La aplicación de la ley actual del aborto en Perú y España: Una comparación de los derechos de la mujer a través del caso de L.C. v. Perú

May 23, 2017 | Autor: Lauren Rutherford | Categoría: Latin American Studies, Sexual and Reproductive Health, Women and Gender Studies
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La aplicación de la ley actual del aborto en Perú y España: Una comparación de los derechos de la mujer a través del caso de ​L.C. v. Perú

Por Lauren R. Rutherford CIEE Estudios Legales : Otoño 2012 Madrid, España

La aplicación de la ley actual del aborto en Perú y España: Una comparación de los derechos de la mujer a través del caso de ​L.C. v. Perú El proceso de implantar leyes que traten de los derechos humanos es una dura lucha que demanda el apoyo y la perseverancia de varios grupos. A veces, los derechos para algunos grupos sociales en particular, como las mujeres o las minorías, son más difíciles de obtener. Con respecto a las mujeres, en todo el mundo casi cada país ha sido testigo del proceso por el que las mujeres han obtenido el derecho a votar, a poseer propiedades, a ganar el mismo salario que los hombres, y mucho más. Actualmente, un derecho que algunas mujeres están tratando de obtener y mantener es el derecho al aborto. Sin embargo, mientras algunas personas consideran el aborto como un derecho, algunas personas piensan que el aborto es un delito. Y esto resulta conflictivo, puesto que polariza las creencias de la sociedad sobre los derechos, la santidad de la vida, y el cuerpo de la mujer. Además, este conflicto es la razón por la que aún cuando un país aprueba una ley que avanza en los derechos de las mujeres con respecto a los abortos, no hay una garantía de que la ley vaya a existir en el futuro ni garantía de que la sociedad donde el aborto es legal vaya a proveer un paseo fácil a las mujeres para acceder a él. De hecho, parece que después de la aplicación de una ley sobre el aborto, un país necesita crear una manera concreta para que las mujeres puedan acceder a los abortos y los ciudadanos que están a favor de la legalidad de los abortos han de prestar atención para que los derechos adquiridos no se anulen posteriormente. Este ensayo va encaminado a estudiar este fenómeno de inaccesibilidad a los abortos y la regresividad de las leyes sobre el aborto que podría suceder en países donde puede practicarse, según algunos casos, de manera legal. En particular, este ensayo se centrará en España y Perú. A causa de un pasado y tradición católicos en cada país hispanohablante y sus diferentes maneras en

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cómo manejar la cuestión del aborto, los países presentan una comparación interesante. Es más, los dos representan países con la posibilidad de transición con respecto a las leyes del aborto. Las leyes progresistas del aborto en España son más antiguas, pero el gobierno actual de España amenaza con retroceder esas leyes. Mientras algunas personas dan la bienvenida a estos cambios, las mismas personas que lucharon por estos derechos en el pasado están listas para asegurar que no van a perder lo que ganaron. En el caso de Perú, sus leyes sobre el aborto son más recientes y más estrictas. Así, aunque es legal a nivel nacional tener un aborto, es difícil llevarlo a cabo. Ejemplificado por el caso de ​L.C. v. Perú, un caso jurídico sobre el acceso de una adolescente a su derecho al aborto, Perú tiene que crear protocolos concretos para que las mujeres puedan ejercer su derecho al aborto, apoyado por la ley. Es importante estudiar el proceso de las leyes sobre el aborto en España y Perú no solo para proteger los derechos de las mujeres, sino también porque representa algo más grande. El cambio posible sobre las leyes del aborto en España y la dificultad para obtener un aborto legal en Perú representan la debilidad de las leyes sobre derechos humanos. Si un gobierno aprueba una ley sobre cualquier tema, no existe la garantía de que la ley vaya a continuar en el futuro. Es decir, si los ciudadanos luchan por la aprobación de una ley, también tienen que luchar para la creación de un acceso específico a la misma y vigilar que la ley no se cambie en el futuro. Además, este tema es crucial porque muchas personas consideran el acceso a un aborto como un derecho fundamental de las mujeres que representa su independencia de pensamiento y su capacidad a tomar decisiones sobre su propio cuerpo. Pero quizás lo más importante es reconocer que, “Rights are only rights when they can be exercised in an unfettered way” (Holmes 126).[1] Si el gobierno impone restricciones sobre un derecho o falta crear un protocolo para recibir el derecho, no es un

