EVOLUCIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

September 10, 2017 | Autor: Fredd Nikolaz | Categoría: Derecho constitucional
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Descripción

EVOLUCIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONAL.

DEFINICIÓN DE DERECHO CONSTITUCIONAL
La rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado se conoce como derecho constitucional. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos.
El derecho constitucional se encarga de llevar a cabo el estudio de lo que es la teoría de los derechos humanos, la del poder, la de la Constitución y finalmente la del Estado. El poder político está formado por las instituciones a las cuales la sociedad les ha otorgado el monopolio del uso de la violencia, tiene la capacidad de coerción para obligar a cumplir sus mandatos imperativos a través de la violencia legítima, siempre y cuando este uso sea necesario.
El derecho constitucional, que pertenece al derecho público, se sustenta en la Constitución, un texto jurídico-político que fundamenta el ordenamiento del poder político. La Constitución es la norma suprema de un país, por lo que prevalece sobre cualquier otra normativa o ley.
La Constitución se caracteriza por su rigidez, ya que sólo puede ser modificada bajo ciertas condiciones excepcionales que se encuentran recogidas en su propio texto. La estructura constitucional contempla un preámbulo, una parte dogmática (con los derechos fundamentales procesales y sustantivos) y una parte orgánica (con la creación de los poderes constituidos).

GOBIERNO: es la autoridad gobernante de una unidad política, que tiene por objeto tanto dirigir, controlar y administrar las instituciones del Estado, como regular una sociedad política y ejercer autoridad.
municipal, estatal y nacional.
ESTADO: Se trata de una entidad con poder soberano para gobernar una nación dentro de una zona geográfica delimitada. Las funciones tradicionales del Estado se engloban en tres áreas: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial. En una nación, el Estado desempeña funciones políticas, sociales y económicas.

SOBERANÍA: El fundamento del Estado moderno es la soberanía, que es el reconocimiento efectivo por parte de los demás, de que su autoridad gubernativa es suprema.
(Latín "super amus", 'señor supremo') entendida ésta como la voluntad política que posee un Pueblo con derecho a tomar decisiones para determinarse, manifestarse, y tomar decisiones con independencia de poderes externos.
ANTECEDENTES. La soberanía surgió cuando los europeos de los siglos XVI y XVII empezaron a buscar fundamentos laicos sobre los que basar la autoridad de los incipientes estados nacionales.

En el campo de las relaciones internacionales, un Estado soberano es igual a los demás: puede gobernar su propio territorio, declarar la guerra, o regular su estructura política, por ejemplo. El Derecho internacional contemporáneo y los tratados que vinculan a las naciones han modificado, sin embargo, la libre soberanía absoluta concebida hace cuatro siglos.
En la actualidad, la Organización de las Naciones Unidas es el principal organismo legal que ejerce un control sobre la soberanía de forma relativa y de modo consensuado. Aunque Estado soberano sigue siendo el componente principal del sistema político internacional. Desde esta perspectiva, un Estado nace cuando un número suficiente de otros estados lo reconocen como tal.
Si la voluntad política se ejerce hacia sus ciudadanos se llama imperium y si es ejercida hacia el exterior, hacia otros Estados, se llama soberanía.

Características. La soberanía tiene las siguientes características.
El inalienable. La soberanía no se puede o transmitir. A lo sumo se puede delegar.
El imprescriptible. Como esta delegado, el pueblo no la ejerce por si mismo, pero esta falta de ejercicio no la desvanece, el pueblo no pierde la soberanía por el paso del tiempo sin ejercerlo.
Único. El pueblo no tiene otras "soberanías", es único.
Indivisible. La soberanía no se la delega en parte, es toda o nada delegada.
Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la norma suprema de los Estados Unidos Mexicanos. Es el hacer político y legal para la organización y relación del gobierno federal con los Estados de México, los ciudadanos y todas las personas que viven o visitan el país. La actual Constitución es una aportación de la tradición jurídica mexicana al constitucionalismo universal, dado que fue la primera constitución de la historia en incluir muchos derechos sociales. Y era, por mucho, adelantada a todas las de esa época.
La Constitución Mexicana está dividida en 9 Títulos, que contienen 136 Artículos y 19 transitorios. El Primer Título y sus 38 artículos hablan acerca de los Derechos Humanos, las Garantías Individuales, y la ciudadanía mexicana, mientras que los siguientes 98 artículos definen la estructura del Estado Mexicano.

