Extracción de áridos en zona costera Región del Bio Bio (Chile)

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Descripción

EXTRACCIÓN DE ARENAS DE PLAYA EN LA REGIÓN DEL BÍO BÍO Documento Técnico elaborado en el marco del proyecto: "Análisis de Riesgos de Desastres y Zonificación Costera, Región del Bío Bío"

Concepción, junio 2014

INDICE 1 DEFINICIONES. 4 2 EVOLUCIÓN EN EL USO DEL MATERIAL. 6 3 TIPOS DE ÁRIDOS. 7 3.1 Según si requiere o no algún tratamiento 7 3.2 Según su tamaño 8 3.3 De acuerdo a la forma de extraer áridos 8 3.4 Según el origen de los materiales 9 3.5 Según el lugar donde se encuentren 9 4

ASPECTOS TECNOLÓGICOS Y AMBIENTALES DE LOS ÁRIDOS.

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5 ÁRIDOS DEL LITORAL. 11 6 RIESGOS Y VULNERAVILIDAD DEL LITORAL REGIONAL. 13 6.1 Escenario post “27/F” del 2010. 14 7 PROCESO DE EXTRACCIÓN DE ARENA DE PLAYA. 15 7.1 Etapa Preparación del terreno 15 7.2 Etapa Extracción del material 16 7.3 Etapa Acopio del Material 16 7.4 Etapa Carguío del material 16 7.5 Etapa Transporte del material 17 7.6 Etapa de Cierre del Proyecto 17 7.7 Otros antecedentes en el proceso de extracción de arena en playas. 17 8 RÉGIMEN LEGAL EN LAS EXTRACCIONES DE ÁRIDOS EN EL BORDE COSTERO. 18 8.1 Antecedentes legales y normativos 19 Política Nacional de Uso del Borde Costero 20 Código de Minería 20 8.2 Rol de la autoridad marítima 21 Reglamento de Concesiones Marítimas 21 Alcances de las concesiones marítimas 21 Concesión Marítima, Permiso de Escasa Importancia PEI, en la Región del Bío-Bío. 22 Procedimiento de solicitud de una Concesión Marítima 23 8.3 Criterios para el otorgamiento de concesiones marítimas para la extracción de áridos en playa en la Región del Bío Bío. 24

2 Documento Técnico N° 3: Extracción de Arenas de Playa en la Región del Bío-Bío

9 NORMATIVA AMBIENTAL RELACIONADA CON LA EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS. 25 9.1 Ley Nº19.300, General de Bases del Medio Ambiente y su nuevo reglamento. 2

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10 CRITERIOS PARA EL ANÁLISIS DE SOLICITUDES DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS EN EL LITORAL DE LA REGIÓN DEL BÍO BÍO. 32 10.1 Principios orientadores 33 Principio de seguridad humana 33 Principio de protección ambiental 33 Principio de desarrollo económico 33 10.2 Clasificación de proyectos por volumen de extracción 34 Extracción artesanal 34 Extracción industrial 34 10.3 Clasificación de las playas de la Región (aplicación de criterios). 35 Playas donde existe alguna categoría de protección. 35 Playas de uso turístico (solaneras, balneario, deportes náuticos) 35 Playas donde existen asentamientos humanos (caletas) 35 Playas ubicadas en zonas de riesgo por tsunami próximas a sentamientos humanos. 35 Otras playas. 35 11 CONSIDERACIONES FINALES. 37 12 BIBLIOGRAFÍA 38

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DEFINICIONES

Para hacerse una idea de la importancia que tiene el consumo de esta materia prima, baste decir que un kilómetro de autopista necesita 25.000 toneladas de áridos, un metro cúbico de hormigón 2 toneladas, o un kilómetro de doble vía de ferrocarril unas 10.000 toneladas. Por ello, estos materiales son el recurso mineral más utilizado por el ser humano, dejando al margen el agua. Una persona, en un país desarrollado, puede llegar a consumir, a lo largo de su vida, más de 500 toneladas de este materia prima. Existen numerosas definiciones del concepto de áridos (“aggregates” en la terminología inglesa), en función de la fuente a la que se acuda. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define árido, en su cuarta acepción, como “materiales rocosos naturales, como arenas o gravas, empleados en las argamasas”. Asimismo, por roca, señala varias acepciones, entre ellas, la primera, “piedra, o vena de ella, muy dura y sólida”, o la quinta, definición geológica, “sustancia mineral que por su extensión forma parte integrante de la masa terrestre”. Las arenas, por su parte, son el “conjunto de partículas desagregadas de las rocas, sobre todo si son silíceas, y acumuladas, ya en las orillas del mar, o de los ríos, ya en capas de los terrenos de acarreo “ o bien “metal o mineral reducido por la naturaleza o el arte a partes muy pequeñas”. La grava es el “conjunto de guijas o piedras peladas”, o “piedra machacada con que se cubre y allana el piso de los caminos”, o “mezcla de guijas, arena y a veces arcilla que se encuentra en yacimientos”. Las guijas son “piedras peladas y chicas que se encuentran en las orillas y cauces de los ríos y arroyos”1 . Romero (2004)2 incluye a los áridos a los materiales pétreos, arena, grava y ripio de tamaño variable, utilizados en la construcción (edificación y obras públicas) y en diversas aplicaciones industriales. Los áridos, son materias primas fundamentales e imprescindibles para la sociedad. En general, son considerados como materiales baratos, abundantes, situados necesariamente cerca de los centros de consumo, que tienen una composición y textura diversa y presentan características muy distintas. Por su parte, la Asociación Europea de Áridos (UEPG) define el término como “material granular utilizado en la construcción”, la Asociación Nacional Española de Fabricantes de Áridos (ANEFA) añade, a la definición anterior, que también se emplean en “diversas aplicaciones industriales”. ____________________________________________________________________________________________________ 1

Informe de la Comisión Investigadora encargada de analizar las extracciones ilegales de aguas y áridos en los ríos del país

(Congreso de la República de Chile, 2012). 2

Ordenamiento Territorial y Extracción de áridos en la Región Metropolitana”, Patricio Romero Oportus.

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En el lenguaje vulgar, los áridos se asocian a la arena y piedras. La palabra “árido” no está recogida en nuestra legislación común, aunque es ampliamente utilizada en el sector de la construcción, en el que tiene una definición técnica. La expresión “áridos” se refiere al “material pétreo, inerte con relación al aglomerante, que se emplea en la confección de morteros y hormigones y que se clasifica en arenas y gravas”; o “conjunto de fragmentos de materiales pétreos suficientemente duros, de forma estable e inertes en los cementos, que se emplean en la fabricación del mortero y del hormigón y bases estabilizadas cumpliendo con los requisitos de dimensiones dadas en las normas”. En definitiva, lo que más se asemeja al concepto genérico de “áridos” son las arenas, rocas y demás materiales aplicables directamente a la construcción. Además de diversas definiciones, pero todas en el contexto de la construcción y usos industriales, existen distintos tipos de áridos.