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derecho completo. Como tal, si países como España y Perú reclaman que sus ciudadanos tienen el derecho a abortar, es indispensable que el público demande que es un pleno derecho. Como un caso que ejemplifica la importancia de las razones para un estudio de los derechos al aborto, miraremos al caso de ​L.C. v. Perú. En 2006, L.C. una menor de 13 años, empezó a ser víctima de abuso sexual por parte de un hombre adulto. El abuso resultó en un embarazo y, a causa de depresión extrema, un intento de suicidio por parte de L.C. La niña sobrevivió y fue llevada inmediatamente al hospital donde los médicos le diagnosticaron con depresión, ansiedad, y un daño severo en su columna que requiere una operación de emergencia para prevenir el empeoramiento de su condición que la convirtiera en una discapacitada. Cuando los médicos supieron de su embarazo, la operación de emergencia fue retrasada. Según esta decisión, la madre de L.C. reclamó al hospital que el embarazo ponía en peligro la salud mental y física de L.C., su integridad personal, y que era razón suficiente para continuar con una operación necesaria; ella pidió al hospital que la operaran pero los médicos mantuvieron sus estancias. Mientras que L.C. y su madre estaban esperando una decisión final sobre el aborto, L.C. tuvo un aborto espontáneo más de dos meses después de su solicitud del aborto. Eventualmente, L.C. recibió la operación de su columna, pero han pasado tres meses y medio desde la proclamación inicial de que la operación era necesaria; ahora L.C. está paralizada de cuello para abajo (WLW Gender Justice Observatory). He elegido este caso porque demuestra que aún en un país donde se proclama el aborto como un derecho de las mujeres, falta la práctica de la ley. Según Holmes, el derecho al aborto en Perú no es un derecho de verdad (126). De hecho, no hay un país que tenga la perspectiva de la legalidad de los abortos como una cuestión de derechos humanos. En vez de esto, los países

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perciben las leyes sobre el aborto como una cuestión sobre la intimidad (Holmes 126). Como visto en otros aspectos de la ley, la intimidad de una persona no está tan protegida como sus derechos humanos como la expresión de pensamiento o la religión. Por otro lado, algunos individuos en defensa de los derechos al aborto reconocen el aborto como algo tan fundamental como cualquier otro derecho humano. Para ellos, es algo básico que representa la capacidad de una mujer a decidir cómo va a manejar su cuerpo. Que el gobierno piense que necesita regular las decisiones de las mujeres, ellos consideran una degradación de las mujeres y un insulto a su inteligencia (Holmes 126). Además, con una historia de la resistencia del gobierno y la sociedad en general para reconocer cualquier tipo de comportamiento sexual de las mujeres, este pensamiento antiguo podrá contribuir a la actual resistencia para reconocer la importancia de decidir cómo actuar con respecto a sus cuerpos (Holmes 126). De todos modos, estos tipos de argumentos sobre los límites del gobierno sobre la independencia de las mujeres han contribuido al avance de las leyes a favor de la legalidad del aborto en muchos países – o, por lo menos, sobre el papel. Los defensores de los derechos de las mujeres en España han luchado por la legalidad del acceso a los abortos desde los años 70, pero hasta 1985 no existió ninguna ley en España sobre el tema del aborto con la excepción de un decreto en Cataluña durante la Guerra Civil (Cambronero-Saiz 86). Para evitar conflictos durante la redacción de la Constitución Española en 1978, temas delicados como el del aborto fueron excluidos del documento. Pero en 1981, a causa de un caso importante – 11 mujeres que probaron haber recurrido a abortos ilegales – la cuestión del acceso legal a los abortos fue, de nuevo, puesta sobre la mesa. En 1983, el Partido Socialista en el poder, planteó una propuesta para legalizar el aborto por razones éticas, como en casos de una violación, o por razones terapéuticas, como