DIVISIÓN DE PODERES:
Poder ejecutivo. El Poder Ejecutivo tiene la función de promulgar y ejecutar leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia a través de la facultad reglamentaria.
En la ciencia política y el derecho constitucional, el ejecutivo es la rama de gobierno responsable de la gestión diaria del Estado.
El Poder Ejecutivo es unitario. Está depositado en un Presidente que es, al mismo tiempo, Jefe de Estado.
El Presidente es electo por el pueblo y no por el poder legislativo, lo que le da independencia frente a este.
El Presidente nombra y remueve libremente a los Secretarios de Estado.
Ni el Presidente ni los Secretarios de Estado pueden ser miembros del Congreso.
El Presidente puede estar afiliado a un partido político diferente al de la mayoría del Congreso.
Poder legislativo. Se denomina poder legislativo a una de las tres facultades y funciones primordiales del estado (junto con el poder ejecutivo y el judicial) consistente en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado.
 El Poder Legislativo tiene por su parte principalmente la función de establecer el Derecho, al dictar las reglas generales, abstractas e impersonales de observancia obligatoria, es decir, elaborar leyes
En una democracia, el poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo a la opinión de los ciudadanos.

PODER JUDICIAL: El poder judicial es la facultad estatal que permite la administración de justicia a través de la aplicación de las leyes. De este modo, el Estado resuelve litigios, protege los derechos de los ciudadanos y hace cumplir las obligaciones y responsabilidades inherentes a cada parte de la sociedad.
CONSTITUCIONES DE MEXICO
Constitución de Apatzingán
La Constitución de 1814, también llamada de Apatzingán fue promulgada el 22 de octubre de 1814, por el Supremo Congreso Nacional Americano o Congreso de Anáhuac reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Félix María Calleja, siendo esta la primera Constitución de México, titulada oficialmente Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana. Se basaba en los mismos principios que la Constitución de Cádiz pero de una manera un tanto modificada, pues a diferencia de la constitución española, la de Apatzingán preveía la instauración del régimen republicano de gobierno.



Proclama de 1821
Tratados de Córdoba y Plan de Iguala.
Aunque no tienen las características propiamente de una constitución, los Tratados de Córdoba son un documento fundamental en los que se reconoce la independencia de la Nueva España, ahora México, firmado en la ciudad de Córdoba, Veracruz, el 24 de agosto de 1821, por Juan de O'Donojú (primer y último jefe político superior de Nueva España) y Agustín de Iturbide, comandante del Ejército Trigarante.
El texto está compuesto por diecisiete artículos que de hecho representan una extensión al Plan de Iguala que, en sí mismo, es el otro documento fundacional que se proclama en 1821 y que vigoriza la independencia de México.



Constitución de 1824
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824
Acta Constitutiva de la Federación Mexicana
En 1824 se estableció una forma de gobierno republicana, representativa y popular, dividiendo el poder en legislativo, ejecutivo y judicial y además señalando que la religión católica era la oficial y única. El poder ejecutivo se ponía en manos de una sola persona y existía la vicepresidencia. Dividió al país en 19 estados y 5 territorios.

Constitución de 1835
Siete Leyes
Las Siete Leyes constitucionales, de 1835-1836. La inestabilidad política de las primeras décadas del México independiente provocaron un enfrentamiento entre dos grupos: federalistas y centralistas. Hacia 1835 los centralistas se impusieron, eliminaron la anterior constitución y crearon una nueva conocida como las Siete Leyes, en la cual el país fue dividido en departamentos --en vez de estados-- y se estableció el "Supremo Poder Conservador" que podía anular una ley o un decreto y declarar la incapacidad física o moral del presidente del congreso.

En 1835 los conservadores libremente se dedicaron a hacer propaganda a favor del centralismo, con la complacencia de Santa Anna. En varios estados hubo pronunciamientos a favor de tal sistema, y en la misma ciudad de México el populacho recorrió las calles aclamando este sistema de gobierno hasta que por fin el 23 de octubre de 1835 el congreso se declaró constituyente y adoptó las bases de una constitución centralista mejor conocida como las Siete Leyes.

