La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y la perspectiva de las políticas lingüísticas en México. 2008

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Yucatán ante la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas Esteban Krotz (coordinador)

Primera edición, 2008 D.R. © Derechos Reservados, 2008 Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y los autores. INSTITUTO NACIONAL DE LENGUAS INDÍGENAS Insurgentes Sur # 1971 (Conjunto Plaza Inn) Torre III, Piso 8, Colonia Guadalupe Inn Delegación Álvaro Obregón C.P. 01020, México, D.F. Tel.: 50-04-21-00 http://www.inali.gob.mx [email protected] UNIVERSIDAD DE ORIENTE Calle 49 s/n entre 10 y 12, Col. San Francisco 97780 Valladolid, Yuc. ISBN: 978-607-7538-02-8 Fotografía de portada: Martha Medina Un Prohibida la reproducción total o parcial de la obra Ejemplar de cortesía, prohibida su venta Impreso en México Printed in Mexico

KGF Yucatán ante la Ley General de Derechos 3536 Lingüísticos de los Pueblos Indígenas / .Y82 Esteban Krotz, coordinador, 2008. 1. Antropología social. 2. Lingüística antro pológica. 3. Maya. 4. Mayas—Península de Yucatán. 5. Indios de México—Cultura. I. Krotz, Esteban. II. t.: Ley General de Derechos Lingüísticos de



los Pueblos Indígenas. ISBN 978-607-7538-02-8

Lib-UADY

Yucatán ante la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas

Yucatán tu táan u noj a’almaj t’aanil u páajtalil u t’a’anal máasewal táano’o’b

Esteban Krotz (coordinador)

Instituto Nacional de Lenguas Indígenas Universidad de Oriente

México 2008

4. La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y la perspectiva de las políticas lingüísticas en México José Luis Moctezuma Zamarrón 1. El origen de la Ley En vista de que en los Acuerdos de San Andrés Larráinzar el tema de los derechos lingüísticos se tocó de forma marginal, algunos diputados buscaron la manera de integrar una ley al respecto, después de que en 1999 la Asociación de Escritores en Lenguas Indígenas presentara su propuesta. La coyuntura estaba dada luego de la controvertida Ley de Derechos y Cultura Indígena, aprobada en 2001, y de los avances en declaraciones y convenios internacionales (como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos de 1996), algunos de ellos firmados por el gobierno mexicano, con los que se ha avanzado sustancialmente en materia de derechos lingüísticos, tanto individuales como colectivos. La relación asimétrica entre el español y las lenguas indígenas evidenció un añejo problema que en la actualidad se hace notorio tanto para los hablantes de lenguas vernáculas, como para académicos y algunos sectores de la sociedad. Este fenómeno fue uno de los aspectos más notorios al momento de comenzar a discutir acerca de 101

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una posible ley emanada de la Cámara de Diputados, y no del Ejecutivo Federal como era común que sucediera. Al interior de la Comisión de Asuntos Indígenas de la LVIII (2002) Legislatura de la Cámara de Diputados, algunos diputados de origen indígena eran bilingües en algún grado, y eso permitió abrir la discusión sobre el problema del mantenimiento de las lenguas indígenas que se hablan en México, frente al intenso proceso de desplazamiento lingüístico del que son objeto en la actualidad. Uno de los más activos participantes en esta dinámica fue el presidente de dicha Comisión, un hablante nativo del zapoteco, de Juchitán, Oaxaca. Él, junto con otros diputados de origen indígena, o de regiones en donde existe una fuerte presencia de alguno o varios grupos étnicos, se dieron a la tarea de proponer una serie de eventos que llevaran a la elaboración de un dictamen que fuera aprobado por ambas cámaras y avalado por el Presidente de la República. El primer paso en este proceso se llevó a cabo el 9 de mayo de 2001 en la Cámara de Diputados con el panel “Protección de las lenguas indígenas de México” (Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados, 2002), en donde varios lingüistas presentamos nuestros puntos de vista acerca del problema ante diputados e interesados en el tema. En la discusión se hizo evidente cierto desconocimiento de los parlamentarios sobre la complejidad de la diversidad lingüística en México, y sobre cómo resolver el conflicto entre el español y las lenguas indígenas. En esa ocasión se hizo la presentación pública de la propuesta de una “Ley Federal de Derechos Lingüísticos”, elaborada por el diputado Uuc-Kib Espadas Ancona. Casi un año después, el diputado Gumercindo Álvarez Sotelo presentó otra iniciativa llamada “Ley General de Lenguas Indígenas”. A partir de esas dos propuestas, se planteó la necesidad de realizar varios foros para conocer las necesidades de los involucrados en la diversidad lingüística en México. En un tiempo relativamente corto se realizaron nueve foros en distintas partes del país en donde existía presencia 102

