de caballeros de los freiles de la Orden del Santo Sepulcro, al indicar refiriéndose a ellos que “profesan la vida regular tanto como la milicia” además que les confirma las diversas posesiones que habían recibido tanto del rey Fulcro de Jerusalén como de los Patriarcas Latinos de Jerusalén, entre ellas el castillo de Mahomenia en Jerusalén, el castillo de Fenísolo en Jaffa, el castillo de Gitte en Trípoli cuya defensa les había sido encomendada, así como varias iglesias y monasterios en dicho reino. También les confirma el castillo de Mirambel con todas sus pertenencias que 13

Vide Canón nº IX: “Quod dictus noster locum tenens...”. Vide canón XII y XIV. “a nobis aut locum tenens in nostra absentia..”. 14 Vide canón XVIII: “Quod quatuor milites dicti ordinis nocte dicta die Veneris usque ad meridien diei sequentis inhonores et reverentiam Domini Nostri Jesu Christi..”, y Vide canón V: “...in nostro servitio et exercitu strenuos et magnanimos in praetatos infideles sese gesserunt”. Vide canon XXV: “... pro bellis gerendis contradictos infideles...”. Vide canon XXX: “...dicti milites.... arma suscipient..”. 15 Vide canón XXIII: “..Presbyteris officium divinum in dicta Ecclesiae Sancti Sepulchri celebrantibus”. Vide canon XIX: “Quod omnes Presbyteri....continuas preces...” 16 El Texto de dichas Bula Pontificias se ha tomado del “Magnun Bullarium Romanun”, edición de 1859 en Turín (Italia), Tomo II, págs 471/473 reproduciéndose tanto en Latín como en su traducción al Español, conservándose así en el Tomo 72-I de los Manuscritos del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro en la basílica de San Francisco de Madrid.

11

habían recibido en Urgell (España), lo que viene a demostrar una vez más su carácter militar. 17 - El Reconocimiento de los Reyes: Si la Orden Sepulcrista hubiera sido una orden exclusivamente canonical o religiosa, como pretenden los detractores de la misma, mal se explica que los diferentes monarcas europeos hubieran intentado introducirla en sus reinos o situarla bajo su dirección. Tenemos el testimonio histórico que varios monarcas de naturaleza guerrera y caballeresca, y a los que la Historia no considera como ejemplo de devoción religiosa, como son Alfonso I de Aragón, Luis VII de Francia y Enrique II de Inglaterra, la introdujeron en sus reinos, convirtiéndose en sus protectores y honrándola con múltiples privilegios. a) Alfonso I de Aragón Monarca batallador por excelencia y con difíciles relaciones con las jerarquías eclesiásticas que se oponían a su matrimonio con Doña Urraca, a quién su amigo y confidente el Obispo Esteban de Huesca, peregrino en Tierra Santa, le hablaría de la Milicia Sepulcrista que desde la reconquista de Jerusalén por los cruzados, en el año 1.095, formaba parte integrante de los ejércitos de los reyes de Jerusalén, participando en todos sus combates y le serviría de ejemplo para crear en sus Estados en el año 112218. una proto-Orden denominada la Cofradía Militar de Belchite19. Debemos destacar que la Orden del Temple constituida por seis caballeros sepulcristas en el año 1.118, no sería realmente reconocida hasta el Concilio de Troyes del año 1.128, por lo que no pudo servir de precedente para la Cofradía de Belchite, instituida seis años antes como hemos dicho. Además, tras éste primer precedente, y no satisfecho enteramente con los resultados obtenidos por estas órdenes autóctonas, pidió la ayuda de los caballeros sepulcristas para instituir una Orden Militar a semejanza de las Órdenes Militares de