Según ella todos los gobernantes estarían sujetos al gobierno central; se suprimieron las legislaturas de los estados para convertirlos en departamentos gobernados por juntas departamentales de 5 individuos que aconsejaban al gobernante; las rentas públicas de los departamentos quedaron a disposición del gobierno central; además se prorrogó el periodo presidencial a 8 años y se creó el cuarto poder; esto es, el poder conservador encargado de vigilar el cumplimiento de la constitución.

Bases orgánicas de 1841
También llamadas Bases de Tacubaya. En agosto de 1841, Mariano Paredes y Arrillaga se pronunció en Guadalajara, Antonio López de Santa Anna hizo lo propio en Perote y convergieron en La Ciudadela con el general Gabriel Valencia. El 28 de septiembre de 1841 firmaron las Bases de Tacubaya cuyo objetivo era deponer al presidente y a los cuatro poderes de su gobierno. Posteriormente se debería:

Nombrar un presidente interino.
Designar una Junta la cual convocaría a elecciones de diputados.
Los diputados formarían un Congreso Constituyente para redactar una Carta Magna de régimen federalista.

Bases orgánicas de 1843
En 1842 el congreso formuló un proyecto para una nueva Constitución. El diputado Mariano Otero propuso un gobierno republicano, representativo, popular y federal, así como un sistema de representación de las minorías, lo que ocasionó gran descontento de la fracción conservadora que derivó en diversos enfrentamientos que condujeron a que el congreso fuera disuelto. En junio de 1843 se sancionó una nueva Carta Magna a la que se dio el nombre de Bases orgánicas de los Estados Unidos Mexicanos de 1843.

Esta norma fue de corte centralista. Estuvo en vigor sólo tres años y suprimió el supremo poder conservador. Se instauró la pena de muerte y se restringió la libertad de imprenta.

Acta constitutiva y de reformas de 1847
El acta constitutiva y de reformas de 1847 se dio debido a la inestabilidad política del país y a la guerra contra los Estados Unidos de América (1846-1848). El país volvió a adoptar el sistema federal establecido en la constitución de 1824.

Estas reformas establecieron las garantías individuales, se suprimió el cargo de vicepresidente y se adoptaron las elecciones directas para diputados, senadores, presidente de la república y magistrados de la Suprema Corte. Se facultó al congreso para anular las leyes de los estados que implicaran una violación al pacto federal, y se establecieron los derechos de petición y de amparo.

Constitución de 1857
Artículo principal: Constitución Federal de los Estados Unidos mexicanos de 1857
Estuvo en vigor de 1857 a 1917 y durante los años de la guerra de reforma, la intervención y el imperio (1857-1867) fue la bandera que defendieron los liberales y republicanos encabezados por Juárez. Era de corte liberal, establecía el federalismo, la abolición de la esclavitud, la defensa de las ideas y la libertad de imprenta. En dicha ley ya no se establecía la religión católica como la oficial, lo cual provocó un malestar entre los conservadores, quienes proclamaron las Cinco Leyes derogatorias, estableciendo un gobierno paralelo.


Constitución de 1917
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917
Fue promulgada en la ciudad de Querétaro y se tomó como base la constitución de 1857, pero se añadieron todas las demandas que dieron origen a la revolución mexicana, como la cuestión agraria (art. 27), la cuestión obrera (art. 123); la educación obligatoria y gratuita (art. 3º). Por su amplio contenido social, en su momento fue considerada como una de las constituciones más avanzadas del mundo. Actualmente está en vigor y desde su promulgación el 5 de febrero de 1917 ha sido reformada más de 400 veces.