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EVOLUCIÓN EN EL USO DEL MATERIAL

Los áridos en sus diferentes formas se han usado desde siempre en aplicaciones muy variadas, tales como caminos, puentes, edificaciones, defensas, etc. En la prehistoria ya se constata el empleo de bloques para conformar marcos y habitaciones destinadas a protegerse del medio ambiente. Luego, en el periodo precristiano existieron aplicaciones comprobadas de áridos para construir fortalezas y grandes edificaciones (por ejemplo las pirámides de Egipto y América Central). En el comienzo de la Era Cristian (400 a.C.- 500 d.C.), el Imperio Greco-Romano hizo un aprovechamiento magistral de los áridos en caminos, puentes, estadios y otras magníficas estructuras a lo largo de Europa, África y Medio Oriente. En América, los incas y los aztecas construyeron caminos, puentes, edificios y templos en base a áridos menores y bloques de roca adecuadamente tallados. En los siglos XIX y XX, hasta hoy, se ha diversificado la aplicación de los áridos para satisfacer las crecientes necesidades de la humanidad, llegándose en la actualidad a consumos extraordinariamente masivos en todos los países del mundo, generando en algunas vastas regiones el agotamiento de los yacimientos aprovechables. Usos típicos actuales corresponden a dos grandes líneas: como producto final, o como materia prima para nuevos componentes. En un caso u otro, el árido ha pasado a ser un insumo imprescindible y básico para muchos procesos constructivos de infraestructura y edificación. Para el primer caso se cuentan las defensas fluviales, marítimas o lacustres, escolleras, terraplenes, pedraplenes, carpetas de rodaduras, bases y subbases, balasto, mamposterías de piedra, rellenos estructurales y capas filtrantes. En estos casos el material también debe cumplir exigencias específicas de acuerdo a cada uso. Para el segundo caso, se cuentan los morteros, hormigones, mezclas y tratamientos asfálticos, y bases granulares tratadas. Dada la conjunción de varios componentes en uno nuevo, los requisitos de calidad son más exigentes en este caso, dado que el producto final debe cumplir sus propios requisitos de aplicabilidad, siendo el árido sólo uno de los componentes involucrados.

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TIPOS DE ÁRIDOS

Diversas son las clasificaciones de que pueden ser objeto los áridos, dependiendo de cómo se pretenda aproximar al tema. A continuación se exponen las principales. 3.1

Según si requiere o no algún tratamiento

Existen dos tipos de áridos de acuerdo a esta clasificación, el árido natural y el árido tratado o chancado. El árido natural es aquel que tiene una forma redondeada, que procede del lecho de los ríos o yacimientos en pozos. Su forma y tamaño son producto de la erosión natural, por lo que no requiere ningún proceso de transformación. El árido tratado es producto de la trituración de la piedra natural por medio de chancadoras, en contraposición al que tiene su forma originalmente redondeada. Se utiliza como firme en carreteras y vías férreas. La normativa UNE (Norma Española)3 , clasifica a los áridos naturales como aquél de origen mineral que únicamente ha sido sometido a procesos mecánicos. A menudo se utiliza este término para designar áridos producidos sin intervención de proceso de trituración, simplemente mediante cernido o lavado. Por otro lado, define a los áridos artificiales a aquel de origen mineral resultante de un proceso industrial que suponga modificación térmica u otra. Existe también el denominado áridos reciclado, que es el resultante del tratamiento de material inorgánico previamente utilizado en la construcción. Los naturales se subdividen a su vez, en dos grandes grupos: granulares y de machaqueo, cuya diferencia principal es la concurrencia de un proceso de trituración. Los granulares provienen de la extracción y clasificación de materiales sueltos y se obtienen en graveras localizadas en terrazas de río, llanuras aluviales y otros depósitos Terciarios y Cuaternarios. Por su parte, los áridos naturales de machaqueo, provienen de la extracción, trituración y clasificación de macizos de roca (en canteras) aunque también pueden ser producto de la trituración de las fracciones más gruesas de áridos granulares. Por su parte, los áridos artificiales se obtienen como subproductos de procesos industriales, como son los estériles mineros, cenizas del carbón, etc., y los áridos reciclados del machaqueo y clasificación de residuos de demolición de edificios, pavimentos y otros. El uso de estos dos tipos de materiales es poco frecuente y forman un porcentaje muy pequeño dentro del volumen total de áridos utilizados en la construcción. ____________________________________________________________________________________________________ 3

No existe norma respecto de tipologías para áridos en Chile.

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3.2

Según su tamaño

De acuerdo a su tamaño, los áridos se dividen en arenas, gravillas y gravas. Las arenas se subdividen a su vez en arenas de grano grueso, grano medio y arenas finas. El factor para diferenciarlas es que muestra el siguiente cuadro:

3.3

De acuerdo a la forma de extraer áridos

Se debe distinguir entre áridos de pozo, de banco y de lecho de río. Son de pozo aquellos cuya faena se desarrolla a tajo abierto y cuya fuente de recursos no está ligada a cursos de agua, sino que se obtienen directamente de la excavación del predio. Son de banco aquellos cuyas faenas se ubican en las riberas de los ríos o cursos de aguas, con el fin de extraer el material depositado en los remansos, sean estos naturales o artificiales. Áridos de lecho de río son aquellos cuyas faenas se ubican dentro de la caja o cauce del río, con el fin de extraer el material excedente producto del arrastre de las aguas. 3.4

Según el origen de los materiales

Se debe distinguir entre depósito pie de monte, depósitos aluviales, depósitos de cauce, extracción de cauce y depósitos de escombrera. La importancia de esta clasificación radica en que permite decidir en forma preliminar sobre el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los áridos que serán extraídos. El origen del material nos entrega una idea aproximada de las condiciones de meteorización, fracturación y resistencia al desgaste del material. Por ejemplo, los áridos provenientes de depósitos de escombrera tienen un mayor grado de meteorización y fracturación, lo que se traduce en su imposibilidad para ser usados en hormigones sometidos a desgaste u otros altos requerimientos, tales como los utilizados en puentes y muelles. Por su parte, los yacimientos aluviales antiguos y los de cauce natural pueden cumplir satisfactoriamente con esos requisitos y pueden ser utilizados en cualquier obra, previo procesamiento.

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A continuación, una somera explicación de cada uno de los tipos de depósito, según el origen del material:

3.5

Según el lugar donde se encuentren

Desde el punto de vista jurídico, esta clasificación tiene gran importancia, ya que determina el régimen legal aplicable. Se debe distinguir entre los áridos que se encuentran en terrenos particulares y aquellos que se encuentran en bienes nacionales; por la naturaleza de los áridos, serán de los primeros los que se sacan de pozos, y de los segundos, aquellos que se extraen el lecho del río o playa. A su vez, tratándose de bienes nacionales, hay que distinguir si se trata de bienes nacionales de uso público o de bienes fiscales.

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ASPECTOS TECNOLÓGICOS Y AMBIENTALES DE LOS ÁRIDOS

Un análisis rápido del Ciclo de Vida del Árido muestra que la mayor concentración tecnológica se centra en el procesamiento de la materia integral extraída como recurso natural. Los procesos involucrados desde el inicio del chancado o molienda, pasando por distintos circuitos de selección con harneros y etapas secundarias y terciarias de chancado, buscan la obtención de un árido lo más regular posible, tanto en su forma como propiedades. Habitualmente se producen varias fracciones, que luego son optimizadas en su dosificación para conseguir un material compuesto de la mejor calidad posible a un precio razonable. Dadas las características muy especiales del proceso productivo, es obvio que se genera un impacto de importancia hacia el medio ambiente, consistente principalmente en la emisión de material particulado PM10 a la atmósfera. Los avances tecnológicos se orientan entonces a la generación de maquinarias más sofisticadas para la obtención de un árido de calidad, la incorporación de tecnologías que permitan mitigar los impactos, recuperar insumos como agua y finos, y optimicen el desgaste de piezas, situación relevante en el ámbito nacional, dada la alta dureza abrasiva del árido silíceo usado habitualmente. En Figura 1 se presenta un esquema con el ciclo de vida de un árido y en Figura 2 sus principales usos.