17

El Texto de dichas Bulas Pontificias se reproduce también tanto en Latín como en su traducción al Español, conservándose así en el Tomo 72-I de los Manuscritos del Archivo de la Orden del Santo Sepulcro en la basílica de San Francisco de Madrid 18 En sus estatutos se decía que cualquier cristiano, clérigo o laico, que sirviese como cofrade, defendiendo el castillo de Belchite por un año, le valdría lo mismo que si hubiera ido a Jerusalén en cuanto a la remisión de sus pecados 19 UBIETO ARTETA, Antonio: “Historia de Aragón: La Formación Territorial”, págs 164-166, Vol. I, Anubar Ediciones, Zaragoza, 1981

12

Palestina.20 Tomando como sede de la misma la nueva ciudad que mandó construir en terrenos ganados a la morisma, junto al río Jiloca, y a la que llamó Monreal, es decir “mansión del rey celestial”, instituyó en ella en el año 1.128 una Milicia de Cristo21 como confraternidad de clérigos y caballeros, sobre la base de la Milicia sepulcrista de Jerusalén, según nos relata el cronista aragonés Zurita22, y que dependía de la orden del Santo Sepulcro23. Su idea, era, con la ayuda de esta Orden de Caballería, poder vencer a los musulmanes de este lado del mar y así abrir el camino marino que conducía a Tierra Santa. Sería confirmada por un Sínodo de Obispos y sus miembros recibirían diversas indulgencias, muy similares a las que obtenían los que iban a luchar a Palestina.24 A mayor abundamiento debemos destacar que en su testamento emitido en el mes de octubre de 1.131, a falta de herederos directos, dejaba sus reinos y señoríos a las tres ordenes de caballería del Santo Sepulcro, del Temple y del Hospital, mencionadas por este orden de importancia, lo que sería destacado por un segundo testamento emitido en Cariñena, el día 14 de julio de 1.134 y que a éste respecto deseo insistir en las conclusiones que se derivan de este testamento, como ya expuse anteriormente, 1º.- Se trata de un documento fehaciente que ha llegado hasta nuestros días y de cuya autenticidad no cabe duda alguna. 2º.- La experiencia que había tenido con las tres ordenes militares, y su implantación en España que él había propiciado, le llevaron a creer que tras su muerte solo éstas tenían la capacidad militar necesaria para defender y mantener unidos sus reinos. 3º.- En él se instituye a la Orden del Santo Sepulcro corregente del reino de Aragón, con los mismos derechos y prerrogativas que la Orden Hospitalaria de San Juan y que la Orden del Temple. 4º.- Debemos destacar el hecho incuestionable que en el testamento se considera a los sepulcristas exactamente iguales a los templarios u hospitalarios, equiparando en todo a estas tres ordenes militares, sin distingo alguno en cuenta a las prerrogativas de gobierno. 5º.- Se trata del testamento de un monarca esencialmente guerrero y poco amigo de la intromisión de los clérigos en el gobierno, a los que con razón imputaba

20

CASTRO Y BARBEYTO, Doctor, “Diccionario Histórico de las Órdenes Religiosas y Militares”, Tomo II, pág. 427. Madrid, 1793. 21 LACARRA Y DE MIGUEL; Jose María: “Documentos para la Reconquista y Repoblación del Valle del Ebro”, EEMCA II, 1947-48, nº 151 22 ZURITA, J. Anales de la Corona de Aragón”. Libro I, XLV 23 CORRAL LAFUENTE; Jose Luis: “La Comunidad de Aldeas de Daroca, en los siglos XIII y XIV: Origen y Proceso de consolidación”, pág. 21 Institución “Fernando El Católico”, Zaragoza, 1987 24 UBIETO ARTETA, Antonio: op. cit. pág 169

