IMAGINARIOS SOCIALES SOBRE EL GÉNERO Y LA SEXUALIDAD, EN LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE INFANCIA

September 2, 2017 | Autor: Andres Leiva | Categoría: Psicología Social
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Descripción

Revista Sujeto, Subjetividad y Cultura, Número 8, Octubre 2014, Esc. Psicología UARCIS, Santiago Chile, ISSN 0719-1553 pp.29-35

IMAGINARIOS SOCIALES SOBRE EL GÉNERO Y LA SEXUALIDAD, EN LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE INFANCIA 1 2 SOCIAL IMAGERIES ABOUT GENDER AND SEXUALITY, IN PROTECTING THE RIGHTS OF THE CHILDREN Andrea Rojas3, Fernanda Pérez 4, Andres Leiva G.5 Universidad de Arte y Ciencias Sociales ARCIS, Santiago Chile.

Resumen El trabajo presenta una reflexión sobre los resultados de una investigación en curso, que intenta mostrar los imaginarios sociales en equipos de protección infantil. El trabajo supone que los equipos de intervención psicosocial en maltrato infantil, no tienen incorporado en su modelo la diferencia de género, por lo que no atienden a los aspectos que sostienen la desigualación entre hombres y mujeres y que se expresan también en las vulneraciones de derechos. Su principal hallazgo sostiene que la producción de subjetividad involucrada en el modo de creación de sentido de las duplas psico-sociales, en torno a las situaciones de vulnerabilización de los niños o niñas, reduce su aproximación a universalismos que en base a criterios profesionalizantes niegan la importancia del enfoque de género en las intervenciones tendientes a la reparación del derecho que ha sido vulnerado.

Abstract The paper presents a reflection on the results of an ongoing investigation, which attempts to demonstrate the social imagery within the child protection equipment. The work supposes that teams of psychosocial intervention in child abuse have not incorporated the gender difference into their model, reason for which they do not address the issues holding the mismatch between men and women which are also expressed in rights violations. Its main find argues that the production of subjectivity involved in the manner of creation of sense of psychosocial pairs, around situations of unprotection of boys or girls, it reduces its approach to universalisms that based on criteria of major professionalization denies the importance of gender focus in the interventions which tend to repair the right that has been violated. Institution, violation of rights, childhood, gender, social imagery

Institución, vulneración de derechos, infancia, género, imaginarios sociales 1

Recibido el 25 Octubre, aceptado el 15 Noviembre de 2014. Una versión preliminar se presentó en la Primera Bienal de Infancia y Juventud en la ciudad de Manizales, Colombia, del 17 al 23 de Noviembre de 2014. 3 Estudiante Psicología, UARCIS. 4 Estudiante Psicología, UARCIS. 5 Psicólogo, Doctor © en Procesos sociales y políticos en América latina. PROSPAL-UARCIS. [email protected]. 2

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Introducción

En este sentido Butler (2007), señala que es posible que al tener “una expectativa (…) en lo concerniente al género, de que actúe una esencia interior que pueda ponerse al descubierto” (p.17) aquella puede terminar produciendo el fenómeno mismo. Por lo que se debe tener cuidado con este efecto performativo del cual, al suponer tal o cual esencia en la infancia, se produce y reproduce la “norma” de lo que puede o no, ser esperado para tal o cual género, perdiendo toda opción de escuchar al sujeto que se encuentra en situación de vulneración desde una postura integral y que no invisibilice las determinantes sexistas que puedan estar operando en tal o cual vulneración. Es decir se opera violencia simbólica en la forma de trabajo con niños y niñas al no integrar el enfoque de género. El género al aparecer como natural se constituye como un “impensado” (Fernández, 2000), por lo que opera como un determinante imposible de incorporar al análisis y a la capacidad de intervenir en una situación de vulneración de manera global y certera. Al constituirse en espacio por fuera de lo que es posible de trabajar, se instituyen espacios de verdades incuestionables, imposibles de enunciar y por tanto de su aproximación crítica. Así aparecen las lógicas sexuales naturalizadas en el imaginario de los interventores como regímenes totalizantes, que operan violencias que no son cuestionadas precisamente en un espacio en el cual se debe comprender de manera profunda las lógicas que han permitido la vulneración. En este operar exento de una perspectiva crítica, se reproduce el orden social que excluye a las mujeres, incluso bajo la égida de la protección de derechos de niños y niñas, eternizando criterios históricos sobre lo que es “normal/anormal” en los niños y niñas. Las duplas de trabajo en intervención, y por extensión los programas de protección infantil, al no incorporar estas diferencias, asumen que niños y niñas no son construcciones sociales e históricas, sino que aparecen como determinados por lógicas universalistas, que instituyen sentido homogenizante en un espacio que debería estar abierto a la diversidad de formas de construcción identitaria, por tratarse justamente de niños y