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indígena. En ellos los diferentes actores plantearon sus necesidades y sus propuestas ante diputados interesados en el problema. Así se vieron reflejados los intereses sectoriales, y nuevamente se hizo patente el poco conocimiento de varios legisladores sobre la realidad lingüística en México, así como sus prejuicios ante las características idiomáticas de quienes utilizan la oralidad como medio principal para comunicarse. Lo acelerado del proceso se debió a los tiempos políticos que se viven en México. Quienes plantearon la creación de una ley de derechos lingüísticos veían la necesidad de votar la ley lo más pronto posible, o de lo contrario su aprobación sería más difícil en otras circunstancias políticas. Para ellos, los tiempos estaban dados en pocas semanas de trabajo. Ante eso, laboraron aceleradamente hasta llegar al final del período legislativo con un dictamen que tenía el consenso de todos los partidos políticos. Durante todo el proceso, algunos lingüistas nos dimos a la tarea de presentar nuestros puntos de vista al respecto. En algunos casos logramos incorporar a la iniciativa ciertos aspectos basados en criterios académicos, pero en otros casos nuestras propuestas no fueron retomadas. Finalmente, se introdujo en la Ley la disposición de crear el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), sin estar presente en las iniciativas de ambos diputados, sin haberse discutido ni en los foros, y sin estar incluido en los primeros borradores del dictamen de ley. Obviamente, algunos académicos no teníamos una posición en contra de un Instituto, pero creíamos que ni estaba lo suficientemente discutido, ni era el lugar en el que debía aparecer; más bien le correspondía aparecer en una ley orgánica derivada, junto con otras que le dieran sustento práctico a ésta. El trabajo académico llevó a conceptualizar una serie de elementos que tienen que ver con este proceso, lo cual permitió sensibilizar en buena medida a los diputados acerca de lo que significaba toda esta problemática (Varios autores 2002a; 2002b —en la primera publicación, colaboraron lingüistas del Instituto Nacional de Antropología e Historia 103

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y de la Escuela Nacional de Antropología e Historia, y en la segunda, académicos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, de la Escuela Nacional de Antropología e Historia, del Centro de Investigación y de Estudios Superiores en Antropología Social [CIESAS] y de la Coordinación de Educación Intercultural Bilingüe de la Secretaría de Educación Pública). Evidentemente, en la Cámara de Diputados hay diversidad no solamente política en términos de los diferentes grupos parlamentarios, sino también en términos de las ideas que pueden tener los diputados que se encuentran en la Cámara, y que va desde aquellos que tienen un conocimiento amplio acerca de ciertos aspectos del tema a discutir, hasta aquellos que distan mucho de saber lo que está pasando. Por fortuna hubo una negociación, un diálogo entre los diferentes sectores y resultó la Ley que conocemos actualmente. Esta Ley, si bien no resulta en todas las necesidades ni en todas las demandas que se presentaron a lo largo de este proceso, finalmente aterriza de algún modo en ciertos aspectos que creemos son fundamentales para poder continuar en un camino largo y penosamente construido, no solamente en lo político o en términos jurídicos, sino también en el sentido económico, social, político e ideológico, e implica darle continuidad y seguimiento a partir de que apareció en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2003. La Ley establece que las lenguas indígenas y el español sean consideradas como nacionales, lo cual significa un avance sobre el estatuto entre las lenguas minorizadas y la lengua vehicular; demanda por la que habían propugnado por mucho tiempo diferentes sectores de la sociedad, sobre todo los indígenas. Sin embargo, como señalan Pellicer, Cifuentes y Herrera (en prensa), la definición de lenguas nacionales no es clara: incorpora ideas yuxtapuestas en diferentes órdenes como el territorial, histórico y lingüístico, pero deja fuera al “entorno social” y a las comunidades de hablantes. Esta definición puede traer problemas al momento del establecimiento de cuáles son las lenguas nacionales, 104

