La nueva Directiva sobre viajes combinados, una perspectiva desde el \'Big Data\'

Share Embed


Descripción

SEMINARIO SOBRE BIG DATA, CLOUD COMPUTING Y OTROS NUEVOS RETOS PLANTEADOS POR LAS TECNOLOGÍAS EMERGENTES

en particular, su incidencia en el sector turístico

La nueva Directiva sobre

viajes combinados una perspectiva desde el Big Data Palma de Mallorca, 14 de diciembre de 2016

Manuel David Masseno 1

La Nueva Directiva…

I – Una Directiva pendiente de Internet.. 

en la Directiva (UE) 2015/2302 do Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados es patente la búsqueda de respuestas en lo concerniente a los nuevos modelos de negocios, que se queda por los paquetes dinámicos: 

“Además de las cadenas de distribución tradicionales, internet se ha convertido en un medio cada vez más importante a través del que se ofrecen o venden servicios de viaje. Los servicios de viaje no solo se combinan en forma de viajes combinados preestablecidos tradicionales, sino que con frecuencia se combinan a medida. Muchas de esas combinaciones de servicios de viaje se encuentran en una situación de indefinición jurídica o no están claramente incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Directiva.” (Considerando 2) 2

La Nueva Directiva…









a continuación quedan en evidencia las varias posibilidades planteadas, aún buscando una neutralidad tecnológica (Considerandos 9, 11, 12, 13 e 8) lo que tiene consecuencias en la misma definición de ‘viaje combinado’, al señalar las alternativas de personalización del objet del contrato, antes y incluso después de su celebración (Art. 3º 2) a) y b) iv y v) pero también en la identificación de los ‘servicios de viaje vinculados’ (Art. 3º 5 a) y b) sin embargo, la creciente utilización de plataformas tecnológicas basadas en el Big Data por las empresas turísticas se ha quedado fuera de los criterios de la Directiva… que ya nació vieja 3

La Nueva Directiva…

II – ¿Qué hacer con el Big Data en los Viajes? En el Sector de los viajes, mas allá de un mejor soporte a la decisión y de la maximización de eficiencia, el Big Data impacta en la estructuración de la oferta, sobretodo por medio del aprendizaje automático y de un enfoque en las aspiraciones de casa cliente potencial: 

 



 

personalización personalización personalización adicionales personalización desplazamiento personalización personalización

basada en el comportamiento, o en su ausencia basada en sus conexiones en redes sociales basada en lo que se refiere a servicios a lo largo de todo el tiempo del resultante de la localización y incluso resultante de casos fortuitos 4

La Nueva Directiva… 

por ende, todo modelo de negocios basado en el Big Data supone un control, incluso permanente, de los clientes, con: 







datos colectados y tratados en tiempo real datos conservados por tiempo indeterminado, con el objetivo de obtener informaciones aún no evidentes, muchas de ellas ni siquiera previstas, llevando a la creación de perfiles detallados para cada cliente, después utilizados para prever y evaluar sus comportamientos y con anonimización irreversible, incluso con tecnologías PET

por esto tenemos que echar mano del Nuevo Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de Abril, relativo à relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)  sin olvidar la Jurisprudencia Google Spain del TJUE… 5

La Nueva Directiva… 

de lo que resultan múltiples consecuencias, señaladamente: 







su aplicación siempre que el tratamiento tenga por destinatarios residentes en el territorio de la UE, aun si el responsable o el encarga por el tratamiento no estén establecidos en la Unión, o proceda a un control de su comportamiento, teniendo este lugar en aquel (Art. 3º 2 a) y b) el tratamiento debe ser ‘lícito, leal y transparente’, con ‘limitación de las finalidades’ y ‘minimización de datos’, y además con ‘limitación del plazo de conservación’ (Art. 5º 1, a), b), c) y e), lo que condiciona mucho las técnicas de Big Data adicionalmente, queda garantizado un ‘derecho de oposición’ (Art. 21º 1, 2 y 3), además del ‘a la portabilidad de los datos’ (Art.º 20.º), y, asimismo, ‘de supresión’ (‘el derecho al olvido’) (Art. 17.º), reforzados para los tratamientos que tengan por objeto la mercadotecnia directa y con fuertes limitaciones a la creación de perfiles y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas (Art. 4º 4 y Art. 22º) 6

La Nueva Directiva…

Trabajo realizado en el marco del Proyecto: “Big Data, Cloud Computing y otros retos jurídicos planteados por las tecnologías emergentes; en particular, su incidencia en el sector turístico” DER2015- 63595 (MINECO/FEDER)

7

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.