CICLO DE VIDA DEL ÁRIDO YACIMIENTO EXTRACCIÓN PROCESAMIENTO TRANSPORTE

- Cause Natural - Bonco Arenero - Pozo Seco - Cantera

ACOPIOS - Aire Libre - Encapsulados

DESTINO FINAL - Reciclaje - Disposición Final

Figura 2. Ciclo de vida árido

10 Documento Técnico N° 3: Extracción de Arenas de Playa en la Región del Bío-Bío

USOS DE LOS ÁRIDOS

OBRAS CIVILES

Aglomerantes

HOMIGONES

CEMENTO

MORTEROS MORTEROS SECOS

PAVIMENTOS PREFABRICADOS ESTUCOS ALBAÑILERÍA

ÁRIDOS

REPARACIONES

ASFALTO

PREFABRICADOS

PAVIMENTOS

ARCILLAS

PREFABRICADOS

CAMINOS BASES SUB - BASES RELLENOS

Figura 1. Usos de áridos

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ÁRIDOS DEL LITORAL

El enfoque aceptado en la actualidad respecto del borde costero parte de la idea de que el litoral juega un papel esencial para la vida humana, pero también es un bien escaso y frágil dado su carácter de zona de contacto entre el espacio terrestre y el espacio marítimo. Juega un papel muy importante en el mantenimiento de los equilibrios naturales que condicionan la vida humana, así como juega un rol estratégico en el desarrollo económico y en la estructuración de la economía. La zona litoral constituye el soporte de actividades económicas y sociales originales, creadoras de empleo para las poblaciones residentes y asume una función indispensable de recreo físico y síquico para las poblaciones. Finalmente, podemos agregar que ocupa un lugar esencial en las satisfacciones estéticas y culturales, así como en los deseos de la persona humana. Durante los últimos decenios, las áreas costeras han ofrecido grandes potencialidades para la creación de empleo, crecimiento económico y la calidad de vida, dada su naturaleza de ecosistemas relativamente frágiles, han sufrido un acelerado proceso de degradación de sus hábitats y de sus recursos. La fuerte presión de las actividades humanas sobre el litoral, en especial la extracción de áridos en las playas, se debe entre otras causas a una urbanización desordenada y mal planificada, a la implementación de infraestructuras derivadas del desarrollo industrial, turístico o de transporte poco respetuosas con el entorno marino y, en general, a una mala gestión y descoordinación de las actividades que concurren sobre el litoral.

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Por el desconocimiento de los procesos naturales de la dinámica costera, dificultado por la complejidad de las interacciones entre los sistemas acuáticos y terrestres, la actividad humana sobre el litoral ha generado graves situaciones de insostenibilidad con importantes repercusiones negativas no sólo de carácter ambiental sino también de naturaleza social y económica. En las últimas décadas se ha intensificado el uso de arenas de playa para distintos propósitos, especialmente para obras civiles (proyectos inmobiliarios, industriales y obras viales). El área de mayor demanda de extracción de áridos se encuentra en la Provincia de Concepción, en especial en el sector Escuadrón, emplazado entre la desembocadura del río Bío Bío y el sur de la bahía de Coronel. Esta situación se da principalmente por la presencia de costas sedimentarias o arenosas, caracterizadas desde el punto de vista geomorfológico por la existencia de playas y dunas. Las playas se crean a partir de material erosionado que ha sido transportado y depositado por las olas, corrientes, viento o mareas. Las olas de tipo constructivo ayudan a crear playas. Las playas suelen ser de arena con pendiente suave y una cresta arenosa en su parte más elevada, aunque también las hay abruptas y con guijarros (arenas de mayor calibre). Por su parte, las dunas requieren una dinámica eólica adecuada, una fuente de sedimentos y vegetación específica. Las dunas son una reserva de arena que permite a las playas alimentarse de las mismas en períodos de pérdida de sedimentos por la acción del oleaje. En las dunas se alternan zonas de intercambio de sedimentos con la playa (parte móvil), y zonas con vegetación permanente (parte fija), aportan variedad de paisajes, biodiversidad, contribuyen a la conservación de las playas y se comportan como diques naturales de protección ante inundaciones. A escala global, las dunas litorales constituyen sistemas esenciales del equilibrio dinámico y sedimentario de las playas, puesto que actúan como una barrera natural de la acción marina hacia el continente, como ocurre con las marejadas y tsunamis, protegiendo lagunas, estuarios, marismas y tierras interiores. Cortan el viento y detienen el agua salada, lo que impide la contaminación de la napa freática y permite que el bosque se aproxime a la orilla del mar. De esta manera, las dunas constituyen unidades de paisaje con diversas funciones ecológicas donde pueden desarrollarse formaciones vegetales naturales con amplia pero fragmentada distribución. En Chile central y parte del sur, las dunas litorales se desarrollan en forma discreta a lo largo de la costa del océano pacífico, representando menos del 5 por ciento de esta franja, alcanzando su mayor desarrollo entre las regiones de Coquimbo y Los Lagos. Estos sistemas naturales han estado sometidos a una fuerte presión de uso (e.g. agricultura, forestal y turismo), lo que sumado a su alto grado de fragilidad frente a la ocupación antrópica, ha afectado su dinámica natural. Así por ejemplo, la interrupción del aporte de sedimentos terrestres, debido a la regulación de los ríos, la

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construcción de embalses, la expansión inmobiliaria, la extracción de áridos y la eliminación del material vegetal de las dunas, son algunas de las principales causas de la regresión de los sistemas dunarios. La extracción de áridos en ríos y playas, la reforestación y regulación hidrológica, la construcción y presencia de represas en la principal cuenca hidrográfica de la región, y, la ausencia de vegetación en las proximidades del borde costero, han desencadenado una fuerte erosión costera. Al mismo tiempo, la artificialización del litoral motivada principalmente por el desarrollo turístico e inmobiliario, ha originado fuertes cambios en su fisionomía. Todo ello ha favorecido la aparición de riesgos naturales.

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RIESGOS Y VULNERAVILIDAD DEL LITORAL REGIONAL

La erosión costera es el proceso natural de desgaste de las rocas y las playas del litoral debido a la acción del oleaje, las corrientes producidas por mareas y olas o el drenaje. Tiene lugar en la base de los acantilados, en las dunas, playas y zonas de acumulación de sedimentos, debido a que el balance de sedimento que llega desde otras fuentes (bancos de arena, otras playas, etc.) es inferior a la cantidad de sedimento que es retirado de estas zonas. La erosión costera se produce principalmente cuando soplan vientos fuertes, con olas de gran altura y durante la marea alta, y especialmente cuando las tormentas aumentan su energía y se transforman en temporales (erosión aguda). Esto se puede traducir en un retroceso neto de la costa con el paso del tiempo (erosión estructural). La tasa de erosión se expresa como la relación volumen/longitud/tiempo (por ejemplo, m3/m/año), pero a veces se usa como sinónimo del retroceso de la costa y, por lo tanto, se expresa en m/año. La influencia humana –especialmente la urbanización y las actividades económicas– en las zonas costeras ha hecho que la erosión pase de ser un fenómeno natural a ser un problema de creciente intensidad. La erosión costera normalmente es consecuencia de una combinación de factores, tanto naturales como inducidos por el hombre, que operan en diferentes escalas. Los factores naturales más significativos son los vientos y las tormentas, las corrientes costeras, la subida relativa del nivel del mar (una combinación del movimiento vertical de la zona continental y de la subida del nivel del mar) y los procesos de pendiente (aumento de la meteorización). La erosión costera es un fenómeno generalizado en Chile. La erosión se produce cuando se pierden más sedimentos de los que llegan procedentes de bancos de arena sumergidos y de alta mar. Los bancos de arena en localizados en zonas alejadas de la costa y en alta mar se originaron a partir de procesos geológicos y por lo tanto no se renuevan. Actividades como la extracción (de áridos de origen marino y del litoral) pueden suponer un incremento de la presión sobre estos sistemas.