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cuando la vida de la mujer está en peligro o el feto tiene una malformación grave (Cambronero-Saiz 86, 88). El 5 de julio 1985, la legislación fue adoptada con muchas restricciones para recibir un aborto. En el caso de riesgo a la salud de la mujer, un médico quien no va a dar el aborto tuvo que afirmar el peligro a su salud; con una violación, la mujer hubiera reportada la violación a la policía antes que 12 semanas; y con las instancias de una malformación grave al feto, dos médicos necesitaron confirmarla (United Nations Secretariat). Al 2010, la ley ha ampliado más para incluir abortos dentro de las 14 semanas de gestación y para las mujeres en edades comprendidas entre los 16 y 17 años sin consentimiento paterno. La mayoría de españoles han visto en ello una gran progresión en su país en pocas décadas, pero ahora, el gobierno actual plantea la posibilidad de una regresión de algunos de estos decretos. Con respeto a la ley en Perú, la lucha de algunos grupos por el derecho al aborto ha resultado ser aún más difícil que la lucha en España. El Código Penal del 11 enero de 1924 fue el primer documento que aprobó la legislación sobre el tema del aborto. Aunque el Código Penal de 1924 fue enmendado en 1991, y el Código de Salud que pasó en 1969 fue enmendado en 1981, el Código Penal fue el documento original que dictó cómo el estado maneja las leyes sobre el aborto. En la mayoría de los casos peruanos, el aborto es ilegal (United Nations Secretariat 33). El aborto es legal solo cuando la vida de la mujer corre peligro o para preservar la salud física o mental de la mujer. Es ilegal en el resto de instancias, incluyendo cuando el feto tenga una malformación grave o el embarazo sea el resultado de una violación, como en el caso de L.C. Además, el Código de Salud exige que dos médicos aprueban la necesidad de un aborto, y si una mujer da su consentimiento a un aborto que no fue aprobado por una de las razones legales, puede ir a la cárcel. La razón para la severidad de las leyes en Perú puede verse en todos sus códigos.

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Sus leyes garantizan el derecho a la vida desde el punto de la concepción. Por eso, la prioridad de Perú como país es salvaguardar la vida del feto porque se le considera igual que una persona. Aunque grupos de personas toman una postura similar hacia los fetos en España, no existe el mismo razonamiento dentro del gobierno con la formación de las leyes. Como se ha visto con el caso de ​L.C. v. Perú, el bienestar de L.C. fue igual que el bienestar del feto. Los médicos no distinguieron entre la importancia de la vida de los dos, aunque L.C. ya estaba viviendo, un miembro de la sociedad, y sufriendo física y psicológicamente el embarazo. Esta creencia de que los fetos son tan importantes como una persona es parecida a la perspectiva tomada por muchas personas que están contra el aborto. A veces, los grupos antiabortistas exponen razones como que el feto es un ser humano, la falta de habilidad para distinguir entre un “ser humano” en biología y una “persona” en el mundo legal, que los seres humanos demandan derechos humanos, y que la integridad del cuerpo de la mujer normalmente no es suficiente para practicar un aborto (Rossi 33). Sin embargo, su creencia principal es que el feto es un ser humano, y dado que todos los seres humanos tienen derechos, los fetos también los tienen. Creen que las personas a favor de la legalidad de los abortos intentan utilizar las técnicas de vocabulario para separar los “seres humanos” de las “personas” y así apoyar sus opiniones, pero que no existe una diferencia en realidad y sin una distinción, es demasiado difícil determinar qué es la vida y qué se es antes de la vida (Rossi 33). Las razones religiosas han existido durante siglos, aún antes de la decisión en 1869 por parte de la iglesia católica romana de que la vida humana empieza con la concepción (Cook y Dickens 81). Aunque, con la tendencia reciente de que la gente no se siente tan religiosa como en el pasado, algunos grupos que están contra del aborto a veces quieren separarse de las razones