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otorgando a un grupo de instituciones la formulación de un catálogo de las lenguas indígenas que se hablan en México, como lo señala el artículo 20 de la Ley: “El Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, previa consulta a los estudios particulares de los Institutos Nacional de Antropología e Historia y Nacional de Estadística, Geografía e Informática, a propuesta conjunta de los representantes de los pueblos y comunidades indígenas, y de las instituciones académicas que formen parte del propio Consejo, hará el catálogo de las lenguas indígenas; el catálogo será publicado en el Diario Oficial de la Federación.” Acordar cuáles son las lenguas indígenas implica un trabajo monumental debido a las diversas interpretaciones que se pueden hacer al respecto, desde aquellas en que se apele al sistema de la lengua, como tradicionalmente se ha llevado a cabo desde la lingüística, hasta incorporar otros aspectos de orden sociolingüístico, identitario y aun político. Eso significa abrir la discusión sobre un tema de por sí controvertido en el ámbito académico, complicándose aún más con la incorporación de los representantes de los grupos étnicos. El plazo otorgado a la elaboración del catálogo es de apenas un año después de haberse constituido el Consejo del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) –lo cual tuvo lugar el 10 de septiembre de 2003–, según el artículo transitorio tercero. Esta premura puede constituir un serio problema debido a la complejidad de la tarea, ya que como lo señalan Pellicer, Cifuentes y Herrera (en prensa): “… identificar entidades abstractas y gramatizadas sólo puede ser el resultado de una labor de planificación lingüística a largo plazo. La determinación de las fronteras dialectales internas a cada lengua requeriría más bien de una estrategia operativa que, sustentada en principios comunes, permitiera identificar las comunidades dinámicas de hablantes y garantizar su persistencia y convivencia, apelando a su conciencia lingüística”. 105

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2. Algunos problemas para la operación de la Ley La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas excluye al sector mayoritario de lo que es la sociedad mexicana. Nosotros planteábamos que ésta no debería ser una ley dirigida únicamente a los pueblos indígenas. Si bien iba enfocada hacia ellos, tendría que ser una ley más general, aplicable a todos los miembros de la sociedad mexicana, particularmente a los hispanohablantes, para que englobara a toda la sociedad y no solamente a un sector muy importante y desprotegido, como es el de los grupos indígenas. Como académicos, advertimos la necesidad de incorporar en este proceso a los hispanohablantes. Esto, ante todo, para que ellos también fueran parte de estos derechos en función de la posibilidad de un bilingüismo español –lengua indígena por parte de los que ahora son monolingües en español. El derecho al bilingüismo que se dicta en esta Ley, va dirigido únicamente a los grupos indígenas y no implica la posibilidad de que los hispanohablantes aprendan o, en el menor de los casos, adquieran ciertos rudimentos de las lenguas indígenas que se hablan en México. En ese sentido hay una marginación importantísima del sector mayoritario, del sector con el que se enfrentan precisamente los hablantes de lenguas indígenas. Quién mejor que los indígenas sabe de esa confrontación cotidiana, permanente, que se genera no solamente en el sector público, sino que ocurre cotidianamente también en las comunidades en las que el estigma de hablar una lengua indígena ha sido uno de los elementos importantes en el desplazamiento lingüístico que están sufriendo las lenguas minorizadas en nuestro país, y muchas otras lenguas en todo el mundo, en torno a las relaciones de poder establecidas entre ellas. Esto no tiene que ver con lo que son las lenguas en sí mismas, sino con las relaciones de poder que se establecen entre sus hablantes. Así, el español es la lengua dominante en México, pero es una lengua subordinada en la Unión Americana, o sea, una lengua minoritaria que sufre presiones similares que las que padecen los hablantes de lenguas 106

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indígenas de nuestro país. Habría que observar diferentes niveles de relaciones políticas, sociales e ideológicas donde sucede ese choque, y a los que los hablantes de lenguas indígenas se enfrentan cotidianamente. Con atención a esta relación se tendría que haber incorporado la idea de que los hablantes del español jugaran un papel muy importante, tanto en términos de lo que es la Ley como de su derecho a ser bilingües; y también que en las escuelas existiera la posibilidad de aprender o de tener información acerca de las lenguas indígenas, sobre todo si consideramos las diferentes regiones de México. No podemos hablar de una lengua indígena nacional; estamos hablando de un número muy importante de lenguas indígenas en México, pero que se hablan regionalmente, a diferencia del español que se utiliza en toda la República. Dado que la Ley promueve la no-discriminación por hablar una lengua indígena, el hecho de que sólo vaya dirigida a los hablantes de lenguas indígenas mantiene la misma situación con relación a la estigmatización de los hablantes de lenguas vernáculas, ya que, como señala Hamel (1995:18), son más fuertes las actitudes, actividades e ideologías lingüísticas que se oponen a políticas lingüísticas encaminadas al reconocimiento de la diversidad. Cambiar el estigma de hablar una lengua indígena implica un arduo trabajo que va más allá de lo legal y se coloca en el terreno de lo ideológico, obviamente desde las políticas lingüísticas dictadas por los órganos del poder político, incluyendo una amplia difusión en el ámbito educativo y en los medios de comunicación masiva. Otra cuestión es la inclusión del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas dentro de esta Ley. Nuestra idea era que debería aparecer a partir de una ley orgánica, como fue el surgimiento del Instituto Nacional de Antropología e Historia, emanado de una ley de ese tipo. Ahora ya está presente en la Ley, pero lo más importante es que el Instituto realmente funcione como órgano rector de una verdadera política a favor de las lenguas indígenas. Además, se re107