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La erosión es fácil de detectar después de un temporal, especialmente en costas defendidas por dunas o en las que los acantilados se hayan hundido o derrumbado. Si no se adoptan medidas para contrarrestarlo, el litoral retrocede gradualmente con el paso del tiempo. La velocidad de este retroceso dependerá de factores como el tipo de costa y la energía de las olas y las mareas, pero puede variar entre unos pocos centímetros hasta decenas de metros por año dependiendo de la zona. Es importante recordar que las playas y las dunas necesitan de los procesos de erosión costera para renovar la arena, pero sin un nuevo suministro de arena, estas formas de relieve podrían verse erosionadas. Las playas y los sistemas de dunas son una valiosa defensa natural contra las inundaciones de agua marina. La debilidad de un sistema afecta a la vulnerabilidad. La costa chilena es débil debido a la elevada y desordenada presencia humana, escasez y fragmentación de espacios naturales, explotación económica y un largo historial de agresiones mediante vertidos, sobreexplotación y extracción de áridos. Todos estos aspectos dificultan que se pueda recuperar por sí misma, de forma natural, de los daños provocados por un fenómeno extremo. Las zonas arenosas costeras en Chile desarrollan funciones muy importantes. Las costas arenosas conservan la biodiversidad y la geodiversidad: las dunas y las playas asociadas a las mismas, tienen un gran valor medioambiental. Son ambientes con dinámicas de cambio muy rápidas y diversas, con especies difíciles de encontrar en otros ambientes. Las dunas y playas son los dos principales depósitos de sedimentos. Se produce un equilibrio dinámico que permite absorber los efectos de las tormentas marinas disipando la energía. La adaptación a los cambios o resiliencia es óptima cuando el sistema no tiene intromisiones artificiales y es lo suficientemente amplio. Cuando las dunas preceden áreas bajas, juegan un papel similar a los diques, y pueden proteger frente a inundaciones. Sin embargo lo anterior, para la realidad regional no existen estudios que den cuenta de los efectos reales de la acción del hombre en las playas y específicamente la actividad extractiva de arenas. No obstante, de acuerdo a la experiencia adquirida en la última década, se puede señalar que esta actividad, cuando se realiza industrialmente, genera impactos ambientales adversos de distinta magnitud y duración, durante la extracción, transporte de material, acopio y depósito. Estos impactos se hacen más evidentes en especial si el sector posee características de interés para la comunidad regional por ejemplo, si son playas con valor natural, ambiental, turístico o recreacional). 6.1

Escenario post “27/F” del 2010.

La necesidad de proteger la zona litoral y las fuentes de alimentación del cordón dunario costero de la Región del Bío Bío es una demanda que se instaló posterior al desastre causado por el Tsunami

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de febrero del año 2010. Afortunadamente algunas áreas costeras y su población no se vieron afectadas, pero otras zonas fueron devastadas. De lo anterior, es imperativo tener como principio la prevención y mitigación de los efectos de eventos de marejadas y tsunamis, situaciones de las cuales se ha aprendido y que se refleja, entre otros, en los instrumentos de planificación territorial. Por su parte, uno de los Servicios Públicos que con propiedad puede pronunciarse al respecto es el Servicio Nacional de Geología y Minas (SERNAGEOMIN), quien establece que en general (y particularmente en la zona de Escuadrón Coronel-San Pedro de la Paz), “no existen pruebas fundadas sobre la capacidad del sistema costero de recuperar su morfología original en forma rápida”. Así, SERNAGEOMIN desaprueba los proyectos que impliquen la intervención en la morfología del borde costero y las franjas de cordones dunarios que actúan como barrera protectora natural frente a eventos de tsunami y marejadas anormales. Esta situación se aplica en todos los sectores que presentan un cordón dunario importante que protegió localidades costeras frente al tsunami del 27/F, disminuyendo la fuerza del impacto y desviando el alcance de la inundación. De esta manera, algunos proyectos emplazados en estas zonas han sido rechazados porque su ejecución afectarían el cordón dunario y su formación, toda vez que las arenas a extraer son contribuyentes a la formación de dunas, se neutraliza la formación de las mismas, con lo cual se altera el desarrollo y crecimiento de barreras naturales importantes para la neutralización de la acción de futuros tsunamis que pudieran afectar dichas costas, considerando además la existencia de poblaciones cercanas y de futuras poblaciones que se proyectan establecer en aquellos sectores de crecimiento urbano.

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PROCESO DE EXTRACCIÓN DE ARENA DE PLAYA

Principales etapas del Proceso de extracción de áridos (Figura 3).

Preparación del terreno

Extracción del Material

Acopio del Material

Carguío del Material

Transporte del Material

Depositación del Material en obra

Figura 3. Proceso de extracción de áridos

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7.1

Etapa Preparación del terreno

Previo al inicio de extracción de arena de sector de playa, se llevan a cabo las siguientes acciones:

7.2



Preparación camino acceso al área solicitada en concesión.



Despeje de carpeta de rodado: El área de extracción corresponde a la zona Intermareal o al sector de playa, entre la línea de la más alta y la más baja marea, zona en que no existe vegetación, por lo tanto no es necesario realizar escarpe.



El primer material extraído del sector de playa se puede depositar dentro del perímetro del sector de playa solicitado en concesión4 , este límite puede además servir como barrera acústica.



Al final de las obras de extracción, dicho material será empleado en la recuperación del área intervenida como parte del Plan de Cierre.

Etapa Extracción del material

En este momento del proceso, se contemplan las siguientes acciones: •

La extracción del material se realiza utilizando máquinas excavadoras.



La extracción debe realizarse en forma horizontal, y hacia el mar (sector poniente), dejando al sector oriente el acopio transitorio.



Con la finalidad de permitir la recuperación de la arena de playa, la extracción se debe realizar alternando la extracción entre sectores (como muestra la figura anterior). Se debe extraer de norte a sur, o viceversa, de tal forma que una vez que se termine un ciclo de extracción sobre la franja del largo total solicitada, se comience otrociclo de extracción desde el primer sector.



____________________________________________________________________________________________________ 4

Cuando el terreno de playa es fiscal y en ese sector se quiere utilizar como zona de acopio y tránsito, es necesario también

solicitarlo en concesión.

16 Documento Técnico N° 3: Extracción de Arenas de Playa en la Región del Bío-Bío

7.3

Etapa Acopio del Material

Se pueden apreciar las siguientes acciones en esta etapa:

7.4



El acopio de arena se realiza al costado de la zona de extracción y desde dicha franja se procede a realizar el carguío de los camiones con el material extraído.



El acopio servirá como barrera temporal para bloquear el ruido generado por las excavadoras y camiones

Etapa Carguío del material

El carguío del material se hace en forma directa, utilizando para ellos excavadora. 7.5

Etapa Transporte del material •

El material se transporta desde la zona de extracción directamente a la obra de rellenos, sirviendo para alcanzar la cota requerida sobre la cual será construida finalmente la vivienda.



Para el transporte del material se utilizarán camiones tolva de capacidad entre 12 y 17 m3.



El camino utilizado se mantendrá húmedo para evitar el impacto causado por el polvo.



Este material es transportado directamente por camiones tolva a la obra de rellenos de construcción de viviendas de la empresa cliente, sirviendo para alcanzar la cota requerida sobre la cual será construida finalmente la vivienda, alejándola de posible inundación por desbordes, entre otras.

En esta etapa se debe describir exactamente por dónde será el tránsito de camiones (rutas y accesos) considerando que debe considerarse la tramitación de los permisos municipales de las respectivas direcciones de tránsito y constancia en Carabineros.

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7.6

Etapa de Cierre del Proyecto

En el sector intervenido se extenderá una capa de arena acopiada, correspondiendo ésta al suelo existente retirado y acopiado para este fin. En este sector, los taludes serán extendidos con fines paisajísticos de manera de disminuir su impacto, pero con la limitación de no disminuir el área. En la parte frontal del sector de la extracción se acentuará el trabajo en los taludes. 7.7

Otros antecedentes en el proceso de extracción de arena en playas.

Procesamiento del material: La arena extraída se utilizará como material de relleno por lo que no se requiere utilizar máquina chancadora para reducir el calibre del material extraído, ni tampoco se procederá a realizar ningún tipo de lavado de material. Reabastecimiento y manejo de combustibles: Las operaciones de mantenimiento y reabastecimiento de combustible se deben realizar, fuera del sector solicitado en concesión, con un camión acreditado declarado en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), para que no existan acopios permanentes de combustibles ni de aceites en el área solicitada en concesión. Actividades del personal de faena: El personal que trabaja en el proyecto de extracción se divide, tal como la faena, en dos sectores. En el sector de la extracción trabajan el operario de excavadora, un supervisor y un despachador de camiones (control de volúmenes).