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religiosas y prefieren mostrarse a sí mismos como grupos a favor de la moralidad. Usan razones históricas de la exclusión de los derechos, como con los judíos y otras minorías, para argumentar que los fetos son otro grupo que necesitan de las personas para defender sus derechos. También, destacan que “la ciencia de la vida” funciona con su argumento, en que quieren preservar la vida y, para ellos, la vida empieza con la concepción (Rossi 33). Diferente a las razones tradicionales del pasado para acabar con el aborto, como las que tienen un enfoque en la religión, ellos usan las reglas de la ciencia y casos históricos. Estas razones y la dificultad de distinguir entre que es vida y lo que no lo es son algunas razones para la posibilidad de una regresión de las leyes sobre el aborto en España y algunas razones para la dificultad que las mujeres encuentran cuando intentan acceder a un aborto en Perú. En el caso de España, la ley se cambió en 2006 con el gobierno socialista para las mujeres, incluso las que tienen edades comprendidas entre los 16 y 17 años, tener un aborto hasta las 14 semanas de gestación. Durante la época del gobierno del Primer Ministro José Luis Rodríguez Zapatero, se aprobaron muchas leyes progresistas, como el matrimonio homosexual y la posibilidad para las parejas homosexuales de adoptar niños (Hadden). Pero hoy en día con las ideas más conservadoras del Primer Ministro Mariano Rajoy, se está planteando la posibilidad de una regresión de las leyes. La ley puede regresar a una ley de supuestos, en que el aborto es ilegal con las excepciones del caso de una violación o si la vida de la mujer está en peligro (Hadden). Esta posibilidad significa que la ley podría tomar una postura más estricta que la de la ley de supuestos de 1985 para reconocer el aborto como un delito con pocas excepciones para una violación o para salvaguardar la vida de la mujer, pero no en casos de malformaciones graves del feto (Hadden).

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Para mucha gente esta posibilidad es un peligro grave a los derechos de las mujeres. La secretaria de Igualdad del PSOE, Purificación Causapié, reclama que “Con la propuesta del PP [el Partido Popular] sobre los derechos sexuales y reproductivos nos ponemos a la cola de Europa en cuanto a derechos y libertades de las mujeres” (Libertad Digital). Estas personas temen que con la propuesta, queden pocas opciones para las mujeres: las mujeres que necesitan un aborto pueden salir del país para una interrupción voluntaria del embarazo o corren “los riesgos de la clandestinidad, la inseguridad sanitaria y jurídica” (Libertad Digital). Una abogada en la organización sin ánimo de lucro, Women’s Link Worldwide, Teresa Fernández Paredes también da su opinión sobre el tema de la legalidad del aborto. Para ella, la cuestión no es solo sobre el acceso o falta de acceso a los abortos, la cuestión abarca también el acceso a la anticoncepción y la educación sexual. Como muchas personas que luchan por el derecho al abortos, ella prefiere que nadie necesite un aborto gracias a que se sepa cómo prevenir un embarazo no deseado. Según ella, hay pocas posibilidades para un cambio en las leyes sobre el aborto en España para este año o los próximos. Con un enfoque en la crisis económica, es probable que el gobierno espere para reformar leyes para continuar con la recuperación de la economía. Sin embargo, si hay un cambio con las leyes, Fernández cree que la provisión sobre las mujeres de 16 o 17 años y su capacidad para acceder a un aborto como las mujeres mayores de edad será la primera cosa que sea anulada. Aunque el Partido Popular quiere reformar toda la ley, esta parte es lo más controvertida porque la gente está preocupada sobre la edad de las mujeres y si tienen la edad suficiente para decidir cosas tan importantes sin la ayuda de un padre. Pero, sin una ley así, el proceso de incluir a los padres en la decisión de interrumpir el embarazo significa que existe la posibilidad de un proceso largo en decisión con apelaciones y más. Esto quiere decir

