La controversia derecho a la educación vs obligatoriedad escolar

October 6, 2017 | Autor: A. Diestro Fernández | Categoría: Educación, FORMACION DE PROFESORES, Derecho a la educación, Sistemas Educativos
Share Embed


Descripción

Conclusiones del II ámbito del IV Seminario Educación: derecho universal y libertades individuales La controversia derecho a la educación vs obligatoriedad escolar Durante el transcurso de este II ámbito hemos podido comprobar el desarrollo y el impacto del derecho a la educación. Por una parte no cabe duda de que es uno de los derechos fundamentales y básicos, reconocido por todos los países del mundo. Podemos asegurar que la primacía del derecho a la educación es innegable; nadie se atreve a ponerlo en duda. Sin embargo, tras las intervenciones de Alejandro Tiana, Inmaculada Egido y Guadalupe Francia en este ámbito, advertimos que esta primacía en ocasiones se produce de cara a la galería, más como un lema político que como una realidad palmaria. El papel lo aguanta todo nos advertía Tiana y no le faltaba razón, pues son más de 100 millones de niños los que todavía no pueden ejercer y permanecen ajenos a este derecho. ¿Podemos decir entonces qué se ha democratizado este derecho? Es decir, ¿es realmente universal? ¿ o es sólo una bonita manifestación de deseos y aspiraciones políticos? Todo derecho tiene un alcance y un límite. En este caso el alcance es y debe ser universal; educarse para obtener un desarrollo integral es ofrecer garantías de vida. Pero el límite viene definido por quién y cómo se imparte esa educación. Es decir, el equilibrio entre el Estado que debe garantizarlo, haciendo obligatoria la escolarización para la educación de los ciudadanos y la potestad de los padres a elegir el tipo de educación que deben recibir sus hijos. El derecho a la educación tiene como límites a la libertad de enseñanza y a la libertad de los padres de elección de centros. Inmaculada Egido nos expuso con una claridad meridiana las controversias que esto produce en la realidad pedagógica. Por una parte, la panorámica mundial en perspectiva comparada ofrecida en el panel de expertos nos puso en la pista de que, a pesar de su preeminencia, existen muchas formas de materializarlo y de entenderlo, por ejemplo, aquellas cuestiones que nos conducen a pensar en ¿Cuánto debe durar el periodo de escolarización obligatoria para que la

educación cumpla con los fines que le son asignados? La respuesta no es fácil y depende de cada país, pero el consenso internacional nos indica que alrededor de 12 años; además parece claro que debe incluir a las etapas de primaria y secundaria. Pero ¿también el bachillerato? Europa en este caso es un contexto privilegiado, así como el precursor de la obligatoriedad educativa. Sin embargo en otras zonas del mundo la ambivalencia es mayor y su garantía mucho menor. El Estado, como garante de este derecho, tiene la potestad de asegurar la educación de todos sus ciudadanos, pero ¿es la obligatoriedad la única forma de materializar el derecho a la educación? Por la otra, la obligatoriedad escolar choca con el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que reciben sus hijos y la orientación que ésta debe tomar, cobrando fuerza otro tipo de alternativas a la escolarización, como la educación en casa (home schooling), donde los padres ser convierten en maestros-profesores, o la educación que se imparte en centros concertados o privados, donde esa orientación puede dirigirse hacia otras ideologías u orientaciones cualesquiera –siempre que estén dentro de los límites constitucionales y de la libertad de expresión-. Sin embargo, el Estado, aunque no delimita la orientación ideológica -o religiosa- de estos centros escolares, sí que debe prestar atención a que se cumplan en ellas unos mínimos y unas garantías básicas. No sería posible, aunque tengas el derecho de crear un centro y libertad de enseñanza, abrir una escuela que fuera en contra de la Constitución nacional, o de los Tratados y Convenios internacionales de los que participan estos países. Es lo que se podría entender como una garantía de mínimos exigibles. Pero puede darse el caso de que el estado garantice una educación, con sus propios fines ideológico e identitarios que perpetúe una idiosincrasia propia, diferenciadora y excluyente; podemos encontrar en la historia reciente sendos casos de estados totalitarios que actuaban en esta línea. ¿Cómo garantizar que esto no suceda? Guadalupe Francia nos puso en la pista de que también debía garantizarse la equidad y la igualdad de oportunidades, ante la diversidad sociocultural que ofrece la ciudadanía de un país. A su vez, nos recomendó algunas estrategias que podían tomarse, como evitar el reduccionismo curricular, la falta de interacción social o la estratificación, la falta de perspectiva de género y étnica, la carencia de un nivel académico e intelectual óptimos, la ausencia de objetivos claros y de procesos de evaluación e inspección, etc. Si no se atiende a la diversidad (fuente de riqueza social), se puede producir el abandono escolar, bien sea por factores exógenos o endógenos. ¿Cómo conseguir que ningún niño se quede atrás? ¿Cómo conseguir que no haya NI UNO MENOS –en clara referencia a la película de Zhang Yimou-?