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quiere la formación de institutos estatales, e inclusive por lenguas, como es el caso del Instituto de la Lengua Mixteca (Caballero 1999). Preocupa también que el INALI no sea simplemente un instituto más, sin un quehacer bien definido. Debe crearse sobre la base de la interlocución con los pueblos indígenas, y contar con políticas claras respecto a la preservación y revitalización de las lenguas indígenas, entre muchas tareas que deberá cumplir. Al estar sectorizado en la Secretaría de Educación Pública (SEP), de entrada crea ciertas dudas acerca de su funcionamiento. Algunos pensamos que debe ser autónomo, pero, además, con una vigilancia de sus actividades, ya que abarca elementos importantísimos en todo el proceso de las políticas lingüísticas que se pueden dictar en México. A partir del aterrizaje de esta Ley General de Derechos Lingüísticos en el INALI, tendríamos que estar muy pendientes de cómo se va a desarrollar todo ese proceso y de cómo la sociedad misma y las comunidades de hablantes se involucrarían en su funcionamiento. Aquí se incluye una perspectiva importantísima que aparece en la Ley General de Derechos Lingüísticos: la participación de la sociedad y de las comunidades de hablantes de lenguas indígenas en las políticas que se van a dictar desde este Instituto. Es un avance sustancial el hecho de que en la misma Ley aparezca la posibilidad de que las comunidades indígenas participen activamente en los lineamientos que se van a aplicar desde este órgano rector de las políticas lingüísticas del país. La Ley en sí misma no representa un hecho excepcional, que cambia automáticamente la situación por la que atraviesan los hablantes de lenguas indígenas en nuestro país y su relación con el español. Hay mucho por hacer, y los pueblos indígenas tienen forzosamente que jugar un papel muy activo para lograr obtener beneficios en favor de sus lenguas vernáculas; de lo contrario, la Ley está predestinada a ser letra muerta. 108

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El hecho de tener una ley de este tipo es un avance fundamental, pero en este proceso se requiere realmente la participación, muy activa, de la sociedad, de los académicos y, sobre todo, de las propias comunidades para poder avanzar en una serie de aspectos que están planteados en la Ley. Jurídicamente se abren muchos caminos, pero su interpretación puede resultar en problemas futuros, toda vez que está diseñada desde la perspectiva de su aplicación a partir de los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal, y en menor medida de la participación directa de los actores involucrados, que son los grupos étnicos y las organizaciones que los representan. 3. La perspectiva para la lengua maya El caso de la lengua maya que se habla en el sureste de México, en los estados de Yucatán, Campeche y Quintana Roo, tiene una serie de características muy particulares, diferentes de la mayoría de las lenguas indígenas de México. El hecho de estar en una región bien delimitada, aunque exista mucha migración, de ser una lengua sin una variedad dialectal tan fuerte como otras –los casos del zapoteco, mixteco o chinanteco son conjuntos de diferentes lenguas y no de dialectos–, además de ser la segunda lengua en términos del número de hablantes en México, le permite tener una posición privilegiada dentro de este proceso, a diferencia de otras con una pequeña cantidad de hablantes, o de muchas más con procesos de desplazamientos lingüísticos muy fuertes, como el mayo, el mazahua o el otomí. Sin embargo, el maya también ha padecido un proceso de conflicto lingüístico problemático frente al español. Hay que reconocer esta dinámica del proceso de mantenimiento y desplazamiento lingüístico para tratar de apreciar hacia dónde se puede avanzar en términos de las políticas emanadas de los mismos hablantes de maya, a fin de hacer propuestas de una serie de fundamentos en los niveles jurídico, administrativo, educativo, de salud y de los 109

