LA GESTIÓN DEL PATRIMONIO SUBACUÁTICO EN EL CONTEXTO EUROPEO El caso español como ejemplo

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PATRIMONIO SUBACUÁTICO EUROPEO

LA GESTIÓN DEL PATRIMONIO SUBACUÁTICO EN EL CONTEXTO EUROPEO El caso español como ejemplo " " Fernando Nájera Lavid GRADO DE ARQUEOLOGÍA - UCM Trabajo de Fin de Grado Dirige: Alicia Castillo

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FERNANDO NÁJERA LAVID!

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LA GESTIÓN DEL PATRIMONIO SUBACUÁTICO EN EL CONTEXTO EUROPEO! EL CASO ESPAÑOL COMO EJEMPLO!

" " RESUMEN " " del patrimonio cultural El trabajo aborda la gestión " haciendo hincapié en subacuático en el contexto europeo, " el caso específico de España. Se constatará la importancia de los convenios "internacionales, la necesidad de homogeneizar políticas y "de aclarar las funciones de " necesaria una difusión los agentes implicados. Es ! rigurosa, el control efectivo del patrimonio y la concienciación pública. !

" " the management of This academic work discusses underwater cultural heritage" in the European context, emphasizing the specific case"of Spain. The importance of the international treaties will" be noted, as well as the necessity of standardized policies. The functions of the " too. It’s necessary a implied agents need to be explained " heritage control and public rigorous diffusion, an effective awareness. " " ABSTRACT

Palabras clave: patrimonio cultural, patrimonio subacuático, Unión Europea, España, arqueología subacuática, gestión del patrimonio.!

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Keywords: cultural heritage, underwater heritage, European Union, Spain, underwater archaeology, heritage management.!

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Trabajo de Fin de Grado" Curso 2013 / 2014"

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GRADO DE ARQUEOLOGÍA! FACULTAD DE GEOGRAFÍA E HISTORIA"

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Dirige: ! Alicia Castillo Mena! Departamento de Prehistoria" Tutora: María Ángeles Querol Fernández


1. Objetivos de este trabajo!

4!

2. Metodología!

5!

3. La Arqueología Subacuática hoy!

6!

- Definición de patrimonio cultural" - Perspectiva teórica de la arqueología subacuática" - Convenios Internacionales sobre su conservación"

6" 8" 10"

• III Congreso Internacional de Arqueología Submarina (1961)!

13!

• La Valetta (1992)!

13!

• Convención de París de la UNESCO (2001) !

14!

- Conclusiones"

15"

4. La situación en la Unión Europea!

16!

-

El escenario en países de referencia"

19"

• Francia"

19"

• Italia"

21"

• Portugal"

22"

- Conclusiones"

24"

5. El patrimonio subacuático español!

25!

- Plan Nacional de Protección del P. Arqueológico Subacuático"

28"

• Libro Verde de la Arqueología Subacuática "

28"

• Inventarios y cartas arqueológicas"

29"

• Organismos y mecanismos de control"

30"

• Figuras de protección del patrimonio subacuático"

30"

- Casos prácticos de Gestión" • Difusión del PCS"

-

31"

Museos, exposiciones y réplicas"

32"

Prensa"

34"

Producciones audiovisuales"

38"

Asociaciones y acciones en Internet"

41"

• El control de un patrimonio disperso"

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31"

43"

El problema de la propiedad"

43"

Tres modos de actuar:"

46"

- Nra. Sra. de Atocha. " - La Juno y la Galga. " - Nra. Sra. de las Mercedes" 6. Conclusiones y propuestas!

46" 47" 48"

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1. Objetivos de este trabajo!

" Este trabajo pretende realizar un primer análisis a la gestión del Patrimonio cultural subacuático, partiendo de la legislación internacional y el contexto europeo, para profundizar un poco más en el caso español. El objetivo es reconocer algunas de las prácticas más habituales referentes a este Patrimonio, cuyo tratamiento es sensiblemente diferente al terrestre, valorarlas, y a partir de ahí hacer propuestas de cómo pueden ser mejoradas o complementadas. " "

En primer lugar conocer, lo cual alude al conocimiento que existe sobre el

patrimonio subacuático. Es importante saber qué “cantidad” y dónde está ese patrimonio, también debemos saber en qué estado se encuentra y con ello favorecer su estudio y conservación; quiénes generan ese conocimiento y cómo lo plasman (cartas arqueológicas e inventarios…) son protagonistas de este primer punto destacado. Planificar, que se refiere a la estrategia a seguir, las políticas sobre patrimonio y las decisiones acerca de quién se ocupa de cada asunto (Querol, 2010). Controlar, que nos lleva a pensar en aduanas, expolios o seguimientos de proyectos, igualmente aquí se incluye evaluar las acciones de seguimiento, es decir, no solo el control de las intervenciones o trabajos, sino aquellas que evalúan los resultados visibles y cambian las estrategias de gestión. El seguimiento es imprescindible en la gestión y debe realizarse siempre. " "

Por último DIFUNDIR, que está en mayúsculas por una razón sencilla, por simple

marketing. Difundir no sólo es la palabra de moda, sino que de ella depende que algo sea moda o no. Debemos pensar en una sociedad que se mueve en gran medida gracias a estímulos sociales que afectan a grandes masas, de ahí que si queremos una correcta difusión cultural debamos apelar al marketing. No se trata de vender la cultura como un producto al uso, pero sí se trata de vender; y si de algo puede presumir el patrimonio subacuático es de vender. Veremos que su popularidad no es debida a lo que desearíamos, pero desde luego que uno de los primeros obstáculos de todo vendedor: la visibilidad de su producto, ya está superada. En este trabajo vamos a ver sucintamente cómo todos los puntos anteriores no generan ningún beneficio social sin la hábil puesta en escena de la difusión. "

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2. Metodología! "

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El trabajo presente tiene como metodología principal la recopilación documental y debo agradecer la gran cantidad de bibliografía y referencias que he podido encontrar para desarrollarlo. Ello me ha demostrado lo prolífico del tema, el cual podría ser objeto de una tesis doctoral, pero he tenido que focalizar mi estudio a determinadas aspectos, así como pasar superficialmente por otros, para adecuarme a los requisitos que tiene un Trabajo de Fin de Grado, tanto en tiempo como en contenido."

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El procedimiento seguido para la elaboración del texto ha sido principalmente la revisión documental. En este sentido, además de la bibliografía existente, he consultado artículos científicos, textos legales (especialmente el articulado de convenciones y leyes) y también abundante material periodístico. Estos materiales de prensa provienen mayoritariamente del diario ABC y algunos periódicos locales que han tratado el tema que nos ocupa. "

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FUENTES

Dimensión cuantitativa

ABC (Artículos de prensa)

485 entradas

Artículos científicos y técnicos

11

Obras y manuales consultados

4

Legislación consultada

Emisor

Convención 2001 UNESCO

Ámbito de aplicación

UNESCO

Internacional

Una política marítima integrada para la Unión Europea “Libro Azul”

Comisión Europea

Unión Europea

Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español

Ministerio de Cultura

España

Plan nacional de protección del patrimonio arqueológico subacuático

Ministerio de Cultura

España

Constitución Española

Cortes españolas

España

Convenio Europeo sobre la protección del Patrimonio Arqueológico, La Valetta, 1992

Comisión Europea

Unión Europea

Visitas de campo ARQUA Museo Naval de Madrid

Ubicación

Fecha Cartagena

Abril de 2014

Madrid

Mayo de 2014

5

Visitas de campo

Ubicación

Museo Naval de Cartagena

Cartagena

Diciembre de 2013

Lisboa

Enero de 2014

Palos de la Frontera

Julio de 2011

Mahón

Julio de 2012

Museo de Marinha Museo de las Carabelas Nao Victoria Experiencias profesionales Nova Arquesub S.L.

Fecha

Ubicación

Fecha Cartagena

Julio de 2012

" Además de estas referencias externas me ha parecido enriquecedor para el conjunto incluir toda aquella información que de numerosas visitas de campo se ha recopilado. Intervenciones sobre patrimonio cultural subacuático así como visitas a exposiciones y campañas de difusión son algunas de estas visitas de campo. Por último señalo la colaboración y los cursos de arqueología subacuática que realicé con Arquesub S.L, empresa de arqueología y formación en arqueología subacuática radicada en Cartagena, de los cuales saqué gran provecho y pude vivir la arqueología subacuática profesional de cerca. " Con la ayuda de toda la información presentada, y tras el análisis crítico de la misma me propongo extraer unas breves conclusiones e introducir unas pinceladas de las propuestas de mejora que considero vitales para el futuro de la gestión del patrimonio cultural subacuático. "

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3. La Arqueología Subacuática hoy!

- Definición de patrimonio cultural!

" Antes de profundizar en el tema principal que nos ocupa, la gestión del patrimonio subacuático, debemos contextualizarlo dentro del marco en que se encuadra. El patrimonio subacuático es en primer lugar patrimonio cultural. Por patrimonio cultural (en adelante PC) entendemos el conjunto de bienes muebles, inmuebles e inmateriales de los que somos herederos y que convencionalmente se ha decidido que son merecedores de protección, dado que son parte de las señas de identidad socio-histórica de un grupo. Naturalmente hablamos de bienes de factura humana, no se trata de elementos de la naturaleza en sí mismos (Querol, 2010). Son varios los documentos internacionales que 6

consolidan una visión amplia y plural del patrimonio cultural, valorando además de los monumentos y las obras de arte, entidades materiales e inmateriales significativas y testimoniales de las distintas culturas, considerando de este modo elementos de carácter tradicional, industrial, inmaterial, contemporáneo, subacuático o los paisajes culturales. De entre estas figuras de protección y reconocimiento destacar la Recomendación sobre la protección del Patrimonio del siglo XX (1991), el Convenio Europeo del Paisaje (2000), las Convenciones sobre el Patrimonio Cultural Subacuático (2001) y para la salvaguarda del Patrimonio Inmaterial (2003) o la Convención de Faro del Consejo de Europa sobre el valor del PC para la sociedad (2005), que hace entre otros asuntos hincapié en el valor y el potencial del patrimonio cultural como un recurso para el desarrollo sostenible y la calidad de vida de la sociedad. "

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En el caso de España, la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español incorpora los avances logrados a nivel internacional hasta la fecha, y establece que “integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico”. Adicionalmente existe normativa legal de carácter autonómico, pero por lo extensa que resulta la relación la omitimos; sin embargo, es necesario subrayar que esta normativa

tiene como marco mínimo la ley del 85, que puede ser

ampliada pero nunca menoscabada. "

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Pasando ya a referirnos al PCS diremos que las única menciones en la ley de Patrimonio Histórico del 85 a algo relacionado con el PCS son el artículo 40.1 que dice que forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes muebles o inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en el mar territorial o en la plataforma continental; y el título V, artículo 41.1, que literalmente reza “A los efectos de la presente Ley son excavaciones arqueológicas las remociones en la superficie, en el subsuelo o en los medios subacuáticos que se realicen […]”. Por lo que se contempla como única condición relevante para la inclusión de un determinado bien en el patrimonio arqueológico su susceptibilidad de ser estudiado por metodología arqueológica. "

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Por último y complementariamente a la definición de patrimonio cultural, definiríamos el Patrimonio Cultural Subacuático como:" “[…]los restos materiales del pasado, estructuras terrestres sumergidas por causas diversas, embarcaciones de todo tipo, objetos materiales aislados arrojados o perdidos en los fondos de mares, ríos o lagos, estructuras de ingeniería, obras portuarias, depósitos rituales en pozos sagrados como los cenotes, zonas de fondeo, astilleros y tantos otros que constituyen la base de estudio principal, junto con todos los elementos anexos que permiten su compresión total. Todo ello y su contexto, el medio en el que reposan y las modificaciones y alteraciones del mismo, etc. constituye lo que en términos modernos entendemos como patrimonio cultural sumergido” (Martín Bueno, 2003)."

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Las intervenciones arqueológicas461

Por su parte, la UNESCO en su definición de PCS en el artículo 1(a) de la Convención dirá que “el patrimonio cultural subacuático comprende todas las huellas de la existencia humana que poseen un carácter cultural, arqueológico o histórico; y hayan estado bajo las aguas, tanto marítimas como fluviales y lacustres, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años”. "

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teórica de la arqueología subacuática! 5- ❘ Perspectiva Las intervenciones arqueológicas " La arqueología subacuática presta atención a los restos materiales que yacen bajo las aguas, tanto marinas como interiores, que presentan una serie de hechos diferenciales muy a tener en cuenta. En primer lugar ofrecen una información distinta e inexistente en la superficie, inédita en muchos casos y en segundo lugar frecuentemente se tratan de verdaderas cápsulas del tiempo que se han mantenido inalteradas por largos períodos. Por añadidura, y sumado al carácter complejo y frágil del bien se añade el medio en que se localiza. La arqueología subacuática centra su actividad principalmente en el medio acuático. En algunas ocasiones las aguas se retiran y el yacimiento queda en tierra pero son los menos. Por tanto, el hecho diferencial de la arqueología subacuática (AS en adelante) respecto a la terrestre es el medio en que se desarrolla y las técnicas 8

empleadas. Además de los conocimientos exigidos a un arqueólogo, el profesional de la AS debe tener conocimientos y destrezas específicas del buceo y la navegación en el medio acuático. Este es un ambiente extraño al hombre y sometido a una diferente presión a la atmosférica. El efecto de esta presión puede tener graves consecuencias en el cuerpo humano, y al mismo tiempo hace necesario el empleo de equipos específicamente preparados para ello. "

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Es importante señalar que el patrimonio subacuático no es un grupo único y cerrado, y no debe confundirse bajo epígrafes estrictos, la AS no es asimilable a la arqueología de roma o a la arqueología del paleolítico, la AS puede ser romana, medieval o náutica. No todo lo sumergido son barcos, por ejemplo puertos o ciudades hundidas son igualmente patrimonio subacuático. Y éstas pueden ser romanas, egipcias o tratarse de un poblado neolítico. Es preciso evitar ese error común a la hora de catalogar a la disciplina. "

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Adicionalmente, y para evitar confusiones debo aclarar unos conceptos que para la arqueología terrestre fueron lacras pero que se han ido superando. Me refiero a una serie de ideas que el público tiene sobre la AS, alimentadas por los medios algunas, favorecidas por todo tipo de leyendas otras. En primer lugar la AS no es el Rescate/ Salvamento de Objetos. No confundir con la arqueología de salvamento, que es la actuación arqueológica profesional ante la inminencia de una obra o peligro para el patrimonio. No obstante, ha sido muy común identificar la arqueología subacuática con salvamento, para poner un ejemplo claro, rescatar el Costa Concordia del fondo de la isla de Giuglio no es AS sino que se trata de un salvamento de objetos/barco a secas. Con ello tan solo se busca recuperar la pérdida económica sufrida con el accidente."