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que el requisito de incluir a los padres en esta decisión puede disuadir a las mujeres menores de edad de recibir un aborto seguro a causa de este proceso (Fernández). Pero, a causa de la lucha entre las personas a favor y en contra del aborto, también existe gente que mantiene opiniones contra las de Causapié o Fernández. Un miembro de la sección española del grupo contra el aborto, Right to Life, Nicolas de Carcedeas afirma respecto a esta reforma regresiva de la ley que “it would be the first time in thirty years that we see an advancement in the protection of life in Spain” (Hadden).[2] La opinión de Carcedeas es representativa de la de muchas personas contra el derecho legal a los abortos. Para ellos, lo más importante es salvaguardar la vida – a pesar del coste. El coste de salvaguardar la vida del feto con la prohibición de los abortos significa que algunas mujeres con embarazos no deseados tienen sus derechos – y sus vidas – en peligro. Como dije antes, en Perú es legal a recibir un aborto solo en las instancias cuando la vida de la mujer está en peligro o para preservar la salud física o mental de la mujer. Pero, como dijo Paredes, la abogada de Women’s Link Worldwide, “tener un derecho reconocido en papel, no significa que vaya a ser reconocido en la práctica” (Fernández). La única manera para L.C. a acceder a un aborto legal fue por la demostración de su necesidad de éste para preservar su salud física o mental. Sin embargo, los médicos del hospital donde atendieron a L.C. pudieron practicar la objeción de conciencia. El objeto de la objeción de conciencia es permitir a los individuos mantener sus creencias o para no contradecir su religión personal. Esta cláusula en la ley está vinculada al derecho a la libertad de pensamiento y credo (Casas 80). En todo el mundo, y especialmente en Latinoamérica existen estas leyes porque existe el “search for consensus on the universal nature of sexual and reproductive rights” (Casas 79).[3] Es decir que a causa de la

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división en opiniones sobre el aborto, hay leyes que protegen a las mujeres que quieren recibir un aborto pero también maneras en que los médicos contra el aborto no tienen que practicarlos. Sin embargo, el uso de la objeción de conciencia exige que los médicos no impongan sus creencias ni su religión a sus pacientes; tienen que garantizarles una atención adecuada y de calidad, o si no incurren en la violación del principio médico de no maleficencia. Además, la cláusula es solo para los individuos; el estado e instituciones enteras, como hospitales, clínicos y otras facilidades, no tienen permiso para tomar una estancia colectiva contra los abortos (Casas 80). Como tal, las prácticas de los médicos de L.C. son cuestionables en que todo el hospital (y no un individuo) negó su derecho al aborto, y que no tuvieron en cuenta la salud de L.C. Parte de la razón por qué muchas personas prestaron atención al caso de ​L.C. v. Perú fue porque el caso demandaba que los médicos reconsideraran la objeción de conciencia y cómo ha de usarse ésta. Durante años recientes hubo más casos del uso de la objeción de conciencia, probablemente a causa del aumento de las leyes que garantizan más derechos reproductivos a las mujeres. Entonces, existe la gran posibilidad de que mientras los derechos de las mujeres continúen expandiéndose, también existirá un movimiento que busque la manera de impedir las leyes. Si el caso de ​L.C. v. Perú hubiera ocurrido en España, aunque los médicos hubieran utilizado su derecho a la objeción de conciencia, es más probable que L.C. hubiera accedido a un aborto. Con la ley actual de España, L.C. sería elegible para un aborto porque el embarazo puso en peligro su salud física y mental, y fue resultado de una violación; y, de todos modos, con el permiso de su madre el aborto hasta las 14 semanas de gestación es legal. Como el debate sobre el derecho a abortar está polarizado basado en razones de religión, las definiciones del inicio de la vida, y las percepciones de los derechos fundamentales, es poco

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realista creer que sea un acuerdo por todo el mundo. Por eso, tenemos que ver las cosas en que las personas están de acuerdo para crear legislación que puede durar y protocolos concretos que funcionan con la ley. Por ejemplo, con el caso de L.C., seguramente nadie quiere ver una menor de edad paralizada para siempre a causa de un embarazo por una violación. Como he dicho antes, los médicos en su hospital utilizaron su derecho a la objeción de conciencia. Aunque los médicos pueden mantener este derecho, puede ser que Perú adopte una legislación similar al país de Guyana con respeto a la objeción de conciencia. En Guyana, la legislación para el derecho al aborto “excluye la objeción de conciencia cuando la vida de la mujer esté en riesgo” (Cook y Dickens 85). Con una legislación así, el país puede preservar sus leyes estrictas sobre el aborto, pero las mujeres ganan más seguridad que pueden recibir un aborto cuando es necesario. El proceso de desarrollo de las leyes con respeto a los derechos reproductivos es lento, así las leyes estrictas de Perú continuarán por más tiempo. Por hay que centrarse en la prevención de los embarazos no deseados en países como Perú, España, y todo el mundo. A pesar de las ideas sobre el aborto, es dudable que cualquier persona quiera que los abortos sean necesarios. Como quedó expresado en la entrevista con la abogada Fernández, aún a quienes apoyan el derecho al aborto les gustaría ver una sociedad que no necesitase este servicio porque no existiesen embarazos no deseados (Fernández). Es decir, tenemos que centrarnos en la disponibilidad de la información sobre salud sexual y el acceso a la anticoncepción para prevenir los embarazos no deseados y, luego, los abortos. Claro que la disponibilidad de información y el acceso a la anticoncepción no va a resolver todos los problemas de los embarazos no deseados, pero es un inicio en la prevención de los abortos. Como he dicho, el debate sobre el tema del aborto va a continuar durante mucho tiempo