En el presente trabajo de investigación se comenzó con la siguiente hipótesis. Los equipos de intervención psicosocial en maltrato infantil, no tienen incorporado en su modelo la diferencia de género, por lo que no atienden a los aspectos que sostienen la desigualación entre hombres y mujeres y que se expresan también en las vulneraciones de derechos. Entendemos el modelo de trabajo con enfoque de género, a un modo de realizar las tareas de la intervención que no haga desaparecer a las diferencias que se incorporan como parte de la construcción identitaria de niños y niñas, a partir de la construcción social de las diferencias de sexo. Creemos que la construcción social que sostiene a la diferencia sexual como justificación de la negativización y exclusión de las mujeres, determina de manera diferenciada los modos de vulneración de derechos en la infancia en niños y en niñas. En este sentido los enfoques de trabajo tanto a nivel psicológico como social o legal, operan con un supuesto único en su construcción del sujeto de vulneración, es decir, suponen que las condiciones en las cuales se puede pensar la vulneración son idénticas a todos los géneros. El dispositivo de la sexualidad (Fernández 2013), en su operación cotidiana sostiene construcciones identitarias que reduce su ejercicio a binarismos hombre-mujer, junto a constituir atribuciones específicas de tal o cual forma de ejercer la sexualidad en estos pares, asimismo a partir de estas atribuciones binarizadas, establece jerarquías entre los sexos, haciendo que la diferencia sexual sea fundamento de menoscabo o de explotación, desigualando a las mujeres en los diferentes ámbitos sociales, políticos, económicos, e incluso de manera psíquica en referencia a los hombres. Así en las construcciones de saber y hacer en torno a la vulneración, al no incorporar la lógica de género, se naturalizan los aspectos normativos de lo que se espera “debe ser un niño o niña”, y por tanto la intervenciones estarán orientadas a “reparar” en torno a ese prejuicio de lo que un niño o niña supuestamente “es”.

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niñas en procesos de construcción de proyectos subjetivantes. Asimismo al obviar las diferencias, se asume que los niños y niñas han sido siempre así, naturalizando e invisibilizando las condiciones históricas de explotación que pudieran surgir por razones de género. Es decir, por alguna razón las diferencias de género que son tan evidentes en los adultos, en el trabajo con niños y niñas se escamotean en los modelos de atención, como si en el “siendo” de niñas y niños, no se produjera dominación o explotación, y marginación o exclusión por razones de género.

que el Estado debe proteger. En este sentido se puede deducir desde las bases técnicas de las OPD’s, que los niños son considerados como personas con derechos consagrados en la legalidad vigente, pero que se relaciona con ellos a partir y después de la vulneración de derechos, y solo en la medida en que estos estén delimitados a episodios específicos. Esto en el entendido que otras situaciones que obviamente vulneran el acceso de los niños y niñas a el ejercicio de sus derechos no son materia de las OPD’s, como puede ser la cesantía de sus padres o cuidadores, o la calidad de la vivienda, entre otras. Si bien entre los énfasis programáticos desde SENAME para el período 2012-2015, solo uno de los cuatro está destinada a la protección de derechos, y el resto está destinado a participación y al fortalecimiento de los espacios locales, el énfasis de fondo que por su naturaleza en el diseño de los programas se impone en la práctica, es el de “actuar” una vez que las vulneraciones directas sobre el/la niño/a se han realizado, toda vez que no incorporan elementos de trabajo que puedan leer las claves socio-históricas del por qué aquellos derechos terminan siendo vulnerados reproduciendo lógicas de dominación social. Al ser el niño ahora persona con derechos, lo que está de fondo es una lógica de derechos individuales que el Estado –en clave liberaldebe proteger, por lo que aquellos derechos deben ser restituidos o reparados en las intervenciones realizadas. En ningún caso se plantea que estos derechos, o estas construcciones de personas con historia y deseo propio, tengan que ver con una construcción atravesada por las jerarquías de género que reproducen las condiciones de vulneración y exclusión de nuestras sociedades patriarcales. Aparecen esos derechos como universales, negando que en su institución se reproduzcan las lógicas de exclusión y dominación históricas. El enfoque de género aparece incluido en los principios universales que deben guiar su gestión, dentro de la defensa de los derechos humanos. La definición de enfoque de género utilizada es; “una forma de observar, analizar e intervenir, en una realidad social determinada, tomando en consideración dichas cons-