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Otro error común, todavía más peligroso es relacionar la Arqueología Subacuática con la actividad desempeñada por los cazatesoros. Estas actividades responden a intereses económicos únicamente, y es más, en numerosas ocasiones vienen financiadas por terceros con intenciones especulativas (Bowens, 2009). La necesidad de sacar rendimientos de los objetos extraídos favorece también el empleo de medios extractivos profundamente lesivos y poco respetuosos con el yacimiento. En último lugar, el yacimiento si no es destruido queda inservible para la investigación pues se altera la secuencia estratigráfica a la par que

desaparecen restos múltiples. No se debe

generalizar pero la realidad es así en la abrumadora mayoría de los casos. Países como el nuestro y otros tantos que han ratificado la Convención de 2001 directamente penalizan 9

estas actividades, pero sigue habiendo fondos marinos indefensos ante estos cazatesoros."

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La última de las confusiones posibles es la extracción no comercial de restos con la AS. Extraer restos de un pecio, por ejemplo, para llevarlos a casa como recuerdo o souvenir es un atentado contra el patrimonio y desde luego no es arqueología subacuática. " La AS pretende adquirir conocimientos que permitan comprender nuestro pasado y por tanto redunde en beneficio de las generaciones venideras. Es una actividad responsable y sostenible que crea conocimiento o que preserva el patrimonio de modo que en el futuro pueda ser adecuadamente estudiado. Nada tiene que ver con conseguir el mero beneficio económico y aún menos con la extracción indiscriminada de materiales. "

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No quiero dejar pasar la oportunidad de hacer un breve recorrido por los momentos que han marcado el desarrollo de la disciplina. Los primeros intentos de recuperación de objetos del fondo del mar se remontan a la antigüedad, y tanto egipcios como romanos hicieron incursiones en este medio. Ya en el s. XVII Pedro de Ledesma publica una obra sobre el buceo, de crucial importancia dado el volumen de navíos que manejaba el Imperio Español, algunos de los cuales zozobraban con valiosas cargas a bordo. Ingleses y norteamericanos desarrollarían los equipos de buzo y serían la vanguardia en el rescate submarino en época contemporánea. De arqueología subacuática, como método científico, no podemos hablar hasta mediados del s.XX. Benoit y Cousteau el pecio de Gran Coulunge en Francia, Lamblogia la nave de Albenga en Italia, el estadounidense Bass en Turquía, Franzen y el Wasa en Suecia o Julio Mas en España son los pioneros de la arqueología subacuática mundial. En las décadas siguientes se celebran cada vez más congresos internacionales sobre la materia. Europa verá proliferar un número creciente de instituciones dedicadas y en el caso de España a las iniciativas del estado se le sumarán centros autonómicos. El punto de inflexión será la aprobación en el 2001 por la UNESCO de la Convención sobre el Patrimonio Cultural Subacuático. "

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- Convenios Internacionales sobre su conservación!

" La vital importancia de los convenios internacionales relativos al patrimonio subacuático se justifican dado el complejo marco legal de las aguas marinas. En tierra la aplicación de 10

un régimen legal u otro viene determinado por las fronteras de una entidad política. En el caso marino ha sido necesario crear un marco legal específico porque históricamente no han existido fronteras marítimas. La normativa más reciente sobre este tema es la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982. Quedaron establecidas cinco divisiones: alta mar, plataforma continental, zona económica exclusiva, zona contigua y mar territorial. Finalmente las aguas interiores. La ambigüedad y las discusiones sobre estas aguas viene de lejos. La zona de alta mar comprende la superficie oceánica y sus fondos a partir de las 200 millas contadas desde la línea litoral. Tradicionalmente ha sido “tierra” de nadie y aún hoy en día se mantiene una cierta ambigüedad legislativa tan sólo regulada por la ONU. La zona económica exclusiva comienza a 24 millas de la costa y se extiende hasta las 200. La zona contigua empieza en las 12 millas y acaba en las 24. Finalmente el mar territorial se corresponde con las primeras 12 millas. Históricamente el mar territorial se ha considerado como propio por los países ribereños sin mayor discusión, si bien a lo largo de la historia ha habido propuestas dispares como fijar tales aguas territoriales en el alcance de un disparo de una bala de cañón1." Así, la indefinición legal sobre las aguas situadas más allá de los primeros kilómetros era absoluta. ¿De quién eran las aguas? ¿Y sus fondos? ¿Se pueden explotar los recursos minerales? ¿Y, a quién se le pude autorización? ¿Y los barcos hundidos, quién tiene 1

Disposiciones de Fernando Galliani, 1782

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competencias al respecto?. Como estas muchas más preguntas que clamaban por el acuerdo internacional que ya hemos señalado arriba. Un tratado que fijara unos principios mínimos de ordenamiento. Para ello nace esta Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que es considerada como uno de los tratados multilaterales más importantes de la historia desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, teniendo un estatus equiparable a una “Constitución Oceánica”."

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Se establecía qué es lo que cada país podía hacer en sus aguas, empero, en ese momento el patrimonio cultural subacuático no estaba en la lista de prioridades y no se estableció un régimen de protección para él. En la zona de alta mar la situación era realmente imprecisa. En esta franja rigen ciertas normas sobre recursos minerales o pesqueros, no así patrimoniales. Así, cualquier estado o sus nacionales con su consentimiento pueden emprender la prospección y excavación de pecios. La única excepción alude al derecho de los estados soberanos de prohibir la alteración de los restos de sus buques no comerciales, los de estado, la mayoría de guerra. Éstos se amparan en el principio de inmunidad soberana. En la plataforma continental los recursos naturales son explotados y regulados únicamente por el estado titular. El vacío legal respecto al patrimonio cultural se solventaba con normativas específicas de los países amparadas por la propia norma de la ONU. No ha habido queja de ningún estado sobre esta ampliación unilateral de la jurisdicción y países como Irlanda, España, Portugal, Noruega o China se benefician de esta jurisdicción extendida. En la zona económica exclusiva se repite el problema del caso anterior, la arqueología subacuática no se considera actividad científica y cada país se arroga una jurisdicción. La zona contigua está regulada de tal manera que los estados que lo deseen pueden concederle las protecciones legales propias de su territorio, por lo tanto, aquellos que así lo hacen protegen el patrimonio sin posibilidad de discusión por parte de terceros. En el mar territorial el estado ribereño tiene automáticamente todas las atribuciones sobre protección del patrimonio subacuático. " En todo caso, las repercusiones legales de esta situación las abordaremos en el último capítulo, esta breve introducción solo buscaba ilustrar la gran necesidad de convenciones que regulen un patrimonio secularmente desprotegido. En respuesta a esto han surgido diversas iniciativas. A continuación reflejamos algunas de las más vinculantes para con España y la Comunidad Internacional. "

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• III Congreso Internacional de Arqueología Submarina (1961)"

" Celebrado en la ciudad de Barcelona en 1961 este Congreso siguió muy próximo en el tiempo al II, celebrado en Albenga tres años antes. Lo organizó el Instituto Internazionale di Studi Liguri y contó con la presidencia del jefe del estado español como presidente del comité de honor. Casi doscientos asistentes de Estados Unidos, México, Italia, Francia, Alemania, Inglaterra e Israel se dieron cita en el Museo de las Reales Atarazanas de Barcelona. En el congreso se sucedieron las comunicaciones y se comentaron los proyectos llevados a cabo en los respectivos países. De sus conclusiones cabe destacar la recomendación a España de armar una nave de exploración similar a la que tenía Italia, que esa nave debía depender de un Centro Experimental de Arqueología Submarina, la necesidad de que toda actividad en yacimientos arqueológicos estuviera dirigida por un arqueólogo, acuerdos técnicos varios y la fijación de la fecha y lugar para el próximo en Marsella en el 64. Además durante los días que duró el buque italiano “Daino” efectuó labores de exploración por la costa catalana (Petrus, 1961). !

" • La Valetta (1992)"

" Comúnmente conocido como Convención de la Valetta, la Convención Europea sobre la Protección del Patrimonio Arqueológico se ideó para los miembros del Consejo de Europa. El propósito del texto es la protección del patrimonio arqueológico europeo como parte de la memoria colectiva y para su estudio histórico y científico. Revisaba la convención de 1969 sobre Protección del Patrimonio Arqueológico. Las condiciones en Europa desde los 60 habían cambiado, y de las excavaciones clandestinas de los primeros años, las amenazas se habían desplazado hacia el campo de la construcción de grandes y amenazadores proyectos. Además el interés por la extracción y exhibición de los restos había declinado y orientado ahora hacia la preservación in situ2. Entre las novedades de la Valetta señalar que era susceptible de aplicación en mar y tierra3: “El patrimonio arqueológico incluirá estructuras, construcciones, grupos de edificios, obras de ingeniería civil, objetos transportables y monumentos de cualquier otro tipo, así como su contexto, sea sobre tierra o bajo el agua”; instaba a los gobiernos a controlar las actuaciones arqueológicas, exigía la existencia de mecanismos de protección legal para el 2 3

Convención Europea sobre la protección del patrimonio arqueológico, art. 5d Convención Europea sobre la protección del patrimonio arqueológico, art.1.

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patrimonio e incluía una batería de medidas de procedimiento de inventarios, designación de zonas protegidas, reservas arqueológicas…"

" • Convención de París de la UNESCO (2001) "

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" Hasta hace muy poco tiempo los acuerdos interestatales y la jurisprudencia interna tuvieron una importancia capital en la construcción de reglas y normas destinadas a la protección del patrimonio cultural subacuático. Así por ejemplo, se cuestionaba ¿a qué Estado pertenecen las estructuras, naves, aeronaves y demás restos históricos o arqueológicos hundidos en el mar? ¿qué derechos y obligaciones tienen los Estados ribereños cuando se producen hallazgos de este tipo en su mar territorial, en su zona económica exclusiva, en su plataforma continental o en la zona internacional de los fondos marinos? ¿tendrá el mismo régimen jurídico los navíos de guerra y aquellos que no lo son? ¿cuál es el mejor sistema para conservar y proteger estos restos arqueológicos bajo el mar? (Novak, 2009, p.396-397). " Hasta fechas recientes el Derecho Internacional carecía de una respuesta clara frente a estas interrogantes. Como hemos visto ya, no existía ninguna norma internacional de carácter general que regulara seriamente esta materia. No obstante, a partir de la aprobación de la Convención de la UNESCO para la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, adoptada en París el 6 de noviembre de 2001, la situación es muy diferente. En primer lugar (lo resumimos al máximo) definirá lo que debe cumplir un bien para ser considerado patrimonio cultural subacuático: " a) Debe tratarse de una estructura, nave o aeronave sumergida en el mar;" b) El objeto debe permanecer sumergido por un mínimo de 100 años" c) El objeto puede haber permanecido sumergido total o parcialmente, en forma periódica o continua." Las premisas principales que aúna la convención son en primer lugar consagrar como obligación jurídica de los Estados firmantes la conservación y preservación del patrimonio cultural subacuático en beneficio de la humanidad, debiendo imponer sanciones proporcionales contra los infractores de la misma. Con el objetivo de la preservación del patrimonio subacuático se prioriza la conservación in situ de dicho patrimonio. Este principio enfatiza la importancia del interés histórico, arqueológico y cultural por encima de su valor económico; por tanto a partir de este momento los Estados no serán libres de

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ignorar el interés de la Comunidad Internacional de preservar este patrimonio (Francioni, 2002)." En segundo lugar, en el artículo segundo se prohibe la explotación comercial del patrimonio cultural subacuático, demoliendo la discutible legalidad de la piratería, pillaje y compra-ventas varias. La tercer premisa establece el deber de cooperación y colaboración entre todos los Estados involucrados con el patrimonio cultural subacuático. Se refiere a la relación que hipotéticamente se pueda establecer entre el Estado ribereño, el Estado del pabellón, el Estado de origen del patrimonio y otros Estados vinculados, con el objetivo de evitar cualquier posible daño al patrimonio." La cuarta premisa que rige el texto concierne a los Estados, que tienen el deber de sensibilizar, capacitar y formar a sus funcionarios y a la población en general sobre la importancia de preservar este patrimonio y especialmente en aspectos vinculados a la arqueología subacuática. Por lo tanto, este encargo de sensibilización debería incluir el acceso responsable y no dañino del público al patrimonio cultural subacuático in situ. "

- Conclusiones!

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Así pues, con lo visto hasta ahora podemos señalar que la gestión del patrimonio subacuático plantea una serie de hechos diferenciales que hacen necesario abordarlo con una metodología y una legislación muy particular. A las complicaciones técnicas que supone su conservación y estudio se le suma la delicada situación legal que lo ampara. Con la comunidad internacional al tanto de lo peligroso e inadecuado que resultaban los procedimientos de rescate submarino la situación para el patrimonio sumergido parecía que mejoraría en breve. No duraría mucho esta ilusión pues con el auge del buceo con escafandra autónoma se popularizó el rescate de artefactos arqueológicos de los fondos marinos. Afortunadamente desde mediados de los años 50 diversas iniciativas en varios países hicieron grandes aportaciones a la disciplina, logrando efectuar campañas de investigación e incluso gozando de algunos reconocimientos políticos. Sin embargo esto no era suficiente y ya desde los años 60 nuevos congresos internacionales subrayan la necesidad de colaboración internacional dado las peculiarísimas condiciones del medio marítimo. La Convención de la Valetta primero y la Convención de París de 2001 supusieron un avance cualitativo en la materia dada la especifidad y el alcance de las mismas. Este último texto de la UNESCO es además marco regulatorio de aplicación en el elevado número de países que lo han suscrito. En efecto, para aquellos países que hayan ratificado la citada convención, esta adquiere rango de ley propia, como vemos en 15

el tratamiento que la Constitución española hace de los tratados internacionales: “Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.”4 De esta manera los principios y obligaciones del texto de la UNESCO son de obligado cumplimiento para España. " En definitiva, gracias a estas normas comunes, que aunque a veces ambiguas, son imprescindibles, podemos vislumbrar un futuro prometedor."

