La arqueología preventiva ligada a instrumentos de planeamiento: Plan General de Moraleja de Enmedio

May 24, 2017 | Autor: J. Rodríguez Morales | Categoría: Roman roads, Mediaeval Archaeology, Roman Archaeology
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La arqueología preventiva ligada a instrumentos de planeamiento: Plan General de Moraleja de Enmedio JUAN SANGUINO VÁZQUEZ1

Introducción sobre normativa urbanística y protección del Patrimonio Histórico en la Comunidad de Madrid La Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de urbanismo, otor­ gada por el Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero. La legislación urbanística tiene entre sus fines la protección, rehabilitación y me­ jora del Patrimonio Histórico (art. 3 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid), pudiendo así contribuir a dar cumplimiento al objetivo de enriquecimiento, salvaguarda y tutela del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. La legislación sectorial básica está constituida por la Ley 10/1988, de 9 de julio, de Patrimonio His­ tórico de la  Comunidad de Madrid, y la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. En el decálogo y protocolo que establece la Comunidad de Madrid, el patrimonio ar­ queológico y paleontológico se protege mediante el procedimiento y tramitación previstos en la Ley. La Dirección General de Patrimonio establece unas directrices para la redacción de los documentos de avance de la ordenación urbanística general; así, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56.3 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 21.e de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comu­ nidad de Madrid, se someterá a Informe Sectorial de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid el documento de avance del Plan General, con los siguientes contenidos: Estudio de Incidencia Ambiental Artículo 15.1 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Se incorporará un inventario exhaustivo de los Bienes del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid. Se describirán las alternativas, explicitarán los criterios de se­ lección y el peso asignado al patrimonio arqueológico y paleontológico –elemento ambiental vulnerable, con muy poca capacidad de carga y sobre el cual el impacto es irreversible–, se analizarán los efectos sobre el patrimonio cultural, se adoptarán las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, y se diseñará el Plan de Vigilancia.

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1.  ARTRA, S.L. Trabajos Arqueológicos.

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Documento de Avance El avance de planeamiento que se presente incluirá memoria, estudio de viabilidad, los planos de clasificación u ordenación, las normas urbanísticas y un catálogo suficientemente detallado como para poder analizar los criterios empleados y objetivos previstos. El avance se acompa­ ñará del informe previo de análisis ambiental.

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Estudio Arqueológico Para la formación de un Catálogo de los Bienes del Patrimonio Arqueológico y Paleontoló­ gico actualizado y adecuado a los fines de conservación y protección, para la definición y delimitación de los yacimientos, de los suelos protegidos por sus valores históricos, y de las Áreas de Protección Arqueológica, será precisa la realización de un Estudio Arqueológico y Paleontológico que incluirá la ejecución de una prospección. Las características del estudio y sus propuestas de Catálogo, normas, delimitaciones y zonificaciones se integrarán tanto en el Estudio de Incidencia Ambiental como en el Avance de Planeamiento. La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid (actualmente en vigor), establece tres clases de suelo: urbano, urbanizable y no urbanizable de protección. Se clasifica como suelo urbano el que reúne las características físicas para ser incluido en esta clase de suelo por disponer de servicios urbanos o estar consolidado por la edificación en sus dos terceras partes. El suelo urbano, a su vez, se categoriza en suelo urbano consolidado y suelo urbano no consolidado. Se clasifica como suelo no urbanizable de protección aquel que tenga algún valor que proteger por estar sometido a algún régimen especial, de acuerdo con la legislación sectorial o el planeamiento regional territorial, o algún valor que preservar, de conformidad con el planeamiento regional territorial o el planeamiento urbanístico. El suelo urbanizable se subdivide en suelo sectorizado y suelo no sectorizado. El suelo sectorizado se desarrolla a través de la redacción de los correspondientes Planes Parciales. Es precisamente en los procesos de sectorización del suelo urbanizable donde, en general, se inicia la partici­ pación de los arqueólogos.

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Figura 1.  Propuesta de ordenación previa del municipio de Moraleja de Enmedio. (Incluida en el documento de avance).