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RÉGIMEN LEGAL EN LAS EXTRACCIONES DE ÁRIDOS EN EL BORDE

COSTERO 8.1

Antecedentes legales y normativos

Primero se debe comprender algunos aspectos legales, jurisdiccionales y terminología sobre el territorio donde se desarrolla esta actividad, para avanzar hacia un conocimiento más especifico sobre el procedimiento para solicitar los permisos para extraer áridos de playa, las autorizaciones sectoriales necesarias, y las particularidades que se presentan en esta región sobre el uso de su Borde Costero. Política Nacional de Uso del Borde Costero Siendo esta una actividad que se desarrolla en la costa se rige por normativas del Ministerio de Defensa. Chile cuenta desde 1994 con una Política Nacional de Uso del Borde Costero que, entre otras cosas, define lo que es Borde Costero.

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Se entenderá por “Borde Costero del Litoral”, aquella franja del territorio que comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral, la playa, las bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la República, que se encuentran sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina (Figura 4).

Figura 4. Perfil de propiedad del Borde Costero frente a predios fiscales Terreno de playa: Faja de terreno de propiedad del Fisco sometida al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa, de hasta 80 metros de ancho, medida desde la línea de la playa de la costa del litoral y desde la ribera en los ríos o lagos. Para los efectos de determinar la medida señalada, no se considerarán los rellenos artificiales hechos sobre la playa o fondos de mar, río o lago. Playa de mar: Extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas.

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Código de Minería Dentro de nuestra legislación, los áridos no han sido considerados como “minerales”, por lo que no se hace aplicable la regulación del Código de Minería. En este sentido, el artículo 13 inciso primero del cuerpo legal ya señalado dispone que “no se consideran sustancias minerales y, por tanto, no se rigen por el referido Código, las arcillas superficiales y las arenas, rocas y demás materiales aplicables directamente a la construcción.” Las salinas artificiales formadas en las riberas del mar, lagunas o lagos, tampoco se consideran sustancias minerales, y el derecho a explotarlas corresponde a los propietarios riberanos dentro de sus respectivas líneas de demarcación, prolongadas directamente hasta el agua. De esta forma, la normativa a la que se sujeta la extracción de áridos va a ser la del derecho común, es decir, la contenida en el Código Civil y aquella diseñada en un ámbito sectorial aplicable a esta actividad, en especial a la que se desarrolla en los ríos, lagunas, canteras y las playas. En Chile se atribuye a las municipalidades la administración de los bienes nacionales de uso público, incluido el subsuelo, existente en la comuna, salvo que, en atención de su naturaleza o fines y en conformidad a la ley, la administración de estos bienes corresponda a otros órganos de la Administración del Estado. Así, todos los bienes nacionales de uso público, sean naturales o artificiales, existente en el territorio municipal son administrados y conservados, en principio, por las municipalidades, salvo que expresamente se asigne esta tarea a otro órgano de la Administración del Estado. Sin embargo, en la práctica el alcance de esta disposición es más limitado, pues sólo quedan bajo la competencia de las municipalidades -salvo alguna excepción- los bienes públicos locales. La titularidad del resto de los bienes públicos se atribuye a otros órganos de la Administración. 8.2

Rol de la autoridad marítima

Reglamento de Concesiones Marítimas En Chile, la Ley de Concesiones Marítimas (DFL N° 340 de 1960) y su Reglamento (D.S. N° 660 de 1988, modificado por DS Nº 002, del 3 de enero de 2005) entrega el control, fiscalización y supervigilancia de “toda la costa y mar territorial de la república y de los ríos y lagos que son navegables por buques de más de 100 toneladas”, al Ministerio de Defensa Nacional a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Este organismo es el que tiene la competencia de permitir el uso y goce de cualquiera de las siguientes zonas:

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Playas (territorio ocupado y desocupado alternativamente por las aguas).



Terrenos de playa (faja de terreno de propiedad fiscal de 80 metros desde la línea de más alta marea)



Rocas, fondos de mar, porciones de agua dentro y fuera de las bahías.

Para ello puede otorgar: a. Concesiones Marítimas: acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Defensa, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, ejerce la facultad privativa para conceder el uso particular en los mencionados sectores. Lo anterior independientemente del uso a que se destine la concesión y el lugar donde se encuentren (zona urbana o rural). Estas concesiones, que no podrá exceder de 50 años, se clasifican de la siguiente manera: Concesión Marítima Mayor: Plazo de otorgamiento excede los 10 años o bien, involucra una inversión superior a 2.500 UTM, de acuerdo a la ponderación que realice la autoridad. Concesión Marítima Menor: Plazo superior a 1 año e inferior a 10 años y que involucra una inversión igual o inferior a 2.500 UTM. Permiso o Autorización: Aquella concesión marítima de escasa importancia y de carácter transitorio y cuyo plazo no exceda de un año. Destinación: Aquella concesión marítima otorgada a servicios fiscales, para el cumplimiento de un objeto determinado. De acuerdo a esta clasificación la actividad de extracción de áridos correspondería a un Permiso o Autorización si se considera que es una actividad de escasa importancia y carácter transitorio y si se solicita por un período inferior a un año. De acuerdo con lo anterior, vemos que cualquier actividad que se desarrolle en el Borde Costero Nacional requiere la autorización, a través de un decreto de Concesión Marítima del Ministerio de Defensa-Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Si la solicitud es por un periodo menor a un año y es de escasa importancia y transitoria se considera un permiso o autorización. La facultad para otorgar permisos o autorizaciones puede ser delegada en los Capitanes de Puerto. Respecto de la actividad de extracción de arenas, en nuestro estudio, esta sería la situación en la que nos encontraríamos en el desarrollo de estos proyectos inmobiliarios en la Región del Bío-Bío.

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b. Concesiones de Acuicultura: acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Defensa, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, ejerce la facultad privativa para conceder el uso para fines de cultivo de especies hidrobiológicas, en las áreas fijadas como apropiadas para el ejercicio de la pesca y acuicultura, por el propio Ministerio de Defensa Nacional, y que se rigen por las disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Alcances de las concesiones marítimas El Reglamento de Concesiones Marítimas establece que “El Ministerio (de Defensa) podrá otorgar el uso particular de los bienes nacionales de uso público o bienes fiscales, cuyo control, fiscalización y supervigilancia le corresponde, mediante decreto supremo de concesión marítima. Aquellas concesiones marítimas de escasa importancia y de carácter transitorio y cuyo plazo no exceda de un año, se denominarán permisos o autorizaciones y serán otorgadas directamente por resolución del Director General del Territorio marítimo y de Marina Mercante…”. El Director (Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante) podrá delegar en los Gobernadores Marítimos o Capitanes de Puerto la facultad de otorgar permisos o autorizaciones cuando se trate de las materias indicadas en el artículo 4º5. Dentro de las atribuciones a que se refieren los artículos anteriores, corresponderá especialmente a la Dirección el autorizar la extracción de materiales varios que se encuentren en las áreas sujetas a su fiscalización y control, como asimismo, autorizar en esos lugares la instalación temporal de carpas u otras construcciones desarmables, de avisos de propaganda, de boyas y atracaderos para embarcaciones menores, de colectores de semillas, de balsas para bañistas y boyarines destinados a delimitar áreas de recreación. Las concesiones otorgadas podrán ser modificadas, prorrogadas, renovadas o ampliadas, previo decreto o resolución de la autoridad correspondiente. Los aspectos positivos de las Concesiones Marítimas son la variedad de usos posibles (aunque estos no están detallados en el Reglamento y quedan a discreción de la autoridad) y la amplitud de los plazos que pueden llegar hasta 50 años, dependiendo del tipo de obra. Por otro lado, los principales problemas asociados las concesiones marítimas son la tramitación un poco engorrosa y plazos inciertos, así como el alto costo asociado a la concesión y riesgo de inhibir la inversión. Adicionalmente, la no propiedad del suelo inhibe inversiones de mayor monto (y por lo tanto de mayor calidad) y desincentiva el adecuado mantenimiento de las inversiones. ____________________________________________________________________________________________________ 5

Art.5, Reglamento de Concesiones Marítimas.