13

el fracaso de su matrimonio al que se habían opuesto por razones exclusivamente políticas. En consecuencia el testamento del rey Alfonso I – cuyo original se ha conservado completo hasta nuestros días - constituye un documento fehaciente, que echa por tierra las tesis de los que niegan el carácter militar de la Orden del Santo Sepulcro y la sitúan en posición inferior a la Hospitalaria y la del Temple. Si bien no faltan entre los detractores de la Orden quienes, al no poder negar la existencia y validez del testamento real, tratan de tergiversarlo.25 b) Luis VII de Francia La Orden del Santo Sepulcro gozó siempre de una gran consideración en Francia, gracias a la profunda devoción que los reyes franceses sintieron siempre por los Santos Lugares, erigiéndose en protectores de la Orden, cuya relación con la Corona francesa se remonta a 1146, año en el que una intensa ofensiva musulmana hizo peligrar al Reino Latino de Jerusalén, por lo que su rey Balduino III llamó en su auxilio al rey de Francia Luis VII (1137/1180), quien decidió emprender la II Cruzada. El monarca francés, que se aposentó durante algún tiempo en la ciudad de Jerusalén, se sintió muy especialmente atraído por la Orden, dada su fidelidad a los reyes de Jerusalén y los servicios que prestaba, muy superiores a las demás Ordenes cruzadas.

25

Si bien, en las III Jornadas sobre la Orden del Santo Sepulcro uno de los ponentes, brioso defensor de los templarios, negó todo carácter militar tanto a los sepulcristas como a los hospitalarios, aprovechándose de la confianza que le habían otorgado para tratar sobre la Orden del Santo Sepulcro y la formación del Reino de Jerusalén, lanzó un furibundo ataque contra la existencia de la misma y realizó una peculiar interpretación del Testamento de Alfonso I en la que solo los templarios eran los verdaderos caballeros, pues los hospitalarios no eran para él mas que unos simples enfermeros, justificando su inclusión en el testamento por su carácter meramente asistencial en lo humano, mientras que los sepulcristas no eran más que unos clérigos y su inclusión en el testamento solo se hizo por la preocupación que el rey tenía por la salud espiritual de sus súbditos; Así según dicho autor, para el monarca Batallador solo contaban los templarios en la defensa del reino; mientras que los sanjuanistas solo estaban mencionados por su protección caritativa a pobres y enfermos, y los sepulcristas para que ayudaran con sus rezos. Tras estas peregrinas disgresiones no consideraba necesario entretenerse a explicar por qué un monarca eminentemente guerrero, y que en su vida tuvo graves enfrentamientos con la jerarquía eclesiástica, en su testamento deja también su reino a unos clérigos (sepulcristas) y a unos simples enfermeros (hospitalarios) equiparándoles en todo a los verdaderos guerreros (templarios), según el citado autor. Desde la perspectiva que nos dan los años, esta tesis adelanta, al menos en cien años, el gran poder que llegaron a reunir los templarios en el siglo XIII muy superior al de las otras dos ordenes citadas, pero olvida que en el año 1131, en que fue dictado el primer testamento de Alfonso I, la Orden del Temple acababa prácticamente de ser fundada pues era la más moderna de las tres. De ahí que la interpretación que da dicho autor caiga en un grave anacronismo histórico. Ver: GARCÍA-GUIJARRO, Luis: “El contexto histórico de la aparición de la Orden del Santo Sepulcro: la formación del Reino de Jerusalén”, III Jornadas de Estudio: La Orden del Santo Sepulcro, Zaragoza, 1999.

14

Luis VII se dio cuenta de inmediato de las ventajas que supondría para la Corona poder establecer la Orden del Santo Sepulcro en sus reinos. El monarca se cruzó Caballero, y al regresar a Francia dejó un Teniente suyo en Jerusalén para que le representase ante la Orden. Con la finalidad de atraérsela otorgó diversas concesiones tanto a la Orden como a sus caballeros, a los que confirió a perpetuidad los mismos privilegios que gozaban los oficiales de la Corona francesa. Además, como Protector de Jerusalén, quiso serlo también de la Orden del Santo Sepulcro, y añadir este título al de “Rey Cristianísimo” que ostentaba, fundando en Francia, a tal efecto, una Cofradía de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro, para la que redactó en el año 1.149 unos Assises o Estatutos similares a los que la Orden tenía desde el año 1.099 y que se han conservado hasta nuestros días.26 Se llevó consigo a veinte caballeros sepulcristas a fin de poner en funcionamiento esta nueva orden en Francia y sobre esta base estableció el Priorato sepulcrista de Orleans, por “Lettres Patentes” de 1152, autonombrándose Gran Maestre de la filial francesa, en la que podrían entrar aquellos caballeros galos que además de probar su nobleza manifestasen su deseo de ayudar al sostenimiento bélico del Reino Latino de Jerusalén, comprometiéndose a que cien caballeros franceses marchasen a Jerusalén mandados por un Teniente, relevándose cada dos años, a fin de apoyar con sus armas al Rey de la Ciudad Santa. A partir de Luis IX, sus sucesores en el trono francés, así como sus hijos e hijas, se registraron siempre en la Real Hermandad -que estuvo en todo momento bajo la protección de los reyes de Francia hasta la Revolución Francesa de 178927-. Durante este periodo los monarcas franceses trataron en varias ocasiones de hacerse con el Maestrazgo de la Orden que disputaban a los reyes españoles, pues éstos como sucesores de los reyes de Jerusalén tenían en principio un mejor derecho, como lo prueba la elección de Felipe II como Gran Maestre de la Orden, que sería contestado por Francia. C) Enrique II de Inglaterra:

26

CASTRO BARBEYTO: “La Orden Militar del Santo Sepulcro” folio 71 vuelta y folio 83. Archivo de la Orden del Santo Sepulcro. 27 Así lo ratificaron por “Lettres Patentes” los reyes Luis X en 1316, Felipe de Valois en 1328, Juan en 1355, Carlos V en 1365 y Carlos VI en 1385.

15

El monarca inglés Enrique II (1154/1189) impresionado por la labor que cumplían los Caballeros del Santo Sepulcro y por la fidelidad que prestaban a los reyes latinos de Jerusalén - muy superior a las obligaciones feudales de los caballeros para con su rey -, tan pronto regresó de su peregrinación a Tierra Santa en el año 1174 decidió fundar en sus Estados una Orden de Caballería parecida a la del Santo Sepulcro que había conocido en Jerusalén, que fue confirmada por el Papa Inocencio III en 1199, imponíendose a sus caballeros la regla de San Basilio. Se estableció en Warwick, desde donde se extendería por Escocia y Gales.28 Tenía conventos en Cambridge y en Northampton, y sus caballeros llegaron a alcanzar gran predicamento en la Corte inglesa, disolviéndose tras el cisma de Enrique VIII, uniéndose la mayor parte de ellos a la Orden de San Juan de Rodas.29

Conclusiones: En conclusión podemos decir que en la Orden Sepulcrista se dan los tres elementos propios de una Orden de Caballería: Constitución, Bulas Pontificias y Reconocimiento regio. Los Pontífices la reconocieron como tal Orden ecuestre y la concedieron diversos privilegios en sus Bulas, cual si de una Orden de Caballería se tratara, y los Reyes de las más poderosas monarquías europeas la implantaron en sus reinos constituyendo Ordenes y Cofradías Caballerescas organizadas según su ejemplo y estatutos. Luego, siguiendo con nuestro razonamiento, podemos preguntarnos ¿a que viene esta decisión regia?; pues si se trata de una simple Orden Canónical ¿para que seguir su ejemplo?. ¿Es que los reyes de Francia, Inglaterra y España no tienen ya suficientes cabildos catedralicios en sus estados, como tener que constituir a su imagen una Orden de Canonical más en sus reinos?. Si como pretenden algunos autores la Orden Sepulcrista hubiera sido una orden estrictamente canonical y no de caballería, entonces ¿que encontraron sus coetáneos, Papas y Reyes, en un Cabildo de Canónigos para que éste recibiera tal consideración y privilegios?. Entonces, ¿a que viene esta confusión entre canónigos y caballeros?, ¿acaso sus propios coetáneos, estaban equivocados o tal vez los citados autores de hoy en día

28

BRUNO RIGALT, Nicolás, “Diccionario Histórico de las Órdenes de Caballería”, pág. 218. Tipog. Ramírez, Barcelona, 1858. 29 PASSINI-FRASONI, Conde de, Op. Cit. Pág. 58