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medios de comunicación, entre otros. En todos estos niveles los hablantes de maya han avanzado en cierta medida, pero el INALI y las políticas lingüísticas en México no van a operar sino precisamente a raíz de las propuestas que se tengan por parte de las mismas comunidades indígenas, que de alguna manera requieren ser políticas planteadas en diferentes plazos. No podemos pensar que a partir de una ley como ésta, automáticamente toda la configuración cambia en poco tiempo. Éste es un proceso que se debe considerar a corto, mediano y largo plazo, precisamente para no entrar en contradicciones insalvables en lo inmediato. Por ejemplo, hay que pensar en tiempos reales para poder contar con traductores, intérpretes, etc., debido a que en la actualidad no existen y es necesario formarlos. Lo mismo sucede en el sector salud: se deben formar profesionistas con una serie de características. En ese sentido tendría que pensarse cuidadosamente en crear una serie de organismos que permitan el acceso adecuado en los diferentes niveles. Esto requeriría la participación dinámica de las comunidades de hablantes, de los académicos y de la sociedad en general, para así involucrar a sectores más amplios que los que han participado hasta ahora en este proceso. 4. Comentarios finales La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas no ha tenido la difusión que tuvo la llamada Ley de Derechos y Cultura Indígena, la cual se ha difundido, debatido y criticado ampliamente. En el caso de la primera, este proceso ha sido muy marginal. Los medios de comunicación poco han hecho por resaltar su importancia. En este sentido, llama la atención la idea que se tiene de lo que son las lenguas indígenas, el estigma de hablar una lengua indígena. Este fenómeno se ve reflejado incluso por uno de los articulistas de la revista Proceso. El 16 de marzo apareció un reportaje sobre los tepehuanos, en relación con un conflicto de tierras entre éstos y ejidatarios mestizos del Estado de Zacatecas. En su trabajo, 110

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Fabricio Mejía Madrid hace referencia a este problema y cuando describe el idioma indígena lo hace de la siguiente manera: “el idioma del tepehuano, hasta donde alcanzo a escuchar, suena a brincos, lleno de íes, pronunciado a tropezones” (Mejía 2003:38). El que alguien con un nivel como el de los escritores de Proceso se refiera al idioma tepehuano de esta manera, nos habla de la necesidad de enfocar la Ley hacia los hispanohablantes, que desconocen la diversidad lingüística de nuestro país y tienen ideas como la expuesta en el ejemplo anterior. Para quien escuche una lengua diferente le va a sonar extraña, pero esto no quiere decir que esa lengua se pronuncie a tropezones o suene a brincos. Llama la atención que esto suceda en momentos en los que se está discutiendo la puesta en práctica de la Ley General de Derechos Lingüísticos en México; justamente por esta razón, este proceso es largo y sinuoso. Se trata de un proceso no acabado y tiene que llevarse a discusión en todos los niveles, precisamente para poder avanzar en lo que en términos jurídicos se ha logrado parcialmente, pero que en términos prácticos le falta mucho camino por recorrer.

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Bibliografía Álvarez Sotelo, Gumercindo 2002 Iniciativa de Ley General de Lenguas Indígenas: documento de trabajo. México: Comisión de Asuntos Indígenas de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados. Caballero, Juan Julián 1999 “La Academia de la Lengua Mixteca: espacio de reflexión compartida”. En: Cuadernos del Sur, año 5, núm. 14, pp. 129-139. Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados (LVIII Legislatura) 2002 Protección de las lenguas indígenas de México: foro celebrado el 9 de mayo de 2001. México: Comisión de Asuntos Indígenas de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados. Escritores en Lenguas Indígenas 1999 Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos y Comunidades Indígenas: documento de trabajo. México: Escritores en Lenguas Indígenas. Espadas Ancona, Uuc-kib 2001 Iniciativa que crea la Ley Federal de Derechos Lingüísticos: documento de trabajo. México: Comisión de Asuntos Indígenas de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados. Hamel, Rainer Enrique 1995 “Derechos lingüísticos como derechos humanos: debates y perspectivas”. En: Alteridades, año 5, núm. 10, pp. 11-23.

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Mejía Madrid, Fabrizio 2003 “Nunca volverás a Bernalejo”. En: Proceso, núm. 1376, 16 de marzo, pp. 36-39. Pellicer, Dora, Bárbara Cifuentes y Carmen Herrera (en prensa) “La legislación de la diversidad”. En: Language Problems and Language Planning. Varios autores 2002a “Una mirada al debate sobre los derechos lingüísticos”. En: Diario de Campo, núm. 45, julio, pp. 21-23. Varios autores 2002b “Recomendaciones de los grupos académicos para la elaboración del dictamen de la Ley General de Derechos Lingüísticos”. En: Diario de Campo, núm. 48, octubre, pp. 17-18.