Sobre la protección de derechos y enfoque de género. El enfoque de derechos por el cual se rigen las Oficinas de Protección de Derechos (OPD) supone que el cambio de paradigma de trabajo con la infancia, debe trasladarse desde considerar al niño o niña como “objeto” de atención, a “sujeto” de atención, por lo que centra sus esfuerzos en la participación como elemento metodológico fundamental de esta nueva forma de entender las relaciones entre los centros de intervención y los niños. En este sentido es reconocible que las normas establecidas para el trabajo de las OPD’s, señale a la participación como el medio por el cual “se transita entonces, desde la concepción de la niñez como incompletud o deficiencia, a la concepción del niño y la niña como persona” (Sename, 2012 p. 8). Esta metodología se complementa en la forma de “el derecho de opinar ante otros y con otros. De hacer que sus voces sean tomadas en cuenta seriamente y de asumir responsablemente, según su grado de madurez y desarrollo, decisiones compartidas en asuntos que afectan sus vidas y las de sus comunidades” (Sename, 2012, p. 9). A pesar de ello, el enfoque de trabajo de las Oficinas de Protección de Derechos (OPD) pareciera reproducir un conjunto de significaciones que instituyen un niño, ahora como persona en carencia o en dificultad, como consecuencia de la falta de acceso a las instituciones de socialización o de asistencia, y con una situación de maltrato o vulneración que es posible reducir a la óptica de derechos

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trucciones culturales, en vistas de identificar su incidencia en las vulneraciones de derechos que afectan a niño/as y adolescentes o su aporte para la definición de áreas de promoción” (Sename , 2012, p.18). Luego al pensar en su operacionalización, el enfoque de género en las OPD’s aparece como un indicador de gestión que debe ser incluido en los informes anuales, a fin de permitir un análisis de las condiciones en las cuales se dan diferencias en la calidad y cantidad de la vulneración. Es decir, en ninguna parte se cuestiona el hecho de que aquellas construcciones que determinan diferencias en las vulneraciones, su profundidad, y su frecuencia, sean construcciones sociales que deben ser problematizadas, criticadas y modificadas, a fin de no ser fuente de modos de reproducción de condiciones de vulneración tanto para niñas como para niños. El enfoque de género es reducido entonces, a ser insumo de análisis pero no se considera el interior de los planes individuales de intervención, a fin de que ésta condición sea incorporada en la acción directa sobre niñas y niños. Solo se considera que los niños y niñas tienen necesidades por razones de género, las que por supuesto se asumen como naturales y universales. Al asumirse el enfoque de género como un objetivo transversal del trabajo de las OPD’s este aparece como un elemento a considerar, pero no obliga que lo que allí se considere se incorpore como una lectura de carácter eficaz a la hora de la intervención, dado que aparece como indicador global de la atención –cuantos casos, de qué tipo, se dan en cual género, etc.-, o como un elemento que sostiene necesidades diferenciadas por razones físicas ligadas al sexo biológico. Así las cosas las construcciones de género no tiene opción ni alternativa más que ser naturalizadas como diferentes, pero en ningún caso problematizadas o abiertas por la crítica de las condiciones en las cuales esas diferencias sostienen desigualdad a la hora de la consumación de tal o cual vulneración de derechos, por lo que aparece el enfoque de género al interior de un desplazamiento de sentido, desde ser entendido como el

problematizar a las condiciones histórica de producción de diferencias jerarquizantes y de negativización, a considerar solamente necesidades biológicas diferentes para niños y niñas, es decir transhistóricas y naturales. Reseña del Objeto de estudio y metodología. El objeto de estudio de esta investigación son las significaciones sociales imaginarias (SSI) (Castoriadis, C. 1996). Las significaciones sociales imaginarias son el modo en el cual los sujetos son producidos y pueden participar del hacer y pensar social. Estas permiten que los sujetos y colectivos puedan ser incluidos en el mismo contexto de sentido aun en el disenso. Aquellas no son representaciones de “algo”, sino que son su condición de representabilidad. Aquellas no tienen referentes estrictamente reales y por lo mismo son un modo de instituir sentido a los objetos y sujetos referidos a ellas. El conjunto de las SSI permite la creación de Imaginarios Sociales y estos instituyen la identidad de los colectivos sociales, al mismo tiempo que permiten establecer sus prerrogativas, normatividades, sentires y representaciones de sí mismo y de su relación con otros (Fernández, A. 2009). Las lógicas que establecen los colectivos humanos sobre las lógicas sexuales, tienen la fuerza de generar anticipaciones de sentido, haciendo que aquel, se funde sobre un significado supuesto de carácter esencialista, que sin embargo y pese a su anticipación, se crea a posteriori (Butler, J. 2007) por lo que el explorar cual es el modo en el cual se organizan los significados desde los equipos/colectivos, es decir cuáles son las significaciones que producen, permite dar cuenta del carácter violento de la instalación institucional de esencialismos de género y sexuales. Para Fernández (2009), las instituciones sociales son espacios en los cuales se reproduce las tensiones propias de las significaciones instituidas y las instituyentes, por lo que el explorar la construcción de imaginarios sociales en torno a las lógicas sexuales y de género en equipos

