La AAA y la declaración de los derechos humanos

September 2, 2017 | Autor: D. Sánchez Bonilla | Categoría: Derechos Humanos
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Descripción

La AAA y la Declaración de Derechos Humanos Delia Sánchez B1.

La Declaración de Derechos Humanos elaborada por el Consejo Ejecutivo de la Asociación Americana de Antropología fue una respuesta a la solicitud que, en 1947, le dirigió a la asociación la Sra.

Eleanor Roosevelt, presidenta de la

Comisión Redactora de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Un año antes, el Consejo Económico y Social de la ONU había resuelto que la Comisión estaría conformada por los delegados de los gobiernos miembros de la organización y no por especialistas, aunque en la primera reunión, en enero de 1947, surge la necesidad de acudir a especialistas -juristas, filósofos y antropólogos- que ayudaran a resolver los problemas que surgían en los debates de la Comisión. Los juristas venían trabajando en una declaración universal desde varios años atrás y sus propuestas fueron analizadas con cuidado por los miembros de la comisión. De los juristas, la ayuda que necesitaban era tanto en el listado de los derechos básicos, como en los mecanismos para garantizarlos, lo que implicaba un gran debate que dejó insatisfechos a muchos especialistas. De hecho, una de las personalidades más reconocidas en ese tiempo, el profesor polaco-británico Hersch Lauterpacht escribió en 1950 su inconformidad con la Declaración Universal (Bates: 2010: 36) porque la comisión no había resuelto el tema de su aplicabilidad de los derechos humanos. Había otra cuestión más de índole filosófica y social: el tema de la universalidad. Para definir una postura al respecto, la ONU, a través de la UNESCO, hizo una consulta a varios filósofos de los que recibió más de 70 respuestas (UNESCO,

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Especialización en Políticas Culturales y Gestión Cultural, UAM-I

1948).2 El filósofo tomista Jacques Maritain llevó la voz cantante en ese proceso y fue el introductor del amplio informe de la UNESCO sobre esta consulta que consistió en tres preguntas generales:

1. ¿Cuál es la relación entre los derechos políticos, sociales y económicos de los individuos (de diferente sexo y edad) y de los grupos en distintas sociedades, en diferentes momentos históricos?, 2. ¿Qué tan distantes están las diferencias entre las formulaciones sobre los derechos humanos y las libertades de las sociedades, de las diferencias materiales en cuanto a las condiciones económicas y sociales en las regiones afectadas?, 3. ¿Qué tanto han sido alteradas las relaciones humanas, individuales y colectivas (p.ej. la clase, nacional e internacional) en las regiones más avanzadas del mundo durante los últimos cien de años? 3 Fue muy interesante el comentario de Maritain quien contestó con gran admiración que era notable el consenso entre los filósofos o pensadores consultados, como Gandhi, Teillard de Chardin o Aldous Huxley. En la presentación de Maritain escribe: En una de las reuniones de la Comisión Nacional de la UNESCO, relacionada con los Derechos Humanos, alguien expresó el asombro que los grupos más radicales de oposición estuvieran de acuerdo con la lista de

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El resumen de la consulta está en UNESCO, Memorandum on Human Rights, UNESCO/Phil/1/1947. París, 27 -03-1947, 9pp. Jacques Maritain presentó las memorias de un simposio convocato también por la organización donde se encuentran las opiniones de pnesadores de todas las regiones del mundo. UNESCO Human Rights. Comments and interpretations, UNESCO/PHS/3(rev), Paris 25-07-1948, 276pp. 3 1. What are the relations between the political, the social and the economic rights of individuals (of different sexes and ages) and of groups, in societies of different types and in different historical circumstances? 2. How far are the differences between the divergent formulations of ideal human rights and freedoms in different societies accurate indications of the material differences in economic and social conditions in the regions concerned? 3. How far have the personal relations and group relations (e.g. class, national and international) of man been altered in the main advanced regions of the world during the last hundred years. (UNESCO, 1948, Anexo 1 p. 6)