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Las autoras y los autores Alonzo Caamal, Bartolomé Licenciado en Etnolingüística. Supervisor Escolar de Educación Indígena de la Secretaría de Educación del estado de Yucatán. Coordinador de Mayáon, A. C. Briceño Chel, Fidencio Licenciado en Ciencias Antropológicas, Maestro en Lingüística y Candidato a Doctor en Antropología. ProfesorInvestigador en la Sección de Antropología Social del Centro Yucatán del Instituto Nacional de Antropología e Historia; actualmente Director de Investigación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas. Canté y Canul, Gamaliel Profesor de Educación Primaria y Licenciado en Etnolingüística. Titular del Programa Ko’one’ex Kanik Maaya de la Sub-dirección de Educación Indígena de la Secretaría de Educación del Estado de Yucatán. Canto Ramírez, Víctor Licenciado en Letras Hispánicas. Director de la radiodifusora XEPET “La Voz de los Mayas”. Canché Yah, Valerio Profesor en Educación. Presidente de Kuch Kaab Téetel J-Men Maayaób, A. C. Cortés Camarillo, Graciela Licenciada, Maestra y Doctora en Educación. Anteriormente, Directora de la Escuela Normal “Rodolfo Menéndez de la Peña”. Actualmente, Rectora de la Universidad de Oriente, Valladolid, Yucatán. 467

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Espadas, Uuc-kib Licenciado en Ciencias Antropológicas. Profesor-Investigador en la Sección de Historia del Centro Yucatán del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Estrada Castillo, Myriam Licenciada y Pasante de Maestría en Ciencias Antropológicas. Responsable de Representantes Municipales del Instituto para la Equidad de Género en Yucatán. González Castillo, Tomás Miembro de la Orden de Frailes Menores (Franciscanos), Santuario de Nuestra Señora de Izamal. Estudiante de la Licenciatura en Ciencias Antropológicas. Güémez Pineda, Miguel Licenciado en Ciencias Antropológicas, Maestro en Antropología Social y Candidato a Doctor en Antropología. Profesor-Investigador en la Unidad de Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Yucatán. Krotz, Esteban Licenciado y Doctor en Filosofía y Maestro en Antropología Social. Profesor-Investigador en la Unidad de Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Yucatán y docente de la Facultad de Ciencias Antropológicas de la Universidad Autónoma de Yucatán. Kuh y López, José Antonio Licenciado en Educación Primaria y Pasante de Maestría en Desarrollo Educativo. Encargado de la Subdirección de Educación Indígena de la Secretaría de Educación del Estado de Yucatán. Leirana Alcocer, Silvia Cristina Licenciada en Lingüística y Maestra en Ciencias Antropológicas. Docente de la Facultad de Ciencias Antropológicas de la Universidad Autónoma de Yucatán. 468

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Moctezuma Zamarrón, José Luis Doctor en Lingüística. Anteriormente, Director de Lingüística del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Actualmente, Director de la Escuela Nacional de Antropología e Historiaplantel Chihuahua. Monroy Gómez, Pablo V. Licenciado en Derecho. Magistrado de Circuito. Coordinador de la Extensión Yucatán del Instituto de la Judicatura Federal “Manuel Crescencio Rejón”. Nava L., E. Fernando Licenciado y Maestro en Lingüística y Doctor en Antropología. Investigador del Instituto de Investigaciones Antropológicas de la Universidad Nacional Autónoma de México. Actualmente, Director General del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas. Ortega Canto, Judith Médica, Maestra en Medicina Social y Doctora en Antropología Social. Directora del Centro de Investigaciones Regionales “Dr. Hideyo Noguchi” de la Universidad Autónoma de Yucatán. Ortiz Pacheco, Manuel Jesús Maestro Normalista de Primaria, jubilado con 40 años de servicio. Quintal Avilés, Ella F. Licenciada y Maestra en Ciencias Antropológicas y Candidata a Doctor en Ciencias Antropológicas. Profesora-Investigadora en la Sección de Antropología Social del Centro Yucatán del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Tec Medina, Greysi Profesora de maya en la Escuela Normal Preescolar. Profesora y Coordinadora de la Academia Municipal de Lengua Maya “Itzamná”. 469

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Tec Tun, José Manuel Licenciado en Antropología Social. Asesor Académico del programa “Ko’one’ex Kanik Maaya” de la Subdirección de Educación Indígena de la Secretaría de Educación Pública. Presidente de la Academia de la Lengua Maya de Yucatán A. C. Ventura Martínez, Pilar Licenciada en Derecho. Profesora en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán.