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(pertenecientes a instituciones de protección infantil), dará cuenta del modo como se actualizan los intentos de reproducción de las normatividades patriarcales, invisibilizando las identidades de construcciones de género y sexuales que no se inscriban en esta lógica. Así se instituyen violencias simbólicas en los sujetos de intervención de los programas sociales. Para dar cuenta de las significaciones sociales imaginarias de los equipos de intervención en vulneración de derechos, sobre la importancia del enfoque de género en los planes de intervención individual, se realizaron entrevistas a equipos, principalmente duplas psicosociales. Luego se realizó un análisis del discurso, separando enunciados por categorías, señalando las insistencias (Fernández, 2007) en los modos de organización del sentido de cada uno de los temas allí referidos. Así se pudo dar cuenta de algunas de las signifi-caciones que se instituyen en la subjetividad de los colectivos entrevistados, a fin de reconocer el conjunto que configura, da forma, y presentifica a los imaginarios sociales que organizan la aparición o no, del enfoque de género como un espacio crítico o de mera reproducción de las lógicas de desigualdad de la sociedad patriarcal.

vulneración de manera diferenciada en los niños y niñas. Al ser consultadas las duplas psicosociales ellas refieren “siempre nos fijamos en las etapas o sea en las edades y éstas nos indican en lo que pasa (sic) a los niños”, o en la frase “insistimos, acá no hay diferencia de género, sino por el ciclo de desarrollo del menor”. En esto es notorio que las duplas psicosociales niegan de manera efectiva que el género tenga que ver con los modos en los cuales se dan las vulneraciones, no logrando establecer en las historias de los sujetos atendidos las diferencias de género que se expresan en las situaciones de vulneración. Asimismo de especial gravedad a nuestro juicio tiene que ver con la justificación en torno a no considerar el género como un elemento a trabajar en las instancias de atención con sujetos vulnerados, esto es sobre la base de dar centralidad a indicadores de “desarrollo” que se consideran universales en los paradigmas psicológicos usados por los profesionales. Es decir, se hace notorio que al no ser ni implícita ni explícitamente el trabajo con el género incorporado, las duplas tienden a “llenar este vacío” desde el “sentido común” profesional. En las entrevistas realizadas, el apego a un discurso profesionalizante, invisibiliza las construcciones históricas en las cuales se inscriben precisamente esos saberes en torno a los niños y niñas sin cuestionar que incluso el discurso científico puede operar como fuente de impensados dentro de su propio aparataje conceptual. En este sentido la intervención como medio de escucha clínica de la situación de vulnerabiliación, se reduce a un mero saber técnico-metodológico sin apertura a nuevos saberes o conocimientos que posibiliten un abordaje más integral de los niños y niñas en situación de vulneración. Para Fernández (2007), este modo de organización del discurso opera por repetición de sus narrativas, en diferentes modalidades, tanto profesionales, educativas, científicas, etc. Este tipo de insistencia instituye eficacia simbólica, al ejercer en base a pequeñas diferencias argumentativas una misma trama de sentido en el cual se cristalizan formas de enunciabilidad y de formas de entender tal o cual fenómeno. Es decir, son formas de

Resultados En general es posible reconocer que el trabajo en la temática/enfoque de género tal y como se ha planteado en el marco conceptual de esta investigación, es decir, entendido como el trabajo sostenido de no invisibilizar las diferencias de género a fin de no reproducir las desigualdades en las construcciones identitarias de niños y niñas, no aparece como un elemento a considerar en las intervenciones con vulneración de derechos. Las entrevistas muestran un fuerte énfasis en entender a los sujetos víctimas de la vulneración como formados por una lógica de desarrollo –psicológico- que es considerada como universal y válida en torno a la guía profesional para entender las necesidades de niños y niñas vulnerabilizados. Es decir no aparece el cuestionamiento en torno a las condiciones en las cuales se da tal o cual