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4. La situación en la Unión Europea! Normalmente pensamos la Unión Europea fundamentalmente como una organización supranacional de carácter sustancialmente económico, pues a pesar del fuerte impulso unificador llevado a cabo en los años noventa y primeros años del nuevo siglo por los Tratados de Maastricht, Amsterdam y Niza, la actividad de la Unión Europea no ha estado encaminada principalmente hacia los ámbitos de la cultura ni del patrimonio cultural. No obstante, la tendencia está siendo favorable a que la cultura y el patrimonio cultural pasen a ser ámbitos claros de actuación de la Unión. Así, en 1993 el Tratado de Maastricht introdujo en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea un título expresamente dedicado a la cultura, y recientemente el Tratado de Lisboa ha modificado el Tratado de la Unión Europea, que por primera vez señala que una de las preocupaciones de la Unión será velar «por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo». De todas formas es justo señalar que la política cultural no ha estado nunca totalmente ausente, pues ya en 1974 una primera resolución del Parlamento

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Constitución Española, Título III, artículo 96

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Europeo mencionó la necesidad de emprender acciones comunitarias en el ámbito de la cultura y, especialmente, de la conservación del patrimonio5."

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Al margen de estas pinceladas generales, y en consonancia con el objeto de este trabajo es de destacar que la Unión Europea se encuentra elaborando una línea de actuación relacionada con los espacios marítimos de Europa y sus costas, que está dirigida a conseguir que los asuntos de todo tipo relacionados con los mares y océanos puedan ser enfocados y analizados desde prismas comunes, y a facilitar a los Estados miembros los procesos de toma de decisiones en los mismos. "

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En este sentido se viene desarrollando la elaboración del llamado Libro Azul sobre temas diversos de una política marítima integrada de la Unión. Desafortunadamente se ha perdido la oportunidad de señalar en este Libro Azul la importancia del patrimonio subacuático, y lo deja a expensas de los desarrollos que se hagan en cada país. Sí que se menciona el Patrimonio Marítimo, que es un concepto más amplio, una de las manifestaciones recientes del patrimonio cultural, vinculada a la navegación, al transporte marítimo y fluvial, a la pesca, a la realidad de puertos y costas, a la vida marinera y de profesiones vinculadas con el mar, ríos y lagos, y también a la idiosincrasia de la forma de ser de las regiones y comarcas bañadas por las aguas de toda condición. Esta doble terminología induce a error, pues el patrimonio subacuático no queda dentro de la definición de patrimonio marítimo o fluvial a pesar de encontrase en ese ámbito. El patrimonio marítimo es una realidad etnográfica y social, una realidad viva, y no se refiere en ningún caso al patrimonio cultural subacuático, que tiene una dimensión arqueológica y se proyecta hacia el pasado (Ruiz, 2012). "

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El patrimonio subacuático es en primer lugar arqueológico, y en segundo lugar, y derivado de lo anterior, proyectado en el pasado, lo que no tiene por qué suceder en el P. marítimo." En cualquier caso hay que señalar que sí existen apoyos específicos e iniciativas europeas encaminadas al estudio y puesta en valor del patrimonio cultural marítimo y subacuático del Mediterráneo como el proyecto Archeomed, auspiciado por la Unión en colaboración con once instituciones de siete países ribereños. De entre estas actuaciones hay una que quiero destacar, la Ruta del Patrimonio Arqueológico de España y Portugal,

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Resolución del Parlamento Europeo de 13 de mayo de 1974, sobre protección del patrimonio cultural europeo.

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que bajo el paraguas europeo promueve la colaboración en esta materia de los dos países ibéricos. "

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Proyecto Archeomed!

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El proyecto Archeomed nace como una iniciativa que pretende poner en valor los recursos culturales del Mediterráneo a través de la creación de una red interactiva para la gestión integral de los sitios arqueológicos. Su objetivo último es revitalizar el patrimonio artístico y cultural así como otras actividades relacionadas, desarrollando iniciativas y esfuerzos comunes destinados a la valorización del Patrimonio Marítimo y Subacuático del Mediterráneo. El proyecto se cimienta en la colaboración internacional de las dos orillas del Mediterráneo Occidental en una acción común para la difusión del conocimiento, la protección y la puesta en valor del patrimonio cultural marítimo y para un desarrollo territorial sostenible. Es por tanto una iniciativa centrada en la difusión que pone de relieve la utilidad y la conveniencia de la cooperación en el seno de la cuenca mediterránea. "

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Ruta del Patrimonio Arqueológico Marítimo de España y Portugal! Dentro de Archeomed, este proyecto es pionero en arqueología subacuática. Es una de las primeras de las acciones dirigidas y coordinadas por el Museo Nacional de Arqueología Subacuática ARQUA, en colaboración con el Centro Nacional de Arqueología Náutica y Subacuática de Portugal y con los centros de Arqueología Subacuática de Cataluña y Andalucía. La creación de esta Ruta pretende acercar a las población el Patrimonio Arqueológico Marítimo de España y Portugal, diseñando una ruta de Museos, Instituciones, Yacimientos Arqueológicos y Sitios de interés en el ámbito de la Arqueología Subacuática y el Patrimonio Arqueológico Marítimo que permita el acercamiento de este rico y variado Patrimonio al público, facilitando su conocimiento y disfrute, a la par que garantizando su conservación. " La Ruta se compone de diversas instituciones

de

investigación, gestión, museos y yacimientos. Se han adherido igualmente espacios estrechamente relacionados con patrimonio arqueológico marítimo 18

como bahías, estuarios y ciudades portuarias. También colaboran archivos vinculados al patrimonio marítimo."

" -

"

" El escenario en países de referencia!

Para comprender mejor las condiciones en que se desarrolla la gestión del patrimonio subacuático en la Unión parece sensato señalar algunos de los países que más han tenido que ver en la configuración de la situación actual, y que además son nuestros más inmediatos vecinos. Francia especialmente, pero también Italia han sido pioneras en la arqueología subacuática europea. Portugal, con una historia que veremos más adelante, relativamente comparable a la española, debe aparecer aquí pues además de su ingente patrimonio sumergido es copropietario histórico de la península que ocupa junto a España. A pesar de la selección realizada, somos conscientes de las grandes aportaciones al tema en otros países como Grecia, Suecia o Reino Unido. "

"

"

• Francia!

Francia es uno de los países europeos con más superficie costera, rebasando los 5500km. Este litoral se divide en costas atlánticas y mediterráneas. Además, por su situación en Europa las costas francesas han sido ocupadas por los seres humanos desde tiempos inmemoriales. Desde el punto de vista de la legislación del patrimonio cultural Francia es una de las alumnas aventajadas del continente. Así, en la ley de 31 de diciembre de 1913, varias veces modificada, se utilizaba la expresión monumentos históricos tanto para referirse a los bienes inmuebles como a los muebles. Esta formulación se ha utilizado en el ordenamiento francés hasta nuestros días, hasta su derogación por el reciente Code du Patrimoine, aprobado en 2004, que utiliza indistintamente las expresiones patrimonio cultural, patrimonio nacional y bienes culturales, sin olvidar la expresión de monumentos históricos, a los que califica como tesoros nacionales. Este mismo Code dedica el Libro V a la arqueología, definiendo el artículo L510-1 el patrimonio arqueológico como todos los vestigios y otros signos de la existencia de la humanidad, cuya salvaguardia y estudio permitan establecer el desarrollo de la historia de la humanidad y de su relación con el medio natural.!

"

19

Por añadidura, Francia ha sido desde mediados del s.XX una de las potencias en arqueología subacuática más destacadas. Gracias a las contribuciones del marino, científico y explorador Jacques-Yves Cousteau a partir de los años 50 y 60, el buceo con escafandra autónoma se desarrolló ampliamente y alcanzó unas cotas de efectividad y seguridad inéditas hasta la fecha. Hasta el momento la arqueología subacuática que se había podido practicar estaba fortísimamente limitada por lo complejo que era desarrollar cualquier actividad en el medio acuático con los limitados medios técnicos disponibles. En otro orden de cosas destacar igualmente la muy destacable actuación del Departamento de Investigaciones Arqueológicas Submarinas, dependiente del estado francés. "

" • Departamento de Investigaciones Arqueológicas Submarinas (DRASSM)." Creado en Marsella en 1966 por André Malraux, hoy depende de la Direction de l’architecture et du patrimoine, sous-direction de l’archéologie del Ministerio de Cultura y Comunicación. Nació con una misión clara, el descubrimiento y vigilancia del patrimonio cultural presente bajo las aguas, tanto en aguas interiores como en el mar. Sus aportaciones sobre la legislación de los bienes culturales marítimos, así como las campañas de investigación, protección y conservación del patrimonio galo son dignas de mención. Su papel es vital aunque comparte cierto protagonismo con el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada, que colabora en la identificación de los restos arqueológicos. Los objetivos principales del DRASSM son:"

-

Inventariar y evaluar el patrimonio subacuático francés." Administrar el patrimonio subacuático a través de la arqueología preventiva. " Proteger el patrimonio. " Difundir los conocimientos y resultados de las investigaciones a través de publicaciones y exposiciones. "

- Listar las imágenes tomadas durante las investigaciones para elaborar una Memoria

"

para el Ministerio de Cultura. "

Durante más de 40 años el DRASSM ha contado con un buque de investigación, el Archéonaute, que, no obstante, debido a su antigüedad ha sido dado de baja y ya tiene un sucesor, el André Malraux. Junto a estas atribuciones la institución también contribuye a la formación de los arqueólogos subacuáticos y es gestora de diversas colecciones de objetos arqueológicos, organizando su exhibición en museos e instituciones. "

20

En febrero de 2013 Francia ratificó la Convención de 2001 de la Unesco sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, y con ella el DRASSM amplia su jurisdicción a la totalidad de la zona económica exclusiva francesa, esto es, más de 11 millones de km2 contando sus dependencias de ultramar. "

" Italia! "•

En 1950 Lamboglia hizo los primeros intentos de excavar con finalidad científica el barco de Albenga. Es a finales de la década de los años 50 y principios de los 60 cuando se sentaron en el Mediterráneo los cimientos de lo que será la arqueología subacuática moderna, realizada por arqueólogos profesionales y por instituciones científicas. A partir de estas experiencias,a un ritmo marcado por las escasas disponibilidades presupuestarias y políticas, los dos países pioneros, Italia y Francia, crearon sus propias infraestructuras y organismos especializados. De esta manera en 1957 se creó en Albenga el Centro Sperimentale di Archeologia Sottomarina. En los años 80 se sufrió una fiebre por la arqueología subacuática en el país. El hallazgo de estatuas en el Ninfeo Imperial en Baia coincidió temporalmente con este renovado interés y el sector se reactivó. Se desencadenó un fenómeno de masas alentado por la prensa que supuso un grave peligro para el patrimonio durante esos años. En 1986, en el seno del Ministerio para los bienes culturales y medioambientales se creó el Servicio Técnico para la arqueología subacuática (STAS). Esta institución, sin embargo, ha tenido escaso impacto en la producción científica y existe la percepción en la comunidad científica italiana que es un organismo fallido (Gianfrotta,1999). En 1993, desde el descontento hacia las instituciones y gracias a una comunidad creciente nace L’ Associazzione Italiana degli Archeologi Subacquei (A.I.A. Sub., con sede en Roma), una organización completamente independiente del sector público. La integran funcionarios de la Dirección General, docentes e investigadores de las Universidades y aficionados. En el 94 nacería el L’Istituto Italiano di Archeologia e Etnologia Navale –ISTIAEN–, con sede en Venecia. " En otro orden de cosas se deben señalar los mecanismos de tutela del patrimonio subacuático; las fuerzas y los intereses en este campo son grandes y la tutela de los bienes no puede llevarse a cabo únicamente por arqueólogos. Le Capitanerie di Porto, la Guardia di Finanza y Carabinieri, la Pubblica sicurezza pueden colaborar en este aspecto, si bien deben actuar en un régimen de colaboración y no de competencia. Finalmente, y tal como se ha venido haciendo en otros países europeos, para intervenciones en el

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campo de la arqueología subacuática fue ratificado un pacto de colaboración entre el Ministerio para los Bienes Culturales y la Armada italiana (Gianfrotta,1999)." En Italia, si bien hay algunos museos dedicados específicamente a la arqueología subacuática y naval, no existe un museo de ámbito nacional ni ejemplos de cascos de barcos hallados en el mar y conservados y divulgados en el seno de un museo. Honrosa excepción es la nave de Marsala. " No obstante, el campo del patrimonio subacuático tiene un hito en aguas italianas único en el mundo. Se trata de la costa de los Campi Flegrei (cerca de Nápoles), un ejemplo absolutamente único por su excepcional extensión y por la importancia histórica de los restos sumergidos de sus aguas. La zona, controlada exhaustivamente en los últimos tiempos ha sido restringida a las prácticas de navegación más dañinas para el patrimonio sumergido. También se han instalado amarres y embarcaderos flotantes que protegen la integridad del fondo, repleto de infraestructuras romanas. La inestabilidad geológica de la zona sumergió los restos a una escasa profundidad y éstos son muy frágiles. Junto a los atraques, en las proximidades de Punta dell’Epitaffio, está a punto de abrirse al público un área (en principio de unos 10.000 m2, a una profundidad que oscila entre 3 y 5 metros) dedicada a parque arqueológico submarino y equipada con la adecuada señalización explicativa. En 2010 Italia ratificó la Convención de 2001 de la Unesco sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático. En todo caso, aún no se ha llegado a una

organización global satisfactoria de la arqueología subacuática en Italia."

" • Portugal!

"

Portugal es un país relativamente pequeño, pero su gran fachada atlántica, así como los archipiélagos de Madeira y Azores nos indican que aunque limitado su territorio, no lo es así su litoral. De manera paralela debemos recordar la historia del país luso y sin duda concluiremos que el potencial marítimo de este país es de los más destacados. El patrimonio cultural portugués ha estado regulado en estas últimas décadas mediante la ley 13/85, de 6 de julio de 1985, conforme a la cual aquel «está constituido por todos los bienes materiales e inmateriales que, por su reconocido valor propio, deban ser 22

considerados como de interés relevante para la permanencia e identidad de la cultura portuguesa a través del tiempo»."