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ÍNDICE

Presentación Esteban Krotz

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Prefacio E. Fernando Nava L.

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I. Orígenes, características y perspectivas generales de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos indígenas 17 1. Lenguas, culturas y derechos humanos: sobre algunas características y perspectivas de la Ley General de Derechos Lingüísticos para la Península de Yucatán Esteban Krotz 19 1. Los lugares de la lengua en la cultura 20 2. Lengua materna y derechos humanos 24 3. Algunos alcances de la nueva Ley 29 4. La Península de Yucatán ante la nueva Ley 32 Bibliografía 38 2. Orígenes, características y límites de la Ley General de Derechos Lingüísticos Uuc-kib Espadas Ancona 47 1. El contexto legal 48 2. El debate sobre los derechos lingüísticos 50

2.1 La propuesta inicial 2.2 Debate y contrapropuesta 2.3 El espacio social en disputa 3. La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas 3.1 Los límites de la Ley 3.2 Las garantías establecidas 4. Conclusiones

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3. Contenido e implicaciones de la nueva Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas 81 Pablo V. Monroy Gómez 1. Introducción 81 2. Antecedentes 82 3. Las iniciativas de la Ley 86 4. Paneles de especialistas y foros de consulta 88 5. El dictamen de las Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas y de Educación Pública de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión 90 6. Exposiciones de motivos de la Ley 92 7. Contenido e implicaciones de la Ley 94 8. Sobre la fracción IV del artículo 7 de la Ley General de Educación 99 9. Conclusión 100 4. La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y la perspectiva de las políticas lingüísticas en México 101 José Luis Moctezuma Zamarrón 1. El origen de la Ley 2. Algunos problemas para la operación de la Ley 3. La perspectiva para la lengua maya 4. Comentarios finales Bibliografía

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5. La lengua maya en el contexto sociolingüístico peninsular Miguel A. Güémez Pineda 115 1. El maya yucateco en el ámbito lingüístico nacional 116 2. Distribución de la población indígena en la Península de Yucatán 118 3. El Estado de Yucatán y la población mayahablante 125 4. Distribución de la población mayahablante 127 5. Condición de bilingüismo y monolingüismo 131 6. La dispersión y el aislamiento rural como problema 135 7. Reflexión final 136 Bibliografía 140 Anexo: Perfiles sociolingüísticos de Yucatán, Campeche y Quintana Roo 144 6. Identidad, lengua y cultura maya Fidencio Briceño y Ella F. Quintal

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1. La lengua maya de Yucatán 1.1 Características tipológicas 1.2 Las variedades 2. Lengua y sustrato identitario 2.1 Los mitos de creación 2.2 Los topónimos en la lengua maya 2.3 Lengua y tradición oral 2.4 Lengua maya y parentesco 2.5 El lenguaje del ritual 2.6 El leguaje de la justicia y los acuerdos 3. Comentario final Bibliografía

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II. Expectativas y perspectivas para la lengua maya ante la Ley General de Derechos Lingüísticos 183 7. Propuestas de la Academia de la Lengua Maya de Yucatán para el desarrollo del idioma ante la promulgación de la Ley General de Derechos Lingüísticos José Manuel Tec Tun 185 1. Antecedentes históricos 2. Los objetivos de la Academia 3. Cómo funciona la Academia 4. Labor de la Academia 5. La Academia y el origen de la Facultad de Antropología 6. Propuestas para el desarrollo del idioma maya de Yucatán 7. Comentario final Bibliografía

185 186 186 187 188 189 190 192

8. Expectativas de la Academia Municipal de Lengua Maya “Itzamná” (“U Yáax Najil Tu’ux Ka Kaanbal Maaya T’aan”) Greysi María Tec Medina 193 1. Breve semblanza de la Academia Municipal 193 2. La importancia de la Academia Municipal 195 3. Sobre las perspectivas de la Ley General de Derechos Lingüísticos 196 Bibliografía 200 9. Perspectivas de la nueva Ley para las organizaciones no gubernamentales promotoras de la lengua maya en Yucatán Bartolomé Alonzo Caamal 201

1. Algunas consideraciones sobre la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas 2. Hacia la oficialización de la lengua maya 3. Algunas implicaciones 4. P. D.- Mayáon significa “somos mayas” Bibliografía