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reproducción de esencialismos propios de las jerarquías instituidas, en este caso referidas a las diferencias de género. Asimismo es posible argumentar que a partir de esta invisibilizanción de la importancia de las construcciones de género, a pesar de que los profesionales pueden estar al tanto que las diferencias de género crean jerarquizaciones binarizantes y negativas, al ser consultadas por el modo de intervención, aparecen distinciones entre el modo de trabajo con niños y niñas, que están más orientadas a la eternización de un trato desigual entre niños por parte de las instituciones, por ejemplo en el caso del acceso a información en salud sexual y reproductiva, las duplas psicosociales refieren que “obvio que es diferente no vas a mandar al ginecólogo al niño, pero si (le decimos) que use condon, que se cuide” o en la afirmación siguiente “en cambio en el niño intentamos nosotros enseñarle a usar condon”, es decir, en el caso de las niñas son derivadas a la red de salud, en cambio en el caso de los niños son atendidos directamente por ellas en las dudas que pueda tener en torno a su salud sexual o reproductiva, instituyendo un trato distinto que se da para niños/as y adolescentes. En lo anterior, se instituyen universos de sentido molares, totalizantes, que no dan espacio a las producciones de sentido de manera particular, sino que son producciones de sentido que se consideran transhistóricas y verdaderas independiente de sus formas de aparición (Fernández, 2007). Asimismo estas formas de organización de las significaciones por parte de estos equipos, instituyen regímenes de verdad sostenidos en “la fuerza de los hechos”, sin cuestionar el modo de institución histórico y social que los sustentan. En esta organización del sentido de la intervención con niños/as, es posible reconocer que las significaciones sociales imaginarias se organizan articulando exaltaciones y negaciones, a fin de que estas distinciones aparezcan resaltando un rasgo de la identidad supuesta de los niños y niñas, que para este caso pareciera significar “el niño puede cuidarse solo con estar al tanto de información”, y “la niña debe ser controlada por un profesional de la red de salud”. En este

caso se resalta un rasgo histórico propio del modo en el cual se jerarquizan los géneros, que se asume como natural. Al no ser incorporado como criterio de la intervención se repite la desigualación entre niños y niñas en el ámbito sexual y de identidad de género. A modo de cierre. Es posible afirmar que la producción de subjetividad involucrada en el modo de creación de sentido de las duplas psicosociales, en torno a las situaciones de vulnerabilización de los niños o niñas, reduce su aproximación a universalismos que en base a criterios profesionalizantes niegan la importancia del enfoque de género en las intervenciones tendientes a la reparación del derecho que ha sido vulnerado. En este sentido se instituye un imaginario social a partir de la organización de significaciones imaginarias, el que reproduce el orden social de jerarquización y de negativización de las diferencias de género. Las significaciones operan estableciendo naturalizaciones de las diferencias de género, las “esconden” bajo criterios de desarrollo psicológico, las niegan en ciertas etapas de desarrollo, o las fundamentan como elementos que siempre han estado allí o se han presentado de manera universal en todos los niños o niñas. Todo lo anterior constituye un imaginario social que no permite que los elementos de la construcción de género aparezcan como relevantes a la hora de incorporarlas en los análisis y en los planes de intervención de niños y niñas en situaciones de vulnerabilización, reproduciendo los binarismos jerarquizantes de la sociedad patriarcal, negando que existan vulneraciones de género en la infancia, solo como efecto de constituirse el género como un impensado de las intervenciones con niños. Bibliografía. Fernández, Ana (2007) Las lógicas colectivas, Imaginarios, cuerpos y multiplicidades, Editorial Biblos, Argentina. Fernández, Ana (1994) La mujer de la ilusión, Editorial Paidos, Argentina.

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Fernández, Ana (2013) La diferencia desquiciada, Editorial Biblos, Argentina. Butler, Judith (2007) El género en disputa, El feminismo y la subersión de la identidad, Editorial Paidos, Argentina. Castoriadis, Cornelius (2003) La institución imaginaria de la sociedad, Tusquets Editores, Argentina.

Cómo citar, Rojas, A., Pérez, F., Leiva, A. (2014) Imaginarios sociales sobre el género y la sexualidad, en la protección de derechos de infancia, Revista Sujeto, Subjetividad y Cultura, 8, Octubre, pp. 29-35.

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