"

En Portugal la arqueología subacuática nace como proyecto global a principio de los años 1980, enmarcada dentro de las actuaciones del Museo Nacional de Arqueología

José

Leite de Vasconcelos. En 1997, a causa de las profundas modificaciones que sufriría la arqueología portuguesa en esos años se creó el Centro Nacional de Arqueología Náutica y Subacuática (CNANS), en el ámbito del Instituto Portugués de Arqueología. Desde entonces el CNANS tiene la palabra en la gestión de los hallazgos accidentales, en proyectos de investigación, emergencias, peritaje, así como intervenciones en el marco de grandes obras litorales; sin perjuicio de otras actividades como la divulgación científica y cultural tanto en el ámbito nacional como en el internacional. "

"

De consecuencias funestas para el patrimonio subacuático fue la bienintencionada ley que abogaba por que la salvaguardia de la arqueología subacuática y el patrimonio arqueológico no podía desarrollarse sin la colaboración de los usuarios de las aguas, y en primer lugar los numerosos buceadores deportivos. La CNANS reconocía el mérito y los derechos de aquellos que hubieran hecho descubrimientos fortuitos, estableciendo una estrecha colaboración con los voluntarios aficionados. Ejemplo de esto era la concesión de recompensas a los declarantes de hallazgos arqueológicos. Esta ley que peligrosamente abría puertas a los cazatesoros ya fue derogada. El CNANS se encuentra hoy en día al amparo del IGESPAR, que agrupa las instituciones de patrimonio arqueológico y arquitectónico de Portugal. Esta división ve" la por la adecuada realización de los trabajos arqueológicos en aguas lusas y participa activamente en la promoción y apoyo de la carta arqueológica del patrimonio cultural náutico y subacuático nacional de Portugal." En julio de 2006 Portugal ratificó la Convención de 2001 de la Unesco sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático."

"

Una iniciativa curiosa que destacar es el Proyecto Ocean Revival, que sin proponérselo ha dado en la clave sobre lo que debe ser un parque arqueológico subacuático. La idea se resume en que en las costas del Algarve han hundido buques de la Armada Portuguesa para hacerlos visitables ya como pecios por los buceadores. En su página reza literalmente así: “O Projecto Ocean Revival nasce com o objectivo de promover o turismo subaquático na região criando para os mergulhadores um destino excepcional. 23

Pela primeira vez, foram afundados num mesmo local um conjunto de navios ligados por uma história comum. São quatro navios de guerra que formam um grande recife artificial único no mundo, composto por uma frota representativa de toda uma Armada, com as condições ideais para a proliferação da vida marinha.”!

"

A pesar de tratarse de una iniciativa turística encaminada a captar público y buceadores para la zona vemos que introduce como acicate y elemento vertebrador la historia de Portugal e incluso comenta que es un conjunto históricamente representativo de un tiempo y un grupo social (la Armada portuguesa contemporánea). Por último le añade el valor natural que tiene el lugar. Por tanto vemos que el patrimonio cultural subacuático, por accidente o intencionalmente puede ser realmente apreciado y disfrutado por la sociedad. "

" "

Conclusiones!

El escaso grado de implicación de las normas europeas en el patrimonio subacuático es un error que debe ser subsanado en el menor tiempo posible. Así, el Libro Azul pierde una valiosa oportunidad en este sentido y deja todo en manos de los países; parece ridículo que se pretenda lograr una política marítima integrada, y que uno de sus componentes más valiosos como lo es la cultura sea coto particular de cada estado. Por otro lado la iniciativa Archeomed y el proyecto de cooperación hispano-luso que patrocina es una buena manera de abordar el patrimonio marítimo (que no específicamente subacuático) en el seno de la Unión. " Dentro de los países analizados Francia es sin duda el ejemplo más ilusionante. Con una larga tradición en la gestión del patrimonio subacuático, además cuenta con un buque de investigación y existe una extensa documentación sobre los restos sumergidos en sus aguas. El Departamento de Investigaciones Arqueológicas Submarinas es en gran medida responsable de estos logros y se postula como un buen referente de lo que debe ser un centro público de investigación de patrimonio subacuático. " Italia no goza de un centro nacional pero gracias a la gran iniciativa de docentes y profesionales han sido localizados numerosos yacimientos bajo las aguas, mientras que otros tantos han podido ser estudiados. En Italia pecan tal vez de descoordinación aunque cuentan con un ejemplo de puesta en valor de un yacimiento subacuático que debe ser muy tenido en cuenta. En los Campi Flegrei, en un área marítima de una hectárea se ha organizado un parque arqueológico submarino único. Accesible para todos los públicos 24

los restos se pueden admirar buceando o haciendo snorkel

desde la superficie,

preservando in situ el yacimiento a la par que acercándolo al público. " Portugal cuenta con una organización centralizada de la arqueología náutica y subacuática, si bien a nivel público no hay grandes proyectos que destacar. Con una idea del aprovechamiento marítimo similar al caso italiano Portugal cuenta con Ocean Revival, que con todas las precauciones debidas U (no es PCS, fines comerciales…) no deja de ser la constatación de que el PCS puede ser accesible y visitable in situ. !

"

Otro de los modos de poner en valor el patrimonio subacuático, especialmente aquellos pecios que lo permitan es la reconstrucción naval. No parece una locura pensar en una arqueología naval experimental. En algunos países se ha hecho con un rotundo éxito turístico: son los casos del Wasa sueco, la nave griega de Kyrenia y el Batavia en Holanda." País

Convención 2001

Centro Nacional

Otros organismos

Alemania

No ratificada

No

Kommission Unterwasserarchäologie

España

Ratificada

Sí (ARQUA)

CASC, CAS, CASCV

Francia

Ratificada

Sí (DRASSM)

Grecia

No ratificada

No

Department of Underwater Antiquities, H.I.M.A.

Italia

Ratificada

No

STAS, ISTIAEN, AIA

Portugal

Ratificada

Sí (CNANS)

Reino Unido

No ratificada

No

"

NAS, Southampton Centre Maritime Arch.,

5. El patrimonio subacuático español! Ya hemos señalado que Pedro de Ledesma en 1623 escribe un manual con recomendaciones para el rescate de cargas submarinas, si bien la intencionalidad del mismo lógicamente no es la misma que la de la gestión del patrimonio que manejamos hoy. Es, sin embargo, un ejemplo que ilustra una necesidad de la época, en la que cientos de navíos cruzaban los océanos a través de las nuevas rutas atlánticas y pacíficas, algunos de los cuales tenían la desgracia de irse a pique. Por tanto estamos hablando de un patrimonio subacuático español muy extenso. Además de todas las embarcaciones privadas que recorrían las costas de la monarquía hispánica hay que sumar las Flotas de 25

Indias, los Galeones de Manila, las singladuras de exploración y todo tipo de batallas navales durante cinco siglos. De estas embarcaciones una parte se desguazaron, otras se quemaron y otras se hundieron, por lo que el volumen del patrimonio subacuático de España es el mayor del planeta. Este potencial es tal que extraído directamente del Libro Verde de la Arqueología Subacuática reproducimos: " “España, territorio que encierra un potencial patrimonial extraordinario por la extensión de sus costas y aguas interiores y continentales, así como por los intereses sobre nuestro patrimonio disperso por los mares y océanos de los seis continentes (Antártida incluida), siempre dentro de lo que ampare la normativa internacional en la materia y los acuerdos bilaterales o multilaterales a que se pueda llegar con otros países, debe actuar de forma decidida en defensa de este acervo cultural.”!

"

En lo que respecta a la Arqueología Subacuática en España debemos empezar citando sus principales hitos. Su historia comenzaría efectivamente en 1950 con la creación del Patronato Submarino de Cartagena y posteriormente el CIAS, centro de nacional de investigaciones submarinas. En la década de los 80 empiezan a surgir instituciones oficiales dedicadas a la arqueología subacuática. En 1982 tiene lugar en Cartagena el VI Congreso Internacional de Arqueología Submarina y se presentó en sociedad el Centro y Museo de Investigaciones Arqueológicas Subacuáticas dependiente del Ministerio de Cultura. Coincide este período con las transferencias a las comunidades autónomas de las competencias de cultura, y por tanto de arqueología. Esta buena marcha se plasmó en que en Cataluña, Valencia, Murcia y Andalucía nacerían instituciones dedicadas a la arqueología subacuática. En el 2008 se inicia el Plan Nacional de Protección del Patrimonio Cultural Subacuático y se traslada a una nueva sede el ARQUA, el museo nacional de arqueología subacuática en Cartagena. Por último en 2010 se publica el Libro Verde de la arqueología subacuática. "

"

Actualidad de la actividad! Avanzando en el tiempo y cambiando ligeramente de tercio señalamos que en el momento actual y tras una larga trayectoria, toda la acción legislativa en torno a la arqueología subacuática se ha encaminado a velar por la integridad de este patrimonio y profesionalizar la actividad de tal modo que sólo las universidades y centros de investigación oficiales intervengan sobre este patrimonio. Caso aparte son las actuaciones de arqueología de urgencia dentro de la construcción de puertos, espigones… Estas instituciones han ido incluyendo planes de formación en arqueología subacuática de 26

manera más o menos estable, si bien para nada se trata de una disciplina normal y habitual. Podría decirse que la tendencia es a la normalización pero la realidad es que la arqueología subacuática en España no es ni lo habitual que se esperaría ni tan común como la terrestre. Además, como ya hemos dejado caer más arriba, hoy en día es posible encontrar una excavación arqueológica de urgencia o una prospección preliminar, que independientemente de quien las ejecute deja entrever que existe una preocupación por el patrimonio sumergido." No obstante, esta actividad arrastra dos importantes lastres, la falta de medios materiales y la falta de personal (Nieto, 1999). Falta de medios que es achacable en parte a la actual crisis económica pero que también tiene que ver con los ciclos expansivos-regresivos típicos de la política nacional que resultan en la construcción de grandes centros pero escasa dotación para los mismos. De este problema se deriva el siguiente, falta de personal. Al confiar la formación de los profesionales de la arqueología subacuática a centros estrangulados económicamente el número de alumnos se reduce lógicamente. En estas condiciones no es necesario señalar que en España el número de arqueólogos subacuáticos en activo es muy reducido, y el número de yacimientos estudiados se cuenta con los dedos de una mano. " Como se trata de hacer un pequeño repaso de la actualidad de la actividad no podemos olvidar el sector privado. La arqueología hace tiempo que cuenta con empresas que efectúan todo tipo de trabajos, como prospecciones, excavaciones… sin embargo, debido al reducido volumen de trabajo en la arqueología subacuática española y los elevados costes de mantenimiento de los equipos necesarios no existe en España ninguna empresa que se dedique a tiempo completo a esta actividad. "

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Esta sencilla tabla relaciona los principales agentes implicados en la gestión del PCS en España." CONOCER ARQUA

PLANIFICAR Min. Cultura

CONTROLAR * ARQUA

CAS, CASC, CASCV

Consejerías CC.AA.

CAS, CASC, CASCV

Min. Defensa, Armada

-

Guardia Civil, Armada

Informadores internacionales Empresas

"

UNESCO -

DIFUNDIR ARQUA, MAN, Museo Naval… CAS, CASC, CASCV,… -

-

Prensa, Medios, Internet, Redes Sociales…

Empresas

Empresas

* Es preciso destacar que las labores de control son muy variadas, desde control del expolio a control de intervenciones o evaluación de políticas. "

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" - Plan Nacional de Protección del P. Arqueológico Subacuático! Impulsado por el Ministerio de Cultura se aprobó el 30 de noviembre de 2007. El objetivo primordial del plan es la concienciación de todos los organismos implicados en el patrimonio subacuático, así como la adopción de medidas específicas que permitan la coordinación para la protección, conservación y difusión del patrimonio español sumergido. Su actuación tiene una dimensión nacional, determinando las líneas de actuación entre la Administración General del estado y las Administraciones Autonómicas para la protección del patrimonio subacuático en aguas jurisdiccionales españolas. En el plano internacional el Plan establece las acciones necesarias para proteger los intereses y derechos de los bienes españoles hundidos en aguas de terceros países o internacionales. Detener las actividades de expolio así como garantizar la conservación de los restos son otros de sus objetivos derivados. " Descolgado del Plan se firmó en 2009 el Protocolo General entre los Ministerios de Defensa y Cultura sobre colaboración y coordinación en el ámbito de la protección del Patrimonio Arqueológico Subacuático. Con este acuerdo el Ministerio de Cultura y el de Defensa acuerdan las competencias que puede asumir la Armada en la defensa y protección del patrimonio subacuático español, y de igual modo el compromiso de esta segunda de aportar medios humanos y materiales para las campañas de búsqueda e identificación en el curso de la elaboración de las cartas arqueológicas. "

" " • Libro Verde de la Arqueología Subacuática ! "

Este documento vio la luz en 2010 y se ha elaborado en concurso del Ministerio de Cultura y las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas. Contiene una serie de capítulos en los que se analiza la protección, vigilancia, investigación, difusión y coordinación del Patrimonio Cultural Subacuático español, con el objetivo último de reflejar las actuaciones prioritarias necesarias para su conservación. Adicionalmente el texto contiene una síntesis de la documentación existente sobre Patrimonio Cultural Subacuático y de las medidas y sistemas vigentes de protección jurídica del patrimonio. De algunos de sus capítulos extraemos la valiosa información que sigue en los próximos apartados."

"

28

524Libro Verde del Plan Nacional de Protección del Patrimonio Cultural Subacuático Español

• Inventarios y cartas arqueológicas!