16

contrarios a la Orden yerran en su apreciación y resulta que los sepulcristas no eran solo canónigos sino también caballeros?, es decir monjes-soldados como los hospitalarios y los templarios. Evolución de la Orden Sepulcrista En la historia de la Orden se pueden distinguir tres fases pecfectamente diferenciadas, aunque manteniéndose siempre un estrecho vínculo de unión entre todas ellas: 1.- Una primera fase denominada Heroica que transcurre en Tierra Santa entre los años 1.099 y 1.247, encargándose de proteger el Santo Sepulcro y ayudar militarmente a los reyes de Jerusalén, de quienes dependía directamente pues en ellos recaía el Maestrazgo de la Orden. Si bien éstos lo tenían delegado en un Lugarteniente y en el Gran Prior Sepulcrista, pues la Orden mantuvo siempre por su doble carácter militar, en sus Caballeros, y religioso, en sus Canónigos30. La Orden mantenía guarniciones mientras Jerusalén estuvo en manos de los cristianos. Las Cronicas nos hablan de los Caballeros que hacía guardia permanente ante el Santo Sepulcro y de los Custodios o Guardias armados que en número de quinientos debían proveer al ejército de los reyes de Jerusalén, así como de su participación en numerosas batallas31. 2.- Una segunda fase denominada Peregrina que transcurre ya en Europa, entre los años 1.247 y 1.847, caracterizada por la desaparición del Reino Latino de Jerusalén y la fragmentación de la Orden en seis grandes Prioratos: Capua (Italia), Calatayud y Toro (España), Orleans (Francia), Miechow (Polonia) y Warwick (Inglaterra), hasta que a consecuencia de la Bula de Inocencio VIII de 1.48932 se redujeron a tres: Calatayud (España), Orleans (Francia) y Miechow (Polonia). Debemos destacar el hecho que la Bula “Cum solerti meditatione pensamus....” que declaró la estinción entre otras de la Sancti Sepulchri Doimini Jerosolymitani Ordinis y su anexión a la Orden Hospitalaria de

30

COURET, Comte Alphonse: “L’Histoire de L’Ordre du Saint Sepulchre”, pág. 465 y ss. Herluison Editeurs, París 1987. 31 VALERO DE BERNABÉ, Luis: Vide lo concerniente a La Milicia Sepulcrista, en el Historia de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, págs. 46 a 50. 32 El Papa Inocencio VIII, decidió incorporar la Orden Sepulcrista con todos sus bienes a la de San Juan de Rodas, a fin de resarcir a ésta de los fuertes quebrantos que había sufrido durante el asedio otomano, promulgando la Bula “Cum solerti meditatione”, de fecha 28 de Marzo de 148932, que provocó la protesta

17

San Juan, no se menciona para nada el equívoco término “Canonical” al que antes nos hemos referido. En esta fase se observa que la Orden conserva un estricto espíritu nobiliario y su control es disputado por la Santa Sede33 y por los reyes de las dos más importantes monarquías europeas, España34 y Francia35, que quieren ejercer su maestrazgo. En el año 1746 la Santa Sede decide la polémica atribuyéndose en exclusiva el control de la Orden de Caballeros del Santísimo Sepulcro de Jerusalén por Breve de Benedicto XIV36: 3.- Una tercera fase denominada Protectora que se inició en el año 184737 y llega hasta nuestros días. En dicha fecha se produce la Restauración del Patriarcado Latino de Jerusalén logrado por el Concordato firmado con el Sultán de Turquía e inmediatamente se vuelve a tratar de la Orden de Caballeros del Santo Sepulcro, reconociendo sus