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Con ellos se incentiva la materialización de inversiones temporales; se genera incertidumbre para los terrenos colindantes con esa faja de concesión, ya que el criterio de determinación de qué uso se hará en ese suelo es incierto, lo cual afecta decisiones de inversión en toda el área cercana; finalmente existe una multiplicidad de organismos con atribuciones en la administración de la franja litoral, entre ellos el Ministerio de Defensa, a través de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Ministerio de Bienes Nacionales en las tierras fiscales, las Municipalidades, y el Ministerio de Medio Ambiente. Concesión Marítima, Permiso de Escasa Importancia PEI, en la Región del Bío-Bío La Región del Bío-Bío a nivel nacional es una de las regiones donde más demanda existe por el uso del Borde Costero. Esta región desde el año 1997 cuenta con una Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC). Esta comisión se crea a partir de la Política Nacional de Uso del Borde Costero, que entre otras cosas mandata la creación de la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero, las Comisiones Regionales y la elaboración de un instrumento de planificación y ordenamiento territorial que establezca usos preferentes del borde costero, definidos a través de un proceso de zonificación de estos espacios. Esta Comisión tiene como misión impulsar una gestión de desarrollo costero sustentable6. Entre sus principales funciones está la de emitir opinión sobre las solicitudes de concesiones marítimas, sean éstas de carácter temporal o permanente, que la autoridad competente someta a su consideración7. La Comisión es un órgano público-privado, integrada por el Intendente Regional, quien la preside, el Comandante en Jefe de la Segunda Zona Naval, quien es su Secretario Ejecutivo, por Secretarios Regionales Ministeriales y Directores de Servicios, representantes de los sectores de la pesca industrial y artesanal, Cámaras de Turismo, Universidades y los alcaldes de las 16 comunas costeras de la región. La coordinación de esta Comisión es realizada por el Gobierno Regional del Bío-Bío. Si bien es facultad del Ministerio de Defensa el otorgamiento de Concesiones Marítimas, la CRUBC Región del Bío-Bío, en base a la Zonificación Regional de Uso del Borde Costero8 , analiza estas solicitudes y emite su recomendación respecto de estas solicitudes de concesión en relación al mejor uso de los espacios costeros de la región. __________________________________________________________________________ 6

Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, CRUBC Bío-Bío.

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Articulo 2. letra d). Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero, CRUBC Bío-Bío.

8

Zonificación Regional de Uso del borde Costero, es un instrumento de planificación territorial similar los planes reguladores,

es de carácter vinculante y define usos preferentes en áreas del borde costero de la región. En general en el borde costero nacional se desarrollan distintos usos tales como: Puertos, Industrias de construcción y reparación de naves, asentamientos humanos y caletas de pescadores artesanales, Áreas de uso público para fines de recreación o esparcimiento de la población, actividades relacionadas a la industria, turismo, pesca, acuicultura, industria pesquera, minería, extracción de áridos.

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Respecto de los Permisos o Autorizaciones (de escasa importancia), antes del año 2008, las solicitudes para extraer áridos de la playa eran analizadas sólo por las capitanías de Puerto. Durante el 2008, el aumento significativo del número de solicitudes para extraer arena de playa provoca que los Capitanes de Puerto, requieran formalmente a la CRUBC, a través de la Gobernación Marítima, que analice estas solicitudes y emita una opinión fundada con una visión más integral y comprensiva del impacto de esta actividad en el borde costero. Esta opinión fundada de la CRUBC les permite a los capitanes de puerto respaldar su respuesta a los solicitantes. Procedimiento de solicitud de una Concesión Marítima La obtención de una Concesión Marítima por parte del interesado debe ajustarse al siguiente trámite: a) Órgano ante el cual se presenta: Capitanía de Puerto b) Documento que se presenta: Solicitud de Concesión Marítima, esto es, un expediente que contiene el formulario de solicitud, planos y antecedentes señalados en los artículos 26 y 27 del Reglamento. c) Plazo de verificación: 5 días hábiles, para que el Capitán de Puerto, en conjunto con un Asesor Técnico de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, verifique lo siguiente: •

Que todos los antecedentes e informes reglamentarios estén completos y conformes.



Que los planos estén confeccionados de acuerdo a las normas técnicas y con las instrucciones que al efecto imparta la Dirección.



Que exista correspondencia entre la solicitud y los planos respectivos.



Que no exista superposición con otra concesión marítima, de acuicultura, o destinación ya otorgada.

d) Devolución de documentos presentados: Se efectúa en los casos que existe superposiciones con otra concesión marítima o bien, no se cumple con alguna de las materias detallados en el punto anterior. e) Documento conforme: Se efectúa cuando el documento cumple con las exigencias establecidas en el Reglamento. En estos casos el Capitán de Puerto realizará lo siguiente:

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Devolverá un ejemplar al interesado, debidamente visado y fechado.



Adjuntará certificado que acredita que la solicitud ha sido ingresada al S.I.A.B.C. (Sistema Integrado de Administración e Borde Costero). Este sistema informático permite realizar en línea, los diferentes trámites que se relacionan con las concesiones, a través de internet, manteniendo en una base de datos los antecedentes que conforman el expediente de una solicitud de concesión, además de incorporar el posicionamiento de cada una de las concesiones en una base cartográfica digital.



Enviará un ejemplar a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas dentro de los 5 días siguientes al visado del documento e ingreso al S.I.A.B.C.

f) Fecha de inicio de tramitación: Corresponde a la fecha del comprobante de inicio de trámite emitido por el Capitán de Puerto. 8.3 Criterios para el otorgamiento de concesiones marítimas para la extracción de áridos en playa en la Región del Bío-Bío Sobre los antecedentes señalados previamente y reconociendo la importancia ambiental, económica y social de las playas de la región, por lo tanto como un bien natural a ser protegido, el enfoque para la toma de decisiones en materia de concesiones y permisos deben contemplar aspectos relativos a la seguridad humana, impactos ambientales, impactos sociales y urbanísticos y los usos actuales del borde costero, reconociendo que es una actividad de permanente demanda para la obtención de insumos para proyectos de diversa naturaleza en el Concepción Metropolitano principalmente, siendo no la única fuente de áridos para estos proyectos. En este sentido, el Gobierno Regional del Bío-Bío ha definido “Principios Orientadores” que consideran una mirada estratégica en el manejo o administración del Borde Costero y su desarrollo, de tal manera de alimentar los criterios a utilizar en la toma de decisiones.Para esto se consideran los proyectos según volumen de extracción y su localización en términos del tipo de playa en el cual se ejecuta, lo cual recoge la diversidad geográfica y económica regional y permiten ordenar los referidos criterios.

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NORMATIVA AMBIENTAL RELACIONADA CON LA EXTRACCIÓN DE

ÁRIDOS La normativa ambiental aplicable a proyectos de extracción arenas en playas es multisectorial, lo cual muestra la complejidad administrativa tanto de las competencias como de aquellos asuntos relativos a la fiscalización por parte de los servicios públicos. En el siguiente cuadro, se resumen las competencias de los distintos servicios implicados en la tramitación de permisos para llevar a cabo un proyecto para extraer arenas en zona de playa, incluido el contexto de una evaluación de impacto ambiental. 9.1

Ley Nº19.300, General de Bases del Medio Ambiente y su nuevo reglamento.