"

Las cartas arqueológicas permiten que tengamos un conocimiento de la realidad patrimonial de nuestro litoral, no se refieren a la totalidad del patrimonio subacuático español, sino a aquel que yace en las costas de la península, los archipiélagos y el norte de África. " En España este capítulo está muy atrasado a pesar de que los primeros intentos de Plan de Documentación del Litoral Español son de 1984. Caído en saco roto, solo algunas administraciones autonómicas lo desarrollaron. Para ilustrar este retraso señalar que Ceuta o Andalucía han sido algunas de las pioneras, ya en 2009. Otras regiones inmersas en la Protección jurídica de yacimientos arqueológicos subacuáticos de Andalucía (Archivo CAS).

elaboración de estas cartas son Galicia y Cataluña. Hasta entonces había habido intentos parciales de las costas de Ibiza, Gerona, Almería, Almuñécar o las Islas Canarias. Además la Armada lleva a cabo labores de identificación de pecios en algunas de sus misiones, dentro de los acuerdos firmados en 2009 con el ministerio de Cultura. De hecho, desde 2011, la Armada ha documentado 1.580 naufragios propios, los cuales se están incluyendo en una base de datos. Queda decir a este respecto que estas labores están absolutamente condicionadas por los medios técnicos, y es que tan sólo Cataluña cuenta con una embarcación equipada para la arqueología subacuatica; el ARQUA, por ejemplo solo cuenta con embarcaciones ligeras. Mencionar aquí que hay alternativa a la iniciativa pública, pues la empresa privada ha llevado a cabo una de estas cartas, es el caso de la de Ceuta. " En todo caso, toda carta busca los siguientes objetivos: " “(a) Localizar, identificar y evaluar el patrimonio susceptible de ser investigado con metodología arqueológica;
 (b) Diagnosticar su estado de conservación y los posibles riesgos para su conservación; y! (c) Proponer actuaciones que permitan proteger, conservar, investigar y difundir este patrimonio.”6!

" 6

Libro Verde de la Arqueología Subacuática, p40.

29

"

• Organismos y mecanismos de control!

"

Hoy en día contamos con 3 centros autonómicos: CASC (Centro de Arqueologia Subacuática de Cataluña), CAS (en Andalucía) y CASCV en la Comunidad Valenciana, y el Centro Nacional de Arqueología Submarina, hoy ARQUA situado en Cartagena. Curiosamente, y a pesar de esta abundancia institucional la mayoría de estos centros son efectivamente órganos consultivos y asesores. No realizan investigación arqueológica subacuática, sino que ejecutan programas o elaboran proyectos de gestión del patrimonio subacuático. El CASC organiza cursos de formación y lleva a cabo diversas campañas a lo largo del año, pero desafortunadamente en estos momentos es la excepción a la regla. " Como consecuencia de todo lo ya expuesto en líneas anteriores vemos que los organismos que deben velar por la protección del patrimonio subacuático son relativamente inoperantes. La vigilancia de este patrimonio debe contar en primer lugar con la participación de pescadores, buceadores y habitantes, que en reiteradas ocasiones han demostrado su eficacia, pero para lograr su implicación son necesarios medios

y

técnicos especializados que acerquen el patrimonio a la población. Las instituciones civiles que mencionamos vienen realizando actividades de coordinación y control en las campañas arqueológicas en que colaboran desde hace tiempo, pero no pueden abarcar la totalidad del patrimonio. Así, fue necesario llegar a un acuerdo con el ministerio de Defensa por el cual la Armada colaboraría en la protección del patrimonio subacuático. Como ya venía siendo habitual la Guardia Civil continuará haciendo lo propio pues tradicionalmente es la autoridad policial en el medio marítimo. "

" "

• Figuras de protección del patrimonio subacuático!

"

Antes de nada es preciso señalar que no existe en el ordenamiento jurídico español una normativa específica que ordene el régimen jurídico y la protección del patrimonio cultural subacuático. Esto obliga a acudir al régimen general de protección del patrimonio arqueológico, que se contiene en la Ley estatal 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español (LPHE) y en las leyes autonómicas sobre la materia, en las que se establece que el patrimonio cultural subacuático forma parte del patrimonio arqueológico (Castro, 2012). " Como otro punto clave es importante apuntar que todos los yacimientos subacuáticos ya declarados como “zonas arqueológicas” y aquellos sitios arqueológicos bien conocidos, 30

delimitados y protegidos son declaradas como Bienes de Interés Cultural (BIC) o su equivalente autonómico, con el objeto de procurarles la mayor protección jurídica posible en nuestra legislación7. En algunas regiones se está instituyendo adicionalmente la figura de zona de protección arqueológica, como ampliación de la figura anterior, y en éstas mediante denominaciones como “zonas de servidumbre arqueológica”, “espacios de protección arqueológica” o “áreas de vigilancia arqueológica” se limitan las actividades que se pueden realizar. Para ilustrar esta nueva realidad tenemos el caso andaluz, donde, desde 2008 se han inscrito 55 zonas arqueológicas y 43 zonas de servidumbre arqueológica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico como Bien de Interés Cultural. Recordamos las implicaciones de tal figura, y es que la declaración como BIC prevalece sobre cualesquiera instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial que afecten al bien." Estas figuras de protección se crean para mitigar o eliminar el impacto negativo que diversas actividades, como la construcción de un puerto o la pesca de arrastre, pueden ocasionar sobre este delicado patrimonio. Por último destacar que el Libro Verde insiste en la necesidad de informes de impacto arqueológico para toda aquella actividad desarrollada en el medio marino, y muy especialmente en aquellas zonas catalogadas como de protección arqueológica. Estos informes previos y vinculantes deben llevarse a cabo bajo la supervisión de las administraciones públicas y deben ser independientes del informe sobre impacto natural. Huelga decir que toda actividad arqueológica subacuática requiere de una autorización administrativa previa antes de comenzar su ejecución. "

"

- Casos prácticos de Gestión!

"

• Difusión del PCS!

"

Todas las facetas del patrimonio subacuático son igualmente importantes, pero sí hay una que marca verdaderamente la diferencia, esa es la difusión. De una correcta difusión depende que el mensaje que pretendemos difundir cale en la sociedad y lo haga propio. Solo aquello que la sociedad conozca y se apropie será conscientemente protegido y amado. Por tanto depende de todos los poderes públicos y los medios de comunicación sensibilizar, divulgar y poner en valor nuestro patrimonio. Intencionalmente incluyo los medios de comunicación, porque en una sociedad como la nuestra su poder de influencia es inconmensurable. Este capítulo abordará sucintamente alguna de las iniciativas de 7

Libro Verde de la Arqueología Subacuática, p54

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difusión del patrimonio subacuático y otras relacionadas con él de gran relevancia. Además de los tradicionales cauces de difusión: museos y exposiciones, hablaremos de réplicas de navíos, de artículos de prensa, de blogs especializados o de acciones en internet. "

-

Museos, exposiciones y réplicas"

"

En general el patrimonio subacuático se ha contemplado desde una óptica muy distorsionada. Por una parte la población relaciona este patrimonio únicamente con galeones hundidos, olvidando que un avión de la primera guerra mundial o una estructura portuaria son igualmente patrimonio cultural subacuático. Por la otra, el cauce por el que el público sabe de su existencia es en muchos casos una serie de documentales e informaciones elaboradas por las empresas expoliadoras o producciones televisivas poco rigurosas. Para solventar este problema y surtir La difusión487

de información al público tradicionalmente los museos han sido la principal vía de expresión; hoy en día ya no es así ya que la inmediatez y comodidad de las nuevas tecnologías han acercado el patrimonio a los hogares de una nueva manera, así y todo los museos son absolutamente imprescindibles para conocer de primera mano la realidad del PCS. En España contamos con dos instituciones arqueológicas museísticas de ámbito nacional. Son el Museo Arqueológico Nacional y el Museo Nacional de 8 ❘ La difusión Arqueología Subacuática. Además tenemos museos arqueológicos autonómicos,

provinciales y locales. Por último, y en paralelo a estos existen una serie de museos navales, encabezados por el Museo Naval de Madrid, dependiente de la Armada, que en lo concerniente al mundo de la navegación española también realizan una importante labor de difusión. No podemos referirnos a cada uno de los museos españoles que cuenten con colecciones de patrimonio subacuático, por lo que nos referiremos principalmente al ARQUA, que teóricamente es la máxima institución museística en esta materia. "

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Nacido en 1980 el museo se desplazaría a su actual sede en el puerto de Cartagena en 2008, y junto a la función expositiva del centro, el Arqua es también la sede del centro de investigaciones submarinas. En pocas palabras, los objetivos de la institución son el estudio, valoración, investigación, conservación, difusión y protección del Patrimonio Cultural Subacuático Español. El espacio expositivo cuenta con dos ambientes específicos: uno dedicado a la construcción naval y la navegación; y otro a los pecios y puertos del Mediterráneo. A la salida de la exposición se facilita el acceso a recursos cibernéticas relacionados con la arqueología subacuática y la protección del PCS. " El ARQUA, así como el Museo Naval de Madrid y el Museo Arqueológico Nacional recientemente fueron los elegidos para albergar tres exposiciones complementarias sobre la fragata Mercedes. Es un acierto del Ministerio haber concebido una muestra tripartita que en cada museo muestre una dimensión del pecio. Así, el Arqua pondrá el foco en la arqueología subacuática y las labores arqueológicas, el Arqueológico Nacional explicará la coyuntura social e histórica del momento y el Museo Naval repasará las facetas náuticas. Esta exposición será por tanto un buen referente de la más moderna concepción de la difusión del patrimonio. " Para finalizar este tema queremos tratar la construcción de réplicas y/o la restauración de pecios. Conscientes de los beneficios que traería tamaña empresa, Suecia no vaciló en reflotar una de sus naves más insignes, el Wasa, y proceder a su restauración. En un proceso dilatado en el tiempo y muy costoso el vetusto buque recobró el aspecto que debía tener cuando siglos atrás zozobró en su viaje inaugural. Se construyó un edificio especialmente pensado para la conservación del buque y allí se depositó. El éxito de visitas de esta exposición pone de relieve lo atractivo que

resulta este punto para el

público. Algunos casos más en Holanda y Grecia confirman esta tendencia, sin embargo, parece que en España la idea no se ha popularizado tanto. Esto no quiere decir que no haya habido intentos, que de hecho los ha habido varios. " El primer caso son las réplicas de las naves que descubrieron el Nuevo Mundo. La Pinta, la Niña y la Santa María flotan plácidamente en los Muelles de las Carabelas en Palos de la Frontera. Estas réplicas, construidas para el V centenario del descubrimiento en 1992 son plenamente accesibles y fueron razonablemente bien construidas a semejanza de las originales. Es una lástima que no reciban mucha más atención, al fin y al cabo son verdaderos testigos de un período transcendental de nuestra historia. El caso de la Nao Victoria, réplica de la primera nave en dar la vuelta al mundo es similar; veracidad 33

histórica y una agenda de actividades variada, pero poca incidencia nacional. Por último el Galeón Andalucía, que además de servir como representante de España en encuentros internacionales ha acogido el bicentenario de la Constitución de 1812 en diversos puertos. ¿Cuál es el problema

de

estas

reproducciones? No ser originales o reconstrucciones de originales es un asunto menor, el verdadero problema es que la población no las ve como propias. Por alguna razón de secular tradición gran parte del país ha vivido de espaldas al mar y no ven estos barcos como algo propio. Tal y como sucede con el patrimonio subacuático la labor de concienciación va bien encaminada pero le falta camino por recorrer. Para remate del tema indicar que estas embarcaciones cumplen dos funciones primordiales: uno, acercan al público la vida marítima del pasado y ayudan a comprender nuestra historia, y dos, permiten que ese pasado sea visitable y accesible mientras que el PCS yace seguro bajo las aguas, disponible para ser estudiado y gozando de las máximas protecciones. "

" -

Prensa"

"

Hablar de prensa implica referirnos a la prensa escrita (en papel y online), a revistas de divulgación y a las cadenas de noticias de radio y televisión, luego debemos asumir que este apartado será uno de los más importantes dentro de la difusión del patrimonio. Ya hemos hablado de los museos y exposiciones, pero nos faltaba por abordar uno de los componentes diferenciales de nuestra sociedad frente a las del pasado: la prensa y su poder. Para entender rápidamente este apartado tenemos que imaginar una situación en la que una persona camina por su ciudad y admira sus construcciones, sus parques y tal vez sea el caso, esas ruinas que bajo un cristal aparecen en medio de la calle. Este ciudadano, curioso y con tiempo decide que el museo de la ciudad puede ser un buen lugar donde aprender más de su historia, por tanto, un sábado decide ir y lo visita. En este 34

caso nuestro sujeto ha llegado al patrimonio directamente, sin intermediarios, aunque sin duda una noticia relacionada o una campaña de promoción le habrían empujado antes al museo. En el caso del patrimonio subacuático esta escena es inviable. Por un lado porque bajo el mar caminar es ciertamente complejo, y por otro, si la persona que casualmente tiene medios para bucear descubre restos de lo que sea pensará que son un tesoro y que debe callar para garantizar su secreto. El problema de la segunda situación es doble: la accesibilidad al PCS es muy restringida, y la información sobre el mismo está deformada. La prensa tiene una oportunidad única para modificar esta percepción. Los medios son junto con la educación los únicos verdaderamente capaces de hacer ver al buceador/ nadador que ese ancla es tan patrimonio como el retablo de una iglesia, y que es mas beneficioso e importante informar a Cultura que expoliar y vender el hallazgo. " Analizar específicamente los medios televisivos y radiofónicos no es objetivo de este trabajo, y no podemos sacar conclusiones definitivas a causa de lo inabarcable de su producción diaria. Sí podemos señalar que en términos generales estos medios se hacen eco de la situación del patrimonio cuando se trata de acontecimientos muy relevantes relativos a éste. No podemos hablar de programas dedicados aunque dentro de emisiones de contenido histórico-cultural RTVE así como algunas cadenas de radio han dedicado interesantes programas monográficos al patrimonio subacuático en los últimos tiempos." Las revistas de divulgación afortunadamente llevan mucho tiempo reflejando en sus contenidos un gran interés por el patrimonio subacuático. No deja de ser cierto que al albur de hallazgos o controversias múltiples han rescatados esos temas con más ímpetu, aunque ha sido tónica habitual de los últimos diez años la presencia de artículos sobre arqueología subacuática o PCS. Así, las campañas en Alejandría, los hallazgos de galeones o la inauguración de centros de investigación han sido difundidos en tiempo y forma. " Por último la prensa escrita, que por transcendencia e importancia sociológica nos limitamos a estudiar en los últimos diez años. El periódico es uno de los medios masivos de comunicación más importante de la actualidad, y el volumen de información que genera es mucho mayor que los contenidos de telediarios o gacetas de noticias. Afortunadamente contamos con las versiones online de los principales diarios españoles, por lo que podremos hacer un análisis estadístico con relativa fiabilidad. " 35