de los reyes de España, Francia y Polonia resolviendo no obedecerla, siendo respetada únicamente en los Estados Pontificios 33 El pontífice Alejandro VI se declaró Gran Maestre de la misma para sí y sus sucesores, y concedió la facultad al Guardián del Santo Sepulcro, como Vicario Apostólico en Tierra Santa, de conferir la Orden a los peregrinos llegados a Jerusalén que diesen una ofrenda al efecto y jurasen que eran de noble linaje. 33 Diversos autores insisten en la exigencia de nobleza a los nuevos caballeros bajo solemne juramento de que lo eran en sus países de origen y tenían bienes suficientes para vivir de acuerdo con su condición, sin tener que recurrir al comercio.33 Además debían estar dispuestos a defender la religión cristiana e incluso morir por ella en guerra contra los infieles, perseverando siempre en defender la idea de organizar una nueva Cruzada para rescatar los Santos Lugares. 34 26 de marzo de 1558 en la Iglesia Colegial de Santa Catalina de la ciudad flamenca de Hoschtraten (Cambray), acordaron por unanimidad elegir como Gran Maestre al rey Felipe II de las Españas, que administraba ya las órdenes de caballería españolas y que se había distinguido siempre por su devoción y ayuda a los Santos Lugares. Al ser comunicada la decisión al rey Felipe II, éste la acogió con gran jubilo, y la aceptó como sucesor de los antiguos Reyes Latinos de Jerusalén para sí y para su hijo y sucesor el príncipe Don Carlos, aunque condicionada a la ratificación final de la Santa Sede. Seguidamente el Notario Público levantó nota de la aceptación real, realizada en presencia de ilustres testigos . 35 Luis XIII, ante la imposibilidad de conseguir para sí el Maestrazgo de la Orden del Santo Sepulcro, y vista la frustrada tentativa realizada por la Corona Española medio siglo antes, impulsó y favoreció en 1616 el que un noble francés, el duque Carlos de Gonzaga - Par de Francia, Príncipe de Mantua y Duque de Nevers y Cleves, descendiente de los basileos bizantinos - pretendiera la concesión del Maestrazgo de la Orden Caballeresca del Santo Sepulcro a fin de revitalizarla con su unión a la Archicofradía Francesa del mismo nombre, haciéndose cargo de ambas como Gran Maestre bajo la protección de la Corona francesa. Luis XIV de Francia, por real edicto de 28 de Mayo de 1700, tomó bajo su protección a la Orden del Santo Sepulcro, al igual que la Real Archicofradía del mismo nombre, ordenando que en adelante ambas instituciones quedasen bajo la protección de la corona, encargada de velar por la integridad de ambas, al igual que hacían los Reyes de España con las Órdenes de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa. Napoleón y Luis XVIII siguieron con la misma inntención de hacerse con el maestrazgo de la Orden. 36 Breve de 7 de enero de 1746 37 Breve de Pió IX de 23 de julio de 1847. En el párrafo XXI se ordenaba a la Sagrada Congregación de la Propagación de la Fe que estableciera una Instrucción desarrollando las relaciones del Patriarcado con las otras instituciones religiosas, y como consecuencia de ello se dictó está el 10 de diciembre de 1864, y en su párrafo VII se refería a los Caballeros del Santísimo Sepulcro, indicando permanezcan en vigor todas las cosas sancionadas antes acerca de ellos y se reconocía el privativo derecho del Padre Guardián de seguir armando Caballeros.