Características de las Constituciones del México Independiente

Constitución de 1824

Este documento llevó el nombre oficial de "Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos". 171 artículos que componían esta Carta Magna, dividiéndolos en siete títulos. Los Estados que conformaban su territorio y su forma de gobierno ya sea republicano, federal o demócrata. Establece que la Nación mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquier otra potencia" (Artículo 1/o.). Los poderes se dividieron en Legislativo (compuesto por dos Cámaras), Ejecutivo y Judicial, quedando asentado en el artículo 6/o. El poder judicial de la federación residirá en una Corte Suprema de Justicia, en los tribunales de circuito y en los juzgados de distrito" (Artículo 123). Se consignaban las Garantías Individuales y se hacía hincapié en la libertad de pensamiento e imprenta. En el artículo 3/o. establecía como religión de la nación mexicana a la católica, apostólica y romana, prohibiéndose el ejercicio de cualquier otra. El artículo 74 señala que "se deposita el supremo poder ejecutivo de la federación en un solo individuo que se denominaría Presidente de los Estados Unidos Mexicanos". Todo funcionario público, deberá prestar juramento de guardar esta constitución y la acta constitutiva. El Congreso dictará todas las leyes y decretos que crea conducentes. El gobierno de cada estado se dividirá para su ejercicio en los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial; y nunca podrán reunirse dos o más de ellos en una corporación o persona, ni el legislativo depositarse en un solo individuo" (Artículo 157). La elección del presidente que resultaba de la mayoría de los votos emitidos y del vicepresidente, quien le siguiera en la votación. Dividía la República en 19 estados y cinco territorios. Cada estado elegiría su gobierno y su congreso. El Congreso Constituyente determinó también que la sede del Distrito Federal, lugar de residencia de los poderes de la Federación, sería la ciudad de México.

Constitución de 1857

Quedó integrada por 8 títulos y 120 artículos. Estipulaba que la Nación estaría organizada como República representativa, democrática y federal. Garantizaba los derechos del hombre; la soberanía nacional. Se excluían los tribunales especiales, los títulos de nobleza y los honores hereditarios. La libertad fue extendida a la enseñanza, el trabajo, la expresión de las ideas, la imprenta, así como la asociación, portación de armas y el libre tránsito. Dividía los poderes de la nación en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, donde se depositaba el Poder Legislativo en el Congreso de la Unión que sería constituido por una sola cámara, la de diputados, desaparecerá la c. de senadores; el Poder Judicial se integraría por tres departamentos: la Suprema Corte de Justicia y los tribunales de circuito y de distrito. No se reconoció la libertad de cultos. Soberanía Nacional (artículo 39), se hizo residir "esencial y originalmente en el pueblo", lo cual modificó el precepto establecido por el Acta y la Constitución de 1824, donde quedó plasmado que la soberanía descansaba en la Nación. El Congreso estuvo integrado por 155 diputados constituyentes. Otorgó facultades más amplias al poder Legislativo. Prohibió que los eclesiásticos fueran diputados e introdujo cambios a los fueros y privilegios de las corporaciones religiosas. El 25 de junio de 1856 se conoció la Ley Lerdo o Ley de Desamortización de Fincas Rústicas y Urbanas Propiedad de las Corporaciones Civiles y Religiosas. Los estados exige que adopten en su interior el régimen republicano, representativo y popular. Se suprimen las alcabalas y las aduanas interiores Decretaba ya, parcialmente, la diferencia o separación entre la iglesia y el estado. Establecía un registro civil. La iglesia no podía administrar o poseer bienes raíces. El respeto a las garantías individuales. Proclamaba la libertad de enseñanza y de prensa. Se reimponía la exclaustración.

Constitución de 1917

Se matizaba el liberalismo del siglo XIX, con la introducción de los derechos sociales.
Realizar la elección directa del presidente, suprimir la vicepresidencia.
Hacer efectiva la división de poderes, el pacto federal, los derechos del hombre -ahora llamados garantías individuales.
Establecer la completa independencia del Poder Judicial.
La forma de gobierno siguió siendo republicana, representativa, demócrata y federal;
Se refrendó la división de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo pero este se dividió por primera vez en cámaras de Diputados y Senadores.
Se ratificó además el sistema de elecciones directas y anónimas.
Se decretó la no-reelección.
Se creó el municipio libre.
Se estableció un ordenamiento agrario relativo a la propiedad de la tierra.
Reconoce las libertades de culto, expresión y asociación,
La enseñanza laica y gratuita
Jornada de trabajo máxima de 8 horas.
Libertad de expresión,
Da pleno dominio a la Nación sobre el subsuelo y sus recursos naturales.
Derechos sociales como el de la huelga, la organización de los trabajadores.

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