Globalmente el patrimonio subacuático es un contenido marginal en la prensa, pero debemos pensar que por descontado la cultura no es prioritaria en estos medios; la incidencia de la política, la economía o el deporte es mayor sin duda. " Tomamos como referencia el diario ABC, que cuenta con una sofisticada base de datos, y que históricamente se ha mostrado interesado por el patrimonio cultural subacuático y muy combativo en los últimos tiempos con los casos de expolio. Tenemos que las noticias relativas a la arqueología subacuática desde 2004 y hasta 2014 son 259, con un repunte en 2009 y otro en 2013, años clave sobre los contenciosos con los cazatesoros. Como dato curioso, en 2004, primer año de referencia solo tenemos 4 entradas, y en dos de ellas el titular se refiere al Rescate de los restos de Trafalgar. 2007 (22) fue el año de los cazatesoros y el expolio. En el 2009, con 46 entradas: el Plan Nacional, el Libro Verde, la movilización de la Armada y el caso Odissey son los protagonistas; el diario ya no habla de rescates. En 2012 el protagonismo lo tuvo la convocatoria de un próximo Congreso de Arqueología Subacuática en Cartagena y noticias derivadas del caso de la Nra. Sra. de las Mercedes, también se difundió el hallazgo de un gran pecio en Galicia. 2013 destaca en la celebración del Congreso de Cartagena, cambios organizativos en el Arqua, el hallazgo de varios pecio a manos del Arqua y la búsqueda de un barco hundido de la Armada Invencible en aguas gallegas. Lo que llevamos de 2014 se presenta como el año de la Mercedes, publicidad de las exposiciones que se han organizado y las Jornadas de Arqueología Subacuática recién celebradas en Madrid. " La siguiente búsqueda que hemos hecho se refiere a los términos patrimonio subacuático. La gran relación que existe entre el PCS y la arqueología hace muy complejo separar ambas realidades pues habitualmente aparecen los dos conceptos juntos. Así y todo se han podido constatar algunas interesantes diferencias. En primer lugar un dato equivalente, 226 entradas frente a las 259 del PCS. Además, algunas de estas entradas se pueden computar con el grupo anterior porque se trata de artículo que abordan la arqueología y el PCS. No obstante, la distribución de entradas por año varía ligeramente. 2004, 2005 y 2006 sufren una gran sequía informativa (1,2 y 3 entradas respectivamente), mientras que 2007 se dispara hasta 21. 2009, 2012 y 2013 son los picos con 38, 39 y 52 respectivamente. El 2012 reflejó la declaración del Titanic como patrimonio cultural subacuático tras 100 años de su hundimiento y numerosas entradas sobre expoliadores y sus actividades. 2013 fue un año en que la noticia estrella fue el nuevo tratamiento legislativo del PCS en Colombia y el desarrollo del Congreso de Arqueología Subacuática 36

Incidencia noticias sobre Arqueología Subacuática

de Cartagena. Por último, lo que ha discurrido de 2014 nos deja

60

un renovado interés por el cargamento de la Mercedes y su

52

45

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musealización."

45

¿Qué podemos extraer

30

30 22

15

0

4

6

18

brevemente de estos datos? En primer término lo coyuntural que resulta el interés por el tema en

14

8

la prensa. Los años clave en el proceso judicial en torno a la

2004 2005 2006 2007 2008 2009 2011 2012 2013 2014

Mercedes han sido sin lugar a dudas los momentos de mayor impacto mediático, aunque ello no quita que durante los que podríamos llamar “años valle” se haya mantenido viva en cierta manera la arqueología subacuática. Es llamativo el año 2004

o 2005 se hablara de rescates de

pecios e incluso se hiciera una entrevista a un abiertamente declarado cazatesoros8. De esa situación a la actual hay un verdadero abismo, y queda patente que la prensa, pero también la sociedad han asimilado correctamente el mensaje sobre el PCS. Recapitulando brevemente la temática, ha sido tónica habitual a lo largo de los años relatar el desarrollo institucional Incidencia noticias sobre Patrimonio Subacuático

del Arqua, la lucha judicial de la Mercedes o señalar los hallazgos casuales de pecios,

60

sin embargo hay temas completamente olvidados. En

52

45

primer lugar no se comenta el desarrollo de las excavaciones,

38

39

30

28

es verdad que son pocas, pero alguna ha habido estos años,

21

15

como por ejemplo el Bajo de la Campana en Murcia, que sí fue

0

1

2

3

2004

2005

2006

2007

2009

2012

2013

2014

8

http://www.abc.es/hemeroteca/historico-15-08-2005/abc/Gente/los-piratas-no-se-estanquietos_61202255764.html

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reflejado en los medios locales9. Tampoco se hace eco la prensa, ni plantea ningún artículo o reportaje sobre la formación de los arqueólogos subacuáticos, si bien en algunos artículos de opinión se plante el déficit en este sentido. Son escasas pero sí aparecen crónicas que abordan el papel de la Guardia Civil en la vigilancia antiexpolio o los avances de las políticas de gestión que se vienen produciendo. Finalmente destacar la abusiva recurrencia a términos como el más grande, el tesoro, el más antiguo, términos que sin duda buscan incrementar la visibilidad de la noticia, pero que en el caso de tesoro, por citar un ejemplo resultan perjudiciales para el mensaje que se debe transmitir sobre el PCS. De cualquier modo, hoy, a diferencia del 2004 hablamos de exposiciones arqueológicas, de congresos científicos y de la inmoralidad de los cazatesoros, por lo que a este respecto debemos felicitarnos. "

" -

Producciones audiovisuales"

"

La generalización es siempre inadecuada y no es necesariamente representativa, no obstante, en las producciones norteamericanas podemos ver en general un sesgo muy marcado en el tratamiento del patrimonio subacuático. Esto es doblemente hiriente pues no solo se emite en su lugar de origen, sino que se emite y publicita en España en canales de relativo prestigio como Canal Historia, Discovery Channel o National Geographic. Para muestra un botón de un pequeño análisis de uno de estos documental es acerca de la ciudad sumergida de Port Royal obra del que escribe estas líneas: " !

“Parece correcto destacar en primer lugar que nos encontramos ante un

documental que pretende llegar a un público lo más amplio posible. De este modo la información proporcionada es sencilla y el léxico cercano al espectador. Se recurren a numerosas imágenes, infografías y recreaciones tridimensionales de lo que el narrador va informando. (…) El propio narrador explica que el documental nos introducirá a la realidad de este mundo perdido gracias a las reconstrucciones digitales, la experiencia de expertos de la zona, los restos arqueológicos hallados y a la ayuda de la Arqueología moderna (limitándose a mostrarnos un diseño asistido por ordenador, nunca elementos de otra índole). También se nos comentará explícitamente el objetivo último del programa, el descubrimiento del mundo perdido. (…) los arqueólogos, parecen más interesados por las

9

http://www.laverdad.es/murcia/20100115/cultura/tesoro-fenicio-manga-20100115.html

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Incluimos a continuación y como colofón a este apartado de prensa una formativa viñeta aparecida en la prensa chilena respecto a la protección del patrimonio. Afortunadamente no podemos criticarle nada, el mensaje ha calado.

"" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "" "

Rodrigo Riveros, 2012, Chile

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evidencias materiales y la tecnología náutica que en el desentrañamiento del porqué de ese mundo. (…) Se constata la riqueza de la ciudad pero no es a partir de sus restos como se explica, sino que la labor interpretativa es absolutamente trabajo de los historiadores. Los arqueólogos aparecen como buscadores de objetos/restos que no sirven sino para observarlos o extraerlos del fondo. (…) Se emplea la Arqueología para añadir el punto aventurero, misterioso y a la vez como demostración de que ese mundo existió, y como prueba

muestran al arqueólogo que lo descubre. (…) se recurre al

elemento sensacionalista y a la exacerbación de los sentimientos para lograr una mejor acogida.! !

¿Qué imagen se da de la Arqueología? (…) arqueólogos, que como verdaderos

detectives y buscadores de tesoros se lanzan a la aventura a través de las aguas y de las selvas con tal de hallar ruinas legendarias. Naturalmente no se respetan o por lo menos se abstienen de mostrar los procedimientos de la Arqueología submarina y nos muestran a un buceador que se zambulle entre los restos–teóricamente en calidad de arqueólogo sin ningún tipo de planteamiento o razonamiento previo, simplemente se limita a esperar a ver algo interesante. Por descontado se omite todo procedimiento legal-administrativo que pueda existir en esas localizaciones para realizar las inmersiones. (…)”! Insistimos que no se trata de toda la realidad pero lo cierto es que el modelo de producción audiovisual aquí presentado es el más común en la actualidad. En este, el patrimonio es rebajado a reclamo visual y posible producto vendible, así como se degrada la profesión del arqueólogo. Pero, igual que criticamos este punto se debe apreciar el logro que suponen las audiencias que consiguen, que probablemente no estén dispuestas a consumir contenidos académicos mucho más áridos. Es un reto para la difusión científica conseguir un equilibrio entre contenidos rigurosos y planteamientos amenos que acerquen el verdadero patrimonio subacuático a la sociedad. " Por último y para enfatizar la gran carencia que el mundo hispanohablante, y no solo España tiene a este respecto señalar las cifras de resultados que muestra YouTube al introducir Arqueologia Subacuática y Patrimonio Subacuático frente a Underwater Archaeology y Underwater Heritage. ! Estos datos tienen la validez que les queramos dar, pero ni siquiera el argumento de la mayor difusión de la lengua inglesa justifica los resultados, pues el español es la tercera

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lengua en Internet a fecha de 201310. En definitiva, esta es una asignatura pendiente de primera magnitud. " Comparativa de resultados en YouTube 100.000

98.500

75.000 50.000 25.000 0

7.650 Arqueo. Subacuática

1.360

20.200

Pat. Subacuático Underwater Archaeology Underwater Heritage

" -

Asociaciones y acciones en Internet"

"

En la actualidad contamos con una gran facilidad de reunión y aún más de comunicación. Derivado de esto no era extraño que aparecieran asociaciones, clubes y páginas de aficionados en las redes sociales. En esta nueva realidad también son frecuentes las campañas de suscripción popular y otras manifestaciones digitales de la opinión ciudadana, por ello no debería sorprender la dinámica de respuesta a los acontecimientos que hoy en día se produce.

Presentamos un caso reciente para ejemplificar esto.El

pasado verano la ONCE presentó una campaña publicitaria titulada: "EXTRA DE VERANO DE LA ONCE- "Quien tiene un cupón tiene un Tesoro”, la cual mediante un anuncio televisivo muestra a un buceador y navegante que encuentra un pecio y lo expolia. El mensaje que transmite más allá de lo cuantioso que puede ser el premio es la viabilidad del expolio. Sin duda una desafortunada campaña que no puede quedar así por lo dañina que resulta. Pero cabría preguntarse por qué incluimos este episodio en el apartado acciones en internet; la respuesta es sencilla, y es que a todo problema le corresponde una solución, y hoy en día la concienciación ciudadana es lo suficientemente operativa como para que en un breve plazo existiera una réplica a la campaña organizada desde Change.org11. Relacionado con el patrimonio cultural pero no del subacuático

10

Informe 2013 "El español: una lengua viva”, Instituto Cervantes

11

http://www.change.org/es/peticiones/once-eliminar-una-campaña-de-prensa

41

tenemos el caso análogo de “Discovery MAX: Que se retire el programa "Un tesoro bajo tus pies””, programa que hacía apología del expolio. " Otra dimensión social son las asociaciones. Tan sólo en el listado de grupos o páginas de seguidores de Facebook tenemos 22 resultados de grupos de apoyo a la arqueología subacuática. No es un número muy abultado aunque algunos de estos perfiles se correspondan con asociaciones verdaderamente operativas y a tener en cuenta. En otros casos las numerosos asociaciones no tienen presencia en las redes sociales por lo que su contabilización es más compleja. Existen en España asociaciones relacionadas con el patrimonio cultural subacuático como la de Amigos del Museo Nacional de Arqueología Subacuática, la Asociación Española de Amigos de la Arqueología Subacuática, y la Sociedad de Investigadores de Arqueología Subacuática. Relacionados con el patrimonio subacuático deberíamos mencionar también la Asociación de Amigos del Museo Naval y la Fundación Museo Naval que desarrollan labores de concienciación sobre patrimonio marítimo en sus respectivos ámbitos." Volviendo al empleo de Facebook el perfil del ARQUA de Cartagena tiene el apoyo (reflejado en Me gusta) de más de 6.000 personas, y la asociación española de amigos de la arqueología subacuática cuenta con el apoyo de 500 personas, la Fundación Museo Naval por su parte tiene 3100 seguidores. Además de las actividades que realicen cada una de ellas hay que tener en cuenta la labor de difusión que realizan en un medio tan empleado hoy como Internet.

Como

comparativa el Museo Arqueológico Nacional tiene 4900 seguidores y el Museo del Prado 362.000, por lo que entre aquellos interesados en la arqueología, el ARQUA tiene tanto interés como el MAN,

sin embargo la notoriedad del Prado eclipsa

completamente estos modestos datos. Twitter12 es otro de los filones de difusión que debemos tener en consideración. En esta red de miles de millones de mensajes

12

Twitter es una aplicación en la web que permite a sus usuarios escribir pequeños textos (de hasta 140 caracteres) que pueden ser leídos por cualquiera que tenga acceso a su página.

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instantáneos los hashtags13 relativos a arqueología subacuática y patrimonio subacuático se cuentan por cientos, pero el grado de penetración que tienen en la sociedad es difícil de cuantificar pues nunca llegan a ser tuits de alcance masivo. Caso aparte son aquellos emitidos por usuarios con un gran número de seguidores, con lo que la diseminación es enorme. Por tanto debemos valorar y emplear de acuerdo a su potencial estas potentísimas herramientas.!