Definición de la propuesta de ordenación urbanística previa de Moraleja de Enmedio En cumplimiento de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, el Ayun­ tamiento de Moraleja de Enmedio, en el documento de avance para su aprobación inicial, sometió a evaluación ambiental la primera propuesta de ordenación del suelo de su municipio (fig. 1). La protección del patrimonio arqueológico y paleontológico fue realizada tomando como refe­ rencia la ordenación de dichos elementos realizada por la Consejería de Cultura de la Comunidad de Madrid en el año 2002, que establecía la presencia de dos zonas de protección paleontoló­ gica definidas con categoría A en dos áreas donde eran visibles los restos paleontológicos en superficie y una protección global con categoría C para el resto del municipio. En el apartado arqueológico se establecían cuatro zonas de protección arqueológica con categoría B (fig. 2). Las alegaciones presentadas por la Consejería de Cultura de la Comunidad de Madrid, en el Informe previo de Evaluación Ambiental, establecían que se debería actualizar la información

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Figura 2.  Propuesta de protección del patrimonio arqueo-paleontológico del municipio de Moraleja de Enmedio. (Incluida en el documento de avance).

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sobre el Patrimonio Histórico para incluirla en el Nuevo Plan General de Moraleja de Enmedio, a través de una serie de trabajos de prospección arqueo-paleontológica, un informe sobre los resultados y una propuesta razonada de protección y ordenación de los restos arqueopaleontológicos.

Actuaciones realizadas Primeramente se realizaron las gestiones oportunas con la Dirección General de Patrimonio Histórico, tendentes a obtener información relativa a los inventarios arqueológicos existentes de la zona en estudio, así como la consulta de los expedientes arqueológicos y paleontológicos ejecutados hasta la fecha.

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En la Comunidad de Madrid existen varios topónimos Moraleja que aluden en su mayoría a núcleos habitados o despoblados. En toda la zona sedimentaria, en la que la piedra es casi inexistente, la existencia de restos visibles de edificaciones antiguas, de las cuales se podían extraer materiales de construcción, es un factor tan importante como para dar nombre al lugar, como pasa con otra serie de topónimos que tienen siempre relación con restos arqueológicos, como los provenientes de Villaris, Turris, Ecclesia, Boveda, Cupa y sus derivados. Por ejemplo, de Villaris: Villar, Villares, Villarejo; de Turris: Torre, Torres, Torrejón, Torrijos; de Ecclesia: Iglesia, Iglesuela, Erguijuela, de Boveda: Bobadilla, Boadilla, Guadilla; de Cupa: Cubas, Alcoba, etc. La primera aparición documental de nuestra Moraleja se produce en el documento de confirmación por Alfonso VIII, el 12 de diciembre de 1208, de los términos del Concejo de Segovia en la Transierra, colindantes con los de Alhamín, Toledo, Canales, Olmos y Madrid. Allí se dice lo siguiente:

Búsqueda documental Como resultado de la búsqueda documental y consulta de los inventarios realizada en el área de intervención, se identifican varios yacimientos arqueológicos y paleontológicos localizados en la zona de estudio (fig. 3).

“[...] dono itaque uobis et concedo omnes illos moiones de uestro termino prout illos partitis cum

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Toleto et cum Madrid, cum Olmos, cum Canales, cum Alfamin et cum allis uillis que sunt frontaire de uestro termino allent serram [...] et sicut diuidit Serraniellos terminum cum Cubas et Grinnon, et sicut Moraleia de Petrofierro et Moraleia del Gordo, Moraleia de Lobofierro diuidunt terminum cum Humanes et Fregecedos et sicut diuidit aldea de Abat terminum cum Fregecedos et Mostoles, et

Análisis de la toponimia y caminería Fueron analizados los vocablos referidos a: Hidrónimos, Odónimos, Topónimos, Orónimos y Poblaciones. Hay que hacer alusión al topónimo Moraleja por tener especial relevancia en el desarrollo de los trabajos realizados.

sicut diuidit Torreioncellum terminum cum Mostoles”.