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como, por ejemplo, los ciudadanos de España a favor del derecho a abortar perciben las reformas posibles del gobierno como una regresión de los derechos de las mujeres y los ciudadanos contra el derecho al aborto perciben las reformas como el inicio de la protección de la vida. Entonces, es necesario que trabajemos en la prevención de los embarazos no deseados para evitar este problema. Pero, hasta ese punto, los gobiernos tiene que garantizar el acceso a los derechos que proclaman. No puede ser que un gobierno niegue un derecho a una menor de edad, como L.C., ni a cualquier otra persona a causa de creencias personales. Con la posibilidad de reformas sobre la ley en España en el futuro, y la dificultad de acceder a los derechos garantizados por la ley en Perú, los dos países muestran que la ley no es permanente – ni existe la garantía de un derecho. Los ciudadanos tienen que demandar que sus derechos son protegidos por la ley y que buscamos una solución a este debate, antes que un caso como lo de ​L.C. v. Perú se repita.

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Bibliografía Cambronero-Saiz, Belen, Maria Teresa Ruiz Cantero, Carmen Vives-Cases, and Mercedes Carrasco. “​Abortion in Democratic Spain: The Parliamentary Political Agenda 1979-2004.” ​Reproductive Health Matters​ 15 (29), p. 85-96. 2007. Casas, Lidia. “​Invoking conscientious objection in reproductive health care: evolving issues in Peru, Mexico, and Chile.” ​Reproductive Health Matters​ 17(34), p. 78-87. 2009. Cook, R.J. and B.M. Dickens. “Human rights and abortion laws.” ​International Journal of Gynecology & Obstetrics​ 65, p. 81-87. 1999. Fernández Paredes, Teresa. (2012, Nov. 22). Entrevista personal. Hadden, Gerry. “​Conservatives may ban abortions in Spain.” ​PRI World​. 24 September 2012. Accessed from​ http://www.theworld.org/2012/09/conservatives-may-ban-abortions -in-spain/​. Holmes, Beryl. “​Human Rights: Another Look at Abortion” ​Law Reform​: Women and the Law. Accessed from http://www.aic.gov.au/media_library/publications/proceedings/ 16/holmes.pdf. Libertad Digital. “​El PSOE Crictica la Reforma del Aborto: Tomas Gomez acusa al PP de ‘integrismo radical y religioso.” 22 Jul 2012. Accessed from http://www.libertaddigital.com/ sociedad/2012-07-22/gomez-acusa-al-pp-de-integrismo -radical-y-religioso-por-la-reforma-del-aborto-1276464456 Rossi, Marco Rosaire. “​Non-Religious and Pro-Life: The New Normal or Same Old, Same Old?” The Humanist​. September – October 2012. United Nations Secretariat, “Population Policy Data Bank” Population Division of the

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Department of Economic and Social Affairs. Accessed from www.un.org/esa/population/ publications/abortion/doc/

[1]​ “Derechos sólo son ‘derechos’ cuando pueden ser ejercidos de manera irrestricta” trad. [2]​ “Sería la primera vez en treinta años en que hemos visto un avance en la protección de la vida en España” trad. [3]​ “La búsqueda de consenso sobre el carácter universal de los derechos sexuales y reproductivos” trad.

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