203 205 211 213 215

10. La promoción de la lengua maya ante la nueva Ley General de Derechos Lingüísticos: demandas y perspectivas de las organizaciones no gubernamentales en Yucatán Valerio Canché Yah y Manuel Jesús Ortiz Pacheco 217 1. Características y actividades recientes del Consejo de Ancianos y Sacerdotes Mayas (Kuch Kaab Yéetel J-Men Maaya’ob) 217 2. Observaciones y demandas en torno a la Ley General de Derechos Lingüísticos 220 11. ¿Educación indígena, educación maya o educación intercultural?: perspectivas para Yucatán Gamaliel Canté y Canul y José Antonio Kuh y López 225 1. Antecedentes 2. La evolución del sistema de educación indígena 3. La situación actual de la educación indígena en Yucatán 3.1 Caracterización de la situación en el Estado de Yucatán 3.2 La estructura actual de la educación indígena en Yucatán 4. Perspectivas de la educación indígena en Yucatán Bibliografía Anexo 1: Relación de textos para la educación primaria bilingüe

225 229 232 232 237 247 250 251

Anexo 2: Relación de textos para el programa Ko’one’ex kanik maaya

255

12. ¿A qué se obliga el Estado mexicano con la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas? Silvia Cristina Leirana Alcocer 261 1. Introducción 2. Acciones anteriores a la nueva Ley 3. Para dar cumplimiento a la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas Bibliografía

261 262 275 286

13. El sistema de albergues para niñas y niños indígenas y la nueva Ley General de Derechos Lingüísticos Myriam Estrada Castillo 297 1. Pluralismo nacional: revaloración de la cultura e interculturalidad. A manera de introducción 297 2. El programa de albergues escolares 299 3. Los albergues escolares yucatecos 302 4. La lengua maya en los albergues escolares 305 5. La Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas en los albergues escolares 307 Anexo 1: Albergues escolares en el Estado de Yucatán, curso escolar 2000-2001 311 Anexo 2: Programación de la radiodifusora del albergue de Samahil para el curso escolar 2000-2001 313 Bibliografía 314 14. Perspectivas legales de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas Pilar del Rosario Ventura Martínez 317 1. El marco jurídico internacional de la nueva Ley

317

2. El nuevo marco jurídico mexicano 3. Perspectivas de la nueva Ley en Yucatán 4. La nueva Ley y las instituciones educativas Bibliografía

321 322 327 329

15. La nueva Ley General de Derechos Lingüísticos y las instituciones de salud: mujeres indígenas, educación y prácticas médicas Judith Ortega Canto 331 1. Los referentes legales 332 2. Las mujeres y las niñas indígenas 336 3. La práctica médica 340 4. La educación superior en el área de la salud y el derecho 343 5. Reflexión final 344 Bibliografía 346 16. La nueva Ley General de Derechos Lingüísticos desde la perspectiva de la Teología India Tomás González Castillo OFM 349 1. Religión, cosmovisión y cultura 2. El cristianismo y su relación con la cultura maya 3. La Teología India y la lengua indígena 4. La nueva Ley, vista por las iglesias cristianas desde la Teología India Bibliografía

350 351 352 354 358

17. La Ley General de Derechos Lingüísticos y la radiodifusión en Yucatán Víctor Canto Ramírez 359 1. La radiodifusora XEPET: una síntesis histórica 2. El modelo de comunicación de “La Voz de los Mayas”

360 362

2.1 Servicio a radioescuchas y difusión cultural 2.2 Producción de mensajes 2.3 Decisión sobre la barra de programación 3. La lengua maya y la radiodifusión yucateca 4. Propuestas 5. Conclusión Bibliografía

364 365 366 368 370 371 372

18. Educación y transformación social en el marco que ofrece la nueva Ley General de Derechos Lingüísticos Graciela Cortés Camarillo 375 1. Introducción 375 2. Perspectivas teóricas 376 2.1 La posición funcionalista 377 2.2 La posición crítica 381 2.3 El enfoque de la reproducción 382 3. La pedagogía liberadora 385 4. Propuestas 387 Bibliografía 391 III. Anexos 1) Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas 1.a) Versión en castellano 1.b) Versión en maya 2)

Declaración Universal de Derechos Lingüísticos (Declaración de Barcelona)

393 395 395 411 425

3) Resúmenes de los textos 3.a) Resúmenes en castellano 3.b) Resúmenes en maya

451 451 459

4)

467

Las autoras y los autores

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