En su artículo 10 indica que “los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.” Por su parte, el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA), reformado mediante Decreto Supremo Nº40 del año 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, indica en su Artículo 3: “Tipos de proyectos o actividades. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda. i.5. Se entenderá que los proyectos o actividades de extracción de áridos o greda son de dimensiones industriales cuando:

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i.5.3 Tratándose de extracciones de arena en playa, entendiéndose por ésta aquella porción de territorio comprendida entre la línea de baja y alta marea, la extracción sea igual o superior a cincuenta mil metros cúbicos(50.000 m3) durante la vida útil del proyecto.” Esto indica que todos los proyectos de extracción de áridos que involucran volúmenes mayores a los 50 mil metros cúbicos deben ingresar al SEIA y obtener su aprobación mediante Resolución de Calificación Ambiental para poder ejecutarse, sin perjuicio de las tramitaciones sectoriales que la normativa al respecto obliga a este tipo de proyectos realizar. Las solicitudes de extracción de áridos en el litoral son manejados como Permisos de Escasa Importancia, resueltos por la Autoridad Marítima. Lo anterior se debe a las características del proyecto (volumen, instalaciones y tipo de maquinaria utilizada, y plazo de ejecución). Sin embargo, esta situación ha ido evolucionando rápidamente, y lo que antiguamente se hacía en forma artesanal, en la actualidad se realiza con maquinaria pesada y transporte de gran capacidad, generando condiciones para extraer grandes volúmenes de arena en cortos periodos de tiempo. Unos de los principales problemas que presentó por mucho tiempo el desarrollo de esta actividad es la vulneración tanto a su evaluación ambiental como a su tramitación a modo de concesión marítima otorgada por el Ministerio de Defensa, a través de la institucionalidad existente en nuestro país. Se fragmentaba un proyecto que implicaba grandes volúmenes de arena de playa a la forma de pequeños proyectos cuyo volúmen implicaba menos de 100 mil metros cúbicos, cifra que discrimina si un proyecto debe o no ingresar a evaluación de impacto ambiental. Por otro lado, la concurrencia de terceras personas solicitando permisos que en rigor representan los intereses de uno y evitar tramitaciones reguladas es también una constante para vulnerar el sistema de permisos y con su consecuente falta de control y fiscalización. En Tabla 1 se presenta la normativa asociada a los áridos, materias que regula y condiciones de cumplimiento.

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CRITERIOS PARA EL ANÁLISIS DE SOLICITUDES DE EXTRACCIÓN DE ÁRI-

DOS EN EL LITORAL DE LA REGIÓN DEL BÍO-BÍO En enero del año 2010, el Gobierno Regional del Bío Bío resolvió aprobar, a través de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC), criterios a considerar en la evaluación de las solicitudes de extracción de áridos en el litoral de la región, esto es, en el otorgamiento de concesiones marítimas para este tipo de proyectos a través de permisos de escasa importancia u otro tipo de concesiones. Lo anterior tiene un soporte jurídico en las atribuciones que el Decreto Supremo Nº475/94 del Ministerio de Defensa Nacional le otorga a la CRUBC en función de lo estipulado en le Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República. Adicionalmente, sobre la base de la experiencia en los últimos años respecto del tipo y frecuencia de solicitudes de extracción de áridos en el borde costero, así como las condiciones de operación de los permisionarios fue que se hizo necesario desarrollar estos criterios, orientados principalmente a la protección del valor y función del litoral, principalmente aquel ubicado al sur de la Península de Hualpén y hasta la Provincia de Arauco. 10.1 Principios orientadores De acuerdo a la experiencia del tratamiento de este tipo de proyectos, se puede señalar sin ninguna duda que el desarrollo industrial de la extracción de arenas desde la playa genera importantes externalidades negativas durante las distintas etapas del proceso, y se constatan de mayor forma cuando existen áreas habitadas cerca de las zonas de extracción, alterando los usos y valores del área desde el punto de vista ambiental y productivo. Los siguientes principios definidos por el Gobierno Regional del Bío-Bío y aplicados por la CRUBC en el análisis de los permisos de extracción de arenas desde playas entregan una mirada más bien estratégica sobre el desarrollo del borde costero regional y su uso sustentable. Principio de seguridad humana Este principio se refiere a que el enfoque de desarrollo y de las acciones sobre el territorio esté centrado en las personas. Tiene que ver con la seguridad de las personas y comunidades frente a amenazas de diferentes tipos, tanto directas como indirectas (amenazas a la salud, a la integridad física, al empleo, entre las principales).

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Principio de protección ambiental Es de relevante importancia actuar con un enfoque conservacionista frente a las actividades humanas en el borde costero considerando las funciones y valores ambientales que tienen las playas, su geomorfología e importancia en el paisaje, condiciones de hábitat, protección de la costa y mitigación de marejadas y tsunamis. Principio de desarrollo económico Es un hecho que existe una permanente demanda de arenas de playa para principalmente proyectos de obras civiles, por lo que es necesario compatibilizar esta demanda con los aspectos ambientales y de riesgo que la población enfrenta permanentemente en el área costera influenciada directa e indirectamente por el desarrollo de estos proyectos. 10.2 Clasificación de proyectos por volumen de extracción Se considera dos categorías según volúmenes de extracción: Extracción artesanal Esta categoría comprende a un titular que extrae áridos para uso personal y fin específico y a servicios públicos o municipalidades cuyo propósito o uso fin del material es de carácter social, todo lo anterior por volumen inferior a 1.000 m3. Extracción industrial En este grupo se incluyen proyectos con carácter comercial (venta de áridos) y que involucra volúmenes superiores a 1.000 m3. 10.3 Clasificación de las playas de la Región (aplicación de criterios). Este aspecto relevante se toma en consideración teniendo presente la diversidad de playas con distintas funcionalidades y características, llegando a los siguientes tipos.

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Playas donde existe alguna categoría de protección. Áreas de conservación para la naturaleza: Según la Zonificación de Uso del Borde Costero a escala regional, se identifican: a) b) c) d) e) f)

Santuario de la Naturaleza de Cobquecura (Lobería-Iglesia de Piedra). Sitios prioritarios en Trehuaco y Coelemu (desembocadura río Itata). Isla Rocuant en Talcahuano. Santuario de la Naturaleza Península de Hualpén. Humedal Tubul-Raqui (comuna de Arauco). Sitio prioritario de conservación Isla Mocha (comuna de Lebu).

Monumentos Nacionales: Esto es sectores donde existan Monumentos Nacionales en el borde costero regional. Para este tipo de playas se recomienda que no se otorguen permisos de extracción de áridos, a menos que se trate de actividades a escala artesanal y signifiquen beneficio para el sector involucrado. Playas de uso turístico (solaneras, balneario, deportes náuticos) En esta categoría se incluyen las playas aptas para el baño y playas solaneras: Buchupureo, Cobquecura, Pingueral, Dichato, El Morro, bellavista, Punta de Parra, Penco, Isla Rocuant, Caleta Tumbes, Lenga, Ramuntcho, Desembocadura del río Bío-Bío, Maule, playa Blanca, Colcura, Chivilingo, Laraquete, Arauco, Llico, Trana, Punta Lavapié, Lebu, Quidico y Tirúa. Para este tipo de playas se recomienda que no se otorguen permisos de extracción de áridos, a menos que se trate de actividades a escala artesanal y signifiquen beneficio para el sector involucrado. Playas donde existen asentamientos humanos (caletas) Para este tipo de playas se recomienda que no se otorguen permisos de extracción de áridos, a menos que se trate de actividades a escala artesanal y signifiquen beneficio para el sector involucrado. Playas ubicadas en zonas de riesgo por tsunami próximas a sentamientos humanos. En playas con estas condiciones, definidas por el SHOA (Servicio hidrográfico y Oceanográfico de la Armada), se recomienda que no se otorguen permisos de extracción de áridos.