los derechos "estamos de acuerdo con los derechos, con la condición de que nadie nos pregunte por qué”. Aquí es donde comienza el argumento4. Es diferente emitir opiniones a nivel individual que comprometerse con una respuesta institucional. La respuesta de Maritain explica hasta cierto punto el porqué de la consulta a la AAA por parte de la Comisión redactora de la Declaración de Derechos Humanos. Si los filósofos habían contestado positivamente a la idea de que en las diferentes sociedades existía la idea de derechos compartidos por todos los miembros de la sociedad, la explicación de por qué existía esta universalidad estaba en el aire. Y nos podemos imaginar por tanto la importancia del punto de vista de la principal asociación de antropólogos en los estados Unidos. Ese mismo año de 1947, la AAA había realizado una restructuración organizativa bajo la presidencia de Clyde Kluckhohn y la solicitud de la Sra. Roosevelt fue tomada con mucha seriedad, sin embargo, a diferencia de los filósofos, los antropólogos manifestaron sus dudas sobre la universalidad de los derechos. Más aún, se negaron a dar una colaborar en el proceso de redacción de la declaración y a cambio emitieron una declaración sobre los derechos humanos.

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It is related that at one of the meetings of a Unesco National Commision where Human Rights were being discussed, someone expressed astonishment that certain champions of violently opposed ideologies had agreed on a list of those rights. “Yes”, they said, “we agree about the rights but on condition that no one asks us why.” That “why” is where the argument begins. (Maritain, 1948, I)

DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS Trad. Valeria Cuevas Zúñiga

OCTUBRE-DICIEMBRE, 1947 Dirigida a la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, elaborada por el Consejo Ejecutivo de la Asociación Americana de Antropología. El problema que enfrenta la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas en la elaboración de la Declaración de los Derechos del Hombre debe ser abordado desde dos perspectivas. La primera, en los términos en que la Declaración es generalmente entendida, se ocupa del respeto por el individuo y sus derechos para que éste logre pleno desarrollo en sociedad. Sin embargo, el respeto por las culturas de distintos grupos humanos alrededor del mundo es una cuestión que también debe ser atendida.

Estas dos perspectivas forman parte del mismo problema puesto que es incuestionable que los grupos humanos están compuestos de individuos, y que el ser humano desempeña sus funciones al interior de una sociedad. El problema entonces consiste en formular una declaración de derechos humanos que promueva el respeto por el individuo concibiéndolo como un individuo, que a su vez es miembro de una sociedad, misma que forma su carácter y a la cual está ligado su destino.

En la actualidad un gran número de sociedades, cuyas formas de vida difieren profundamente, están en contacto permanente. Así pues, la primera tarea por resolver es: ¿Cómo lograr que la Declaración aplique para todo grupo humano sin considerar únicamente aquellos derechos concebidos bajo los valores de América y Europa Occidental?

Antes de tratar esta cuestión, nos es necesario remarcar algunos hallazgos científicos referentes a la cultura humana. Dichos planteamientos deberán ser tomados en cuenta si la Declaración se elabora de acuerdo al conocimiento que ahora poseemos del hombre y sus formas de vida.

Al comenzar con el tratamiento del individuo encontramos que desde el momento de su nacimiento, su comportamiento, su pensamiento, sus aspiraciones y esperanzas; los valores morales que conducirán sus acciones, justificarán y darán sentido a su vida, son moldeados por el cuerpo cultural del grupo del que forma parte. Esta interiorización es sutil, de manera que sus efectos se arraigan profundamente en la persona; es solo a través de un arduo análisis que ha sido posible hacernos conscientes de dicho proceso. Así, si la esencia de la Declaración resalta el derecho individual al desarrollo pleno de la personalidad, este derecho debe reconocer que el individuo forma su personalidad en los términos culturales de su sociedad.

A través de los últimos cincuenta años, investigaciones antropológicas han documentado las múltiples formas de resolver problemas de subsistencia, organización social y regulación política; así como las diversas formas de concebir el Universo y la belleza, en distintas sociedades alrededor del mundo. Dichas cuestiones están presentes en todo grupo humano; sin embargo, ninguno las resuelve de forma idéntica pues los significados con los que las dotan difieren sustancialmente de un grupo a otro.

El dilema surge cuando la socialización del proceso de aprendizaje mueve al individuo a creer que existen modos de vida más deseables que el propio, y a pesar de juzgar favorable la adopción de algunas formas externas a su cultura, le es igual de evidente que muchas de sus costumbres son preferibles a aquellas que

son distintas. Así, valora sus propias creencias.