" • El control de un patrimonio disperso! " -

"

El problema de la propiedad"

La decisión de introducir aquí de nuevo referencias a la Convención de la Unesco obedece a lo recomendable que resulta conocer los mecanismos que rigen sobre un patrimonio cultural, el español, diseminado por aguas propias, internacionales y ajenas. La relativa universalidad de los acuerdos de la Unesco nos faculta a comprender el porqué de algunas situaciones que afectan al PCS, y que tratamos a continuación. " "

" Convención de Paris de 2001! Además de establecer ciertos principios básicos en la protección del patrimonio subacuático, la Convención de 2001 también regula específicamente situaciones como las que en gran medida sufre el patrimonio español. Se trata de disposiciones que afectan al desempeño de la actividad arqueológica y también a la titularidad de los bienes." 13

Un hashtag representa un tema.

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Cuando hablamos de restos o buques que no son de estado, la convención señala que en el caso del mar territorial se afirma la soberanía del Estado ribereño, y le concede el derecho exclusivo y excluyente de reglamentar y autorizar en dichas zonas cualquier actividad sobre el patrimonio cultural subacuático. Además se establece la opción voluntaria de informar al Estado del Pabellón y a los demás Estados interesados sobre hallazgos ocurridos en su mar territorial y aguas archipielágicas. La propiedad de los bienes hallados la ostenta el estado ribereño. En el caso de las aguas contiguas se establece prácticamente el mismo régimen que en el caso anterior, con la diferencia que la reglamentación de este régimen es potestativo del estado y no viene determinada por la convención. La situación en la zona económica exclusiva y la plataforma continental es diferente, sin embargo. De las diferentes posturas mantenidas por los gobiernos prevaleció un criterio de consenso, y se estableció el reconocimiento de un estatuto preferente al Estado ribereño y la necesidad de consultar a los Estados interesados, postura defendida entre otros por Italia, España y Japón. Por lo tanto se faculta al Estado ribereño a prohibir o a autorizar cualquier actividad dirigida al patrimonio ubicado en su zona económica exclusiva o plataforma continental, si bien no le concede la titularidad de los mismos. Instituye adicionalmente una norma por la cual en caso de peligro inmediato para el patrimonio, el estado ribereño puede tomar medidas para su protección, con lo que

una de las directrices de la convención, la salvaguarda de los bienes queda

garantizada a la par que el estado ribereño mantiene ciertos derechos. "

"

El buen funcionamiento de esta serie de mecanismos depende de una correcta interlocución entre los interesados, para lo cual se nombra un estado coordinador. Lo complejo de este nombramiento hace que en la práctica sea el estado ribereño quien – salvo que renuncie a tal cargo– se ocupe de la coordinación. Finalmente hay que ocuparse de las aguas internacionales, que por su ambigüedad legal suponen un verdadero quebradero de cabeza. Genéricamente se concluyó que “todos los objetos de carácter arqueológico o histórico hallados en la zona serán conservados o se dispondrá de ellos en beneficio de toda la humanidad”14. Esto supone la obligación para la comunidad internacional de aprovechar en beneficio de la humanidad estos bienes culturales subacuáticos, a la par que le concede la propiedad. Con base en esto se propuso un sistema de información y consulta similar al que se debía implantar en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental. Por otro lado existe una referencia

14

Artículo 149 de la Convención del Mar.

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que complica la situación, pues insta a no olvidar los “derechos preferentes” de los Estados de origen cultural, histórico o arqueológico. Cuáles son esos derechos preferentes no está claro. Se ha dado por supuesto, pero sin ninguna carga legal, que dichos Estados pueden actuar como Estados coordinadores o tener preferencia a la hora de formular consultas, adoptar medidas y expedir autorizaciones en relación al patrimonio hallado (Novak, 2009, pp.415-416)"

"

Pasamos ahora a los buques y aeronaves de estado, tema de indudable interés para España dado su pasado marítimo. Asunto controvertido como ninguno debido a las implicaciones que conlleva, supuso uno de los más discutidos temas a la hora de elaborar sus planteamientos, especialmente entre las antiguas y actuales potencias navales (España, Francia, Gran Bretaña, Rusia y Estados Unidos). Se concluyó que no solo las naves de guerra quedaban comprendidas dentro del grupo, sino también aquellas que en el momento de su hundimiento prestaban un servicio público no comercial. La voluntad de la Convención de no injerir en el Derecho Internacional General ni en los principios de Inmunidad Soberana hizo que adicionalmente, los buques o aeronaves de estado “que sean utilizados con fines no comerciales no estarán obligados a comunicar descubrimientos de patrimonio cultural subacuático en la zona económica exclusiva, en la plataforma continental o en la zona internacional de los fondos marinos”15." Respecto a las disposiciones relativas a los buques de estado en aguas territoriales e interiores el texto señala que el estado ribereño debería informar al estado del pabellón sobre el hallazgo (no hay obligación). En la zona económica exclusiva y en la plataforma continental queda prohibido efectuar actividad alguna dirigida a un buque o aeronave de Estado que no cuente con el acuerdo del Estado del pabellón y la colaboración del Estado coordinador. En la zona internacional se establece una disposición similar a la anterior."

"

De este modo, y vistos los intereses que tiene el estado español en juego parece sensato poner de relieve la importancia de las relaciones bilaterales entre España y la comunidad internacional, aunque muy especialmente con la comunidad iberoamericana, en cuyo seno reposa un patrimonio común de grandísimo valor histórico. A pesar de las recomendaciones de la UNESCO y todos los procedimientos disponibles es de vital importancia la existencia de cauces de comunicación y proyectos de cooperación cultural entre todos estos países hermanados. Con esto podría evitarse que sucedan verdaderos 15

Artículo 13 de la Convención de la UNESCO."

45

desastres para el patrimonio subacuático como el que acaece en Colombia, donde la ley 1675 de 2013, abre de par en par la puerta a la extracción/rescate del patrimonio subacuático colombiano a manos de empresas privadas que reclamarán parte del valor de aquello que localicen. De manera más o menos velada la interpretación de esta ley deja entrever la monetización del patrimonio y al fin y al cabo su explotación comercial, lo que va en contra de la postura de la convención UNESCO y de sus firmantes. En consecuencia y dado que estos rescates afectan en buena medida a patrimonio español en esas aguas tenemos que concluir que nos enfrentamos a un problema no pequeño. "

"

El último de los asuntos que a este respecto vamos a tratar es el del salvamento marítimo. Institución recogida por los países en que rige la Common Law es desconocida en aquellos regidos por el sistema romano-germánico. Los Estados Unidos hicieron una enconada defensa del salvage law en la Convención (velando por los intereses de las empresas norteamericanas buscadoras de tesoros), si bien la oposición de la mayoría restringió estas prácticas de recuperación a lo siguiente: a) que las operaciones de salvamento sean permitidas por las autoridades competentes, con lo cual desaparece uno de los componentes del acto de salvamento,esto es, la espontaneidad del mismo; b) que las operaciones sean compatibles con las disposiciones de la Convención de la UNESCO; y c) que las operaciones se realicen con la máxima protección de dicho patrimonio. En todo caso no se elimina y/o restringe el alma de este negocio: la recuperación de objetos (frente a la preservación in situ), la obtención de un rendimiento económico y el empleo de técnicas de extracción eficaces y rápidas, que no respetuosas con el patrimonio. "

"

Con estas nociones básicas podemos hacer una pequeña lectura de dos casos paradigmáticos en el patrimonio subacuático español, acaecidos en momentos diferentes y con desenlaces muy distintos. "

"

-

Tres modos de actuar:"

" "

- Nra. Sra. de Atocha. !

El galeón Nuestra Señora de Atocha era una de las naves capitanas que en el verano de 1622 partía desde Cuba hacia España cargada de caudales y alhajas varias. Azotada por una gran tempestad algunos de los barcos de la flota, entre ellos el Atocha golpearon los 46

bajíos cercanos a la costa de Florida y se fueron a pique. La Corona organizó el rescate de la carga en los meses siguientes valiéndose de una campana de bronce, no obstante el Atocha no apareció. Quedaría olvidada bajo las aguas hasta que desde mediados de los años 70 Mel Fisher, buscador de tesoros, que buscaban sus restos, finalmente lo localizó en 1980. La legislación norteamericana determinó que los restos hallados le pertenecían y que por tanto podía disponer de ellos con toda libertad. Además la sentencia aprobaba los medios de extracción que no eran otros que un potente chorro de agua que despejaba de sedimentos el yacimiento. Los hallazgos fueron únicos, y junto a la carga de lingotes de oro y plata aparecieron lozas, armas, cadenas, crucifijos, hebillas, un astrolabio… en suma, un verdadero retrato del momento en que se hundió la nave. Una gran parte de este cargamento viajó en una exposición itinerante por el estado de Florida, y a su término buena parte de las piezas se comercializaron, generando unas ventas en Christie´s en torno a 70.000 millones de pesetas (unos 421 millones de euros). Las que no fueron vendidas se depositaron en el museo que la familia Fisher y la Treasure Salvors Inc instalaron en Cayo Hueso, en Florida (León Amores, 2009). "

"

"

- La Juno y la Galga. !

El siguiente caso a comentar es el de las fragatas Galga y Juno, que se hundieron frente a las costas de Virginia (Estados Unidos) en 1750 y 1802 respectivamente. Ante la amenaza del expolio de las naves, España se enfrentó en los tribunales norteamericanos con el multimillonario Ben Benson, a la sazón patrocinador del proyecto. SeaHunt, sociedad que realizaba las labores de expolio había tramitado sendos permisos ante el Estado de Virginia para rescatar y explotar estos pecios, a cambio de repartir un 25 por ciento del presumible botín con las autoridades locales." En el año 2000, y tras mantener un largo proceso judicial la corte federal de los EEUU reconoció los derechos del Estado Español sobre ambos pecios. Gracias a un convenio firmado entre los dos países, los materiales que se recuperaron se exponen en el Museo Parque Nacional de Assateague (Virginia). Además. una de las anclas recatadas se expone hoy en el ARQUA de Cartagena. Hasta este episodio, el Estado Español nunca había hecho valer derecho alguno ante tribunales extranjeros sobre sus navíos sumergidos, por lo que con el caso de la Juno y la Galga se inauguró la política exterior española de defensa jurídica de nuestro Patrimonio Cultural Subacuático (San Martín, 2012)."

" "

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- Nra. Sra. de las Mercedes!

"

Nuestra Señora de las Mercedes fue una fragata española, hundida por la flota británica, el 5 de octubre de 1805, en la batalla del Cabo de Santa María, con casi toda su tripulación a bordo y un valioso cargamento monetario. Se trataba de una carga de más de 500.000 monedas de oro y plata, acuñadas en el Perú a finales del siglo XVIII y valoradas en aproximadamente 370 millones de euros. Junto a esta carga viajaban otros objetos culturales de valor incalculable (San Martín, 2012). El pecio, que había yacido intacto a 1000 m de profundidad en aguas internacionales durante 200 años se vería profanado

en

2007.

Abandonando el mar de Alborán de abril a mayo de 2007 el buque Odissey Explorer enfiló rumbo a aguas atlánticas y cargó a bordo todo cuanto de la Mercedes resultaba valioso. Descargó en Gibraltar la carga donde un avión recogió la mercancía rumbo a Tampa, Florida. Allí Odissey interpuso una demanda con el fin de que fueran reconocidos sus derechos de propiedad o al menos pudiera percibir un rescate, conforme a la aplicación del derecho de salvamento. España se personó en la causa oponiéndose a Odissey, los presuntos herederos del cargamento embarcado y la república de Perú, que alegaba la nacionalidad peruana de los objetos así como aquellos que los fabricaron. " No obstante, la fragata era un buque de guerra, que en el momento de hundirse completaba una misión pública, transportando a la península caudales destinados al sostenimiento financiero del aliado francés en guerra con Inglaterra. En estas condiciones la Mercedes gozaba, y sigue gozando de inmunidad soberana, punto que corroboraron los tribunales de Florida. Esta misma Corte sentenció la obligatoriedad de la restitución de los bienes a España, que finalmente arribaron a España en febrero de 2012, 207 años después. " En el caso de la Mercedes vemos cómo los tribunales de Estados Unidos actuaron de un modo similar a lo contemplado en la Convención de la Unesco a pesar de que este país no lo haya ratificado. Esto merece cierta satisfacción pero no podemos perder de vista un 48

elemento importante, la Mercedes ya no existe. Los actos de expolio, aunque redimidos en parte con la recuperación de parte de los restos fueron tan destructivos que de la embarcación no queda ya nada; por añadidura hay que recordar que toda estructura humana sumergida, pero muy especialmente los buques son susceptibles de contener cadáveres, y el respeto a los mismos en la Mercedes ha brillado por su ausencia. " De estos tres casos analizados podemos extraer algunas deducciones. Por un lado se ha visto como desde los años 80 hasta la actualidad la postura frente al patrimonio cultural subacuático español ha cambiado radicalmente; de la práctica inacción del Atocha a las cada vez más favorables sentencias de la Juno y la Galga y al fin la Mercedes. El gobierno ha hecho suya la causa del PCS y a la vista están los resultados. Igualmente la línea de pensamiento se ha modificado, pasando de unas valoraciones económicas del patrimonio a un valor histórico y cultural de éste. Nuestras autoridades se han percatado de que el problema no es únicamente relativo a la propiedad, sino que la naturaleza científica de su estudio debe ser también prioritaria. Ahora bien, y respecto a la Mercedes, ¿cómo es posible que no se haya enviado una expedición a comprobar el estado del yacimiento? En esto no parece que hayamos cambiado respecto a hace 30 años… " Otro tema es la aparente dualidad España - Estados Unidos que hemos reflejado en el trabajo, dejando de lado aquellos casos que no afecten a este binomio estatal. No es una elección arbitraria ésta, sino que obedece a razones lógicas. Estados Unidos tiene una poderosa industria cazatesoros, que, naturalmente, busca amparo legal en su país, que coincidentemente no ha ratificado la Convención de 2001. Si a esta realidad le sumamos que España tuvo una grandísima presencia en aguas americanas durante más de 350 años el contacto es inevitable. Que tres de los más grandes conflictos patrimoniales hayan tenido por protagonistas a estos dos países no es coincidencia, si bien, y según se vayan desarrollando los acontecimientos no tardarán en aparecer discusiones con un sinnúmero de naciones costeras. De ahí lo vital que debe ser para la diplomacia y la gestión cultural española el establecimiento de redes de cooperación cultural que posibiliten el estudio y disfrute conjunto del patrimonio subacuático. En este sentido subrayar el reciente acuerdo entre México y España para el estudio y conservación conjunta del galeón Juncal en aguas del Caribe16, una iniciativa que debe servir de ejemplo y referencia futura en la protección del PCS."