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Otras playas Para el resto de las playas (no incluidas en las categorías anteriores), se llevan a cabo las siguientes instancias de análisis: a) Capitanías de Puerto: Será de su exclusiva competencia y decisión las autorizaciones que consideren volúmenes menores a 1.000 m3. Como requerimientos de información deberán incluir aspectos relativos al proceso de extracción y periodos involucrados, horarios, rutas de transporte y otros aspectos acordados y visados por el Municipio respectivo. Cuando existan dudas respecto de la aplicación de los criterios para este tipo de proyectos, el Capitán de Puerto correspondiente podrá solicitar un pronunciamiento a la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC). b) Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC): Esta instancia regional se pronunciará respecto de solicitudes de extracción de áridos que contemplen volúmenes superiores a 1.000 m3, consultando directamente a la respectiva Capitanía de Puerto (para volúmenes entre 1.000 m3 y 50.000 m3); o a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas por tratarse de una Solicitud de Concesión Marítima, requiriendo además pronunciamiento del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Para emitir pronunciamientos sobre solicitudes de extracción de arenas que las Capitanía de Puerto presentan a la CRUBC para playas no categorizadas (otras playas), esta instancia se basará en las siguientes definiciones y criterios: Definiciones Unidad de superficie: área de 1 km de largo por el ancho de la playa (lo que baña la ola o intermareal). Unidad de tiempo: Un año (contado desde la fecha de otorgamiento de un permiso). Distancia de resguardo entre dos unidades de superficie: 1 km lineal. Distancia entre una extracción y una infraestructura: 200 metros. Intervalo entre extracciones: 1 mes. Criterios El siguiente cuadro resume los criterios adoptados por la CRUBC para el análisis de las solicitudes de pronunciamiento provenientes de las Capitanías de Puerto y que provengan de proyectos que no deben ingresar al Sistema de Evaluación de impacto Ambiental (SEIA).

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Por otro lado, para aquellos proyectos que deben ingresar al SEIA y que producto de su evaluación cuente con resolución de Calificación ambiental favorable, sólo aplicarán los Criterios 2, 3, 4 y 5 al momento del necesario pronunciamiento de la CRUBC. En este momento es que, entre otros aspectos, se solicita la opinión del o los municipios involucrados de acuerdo al emplazamiento del proyecto y, por lo tanto, no aseguran de manera automática la autorización de estos permisos

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CONSIDERACIONES FINALES

Desde la aparición del hombre en el planeta, su vida ha estado asociada a la proximidad del agua. No solo como elemento vital para su existencia, al formar parte de su alimentación de sobrevivencia, sino además como medio de transporte, como fuente de recursos y suministros, y en todas las formas que el ingenio humano le ha permitido concebir y usar. Lamentablemente, el hombre ha intervenido la naturaleza, en especial el borde costero donde se concentra la mayor cantidad de población, sobrepasando los límites de lo que la Naturaleza es capaz de recuperar o reconvertir, generando un deterioro en el territorio, tanto en su valor como en su función ambiental, social y económica. Este deterioro se manifiesta en forma especialmente crítica en esta franja litoral, que reflejan la gran fragilidad de este sistema natural. Actualmente, el desarrollo de las normas y regulaciones a consecuencia de la necesidad de proteger el ambiente natural ha ido permitiendo un creciente enfoque ecosistémico del territorio. Sin embargo, la implementación de medidas y toma de decisiones coherentes con este enfoque no siempre se ha logrado, ocurriendo muchas veces un deterioro mayor por abandono o falta de regulaciones, limitando de paso las oportunidades de desarrollo. Hoy en día, intervenir el borde costero, recuperando las oportunidades de desarrollo de las comunidades que habitan en él, conlleva una responsabilidad y un compromiso, en orden a asegurar que todas las acciones del hombre no solo resguardan estabilidad natural de los escenarios costeros, sino que además son capaces de ponerlos en valor y potenciarlos. Procurar un manejo sustentable y sostenible del Borde Costero, es un imperativo inexcusable en nuestro tiempo, y un Principio irrenunciable para el Gobierno Regional del Bío Bío. La urgente necesidad de estudios que cuantifiquen los efectos reales de este tipo de actividades en el litoral del borde costero es evidente a la luz de la demanda por este insumo para el desarrollo inmobiliario y obras viales. Esto permitirá contar con mejor calidad y cantidad de información para la toma de decisiones en identificar los sectores donde se pueden extraer arenas y sus volúmenes asociados.

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12 BIBLIOGRAFÍA

Andrade, B., Arenas, F. & Rodrigo Gijón. Revisión crítica del marco institucional y legal chileno de ordenamiento territorial: el caso de la zona costera. Revista de Geografía Norte Grande, núm. 41, diciembre, 2008, pp. 23-48, Pontificia Universidad Católica de Chile. Buisson, Ph. & Rousset, A. 2012. Toma de decisiones y riesgos costeros: Una guía de buenas prácticas. Red Atlántica para la Gestión de los Riesgos Costeros. Buisson, Ph. & Rousset, A. 2013. Riesgos costeros: cómo reconocerlos y enfrentarse a ellos. Red Atlántica para la Gestión de los Riesgos Costeros. CIMP-Universidad Católica de la Santísima Concepción. 2010. Estudio base para la elaboración de una Política Pública Regional para el Manejo Integrado de Zonas Costeras de la Región del Bio Bio. Propuesta de Política Regional. Financiado con recursos del Gobierno Regional del Bio Bio. Comisión Nacional de Áridos. Industria del Árido en Chile. 2001. Tomo I: Sistematización de Antecedentes Técnicos y Ambientales. Convenio MOP-MINVU-CChC. Comisión Nacional de Áridos. Industria del Árido en Chile. 2001. Tomo II: Régimen Legal. Convenio MOP-MINVU-CChC. Congreso de la República de Chile. 2011. Informe de la Comisión Investigadora encargada de analizar las extracciones ilegales de aguas y áridos en los ríos del país. 93 páginas. Cortés, Rafael; E. Navarro et al. 2010. Manejo integrado costero en Cuba. La ensenada Sibarimar. Baetica. Estudios de Arte, Geografía e Historia, 32, 2010, 45-65. Díaz, Miriam & Miriam Romero. 2009. Incidencia del insumo arenas en el desarrollo de proyectos inmobiliarios en la intercomuna de Concepción. Informe Final proyecto para optar al título de Constructor Civil, Univerdad de Las Américas. 188 págs. Ebensperger, Luis. Los áridos en la construcción. Revista BIT, Cámara chile de la Construcción. Edición especial mayo 2003. Figueroa, Raúl. 2000. Régimen legal de la extracción de áridos. Revista de derecho administrativo y económico. Vol. 11, Nº2. Págs. 357-383.

38 Documento Técnico N° 3: Extracción de Arenas de Playa en la Región del Bío-Bío

Flor, G. 1990. Tipología de dunas eólicas. Procesos de erosión-sedimentación costera y evolución litoral de la Provinciaa de Huelva (Golfo de Cádiz Occidental, Sur de España). Estudios Geológicos 46: 99-109. García Martín, Ignacio. 2010. Estudio sobre áridos: geología, legislación, medio ambiente, normativa, explotación y tratamiento. Proyecto de finalización del “Máster en Ingeniería Geológica Aplicada a la edificación y la Obra Pública”. 106 páginas. Giménez, P. et al. 2010. Hacia un nuevo borde costero en Chile. Documento Técnico Nº58. Cámara Chilena de la Construcción. 90 páginas. Gobierno Regional del Bio Bio. 2010. Resolución Exenta Nº035, del 08 de enero 2010, que aprueba criterios para el análisis de solicitudes de extracción de áridos en el litoral de la Región del Bio Bio. Hurtado, Javier. 2012. Administración del borde costero y concesiones marítimas: Principios CChC y alcances al proyecto de ley. Presentación en “Seminario Ministerio de Bienes Nacionales”. Cámara Chilena de la Construcción. 36 págs. Internacional Council for the Exploration of the Sea (ICES). Guidelines for the Management of marine sediment extraction. 2003. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Instrucción técnica para la gestión ambiental de las extracciones marinas para la obtención de arena. 2009 (Borrador).. Gobierno de España. Ministerio de Planificación. 2010. Borde Costero. Informe Nº1. Departamento de estudios, División de Planificación, Estudios e Inversión. 12 págs. Peña-Cortes, Fernando et al. 2008. Morfología y dinámica dunaria en el borde costero de la Región de La Araucanía en Chile. Antecedentes para la conservación y gestión territorial. Revista de Geografía Norte Grande, 41: 63-80. Sanz, Francisco. La protección ambiental del litoral español. Hacia una gestión sostenible e integrada de las zonas costeras. Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña. Nº 4, 2000, págs. 459-486.

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