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“[...] Os doy y concedo todos los mojones de vuestro término, según ellos dividen con Toledo, y con Madrid, y con Olmos, y con Canales, y con Alhamín, y con las otras villas que son frontera de vues­ tro término en la Transierra [...] sigue por la divisoria del término de Serranillos con Cubas y Griñón, y por la de los de Moraleja de Petrofierro, Moraleja del Gordo y Moraleja de Lobofierro con los de Humanes y Freguecedos, y sigue por la divisoria del término de Aldea de Abad con Freguecedos y Móstoles, y sigue por la divisoria del término de Torrejoncillo con Móstoles [...]”.

Por tanto, a principios del siglo XIII había, en el término del actual municipio de Moraleja de Enmedio, tres localidades cercanas y del mismo nombre, Moraleja, que recibían como apelati­ vo seguramente el de sus repobladores en la segunda mitad del siglo XII, Petro Fierro y Lupo Fierro, probablemente familiares, y el Gordo. Actualmente, la Moraleja de Petrofierro –luego llamada Moraleja Mayor y Moralejita– y Moraleja de Lobofierro –luego Moraleja de los Buyerros– están despobladas, quedando en el medio, de ahí su nombre actual de Moraleja de Enmedio, la que fue Moraleja del Gordo, que durante mucho tiempo se conoció también como Moraleja la Menor. Es decir: Moraleja de Petrofierro = Moraleja la Mayor = Moralejita (despoblado). Moraleja de Lobofierro = Moraleja de los Buyerros = Prado Buyerro (despoblado). Moraleja del Gordo = Moraleja la Menor = Moraleja de Enmedio (población actual) (figs. 4 y 5). Prospección arqueológica Hay que apuntar primero que la prospección arqueológica es una herramienta de trabajo válida para una evaluación inicial del territorio, que ofrece datos sobre existencia de restos

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Figura 3.  Localización de yacimientos arqueológicos documentados en la Carta Arqueológica.

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Figura 4. Toponimia y caminería de Moraleja de Enmedio. Según Jesús Rodríguez.

Figura 5. Moraleja de Enemedio en el siglo XIX. Según Jesús Rodríguez.

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arqueológicos, paleontológicos y etnográficos, cuyos resultados positivos son conocidos. Por ello, es un instrumento útil, especialmente para la realización de los inventarios patrimo­ niales y, cómo no, para el estudio que nos ocupa, las revisiones de diferentes inventarios o Cartas Arqueológicas. Sin embargo, no debemos olvidar el carácter distorsionante que este tipo de investigación puede tener. La distorsión viene marcada especialmente por la visibilidad del territorio, ya que a veces existen datos que no vemos a simple vista, por el desplazamiento de los restos de superficie, más allá, o incluso lejos, del foco del yacimiento arqueológico, promovido por las actividades agrícolas o la erosión de origen mecánico; en otras ocasiones, las tareas agrícolas cubren las evidencias arqueológicas, especialmente en zonas de regadío; en zonas de secano, la visibilidad del territorio varía de las parcelas en barbecho, a las que están con la cosecha crecida o a las que están recolectadas, decreciendo el grado de visibilidad en cada uno de los estadios. Por ello es conveniente realizar varias campañas de prospección en distintas épocas del año. Como es de suponer, en el caso que nos ocupa, y debido al carácter del estudio, esto no fue posible. Hay que incidir entonces en que los resultados obtenidos en la prospección deben completarse con medidas genéricas de ordenación, investigaciones del subsuelo y pre­ servación de los restos. Al margen de los reconocimientos y lecturas de superficie, ofrecen información relevante los cortados, taludes, cauces y todos los accidentes topográficos que potencialmente permitan obtener datos relativos a la presencia de restos arqueológicos, históricos o paleontológicos. Generalmente durante los trabajos de prospección realizados para el presente estudio, o para otros de idéntica índole, la presencia de materiales arqueológicos en superficie, salvo ocasiones relevantes, es escasa, sobre todo en los emplazamientos que ya están identificados previamente en la Carta Arqueológica. Esta eventualidad creemos que se produce porque los equipos arqueológicos cuando realizaban/mos trabajos de prospección de superficie tendían/ mos a recolectar todas las piezas arqueológicas existentes en superficie; cuando lo que se ha demostrado más práctico, con la experiencia, es realizar una pequeña selección in situ de los materiales que puedan caracterizar al yacimiento y dejar el resto de piezas en la zona original del hallazgo, permitiendo que en campañas posteriores los yacimientos arqueológicos no tiendan a desaparecer de la superficie o a emplazarse en lugares diferentes a los descritos en trabajos precedentes, en especial si no se han realizado trabajos agrícolas que renueven el sustrato vegetal o no existe una erosión pronunciada. Por eso, en este caso, en los trabajos de prospección hemos intentado hacer una recogida muy selectiva y escasa del material cerámico, lítico y paleontológico, dejando el resto de pie­ zas en su emplazamiento original para facilitar las tareas de delimitación en fases posteriores del estudio. La ejecución de los trabajos de campo se ha realizado en dos fases: 1.ª Salidas al campo para la constatación de los datos obtenidos en la fase de documen­ tación previa: una vez examinados los datos disponibles acerca de los yacimientos conocidos (publicaciones o inventarios ya realizados), se intentó constatar, mediante la prospección siste­ mática y selectiva, la presencia de cada yacimiento en superficie y la identificación de las zonas en las que se realizaron excavaciones con anterioridad al estudio.