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http://www.informador.com.mx/internacional/2014/527505/6/alianza-bajo-el-mar-entre-mexico-yespana.htm

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A continuación una tabla de los principales casos que han afectado al PCS español y algunos ejemplos internacionales que nos sitúen en un marco global." Fecha

Caso

Países implicados

Desenlace

1961 Wasa

Suecia

Excavación y extracción

1971 Mary Rose

Reino Unido

Excavación y extracción

1980 Nra. Sra. Atocha

España y EE.UU.

Expolio, destrucción del pecio y venta

1984 Pecio de Uluburun

Turquía

Excavación arqueológica

1985 Pecio del Titanic

Aguas Internacionales Expolio, graves daños al pecio y venta

1992 Nra. Sra. Guadalupe

España y Rep. Dominicana

Expolio y excavación arqueológica posterior

1993 Mazarrón I

España

Excavación arqueológica y extracción

2000 Juno y Galga

España y EE.UU.

Expolio, destrucción del pecio, juicio y convenio España-EE.UU.

España y EE.UU.

Expolio, destrucción del pecio, victoria judicial sin paliativos

España y México

Excavación arqueológica

2007-2012

Nra. Sra. Mercedes

2014 Galeón Juncal

Esta recopilación no hace sino poner de relieve un retraso en la gestión del PCS en España de más de 30 años. Serán los años 90 el momento del despegue relativo de la gestión del PCS y la arqueología subacuática científica en España. La excavación de los pecios de Mazarrón entre 1993 y 1998, así como la extracción de uno de ellos, dejando in situ el otro son ya indicio inequívoco de estos avances en la gestión. La década de los 2000 abrió la puerta a una política que más allá del patrimonio situado en el territorio nacional, presta atención a aquel que se encuentra fuera de nuestras fronteras. La batalla judicial de la Juno y la Galga, aunque se saldó con la pérdida de información arqueológica muy valiosa, proyectó la imagen de un gobierno comprometido con su patrimonio y la voluntad de dialogar con los países ribereños de cara a divulgar amistosamente los hallazgos. Finalmente para que estos tímidos avances hayan llegado a las altas instancias de la política nacional y a la conciencia ciudadana hemos tenido que esperar hasta el 2007 con la irrupción del caso Odissey. Resuelto este caso, parece que existe una nueva visión del PCS que inauguramos hace unos días con la firma del convenio bilateral España-México para el estudio del galeón Juncal en aguas del Caribe. "

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6. Conclusiones y propuestas! A lo largo del trabajo hemos podido comprender la dimensión del patrimonio cultural y los hechos diferenciales del PCS respecto del primero. También hemos repasado las especiales características que tiene la arqueología subacuática, las cuales la distinguen metodológicamente de la terrestre, si bien sus objetivos son los mismos. El sucinto recorrido por los convenios y acuerdos internacionales nos han perdido comprender la escasa normativa preexistente acerca de las aguas y lo largo y complejo que ha resultado elaborarla. Además, y tras una larga espera el patrimonio subacuático al fin cuenta con una convención propia. Tratamos después la situación en la Unión Europea, y concluimos que la fragmentación relativa a la gestión del PCS debería ser subsanada cuanto antes. Algunos países tienen una larga experiencia al respecto y pueden servir de ejemplo. " El otro gran bloque ha sido la gestión del patrimonio subacuático en España. Hemos visto algunas de las disposiciones adoptadas con la aprobación del Plan Nacional y el desigual modo en que se están aplicando éstas. Mención aparte ha merecido la difusión del patrimonio, capítulo que saldamos con un balance positivo, si bien esta difusión todavía tiene un alcance insuficiente para un país con la dimensión de PCS como lo es este. La última sección la he dedicado a glosar escuetamente el problema que tiene España para controlar su PCS, diseminado en aguas mediterráneas, pacíficas y atlánticas, sobre jurisdicciones múltiples y perdido o sin localizar en su inmensa mayoría. Finalmente con el caso de los pecios analizados he querido mostrar el cambio de actitud de la administración hacia el PCS amenazado. " Después de haber realizado un breve repaso al trabajo parece momento de recapitular una serie de ideas básicas. " 1) Es imprescindible contar con una carta arqueológica subacuática del país. No es posible establecer políticas serias y de futuro sin conocer qué tenemos entre manos. Además, los avances técnicos de que disponemos nos permiten esta identificación preservando la integridad del patrimonio. Es necesario cruzar los datos de autonomías, guardia civil, ejército y estado para componer esta carta. " 2) En el seno español es prioritaria la correcta dotación de los centros de investigación para que puedan formar a los/las profesionales de la arqueología y gestores del PCS, permitirles intervenir en el patrimonio y finalmente difundirlo. Hasta este momento son 51

excepcionales los casos en que se cumplen estas tres funciones. La función consultiva debe existir, pero no ser la única practicada por estas instituciones." 3) Las labores de documentación, planificación, control y seguimiento, y difusión deben estar asignadas y existir consenso y cauces efectivos de comunicación entre los encargados de cada una." Si estos principios que acabamos de comentar se ejecutaran efectivamente la realidad del PCS sería muy distinta, por un lado se estudiaría y pondría en valor, por el otro, y gracias al conocimiento adquirido los cuerpos de seguridad podrían controlar con mayor efectividad el patrimonio. " 4) La Convención de la UNESCO de 2001 supone un buen punto de partida, si bien carece del respaldo de la mayoría de potencias marítimas." 5) Las relaciones bilaterales entre los países son cruciales para la salvaguarda del PCS dada la ambigüedad y escasa obligatoriedad de algunas disposiciones de la Convención. Para con aquellos países que no la hayan ratificado siquiera estas relaciones son primordiales." 6) España tiene que ejercer un papel protagonista y/o coordinador en la discusión del patrimonio subacuático que yace en los países iberoamericanos. Estrechos lazos históricos y una afinidad cultural fuera de toda duda obligan a esto." Desde el punto de vista de la planificación, existen herramientas legales suficientes para el tratamiento del patrimonio cultural subacuático, sin embargo, carecen del respaldo de la mayoría de estados o potencias marítimas, como Reino Unido, Estados Unidos o Rusia… lo que dificulta enormemente la correcta aplicación de sus principios. Ante esta abstención u oposición a la Convención cabe el diálogo entre las partes y la más exquisita diplomacia. " 7) La Unión Europea ha dejado pasar la oportunidad de regular globalmente la gestión del PCS en su territorio, territorio, que casualmente es uno de los más ricos en PCS. La fragmentación legal existente a este respecto choca con la homogeneidad que se imprime a otras muchas facetas de la legislación comunitaria. Francia es alumna aventajada en la arqueología subacuática y en la gestión del PCS, y por tanto estudiar su caso es muy recomendable de cara a su aplicación aquí." 52

8) Es necesario promulgar una legislación específica sobre PCS, evitando la problemática derivada de la superposición de legislación terrestre en el medio acuático. La preservación in situ debe ser la opción preferente, pero no la excusa de la clase política para abandonar a su suerte el patrimonio. " Aunque el apartado normativo queda mucho mejor resuelto desde la ratificación de la Convención de 2001, no se debe ser complaciente y la legislación española debe contemplar específicamente el PCS, evitando así interpretaciones más o menos ambiguas. En el seno de la Unión, y como ya se viene haciendo en otros ámbitos, una política integrada es igualmente aconsejable. " 9) Se deben clarificar las funciones de los agentes que intervienen en el PCS. Instituciones educativas, centros de investigación, administración de cultura, empresas profesionales y fuerzas del orden han de estar correctamente situados en un plan ejecutivo. Ni la Armada es un instituto de investigación, ni los arqueólogos policías. La colaboración de los distintos colectivos debe redundar en el beneficio de todos. En este sentido se debe avanzar hacia la convergencia de criterios y la colaboración de las administraciones territoriales implicadas. " 10) Sería interesante plantear la entrada efectiva de la iniciativa privada en la arqueología subacuática. La escasa operatividad de los centros públicos ha propiciado una situación en que los arqueólogos de empresas privadas varias tengan mucha más experiencia que los adscritos a centros públicos. " Es evidente que ni existe un seguimiento exhaustivo de las actividades desarrolladas, ni las políticas son homogéneas para todo el patrimonio arqueológico subacuático, la fragmentación autonómica, y los diferentes planteamientos de cada país son ejemplo de esta heterogeneidad. La confusión de competencias no hace sino empeorar esto. Es un claro caso de descoordinación de los agentes actuantes. El hecho de no tener las competencias sobre los bienes arqueológicos subacuáticos no impide la interacción con ellos, y las autoridades competentes deberían crear mapas de agentes que permitieran un contacto fluido entre las partes interesadas, desde pescadores, buceadores o residentes cercanos a los restos hasta empresas, fundaciones, administraciones, etc. "

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Las labores de control preventivo apenas se han iniciado, las trabas burocráticas son corresponsables de una situación que es todavía más problemática dadas las lagunas de conocimiento y procedimentales en este campo. " 11) Las campañas de difusión tienen que ser más efectivas. El PCS tiene que venderse, no literalmente, sino que tiene que ser atractivo y atraer al público. De ello depende el apego de la sociedad a su historia y por ende su compromiso con el patrimonio. Como ya se ha comentado, la epopeya judicial del caso Odissey ha sido un revulsivo y el tratamiento museístico que se prepara sobre la Mercedes es un buen comienzo. " 12) Destacar la conveniencia de estudiar la posibilidad de crear parques arqueológicos en la costa que potencien tanto el patrimonio cultural como el medio natural en que se localizan. El caso italiano analizado demuestra su viabilidad, y por qué no pensar que en Mazarrón, por poner un ejemplo, no se puede llevar a término uno en similares condiciones. " 13) El Proyecto Archeomed, aunque se limita a la difusión va en la dirección correcta, pero su incidencia y reconocimiento público es muy limitado o nulo." Las campañas de difusión en los últimos tiempos han conseguido calar entre el público en general, pero queda un largo camino por recorrer. Puestas en valor de yacimientos, exposiciones itinerantes o creación de recorridos turísticos son algunos de los posibles rumbos a tomar. Empero, no podemos olvidar que la difusión también tiene sus contradicciones, el caso de la fragata Nuestra Señora de las Mercedes ha sacado a la luz un problema que parece que cada cierto tiempo se repite, el hallazgo de restos españoles y un litigio por la propiedad consiguiente. El problema radica, y de ahí lo conveniente de este ejemplo, en que este pecio fue expoliado a escondidas del estado, y judicialmente este recuperó la carga, por tanto la idea que ha calado en el público es que el tesoro se ha recuperado, y ahora los museos la van a exhibir. En cierto modo se ha difundido que lo prioritario es que seamos nosotros mismos (y no otros) quienes rescatemos nuestros “tesoros", cuando la gestión del PCS pretende garantizar su estudio, difusión y conservación (in situ preferentemente), no el rescate indiscriminado de los restos. Por ello debemos emplear cautelosamente el lenguaje y no lanzar mensajes contradictorios a la sociedad. "

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Quiero terminar con unas breves reflexiones que sin duda destilan cierta subjetividad pero que en todo caso tienen en el trabajo presente los pilares en que se apoyan. Me gustaría en primer lugar hacer un alegato en defensa de la iniciativa particular. No se trata de defender a la empresa privada, sino más bien descriminalizar a la persona frente al Estado. La legislación que hemos visto trata al estado como sujeto activo y al patrimonio como sujeto pasivo, sin embargo, y sin ánimo de cambiar la tornas, parece sensato pensar que el sujeto privado no es malo por naturaleza y por ende no debemos excluirlo de la gestión del patrimonio. Es peligroso identificar el interés general con la titularidad pública y el beneficio económico con lo privado. Se ha constatado (Marco y Otero, 2010) que no hay ninguna razón de peso que determine que una fundación privada no pueda proteger bienes culturales. Como en todo, las generalizaciones no son buenas. Para explicar esto, y guardando las pertinentes reservas podemos pensar en algunas fundaciones que custodian el patrimonio artístico en España. Paralelamente a esto debemos decir que el patrimonio es propiedad del estado, y como inalienable e inexplotable que es su pervivencia estaría garantizada. Si el estado no puede proteger todo su patrimonio ¿qué hay de malo en que personas bienintencionadas y sin ánimo de lucro lo protejan y difundan?" En otro orden de cosas hay que facilitar la labor a la industria cultural, evitando el monopolio político sobre la arqueología subacuática y el PCS, dejando hacer a universidades, comunidad científica y contando con el apoyo y reconocimiento de la sociedad civil. Para granjearse esta confianza la población tiene que ver que se la toma en cuenta, y entre otras medidas, la liberalización de la arqueología subacuática, dejando de ser coto de unos cuantos puede ser un primer paso. Aclarar las funciones y papeles de los actores implicados y establecer un marco legal claro son igualmente medidas imprescindibles. La democratización de la formación, la inclusión del tema en el currículo escolar y el acceso generalizado de las empresas a concursos públicos que afecten al PCS son pasos esenciales. En suma, hay que favorecer la difusión del PCS como dije en la introducción al trabajo, tenemos que vender los beneficios que nos reporta, sacarle partido y garantizar su conservación como acertadamente se ha hecho con el patrimonio natural, del que nadie menosprecia su valor, tiene premios dedicados, certificados y certificadoras y reconocimiento amplísimo. " Finalmente, y sin ánimo de adelantar acontecimientos señalo que no hay duda al decir que en España se funciona reactivamente, gracias a estímulos puntuales, y sería una 55

lástima que estos avances que hemos visto caigan en saco roto. Es necesario que existan políticas que favorezcan el estudio del patrimonio, no aquellas que circunstancialmente se lucran con él. Los fondos no deben dispendiarse como se ha hecho hasta ahora en salvar el tipo organizando grandes fastos en honor de un cargamento, sino que hay que garantizar que los presupuestos lleguen a aquellos que estudian, protegen y promocionan nuestro patrimonio. "

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