El ritmo en que dichas valoraciones se asumen como pautas de acción depende de los preceptos básicos en el pensamiento del grupo. Generalmente la gente está dispuesta a vivir y permitir que otros vivan mostrando tolerancia ante el comportamiento de grupos distintos, especialmente si no compiten por los medios de subsistencia. Sin embargo, en la historia de América y Europa Occidental la diferencia cultural se ha utilizado como medio de expansión económica, de control de armas y de evangelización; esto reforzado por sistemas filosóficos que absolutizan los fines y valores del ser humano. Así las definiciones de libertad y derecho o el concepto de naturaleza humana, han sido estrechamente concebidos. La diferencia se ha devaluado y suprimido ahí donde el control se ha impuesto, y las supuestas similitudes entre culturas han cobrado gran importancia.

Esta postura ha traído consecuencias desastrosas para la humanidad en su conjunto. Doctrinas como, es el deber del hombre blanco, han sido utilizadas para implementar la explotación económica y negarle autonomía a millones de personas en donde la expansión no ha significado el exterminio total del pueblo. El tutelaje ejercido por el hombre occidental se justifica bajo razonamientos que colocan a estas poblaciones en condición de inferioridad cultural y atraso intelectual, acusándolas de poseer una mentalidad primitiva. Así, la historia de expansión de Occidente ha estado marcada por la continua privación de derechos y la desintegración del pueblo sobre el que se establece la hegemonía.

Sus valores y formas de vida han sido continuamente malentendidos y desacreditados. Creencias religiosas que por siglos han dotado de sentido la existencia de estos grupos, permitiéndoles entender el Universo, han sido tachadas de supersticiosas, inmorales y falsas. Así, la desintegración iniciada con

la explotación económica y la pérdida de su autonomía política, se perpetúa con la imposición de los preceptos de la gente en el poder. El deber del hombre blanco, en su misión civilizadora, les impone una pesada carga; sin embargo, ha habido quienes viajan a lugares recónditos del mundo con el único propósito de reivindicar a estas poblaciones.

Esto nos conduce a una primer y esencial proposición para la elaboración de un programa de Derechos Humanos que se adecue al conocimiento que la psicología y el estudio de la cultura humana nos han legado:

1-El individuo construye su personalidad a través de su cultura, de ahí que el respeto por las diferencias individuales implique a su vez el respeto por las diferencias culturales.

No hay libertad individual ahí donde el grupo, con el que el individuo se identifica, no es libre. No puede darse el desarrollo pleno del individuo mientras se le impongan creencias que demeritan la forma de vida de su grupo frente a la de quien detenta el poder.

Esto se convierte en más que una precisión académica al analizar la configuración del mundo actual. La gente que al primer contacto con europeos y americanos estuvo sorprendida y parcialmente convencida de la superioridad de su modo de vida, después de dos guerras y una depresión económica, ha comenzado a repensar su presente y su pasado. El amor a la democracia y la devoción por la libertad pierde sentido en aquellos a quienes se les ha negado el derecho de dirigirse como les parece apropiado. Los dogmas religiosos de aquellos que predican igualdad y practican discriminación, que resaltan la virtud de la humildad e imponen con arrogancia sus propias creencias, tienen poco sentido para aquellos que profesan doctrinas tan claras como un paisaje desierto a la luz

de mediodía. Las preguntas que se hacen estas personas, a quienes se les ha negado el derecho de vivir bajo los términos de su propia cultura, los conducen a descubrir nuevos valores en sus antiguas creencias.

No puede hacerse consideración alguna sobre los derechos humanos sin observar el potencial de la capacidad humana. No importando las diferentes aptitudes, habilidades o intereses que puedan presentarse entre los hombres, biológicamente son parte de una sola y misma especie, la del Homo sapiens. Cualquier individuo en condiciones normales de salud es capaz de aprender aspectos culturales distintos al propio si la oportunidad de hacerlo se le presenta. La complejidad y riqueza cultural difiere entre grupos por causas históricas, no biológicas. Cualquier forma de vida enfrenta la dura lucha por la sobrevivencia. Debe recordarse que entre las culturas desaparecidas están aquellas que gozaron de grandeza, poder y complejidad; así como las que vivieron de forma simple y modesta, siempre conformes son el status quo. Esto nos conduce a un segundo principio:

2. A falta de una técnica científica que permita evaluar cualitativamente la cultura, el respeto por las diferencias culturales debe ser exigido. Este postulado nos conduce a otro de mayor trascendencia. Los preceptos que guían la vida de las personas son válidos únicamente para aquellos que los dotan de significado. Este principio recoge los universales de la conducta humana en lugar de los absolutos que la cultura occidental enmarca; asimismo reconoce que si creemos en verdades eternas es porque se nos ha enseñado a concebirlas de esa manera. De forma que cualquier persona, lo haga explícito o no, considera sus credos tan permanentes como la población euroamericana considera los suyos. Así pues, el tercer principio a considerar debe ser: 3. El estándar de valores humanos es relativo a la cultura de la cual deriva. De manera que no es posible formular postulados concebidos bajo los códigos

morales de una única cultura puesto que ello implicaría la imposibilidad de aplicar la Declaración a la humanidad en su conjunto. Concepciones de lo correcto y lo incorrecto, del bien y el mal, se encuentran expresadas de diferentes formas en cualquier sociedad. Lo que es visto en una como un derecho humano puede ser considerado contrariamente en otra, o incluso al interior de la misma sociedad en un periodo distinto. El santo de una época puede ser considerado, con el paso del tiempo, un hombre que no encaja con la realidad del pueblo. Incluso la naturaleza del mundo físico - los colores que vemos, los sonidos que oímos - están condicionados por el lenguaje que hablamos, producto de la cultura en que nacimos. En el siglo pasado la elaboración de una Declaración de los Derechos Humanos parecía una tarea simple puesto que no representaba la diversidad de la condición humana, únicamente establecía los derechos concebidos en el marco de una sociedad particular. De ahí que documentos como la noble Declaración de Independencia Americana o la Carta de Derechos, pudieron ser escritos por dueños de esclavos, en un país en donde la esclavitud era parte del orden social reconocido. El carácter revolucionario del lema “libertad, igualdad, fraternidad”, lo fue solo en apariencia al ser impuesto en las colonias francesas de esclavos. Hoy el problema se complica ante la necesidad de una Declaración de aplicación universal. Por ello, debe contener y reconocer la validez de las múltiples y diversas formas de vida alrededor del mundo. No será aceptada por pobladores de Indonesia, África, India o China si se elabora bajo el esquema de documentos anteriores. En el siglo veinte, los Derechos del Hombre no pueden suscribirse a estándares culturales de una única sociedad o estar dictados por las aspiraciones de un solo pueblo. Un documento concebido en dichos términos limitará el desarrollo individual y frustrará el potencial de un buen número de seres humanos.

A las personas que vivan en términos fuera de la Declaración, les será impedida la

libertad de organizarse bajo los derechos y formas de vida que ellos conocen y aprueban; negando las instituciones, los preceptos y las metas que construyen la cultura de su grupo.

Ya que el sistema político de un pueblo representa tan solo una parte del todo cultural, es posible hacer evidentes los valores que subyacen en sistemas políticos que niegan a sus ciudadanos el derecho a participar en su gobierno o que buscan la conquista de los más débiles, de forma que la gente se haga consciente de las consecuencias y busque promover el abandono de las pretensiones de conquista y las prácticas discriminatorias.

Definiciones universales de liberad y de justicia, basadas en las concepciones culturales que de dichos conceptos se tengan, derechos que sean reconocidos como tales al interior de una sociedad, son fundamentales para la elaboración de un Declaración de los Derechos Humanos. El orden mundial no será efectivo sino hasta que se permita el libre desarrollo de la personalidad de los miembros que constituyen unidades sociales y se valore la riqueza derivada del intercambio cultural.

La crítica incluida en la Carta del Atlántico, antes de su restringida aplicación, evidencia que la libertad es entendida y perseguida por personas de múltiples y diversas culturas. Solo hasta que la Declaración propuesta, establezca el derecho del hombre a vivir bajo las tradiciones propias, la definición de los derechos y los deberes de los grupos humanos estará firmemente fundada en el conocimiento científico que del Hombre, se posee actualmente.

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