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2.ª Prospección sistemática de cobertura total de todo el término municipal tras el análisis del área objeto de estudio, y el reticulado previo del territorio. La prospección incidió en espe­ cial en los sectores que van a desarrollarse urbanísticamente y, para el caso de Moraleja de Enmedio, se intensificó el análisis con la presencia adicional de dos paleontólogos, resultando un esquema de trabajo de: dos arqueólogos más un paleontólogo, dos arqueólogos más un paleontólogo, en los sectores con evidencias fosilíferas. El resultado final supuso la realización de una prospección más intensiva, completa y eficaz. Durante la prospección fueron constatadas algunas de las evidencias identificadas en las actuaciones previas (prospecciones o excavaciones arqueológicas y/o paleontológicas) otros restos, de aquel momento, en especial los hallazgos aislados, no fueron identificados. En Moraleja de Enmedio el factor principal que generó la localización de los hallazgos ar­ queológicos fue la identificación de restos en las proximidades de los despoblados de: Moraleja de Petrofierro = Moraleja la Mayor = Moralejita (despoblado). Moraleja de Lobofierro = Moraleja de los Buyerros = Prado Buyerro (despoblado). Moraleja del Gordo = Moraleja la Menor = Moraleja de Enmedio (población actual). En este caso se constató que la investigación histórica y documental previa fue de gran utilidad para la identificación de los restos arqueológicos. En concreto el yacimiento 14 corres­ pondiente a Moralejita, los yacimientos 25 y 26 correspondientes a Moraleja de los Buyerros y los yacimientos 16, 17 y 18, en las inmediaciones del actual núcleo urbano, correspondientes a Moraleja la Menor, hoy Moraleja de Enmedio.

Figura 6. 

Propuesta de Ordenación Las Normas Subsidiarias de Moraleja de Enmedio incluían Zonas de Protección Arqueológi­ ca que, en síntesis en cuanto a elementos a proteger, coinciden con las que proponemos tras la finalización de nuestros trabajos; varían, en la actualidad, la superficie y disposición de las zonas; en especial esta distinción ha sido más evidente en las zonas de protección paleontológica donde, en nuestro caso, han primado criterios geomorfológicos y topográ­ ficos (figs. 6 y 7). Las Zonas con Protección arqueológica A son las siguientes: – MORALEJITA que incluye yacimientos con hallazgos de Industria lítica, el despoblado de “Moraleja la Mayor”, donde pervivieron las últimas casas hasta mediados del siglo XIX. En el talud de alguno de los caminos que forman el cruce pueden verse restos de muros de dicho despoblado; “La Iglesia Vieja”, donde quedan restos de la iglesia y de un anti­ guo cementerio; “La Fuente”, que explica el poblamiento en este lugar, pues suponía el abastecimiento de agua del poblado y varios enclaves más de cronología bajomedieval, moderna y contemporánea.