Martínez Reguera nos ofreció una visión crítica del derecho a la educación, precisamente porque muchos niños se quedaban fuera del sistema, abocados al absentismo escolar. E iba más allá, cuando decía que los niños tienen más necesidades que derechos y en muchas ocasiones se ignoran esas necesidades. Decía él, los derechos y los deberes de los alumnos van en contra de los niños; se confunde el derecho con la pedagogía y son completamente opuestos. Se crean realidades homogéneas para contextos diversos y distintos; en nombre del derecho a la educación se crean sociedades de consumidores y consumidos. Los niños no tienen derechos porque sólo tienen derechos aquellos que son capaces de exigirlos. El derecho impone; la pedagogía libera. Sin duda, unas reflexiones valientes de alguien que conoce de primera mano lo que significan estas palabras. No comparto algunas de ellas, en cambio otras sí, pero su experiencia y labor pedagógica a pie de calle, recomienda tenerlas todas muy en cuenta. Las vivencia de Mª Jesús Vitón con las poblaciones indígenas nos dejó algunas anécdotas antológicas, dignas de reflexión, como aquella madre indígena que le decía a un profesor, nosotros queremos que la escuela enseñe a los niños castellano, que para educarlos ya estamos nosotros. Y nos recordaba que para ellos, la función de la escuela es que enseñe lo que los padres no pueden. Dejé a propósito para el final la alternativa del homeschooling: el derecho de los padres a educar a sus hijos en casa. ¿Es una opción real o una simple anécdota minoritaria? Como se planteó en alguna mesa, ¿quién controla que esos padres que desconfían del Estado no están adoctrinando a sus hijos? En algunos países esta opción no está permitida; en otros sí, aunque considero que debería estar regulado para evitar el vacío legal y los posibles perjuicios, mediante un equilibrio entre el Estado y los padres, entre el estatalismo y el liberalismo. Ya que entre unos y otros, prevalece el interés superior del niño a recibir una educación de calidad. Sin embargo ¿puede responder esta práctica educativa a los cuatro pilares de la educación a lo largo de toda la vida reconocidos por todos en el Informe Delors? Seguro que sí puede a aprender a hacer y también a aprender a ser; Pero me cuesta más creer que se consiga aprender a aprender y mucho más que se logre el aprender a vivir juntos en la diversidad. Isabel Romero nos demostró que si el currículum no es equitativo ni equilibrado, si se obvia alguna parte o se enfatizan otras en exceso, se corre grandes riesgos pedagógico

sociales. ¿Puede el homescholing responder a las ocho competencias clave del marco europeo? A saber, 1ª) Comunicación en Lengua Materna. 2ª) Comunicación en Lengua Extranjera. 3ª) Competencia Científica, Matemática y Técnica. 4ª) Competencia sobre las Tecnologías de la comunicación y la Información. 5ª) Aprender a aprender. 6ª) Competencia Cívica y Social. 7ª) Sentido Emprendedor e Iniciativa. 8º) Sentido y Expresión Cultural. Voy más allá ¿Cuántos maestros, profesores, orientadores, pedagogos, etc., hacen falta para educar a un niño, parafraseando el proverbio africano? ¿Pueden los padres cubrir ellos sólos todos los fines, objetivos y metas de la educación, que ya no dependen sólo de la competencia nacional, autonómica o local, sino que la pedagogía reconoce como mínimos fundamentales? Mi propuesta va en forma de palabras clave, para que la educación sea de calidad, independientemente de quién la ofrezca o garantice, debe responder a las cuatro “E”: eficiencia, equidad, excelencia y EQUILIBRIO. Y además debe responder a los principios y valores comunes asumidos por todos, como una herencia común y compartida por la sociedad mundial, como son los derechos humanos y los valores universales: libertad, igualdad, solidaridad, fraternidad y preemiencia del derecho internacional, porque la educación es todo lo que la humanidad ha aprendido de sí misma.

Alfonso Diestro Fernández UNED

Lihat lebih banyak...

Comentarios

Copyright © 2017 DATOSPDF Inc.