18

privilegios y todo lo anteriormente regulado por la Iglesia sobre ella38. La Santa Sede procede a restaurar la Orden de Caballería del Santo Sepulcro, a la que reconoce “una gran antigüedad”39 y sigue diciendo el Papa que “le consta por documentos fidedignos” que desde el siglo XV el Padre Guardián del Santo Sepulcro, residente en Jerusalén, admitía ya por concesión apostólica como Caballeros a varones beneméritos en esta Orden de Caballería del Santo Sepulcro40 y se le ratifica para que pueda seguir ejerciendo dicho privilegio41. Debemos destacar que en ningún caso aparece mencionada la palabra Canónical en los citados Breves Pontificios, pues en ellos el Papa Pio IX se refiere siempre a la antigua Orden de Caballeros, a los que años tarde se incorporarían también las Damas, al autorizarse su ingreso en la Orden42. Actualmente somos caballeros pacíficos, aunque debemos añadir que el coraje y la perseverancia requeridos para poder cumplir con nuestra misión en estos tiempos no son menores que los necesitados antaño. Si bien sus caballeros han cambiado la fuerza de las armas por la solidaridad fraternal, combaten ahora mediante su testimonio personal, recordando con su palabra las dramáticas circunstancias por las que atraviesan hoy en día los cristianos que habitan en Tierra Santa y promoviendo y financiando iniciativas de asistencia y desarrollo en la zona. Hoy en día somos una Orden Ecuménica, extendida por todo el orbe católico, presente en muchos países en los que no existía tradición alguna de la Orden, por lo que para ellos, a veces, es difícil comprender y valorar el rico patrimonio histórico de una Orden de reciente implantación en ellos. Mientras que en España, desde sus inicios en el siglo XII, siempre ha estado presente la Orden Sepulcrista, concretándose esta presencia en la Colegiata de Calatayud, punto de encuentro de los Caballeros y Damas pertenecientes a las dos Lugartenencias, España Occidental y Oriental, por las que actualmente se encuentra representada la Orden en España. Pudiendo añadir que los Caballeros de ambas Lugartenencias españolas, laicos y religiosos, tenemos el privilegio que cuando nos reunimos en Capítulo, en las ceremonias religiosas de dicha Colegiata, gozamos de los honores y privilegios de los Canónicos de San Agustín, según se establece

38

Decreto de 9 de septiembre de 1851 Breve de Pío IX de 24 de enero de 1868, “Cun Multa...”, literalmente declarado en su artículo 4º 40 Breve de Pío IX de 24 de enero de 1868, “Cum Multa...”, literalmente declarado en su artículo 5º 41 Breve de Pío IX de 24 de enero de 1868, “Cun Multa...”, art. 21. 42 Breve de León XIII, de 3 de agosto de 1888. 39

19

en sus Constituciones43; lo que es demuestra el doble carácter religioso-militar de nuestra Orden, aunque ésta es la única referencia canonical aplicable a los Caballeros Sepulcristas, y únicamente válida para el caso de España, lo que explica y justifica la existencia de nuestro Habito de Coro. En ambas Lugartenencias españolas se conservan las antiguas tradiciones de la Orden, pues según palabras del Cardenal Furno, Gran Maestre de la Orden, “España es el único país en el que las tradiciones históricas de la Orden se han conservado ininterrumpidamente hasta nuestros días”44, lo que nos hace sentirnos orgullosos de nuestra singularidad y nos compromete a continuar perseverando en nuestro compromiso. En España, por lo tanto, la Orden Sepulcrista se sostiene sobre tres importantes pilares, el primero esencialmente religioso, que nos compromete a practicar un catolicismo ejemplarizante; el segundo asistencial, que nos obliga a defender y proteger la presencia cristiana en Tierra Santa; y el tercero histórico, por el que debemos mantener nuestras antiguas tradiciones propias de ambos Capítulos españoles. Defender estos tres pilares, este es el reto al que se enfrentan los caballeros y damas sepulcristas españoles, pues si nos olvidamos de alguno de ellos, sobre los que se sustenta nuestra singularidad, corremos el riesgo de perder el equilibrio, y rodar por tierra como ocurre a los asientos a los que los falla uno de sus soportes, convirtiéndonos en una simple ONG, o en una Cofradía religiosa más o en una Corporación estrictamente nobiliaria, pues solo si sabemos mantenernos firmes, en nuestra religiosidad, solidaridad con Tierra Santa, ideales y tradiciones, seguiremos siendo una Orden de Caballería. Una Orden cuasi milenaria, como es la Orden Sepulcrista, sin cerrarnos por ello a adaptarnos a las exigencias que se nos requiere para sobrevivir como tal Orden durante este III Milenio.

DEUS LO VULT

43

Constituciones Regalis Eccleiae Collegialis ad Honores Sancti Sepulchri, Capítulo III, Cánones I/IV. Tipología Martínez Moreno, Calatayud (Zaragoza) 1926 44 Pronunciadas con motivo del Jubileo celebrado en Roma en el año 2000.

20

21

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.