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Figura 7.  Zonas de protección arqueológica y paleontológicas en las Normas Subsidiaras de Planeamiento de Moraleja de Enmedio.

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– MORALEJA DEL GORDO-ERMITA DEL CRISTO DEL HUMILLADERO que engloba el yaci­ miento 17, “Ermita del Cristo del Humilladero y Baño de las Mulas”, formado por restos de la antigua Ermita del Cristo del Humilladero, que se encontraba, según un documento del siglo XVIII, al sur del pueblo. Además de la ermita, en el cauce del arroyo, junto a su orilla izquierda, se encuentran los restos de una construcción conocida en el lugar como “El Baño de las Mulas”, porque allí se refrescaban las caballerías que venían por alguno de los dos caminos que llegan desde el S a Moraleja de Enmedio, también conocida como Fuente de las Roturas. También incluye el yacimiento 18 “El Cristo-Moraleja del Gordo”, que se trata de la refundación de un hábitat previo altomedieval, en la segunda mitad del siglo XII, durante la repoblación, situado en una posición de posible defensa en altura. Ésta sería la Moraleja del Gordo del documento segoviano de límites de 1208. – MORALEJA DE LOBOFIERRO contiene el yacimiento 25, “El Ombú-Barranco del Prado”; este asentamiento correspondería al despoblado de Moraleja de Lobofierro, cuyo nom­ bre aparece en el documento de límites de Segovia de 1208, se trata de un poblado de contexto esencialmente medieval (fig. 8). Las zonas de protección paleontológica son: – Ámbito de El Lazareto. – Ámbito Yacimiento 32. Figura 9. Zonas de protección paleontológicas definitivas incluidas en el documento para la aprobación del Plan General de Moraleja de Enmedio.

Figura 8.  Zonas de protección arqueológica definitivas incluidas en el documento para la aprobación del Plan General de Moraleja de Enmedio.

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En dichas zonas se han localizado, a simple vista, un gran número de restos paleontológi­ cos no sólo vistosos, sino de gran relevancia desde el punto de vista científico. Se han locali­ zado numerosos fósiles de macrovertebrados, pero existen con mucha probabilidad también de microvertebrados, y todos en abundancia suficiente para considerar que se trata de un ya­ cimiento expuesto y con riesgo de expolio, por encontrarse gran parte de los macrorrestos en superficie. La importancia de estos enclaves ha quedado demostrada desde hace tiempo por la aparición de importantes restos paleontológicos en una excavación previa, siendo uno de los más espectaculares un cráneo de rinoceronte del Mioceno, Alicornops simorrense (fig. 9). Pero el principal problema que plantea la propuesta de zonas de protección, especialmente la arqueológica localizada al sur del actual núcleo urbano de Moraleja, denominada Moraleja del Gordo-Ermita del Cristo del Humilladero, o la paleontológica del Lazareto, al norte del ac­ tual núcleo urbano, es que se localizan en los sectores a desarrollar urbanísticamente. Estos desarrollos, además, tienen sentido en la medida que son la prolongación natural de la articu­ lación urbana del municipio, por ello hubo que plantear criterios de ordenación y/o protección con el fin de incluirlas en los documentos de ordenación del Plan General, estableciendo una normativa de uso y actuación en dichas zonas con el fin de equilibrar el desarrollo urbanístico propuesto con la protección del patrimonio arqueológico y paleontológico. Pero si no se proponen medidas paralelas de gestión e intervención sobre los restos pro­ tegidos, la articulación urbana propuesta en el Plan General puede favorecer que las zonas

