La legitimidad política (I): Autoridad y justificación

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Descripción

La legitimidad política (I): Autoridad y justificación Amaury A. Reyes-Torres La obligación y la legitimidad política son dos caras de la misma moneda, explican el arraigo de la autoridad política en una comunidad y por qué vinculan sus mandatos. Puede argumentarse, en sentido amplio, que la obligación política responde a un estado subjetivo del sujeto del por qué éste obedece; mientras la legitimidad política responde a un elemento – en cierto sentido – objetivo sobre la creación y justificación de la autoridad política. ¿Qué hace que el mandato sea vinculante, por ende legítimo, al margen de los motivos por los cuales obedecemos? ¿Cómo se origina la autoridad o el mandato, cómo es implementado o creado, es decir, cómo resulta el mandato aceptable, independientemente de los motivos por los cuales obedecemos? Una visión descriptiva de la legitimidad política refiere, por un lado, “a la creencia de la gente respecto a la autoridad política y, algunas veces, a las obligaciones políticas” (F. Peter, 2014). Por otro lado, una visión normativa o valorativa de la legitimidad se refiere “a la aceptabilidad o justificación del poder político o autoridad y – posiblemente – de una obligación” (F. Peter, 2014). Cromartie (2003: 91) sostiene que un determinado mandato tiene legitimidad cuando la obediencia está garantizada, aun cuando existen conflictos respecto a los intereses de los destinatarios del mandato u orden. La legitimidad nos indica qué instituciones y cuáles órdenes, mandatos o decisiones son aceptables o están justificados; y por ende, qué obligaciones asumirán los destinatarios del ejercicio de la autoridad política. No se pregunta si son buenos o malos, sino si son aceptables para los gobernados, quienes tendrían razones para endosar la autoridad y cumplir sus mandatos. En consecuencia, si las condiciones de legitimidad de la autoridad política no se dan, en el contexto de una comunidad política particular, entonces, el ejercicio de dicha autoridad no estará justificado y las obligaciones producto de los mandatos u órdenes dictados podrían no ser obedecidos. Weber examinó el asunto desde el criterio de dominación (Herrschaft), bajo el cual un mandato goza de mayor estabilidad, no porque existen motivos para obligarse, sino por el hecho de que el mandato es considerado vinculante por ser legítimo. La legitimidad, para Weber, no es más que un tipo de dominación en la cual la obediencia de los mandatos se funda en la idea de que es vinculante u obligatorio: “la validez de una orden presupone la existencia de la creencia en su carácter obligatorio” (Abellán, 2012). Un importante aspecto en el análisis de la legitimidad se refiere a la coerción que la autoridad ejerce como elemento secundario para hacer efectivo sus mandatos (Vid. L. Green, 1988). Sin el elemento de coerción la efectividad de la autoridad sería débil, pero no toda coerción es en sí aceptada por el destinatario del mandato, en particular porque puede ser arbitraria. En una sociedad en que las relaciones de dominio están a la orden del día, solo las relaciones de dominio arbitrarias son objetables, porque no se generan del ejercicio legítimo de autoridad. Esto supone que toda coerción ejercida, como modo de hacer efectiva la autoridad, no Cita: Amaury A. Reyes-Torres, “La legitimidad política (I): autoridad y justificación”, 25 de Noviembre de 2014. Disponible en: http://www.7dias.com.do/opiniones/2014/11/25/i177190_legitimidadpolitica-autoridad-justificacion.html#.VHyRFcl0Zg3 | [fecha de consulta]

sería legítima si no la precede cánones, procedimientos, habilitaciones u otras formas que hagan que dicho ejercicio coercitivo sea aceptable o justificado ante sus destinatarios. Legitimidad explica, inter alia, la creación de la autoridad política y autoridad política como tal, a propósito de su justificación. ¿Existen en este contexto diferencias entre justificación y creación? Una defensa normativa o valorativa de la legitimidad impide desvincularlas. La autoridad política no existe sino como producto de la autodeterminación política de una comunidad. Es posible justificar el ejercicio del poder de una llamada autoridad, pero, si no nace de una comunidad política, difícilmente esa autoridad podría ser catalogada como “política”. La legitimidad no solo alude a la idea de quién dicta el mandato, o si tiene las atribuciones para hacerlo; también está vinculada, en cierta forma, a la idea de justicia. Pero, como bien sostiene F. Peter, interpretando a Rawls, la legitimidad apela a las instituciones políticas, y la justicia apela a la totalidad de las instituciones sociales y económicas, siendo distinto el nivel de satisfacción de ambos. Por ello, para algunos, apelar a la legitimidad es insuficiente para alcanzar la idea de justicia en el seno de una comunidad política. En efecto, una autoridad política legítima no siempre es una autoridad política justa. No obstante, ¿cómo saber cuál es el parámetro de justicia que debe satisfacer una autoridad política legítima? ¿Presupone la legitimidad, entendida de cierta forma, un parámetro de justicia, cuando se piensa en el marco de una comunidad política propia de las democracias constitucionales? Quizás la interrelación entre legitimidad y justicia es alcanzada cuando se apela a una determinada concepción de esta última, es decir, a una concepción política de la justicia que examinaremos en la próxima entrega.

Cita: Amaury A. Reyes-Torres, “La legitimidad política (I): autoridad y justificación”, 25 de Noviembre de 2014. Disponible en: http://www.7dias.com.do/opiniones/2014/11/25/i177190_legitimidadpolitica-autoridad-justificacion.html#.VHyRFcl0Zg3 | [fecha de consulta]

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