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arqueológicas o paleontológicas queden desvertebradas de la retícula urbana, convirtiéndose en el futuro en espacios baldíos y degradados, enclaustrados en la trama urbana; sobre los que nunca se adoptarán medidas para su puesta en valor, principalmente por el excesivo coste económico que supone abordarlas. Se ha planteado, por eso, aprovechar el desarrollo del municipio para integrar en el en­ tramado urbano las zonas protegidas, investigando los restos históricos, arqueológicos o pa­ leontológicos paralelamente al desarrollo urbanístico y poniendo en valor aquellos que así lo demanden por su relevancia. En estas zonas será necesaria la realización de estudios iniciales antes de comenzar la ordenación del sector a urbanizar, lo que permitirá evaluar la importancia de los restos subyacentes y definir su grado de integración en el futuro. Para ello es aconseja­ ble y necesario primar la ubicación de las parcelas dedicadas a equipamiento o zonas verdes en las superficies afectadas por las zonas de protección. Una vez realizadas las reservas de suelo, las zonas arqueológicas o paleontológicas se desarrollarán paralelamente a los secto­ res a urbanizar, integrando y poniendo en valor los restos, que por su importancia o monumen­ talidad así los requieran, en la retícula urbana, restando, solamente al final, la necesidad de elaborar un programa de mantenimiento y gestión de los restos puestos en valor. La financiación de estas actividades no corresponde exclusivamente al promotor del suelo afectado por las áreas de protección y puesta en valor, sino que se computa prorrateando los costes con la totalidad de los promotores del Plan General (fig. 10).

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Conclusiones En el Plan General de Moraleja de Enmedio se crean las categorías de suelo SNUP-AR (suelo no urbanizable de protección por su valor arqueológico) y SNUP-PAL (suelo no urbanizable de pro­ tección por su valor paleontológico), al margen de su caracterización en zonas de protección A, B o C. Además, parte del suelo de protección arqueológica se engloba en otro de protección ambiental SNUP- PG (suelo no urbanizable de protección, Parque del Guadarrama), quedando doblemente protegido. Se ha comprobado cómo la coordinación de los arqueólogos y paleontólogos en el diseño de los Planes Generales, a través de las Directrices de la Dirección General de Patrimonio Histórico, resulta muy eficaz a la hora de establecer criterios de protección, ordenación, uso y gestión del Patrimonio Histórico; sin embargo, debería hacerse mayor hincapié en que dicha coordinación también se produjera en el diseño de las redes de infraestructuras estructu­ rantes. En Moraleja de Enmedio, el trazado de la AP-41 se solapa con el área de protección arqueológica A “Moralejita”. En el Plan General se integra como novedad la idea de repercutir las cargas de las futu­ ras intervenciones arqueológicas y paleontológicas en suelos urbanos o urbanizables en el cómputo global del planeamiento y en las plusvalías que éste genera; afectando las cargas económicas a todos los promotores implicados en el Plan General y no únicamente a los que tienen la titularidad del sector afectado. Se produce un cambio de uso de suelo urbanizable residencial unifamiliar (SUR-RU) a suelo urbanizable equipamiento (SUR-E) en el yacimiento paleontológico “El Lazareto”. Se propone planificar su excavación, integración y puesta en valor con la creación de un museo paleonto­ lógico que ocupará la parcela afectada por el yacimiento. Los costes y puesta en marcha del museo estarán igualmente integrados en el cómputo de gastos del Plan General y sus plusva­ lías, como un SG (Sistema General) más. Por último, resaltar que las ideas aquí vertidas son fruto del trabajo y la coordinación de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Mo­ raleja de Enmedio, el equipo redactor del Plan General de Moraleja de Enmedio y los equipos de arqueología y paleontología que realizaron las tareas de campo y redactaron las memorias, a todos agradecemos sus comentarios, comprensión y aportaciones.

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Figura 10.  Estructura urbanística resultante en el documento para la aprobación del Plan General de Moraleja de Enmedio.

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(A.M.T.) Archivo Municipal de Toledo, Archivo Secreto, Cajón 7. Legajo 1º, nº 13: Compromiso y sentencia de jueces arbitros en el pleito que siguio la Ciudad y el lugar de Mostoles, de su jurisdiccion con la ciudad de Segovia sobre pastos y cortas en el termino de Arroyo y Beçillo y Prado de la Magdalena, en que se amparo a la Ciudad y dicho lugar de Mostoles, estar en posesion de los dichos pastos y cortas y otros aprobechamientos. Año de 1515. (A.V.M.) Archivo de Villa de Madrid. Secretaría, 3-175-10.

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